+ All Categories
Home > Documents > VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo...

VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo...

Date post: 28-Oct-2019
Category:
Upload: others
View: 3 times
Download: 0 times
Share this document with a friend
100
EL OTRO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO Nº 29 VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA
Transcript
Page 1: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

3

○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○

EL OTRO DERECHODERECHODERECHODERECHODERECHO Nº 29

VISIONES SOBRE EL CRIMENY EL CASTIGOEN AMÉRICA LATINA

Page 2: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

4 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

Bogotá, Colombia, marzo de 2003© ILSA- Instituto Latinoamericano de Servicios Legales AlternativosCalle 38 Nº 16-45, Bogotá, ColombiaTels.: 2455955, 2884772, 2884437Fax: 2884854Correo electrónico: [email protected]ágina web: www.ilsa.org.co

Edición: Germán Silva GarcíaCorrección de textos: María José Díaz GranadosRevisión: Yolanda Sánchez, Flor Alba PastranaPreparación editorial: Marta RojasFotografías de artículo “A los niños los trae la cigüeña de París...”: Fernando Cuevas Ulitzsch.Impresión: Ediciones Ántropos

Esta publicación es posible gracias al auspicio de Diakoníay de Secours Catholique

Page 3: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

5

CONTENIDO

Presentación

Un panorama latinoamericano de los conflictos socialesy de las reacciones que suscitan en el control penal .............................. 7

GERMÁN SILVA GARCÍA

De la desviación a la divergencia: introduccióna la teoría sociológica del delito ............................................................ 11

GERMÁN SILVA GARCÍA

Control social y derecho penal ............................................................. 43

RAMÓN DE LA CRUZ OCHOA

Experiencias con armas y justicia juvenil:una aproximación al caso venezolano .................................................. 65

LUIS GERARDO GABALDÓN

A los niños los trae la cigüeña de París: función socialdel crimen, acción colectiva y acción criminal ...................................... 81

ANA DAZA

Más allá de las líneas...de la prisión .................................................. 111

JUAN FERNANDO GUTIÉRREZ

Mujeres en prisión: una revisión necesaria........................................ 127

MARÍA ANGÉLICA SEPÚLVEDA, GLORIA LÓPEZ, YUHERQUI GUAIMARO

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 4: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

6 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

Trabajo y educación de las mujeres en las cárceles(Ley de ejecución de la pena privativa de libertad) .............................. 151

LAURA GIULIANI, MAGDALENA ZOLD, GABRIEL CHAMORRO

Reseñas............................................................................................. 171

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 5: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

7

PRESENTACIÓN

Un panorama latinoamericanode los conflictos socialesy de las reacciones que suscitanen el control penalGERMÁN SILVA GARCÍA1

La serie de materiales que ha reunido ILSA para este número deEl Otro Derecho, con el concurso de un conjunto de colaboradores destaca-dos de distintas naciones latinoamericanas, representa un avance en laexploración de diferentes aspectos relacionados con las problemáticas ane-jas a las estructuras penales, que han sido materia de observación por lacriminología o sociología jurídica penal. Cuestiones tales como la divergen-cia y los conflictos sociales, la criminalidad, el derecho penal, las reaccio-nes policiales y, de modo especial, el funcionamiento de la prisión comoinstitución coercitiva del control penal, son abordadas de manera sistemá-tica y crítica. No sobra subrayar que en un contexto como el latinoamerica-no, signado por las desigualdades y las exclusiones, donde tirios y troyanoshan recurrido a la violencia con frecuencia constante y desmesurada, lasprácticas sociales definidas como criminales y la operación de las institu-ciones de control penal ocupan un lugar primordial por su impacto cuanti-tativo y cualitativo en el desarrollo de una democracia social, quesalvaguarde los derechos fundamentales de la población. Reflexión que nosólo justifica haber acogido en estas páginas los trabajos que pretendencontribuir a comprender los fenómenos citados e incidir en el rumbo quetoman, sino que representa una clara invitación al público para seguir sulectura, apropiarse de su contenido, fijar posiciones, cuestionar discursosy realidades, pronunciarse, reinterpretar las materias examinadas y ac-tuar.

De manera paralela, en los artículos anunciados se encuentrauna muestra representativa de las líneas contemporáneas de pesquisa yconstrucción teórica en América Latina que, además de identificar las sen-

1 Abogado de la Universidad Externado de Colombia, Doctor en Sociología de la Universidad de Barce-lona, autor de El proceso de paz (1985); ¿Será justicia? Criminalidad y justicia penal en Colombia(1997); El mundo real de los abogados y de la justicia (2001), en cuatro tomos.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 6: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué se está plan-teando en Latinoamérica, sirven al propósito de avanzar en la tarea deestablecer un diálogo entre los investigadores sociojurídicos del continen-te. La comunicación y el debate entre los académicos latinoamericanos,aun cuando han exhibido varios ejemplos sobresalientes, todavía sondiscontinuos, fragmentarios y, a veces, inexistentes, lo que obstruye lasopciones para la edificación de un pensamiento continental en el ámbitosociojurídico que atienda las demandas de nuestra vida social. Un inter-cambio dinámico y fluido es indispensable para acometer la tarea anterior,la cual resulta de la mayor importancia en esta época de conformación debloques regionales y de globalización. Diálogo para el cual, además, fuerade las contribuciones aquí reunidas, falta su opinión.

Los trabajos colocados a disposición del lector pueden ser dividi-dos en distintas secciones o áreas, según la temática que predomina enellos. Aunque una división de ese orden puede ser arbitraria, ya que algu-nos de los trabajos aludidos son multitemáticos, tiene la ventaja de orien-tar a quien se sumerja en las páginas de la revista acerca del curso quesigue en su navegación pero, sobre todo, la separación posee la virtud demostrar partes distintas de un fenómeno que constituye una unidad deestudio y análisis y –aun cuando ello pueda sugerir una contradicción–,muchas veces, la mejor forma de adquirir conciencia respecto a la totali-dad que constituye un fenómeno radica en descomponer sus partes, paraasí evidenciar las formas como encajan. Desde luego, la suma de los traba-jos aquí presentados no condensa ese todo que integra el objeto de estudiode la criminología, tarea por demás física e intelectualmente imposible,dada la extensión y complejidad de las materias de conocimiento crimi-nológico; sin embargo, alcanza la propiedad de indicar cuáles son las prin-cipales facetas involucradas. Expuesto lo anterior, en seguida se aventurauna breve presentación de los textos organizada por áreas temáticas, loque facilita la introducción de algunas comparaciones.

Los dos primeros escritos son de teoría general, aunque a grandesrasgos siguen líneas distintas, lo que permite marcar un contraste intere-sante. El primero, obra del autor de esta presentación, contiene una pro-puesta teórica para describir e interpretar los conflictos sociales que soncalificados como criminales, al igual que la operación del control socialpenal en sus distintas fases, lo que ha supuesto una crítica a las catego-rías y enfoques tradicionales en la teoría criminológica, en especial la no-ción de desviación social, y los usos dados al concepto de criminalidad. Elsiguiente, del colega cubano Ramón de la Cruz Ochoa, presenta una sínte-sis juiciosa de las posiciones teóricas consolidadas en torno al control so-cial, el conflicto y la desviación social, que le sirven para profundizar en larevisión teórica del derecho penal y sus instituciones, donde sobresale laexposición acerca de los propósitos de la pena, que será útil para contras-tarla con los análisis específicos de los artículos incluidos más adelante,

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 7: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

9Presentación

en los que se describe y debate el estado de la prisión. En sus párrafosrespectivos, podrán advertirse además las diferencias de concepción entreel enfoque tradicional de la desviación social, sostenido por Cruz Ochoa, yla perspectiva interpretativa novedosa de la divergencia social con la queinicia la revista.

Por su parte, el conocido criminólogo venezolano Luis GerardoGabaldón realiza un trabajo relacionado con la criminalidad juvenil, referi-do a la posesión de armas de fuego, el cual toca varios aspectos, que hacenparte de las fases a través de las cuales se escenifica el control penal:actividad de control policial –donde las conclusiones son paradójicas–, pro-cesamiento judicial y privación de la libertad. Se trata de un trabajo deindagación puntual, riguroso, en el que debe destacarse el uso de la pes-quisa empírica. La investigación empírica es excepcional en América Lati-na, aun cuando en el contexto de las naciones del llamado primer mundo,donde se poseen mayores recursos, tampoco es usual. Tal tipo de averigua-ciones es esencial para el conocimiento de nuestra realidad y, así mismo, afin de obtener los elementos necesarios para inspirar los procesos de cons-trucción teórica. De allí la importancia de la investigación fundada en di-cho recurso. Este mérito debe reconocerse al trabajo presentado por AnaDaza, preparado con la colaboración de un colectivo, que contiene una pes-quisa empírica compleja, con el empleo de distintas técnicas de investiga-ción, referida a un estudio de caso. Este texto examina a fondo la dinámicade los conflictos sociales en el escenario urbano, en el cual concurren nosólo procesos que gestan movilizaciones por reivindicaciones sociales, sinodonde también aparece la criminalidad vinculada, a su modo, con proble-mas estructurales de la nación colombiana como el narcotráfico y la vio-lencia.

El texto publicado bajo el título de “Más allá de las líneas de laprisión”, abre la sección de análisis dedicada a las sanciones penales, lacual se concentra en la pena predominante en los sistemas penales lati-noamericanos. El escrito corresponde al relato de un prisionero anónimo,agradable de leer, con numerosos giros tragicómicos que no dejan de sor-prender y arrancar más de una carcajada; es una descripción irónica quecorresponde a ese “realismo mágico”, entre crudo y descarnado, pero tam-bién delirante que caracteriza a la materialidad latinoamericana. Sus pá-ginas entrañan, desde el encierro de la prisión, la más contundente críticaa los discursos e hipocresías del sistema penitenciario y, a la vez, su rique-za narrativa es tan portentosa que, sin exagerar, debe ser observada comoun material apropiado para un excelente guión de cine que podría superarla estupenda película colombiana de Sergio Cabrera, “La estrategia delcaracol”.

La revista cierra con dos trabajos novedosos sobre la ejecución dela pena de prisión, el primero de ellos de María Angélica Sepúlveda, GloriaLópez y Yuherqui Guaimaro, y el segundo elaborado por un equipo consti-

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 8: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

10 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

tuido por Laura Giuliani, Magdalena Zold y Gabriela Chamorro. Sus apor-tes al entendimiento de la aplicación de la pena privativa de la libertad sonvaliosos, pero se destacan la perspectiva y un matiz particular en el objetode conocimiento abordado, cual es: concentrarse en el examen de la situa-ción de la mujer frente al control penal y, en particular, la ejecución de lapena de prisión en mujeres. Apenas en los últimos años ha empezado acobrar fuerza en el ámbito de la sociología jurídica la exploración de losproblemas que atañen a la cuestión derecho y género, materia que por logeneral había ocupado un lugar bastante marginal en las averiguacionessociojurídicas. Los dos trabajos comentados representan un saludable ejem-plo de los avances que se han propiciado en este campo.

La pena –ese oscuro objeto del derecho penal–, ha sido campo per-manente de una discusión teórica, que corre paralela a realidades peni-tenciarias que en nada se compadecen con los objetivos planteados para lasanción. Los fines que la mayoría de los sistemas han adoptado como jus-tificación de las reacciones penales se encuentran en crisis. En particular,por su carácter poco democrático, la resocialización y la prevención gene-ral o intimidación. La primera de las metas punitivas indicadas, que hasupuesto de manera totalitaria la necesidad de modificar los roles sociales,valores y conciencias de las personas condenadas por los aparatos pena-les, ha fracasado ante la contradictoria e insuperable necedad de procurarla reinserción social del ser humano por medio de su aislamiento de lasociedad. La prevención general, que ha creído justo y, por ende legítimo,utilizar al penado como “chivo expiatorio” para disuadir en los integrantesdel resto de la sociedad las posibles intenciones criminosas que puedanalentarlos, se ha mostrado ineficaz para contener la criminalidad, aunqueno para justificar la aprobación de mayores medidas represivas que hande reforzar la ecuación costo por beneficio, esto es, el supuesto calculosegún el cual los costos del crimen deben ser demasiado onerosos frente asus hipotéticos beneficios. Los trabajos comprendidos en este número deEl otro derecho, que se ocupan de manera directa o indirecta de las sancio-nes penales, deben ser considerados como contribuciones para avanzar enla búsqueda de respuestas a los problemas filosóficos, sociales y políticosque se plantean al reflexionar sobre los fines de la pena.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 9: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

11

De la desviacióna la divergencia: introduccióna la teoría sociológica del delitoGERMÁN SILVA GARCÍA*

* Abogado de la Universidad Externado de Colombia, especialista en ciencias penales en la misma casade estudios; máster en sistema penal y problemas sociales de la Universidad de Barcelona; doctor ensociología de ese centro universitario. Ha publicado El proceso de paz (1985), ¿Será justicia? Crimina-lidad y justicia penal en Colombia (1997) y, en cuatro tomos, El mundo real de los abogados y de lajusticia (2001). Es profesor y coordinador del programa de doctorado en derecho de la UniversidadExternado de Colombia.

El autor realiza una revisión de los fundamentos teóricos de la criminología, conmiras a edificar lo que denomina una “Teoría sociológica del delito”. El eje centraldel trabajo es la construcción del concepto teórico de divergencia social, piezafundamental de dicha teoría. La noción de divergencia, originada en la geometría,es presentada en contradicción con el concepto de desviación social, la acepciónmás utilizada en la sociología y la criminología. El concepto novedoso dedivergencia, como expresión para caracterizar a la conducta que es definida(políticamente) como criminal, otorga a la teoría criminológica nuevas dimen-siones descriptivas e interpretativas de las que carece con el uso del términodesviación. De la categoría de divergencia y de algunos otros elementos teóricosadicionales surge, como corolario, una nueva concepción sobre la criminologíaque toca con su concepto, objeto, contenido y método. El escrito explora algunosde tales temas. Sobre el objeto de estudio, plantea la necesidad teórica deemprender un análisis integral que comprenda las facetas macro y micro-sociológicas de la vida social, la acción y la estructura social, que interactúan demanera continua. Tomando ese punto de partida, postula como objeto de lacriminología a la divergencia (microsocial) y al control penal (macrosocial), comodos aspectos que se relacionan en forma dialéctica, reunidos para constituir comounidad el fenómeno sociológico del delito.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 10: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

12 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

The author reviews the theoretical bases of criminology with the aim of edifyingwhat he calls a “sociological theory of crime.” The central focus of the article isthe construction of the theoretical concept of social divergence, a fundamentalelement of the mentioned theory. The notion of divergence originates in geom-etry and is presented in contrast to social divergence, which is the most usedmeaning in sociology and criminology. The novel concept of divergence, as anexpression for characterizing behavior which is (politically) defined as criminal,grants criminological theory new descriptive and interpretative dimensions whichare lacking with the use of the term deviance. Out of the category of divergenceand of some other theoretical elements arises, as a corollary, a new conceptionon criminology that addresses its concept, object, content and method. The writerexplores some of these themes. With respect to his study, he suggests the theo-retical need to undertake an integral analysis that covers the macro and micro-sociological facets of social life, action and structure, which interact continuously.From this starting point, he proposes that the objects of criminology are diver-gence (micro-social) and criminal control (macro-social), two aspects that aredialectically related, joined together to comprise as a unity the sociological phe-nomenon of crime.

INTRODUCCIÓNLa criminología, que de modo contemporáneo puede considerarse

una especialidad de la sociología jurídica penal, padece desde hace variosaños de una parálisis teórica que ha atascado las opciones para un desa-rrollo pleno de las posibilidades de interpretación de las acciones socialesrelacionadas con la criminalidad, y de la operación del control social penal.La propuesta aquí expuesta, que hace parte de lo que se ha denominado la“Teoría sociológica del delito”, aparece ubicada dentro de un esfuerzo paraproveer a la criminología de nuevas herramientas y dimensiones de análi-sis de los fenómenos sociales que hacen parte de su objeto de conocimien-to. Sin embargo, sería demasiado ambicioso intentar ahora unapresentación completa de dicha teoría. Se procederá a limitar el ejercicio ala exposición del concepto de divergencia, una noción teórica clave dentrode la sociología del delito, y a indicar la incidencia de ese y otros elementosconexos sobre los fundamentos de la criminología, en especial respecto desu objeto de estudio.

En la teoría sociológica del delito son recuperados, para el arbitriode los fines perseguidos, varios de los componentes que hacen parte delprogreso de la teoría sociológica y criminológica a lo largo de su historia; seemprende también una revisión crítica de muchos de los postulados porconducto de los cuales se han erigido tales teorías; finalmente, se introdu-cen una serie de conceptos, concepciones y enfoques novedosos, con laaspiración de incorporar nuevos instrumentos teóricos que orienten e ins-

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 11: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

13

piren el trabajo de investigación sociojurídica (Silva, 2000; 1999; 1997; 1996).Esa labor se reflejará, en parte, al tratar los temas anunciados.

Así mismo, no sobra apuntarlo, la categoría de divergencia puedetener, con otra dirección, un valor teórico general para la sociología u otrasespecies de la sociología jurídica, distintas a la penal.

LA NOCIÓN DE DIVERGENCIA

Como se anotó, uno de los pilares de la nueva teoría propuesta –lateoría sociológica del delito– radica en el concepto de divergencia. Su cons-trucción obedece a dos razones fundamentales: la insatisfacción e, inclu-so, el rechazo a las acepciones empleadas por la criminología y la sociologíageneral, en sus diversas vertientes, para definir las situaciones socialesque aquí se llaman divergentes; por otra parte, como se verá más adelante,a la necesidad de poseer una categoría teórica con mayores capacidadesdescriptivas e interpretativas, y una proyección superior sobre el tipo defenómenos que se pretenden abarcar por medio de la teoría.

La noción de divergencia social se opone, de manera principal, altérmino desviación social. Por ende, la introducción del concepto de diver-gencia supondrá una crítica inicial a la concepción de las desviación parajustificar su abandono. La acepción desviación social es, además, la vozmás utilizada por la sociología y la criminología modernas (Taylor. Walton yYoung, 1985:21; Bergalli, 1983:185; Pavarini, 1983:171; Baratta, 1986:14;Ogien, 1999:6 y ss.). Así, de modo principal se hará referencia a ella dejan-do de lado otras expresiones, aún más limitadas, usadas a veces en lacriminología como “estados antisociales”, “conductas peligrosas”, etc.

Cabe recordar que el término “desviación se usa para aludir a laconducta que infringe las normas o las expectativas de los demás y quelleva consigo desaprobación o castigo”. (Mitchell, 1983:66) Noción similar ala presentada por Talcott Parsons, autor donde tal concepto alcanza sumejor expresión, para quien “la desviación es la tendencia motivada paraun actor en orden a comportarse en contravención de una o más pautasnormativas institucionalizadas”. (Parsons, 1984: 238-239) Y, precisamen-te, en esas definiciones citadas están contenidos los elementos que hacen delconcepto una expresión insuficiente y sesgada en un plano teórico. Veamos:

El adjetivo desviado implica que existe una posición normal o di-rección correcta, respecto de la cual una acción diferente es consideradauna desviación. La mera fuerza del adjetivo calificativo da como válida ylegítima la norma o la expectativa residente en los “otros”. Contiene, pues,una descripción preestablecida de la situación, donde se introduce unadicotomía entre lo normal o correcto y lo desviado. Como definición presu-puesta de una situación social es inadmisible, salvo si se juzgara de modoacrítico que una calificación normativa de lo “desviado”, jurídica o social,es siempre acertada. Al contrario, la historia y el razonamiento filosófico

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 12: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

14 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

han demostrado que muchos mandatos normativos o expectativas de con-ducta residentes en ciertos grupos sociales, aun perteneciendo al derechoo siendo aprobadas por la mayoría en una coyuntura dada, carecen delegitimidad social, política o axiológica.

Así mismo, el concepto de desviación es demasiado superficial yformal al considerar el asunto como contraposición de la conducta con unasnormas o expectativas, cuando la problemática sustancial radica en unacontradicción de intereses y, en menor medida, de valores o creencias. Espor ello la negación o encubrimiento de la existencia de intereses y de valo-res o creencias dispares como factores que motivan las actividades socia-les, no sólo de los sujetos divergentes sino también del sistema de controlpenal en su operación. En el ámbito del derecho ese es el mismo plantea-miento del formalismo jurídico –ya bastante cuestionado en la literaturamoderna–, que no trasciende los enunciados de las normas para evitar elcuestionamiento de los intereses y de los valores que se encuentran en eltrasfondo.

La afirmación según la cual una acción desviada es aquella queviola o atenta contra las normas o expectativas de otros nada nos diceacerca de las relaciones entre el “desviado” y quien ha establecido la nor-ma, la alega en su favor o posee una expectativa vulnerada o en peligro.Conforme al concepto, el vínculo exclusivo que se traba y por ello la únicacontradicción presente, concurre entre la norma o expectativa de compor-tamiento y la acción desviada, con lo cual desaparece el tercero titular deintereses particulares o difusos que ha comparecido en la relación social,aquel sujeto que previa intervención del aparato de control penal puedeser definido como víctima o perjudicado. En realidad, ese tercero sólo es talen la medida en que ha sido excluido del conflicto que busca ser tratado ogestionado por quien es el auténtico tercero: el Estado o quien media en elconflicto, que se ha apropiado del litigio para procurar absolverlo. La exclu-sión del otro protagonista en la relación, sea éste una persona o un gruposocial amplio, se explicaría en la necesidad que tiene la teoría de la desvia-ción de simular que las normas o pautas de conducta encarnan y repre-sentan a todos los demás integrantes de la sociedad. Empero, aunque talpretensión política fuera cierta, no justifica la eliminación en el análisis yen la teoría social de la otra parte concurrente.

Tampoco se intuye a partir del concepto por qué alguien obra demanera desviada y otro lo hace de modo conformista. Dispone, en conse-cuencia, de una escasa capacidad comprensiva de la realidad que preten-de examinar. En la noción de desviación no se anuncia nada al respecto,salvo al aseverar que el sujeto desviado obra en forma motivada, esto es,que obra orientado por fines.

De otra parte, cuando confronta la desviación con las normas oexpectativas de “los demás” sugiere que éstos son la mayoría, que sus acti-tudes son representativas de la normalidad y que la identificación de ellos

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 13: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

15

con las normas o expectativas opuestas a la desviación es coherente, cues-tiones todas bastante discutibles. De modo opuesto, puede afirmarse quela participación en acciones sociales divergentes es la tendencia mayorita-ria y, es más, a lo largo de su existencia social la mayor parte de los indivi-duos han realizado algunas actuaciones que, con elevada probabilidad,podrían llegar a calificarse como delictivas de hacerse un ejercicio hipoté-tico con conocimiento de las circunstancias propias de los casos. Entonces,la calificación como normal del actuar conformista no puede desprendersede un juicio cuantitativo, como tampoco las acciones disconformes con de-terminados valores pueden recibir el epíteto de anormales, cuando son pro-ducto de la vida social y representación de valores alternos. A su vez, ladisyuntiva desviación frente a conformidad supondría que el conformistasigue los patrones institucionalizados de comportamiento actuando siem-pre de manera congruente, conclusión que ya ha sido descartada, mien-tras que aquellos sujetos que han delinquido se adhieren a muchas de laspautas de conducta y valores propugnados por el establecimiento y, porello, no se puede imaginar a los conformistas ni a los desviados como dosbloques homogéneos opuestos. Desviados y conformistas serían las mis-mas personas, unos sujetos que a lo largo de sus vidas obran de acuerdocon los mandatos de conducta y, en ocasiones, que varían en grado y can-tidad, actúan en forma “desviada”. De allí que toda dicotomía en este asun-to sea falsa.

Aunque ello será tratado en poco con más profundidad, puede aho-ra acotarse que la categoría desviación es normativa, ya cuando hace alu-sión a un sistema normativo sancionado por el Estado o a uno informal, esdecir, corresponde a una categoría prescriptiva. En esas condiciones, pue-de ser idónea para efectuar una calificación valorativa y subjetiva de larealidad social, pero nunca será adecuada para describirla como entidadempírica. De allí que, por una parte, sea escasa la diferencia entre losconceptos de desviación y el de crimen o el de delito, los últimos entendidosen términos jurídico-penales1. Todos son conceptos normativos apenas dis-tinguidos por el carácter no necesariamente oficial o estatal, sino social enun sentido amplio, propio de la idea de desviación la cual, siendo más ex-tensa engloba a aquella que alcanza un contenido penal. De otra parte, alcorresponder la noción de desviación a una categoría valorativa, de índoleprescriptiva, no puede ser empleada para describir la realidad social empí-rica, pues se confunden en principio dos ámbitos diferentes, como distin-tos son el mundo subjetivo de los juicios de valor y el mundo objetivo de larealidad social.

Además, el término desviación reúne una serie de connotacionespeyorativas que, de modo particular, lo señalan como una forma de defi-

1 El derecho francés ha distinguido entre crimen y delito, según la gravedad del asunto. Aquí se tomancomo términos análogos.

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 14: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

16 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

ciencia o patología social, valga decir, de comportamiento defectuoso o anor-mal2. La intensidad del adjetivo le adiciona al sujeto o a la conducta asírotulada una cualidad reprobable. En el ámbito de la medicina, donde hatenido largo uso, la acepción indica la existencia de deformidades o defec-tos, desde luego negativos. De allí se derivan significaciones estigmatizadorasque le agregan otras propiedades al individuo que ha incurrido en unaconducta delictiva, cuando en realidad, por regla general, la divergencia deinterés penal no obedece a patrones patológicos. Es, al inverso, un fenóme-no normal de la sociedad, producido por ella. En tales condiciones se pre-fiere el término divergencia, libre de tales creencias.

La falta de idoneidad del término desviación fue materia de suce-sivos comentarios críticos que quedaron registrados en la historia de lateoría criminológica. Ellos parecían expresar siempre algún tipo de des-agrado con la palabra, además de la inconformidad con las significacionescolaterales que solía dar a entender, pero sin reemplazar el concepto poruna noción con propiedades interpretativas novedosas3. Tal vez por ello,haciendo salvedad de las conjeturas sobre lo defectuoso o lo anormal, hacontinuado el uso de la voz desviación, aún dentro de las corrientes con-temporáneas y críticas de la criminología, como si se tratara de una simplepalabra cuyo sentido sería matizado con acotaciones complementarias.

