UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
La informalidad de los emprendimientos productivos, afecta el cumplimiento de
los Derechos del Buen Vivir, en el Distrito Metropolitano de Quito, año 2016
Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de:
ABOGADA
Autor: Tapia Martínez Jenny Lorena
Tutor: Msc. Dr. José Antonio Burneo Burneo
Quito, diciembre 2016
ii
DERECHOS DE AUTOR
Jenny Lorena Tapia Martínez en calidad de autora del trabajo de investigación “La
informalidad de los emprendimientos productivos, afecta el cumplimiento de los
Derechos del Buen Vivir, en el Distrito Metropolitano de Quito, año 2016”, autorizo a la
Universidad Central del Ecuador hacer uso de todos los contenidos que me pertenecen o parte
de los que contiene esta obra, con fines estrictamente académicos o de investigación.
Los derechos que como a me corresponden, con excepción de la presente autorización,
seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los artículos 5, 6, 7, 8; 19
y demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su Reglamento.
También, autorizo a la Universidad Central del Ecuador para que realice la digitalización y
publicación de este trabajo de investigación en el repositorio virtual, de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 144 de la Ley Orgánica de Educación Superior.
Firma:
Jenny Lorena Tapia Martínez
C.C: 171430706-1
iv
DEDICATORIA
A mi querido y amado Dios por darme la vida, y acompañarme día a día darme las fuerzas
para salir adelante mandando ángeles a cada paso que voy, que han sabido iluminar mi
camino y llenarlo de éxitos.
A mi hijos Alexander Chacón y Matthias Gordillo son la razón de ser de mi vida llenándola
de alegría y satisfacción.
A mi madre Mirian Martínez quien ha sido un ejemplo de tenacidad y liderazgo apoyándome
en todo momento, a mi padre José Tapia por creer en mí darme la fuerza y el impulso para
estudiar esforzarme y ser ejemplo para mi sociedad.
A mis hermanos Lenin, Daniel, Diego, Jorge por su amor y apoyo incondicional y ejemplo de
responsabilidad y superación.
A mi esposo Mauricio Gordillo, por apoyarme incondicionalmente por su compresión y
amistad es parte de este logro.
A mi tío Hugo Tapia por ser ese apoyo incondicional en todo momento desde mi niñez hasta
hoy, este es un logro más para la familia.
A mis compañeros de la Gloriosa Universidad Central del Ecuador por acompañarme en las
aulas que dejo con nostalgia ya que aprendí más allá de mi carrera que existe la verdadera
amistad.
A mis amigos que son parte de este triunfo, gracias por su apoyo y que me han acompañado a
conseguir mis sueños.
A mis maestros por ser la luz de la sabiduría y amistad mil gracias este es el fruto de mi
aprendizaje.
A mis queridos amigos Juan Pablo Alomia, Juan Borja que aunque no están aquí seguro
desde el cielo se alegran y me acompañaran por siempre.
A mi Tutor Dr. MSc. José Antonio Burneo por apoyarme en el proceso de construcción de
este proyecto que será de guía fundamental para los emprendedores de mi Patria.
v
AGRADECIMIENTO
A mis maestros que con su sabiduría llenaron mi mente de conocimiento, a mis padres,
hermanos, tíos abuelitos, familia en general, mis amigos, compañeros mi reconocimiento
especial por estar pendientes y darme la fuerza para salir adelante, a todas las personas que
han sido parte de este proceso de aprendizaje por ser maestros en este camino, mil gracias por
enseñarme que los sueños se pueden llegar a cumplir si te comprometes con tu meta.
A todos mil gracias por confiar en quien soy, que he hecho y lo que pude lograr.
vi
ÍNDICE DE CONTENIDOS
DERECHOS DE AUTOR ......................................................................................................... ii
APROBACIÓN DEL TUTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN. .................................... iii
DEDICATORIA ....................................................................................................................... iv
AGRADECIMIENTO ............................................................................................................... v
ÍNDICE DE CONTENIDOS .................................................................................................... vi
LISTA DE TABLAS ................................................................................................................. x
LISTA DE GRÁFICOS ............................................................................................................ xi
RESUMEN .............................................................................................................................. xii
ABSTRACT ........................................................................................................................... xiii
INTRODUCCIÓN. .................................................................................................................... 1
CAPÍTULO I ............................................................................................................................. 2
1. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA. ........................................................................................ 2
1.1. Antecedentes del problema. ............................................................................................ 2
1.2. Planteamiento, descripción y definición del problema. .................................................. 3
1.3. Formulación del problema. ............................................................................................. 3
1.4. Preguntas directrices. ...................................................................................................... 3
1.5. Objetivos generales y específicos. .................................................................................. 4
1.5.1. Objetivo general. .......................................................................................................... 4
1.5.2. Objetivos específicos. .................................................................................................. 4
1.6. Justificación. ................................................................................................................... 4
CAPÍTULO II ............................................................................................................................ 6
2. MARCO GENERAL. ............................................................................................................ 6
2.1. Marco teórico. ................................................................................................................. 6
TÍTULO I ................................................................................................................................... 6
ECONOMÍA PUPULAR Y SOLIDARIA ................................................................................ 6
vii
2.1.1. Definición de Economía Popular y Solidaria............................................................... 6
2.1.2. Principios de la Economía Popular y Solidaria............................................................ 8
2.1.3. Entidades que integran la Economía Popular y Solidaria. ........................................... 9
2.1.4. Unidades Económicas Populares. .............................................................................. 10
TITULO II ............................................................................................................................... 12
EL COMERCIO INFORMAL ................................................................................................. 12
2.1.5. Antecedentes del comercio informal. ........................................................................ 12
2.1.6. Definición de comercio informal. .............................................................................. 14
2.1.7. Tipos de comercio informal. ...................................................................................... 15
2.1.8. Características del comercio informal. ...................................................................... 16
TITULO III .............................................................................................................................. 18
EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS .............................................................................. 18
2.1.9. Definición. ................................................................................................................. 18
2.1.10. Tipos de emprendimientos productivos. .................................................................. 19
TITULO IV .............................................................................................................................. 19
EL BUEN VIVIR O EL SUMAK KAWSAY ......................................................................... 19
2.1.11. Conceptualización. ................................................................................................... 19
TÍTULO V ............................................................................................................................... 22
DERECHO COMPARADO .................................................................................................... 22
2.1.12. Derecho ecuatoriano y colombiano. ........................................................................ 22
2.1.12.1. Semejanzas y Diferencias entre el Derecho ecuatoriano y colombiano. .............. 29
2.2. Marco legal. .................................................................................................................. 30
Constitución de la República del Ecuador de 2008. ............................................................ 30
Código Orgánico Monetario y Financiero. .......................................................................... 31
Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y
Solidario. .............................................................................................................................. 32
viii
Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero
Popular y Solidario. ............................................................................................................. 33
2.3. Trabajos previos. ........................................................................................................... 34
2.4. Definición de términos básicos. .................................................................................... 36
2.5. Estado de la situación actual del problema. .................................................................. 37
3. METODOLOGÍA UTILIZADA. ........................................................................................ 39
3.1. Métodos......................................................................................................................... 39
3.1.1. Método inductivo. ...................................................................................................... 39
3.1.2. Método deductivo. ..................................................................................................... 39
3.2.3. Método dogmático jurídico. ....................................................................................... 40
3.2.4. Método histórico. ....................................................................................................... 40
3.2.5. Método comparativo. ................................................................................................. 40
3.2. Técnicas e instrumentos de la investigación. ................................................................ 41
3.2.1. Técnicas de investigación de campo. ......................................................................... 41
3.2.1.1. La observación. ....................................................................................................... 41
3.2.1.2. La encuesta.............................................................................................................. 41
3.2.2. Técnicas de investigación bibliográficas. .................................................................. 42
3.2.2.1. El fichaje. ................................................................................................................ 42
3.3. Operacionalización de las variables e indicadores. ....................................................... 42
3.3. Población y muestra. ..................................................................................................... 43
CAPÍTULO IV......................................................................................................................... 45
4. DISCUSIÓN. ....................................................................................................................... 45
4.1. Procedimiento de la ejecución de la investigación. ...................................................... 45
4.2. Análisis e interpretación de datos en función del enfoque conceptual. ........................ 45
Pregunta uno. ....................................................................................................................... 46
Pregunta dos. ........................................................................................................................ 48
Pregunta cinco. ..................................................................................................................... 54
ix
Pregunta seis. ....................................................................................................................... 56
Pregunta siete. ...................................................................................................................... 58
4.3. Resultados de la aplicación del plan de intervención-acción. ....................................... 62
CAPÍTULO V .......................................................................................................................... 63
5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. ................................................................. 63
5.1. Conclusiones. ................................................................................................................ 63
5.2. Recomendaciones. ........................................................................................................ 64
CAPÍTULO VI......................................................................................................................... 65
6. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN AL PROBLEMA. ........................................................ 65
6.1. Datos informativos. ....................................................................................................... 65
6.2. Antecedentes de la propuesta. ....................................................................................... 66
6.3. Justificación. ................................................................................................................. 66
6.4. Objetivos. ...................................................................................................................... 67
6.4.1. Objetivo general. ........................................................................................................ 67
6.4.2. Objetivos específicos. ................................................................................................ 67
6.5. Resultados esperados. ................................................................................................... 68
6.6. Desarrollo de la propuesta. ........................................................................................... 68
BIBLIOGRAFÍA. .................................................................................................................... 71
x
LISTA DE TABLAS
Tabla 1.- Palabra “Sumak” según varios autores. .................................................................... 19
Tabla 2.- Palabra “Kawsay” según varios autores. .................................................................. 20
Tabla 3.- Derecho comparado: Ecuador – Colombia. Economía Popular y Solidaria. ........... 22
Tabla 4.- Variable independiente: ............................................................................................ 42
Tabla 5.-Variable dependiente. ................................................................................................ 43
Tabla 6.- Población y muestra. ................................................................................................ 44
Tabla 7.- Actividad. ................................................................................................................. 45
Tabla No. 8.- Pregunta No. 1. .................................................................................................. 46
Tabla No. 9.- Pregunta No. 2. .................................................................................................. 48
Tabla No. 10.- Pregunta No. 3. ................................................................................................ 50
Tabla No. 11.- Pregunta No. 4. ................................................................................................ 52
Tabla No. 12.- Pregunta No. 5. ................................................................................................ 54
Tabla No. 13.- Pregunta No. 6. ................................................................................................ 56
Tabla No. 14.- Pregunta No. 7. ................................................................................................ 58
Tabla No. 15.- Resultados de la encuesta. ............................................................................... 60
xi
LISTA DE GRÁFICOS
Gráfico No. 1.- Pregunta No. 1. ............................................................................................... 46
Gráfico No. 2.- Pregunta No. 2. ............................................................................................... 48
Gráfico No. 3.- Pregunta No. 3. ............................................................................................... 50
Gráfico No. 4.- Pregunta No. 4. ............................................................................................... 52
Gráfico No. 5.- Pregunta No. 5. ............................................................................................... 54
Gráfico No. 6.- Pregunta No. 6. ............................................................................................... 56
Gráfico No. 7.- Pregunta No. 7. ............................................................................................... 58
Gráfico No. 8. Resultados de la encuesta. ............................................................................... 62
xii
TEMA: “La informalidad de los emprendimientos productivos, afecta el cumplimiento de
los Derechos del Buen Vivir, en el Distrito Metropolitano de Quito, año 2016”
Autor: Jenny Lorena Tapia Martínez
Tutor: Msc. Dr. José Antonio Burneo Burneo
RESUMEN
A partir de la entrada en vigencia de la Constitución de la República del Ecuador de 2008, se
ha dado un impulso a la Economía denominada Popular y Solidaria, debido a que uno de sus
principios fundamentos es la solidaridad, constituyéndose de esta manera en una de las bases
para llegar al tan deseado Buen Vivir. Los emprendimientos productivos son espacios que
generan inclusión social, solidaridad y trabajo en equipo, ya que incorporan elementos como
el trabajo, el cooperativismo y la asociación, los cuales se unen con el objetivo de elaborar
productos o brindar servicios que propenden a que sus miembros en conjunto logren
satisfacer sus necesidades económicas. El problema radica en la informalidad de los
emprendimientos productivos, como por ejemplo las ventas ambulantes (autoempleo), las
cuales realizan las personas para generar ingresos que les permitan sobrevivir, negocios que
se encuentran fuera del mercado formal y organizado llamados empleos informales, por la
falta de legalización que no les permiten ser acreedores de los respectivos derechos y otros
beneficios como el acceso al crédito y a programas que el gobierno de turno hubiere creado
para este tipo de organizaciones, que integran esta nueva economía y que no cuentan con la
información adecuada y actualizada, lo cual conlleva a que la mayoría de personas trabajen
de forma irregular. Por esta razón la propuesta de la investigación planteada se centra en el
análisis de la Economía Popular y Solidaria desde el punto de vista jurídico, para incorporar
una disposición legal, que permita a los emprendimientos que se encuentren en la
informalidad mediante la capacitación obtener información jurídica acerca del procedimiento
y de los requisitos para legalizar asociaciones; y, de esta manera establecer un mecanismo
efectivo para las asociaciones que surgen en el Distrito Metropolitano de Quito enmarcadas
dentro de la Ley de Economía Popular y Solidaria.
PALABRAS CLAVE: ASOCIACIONES / EMPRENDIMIENTOS / BUEN VIVIR
(SUMAK KAWSAY) / COMERCIO INFORMAL / ECONOMÍA POPULAR Y
SOLIDARIA / PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR.
xiii
TITLE: "The productive informality of enterprises, affecting the fulfillment from the rights
of Good Living in the Metropolitan District of Quito, 2016"
Author: Jenny Lorena Tapia Martínez
Tutor: Msc. Dr. José Antonio Burneo Burneo
ABSTRACT
Since come into force from Constitution of the Republic of Ecuador in 2008, the Popular and
Solidarity Economy has been given an impetus, since one of its fundamental principles is
solidarity, constituting itself in one from bases to reach the much desired Good Living.
