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COPRED
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CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL
CONSEJO PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE
MÉXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO EL "COPRED", REPRESENTADO EN ESTE
ACTO POR SU PRESIDENTA, LA C. JACQUELINE L'HOIST TAPIA, ASISTIDA POR
EL MTRO. PABLO ÁLVAREZ ICAZA LONGORIA, EN SU CARÁCTER DE
COORDINADOR ACADÉMICO DE POLÍTICAS PÚBLICAS Y LEGISLATIVAS, Y POR
LA OTRA PARTE LA UNIVERSIDAD INSURGENTES S.0 EN SUS VEINTICINCO
PLANTELES, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC.CARLOS CENDEJAS
CONTRERAS, ASISTIDO DE LA C. Q.F.B. ARGELIA HERNANDEZ ESPINOZA. EN SU
CARÁCTER DE RECTORA DE LA UNIVERSIDAD Y EL LIC. JUAN CARLOS
SÁNCHEZ MALLAGÁN, EN SU CARACTER DE CONSEJERO ACADEMICO DE LA
UNIVERSIDAD, EN LO SUCESIVO LA "U/N", Y A QUIENES DE MANERA CONJUNTA
SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AMBAS PLENAMENTE AUTORIZADAS
PARA COMPROMETERSE EN EL CAMPO OBJETO DE ESTE CONVENIO, AL TENOR
DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
1. El COPRED declara que:
1.1. De conformidad con la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito
Federal, es un organismo descentralizado de la Secretaría de Desarrollo Social del
Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Para el desarrollo de
sus atribuciones, goza de autonomía técnica y de gestión. De igual manera, cuenta
con facultades para llevar a cabo los procedimientos de reclamación o queja
establecidos en la ley.
1.2. De conformidad con el articulo 35 fracciones 1111 y IV de la Ley para Prevenir y
Eliminar la Discriminación del Distrito Federal corresponde al COPRED coordinar,
dar seguimiento y evaluar las acciones de los entes públicos en materia de
prevención y eliminación de la discriminación en la ciudad de México. asi como I
llevar a cabe asesoría técnica en materia del derecho a la no discriminación.
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UNIVER 1DADINSURGENTES
L3. Con fundamento en los artículos 45 fracciones 1 y VII de la Ley para Prevenir y
Eliminar la Discriminación del Distrito Federal, son atribuciones de la presidenta del
COPRED representar legalmente al Consejo, además de celebrar acuerdos de
colaboración con organismos nacionales e internacionales para el desarrollo de las
atribuciones del consejo, de conformidad con las normas aplicables, en razón de
ello, comparece a la celebración de este convenio. su presidenta la C. Jacquelíne
L'Hoist Tapia.
1.4. Intervienen en la celebración de este convenio el Coordinador Académico de
Politices Públicas y Legislativas de COPRED. Mtro. Pablo Álvarez Icaza Longoria
de conformidad con lo dispuesto por los artículos 37, fracciones XVI, XVII, XXII y
XXVII, de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal.
1.5. Para efectos del cumplimiento del objeto, celebración y ejecución del presente
convenio, el COPRED señala corno domicilio para oir y recibir todo tipo de
notificaciones el inmueble ubicado en: Calzada México Tacuba 592, Edificio Anexo
Sur, 2' piso, en la Colonia Popotla, Miguel Hidalgo, C.P. 11400, Distrito Federal,
México.
Declara "UiN"; a través de su representante legal que:
11.1. Que es una persona moral legalmente constituida de acuerdo con las leyes de
nuestro país, tal y corno se acredita con el Acta Constitutiva número 14,607 de
fecha 27 de octubre de 1994 pasada ante la fe del Notario Público Número 193 dei
Distrito Federal, Licenciado Pascual Alberto Orozco Garibay.
11.2 Que su Apoderado es el Licenciado Carlos Cendejas Contreras, tiene
facultades suficientes para celebrar el presente convenio y obligar a su apoderada,
facultades que no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna y que constan
en la escritura número 14,607 de fecha 27 de octubre de 1994, pasada ante la fe
del Licenciado Pascual Alberto Orozco Garibay, Notario Público Número 193 del.Í
Distrito Federal
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11.3. Que está inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave UIN-
941027-RX4.