En dirección distinta apenas podrían mencionarse algunas ex-cepciones relativas. Una de ellas reside en la corriente del abolicionismo,dentro de la llamada criminología crítica, que describe los hechos califica-dos de delictivos como “conflictos”, “actos lamentables”, “comportamientosno deseables”, etc., aunque sin renunciar del todo a la expresión desvia-ción, pues lo que pretende es reemplazar la palabra crimen (Hulsman yBernat, 1984: 71, 84 y 85). Sin embargo, los términos anteriores, más refe-ridos a algunas de las consecuencias (conflicto) o a percepciones subjeti-vas (lamentable, indeseable, molesto) de las conductas divergentes, sonpoco ilustrativos de las cualidades del acto social juzgado delictivo y, algu-nos de ellos, de las relaciones subyacentes entre aquellos sujetosinvolucrados en la situación.

La siguiente tentativa puede ser reconocida en el trabajo delcriminólogo inglés Colin Sumner, quien adopta el término censura o com-

2 Sobre la desviación como conducta contraria a la normalidad, ver por ejemplo Ogien (1999:195-1998).

3 Alexander Liazos hizo una extensa crítica del empleo de la noción de desviado centrada, de maneraprincipal, en la significación de “diferente” que contendría y que, para él, no existía. No obstante, noofrece una alternativa conceptual consistente. Liazos hace también una relación de autores opuestos altérmino, entre ellos Charles McGaghy (1968), In their Own Behalf: Voices from the Margin, quienmanifiesta la incomodidad que le causa; John Lofland (1969), Deviance and Identity, que afirma tenerreservas; Thomas Szasz (1970), The Manufacture of Madness, quien invita a abandonar el término.Véase Alexander Liazos (s.f.: 191 y ss).

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 15: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

17

portamiento censurado en reemplazo de conducta desviada (Summer, 1993:7; 1994). No obstante Sumner, consecuente con la postura de reducir a lacriminología al ámbito del estudio del control penal, no define ni caracteri-za al acto social calificado como ilícito. La censura o lo censurado, no esuna cualidad del acto reputado delictivo que la sociología y la criminologíahan llamado desviado y, en abierta oposición, aquí se define como diver-gente. Censurar es una acción o un verbo que ejerce el control social res-pecto de ciertas situaciones y sobre las personas que ejecutan determinadasconductas, siendo por ello una consecuencia o una propiedad predicabledel control social no de las actuaciones en cuestión4.

Por su parte, tiempo atrás Vincenzo Tomeo se había aproximadobastante al quid del asunto con su crítica al término desviación, al quebusca suplir por conflicto (Tomeo, 1979:35 y ss). Con todo, aunque el con-flicto es uno de los componentes fundamentales de la divergencia, no es elúnico y constituye más una manifestación o efecto de ella.

Otro intento, todavía con mayor fortuna, dentro de un esfuerzoque al igual que los anteriores debe tenerse no sólo como orientado a bus-car un concepto adecuado, sino dirigido a interpretar las actuacionestildadas como delictivas y el accionar de los aparatos de control, es produ-cido por Morris Ghezzi, quien introduce el concepto de marginalidad paraexplicar las probabilidades de definición de una acción social como crimi-nal (Ghezzi, 1987:122 a 134; 1988:34, 37 y 38). Conforme a su enfoque, losindividuos, aunque etiquetados como desviados, son en realidad margina-dos. Empero, la propuesta de Ghezzi debe considerarse como una contribu-ción para comprender la operación del control penal, en particular, acercade la importancia del poder en ese escenario, así como también posee unelevado interés para entender las relaciones entre los individuos que reali-zan acciones divergentes y las reacciones del control penal. En cambio, noes del todo apropiada para describir las acciones sociales que pueden lle-gar a ser desacreditadas con el marbete de criminales; de allí que Ghezzihaya optado por combinar los conceptos de divergencia y marginación5.

Ahora bien, no se trata de un asunto apenas semántico. Los tér-minos tienen una connotación ideológica que sirve para la construcción deuna realidad determinada. Como lo advierte Stanley Cohen: “Las palabrasson verdaderas fuentes de poder para justificar cambios en la política ypara aislar al sistema de cualquier criticismo” (Cohen, 1988:175). Pero,además, no se trata apenas de una palabra, es una noción conceptual

4 Debe reconocerse que dentro de la perspectiva que considera al control penal como el objeto único deestudio de la criminología, es bastante más coherente denominar al acto delictivo como comporta-miento censurado y no como conducta desviada. En ese campo, el aporte de Sumner es un avance,pues la criminología crítica no ha terminado por separarse del concepto de desviación en evidentecontradicción con sus postulados.

5 Así lo ha expuesto en conferencias dictadas en Colombia e Italia desde 1998.

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 16: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

18 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

básica, que por ello mismo tiene hondas repercusiones sobre la forma comoes interpretado todo el fenómeno de la criminalidad y del control penal. Yaun autor francés, Philippe Robert, apuntaba con acierto que resulta fun-damental establecer una definición de crimen como punto inicial para eldesarrollo teórico, aunque encuentra que en ese ámbito la criminología hasido deficiente, razón que lo lleva a concluir que la legitimidad científica desu teoría es débil (Robert, 1992:97). Es precisamente en esa dirección quese introduce el concepto de divergencia, pues resulta indispensable paradescribir la naturaleza de la conducta que es calificada como delictiva, lomismo que para analizar las características de la relación entre los sujetosenvueltos en una acción divergente, como también las cualidades de lareacción penal frente al acto definido como delictivo.

Tampoco la categoría “divergencia” es absolutamente extraña, puesaparece de modo ocasional en algunas obras sociológicas. Sin embargo, entales casos divergencia aparecía como sinónimo de desviación o, en cual-quier caso, la acepción no fue objeto de un desarrollo conceptual. Por tan-to, a más de los cuestionamientos ya enunciados al término “desviación” sepresentará el concepto de “divergencia”, tarea que se acometerá en seguida.

Divergencia, en sentido figurativo, es diversidad. Expresa tambiéndisentir. Diversidad de ideas, creencias, concepciones, valores, actitudes eintereses, todo lo cual puede traducirse en expectativas de acción o accio-nes distintas. Interesan las motivaciones (expresiones y fundamento de ladiversidad) pero tratándose de eventos que deben tener una relevanciapenal tales motivaciones han de traducirse en algún tipo de acción contrascendencia en la vida social6.

En geometría, de donde son extraídos los elementos básicos delconcepto, divergencia significa la separación de dos líneas o elementos quetienen un punto común de partida. Al situar el plano de análisis en elcampo sociológico, ese punto común de partida son los encuentros que daninicio a las relaciones sociales de interacción. Dichas relaciones sociales,que no son de modo necesario cara a cara, constituyen el escenario dondeconcurren entremezcladas las condiciones del contexto y las característi-cas de los individuos, las razones y los intercambios que motivan la sepa-ración de las líneas, líneas de actuación que adquieren una cualidad dediversidad. Las líneas representan a las acciones sociales, los comporta-mientos de las personas, que siguen rutas distintas, pero que guardanuna relación entre sí de contradicción, aunque también de interdependen-cia. Cuando las líneas de acción social siguen vías distintas es visible uncampo de separación que conlleva diferencia, pero sobre todo en el áreaque convoca nuestro interés: contradicción. El campo de separación con-tendrá entonces los elementos (intereses, actitudes e ideologías)7 que evi-

6 El concepto de acción social implica una actuación humana cuyo significado incide en otras personas.7 El concepto de ideología abarca las ideas, creencias, valores y concepciones interpretativas de los

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 17: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

19

tan la convergencia de las líneas de acción. Por tanto, en el campo de sepa-ración se localiza el conflicto social que media entre las líneas de acción. Elconflicto social es una manifestación de la existencia de un campo de sepa-ración y del rumbo distinto y dinámico que toman las líneas de acción so-cial en el proceso de su desarrollo. Así mismo, el campo de separaciónevidencia una situación de diversidad.

La diversidad caracteriza la naturaleza de la divergencia. Ella sefunda en las condiciones o atributos que distinguen las dos conductas ymotivaciones representadas en las sendas diferentes que siguen las líneas.La diversidad es una cualidad de las líneas de acción comparadas y susustrato esencial son los intereses, las ideologías y las actitudes ubicadasen el campo que genera la separación de las líneas. La diversidad es unelemento imbricado en la divergencia, es el objeto de conocimiento de ella.

Con los elementos y las explicaciones anteriores es posible fundarla noción de la sociología acerca de lo divergente. En términos generales, elconcepto de divergencia social se refiere a un proceso dinámico de interacción

GRÁFICA 1REPRESENTACIÓN DE LA DIVERGENCIADIVERGENCIA

Conflictosocial

LÍNEADE ACCIÓN SOCIAL(Divergente) LÍNEA

DE ACCIÓN SOCIAL(Divergente)

Campode separación

INTERACCIÓN SOCIAL

DIVERSIDAD

fenómenos sociales. Desde ese punto de vista, no es sinónimo de “falsa conciencia de la realidad” niantónimo de ciencia. Las concepciones científicas representan una forma de ideología. En el ámbito delas divergencias que pueden llegar a tener trascendencia penal rara vez se encuentran disputas porconcepciones o meras ideas, lo que no ocurre con los valores y las creencias.

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 18: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

20 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

entre líneas de acción social que mantienen una relación dialéctica, lascuales generan un campo de separación al distinguirse por las diferenciassobre intereses, actitudes o ideologías existentes entre sus agentes, lo quepuede provocar un conflicto y representa una situación de diversidad.

Esto significa que existe una línea de acción social separada ydiversa respecto de otra, la cual también posee las mismas cualidades encomparación con la primera, que con sus respectivas motivaciones y for-mas de accionar generan un campo de separación entre ellas, el cual con-densa una situación de contradicción que puede derivar en un conflicto.Tales líneas poseen a la vez y en términos generales atributos similares, noobstante lo cual, en algún momento se diferenciaran por la primacía deuna de las líneas de acción, mientras que la otra será declarada o recono-cida por el sistema penal como ilícita. Esto ya supone una intervención delsistema de control penal, el cual selecciona una de las líneas de acción y asu actor para imponerles en forma prescriptiva la etiqueta de criminales.

La explicación anterior se aplica en condiciones similares a la ac-ción social de un número plural de personas o de grupos, aunque entoncesla representación gráfica de las líneas de acción social, tal vez, quedaríamejor expresada en ramilletes de líneas. Con elevada frecuencia la diver-gencia se expresa en la acción de grupos, muchas veces informales y conun grado variado de organización. Incluso, cuando la actuación se desa-rrolla de modo más o menos individual, en todo caso suele involucrar oafectar a grupos en forma tangencial. Lo anterior no es extraño, la socie-dad se encuentra dividida en grupos elásticos con algún tipo de identidadcomún, que se integran y reintegran continuamente, con el propósito derealizar determinados intereses o imponer sus valores. La realización deciertos intereses compartidos es factor que motiva la configuración de gru-pos, las ideologías proveen de identidad a los grupos y legitiman los intere-ses perseguidos y, a la par, las disputas en torno a intereses e ideologíasprovocan la divergencia.

De acuerdo con lo anterior, la noción de divergencia social contie-ne los siguientes componentes:

Primero, una zona de encuentro que constituye la base para lainteracción, el escenario que obra como punto de partida común de losactores sociales que van a trabar una relación. A dicha zona de encuentrolos sujetos arriban participando de cuatro tipos de condiciones, ellas son:personales, sociales, de la situación y del contexto. Entre las primeras de-berán considerarse la personalidad, la ideología y la identidad personal.Dentro de la segunda deberán considerarse las posiciones de estatus, queproveen a los sujetos de poder y prestigio, además de una identidad socialsingular8. Respecto de la tercera, habrá de tenerse en cuenta la definición

8 La noción de “estatus” hace alusión a posiciones sociales dentro de una escala, lo que implica que hayvarias posiciones que son definidas por sus atributos y pueden ser comparadas. En la sociedad

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 19: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

21

de la situación social, concreta y particular en términos espaciales y tem-porales, que enfrentan las personas. Por último, comparece el ambiente dela vida, las condiciones estructurales que son históricas y sociales, dondeconcurren elementos como la cultura, el derecho, la economía, etc.9 Talescondiciones incidirán sobre la naturaleza de la interacción social que sedesarrolla, en la cual debe presentarse algún tipo de intercambio entre losagentes de la relación con una significación social. Estos ingredientes acom-pañan luego la evolución de las líneas de acción diversas.

Segundo, una relación de interacción social que comienza en lazona de encuentro aludida, pero que se desarrolla como un proceso de in-tercambios continuos, encadenados, dinámicos e interdependientes, a me-dida que las líneas de acción social se desenvuelven. Las característicasde la interacción social estarán dadas por las condiciones iniciales que larodean y por las actitudes que asumen los actores en su curso. Todas lascondiciones que enmarcan la interacción están sujetas a cambios, perolas condiciones personales y de contexto no suelen verse afectadas congrandes o repentinas alteraciones. Por ende, debe subrayarse que lainteracción se desarrolla en un proceso, el cual se encuentra contextualizadosocial e históricamente.

Tercero, unas líneas de acción que son diferentes entre sí, peroposeen cualidades recíprocas. En tanto líneas para la acción social, llevanconsigo las motivaciones y condiciones con las cuales los sujetos han con-currido a la relación social. En cuanto acciones, traducen un tipo específi-co de actuaciones o comportamientos sociales, activos u omisivos, queafectan o inciden sobre los demás, los cuales se encuentran orientados porfines10. Dado que las líneas de acción se desarrollan dentro de un procesode interacción, involucran el desempeño de roles sociales. Los roles socia-les son pautas de comportamiento y actitudes desarrolladas en lainteracción. En parte, se trata de roles sociales prescritos, o sea, con unorigen en instituciones sociales aprendidas en los procesos de socializa-ción, aun cuando también la interacción social sirve para innovar roles y,en situaciones de divergencia, esto puede ser frecuente11. Los roles socia-

coexisten numerosos sistemas de estatus que, de modo variable, proveen identidad, poder y prestigio.9 Las condiciones estructurales son, a la vez, externas e internas respecto del individuo. Externas porque

son ajenas al sujeto y tienen autonomía propia, razón por la cual poseen una capacidad variable decoercibilidad que puede constreñirlo a obrar de determinada forma, aunque las personas puedentambién adoptar las pautas con un origen estructural y seguirlas por convicción. Internas, ya que nosólo constituyen el soporte de sus acciones, al menos en parte, llegan a mezclarse con el actor socialy hacer parte de lo que es él.

1 0 De acuerdo con un conocido planteamiento de Max Weber, las acciones sociales racionales estánorientadas por fines, mientras las acciones sociales irracionales son motivadas por la tradición o lasemociones (Weber, 1992:6 y 7).

1 1 La socialización es un proceso de aprendizaje por el cual el indivividuo conoce e interioriza ciertos rolessociales. Se habla de socialización primaria para referirse al proceso de aprendizaje en edad temprana,

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 20: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

22 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

les a desempeñar se establecen de acuerdo con la definición de la situa-ción específica, las posiciones de estatus identificadas, los fines del actor yel significado que le ha atribuido a ellos, al igual que por las expectativasde rol, esto es, lo que la persona cree que los demás esperan de ella. Asímismo, el sujeto puede obrar o interpretar la situación conforme atipificaciones: recetas que ha ensayado, acerca de las cuales se ha instrui-do o que entiende haber experimentado como exitosas en situaciones aná-logas (Schütz, 1962: 39 y 44).

Cuarto, una separación que crea un campo o área entre las líneasde acción. Allí están localizados los intereses y las ideologías por cuyo di-senso entre las líneas de acción y sus actores se produce la separación. Elcampo de separación establece el tipo de relación social que compartiránlos sujetos sociales, luego es común a ambos. Ese campo es caracterizado,de manera principal, por una relación de contradicción mutua al no com-parecer una convergencia sobre intereses, actitudes, valores o creencias.

Las direcciones variadas que siguen las líneas de acción social, elcampo de separación que generan con ello, expresa un tipo de relacionesdialécticas entre los sujetos enfrentados, pues de manera simultánea exis-te contradicción e interdependencia. La concurrencia de intereses e ideo-logías en rivalidad indica la contradicción, pero la oposición sólo comparecea partir de la diferencia que se presenta respecto del otro (de allí la interde-pendencia), es decir, en el otro, en sus distintos intereses, creencias, valo-res y actuaciones se encuentran, a la vez, las razones de los intereses,ideologías y acciones propias. La cualidad de la divergencia, con todos suscomponentes, es recíproca para todos los actores y sus actuaciones.

La permanencia del campo de separación, el desempeño de losroles sociales en el curso que siguen las líneas de acción y la evolución delconflicto que se haya desatado dependen, en gran medida, del grado depoder disponible para los actores de la relación12. El poder se encuentradesigualmente distribuido entre los integrantes de la sociedad, quienes demodo diferente están en posición de acceder a los distintos elementos enque se funda.

Al generarse el campo de separación con la consiguiente situa-ción de contradicción motivada por la diferencia de intereses o ideologíases probable que ocurra un conflicto social, del cual puede derivarse undaño o lesión a un bien o interés de uno de los miembros de la relación o,incluso, para ambos. El interés afectado puede ser particular o, según lascircunstancias, colectivo o difuso. El conflicto social es la consecuencia omanifestación de la divergencia y, en tanto expresión o efecto de ella, cons-

por lo general en el seno de la familia, el cual es más intenso. Las socializaciones secundarias, quepueden ser varias, se desarrollan en la escuela, en el trabajo, en el matrimonio o en ambientessingulares que permiten aprender papeles especializados.

1 2 El poder es la capacidad para que otros piensen u obren conforme a las pretensiones propias.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 21: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

23

tituye uno de sus componentes teóricos más importantes. En parte, es apartir del conflicto social que la situación es definida como problema y,como consecuencia de esto, empieza el sistema penal a preocuparse porintervenir. Cuando el tipo de situaciones hacen parte ya de un cuadro de-finido como problemático –existen tipificaciones acerca de la divergenciaque le proporcionan un significado penal o, también, sus actores han sidoestigmatizados como delincuentes probables–, es más fácil el desarrollo deuna relación de comunicación de la especie que allana el camino para lacriminalización.

Las líneas de acción podrían desarrollarse en forma convergente,no sólo por la identidad común sobre intereses, ideas, valores, creencias,concepciones o actitudes, también a pesar de la diferencia existente res-pecto de ellas. Sencillamente se opta por la convergencia en razón de múl-tiples factores que no corresponde analizar ahora, tales como la carenciade poder, la oportunidad, la prevalencia de otro interés que sugiere evitarel riesgo de la reacción penal, la negociación, etc. Como quiera que la dife-rencia carece de expresión por conducto de la acción social y no acaece uncomportamiento activo u omisivo que afecte a otros, queda reducida a laconciencia sin que exista divergencia.

De no realizarse la hipótesis última, surge como característica ladiversidad. Ella es, ante todo, una propiedad que puede predicarse oinducirse de toda la situación de separación o divergencia, como de cadauna de sus partes. La diversidad es resultado de la coexistencia de unascondiciones o atributos que hacen diferir a los sujetos que están represen-tados en las distintas posiciones, intereses e ideologías sostenidas en con-traposición. La diversidad es el principal objeto de conocimiento al indagaracerca de la divergencia. En la figura de la gráfica, la diversidad es la abs-tracción que la representa.

Como elemento adicional, puede producirse una intervención delsistema penal que desaprueba una de las líneas. Es decir, la definicióncomo delito y la aplicación de una decisión punitiva en contra de una delas acciones divergentes y su actor, con lo cual pretende desatarse la con-tradicción. Con todo, semejante intervención, de acuerdo con los órganosde poder político y jurídico, solamente ocurre cuando la proporción de ladivergencia la hace relevante en términos penales, lo que acontece confor-me con las interpretaciones que se tejen sobre el asunto y según la evolu-ción histórica y social, además teniendo en cuenta al derecho como unavariable que también entra en juego. Por ende, la divergencia etiquetadacomo penal puede ser diferenciada de otros tipos de divergencia social.

El conflicto social suele obrar como una alarma que atrae la inter-vención penal. Existen estados de divergencia que asumen formas bastan-te visibles, sobre todo cuando comportan el ejercicio de violencia, con loque atraen como una sirena la injerencia de las agencias penales. La in-tervención puede producirse también por la noticia que reciben los apara-

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 22: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

24 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

tos de control de uno de los actores de la relación divergente, que denunciael conflicto y procura problematizarlo. En cualquier caso, es indispensableque medie una relación de comunicación para que se produzca la inter-vención penal, ya sea por la alarma que despierta el conflicto o por unanoticia que demanda la intervención. La relación de comunicación obracomo puente entre la divergencia y el control penal, para lo cual los usoslingüísticos son esenciales, pero debe entenderse que ella funciona en lasdos direcciones. Esto es, luego de activada o reclamada la intervención (dela divergencia al control), las agencias penales concluirán su actividad conuna interpretación de la situación divergente que será calificada de lícita oilícita, junto a la adscripción de una definición de estatus referida a losactores de la divergencia, todo lo cual será así mismo objeto de comunica-ción (del control a la divergencia).

Con probabilidad, en la mayoría de las situaciones no se produceuna intervención de los aparatos de control penal. Fuera de aquellos casosdonde uno de los actores del conflicto se inhibe para demandar la interven-ción, por ejemplo, por ausencia de disposición o de poder, respecto de losaparatos penales se presentan circunstancias que afectan su capacidadde intervención. El sistema penal es selectivo, lo que significa que de acuerdocon los criterios que lo movilizan puede optar por la abstención, además delo cual es posible que la situación de divergencia no haya sido objeto decomunicación o la información sea deficiente para fundar la intervención.De no mediar una intervención, el conflicto puede prolongarse y resolverseal margen del derecho y de la administración de justicia, incluso con laimposición del mayor poder de uno de los actores de la divergencia. En unasociedad democrática y bajo un Estado de derecho la actuación del controlpenal debe procurar conducir el conflicto social a un escenario reglado,donde sea tratado de manera racional y pacífica realizando el valor de lajusticia, pero además con el propósito de amparar a los más vulnerables,precisamente, a aquellos que careciendo de poder suficiente no podríanresistirse a las pretensiones de su adversario por fuera de la administra-ción de justicia penal o ser reivindicados al margen de ella.

En lo que respecta a los aparatos de control penal, la naturalezade su intervención –a fin de cuentas el tipo, los fundamentos y el estilo delproceso de comunicación por el cual se pretende imputar responsabilidadpenal– estará sujeta no sólo a la forma de Estado adoptada y a la estructu-ra de la administración de justicia, sino a las características del derecho,de modo especial el procesal penal. Así mismo, tendrá una relevancia ele-vada la manera como sean interpretados el derecho y los hechos relativosal caso, materia en la cual las preferencias ideológicas de los operadoresjurídicos suelen tener un impacto específico.

Cuando la intervención penal concluye en una declaración de res-ponsabilidad, conduce al etiquetamiento de una de las líneas de acciónsocial y de su actor como criminales. Dado que las cualidades esenciales

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 23: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

25

de las líneas de acción social son, en términos generales, equivalentes,queda claro el carácter selectivo del etiquetamiento, decidido en virtud decriterios políticos, sociales, éticos, económicos y culturales. Por consiguiente,la situación del otro actor de la relación social divergente, aquél cuya ac-tuación o línea de acción no ha sido calificada de criminal, suele correruna suerte paralela aunque con un significado opuesto, es decir, como re-sultado de la intervención penal es seleccionada y definida como lícita y asu actor se le otorga el estatus de víctima o perjudicado13.

Con todo, el sistema penal no se inclina de modo automático einstantáneo por una de las posiciones en divergencia. El asunto puede serconfuso o controversial; así mismo, existen mecanismos de defensa o eva-sión del proceso de atribución de responsabilidades penales. Aquí de nue-vo cobra elevada importancia el elemento del poder, al cual se puede recurrirde modo variable para convocar la intervención penal o buscar eludirla, lomismo que la categoría de marginalidad a la que aludía Ghezzi. Además,como se insinuó, la ideología de los operadores jurídicos, su perfilsociocultural, las expectativas de rol que recaen sobre él, su ubicacióndentro de la profesión jurídica y las características específicas de ella tie-nen una incidencia bastante significativa sobre el resultado final de laintervención penal.

También el sujeto que adquiere la condición de imputado en elproceso penal podría ser inocente, empero a pesar de ello existe divergen-cia y conflicto. Aquí el concepto de divergencia es más difícil de aprehen-der. No obstante, si la línea de acción social cuestionada no fue realizadapor el sujeto en los términos en que es acusado, por ejemplo, no vulneró elinterés de preservar la propiedad privada de otro, la diferencia de creen-cias y actitudes sobre ese hecho produce líneas de acción, un campo deseparación, la situación de diversidad y un conflicto social con consecuen-cias impredecibles.

Igualmente, cuando no media una decisión que resuelve interpre-tar la situación acaecida como penal, pero se reconoce una disputa porintereses o valores, se identifican líneas de acción social en interacción yhay un campo de separación, etc., igual existe una situación de divergen-cia. En realidad, la teoría sobre la divergencia es de utilidad tanto para lasociología jurídica, penal o de otra especie, como para la sociología en general.

No es remota la verificación de una situación de divergencia queestalla en un conflicto social y que, sin embargo, no es objeto de tratamien-to por el Estado y el derecho en cualquiera de sus especies. El conflictosocial desprendido de la divergencia puede, como sucede en numerososcasos, ser gestionado por medios paralelos o informales de administración

1 3 De manera excepcional ambos actores de la divergencia pueden ser etiquetados como criminales, porejemplo, en un caso de lesiones personales recíprocas en accidente de tránsito cuando se interpretaque la culpa en la producción del hecho ha sido compartida.

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 24: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

26 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

de los conflictos. Así mismo, al margen del sistema penal, la divergencia yel conflicto son susceptibles al tratamiento y aún al logro de una resolu-ción por intermedio de la negociación, la eliminación del rival o su absor-ción, sino ocurre la desaparición de los factores que la motivaron.

La actividad del control penal mediada por las cláusulas del dere-cho, pero con un amplio margen de maniobra proveniente de la aplicaciónde sus mandatos por conducto del proceso de la decisión judicial, tienecomo destino dictaminar sobre las formas de diversidad que pueden sertoleradas o aceptadas e, incluso, aprovechadas para enriquecer la vidasocial. La tolerancia frente a la diversidad ha estado sujeta a grandes cam-bios y variaciones a lo largo de la historia, lo que indica su importancia ysu incidencia sobre el derecho penal. En la exploración del tema de la di-versidad de cara a la divergencia se halla también, en buena parte, el futu-ro del derecho penal.