Productive enterprises are spaces that generate social inclusion, solidarity and teamwork, as
they incorporate elements such as work, cooperativism and partnership, which unite with the
objective of developing products or providing services that tend to their members in meet
their economic needs. The problem lies in the informality of productive enterprises, such as
street vending (self-employment), which people do for generating income that allows them to
survive, businesses that are outside the formal and organized market called informal jobs,
lack legalization that do not allow them to be credited with the respective rights and other
benefits such as access to credit and programs from the government in turn created for this
kind of organizations that integrate this new economy and do not have adequate information
and updated, which means that most people work irregularly. For this reason, the proposed
research focuses on the analysis of the Popular and Solidarity Economy from the legal point
of view, to incorporate a legal provision, which allows enterprises that are in the informal
sector through training to obtain legal information about the procedure and the requirements
to legalize associations; and in this way establish an effective mechanism for the associations
that arise in the Metropolitan District of Quito framed within the Law from Popular and
Solidary Economy.
KEYWORDS: ASSOCIATIONS / ENTERPRISE / GOOD LIVING (SUMAK KAWSAY) /
TRADE INFORMAL / POPULAR AND SOLIDARITY ECONOMY / NATIONAL PLAN
OF GOOD LIVING.
1
INTRODUCCIÓN.
El presente trabajo investigativo se desarrollará dentro de los siguientes capítulos:
Capítulo I, Se refiere a la definición del problema, en el cual se encuentran los
antecedentes, planteamiento y formulación del problema, así como las preguntas directrices,
objetivos generales y específicos y por último la justificación.
Capítulo II, Se refiere al Marco General en el cual se encuentran el marco teórico, marco
legal, trabajos previos, definición de términos básicos y por último el estado de la situación
actual del problema.
Capítulo III, Se refiere a la metodología utilizada, en el cual se encuentran los métodos,
las técnicas, la operacionalización de las variables, la población y muestra y los instrumentos
y o materiales utilizados en la investigación.
Capítulo IV, Se refiere a la discusión, en la cual se encuentran el procedimiento de la
ejecución de la investigación, el análisis e interpretación de datos en función del enfoque
conceptual y los resultados de la aplicación del plan de intervención – acción.
Capítulo V, en el cual se encuentran las conclusiones y las recomendaciones.
Capítulo VI, que se refiere a la propuesta de resolución al problema, en el cual se
encuentran los datos informativos, los antecedentes de la propuesta, la justificación, los
objetivos generales y específicos, los resultados esperados y la propuesta propiamente dicha.
Por último, se encuentra la respectiva Bibliografía.
2
CAPÍTULO I
1. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA.
1.1. Antecedentes del problema.
El llamado emprendimiento productivo se origina desde épocas antiguas con el inició de la
humanidad, ya que el ser humano desde sus inicios ha tenido siempre el deseo de superarse
para tener una mejor calidad de vida. La palabra emprendimiento en el pasado solamente se
la empleaba para referirse al esfuerzo que pone una persona para alcanzar una meta que se ha
fijado, posteriormente también se la empleaba para referirse a una persona que creaba una
empresa, compañía, asociación o proyecto; en la actualidad la palabra emprendimiento se
refiere a las personas que como empresarios son innovadores, tienen una actitud proactiva y
agregan valor a un producto o proyecto ya existente.
Gracias al deseo de sobrevivencia que los seres humanos han forjado durante
inmemorables tiempos, se ha podido desarrollar mayores y asombrosas capacidades, ahora,
no solamente para sobrevivir, sino también para producir grandes y mejores cambios en el
entorno que los rodea. De esta manera llegamos al emprendimiento en la actualidad teniendo
en cuenta que para ser emprendedor exitoso no se debe poner como base el sistema
burocrático sino más bien el esfuerzo y la capacidad individual y colectiva, es decir un
emprendedor exitoso es el que por su propia cuenta desarrolla nuevos negocios y proyectos y
no está esperanzado en la ayuda pública organismos nacionales o internacionales.
El problema radica en que al igual que en épocas pasadas en la actualidad existen varios
emprendimientos productivos y asociaciones que no se encuentran debidamente legalizadas,
que se hallan trabajando en sus proyectos desde la informalidad. Es por esta razón que es
importante el tema de investigación planteado, para contribuir de cierta manera propendiendo
a la legalización de esas asociaciones y emprendimientos productivos.
3
1.2. Planteamiento, descripción y definición del problema.
La Constitución de la República del Ecuador (aprobada en 2008), establece que el
sistema económico es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin, con el
objetivo de garantizar la reproducción de las condiciones para posibilitar el buen vivir. El
sistema económico se integrará por las formas de organización económica pública, privada,
mixta, popular y solidaria. Ecuador se encuentra en un proceso de cambio en la matriz
productiva que tiene como finalidad el buen vivir. En nuestro país un gran porcentaje de las
personas enfocan su energía, esfuerzos y estudios en aprender carreras técnicas con el fin de
conseguir un empleo digno: según las estadísticas el 4.04% de la población de Quito Distrito
Metropolitano se encuentran desempleados específicamente, mujeres y jóvenes que buscan
su primer empleo (fuente de información). La falta de oportunidades, un empleo digno que
cubra las necesidades de los habitantes del Distrito Metropolitano de Quito, hacen que las
asociaciones que integran la Economía Popular y Solidaria sea una alternativa para el
desarrollo de la autonomía económica familiar.
1.3. Formulación del problema.
¿De qué manera influye la informalidad de los emprendimientos productivos, en el
cumplimiento de los derechos del buen vivir, que se encuentran reconocidos por la
Constitución de la República del Ecuador de 2008?
1.4. Preguntas directrices.
¿Qué es Sistema Social y Solidario?
¿Qué es Economía Popular y Solidaria?
¿Por qué es importante el estudio del sistema social y solidario?
4
¿Cuál es el marco jurídico aplicable a la legalización de las organizaciones del
sistema social y solidario?
1.5. Objetivos generales y específicos.
1.5.1. Objetivo general.
Incorporar una disposición legal, que establezca obligatoriedad de implementar un
sistema de capacitación masiva a todas las organizaciones que nacen de la Economía
Popular y Solidaria.
1.5.2. Objetivos específicos.
Presentar un esquema de información a las personas y a las asociaciones que deseen
legalizarse dentro de la Economía Popular y Solidaria.
Determinar cuáles son las principales actividades productivas que integran la
Economía Popular y Solidaria.
Determinar cuáles son las causas para que algunas asociaciones no se hallan
debidamente legalizadas dentro del Sistema de Economía Popular y Solidaria.
1.6. Justificación.
Es importante esta investigación porque constituye un gran aporte para las asociaciones
del Distrito Metropolitano de Quito que realizan actividades dentro de la Economía Popular y
Solidaria, ya que la mayoría de ellas no están legalizadas, lo que impide acceder a programas
y proyectos establecidos en el Plan Nacional del Buen Vivir 2013-2017 y que son parte de las
5
Políticas Públicas que han implementado los diferentes Ministerios y que tienen que ver con
iniciativas del sector productivo solidario.
La presente investigación es factible, ya que existe el material académico necesario para
realizar una correcta investigación, es decir existen investigaciones previas y sobre todo
existen libros que tienen concordancia con el tema de investigación planteado; de la misma
manera existe normativa legal que regula a la Economía Popular y Solidaria.
A pesar de que los grupos comunitarios y las asociaciones son conocidas desde épocas
pasadas, el tema de investigación planteado es un problema que existe en la actualidad y que
no ha sido estudiado aún por medio de una investigación, por esta razón es un tema novedoso
cuyo problema necesita una solución urgente.
El tema de investigación planteado está alineado al Plan Nacional del Buen Vivir
específicamente lo relacionado con el objetivo número 8 que se refiere a “Consolidar el
sistema económico social y solidario, de forma sostenible”; y, con el objetivo número 9 que
se refiere a “garantizar el trabajo digno en todas sus formas”. (Plan Nacional para el Buen
Vivir, 2013-2017).
6
CAPÍTULO II
2. MARCO GENERAL.
2.1. Marco teórico.
TÍTULO I
ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
2.1.1. Definición de Economía Popular y Solidaria.
En primer lugar, es necesario establecer lo que es la economía que, según el Diccionario
Enciclopédico Universal, Nuevo Milenio es la “riqueza pública, conjunto de ejercicios e
intereses económicos. Estructura o régimen de alguna organización o institución”.
(Diccionario Enciclopédico Universal, Nuevo MIlenio, 2002).
En segundo lugar, es necesario establecer que significa lo popular que ha decir de la Real
Academia de la Lengua Española, es lo “perteneciente o relativo al pueblo. Perteneciente o
relativo a la parte menos favorecida del pueblo”. (Real Academia Española, 2014).
En tercer lugar, es necesario precisar lo que es lo solidario que según la Real Academia de
la Lengua Española es lo “adherido o asociado a la causa, empresa u opinión de alguien”.
(Real Academia Española, 2014). Como concordancia José Luis Coraggio establece que “la
solidaridad es el elemento más importante de la Economía Popular, ya que la calidad de
vida alcanzable depende no sólo de las capacidades y recursos materiales, sino también
depende del entendimiento de lo que es justo y posible”. (Coraggio, Economía social y
solidaria. El trabajo antes que el capital, 2011).
A este respecto y uniendo todas las definiciones anteriores se puede precisar que la
economía social y solidaria, es la afirmación de que otra economía es posible, la cual se
7
hace posible a través de los trabajos informales y del pensamiento de que los trabajos dentro
del sector capitalista, para algunas personas ya no es una opción. (Coraggio, Economía
social y solidaria. El trabajo antes que el capital, 2011).
En la Constitución de la República del Ecuador de 2008, específicamente en su artículo
283, se establece que el sistema económico del país es social y solidario, en el cual se le
considera al ser humano como sujeto y fin, cuya característica es la de propiciar una
relación entre la sociedad, el Estado y el mercado, siempre encaminado a conseguir el buen
vivir, en armonía con la naturaleza. Las organizaciones que se encuentran dentro de este
sistema económico son las de, economía pública, privada, mixta, en especial la popular y
solidaria que se rige por las disposiciones de la Ley Orgánica de Economía Popular y
Solidaria, la cual también regula a los sectores comunitarios, asociativos y cooperativas.
(Constitución de la República del Ecuador, 2008).
En el artículo número uno (1) de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, se
establece la definición de lo que es precisamente la economía popular y solidaria, la cual no
es más que una forma de organización económica, en donde las personas ya sean
individualmente o en forma colectiva, producen, intercambian, comercializan, financian y
consumen tanto bienes, así como servicios, con el único objetivo de satisfacer las
necesidades y generar ingresos que les permitan sobrevivir. Dicho proceso debe estar
siempre basado en relaciones de solidaridad y cooperación, teniendo en cuenta al ser
humano como sujeto y fin de dicha actividad, para con ello conseguir el tan anhelado buen
vivir que se encuentra establecido en la Constitución de la República del Ecuador. (Ley
Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2011).
Entonces la economía popular y soldaría se refiere a una organización de tipo económica
en donde sus integrantes realizan actividades de producción, comercialización, consumo
tanto de bienes, así como de servicios, para de esta manera generar ingresos que les sirvan
para cubrir sus necesidades tanto individuales, así como colectivas.
8
2.1.2. Principios de la Economía Popular y Solidaria.
En cuanto se refiere a los principios de la economía popular y solidaria, la ley que la
regula (Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria), en su artículo cuatro (4) establece
ocho (8) principios que son la base de esta economía. A continuación, se señalan cada uno
de ellos:
La búsqueda del buen vivir y del bien común. - La economía popular y solidaria debe
buscar siempre la satisfacción de las necesidades tanto del individuo como de la sociedad.
Propone entre sus ideales una vida más justa para todos, generando un desarrollo para
todas las personas de manera sostenible, sustentable, para conseguir el tan anhelado buen
vivir, pero siempre en armonía plena con la naturaleza.
La prelación del trabajo sobre el capital y de los intereses colectivos sobre los
individuales. Este principio se refiere a que las organizaciones que integran la economía
popular y solidaria, no deben pensar en el capital como el fin de la organización, ya que
solamente es un medio que sirve para la satisfacción de las necesidades de los seres
humanos, es decir el hombre es considerado como sujeto y fin dentro de esta economía. Este
principio opta por una distribución más equitativa de los ingresos de las organizaciones.
El comercio justo y consumo ético y responsable. - Este principio se refiere a que las
relaciones comerciales que existen entre las organizaciones, tienen que ser, transparentes,
responsables, siempre teniendo en cuenta los valores éticos y los valores que se fijen en cada
organización.
La equidad de género. - Este principio se refiere a que las personas no pueden ser
discriminadas por razón de género, es decir la economía popular y solidaria supone la
igualdad entre hombre y mujer, sin ninguna distinción, esto es los privilegios son para
ambos no solamente para los hombres o solo para las mujeres.
El respeto a la identidad cultural. - No se puede excluir a las personas por sus creencias,
sus tradiciones, su modo de vestir y su comportamiento, ya que la Constitución de la
9
República del Ecuador de 2008, en su artículo uno (1), establece que “el Ecuador es un
Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente,
unitario, intercultural, plurinacional y laico”. (Constitución de la República del Ecuador,
2008).
La autogestión. - Este principio se refiere a que las organizaciones que integran la
economía popular y solidaria, tienen la facultad y el derecho de tomar sus propias decisiones
en cuanto se refiere a su desarrollo autónomo, pero dichas decisiones deben estar apegadas a
la ley.
La responsabilidad social ambiental, la solidaridad y rendición de cuentas. - Este
principio se refiere a que cada una de las organizaciones que integran la economía popular y
solidaria deben mejorar los procedimientos de sus actividades, para hacerlas más acordes y
responsables con, el ambiente, con cada uno de sus miembros y con la sociedad.
La distribución equitativa y solidaria de excedentes. - Este principio se refiere a que se
debe mantener un adecuado equilibrio entre los requerimientos de la organización y la de los
socios.
2.1.3. Entidades que integran la Economía Popular y Solidaria.
El artículo setenta y ocho (78) de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria,
especifica que “las organizaciones que integran dicha economía son las entidades
asociativas o solidarias, las cooperativas de ahorro y crédito; y, las cajas y bancos
comunales y cajas de ahorro”. (Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2011).