11.4. Que actualmente tiene veinticinco planteles donde imparte enseñanza en los
niveles de Secundaría, Técnico, Bachillerato. Licenciatura y de Posgrado con
estudios incorporados a la Universidad Nacional Autónoma de México y con
Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios por parte de la Secretaría de
Educación Pública, en diversos planteles corno se explica a continuación.
Los diferentes estudios de Nivel Básico, Medio Superior y Superior, que se imparten
en alguno de los veinticinco planteles en el Distrito Federal, Área Metropolitana,
Estado de México y el Edo, de Guanajuato "ÁLAMOS, CENTRO, CHALCO,
CIUDAD AZTECA, CORUÑA, CUAUTITLÁN, ECATEPEC, ERMITA, IZTAPALAPA,
ORIENTE, NORTE, SAN ÁNGEL, SUR I, SUR TLÁHUAC, TLALNEPANTLA,
TLALPAN, TOREO, VÍA MORELOS, VIADUCTO, VILLA DE CORTES, XOLA,
TOLUCA, CIVU Y EL PLANTEL LEÓN EN EL ESTADO DE GUANAJUATO", que
conforman la Universidad Insurgentes, y los estudios que se imparten son:
Secundaria
Preparatoria UNAM
Prepa UIN
Bachillerato General S.E.P.
Bachilleratos Tecnológicos S.E.P. en:
Administración Puericultura
Contabilidad Turismo
Diseño Gráfico Ventas
Informática Administrativa
Programador
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UNIVERSIDADINSURGENTES 411414111,1,1955.7151....,1111.11.511391181111111011
Licenciaturas S.E.P. y UNAM en:
Administración
Administración de Empresas
Turísticas
Ciencias de la Comunicación
Comercio Internacional
Contaduria
Criminalistica
Derecho
Gastronomía
Mercadotecnia
Psicología
Relaciones Internacionales
Arquitectura
Especialidades en:
Docencia
Arquitectura de Interiores
Diseño y Comunicación Visual
Diseño Grafico
Diseño de modas
Informática
Ingeniería Industrial
Ingeniería en Telernática
Sistemas de Seguridad
Tecnologías de la Información
Pedagogía
Nutrición
Enfermería
Y
Administración y Gestión de Instituciones Educativas
Maestrías en:
Administración de negocios
Derecho Corporativo
Derecho Penal
Derecho Fiscal
Gestión de Negocios Gastronómicos
11.5. En sus Planteles cuenta con las siguientes instalaciones, Bibliotecas;
Laboratorios de Computo, Laboratorio de Alimentos y Bebidas, Laboratorio de
Fotografía. Cabina de Radio, Auditorios, Salas Audiovisuales, Gimnasio,
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Enfermería, Canchas Deportivas, Cafeterías, Orientación Vocacional, Asesoría
Psicopedagógica, Bolsas de Trabajo. Prácticas de Campo, Actividades Artísticas.
Culturales y Deportivas Especiales, Extramuros, entre otras.
11.6. Señala como domicilio legal, el inmueble ubicado en Calzada de Tlalpan
número 705, Colonia Álamos, Delegación Benito Juárez, México, Distrito
Federal, Código Postal 03400,
11.7. Que de acuerdo a sus planes y programas de estudio tiene contemplada la
realización de actividades de vinculación con los sectores productivo, público,
educativo y social que le permitan realizarse como una institución de educación
profesional y técnica, y por lo que tiene interés en celebrar el presente convenio.
III. DECLARACIONES CONJUNTAS:
111.1. Que ambas panes se reconocen mutuamente la personalidad con la que se
ostentan y suscriben el presente convenio de colaboración.
111.2. Cada una de ellas cuenta con los recursos técnicos, humanos y financieros
necesarios para la realización del presente convenio.
111.3. Que es su libre y entera voluntad celebrar el presente instrumento jurídico y
que en su celebración no existe error, dolo, mala fe o cualquier otro vicio que
pudiera afectar su validez jurídica.
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.-
El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración y apoyo para
la realización del Servicio Social y/o Prácticas Profesionales a los alumnos (as) y /
egresados (as) de los planes y programas de estudio, que se imparten en "UIN" en las
instalaciones de "COPRED", en ese sentido el Consejo trabajará en los lineamientos
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necesarios para aquél efecto : avisando a la Universidad cuando se pueda dar inicio a las
liberaciones de Servicio Social; así como el diseño. planeación e implementación conjunta
de programas académicos y de capacitación referidos de manera enunciativa más no
limitativa, como son: cursos, seminarios, diplomados, maestrías, así como congresos;
simposios y talleres, entre otros.
