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UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO FACULTAD DE … · Trabajo Monográfico Final: ... (Ley 22.415 y...

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t UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ESTADÍSTICA Carrera de Postgrado “Especialista en Operaciones de Comercio Exterior” Trabajo Monográfico Final: CARACTERÍSTICAS, PROBLEMÁTICA Y PERSPECTIVAS DE LA EXPORTACIÓN DE SÁBALOS EN LA REPÚBLICA ARGENTINA. C.P.N. / Despachante de Aduana: Diego A. Dumont Ferro Profesor encargado: C.P.N. Carlos A. Beltrán Rosario, julio de 2008
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UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ESTADÍSTICA

Carrera de Postgrado “Especialista en Operaciones de Comercio Exterior”

Trabajo Monográfico Final:

CARACTERÍSTICAS, PROBLEMÁTICA Y PERSPECTIVAS DE LA EXPORTACIÓN DE SÁBALOS EN LA REPÚBLICA ARGENTINA.

C.P.N. / Despachante de Aduana: Diego A. Dumont Ferro

Profesor encargado: C.P.N. Carlos A. Beltrán

Rosario, julio de 2008

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Sólo cuando el último árbol esté muerto, el último río envenenado, y el

último pez atrapado, nos daremos cuenta de que no se puede comer

dinero.

(Anónimo)

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ÍNDICE GENERAL

Abreviaturas 5

Introducción 7

Capítulo 1: El sábalo 9

Capítulo 2: Exportaciones de sábalo de Argentina 15

2.1. Introducción 15

2.2. Ventas en el mercados interno 15

2.3. Ventas en el mercado externo 16

2.4. Aspectos Operativos inherentes a la exportación de sábalo 21

2.4.1. Ubicación en la nomenclatura 21

2.4.2. Normas cambiarias 22

2.4.3. Cupos de exportación 23

2.4.4. Derecho de exportación y reintegro 24

2.4.5. Valores Referenciales 24

2.4.6. Intervenciones Oficiales 25

2.4.7. Requisitos de infraestructura 26

2.4.8. Sufijos de valor y estadística requeridos por DGA 26

Capítulo 3: Problemática de la actividad 36

3.1. Introducción 36

3.2. El problema de la pesca indiscriminada 36

3.3. “Reglas de juego” múltiples y que no se cumplen 40

3.4 Cuestiones sociales involucradas 43

3.5. Factibilidad de acuicultura para el sábalo 45

3.6. Un problema conexo: exportación de sábalo no apto para el consumo humano

47

3.7. Restricción de exportaciones de recursos de la pesca y el GATT/OMC 48

Capítulo 4: Evolución y perspectivas 50

Capítulo 5: Algunas Propuestas 58

Conclusiones 65

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Bibliografía 69

APÉNDICE 71

A) Entrevista con el Gerente General de Pesquera Santa Fe S.R.L. 72

B) Entrevista con Norberto Oldani. Investigador del Intec (Conicet-UNL) 79

C) Marco legal de la Pesca en las Provincias de Santa Fe y Entre Ríos 88

D) Artículos de interés 95

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ABREVIATURAS

ALADI: Asociación Latinoamericana De Integración

ANA: Administración Nacional de Aduanas (hoy DGA)

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos

BCRA: Banco Central de la República Argentina

C.A.: Código Aduanero (Ley 22.415 y normas modificatorias y

complementarias).

Com.: Comunicación

CONICET: Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas

CMP: Captura Máxima Permisible

CRECENEA: Comisión Regional de Comercio Exterior del Noreste Argentino

CRT: Conocimiento Rodoviario Terrestre

DGA: Dirección General de Aduana

EMAS: Eco-Management and Audit Scheme

FAO: Food and Agriculture Organization (Organización de las Naciones Unidas

para la Agricultura y la Alimentación)

FCA: Free Carrier (libre transportista)

FOB: Free on board (libre a bordo)

GATT: Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio

INALI: Instituto Nacional de Limnología

INIDEP: Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero

INTEC: Instituto de Desarrollo Tecnológico para la industria Química

ISO: International Organization for Standardization

MEP: Ministerio de Economía y Producción

MERCOSUR: Mercado Común del Sur

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MIC/DTA: Manifiesto Internacional de la Carga – Declaración de Tránsito

Aduanero

NCM: Nomenclatura Común del MERCOSUR

OMC: Organización Mundial del Comercio

ONG: Organizaciones no gubernamentales

PEN: Poder Ejecutivo Nacional

Res.: Resolución

RG: Resolución General

RMS: Rendimiento Máximo Sustentable

SAGPyA: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

SENASA: Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SIM: Sistema Informático María

UNL: Universidad Nacional del Litoral

USD: United States Dollars (dólares estadounidenses)

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INTRODUCCIÓN

Uno de los principales factores motivantes en abordar el tema bajo análisis

fue, sin dudas, la curiosidad despertada por su recurrente aparición en los

medios de comunicación, a raíz de las implicancias que tiene para con el medio

ambiente y el sector social involucrado. Encontré de esta manera, la

posibilidad de efectuar el trabajo final requerido para mi graduación de

postgrado en base a un problema de candente actualidad y propio de la región

en que vivo, ciudad de Santa Fe y provincia homónima.

La investigación propuesta, analiza la exportación de la especie sábalo (hoy en

riesgo debido a una demanda externa creciente) en los últimos cuatro años,

estudiando las características operativas de ella, identificando aquellas

cuestiones más relevantes de la problemática actual y esbozando algunas

ideas para mejorar su preservación.

Para ello, en un primer capítulo definimos las características del recurso,

mencionando aquellas cuestiones que lo hacen especialmente importante a

nivel ecosistémico. En el segundo capítulo, luego de analizar brevemente el

mercado interno, nos introducimos en la exportación de sábalo de Argentina,

tanto desde un punto de vista estadístico como normativo-operativo. En el

tercer capítulo incursionamos en la problemática de la actividad identificando

las causas que ponen en riesgo el recurso y haciendo hincapié especialmente

en la pesca indiscriminada; para luego tratar otros aspectos relacionados como,

por ejemplo, la cuestión social que existe de fondo y el inconveniente que

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representa la falta de armonización entre las legislaciones provinciales. En el

cuarto capítulo se hace un doble análisis: se mira retrospectivamente la

evolución de las cuotas de exportación desde su implantación; y en base a ello

se traza la tendencia futura de la actividad exportadora. Nuestra intención es

que este trabajo sirva, no sólo para el estudio de la problemática del sábalo,

sino también brindar algunas pautas tendientes a descomprimir la difícil

situación que atraviesa la actividad. Por ello, en el quinto capítulo se enuncian

algunas propuestas -no excluyentes entre sí- que aportarían a la preservación

de la especie. Finalmente se exponen las conclusiones.

Vaya un especial agradecimiento al C.P.N. Carlos A. Beltrán, profesional tutor

del presente trabajo, que comprendiendo mis inquietudes, aportó

generosamente tiempo, ideas, bibliografía, y sobre todo, el necesario estímulo

para la concreción de la investigación.

Por último, deseo que este material sea de utilidad para colegas de este

postgrado, docentes, empresarios, funcionarios públicos, estudiantes y, en

general, para todos aquellos que se interesen en el tema.

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CAPÍTULO 1 – El sábalo

Su nombre científico es Prochilodus

lineatus. En nuestra región, se lo

conoce con el nombre de sábalo;

mientras que en otras, como curimbatá,

bocachico, sábalo jetón, chupabarro,

etcétera.

Exceptuando determinadas áreas, se lo puede encontrar en general, “al este de

la Cordillera de los Andes, en todos los ríos que desembocan desde el Istmo de

Panamá hasta el Río de la Plata”1, existiendo aproximadamente 46 especies de

este animal. No se lo encuentra en otras partes del mundo. Es el recurso

pesquero más importante de la parte de Argentina perteneciente a la zona más

baja de la Cuenca del Plata. Ésta, con una superficie de 3.170.000 Km2 es la

segunda en extensión de Sudamérica luego del Amazonas (Ver IMAGEN Nº 1

al final de este capítulo). La Cuenca está conformada por los ríos Paraguay,

Paraná, Uruguay y Río de la Plata; juntamente con sus afluentes. También se

puede encontrar sábalo en los cuerpos de agua adyacentes, como los ríos

Bermejo y Juramento en Salta; río Pilcomayo en Formosa y las cuencas del río

Salí en Tucumán y del río Dulce en Santiago del Estero. Su abundancia se

explica en la capacidad que posee para alimentarse de los sedimentos y en

una estrategia reproductiva eficaz, perfectamente adaptada al régimen natural

de inundaciones.

1 Entrevista con Norberto Oldani. Investigador del Intec (Conicet-UNL) - APÉNDICE

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Es un pez robusto y de cuerpo fusiforme. Tiene boca pequeña y no posee

dientes en sus maxilares, pero los tiene, muy diminutos, en sus labios, por lo

que la acción para alimentarse, se reduce a chupar continuamente el limo

donde encuentra elementos sustanciales para su desarrollo. Ingiere “materia

orgánica generalmente de origen vegetal media descompuesta (no podrida,

sino desarmada) y de la fauna de descomponedores a que está asociada esta,

es decir de los microorganismos que la descomponen, de ahí es que el sábalo

no es fácil de criar en un criadero”2. Al ingerir barro, lo convierte en detritus

(materia orgánica en descomposición, base de la cadena trófica) por lo que

adquiere un importante rol en el ecosistema, transformándose en el primer

eslabón de una cadena alimentaria que supera las 20 especies (Ver IMAGEN

Nº 2).

Se reproduce luego de los dos años de vida, una vez por año, durante seis

meses aproximadamente (desde fines de setiembre hasta febrero), con dos

picos, uno en octubre y otro en febrero. Como hemos dicho, posee una

estrategia reproductiva muy eficaz siendo por ello una especie muy fecunda.

Realiza migraciones río arriba para desovar en abundancia, y en forma

sincronizada con las crecientes, dispersa sus huevos y larvas, los que se

convierten en alimento de las larvas y “juveniles” de los carnívoros “tope” del

sistema como el surubí y el dorado. Como muestra el CUADRO Nº 1 (al final

de este Capítulo), para la cohorte explotada, desde el desove hasta que el

ejemplar adquiere un tamaño de 42 centímetros, transcurren aproximadamente

tres años. Dichos ejemplares crecen más rápidamente, viven actualmente unos

seis años, y se extinguen antes que los pertenecientes a la cohorte natural.

2 Entrevista con Norberto Oldani. Investigador del Intec (Conicet-UNL) - APÉNDICE

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Por su importante tamaño (los ejemplares mayores pueden pasar los 70

centímetros de longitud total), carne abundante y grasosa, todo lo cual le

confiere un interesante valor comercial, se lo persigue y pesca con grandes

redes de arrastre y en enormes cantidades, especialmente en el Paraná Medio

e Inferior (Provincias de Santa Fe y Entre Ríos)3.

Se considera oportuno hacer una breve referencia a las pesquerías de las

provincias antes mencionadas:

• La Provincia de Santa Fe posee aproximadamente 700 kilómetros de

costa sobre el río Paraná. Su pesquería se extiende desde la ciudad de

San Javier en el norte hasta la localidad de Puerto Gaboto en el sur,

ocupando el valle aluvial dentro de los límites políticos provinciales. Los

principales puertos de desembarco de pescado son: Helvecia, Cayastá,

Santa Rosa de Calchines, Coronda y Puerto Gaboto. Al sur de Puerto

Gaboto la pesquería continúa hasta el límite con la Provincia de Buenos

Aires.

• La Provincia de Entre Ríos tiene como lugar de mayor actividad

pesquera a la localidad de Victoria. Otras plazas con importante

actividad son Diamante, Rincón de Nogoyá y Gualeguay. La actividad

del resto de la Provincia es muy inferior.

3 El Río Paraná es uno de los más largos del mundo, con más de 700 Km. de costa sólo en la Provincia de Santa Fe. Los puertos localizados en aquél, se han convertido en un factor importante para el desarrollo de diferentes actividades económicas. Su fauna ictícola dentro del territorio argentino se calcula en alrededor de 300 especies.

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IMAGEN Nº 1: LA CUENCA DEL PLATA

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IMAGEN Nº 2: EL SÁBALO, BASE DE LA CADENA TRÓFICA

Fuente: Diario El Litoral, Febrero 2008.

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CUADRO Nº 1: Biomasa en función de las edades y las tallas (longitudes totales) para las cohortes de sábalo natural (superficie sembrada) y explotada

Fuente: OLDANI, N.; BAIGÚN, C.; PETEÁN, J.; y otros. Características y evaluación preliminar de la pesquería artesanal del río San Javier. Pesquerías continentales en América Latina. Hacia la sustentabilidad del manejo pesquero.

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CAPÍTULO 2. Exportaciones de sábalo de Argentina

2.1. Introducción

Se desea enfatizar que Argentina es uno de los principales exportadores

mundiales de la especie y, según estadísticas brindadas por la ALADI,

prácticamente el único exportador a nivel MERCOSUR. En Brasil, por ejemplo,

las exportaciones de sábalo están prohibidas desde hace varios años.

En Argentina, la pesca del sábalo a gran escala comenzó a partir de mediados

de la década de 1930, con el desarrollo de la industria de reducción (plantas

para la elaboración de aceite y harina de pescado). Actualmente, constituye el

mayor porcentaje en las capturas de peces de río destinadas al mercado

interno y externo.

La pieza se adquiría a fines de 2007 en los puertos de desembarco desde $

0,50 hasta aproximadamente $1,10. Siendo que la pieza tipo tiene

aproximadamente 1,250 kilogramos, resulta un costo final aproximado entre

$0,40 y $0,88 por kilogramo, aunque hay que tener en cuenta que

posteriormente se perderá cerca del 18% de su peso en el proceso de

eviscerado. Una vez adquirido, se lleva al frigorífico, donde aquellos que tienen

como destino la exportación, son emprolijados, se le retiran los restos de

vísceras, congelan, embolsan y embalan en cajas de cartón (normalmente de

20 Kg. cada una).

2.2 Ventas en el Mercado Interno

A pesar que no disponemos de datos sumamente precisos de captura para el

mercado doméstico (hay que tener en cuenta que gran parte de la venta se

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concreta “en negro”), se estima que en términos generales el consumo interno

es de 4.000 a 5.000 toneladas anuales aproximadamente1 (casi 140 gramos

anuales per cápita), es decir alrededor del 7% del consumo per cápita total de

pescado (estimado en unos 2 kg). Además, en el país, anualmente cada

habitante consume 65 kg. de carne vacuna, 25,8 kg de pollo, 6,2 kg de cerdo

(más de la mitad son chacinados) y 1,6 kg de oveja y cabra2.

El precio final en pescaderías de la Ciudad de Santa Fe es de

aproximadamente $4,90 el kilogramo, “un precio elevado, que puede

entenderse por la muy limitada cantidad que se vende”3. Las ventas

domésticas se realizan principalmente en Jujuy, Santiago del Estero, Tucumán

y Salta. “Los frigoríficos de Mar del Plata que llevan pescado de mar a

Tucumán, Salta y Jujuy aprovechan el viaje comprando pescado de río en San

Nicolás de paso y llevándolo allá con lo que tienen un costo del flete

prácticamente nulo que impide competir a los frigoríficos de Santa Fe y Entre

Ríos”4. Por lo antedicho, vemos que la motivación de los frigoríficos de Santa

Fe y Entre Ríos por incursionar en mercados externos está dada, en parte, por

la búsqueda de otros mercados al encontrarse con una demanda interna

bastante cubierta.

2.3. Ventas en el Mercado Externo

Tal como lo demuestra el CUADRO Nº 1 (al final de este capítulo), las

capturas históricas totales de sábalo (es decir, la suma de lo destinado a

1 Entrevista con Norberto Oldani. Investigador del Intec (Conicet-UNL) - APÉNDICE 2 “Por la intervención oficial crece el consumo de carne”. Diario LA NACION, 19/05/2007. 3 Entrevista con el Gerente General de Pesquera Santa Fe S.R.L. - APÉNDICE 4 Entrevista con el Gerente General de Pesquera Santa Fe S.R.L. - APÉNDICE

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mercado doméstico y a exportaciones) jamás alcanzaron los niveles que,

contando tan sólo las capturas para mercado externo, se han logrado en este

último tiempo. Como puede verse en el citado cuadro, a partir de 2002 se

observa un incremento muy significativo de las capturas para exportación, lo

cuál se explica por la aparición de nuevos mercados y la presencia de un tipo

de cambio más competitivo.

Hoy día, el sábalo es la segunda especie ictícola exportada por nuestro país,

por detrás de la merluza e incluso, desplazando a otras especies de mar que

han sido tradicionalmente más importantes, tales como la merluza de cola, la

polaca y la corvina. Según el estudio realizado en 2006 por Espinach Ros -

Sánchez, (Eds.), las exportaciones argentinas de pescado de río totalizan

aproximadamente 40.000 toneladas anuales y tienen como principal destino a

Colombia, Nigeria, Bolivia y Brasil. Del total del volumen exportado el 90%

proviene de Entre Ríos y Santa Fe, y el 89% de este total es sábalo. Muy lejos

quedan la boga y tararira (4% cada especie); patí, dorado y surubí (1% cada

una).

Es minoritaria su exportación en estado fresco o refrigerado (Ver CUADROS

Nº 2 y 3), debido fundamentalmente a que se acorta su período de consumo.

En la práctica no se realiza la exportación en otras formas distintas a entero,

sea refrigerado o congelado (como ser en filetes, rodajas, carne picada,

ahumado, secado y salado, etc.) por no existir la demanda correspondiente.

Por todo esto, en este trabajo nos centramos en la exportación de sábalo

congelado, entero y eviscerado como integralmente representativo de la

problemática de la exportación de sábalos.

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Ya hemos dicho que el sábalo se pesca principalmente en el Paraná Medio o

Inferior. Es así, que las provincias relacionadas directamente con su

exportación son Entre Ríos, Santa Fe y Buenos Aires. Como puede verse en el

CUADRO Nº 5, la principal exportadora es Entre Ríos, seguida por Santa Fe y

mucho más lejos por Buenos Aires. Entre Ríos representa la mayor proporción

de las toneladas exportadas (aproximadamente 55% en 2004, 46% en 2005,

62% en 2006 y 51% en 2007); y juntas con Santa Fe suman más del 85% del

universo de exportaciones de sábalo (aproximadamente 85% en 2004, 88% en

2005, 90% en 2006 y 89% en 2007). Existen 5 frigoríficos exportadores en

Entre Ríos y 11 en Santa Fe.

En lo que va del año 2008, el sábalo congelado se exporta a un precio

promedio aproximado FOB o FCA, de USD 0,80 a USD 1 el kilogramo. En

cuanto a los destinos de exportación del mismo, como puede verse en el

CUADRO Nº 4 el principal importador es Colombia, seguido en importancia

por Nigeria. Más lejos están Brasil, Bolivia y Congo; y finalmente otros destinos

como: Ghana, Jordania, Camerún, Perú, Zaire, Costa de Marfil, Turquía,

Guinea Ecuatorial, Togo, Ecuador, Liberia, Angola, Egipto, Gabón, Rusia y

Cuba. Colombia representa la mayor proporción de las toneladas exportadas

(aproximadamente 59% en 2004, 59% en 2005, 45% en 2006 y 57% en 2007);

seguida por Nigeria (aproximadamente 24% en 2004, 32% en 2005, 43% en

2006 y 22% en 2007). Ambos destinos suman más del 80% del universo de

exportaciones de sábalo (aproximadamente 82% en 2004, 91% en 2005, 88%

en 2006 y 80% en 2007). Como puede deducirse, los importadores de sábalo

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son países que no poseen un elevado nivel de poder adquisitivo. En general, lo

consumen en guisos o frito; y en Colombia, Perú y Ecuador se utiliza además

para la preparación de una comida típica llamada sancocho.