La expresión divergencia, en el sentido conceptual que le ha sidoadjudicado aquí implica que frente a determinados valores o intereses exis-ten otros contrarios, lo que produce como consecuencia una situación deconflicto. La noción de desviación induce a pensar que el conflicto es algoanómalo y excepcional dentro de la sociedad. En cambio, al tratar de ladivergencia se pone de relieve el conflicto social, en concordancia con elcarácter conflictivo que posee la sociedad14.

Trasladado al campo penal el uso del concepto de desviación pue-de resultar incongruente. Al respecto, conviene reflexionar sobre el eventoen el cual ha sido imputado con falsedad un acto que infringe una normalegal en un proceso que concluye con una sentencia condenatoria. ¿El in-dividuo es o no un desviado? Se tendrá que afirmar y negar el calificativo ala vez. Lo cual es un contrasentido lógico, por cuanto no se pueden predi-car dos cosas distintas sobre un mismo respecto15. Ello, por las razones yaexplicadas, no acontece al trabajar con la categoría teórica de la divergen-cia, pues el sujeto divergente conservará esa condición con independenciade su inocencia o culpabilidad, ya que esta última obedece a otra cosa: elproceso prescriptivo en el cual se decide acerca de su criminalización.

El concepto de divergencia no conlleva, a priori, que la norma re-dactada sea correcta o constituya la representación de un deber ser in-cuestionable, elementos subyacentes al término desviación. La noción dedivergencia no sólo es predicable de la conducta que es criminalizada, puestoque la valorada como lícita también es divergente respecto de la primera.Con ello, además, se expone en forma dialéctica la relación existente. Com-parece un interés diverso respecto de otro interés también diverso, en una

1 4 Sobre el conflicto, sus características cambiantes y dinámicas en la interrelación entre grupos sociales,conserva un enorme valor teórico la obra de George B. Vold, (1967:203 y ss).

1 5 Igual contradicción ocurriría en el evento opuesto, donde el sujeto participa de la conducta desviada,pero es absuelto y evita ser definido como desviado o criminal.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 25: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

27

contradicción que el sistema penal aspira a administrar, gracias al recono-cimiento de la primacía –según la clase de intervención penal– de uno delos intereses enfrentados.

El enfoque teórico de la divergencia posee un elevado potencialcrítico, fundamental para examinar en esos términos los problemasatinentes al delito, los actos socialmente dañinos y el control social penal.Cuando en el concepto de desviación se toma como punto de partida laexistencia de una conducta correcta o debida en antinomia con la acción des-viada, la noción pierde toda posibilidad crítica, pues cómo puede ponerse enduda aquello que, previamente, es consagrado como correcto o debido. Por elcontrario, de modo singular, la concepción de la divergencia permite exhibirabiertamente la naturaleza política del control penal. Cuando acaece una re-forma legislativa donde es descriminalizado un comportamiento antes valo-rado como ilícito es difícil comprender que lo desviado, incorrecto o no debido,ha trocado en algo aceptado o correcto. Ello solamente puede entenderse si espercibido el origen político de la definición de criminal, junto a su carácterprescriptivo y no descriptivo. Este origen, por su parte, es evidenciado al verque ninguno de los dos intereses o expectativas de conducta en contraposi-ción eran buenos o correctos, tan sólo ambos eran divergentes entre sí. Porello, aquí, la descriminalización de la conducta no elimina la divergencia, quepermanece viva, desaparece sí la intervención penal que esperaba tratarla.

Una ventaja adicional del concepto teórico de divergencia puedereconocerse en el análisis de su contrario. Lo divergente, a diferencia de loque sucede con lo desviado que se opone a lo normal, lo correcto o lo con-formista, encuentra su acepción opuesta en lo convergente. Definir comoapropiada una conducta que deja de infringir normas o expectativas deconducta de otros es subjetivo y, solamente, sería posible si aceptáramosque la conducta reprobada (desviada) es ontológicamente negativa16. Alentender que la rotulación de una conducta como delictiva o desviada obe-dece a un proceso de definición política, la hipótesis anterior debe ser re-chazada. Otro tanto, por la misma razón, se pensaría de su opuesto: lonormal o correcto. A su vez, la noción de conformista, que emerge de la ideade comportamiento de acuerdo con las normas o expectativas de otros, esdecir, no desviado, señala pasividad, pero no ilustra acerca de las motiva-ciones que inspiraron la lealtad a las normas y es, así mismo, un juicio devalor prescriptivo, no apropiado para describir una situación social. Encambio, el término convergencia es descriptivo de los atributos de la rela-ción social trabada, porque indica comunidad o subordinación sobre inte-reses o posturas ideológicas entre los actores sociales.

El apelativo de criminal no es una cualidad atribuible al hechorespectivo, en sí mismo considerado, sino una calificación producto de un

1 6 La ontología se ocupa de las cualidades trascendentales o esenciales del ser. Aquí se rebate que locriminal sea una cualidad ontológica de ciertas acciones sociales o individuos.

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 26: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

28 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

acto de decisión política, ejecutado a través de un proceso de crimina-lización17. En contraste, la condición de divergente constituye una propie-dad implícita de todo hecho con relevancia penal. El atributo de ladivergencia está presente siempre, en todo tiempo y lugar, aun cuando laconducta no haya sido criminalizada o deje de serlo. Con tales acotacionesse entiende la transición que hace el hecho social como acción divergente,a su definición como delito frente a la ley penal. Lo que no ocurre con lacategoría de desviación, pues siendo el delito (definición jurídica) y tam-bién la desviación (supuesta definición sociológica) la contravención denormas institucionalizadas, es decir lo mismo, no habría criminalizaciónen los términos en los que ella se comprende y no se entendería el papelauténtico del control social penal.

El carácter selectivo del sistema penal, en las etapas de definicióny aplicación de los instrumentos del control penal, solamente es entendidoa plenitud en combinación con el concepto de divergencia. Si las dos accio-nes sociales que entran en contradicción, generando un conflicto, son re-cíprocamente divergentes, poseen entonces en principio las mismaspropiedades. Por tanto, la diferencia que surge entre ellas es un acto dedecisión selectiva del sistema penal que, con criterios políticos, fundadosen razones económicas, sociales, culturales y éticas, aprueba una de laslíneas e imprueba otra. Con la categoría de desviación no ocurre lo mismo,no hay un reconocimiento de la selectividad. Siendo lo desviado algo inco-rrecto y lo conformista una representación de lo normal, esa realidad “em-pírica” debe traducirse automáticamente, sin mediar valoraciones políticas,salvo en la identificación del medio más apropiado para reaccionar, en lacriminalización de un comportamiento y en la protección del otro.

Tampoco las intervenciones del sistema penal obedecerían a lapretensión de realizar unos determinados intereses. Si la conducta desvia-da es expresión de no normalidad, sería apenas natural que la reacciónpenal la combatiera. En consecuencia, el debate sobre los intereses des-aparece en el mundo del control penal. Por el contrario, en el escenario dela divergencia, la cuestión de los intereses se hace explícita.

En estricto sentido, es imposible identificar por medios empíricosla naturaleza criminal de ciertos actos. El investigador sólo podrá consta-tar qué hechos han sido registrados como tales en las estadísticas de cri-minalidad o, a lo sumo, verificar cuáles comportamientos contradicen lasdefiniciones políticas y normativas sobre lo lícito, esto último como un ejer-cicio prescriptivo y subjetivo. En cambio, la divergencia puede ser recono-cida de modo empírico como un atributo consustancial a las situacionesmateriales investigadas18.

1 7 Tal claridad deriva de Howard Becker (1971: 19).1 8 Sobre la recepción de los planteamientos relativos a la concepción de la divergencia, fuera de posicio-

nes citadas en otros apartes de este texto, sobresalen los cuestionamientos de Carlos Elbert (1999:

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 27: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

29

En este estado es posible proponer un concepto de criminalidad.Por ella deben entenderse las acciones sociales divergentes que han sidoseleccionadas en forma eficaz por el sistema de control penal, medianteuna decisión que obedece a un proceso de criminalización, en virtud delcual es atribuida esa definición a un fenómeno que se reputa verificado.Concepto del cual se deduce el de criminal, como: el sujeto a quien seresponsabiliza de una acción social divergente de interés penal o por lacapacidad potencial de llevarla a cabo, que en razón del mismo proceso

311 a 314). Allí, el criminólogo argentino hace una excelente y extensa síntesis de los principalespostulados de la divergencia, y aun cuando los considera expresión de “nuevos modelos explicativosdel fenómeno criminal” y una “propuesta sumamente interesante” que “abre para los sociólogosnuevas perspectivas de análisis”, a partir de una posición de autonomía de la criminología respecto dela sociología, considera que tratándose de una propuesta sociológica excluye una perspectivainterdisciplinaria y, por ello, puede “tener sólo capacidad teórica abstracta” y mantenerse alejada de lariqueza de la praxis, lo que sería un problema común de la sociología. En la misma dirección, la críticaagrega “que puede ser engañoso el hallazgo de la coherencia dentro de un campo disciplinario distintoal propio, en tanto el objeto no permita una reducción excluyente al campo de investigación elegido”.Sin duda la raíz del cuestionamiento de Elbert es el rechazo a la sociología. Empero, como se indicó alinicio de este escrito, la criminología contemporánea no es cosa distinta a una sociología jurídica penal,pues al margen de las corrientes –casi todas ellas bastante arcaicas y desacreditadas– que trasegaronpor la antropología física, la biología, la medicina y la psicología clínica, todos sus conceptos y funda-mentos primordiales han sido sociológicos, mientras que sus métodos de investigación son en suintegridad comunes a la sociología. Ello en modo alguno obsta para impedir un análisis interdisciplinario,ya que la adopción de un enfoque con un eje principal sociológico no lo rechaza, por el contrario,dependiendo de las características del objeto o tema examinado la interdisciplinariedad es una necesi-dad del conocimiento. Cada una de las ciencias sociales posee un cuerpo de conocimientos propio,una perspectiva singular de análisis y un bagaje de teorías, pero no hay límites fijos, cerrados oinviolables entre ellas, sus campos respectivos constituyen apenas espectros y, por ende, cuando lasnecesidades teóricas lo reclaman se echa mano de herramientas extraídas de otras ciencias. La mismasociología jurídica es, como su nombre lo indica y por excelencia, una especialidad interdisciplinaria. Asu vez, la sociología es una ciencia empírica –por tanto nada más cercana a la praxis– que como todaciencia elabora construcciones teóricas que son abstracciones de la realidad, pero ello no significa quenecesariamente nieguen su complejidad. El objeto de conocimiento planteado: la divergencia social y elcontrol penal, en tanto es susceptible de un análisis que emplea de forma principal, aunque no única–herramientas teóricas de la sociología–, no podría gozar de una coherencia “engañosa”. La viabilidady la coherencia excluyen los riesgos del engaño. De otra parte, Elbert señala que la denominación dedivergentes que reciben las partes en el conflicto, aunque es más equilibrada e incluso aséptica nogarantiza la igualdad, a la vez que parece dejar al margen cuestiones “como la violencia clandestinaparamilitar y parapolicial o el empleo de sicarios, y las reacciones de venganza popular”. Cierto es quela categoría de divergentes aparece libre de juicios de valor, pero ello no significa que se predique laigualdad entre las partes. Al contrario, tal como se ha indicado en otros escritos y debe haber quedadoclaro en éste, las desigualdades entre los actores de la divergencia comparecen desde su mismoencuentro y los acompañan a lo largo de todo el proceso, en particular las diferencias de poder. No haynada en la teoría de la divergencia que omita las situaciones descritas por Elbert. La violencia paramilitar,por ejemplo, depende de las características del control penal de que se trate, y ya se señaló que puedeincidir en su configuración. La “venganza popular”, por ejemplo, puede comparecer en el caso, yaexplicado en términos generales, en el cual el conflicto que emerge de la divergencia es tratado almargen de una intervención penal.

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 28: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

30 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

selectivo de criminalización y en un acto eficaz de calificación, recibe eseestatus.

EPÍLOGO SOBRE LA NOCIÓN DE CRIMEN

Una cuestión a la que se ha aludido de manera adyacente, queconstituye piedra angular para distinguir entre divergencia y criminali-dad, radica en las nociones de lo descriptivo y lo prescriptivo. Haciendo ecode un planteamiento de Jürgen Habermas –respecto del cual se ahondamás adelante–, la vida social podría ser escindida en dos dimensiones. Laprimera de ellas, la dimensión descriptiva, comprende el mundo objetivo,constituido por los hechos o fenómenos sociales, los cuales tienen una en-tidad empírica y son susceptibles de verificación, en consecuencia puededeterminarse si son ciertos o falsos. La segunda, la dimensión prescriptiva,abarca el mundo subjetivo, conformado por interpretaciones o juicios devalor, los cuales no tienen una representación empírica ni podrían ser cons-tatados, sólo se puede estar de acuerdo o en desacuerdo con ellos, exami-nar la estructura lógica que los soporta, la calidad de los argumentos a losque recurren y, en términos generales, su justificación o legitimidad. Lasdos dimensiones, aunque distintas, no son autónomas, existe una estre-cha relación entre ambas que será examinada después. Ahora, interesaresaltar que la divergencia social pertenece a la esfera descriptiva, contodas las cualidades que se asocian a ella, mientras que la criminalidad seubica en el campo de lo prescriptivo. Tal como se ha indicado con insisten-cia, la etiqueta de criminal no tiene una entidad ontológica, no existenatributos en las acciones o en las personas que las hagan criminales pornaturaleza, el epíteto de criminal emerge de una interpretación, de un jui-cio de valor que condensa una apreciación subjetiva. Es decir, mientras ladivergencia es un hecho social, la criminalidad es una definición.

Por tanto, la categoría de crimen o de criminalidad, siendo pres-criptiva, no puede ser utilizada para describir e interpretar teóricamentelos fenómenos sociales, apenas podría ser empleada para calificarlos o ha-cer juicios de valor sobre ellos. El derecho, disciplina normativa que operacon y a partir de reglas, se ocupa de las prescripciones, al igual que lamoral, y de la aplicación del derecho surge la etiqueta de criminal19. Sinembargo, en contravía con la explicación anterior, introduciendo una enor-

1 9 Al menos surge como una definición que puede ser eficaz, dado el poder político de los operadoresjudiciales. La población puede, y de hecho lo hace, hacer juicios de valor sobre lo criminal, que son porigual percepciones subjetivas, tal vez apoyadas en otra estructura lógica, argumentación y justificación,pero en todo caso son también prescripciones. Desde luego, es muy importante indicarlo, en uno yotro caso las interpretaciones que le conceden el marbete de criminales a las personas o a sus accionesterminan edificando una realidad social construida, de origen subjetivo, pero con efectos reales. Lacategoría teórica de la divergencia es útil para deconstruir esas realidades sociales edificadas a partir deinterpretaciones.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 29: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

31

me confusión se ha utilizado el concepto de crimen como una categoríadescriptiva, para reseñar y analizar la realidad objetiva, no como reflejo deun juicio de valor. Conviene, entonces, hacer un repaso de las posicionesque se han enunciado en torno al tema.

La noción de crimen, que abarca por extensión el concepto de cri-minal, ha sido materia de una polémica histórica no agotada en lacriminología. La implicación principal de la discusión aparece referida a suempleo para circunscribir el objeto de estudio de la criminología, asuntoque conviene examinar en conjugación con las ideas que han sido presen-tadas en las páginas anteriores, en particular acerca de la concepción dela divergencia, lo que exige como primer paso un recuento rápido del debate.

Una posición famosa, también criticada de manera amplia, ex-puesta por Paul W. Tappan, limitaba la acepción a aquellos hechos defini-dos en la ley penal como delictivos y, en consecuencia, la indagaciónsociológica debía atenerse a ellos o, en otras palabras, el objeto de estudiode la criminología aparecía delimitado por las normas penales (Tappan,1947:96 y ss). Planteamiento que tenía antecedentes, pues ya en los años30 del siglo XX, Jerome Michael y Mortimer J. Adler, sostenían:

no podemos hacer una encuesta empírica sobre el crimen y los criminalesa menos de tener una base para diferenciar el comportamiento criminalde otro comportamiento y los delincuentes de otros individuos (...) Nosolamente la definición legal de un crimen es precisa y desprovista deambigüedad, ésta es la única definición posible del crimen (Michael yMortimer, 1933:1 y 2; García-Pablos de Molina, 1988:74).

La reacción contra la postura anterior se centró en señalar la in-suficiencia de una definición de crimen incrustada en un marco puramen-te jurídico, pues no pocas conductas que resultaban de interés para lainvestigación y la teoría, por ejemplo en razón del daño social que podíanocasionar, escapaban a la posibilidad de ser estudiadas por su no incorpo-ración en la ley penal. Igualmente, se indicó que el planteamiento compor-taba subordinar la criminología al derecho penal y, sobre todo, llevaba alabsurdo de supeditar una ciencia social a un objeto de estudio establecidoen términos normativos, esto es, a que la ley y no las necesidades del cono-cimiento fijaran aquellos hechos que podían ser materia de observación yanálisis lo que, sin duda, introducía un principio de autoridad, contrario alespíritu de las ciencias. También se adujo que el derecho penal es produc-to de intereses de grupos con el poder suficiente para influir en su configu-ración, con lo cual la criminología quedaba sujeta a esos intereses al seguirel concepto jurídico de crimen.

Como resultado del debate surgieron otras propuestas, cuya pre-tensión radicaba en proveer de mayor amplitud a la noción de crimen, perosiempre conservando el término para referirse a los hechos sociales quedebían ser materia de conocimiento por la ciencia. Así, de acuerdo conSellin (1938), se entendió como una actuación opuesta a las normas de

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 30: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

32 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

conducta culturales con un carácter universal, esto es, contrario a pautasde normalidad social (Sellin, 1984:30 y 32); o según Sutherland (1945) comoeventos que representaran un grave daño social, fueran ilícitos civiles openales (Sutherland, 1961:29 y 30); o conforme a los Schwendinger (1975)como comportamiento en contradicción con los derechos humanos(Schwendinger, 1985:178-186).

No obstante, todas las posiciones anteriores eran receptivas a pun-tos de vista subjetivos, juicios de valor y disposiciones normativas, aunquemás amplias que las penales. La orientación teórica de Sellin desembarcaen las normas de cultura, con la trascendencia implícita en la recupera-ción que hace de la cultura, pero así mismo con referencia a un sistemanormativo, además cuestionable pues estaría fundado en un juicio al finalcuantitativo y no axiológico. La postura de Sutherland, si bien demuestraclarividencia para probar el carácter selectivo del sistema penal frente a lallamada “criminalidad de cuello blanco”, en todo caso considera crimenaquello que constituye una conducta prohibida por el Estado y que segúnel mismo Estado representa daño social. La expuesta por los Schwendinger,a pesar de la relevancia que implica la reivindicación de los derechos civi-les o fundamentales, remite al derecho internacional, hoy igualmente engran medida al derecho constitucional, sino al derecho natural, pero siem-pre a un sistema normativo, además con los problemas de definición políti-ca que siempre han comportado.

Las concepciones relacionadas podían guardar un interés varia-ble para ilustrar a los legisladores al momento de elevar a la categoría deinfracciones a la ley penal determinadas conductas hipotéticas, como cri-terios en el proceso de criminalización; sin embargo, éste es un problemade política penal que ahora no viene al caso, pues la cuestión crucial esque en todos los casos se trató de tentativas para reelaborar el concepto decrimen como supuesta categoría social/empírica, a cuyo estudio debía de-dicarse la criminología. Es decir, el defecto radicaba en no distinguir ladecisión que define como crimen un hecho social del hecho social mismo o,en otras palabras y tal como se ha subrayado, en adoptar una definición decriminalidad, que es una categoría prescriptiva, como una definición quedescribiría un fenómeno empírico.

En el último sentido, la discusión derivó en tres tendencias dife-rentes en torno a la noción de crimen. Por una parte, un sector de la comu-nidad criminológica perseveró en sostener el criterio jurídico/formal, esdecir, por crimen se entenderían los hechos descritos en la ley penal comotales, y ellos constituirían la materialidad empírica objeto de conocimiento;otra vertiente conservó la acepción, aunque adoptándola con elasticidad,para comprender en ella eventos sociales no necesariamente delictivos, lomismo que aquellos así calificados por las autoridades penales; la últimaprefirió el concepto de desviación social, referido a los hechos sociales.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 31: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

33

El planteamiento envuelto en la tercera posición ha sido ya cues-tionado, como quiera que la categoría de desviación fue criticada en formasistemática, subrayando sus yerros para describir aquellos procesos so-ciales de interés para la sociología jurídica penal, además de su carácternormativo y no descriptivo. La segunda posición no se caracteriza por suclaridad y precisión teórica, pues al mantener irresoluto el asunto sólomantiene la confusión. Respecto de la primera postura existe proximidad ya la vez disenso. Similitud en cuanto a que crimen o conducta criminal esaquella que ha sido objeto de una declaración de responsabilidad penal,mediante una sentencia judicial que ha hecho tránsito a cosa juzgada. Sinembargo, ello en modo alguno significa que lo definido o etiquetado comocriminal pueda constituir una categoría para describir o comprender lassituaciones sociales que conoce la criminología, pues en ese caso se con-funden dos esferas que, aun cuando relacionadas, son distintas.

En efecto, tal como se ha insistido, la definición de una accióncomo criminal surge del proceso de criminalización, lo que no sólo significaque ella se encuentra consignada en la legislación penal, sino que se pro-duce una imposición eficaz de esa calificación. Esto quiere decir que la leypenal, contenida en la declaración judicial de responsabilidad, establecequé acciones y cuáles individuos pueden ser reputados como criminales.Empero, no debe perderse de vista, siguiendo el enfoque inspirado en elplanteamiento de Habermas, que tanto la ley penal como la declaración deresponsabilidad que emite el juez, son expresiones de la dimensiónprescriptiva del mundo social. De allí que, en tanto prescripciones, no cons-tituyan el campo empírico.

Ahora bien, si la noción de crimen es un concepto jurídico que nopuede utilizarse para describir y analizar las situaciones sociales, que sondistintas a las decisiones que en determinados casos imponen esa etique-ta, ya que se estarían confundiendo las dimensiones descriptiva yprescriptiva de la vida social, así mismo deben rechazarse por inadecua-dos un conjunto de conceptos que hacen explícito ese error. Por ejemplo, lanoción bastante popular de criminalidad oculta o cifra “negra” de la crimi-nalidad, referida a aquellos hechos delictivos de los cuales no han tenidoconocimiento las autoridades penales, versa sobre hechos sociales queposeen una naturaleza empírica, pero a la vez introducen una valoraciónde los comportamientos en cuestión al definirlos como criminales. Esa no-ción, que se conjuga en la teoría criminológica tradicional con las de crimi-nalidad aparente y criminalidad real20, induce con elevada frecuencia alyerro de sostener que aquellos sucesos que la población define comodelictivos, normalmente por intermedio de una consulta de opinión son, en

2 0 Por criminalidad aparente se entendería aquellos hechos delictivos de los cuales han tenido noticia lasautoridades penales y, a su vez, por criminalidad real se comprendería la suma de la criminalidad ocultay la aparente.

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 32: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

34 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

efecto, infracciones objetivas a la ley penal, cuando se trata de apreciacio-nes subjetivas, que además pueden adolecer de fallas en el conocimientode la ley penal o de lógica al intentar subsumirlas en ella, etc., y, sobretodo, producidas por quienes la mayoría de las veces carecen de poder su-ficiente para imponer de manera eficaz semejante rótulo.

Otro tanto, entre varios casos, acaece con el término “crimen or-ganizado”, con el que se pretende describir un determinado fenómeno so-cial, aunque presenta la misma falla recurrente de mezclar una categoríanormativa de índole prescriptiva21. Tiempo ha que fueron abandonadas,prácticamente por todos, las nociones de sociología criminal y de psicologíacriminal, al entenderse que no podía haber un objeto de estudio empíricoque no era tal, no obstante lo cual, entre muchos no sólo se persistió en eluso de la acepción criminalidad con ese sentido, sino que además otrasciencias empíricas retrocedieron al definir el respectivo campo de especiali-dad de manera análoga, por ejemplo, para hablar de economía del crimen.

En conclusión, la acepción jurídica es de recibo para definir locriminal como juicio prescriptivo, pues dicha categoría posee esa entidad,lo que en modo alguno significa que deba ser empleada para abarcar lossucesos de la realidad social. Por tanto, no es necesario introducir unadicotomía entre una noción sociológica y otra jurídica sobre el crimen, porende, no es tampoco imprescindible menoscabar el principio de legalidadpara los propósitos de indagación de la criminología22. Así, resulta inacep-table, en razón a lo argüido, adoptar el criterio jurídico y la misma nociónde crimen o criminalidad para intentar describir hechos o procesos quepertenecen a la dimensión empírica del mundo social. En ese sentido, losargumentos ya expuestos que rebaten el carácter ontológico de los sucesosreputados criminales, constituyen una refrendación del yerro de la posi-ción examinada. Para tratar acerca de las acciones sociales, que poseenuna representación objetiva y pueden ser descritas en forma empírica, losconceptos de crimen y desviación social son inadecuados. En tal caso deberecurrirse a la categoría de divergencia social. El concepto de divergenciano limita el objeto de estudio de la criminología a los hechos rotulados comocriminales en la actividad de control penal, ofrece una categoría social, denaturaleza descriptiva o empírica, sin tener que torcer el concepto jurídicode criminalidad. Así mismo, al escindir la situación social de la cual sedesprende un conflicto (divergencia) de la interpretación jurídica del con-

2 1 Además, el término crimen organizado es usado en forma confusa para describir situaciones muydistintas, sin utilizar parámetros empíricos sólidos que, con alguna utilidad, permitan distinguirlo deotras formas de divergencia que llegan a ser tildadas de criminales.

2 2 Cuando cierta criminología adoptaba una noción de crimen distinta a la jurídico/penal, más amplia,pues compendiaba conductas no previstas en la ley como tales o no calificadas así por los operadoresjudiciales, junto a aquellas que lo eran, esa criminología resquebrajaba el principio de legalidad, pues losconceptos de crimen o delito del derecho penal y de la criminología no coincidían.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 33: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

35

trol penal que impone determinada etiqueta (criminalidad), no sólo sonseparadas las dimensiones prescriptiva y descriptiva de la vida social, seesclarece la ruta para examinar las relaciones dialécticas que concurrenentre divergencia y control penal.