En cuanto se refiere a las entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales, el
Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, en su artículo noventa (90)
preceptúa que:
Son organizaciones que pertenecen al Sector Financiero Popular y Solidario, que
realizan sus actividades, exclusivamente, en los recintos, comunidades, barrios o
10
localidades en donde se constituyen y se pueden financiar, con sus propios recursos o
con fondos provenientes de programas o proyectos ligados al desarrollo de sus
integrantes. Ejercerán su actividad exclusivamente en un área de influencia que no
afecte a otras entidades financieras con estos fines o propósitos. (Reglamento a la
Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2012).
En cuanto se refiere a las cajas de ahorro el artículo noventa y uno (91) del Reglamento a
la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, establece que “son las organizaciones
integradas por miembros de un mismo gremio o institución; por grupos de trabajadores con
un empleador común, grupos familiares, barriales; o, por socios de cooperativas distintas a
las de ahorro y crédito”. (Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria,
2012).
2.1.4. Unidades Económicas Populares.
Son unidades económicas populares, los emprendimientos productivos o unipersonales, la
economía del cuidado, los domésticos, los familiares, los comerciantes minoristas y
artesanos, que realizan sus actividades de prestación de bienes y servicios, de producción y
de comercialización, en base a la solidaridad y cooperación. Es decir, son organizaciones
pequeñas, cuyas actividades son destinadas a producir, prestar servicios, comercializar, que
cumplen como todas las organizaciones del sistema económico popular y solidario, con los
principios de ayuda mutua y solidaridad. Sobre estas unidades económicas populares se
establecen del artículo setenta y tres (73) al setenta y siete (77) de la Ley Orgánica de
Economía Popular y Solidaria.
En el artículo setenta y cuatro (74) de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria,
se establece sobre las personas encargadas de la economía del cuidado, que no son más que
las personas naturales que realizan actividades encaminadas a la preparación de alimentos y
cuidado de los seres humanos, es decir para el sostenimiento de la vida de las personas. (Ley
Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2011).
11
Así mismo el artículo setenta y cinco (75) del mismo cuerpo legal, menciona que los
emprendimientos unipersonales, familiares y domésticos son personas o grupos de ellas, que
realizan producción y comercialización de bienes o prestación de servicios, pero a pequeña
escala, es decir son actividades realizadas por trabajadores autónomos, miembros de la
familia, con el propósito de satisfacer sus necesidades. (Ley Orgánica de Economía Popular
y Solidaria, 2011).
El artículo setenta y seis (76) de la misma ley, en cambio, habla acerca de los
comerciantes minoristas, que son las personas que tienen un pequeño negocio propio, que
ofrecen artículos, bienes de uso y consumo, así como prestación de servicios. Son
reconocidos como comerciantes minoristas siempre y cuando no excedan el límite de
personas que trabajen con salario, no excedan también el límite de capital, de venta y
activos, que son fijados por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. (Ley
Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2011).
Por último, el artículo setenta y siete (77) de la Ley, establece sobre los artesanos, que
son los trabajadores manuales, los maestros de taller, los cuales ejercen su actividad de
manera personal. La mayoría son propietarios de talleres que se encuentran legalmente
reconocidos, los cuales no deben sobrepasar los límites de operarios, de maquinarias, de
materias primas y de ventas, que al igual que los comerciantes minoristas dichos límites son
fijados por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. (Ley Orgánica de
Economía Popular y Solidaria, 2011).
12
TITULO II
EL COMERCIO INFORMAL
2.1.5. Antecedentes del comercio informal.
Para la autora Noemí Giosa Suazú:
Fue Keith Hart a inicios de los años 70 quien introduce por primera vez la categoría
de sector informal, y la Misión para el Empleo de OIT que trabajó en Kenya lo
proyectó a nivel internacional. Según sostiene Tokman (1986) en el sector informal:
quince años después. En: El Trimestre Económico; el informe de Kenya fue el
primero en introducir la idea de Sector Informal, y su principal innovación fue el
concepto de “pobres que trabajan”. Sus autores descubrieron que la masa de
subempleados que trabajaba en distintas actividades había logrado sobrevivir en
condiciones desfavorables. Estas actividades fueron descriptas como informales, y
fueron caracterizadas por: fácil acceso, operación en pequeña escala, capital
reducido y propio, uso intensivo de mano de obra, en mercados no regulados y
competitivos. La visión de sector informal imperante en la Misión de Kenya era la de
un segmento más o menos autónomo, que no solo proporcionaba empleo y bienes y
servicios a los grupos de menores ingresos, sino que también tenía potencial para
generar superávit para fomentar su crecimiento económico. Se concluía que, si no se
obstaculizaba el funcionamiento colocando trabas, estas actividades podrían
desarrollarse y generar ingresos crecientes. Según Tokman, en este momento la idea
de informal se describía solo como oposición a las actividades formales, careciendo
de un marco conceptual que lo defina. (Giosa Zuazú, 2005).
Según Lola Vanegas y Napoleón Saltos:
Remontándose a la historia, antiguamente se pensaba que “sector informal” sería
una situación pasajera ya que estaban asociados a los niveles más bajos de la
economía y a medida que los países conseguían el desarrollo, este fenómeno también
iría desapareciendo. Con los años, se ha demostrado que este presupuesto no era
13
correcto, este sector crece y se incorpora a una gran variedad de actividades en la
sociedad. (Vanegas & Saltos, 2004, págs. 238, 239).
Para Susana da Silva Veleda:
Desde los años sesenta, el comercio callejero es una actividad presente en las calles y
plazas de las ciudades latinoamericanas. Este tipo de actividad, como vimos en el
apartado anterior, forma parte de las llamadas actividades informales de la
economía y en el contexto latinoamericano, tiene un papel muy importante en el
conjunto de las actividades económicas y sociales, pues recoge una gran parte de las
y los trabajadores urbanos y, además, estos trabajadores y trabajadoras, al utilizar
espacios públicos para ejercer sus actividades son los responsables del orden y la
organización de estos espacios urbanos. Aun así, no es un fenómeno social muy
estudiado. (Da Silva Veleda, 2002, pág. 39).
En los años setenta (70) fue en que se utilizó por primera vez el termino sector informal,
con el que se conocían a las personas de clase baja (pobres) que, por falta de un trabajo
estable y formal, se dedicaban a realizar diferentes actividades laborales informales para
poder sobrevivir. La mayoría de los países del mundo entero consideraban y consideran que
el comercio informal es una situación pasajera, pero se denota que hasta la actualidad esta
clase de actividades laborales se han ido incrementando, pese al importante desarrollo que
han tenido los diferentes Estados, sobre todo de América Latina.
Según datos obtenidos por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos INEC, las
personas que se encontraban realizando alguna actividad dentro del sector informal, en los
años 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 fueron del 36,6%, 34,0%,
33,0%, 32,0%, 31,4%, 32,1%, 31,3%, 32,2% y 32,6% respectivamente. Se puede entonces
llegar a la conclusión que, aunque los Estados se encuentren en plena vía de desarrollo, el
comercio informal se seguirá manteniendo, mientras no se generen políticas públicas que
vayan encaminadas a la creación de más fuentes de trabajo, así como a la erradicación de la
pobreza.
14
2.1.6. Definición de comercio informal.
Antes de precisar la definición de comercio informal es necesario establecer lo que es el
comercio en general, es así que según Alejandro Martínez Estrada el “comercio consiste en el
intercambio de bienes entre productores y consumidores, con ánimos de lucro, cumple con la
función de colocar los productos al alcance de los consumidores”. (Martínez Estrada, 1998,
pág. 52).
Después de establecer lo que es el comercio en general, se puede precisar lo que es el
comercio informal, que según la Organización Mundial del Trabajo es: “El conjunto de
actividades económicas que, tanto en la legislación como en la práctica, están
insuficientemente contempladas por sistemas formales o no lo están en absoluto”.
(Organización Internacional del Trabajo, 19 de junio del 2002). Así mismo su oficina técnica
especifica que:
El sector informal puede describirse, generalmente, como un conjunto de unidades
que producen bienes o servicios principalmente con la finalidad de crear empleos e
ingresos para las personas involucradas. Estas unidades, que tienen un bajo nivel de
organización, operan a pequeña escala y de manera específica, con poca o ninguna
división entre el trabajo y el capital como factores de producción. Las relaciones de
empleo cuando existen se basan sobre todo en el empleo ocasional, los parentescos o
las relaciones personales y sociales más que en acuerdos contractuales que implican
garantías en buen y debida forma. (Oficina Técnica de la Organización Internacional
del Trabajo, 2003).
Para Moisés Castillo, el comercio informal constituye las “agrupaciones de comerciantes
que ejercen el comercio de productos generalizados en la vía pública o terrenos (sitio fijo) ya
sea propiedad o no del gobierno y que carecen de la más indispensable infraestructura para
su funcionamiento adecuado”. (Castillo, 2003, pág. 23).
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, manifiesta que el sector informal es
considerado como:
15
Un grupo de unidades de producción que, según las definiciones y clasificaciones
del Sistema de Cuentas Nacionales de las Naciones Unidas, forman parte del sector
de los hogares. Es decir, son empresas (unidades económicas) que pertenecen a los
hogares y que no están constituidas en sociedad. (Instituto Nacional de Estadísticas y
Censos, 2016).
Como concordancia el Departamento Administrativo Nacional de Estadística de Colombia
(DANE), precisa que el comercio informal es:
El conjunto de unidades dedicadas a la producción de bienes y prestación de
servicios, con la finalidad primordial de crear empleos y generar ingresos para las
personas que participan de esa actividad. Estas unidades funcionan típicamente en
pequeña escala, con una organización rudimentaria en la que hay muy poca o
ninguna distinción entre el trabajo y el capital, como factores de producción. Las
relaciones de empleo en los casos en que existan se basan más bien en el empleo
ocasional, el parentesco o las relaciones personales y sociales, no en acuerdos
contractuales que supongan garantías formales. (Departamento Administrativo
Nacional de Estadística de Colombia, 2016).
De lo manifestado por los distintos autores que fueron citados en párrafos anteriores se
puede establecer que el comercio informal se refiere a aquellas actividades que son
desarrolladas fuera del sector formal, por lo que no se encuentran debidamente reguladas por
la ley y por ende no tienen permisos para realizar dichas actividades, está clase de comercio
cuenta con muy poco capital, elaboran y comercializan productos en cantidades mínimas, no
tienen permisos ni una infraestructura adecuada para poder ejercer el comercio de una manera
adecuada, teniendo como mano de obra a integrantes del mismo núcleo familiar, actividades
que son realizadas en la vía pública, en los parques, en los buses de transporte público, etc.
2.1.7. Tipos de comercio informal.
En cuanto a los tipos de comercio informal, el autor Alfredo Serrano Mancilla, precisa que
existen 5 tipos, Los trabajadores por cuenta propia dueños de sus propias empresas del
sector informal que son los que tienen un empleo independiente y no contratan personal
adicional, ya que sus socios son personas del mismo núcleo familiar. Los empleadores
16
dueños de sus propias empresas del sector informal que al igual que los trabajadores por
cuenta propia laboran en un empleo independiente, pero la diferencia radica en que contratan
uno o más trabajadores, pero sin afiliarlos a la seguridad social. Los Trabajadores
familiares auxiliares, independientemente de si trabajan en empresas del sector formal
o informal que son aquellas personas que trabajan en un empleo independiente en un
establecimiento con orientación de mercado, dirigido por una persona de su familia que vive
en el mismo hogar, pero que no pueden considerarse como socios, es decir trabajan en forma
parcial, no están registrados en los sistemas de seguridad social ni perciben ninguna clase de
salario; y, por último, los Asalariados, que se refieren a los trabajadores del servicio
doméstico, que tienen un horario de trabajo, que reciben un salario por sus servicios pero que
no está registrado en la seguridad social ni goza de los beneficios adicionales de los trabajos
formales. Así mismo los Productores que trabajan por cuenta propia produciendo bienes
exclusivamente para su uso propio uso. (Serrano Mancilla, 2010).
2.1.8. Características del comercio informal.
El autor Cacciamali en cuanto a las características del comercio informal establece que en
sociedades menos desarrolladas existen más actividades laborales informales, que en las
sociedades más desarrolladas en donde la producción y la comercialización se desplazan,
pero no se extingue, ya que la producción formal destruye ciertas actividades informales,
pero se crean y recrean otras actividades informales. (Giosa Zuazú, 2005, pág. 9).
Así mismo María José Gonzales precisa cuatro (4) características del comercio informal,
la primera es el nivel educativo, la segunda es el sexo, la tercera es el desempleo y la cuarta
es la pobreza y desplazamiento. En cuanto al nivel educativo se refiere a que la mayoría de
las personas que se encuentran laborando dentro del sector informal tienen un bajo grado de
estudios, la mayoría no son ni siquiera bachilleres, lo que les afecta para poder conseguir un
trabajo dentro del sector formal. En lo que respecta al sexo como característica del comercio
informal, se tiene que tener en claro que son más las mujeres que los hombres, las que
trabajan en actividades dentro del sector informal, ya que por diversas razones en especial por
la responsabilidad del cuidado de los hijos necesitan de horarios flexibles para poder laboral.
En cuanto tiene que ver con la tercera característica del comercio informal que es el
desempleo, se puede mencionar que al no existir fuentes de trabajo dentro del sector formal,
17
las personas al encontrarse desempleadas optan por una actividad laboral dentro del sector
informal, ya que esto implica una manera de poder sobrevivir. En lo que respecta a la pobreza
y al desplazamiento, se pude decir que en las partes rurales de las ciudades es donde más
pobreza existe, esto ha provocado que se produzca el desplazamiento de personas a las
ciudades, lo que ha generado que el desempleo crezca cada día más y al no contar con un
trabajo estable, optan por realizar actividades laborales dentro de la informalidad. (González,
y otros).