Resulta interesante mencionar de qué manera se produce el ingreso a los

países compradores. Mientras que con los países africanos no existen

acuerdos que conlleven a una desgravación impositiva, sí los hay con los

países del Cono Sur. En el marco de la ALADI, las partes contratantes pueden

celebrar acuerdos de Alcance Parcial de los que participan algunos países

miembros. Entre éstos, encontramos los de Complementación Económica, que

“pueden tener por objeto, entre otros: promover el máximo aprovechamiento de

los factores de la producción, estimular la complementación económica,

asegurar condiciones equitativas de competencia, facilitar la concurrencia de

los productos al mercado internacional e impulsar el desarrollo equilibrado y

armónico de los países miembros”5. A continuación, indicamos con qué

porcentaje de preferencia ingresa el sábalo a los principales destinos de

exportación de América del Sur:

Colombia: Por el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación

Económica Nº 59, celebrado en el marco de la ALADI entre los países del

MERCOSUR y los países de la Comunidad Andina, se otorga actualmente una

preferencia del 75% para los “Productos obtenidos de la caza, recolección,

pesca o acuicultura llevada a cabo en el territorio de las Partes Signatarias,

incluidos su mar y demás aguas territoriales, plataforma continental o zona

económica exclusiva” (este porcentaje de preferencia se incrementa el primero

5 FRATALOCCHI, ALDO. “Comercio Exterior. Temas fundamentales del comercio internacional de mercaderías” Ed. Cuyo, 2005.

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de enero de cada año y está planificado alcanzarse una preferencia del cien

por ciento para enero del año 2012). Como puede verse en el CUADRO Nº 8,

al ser de 20% el derecho de importación “nominal”, nos queda -deducida la

preferencia- un arancel final de 5%.

Bolivia: las importaciones de sábalo no tributan derechos de importación

debido a que por Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica

Nº 36, celebrado entre los Estados Partes del MERCOSUR y la República de

Bolivia, rige actualmente un cien por ciento de preferencia para las “Mercancías

de los reinos mineral, vegetal y animal, incluyendo los de caza y pesca,

extraídos, cosechados o recolectados, nacidos y criados en los territorios de las

Partes Signatarias o dentro o fuera de sus aguas territoriales patrimoniales y

zonas económicas exclusivas, por barcos de sus banderas o arrendados por

empresas establecidas en sus territorios, y procesados en sus zonas

económicas, aún cuando hayan sido sometidos a procesos primarios de

embalaje y conservación, necesarios para su comercialización”.

Brasil: Tampoco hay pago de arancel. El Acuerdo de Complementación

Económica Nº 18 contempla un 100% de preferencia para las “mercancías

obtenidas de la caza, captura con trampas, pesca realizada en el territorio, o en

sus aguas territoriales y zonas económicas exclusivas, de una o más Partes”.

Ecuador: Al igual que en el caso de Colombia, se aplica el Acuerdo de

Alcance Parcial de Complementación Económica Nº 59, celebrado en el marco

de la ALADI entre los países del MERCOSUR y los países de la Comunidad

Andina. Este, otorga a Ecuador una preferencia del 43% para los “Productos

obtenidos de la caza, recolección, pesca o acuicultura llevada a cabo en el

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territorio de las Partes Signatarias, incluidos su mar y demás aguas territoriales,

plataforma continental o zona económica exclusiva” (este porcentaje de

preferencia se incrementa el primero de enero de cada año y está planificado

alcanzarse una preferencia del cien por ciento para enero del año 2015). No

obstante, al ser de cero por ciento el derecho de importación “nominal” no hay

tributación en destino (Ver CUADRO Nº 8).

Tal como se puede ver en el CUADRO Nº 6, el precio promedio anual de

exportación del sábalo (a todos los destinos) fue incrementándose con el correr

de los años. De aproximadamente 319 USD/ton en 2004, pasó a 342 USD/ton

en 2005 (creciendo algo más del 7%), de ese valor pasó a 427 USD/ton en

2006 (aumentando cerca del 25%); y finalmente alcanzó los 694 USD/ton en

2007 (suba de aproximadamente 63% respecto del año anterior). Esto está

estrechamente relacionado con el establecimiento por parte de nuestro país de

cupos de exportación. A medida que los frigoríficos vieron restringida la

cantidad que podían ofrecer, fueron incrementando paulatinamente el precio

para salvaguardar la rentabilidad del negocio.

En el CUADRO Nº 7, pueden compararse los precios del sábalo por país de

destino. Es interesante ver que pasa con los dos principales importadores.

Mientras el precio promedio al que se exporta a Colombia se sitúa en todos los

períodos por encima del precio promedio anual (que se indica en el último

renglón), el de Nigeria se sitúa siempre por debajo.

2.4. Aspectos operativos inherentes a la exportación de sábalo

2.4.1. Ubicación en la nomenclatura

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La principal forma de exportación de sábalo es entero, congelado y eviscerado,

en cajas de 10 o 20 Kg. La posición arancelaria NCM/SIM correspondiente es

la 0303.79.51.900M (congelado excepto envasado en envases de contenido

neto de hasta 1 Kg).

Es importante aclarar al lector, que según Notas Explicativas del sistema

armonizado, cuando hablamos de sábalo congelado con la posición

mencionada, nos referimos al sábalo “entero, descabezado o eviscerado; o

troceado, conservando las espinas”. No se incluyen así “filetes, pieles

comestibles, hígados, huevas y lechas”. Sin embargo, sí se admite que el

sábalo se presente “con hielo, espolvoreado con sal o rociado con agua salada,

para conseguir su conservación temporal durante el transporte; ligeramente

espolvoreado con azúcar o rociado con agua azucarada; ó con hojas de

laurel”.

2.4.2. Normas cambiarias

En la Argentina existe lo que técnicamente se denomina Mercado Único y Libre

de Cambios. El Banco Central establece bajo qué condiciones pueden

realizarse las entradas y salidas de divisas, obligando a liquidar las mismas en

el mencionado mercado. Algunos aspectos que debe tener en cuenta el

empresario exportador de sábalo son los siguientes:

a) De recibirse pagos anticipados por la exportación o tomarse una

prefinanciación, la Comunicación A 4443 del BCRA establece un “plazo para

embarcar” - a contar desde la liquidación de las divisas - que en el caso de la

posición arancelaria del sábalo es de 180 días corridos (prorrogables en caso

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debidamente justificados). De esta manera, como principio general, el

exportador de sábalo tiene 180 días corridos para embarcar contados desde

que cierra cambio y se le liquidan las divisas.

b) En cuanto al plazo para ingresar las divisas para dicha posición arancelaria,

la Com. A 3473 del BCRA y modificatorias, establece la obligación de ingresar

al sistema financiero los fondos provenientes de las operaciones de

exportación dentro del plazo de 180 días corridos contados a partir de la fecha

en que se haya cumplido el embarque. Según Com. BCRA "A" Nº 4361,

adicionalmente a los plazos establecidos, se dispone de 120 días hábiles para

la efectiva liquidación de las divisas de exportaciones de bienes y servicios.

c) Puede resultar obligatorio el cumplimiento de la Comunicación A 3602

BCRA. Ésta, constituye el Régimen Informativo más importante de los vigentes

en materia de control de divisas. La Com. A 3602 obliga a informar al BCRA las

deudas con el exterior no canceladas dentro de un mismo trimestre calendario.

2.4.3. Cupos de exportación

Desde el 01/01/2008, se encuentra vigente la Res. (SAGPyA) Nº 66/2007, que

autoriza la exportación para consumo de la especie sábalo (sea fresco,

refrigerado o congelado; NCM 0302.69.41 y 0303.79.51, respectivamente)

hasta un cupo de 12.000 toneladas para todo el año 2008. Establece que

dicho cupo se deberá asignar a las provincias de la siguiente manera: Buenos

Aires 7%; Santa Fe 48,83% y Entre Ríos 44,17%; para los cuales cada

provincia deberá instrumentar la distribución del cupo, previendo que su

utilización comercial se efectúe por períodos cuatrimestrales, de tal forma que

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se permita el sostenimiento de la actividad pesquera a través de todo el año.

Finalmente, el texto legal establece que la Subsecretaría de Pesca y

Acuicultura dependiente de la SAGPyA, sea la encargada de continuar los

estudios emprendidos en la “baja cuenca”, especialmente destinados a obtener

mayor información sobre las poblaciones sometidas a explotación de la especie

en cuestión.

2.4.4. Derechos de exportación y reintegro

El Decreto PEN 509/2007 establece derechos de exportación del 10% y

ausencia de reintegro de exportación para el caso del sábalo.

2.4.5. Valores Referenciales

Se aplican Valores Referenciales, conforme a la RG (AFIP) Nº 1866/2005. La

citada norma indica que estos valores son mecanismos preventivos para

combatir la incorrecta declaración de valor de mercaderías de exportación, ya

que la misma causa graves daños a la economía nacional y permite eludir el

pago de los Derechos de Exportación afectando la renta fiscal. Aduana

determina los valores referenciales para posiciones específicas de la

nomenclatura (ya que ellos no pueden aplicarse por analogía o semejanza) en

base a información de Destinaciones Definitivas de Exportación para Consumo

oficializadas; bases de datos disponibles en el sector público o privado, e

información de empresas especializadas que se contratan especialmente; y

asimismo los mantiene actualizados. Luego los da a conocer al sector

exportador a fin de no entorpecer el comercio internacional (se publican en el

boletín oficial y en el de aduana). Cuando el precio declarado en una

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exportación definitiva a consumo con valor referencial está por debajo del

mismo, la operación debe cursar por canal rojo (“rojo valor”). Luego se envía la

documentación de la operación a las áreas de valoración para su estudio.

Desde el punto de vista práctico la detección de valor documentado inferior al

de referencia la hace el Sistema María, asignando automáticamente canal rojo,

excepto de que en la declaración aduanera existan “subítems” (mercadería

bajo la misma posición arancelaria, aunque con diferentes características,

precio unitario, etc.), en cuyo caso se asigna canal naranja y luego el

verificador de turno determina si corresponde cursar la operación por canal rojo

o no. Es importante recordar que este procedimiento fue concebido como

mecanismo preventivo de asignación de selectividad y no para la determinación

del valor imponible, la que estará a cargo de las áreas de valoración de la DGA.

No obstante, suelen ocurrir ajustes aduaneros sobre el valor declarado.

Desde agosto y hasta el 1º de diciembre de 2006 estuvo vigente la Nota

Externa DGA 35/2006 con un valor referencial para el sábalo congelado de

0,50 USD/Kg para el Grupo de Países Nº 7 (Uruguay, Brasil, Paraguay, Chile,

Bolivia, Perú, Colombia y Venezuela) y Nº 8 (sólo algunos países de África).

Desde el 01/12/2006 está vigente la Nota Externa DGA Nº 69/06, que

establece para el sábalo congelado un valor referencial de 0,80 USD/Kg si se

exporta a alguno de los países de los grupos Nº 7 y Nº 9 (casi todos los países

africanos).

2.4.6. Intervenciones oficiales

Estas mercaderías quedan sujetas a la previa intervención de exportación del

SENASA. Referencias: Res. ANA Nº 2012/93 y 2609/97

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2.4.7. Requisito de infraestructura

Las destinaciones de exportación de mercaderías que necesitan mantener la

cadena de frío deben ser oficializadas y controladas con carácter obligatorio, en

las Aduanas de la jurisdicción correspondientes al lugar donde el exportador

dispone de la infraestructura necesaria para la manipulación y conservación de

las mismas, para permitir que el Servicio Aduanero y los demás Organismos

competentes, efectúen los controles pertinentes conforme la normativa vigente.

Los exportadores que no cuentan con la habilitación aduanera en su planta o

depósito, están obligados a consolidar sus cargas en Depósitos Fiscales

habilitados, debiendo poseer dichos ámbitos instalaciones necesarias y

acordes para el control de este tipo de mercaderías. Referencias: Notas

Externas Nº 6, 9, 13 y 19 de la DGA del año 2006.

2.4.8. Sufijos de valor y estadística que se deben informar a DGA

Los sufijos son parámetros predeterminados que selecciona el documentante

con el fin de brindar información adicional que sirva para la valoración de la

mercadería y/o fines estadísticos. Al documentarse una exportación de sábalo

de la NCM 0303.79.51, el SIM requiere que se declaren los siguientes:

03 CA01 ACONDICIONADO PARA LA VENTA AL POR MENOR.

0303 AA MARCA 0303 AI CODIGO DE PRODUCTO O ARTICULO 0303 AJ PRESENTACION 0303 PA02 ENTEROS. 0303 PA03 SIN VISCERAS. 0303 PA04 SIN VISCERAS Y SIN CABEZA (HYG). 0303 PA05 TROZOS O RODAJAS. 0303 PA06 SIN VISCERAS, SIN CABEZA Y SIN COLA (H.G.T).

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0303 PB04 DE MAS DE 800 g Y HASTA 1200 g POR PIEZA. 0303 PB05 DE MAS DE 1200 g Y HASTA 1500 g POR PIEZA. 0303 PB06 DE MAS DE 1500 g Y HASTA 2500 g POR PIEZA. 0303 PB07 HASTA 200 g POR PIEZA. 0303 PB08 MAS DE 200 g Y HASTA 300 g POR PIEZA. 0303 PB09 MAS DE 300 g Y HASTA 500 g POR PIEZA. 0303 PB10 MAS DE 500 g Y HASTA 800 g POR PIEZA. 0303 PC01 SIN PIEL. 0303 PD02 CONGELADO A BORDO, EN BLOQUES. 0303 PD03 CONGELADO A BORDO, INDIVIDUALMENTE (IQF).

0303 PD04 CONGELADO EN TIERRA, INDIVIDUALMENTE (IQF).

0303 PE03 CLASIFICADOS. 0303.79 SB01 COLLARES/ALAS. 0303.79 SB02 PECHOS. 0303.79 SC01 ENVUELTO INDIVIDUALMENTE (IWP). 0303.79 SC02 INTERFOLIADO.

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CUADRO Nº 1: Captura de sábalo (en toneladas)

No hay información disponible entre 1988 y 1993. Los datos a partir de 1994 corresponden solamente a capturas para exportación. Fuente: Espinaca Ros A. y R. P. Sánchez (Eds.) en base a datos de ex Dirección Nacional de Pesca Continental y SENASA.

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CUADRO Nº 2:

Promedio anual de exportaciones de sábalos en el período 2004-2007 (**) FOB

EN DÓLARES TONELADAS

PROMEDIO ANUAL USD /TN

SÁBALO FRESCO O REFRIGERADO (0302.69.41.000W)* 386.011 1.022 378

SÁBALO CONGELADO EN ENVASES CONT. NETO MAYOR A 1 KG. (0303.79.51.900M)* 12.821.799 30.057 427

* Excepto en filetes y demás carne de pescado de la partida 0304 de la NCM.

(**) No se detallan exportaciones de sábalo congelado en envases de contenido neto inferior o igual a un kilogramo, posición arancelaria 0303.79.51.100U, por su escasa significatividad (sólo hay

registros de una sola operación, realizada en año 2005).

Fuente: Elaboración propia en base a datos estadísticos publicados en portal web de AFIP.

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CUADRO Nº 3:

Exportación de sábalos (en dólares y toneladas)

2004 2005 2006 2007

U$S TON. U$S TON. U$S TON. U$S TON.

SÁBALO FRESCO O REGRIGERADO (0302.69.41.000W)* 41.425 164 148.176 476 1.253.365 3.266 101.077 183

SÁBALO CONGELADO EN ENVASES CONT. NETO MAYOR A 1 KG. (0303.79.51.900M)* 10.701.955 33.547 10.121.631 29.582 14.695.228 34.380 15.768.384 22.718

* Excepto en filetes y demás carne de pescado de la partida 0304 de la NCM.

Fuente: Elaboración propia en base a datos estadísticos publicados en portal web de AFIP.

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CUADRO Nº 4:

Exportación de sábalo por país de destino (en dólares y toneladas)*

2004 2005 2006 2007

U$S TON. U$S TON. U$S TON. U$S TON.

COLOMBIA 6.542.683 19.814 6.098.168 17.322 6.822.005 15.358 9.617.460 13.056

NIGERIA 2.442.941 7.989 2.950.010 9.501 6.094.762 14.945 2.915.851 5.019

BRASIL 858.050 2.816 834.906 2.036 946.658 2.003 1.526.590 2.191

BOLIVIA 0 0 0 0 199.923 406 1.322.483 1.932

CONGO 410.990 1.448 208.194 627 138.339 437 211.600 302

OTROS PAÍSES 447.291 1.480 30.353 96 493.541 1.231 174.400 218

TOTAL 10.701.955 33.547 10.121.631 29.582 14.695.228 34.380 15.768.384 22.718

* Sábalo congelado en envases de contenido neto superior a 1 Kg.; excepto en filetes y demás carne de pescado de la partida 0304 de la NCM.

Fuente: Elaboración propia en base a datos estadísticos publicados en portal web de AFIP.

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CUADRO Nº 5:

Exportación de sábalo por provincia de origen (en dólares y toneladas)*

2004 2005 2006 2007

U$S TON. U$S TON. U$S TON. U$S TON.

ENTRE RÍOS 6.115.926 18.467 4.659.556 13.588 9.202.300 21.394 8.158.827 11.600

SANTA FE 3.123.147 9.910 4.329.767 12.465 4.258.220 9.614 6.262.154 8.645

BUENOS AIRES 982.995 3.036 477.414 1.021 468.038 937 654.633 1.137

MISIONES 9.065 25 45.695 124 0 0 0 0

SALTA 0 0 0 0 9.511 24 0 0

INDETERMINADO 470.822 2.109 609.200 2.384 757.159 2.411 692.770 1.335

TOTAL 10.701.955 33.547 10.121.632 29.582 14.695.228 34.380 15.768.384 22.718

* Sábalo congelado, en envases de contenido neto superior a 1 Kg.; excepto en filetes y demás carne de pescado de la partida 0304 de la NCM.

Fuente: Elaboración propia en base a datos estadísticos publicados en portal web de AFIP.

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CUADRO Nº 6:

Precio Promedio Anual de la exportación de sábalo (en dólares FOB)*

EVOLUCIÓN DEL PRECIO PROMEDIO ANUAL (en Precio FOB/ton.)

0

100

200

300

400

500

600

700

800

2004 2005 2006 2007

2004

2005

2006

2007

* Sábalo congelado en envases de contenido neto superior a 1 Kg.; excepto en filetes y demás carne de pescado de la partida 0304 de la NCM.

Fuente: Elaboración propia en base a datos estadísticos publicados en portal web de AFIP.