EL OBJETO DE LA CRIMINOLOGÍAY OTROS COMPONENTES DE SU ENFOQUEAcerca del objeto de estudio de la criminología, aunque son nume-

rosas e importantes las variantes, existen tres grandes vertientes dentrode las cuales se pueden agrupar los trabajos de los distintos autores. Deconformidad con una de las posiciones más tradicionales, la criminologíase ocuparía del estudio de las causas de la criminalidad o de la desviación,o sea, del sujeto y de la conducta consideradas delictivas. Una segundacorriente, representada especialmente en la llamada criminología crítica,plantea como objeto de estudio al control social, desechando las versionesetiológicas sobre la criminalidad23. La tercera postura se reconoce comoecléctica, al sostener como válido el estudio simultáneo de la criminalidady del control social ejercido contra ella. Todo esto, desde luego, repercuteen la concurrencia de diversas definiciones de la criminología.

La primera corriente incurre en el error de obviar el estudio delcontrol social penal, desconociendo la influencia mutua entre el delito y sucontrol. En consecuencia también supone, de manera equívoca, que loscomportamientos definidos como delictivos lo son en razón de sus cualida-des ontológicas, es decir, en virtud de propiedades esenciales de tales con-ductas.

La perspectiva del control social, originada en los autoresconflictualistas y el interaccionismo simbólico, tiene razón al argüir que lacondición de criminal o desviado endilgada a un sujeto o a su accionar,depende de un proceso de criminalización, donde de manera selectiva y deacuerdo con criterios de orden político, ocurre el correspondienteetiquetamiento. Por ende, no habría factores que produjeran la criminali-dad, ni causas de ella. Empero, si bien la adjetivización como criminal delcomportamiento surge del proceso de criminalización, es perfectamente via-ble examinar la conducta no como hecho jurídicamente calificado, sino encuanto fenómeno propio de la acción social.

Se trata entonces de una concepción diferente a la etiológica pro-puesta para la criminología por alguna de sus vertientes. Ya no se probaríaa estudiar la conducta para extraer las causas que la hacen criminal, yaque esta cualidad nace del proceso de criminalización. Se pasaría al estu-dio de la acción, en tanto fenómeno social que trasciende sobre la realidaden el tiempo y en el espacio. Es decir, se observa y reflexiona sobre el com-

2 3 La etiología se ocuparía del estudio de las causas explicativas de los fenómenos sociales.

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 34: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

36 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

portamiento, no en tanto “homicidio”, sino en cuanto al hecho social deprivar a otro de la vida, como evento material que conlleva una transforma-ción física y posee un impacto social. Dicho en otras palabras, el proceso decriminalización puede explicar, cómo y por qué, el consumo de alcohol fuecalificado como delito en alguna legislación, para luego desaparecer delestatuto penal; pero aún entonces, si hubiera interés en ello, se podríaestudiar el consumo de alcohol como hecho social, buscando respuestasinterpretativas. Es más, la descriminalización en Estados Unidos del con-sumo de alcohol eliminó la definición del acto como delictivo, pero no elhecho como fenómeno social, pues la gente siguió ingiriéndolo.

El abandono del paradigma etiológico sostenido por el positivismoconcurre, en especial, por la inutilidad e imposibilidad de establecer cau-sas explicativas para el comportamiento humano, nunca sujeto a pautasdeterministas en su génesis. El estudio mencionado de la divergencia serealizaría dentro del enfoque epistemológico de la sociología comprensiva24.La acción social racional, orientada por fines, o las acciones irracionalesposeen una significación, cuya interpretación o comprensión sería partedel objeto de estudio de la criminología. De la observación caso a caso, delas acciones divergentes podrán extraerse líneas más o menos constanteso tipos ideales, provistos de determinados elementos que hacen parte deprocesos, por tanto entender el modo como comparecen y se verifican esoselementos y procesos será la meta.

La posición ecléctica propone compatibilizar dos discursos dife-rentes. Pero al no ofrecer una fórmula que excluya aquellos aspectos opues-tos de las dos perspectivas, recae en una posición ambigua y, en veces,contradictoria. Es una alternativa tan cómoda como teóricamente deficien-te e incoherente.

En el enfoque adoptado no se encuentra el propósito mecánico ycómodo de reunir en un mismo cuerpo visiones contradictorias. Se sostie-ne que el objeto de estudio de la criminología corresponde al examen de ladivergencia y del control penal, al exponer la existencia de una relaciónindisoluble entre los dos componentes. En esos términos, aun cuando am-bos aspectos son distintos, son una unidad que integra el fenómeno deldelito, dada la mutua influencia del uno sobre el otro, la forma en que cadauno se transforma, adapta, desarrolla o reacciona de conformidad con elpapel desempeñado por el otro. Se trata de las dos caras de una mismamoneda.

La conexión entre divergencia y control social es parte de la rela-ción más amplia entre acción y estructura social. La acción social, califica-da así cuando quiera que se encuentra en condiciones de incidir en laactuación o en la situación de otra persona, es la conducta o el acto signi-ficativo ejecutado u omitido por un individuo. La estructura social es la

2 4 Enfoque desarrollado en particular por Weber (1992:6 - 18).

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 35: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

37

sociedad institucionalizada, el tipo de organización social existente, la cualpuede ser descompuesta en varias estructuras, utilizando el plural, llama-das también subestructuras.

La divergencia es una de las formas de acción social. Claro, haymanifestaciones de la acción social que no son divergentes. A su vez, elcontrol social pertenece al ámbito de la estructura social. Todo esto consi-derado en términos predominantes, puesto que el control social no estáausente en las relaciones de interacción social donde los individuos desa-rrollan sus acciones. El control social tiene una fuerza con capacidad deconstreñir o repercutir sobre el comportamiento de las personas, por tantoacompaña a la acción social. Tampoco la estructura social puede ser con-templada de un modo puramente abstracto, como un ente, se trata de unproducto de la sociedad, de los sujetos que la componen, que cobra vida enla medida en que muchas personas interactúan. De tal suerte, la acciónsocial en todas sus formas –lo que puede incluir a la divergencia–, penetray afecta de varios modos a la estructura social.

Son, entonces, dos las relaciones que pueden ser ubicadas. Unamás amplia y general, entre los campos de la acción social (interacción) yde la estructura social (sociedad institucional). Otra específica y delimita-da, entre especies que pueden oponerse, por una parte la divergencia, porotra el control social. Cuando el control interviene sobre la divergencia porintermedio del proceso de criminalización, se confunden divergencia y con-trol, generando una nueva definición: el delito. En lo que respecta al tipo derelación entre divergencia y control, éste es de intercambio, tal como sehabía señalado. En segundo lugar, debe agregarse que se trata además deuna relación dialéctica, por ello de una contradicción. Seleccionada unade las líneas de acción social para su criminalización, al imputarle un ca-rácter delictivo, se traba una relación dialéctica entre el delito y el controlpenal, de la que debe emerger como síntesis una sanción que restablezca,de manera simbólica o material, el interés vulnerado25. Con todo, retornan-

2 5 Aquí el planteamiento deja atrás el análisis sociológico e incursiona en el ámbito de la filosofía delderecho. La proposición de un sistema penal cuya finalidad sea la de obtener el restablecimiento de losderechos o intereses vulnerados, por medio de la reparación, ingresa en el campo del deber ser. Esapropuesta no es consustancial al enfoque teórico de la divergencia, pues todavía adoptándolo puedepensarse en un sistema penal orientado por otros fines. Sin embargo, si la divergencia es en pocaspalabras disputa de intereses, si el sistema penal asume definiciones que inciden sobre intereses, seríacoherente declarar que la meta del sistema penal es la de restablecer los intereses lesionados en elcurso de la divergencia. De otra parte, la postulación anterior es también materia de cuestionamientocuando quiera que se indica una proximidad con las posturas de la corriente criminológica delabolicionismo, con una solución que pretendería ser igualitaria, pero que estaría alejada de la realidadlatinoamericana y se parecería, por ejemplo, a la sueca, que además vanamente intentaría promover unesquema reparatorio sobre el sancionatorio dominante (Elbert, 1999:313). No obstante, debe acotarseque no hay nada más lejano al abolicionismo, por lo demás una propuesta de política penal a la postrereaccionaria, pues conspira contra el garantismo propio del derecho penal democrático. En modoalguno se sugiere descriminalizar el grueso de los conflictos definidos como penales, aunque varios

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 36: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

38 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

do al campo sociológico, debe recalcarse que el fenómeno (divergencia/con-trol) constituye una totalidad sujeta a intercambios dialécticos.

En ese sentido se puede aprovechar del debate formulado porJürgen Habermas sobre la neutralidad valorativa de la investigación, pro-movida por Karl Popper cuando plantea la dicotomía entre la indagaciónacerca de hechos, por una parte, y de decisiones, por otra. En este análisis,también en Habermas, los hechos corresponden a los acontecimientosmateriales de la vida social, aunque en este estudio interesan los hechosparticulares que se traducen en acciones de divergencia; mientras que lasdecisiones están referidas a las determinaciones del control social, si bienHabermas se ocupa de uno de sus aspectos: las normas sociales. Los dosextremos del problema son presentados así por Habermas:

Por un lado tenemos regularidades empíricas en la esfera de los fenóme-nos naturales y sociales, es decir, leyes de la naturaleza; por otro reglasde comportamiento humano, es decir, normas sociales. Mientras las cons-tancias de los fenómenos, fijadas en términos de leyes de la naturaleza,no sufren en principio excepción y se manifiestan con independencia dela influencia de los agentes, las normas sociales son algo establecido yque se impone bajo la amenaza de sanciones: sólo rigen a través de laconciencia y del reconocimiento de los sujetos que orientan su acción porellas (Habermas, 1990:32 y 33).

De acuerdo con Habermas, el positivismo asume ambas esferas demanera separada, negando la relación dialéctica entre el ámbito de loshechos y el de las decisiones, desconociendo su interdependencia mutua.Desde el punto de vista de este trabajo, en el campo particular de lacriminología, esa es la actitud que niega la interrelación entre la divergen-cia (mundo de los hechos) y el control social (mundo de las decisiones,constituidas en el proceso de criminalización). El cuestionamiento es ex-puesto así:

podrían serlo. La noción de restablecimiento de intereses nunca sugiere la existencia de condiciones deigualdad entre las partes del conflicto, ni su aplicación la requiere. La finalidad no sería reparatoria poroposición a la sancionatoria, más bien se diría que el fin de la sanción es el restablecimiento de interesespor medio de la reparación. Desde luego, el planteamiento se ubica en el mundo del deber ser, lo queimplica cambios en sistemas penales que muchas veces se orientan por un mera reivindicación de laautoridad del Estado, sin importar los intereses de la parte definida como víctima, lo que implicaríapensar un sistema penal democrático centrado en los justiciables, terreno en el cual aún es mucho loque debe hacerse en América Latina. Empero, sostener que es un tropicalismo el imaginar sistemaspenales democráticos para Latinoamérica, ya que sólo valen para Suecia o contextos similares, esrenunciar a toda posibilidad de transformación progresista en virtud de un realismo inexorable. La ideade restablecimiento del derecho no implica de modo necesario “un aparente diálogo entre partesequivalentes y respetuosas” como sostiene Elbert, aunque las posibilidades de conciliación o mecanis-mos similares no tendrían que ser desechadas, precisamente cuando las posiciones de poder relativosean análogas. Por regla general, la intervención política del sistema penal será un acto de poder quedebe obrar para procurar desatar los conflictos sociales, aunque exista desequilibrio entre las partes,lo que sucede en la mayoría de los casos.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 37: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

39

Las hipótesis se refieren a las leyes de la naturaleza, son “posiciones” queresultan o no resultan empíricamente atinadas. Por el contrario los enun-ciados con que aceptamos o rechazamos, aprobamos o recusamos nor-mas sociales son “posiciones” que no pueden ser empíricamente verdaderasni falsas. Aquellos juicios tienen por base el conocimiento, éstos la deci-sión. Ahora bien, como, según lo supuesto, el sentido de las normas so-ciales no depende de las leyes fácticas de la naturaleza ni éstas de aquél,el contenido normativo de los juicios de valor no puede deducirse en modoalguno del contenido descriptivo de las constataciones de hecho ni, a lainversa, el contenido descriptivo puede deducirse del normativo (33).

La criminología crítica ha seguido el camino del positivismo demanera inversa a la tradicional, al considerar que el proceso de crimi-nalización es suficiente para investigar y tratar el tema del delito, por cuantoes un proceso de decisión exclusivamente valorativo y político. En este es-crito no se niega la relevancia del proceso de criminalización, pero se re-prueba la reducción de la cuestión del delito a un plano apenas prescriptivo,cuando en términos de hecho social tiene también una dimensión descrip-tiva. Por su parte, la criminología tradicional de base positivista, ademásde otros yerros, incurre en defecto opuesto, pero análogo, ignorando la inci-dencia sobre el delito de la faceta prescriptiva, de las normas en particular,del control en general.

Una postura dialéctica, comprensiva de las relaciones entre di-vergencia y control no es incongruente ni mecanicista, pues reconoce lasposibilidades de la individualidad dentro de un marco de condiciones so-ciales e históricas dadas: “El hecho de que todas las personas estén cons-tituidas por procesos sociales, o en términos de ellos, y que sean reflejosindividuales de ellos –o más bien, de esa pauta de conducta organizadaque ellos exhiben y que las personas aprenden en sus respectivas estruc-turas–, no es en modo alguno incompatible con el hecho de que las perso-nas individuales tienen su individualidad peculiar, su propia pauta única,ni destruye tal hecho” (Mead, 1992:226)

La correlación entre divergencia y control es tal, que no sólo com-parece en el tema de los intereses, que son un factor de trascendenciaesencial a ambos niveles, sino que además apenas tenemos la certeza so-bre las implicaciones jurídicas de la acción social divergente, cuando se haproducido una reacción social tendiente a controlarla. En consecuencia,sin reacción la conducta divergente no adquiere una connotación penal.Así mismo, en la relación básica entre los dos componentes, debe conside-rarse que la pretensión del control penal de someter la criminalidad, re-percute sobre la divergencia variando sus características, lo que a su vezlleva a una continua modificación de la reacción penal. Por ende, una teo-ría del cambio social en este escenario debe ser explicada comprendiendola correlación entre divergencia y control penal. Aquí debe considerarseque tanto la divergencia como el control se han visto alterados por las trans-formaciones históricas y sociales. El análisis de las funciones está igual-

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 38: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

40 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

mente marcado por la vinculación entre divergencia y control; así un he-cho o una decisión producida en una de las esferas puede cumplir funcio-nes en la otra26.

El control y las definiciones que emergen de su operación (crimi-nalidad) son construcciones sociales, fundadas en la cultura y entipificaciones sociales paralelas. Como productos de un mundo social,gestadas en el proceso de construcción de la realidad, no estándesvinculadas del mundo material y de los individuos del cual provienen,por ende, de sus acciones: “a pesar de la objetividad que caracteriza almundo social en la experiencia humana, no por esto adquiere un estatusontológico separado de la actividad humana que la produjo. (...) es impor-tante destacar que la relación entre el hombre –productor– y el mundosocial –su producto–, es y sigue siendo dialéctica. Vale decir, que el hombre(no aislado, por supuesto, sino en sus colectividades) y su mundo socialinteractúan. El producto vuelve a actuar sobre el productor (Berger yLuckmann, 1991:83).”

La teoría criminológica que se propone pasa por plantear un mo-delo teórico integrado que emprenda el análisis de la relación de intercam-bio dialéctico entre divergencia y control penal, lo que significa laintroducción de un sistema conceptual sistemático que comprenda el exa-men del intercambio entre la acción (divergencia) y la estructura social(control) o, lo que constituye un plano análogo, entre las esferas microsocialy macrosocial de la sociedad27. La realidad de la vida social no apareceescindida en planos microsociales y macrosociales o en niveles que equi-valgan a la acción y la estructura social. Dicha separación es producto decategorías elaboradas por la sociología, con fines interpretativos: “Aunqueel uso de los términos micro y macro pueden sugerir que estamos analizan-do una dicotomía, somos conscientes en todo momento del hecho de queexiste un continuum que va del extremo micro al macro” (Ritzer, 1993:456).Ello refuerza la necesidad de integrar teóricamente ambos planos, pues elconocimiento sociológico ganaría en capacidad de descripción y análisis.

2 6 Sobre el empleo del funcionalismo, en un plano metodológico, dentro de un análisis conflictualistacomo el seguido acá, ver Vincenzo Ferrari (1989: 33 y ss). Acerca del concepto de función, con unaaplicación de la teoría sociológica del delito que comprende una propuesta para indagar sobre lasfunciones sociales de la divergencia social y el control penal, puede verse Iván Pacheco (1999:303),quien en ese contexto define: “para la criminología, función sería: una consecuencia real con unasignificación social, producto de una prescripción o de una práctica del control social penal o de unhecho empírico generado por una situación de divergencia, que en razón a su impacto y/o constanciapueden ser elevados a una categoría de abstracción teórica general.”

2 7 Sobre la propuesta de una sociología integral de lo macro y lo microsocial, son valiosos los aportes dela sociología general que se encuentran en Pierre Bourdieu (1988); Randall Collins (1988); GeorgeRitzer (1993), cuyos planteamientos se desarrollan aquí en el ámbito de la sociología jurídica.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 39: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

41

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICASBARATTA, Alessandro (1986), Criminología crítica y crítica del derecho penal, México,

Siglo XXI, Álvaro Búnster (trad.).

BECKER, Howard (1971), Los extraños. Sociología de la desviación, Buenos Aires,Tiempo Contemporáneo, Juan Tubert (trad.).

BERGER, Peter y Thomas LUCKMANN (1991), La construcción social de la realidad,Buenos Aires, Amorrortu, Silvia Zuleta (trad.).

BERGALLI, Roberto, (1983), “El pensamiento crítico y la criminología”, en RobertoBergalli et al., Pensamiento criminológico I, Tomo 1, Bogotá.

BOURDIEU, Pierre, (1988), La distinción. Bases sociales del gusto, Madrid, Taurus,María del Carmen Ruiz de Elvira (trad.).

COHEN, Stanley (1988), Visiones del control social, Barcelona, PPU, Elena Larrauri(trad.).

COLLINS, Randall (1988), “The Micro Contribution to Macro Sociology”, enSociological Theory No. 6.

ELBERT, Carlos (1999), Criminología latinoamericana, parte segunda, Buenos Aires,Universidad.

FERRARI, Vincenzo (1989), Funciones del derecho, Madrid, Debate, María José Añóny Javier de Lucas Martín (trads.).

GARCÍA-PABLOS DE MOLINA, Antonio (1988), Manual de criminología, Madrid,Espasa.

GHEZZI, Morris (1987), Devianza tra fatto e valore nella sociologia del diritto, Milán,Giuffre.

——– (1988), “Metodología como elección política en la sociología de la desviación”,en Doctrina penal, Buenos Aires, Depalma.

HABERMAS, Jürgen (1990), La lógica de las ciencias sociales, 2ª edición, Madrid,Tecnos, Manuel Jiménez Redondo (trad.).

HULSMAN, Louk y Celis, J. BERNAT DE (1984), Sistema penal y seguridad ciudada-na: hacia una alternativa, Barcelona, Ariel, Sergio Politoff (trad.).

LIAZOS, Alexander (s.f.), “La pobreza de la sociología de la desviación”, enEstigmatización y conducta desviada, Marcaibo, Universidad de Zulia.

MICHAEL, Jerome y Mortimer J. ADLER (1933), Crime, Law and Social Science,Nueva York, Bracey.

MEAD, George Hebert (1992), Espíritu, persona y sociedad, Barcelona, Paidós.

MITCHELL, Duncan (editor) (1983), Diccionario de sociología, Barcelona, Grijalbo,Rafael Grasa (trad.).

OGIEN, Albert (1999), Sociologie de la déviance, Paris, Armand Colin.

PACHECO, Iván (1999), “El método de análisis funcional en la criminología”, enCarlos Elbert (coordinador), La criminología del siglo XXI en América Lati-na, Buenos Aires, Rubinzal-Culzoni.

PARSONS, Talcott (1984), El sistema social, 2ª edición, Madrid, Alianza Universi-dad, José Jiménez Blanco y José Cazorla Pérez (trads.).

De la desviación a la divergencia: introducción a la teoría sociológica del delito

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 40: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

42 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

PAVARINI, Massimo (1983), Control y dominación, México, Siglo XXI, IgnacioMuñagorri (trad.).

RITZER, George (1993), Teoría sociológica contemporánea, Madrid, McGraw Hill, MaríaTeresa Casado Rodríguez (trad.).

ROBERT, Philippe (1992), “La reflexió criminologica en el momento present”, enDes les causes del delicte a la producció del control. El debat actual de lacriminologia, Barcelona, Centre D’estudis Juridcs y FormacióEspecialitzada - Generalitat de Catalunya.

SCHWENDINGER, Herman y Julia (1985), “¿Defensores del orden o custodios delos derechos humanos?”, en Ian Taylor et al., Criminología crítica, 3ª edi-ción, México, Siglo XXI, Nicolás Grab (trad.).

SCHÜTZ, Alfred (1962), El problema de la realidad social, Buenos Aires, Amorrortu.

SELLIN, Thorsten (1984), Conflits de culture et criminalité, Paris, Pedone, YvonneMarx (trad.).

SILVA GARCÍA, Germán (1996), “La concepción del crimen: un punto de partidapara la exploración teórica”, en Derecho público, filosofía y sociología jurídi-cas, Bogotá, Universidad Externado de Colombia y Consejo Superior dela Judicatura.

——— (1997), ¿Será justicia? Criminalidad y justicia penal en Colombia, Bogotá, Uni-versidad Externado de Colombia.

——— (1999), “Criminología. Bases para una teoría sociológica del delito”, en Lacriminología del siglo XXI en América Latina, Carlos Elbert (coordinador),Buenos Aires, Rubinzal-Culzoni.

——— (2000), “Le basi della teoria sociologica del delitto”, en Sociologia del Diritto,No. 2, Milán, Paola Spada (trad.).

SUMNER Colin (1993), “The Decline of Social Control”, Paper Seminar Social Con-trol at the End of the Millenium, Barcelona University, 18th-19th November.

——— (1994), The Sociology of Deviance: an Obituary, Buckingham, Open University.

SUTHERLAND, Edwin (1961), White Collar Crime, USA, Holt, Rinehart y Winston.

TAPPAN, Paul W. (1947), “Who is Criminal?”, American Sociological Review, Vol. XII,Nº 1-6.

TAYLOR, Ian, Paul WALTON y Jock YOUNG (1985), “Criminología crítica en GranBretaña: reseña y perspectivas”, en Ian Taylor et al, Criminología crítica, 3ªedición, México, Siglo XXI, Nicolás Grab (trad.).

TOMEO, Vincenzo (1979) “Dalla devianza al conflitto”, en Sociologia del Diritto,Milán, Giuffrè, 1-2.

VOLD, George B. (1967), Theoretical Criminology, 4ª ed., Nueva York, Oxford University.

WEBER, Max (1992), Economía y sociedad, México, Fondo de Cultura Económica.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 41: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

65

Experiencias con armasy justicia juvenil:una aproximaciónal caso venezolano*

LUIS GERARDO GABALDÓN**

* El presente trabajo ha contado con el apoyo del Consejo de Desarrollo Científico y Humanístico y delCentro de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Católica Andrés Bello. Agradezco a Carla Serranoy Cristian Sanginés su valiosa colaboración en la recolección y organización de los datos. ChristopherBirkbeck y Gary Lafree propusieron el proyecto original de esta investigación en el Centro para laJusticia Penal y Análisis Estadístico de Nuevo México, Estados Unidos. El Instituto Nacional del Menor,en la persona de su presidente y de los directores de los Centros de Tratamiento y Diagnóstico CarolinaUslar y Ciudad de Caracas, permitió la administración del cuestionario a los jóvenes transgresores enVenezuela. Los tribunsales de primera instancia de menores en lo correccional y la Comisaría deMenores del Cuerpo Técnico de Policía, en el Distrito Federal, facilitaron la recolección de los datosrelativos a los expedientes de jóvenes transgresores, bajo compromiso de estricta confidencialidad.

** Profesor titular de derecho penal y criminología, Universidad de Los Andes, Mérida, UniversidadCatólica Andrés Bello, Caracas.Correo electrónico: [email protected]

Los estudios sobre disponibilidad, uso, actitudes y control de las armas de fuegoentre la población juvenil en América Latina son muy escasos. La investigaciónen Estados Unidos ha vinculado este problema, fundamentalmente, a las pandillasy a las minorías raciales o culturales. Este estudio adelantado en Venezuela en1998, mediante la aplicación de un cuestionario a 203 jóvenes intervenidos porel sistema de justicia juvenil, sugiere difusión y facilidad en la adquisición de armasde fuego –si bien no en la proporción determinada en Norteamérica–, ypercepciones de bajo riesgo, inactividad y disfuncionalidad del sistema de justiciapor parte de los jóvenes, así como una dinámica de la violencia vinculada a lavictimización intragrupal, a las rencillas personales y al uso predominantementeinstrumental, antes que simbólico, de las armas de fuego. Estas condicionesdificultan la adopción de políticas públicas, con apoyo de la ciudadanía, para elcontrol y la minimización de la violencia entre los jóvenes de los sectores másdesfavorecidos de la población.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 42: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

66 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

Research on the availability, use, attitudes and control of firearms among theyouth in Latin America is not frequent. Research in the United States basicallyhas tied the problem to gangs and minorities. Research undertaken in Venezuela,in 1998, through a questionnaire answered by 203 youngsters held in detentionfacilities suggests a widespread use of and easy access to firearms –though notin the proportion noted in the United States. It also suggests a low perceptionamong the youth of the justice system as low risk, inactive and dysfunctional, aswell as a dynamic of violence that is tied to intra-group victimization, to personalvendettas, and to the predominantly instrumental, rather than symbolic, use offirearms. These conditions hinder the adoption of citizen-backed public policiesto control and minimize violence among youths from the most disfavored sec-tors of the population.