Asimismo, la colaboración en la implementación y evaluación de proyectos de
intervención educativa en el seno de la comunidad universitaria de la UIN. a fin de
realizar diagnósticos sobre discriminación, modelos de intervención para modificar
actitudes discriminatorias, difusión de materiales cornunicacionales al respecto, entre• otras.
También tendrá como objeto, establecer las bases generales para la implementación de
acciones conjuntas, orientadas a la construcción de una cultura igualitaria en todos los
plantes de la UIN. mediante la implementación permanente de campañas de promoción y
difusión dei derecho a la igualdad y a la no discriminación de todas las personas que
acudan a los planteles escolares del sistema académico.
El establecimiento de acciones específicas de colaboración entre el COPRED y la UIN se
formalizará mediante acuerdos especificas acorde al mecanismo señalado en la
CLÁUSULA TERCERA del presente instrumento.
SEGUNDA.- COMPROMISOS CONJUNTOS.-
Las partes convienen en
2.1. Organizar los procesos educativos y programas académicos de acuerdo con el
marco normativo de ambas instituciones, para lo cual, únicamente aplicarán al
presente convenio los programas académicos de la UIN que sean a fines a los
objetivos que persigue el COPRED.
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2.2. Coordinar la elaboración, operación y desarrollo del presente convenio, en torno
al asesoramiento de los alumnos o trabajadores asignados a los programas
académicos o de capacitación: así como las actividades que se desarrollen con
motivo de su ejecución.
2.3. Implementar campañas conjuntas para la promoción y difusión de una cultura
igualitaria y de no discriminación entre la población académica de los planteles de la
UIN.
TERCERA.- CONVENIOS ESPECÍFICOS.-
Para la ejecución de las acciones a que se refieren las cláusulas anteriores, las partes
podrán celebrar Convenios Especifícos de Colaboración, en los cuales se detallarán con
precisión las actividades que habrán de llevarse a cabo en forma concreta, así como los
programas y recursos para su desarrollo.
Establecidas en este Convenio General de Colaboración la personalidad de ambas
partes, señalados en el mismo quiénes son sus representantes, convienen que para
formalizar los Convenios Específicos de Colaboración se aplicará el procedimiento
siguiente:
3.1. El representante de la parte que proponga el Convenio Específico de
Colaboración enviará a su contraparte un escrito en papel membretado proponiendo
la realización de la acción específica.
3.2. La contraparte responderá por escrito, en papel membretado, al escrito inicial,
señalando las condiciones en que acepta la realización evento, actividad
programa especifico. Este oficio incluirá el espacio para que el representante de la
parte proponente firme de conformidad.
3.3. El oficio de aceptación a que se refiere el punto anterior, firmado por los
representantes legales de ambas partes tanto en su original corno en el acuse
original del mismo, constituirá el documento definitivo de formalización del Convenio
Especifico de Colaboración.
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De acuerdo a la naturaleza de cada uno de los Convenio Específico de Colaboración, las
partes determinarán qué unidad administrativa dentro de su estructura orgánica estará
encargada del seguimiento de cada uno de 'ellos, señalándolo con claridad tanto en el
oficio propuesta corno en el oficio aceptación señalados en esta cláusula.
Las nades convienen en que este Convenio Genera! se mantendrá vigente pese al
cambio periódico de sus representantes, acordando desde este momento que se darán
por plenamente notificadas en cuanto que la instancia encargada de nombrar a sus
titulares realice nueva designación de acuerdo a la norma aplicable,
Las partes se comprometen a llevar en sus archivos un estricto control de !os acuerdos
específicos formalizados de acuerdo a lo establecido en esta cláusula La UIN designa a
la Oficina del Abogado General corno depositaria de los tantos originales que le
corresponden. el COPRED designa al Mtro. Pablo Alvarez (caza Longoria. Coordinador
Académico de Políticas Públicas y Legislativas para los mismos efectos.