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CUADRO Nº 7:

Precio Promedio (en dólares FOB) por tonelada según país de destino*

2004 2005 2006 2007

COLOMBIA 330 352 444 737

NIGERIA 306 310 408 581

BRASIL 305 410 473 697

BOLIVIA -- -- 492 684

CONGO 284 332 317 701

OTROS PAÍSES 302 316 401 800

PRECIO PROMEDIO ANUAL 319 342 427 694 * Sábalo congelado en envases de contenido neto superior a 1 Kg.; excepto en filetes y demás carne de pescado de la partida 0304 de la NCM.

Fuente: Elaboración propia en base a datos estadísticos publicados en portal web de AFIP.

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Fuente: (*) Sistema de Informaciones de Comercio Exterior de ALADI (SICOEX) www.aladi.org

(**) http://www.export.gov/static/UEMOA_tariff_schedule.pdf - www.cotecna.ch / NIGER TARIFF BOOK / http://www.cotecna.com/COM/EN/country_resources.aspx -

CUADRO Nº 8:

Tributos exteriores por país de destino PAIS IDENTIFICACION

ARANCELARIA ARANCEL

AD VALOREM

BASE IMPONIBLE

PREF. ARANCEL FINAL

OTROS

Colombia (*) 0303.79.00.00 20% CIF 75% 5% -.- Brasil (*) 03.03.79.51 10% CIF 100% 0% -.-

Ecuador (*) 0303.79.00.90 0% CIF 43% 0% Fondo de desarrollo para la infancia

(FODINFA) 0,5% s/ CIF

Bolivia (*) 0303.79.00.00 20% Valor en Aduana

100% 0% -.-

Nigeria (**) 03.01.99.00.90 10% CIF 0% 10% Cargo estadístico

1%

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CAPÍTULO 3. Problemática de la actividad

3.1 Introducción

A pesar de la importancia ecológica y social del sábalo, dicha especie se

encuentra actualmente amenazada y con ella también otras.

Desde hace algunos años distintos especialistas llaman la atención por la

escasez de peces en el río, lo cual –sostienen- se evidencia en la práctica en

una menor cantidad de pescado obtenida por los pescadores artesanales y en

los pobres resultados que se vienen observando en certámenes de pesca

deportiva.

Entre los factores que ponen en peligro al sábalo podemos mencionar: a) los

desechos industriales volcados al río que afectan la alimentación de la fauna

ictícola y del sábalo especialmente; b) la realización de megaobras sobre el

lecho del río (por ejemplo: Yaciretá, el túnel subfluvial Hernandarias y el

puente Rosario - Victoria), que obstruyen sus circuitos migratorios y el arribo de

sus huevos y larvas; c) la persistencia desde 1998 de un período relativamente

seco; y d) por sobre todo, la pesca indiscriminada del sábalo en gran parte

motivada por una demanda externa creciente. Este último punto será

desarrollado a continuación.

3.2. El problema de la pesca indiscriminada

Actualmente existen niveles progresivamente mayores de esfuerzo de pesca,

incremento en el área explotada y reducción de la talla de captura. Dicho de

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otra manera, cada vez se sacan mayor cantidad de sábalos y de menor

tamaño, lo cual provoca un desequilibrio en su reproducción.

Una de las ventajas teóricas que obtiene un país al participar en el comercio

exterior radica en “las diferencias en las condiciones de producción entre

países en cuanto a (la) dotación de recursos naturales; (siendo en estas

circunstancias el comercio) el resultado lógico de la diversidad en las

posibilidades de producción de distintos países”1. Evidentemente, los

diferentes importadores de sábalo capturados en Argentina buscan conseguir

un producto que no pueden obtener en su territorio. Las cuotas de exportación

fijadas por nuestro país intentan evitar que este recurso finito se exponga ante

una demanda infinita. No obstante, en estos últimos tiempos el sábalo se ha

sobreexplotado, siendo extraído por encima de sus posibilidades de

reproducción.

Norberto Oldani, importante investigador del CONICET (master en Ecología

Acuática Continental y reconocido especialista en el tema), afirma que “los

países que nos compran son aquellos que han perdido sus propias especies;

mientras que además, países como Brasil, donde se obtiene el mismo sábalo

que exporta la Argentina, tienen prohibida su pesca comercial”2. Este país

(como puede verse en el CUADRO Nº 4 al final del capítulo anterior), es un

asiduo comprador de nuestro sábalo.

1. CHABERT, Joan. “Manual de Comercio Exterior”. Ed. Gestión 2000, Barcelona, 2005 2 Norberto Oldani, en www.proteger.org.ar. “Un experto reclama prohibir las exportaciones”, 30/10/2006.

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El estudio de Espinach Ros - Sánchez3 realizado en 2006, definió a la situación

actual de la pesquería del sábalo como “riesgosa”, comprobándose tallas de

los peces capturados muy próximas a los límites mínimos aceptables, un

potencial reproductivo en niveles alarmantes y escasa abundancia de

ejemplares de gran tamaño (que son los de mayor eficiencia reproductiva).

Asimismo, se detectaron relativamente pocos ejemplares de la clase anual

2003-2004, lo que produjo un escenario desfavorable para la pesca comercial

de los dos o tres años siguientes y un hecho preocupante basado en la no

aparente detección de ejemplares de la clase anual 2005-2006.

El trabajo culmina aconsejando adoptar medidas de manejo adecuadas para

evitar seguir presionando sobre tallas menores a las legales. Entre otros

puntos, se aconsejó: a) suspender las actividades de pesca, al menos, durante

los meses de verano de 2006 y 2007; b) fijar una captura máxima permisible

(CMP) para el año 2007 con criterio precautorio basada en niveles de captura

históricos (entre 10.000 y 15.000 toneladas en total); c) fijar tamaños de

primera captura y de mallas de no más de 14,5 cm. de nudo a nudo; y d)

ampliar, de ser posible, las áreas libres de pesca, con ubicación y extensión

adecuadas para funcionar como reservorios.

En cuanto a la cantidad de sábalo que se puede extraer anualmente, Julieta

Peteán4, especialista de Fundación Proteger, hace una importante distinción,

afirmando que según la norma de Welcomme (un reconocido experto de la

FAO) “el rendimiento máximo sostenible (RMS) que puede obtenerse en ríos

3 ESPINACH ROS A. y R. P. SÁNCHEZ (EDS.). Proyecto de Evaluación del Recurso Sábalo en el Paraná – Informe final de los resultados de la primera etapa 2005-2006 y medidas de manejo recomendadas. 4 Julieta Peteán, responsable del programa “Agua, humedales y pesca” de la Fundación Proteger en www.proteger.org.ar - “Sin información, cerca del colapso”. 7 de Mayo de 2007

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de llanura tropicales y subtropicales es de 40 - 60 kg/ hectárea /año”, y siendo

que “el Paraná medio está localizado en un área templada (...) corresponde

tomar 40 kg /hectárea /año como valor máximo de extracción de todas las

especies, no sólo del sábalo”. Si además tenemos en cuenta que “el sábalo

representa el 60% de la biomasa total (...) se podrían extraer 24 kg/ hectárea/

año de esta especie”. Finalmente, si consideramos que “la pesquería del

sábalo se sitúa en el Paraná medio e inferior, con una extensión de

aproximadamente 10.000 km2 (...) quiere decir que se pueden extraer en total

unas 24.000 toneladas al año”. Pero como el indicador de Welcomme “no

previene la sobreexplotación, usualmente se aplica un factor de corrección de

2/3, con lo cual la extracción total de sábalo debería ser de alrededor de 16.000

toneladas anuales” en total (es decir para mercado interno y externo). Si

tenemos en cuenta que –como hemos dicho oportunamente- el consumo

interno se estima en unas aproximadamente 4.000 / 5.000 toneladas anuales,

sólo restan para exportación de acuerdo al indicador de Welcomme (ajustado

para el caso de sobreexplotación) unas 11.000 toneladas anuales. Esta

cantidad es cercana a las 12.000 anuales autorizadas recientemente para la

exportación por Res. SAGPyA Nº 66/07. No obstante, se sabe que siempre

hay una cantidad que se vende “al margen de la ley” a través de distintas

maniobras, por lo que la presión sobre el recurso actualmente también existe.

Vale aclarar que la captura máxima permisible según el indicador de

Welcomme ajustado es bastante coherente con los 10.000-15.000 toneladas

que fija Espinach Ros en su estudio.

No obstante el control que el Estado Nacional viene efectuando a través de los

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cupos, algunos especialistas insisten en que las provincias de Santa Fe y Entre

Ríos deberían realizar y hacer públicos sus propios estudios científicos sobre

el estado del recurso, y controlar la pesquería.

3.3. “Reglas de juego” múltiples y que no se cumplen

El artículo 41 de la Constitución Nacional establece que “Todos los habitantes

gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo

humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades

presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber

de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de

recomponer, según lo establezca la ley. (...). Corresponde a la Nación dictar las

normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las

provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las

jurisdicciones locales”. Asimismo, el artículo 124 establece que “Corresponde a

las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su

territorio”. Es así que cada jurisdicción provincial posee su propia Ley de pesca.

Sin embargo, el problema no es ese, sino la falta de armonización en

determinados puntos claves.

Desde el punto de vista ecosistémico el problema de la sobreexplotación del

sábalo es único, inseparable e imposible de solucionar si no se lo aborda de

manera coordinada y coherente en las distintas jurisdicciones de la Nación, e

incluso a nivel Cuenca del Plata, involucrando a los restantes países de la

misma. En el Apéndice de este trabajo, incluimos un análisis del marco

regulatorio de la pesca en las Provincias de Santa Fe y Entre Ríos. Como

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puede verse, en términos generales, la legislación de la primera es más

profunda y rigurosa que la de la segunda. La normativa entrerriana es muy

criticada por especialistas y empresarios santafesinos, quienes denuncian que

a raíz de sus falencias el sábalo entrerriano exportado termina siendo mucho

más chico que el santafesino. Algunos puntos muy criticados de esa

legislación son:

1) Se cuenta la talla mínima de captura “desde la punta del hocico

hasta la base de la aleta caudal (cola)” (o desde la última escama

hasta la boca, como suele decirse en términos más simples), es

decir, no hay un “presupuesto mínimo” claro, lo cual da lugar a

confusión y facilita la captura de sábalos más pequeños que en

Santa Fe;

2) Esa talla mínima de captura no se encuentra en la propia letra de

la Ley (sólo en Resoluciones), por lo que está sujeta a la

arbitrariedad del funcionario de turno;

3) La utilización de mallas de tamaño mínimo inferior al permitido por

la Provincia de Santa Fe (quince centímetros de malla estirada de

nudo a nudo versus dieciséis centímetros).

Cabe mencionar, que a la fecha de finalización del presente trabajo, existe en

Entre Ríos un Proyecto de Ley de Pesca (Expediente Nº 16649), de fecha

09/05/20085. El mismo, entre otros objetivos, pretende “Promover acciones

conjuntas con otras jurisdicciones, que tengan como objetivo arribar a

normativas unificadas en toda la cuenca del río Paraná”. Para ello, con

5 Su trámite puede consultarse en el portal web de la Cámara de Diputados de Entre Ríos (http://www.hcder.gov.ar) en Consultas / Expedientes / 16649

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respecto a la pesca comercial del sábalo, prohíbe la captura, circulación, venta

y consumo, en todo tiempo, si su talla mínima resulta inferior a 42 cm.,

considerando ahora la longitud total desde el extremo anterior (boca u hocico),

hasta el extremo final de la aleta caudal (cola). Asimismo, se establece como

abertura de malla mínima la de 16 cm. para las enmalladoras, medidos entre

nudos opuestos de malla estirada y una longitud máxima por embarcación de

250 metros. De esta manera, se igualaría a la legislación santafesina.

Otro aspecto para resaltar, es que hoy día desde el Foro de Legisladores de

CRECENEA/Litoral, se está dando impulso a un nuevo Tratado Regional para

el Manejo Sustentable de Recursos Pesqueros para las Provincias de Chaco,

Formosa, Misiones, Corrientes, Entre Ríos y Santa Fe. Entre otros fines, este

tratado pretende “promover acciones conjuntas con otras jurisdicciones

provinciales, nacionales e internacionales, que tengan como objetivo arribar a

normativas unificadas en toda la Cuenca del Plata”. En 2003, existió un tratado

similar suscripto entre los Poderes Ejecutivos de las Provincias de Santa Fe y

Entre Ríos, pero desgraciadamente no prosperó debido a que no fue aprobado

por los órganos legislativos respectivos. Se considera muy importante que

prosperen acuerdos que tengan en cuenta la integralidad del problema, más

allá de los límites interjurisdiccionales e incluso nacionales.

Sin embargo, aún ante el supuesto de que se logre mejorar y unificar

legislaciones, resulta indispensable su fiel cumplimiento. Como dice el refrán,

“no hay peor ley que la que no se cumple”; y en este sentido, existen denuncias

de público conocimiento sobre frigoríficos que no cumplen los cupos de

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exportación ante los propios ojos de las autoridades; empresarios que al

momento de fijación de cupos denunciaron stocks de sábalos mayores a los

que tenían en sus cámaras y de esa manera poder seguir acopiando pescado

para exportar; incumplimiento de las épocas de veda; exportación de sábalo

bajo la posición arancelaria de otros pescados; entre otras importantes

maniobras.

3.4. Cuestiones Sociales involucradas

Los “actores” involucrados en la problemática analizada son:

1- acopiadores de pescado: ellos concentran el producto recorriendo los

puertos de desembarco y lo ingresan en la cadena de frío.

2- vendedores minoristas: son acopiadores de menor escala, que se

encuentran habilitados para comprar el producto a los acopiadores o en

los lugares de desembarco y luego venderlos al público.

3- frigoríficos: venden dentro del país a grandes centros poblados, y en

forma creciente en los últimos años, se han volcado a la exportación.

4- público consumidor: podemos dividirlo en consumidor interno

(especialmente de Santiago del Estero, Tucumán, Salta y Jujuy); y

consumidor externo (principalmente Colombia, Bolivia, Brasil y países

africanos).

5- pescadores: Se estima que en la Provincia de Santa Fe hay una

cantidad total de 3.040 pescadores de los cuales unos 2.700 se

encuentran dentro del área geográfica de la pesquería del sábalo;

mientras que en Entre Ríos hay unos 1.200 pescadores sobre las costas

del Río Paraná y 140 sobre las del Uruguay.

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Podemos dividirlos en dos grupos: a) los históricamente asociados a la

actividad: provienen de familias generalmente numerosas, con bajo nivel

de instrucción y necesidades básicas insatisfechas, habitan viviendas

bastante precarias, utilizan embarcaciones propias y no establecen

vínculos de dependencia con los acopiadores; y b) los recientemente

iniciados: llegados como consecuencia de la desocupación y los magros

salarios, suelen utilizar artes y embarcaciones provistas por los

empresarios y dedicarse más intensamente a la actividad.

En estos últimos años, mientras un pequeño sector ha lucrado con la

sobreexplotación del recurso, se ha puesto en peligro no sólo al sábalo en sí

mismo sino al medio ambiente en general. La situación afecta directamente a

cientos de familias de pescadores artesanales que dependen de los recursos

pesqueros para su subsistencia y a innumerables de pequeñas y medianas

empresas gastronómicas y hoteleras ligadas al turismo y a la pesca, que

generan empleo genuino. Los pescadores son el eslabón más débil de la

cadena de actores sociales involucrados, y el problema de la pesquería del

sábalo guarda estrecha relación con su situación de vida. El Gobierno Nacional

no desconoce esta situación, y se ha propuesto recientemente a través de la

Ley 26.292/2007 (que declara el estado de emergencia de la pesca en el Río

Paraná), proteger especialmente a los pescadores artesanales, para lo cual

pretende establecer “un programa con el objeto de posibilitar la reconversión

laboral y de asistir económica y socialmente a la población (afectada), mientras

duren las restricciones a la exportación”.

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Un tema que merece ser mencionado es el de las vedas. Éstas, -opina Oldani6

- “tienen un objetivo más bien mediático, da lo mismo la época del año en que

se apliquen y terminan sacando un pescador más del río durante tres meses”

(al que hay que subsidiar). “Las vedas no sirven para solucionar el problema de

la sobreexplotación. Al reproducirse el sábalo una vez por año, si yo lo saco en

agosto o en diciembre siempre saqué un reproductor”.

Para no perjudicar a los pescadores expulsándolos del agua, habría que tratar

que la presión sobre el río sea menos intensa pero más regular, evitando, en la

medida de lo posible, el establecimiento de épocas de veda.

3.5. Factibilidad de acuicultura para el sábalo

Según la FAO7, “Acuicultura es el cultivo de organismos acuáticos, en particular

peces, moluscos, crustáceos y plantas acuáticas”.

En cuanto a la posibilidad de cultivar sábalo en ambientes controlados por el

hombre como alternativa para su manejo, pudimos constatar que existen

opiniones encontradas.

Por un lado, existe una tendencia de apoyo a la actividad por parte del Estado.

Tal es el caso por ejemplo de la Provincia de Misiones, donde con el respaldo

de la estructura provincial y del Consejo Federal de Inversiones se está

incursionando en programas de reproducción de peces nativos con fines

científicos, para intentar repoblar los ríos y lograr la producción con fines

6 Entrevista con Norberto Oldani. Investigador del Intec (Conicet-UNL) - APÉNDICE 7 Orientaciones Técnicas para la Pesca Responsable Desarrollo de la Acuicultura 5”. Departamento de Pesca, FAO, Roma 1999.

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comerciales, de especies como la boga, el dorado y el sábalo8. En esa

Provincia ya existen dos emprendimientos privados abocados a la producción

comercial de pacúes (Hreñuk) y de dorados y surubíes (Gerula).

Por otra parte, algunos especialistas en la materia, como el investigador del

CONICET, Norberto Oldani 9, cuestionan a la acuicultura tanto cuando tiene

como fin la repoblación de los ríos, como cuando se desarrolla con fines

comerciales. El menciona, entre otros, los siguientes puntos en contra:

• Inviabilidad económica: la actividad conlleva altos costos (que

aumentan a medida que aumenta la intensidad del cultivo). “Si con las

truchas se logran márgenes muy escasos, y son aún más estrechas las

ganancias por ejemplo con el pacú de criadero (en Misiones) imagine

que pasaría con el sábalo (...) hoy la captura en el río tiene costo cero y

criar puede significar de 10 a 12 pesos el kilo”.

• Experiencia mundial no exitosa: la piscicultura a nivel mundial no ha

dado resultado para lograr el objetivo de repoblar las especies de los

ríos.

• Prohibición legal: en el caso de la Provincia de Santa Fe la acuicultura

como medio para repoblar los ríos está prohibida por Ley de Pesca

12.212. Asimismo, la Convención de Biodiversidad a la que nuestro país

ha adherido (por Ley 24.375) también prohíbe esta práctica, ya que “es

considerada la segunda causa de pérdida de biodiversidad ictícola en el

mundo”.

8 Ver http://www.misionesonline.net/paginas/principal.php?db=noticias2007&id=6720 9 Norberto Oldani, en www.proteger.org.ar, “Fuertes Críticas a proyectos de ley sobre vedas y acuicultura”, 27/10/2006. - “Un experto reclama prohibir las exportaciones”, 30/10/2006.

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• Actividad para pocos: De llevarse a cabo “es una actividad para pocos

porque hay que tener tierras para la cría (y) dinero”.

A nivel mundial la actividad de la acuicultura viene creciendo, siendo una

importante fuente de alimentos. Por ejemplo, en China, primer productor

mundial de peces y promotor de sofisticados sistemas de cultivo intensivo

como de simples criaderos en estanques rurales atendidos por pequeños

productores, la acuicultura representa más del 70% de su producción

pesquera.