EL CONOCIMIENTO ACTUAL SOBRE LA UTILIZACIÓNDE LAS ARMAS DE FUEGO POR PARTE DE LOS JÓVENESLa cuestión de la posesión y el uso de armas, blancas o de fuego,

por parte de los jóvenes en Venezuela se encuentra diluida dentro de ladiscusión general de la delincuencia juvenil y la falta de oportunidadeslegítimas. Los actos delictivos, presentados sin distinguir tipos o modalida-des de ejecución, se discuten como formas alternas de reconocimiento so-cial, actos de naturaleza fundamentalmente expresiva (Castillo, 1997: 79).Esta visión no parece ser exclusivamente venezolana (véase, para el casobrasileño, Rodrigues Breitman, 1994: 161). En otras interpretaciones, laviolencia se presenta como cotidianidad precoz de personas desamparadas(Llorens, 1998: 171). Dentro de este contexto, poca atención se presta a loscondicionantes situacionales y a la disponibilidad de instrumentos paraherir o matar en la explicación de la violencia y de sus resultados, y menosaún a los mecanismos de control social frente a este fenómeno.

En otros países, la disponibilidad de armas de diverso tipo porparte de los jóvenes constituye un tema de interés, aunque muchas vecesel discurso es vago y de opinión. Un reportaje del periódico chileno La Ter-cera (5/4/98: 4-6) recoge la preocupación por el porte de armas blancaspor parte de estudiantes en aulas de educación media de Santiago, y de suuso en agresiones contra compañeros de clase, a título anecdótico y gene-ral. Por lo que se refiere a las armas de fuego, cuya disponibilidad pareceser sustancialmente menor, el problema se atribuye a falta de control en elhogar.

En Estados Unidos, la cuestión de las armas de fuego y los jóvenesha generado análisis más específicos. Por ejemplo, se ha determinado quepara el periodo 1992-1993, el 22% de las víctimas de lesiones personales yel 16% de las víctimas de homicidio fueron jóvenes entre 15 y 19 años deedad (Zawitz, 1996: 3-5). Las víctimas de homicidio a consecuencia del uso

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 43: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

67

de armas de fuego se duplicaron para el grupo etario entre 10 y 17 años, enel periodo 1985-1991, mientras los homicidios no vinculados a dichas ar-mas permanecieron estables (Blumstein, 1995:5). En América Latina no sedispone de registros sistemáticos que permitan estimar las tasas devictimización por homicidios y grupos de edad, en particular vinculados aluso de las armas de fuego.

Existen algunos indicios de que la restricción de la disponibilidadefectiva de armas puede incidir en la reducción de los delitos vinculados alas mismas. Así, en un experimento llevado a cabo en Kansas City, dondese incrementó el desempeño policial proactivo en una zona de la ciudad dealta incidencia delictiva, durante seis meses, se pudo comprobar una dis-minución de magnitud de tres veces en los homicidios, de las tres cuartaspartes en las lesiones personales graves y de la mitad en los robos (Sherman,Shaw y Rogan, 1995:11).

Las investigaciones dirigidas a explorar entre los jóvenes protago-nistas las vivencias y percepciones del problema de la tenencia y el uso delas armas son muy recientes. Incluso en Estados Unidos existen pocos es-tudios sobre este particular. Sheley y Wright (1993:11) diseñaron una in-vestigación en cuatro estados y seis instituciones correccionales y escuelaspróximas a las mismas, a fin de estimar la extensión de la posesión, el usoy el tipo de armas de fuego, así como actitudes de los jóvenes hacia lasmismas. El 83% de los internos poseía al menos un arma de fuego antes delarresto, 63% había cometido un delito con ella y 35% portaba regular uocasionalmente un arma de fuego. Aunque el 68% de los internos y el 22%de los estudiantes confesaron pertenecer a pandillas, un númerosustancialmente superior en ambas categorías manifestó estar envueltoen uso y posesión de armas de fuego, lo que indica que el problema no estálimitado a las pandillas. Un resultado impactante de la encuesta fue que el35% de los internos y el 10% de los estudiantes declararon que era apro-piado disparar contra alguien para obtener lo que uno creía necesario.

En otra investigación sobre escolares norteamericanos en el Esta-do de Washington, Callahan y Rivara (1992) encontraron que el 34% de lamuestra percibía el acceso a las armas de fuego como fácil, el 46% de losposeedores de armas las llevaba regularmente a la escuela y el 33% de losportadores había disparado por lo menos una vez contra alguien. Segúnlos investigadores, la pertenencia a pandillas y la participación en ataquespersonales y lesiones se encuentran fuertemente asociadas a la posesiónde armas de fuego. Sin embargo, sólo el 37% de los poseedores de armasresultaron miembros declarados de pandillas, lo que implica, de nuevo,que el problema de la posesión y el uso de armas de fuego rebasa la cues-tión de la pandilla juvenil.

Las investigaciones de Sheley y Wright (1993) y de Callahan y Rivara(1992) no analizaron actitudes y sensaciones vinculadas al uso de las ar-mas en situaciones críticas, percepciones sobre el control social entre los

Experiencias con armas y justicia juvenil: una aproximación al caso venezolano

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 44: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

68 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

jóvenes y respuestas del control social formal frente a la detección de ar-mas entre los jóvenes. Estas cuestiones son importantes para entender elsignificado del uso de las armas entre los jóvenes y las acciones oficiales oprivadas que se están ejecutando para enfrentar el problema.

Este artículo discute los resultados de una investigación venezo-lana sobre jóvenes transgresores internos en dos Centros de Tratamiento yDiagnóstico del Instituto Nacional del Menor, en el área metropolitana deCaracas; parte a su vez de un proyecto comparado con el estado de NuevoMéxico, en Estados Unidos, y la ciudad de Santiago de Chile. No obstante,la discusión se centra en los resultados obtenidos en Venezuela.

UNA APROXIMACIÓN A LA CUESTIÓN DE LAS ARMASDE FUEGO Y LA DELINCUENCIA JUVENIL EN VENEZUELAA partir de marzo de 1998 se comenzó a trabajar en el proyecto,

una vez obtenida la autorización de la presidencia del Instituto Nacionaldel Menor. El macro proyecto de investigación constituye una iniciativapara evaluar las vivencias, percepciones y actitudes de jóvenestransgresores sobre el problema de las armas de fuego, así como las res-puestas de los órganos de control social hacia los casos que involucrantales armas. La investigación fue planteada en el ámbito urbano de Cara-cas, debido a que esta ciudad concentra, de modo relevante, incidencia desituaciones vinculadas a las armas y agencias de control social para jóve-nes infractores. El área metropolitana de Caracas (municipio Libertadordel Distrito Federal y municipios Baruta, El Hatillo, Chacao y Sucre delestado Miranda) tenía una población estimada de 2.934.282 y una tasadelictiva de 26,4/1.000 para 1994 (Venezuela, 1996: 21). Una estimaciónpara 1997 coloca el índice delictivo del Distrito Federal (hoy Distrito Capi-tal) en 28% del total nacional, superando dos veces y media el del estadomás próximo, Carabobo (Venezuela, 1997: 9). En 1998, el Distrito Capitalregistró el 27% de la criminalidad y el 32% de los homicidios de todo el país(Venezuela, 1998a).

Por otro lado, una evaluación reciente sobre niños y adolescentesprivados de libertad en el área metropolitana de Caracas, registró la pre-sencia de 11 Centros para Menores con Necesidades de Tratamiento, conuna capacidad de 541 plazas (Unicef-UCAB, 1997: 150). Ello representa el18% de los centros de atención y el 21% de la capacidad instalada paratodo el país. Además, el área metropolitana era la sede de cinco tribunalesde menores (hoy tribunales de Sistema de Responsabilidad del Adolescen-te, luego de la aprobación de la Lopna, en octubre de 1998) con competen-cia correccional, esto es, los que se ocupaban de procesar las infraccionesque conforman delitos o faltas policiales cometidas por los jóvenes menoresde 18 años. Finalmente, el área metropolitana es la sede del Cuerpo Técni-co de Policía Judicial (hoy Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 45: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

69

Criminalísticas), que tenía dispuesta una comisaría específica, en la pa-rroquia Coche, para procesar los casos que involucran a los jóvenes y re-mitir los expedientes a los tribunales. En dicha dependencia se concentrabael procesamiento administrativo policial de los casos, incluyendo los detec-tados por los cuerpos policiales uniformados que operan en Caracas, cincopara los diversos municipios urbanos, más el numeroso cuerpo de la poli-cía metropolitana, integrado por 8.000 efectivos para comienzos de 1999.

El instrumento de recolección de información entre los jóvenes esun cuestionario estandarizado de 41 preguntas cerradas y 4 preguntasabiertas, que explora, en condiciones de confidencialidad, variables demo-gráficas y legales de los jóvenes, y actitudes, percepciones y experienciassobre armas e instancias de control social, incluyendo proveedores, tiposde armas usadas, ocasiones y sitios de porte, sensaciones asociadas a suuso, experiencias y frecuencia como victimarios y como víctimas del uso dearmas, así como percepciones sobre la activación, la severidad y el riesgode detección por parte de agencias formales e informales de control social.Dicho instrumento fue probado en una muestra de jóvenes retenidos en unCentro diferente a los seleccionados para el estudio definitivo, a fin de pre-servar la integridad de la muestra de población.

Para familiarizarse con las estructuras formales de control socialen materia de armas de fuego, se efectuaron contactos y entrevistas concinco jueces con competencia sobre adolescentes en el área metropolitanade Caracas y con funcionarios policiales vinculados al procesamiento delos expedientes de los jóvenes. Ello posibilitó el seguimiento de los expe-dientes judiciales por porte de armas, de importancia para comprender lasrespuestas del sistema de control formal frente al problema.

El cuestionario definitivamente procesado recoge, luego de des-echar algunos de los instrumentos por falta de respuesta extensa, las res-puestas de 203 jóvenes recluidos en los dos Centros de Diagnóstico yTratamiento dependientes del entonces Instituto Nacional del Menor, ubi-cados en Caracas.

El complejo Carolina Uslar se encuentra ubicado en la vía de ElAlgodonal, parroquia Antímano del Distrito Federal, y fue construido hacemás de 50 años, albergando en una oportunidad a muchachas interveni-das por el Instituto Nacional del Menor. Para la fecha del estudio albergabasolamente a varones, en tres módulos diferentes. El Módulo 1 contaba, parala fecha de la aplicación del cuestionario (14/7/98), con 76 muchachosinternos, de los cuales fueron encuestados o entrevistados 73. El Módulo 2,para el 22/7/98, contaba con 26 muchachos internos, de los cuales fueronentrevistados 25; este grupo era el más joven y se encontraba recluido porproblemas de farmacodependencia. El Módulo 3, para el 16/7/98, contabacon 69 muchachos internos, estando disponibles sólo 60 debido a castigosdisciplinarios o periodos de observación aplicados a nueve de ellos. Sinembargo, fueron encuestados o entrevistados sólo 47 muchachos, debido a

Experiencias con armas y justicia juvenil: una aproximación al caso venezolano

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 46: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

70 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

dificultades de última hora por coincidencia con una actividad paralela eldía de la prueba.

El Centro Ciudad de Caracas se encuentra situado al final de laAvenida Roosevelt, Los Castaños, parroquia El Valle, del departamento Li-bertador del Distrito Capital. Para el día de la realización del cuestionario(27/798) contaba con 66 jóvenes internos, de los cuales fueron encuestadoso entrevistados 63.

El procedimiento de aplicación del cuestionario fue el siguiente:equipos de dos investigadores reunieron en ambientes de aula o comedo-res a grupos entre 10 y 20 muchachos, de acuerdo a la capacidad física, aquienes se explicó brevemente el carácter universitario y voluntario delestudio y los alcances del cuestionario, facilitándoles un lápiz y chocolates,a fin de reforzar la participación. Quienes manifestaron no poder leer oescribir fueron entrevistados personalmente por los investigadores en am-bientes separados y de manera individual. Se aseguró la confidencialidadmediante la aplicación de la encuesta o las entrevistas sin la presencia depersonal de custodia o técnico de la institución. En algunas oportunidadesse solicitó retroalimentación, observándose que los muchachos compren-dían el texto, pensaban que era interesante y los distraía de la rutina y delaburrimiento. Fueron desechados cinco cuestionarios por falta de informa-ción sustancial. De los 203 cuestionarios procesados, 141 corresponden alCentro Carolina Uslar y 62 al Centro Caracas. Las encuestas autoadmi-nistradas representan 64% y las entrevistas 36% de los casos, incluyendoentre estas últimas la totalidad de los muchachos retenidos por drogas enel Módulo 2 del Centro Carolina Uslar.

VARIABLES DEMOGRÁFICAS Y SITUACIÓN LEGALDE LOS JÓVENES ENCUESTADOSLa población juvenil retenida en los Centros Carolina Uslar y Ciu-

dad de Caracas está constituida por varones y es venezolana en un 98,5%.Los muchachos son nativos del Distrito Capital en un 82,8%, del estadoMiranda en un 4,9% y de otros estados del país en un 12,3%. En cuanto ala ciudad de nacimiento, el 80,3% declaró ser de Caracas, el 1% de LosTeques y el 18,7% de otra ciudad. El 85% declaró haber vivido en la capitalpor siete años o más, todo lo cual supone una población juvenil de origen yperfil fundamentalmente urbano y, más específicamente, metropolitano.

La edad de los encuestados fluctúa entre 7 y 18 años, con un casoexcepcional de 23 años, y una moda de 17 años (32% de las observaciones).El último grado aprobado varía entre primero y noveno, con una moda desexto grado (28% de las observaciones). La correlación entre edad y gradoaprobado es de 0,38 (p<0,001) la cual, a pesar de resultar estadísticamentesignificativa, permite suponer un apreciable índice de deserción y/o retar-do escolar.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 47: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

71

En cuanto al perfil de contacto con agencias de control social for-mal, el 68,2% de los jóvenes refiere haber sido retenido por la policía deuna a tres veces, y el 46,8% declara haber tenido un sólo expediente en eltribunal, lo cual permite deducir que cerca de la mitad de la poblaciónencuestada está constituida por infractores primarios desde el punto devista legal.

Los hechos más frecuentes por los cuales han sido procesadosestos jóvenes son, en orden decreciente, el robo (27%), la tenencia de dro-gas (23%) y el homicidio (22%), siendo el porte ilícito de armas mencionadoen sólo 4% de los casos. Sin embargo, existen algunas diferencias aprecia-bles en el perfil de las infracciones entre las poblaciones del Centro Caroli-na Uslar, donde la proporción de tenencia de drogas es mayor, y del CentroCiudad de Caracas, donde la proporción de homicidios y de robos essustancialmente superior. También la proporción del porte ilícito de ar-mas, en el Centro Ciudad de Caracas, es casi tres veces mayor que la re-gistrada en el Centro Carolina Uslar. Todo ello permite corroborar que elprimero recibe a una población de infractores con un perfil de gravedadmayor que el segundo.

FACILIDAD PARA LA OBTENCIÓN DE LAS ARMAS,PROVEEDORES Y PERCEPCIONES DEL RIESGO DE CASTIGORespecto a la facilidad de obtención de armas, 52% estima que es

fácil o muy fácil y 48% que es difícil o muy difícil. El 42% de los encuestadosestima que es factible conseguir un arma en un plazo de tres días o menos.Un 68% de los encuestados declara haber tenido por lo menos una vez unarma, y de ellos, el 55% declara haberla tenido por la primera vez contan-do 13 o menos años de edad. Todo esto indica que existe una facilidad

Tabla 1Proveedor específico del arma

Categorías Frecuencia %

Un pana 66 47,8Por mi cuenta 27 19,6De alguien más 15 10,9La policía 10 7,2Traficantes de droga 9 6,5Padres o parientes 7 5,1Una casa de empeño 2 1,4Algún contrabando 1 0,7Un vecino 1 0,7Total 138 100

Fuente: Datos del autor con base en encuesta.

Experiencias con armas y justicia juvenil: una aproximación al caso venezolano

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 48: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

72 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

relativa y también precocidad para la disponibilidad de armas por parte delos jóvenes.

La tabla 1 refiere la indicación del proveedor de armas específi-camente mencionado por los jóvenes que declararon haber tenido algunavez armas. Los “panas” o amigos figuran en primer término, en el 48% delos casos, seguidos por la policía y por los traficantes, con cerca del 7% delos casos cada uno. Un 20% de los casos declaró haber adquirido el armapor cuenta propia, y un 11% a través de personas no especificadas. Dadoque la pregunta cubre una experiencia personal, de tipo confesional, no esextraña la frecuencia de estas últimas alternativas de respuesta, que pro-bablemente eluden la identificación del proveedor específico.

La tabla 2 refiere la percepción, entre los muchachos encuestados,de quiénes son los principales proveedores de armas. Como se puede apre-ciar, los amigos o “panas” figuran en el primer lugar, seguidos de los trafi-cantes de drogas y de los policías. Otros proveedores mencionados fueronlos contrabandistas, las tiendas y las casas de empeño, mientras los pa-dres o parientes son señalados en menos del 1% de los casos. Aunque estadistribución no es idéntica a la del proveedor específico señalado por quie-nes declararon haber tenido alguna vez un arma (ver tabla 1), la tendenciageneral se mantiene y corrobora el dato inesperado de que la policía cons-tituye la tercera fuente de suministro de armas para los jóvenes.

Los sitios más frecuentemente mencionados por los jóvenes comode porte de armas fueron las fiestas (74%), aquéllos en los cuales se va a

Tabla 2Percepción de los principalesproveedores de armas

Categorías Frecuencia %

Los panas 125 29,9Los traficantes 80 19,1Por su cuenta 74 17,7Los policías 59 14,1El contrabando 32 7,7Otros 21 5,0Las tiendas 13 3,1Las casas de empeño 10 2,4Los vecinos 3 0,7Los padres 1 0,2Total 418* 100

* Las frecuencias exceden el número de encues-tas (203) debido a la posibilidad de respuestasmúltiples.

Fuente: Datos del autor con base en encuesta.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 49: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

73

robar (46%) y la calle (30%), lo que indica una constelación de situacionesdiversas.

La tabla 3 resume las respuestas sobre la percepción de cuánactivas son tres instancias respecto al uso de las armas: familia (padres),escuela (maestros) y policía. Como se puede apreciar, los padres sonpercibidos como más activos que los maestros, y éstos más que los policías,en cuanto al control del uso de las armas por los jóvenes.

En relación con las leyes sobre armas, un 41,5% declaró que losmuchachos no conocen nada o casi nada sobre la materia, y en cuanto a laopinión sobre los jueces, un 70% manifestó que eran duros o muy duroscuando decidían los expedientes de los jóvenes. Esta última percepción nopareciera corresponder a la práctica decisoria de los jueces de menores enlos casos de expedientes por porte ilícito de armas, si se considera la esca-sa restricción que implican las pocas medidas definitivas aplicadas por lostribunales de menores (entrega a los padres o libertad vigilada, en los expe-dientes que fueron analizados en un periodo de 18 meses).

La tabla 4 refiere las percepciones de riesgo de detención paracuatro supuestos de porte y uso de armas de fuego. Como se puede obser-

Tabla 3Distribución porcentual de la percepciónde activación de tres instancias de control

Hacen para controlar Padres Maestros Policías

Nada 19,5 25,4 20,3Casi nada 9,2 10,6 18,3Poco 11,3 15,9 22,8Mucho 60 48,1 38,6Total 100 100 100

Fuente: Datos del autor con base en encuesta.

Tabla 4Distribución porcentual de la percepcióndel riesgo de detención en cuatro supuestosde porte y uso de armas

Supuestos RiesgoNinguno Poco Mucho Total

Porte 15 48,7 26,4 9,8Exhibición pública 25,4 37 24,9 12,7Disparar y fallar 22,6 45,7 26,3 5,4Herir o matar 5,7 36,3 36,8 21,2

Fuente: Datos del autor con base en encuesta.

Experiencias con armas y justicia juvenil: una aproximación al caso venezolano

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 50: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

74 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

var, el 64% considera muy bajo o nulo el riesgo de detención por porte dearmas, el 62% muy bajo o nulo dicho riesgo en caso de exhibición públicade las armas, el 68% igualmente muy bajo o nulo en caso de disparar yfallar el blanco, y un 42% estima que tal riesgo sigue siendo muy bajo onulo en los casos de disparos seguidos de heridas o muertes. Estos resulta-dos indican, a nivel actitudinal, una percepción de escaso riesgo de conse-cuencias legales aversivas debido al porte y al uso de las armas de fuego.

Como se puede apreciar de la reseña de las frecuencias de res-puesta a todas estas preguntas, los jóvenes transgresores retenidos en es-tas dos dependencias correccionales de la ciudad de Caracas perciben asus pares como la principal fuente de suministro de las armas, consideranrelativamente fácil obtener un arma en un plazo corto, en las dos terceraspartes de los casos declaran haber tenido armas alguna vez, y estimanescaso el riesgo de detención por el porte, la exhibición e incluso dispararel arma, si no hay muertos o heridos. Igualmente, estiman que los padresson relativamente más activos que los maestros, y éstos que la policía, enla adopción de medidas para controlar el problema. La policía es conside-rada como relativamente activa en poco más del 60% de los casos, y esseñalada como una fuente importante de provisión de armas para los mu-chachos.

FRECUENCIA EN EL USO DE ARMAS,DETENCIÓN POLICIAL Y PROCESAMIENTO JUDICIAL

A fin de analizar la relación entre las experiencias directas conarmas y los procesos de detección e intervención de las agencias de controlsocial formal, se realizaron pruebas de correlación lineal entre las varia-bles que registran la frecuencia en experiencias con armas y las que regis-tran contactos con la policía y con los tribunales, en términos de retencionesy expedientes judiciales. A continuación se discuten las asociaciones sig-nificativas más allá del nivel del 5% (p<0,05)

La frecuencia del uso de armas como victimario se encuentrasignificativamente asociada al uso declarado del arma para amenazar aalguien (0,41) y, más fuertemente aún, con el uso para disparar contraalguien (0,67). También la frecuencia con la cual se ha sido víctima del usode armas se encuentra significativamente asociada a estas variables deamenaza y disparo, aunque los coeficientes de correlación son algo meno-res (0,33 y 0,43, respectivamente). También existe una correlación signifi-cativa entre la frecuencia del uso de armas como victimario y la frecuenciade la victimización por armas (0,38). Esto quiere decir que las mismas per-sonas que usan el arma contra otras tienden a resultar también víctimaspor parte de los demás. Todo ello sugiere que el grupo de victimarios y devíctimas de armas comparte características comunes, siendo una pobla-ción que se desplaza con facilidad entre una y otra condición.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 51: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

75

La frecuencia de la vinculación con el arma como victimario seencuentra significativamente asociada al número de veces que se declarahaber sido retenido por la policía (0,31) y al número de expedientes en eltribunal de menores (0,28). El número de retenciones por la policía y elnúmero de expedientes en el tribunal de menores se encuentran altamen-te asociados entre sí (0,60). También la frecuencia con la cual se declarahaber disparado contra alguien se encuentra asociada al número de expe-dientes en el tribunal de menores (0,27). Todo lo anterior sugiere:

a) Quienes usan el arma de manera activa (como victimarios) y enlas condiciones más graves (disparando), han experimentado enmayor medida detenciones policiales y averiguaciones medianteexpedientes judiciales, aunque no necesariamente por el hechodel porte o uso del arma, sino por cualquier infracción. En el cues-tionario no se requirió, de manera específica, información por de-tenciones o expedientes vinculados exclusivamente al porte o aluso de armas.

b) La preparación de un expediente judicial no es aleatoria y proba-blemente representa la culminación de un proceso de detencionespoliciales.

c) A mayor número de veces que se usa el arma contra alguien, ma-yores las probabilidades de ser detenido por la policía y de serleinstruido un expediente, en particular, en este último supuesto,cuando se ha disparado.

Los datos indican que el arresto y procesamiento de los jóvenestransgresores guarda alguna relación con el uso de las armas, aunque nose procese independientemente por esta infracción autónoma en forma con-sistente, sino acaso de manera accesoria a la comisión de hechos más gra-ves, como el robo y el homicidio. De hecho, el alto porcentaje de casos porporte de armas que queda sin activación judicial (56%), sumado a los quequedan con medida provisional (20%), según pudo determinar el arqueo delos expedientes, permite sostener esta conclusión preliminar.

El grado de instrucción guarda relación inversa con el número deretenciones por la policía (-0,17). Es posible que ello se deba a que la deser-ción escolar facilita procesos de detección y retención policial, y/o generaun mayor contacto con situaciones de infracción, aunque no se encuen-tren específicamente vinculadas a las armas. Es pertinente destacar queno se ha registrado asociación entre el grado de instrucción y la vincula-ción con el arma como victimario o como víctima.

La edad se encuentra asociada en forma significativa al númerode veces que se declara haber disparado contra alguien (0,21). Un datoextraño es la relación negativa y significativa entre edad y número de re-tenciones (-0,16). Es posible que, en condiciones de reclusión, los jóvenesde mayor edad sean reacios a informar con sinceridad sobre el número de

Experiencias con armas y justicia juvenil: una aproximación al caso venezolano

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 52: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

76 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

veces que han sido detenidos por la policía, o que no recuerden o descartendetenciones efectivamente ocurridas.

PERCEPCIONES JUVENILESSOBRE EL CONTROL DE LAS ARMAS DE FUEGOEn esta investigación no se ha encontrado asociación entre la de-

claración de haber usado por lo menos una vez un arma contra alguien, ola declaración de haber sido por lo menos una vez víctima de tal uso, y lapercepción del conocimiento de las leyes sobre armas o la percepción delriesgo de detención por causar heridas o muertes con armas, lo cual ponede manifiesto las limitaciones del poder de intimidación del castigo.

Cuando los muchachos fueron interrogados –en una de las pre-guntas cerradas– sobre lo que sería mejor para controlar el problema delas armas, las tres menciones más frecuentes fueron, en un 29% que lospadres deberían controlar a sus hijos, en un 16% que debería detenerse eltráfico de drogas, y en un 12% que debería ponerse presos a los jóvenesinfractores y que la policía no debería vender armas a los jóvenes. Sólo un3% mencionó mayor severidad judicial. Esto indica que los jóvenes distin-guen entre la intervención judicial con alguna restricción (poner presos) yla severidad judicial (los jueces deben ser más duros en sus decisiones).Las respuestas confirman, por otra vía, la importancia que se atribuye a lapolicía como proveedor de armas, así como la relación entre drogas y ar-mas, aunque esta última no queda documentada claramente como unacuestión de efectos psicotrópicos o de mercado ilegal de armas. Es intere-sante destacar, a este respecto, que en la reconstrucción de los relatossobre experiencias directas con armas, por parte de quienes manifestaronhaberlas usado contra alguien o haber sido víctimas de tal uso, la situa-ción vinculada a las drogas no superó el 4%.