En conclusión las personas que optan por realizar una actividad laboral dentro del sector
informal, no lo hacen por gusto sino que lo hacen por necesidad, ya que estas personas no
tienen los suficientes estudios para tener más probabilidades de encontrar un trabajo, así
mismo las mujeres por tener muchas responsabilidades derivadas del hogar también se les
hace complicado encontrar un trabajo acorde a su disponibilidad de tiempo, por esta razón se
tienen que conformar por realizar actividades laborales informales. El Estado ecuatoriano
debe implementar las suficientes políticas públicas para eliminar por completo o por lo
menos disminuir el desempleo, así como también se debe implementar los mecanismos
necesarios para disminuir la pobreza y el desplazamiento de las personas de las áreas rurales
a las grandes ciudades.
18
TITULO III
EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS
2.1.9. Definición.
La Real Academia Española de la Lengua, manifiesta que emprender significa “acometer
y comenzar una obra, un negocio, un empeño, especialmente si encierran dificultad o
peligro”. (Real Academia Española, 2014).
Según el autor Mario Dhether:
La actividad emprendedora es la gestión del cambio radical y discontinuo, o renovación
estratégica, sin importar si esta renovación estratégica ocurre adentro o afuera de organizaciones
existentes, y sin importar si esta renovación da lugar, o no, a la creación de una nueva entidad de
negocio. (Zubeldía, Viada, Morales, & Tomarelli, 2015).
Entonces los emprendimientos productivos son, las iniciativas que toma una persona,
arriesgando un capital económico para aprovechar una oportunidad que le brinda el mercado.
En el Ecuador a través de la Red de Inclusión Productiva, se han otorgado créditos, que han
servido para financiar diversas actividades productivas como son la industria maderera, la
metalmecánica, la industria agropecuaria, para la cerrajería, la producción y el procesamiento
de cárnicos, entre otros. Iniciativas estas que hacen que el Ecuador sea un país más
productivo e incluyente, ya que estos emprendimientos generan empleo y ayudan al cambio
de la matriz productiva. Hay que tener en cuenta que la matriz productiva es:
La forma como se organiza la sociedad para producir determinados bienes y servicios, no se
limita únicamente a los procesos estrictamente técnicos o económicos, sino que también tiene que ver
con todo el conjunto de interacciones entre los distintos actores sociales que utilizan los recursos que
tiene a su disposición para llevar adelante las actividades productivas”. (Secretaría Nacional de
Desarrollo, 2012).
19
2.1.10. Tipos de emprendimientos productivos.
Se pueden establecer dos (2) clases de emprendimientos, los emprendimientos por
necesidad y los emprendimientos por oportunidad.
Emprendimientos por necesidad. - Se refieren a que las personas de escasos recursos
económicos, al no tener otra opción crean una pequeña empresa o negocio, para poder
subsistir.
Emprendimientos por oportunidad. - Se refieren a que las personas crean una empresa
o negocio por el hecho de haber identificado una oportunidad y desean aprovecharla, es decir
estas personas tienen suficientes recursos económicos como para aprovechar una oportunidad
de negocio que se les presenta.
TITULO IV
EL BUEN VIVIR O EL SUMAK KAWSAY
2.1.11. Conceptualización.
Tabla 1.- Palabra “Sumak” según varios autores.
“SUMAK”
Según Macas, L.: plenitud, grandeza, lo justo, completamente, lo superior.
(Macas, 2011, pág. 52).
Según Huanacuni, F.: Plenitud, sublime, excelente, magnifico, hermoso
(a), superior. (Huanacuni, 2010, pág. 2).
Según Maldonado, L.: Plenitud, completo, realizado, belleza, excelencia.
(Maldonado, 2010, pág. 199).
Según Kowii: Ideal, hermoso, lo bueno, la realización. (Kowii, 2009, pág.
5).
Según Pacari: la perfección, lo máximo, la armonía y el equilibrio, lo
grandioso, lo intangible e insuperable. (Pacari, 2013, pág. 346).
20
Según Sarayaku: es el pensamiento interior, original conductor del orden,
la armonía del ser humano con la naturaleza y con los espíritus sagrados.
(Sarayaku, 2013, pág. 3).
Elaborado por: Jenny Tapia.
Tabla 2.- Palabra “Kawsay” según varios autores.
“KAWSAY”
Según Macas: Vida en realización permanente, dinámica y cambiante; es
la interacción de la totalidad de existencia en movimiento, la vida entendida
desde lo integral. Es la esencia de todo ser vital, es estar siendo. (Macas,
2011, pág. 52).
Según Huanacuni: Vida, ser estando, estar siendo. (Huanacuni, 2010,
pág. 2).
Según Maldonado: Vida, existencia. (Maldonado, 2010, pág. 199).
Según Kowii: Es la vida, en referencia a una vida digna, en armonía y
equilibrio con el universo y el ser humano. (Kowii, 2009, pág. 5).
Según Pacari: Es vida, es vivir, es aliento, es existencia. (Pacari, 2013,
pág. 349).
Según Sarayaku: Es vida cotidiana de todos los seres de la Allpamama
(madretierra). (Sarayaku, 2013, pág. 3).
Elaborado por: Jenny Tapia.
De las definiciones anteriormente expuestas se puede notar que existen diferentes
concepciones de lo que es tanto la palabra “sumak” y la palabra “kawsay”, pero si
observamos las semejanzas de las definiciones y las unimos, se pude precisar que el “Sumak
Kawsay” se refiere a una vida armoniosa, una vida en Plenitud, es decir a una vida plena.
Así mismo existen varios autores como Ávila que precisa que el sumak kawsay se basa en
el mantenimiento del equilibrio entre el ser humano, la naturaleza y el desarrollo, en un
marco de racionalidad y equilibrio entre el ser humano, la naturaleza y el desarrollo. (Ávila,
2008-2011, pág. 102). Así mismo el Buen Vivir según lo prescrito por el Plan Nacional para
el Buen Vivir se refiere a la forma de vida que permite la felicidad y la permanencia de la
diversidad cultural y ambiental, pero siempre con armonía, igualdad, equidad y solidaridad,
21
esto último porque el objetivo principal del sumak kawsay o buen vivir es erigir sociedades
solidarias, que vivan en armonía con la naturaleza. (Plan Nacional para el Buen Vivir, 2013-
2017).
Entonces el buen vivir se basa en el sumak kawsay, que se centra en el ser humano como
parte de un entorno natural y social, es decir el buen vivir es un principio constitucional que
lo que quiere lograr es la satisfacción de las necesidades, que las personas tengan una
excelente calidad de vida y una muerte digna, el amar y ser amado, que todos surjan y se
desarrollen por igual, siempre en paz y en armonía con la naturaleza. (Ministerio de
Educación, 2016).
22
TÍTULO V
DERECHO COMPARADO
2.1.12. Derecho ecuatoriano y colombiano.
Tabla 3.- Derecho comparado: Ecuador – Colombia. Economía Popular y Solidaria.
ECUADOR COLOMBIA
CONSTITUCIÓN
Artículo 283. “El sistema
económico es social y solidario;
reconoce al ser humano como
sujeto y fin; propende a una
relación dinámica y equilibrada
entre sociedad, Estado y
mercado, en armonía con la
naturaleza; y tiene por objetivo
garantizar la producción y
reproducción de las condiciones
materiales e inmateriales que
posibiliten el buen vivir”.
Artículo 288. “Las compras
públicas cumplirán con criterios
de eficiencia, transparencia,
calidad, responsabilidad
ambiental y social. Se priorizarán
los productos y servicios
nacionales, en particular los
provenientes de la economía
popular y solidaria, y de las
micro, pequeñas y medianas
unidades productivas”.
Artículo 311. “EI sector
CONSTITUCIÓN
Art. 39.- “Los trabajadores y
empleadores tienen derecho a constituir
sindicatos o asociaciones, sin intervención
del Estado. Su reconocimiento jurídico se
producirá con la simple inscripción del acta
de constitución. La estructura interna y el
funcionamiento de los sindicatos y
organizaciones sociales y gremiales se
sujetarán al orden legal y a los principios
democráticos. La cancelación o la
suspensión de la personería jurídica solo
proceden por vía judicial. Se reconoce a los
representantes sindicales el fuero y las
demás garantías necesarias para el
cumplimiento de su gestión. No gozan del
derecho de asociación sindical los miembros
de la Fuerza Pública”.
Art. 58.- “El Estado protegerá y
promoverá las formas asociativas y
solidarias de propiedad”.
Art. 333.- “El Estado fortalecerá las
organizaciones solidarias y estimulará el
desarrollo empresarial”. (Constitucion
Política de Colombia, 2015).
23
financiero popular y solidario se
compondrá de cooperativas de
ahorro y crédito, entidades
asociativas o solidarias, cajas y
bancos comunales, cajas de
ahorro. Las iniciativas de
servicios del sector financiero
popular y solidario, y de las
micro, pequeñas y medianas
unidades productivas, recibirán
un tratamiento diferenciado y
preferencial del Estado, en la
medida en que impulsen el
desarrollo de la economía
popular y solidaria”.
Art. 326.- “El derecho al
trabajo se sustenta en los
siguientes principios: 7. Se
garantizará el derecho y la
libertad de organización de las
personas trabajadoras, sin
autorización previa. Este derecho
comprende el de formar
sindicatos, gremios, asociaciones
y otras formas de organización,
afiliarse a las de su elección y
desafiliarse libremente. De igual
forma, se garantizará la
organización de los
empleadores”. (Constitución de
la República del Ecuador, 2008).
LEY ORGÁNICA DE LEY 454
24
ECONOMÍA POPULAR Y
SOLIDARIA
Art. 1.- Definición.- “Para
efectos de la presente Ley, se
entiende por economía popular y
Solidaria a la forma de
organización económica, donde
sus integrantes, individual o
colectivamente, organizan y
desarrollan procesos de
producción, intercambio,
comercialización, financiamiento
y consumo de bienes y servicios,
para satisfacer necesidades y
generar ingresos, basadas en
relaciones de solidaridad,
cooperación y reciprocidad,
privilegiando al trabajo y al ser
humano como sujeto y fin de su
actividad, orientada al buen vivir,
en armonía con la naturaleza, por
sobre la apropiación, el lucro y la
acumulación de capital”.
Art. 2.- Ámbito. - Se rigen por
la presente ley, todas las
personas naturales y jurídicas, y
demás formas de organización
que, de acuerdo con la
Constitución, conforman la
economía popular y solidaria y el
sector Financiero Popular y
ECONOMÍA SOLIDARIA
Artículo 1º. Objeto. “El objeto de la
presente ley es el determinar el marco
conceptual que regula la economía
solidaria, transformar el Departamento
Administrativo Nacional de Cooperativas en
el Departamento Administrativo Nacional de
la Economía solidaria, crear la
superintendencia de la economía solidaria,
crear el fondo de garantías para las
cooperativas financieras y de ahorro y
crédito, dictar normas sobre la actividad
financiera de las entidades de naturaleza
cooperativa y expedir otras disposiciones en
correspondencia con lo previsto en los
artículos 58, 333 y concordantes de la
Constitución Política de Colombia”.
Artículo 2º. Definición. “Para efectos de
la presente ley denomínase Economía
Solidaria al sistema socioeconómico,
cultural y ambiental conformado por el
conjunto de fuerzas sociales organizadas en
formas asociativas identificadas por
prácticas autogestionarias solidarias,
democráticas y humanistas, sin ánimo de
lucro para el desarrollo integral del ser
humano como sujeto, actor y fin de la
economía”.
Artículo 3º. Protección, promoción y
fortalecimiento. “Declárase de interés
común la protección, promoción y
25
Solidario; y, las instituciones
públicas encargadas de la
rectoría, regulación, control,
fortalecimiento, promoción y
acompañamiento. Las
disposiciones de la presente Ley
no se aplicarán a las formas
asociativas gremiales,
profesionales, laborales,
culturales, deportivas, religiosas,
entre otras, cuyo objeto social
principal no sea la realización de
actividades económicas de
producción de bienes o
prestación de servicios. Tampoco
serán aplicables las disposiciones
de la presente Ley, a las
mutualistas y fondos de inversión,
las mismas que se regirán por la
Ley General de Instituciones del
Sistema Financiero y Ley de
Mercado de Valores,
respectivamente.
Art. 3.- Objeto. - La presente
Ley tiene por objeto:
a) Reconocer, fomentar y
fortalecer la Economía Popular y
Solidaria y el Sector Financiero
Popular y Solidario en su
ejercicio y relación con los demás
sectores de la economía y con el
Estado;
fortalecimiento de las cooperativas y demás
formas asociativas y solidarias de propiedad
como un sistema eficaz para contribuir al
desarrollo económico, al fortalecimiento de
la democracia, a la equitativa distribución
de la propiedad y del ingreso y a la
racionalización de todas las actividades
económicas, en favor de la comunidad y en
especial de las clases populares”.
Parágrafo. “El Estado garantizará el
libre desarrollo de las Entidades de
Economía Solidaria, mediante el estímulo,
promoción, protección y vigilancia, sin
perjuicio de su natural autonomía”.
Artículo 4º. Principios de la Economía
Solidaria. “Son principios de la Economía
Solidaria:
1. El ser bueno, su trabajo y mecanismos
de cooperación tienen primacía sobre los
medios de producción.
2. Espíritu de solidaridad, cooperación,
participación y ayuda mutua.
3. Administración democrática,
participativa, autogestionaria y
emprendedora.
4. Adhesión voluntaria, responsable y
abierta.
5. Propiedad asociativa y solidaria sobre
los medios de producción.
6. Participación económica de los
asociados, en justicia y equidad.
7. Formación e información para sus
26
b) Potenciar las prácticas de
la economía popular y solidaria
que se desarrollan en las
comunas, comunidades, pueblos y
nacionalidades, y en sus unidades
económicas productivas para
alcanzar el Sumak Kawsay;
c) Establecer un marco
jurídico común para las personas
naturales y jurídicas que integran
la Economía Popular y Solidaria
y del Sector Financiero Popular y
Solidario; d) Instituir el régimen
de derechos, obligaciones y
beneficios de las personas y
organizaciones sujetas a esta ley;
y,
e) Establecer la
institucionalidad pública que
ejercerá la rectoría, regulación,
control, fomento y
acompañamiento.
Art. 4.- Principios. - Las
personas y organizaciones
amparadas por esta ley, en el
ejercicio de sus actividades, se
guiarán por los siguientes
principios, según corresponda:
a) La búsqueda del buen vivir
y del bien común;
b) La prelación del trabajo
sobre el capital y de los intereses
miembros, de manera permanente, oportuna
y progresiva.