En nuestro país, la actividad de acuicultura a paso lento crece año a año. No

obstante, el cultivo de sábalo con fines comerciales –muy probablemente por

sus escasísimos márgenes- es insignificante en relación al de otras especies

como la trucha, el pejerrey, el salmón y las carpas. Por ejemplo, en el noroeste

–área del país que se destaca por la presencia de numerosos acuicultores

rurales- en 2006 se cultivaron algo más de 100 toneladas de peces, de los

cuales, el 95% correspondió a carpas y el 5% restante a tilapia, pacú, randiá y

sábalos.

3.6. Un problema conexo: exportación de sábalo no apto para consumo

humano

Existe una peligrosa situación que se ha venido registrando en momentos de

veda. Se trata de la pesca que realizan ciertos empresarios en zonas

(particularmente en el Río de la Plata) donde la extracción de peces para

consumo humano está prohibida debido al alto grado de toxicidad que registran

las especies con sustancias derivadas del petróleo y PCV. Luego, éstos, son

etiquetados y comercializados como provenientes de lugares no

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contaminados. Además, existen denuncias que afirman que, a través del

trozado, saborización y enlatado, son “disfrazados” como merluza o atún.

3.7. Restricción de exportaciones de recursos de la pesca y el GATT/OMC

¿Cómo se compatibilizan las restricciones que establece un país a la

exportación de sus recursos de la pesca con las normas del GATT/OMC?.

A nivel GATT/OMC, el artículo XX del GATT negociado en 1947 sobre

“Excepciones generales” establece varios casos concretos en que los

Miembros de la OMC (inicialmente, las “Partes Contratantes” del GATT)

pueden estar exentos de las normas del Acuerdo General. Entre esos casos,

se incluyen dos circunstancias relacionadas con la protección del medio

ambiente.

El artículo establece lo siguiente:

“A reserva de que no se apliquen las medidas enumeradas a continuación en

forma que constituya un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre

los países en que prevalezcan las mismas condiciones, o una restricción

encubierta al comercio internacional, ninguna disposición del presente Acuerdo

será interpretada en el sentido de impedir que toda parte contratante adopte o

aplique las medidas:

“… b) necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y de los

animales o para preservar los vegetales;

“… g) relativas a la conservación de los recursos naturales agotables, a

condición de que tales medidas se apliquen conjuntamente con restricciones a

la producción o al consumo nacionales;...”

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Los párrafos b) y g) tienen como objetivo permitir a los Miembros de la OMC la

adopción de medidas de política, que en condiciones normales serían

incompatibles con el GATT, cuando sean “necesarias” para proteger la salud y

la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales o

estén relacionadas con la conservación de los recursos naturales agotables.

Sin embargo, el párrafo introductorio (el “encabezamiento”) del artículo XX

tiene por finalidad asegurar que las medidas incompatibles con el GATT no se

plasmen en una discriminación arbitraria o injustificada ni constituyan

proteccionismo encubierto.

A nivel mundial, se puede mencionar un antecedente similar al del sábalo que

derivó en una diferencia entre Estados Unidos y Canadá. En la década de 1980

por la prohibición que estableció Canadá (al promulgar la Ley de Pesca de

1976), de la exportación o venta para la exportación de ciertos tipos de salmón

y de arenque sin elaborar, Estados Unidos reclamó en el marco del

procedimiento de solución de diferencias del GATT, que esta medida era

incompatible con el artículo XI del Acuerdo General. Canadá alegó que estas

restricciones a la exportación formaban parte de un sistema de gestión de los

recursos pesqueros cuyo objetivo era proteger a las especies en cuestión y

que, por consiguiente, estaban justificadas por el apartado g) del artículo XX.

En este caso particular, el Grupo Especial constató que las medidas

mantenidas por Canadá eran incompatibles con el párrafo 1 del artículo XI del

Acuerdo General y no estaban justificadas ni por el apartado b) del párrafo 2

del artículo XI ni por el apartado g) del artículo XX. El informe del Grupo

Especial fue adoptado en 1988.

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CAPÍTULO 4. Evolución y perspectivas

La Ley Nacional 23.843 de 1990 creó el Consejo Federal Agropecuario, un

“organismo de asesoramiento y consulta por parte del Poder Ejecutivo

(Nacional) en todas aquellas cuestiones atinentes al sector agropecuario y

pesquero, que por su impacto en las economías regionales o provinciales así lo

requieran”. El Consejo, está presidido por el Secretario de Estado de

Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, e integrado por los titulares de los

ministerios o secretarías de Estado competentes en materia agropecuaria y

pesquera de las provincias que han adherido a la citada ley. Dentro del

Consejo, funciona la Comisión de Pesca Continental y Acuicultura, integrada

por el Estado Nacional y representantes de las Provincias de Misiones,

Formosa, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos y Chaco. Esta última, en 2006,

decidió la realización de un estudio1 como primera etapa de un proyecto para

lograr el manejo ecosistémico y sustentable de la pesquería, con la

participación de la SAGPyA, organismos competentes de las Provincias de

Santa Fe y Entre Ríos, el INALI, la UNL y el INIDEP. Como ya se ha

mencionado, el citado estudio definió a la situación del sábalo como “riesgosa”

y en setiembre del mencionado año la Comisión arribó a un Acuerdo para

suspender temporalmente y en forma precautoria la pesca en “toda la Cuenca

Parano-Platense hasta su desembocadura en el Río de la Plata, con excepción

de la pesca de subsistencia, dirigida al mercado interno o doméstico y la pesca

deportiva, exceptuando a la carpa y el pejerrey”.

1 ESPINACH ROS A. y R. P. SÁNCHEZ (EDS.). Proyecto de Evaluación del Recurso Sábalo en el Paraná – Informe final de los resultados de la primera etapa 2005-2006 y medidas de manejo recomendadas.

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En enero de 2007, haciendo uso de la facultad que el Código Aduanero otorga

al PEN en su artículo 632 para “establecer prohibiciones de carácter económico

a la importación o exportación de determinada mercadería, en forma transitoria,

con el objeto de cumplir alguna de las finalidades previstas en el artículo 609”,

entre las que se encuentran las tendientes a “...promover, proteger o

conservar... los recursos naturales..”; se dicta la Resolución MEP Nº 2/2007 la

cual suspendió por 8 meses las exportaciones de las especies comerciales –

entre ellas el sábalo- de la Cuenca Parano-Platense hasta su desembocadura

en el Río de la Plata. Dicha resolución no alcanzó a las especies autóctonas

de carácter “ornamental” ni a las especies de cultivo; ni a las exportaciones

para consumo de aquellas mercaderías que, encontrándose en stock de las

plantas y certificadas por el SENASA, a la fecha de entrada en vigencia de la

norma, estuviesen amparadas por cartas de crédito irrevocables o pagadas

total o parcialmente. Lo antedicho es consonante con el artículo 622 del C.A.

por el cual no se permite –salvo disposición en contrario- para las

prohibiciones económicas establecidas en el caso de exportación, que

alcancen a mercadería con solicitud de destinación de exportación ya

registrada con anterioridad a la entrada en vigencia de la medida; y lo es

además con el artículo 623 del mismo texto legal, por el cual se permite al

PEN “disponer que las prohibiciones a la exportación tampoco alcancen a

mercadería que se encontrare en otras circunstancias, tales como la amparada

por carta de crédito irrevocable o pagada en todo o en parte”. Asimismo, se

estableció que a través de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura se realice

una evaluación periódica de la situación de los recursos involucrados, para

analizar la posible liberación de las exportaciones mencionadas y el potencial

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establecimiento de cupos de exportación de las especies incluídas, en base a

los resultados científico-técnicos que se obtengan. Esta primera prohibición de

carácter económico (pues como vimos se fundamenta en una finalidad prevista

en el artículo 609 del C.A.) y absoluta (pues no prevé excepciones en su

alcance a favor de una o varias personas como determina el artículo 612 para

conferirle el carácter de relativas) se enmarca dentro de la facultad general que

el C.A. confiere al PEN para “resguardar los principios económicos, sociales,

culturales, morales, etc., de la sociedad”2. Además, corresponde resaltar que

tal como lo señala el artículo 632 del C.A. sólo pueden establecerse en forma

transitoria, y ello es así porque de lo contrario se afectaría la cláusula

constitucional de libertad de comercio. Cabe mencionar que durante esta etapa

de veda, las distintas ONG denunciaban una importante merma de pescado y

que los frigoríficos seguían llenando sus cámaras.

A tan sólo 4 meses de vida de la Resolución (MEP) 2/2007, se dicta la

Resolución MEP Nº 365/07 que entró en vigencia el 04/06/2007 autorizando la

exportación para consumo de la única especie comercial sábalo (Prochilodus

lineatus), de la Cuenca Parano-Platense hasta su desembocadura en el Río de

la Plata, hasta alcanzar un cupo máximo de 8.000 toneladas a compartir entre

las Provincias de Entre Ríos y Santa Fe, comprendiendo inicialmente a la

posición arancelaria NCM 0302.69.41 de sábalo fresco o refrigerado, (días

después por Resolución MEP Nº 399/2007 se hizo extensivo el cupo al sábalo

congelado NCM 0303.79.51). En el considerando de esta nueva norma se

citaron fundamentos como la existencia de muestreos efectuados dentro del

período de alto nivel hidrométrico alcanzado por el río que indicaban el éxito

2 GOTTIFREDI, Marcelo A. Código Aduanero Comentado. Ed. Macchi, 2007.

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de la reproducción de la especie sábalo y un gran número de grandes

reproductores. Sin embargo, se produjo una fuerte crítica por parte de distintas

ONG como Fundación Proteger, motivadas en: 1- la actitud de la SAGPyA de

no informar adecuadamente aquellos indicadores concretos tenidos en cuenta

para levantar la veda (aspecto que viola el principio 10 de la Declaración de

Río3 a la que nuestro país adhirió, por el cual se consagra el derecho a acceso

de información sobre medio ambiente); y 2- la ausencia –a juicio de dichas

ONG- de fundamentos científicos idóneos para el levantamiento de prohibición

de exportación de sábalo. Se llamaba a Nación y provincias a aplicar de

inmediato el Principio de Precaución (Principio 15) de la mencionada

Declaración, el cual establece que “cuando haya peligro de daño grave o

irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como

razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos

para impedir la degradación del medio ambiente”. Finalmente, la mencionada

norma instruyó a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la SAGPyA, para

que continúe efectuando la evaluación periódica de la situación de los recursos

involucrados en dicha pesquería, como así también, para promover la

modificación del cupo asignado.

Una vez cubierto el cupo de 8000 toneladas, la Resolución (MEP) 347/2007 del

02 de noviembre de 2007 restableció la vigencia de la Resolución MEP Nº

2/2007 (cuya vigencia había concluido en setiembre de 2007), por el término de

12 meses, con lo que suspendió las exportaciones de las especies

comerciales de la Cuenca Parano-Platense hasta su desembocadura en el Río

de la Plata, exceptuándose hasta el 31/12/2007 un nuevo cupo global de 1.800 3 “Declaración de Río sobre el medio ambiente y el desarrollo” – Cumbre de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente – Río de Janeiro, junio de 1992.

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toneladas de pescado fresco, refrigerado o congelado de la especie sábalo

(Prochilodus lineatus) comprendido en las posiciones arancelarias 0302.69.41 y

0303.79.51 de la N.C.M. Se dispuso que el cupo dispuesto habría de ser

distribuido entre las Provincias de Entre Ríos, Santa Fe y Buenos Aires a razón

de 800 toneladas para cada una de las primeras y de 200 toneladas para la

última.

Como vimos, ya en el estudio de Espinach Ros - Sánchez, se aconsejaba “fijar

una captura máxima permisible (CMP) basada en los niveles de captura

históricos de la especie, que no debería exceder de 10.000 – 15.000 toneladas

en total”. Asimismo, en la reunión ordinaria del Consejo Federal Agropecuario

realizada en noviembre de 2007, se hizo una recomendación tendiente a

establecer un cupo inicial anual de 12.000 toneladas para la exportación de

sábalo. En dicho mes se sanciona la Ley 26.292, la que declara “el estado de

emergencia de la actividad "pesca de río" en el río Paraná por el término de un

año” a partir de la fecha de su sanción; y faculta a la Secretaría de Agricultura,

Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación para “establecer cupos de

exportación para las especies ictícolas de agua dulce provenientes del río

Paraná, cualquiera sea su forma de preparación y/o presentación, de acuerdo

al rendimiento pesquero potencial de dicho río”, debiendo asignar dichos cupos

dentro de los 60 días de promulgación de la Ley. Asimismo, instruye a la

SAGPyA a “elaborar en el marco de la Comisión de Pesca Continental del

Consejo Federal Agropecuario un programa integral de control y recuperación

tendiente a detener el proceso de depredación de las especies ictícolas de

agua dulce provenientes del río Paraná, en particular de la especie Sábalo

(Prochilodus Lineatus)”. La norma menciona además que “todas las medidas

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de preservación del recurso deberán compatibilizar el aumento progresivo de la

biomasa, el esfuerzo de pesca y el mantenimiento de las fuentes de trabajo”; y

que “el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación en conjunto con el

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social deben concertar con las

provincias involucradas en la emergencia la realización de un relevamiento de

la población afectada, con especial atención a los pescadores artesanales de la

costa del río Paraná (...). sobre la que se establecerá un programa con el

objeto de posibilitar la reconversión laboral y de asistir económica y

socialmente a la población incluida en el mismo, mientras duren las

restricciones a la exportación”. Finalmente, se invita a las jurisdicciones

provinciales involucradas a adoptar medidas concurrentes con la mencionada

ley.

Haciendo uso de la facultad conferida por la Ley 26.292 para establecer los

futuros cupos de exportación, el 31/12/2007 la SAGPyA emite la Res. Nº

66/2007, autorizando la exportación para consumo de la especie sábalo (sea

fresco, refrigerado o congelado; NCM 0302.69.41 y 0303.79.51,

respectivamente) hasta un cupo de 12.000 toneladas para todo el año 2008.

La Resolución establece que dicho cupo se deberá asignar a las provincias de

la siguiente manera: Buenos Aires 7%; Santa Fe 48,83% y Entre Ríos 44,17%;

para los cuales cada provincia deberá instrumentar la distribución del cupo,

previendo que su utilización comercial se efectúe por períodos cuatrimestrales,

de tal forma que se permita el sostenimiento de la actividad pesquera a través

de todo el año. Finalmente, el texto legal establece que la Subsecretaría de

Pesca y Acuicultura dependiente de la SAGPyA, será la encargada de

continuar los estudios emprendidos en la “baja cuenca”, especialmente

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destinados a obtener mayor información sobre las poblaciones sometidas a

explotación de la especie en cuestión.

Tal como se afirma en el estudio de Espinach Ros - Sánchez, “los altos niveles

de captura que han caracterizado a la pesquería en los últimos años son

seguramente transitorios, ya que incluyen la apropiación de una fracción

importante de la biomasa de peces acumulada, extraída en el proceso de

transición a niveles progresivamente mayores de esfuerzo de pesca,

incremento en el área explotada y reducción de la talla de captura”.

El seguimiento cercano que se viene realizando en estos últimos años sobre la

pesca del sábalo, tanto por parte de la SAGPyA, como por parte del Consejo

Federal Agropecuario (a través de la Comisión de Pesca y Acuicultura), con la

colaboración de las provincias y otros organismos; sumado a que el Congreso

Nacional ha declarado la situación de emergencia de la pesca en el río Paraná;

hacen pensar que se avecinan años de importante reducción de la exportación

de sábalo en relación a los números que la actividad arrojaba en los últimos

tiempos.

Hace varias décadas que desde el pensamiento económico se empezó a

considerar que para determinar el verdadero nivel de vida de la población no

sólo hay que tener en cuenta el crecimiento definido como incremento de la

renta per cápita sino también la mejoría de la calidad medioambiental. Se

comenzó a hablar de “desarrollo sustentable o sostenible”, entendido como “el

desarrollo que satisface las necesidades de la generación presente sin

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comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus

propias necesidades”4.

Entendemos la restricción de la exportación de sábalo como una medida

“saludable” que refuerza la responsabilidad que tiene la sociedad actual para

con la venidera en lo que hace a la preservación del medio ambiente.

4 Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD): Nuestro Futuro Común (Oxford: Oxford University Press, 1987).

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CAPÍTULO 5. Algunas Propuestas

No obstante los cupos vigentes, creemos que el Estado debería ir más allá de

la mera restricción, por lo que a continuación nos permitimos esbozar, a modo

de propuesta, algunas ideas –no excluyentes entre sí- que favorecerían la

conservación de la especie.

1) Fomentar la reconversión de los frigoríficos:

Los frigoríficos significan fuente de empleo directa para un cierto grupo de

familias estrechamente vinculadas a ellos; e indirecta para otras personas

como los pescadores. No se puede desconocer que ante la crisis de un

frigorífico existe el peligro cierto de que quede gente sin trabajo. Asimismo, la

actividad desenfrenada de estos, conduciría a idéntico final. “Si el Estado no

regula a las empresas no les va mejor, sino peor. Si se saca, saca, saca y

saca, las empresas terminan con el stock y arruinan el negocio, no sólo el de

ellas sino el de toda la cadena: el exportador, acopiador, el frigorífico y el

pescador”1. Es por ello, que creemos que, para armonizar el cuidado del medio

ambiente y la protección de las familias en riesgo, el Estado debería

instrumentar mecanismos que permitan acompañar la reconversión total o

parcial de la actividad de algunos de estos en la medida de lo posible. Aparece

como apropiado el establecimiento de algún tipo de exención impositiva

temporal, financiación o algún otro mecanismo que fomente la reconversión

dentro de la misma actividad, pero incorporando mayor valor agregado, o hacia

nuevas actividades.

1 Entrevista con el Gerente General de Pesquera Santa Fe S.R.L. - APÉNDICE

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2) Exportar sábalo con mayor valor agregado

Existen expertos que para conseguir una menor extracción de biomasa,

proponen mantener su exportación pero no como “commodity”; sino “lograr

mercados nacionales que tengan un valor agregado en el producto y no

venderlo solamente congelado” (sino) ”buscar mercados europeos, donde

vendamos el sábalo en un frasco, por ejemplo en escabeche (...) y cinco veces

más caro”2. Si bien se sugiere la búsqueda de diferenciación de producto en

las exportaciones de sábalo como respuesta a la necesidad de proteger el

recurso; se deja al desnudo un tema también clave para nuestro país que

consiste en aumentar el valor agregado de sus exportaciones para no perder

terreno en su integración al mundo. Carlos A. Ledesma3 afirma: “las

exportaciones argentinas siguen teniendo en su composición una fuerte

presencia de productos básicos, sin valor agregado, así como una pobre

participación de productos semielaborados. Si miramos las cifras del comercio

mundial, observaremos que la tendencia es a la declinación de productos

primarios frente a los de valor agregado. Hay una gran diferencia en la

comercialización de productos básicos o primarios, a los que se denomina

commodity, y de los que Argentina sigue siendo exportador consecuente, y la

de los productos terminados o de valor agregado, pero la principal diferencia es

quien se queda con el mayor margen comercial. La competitividad exportadora

argentina estaría dada por una decisión de quebrar la conducta

comportamental de producción de productos sin valor agregado. En caso de no

2 Ingeniero César Mackler, secretario de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe, en declaraciones a LT10 Radio Universidad Nacional del Litoral, 20/02/2008. 3 LEDESMA, Carlos A. “Nuevos principios y fundamentos del comercio internacional e intercultural”. Ed. Buyatti, Bs. As, 2004.