Por otra parte, es pertinente resaltar que la percepción de que lospadres deben controlar a sus hijos podría estar magnificada e idealizadapor los jóvenes encuestados. Si reconstruimos relatos abiertos y comple-mentarios en la pregunta sobre indicación de cualquier cosa importanteen relación con los jóvenes y las armas, sólo el 11% de los relatos se refiereal cuidado, control y atención de los padres. Además, de dichos relatos sedesprende el cuestionamiento de la familia como instancia de control. Enoportunidades se mencionaron conductas abiertamente complacientes,como: “los padres no hacen nada por controlar el uso de armas”; “mi mamásabe todo lo que yo hago”; “algunos padres si le encuentran armas a sushijos las esconden o las guardan si hay problemas de bandas”.

Todo esto indica una discrepancia entre la función idealmente atri-buida a la familia y la percepción de la familia como instancia efectiva decontrol social.

Como se pudo apreciar en las tablas 1 y 2, los pares o “panas” sonidentificados y percibidos como los principales proveedores de armas para

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 53: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

77

los muchachos. Pero el concepto de “pana” es ambiguo, y no indica necesa-riamente una relación de compañerismo o amistad. El concepto de pandi-lla queda también impreciso. En los relatos de episodios de uso de armascontra otras personas, un 3% correponde a “enfrentamientos de bandas”,pero un 19% de los casos (y un 16% de los casos en los cuales se ha sidovíctima de armas) son calificados como “problemas con las culebras”. La“culebra” designa una situación de enfrentamiento o enemistad que dalugar a una venganza, la cual genera una espiral que concluye frecuente-mente con la liquidación física de una de las partes. Pero esta situación noestá vinculada, necesariamente, a una rencilla grupal o de pandilla. Porotro lado, algunos relatos de los jóvenes son ilustrativos de una autonomíadel sujeto en relación con los condicionantes grupales: “esos muchachosson locos, no piensan en el futuro, en sus vidas”; “un muchacho no pierdea otro, uno se pierde porque uno quiere”. Todo esto indica que los procesosde inducción y condicionamiento grupal son complejos en esta materia.

La percepción sobre las instancias formales de control social es,en general, negativa. Sobre el Instituto Nacional del Menor los comentariosson equívocos, algunos resaltan la tarea de enseñanza, pero otros indicanla disfuncionalidad de las instalaciones físicas, la falta de ocupaciones y elaburrimiento, aunque no se mencionaron maltratos físicos. La policía sepresenta como una instancia con alto nivel de corrupción y de maltratofísico, envuelta en situaciones de comercio de armas, coparticipación endelincuencia contra la propiedad y castigos físicos mediante modalidadesconsistentes y reiteradas. El sistema de justicia es descrito como distante,con inaccesibilidad a los jueces y vulnerable al soborno.

En general pudo apreciarse algún fatalismo y una visión pesimis-ta en cuanto a la factibilidad de controlar el problema de las armas pordiversos medios. El hecho de que los tribunales de menores manifiestenescasa capacidad de respuesta frente al porte de armas por parte de losjóvenes puede contribuir a esta percepción. De los expedientes analizadosen un periodo de 18 meses (enero 1996 – julio 1997) por porte de armas, sepudo determinar que todos los casos que ingresan sin detención policialquedan sin activación judicial. Este fenómeno no es extraño al sistemajudicial venezolano y ha sido analizado en otro contexto para el caso de lajusticia ordinaria (Gabaldón, 1987: 135-137). De los casos que ingresancon muchachos retenidos por la policía, sólo la mitad concluye con unamedida definitiva, por lo demás, de muy bajo perfil restrictivo (entrega a lafamilia o libertad vigilada).

CONCLUSIONESDe los datos obtenidos en esta investigación podemos concluir que

el problema de las armas es extenso y complejo. No sólo hemos observadoque los jóvenes perciben como relativamente fácil obtener las armas enbreve plazo, sino que las obtienen por medios muy variados, incluyendo la

Experiencias con armas y justicia juvenil: una aproximación al caso venezolano

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 54: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

78 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

policía. Los datos recogidos apuntan hacia la existencia de un mercadoilegal ampliamente extendido, en el cual participan actores insospechadosy variados, y que podría ser difícil de controlar a través de medidas dirigi-das solamente a los proveedores primarios. Por otro lado, los datos de lainvestigación indican que existe un uso frecuente y, en casos, banal de lasarmas de fuego. Este hallazgo, si bien no parece ser una particularidad delcaso venezolano, no deja de ser preocupante.

Hemos observado pesimismo entre los jóvenes protagonistas deluso de las armas en cuanto a la generalidad y el control del problema. Enalgunos casos dicho pesimismo se vincula con la problemática social delpaís, aunque en otros, con aspectos muy específicos sobre la difusión delmercado y la falta de control de los proveedores, así como sobre la existen-cia de un ambiente propenso al desencadenamiento de la violencia y alabandono de métodos menos nocivos para expresarla.

En cuanto a las principales experiencias de los jóvenes con armasy a su percepción de los mecanismos de control, uno de los hallazgos másinteresantes es la comprobación de que la población de los victimarios ylas víctimas tiende a ser homogénea, esto es, que el uso del arma contraalguien y la experiencia de ser victimizado por ella son episodios concu-rrentes en la misma persona. Ello implicaría que la victimización tiende aconcentrarse en la misma población juvenil que aparece como agresora,creando un círculo vicioso de retroalimentación de la violencia. Este hechopodría fomentar la percepción, en la población en general e incluso en lasinstancias de control social formal, de que el problema está localizado, noamenaza a personas diversas a los transgresores y que, por consiguiente,podría dejarse sin intervención. Una situación de este tipo podría reforzarla aplicación de mecanismos coercitivos de justicia informal, no siemprebenignos, que generen una más amplia espiral de violencia (Gabaldón, 1990:91-102).

El seguimiento de los expedientes judiciales por porte de armasha comprobado las limitaciones del control social formal, en particular eljudicial. Es interesante destacar que la disfuncionalidad del sistema dejusticia juvenil ha sido descrita en términos similares para el caso argenti-no (Bisig y Laje, 1994: 117 y 122). Allí, aunque en un contexto diverso al delporte de armas, se han descrito actuaciones sumariales sin tratamientos oevaluaciones de los jóvenes ni acciones exhaustivas para evitar las con-ductas indeseables. Estos resultados en cuanto a las instancias de controlsocial formal permiten concluir que en la actualidad no se está haciendoalgo efectivo, desde el punto de vista legal, para contener y enfrentar elporte ilícito de armas por parte de los jóvenes.

Por último, debe destacarse, que se requiere más investigaciónpara explorar la extensión del problema del porte y uso de armas entre losjóvenes, las actitudes hacia este problema en segmentos más amplios depoblación, y las medidas de control social colateral, incluyendo la regula-

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 55: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

79

ción legal del mercadeo y detentación de las armas de fuego, a fin de teneruna visión más completa.

BIBLIOGRAFÍABIRKBECK, Christopher y GRAY D. LaFree (1996), Controlling New Mexico Juvenile´s

Possession of Firearms. A Proposal Presented by the New Mexico StatisticalAnalysis Center. Albuquerque. Justice Research and Statistics Association.State Firearms Research, mimeo.

BISIG, Elinor y María Inés LAJE (1994), “Administración de justicia en menores,nuevos y mayores riesgos”, Nueva Sociedad, 129, enero-febrero.

BLUMSTEIN, Alfred (1995), Why the Deadly Nexus? Violence by Young People. Was-hington, National Institute of Justice Journal, August.

CALLAHAN, Charles M. y Frederick P. RIVARA (1992), “Urban High School Youthand Handguns, a School - Based Survey”, Journal of the American MedicalAssociation, 267, 22, pp. 3038-3042.

CASTILLO, Anabel (1997), Menores transgresores: en búsqueda de adaptación social,Caracas, Universidad Central de Venezuela, Facultad de Ciencias Jurídi-cas y Políticas.

Chile (1998), diario La Tercera, 5/4/98, pp. 4-6.

GABALDÓN, Luis Gerardo (1990), “Control social informal y prevención del delito”,en Lola Aniyar de Castro (ed.), Criminología en América Latina, Roma,Unicri.

GABALDÓN, Luis Gerardo (1987), Control social y criminología, Caracas, EditorialJurídica Venezolana.

LLORENS, Manuel (1998), Nosotros los sujetos: características psicológicas de losniños de y en la calle y los procesos emocionales generados en el personalque trabaja con ellos. Trabajo de ascenso, Caracas, Universidad CatólicaAndrés Bello, mimeo.

RODRIGUES BREITMAN, Miriam (1994), “La construcción social de la infanciadelincuente”, Nueva Sociedad, 129, enero-febrero.

SHERMAN, Lawrence W., James W. SHAW y Dennis P. ROGAN (1995), The KansasCity Gun Experiment, Washington, National Institute of Justice, Reserachin Brief.

SHELEY, Joseph F. y James D. WRIGHT (1993), Gun Acquisition and Possessionin Selected Juvenile Samples, Washington, National Institute of Justice,Research in Brief.

Unicef-UCAB (1997), Situación de los derechos de los niños y adolescentes privadosde libertad en Venezuela. Informe Final de Investigación, Caracas, FundaICI, noviembre.

Venezuela (1998a), Casos conocidos discriminados por entidades federales, Cara-cas, Ministerio de Justicia, Dirección de Prevención del Delito, Divisiónde Investigaciones criminológicas.

Venezuela (1998b), diario El Nacional, 12/7/98, H.

Venezuela (1997), Estadísticas delictivas, Caracas, Ministerio de Justicia, Direc-ción de Prevención del Delito, Revista 4, año 1, octubre-diciembre 1997.

Experiencias con armas y justicia juvenil: una aproximación al caso venezolano

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 56: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

80 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

Venezuela (1996), Anuario Estadística Delictiva, Año 1994. Caracas, Ministerio deJusticia, Oficina General Sectorial de Planificación y Presupuesto, Divi-sión de Estadística y Análisis.

ZAWITZ, Marianne W. (1996), Firearm Injury from Crime. Selected Findings, Was-hington, Bureau of Justice Statistics, U.S. Department of Justice.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 57: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

81

A los niños los trae la cigüeñade París: función socialdel crimen, acción colectivay acción criminal*

ANA DAZA**

* Ponencia presentada en el Primer Coloquio Anual de Derechos Humanos de São Paulo, mayo, 2001.

** Investigadora y consultora independiente, concentrada en la comprensión de la violencia urbana, de laconstrucción social de justicia y en el análisis de organizaciones civiles. Trabaja con entidades guberna-mentales en la comprensión de fenómenos sociales en los temas referidos, y en el diseño de políticas,planes, programas y estrategias para su solución. Posee estudios de maestría en sociología política(Universidad Nacional de Colombia), de pregrado en filosofía (Universidad de los Andes), y un títulocomo realizadora de cine y televisión (Universidad Nacional de Colombia)[email protected]

El documento presenta información empírica de corte cualitativo sobre una zonaurbana cuyo desarrollo está marcado por la acción colectiva, convocada yrealizada mediante mecanismos decantados en el tiempo y heredados en relevosgeneracionales. Relevos que se adaptan al entorno sin cambiar sustancialmenteel mecanismo, generando paradojas entre lo colectivo y lo público en tanto losvalores que se aplican al juzgar y definir las conductas divergen, y lo colectivoaplicado a la economía presenta externalidades negativas hacia lo público, en unentorno donde lo público no existe en la medida en que el Estado no haparticipado de más de 50 años de vida comunitaria urbana. Desde informacióntestimonial plantea un problema entre la justicia local y la justicia pública, dejandoal lector en libertad para adelantar conclusiones en momentos en los cuales losprincipales actores se encuentran presos o inmersos en conflictos armados, yeconómicamente motivados por el control de mercados barriales limitados.

The document presents qualitative empirical information on an urban zone whosedevelopment has been defined by collective action, that has been summonedand conducted by means decanted over time and passed on from one generationto the next. These relays from generation to generation have adapted to the sur-roundings without substantially changing the mechanism, generating paradoxesbetween collective and public spaces with respect to the values applied when

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 58: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

82 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

judging and defining divergent behaviors, and the use of the collective vis-à-visthe economy, which presents negative repercussions for the public space, in anenvironment in which the public does not exist given that, for more than 50 years,the state has not participated in urban community life. Based on the informationgathered from testimonies, the document presents a problem between local jus-tice and public justice, giving the reader the freedom to draw conclusions at atime in which the main protagonists are imprisoned or immersed in armed con-flicts, and have economic motivations to seek control over limited neighborhoodmarkets.

INTRODUCCIÓNEste texto es parte de un trabajo colectivo iniciado en 1997. Colec-

tivo debido a que, tanto en la recolección de información mediante entre-vistas, como en la aplicación de técnicas de recolección de percepción entrabajo grupal, y en los distintos niveles de análisis, han concurrido todotipo de habitantes del barrio París, miembros de Coopaz1, integrantes de“Los Muchachos”2, e internos de la Cárcel del Distrito Judicial de Medellín,Bellavista.

El texto no presenta un análisis sobre cómo afecta el crimen a lasociedad civil, o cómo la sociedad civil –especialmente la perteneciente aciertos sectores socioeconómicos– es estigmatizada como criminal. A partirde un caso del Área Metropolitana del Valle de Aburrá3, ilustra cómo undelito económico responde a una dinámica de intercambio de un barrio conuna ciudad, y cómo su agenciamiento opera como motor y receptor de mo-delos de gestión tradicionales de una comunidad excluida.

Lejos de justificar el crimen, la pesquisa busca presentar la limi-tación de la elección racional en la consolidación de formas de organiza-ción comúnmente designadas “crimen organizado”, así como la pocaracionalidad de acciones estatales que pretenden adjudicar la dinámicacriminal a un solo individuo o grupo de individuos, generando efectos per-versos al limitarse a acciones policivas y penales.

1 Cooperativa de Paz creada en 1998 para adelantar y proyectar el proceso de convivencia y reconcilia-ción de la zona, conformada por habitantes del barrio París, y actualmente dirigida por mujeres.

2 Grupo de referencia de jóvenes de distintas edades y actividades, señalado por los organismosestatales de control, pero especialmente por la prensa local y nacional, como banda u organizacióncriminal con jerarquía vertical de dominio unipersonal, y actuación exclusivamente motivada en lamaximización de beneficios económicos para sus miembros mediante el delito.

3 Zona urbana del Departamento de Antioquia que reúne a los municipios de Medellín, Bello, Itagüí,Barbosa, Caldas, Copacabana, Envigado, Girardota, La Estrella y Sabaneta, con cerca de 2.800.000habitantes.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 59: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

83

LUGAR Y TIEMPOEl barrio París se encuentra geográficamente en Bello (que tiene

una población cercana a los 350.000 habitantes), y socialmente en Medellín(que cuenta con unos 2.000.000 de habitantes), siendo límite entre dosmunicipios. Está localizado en la parte alta de la montaña, y tiene unanotable pendiente.

De origen campesino, asentado en la década de los años 30, elbarrio se presenta a la venta como zona urbana en 1945, cuando la vidasocial está protagonizada por 12 familias. París crece en habitantes a par-tir de la década de los años 60, mediante loteos intensos e invasiones des-iguales. Invasiones que continúan en la década de los años 90, con lo cualpresenta altos contrastes entre grupos marginales. En correspondenciacon su naturaleza de frontera urbana, unos parisinos son más pobres queotros.

La condición de pertenencia a dos municipios se ha traducido enla ausencia de las dos administraciones públicas, asunto que no es críticoen la primera etapa de urbanización (1945 a 1960), en tanto es posibleacceder individualmente (por familias) a bienes escasos como el agua, y laenergía eléctrica se reemplaza con carbón o petróleo.

En la década de los años 60, tras un notable crecimiento demo-gráfico, las primeras familias fundadoras de París lideraron acciones co-lectivas para resolver necesidades comunes, alrededor de dos formas deorganización: una con fines parroquiales y otra con fines cívicos ligados alas vías, la luz y el acueducto. Dado que las mismas personas participabande las dos formas de organización, éstas no solamente no entraban en con-flicto, sino que compartían modelos de gestión de recursos. La primera for-ma de organización se concretó en la parroquia, y la segunda en la Juntade Acción Comunal.

Subiendo a París. Viviendade una de las vías principales.

Cuev

as U

litzs

ch,

1999

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción criminal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 60: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

84 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

Para la construcción del sistema de acueducto se recurrió a comi-tés, siguiendo el modelo de construcción de una alberca o pila de aguacomún, y la conexión domiciliaria según capacidad individual. Tanto parala construcción del sistema de alimentación de aguas como para su man-tenimiento, se cobró una cuota. Los pagos por el acueducto eran recolecta-dos por miembros de la comunidad que había generado el acueducto, y losrecolectores definían en qué se invertía lo recaudado. La práctica de talespagos genera un primer modelo de gestión de recursos, donde varios “seño-res” de las familias originarias del sector, prestantes económicamente ydinamizadores de la acción colectiva, reciben cuotas por un servicio y deci-den la inversión de la totalidad de dinero recogido, gracias a que la comu-nidad confía en ellos y los considera honorables.

Según una de las fundadoras, pese a estos cobros en el servicio deacueducto, había un uso del servicio que era libre para todos, el baño: “(…)Por la calle principal pasaba una quebrada y allá se bañaba todo mundo,ya después pusieron un carro que traía el agua de Medellín, llegaba a las2 de la tarde”.

Parte del dinero recogido por el servicio de acueducto se invertíaen pagar a miembros de la comunidad que trabajaban en el mantenimien-to del alcantarillado:

(…) En esa época no teníamos servicios públicos ni alcantarillados, habíatrabajos de Acciones Comunales; de que la gente llegaba y limpiaba lascañerías que bajaban por el borde de las calles, a la gente que trabajabales deban un fichito para reclamar un mercado. Entre ellos estaba mihijo, el mayor, y él era feliz porque se ponía las botas del papá y se ponía

París, en los límites de lo urbano.

Cuev

as U

litzs

ch,

1999

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 61: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

85

Figura 1Calendario de servicios

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción crim

inal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 62: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

86 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

a trabajar en esos alcantarillados y el día viernes le daban el fichito y élllegaba todo contento con su ficho para el mercado. Eso lo organizaba laJunta de Acción Comunal.

Poco a poco se va desarrollando un segundo modelo de gestión quepermite multiplicar los beneficios del primero: los “señores invierten engenerar mejores condiciones para la comunidad pagando, en efectivo o enespecie (como son los mercados de alimentos), a trabajadores escogidos porsu voluntad para adelantar el trabajo, o por la necesidad que tienen delmismo.

Dado que otros “señores”, como el párroco, pagan el trabajo conmercados, y deciden quién trabaja, este segundo modelo de gestión se fueseparando del anterior y logró vida propia mediante cadenas de beneficiodonde, por ejemplo, una persona necesitada de alimento para su familiarecibía un mercado, y debía ayudar a otra que por enfermedad no podíaadelantar las labores de su casa. Evidentemente este modelo multiplicarecursos originalmente escasos.

Solamente allí donde la combinación de los dos modelos es insufi-ciente, se busca la intervención del sector público, representado en el go-bierno, como lo ilustra el caso de la energía eléctrica.

En la figura 1 se resume la percepción de diversos grupos de habi-tantes sobre la historia de los servicios.

Como se observa en la figura 1, sólo hasta la década de los años80 se completaron los servicios de agua, luz y alcantarillado, 35 años des-pués de surgido el barrio. Y la salud, el transporte y las vías (aún incomple-

París. La más reciente invasión: “El Esfuerzo”.

Cuev

as U

litzs

ch,

1999

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 63: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

87

tas) tuvieron que esperar hasta la última década del siglo XX para hacerparte de París; cuando el sector cumplió entre 45 y 50 años de vida urbana.

Son precisamente los años en los que se suplen las necesidadesde servicios tangibles, en los cuales empieza la historia de crimen y violencia.

ESCENARIOS CRIMINALES Y RELACIONES VIOLENTAS

Son varios los factores que inciden en el cambio en la vida comu-nitaria de París, cambios especialmente notables a finales de la década delos años 70, durante la década de los 80 y hasta mediados de la década delos 90.

Muchas de la manifestaciones de estos cambios están en directarelación con las dinámicas de la ciudad de Medellín, y en general del ÁreaMetropolitana donde también se encuentra el municipio de Bello: la pro-gresiva consolidación de actividades ilegales y delictivas como fuente deingresos, y la conformación de grupos cada vez más especializados paragarantizar condiciones de seguridad y justicia en los barrios populares;dinámicas que se presentan claramente tanto en París como en los citadosmunicipios, a partir de la segunda mitad de la década de los años 70.

Nos concentraremos en los cambios relacionados con las opcioneseconómicas generadas dentro de París como resultado de su relación conlos municipios de Medellín y Bello, y con la ausencia de seguridad y justi-cia experimentada por la comunidad, aspectos generalmente asociados conel “no futuro” y la “vida fácil” productos del narcotráfico.

Para las personas consultadas, el narcotráfico es un aspecto co-yuntural de la dinámica que se inicia en 1978, y se le considera transitoriodentro de la historia de inseguridad, injusticia y violencia. Asimismo, con-sideran que aspectos tradicionalmente asociados a estos asuntos (violen-cia, conflicto, infracción y crimen), ligados con la rumba, la riña, lainseguridad o la violencia, no son causas o elementos amplificadores de ladinámica misma.

En sus relatos son notorias la percepción del homicidio como ins-trumento de justicia a partir de la segunda mitad de los años 70, y la dua-lidad en el papel de los organismos del Estado, principalmente la Policía,entidad que participa de distintas maneras en las actividades delictivas, y,según sus testimonios, aplica el homicidio como respuesta al crimen. Ladinámica de crimen y violencia descrita por los pobladores tiene los si-guientes hitos en la vida en París:

- Entre 1958 y 1978 resaltan una gran actividad nocturna, ligada abares y heladerías. Actividad que tiene como trasfondo una vidarural como lo indican las riñas con machetes y cuchillos, el uso decaballos por parte de la Policía, y la tímida aparición de revólveresen 1968.

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción criminal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 64: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

88 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

- En la primera mitad de la década de los años 70 señalan comonotoria la fabricación local de armas de fuego (trabucos), la aper-tura de una Inspección de Policía, y el paso por el barrio de unnotable de la ciudad: Pablo Escobar. Él hace una inversión en es-pacio público adelantándose a las que posteriormente inicia elMunicipio de Medellín, como puede verificarse en la figura 1.

- El año del cambio es 1978. Aparece el consumo de bazuco en lacalle, por parte de personas adultas que aún vestían a la usanzacampesina. Asimismo las violaciones y la inasistencia policial.Quizá el elemento más notorio es el pago por homicidios, patroci-nado por los dueños de las ventas de droga en respuesta a unaestrategia de protección de su mercado: los consumidores que de-linquían en el barrio eran asesinados. Tras este fenómeno de lim-pieza aparece como motivación el que las ventas de droga (plazas)eran propiedad de consumidores de bazuco que reducían el riesgode que el comprador, tras consumir, se volviera una “plaga” paratodos.

- Uno de los participantes señala el cambio en el comportamientode algunos de los poseedores de armas blancas al narrar un he-cho que le indicó crueldad y que ocurrió en 1978, siendo él niño:vio un gato bajar por la calle “con las tripas afuera”.

- Según los habitantes, para 1978 el barrio París tenía pocas casas,aún se encontraban en él ranchos de adobe, las calles estabandestapadas, y sólo había un cuadradero o paradero de buses. Losjóvenes estrenaban ropa una vez al año, tras navidades.

- Aunque en 1978 tras hechos violentos la Policía hacía presenciaal siguiente día, relatan que en épocas de calma hacían batidas(operativos acompañados de captura) en los partidos de fútbol ocuando la gente se reunía a jugar cartas.

- Pese a la manifestación de violencia de 1978, ligada a homicidiosen retaliación por comportamientos inadecuados dentro de la co-munidad, los participantes no indican hechos relevantes de la mis-ma naturaleza en la primera mitad de la década de los años 80.

- Aunque relatan que entre 1978 y 1985 se presenta consumo deAlelí y Cocol4, Mandrax y Diasepán en la zona, así como violacio-nes “vaca muerta”5, insisten en que hubo “pocas muertes”, y enque los dos hechos (consumo y delitos contra la vida e integridadpersonal) no se relacionan. Para la mayoría de quienes nos brin-daron su testimonio, la historia de la seguridad y la justicia enParís toma un giro a mediados de los años 80.

4 Mezclas de alcohol antiséptico con gaseosa y, eventualmente, dulce.5 Violaciones que involucran a varios victimarios.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 65: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

89

- A diferencia de la proliferación de armas blancas en los veinteaños previos, a partir de 1986 desaparecen de la descripción de ladinámica como instrumentos de ataque o defensa. Les reempla-zan las armas de fuego. Según varios de los participantes el cultoa las armas de fuego era notorio en este período. Se escuchabanexpresiones como “vamos a ensayar el fierro con 4 ó 5 [muertes]”;o, en el caso de venta de un arma de fuego, “se la entrego ensaya-da”, refiriéndose a que ya se había cometido un homicidio con ella.

No todas las armas eran de fabricación industrial. Aunque en losaños anteriores se indicaba la fabricación casera de “trabucos”,según las personas consultadas, para 1986 los trabucos se fabri-caban ampliamente, incluso con antenas de televisor, “unas cha-puzas de 38 con doble tubo, atadas con cinta negra”.

Los trabucos de antena de televisor pertenecían principalmente alos jóvenes, mientras que los adultos poseían, desde 1985, revól-veres de fábrica, en especial aquellas personas ligadas a las car-nicerías y al comercio. Tras los homicidios con armas hechizas, yen general tras los homicidios por encargo, están cada vez máslos jóvenes.

- Los homicidios por encargo no solamente responden a operacio-nes de limpieza social o a la conservación de mercados ilícitos,sino que se consolidan como una forma de obtener ingresos y ajus-tar cuentas personales. Los homicidios para controlar desórdenesen los mercados de droga no son necesarios, ya que según los

Niños de París. Sector “Los Sauces”.