CUARTA.- COMPROMISOS DEL COPRED.-
El COPRED, para el adecuado cumplimiento del objeto materia del presente Convenio, se
compromete a:
4.1. Poner a disposición de las personas beneficiadas, por la planeación e
implementación de programas educativos y proyectos de promoción de la cultura de
inclusión y la no discriminación, materia de este Convenio General y de los
específicos que del mismo se deriven, los materiales de difusión, comunicación y
prevención con los que al efecto cuente o aquellos que considere oportuno crear
para tal efecto, en el marco de sus atribuciones y suficiencia presupuestaria.
4.2. Brindar. en el marco de sus atribuciones y facultades de ley la asesoría y
apoyo que la UIN le solicite. a fin de promover una cultura de inclusión y no
discriminación en el seno de la comunidad universitaria de la U1N, así como la
recepción de casos de personas víctimas de discriminación, a fin de intervenir, en el
marco de atribuciones, en la solución de dichos casos o la canalización de los
mismos ante las instancias correspondientes
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4.3. Brindar a la UIN la asistencia técnica, asesoría y apoyo logístico para laaplicación de estudios, sondeos, diagnósticos y otras formas de medición sobreprocesos de discriminación dentro de la comunidad universitaria de la UIN.
4.4. Establecer una estrategia de difusión y promoción en medios de comunicación,a efecto de publicitar y mantener informada a la población del Distrito Federal, lasacciones realizadas para promover de manera conjunta, el derecho a la igualdad y ala no discriminación.
4.5. Iniciar la planeación y desarrollo de reglas de operación del programa de• servicio social y prácticas profesionales. a efecto de ponerlo a disposición de la
comunidad universitaria, una vez aprobado y autorizado por las instanciasadministrativas del Gobierno del Distrito Federal.
QUINTA.- COMPROMISOS DE LA UIN.-
Para el adecuado cumplimiento del objeto materia del presente convenio, la UIN secompromete a:
5.1. Acordar con el COPRED las formas de planeación e implementación deprogramas educativos y proyectos de promoción de la cultura de inclusión y la nodiscriminación materia de este convenio.
5.2. Acordar oportunamente con el COPRED el tipo de asesoría y apoyo que lesolicite con el propósito de promover una cultura de inclusión y no discriminación enel seno de la comunidad universitaria : dando el crédito correspondiente a losaportes de éste en los materiales y productos que resulten de dicha colaboración.
5.3. Establecer una estrategia de difusión y promoción en medios de comunicación.a efecto de publicitar y mantener informada a la población del Distrito Federal : lasacciones realizadas para promover de manera conjunta, el derecho a la igualdad y ala no discriminación de acuerdo a sus posibilidades presupuestarias.
5.4. Proporcionar previa solicitud específica, espacios en sus instalaciones deacuerdo a su disponibilidad al COPRED, para la realización de actividadesacadémicas, sociales y culturales, proporcionado el apoyo logístico y de
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coordinación conjunta. Para ello ; el Consejo se compromete a utilizar únicamentelos espacios proporcionados en los días y horarios autorizados.
SEXTA.- COMUNICACIONES.-
Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de este convenio general o de losespecíficos que del mismo se deriven, deberán dirigirse a los domicilios señalados en elapartado de DECLARACIONES, guardando las formas de confidencialidad establecidasen las leyes de la materia para la protección de datos personales y de población enestado de vulnerabilidad; pero sin que ello signifique obstáculo para el cumplimientoestricto de los deberes de ambas partes en materia de transparencia y garantía de accesoa la información pública.
Las partes se comprometen a darse aviso por escrito de cualquier cambio de domicilio, delo contrario las notificaciones se darán por hechas surtiendo sus efectos plenamente apartir del momento en que se emitan por quien las realice.
SÉPTIMA.- RELACIONES LABORALES.-
Las partes convienen en que el personal seleccionado por cada una de ellas para elcumplimiento del presente convenio general y de los específicos que de él se deriven, seentenderá relacionado exclusivamente con aquélla que lo empleó. Per ende, cada una delas partes asumirá su responsabilidad por este concepto y en ningún caso serán
• considerados patrones solidarios o sustitutos del personal contratado por la otra. Por lomismo ambas partes se comprometen a liberarse mutuamente de cualquier reclamación odemanda que se presente en su contra en materia laboral, civil, fiscal, peral o decualquier otra índole con motivo de la realización del presente Convenio General o de losespecíficos que del mismo se deriven; durante la vigencia o con posterioridad al presenteconvenio general o de los específicos que resulten.