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aceptar el reto las exportaciones argentinas continuarán perdiendo valor

relativo frente a los bienes industriales que compramos en el exterior”.

3) Fomentar el turismo fluvial

Quisiéramos mencionar especialmente el caso de un número reducido de

pescadores del río Paraná. Se trata de los “Baqueanos del Río”, un grupo de

catorce pescadores de Santa Fe, que sin dejar la actividad artesanal “lograron

organizarse para tener otra salida laboral sustentable que no los aleje del

agua”4, y así luego de capacitarse adecuadamente, lograron transformarse en

guías turísticos, oficialmente reconocidos por Prefectura bajo una categoría

especialmente creada llamada “Guía de Pesca, Ecoturismo y Actividades

Afines”. Creemos que el caso por si mismo, constituye un ejemplo vivo de hacia

donde debe ser canalizada la acción pública. El Estado debería adoptar una

visión más amplia, a partir de la cual los ríos dejen de ser proveedores de

recursos agotables como el sábalo, para convertirse en fuentes creadoras de

trabajo, a través del desarrollo de actividades mucho más sustentables y con

gran potencial como lo es, por ejemplo, el turismo. Sin embargo, esto no quiere

decir que todos los pescadores deban reconvertirse. De hecho, es posible que

la actividad de algunos de ellos continúe bajo un nuevo esquema de menor

presión sobre el río, y - como se ha dicho-, preferentemente más regular, de

manera tal que no sea necesario establecer épocas de veda que los expulsen

del agua.

4 “Crisis Pesquera. La opción de los Baqueanos del río”. www.proteger.org.ar, 18/09/2007.

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4) Internalizar costos ambientales

Explica Adriana Cicaré5, que en esta búsqueda de desarrollo sostenible, el

mercado es incapaz de otorgar valor en dinero a los “bienes ambientales”, por

lo que se hacen necesarias políticas públicas para que los agentes que

deterioran el medio ambiente soporten los costos que su actividad produce a la

sociedad. Estas medidas que en su trabajo se refieren más directamente a

emisión de gases contaminantes y contaminación, bien podrían aplicarse al

caso de sobreexplotación de especies animales y/o vegetales y en particular la

depredación del sábalo. Podrían ser de dos tipos:

a) Regulación directa: Consiste en establecer restricciones específicas a las

fuentes que deterioran el medio ambiente, como niveles máximos de

emisiones, niveles de concentración de contaminantes, regulaciones de

métodos de producción, etc. En nuestro caso estas medidas podrían referirse

a limitar la pesca de sábalo a cupos preestablecidos, a regulaciones en

materia de métodos y épocas de pesca, tamaños de las piezas, etcétera.

b) Regulación a través de instrumentos económicos o de mercado

(internalización de costos ambientales): se establecen impuestos por

emisión, cantidad determinada de permisos transferibles de contaminación,

sistemas de incentivos diversos, etc. que logran que agentes económicos

buscando su propio beneficio permitan alcanzar los objetivos de la

política ambiental. De esta manera los costos sociales se internalizan en los

agentes que atentan contra el medio ambiente y se evita la sobreutilización de

los recursos. Una idea que proponemos para el caso del sábalo es establecer

5 Cicaré C. Adriana: “La faceta medioambiental en el proceso de integración económica” – D&G Profesional y Empresaria – Errepar.

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derechos de exportación progresivos de acuerdo a la cantidad exportada. A

continuación explicamos como podría instrumentarse:

Derechos de exportación crecientes: podría prefijarse anualmente una tabla

que relacione cantidad anual exportada con una alícuota en particular (que

deberían guardar relación con la rentabilidad del sector). Esta alícuota debería

ser progresiva y cada frigorífico debería aplicar de esa tabla aquella que se

corresponde con la cantidad exportada acumulada en el año, de manera tal

que a medida que el frigorífico se acerca al final de la cuota asignada, la

alícuota sea cada vez mayor hasta hacerse inviable seguir exportando pasado

determinado nivel. Habría que favorecer mediante algún mecanismo como

alguna deducción a aquel frigorífico que tiene su actividad repartida mes a mes,

pues ello favorece el empleo permanente del pescador. Tal vez sería posible

que el SIM tenga en línea el cupo anual acumulado que tiene cada exportador,

de manera tal que automáticamente se aplique la alícuota correspondiente. El

art. 75 inc. 1 de la Constitución Nacional establece que corresponde al

Congreso Nacional “legislar en materia aduanera. Establecer los derechos de

importación y exportación, los cuales, así como las avaluaciones sobre las que

recaigan, serán uniformes en toda la Nación”. Luego, la Ley Nacional 22.415

(C.A.) en el primer párrafo del artículo 755 establece que en las condiciones

previstas en ella y en las demás leyes aplicables, “el Poder Ejecutivo podrá: a)

gravar con derecho de exportación la exportación para consumo de mercadería

que no estuviere gravada con este tributo; b) desgravar del derecho de

exportación la exportación para consumo de mercadería gravada con este

tributo; y c) modificar el derecho de exportación establecido”. En el segundo

párrafo agrega “Salvo lo que dispusieren leyes especiales, las facultades

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otorgadas en el apartado 1 únicamente podrán ejercerse con el objeto de

cumplir alguna de las siguientes finalidades: (...) c) promover, proteger o

conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios, así

como dichos bienes y servicios, los recursos naturales o las especies animales

o vegetales”. Por lo antedicho, queda claro que el impuesto debería

instrumentarse desde el Estado Nacional.

5) Certificación de cumplimiento de prácticas de pesca sustentable

Actualmente, el acceso a mercados internacionales está sujeto cada vez más

al cumplimiento de normas ambientales. Ya existe la certificación internacional

de cumplimiento de normas vinculadas al medio ambiente (tales como ISO

14000, British Standard 7750, EMAS, optativos pero exigidos muchas veces

por la contraparte), a lo que se suma la actual tendencia del consumidor de

inclinarse por empresas que aplican una sana política ambiental. Las políticas

medioambientales pueden influir en las corrientes comerciales en forma directa,

restringiendo las importaciones de un producto o indirectamente incitando a los

consumidores a comprar más o menos productos importados. Se podría

otorgar una certificación a aquellos frigoríficos que realizan una práctica de

pesca más sustentable, y divulgarla a la cadena de compradores en los países

de destino, aunque en estos casos, la decisión de importar o no a un

determinado frigorífico quedaría sujeta a la voluntad del importador. Mejor aún

sería que a través de algún convenio internacional los países se exijan

recíprocamente este tipo de certificaciones en aquellos productos cuya

exportación desmesurada ponga en riesgo el medio ambiente. Esto, por más

que constituya una barrera al comercio, sería compatible con el artículo XX del

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GATT siempre que no constituya un medio de discriminación arbitrario o

injustificable.

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CONCLUSIONES

El sábalo (Prochilodus lineatus) es el recurso pesquero más importante de la

parte de Argentina perteneciente a la zona más baja de la Cuenca del Plata.

Constituye el primer eslabón de una cadena alimentaria que supera 20

especies. Por su importante tamaño, carne abundante y grasosa, todo lo cual le

confiere un interesante valor comercial, se lo persigue y pesca con grandes

redes de arrastre y en enormes cantidades, especialmente en el Paraná Medio

e Inferior (Provincias de Santa Fe y Entre Ríos).

Nuestro país es uno de los mayores exportadores mundiales y prácticamente

el único exportador a nivel MERCOSUR. Las capturas argentinas históricas

totales (es decir, la suma de lo destinado a mercado doméstico y a

exportaciones) jamás alcanzaron los niveles que contando tan sólo las capturas

para mercado externo se han logrado en este último tiempo. El sábalo se ha

transformado en la segunda especie ictícola exportada, por detrás de la

merluza e incluso, desplazando a otras especies de mar que han sido

tradicionalmente más importantes.

Las provincias relacionadas directamente con su exportación son Entre Ríos,

Santa Fe y Buenos Aires, en ese orden; y es importado generalmente por

países que no poseen elevado nivel de ingresos per cápita (principalmente

Colombia en América Latina y países africanos).

A pesar de la importancia ecológica y social del sábalo, hoy la especie se

encuentra amenazada y con ella también otras. El principal factor de riesgo es

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la pesca indiscriminada, en gran parte motivada por una demanda externa

creciente.

Otros aspectos de la problemática actual son: a- la falta de armonización de

“puntos claves” de la legislación de las Provincias de Santa Fe y Entre Ríos (las

dos de mayor peso en la explotación del recurso); b- el factor social: está en

peligro no sólo el recurso sábalo sino el medio ambiente en general,

afectándose a cientos de familias de pescadores artesanales que dependen de

los recursos pesqueros para su subsistencia y a innumerables de pequeñas y

medianas empresas gastronómicas y hoteleras ligadas al turismo y a la pesca;

y c- la exportación de pescado contaminado extraído de las aguas del Río de la

Plata.

Ante este panorama, desde enero de 2007 se han venido tomado diferentes

medidas de manejo a nivel nacional (principalmente el establecimiento de

cupos de exportación) y provincial.

El seguimiento cercano que se viene realizando en estos últimos años sobre la

pesca del sábalo, tanto por parte de la SAGPyA, como por parte del Consejo

Federal Agropecuario (a través de la Comisión de Pesca y Acuicultura), con la

colaboración de las provincias y otros organismos; sumado a que el Congreso

Nacional ha declarado la situación de emergencia de la pesca en el río Paraná

(por Ley 26.292/2007); hacen pensar que se avecinan años de importante

reducción de la exportación de sábalo en relación a los números que la

actividad arrojaba en los últimos tiempos.

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No obstante, creemos que el Estado debería ir más allá de la actividad

restrictiva, por lo que se sugieren otras acciones públicas como: a- desarrollar

mecanismos que permitan la reconversión total o parcial de algunos de los

frigoríficos exportadores hacia actividades más sustentables para disminuir la

presión que se ejerce en el río y así proteger a la mano de obra directa e

indirecta relacionada con ellos; b- propiciar la exportación en formas de mayor

valor agregado; c- desarrollar el turismo en los ríos, dejando de verlos sólo

como proveedores de recursos agotables como el sábalo; d- aplicar

instrumentos que posibiliten la internalización de costos ambientales, de

manera tal, que las empresas al buscar su propio beneficio contribuyan

simultáneamente a alcanzar los objetivos de la política ambiental; y e-

implementar una certificación de cumplimiento de prácticas de pesca

sustentable.

En las últimas décadas, desde el pensamiento económico se empezó a

considerar que para determinar el verdadero nivel de vida de la población no

sólo hay que tener en cuenta el crecimiento definido como incremento de la

renta per cápita sino también la mejoría de la calidad medioambiental. Se

comenzó a hablar de “desarrollo sustentable o sostenible”, entendido como “el

desarrollo que satisface las necesidades de la generación presente sin

comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus

propias necesidades”1.

1 Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD): Nuestro Futuro Común (Oxford: Oxford University Press, 1987).

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Entendemos la restricción de la exportación de sábalo como una medida

“saludable” que refuerza la responsabilidad que tiene la sociedad actual para

con la venidera en lo que hace a la preservación del medio ambiente.

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BIBLIOGRAFIA

CHABERT, Joan. “Manual de Comercio Exterior”. Ed. Gestión 2000, Barcelona, 2005. CICARÉ C. Adriana. La faceta medioambiental en el proceso de integración económica – D&G Profesional y Empresaria – Errepar 2005. ESPINACH ROS A. y R. P. SÁNCHEZ (EDS.). Proyecto de Evaluación del Recurso Sábalo en el Paraná – Informe final de los resultados de la primera etapa 2005-2006 y medidas de manejo recomendadas.

FAO. Orientaciones Técnicas para la Pesca Responsable Desarrollo de la Acuicultura 5”. Departamento de Pesca y Acuicultura. Roma, 1999.

FAO. El estado mundial de la pesca y la acuicultura. Departamento de Pesca y Acuicultura. Roma, 2007.

FRATALOCCHI, ALDO. “Comercio Exterior. Temas fundamentales del comercio internacional de mercaderías” Ed. Cuyo, 2005. FILIPPO, Pablo Fernando. Consultoría Revisión y Análisis del Marco Legal Regulatorio de la Pesca Continental. Consejo Federal de Inversiones, Junio, 2007. GOTTIFREDI, Marcelo Antonio. Código Aduanero Comentado, Ed. Macchi, 2007. LEDESMA, Carlos A. Nuevos principios y fundamentos del comercio internacional e intercultural. Ed. Buyatti, Bs. As, 2004. OLDANI, N., BAIGÚN C., PETEÁN, J. y otros. Características y evaluación preliminar de la pesquería artesanal del río San Javier. Pesquerías continentales en América Latina. Hacia la sustentabilidad del manejo pesquero. Sistema de Información de Precios y Mercados para la Producción Acuícola Pesquera, IN.CO.DE.R.- Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Boletín Nº 27, Marzo de 2006. REVISTA “RED ALIMENTARIA” NRO. 2. Acuicultura. Un nicho incipiente para el desarrollo de la industria pesquera”. WELCOMME, R. L., 1992. Pesca Fluvial. FAO, Documento Técnico de Pesca 262, Roma, Italia. (http://www.fao.org/docrep/003/t0537s/t0537s00.htm).

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Normas consultadas:

Acuerdos de Alcance Parcial de Complementación Económica (ALADI) Nº 18,

36 y 59.

Resoluciones (MEP): 2/07, 347/07, 399/07, 365/07; Res. (SAGPyA) 66/2007.

Leyes Nacionales Nº 26.292 y 23.843.

Provincia de Santa Fe: Ley Nº 12.212/2004 (y sus modificatorias y

complementarias).

Provincia de Entre Ríos: Ley de Pesca Nº 4892/1970 (y sus modificatorias y

complementarias). Resolución (Dirección de Ganadería) Nº 21/99 y 4291/01.

Información primaria:

Entrevista Norberto Oldani (Investigador del CONICET)

Entrevista Gerente General Frigorífico Pesquera Santa Fe S.R.L.

Sitios WEB consultados

Entre otros:

www.barrameda.com.ar

www.proteger.org.ar

www.portal.santafe.gov.ar

www.afip.gov.ar

www.ellitoral.com

www.sagpya.gov.ar

www.aladi.org

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APÉNDICE

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A) Entrevista con el Gerente General de Pesquera Santa Fe S.R.L. CPN

Miguel Gallego (Abril/2008)

1) ¿Que disparó el incremento de sus exportaciones en los últimos

años?

El tipo de cambio a partir de 2002 y antes de eso, la aparición de nuevos

mercados.

2) Y antes del 2002 donde no se exportaba tanto como hoy, ¿en qué

descansaba el negocio de este frigorífico?

En aquél entonces se exportaba a Bolivia y había un mercado interno que

se podía trabajar. Lo que pasa que eran negocios más bien familiares los

que había. La familia sola con eso trabajaba y se podía mantener. Hoy, los

frigoríficos de Mar del Plata que llevan pescado de mar a Tucumán, Salta y

Jujuy aprovechan el viaje comprando pescado de río en San Nicolás de

paso y llevándolo allá con lo que tienen un costo del flete prácticamente

nulo que impide competir a los frigoríficos de Santa Fe y Entre Ríos. Así

fueron eliminando a la gente de Santa Fe que vendía mercado al norte.

3) Por qué se lo vende principalmente congelado antes que fresco?.

¿Por qué no se lo vende en otras formas: picado, en escabeche, en

filetes?

No se vende tanto fresco por una cuestión de duración del producto, se

descompone enseguida. No se lo vende en otras formas porque no hay

demanda.

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4) ¿Han elaborado alguna vez aceite o harina de pescado?

Nunca en la Provincia de Santa Fe ni en la Provincia de Entre Ríos sobre el

Paraná, nadie hizo ni harina ni aceite. Sí se que hace muchos años sobre el

Río Uruguay en Gualeguaychú había una aceitera, que incluso para pescar

utilizaban redes de arrastre. Y tengo entendido que de no juntar en la

redada diez mil kilos de pescado no se justificaba prender la máquinas. Y

de tamaño cualquiera.

5) ¿Que destino le dan los consumidores argentinos y extranjeros al

sábalo?

Lo cocinan y lo comen en una especie de guisos o frito. No hacen harina, no

hacen aceite. En Colombia, Perú, Ecuador hay una comida típica que es

como una sopa donde meten el pescado que se llama sancocho.

6) ¿Que proporción vende en mercado interno y externo?. ¿Por qué?.

Nosotros vendemos todo al mercado externo, porque nosotros exportamos

principalmente sábalo y el sábalo en el mercado interno se consume

principalmente en las provincias de Tucumán, Salta y Jujuy y un poquito en

Santiago del Estero, pero no en una cantidad que justifique atenderlo.

Además como te conté ya hay gente que se dedica a eso, entonces ir

nosotros sería empezar con una competencia que no nos va a redituar a

ninguno, ni a los que ya están ni a nosotros.

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7) ¿A que precio puede adquirir usualmente el sábalo el frigorífico en

los puertos de desembarco?.

En estos momentos la pieza está a $1,30 la pieza. El año pasado estuvo un

poquito menos a $1,10. La empresa debe hacer su propia liquidación de

compra del pescado ante los pescadores y no se puede tomar el crédito

fiscal porque ellos ante AFIP son monotributistas. La pieza tiene entre

1,200 Kg. Y 1,250 Kg. De ahí viene al frigorífico, se lo procesa, se lo

emprolija, se la saca los restos de vísceras y se lo congela, y se lo exporta.

8) En las pescaderías de la zona el sábalo se vende a $4,90 el

kilogramo al consumidor final. Esto, sin el IVA y aún considerando

un margen del minorista de un 30% nos da un precio bastante

superior al de exportación ¿Por qué?.

Es verdad. Pasa porque es muy limitada la cantidad que se vende porque

acá no hay mucha venta de sábalo. Acá en las pescaderías lo que menos

se vende es sábalo. Acá se vende mucho pescado de mar, principalmente

filet de merluza, y dentro de los pescados de río surubí, boga.

9) He podido ver que Colombia es el más importante comprador y

también son destacables importadores los países africanos,

especialmente Nigeria. ¿Cuál es la causa del éxito de exportación a

estos mercados?

Tanto en el exterior como en el norte del país se vende sábalo porque es

barato y porque les gusta. Están acostumbrados hace muchos años a

consumir sábalo. Acá en el norte del país lo consumen porque es un

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pescado relativamente barato en comparación con los otros. Incluso es

muy difícil venderle otras especies. Lo mismo sucede en el exterior, se

venden otras especies pero en mucha menor cantidad.

10) Además de Colombia, ¿ a qué otros mercados exporta?.

Otros países africanos, Brasil, Bolivia, Perú muy poquito, Ecuador muy

poquito.

11) ¿Se está intentando con países de mayor poder adquisitivo?. ¿Qué

le parece la postura del gobierno provincial de intentar alcanzar

estos mercados con formas de mayor valor agregado?.

No hemos intentado. Se hicieron un par de reuniones con el gobierno pero

hasta ahora fuera de los países estos a los que se está vendiendo no

apareció ningún país nuevo ni del primer mundo que diga “queremos comer

sábalo”.