Cuev

as U

litzs

ch,

1999

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción criminal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 66: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

90 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

consultados, en 1986 las “plazas son respetadas” y entre comer-ciantes y “cuchos” (hombres adultos) “habían eliminado a los bazu-queros”.En 1986 el homicidio como nuevo renglón de trabajo es asequibleprincipalmente a los que tienen motocicletas, y poco a poco tras-pasa los límites del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, inclu-so llegando a contratos en el exterior. Y no solamente se paga condinero, en ocasiones se paga mediante “cambiazos” o pago conotro homicidio.El “cambiazo” ocurre cuando una persona necesita que asesinena otra de su mismo barrio, y una segunda persona necesita lomismo respecto a una tercera de su respectivo barrio. La primeray segunda personas intercambian objetivos-necesidades y capa-cidades, evitando que el homicidio se relacione directamente conellas.Prácticas como el “cambiazo” no sólo reducen posibilidades deretaliación en el propio barrio, sino que indican la consolidaciónde territorios o zonas de los barrios donde tiene el dominio o lainfluencia un grupo específico. Los participantes indican que sepresentan divisiones territoriales pero “se podían visitar”, situa-ción que se rompe en 1991 a raíz de las guerras entre los cartelesde la droga y por el número de homicidios.

- En 1986 la Policía aparece vinculada a actividades delictivas, yasea directamente o al cobrar “impuestos” a los que reconocían comodelincuentes; además, son descritos como vendedores de armas.Para 1988 los policías se “iniciaban entre ellos” (indicaban dóndehabía un policía susceptible de ser asesinado para posteriormen-te cobrar por él) y su “impuesto” llegó a cubrir las ventas de droga.Según el testimonio de los consultados, a cada reacción o carava-na de la Policía cada grupo debía pagar $100.000 semanales y enla zona trabajaban 4 reacciones; para 1997 pagaban $500.000semanales a cada reacción.

- Desde 1988 se presentan “tiendazos”, robos a establecimientos co-merciales en los cuales tras pedir un servicio y consumirlo, salíancorriendo. Para 1990 los robos al comercio se hacían empuñandoarmas de fuego o mostrándolas en el cinto y se hacían incluso enel centro de la ciudad (joyerías y otros negocios).

- En 1986 los jóvenes empiezan a vestir ropa de marca –chaquetasy tenis Reebok de colores– y a escuchar música juvenil y urbanacomo el punk.

- Entre 1986 y 1991 se presentan las primeras bandas o estructu-ras profesionales dedicadas a actividades delictivas, indicativo deello es la presencia de los primeros automóviles –tres o cuatro enla zona– y las metralletas (seis según los consultados).

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 67: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

91

- Alrededor de 1988, dos o tres personas sobresalientes de las refe-ridas bandas se vincularon y desvincularon a “oficinas” o puntosde contacto con la estructura delictiva del cartel de Medellín; sinembargo, persistían en la zona otras formas de organización y deactividad delictiva ocasional.

- Entre 1990 y 1992 la profesionalización de los grupos y suestructuración se acelera, en buena medida por la actuación de laestructura delincuencial del cartel, así como por la incursión defuerzas “oscuras” que hicieron limpieza en la zona.

Tales fuerzas, según los consultados, se vislumbraban en las ac-ciones del Departamento de Orden Ciudadano (DOC), Seguridad yControl, y en los patrullajes de la Policía en carros Nissan. Talesacciones fueron torturas, desapariciones y muertes indiscrimi-nadas (“murieron muchos inocentes”). Igualmente, tras algunasacciones se devela la presencia de milicias que hacen su primeraaparición en 1989, año en que tenían relación con grupos insur-gentes, en especial con el ELN, y en que declararon la guerra a ladelincuencia común.

- La profesionalización de la actividad delictiva local se manifiestaen los “cascados a domicilio” (homicidios), el uso de metralletas(Miniuzi, Atlanta) y la fabricación de Atlanta en Medellín, así comola independencia respecto a las “oficinas”, y la capacidad paraenfrentar a múltiples contendores.

Niños de París. Sector “El Esfuerzo”.

Cuev

as U

litzs

ch,

1999

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción criminal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 68: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

92 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

- En 1989 los jóvenes continúan usando ropa de marca: Levis, Polo,Nike, Ross, Edwin, Parachute, Lee. Escuchan rock, metal, y sehace popular Latina Estéreo (salsa de malevaje, guateque). Larumba va de zona a zona de la ciudad, en lugares públicos de altaconcurrencia así como en vías de la ciudad. Esta posibilidad serestringe al barrio a partir de 1990 ya que empiezan guerras entre“combos” del barrio y el acudir a estos espacios pone en riesgo amuchos jóvenes. La movilidad se limita definitivamente en 1992,año que coincide con el ingreso en la zona de un helicóptero persi-guiendo a los milicianos de Los Sauces, y la guerra de los jóvenes(no agrupados, y de aquellos agrupados en combos) con las mili-cias. Según uno de los participantes, no se podía ir a otras zonasde Medellín porque “las libres le ubicaban la ruta”.

- En 1990 se rompen relaciones de miembros del barrio con la “ofici-na”; según algunos de los consultados, para entonces “están muer-tos los que trabajaban por oficina”, pese a lo cual se siguen pagandoentre dos y tres millones de pesos por la muerte de cada policía. Laruptura con la estructura de Pablo Escobar fue violenta, estuvomotivada en lo que Los Muchachos consideran deslealtad, así comoen su deseo de no tener jefes, no tener “patrones”.

- 1991 es un año señalado por los consultados como de conflictoextremo, según ellos se presentaban guerras entre bandas, entrepolicías y pillos, entre policías y jóvenes, entre bandas y milicias,entre milicias y jóvenes, y de todos contra todos, llegando a “50 ó

El imaginario miliciano.Mural Oficina de Coosercom.

Cuev

as U

litzs

ch,

1999

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 69: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

93

60 muertes por día”. Una fracción de tales muertes corresponde amiembros de la Policía por quienes pagaban entre uno y diez mi-llones de pesos. A su vez, según los testimonios, la Policía amena-zaba y mataba a diez jóvenes por cada miembro de su organizaciónasesinado.

- La dimensión del conflicto se traduce en mayor profesionalización,como lo indica el fortalecimiento de los “combos” (diferenciados delas bandas en tanto no solamente se dedican a actividades delic-tivas), la continuidad del uso de metralletas y pistolas, la innova-ción en la guerra con la presencia de fusiles, el robo de carroscomo nuevo renglón productivo, y los homicidios por contrato enotras ciudades.

- Desde 1986, pero sobre todo desde 1991 hasta 1994 y, como vere-mos, nuevamente desde 1999, se presentan confrontaciones queinvolucran a más de un “bando”, organización o fuerza, o fraccio-nes de éstas, en lo que algunos de los participantes consideran“guerras”.

- Los jóvenes usan chaquetas de cuero y motocicletas (125 a 175cc), algunos de ellos incursionan en actividades como la pirateríaterrestre, el robo de automóviles sigue al alza como en toda la ciu-dad, y los homicidios responden ya sea a “cambiazos”, al controlde “gamines” en el barrio, o a los estertores de la guerra.

Como puede inferirse de los anteriores hitos, durante los últimosaños de la década de los 70 no existe atención pública a los problemas deconvivencia, ni a la proliferación de delitos. Aunque la tradición de comi-tés, de cadenas de beneficios y de señores con legitimidad para dirimirasuntos comunitarios había permitido el ejercicio de justicias distributivasque buscaban equiparar honores o beneficios con gravámenes y labores, yde justicias conmutativas donde se daba un valor a una relación o a unobjeto de manera tal que se asegurara su adecuada transacción o su res-titución, no existía experiencia en el ejercicio de una justicia restaurativarequerida para regresar a un estado armónico previo a la ocurrencia dehechos que alteraban la vida de la comunidad.

La retaliación es así la opción más expedita en estas primerasbúsquedas de restauración, y por su eficiencia se aplica a asuntos en loscuales la distribución, la conmutación o la restitución hubiesen podidogenerar bienes sociales intangibles como la seguridad y la justicia, indi-cando la progresiva funcionalidad de la violencia y de los actores armadospara cualquier asunto.

El homicidio como instrumento de restauración, pero eventual-mente de otras formas de justicia personal o colectiva, asume otra cuali-dad que se suma a las anteriores, a partir de 1985, al constituirse enactividad productiva. La cualidad adicional es una mezcla de autoridad y

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción criminal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 70: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

94 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

prestancia económica que recibe el eco de la legitimidad de los “señores” deotras épocas, lo cual contribuye al rápido ascenso de la muerte como he-rramienta legítima dominante para la resolución de problemas.

Durante la década de los años 80 se rompe la exigua relación delos habitantes con aquellos actores públicos susceptibles de intervenir enasuntos de justicia y convivencia (Policía), lo cual presiona la búsqueda deuna acción colectiva capaz de restaurar un orden social anterior que, aun-que precario, para entonces se consideraba perdido. Por otra parte, semanifiesta una dependencia económica transitoria de los actores ilegaleslocales respecto a actores ilegales de mayor poder, propia de su ingresocolateral al mercado ilegal de la ciudad, ingreso que es el preponderanteentre las distintas relaciones que tiene el sector tanto con Medellín comocon Bello.

En los años 90 otros actores hacen uso del homicidio como herra-mienta de justicia, pero no reemplazan a los nuevos “señores” locales, sinoque alimentan el número de organizaciones que sirven y se sirven de lacomunidad. Estas organizaciones, ninguna legal, compiten entre ellas, perola única que actúa permanentemente en el territorio y se ajusta a su tradi-ción es la delincuencia, motivos que se suman a que sea ella la que sobre-viva a las diversas guerras.

En la década de los 90 se cierra el mercado ilegal, ya que se am-plía el escenario de guerra. No ocurren guerras convencionales en las cua-les dos bandos se enfrentan y progresivamente logran posiciones. Lassituaciones que se presentan se asemejan a guerras por la defensa de un

Niños de París

Cuev

as U

litzs

ch,

1999

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 71: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

95

territorio contra diversos invasores, en las cuales se suceden generacionesde combatientes. Para unos, la importancia del territorio es económica,para otros geoestratégica y, cada vez más, para otros es ideológica.

Según algunos de los consultados, a lo largo de las guerras deestos años de turbulencia, los combatientes locales (parisinos) han perte-necido a tres generaciones distintas o “cortes”, cuya duración promedio esde cinco años. La primera no creció en épocas de guerra y se mantuvo enella hasta 1990, llegando a ser la de miembros “más viejos”. Le sucedió unageneración nacida en la guerra, conformada por jóvenes quienes dejaban“muertos feos”: quitaban las orejas de los cadáveres y efectuaban otrasmanipulaciones de los restos. La tercera generación sucede a la segundatan sólo dos años después, alrededor de 1992, evidentemente nace en épo-cas de guerra, pero persiste en una nueva lucha: salir de la guerra.

NO HAY PAZ SIN GUERRA

La tercera generación de “muchachos”, herederos de los “seño-res”, guerreros locales y delincuentes ocasionales, que creció en las gue-rras que se inician en los años 80, se desarrolla en un entorno denso entanto proliferaban actores armados y personas vinculadas con actividadesdelictivas. Tales actividades, como lo indica una habitante del sector, origi-nalmente estaban ligadas a asuntos menores como el robo de gallinas oropa dejada a secar al viento, y sus agentes eran claramente identificables.Para la década de los años 90 no era posible tal distinción de actores, y losasuntos no eran menores en tanto afectaban notablemente el desarrollo dela comunidad y de las personas del barrio.

La llegada de las milicias puede explicarse parcialmente por losabusos de miembros de segunda generación local de “guerreros”. Según unhombre del sector, era necesario algún tipo de justicia que protegiera lavida.

(…) Siguió tanto el problema que se fueron organizando combos, entoncesya están los de abajo, los de arriba: y el que pasaba lo robaba a uno. Eranbandas de psicópatas, muchachos de 15 y 16 años que quisieron apro-piarse del sector; uno era un muchacho que mataba de la forma máscruel que había, ellos cogían muchachos y muchachas sanas, se metían alas casas, los violaban, los sacaban a la calle, violaban hombres y muje-res indiscriminadamente, era un combo de pelados de 12 a 15 años: llega-ban, le pegaban un tiro en el pie a la persona, lo tiraban al piso lo rajabana puñaladas y después le tiraban una piedra en la cabeza.

Esta segunda generación aparentemente se desarrolla en un am-biente de violencia irrestricta siendo la punta de un iceberg, tanto del pro-blema que expresa, como de las dificultades en el protagonismo dentro delescenario local ilegal, procurado, en este caso, mediante dominación pormedio del terror.

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción criminal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 72: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

96 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

Las condiciones de inseguridad y, sobretodo, las característicascon las cuales se delinquía dentro de París, plantearon condiciones propi-cias para el ingreso de milicias en búsqueda de legitimidad para adelantarsu trabajo político y la dominación geoestratégica del territorio. Miliciasque se encontraban en territorios vecinos, y que una vez dentro del barriose sumaron a los elementos externos de desestabilización. Según el testi-monio de varios de los muchachos de la tercera generación fueron ellos,delincuentes comunes y jóvenes nacidos en el sector, los únicos que estu-vieron investidos de legitimidad para brindar seguridad y justicia al terri-torio antes, durante y después de las guerras.

Fue la tercera generación la que vivió directamente una guerraterritorial con las milicias, confrontación simultánea a la guerra con otroscombos. Para entonces los miembros de esta tercera generación contabancon edades cercanas a los 16 años, como sus contendores milicianos.

La subdivisión y multiplicación de “enemigos” responde a dos ra-zones; primero, para “Los Muchachos” de la tercera generación, losmilicianos eran delincuentes ilegítimos, no representativos de las “tradi-ciones” locales en tanto buscan el “monopolio” del reducido mercado local;una imposición gubernamental ya que aumentan en número y tipos degrupos tras el proceso de reinserción que adelantan con el gobierno en19946; y los asesinos de la generación anterior de “Muchachos”.Adicionalmente, “Los Muchachos” tenían capacidad de controlar a la de-lincuencia “desorganizada” y evitar el ingreso de otros delincuentes, comolo habían hecho algunos de ellos y antecesores de ellos con los hombres dePablo Escobar.

6 Tras los acuerdos entre milicias y gobierno (local y nacional), milicianos que no tenían trabajo en la zonafueron autorizados para abrir una cooperativa de seguridad en ella.

Reinserción de miliciasen Granizal. Formación,1994.

Álbu

m f

amili

ar

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 73: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

97

Según uno de los miembros de este grupo, no sólo algunos de “LosMuchachos” de la segunda generación se habían convertido en amenazapara la población, sino la milicia. Los habitantes del barrio se sentían inte-grados como víctimas, y se protegieron mutuamente. La justicia tiene unaherramienta en “Los Muchachos”, pero se sustenta en los modelos de ges-tión previamente probados por la historia comunitaria.

Evidentemente la guerra múltiple la ganaron “Los Muchachos”.Dada su condición de elite de las organizaciones, en el posconflicto su acti-vidad se extendió a nuevos y mayores servicios de asignación de justicia,en tanto criterio dominante en la distribución de otros bienes, señalandovalores de uso en la conducta. Según el testimonio de uno de “Los Mucha-chos” de la tercera generación, una buena parte de las actuaciones delTino, quien se establece como el líder (que no el comandante o el dueño) dela tercera generación, corresponden al primero de los modelos tradiciona-les de la comunidad de París: él es un señor que da parámetros de conduc-ta, y adicionalmente recoge localmente recursos y distribuye bienes.

La obtención de recursos ocurre en el mercado local, dejando atrásal homicidio y al robo como actividades principales, e incursionando en laextorsión a buses inicialmente surgida como un servicio de seguridad im-pulsado y contratado por los dueños de los vehículos, personas éstas con-sideradas ajenas al territorio.

En 1994 inicia un proceso de paz en París, gracias a que un soloactor, vinculado a la tradición comunitaria, ejerce los dos modelos de ges-tión en el sector y presenta comportamientos y reglas análogas a las deri-vadas de los modelos mismos. Sin embargo, a diferencia de anterioresaplicaciones de los referidos modelos, esta tercera generación, cuyo actormás visible es el grupo de “Los Muchachos”, no es una entidad aislada nicomandada por un solo hombre.

Dentro de la singular forma de organización de la tercera genera-ción no existe una sola voz, propia de un mando vertical, sino varias vocescon distinto peso y convocadas a la toma de decisiones según sea el caso.En ocasiones, cuando el proceso lo ha permitido, las voces han incluido amiembros de la comunidad no vinculados con el conflicto ni con activida-des ilegales. A su vez, prueba de la integración con la comunidad, del noaislamiento, es la aplicación de los mismos principios internos de integra-ción, para la comunidad en general.

Se preguntó a un grupo de habitantes sobre la relación de la co-munidad con el grupo de “Los Muchachos”, y su respuesta fue:

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción criminal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 74: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

98 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

Para problemas de convivencia, en 1999 el grupo gestor del proce-so de paz de París seguía siendo el principal garante de justicia, cada vezmás unido a otras organizaciones comunitarias. Según un grupo de loshabitantes entrevistado a principios de 1999, los habitantes del territoriotienen las siguientes preferencias de resolución de problemas de conviven-cia: (ver Cuadro 2)

Según el testimonio de un joven perteneciente a “Los Muchachos”,en la resolución de conflictos en ocasiones es necesario aplicar del primermodelo de gestión tradicional en la comunidad de París:

(…) Aquí nos toca solucionar problemas de parejas, a nosotros nos gusta-ría cómo aprender a tratar eso, problemas así, capacitarnos en ese senti-do, muchas veces le llegan esas señoras así y uno hasta se les hace el locoporque ¿uno qué hace? ¿Cómo se va a poner uno en problemas entrefamilias sabiendo que eso es de la familia mas no de la calle?, si fueraentre vecinos pues ahí uno sí se mete, pero siendo de la familia, sabiendoque cada uno tiene sus motivitos, sus problemas.

Cuando existe un problema con el límite de las casas uno les dice quedejen eso quieto, que no construyan hasta que arreglen eso en planeaciónmunicipal, porque si yo me pongo a decirle a uno que no construya más,entonces quedo de enemigo de ése, si los mando para planeación no que-

Cuadro 1Relación de la comunidad con “Los Muchachos”

Relación Características

Seguridad, tranquilidad, empleo, recursos para educación, aseo,buscan la prosperidad, solucionan problemas entre vecinos,madres e hijos. Recreación, eventos culturales; ayuda económica.

Gente conforme porque se han beneficiado de una u otra manera.

Gente inconforme porque les matan a un ser querido, porque se lescobra algo que se robaron; estaban con los muchachos, loscogieron, y piensan que “Los Muchachos” son culpables; por lavacuna (conductores); envidia.

Con todo el mundo.

A esconderlos, avisar, recibir los totes [armas] y guardarlos, darlesalimentación, participar en marchas, darles ayuda esporádica pararecreación a los niños y otras cosas.

Intranquilidad, inseguridad, generan envidia de otros combos.

Beneficiosque recibe la comunidad

Respuesta de la comunidad

Con quiénes [de la comunidad]se juntan

Qué cosas estaría dispuesta lacomunidad a hacer por ellos

Qué problemas origina lapresencia de “Los Muchachos”

Qué amenazas enfrentan“Los Muchachos”

A la policía, al gobierno.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 75: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

99

Vecinos peliones

Cuadro 2Preferencia en las formas de resolución de conflictos, 1999

Esposo borracho

Los Muchachos

Inspección de Policía

ConfíanRespeto, no miedoRespuesta ligera

Llaman a dialogar, danun compromiso (lepregunta primero)

Dos veces, informan ala inspección (depolicía) y preguntan

Tres veces

Se aconseja, “uno queha estado tanto allá” (seponen de ejemplo)

“La mamá me dijo quelo cascara (pegara)”,pero no, a menos deque le den más quejas.

Se dialoga, se advierte.

(Si son asuntos de)aguas, propiedad

PROBLEMA PREFERENCIA RAZÓN FORMA DE ACTUACIÓNDE LA PREFERENCIA DEL GRUPO

Para que los reprendan,recapaciten,disciplinen

Si no, entonces

Los Muchachos

Que la mamá le pongaremedio o que lointerne, porque eseniño va creciendo y lecoge odio a uno

Los Muchachos

Inspección de Policía

Gamincito, niño queestá cogiendo alas,no hacen caso, roban

No tengo platapara los servicios

Se va a las Empresas(públicas) a pedirplazos

Busco la plata prestada

Voy dondeLos Muchachos

Me quejocon Los Muchachos

Robo Ellos investigan y tratande recuperar lo perdido

do de enemigo de nadie. La gente lo cree dios a uno y uno sólo puedecolaborarles en lo que puede en lo demás... uno reúne a las dos personasporque si se reúne por separado cada uno le dice hasta misa a uno, en-tonces se forman los alegatos ahí mismo, en la calle, junto al muro delproblema.

La gente nos respeta porque el respeto se lo gana uno, no nos lo ganamosporque nos hayan visto matando a otro, sino que la gente ve que comouno la respeta, entonces lo respetan a uno; nos respetan porque ellossaben que si dejaron la grabadora o su ropa, ahí amaneció, la gente nos

▲ ▲

▲ ▲

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción criminal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 76: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

100 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

respeta no porque nos tenga miedo nos respeta porque nos lo ganamos.

Aquí no se entiende la paz con dejar de disparar, la paz tiene que ver conoportunidades para quienes están en el proceso y esas oportunidadestienen que ver con trabajo, no sólo para ellos sino para la comunidad,ellos alrededor de eso jalonan más cosas para la comunidad, cuando habla-mos de plata nos referimos también al bienestar de toda la comunidad.

Uno tiene una vida que también le toca guerriarla; llevar cosas para lacasa. Al menos yo tengo que responder por la cuchita y todo, toca esguerriándola y si algún día tiene uno más capacidad económica pueslógico, le ayuda uno al barrio, aquí le hemos colaborando a muchas per-sonas para un mercadito, para una droguita.

La comunidad nos colabora, aquí por lo que no hay teléfono, pero tengala seguridad que si en este momento viene la ley por allá eso es de unaque llaman, la gente sabe a donde llama, “vea muchachos que una señoravio la ley en tal parte” y “venga mijo, venga, hágase acá”; la gente respectoa eso es muy pendiente con uno, inclusive cuando se llevan pelados, quepara investigación, se van 20 ó 30 señoras detrás protestando.

La íntima relación de desarrollo económico y justicia es el resulta-do de una tradición urbana que cubre a las citadas tres generaciones de“Muchachos”, y a una comunidad de medio siglo de historia que ha desa-rrollado dos modelos de gestión de recursos que requieren de un capitalinicial como principio de armonía.

La relación entre desarrollo económico y justicia implica la con-fluencia de distintos tipos de justicia, y se asemeja a los modelos de justiciadesarrollados por cualquier tipo de grupo dominante a lo largo de la histo-ria de la humanidad.

A su vez, tal relación indica que “Los Muchachos”, como los anti-guos “señores” incluidos los párrocos, son el motor de los modelos de ges-tión, con evidente limitación en las opciones de generación de capital dadasu historia y oportunidades de acceso a la economía de la ciudad, en con-diciones tales que permitan superar la pobreza y desarrollar la acción co-lectiva.

Ciertamente los comportamientos que subyacen a tal principio eco-nómico generan situaciones contradictorias donde, por ejemplo, la extor-sión a una ruta de buses es vista de tres maneras:

· Para algunos de los habitantes del barrio no existe delito, se pre-senta una participación equitativa de las ganancias obtenidas porun extraño, que se beneficia de los miembros de la comunidad yno le retribuye (percepción similar en sus principios a la de rega-lías).

· Para algunos miembros del combo, no existe delito, sino un cobropor la prestación de servicios de seguridad, ya que hace algúntiempo los propietarios de los buses solicitaron el servicio ante laproliferación de asaltos.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 77: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

101

· Para el sistema judicial, y para los dueños de buses que solicitansu intervención, evidentemente hay un delito, conocido como ex-torsión en el ordenamiento jurídico.

Los beneficiarios de la distribución de recursos suman 8.962 per-sonas del barrio París: 5.040 beneficiarios directos y 3.652 indirectos. Dadoque París tiene un poco más de 24.000 habitantes, esto significa que 1 decada 3 habitantes se beneficia de una actividad económica señalada comoilegal, principalmente centrada en la extorsión al transporte (ver cuadro 3).

Cuadro 3Cálculo perceptivo de beneficiarios de la multiplicación y distribucióndirecta de un capital inicial originado en actividades no legalesAño 2000

Mantienen a 1.200personas (familias

propias)

28 celadores decuadradero,todos del barrio30 dueños

son delbarrio

Administradores

La mayoríason delbarrio

Mantienen a 64personas

(familias propias)

Benefician a 1.280personas ajenas a

la organización

Mantienen a 640personas (familias)

Tienen 12 negociosde donde subsisten

36 personas

Mantienen a 160personas

(familias propias)

18 vendedoresde lujos,todos del barrio

Mantienena 160 personas(familias propias)

48 trabajadoresde restaurantes,todos del barrio

Mantienen a 376personas(familias propias)

Primer grupode beneficiarios indirectos

300 busesy busetas

Vigilanciaen el barrio

Plazasdel barrio

200 dueños

150administradoresson del barrio

Choferes, caimanesy ayudantes(aisladores)

Beneficiarios directos: 5.040 personas del barrio

Mantienen a 240personas (familias

propias)

Organización 100soldados

Segundo grupo de beneficiarios indirectos

Mantienen a 1.200personas (familias

propias)Mantienen a 2.400personas (familias

propias)Mantienen a 1.800personas (familias

propias)

▲●

●●

●●

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción criminal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 78: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

102 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

Tal cálculo de beneficiarios no incluye ni a las cadenas de benefi-cio, ni otros gastos en los que incurren “Los Muchachos”, y a través de ellosla comunidad, en fechas específicas, algunos de los cuales se indican en latabla 1, donde los egresos semanales se complementan con colaboracionesexternas; los gastos ocasionales corresponden a necesidades de personasdel barrio que requieren ayudas para droga, pagos de servicios, colegios,etc.; la labor social a la ciudad corresponde a ayudas para iniciativas depaz como son: ahorros para comunicaciones, colaboraciones a movilizacionescomo por ejemplo marchas, los pasajes de gestores y pendones, y materia-les de trabajo.

A la luz de la información presentada en el cuadro 2 y en la tabla1, un lector desprevenido podría pensar que la extorsión alcanza cifrasastronómicas. De hecho tales cálculos están en la base de acciones recien-tes de grupos ilegales externos al barrio que intentan ingresar a la manerade una fuerza de ocupación.

Medido no desde los egresos sino desde la capacidad de reproduc-ción de recursos escasos, este capital inicial no tiene sentido económicofuera de la aplicación de los modelos de gestión desarrollados en el barrio alo largo de 56 años de historia.