8. Autonomía, autodeterminación y
autogobierno.
9. Servicio a la comunidad.
10. Integración con otras organizaciones
del mismo sector.
11. Promoción de la cultura ecológica”.
Artículo 5º. Fines de la Economía
Solidaria. “La Economía solidaria tiene
como fines principales:
1. Promover el desarrollo integral del ser
humano.
2. Generar prácticas que consoliden una
corriente vivencial de pensamiento
solidario, crítico, creativo y emprendedor
como medio para alcanzar el desarrollo y la
paz de los pueblos.
3. Contribuir al ejercicio y
perfeccionamiento de la democracia
participativa.
4. Participar en el diseño y ejecución de
planes, programas y proyectos de desarrollo
económico y social.
5. Garantizar a sus miembros la
participación y acceso a la formación, el
trabajo la propiedad, la información, la
gestión y distribución equitativa de
beneficios sin discriminación alguna”.
Artículo 6º. Características de las
organizaciones de Economía Solidaria.
“Son sujetos de la presente ley las personas
27
colectivos sobre los individuales;
c) El comercio justo y
consumo ético y responsable:
d) La equidad de género;
e) El respeto a la identidad
cultural;
f) La autogestión;
g) La responsabilidad social y
ambiental, la solidaridad y
rendición de cuentas; y,
h) La distribución equitativa y
solidaria de excedentes.
Art. 5.- Acto Económico
Solidario. - Los actos que
efectúen con sus miembros las
organizaciones a las que se
refiere esta Ley, dentro del
ejercicio de las actividades
propias de su objeto social, no
constituyen actos de comercio o
civiles sino actos solidarios y se
sujetarán a la presente Ley.
Art. 6.- Registro. - Las
personas y organizaciones
amparadas por esta Ley, deberán
inscribirse en el Registro Público
que estará a cargo del ministerio
de Estado que tenga a su cargo
los registros sociales. El registro
habilitará el acceso a los
beneficios de la presente Ley.
Art. 7.- Glosario. - Para los
jurídicas organizadas para realizar
actividades sin ánimo de lucro, en las cuales
los trabajadores o los usuarios según el
caso, son simultáneamente sus aportantes y
gestores, creadas con el objeto de producir,
distribuir y consumir conjunta y
eficientemente, bienes y servicios para
satisfacer las necesidades de sus miembros y
al desarrollo de obras de servicio a la
comunidad en general, observando en su
funcionamiento las siguientes
características:
1. Estar organizada como empresa que
contemple en su objeto social, el ejercicio de
una actividad socioeconómica, tendiente a
satisfacer necesidades de sus asociados y el
desarrollo de obras de servicio comunitario.
2. Tener establecido un vínculo
asociativo, fundado en los principios y fines
contemplados en la presente ley.
3. Tener incluido en sus estatutos o reglas
básicas de funcionamiento la ausencia de
ánimo de lucro, movida por la solidaridad,
el servicio social o comunitario.
4. Garantizar la igualdad de derechos y
obligaciones de sus miembros sin
consideración a sus aportes.
5. Establecer en sus estatutos un monto
mínimo de aportes sociales no reducibles,
debidamente pagados, durante su existencia.
6. Integrarse social y económicamente,
sin perjuicio de sus vínculos con otras
28
fines de la presente Ley, se
aplicarán las siguientes
denominaciones:
a) Organizaciones del sector
asociativo, como "asociaciones";
b) Organizaciones del sector
cooperativista, como
"cooperativas";
c) Comité Interinstitucional de
la Economía Popular y Solidaria
y del sector Financiero Popular y
Solidario, como "Comité
Interinstitucional";
d) Superintendencia de
Economía Popular y Solidaria,
como "Superintendencia";
e) Instituto Nacional de
Economía Popular y Solidaria,
como "Instituto";
f) Junta de Regulación del
Sector Financiero Popular y
Solidario, como "Junta de
Regulación" y,
g) Corporación Nacional de
Finanzas Populares y Solidarias,
como "Corporación”. (Ley
Orgánica de Economía Popular y
Solidaria, 2011).
entidades sin ánimo de lucro que tengan por
fin promover el desarrollo integral del ser
humano”.
Parágrafo 1º. “En todo caso, las
organizaciones de la economía solidaria
deberán cumplir con los siguientes
principios económicos: 1. Establecer la
irrepartibilidad de las reservas sociales y,
en caso de liquidación, la del remanente
patrimonial. 2. Destinar sus excedentes a la
prestación de servicios de carácter social, al
crecimiento de sus reservas y fondos, y a
reintegrar a sus asociados parte de los
mismos en proporción al uso de los servicios
o a la participación en el trabajo de la
empresa, sin perjuicio de amortizar los
aportes y conservarlos en su valor real”.
Parágrafo 2º. “Tienen el carácter de
organizaciones solidarias entre otras:
cooperativas, los organismos de segundo y
tercer grado que agrupen cooperativas u
otras formas asociativas y solidarias de
propiedad, las instituciones auxiliares de la
Economía solidaria, las empresas
comunitarias, las empresas solidarias de
salud, las pre cooperativas, los fondos de
empleados, las asociaciones mutualistas, las
empresas de servicios en las formas de
administraciones públicas cooperativas, las
empresas asociativas de trabajo y todas
aquellas formas asociativas solidarias que
cumplan con las características
29
mencionadas en el presente capítulo”. (Ley
454 de Economía Solidaria de Colombia,
1998).
Elaborado por: Jenny Tapia.
2.1.12.1. Semejanzas y Diferencias entre el Derecho ecuatoriano y
colombiano.
Entre las diferencias y semejanzas más marcadas se pueden citar las siguientes:
En la Constitución de la República del Ecuador, así como la Constitución Política de
Colombia, establecen que los trabajadores podrán agruparse y formar organizaciones, para
ello podrá crear asociaciones, sindicatos, entre otras formas de organización.
En la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria de Ecuador, así como en la Ley 454
de Economía Solidaria de Colombia, se establece como definición de esta economía, al
conjunto de fuerzas sociales o formas de organización económica, en donde sus miembros de
manera individual o en conjunto, privilegian las practicas autogestionarias solidarias,
democráticas y humanistas, realizando procesos de producción, intercambio,
comercialización y consumo de bienes y servicios, sin ánimo de lucro para la satisfacción de
las necesidades y el desarrollo integral del ser humano como sujeto, actor y fin de la
economía, siempre en busca del buen vivir.
Las dos legislaciones tienen como objeto el de regular la economía solidaria, reconocer,
la economía popular y solidaria, así como tienen el objeto de establecer la institucionalidad
pública que ejercerá la rectoría, regulación, control, fomento y acompañamiento, es así que
en la legislación colombiana se crean: el Departamento Administrativo Nacional de
Cooperativas en el Departamento Administrativo Nacional de la Economía solidaria, la
superintendencia de la economía solidaria, el fondo de garantías para las cooperativas
financieras de ahorro y crédito, entre otras instituciones que regulan y dirigen en el campo
de dicha economía.
Una diferencia entre las dos legislaciones es que en la ecuatoriana, se establecen ocho (8)
principios de la Economía Popular y Solidaria los cuales son: La búsqueda del buen vivir y
30
del bien común; La prelación del trabajo sobre el capital y de los intereses colectivos sobre
los individuales; El comercio justo y consumo ético y responsable; La equidad de género; El
respeto a la identidad cultural; La autogestión; La responsabilidad social y ambiental, la
solidaridad y rendición de cuentas; y, La distribución equitativa y solidaria de excedentes
(Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2011). En cambio, la legislación
colombiana establece once (11) principios de la Economía Solidaria que son: El ser bueno,
su trabajo y mecanismos de cooperación tienen primacía sobre los medios de producción;
Espíritu de solidaridad, cooperación, participación y ayuda mutua; Administración
democrática, participativa, autogestionaria y emprendedora; Adhesión voluntaria,
responsable y abierta; Propiedad asociativa y solidaria sobre los medios de producción;
Participación económica de los asociados, en justicia y equidad; Formación e información
para sus miembros, de manera permanente, oportuna y progresiva; Autonomía,
autodeterminación y autogobierno; Servicio a la comunidad; Integración con otras
organizaciones del mismo sector; y, Promoción de la cultura ecológica. (Ley 454 de
Economía Solidaria de Colombia, 1998).
2.2. Marco legal.
Constitución de la República del Ecuador de 2008.
La Constitución de la República del Ecuador. (2008). Registro Oficial No. 449 de 20 de
octubre de 2008. En especial los siguientes artículos: Artículo 33. Este artículo precisa que
el trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico que sirve para la
realización personal y es la base de la economía del país. Artículo 283. En este artículo se
establece que el sistema económico es social y solidario, el cual reconoce al ser humano
como sujeto y como fin; Artículo 288. Precisa que en cuanto se refiere a las compras
públicas se priorizará los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de
la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas;
Artículo 311. En este artículo se menciona que el sector financiero popular y solidario está
conformado por las cooperativas de ahorro y crédito, entidades asociativas o solidarias, cajas
y bancos comunales, cajas de ahorro. Se menciona también en este artículo que tanto las
iniciativas de servicios del sector financiero popular y solidario, y de las micro, pequeñas y
31
medianas unidades productivas, deben recibir un trato diferenciado y preferencial por parte
del Estado, con el objetivo de impulsar el desarrollo de la economía popular y solidaria;
Artículo 319. Que en lo medular precisa que entre las formas de organización de la
producción económica se encuentran las comunitarias, cooperativas, empresariales públicas o
privadas, asociativas, familiares, domésticas, autónomas y mixtas. Es obligación del Estado
promover las formas de producción para asegurar el tan anhelado buen vivir de la población;
Artículo 326, numeral 7. Se refiere a los principios en que se sustenta el derecho al trabajo y
el que interesa a la investigación es el numeral siete (7) que especifica que se debe garantizar
el derecho de las personas trabajadores a organizarse sin pedir autorización previa, es por esta
razón que los trabajadores pueden formar sindicatos, gremios, asociaciones y otras formas de
organización, así como también pueden afiliarse a las organizaciones de su elección y
desafiliarse libremente. (Constitución de la República del Ecuador, 2008).
Código Orgánico Monetario y Financiero.
Código Orgánico Monetario y Financiero. (2014). Registro Oficial No. 332 de 12 de
septiembre de 2014. En especial los siguientes artículos: Artículo 1. Que se refiere a que este
Código tiene como objetivo regular los sistemas monetario y financiero, así como los
regímenes de valores y seguros del Ecuador; Artículo 2. En este Código se encuentran
establecidas las respectivas políticas, regulaciones, supervisión, control y rendición de
cuentas, que son las que rigen el sistema monetario, financiero, regímenes de valores y
seguros, el ejercicio de sus actividades y la relación con sus usuarios; Artículo 3. Se refiere a
los objetivos de este código, entre los cuales se encuentran el potenciar la generación de
trabajo, la producción de riqueza, su distribución y redistribución; asegurar que el ejercicio de
las actividades monetarias, financieras, de valores y seguros sea consistente e integrado;
asegurar los niveles de liquidez de la economía para contribuir al cumplimiento del programa
económico; procurar la sostenibilidad del sistema financiero nacional y de los regímenes de
seguros y valores y garantizar el cumplimiento de las obligaciones de cada uno de los
sectores y entidades que los conforman; mitigar los riesgos sistémicos y reducir las
fluctuaciones económicas; proteger los derechos de los usuarios de los servicios financieros,
de valores y seguros; profundizar el proceso de constitución de un sistema económico social
y solidario, en el que los seres humanos son el fin de la política pública; fortalecer la
inserción estratégica a nivel regional e internacional; Fomentar, promover y generar
32
incentivos a favor de las entidades de la Economía Popular y Solidaria; y, promover el acceso
al crédito de personas en movilidad humana, con discapacidad, jóvenes, madres solteras y
otras personas pertenecientes a los grupos de atención prioritaria; Artículo 4. En este artículo
se encuentran los principios que sirven de fundamento en las disposiciones del Código
Orgánico Monetario y Financiero, entre los cuales se encuentran los siguientes: 1. La
prevalencia del ser humano por sobre el capital; 2. La subordinación del
ámbito monetario, financiero, de valores y seguros como instrumento al servicio de la
economía real; 3. El ejercicio de la soberanía monetaria y financiera y la inserción estratégica
internacional; 4. La inclusión y equidad; 5. El fortalecimiento de la confianza; y, 6. La
protección de los derechos ciudadanos.; y, más disposiciones que sean pertinentes con el
tema de investigación planteado. (Código Orgánico Monetario y Financiero, 2014).
Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero
Popular y Solidario.
Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria. (2011). Registro Oficial No. 444 de 10 de
mayo de 2011. Última modificación: 12 de septiembre de 2014. En especial los siguientes
artículos:
Artículo 1. Aquí se encuentra la definición de economía popular y solidaria, que no es
más que la forma de organización económica, en donde sus integrantes tanto individual así
como colectivamente, se organizan y desarrollan procesos de producción, intercambio,
comercialización, financiamiento y consumo de bienes y servicios, para satisfacer
necesidades y generar ingresos, basadas en relaciones de solidaridad, cooperación y
reciprocidad, privilegiando al trabajo y al ser humano como sujeto y fin de su actividad,
orientada al buen vivir, en armonía con la naturaleza, por sobre la apropiación, el lucro y la
acumulación de capital;
Artículo 2. Se refiere a las personas que tienen que sujetarse a las disposiciones que se
encuentran en esta ley, las cuales son las personas naturales, jurídicas, las demás formas de
organización que conforman la economía popular y solidaria; y, las instituciones públicas
encargadas de la rectoría, regulación, control, fortalecimiento, promoción y acompañamiento.