12) Se vende a los mismos precios a los distintos países o hay alguna

diferencia de precios?

África paga un poco menos pero los demás países más o menos lo mismo.

13) ¿Por qué motivo Entre Ríos teniendo la mitad de frigoríficos que

Santa Fe ha exportado más que nuestra provincia?

Porque lo que no permite el gobierno de acá el gobierno de allá si lo permite

para beneficiar a los pescadores. No respetan el cupo para nada. Además,

allá la ley es confusa, por ejemplo para la captura toman 37 centímetros

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desde la última escama hasta la boca, como si eso fuera lo mismo que 42

centímetros de la cola a la boca como dice la legislación santafesina. Eso

se presta a que tomen 37 centímetros de la cola a la boca y terminan

exportando pescado más chico.

14) ¿Se controla el cupo en línea con el sistema maría en línea?.

No, mientras firme el SENASA sale.

15) ¿Por qué viene aumentando el precio de exportación del sábalo

año a año?

Porque a medida que se va capturando menos se va aumentando un poco

el precio. Al estar afectados por el cupo si no aumentamos el precio deja de

ser un negocio rentable. Logramos que el cliente lo pague, aunque por ahí

no es fácil.

16) ¿Qué sabe de la extracción de sábalo contaminado del Río de la

Plata?.

Generalmente cuando hay pescado del Río de la Plata (que es de agosto a

marzo) existen frigoríficos que lo compran. Generalmente se exporta a

África porque es un pescado más barato. Hay estudios que prueban que

este pescado no es apto para el consumo humano y además tiene un

gusto horrible. Como ahora hay poco pescado en Entre Ríos porque de

tanto no respetar el cupo lo empiezan a extinguir, están trayendo de nuevo

sábalo del Río de la Plata.

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17) ¿En caso de que continúen las medidas de restricción a la

exportación, como ve la posibilidad de reconvertir total o

parcialmente la actividad del frigorífico?.

Se puede, pero en estos momentos no contamos con un capital como para

reconvertirnos. Nosotros tenemos un frigorífico en Helvecia que para lo

único que lo usamos es para guardar mercadería, que es para lo que nos

autorizó el SENASA, para depósito de productos congelados. Estamos

viendo allá para hacer otra cosa que no sea pescado, pero son tantas las

alternativas que tenemos que elegir una que sea viable y contar como te

dije con el capital para hacerlo.

18) Como vería la posibilidad de que el gobierno apoye esta

reconversión con algún tipo de beneficio impositivo?.

Me parece muy positivo.

19) ¿Qué opinión le merecen las medidas actuales restrictivas de la

exportación?, y ¿qué tipo de acciones esperan del gobierno?.

Estamos de acuerdo, pero se prestó a muchísimas injusticias. En 2006

éramos siete frigoríficos y cuando supuestamente no podía haber más

exportadores ahora somos once y eso significó a que ahora no tengamos

cupo. Da la sensación de que lo hicieron propósito para que haya muchos

jugadores y no le alcance a ninguno. Si hubiésemos quedado esos siete

frigoríficos estaríamos mejor porque el cupo nos alcanzaría e incluso se

podría esperar que el recurso se recupere para aumentarlo en los próximos

años.

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20) ¿En base a qué criterio el gobierno provincial les está asignándo el

cupo?.

En el 2006 a los siete frigoríficos nos dieron el cupo de acuerdo a un

promedio de las exportaciones que habíamos hecho en 2004 y 2005. En el

2007 no, directamente a ojo, mediante alguna ventaja que nos podemos

imaginar algunos frigoríficos se beneficiaron y encima aparecieron nuevos

jugadores. Ahora con once frigoríficos no nos alcanza a ninguno.

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B) Entrevista con Norberto Oldani. Investigador del Intec (Conicet-

UNL) (Junio/2008)

1) Además de la parte más baja de la Cuenca del Plata en la República

Argentina, ¿en qué otros lugares del mundo hay sábalo?

En general, al este de la Cordillera de los Andes, en todos los ríos que

desembocan desde el Istmo de Panamá hasta el Río de la Plata. No viven

en otras partes del mundo. En todos esos ríos, hay alguna especie de

sábalo, pero donde son más abundantes es en la parte baja de la Cuenca

del Plata. No obstante, hay ciertas zonas en las que ya no se encuentra

sábalo, principalmente a causa de las represas que se han hecho en el Alto

Paraná en los últimos años y que han afectado no sólo al sábalo sino a

todas las especies de peces. En nuestra zona los frigoríficos le han dado

una paliza a la especie y se han repartido una suma de dinero importante

en poco tiempo entre pocas personas.

2) ¿Cuántas especies de sábalo hay?

En toda esa área que te mencioné, hay aproximadamente 46 especies de

sábalo. Todos son medianamente parecidos, algunos son parientes

próximos, otros parientes un poco más lejanos, pero todos tienen las

mismas características en cuanto a su cuerpo, poseen escamas, tienen la

boca preparada para succionar, son grasosos, se alimentan de la misma

manera, etc. Respecto de esto último el sábalo come materia orgánica

generalmente de origen vegetal media descompuesta (no podrida, sino

desarmada) y de la fauna de descomponedores a que está asociada esta,

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es decir de los microorganismos que la descomponen, de ahí es que el

sábalo no es fácil de criar en un criadero.

3) ¿En cuánto se estima el consumo doméstico actual?

Cuatro o cinco mil toneladas anuales aproximadamente.

4) ¿Le parece acertado el cupo anual de 12.000 toneladas establecido

actualmente para la exportación?

Yo creo que 12.000 toneladas el sistema las soporta. Se han tomado

12.000 porque el estudio de Espinach Ros dice que la captura máxima

permisible debería basarse en niveles de captura históricos (entre 10.000 y

15.000 toneladas en total), es decir que se tomó un promedio. Pero el

sábalo normalmente no soporta las 15.000 toneladas. Igualmente siempre

hay maniobras por las que terminan sacando 3.000 o 4.000 toneladas más

y hoy las está soportando, porque se está recuperando. Yo creo que hasta

tanto no haya otro indicador de mejor calidad es aceptable la CMP

establecida por el estudio de Espinach Ros o el indicador Welcomme y no

25.000 o 35.000 toneladas. Igual esta información puede cruzarse con otra.

Por ejemplo que los animales no sean menores a 42 cm.; y que la red no

tenga abertura inferior a 16 cm. Debe existir siempre una regulación del

Estado. Si el Estado no regula a las empresas no les va mejor, sino peor. Si

se saca, saca, saca y saca, las empresas terminan con el stock y arruinan

el negocio, no sólo el de ellas sino el de toda la cadena: el exportador,

acopiador, el frigorífico y el pescador. Si yo saco más de lo que

naturalmente el sistema produce, entro en sobreexplotación; y si no controlo

esta termino con toda la cadena. Es bueno que haya empresas que

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pesquen y que les vaya bien porque es mano de obra ocupada y es

redistribución del ingreso, pero el Estado tiene que velar para no arruinar el

negocio.

5) ¿Está de acuerdo con que se continúe exportando sábalo entero

como se lo viene haciendo?

Sería interesante encontrar una estrategia por la cual las exportaciones de

sábalo contribuyan a la conservación de la especie. El sábalo siempre va a

seguir siendo un animal de valor comercial porque no pica el anzuelo.

Podríamos discutir si conviene más sacar un sábalo o un surubí, ¿dónde

hay más plata?. Cómo hay una cadena alimentaria que dice que el sábalo le

da de comer al surubí, entonces cuando vos sacas un sábalo a lo mejor le

estás restando un valor a los surubíes. A lo mejor, en lugar de ganar dos

pesos con el kilo de sábalo puedo ganar mil pesos con el kilo de surubí que

es lo que paga un turista. Pero una parte del sábalo va a seguir siendo

comercial y mucha gente de la gente que vive de la pesca van a seguir

siendo pescadores. No todos se van a reconvertir, no todos tienen por qué

reconvertirse. Una parte va a quedar, es tan grande el sistema (tiene

aproximadamente 30.000 km2 por lo menos ahora), que siempre va a haber

un saldo que va a poder ser comercializado, un saldo que va a ser

exportado. Ahora la estrategia sería hacer que eso signifique ganar un

mango más, para que eso ayude a la conservación. Si vos ganas un mango

más, en vez de sacar dos pescados sacás uno. Mientras más valgan los

peces, más interés voy a tener en conservarlos. Hoy el sábalo está sujeto a

una demanda infinita pero a un precio barato, lo cual es una contradicción.

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Otra alternativa sería no exportarlo, y por ejemplo hago surimi (que es un

concentrado de proteína de origen animal sin grasa). Yo a un pescado

barato que no es óptimo lo transformo en un producto de primera calidad

como lo es el kani kama y en lugar de regalarselo a los Colombianos a mil

dólares la tonelada lo destino al mercado interno.

6) Entonces, ¿está de acuerdo que en vez de exportar el sábalo entero

congelado o refrigerado se exporte en formas de valor mayor

agregado como ahumado, en escabeche, etc?

Me parece bien, lo que pasa que hay que encontrar el mercado. En

general, los mercados de primer nivel no comen pescados grasosos. Estos

mercados comen pescados magros como merluza, lenguado y otros. Una

excepción es el salmón rosado que no tiene una carne de las mejores pero

se vende cara. Yo digo que el sábalo forma parte de una red donde un

turista paga mil pesos el kilo de surubí. El asunto sería conseguir que este

pescado, que no es apetecible, pueda llegar a esos mercados. El mercado

existe. Por ejemplo, el pacú es una especie que vive acá que sí llegó a esos

mercados. La “Misión Británica”10 que está en la cuenca del río Beni11 en el

Amazonas, extrae el pacú salvaje, lo ahuma y vende en Londres. Entonces,

habría que darle una forma de mayor valor agregado al sábalo que le

permita ser comercializado en esos destinos. Además, en Colombia y los

países a los que estamos exportando hay sábalo, (ellos nos compran

10 Acuerdo de Cooperación y Asistencia Técnica que asiste al gobierno de Bolivia en el planeamiento pesquero y apoya proyectos pesqueros en ese país. 11 Río que nace en Los Andes de la confluencia de los ríos Alto Beni y Kaka en las proximidades de puerto Pando, Bolivia.

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porque lo tienen más golpeado), por lo que es probable el mercado haya

que buscarlo en otro continente, porque no le vamos a exportar pescado a

Brasil cuando Brasil tiene.

7) Además de esa manera podría necesitar extraer menos sábalo lo

cual sería bueno para las otras especies – como el Pacú- que de él

dependen y que pueden redituarme más.

Eso es una idea valorable de conservación. El negocio es que sigamos

teniendo sábalo porque el día que lo perdiste chau. Otra cosa que hay para

darle más valor al sábalo es hacerlo “surimi”, a la carne del sábalo se la

puede procesar sacándole la grasa, se le puede cambiar el gusto y esto

tiene un valor internacional, aunque habría que ver qué tanto valor

agregado tiene, porque no es tan caro.

8) ¿Con respecto al desarrollo del turismo, qué le parece que

deberíamos mejorar?

No sabemos vender. Con semejante río, ¿porque no lo vendemos mejor?.

Porque somos desprolijos, porque no sabemos presentar un producto. Al

lado del río tenemos los basurales, y pegado al que pesca está el que hace

desastre. Uno va a Paraná y antes del puente Colastiné se puede ver todo

lo que no se debe hacer. Si hubiera un buen control del Estado en la parte

bromatológica, en la parte de conservación, este es un mercado

espectacular. Hoy lo tenemos sumamente golpeado, y no está más

degradado porque el sistema es sumamente grande y nosotros somos

relativamente pocos.

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9) En cuanto a la acuicultura, la Ley 12.212 prohíbe la misma como

medio para repoblar los ríos. No obstante, ¿le parece posible la

cría artificial de sábalo no para repoblar el río sino para exportar?

Es así, la ley 12.212 prohíbe criar peces en el río y soltar los pescados

criados a este. Por ejemplo, no se podría hacer una jaula de red en el río

porque hay riesgo de que los peces se escapen. Además para repoblar los

brasileros lo hicieron cincuenta años y no les dio resultado. Con respecto a

acuicultura como actividad comercial, si se toman las medias de seguridad y

se cumple con esto se podría hacer. La acuicultura de pescado es un gran

negocio, es espectacular. En definitiva es convertir proteínas de bajo valor

económico en proteínas de alto valor económico, como se hace con

cualquier animal, sólo que el pescado tiene la mayor capacidad de

reconversión porque requiere proporcionalmente menos requerimientos de

alimentación. Ahora, este negocio es para hacer con lo que me dé más

rendimiento económico. Me parece que para el sábalo no es negocio. Si por

ejemplo yo crío salmón vendo la tonelada a cinco mil dólares, por qué voy a

criar sábalo y vender la tonelada a mil?. Además tengo que competir con el

pescador que no gasta nada. El sábalo es bueno para dejarlo ahí y

pescarlo. Hasta es difícil alimentarlo al sábalo.

10) ¿Considera adecuado el régimen de vedas a la pesca de la

Provincia de Santa Fe?.

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La veda en Santa Fe es en Noviembre, Diciembre y Enero (que no son los

mejores meses de la reproducción). De todas maneras, las vedas no sirven

para solucionar el problema de la sobreexplotación. Al reproducirse el

sábalo una vez por año, si yo lo saco en agosto o en diciembre siempre

saqué un reproductor. Lo que tiene sentido es regular la cantidad de

pescado que voy a sacar y te dejo que lo saques todo el año. Porque una

veda significa que el pescador deja de pescar, deja de ganar. Supongamos

ante una veda de 15.000 toneladas para todo el año, se sacan todas en el

mes de enero. ¿Qué hace el pescador los once meses siguientes?. Sería

mejor ir sacando de a un poquito por mes y llego a fin de año y saqué todas

las toneladas dándole trabajo durante todo ese tiempo a los pescadores.

Las vedas tienen un objetivo más bien mediático, da lo mismo la época del

año en que se apliquen y terminan sacando un pescador más del río

durante tres meses. Por ejemplo se podría hacer que no se pesque sábado

y domingo, te saqué más días que los tres meses de veda que tenemos en

la Provincia y no saqué al pescador del río, pero hay que controlar.

11) ¿ Está de acuerdo con la talla mínima de 42 cm?

No hay un problema de tallas sino un problema de cupos. Hay dos formas

de preservar el recurso, una es controlando el arte de pesca, y la otra es

controlando la cantidad, los cupos. Puedo decirle al pescador que saque

pescado de todos los tamaños que quiera hasta una determinada cantidad.

Es decir, si uno controla al cupo la talla se puede variar. Si yo saco 15.000

toneladas, las puedo sacar de cualquier tamaño y puede seguir siendo

sustentable. Yo digo que tiene que tener 48 cm el sábalo en un trabajo mío.

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Es más, podría ser que el sábalo sea comercial cuando es chiquitito, no

grande y en esa hipótesis podría venderse en ese tamaño siempre que

haya un cupo acorde y seguiría siendo sustentable. Discutir una talla no

tiene sentido cuando el cupo es mucho menor de lo que produce la

población. Ahora, ¿por qué se quiso aumentar la talla a 42 cm?. Porque en

ese momento, a los frigoríficos no les importó, querían sacar los grandes y

después los chicos, y no había límites en la cantidad. Si por el contrario, yo

controlara el arte de pesca, le puedo decir a un pescador que salga a sacar

todos los pescados que quiera siempre que no me use una malla de menos

de dieciséis centímetros, lo cual me va a dar lugar a una determinada talla

mínima. La malla es selectiva, los peces más chicos pasan de largo, los

más grandes no quedan atrapados y sólo atrapo el que puede entrar.

Controlando el arte de pesca no necesitaría controlar los frigoríficos, y

viceversa, si controlo el frigorífico sé que arte de pesca tiene y no necesito

controlar esta.

12) ¿Considera que actualmente son efectivas diferentes las

legislaciones provinciales?

Dentro de todo, hay dos provincias que han mejorado la legislación: Santa

Fe y Corrientes. Corrientes tiene una gran área de pesca protegida y tiene

un poquito más de conciencia, pero es Argentina y aún así se viola la ley.

En Santa Fe ya casi no se ven pescados fuera de medida, no hay tantas

redes como antes, en el río se ven pescados más grandes y el recurso se

está recuperando. Entre Ríos si no la sacó está por sacar una ley nueva.

Parece que hay un interés en las provincias de firmar un tratado que una

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vez se firmó se calló y ahora se va a firmar de nuevo. Con ley 12.212 que

se sancionó durante el gobierno Reutemann, se hizo un tratado también

(que prácticamente era esa ley llevada a las otras provincias), que tuvo

poca difusión y que firmaron Corrientes, Entre Ríos y Santa Fe, pero que no

se convirtió en ley en las provincias porque no fue tratado por las

legislaturas. En ese tratado, entre otras cosas, se compatibilizó la talla

mínima de las distintas especies. Es importante saber que un tratado entre

estas provincias tendría jerarquía por sobre las leyes provinciales. Esto

sería un gran avance. Hoy la gente sabe cual es el problema y sabe cual es

la solución, hay una concientización de la gente.

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C) Marco legal de la Pesca en las Provincias de Santa Fe y Entre Ríos

A continuación sintetizamos algunos aspectos importantes del marco legal

regulatorio de la pesca de las Provincias de Santa Fe y Entre Ríos (que como

hemos visto, son de lejos, las más importantes en cuanto a capturas y

exportación de sábalo).

En Santa Fe, se encuentra vigente la Ley Provincial de Pesca Nº 12.212

sancionada el 05/01/2004, Reglamentada por Dto. 2410/04 y 3519/05 y

modificada por Ley Provincial Nº 12.482/2005 y 12.703/2006, cuya autoridad de

aplicación es la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable de la Provincia de Santa Fe, a través de la Dirección General de

Manejo Sustentable de los Recursos Pesqueros (Órgano de Aplicación, creado

por la misma norma). Entre otros puntos esta ley:

• Define como “Acopio de Pescado”, a una serie de actividades: la

compra, venta, tenencia, depósito, transporte, exhibición,

procesamiento, industrialización o cualquier otra actividad de la que

sean objeto ejemplares, productos, subproductos y derivados de la

pesca.

• Faculta a Autoridad de Aplicación entre otras cuestiones a: a) fijar

anualmente volúmenes máximos de captura, por año y por especie,

establecer cánones, tributos, multas, tasas y aranceles que graven las

actividades a que hace referencia la ley; b) determinar cupo máximo de

captura por pescador, por año y por especie para la Pesca Comercial; c)

inspeccionar las capturas, embarcaciones, depósitos, lugares de

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preparación, industrialización, concentración, transporte y

comercialización de productos y subproductos y derivados de la pesca;

d) celebrar convenios con organismos o instituciones públicas o privadas

de carácter provincial, nacional o internacional que puedan contribuir a la

conservación de los recursos ícticos y al logro de un eficaz cumplimiento

por la ley.

• Faculta al Órgano de Aplicación, las fuerzas de seguridad provinciales, y

las fuerzas de seguridad nacionales para ejercer las funciones de

vigilancia y control, pudiendo los inspectores labrar actas de infracción,

hacer secuestros y decomisos, detener e inspeccionar vehículos,

inspeccionar lugares de riesgo; requerir orden de allanamiento a la

Justicia, requerir información y requerir la colaboración de la Policía de

la Provincia, de la Prefectura Naval Argentina y Gendarmería Nacional.