OCTAVA.- VIGENCIA.-
El presente Convenio General tendrá una vigencia indefinida, surtirá sus efectos a partirde la fecha de su firma y podrá darse por concluido en cualquier momento de maneravoluntaria y de conformidad con la CLÁUSULA NOVENA, sin necesidad de expresar I
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causa de su determinación, ni será motivo de responsabilidad alguna para la parte que /o
de por terminado.
Los Convenios Específicos de Colaboración terminarán en el momento en que se estipule
en cada uno de ellos, quedando comprometidas ambas partes a finiquitar las acciones
derivadas de ellos en los términos especificamente pactados.
NOVENA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.-
Cualquiera de las partes podrá dar por terminado este convenio general mediante aviso
escrito a la otra, notificándola con treinta días naturales de anticipación al momento en
que desee su terminación. En este supuesto, ambas partes tomarán las medidas que
resulten necesarias para evitar perjuicios, tanto a ellas como a terceros. en el entendido
que las acciones y programas de estudio que hubieren iniciado antes del momento de la
terminación de este convenio, se continuarán hasta su total conclusión de acuerdo a los
Convenios Específicos de Colaboración que se hayan formalizado.
DÉCIMA.- MODIFICACIONES.-
El presente convenio general podrá ser modificado o adicionado por voluntad de las
partes siempre y cuando conste por escrito, mediante la firma de un convenio
modificatorio respectivo que deberá agregarse al cuerpo de este instrumento como
protocolo.
Las modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma.
Las modificaciones o adiciones no podrán cambiar la esencia de este instrumento y por
tanto prevalecerá con todos sus alcances en aquéllas cláusulas que no hayan sido
modificadas.
DECIMOPRIMERA.- CESIÓN DE DERECHOS.-
Ninguna de las partes podrá ceder, bajo ningún concepto o forma, a terceras personas,
físicas o morales, los derechos y obligaciones derivados del presente convenio general ní
de los específicos que resulten.
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DECIMOSEGUNDA.- RESPONSABILIDAD CIVIL.-
Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por losdaños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia del caso fortuito o fuerzamayor ; particularmente por el paro de labores estudiantiles, académicas o administrativas.en la inteligencia de que una vez superados estos eventos. se reanudarán las actividadesen la forma y términos que determinen las partes.
DECIMOTERCERA.- PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR.-
Las partes convienen en que la propiedad intelectual que se derive de los productos quegenere el presente convenio general y los convenios específicos a los que dé lugar.estará sujeta a las disposiciones legales aplicables ; otorgando el reconocimiento aquienes hayan intervenido en la ejecución de dichos trabajos, conforme a lo establecidoen las leyes en la materia. La UIN podrá utilizar la información o resultados que se derivendel presente convenio g eneral, o de los especificas derivados de él, en sus funcionesacadémicas, guardando las formas de confidencialídad que aplique en el uso de losdocumentos proporcionados a ella por el COPRED.
Las partes convienen que los derechos patrimoniales de las obras y productos. así comodiseños, marcas y patentes se constituirán invariablemente a favor de quien los hayaproducido conforme a la Ley Federal del Derechos de Autor y la Ley de PropiedadIndustrial.
DECIMOCUARTA.- CONFIDENCIALIDAD.-
Las partes guardarán confidencialidad respecto a las actividades materia del presenteconvenio en los casos en que lo consideren necesario o las que expresamente secomuniquen una a la otra. siempre que ello no ponga obstáculo a su deber de garantizarel acceso a la información pública y el principio de transparencia en su gestión pública.
Las partes convienen en guardar las reservas de ley y en cumplir estrictamente susobligaciones en torno a la protección de datos personales y otras formas de informaciónsensible, de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable en vigor para cadainstitución y en cumplimiento de lo mandado por la Constitución General, la Ley de /
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Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. la Ley de Protección
de Datos Personales para el Distrito Federal y la Ley de Archivos del Distrito Federal.