Hay que tener en cuenta que no se sujetan a esta ley las formas asociativas gremiales,
profesionales, laborales, culturales, deportivas, religiosas, entre otras, cuyo objeto social no
33
sea la realización de actividades económicas de producción de bienes o prestación de
servicios;
Artículo 3. Se refiere al objeto de esta ley que entre los principales figuran a) Reconocer,
fomentar y fortalecer la Economía Popular y Solidaria y el Sector Financiero Popular y
Solidario en su ejercicio y relación con los demás sectores de la economía y con el Estado; b)
Potenciar las prácticas de la economía popular y solidaria que se desarrollan en las comunas,
comunidades, pueblos y nacionalidades, y en sus unidades económicas productivas para
alcanzar el Sumak Kawsay; c) Establecer un marco jurídico común para las personas
naturales y jurídicas que integran la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero
Popular y Solidario; d) Instituir el régimen de derechos, obligaciones y beneficios de las
personas y organizaciones sujetas a esta ley; y, e) Establecer la institucionalidad pública que
ejercerá la rectoría, regulación, control, fomento y acompañamiento; Artículo 4. En este
artículo se encuentran los principios que amparan a las personas y organizaciones que se
rigen por esta ley, entre los cuales se encuentran los siguientes: a) La búsqueda del buen vivir
y del bien común; b) La prelación del trabajo sobre el capital y de los intereses colectivos
sobre los individuales; c) El comercio justo y consumo ético y responsable: d) La equidad de
género; e) El respeto a la identidad cultural; f) La autogestión; g) La responsabilidad social y
ambiental, la solidaridad y rendición de cuentas; y, h) La distribución equitativa y solidaria de
excedentes;
Artículo 5. Que preceptúa que los actos que realicen las personas y las organizaciones que
se sujetan a esta ley, no son actos de comercio o civiles, sino solamente son actos solidarios;
Artículo 6. Este artículo se refiere a que tanto las personas como las organizaciones que se
sujetan a esta ley, deben inscribirse en el Registro Público que estará a cargo del ministerio
de Estado que tenga a su cargo los registros sociales; y más disposiciones legales que sean
pertinentes para el tema de investigación planteado. (Ley Orgánica de Economía Popular y
Solidaria, 2011).
Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del
Sector Financiero Popular y Solidario.
Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria. (2012). Registro Oficial
No. 648 de 27 de febrero de 2012. Última modificación: 08 de octubre de 2012. En especial
los siguientes artículos:
34
Artículo 1. Se refiere a que el objetivo de este reglamento consiste en establecer los
procedimientos para la aplicación de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaría y
del Sector Financiero Popular y Solidario;
Artículo 2. Las personas interesadas en conformar una de las organizaciones que se
encuentran sujetas a esta ley, deben realizar una asamblea constitutiva, en la cual, de forma
expresa, manifestarán su deseo de conformar la organización, así mismo elegirán un
directorio provisional integrado por un Presidente, un Secretario y un Tesorero, que se
encargarán de gestionar la aprobación del Estatuto social y la obtención de personalidad
jurídica ante la Superintendencia;
Artículo 3. El acta constitutiva de la asamblea de que se habló en líneas anteriores debe
contener los siguientes puntos: a. Lugar y fecha de constitución; b. Expresión libre y
voluntaria de constituir la organización; c. Denominación, domicilio y duración; d. Objeto
social; e. Monto del fondo o capital social inicial; f. Nombres, apellidos, nacionalidad,
número de cédula de identidad de los fundadores; g. Nómina de la Directiva provisional; y, h.
Firma de los integrantes fundadores o sus apoderados;
Artículo 4. Este artículo se refiere a que las asociaciones de la Economía Popular y
Solidaria y cooperativas en formación, deben reservar el uso de una denominación por el
plazo de noventa días, dentro del cual deben presentar toda la documentación pertinente para
que se les otorgue la personería jurídica, trámite que será realizado en la Superintendencia de
Economía Popular y Solidaria, en coordinación con la Superintendencia de Compañías;
Artículos 5, 6 y 7. En los que se especifica los requisitos para la obtención de la personería
jurídica tanto de las organizaciones comunitarias, de las asociaciones Económicas Populares
y Solidarias, así como de las cooperativas; y, más disposiciones concordantes con el tema de
investigación planteado. (Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria,
2012).
2.3. Trabajos previos.
Tesis. Hidalgo Rodríguez, Daysi Maribel. (2014). Naturaleza Jurídica y ubicación de
las cooperativas de ahorro y crédito dentro del sector financiero popular y solidario. Quito,
Ecuador. Universidad Central del Ecuador. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y
Sociales. Carrera de Derecho.
35
En esta tesis la autora realiza un estudio jurídico de las cooperativas de ahorro y crédito
del país, un análisis jurídico de la Ley de Economía Popular y Solidaria y como está regula el
funcionamiento de las dichas entidades, además de plantear que el cooperativismo no es
simplemente la unión de personas para satisfacer una necesidad económica, al contrario, son
organizaciones económicas que requieren leyes especiales para regular su adecuado
funcionamiento. (Hidalgo Rodríguez, 2014).
Tesis. Morales Oña, Francisco Santiago. (2015). ¿Economía de mercado o economía
social y solidaria? Análisis del régimen constitucional del sistema económico ecuatoriano.
Quito, Ecuador. Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Facultad de Jurisprudencia.
Escuela de Derecho.
El autor se refiere al estudio del tratamiento doctrinario de los conceptos de constitución
económica, del Buen Vivir y los de Economía Popular y Solidaria establecidos en la
constitución, los cuales deben ser tomados como lo que son principios doctrinarios. También
establece que las universidades son las llamadas a constituirse como agentes sociales de
trasformación e impulsar la socialización de estos principios para juntos crear una sociedad
más justa y equitativa. (Morales Oña, 2015).
Tesis. Montalvo Carrión, María Lorena. (2016). La economía popular en el Distrito
Metropolitano de Quito: una propuesta alternativa para su desarrollo productivo. Quito,
Ecuador. Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Escuela de Trabajo Social.
La autora propone desarrollar políticas, programas y proyectos para incorporar a los
productores locales de la Economía Popular y Solidaria, crear sistemas de evaluación y
monitoreo de las actividades de los actores de la Economía Popular y Solidaria para de esta
manera tener información de las actividades que realizan y evitar errores en cuanto a los
procesos de fortalecimiento para los actores de la Economía Popular y Solidaria. (Montalvo
Carrión, 2016).
36
2.4. Definición de términos básicos.
CONSTITUCION.
Acto o decreto fundamental en que están determinados los derechos de una nación, la
forma de su gobierno y la organización de los poderes públicos de que éste se compone. En el
Derecho Romano, la ley que establecía el príncipe, ya fuese por carta, edicto, decreto,
rescripto y orden. (Cabanellas, 1993, pág. 88).
SUMAK KAWSAY O BUEN VIVIR.
Sumak Kawsay, significa una vida digna, de aquí se desprende que el buen vivir inspirado
en la tradición indígena, busca un equilibrio con la naturaleza en la satisfacción de las
necesidades.
EMPLEO INFORMAL.
El empleo informal es la actividad laboral de quienes trabajan y perciben ingresos al
margen del control tributario del Estado y de las disposiciones legales en materia laboral.
(Significados, 2013-2015). Es decir, el empleo informal es la actividad laboral de los
trabajadores independientes, los vendedores ambulantes, las trabajadoras de servicio
doméstico, los limpiavidrios, etc. (Significados, 2013-2015).
TRABAJO.
El esfuerzo humano, físico o intelectual, aplicado a la producción u obtención de la
riqueza. Es toda actividad susceptible de valoración económica por la tarea, el tiempo o el
rendimiento. (Cabanellas, 1993).
37
TRABAJADOR.
Quien trabaja; todo aquel quien realiza una labor socialmente útil. Así como también es
todo el que cumple un esfuerzo físico o intelectual, con objeto de satisfacer una necesidad
económicamente útil, aun cuando no logre el resultado. (Cabanellas, 1993).
VENDEDOR.
Ocasionalmente, en el contrato de compraventa civil, el que vende o enajena la cosa que el
comprador adquiere en propiedad. Profesionalmente, en la compraventa mercantil. El
comerciante o el dependiente y otro auxiliar de él que vende o hace de intermediario
ejecutivo ante el cliente o parroquiano. En el comercio, pues, cabe ser vendedor de lo ajeno,
teniendo poder para ello. (Cabanellas, 1993).
DERECHOS.
Los derechos implican facultades o atributos jurídicos de sus titulares. Los derechos en
cuanto se constitucionalizan en el texto escrito, expresa o implícitamente son declarados
como tales. (García Falconí, 2008).
COMERCIO.
Negociación o actividad que busca la obtención de ganancia o lucro en la venta, permuta o
compra de mercaderías. (Cabanellas, 1993).
AMBULANTE.
Que va de un lugar a otro, que no está fijo. (WordReference.com, 2016).
2.5. Estado de la situación actual del problema.
El Ecuador desde el año 2008 cuenta con una nueva Constitución, la cual determina como
horizonte la construcción del sistema económico social y solidario, integrado por las formas
de organización económica pública, privada, mixta, popular y solidaria. Para ello es necesario
que estas formas de organización caminen hacia una economía pública-solidaria, empresarial-
38
solidaria y popular-solidaria, articuladas dinámicamente, en donde el trabajo sea un eje
integrador de la sociedad.
La economía popular y la economía popular-solidaria han sido desconocidas e
invisibilizadas históricamente y, por tanto, excluidas de políticas públicas y de desarrollo
social; sin embargo, estos sectores aportan significativamente en la economía del país, en los
ámbitos financiero y productivo. Por ello, es importante implementar en las instituciones
políticas y jurídicas, programas y proyectos para su fomento y desarrollo, para ello es
importante que se genere espacios de dialogo y debate, que sirvan como aporte para la
construcción de un sistema jurídico, económico y social que sea inclusivo.
En consecuencia este trabajo de investigación tiene como propósito analizar la “Economía
Popular y Solidaria” desde una perspectiva jurídico-social, para de esa manera analizar si
existe un mecanismo efectivo y práctico, que sea totalmente aplicable en cuanto a la
legalización de asociaciones que surgen en el Distrito Metropolitano de Quito, enmarcadas en
la Ley de Economía Popular y Solidaria, puesto que las organizaciones que integran esta
actividad económica no cuentan con una información adecuada y actualizada, lo cual
conlleva -en su gran mayoría-a que trabajen de forma irregular y por ello no puedan acceder a
los diferentes beneficios y derechos que obtendrían al constituirse legalmente.
Con este trabajo se pretende crear y estructurar una disposición legal, para que en la ley de
Economía Popular y Solidaria se incorpore la obligatoriedad de capacitar a las
organizaciones en la cual se determinen y expliquen los temas más importantes del
procedimiento, que describa paso a paso los conceptos básicos de la Economía Popular y
Solidaria, y, además, la forma y estilo parlamentario de como constituir una asociación dentro
de la Economía Popular y Solidaria, ya que para que el exista el buen vivir de la que es parte
integral la Economía Popular y Solidaria de manera sostenible y sustentable se debe
garantizar el fortalecimiento, promoción y acompañamiento a los emprendimientos,
territorialmente ubicados en el Distrito Metropolitano de Quito; asimismo se debe dar el
impulso suficiente para la creación de este tipo de emprendimientos que dinamizan la
economía de un país emergente; es decir, como legalizar una asociación u organizaciones
comunitarias y sociales dentro de la Economía Popular y Solidaria.
39
CAPÍTULO III
3. METODOLOGÍA UTILIZADA.
3.1. Métodos.
3.1.1. Método inductivo.
El método inductivo es aquel método científico que alcanza conclusiones generales partiendo de
hipótesis o antecedentes en particular. El método inductivo suele basarse en la observación y la
experimentación de hechos acciones concretas para así poder llegar a una resolución o conclusión
general sobre estos. (CONCEPTODEFINICION.DE, 2015).
Este método de investigación se empleó para el correcto desarrollo del informe final de
investigación, por lo que se realizó encuestas a los integrantes de las asociaciones que se
encuentran todavía sin ser legalizadas, a los Abogados en libre ejercicio profesional; y, a los
estudiantes de los últimos semestres de la carrera de derecho.
Es decir que la información obtenida mediante la aplicación de las encuestas a la muestra
de la población, sirvió como referencia de toda la población ecuatoriana y principalmente de
todas las asociaciones que esperan a ser legalizadas para ejercer su actividad económica
sintiéndose respaldados.
3.1.2. Método deductivo.
Cuando se habla de método deductivo se refiere a aquel m
étodo donde se va de lo general a lo específico. Este comienza dando paso a los datos en cierta
forma válidos, para llegar a una deducción a partir de un razonamiento de forma lógica o
suposiciones; o sea se refiere a un proceso donde existen determinadas reglas y procesos donde
gracias a su asistencia, se llegan a conclusiones finales partiendo de ciertos enunciados o premisas.
(CONCEPTODEFINICION.DE, 2014).
40
Se estudió el problema de las asociaciones que se encuentran en la informalidad en un
contexto general, posteriormente se lo analizó y se pudo obtener una conclusión específica de
los factores que producen que dichas asociaciones se encuentren sin ser legalizadas.
3.2.3. Método dogmático jurídico.
“Es la aplicación de la lógica formal a los casos de derecho o resolver los casos de
derecho, es decir sirve para aplicar la norma a un caso concreto”. (Lopez Hernani, 2009).
En el caso de la investigación se utilizó este método ya que fue necesario revisar las
normas legales que regulan o amparan a las personas que quieren integrar y formar una
organización, para posteriormente ser reconocida dentro del Sistema de Economía Popular y
Solidario, gracias a aquello se pudo evidenciar que sí existen vacíos legales en la Ley de
Economía Popular y Solidaria en cuanto a esta problemática.
3.2.4. Método histórico.
Considera que el estudio de la historia demuestra que cada pueblo tiene, en cada época de su
vida, leyes e instituciones adecuadas a su manera de ser, reflejo del espíritu del pueblo, el cual actúa
sobre las costumbres y tradiciones hasta convertirse en normas jurídicas de aplicación coercitiva.
(Enciclopedia Jurídica., 2014).
Se utilizó también el método histórico para la investigación, ya que gracias a este método
se conoció el origen y la evolución de que han sido partícipe el sistema solidario, así como el
sistema de economía popular y solidaria, para saber su origen y soluciones al tema
planteado.
