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UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS · 2018-09-14 · autonomía académica y administrativa...

Date post: 16-May-2020
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or t s*___ Nt. sit,,, c7N sn. asi7:,4‘.01\ O ..5.1: l'Y o e in a UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL ENTRE LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA Y LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA Conste por el presente documento, el Convenio Específico que celebran de una parte, la FACULTAD DE ODONTOLOGIA DE LA UNMSM representado por su Decana, Mg. Ana María Díaz Soriano identificada con DNI 10804209 y de otra parte LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA, representada por su Decano Mg. Juan Carlos Gonzales Suarez, identificado con DNI N° 07566359, reunidos en Calle Amezaga N° 375 — Decanato en el pabellón de la Facultad de Odontología, Ciudad Universitaria, provincia y departamento de Lima, en los siguientes términos y condiciones: CLÁUSULA PRIMERA.- DE LAS PARTES FY . —4 \ o c. O a Facultad de Odontología de la UNMSM es una institución que brinda a través de sus clínicas académicas O e- asistenciales tratamiento odontológico de baja, mediana y alta complejidad en las áreas de prótesis, / ndodoncia operatorio dental, ortodoncia, odontopediatría, periodoncia y cirugía bucal a la comunidad sanmarquina y público en general. Con el fin de garantizar el desarrollo de las competencias y habilidades clínicas de los estudiantes de pregrado y posgrado; como también la satisfacción de los usuarios en los procedimientos odontológicos que se realicen. a Facultad de Ingeniería de Sistemas e Informática de la UNMSM, es una institución que goza de autonomía académica y administrativa dentro de la Ley N° 30220 — Ley Universitaria, formadora de profesionales líderes e investigadores competentes, responsables de la Ingeniería de Sistemas, con valores y respetuosos de la diversidad cultural; promotora de la identidad nacional, cultura de calidad, excelencia y responsabilidad social. Se rige por el Estatuto Universitario y la ley N° 30220 y sus Reglamentos. La Facultad uenta con un CENTRO DE PRODUCCION cuyo fin es brindar servicios informáticos, tales como: (1) ,'J Desarrollo de Sistemas de información o aplicaciones de software a medida, (2) Mantenimiento de sistemas . s4 . 7 de información desarrollados, (3) Asesoría, (4) Consultoría, y(S) Alojamiento y Soporte en producción, tanto a nivel interno como externo de la Universidad. N ba z .) 1
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O ..5.1: l'Y o e in a uá

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL ENTRE

LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA Y

LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA

Conste por el presente documento, el Convenio Específico que celebran de una parte, la FACULTAD DE

ODONTOLOGIA DE LA UNMSM representado por su Decana, Mg. Ana María Díaz Soriano identificada

con DNI 10804209 y de otra parte LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA,

representada por su Decano Mg. Juan Carlos Gonzales Suarez, identificado con DNI N° 07566359,

reunidos en Calle Amezaga N° 375 — Decanato en el pabellón de la Facultad de Odontología, Ciudad

Universitaria, provincia y departamento de Lima, en los siguientes términos y condiciones:

CLÁUSULA PRIMERA.- DE LAS PARTES

FY. —4

\

o

c.

O a Facultad de Odontología de la UNMSM es una institución que brinda a través de sus clínicas académicas O e- asistenciales tratamiento odontológico de baja, mediana y alta complejidad en las áreas de prótesis,

/ ndodoncia operatorio dental, ortodoncia, odontopediatría, periodoncia y cirugía bucal a la comunidad

sanmarquina y público en general. Con el fin de garantizar el desarrollo de las competencias y habilidades

clínicas de los estudiantes de pregrado y posgrado; como también la satisfacción de los usuarios en los

procedimientos odontológicos que se realicen.

a Facultad de Ingeniería de Sistemas e Informática de la UNMSM, es una institución que goza de

autonomía académica y administrativa dentro de la Ley N° 30220 — Ley Universitaria, formadora de

profesionales líderes e investigadores competentes, responsables de la Ingeniería de Sistemas, con valores

y respetuosos de la diversidad cultural; promotora de la identidad nacional, cultura de calidad, excelencia y

responsabilidad social. Se rige por el Estatuto Universitario y la ley N° 30220 y sus Reglamentos. La Facultad

uenta con un CENTRO DE PRODUCCION cuyo fin es brindar servicios informáticos, tales como: (1)

,'J Desarrollo de Sistemas de información o aplicaciones de software a medida, (2) Mantenimiento de sistemas .s4.7

de información desarrollados, (3) Asesoría, (4) Consultoría, y(S) Alojamiento y Soporte en producción, tanto

a nivel interno como externo de la Universidad.

N

ba z .)

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CLÁUSULA TERCERA.- DE LOS COMPROMISOS DE LAS PARTES

FACULTAD DE INGENIERÍA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA, a través del Centro de Producción se

compromete a:

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

CLÁUSULA SEGUNDA.- DEL OBJETO

El presente convenio, tiene como objeto integrar esfuerzos entre las partes, para dotar de un Sistema

Informático a la Facultad de Odontología, cumpliendo básicamente los siguientes aspectos:

Fortalecimiento de los procesos que se realizan en las clínicas a través de las tecnologías de

información y comunicaciones (TIC).