DECIMOQUINTA.- DE LA COMISIÓN TÉCNICA.-
Las partes acuerdan constituir una Comisión Técnica, integrada por representantes de
cada una, en igual número, can el fin de resolver las controversias que suscite el presente
convenio general así como los específicos que del mismo deriven. Esta Comisión Técnica
contará con las siguientes atribuciones y obligaciones específicas:
15.1. Conciliar y definir las actividades especificas a desarrollar, en cumplimiento del
objeto del presente instrumento juridico y en cada uno de los Convenios Específicos
de Colaboración que se celebren.
15.2. Vigilar y garantizar que el desarrollo y ejecución de las actividades objeto del
presente convenio general, y los específicos, no menoscaben las facultades.
atribuciones y patrimonio de cada una de las partes.
15.3. Evaluar y dar seguimiento, en periodos que no serán menores a quince días
naturales ni mayores a sesenta días naturales, al desarrollo y los resultados
obtenidos con la ejecución del objeto del presente instrumentos jurídico y de los
específicos que se celebren.
15.4. Realizar sesiones de trabajo para analizar y resolver los problemas que
lleguen a surgir con motivo de la ejecución del objeto del presente instrumento
jurídico y de los específicos que se celebren.
15.5. Elaborar actas circunstanciadas o minutas de las sesiones de trabajo
realizadas para analizar y resolver los problemas que surjan con motivo de la
ejecución del objeto del presente instrumento jurídico y de los específicos que se
celebren; las cuales se irán incorporando como parte dei presente convenio al
momento de su formalización.
15.6. Elaborar, de manera conjunta y coordinada, los proyectos y planes a
desarrollar a través de los convenios específicos correspondientes. tornando como /7base lo siguiente:
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15.6.1. El objeto por alcanzar.
15.6.2. Tipo y calendario de actividades a desarrollar.
15.6.3. Aportaciones económicas ffinancieras, materiales y humanas de cada de las
partes.
15.6.4. Lugar o lugares en donde se desarrollarán las actividades que sean objeto
de los convenios específicos.
15.6.5, Restricciones y/o autorizaciones en materia de difusión o confidencialidad de
los resultados obtenidos así como la conciliación de la adjudicación de los derechos
de autor y propiedad industrial sobre dichos resultados para la parte que los llegue a
crear.
Para la conformación de la Comisión Técnica. la U1N designa a la Q.F.B. Argelia
Hernández Espinoza y al Lic. Juan Carlos Sánchez Magallán. Asimismo, el COPRED
designa al Miro. Pablo Álvarez 'caza Longor a, en su carácter de Coordinador Académico
de Políticas Públicas y Legislativas.
DECIMOSEXTA.- CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN,-
Las partes convienen que el presente convenio general es producto de la buena te entre
ambas, por ello toda controversia e interpretación que se derive del mismo respecto a su
operación, formalización y cumplimiento, será resuelto por la Comisión Técnica señalada
en su CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.
DECIMOSÉPTIMA.- JUR1SDICCION,-
En el supuesto de que la controversia subsista, las partes convienen en someterse para la
interpretación y cumplimiento de este convenio, así como para todo lo no previsto en el
mismo, a la jurisdicción de los tribunales competentes en el Distrito Federal, así como a
las disposiciones contenidas en la Ley Federal del Derecho de Autor, los Códigos Civil y
de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal en vigor y demás ordenamientos
aplicables al caso, por lo que renuncian al fuero que por razones de su domicilio presente./
o futuro pudiera corresponderles o por cualquier otra razón,
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Leído y entendido que fue el presente convenio y asimismo enteradas las partes de su
contenido y alcance legal, lo firmar al margen y al calce por cuadriplicado en la Ciudad de
México, Distrito Federal. México, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil trece.
POR EL COPRED PqNLA UIN
C. J
J ELINE L'HOI T TAPIA LIC. CARLOS/CENDEJAS CONTRERAS
PRESIDENTA REPRESENTANTE LEGAL
/7/7/4137 AkGELIA HERNANDEZ
ESPINOZARECTORA
MIRO. PABLO ÁLVAREZ ICAZALONGORIA
COORDINADOR ACADÉMICO DEPOLÍTICAS PUBLICAS Y LEGISLATIVAS
LIC. JUAN CARLOS SANCHEZMAGALLÁN
CONSEJERO ACADEMICO
CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓNUNiVERSIDAD INSURGENTES CONSE..10 PARA PREVENI D'. 1.1.IMINAR LA DtSCRIMINACION DE LA CIUDAD DE MEXICO