3.2.5. Método comparativo.
El método comparativo es: “en el estudio del Derecho, el que se apoya en la exposición de
las diferencias entre las diversas instituciones jurídicas, para apreciar su coherencia o
precisar sus peculiaridades”. (Enciclopedia Jurídica., 2014).
41
Se utilizó este método con el propósito de comparar la legislación ecuatoriana con la
legislación de otros países en cuanto al tema de investigación planteado, para precisar las
semejanzas y diferencias entre una y otra legislación.
3.2. Técnicas e instrumentos de la investigación.
3.2.1. Técnicas de investigación de campo.
3.2.1.1. La observación.
Es una técnica que consiste en observar atentamente el fenómeno, hecho o problema,
tomar información y registrarla para su posterior análisis. Es en esta técnica que se apoyó el
autor en la presete investigación para obtener el mayor número de datos posibles.
INSTRUMENTO: Se utilizó como instrumento de la observación especialmente el
cuaderno de notas.
3.2.1.2. La encuesta.
La encuesta se tomó en cuenta para la presente investigación, ya que la encuesta es una
técnica mediante la cual se obtuvo datos de varias personas, cuyas opiniones fueron de mucha
importancia para la investigación.
INSTRUMENTO: El Instrumento utilizado para la técnica de la encuesta fue el
“cuestionario”, el cual consiste en un formato de preguntas escritas que deben responder las
personas encuestadas por escrito.
42
3.2.2. Técnicas de investigación bibliográficas.
3.2.2.1. El fichaje.
El fichaje es una técnica auxiliar de las otras técnicas. Se emplea el fichaje para registrar
los datos que se van obteniendo durante la investigación.
INSTRUMENTO: El instrumento que se utilizó para la técnica del fichaje fueron las
fichas bibliográficas, así como las fichas nemotécnicas, ya que gracias a estos instrumentos se
recopiló información muy relevante para la investigación, además que ahorró tiempo y dinero
a la autora.
3.3. Operacionalización de las variables e indicadores.
Tabla 4.- Variable independiente:
Variable
Independient
e
Dimensión Indicador Técnica o
instrumento
La
informalidad de
los
emprendimientos
productivos.
Derecho
Constitucional
Derecho
comercial.
Derecho
Social:
Constitución del Ecuador (2008).
Arts. 33, 283, 288, 311 319, 326
numeral 7, y más pertinentes.
Código Orgánico Monetario y
Financiero (2014). Arts. 1, 2, 3, 4, y más
pertinentes.
Ley Orgánica de Economía Popular
y Solidaria. (2011). Arts.1, 2, 3, 4, 5, 6,
73, 74, 75, 76, 77, 132, 133, 134, 135,
136, y más pertinentes.
Reglamento a la Ley Orgánica de
Economía Popular y Solidaria. (2012).
1, 2, 3, 4, 6 y más pertinentes.
Plan Nacional del Buen Vivir.
(2013-2017). Objetivos 8 y 9.
Encuestar:
3 Abogados
en libre ejercicio
profesional.
50 personas
que integran
asociaciones que
no se encuentran
todavía
legalizadas.
20
estudiantes de los
últimos
semestres de la
carrera de
derecho.
Elaborado por: Jenny Tapia.
43
Tabla 5.-Variable dependiente.
Variable
Dependien
te
Dimensió
n
Indicador Técnica o
instrumento
Afectación
de los derechos
del buen vivir
(Consolidar el
sistema
económico
social y
solidario, de
forma
sostenible); y,
(garantizar el
trabajo digno
en todas sus
formas).
Derecho
Constitucional
Derecho
comercial.
Derecho
Social:
Constitución del Ecuador (2008).
Arts. 33, 283, 288, 311 319, 326
numeral 7, y más pertinentes.
Código Orgánico Monetario y
Financiero (2014). Arts. 1, 2, 3, 4, y
más pertinentes.
Ley Orgánica de Economía
Popular y Solidaria. (2011). Arts.1, 2,
3, 4, 5, 6, 73, 74, 75, 76, 77, 132, 133,
134, 135, 136, y más pertinentes.
Reglamento a la Ley Orgánica de
Economía Popular y Solidaria. (2012).
1, 2, 3, 4, 6 y más pertinentes.
Plan Nacional del Buen Vivir.
(2013-2017). Objetivos 8 y 9.
Encuestar:
3 Abogados
en libre ejercicio
profesional.
50 personas
que integran
asociaciones que
no se encuentran
todavía
legalizadas.
20
estudiantes de
los últimos
semestres de la
carrera de
derecho.
Elaborado por: Jenny Tapia.
3.3. Población y muestra.
La población es el conjunto de elementos o unidades de análisis. Una Unidad de análisis
es el objeto del cual se desea obtener información. La población de la cual se obtuvo
información que sirvió para el correcto desarrollo del Informe Final de Investigación, son
Abogados en libre ejercicio profesional, personas integrantes de las asociaciones que todavía
no están legalizadas y los estudiantes de los últimos semestres de la carrera de derecho.
La muestra que se utilizó para el mejor desarrollo de la investigación fue de 3 Abogados
libre ejercicio profesional, 50 personas que integran asociaciones que no se encuentran
todavía legalizadas; y, 20 estudiantes de los últimos semestres de la carrera de derecho.
44
Tabla 6.- Población y muestra.
POBLACION MUEST
RA
Abogados en libre ejercicio profesional 3
Personas que integran asociaciones que no se encuentran todavía
legalizadas.
50
Estudiantes de los últimos semestres de la carrera de derecho 20
TOTAL 73
Elaborado por: Jenny Tapia.
45
CAPÍTULO IV
4. DISCUSIÓN.
4.1. Procedimiento de la ejecución de la investigación.
Tabla 7.- Actividad.
ACTIVID
AD NO. 1.
LUGAR FECHA DESARROLL
O
SÍNTESIS
Encuestas. Distrito
Metropolitano
de Quito
Noviem
bre 2016
Se encuestó a
Abogados en
Libre ejercicio
profesional, a
personas que
integran
asociaciones que
no se encuentran
legalizadas y a
estudiantes de los
últimos
semestres de la
carrera de
derecho.
Para conocer las
opiniones de los
encuestados, en lo
que respecta a la
informalidad de los
emprendimientos
productivos que
afectan el
cumplimiento de
los derechos del
buen vivir.
Elaborado por: Jenny Tapia.
4.2. Análisis e interpretación de datos en función del enfoque conceptual.
Gracias a la encuesta realizada a la población elegida en esta investigación, se puede
realizar los respectivos gráficos estadísticos, del que se precisarán los porcentajes, así como
conclusiones parciales. A continuación, se exponen las preguntas de la encuesta con sus
respectivos gráficos de porcentajes:
46
Pregunta uno.
1.- ¿Conoce usted en que consiste la economía popular y solidaria?
Tabla No. 8.- Pregunta No. 1.
Elaborado por: Jenny Tapia.
Gráfico No. 1.- Pregunta No. 1.
Elaborado por: Jenny Tapia
69
4
0
10
20
30
40
50
60
70
80
Si No
Pregunta No. 1
Pregunta No. 1
ITEM # %
SI 69 95
NO 4 5
TOTAL 73 100
47
Interpretación. - De los datos obtenidos de esta interrogante se deprende que el 95%,
respondió afirmativamente. Mientras que él restante 5% respondió negativamente. Esto es
que la mayoría de encuestados especificaron que, si conocen lo que es la economía popular y
solidaria, teniendo en cuenta que se refiere la forma de organización económica, constituida
por personas que se organizan en procesos económicos basados en solidaridad y cooperación
entre los integrantes, primando al ser humano como sujeto y como fin de esta actividad
popular y solidaria.
48
Pregunta dos.
2.- ¿Conoce usted las disposiciones constitucionales que tienen que ver con el sistema
económico popular y solidario?
Tabla No. 9.- Pregunta No. 2.
Elaborado por: Jenny Tapia.
Gráfico No. 2.- Pregunta No. 2.
Elaborado por: Jenny Tapia
68
5
0
10
20
30
40
50
60
70
80
Si No
Pregunta No.2
Pregunta No.2
ITEM # %
SI 68 93
NO 5 7
TOTAL 73 100
49
Interpretación. - Con respecto a esta pregunta los encuestados respondieron en un 93%
afirmativamente. En cambio, un reducido 7% opinan lo contrario. Es de esta manera que la
mayoría de encuestados precisaron que, si conocen que la Constitución de la República del
Ecuador, vigente desde el 2008 integra la economía popular y solidaria la cual reconoce al ser
humano como sujeto y fin, específicamente en el artículo 283 de dicho cuerpo legal.
50
Pregunta tres.
3.- ¿Cree usted que el comercio informal es un trabajo digno?
Tabla No. 10.- Pregunta No. 3.
Elaborado por: Jenny Tapia.
Gráfico No. 3.- Pregunta No. 3.
Elaborado por: Jenny Tapia
Interpretación. - De los datos proporcionados por los encuestados se denota que, en un
100% los encuestados respondieron afirmativamente. Esto es porque todo trabajo dignifica a
las personas. Las personas tienen que optar por dedicarse a las actividades del comercio
73
0 0
10
20
30
40
50
60
70
80
Si No
Pregunta No. 3
Pregunta No. 3
ITEM # %
SI 73 100
NO 0 0
TOTAL 73 100
51
informal, por varias razones en especial no existen suficientes fuentes de trabajo, las personas
que lo ejercen no tienen la educación suficiente para poder optar por otro trabajo, entre otras.
El comercio informal es totalmente digno y no debe ser considerado en ningún momento
como denigrante, existen personas que realizan esta actividad, pero se están preparando en
una carrera universitaria, para mediante el estudio tener un mejor futuro para ellos y sus
familias.
52
Pregunta cuatro.
4.- ¿Cree usted que es necesario que las personas que se encuentran dentro de la Economía
Popular y Solidaria, creen asociaciones para el beneficio común de todos sus integrantes?
Tabla No. 11.- Pregunta No. 4.
Elaborado por: Jenny Tapia.
Gráfico No. 4.- Pregunta No. 4.
Elaborado por: Jenny Tapia
73
0 0
10
20
30
40
50
60
70
80
Si No
Pregunta No. 4
Pregunta No. 4
ITEM # %
SI 73 100
NO 0 0
TOTAL 73 100
53
Interpretación. - De esta interrogante se desprende que el 100% de los encuestados
respondieron afirmativamente. Ya que precisaron que las personas se pueden asociar porque
es un derecho constitucional, que se encuentran presupuestado en el artículo sesenta y seis
(66) numeral trece (13) de la Constitución que textualmente dice: “Se reconoce y garantiza a
las personas: El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria”.
(Constitución de la República del Ecuador, 2008).
54
Pregunta cinco.
5.- ¿Considera usted que las personas que se encuentran realizando actividad económica
dentro de la Economía Popular y Solidaria, tienen el conocimiento necesario sobre los
requisitos que tienen que presentar y el trámite que tienen que seguir para poder constituir
una asociación legalmente reconocida por la Superintendencia de Economía Popular y
Solidaria?
Tabla No. 12.- Pregunta No. 5.
Elaborado por: Jenny Tapia.
Gráfico No. 5.- Pregunta No. 5.
Elaborado por: Jenny Tapia
32
41
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
Si No
Pregunta No. 5
Pregunta No. 5
ITEM # %
SI 32 44
NO 41 56
TOTAL 73 100
55
Interpretación. - De esta interrogante se desprende que en un porcentaje del 44% los
encuestados respondieron afirmativamente, en cambio el 56% opinó negativamente. La
mayoría de personas que realizan actividades dentro de la Economía Popular y Solidaria, no
conocen cuales son los requisitos y el trámite que tienen que seguir para poder asociarse
dentro de esta economía. Por esta razón es importante esta investigación, cuyo propósito es
coadyuvar de cierta manera para la capacitación de dichas personas en cuanto tiene que ver
con los requisitos y el trámite que tienen que seguir para poder ejercer el derecho
constitucional de la libre asociación.
56
Pregunta seis.
6.- ¿Considera usted que es necesario implementar una reforma legal a la Ley Orgánica de
Economía Popular y Solidaria con el objetivo de incorporar disposiciones que tengan que ver
con la implementación de programas de acompañamiento técnico a los sectores de la
economía popular y solidaria, especialmente el acompañamiento a las asociaciones de la
Economía Popular y Solidaria en los procesos de creación, legalización, producción,
reproducción y la generación de relaciones sociales?
Tabla No. 13.- Pregunta No. 6.
Elaborado por: Jenny Tapia.
Gráfico No. 6.- Pregunta No. 6.
Elaborado por: Jenny Tapia
71
2
0
10
20
30
40
50
60
70
80
Si No
Pregunta No. 6
Pregunta No. 6
ITEM # %
SI 71 97
NO 2 3
TOTAL 73 100
57
Interpretación. - De esta interrogante se desprende que en un porcentaje del 97% de
encuestados respondieron a esta pregunta afirmativamente, en cambio el restante 3% opino
todo lo contrario. La mayoría de encuestados estuvo de acuerdo que existe la necesidad de
diseñar un proyecto de reforma legal que vaya encaminada a la incorporación de
disposiciones que tengan que ver con la implementación de programas de acompañamiento
técnico a los sectores de la economía popular y solidaria, especialmente el acompañamiento a
las asociaciones de la Economía Popular y Solidaria en los procesos de creación,
legalización, producción, reproducción y la generación de relaciones sociales.
58
Pregunta siete.
7.- ¿Considera usted que es preciso ubicar en un lugar fijo a los comerciantes informales,
para que desde un lugar estable y bajo una infraestructura adecuada, puedan comercializar sus
productos?
Tabla No. 14.- Pregunta No. 7.
Elaborado por: Jenny Tapia.
Gráfico No. 7.- Pregunta No. 7.