Establecer un Plan de desarrollo integral de un sistema informático para la gestión de la clínica

odontológica, con entregas incrementales por módulo de software.

Definir, aprobar y administrar los requerimientos y necesidades a ser cubiertas por cada módulo

del sistema a desarrollar.

Desarrollar el software utilizando estándares de calidad establecidos: (a) Metodología de Desarrollo

y Pruebas de software, (2) Procedimiento de revisión y aprobación de entregables y software, (3)

Plantillas de documentación y (3) Herramientas de desarrollo.

Realizar el análisis y modelamiento de los procesos de la clínica odontológica que serán afectados

por el nuevo sistema informático.

Identificar la infraestructura requerida que de soporte al nuevo sistema informático cuando pase a

producción en condiciones favorables, planteándola a la Facultad de Odontología.

Desarrollar un sistema informático integrado a la Facultad de Odontología con entregas

incrementales cumpliendo las características y requerimientos establecidos y aprobados por las

partes.

Asegurar el funcionamiento y operatividad de cada módulo o aplicación de software

implementados de acuerdo a los requerimientos comprometidos, formalizando la entrega final del

software a través de un acta de conformidad firmada por las partes, incluyendo los manuales de

uso.

Concluido el software, se capacitará todos los usuarios correspondientes. quedando expeditos para

su uso cuando se pase a producción.

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UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

6. Atender las solicitudes de mantenimiento o cambios en los módulos o aplicaciones de software

desarrolladas o en producción. Estos pedidos constituyen nuevos servicios que ofrece el CENPRO-

FISI, y siguen un procedimiento de gestión de cambios establecido.

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.1)

La FACULTAD DE ODONTOLOGÍA: Se compromete a:

Proveer toda la información necesaria que permita al CENPRO-FISI especificar completamente los

requerimientos funcionales para el desarrollo de los sistemas o aplicaciones solicitadas. Dichos

requerimientos, son determinantes para que el CENPRO-FISI pueda entregar sistemas o

aplicaciones de acuerdo a las necesidades de la Facultad de Odontología, materia del presente

convenio.

Proporcionar la base de datos necesaria para el desarrollo e implantación del software en

producción materia del presente convenio.

Asegurar la participación del personal de la clínica que será el usuario directo de los módulos del

sistema o aplicaciones de software que serán desarrollados, principalmente en lo siguiente:

La especificación y aprobación de los requerimientos deseados que deberá cumplir el

software.

El diseño y conformidad de las pantallas de interacción con el sistema, a fin de estas sean

coherentes con las necesidades operativas y funcionales.

En las pruebas de aceptación usuaria del software, requisito fundamental para la entrega y

lanzamiento final en producción.

Designar un Representante Usuario de la Facultad de Odontología para las coordinaciones y

reuniones necesarias con el CENPRO-FISI como son: el cumplimiento de los compromisos, el

control de avance de los módulos o aplicaciones de software, aprobación de entregables

obligatorios, solicitud de nuevos requerimientos u otras necesidades requeridas por ambas partes.

Cumplir con los costos que demande el desarrollo del software, materia del presente convenio,

según la estructura de costos especificada en el Plan de Desarrollo de Software por cada módulo.

CLÁUSULA CUARTA.- DE LA COORDINACIÓN

El presente Convenio, las partes designan a sus coordinadores:

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Mg. Ana María Díaz Soria Decana de la Facultad de OdontoW

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Mg. Juan C los Decano de a Facultad —

stemas e Informática

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

Por parte de la Facultad de Odontología será el Director del Centro de responsabilidad Social y Extensión

Universitaria Esp.CD Walter Aquiles Gallo Zapata y por parte de la Facultad de Ingeniería de Sistemas e

Informática será el Director del Centro de Producción Lic. Luis Alarcón Loayza.

CLÁUSULA QUINTA.- DE LA VIGENCIA

El presente Convenio Específico es de un (1) año y rige a partir de su suscripción.

CLÁUSULA SEXTA.- DE LA RESOLUCIÓN

El presente Convenio podrá ser resuelto por las causales siguientes:

Por incumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente Convenio

Por mutuo acuerdo

Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite su cumplimiento

En caso de darse la causal prevista en el inciso a) de la presente cláusula, la parte deberá comunicarlo por

escrito, manifestando su decisión de resolver el convenio con una anticipación de hasta treinta (30) días.

CLÁUSULA SEPTIMA.- DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Las discrepancias o controversias que se deriven de la interpretación o cumplimiento del presente convenio,

serán resueltas en lo posible por trato directo y amigable entre las partes, siguiendo las reglas de la buena

fe y común intención, comprometiéndose a brindar esfuerzo para lograr una solución armoniosa, teniendo

en cuenta el objeto del convenio.

Estando las partes celebrantes de acuerdo con todas y cada una de la Cláusulas del presente Convenio

específico, lo firman en dos (2) ejemplares originales con igual valor, en la ciudad de Lima, a los días

del mes de del año 2018.

Dr. He me Barrón Jefe (e) de la ObC43 General de Cooperación

y Relaciones Interinstituoonales


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