• Prohíbe entre otras cosas: a) la captura, circulación, venta y consumo,

de ejemplares menores a cierta talla que es definida en particular para

cada especie, y que en el caso del sábalo es de 42 cm; b) el empleo

de procedimientos de pesca no expresamente aprobados por la

Autoridad de Aplicación, c) la tenencia y comercialización en todo el

territorio de la Provincia de redes cuyas características no cumplan con

los requisitos establecidos por dicho organismo (la abertura mínima de

malla permitida es de dieciséis centímetros de nudo a nudo y la

longitud máxima por embarcación de doscientos cincuenta

metros); d) la pesca, comercio e industrialización del sábalo o de

cualquier otra especie de la fauna de peces, con la finalidad de elaborar

harinas, aceites o cualquier otro producto no destinado al consumo

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alimentario humano directo, exceptuando a aquellas industrias cuya

materia prima a utilizar sean los productos de desecho provenientes del

procesamiento de pescado para el consumo humano (vísceras, cuero,

cabeza, esqueletos); e) la captura de toda especie durante los meses

de noviembre, diciembre y enero de cada año, a partir del 1 de enero del

año 2007, exceptuando expresamente a la pesca de subsistencia y a la

captura realizada por medio de tanza con anzuelo con los alcances,

modalidades y condiciones establecidos en la ley.

• Prevé la realización de acuerdos de cooperación con otras provincias del

ámbito regional para lograr la protección y conservación de la fauna de

peces en zonas de límites o áreas de interés común.

• Obliga: a) a requerir una autorización previa para poder operar a toda

nueva empresa cuya actividad comercial sea la extracción, eviscerado,

fileteado, envasado, enfriado y/o demás procesos de la cadena del

sistema productivo pesquero; b) a gestionar (y renovar anualmente) una

licencia o permiso para el ejercicio de la pesca e inscribirse en un

Registro especial, para el ejercicio de todas las modalidades de pesca

previstas por la ley (deportiva, comercial, con fines científicos y de

subsistencia)1; c) a contar con una “guía” para amparar la tenencia o el

transporte dentro del territorio provincial de los productos de la pesca

comercial, sea con destino al consumo humano o para la

industrialización, exportación o tráfico ínter jurisdiccional.

• Establece una “Tasa de Fiscalización para los Productos de la Pesca

Comercial” por los servicios administrativos que presta la Autoridad de 1 Cabe mencionar que por Res. 70/2006 de la Autoridad de Aplicación de fecha 21/06/2006, se cerró el Registro y suspendió extensión de licencias en la Provincia, para la pesca comercial como respuesta principalmente a la gran presión sobre el recurso sábalo.

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Aplicación y/o los Puertos de Fiscalización en el control de los productos

de la pesca comercial, a la que estará sujeta la confección de las Guías

de Transporte de Pescados; que deberá ser soportada por toda

persona física o jurídica que efectúe tareas de acopio y transporte de

pescados y se enuncia en “Módulos Tributarios” por unidad y por

especie. Agrega la ley que las sumas recaudadas, se distribuirán a

razón del veinticinco por ciento conforme a la Ley Nº 11.314/1995 (de

Puertos de Fiscalización de Productos de la Pesca Comercial) y el

setenta y cinco por ciento restante al Fondo de “Reconversión Pesquera

y Asistencia a Pescadores“(incorporado por Ley 12.703/2006).

• Crea: a) El “Consejo Provincial Pesquero” en el ámbito del Consejo

Provincial de Medio Ambiente; organismo permanente, ad honoren, con

tareas de soporte y asesoramiento al Órgano de Aplicación integrado

por propios funcionarios de la Secretaría de Medio Ambiente,

frigoríficos, acopiadores, pescadores, ambientalistas, especialistas,

senadores y diputados; b) un Fondo de Manejo Sustentable de los

Recursos Pesqueros, destinado a financiar entre otras cosas reuniones

del Consejo, desarrollos informáticos, capacitación, tareas de control,

investigación, y adquisiciones inherentes a la actividad pesquera o la

acuicultura; c) un “Fondo de Reconversión Pesquera y Asistencia a

Pescadores“, a constituirse con los aportes provenientes del Tesoro

Nacional y/o Provincial y de lo recaudado en concepto de Tasa de

Fiscalización de productos de río durante los períodos en que se permite

la pesca comercial; para ser utilizado en las actividades que demande la

reconversión pesquera y en la asistencia a pescadores durante los

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periodos de veda o en aquellos en los cuales se encontrare suspendida,

limitada o prohibida la actividad.

No obstante lo mencionado, debemos dejar sentado que a partir de la Ley

Provincial Nº 12.817 (Ley de Ministerios) promulgada el 06/12/2007 y publicada

en el boletín oficial el 11/12/2007, corresponde al Ministerio de la producción

“entender en el control de las actividades de caza, pesca y comercialización de

sus productos en coordinación con el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y

Medio Ambiente”.

En Entre Ríos el ordenamiento normativo básico que regula la pesca

continental es Ley de Pesca Nº 4892/1970, cuya Autoridad de Aplicación

según la propia norma es la Dirección de Recursos Naturales. Sin embargo,

por la organización ministerial vigente, esta función la lleva a cabo la Dirección

General de Recursos Naturales, Forestación y Economías Alternativas,

dependiente de la Secretaría de la Producción. La mencionada ley no se

encuentra reglamentada por Decreto del Poder Ejecutivo, pero si se encuentra

modificada y complementada por otras leyes, decretos y resoluciones (Ley Nº

6031, 6785, 7156 y 7240; Decretos Nº 4671/69, 3279/72 y 4192/88 y

resoluciones de la Dirección de Ganadería Nº: 1886/84, 2234/84 y 2592/86; de

la ex Dirección de Recursos Naturales Nº 252/77 y 271/82 y de la ex Dirección

de Fauna y Flora Nº: 473/89, 908/91 y 913/91). Entre otros puntos, la ley:

• Define como “fauna y flora acuática”, a la que vive permanentemente en

el agua o transitoriamente fuera de ella durante el reflujo; y como

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“pesca” a todo acto de apropiación o aprehensión de sus ejemplares

cualquiera sea el sistema o medio que se utilice.

• Faculta a la autoridad de aplicación para establecer la época de veda

para las diferentes especies durante la cual se prohíbe aprehender,

transportar, comerciar o consumir las especies vedadas.

• Prohíbe: a) la intercepción de peces por medio de aparatos,

instalaciones fijas o atajos y todo procedimiento que atente contra la

racional conservación de las especies. Para la Pesca Comercial, la

Resolución de la Dirección de Ganadería y Recursos Naturales Nº 21/99

determinó que las redes a utilizar en la pesca comercial deben tener

como medida mínima entre nudo y nudo una abertura de quince

centímetros de malla estirada y determina que el máximo de metros

a utilizar por pescador o embarcación es de doscientos cincuenta;

b) la circulación, venta y consumo en todo tiempo de aquellos

ejemplares cuyas longitudes sean inferiores a la determinada por la

propia ley según cada especie. Esta talla mínima se cuenta desde la

punta del hocico hasta la base de la aleta caudal (cola), y en el caso del

sábalo, si bien la ley indica que es de 30 centímetros, la Resolución Nº

4295/01 de la Dirección de Ganadería elevó esta medida a 37

centímetros;

• Obliga a: a) tramitar un permiso personal e intransferible (que acordará

la Dirección de Recursos Naturales y caduca el 31 de diciembre de cada

año) a toda persona, sociedad o empresa que se dedique a la pesca en

las aguas de la provincia de Entre Ríos, exceptuándose a los

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pobladores ribereños que pesquen con el único y exclusivo fin de su

alimentación y la de su familia; y a los pescadores deportivos que

ejerciten su actividad con elementos no aptos para pesca masiva,

autorizados debidamente para este deporte (no pudiendo comercializar

los ejemplares que aprehenden); b) gestionar un permiso en las mismas

condiciones que las indicadas en el punto anterior para ejercer toda

actividad que se realice dentro de la Provincia, relacionada con el

comercio del pescado fresco o su industrialización; c) inscribirse en un

"Registro de Pesca de la Provincia de Entre Ríos" (creado por la propia

norma), a todas las personas, sociedades y empresas, o asociación que

se dediquen a la pesca, comercialización, crianza o multiplicación de

animales acuáticos; debiendo las personas y entidades que se dediquen

a la pesca o actividades derivadas suministrar los datos necesarios para

la conformación del mismo.

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Presentaron la cadena de valor

Quieren equilibrar la pesca para que sea sustentable y no deprede Intervienen desde el pescador artesanal hasta el empresario frigorífico. Aspiran a que con el tiempo ya no sea necesario pagar subsidios durante los meses de veda. Reconocen que es una de las actividades productivas más precarizadas.

Con una escenografía montada para la ocasión, se presentó públicamente la Cadena de Valor del Sistema Pesquero.

Varias redes secuestradas en diversos operativos fueron extendidas sobre las paredes a modo de tapiz. Una canoa

frente al estrado, pilas de cajas de empaque de los principales frigoríficos de la provincia, y un mannequin con barbijo

y vestimenta blanca simulando a los trabajadores de esas plantas. En un pequeño hall de recepción, hasta pequeños

estanques con peces de ornamentación.

Así se ambientó uno de los salones de la Granja La Esmeralda en el que las máximas autoridades provinciales

concurrieron para presentar el esquema de esta cadena de valor. Estuvo el gobernador Hermes Binner; los ministros

de Economía, Ángel Sciara; de Trabajo, Carlos Rodríguez; y de la Producción, Juan José Bertero. También hubo

representantes de los diferentes eslabones: los pescadores, los empresarios frigoríficos, los consumidores, los

cabañeros, responsables de emprendimientos turísticos y de pesca deportiva.

"Ésta es una nueva forma de mirar la producción -dijo el ministro Bertero-. El sistema apunta a promover el desarrollo

integral del sistema del Paraná permitiendo el aprovechamiento sustentable de sus recursos, a través del

ordenamiento de la actividad con el trabajo conjunto del Estado y el sector privado".

Durante el acto, el secretario provincial del Sistema Hídrico, Ricardo Biani, reconoció la "institucionalidad bastante

débil" que posee el sector, e instó a trabajar sobre la base del desarrollo, la previsibilidad, la diversificación y la

seguridad del recurso ictícola como alimento.

Por el sector frigorífico, Roberto Mendoza comprometió el apoyo del sector a la iniciativa gubernamental, y reconoció

"el eco" que han encontrado en las nuevas autoridades. En el mismo sentido se manifestó Juan Carlos Billareal, del

Sindicato de Pescadores. "El trabajador del río es el que menos pide, pero pese a que presentamos varios proyectos,

nunca fuimos atendidos por las autoridades anteriores", se quejó.

Objetivos

Consultado por El Litoral, Biani garantizó la participación de todos los eslabones involucrados en la cadena, desde el

sector privado encargado de la comercialización hasta los consumidores.

"Se analizarán los lineamientos que tengan que ver con un proceso de planificación que garantice un manejo

sustentable del recurso, un precio justo, un trabajo decente, la creación y mejora de las capacidades que tengan que

ver con el tema", dijo el funcionario.

Aseguró que habrá un vínculo entre el desarrollo humano a partir de esta actividad productiva y la protección

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ambiental, y garantizó la incorporación de estrategias de diversificación que hasta ahora estaban desarticuladas,

como la pesca deportiva y la acuicultura.

Como medidas concretas, ratificó la vigencia de las normas que hacen a la restricción de la actividad, como la ley de

veda pesquera, y prometió mayor rigurosidad de esos controles a partir de la incorporación a la cadena de la Agencia

de Seguridad Alimentaria.

"Hoy podemos decir que estamos en una balanza con muchos platos donde todos aportan lo suyo pero guiados por

una estrategia de equilibrio. La idea no es diluir los roles ni responsabilidades, al contrario, queremos que todos

hagan su aporte para la sustentabilidad de la actividad", explicó.

También confirmó la continuidad del funcionamiento del Consejo Provincial Pesquero, donde propondrán que se

incorpore un representante de la sociedad civil. Y sobre la base de que el pescado es uno de los pocos productos que

se consumen prácticamente "como se saca del río", dijo que trabajarán en un "esquema de trazabilidad" que

garantice un alimento inocuo y seguro.

"Esto implica, por ejemplo, prohibir todo transporte que no esté habilitado o en las condiciones debidas. Del mismo

modo, tenemos previsto empezar a trabajar en la elaboración de un Código de Pesca Responsable, donde se definan

las pautas con las que tiene que actuar cada eslabón de la cadena", expresó.

La veda

La producción ictícola logró el centro de la escena pública hace un par de años, desde que autoridades y legisladores

reaccionaron ante la depredación que estuvo a punto de convertir al sábalo casi en una especie en extinción.

Entonces surgió una ley que impone una veda durante tres meses del año.

Consultado al respecto, Bertero confió en que el desarrollo de la actividad como cadena de valor, permita alcanzar

"un progresivo equilibrio" para que "aun en las épocas de veda, los pescadores puedan vivir de lo que recaudan por

su trabajo". Para ello, "hay que compensar o nivelar el desarrollo de la cadena de manera tal que el eslabón fuerte,

que muchos ven en los frigoríficos, tenga un desarrollo más equilibrado para que los productores vivan dignamente

todo el año, y no tengan que recibir un subsidio durante tres meses".

Bertero confió en que "poco a poco, estos subsidios se vayan eliminando" a partir del equilibrio que se logre en el

desarrollo de los eslabones, sin llegar a la depredación.

El ministro opinó sobre la efectividad de la aplicación de la veda. "Por los datos que tenemos de la Nación sobre los

volúmenes que están autorizando para exportar, diríamos que la veda sirvió de algo. Pero cuando hablamos con los

integrantes de la cadena, sobre el tamaño que salen y demás, parece que la especie no se ha recuperado todavía",

contó. Bertero aclaró que no se trata sólo de una cuestión de mayor control, sino de equilibrar entre lo que se saca y

lo que se cultiva en el río.

Fortalezas y debilidades

Según el informe que entregaron las autoridades provinciales durante el acto, las empresas frigoríficas de la región

"operan sólo con un 25 por ciento del personal" ajustado a las condiciones laborales que exige la legislación vigente.

El registro de pescadores que permite acceder al subsidio que se cobra durante el período de veda tiene 3.500

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inscriptos. Sin embargo, el propio informe oficial advierte que esa información es "como mínimo incorrecta y sólo

podrá tener un ajuste a la realidad con la realización de un nuevo padrón".

Los principales destinos de exportación son Colombia en un 90 por ciento, y en menor medida, Nigeria, Congo y

Brasil. Al respecto, el informe advierte que "no existe una estrategia para el desarrollo de mercados de nicho o

tipificados". En cuanto al mercado interno, básicamente se mencionan como destinos Santa Fe y Córdoba, a través

de cadenas de pescaderías que comercializan por pieza o media pieza. Pero se señala que hay "poca presencia de

productos en góndolas de supermercados", y marcada presencia de "alimento no seguro a partir de la venta en

puestos callejeros". El mercado interno tiene un "fuerte desarrollo en el NOA y NEA, desde donde existe la posibilidad

de triangulación irregular con Bolivia y Brasil", sostiene el informe.

Costos

De las especies de pescado de río fresco que exportan los frigoríficos el 95 por ciento es sábalo y el 5 por ciento es

boga. El precio declarado es 600 dólares la tonelada, pero se estima que el valor real es entre un 35 y 40 % superior.

En las mismas proporciones (95 % sábalo y 5 % boga) se exporta el pescado de río congelado. En este caso, el

precio declarado es de mil dólares la tonelada, pero se estima que el valor real es entre un 25 a 30 % más. Estos

datos están consignados en el informe elaborado por el Ministerio de la Producción de la provincia.

De la redacción de El Litoral

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Habría exportado sábalos por aduanas de ciudades en las que no existe esa especie

Denuncian penalmente al Frigorífico de pescado Epuyén por contrabando agravado Tres de los cuatro frigoríficos de pescado que funcionan en Entre Ríos, entre ellos Lyon City de Diamante, denunciaron ante la Justicia Federal de Paraná a la empresa de Epuyén SA, por el supuesto delito de contrabando agravado. En la maniobra ilícita estarían involucrados, además del titular de la firma, el empresario Oscar Poletti, funcionarios del Senasa y de la Aduana Nacional. La presentación la hizo el abogado diamantino Luis Stello, apoderado legal de la Cámara de Frigoríficos de Pescado de Entre Ríos, que conforman las empresas, Curimba SA, Pescanor SRL y Lyon City SA, las que también otorgaron facultades al mediático abogado capitalino Fernando Burlando, para que inicie actuaciones en Buenos Aires. El escrito de 38 páginas fue presentado en la Justicia Federal de Paraná por el presunto delito de "contrabando agravado por la intervención de un funcionario público, en forma reiterada y en concurso ideal" y de "contrabando documentado" contra el responsable y los integrantes del directorio de Epuyén SA, Oscar Poletti, con domicilio en Avenida Belgrano y Dorrego de Victoria. Stello solicitó en la misma acción que se individualice e investigue la conducta del médico veterinario del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), cuya intervención en la constatación de los stocks remanentes de sábalo de Epuyén habría facilitado la maniobra del frigorífico. Huellas y estragos Las sospechas sobre el proceder de Epuyén, la empresa más grande de Entre Ríos en cuanto a su capacidad de extracción y exportación de pescado, comenzaron mucho antes de que el gobierno nacional decidiera imponer una veda total para la pesca del sábalo y prohibiera a principios de 2007 las ventas al exterior de esta especie, ante la alarma accionada por entonces por los científicos del Conicet, los grupos ecologistas y hasta los propios pescadores, que habían comprobado un marcado descenso de la especie en el río Paraná. La firma fundada por Oscar Poletti, un empresario pesquero marplatenese que decidió probar suerte con su actividad en las aguas dulces del Paraná después de algunos escándalos y resonadas causas judiciales que lo tuvieron como protagonista a fines de los años 80 y principios de los 90, logró posicionarse raudamente como la compañía de pesca de especies de río más portentosa de la Argentina. Desde la Aduana de Diamante, Epuyén fletó a partir de ese momento miles de toneladas de sábalos (Prochilodus Platensis), bogas (Leporinus Maxillosus),