Elaborado por: Jenny Tapia
46
27
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
50
Si No
Pregunta No. 7
Pregunta No. 7
ITEM # %
SI 46 63
NO 27 37
TOTAL 73 100
59
Interpretación. - De esta interrogante se desprende que en un porcentaje del 63% opinó
afirmativamente, y el restante 37% respondió negativamente. Esta pregunta estuvo más o
menos dividida ya que algunas personas que realizan comercio informal se mantienen en que
ir a un lugar fijo y estar dentro de una infraestructura, no les va a permitir vender de una
mejor manera sus productos, ya que en las calles y parques la oferta y la demanda sube. En
cambio, otras personas manifestaron que, si desearían ser ubicados en un lugar fijo, estable y
bajo una infraestructura adecuada, ya que en las vías, calles y parques sufren de peligros,
calor y frio excesivos, pero este lugar fijo debería ser ampliamente comercial para poder
vender sus productos y obtener ganancias.
60
Tabla No. 15.- Resultados de la encuesta.
PREGUNTAS SI NO
FRE. % FRE
.
%
1 ¿Conoce usted en que consiste la
economía popular y solidaria?
69 95 4 5
2 ¿Conoce usted las disposiciones
constitucionales que tienen que ver con el
sistema económico popular y solidario?
68 93 5 7
3 ¿Cree usted que el comercio informal
es un trabajo digno?
73 100 0 0
4 ¿Cree usted que es necesario que las
personas que se encuentran dentro de la
Economía Popular y Solidaria, creen
asociaciones para el beneficio común de
todos sus integrantes?
73 100 0 0
5 ¿Considera usted que las personas que
se encuentran realizando actividad
económica dentro de la Economía
Popular y Solidaria, tienen el
conocimiento necesario sobre los
requisitos que tienen que presentar y el
trámite que tienen que seguir para poder
constituir una asociación legalmente
reconocida por la Superintendencia de
Economía Popular y Solidaria?
32 4 4 41 56
6 ¿Considera usted que es necesario
implementar una reforma legal a la Ley
Orgánica de Economía Popular y
Solidaria con el objetivo de incorporar
disposiciones que tengan que ver con la
implementación de programas de
acompañamiento técnico a los sectores de
71 97 2 3
61
Fuente. - Encuesta a 3 Abogados en libre ejercicio profesional, 50 personas que integran asociaciones que no se
encuentran todavía legalizadas y a 20 estudiantes de los últimos semestres de la carrera de derecho.
Elaborado por: Jenny Tapia
la economía popular y solidaria,
especialmente el acompañamiento a las
asociaciones de la Economía Popular y
Solidaria en los procesos de creación,
legalización, producción, reproducción y
la generación de relaciones sociales?
7 ¿Considera usted que es preciso ubicar
en un lugar fijo a los comerciantes
informales, para que desde un lugar
estable y bajo una infraestructura
adecuada, puedan comercializar sus
productos?
46 63 27 37
62
Gráfico No. 8. Resultados de la encuesta.
Fuente: Encuesta a 3 Abogados en libre ejercicio profesional, 50 personas que integran asociaciones que no se
encuentran todavía legalizadas y a 20 estudiantes de los últimos semestres de la carrera de derecho.
Elaborado por: Jenny Tapia.
4.3. Resultados de la aplicación del plan de intervención-acción.
El proyecto de investigación se la aplicó de la siguiente manera:
1. Presentación y aprobación de la propuesta.
2. Designación del Tutor.
3. Desarrollo y presentación del proyecto ante el señor doctor tutor.
4. Aprobación del proyecto por parte del Tribunal Lector.
5. Desarrollo y presentación del informe final de investigación, ante el señor doctor tutor.
6. Calificación del informe final de investigación por parte del tribunal calificador.
7. Sustentación del informe final de investigación, ante el tribunal de grado oral.
0
10
20
30
40
50
60
70
80
1 2 3 4 5 6 7
SI NO
63
CAPÍTULO V
5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.
5.1. Conclusiones.
1. La mayoría de personas conocen lo que es la economía popular y solidaria, teniendo
en cuenta que se refiere la forma de organización económica, constituida por personas que se
organizan en procesos económicos basados en solidaridad y cooperación entre los
integrantes, primando al ser humano como sujeto y como fin de esta actividad popular y
solidaria.
2. La Constitución de la República del Ecuador, vigente desde el 2008 incorpora la
economía popular y solidaria, la cual reconoce al ser humano como sujeto y fin,
específicamente en el artículo 283 de dicho cuerpo legal.
3. Todo trabajo dignifica a las personas, pero a falta de un trabajo estable, las personas
tienen que optar por dedicarse a las actividades del comercio informal, no existen suficientes
fuentes de trabajo, las personas que lo ejercen no tienen la educación suficiente para poder
optar por otro trabajo. El comercio informal es totalmente digno y no debe ser considerado en
ningún momento como denigrante, existen personas que realizan esta actividad, pero se están
preparando en una carrera universitaria, para mediante el estudio tener un mejor futuro para
ellos y sus familias.
4. Las personas se pueden asociar porque es un derecho constitucional, que se
encuentran presupuestado en el artículo sesenta y seis (66) numeral trece (13) de la
Constitución.
5. La mayoría de personas que realizan actividades dentro de la Economía Popular y
Solidaria, no conocen cuales son los requisitos y el trámite que tienen que seguir para poder
asociarse dentro de esta economía.
64
5.2. Recomendaciones.
1. Es necesario capacitar a las personas que integran asociaciones dentro de la economía
popular y solidaria, en cuanto tiene que ver con la normativa vigente que regula esta actividad
económica, en especial las disposiciones constitucionales y de la Ley Orgánica de Economía
Popular y Solidaria.
2. Es necesario generar políticas públicas encaminadas a la generación de más fuentes de
trabajo, para que el sector formal absorba al sector informal de la economía.
3. Es necesario aplicar la propuesta de esta investigación, ya que coadyuva de cierta
manera para implementar dentro de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, la
obligatoriedad de brindar capacitaciones a las personas que realizan esta actividad económica
solidaria, en cuanto tiene que ver con los requisitos y el trámite que tienen que seguir para
poder ejercer el derecho constitucional de la libre asociación.
4. Es necesario realizar un diseño de reforma legal a la Ley Orgánica de Economía
Popular y Solidaria que vaya encaminada a la incorporación de disposiciones legales que
tengan que ver con la implementación de programas de acompañamiento técnico a los
sectores de la economía popular y solidaria, especialmente el acompañamiento a las
asociaciones de la Economía Popular y Solidaria en los procesos de creación, legalización,
producción, reproducción y la generación de relaciones sociales.
5. Se recomienda realizar más estudios, sobre este importante tema de la Economía
Popular y Solidaria, especialmente de las asociaciones y de los emprendimientos productivos.
65
CAPÍTULO VI
6. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN AL PROBLEMA.
Incorporar dentro de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria disposiciones que
tengan que ver con la implementación de programas de acompañamiento técnico a los
sectores de la economía popular y solidaria; efectivizar el potencial de los actores de la
Economía Popular y Solidaria; crear redes solidarias de apoyo a los actores de la Economía
Popular y Solidaria; establecer estrategias de fomento y promoción para ampliar el
dinamismo del mercado para incluir a los actores de la Economía Popular y Solidaria; realizar
el acompañamiento dirigido a las asociaciones de la Economía Popular y Solidaria en los
procesos de creación, legalización, producción, reproducción y la generación de relaciones
sociales; así como, implementar centros para el estudio técnico de los actores de la Economía
Popular y Solidaria que realicen la promoción, fomento e incubación de proyectos
innovadores. Todo esto produce que el objeto de la Ley Orgánica de Economía Popular y
Solidaria sea el reconocer, fomentar y fortalecer de una manera sostenible y sustentable a los
actores de la economía popular solidaria, mediante la promoción y acompañamiento.
6.1. Datos informativos.
Localización: Esta propuesta se la implementará en la ciudad y cantón Quito, provincia de
Pichincha, pero servirá para todo el territorio ecuatoriano
66
Beneficiarios: Los beneficiarios serán todas las personas que realizan una actividad
económica dentro del sector informal, especialmente aquellas que desean formar asociaciones
dentro de la economía popular y solidaria, así como los emprendimientos productivos.
6.2. Antecedentes de la propuesta.
Las personas que realizan alguna actividad dentro del sector informal y que desean
conformar una asociación dentro de la economía popular y solidaria, no saben cuáles son los
requisitos ni el trámite que hay que seguir para lograr aquello.
Para ello se torna necesario implementar programas de acompañamiento técnico a los
sectores de la economía popular y solidaria; efectivizar el potencial de los actores de la
Economía Popular y Solidaria; crear redes solidarias de apoyo a los actores de la Economía
Popular y Solidaria; establecer estrategias de fomento y promoción para ampliar el
dinamismo del mercado para incluir a los actores de la Economía Popular y Solidaria; realizar
el acompañamiento dirigido a las asociaciones de la Economía Popular y Solidaria en los
procesos de creación, legalización, producción, reproducción y la generación de relaciones
sociales; así como, implementar centros para el estudio técnico de los actores de la Economía
Popular y Solidaria que realicen la promoción, fomento e incubación de proyectos
innovadores.
6.3. Justificación.
La propuesta se justifica ya que las personas que realizan alguna actividad dentro del
sector informal, tienen todo el derecho para asociarse, ya que así lo dispone el artículo 66
numeral 13 de la Constitución de la República del Ecuador, por lo que se hace necesario
capacitar a dichas personas con el propósito de que aprendan cuales son los requisitos y cuál
es el trámite que tienen que seguir para alcanzar dicha organización.
Así mismo es necesario Incorporar dentro de la Ley Orgánica de Economía Popular y
Solidaria disposiciones que tengan que ver con la implementación de programas de
acompañamiento técnico a los sectores de la economía popular y solidaria, así como realizar
el acompañamiento dirigido a las asociaciones de la Economía Popular y Solidaria en los
67
procesos de creación, legalización, producción, reproducción y la generación de relaciones
sociales.
6.4. Objetivos.
6.4.1. Objetivo general.
Que la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria tenga por objeto reconocer,
fomentar y fortalecer de una manera sostenible y sustentable a los actores de la economía
popular solidaria, mediante la promoción y acompañamiento.
6.4.2. Objetivos específicos.
Implementar programas de acompañamiento técnico a los sectores de la economía
popular y solidaria.
Efectivizar el potencial de los actores de la Economía Popular y Solidaria.
Crear redes solidarias de apoyo a los actores de la Economía Popular y Solidaria;
establecer estrategias de fomento y promoción para ampliar el dinamismo del mercado para
incluir a los actores de la Economía Popular y Solidaria.
Realizar el acompañamiento dirigido a las asociaciones de la Economía Popular y
Solidaria en los procesos de creación, legalización, producción, reproducción y la generación
de relaciones sociales.
Implementar centros para el estudio técnico de los actores de la Economía Popular y
Solidaria que realicen la promoción, fomento e incubación de proyectos innovadores.
68
6.5. Resultados esperados.
Que las autoridades competentes tomen en cuenta esta propuesta y la pongan en práctica.
Se espera alcanzar el mayor grado de aceptabilidad por parte de las personas que integran la
economía popular y solidaria, así como del Estado Ecuatoriano.
6.6. Desarrollo de la propuesta.
PROYECTO DE LEY REFORMATORIA A LA LEY ORGANICA DE
ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 281 de la Constitución de la República, constituye un objetivo estratégico
y una obligación del Estado garantizar la autosuficiencia de los alimentos sanos y
culturalmente apropiados de forma permanente, siendo su responsabilidad impulsar la
producción, trasformación agroalimentaria y pesquera de las pequeñas y medianas unidades
de producción, comunitarias y de la economía popular y solidaria;
Que, el artículo 283 de la Constitución de la República, establece que el sistema
económico es social y solidario y se integra de las formas de organización económica,
pública, privada, mixta, popular y solidaria y las demás que la Constitución determine, la
economía popular y solidaria se regulará de acuerdo a la ley e incluirá a los sectores
cooperativistas, asociativos y comunitarios;
Que, el artículo 309 de la Constitución de la República señala que el sistema financiero
nacional se compone de los sectores público, privado y del popular y solidario;
Que, el artículo 311 de la Constitución de la República señala que el sector financiero
popular y solidario se compondrá de cooperativas de ahorro y crédito, entidades asociativas o
solidarias, cajas y bancos comunales, pequeñas y medianas unidades productivas, recibirán
un tratamiento diferenciado y preferencial del estado, en la medida en que impulsen es
desarrollo de la economía popular y solidaria.
69
Que, el artículo 319 de la Constitución de la República establece que se reconocen
diversas formas de organización de la producción en la economía, entre otras las
comunitarias, cooperativas, empresas públicas o privadas, asociativas, familiares, domésticas,
autónomas y mixtas;
Sustitúyase:
Artículo. 3.- Objeto. - La presente ley tiene por objeto:
a) Reconocer, fomentar y fortalecer la Economía Popular y Solidaria y del Sector
Financiero Popular y Solidario en su ejercicio y relación con los demás sectores de la
economía y con el Estado.
Agréguese:
Art. 3.- Objeto. - La presente ley tiene por objeto:
a) Reconocer, fomentar y fortalecer de una manera sostenible y sustentable a los actores
de la economía popular solidaria y del sector financiero popular y solidario mediante la
promoción y acompañamiento”.
Agréguese:
TÍTULO V, inciso tercero:
“Se implementará programas de acompañamiento técnico a los actores de la economía
popular y solidaria de del sector financiero popular y solidaria”.
Agréguese:
TÍTULO V, Capítulo II De La Promoción:
70
Artículo 137.- El Estado declare de interés común personas y organizaciones de la
Economía Popular y Solidaria, establecerá las siguientes medidas de promoción a favor de las
amparadas en esta normativa.
a) Efectivizar el potencial de los actores de la Economía Popular y Solidario y del sector
financiero social y solidario.
b) Crear redes solidarias de apoyo a actores de la Economía Popular y Solidario y del
sector financiero social y solidario.
c) Establecer estrategias de fomento y promoción para ampliar el dinamismo del mercado
para incluir a los actores de la Economía Popular y Solidario y del sector financiero social y
solidario.
d) Realizar el acompañamiento dirigido a las asociaciones de la Economía Popular y
Solidario y del sector financiero social y solidario en los procesos de creación, legalización,
producción, reproducción y la generación de relaciones sociales.
e) Implementar centros para el estudio técnico de los actores de la Economía Popular y
Solidario y del sector financiero social y solidario que realicen la promoción, fomento e
incubación de proyectos innovadores.
71
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