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tarariras (Hoplias Malabaricus), bagres (Pimelodus Clarias), patiés (Luciuspimelodus Pati), entre otras especies a los voraces mercados de Colombia, Brasil, Bolivia y Nigeria. Sus prácticas empresarias despertaron casi enseguida todo tipo de cuestionamientos en los pescadores y acopiadores, quienes acusaron a Poletti de estar sometiéndolos a un virtual régimen de cautiverio comercial, pues su control sobre el mercado llegó a ser omnipresente. Pero Epuyén no era la única empresa que había avizorado que un magnífico negocio yacía bajo las aguas marrones del Paraná, y muy pronto emergieron otras empresas competidoras. En Victoria se instalaron Curimba SA y Pescanor SRL, en tanto que en Diamante surgió Transa SA, que luego dio paso a Lyon City SA. A principios de 2002, con el fin de la convertibilidad y el advenimiento de un dólar a más de tres pesos, se inauguró una época dorada para el sector que, como muchos especialistas lo anticiparon, causó un impacto importante en toda la cuenca del Paraná, debido a la ausencia de un marco regulatorio formal y coordinado en ambas márgenes del río, ni controles provinciales eficientes que pusieran coto a la literal depredación que se desató. Reacciones Mientras los cruces de acusaciones entre pescadores comerciales, acopiadores, exportadores y otros eslabones de la cadena arreciaban, a mediados de 2006 la virtual situación de exterminio de las especies ictícolas de aguas continentales, específicamente las de la cuenca del Río Paraná y del Río de la Plata, generó la conciencia generalizada de que era imprescindible instrumentar medidas para su protección. Algunas provincias se hicieron eco de esto y modificaron sus leyes de pesca. Santa Fe, por ejemplo, fue pionera con la redacción de la ley 12.212, donde no sólo estableció cupos sino también que reguló las medidas de las mallas utilizadas para capturar estas especies con fines comerciales. Entre Ríos, todavía está en deuda en esta materia, ya que sólo reaccionó mediante decretos del Poder Ejecutivo y resoluciones de la Secretaría de Producción. La gravedad hizo llegar el reclamo a la Nación, y el Congreso, a través de distintos proyectos advirtió sobre el estado de emergencia de la actividad pesca de río, en especial en lo relativo a la pesca del sábalo. En ese contexto, paulatinamente Curimba, Pescanor y Lyon City optaron por romper con las tradicionales prácticas corporativas tantas veces observadas en Entre Ríos, y comenzaron a sindicar a Epuyén y a otras firmas de Santa Fe, como las responsables del deterioro del recurso. Es que el descenso pronunciado del nivel del río, más la presión irracional del

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frigorífico de Victoria era evidente: los trabajadores del río casi no encontraban sábalos en las lagunas y bañados de Victoria y Diamante, por lo que debían contentarse con las carpas, una especie asiática cuya masiva introducción en la cuenca del Paraná todavía es materia de investigación, y que floreció en el hábitat vaciado de sábalos. A los frigoríficos no les llevo demasiado comprender que su subsistencia estaba atada a la suerte del sábalo, y en el último semestre de 2006 hicieron llegar a la Dirección de Recursos Naturales y la Secretaría de la Producción de Entre Ríos, numerosas notas sugiriendo acciones correctivas, entre ellas la imposición de una larga veda, que permitiera la recuperación de los peces. No obstante, no hubo sino conversaciones formales y promesas incumplidas por parte de las autoridades de entonces, hasta que el Ministerio de Economía de la Nación, a través de la Resolución 2/2007 dispuso la suspensión de las exportaciones de especies comerciales de la Cuenca ParanaPlatense hasta su desembocadura en el Río de la Plata, por un período de ocho meses. Hecha la ley… Dichas restricciones debía cumplir con los presupuestos mínimos de conservación que permitiera la recuperación del recurso y tenían como objetivo "un adecuado manejo de las especies involucradas para asegurar su sustentabilidad y obtener un equilibrio del sistema de las pesquerías continentales del área". La medida se firmó ante las consabidas amenazas de algunas empresas sobre despidos masivos de trabajadores, que derivó en la creación de subsidios para los pescadores afectados por sus alcances. Pero si bien se prohibió por ocho meses (desde el 4 de enero de 2007) la exportación de las especies ictícolas fundamentalmente el sábalo, se autorizó a los frigoríficos a exportar el stock que tenían en sus plantas al momento del dictado de la resolución, siempre "que estuviere amparado por cartas de créditos o pagado total o parcialmente". El gobierno entrerriano ordenó, mediante la resolución N° 01/07 del 05/01/2007, la veda de la pesca de la especie sábalo en todo el territorio provincial, facultando a la Dirección de Fiscalización de la Provincia de Entre Ríos, para que constatara presencialmente la existencia de pescado en cada uno de ellos. El relevamiento ordenado determinó que los cuatro frigoríficos tenían en sus cámaras las siguientes cantidades de sábalo: Epuyén SA: 688.260 kg; Curimba 226.350 kg; Lyon City 120.062 kg; y Pescanor 50.948kg. Pero curiosamente, Epuyén siguió exportando a un ritmo todavía mayor al

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habitual, el dato figura en los archivos de la AFIP, ya que según consta en los registros del organismo, a pesar de la prohibición absoluta que regía vendió sábalos por 2.123,29 toneladas, lo que importa un exceso de 1.435,03 toneladas respecto al stock habilitado, y que configura uno de los elementos claves de la denuncia presentada en los tribunales federales contra Poletti. Complicidades Pero lo que también revela este hecho es que Epuyén debió contar con la complacencia de determinados estamentos oficiales. De allí que el abogado de los frigoríficos demandantes promueve una investigación que detecte quiénes participaron de las maniobras. "Las exportaciones de las reservas (stock) debían hacerse mediante una declaración jurada suscripta por el titular o responsable de la empresa conjuntamente con el veterinario de Senasa, en la que se hacía constar que dicho embarque correspondía al almacenaje de pescado existente al momento del dictado de dicha resolución, con especificación de la cantidad de pescado remanente que quedaba del stock originario", recuerda en su escrito Stello. Vale decir, que el control aduanero de la exportación de los stock al 04/01/07 de cada empresa, pasaba solamente por la declaración del responsable de la firma exportadora con la refrendación de tal circunstancia por parte del veterinario de Senasa, quien parece no haberse dado cuenta que Epuyén giraba al exterior más pescado del que tenía en sus bodegas. En concreto, los frigoríficos acusan a Epuyén de haber falseado su declaración jurada respecto al stock, presuntamente con la connivencia del veterinario del Senasa. Pero también señalan que la cantidad de sábalo exportada en exceso, fue realizada mediante varios embarques, todos ellos a través de Aduana Diamante, lo que supondría la reiteración de hechos delictivos. "No puede perderse de vista, como hipótesis, que la forma más lógica para consumar las exportaciones irregulares, debe haber sido a través de la formulación de declaraciones juradas falsas con la intervención del veterinario de Senasa. Por lo cual, cabría también identificar al veterinario interviniente, para evaluar su condición de partícipe necesario del supuesto delito", expresa la denuncia. Añade que, de ser así, "este funcionario, en términos de hecho delictuoso, habría provocado con su intervención –léase firma– y en ocasión de sus funciones como veterinario oficial, un acto que impidió el debido control Aduanero, provocando un tratamiento distinto al que correspondía al permitir que se exporte mercadería cuya exportación estaba prohibida". Indicios

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En realidad, los frigoríficos afectados por las prácticas de Epuyén presentían que algo raro estaba ocurriendo, incluso, antes de que tuvieran acceso a los datos de la AFIP o la Aduana. Es que de buenas a primera sus compradores de Colombia y Brasil, dejaron de demandar sus pescados, aduciendo que tenían sobrecargadas sus reservas. Este dato sorprendió a los empresarios, porque si algo estaba claro a mediados del año pasado era que el sábalo escaseaba y su exportación seguía prohibida. Uno de los propietarios de un frigorífico confió que decidió viajar personalmente a Colombia para indagar in situ lo que estaba pasando. "Entonces me topé con una realidad incontrastable: nuestros compradores estaban saturados de sábalos de medidas mucho más pequeñas que las permitidas y todos reconocieron estar abasteciéndose de Epuyén". -¿Esto fue durante la veda?, se preguntó. -Sí, en pleno período de prohibición y también más adelante, realmente nuestros mercados tradicionales están atiborrados de sábalo. Entonces no nos quedaron más dudas de que alguien estaba sacando partido de la situación. -¿Le dijeron a quién le estaban comprando la mercadería? -Sí, según nos aseguraron, que el sábalo provenía de Epuyén. Pero las pruebas que dan crédito a la denuncia se siguieron acumulando. Más allá de que la falsedad de las declaraciones juradas de Poletti, parecen irrefutables, es evidente que la mercadería exportada sobrepasó la cantidad de pescado almacenado, porque la citada firma no cuenta con la capacidad para almacenar esos volúmenes, "por lo cual se infiere que nunca pudo tener en stock dicha cantidad de mercadería, al momento del dictado de la mentada resolución ministerial". El silencio de Amavet A los empresarios que decidieron enfrentar a Poletti nunca les cerró la pasividad de las anteriores autoridades provinciales ante estos hechos. En la denuncia consignaron que oportunamente "se puso en conocimiento de manera directa e informal a las autoridades provinciales respecto a la irregularidad detectada", pero que nunca recibieron una respuesta. Llegaron a efectuar una presentación formal ante el ex subsecretario de Asuntos Agrarios y Recursos Naturales de la provincia de Entre Ríos, Ricardo Amavet, en los siguientes términos: "Los que suscriben se dirigen a Ud. a efectos de puntualizar que, hemos observado y advertido con preocupación, en la página web de Aduana Argentina, que varias empresas del rubro exportación de pescado de río han

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procedido a exportar sábalo, en el período 01/01/2007 al 31/05/2007, en cantidades superiores al stock corroborado por esa Dirección a su digno cargo al inicio de la veda y prohibición de exportación que rige desde el 01/01/2007. Que, de ser corroborada la especie, ello configuraría, al menos una gravosa sino delictuosa trasgresión a las normas impuestas por la Provincia de Entre Ríos, conjuntamente con la de Santa Fe en coordinación con la Nación…" El documento que obra como prueba de la presentación y que tiene por estas horas sobre su escritorio el fiscal Federal Mario Silva, advertía a Amavet que esa maniobra representaba además, "una felonía a la lealtad comercial, a partir del aprovechamiento de una situación que parte del directo y eventual doloso incumplimiento de normas imperativas que la Provincia y la Nación debían estar comprometidas a controlar su cumplimiento". Concretamente los frigoríficos dijeron estar "altamente afectados" en sus intereses económicos, "a lo que accedimos en vista a la sustentabilidad del recurso natural como forma de lograr un equilibrio entre el cuidado del medio ambiente y la continuidad empresarial". Sin embargo, se quejaban ante el ex funcionario de que el "único efecto eficiente de la medida ha sido beneficiar a sus incumplidores ya que durante el período de prohibición accedieron en forma monopólica a los mercados de venta y de compra, a la vez de neutralizar la pretensión de preservación de sábalo". Pero aunque solicitaron que se arbitraran medidas a fin de frenar la situación, nunca recibieron una contestación de Amavet, ni observaron reacción alguna a favor de su requerimiento. Secuencia posterior Para colmo, con la apertura de la exportación mediante el sistema de cupos, que sobrevino más tarde Epuyén volvió a sacar ventajas de sus competidoras, vendiendo supuestamente ilegalmente cantidades pescado muy por encima de lo que tenía asignado. En efecto, a Epuyén se le adjudicaron 1.300 toneladas para exportar, pero no obstante lo cual, esta firma, según figura en la página web oficial de la AFIP/Aduana (www.afip.gov.ar) al 30 de noviembre del año pasado había exportado 1.544,08 toneladas, o sea, 244,08 toneladas de más. La denuncia expresa que esta sobreexportación, fue "efectuada en reiteración de embarques, lo que implica la multiplicidad de delitos". Al respecto sostiene que en la provincia de Entre Ríos, el organismo de control del cupo de exportación estipulado a cada empresa es la Aduana de Diamante, por ser ésta la que tiene jurisdicción respecto de los cuatro frigoríficos de Entre Ríos. Epuyén exportó por ahí el total del cupo de sábalo que tenía permitido, pero después giró al exterior un excedente irregular utilizando otras Aduanas, "en las

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cuales, aparentemente, se le facilitaba sortear los controles". Según las leyes vigentes, las destinaciones de exportación de mercadería que necesitan mantener la cadena de frío y cuyas posiciones arancelarias, "deberán ser oficializadas y controladas con carácter obligatorio en las Aduanas de la jurisdicción correspondiente al lugar donde el exportador disponga de la infraestructura necesaria para su manipulación y conservación de las mismas, para permitir el servicio aduanero y demás organismos competentes (Senasa) efectúen los controles pertinentes conforme la normativa vigente". Por lo tanto, esta norma impide exportar por otras aduanas distintas a la de la jurisdicción (Diamante), sin embargo, se registraron exportaciones de Epuyén por fuera de cupo y desde las aduanas de Mendoza, Campana, Buenos Aires, Pocitos (Salta) e Iguazú. "Es necesario destacar -se afirma en la denuncia penal- que el sábalo, tiene como destino principal Colombia. Dicho pescado ingresa a Colombia cuando su documentación incluye el "Certificado de Origen" para poder acceder a un arancel preferencial. Los certificados de origen son emitidos por las Cámaras de Comercio Exterior de las provincias, que a su vez tienen habilitación de la Nación (Secretaría de Comercio, Área Originen). La Cámara de Comercio Exterior de la provincia de Entre Ríos certifica la exportación de Sábalo por ser producción de la provincia de Entre Ríos. En Mendoza, en los últimos tres años ha trascendido la emisión de múltiples certificados de origen en forma irregular, y aunque la Cámara de Comercio Exterior de Cuyo tiene autorización para emitir Certificados respecto a productos de origen regional, el Sábalo no proviene de esa provincia, de donde –obviamente– no puede pescarse. Este detalle singular hace presumir que la mecánica operativa de Epuyén, "provocadora de la exportación de sábalo en exceso en relación cupo legal permitido, importa, en principio, la presencia de la figura de contrabando agravado", afirma el abogado Stello en su presentación. La inercia de la impunidad Alentado por el éxito de sus negocios el empresario Poletti insistió en los últimos meses con sus prácticas poco transparentes, exportando a fines del año pasado, según consigna la AFIP, 777,60 toneladas, es decir 577,60 toneladas más que las 200 permitidas como paliativo por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación a pedido de los frigoríficos. De acuerdo a los registros oficiales, habría utilizado el mismo procedimiento anterior, a través de las permeables aduanas mencionadas.

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El 29 de noviembre último se promulgó la Ley Nacional 26292 por la cual se declaró el estado de emergencia de la actividad "pesca de río" en el río Paraná, por el término de un año. Un mes más tarde, la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación fijó un cupo de 12 mil toneladas para la exportación de sábalos, para el año 2008, del cual a Entre Ríos le corresponde un 44,17%. "Nosotros estamos de acuerdo con estas medidas, las que por otra parte han surgido como iniciativa nuestras porque somos los más interesados en preservar el recurso ya que nuestra actividad depende que la fauna ictícola se mantenga", dijo otro empresario del sector. Pero aclaró que el bajo nivel del río que se registra desde hace un año les ha impedido capturar sábalos, por lo que han presentado diferentes pedidos para que se reabra la exportación de otras especies que no corren peligro como bogas, tarariras o patíes. "Es necesario que acá no se meta a todos en la misma bolsa y se nos castigue por igual, porque además de la inversión empresaria, la mano de obra que generamos, y la cadena de valor que hemos empezado a introducir en la industria, la mayoría de los frigoríficos hemos modificado conductas y trabajamos cumpliendo con especial celo todas las disposiciones. Y esto no son sólo palabras, lo ratificamos con hechos, como con esta denuncia que hacemos contra quien ataca la credibilidad del sector y nos ha dañado fuertemente", agregó la misma fuente en directa alusión a Epuyén. Si bien los denunciantes son optimistas respecto a que el gobierno de Sergio Urribarri tendrá un compromiso más firme a favor del cuidado del recurso y abren el paraguas porque advierten que sufrirá presiones "muy importantes". "Nosotros podemos dar fe del nivel beligerancia que pueden manifestar estos intereses, no es casual que quienes hayamos radicado esta denuncia hayamos empezado a percibir, en los últimos días, algunos apremios y requisitorias extrañas de distintos sectores". -¿Del gobierno, también? -Digamos que de alguna área puntual, sí, efectivamente. Pero el interlocutor no quiso avanzar más allá de lo que su instinto de curtido empresario le dictó en ese momento. Cuestión de pesos Ahora, para lo que no tuvo reparos ni demoras fue para cuantificar los montos de las operaciones de Epuyén.

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"El cálculo que manejamos, es que sólo por exceso de sábalo, en 2007 las operaciones de esta empresa habrían alcanzado las 2.256,80 toneladas, lo que traducido en efectivo equivalen a casi dos millones de dólares, 1.1.805.440, para ser más exactos". A valor de hoy, esa cifra representa.5.723.244,80 de pesos. Aunque cada mercado maneja precios distintos, en promedio, cada tonelada de sábalo importa el valor de 800 dólares, y cada contenedor carga entre 25 a 26 toneladas lo que representa entre 20.000 y 20.800 dólares. Resulta interesante analizar que en razón de lo expuesto, mediante las irregularidades denunciadas consistentes en evitar el control aduanero, Epuyén habría obtenido un triple efecto: 1)- Efectuar ventas prohibidas por el valor de $. 5.723.244,80; 2)- Adquiriendo un posicionamiento frente a los compradores en el mercado internacional de sábalo; 3)- Desestabilizar la competencia local respecto a la venta en el mercado internacional. Ni más ni menos que lo hecho en su momento por Estrella de Mar, en Mar del Plata, una empresa que hizo escuela, modificando algunos refranes del saber popular, como ese que dice: "A río revuelto…ganancias de embaucadores". Naufragios Oscar Poletti siempre fue una persona hábil para vincularse con el poder de turno y conseguir socios influyentes para sus emprendimiento. Por caso, participó con Héctor Antonio, hijo del fallecido y poderoso empresario Jorge Antonio, la titularidad de la firma pesquera Estrella de Mar. Se trato de una firma que no dejó el mejor recuerdo en La Feliz, aunque su nombre saltó a la fama vertiginosamente. El 12 de julio de 1988 Estrella de Mar apareció en las tapas de los principales diarios del país en medio de la denominada Operación Langostino, la primera gran causa de narcotráfico en la Argentina. A través de distintos procedimientos la Policía Federal, secuestró 587 kilos de cocaína ocultos en cajas de langostinos congelados. La droga, de máxima pureza, que habría llegado a la Argentina procedente de Bolivia y llevaban el sello del cartel de Medellín, iba cuidadosamente empaquetada en cajas de Estrella de Mar. Antonio era por entonces presidente de la empresa y Poletti su vice. Por esa causa resultaron condenados Jorge Franciso Alonso, a 20 años de

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prisión; Alberto Fagoaga y Walter Karlikowski, a 18 años de prisión; Eduardo Ullúa, a 17; Arroyave Arias, a 13; Emilio Puerto a 12; Roberto Quesada, a 11 y Eduardo Kobylarz, a 7 años y medio. Una fuente de la Justicia Federal citada a mediados del año pasado por el diario La Nación sostuvo que las condenas impuestas en la Operación Langostino, "han sido las más severas dictadas en la historia del fuero en lo penal económico". Sin embargo, por ese tiempo Elisa Carrió retrucó, señalando que en esa causa, "dejamos a actuar a la Justicia y así nos fue: en la Operación Langostino se borraron todos los jueces, como en la quiebra fraudulenta de Estrella de Mar también". En realidad Poletti y Antonio fueron desvinculados de ese caso, pero el desprestigio y las sospechas afectaron su imagen y la empresa naufragó en medio de otro escándalo. Ambos propietarios terminaron procesados penalmente por "Fraude laboral en proceso de quiebra", por el vaciamiento de Estrella de Mar que siguió al escándalo. Sin embargo, luego se vieron beneficiados por la demora judicial en el tratamiento de sus causas y lograron la prescripción de la acción penal por quiebra fraudulenta de varias empresas subisidiarias, lideradas por Estrella de Mar, su buque insignia. (*) Especial para Diamantenoticias y Análisis.

http://fundacionsantafeactiva.com/ junio/2008


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