Modelos cuyo acceso por parte de “Los Muchachos” constituyeprueba de la ausencia de dominación física generalizada sobre la pobla-ción. La relación de “Los Muchachos” con la comunidad es una de las múl-tiples relaciones que tienen las organizaciones y los individuos de la misma,

Tabla 1Gastos adicionales, propios de egresos acumuladosque presionan al capital inicial producto de actividades no legalesAño 2000

BeneficiariosPeríodo de gastos 20 familias 25 familias 15 familias Conductores Ocasionales Labor Barrio

donde a las que se de los social

comen apoya recluidos ciudad

Semanal 150 mil 100 mil 100 mil 600 mil 200 milcada una cada una cada una

Anual (mayo) 8 millones

Anual (junio) 2 millones

Anual (septiembre) 600 milcada una

Anual (octubre) 5 millones

Anual (diciembre) 100 mil 6 millonescada una

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 79: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

103

diversidad que sólo es posible gracias a los avances de un proceso de pazque ha permitido a la gente volver a reunirse y a habitar la calle.

Por solicitud de los participantes en el trabajo anterior a la elabo-ración de este texto, y por requerimiento de la metodología aplicada, a con-tinuación se presenta a manera de ilustración de la anterior afirmación,un diagrama de relaciones institucionales (cuya mayoría de nombres sondistintos a los reales) que muestra un notable crecimiento en el número deorganizaciones y las relaciones entre las mismas, al comparar el universode los años 1970–1980 (presentado en texto), con el de 1999 (ver Figura 4).

Entre más grandes los círculos de la figura 2, mayor la importan-cia de la organización; a su vez, la dirección de la flecha indica quién recibealgo de otra organización. Como puede verse, existe un notable número deorganizaciones juveniles, aunque sin suficientes relaciones entre sí ni conotras organizaciones.

En el mes de enero de 1999 se consultó de manera aleatoria adiversos grupos de la comunidad –entre ellos niños– sobre la situación enel barrio: cinco de ellos dibujaron las diferencias entre pobres y ricos, tresa personas de su barrio que consideraban peligrosas, cinco más dibujaronsus viviendas, y un niño dibujó lo que le gusta y no del barrio.

Dentro de los niños que respondieron a la diferencia entre pobresy ricos, dos señalaron la ropa como el elemento distintivo; otros dos indica-ron que la riqueza se relaciona con cosas distintas a objetos como estudiar,tener padres, ser sencillo, ser bueno (y ellos eran ricos). En un dibujo apa-rece el pobre mendigando y llorando, y el rico sin sonrisa.

De los tres niños que respondieron a la pregunta por personaspeligrosas, dos señalaron el consumo de droga y el secuestro; uno de ellosseñaló la presencia de armas y otro más personalizó con nombre propio aquien teme (dos marihuaneros). De los cinco niños que dibujaron sus vi-viendas, sólo uno de ellos dibujó a su familia por fuera de la casa, llegandoa ella por escaleras. Este niño y uno más dibujan casas con segundos pi-sos; los tres restantes indican poco espacio y familias numerosas.

El niño que respondió a lo que le gusta y no del barrio consideraque el robo de dos niños y las peleas y malos tratos en la calle son asuntosno deseables frente a las fiestas y la recreación, que le agradan. Ningúnniño dibujó grupos armados, y sus problemas parecen estar más cercanosa la pobreza que a la violencia.

Aunque para los adultos la violencia y la inseguridad son asuntosimportantes, la educación es, con una notable diferencia, el problema en elque coinciden en definir como prioritario. Le siguen el desempleo y la sa-lud. Claramente éstas no eran las prioridades de una comunidad acosadapor la violencia, sino de una comunidad que requiere de oportunidadespara poder desenvolverse económica pero colectivamente.

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción criminal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 80: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

104Visiones sobre el crim

en y el castigo en América Latina

Figura 2Universo organizacional, 1999

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 81: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

105

GUERRA POR SER CIUDADANO

En un trabajo colectivo, un grupo de jóvenes pertenecientes a latercera generación de “Muchachos” de París, afirmaron que su principio deintegración para la acción es “la ideología” (y no el mando, la fuerza o ladominación como podría pensarse de una “banda”). Según ellos la ideolo-gía es:

- Hacer paz, y si nos van a matar, defendernos.

- No trabajar con otra gente sino con nosotros mismos.

- Ser neutro, ni guerrilla ni paracos.

- Ser unidos, los que tienen sus cosas las comparten con los demás, o lescolaboran para conseguir; los que tienen más les ayudan a los demás aconseguir dandoles más responsabilidad.

- El que ha sobrevivido a más cosas tiene más respeto, aunque todos tie-nen voz.

- Ante todo la seriedad y la disciplina, no meterse con la gente, no abusardel poder, cumplir con las funciones; y cuando hay peligro, solidaridad,todos cuidan a todos.

Conocedores de las reglas internas, existen castigos y premios parafomentar su cumplimiento, que no se encuentran recopilados en un códi-go, siendo su mejor expresión la del ejemplo de su aplicación a miembrosdel grupo:

- Un borracho, desatinado, quebró los vidrios de una buseta y golpeó alchofer, se le encerró en la casa por un tiempo.

- A los que cogen de parche a los buses [a pedirles que les lleven gratis] seles hace un llamado de atención.

- Al que hace una vuelta [un acto delictivo o ilegal] sin permiso, sin siquie-ra consultar, o se pone a dar tiros borracho, se le regaña.

- Al que roba dentro del barrio, o abusa del poder, dependiendo de la grave-dad, se le saca del barrio, a veces se le da al salir plata o un tote [arma,para que busque cómo vivir afuera].

El ingreso en este grupo puede hacerse por dos vías: medianterecomendación de un amigo de “Los Muchachos” cuando se es de fuera deParís, haciendo “mandaditos” o estando “parchadito” con ellos cuando sees parisino nativo. En el segundo caso, “se hacen coger la buena”, sin re-querir de recomendación.

Los dos caminos convergen en el siguiente paso que es probar quese es “firme y correcto”, para lo cual hay “muchos ojos” observando la fir-meza o capacidad de estar “en las buenas y en la malas”, y la rectitud oausencia de “envidia, problemas por plata, irrespeto a los puestos, o irrespetoa las cuentas”. Tras ello, progresivamente se va adquiriendo mayor “res-ponsabilidad”. Responsabilidad consigo mismo, con su grupo y con la co-munidad.

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción criminal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 82: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

106 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

Pero tal responsabilidad frente a un orden de justicia local quedepende de un capital financiero inicial ilegal, repercute en la victimizaciónde barrios aledaños e individuos de diversas partes del Área Metropolitanadel Valle de Aburrá.

Cárcel del Distrito Judicial de Medellín, Bellavista.

Cuev

as U

litzs

ch,

1999

Cuev

as U

litzs

ch,

1999

Cárcel del Distrito Judicial de Medellín, Bellavista.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 83: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

107

Igualmente sujetos a las tradiciones, algunos comerciantes y due-ños de buses han patrocinado a otros grupos para acabar con lo que paraellos es un imperio económico, un monopolio, y han encontrado personas ygrupos víctimas de las acciones de “Los Muchachos” dispuestos a actuarcon y sin su patrocinio.

A estos conflictos se sobreponen los derivados de la inclusión par-cial en lo urbano: París no está aislado de las actuaciones del Estado y susleyes, ni de su dinámica económica. Infortunadamente tampoco de dinámi-cas violentas que atraviesan lo local y que son especialmente críticas enuna zona geoestratégica para el conflicto entre guerrilla, paramilitares,grupos parapoliciales y grupos de sangre conformados por miembros defuerzas públicas afectados por sus acciones.

Allende las muertes de “Muchachos” de París, que han aumenta-do en una progresión geométrica desde el año 2000, pero especialmentedesde principios del presente año, las capturas han tenido alta eficienciaen diversas épocas, como lo fue 1999.

Tabla 2Perfiles de algunos de “Los Muchachos”recluidos en la Cárcel de Bellavista, 1998

Edad Estado Hijos Estudios Experiencia Estado jurídico Delito Expectativacivil laboral

18 soltero 1 9 conductor, sindicado Homicidio Terminarmensajero estudios

20 unión libre 1 8 mecánico, condenado Receptación Cualquierconductor trabajo

22 unión libre 1 5 mecánica condenado Homicidio Mecánicaautomotriz a 37 años y tentativa automotrizy marquetería de hurto

32 soltero 0 8 ninguna condenado Homicidio Conductora 35 años

29 casado 1 5 plomería condenado Homicidio Acabar misa 29 años y hurto estudios

23 soltero 1 5 construcción, condenado Ley 30 Taller propioebanistería

24 soltero 1 9 plomero, sindicado Tentativa Terminarmecánico de extorsión bachilleratoautomotriz y mecánica

20 soltero 0 11 técnico sindicado Tentativa Ingeniería deen lavadoras de hurto sistemas

e idiomas

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción criminal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 84: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

108 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

Desde la cárcel del Distrito Judicial de Medellín, algunos de losreclusos pertenecientes a la primera y tercera generaciones de “Mucha-chos de París”, respondieron en un sondeo realizado mediante cuestiona-rio aplicado en 1998, revelando elementos sugestivos de sus característicasindividuales (ver Tabla 2).

Progresivamente, según los perfiles de los capturados, el nivel edu-cativo de “Los Muchachos” se ha elevado, lo cual encuentra su correlatotanto en las acciones que adelantan en la Cárcel de Bellavista, como fuerade ella.

Parte de los cambios pasan por el acceso a educación en gestión yorganización comunitaria, la progresiva implementación de empleos de emer-gencia, y la búsqueda de acompañamiento estatal. Sin embargo, a los pro-blemas de orden público y a las contradicciones del ordenamiento social,se suman la progresiva y posible amenaza de organizaciones ajenas al ba-rrio y las capturas. Dado que durante buena parte del año 2000 y del pre-sente año se presentaron situaciones de incertidumbre, los esfuerzos porgenerar un cambio en la fuente económica no han podido fraguar, y no hanpodido desarrollarse consideraciones de abandono de prácticas armadas.

La captura de estos hombres, o su aniquilamiento mediante cual-quier fuerza o método, romperá el débil orden social logrado en 56 años dehistoria de exclusión; asimismo, no capturarlos implica afectar sectoresurbanos productivos, violar el orden legal y propagar el delito.

En este caso, la aplicación de derechos colectivos implica diversasparadojas, la principal es la necesidad de democratizar los mecanismosmediante los cuales un grupo social acepta pertenecer a un Estado, que,en París, apenas se conoce.

Por lo pronto, “Los Muchachos” han sido investidos del papel deinvestigadores de lo que realmente es el Estado, entidad que afirma queellos violan leyes, aunque ellos afirman cumplir principios.

La libertad de estos jóvenes para ingresar o no a dinámicas vio-lentas o criminales se limita a la combinación de las opciones que conoce.La elección racional, individual o colectiva, está determinada por la valora-ción de las condiciones que el individuo o el grupo enfrentan, y por la expe-riencia acumulada a lo largo de la historia colectiva.

La culpa, la responsabilidad, la pena y el tratamiento dado por elEstado deberían poder contemplar estos aspectos para evitar actuar comoevangelizador frente a salvajes, a la manera de la Conquista y Colonia.

La segunda paradoja se relaciona con los fines del Estado: cierta-mente se presentan violaciones a los derechos individuales y a la propie-dad; pero se garantiza un mínimo acceso a nuevos derechos colectivos y ala vida con esperanza de calidad.

Ante la incapacidad estatal para asegurar los derechos colectivospropios de comunidades que desean ser más que agregados de individuos,

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 85: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

109

Colegio de París, sector El Esfuerzo.

Cuev

as U

litzs

ch,

1999

siempre habrá una organización que llene el vacío, que tanto en lo socialcomo en lo material, no existe.

Finalmente, resta preguntar por la naturaleza de leyes que en suconcepción y aplicación consideran a los delitos como variables discretas,aislables –en el tiempo y en el espacio– de procesos sociales. Una interven-ción desde tal perspectiva nunca será preventiva, restando para el poderjudicial el éxito de la captura.

A los niños los trae la cigüeña de París: función social del crimen, acción colectiva y acción criminal

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 86: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

111

Más allá de las líneas...de la prisiónJUAN FERNANDO GUTIÉRREZ*

* Abogado y profesor de la Universidad de Antioquia y miembro del grupo Taliber.

Tal vez sólo quisiéramos confesar lo que consideramos el soportede validez de este trabajo. Algo así como desnudar el propósito de nuestratarea: en el horizonte “bastante problemático de lo penitenciario”, para no-sotros –un compromiso íntimo, personal, pero por ello mismo, ineludible–es indispensable constantemente repensar el fenómeno de la prisión. Estaintención implica, por tanto, estar siempre atentos y en actitud sigilosa,abierta, a toda la discusión que entraña esta cuidadosa tecnología del en-cierro que desde sus primeras prácticas en los siglos XVII y XVIII, es decir,una vez señalada su tendencia a convertirse en una verdadera estrategiade control, ha sido objeto de arduos debates sin solución. Esa misma tec-nología que ahora vemos convertida en el modelo privilegiado del castigo.

Pero hoy quisiéramos abordar esta problemática desde uno de esostemas que, curiosamente, permanece siempre soslayado o, por qué no de-cirlo, inadvertido. Uno de esos aspectos que, paradójicamente, sigue es-tando por completo relegado y condenado al olvido: hoy nos interesa y nospreocupa una voz, la voz del presidiario. O mejor, esa voz que surge desdela experiencia del presidio. Hoy queremos hacer una “lectura-escucha” deesa voz, que con la mayor autoridad puede dar cuenta de su propia expe-riencia vital. Digámoslo de modo sencillo: hoy nos interesa recuperar lavivencia encarnada de los laberintos y las celdas que llamamos prisión.Más que nunca, nuestro análisis necesita verse iluminado por esa voz quees la más apropiada para señalarnos todo nuevo enfoque del fenómeno.

Es ésta una voz real e imaginaria, una voz encarnada y cruzada,convalidada por el drama y el dolor en aquellos que verdaderamente lasufren y tienen por qué mostrarnos su propia historia.

Hoy queremos empezar por este tenue intento: queremos devolveral testimonio de ese “ciudadano preso” esa valoración hasta ahora relega-

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 87: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

112 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

da y perdida en los fríos expedientes judiciales o en la crónica rampante deun periodismo amarillista.

Acostumbrados como estamos a que la noticia es un producto decirculación que se sustenta en una economía de mercado, el crimen –eldelito y el delincuente– por lo que tocan la legitimidad, la transgresión abiertao soterrada de los resortes éticos o morales de todos los sectores de la socie-dad, el crimen, –repetimos–, ha entrado directamente a la producción yconsumo de bienes. Sobre él circulan no hartos y pocos saberes, y soporta,refuerza y sustenta refinados poderes y sutiles burocracias.

Con este trabajo queremos inquietar y remover la que parece unaeterna problemática: la relación delito-prisión. Podría replantearse si suaproximación, si sus nexos, no se agotan en las usuales fórmulas presen-tadas en los estudios jurídicos o desde los ápices exaltados por las alarmasde la criminalidad; tampoco podemos echar mano de los lugares comunesde sociólogos y psicólogos, o de la fría mirada de una historia que no décuenta de las condiciones de posibilidad de los hechos sometidos a su aná-lisis. Menos creemos en el escándalo cubierto de moralismo de los paladi-nes de los medios de comunicación con sus informes sensacionalistas yoportunistas. Todo lo contrario, vemos aquí toda una responsabilidad so-cial que debe involucrar el aporte de más de una disciplina con sus pers-pectivas de conocimiento. Si hoy proponemos escuchar las voces del presidio,es porque sospechamos que en el delincuente, en su delito e incluso en elencierro al que lo sometemos, hay no sólo una acción, hay una variedad dediscursos que desbordan la mirada siempre parcelada, siempre fragmen-tada, de nuestro precario saber. Quisiéramos más bien ir desenmarañan-do la red de tejidos poco visibles que se dan entre el delito y el medio social,esto es, entre los valores límites de una cultura, de una sociedad, y aque-llos que los transgreden, que van más allá. Buscamos ensanchar los vín-culos no sospechados entre la política criminal y la necesidad de permitirprohibiendo, de ejemplarizar por la vía de la negación de ciertas y precisaslibertades, de condenar “encerrando”.

Somos pues defensores del ser humano, más que de las institu-ciones. Por eso queremos escuchar la voz de los presos. Nos sentimos atraí-dos, tal vez subyugados, por la fuerza incontenible de su queja, de su grito.Su vivencia hecha testimonio es aquí el mejor lugar de debate, ataca ycontradice, revierte esas verdades reforzadas desde la ortopedia social delcastigo. Nadie mejor que ellos puede entrar a combatir la política del encie-rro, la funcionalidad del sistema penitenciario. Su contundencia limitanuestra palabra... Nos llama a convertirnos en cómplices de su vivencia, aacercarnos a su esencial intención crítica.

El preso, siempre minimizado por todos los discursos y saberesque tratan de aprehenderlo, de positivizarlo, de hacerlo objeto, nos hablaaquí. Ésta es su voz, éste es su malestar, ésta es su queja. Y nosotrosestamos atentos. Su voz diagnostica, habla por la cultura, por la sociedad

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 88: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

113

que lo condena. El condenado, el señalado, hace sentir su palabra y nodejamos de presentir que él, también, nos señala y desde múltiples formasnos condena.

EL RELATO1

Me capturaron el 24 de mayo, inmediatamente después de la tor-tura propia de los miembros de la Sijin, llegó el poligrama: era solicitado enBogotá; entonces me llevaron en avión a los calabozos del DAS; allá merecibieron versión unos fiscales y me remitieron a la cárcel Bellavista. Mien-tras abrían el pabellón de alta seguridad, que lo estaban habilitando, memetieron al patio 11; me querían aislar de los otros internos que éramoscopartícipes o nos sindicaban de los mismos hechos; luego me alejaron, mellevaron para el pabellón de alta seguridad, me tocó estrenarlo; eso sí escárcel, es todo enrejado, tiene rejas sobre las rejas, uno se abstiene muchode mirar hacia el cielo que es casi el único beneficio que le queda como reo,mirar hacia el cielo y descansar un poquito o soñar con la libertad, allá esmuy difícil porque la parte superior, el techo de los patios, es muy reducido,por ahí de 10 metros por 20 metros, totalmente lleno de rejas; tiene unaespecie de alambre de púas, dicen que es alemán, uno medio se acerca 10centímetros, inmediatamente tiene como un magnetismo que le corta lasmanos; uno era vigilado por cámaras de televisión en todo momento; lasceldas se cerraban electrónicamente; era prohibido hablar con los guar-dias, mantener dinero, se comía exclusivamente la comida de la cárcel. Lavisita era muy discriminada porque, al contrario de otras cárceles dondese podían llevar las visitas por ejemplo a las habitaciones, allá era en unpatio que carecía totalmente de techo, no había bancas, y fuera de eso casitodos los internos que llegaban gozaban de un nivel de seguridad extremopor los cargos que les imputaban.

Allá tuve la oportunidad de presentar las pruebas del Icfes2; noera bachiller, no tenía estudios adelantados, y en una prueba única megradué de bachiller, entonces dieron un curso para profesor a los poquitosque ganamos ese examen, como siete, y solamente pasamos dos. Entoncesinmediatamente empezó la lucha en ese pabellón de alta seguridad, que yacontaba por ahí con 80 internos en los dos pasillos; se inició una luchapara enseñarles, porque allá no se podía rebajar, redimir pena, no habíaposibilidades, era demasiado reducido todo, nos enfermábamos mucho porel sol, porque nos sacaban al patio a las cuatro y media de la mañana ocinco y nos dejaban hasta las seis de la tarde a la intemperie, al sol y alagua. No había viabilidad de entablar charla con la guardia, porque al

1 Transcripción del relato de un preso de la cárcel de Bellavista, cárcel de hombres ubicada en elmunicipio de Bello, fue construida para 1.500 personas pero en la actualidad aloja a 5.700 internos. Enel momento de la detención de quien relata, albergaba 3.000 hombres.

2 Icfes, Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior.

Más allá de las líneas... de la prisión

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 89: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

114 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

guardián que le hablara a uno inmediatamente lo trasladaban; todo eramuy hermético, no nos dejaban realizar compras, no es como los otros pre-sos que podían compra su leche, su..., nada de eso era posible allá. Fuerade eso estaba el manejo de los capos3 dentro de la cárcel que presionanporque muchos tienen pactos con los directores para no salir trasladados,por lo que deben mantener callada y sumisa a la demás población carcelaria.

Eso me dio problemas a mí por la forma de ver la vida, porquedesde que llegué les decía a los demás compañeros que nosotros teníamoslimitada la libertad, pero no prohibida la libertad, porque si a uno le prohi-bían la libertad totalmente lo amarraban con cadenas y sería imposiblemoverse, pero allá a pesar de que uno bajaba 40 escalitas todos los días ysubía 40, hay una especie de libertad o al menos en los pensamientos, yeso me trajo muchos problemas con “el mandón”4, hasta el punto de queempecé a plantear una huelga, que ya en El Barne5 había sucedido, allállevaban meses y no habían logrado ningún beneficio, entonces con otrocompañero comenzamos a estudiar la Constitución6, que por cierto noscostó platica entrarla porque lo que es tener la Ley 657, el reglamento car-celario o la Constitución es delicado, al menos en ese pabellón, en Bellavistano. Iniciamos los estudios para ver qué viabilidad, qué puntos lográbamosdiscutir por medio de un amotinamiento, lo que era difícil porque el man-dón tenía sus secuaces, entonces tocó irlos comprando con plata, dándolestinto, dulces que le entraba a uno de la calle la visita, pero pagando; enton-ces se les daba que el “bombombum”; un “bombombum” se podía vender enmil pesos y los pagaban, porque esas cosas allá no existían.

Entonces se fue gestando todo y de pronto un día estalló la huelgaa las siete de la mañana, contamos con la ayuda de un capitán, el superiorde ese pabellón que nos apoyó. El director nos mandó como 400 guardianesa que nos acabaran, pero como nosotros nos tomamos los computadores delas rejas, ellos no tenían acceso, y al guardián lo amarramos ahí de la rejapor si nos tiraban gases, el que sufría era él, porque las rejas son muyreducidas; yo manejaba los computadores, eso es muy fácil, una cabina yun botón: que “reja 4”, que “reja sur”, que “las cámaras”; yo había miradocomo los guardianes movían todas esas cosas. Cuando dejamos subir aldirector interino de ese pabellón, como con 100 guardianes, nos rodearon,nosotros nos sentamos y dijimos: “ustedes verán si nos matan, todos esta-mos prácticamente pagando 40 años, o sometidos a eso, si nos matan escomo la misma güevonada”, porque prácticamente nada había que perder,

3 Capos, palabra de la jerga carcelaria con la que se refieren a las personas detenidas que manejan ymandan en el patio.

4 El mandón, sinónimo de capo.5 El Barne, penitenciaría para hombres ubicada en el municipio de Tunja.6 Constitución Política de Colombia.7 Ley 65 de 1993.

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 90: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

115

era gente que llevaba dos ó tres años ahí detenida, o más, un amigo míollevaba siete años sindicado aún por una cosa en Bogotá, entonces no ha-bía mucho que perder; fuera de eso la infamia que nos hacían con lasvisitas, las enfermedades, no teníamos servicio médico, no teníamos nada,cuando de pronto nos enfermábamos nos llevaban a Bellavista amarrados,cuando prácticamente había que caminar media cuadrita, y nos llevabanen furgones para caminar esa media cuadrita, con 20 guardias, esposados,para llegar a que un médico nos mirara para darnos una aspirina.

Uno se sentía hasta grande; los que nunca habíamos manejado elpoder allá nos sentíamos importantes, porque abrían las rejas de Bellavistay decían: “ahí vienen los de máxima, ahí vienen los de máxima”, y nos su-bían a la carrera, entonces todos los presos lo miraban como si uno fueraun “capo” o el tipo más malo del mundo, porque entre los presos se manejauna jerarquía de delitos; no es lo mismo ser ladrón, que secuestrador oviolador”.

Cuando sucedió lo de la huelga, al comandante que nos colaborólo expulsaron del Inpec 8; un cabo intentó golpearme, él sabía que era elvocero, pero nosotros estábamos armados, teníamos palas, que las entranlos guardianes; varillas, que era muy difícil encaletarlas pues todo es deconcreto, pero uno siempre buscaba la forma de tener su varillita de 30 ó40 centímetros, una cosa que uno se pueda defender de una garrotera,porque el día que lo quieran matar a uno allá lo matan, porque las rejasson como de tres por tres metros, entonces lo encierran, cierran la reja y lodescuartizan adentro y nadie se da cuenta porque la guardia no está, ellavigila es por cámaras, y mientras que llegan y abren entre reja y reja lodescuartizan a uno y nadie se da cuenta.

Cuando nos amotinamos nos dejaron dos días aguantando ham-bre, nos amotinamos todos los 80 y el que mandaba sobró ese día, y todo elque se oponía, “el que no quiera aguantar aquí se va ya”, entonces todoslos secuaces de él se tuvieron que sumar al poder que ya emanaba delconvenio general que teníamos, y el “cacique”, o como se le llame, saliócomo una loca, lo tuvieron que sacar porque sino “se moría”. Como a losdos días habló el defensor del pueblo sobre la huelga, dijo que nosotros noteníamos razones, que estábamos pidiendo visita conyugal, esa fue la ver-sión que dio el director de la cárcel, y pa’visitas conyugales uno lo hacía enel patio, el patio un domingo era como una invasión de desplazados, todoscon cauchos y ahí se metían con las esposas, pues qué más ibamos a ha-cer, pero muchas señoras se enfermaban, eso era tenaz allá. Entonces lle-garon dos leguleyos de la Procuraduría, mal vestidos, a entrevistarnos: ¿quées lo que ustedes necesitan, conyugal?, y dije: “no, cuál conyugal hermano.Usted qué grado tiene: ah, que grado cuarto; no mijo, usted aquí no sirve,

8 Inpec, Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, dependiente de la rama ejecutiva del poder público,encargado del manejo de los centros de reclusión.

Más allá de las líneas... de la prisión

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 91: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

116 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

aquí necesitamos a un procurador delegado de Antioquia, necesitamos ladirectora regional del Inpec”, y ni siquiera al director de esa cárcel, porqueya le habíamos solicitado reiteradamente que se construyeran obras, quenos respetaran el derecho fundamental a la igualdad –que era desconocidoallá– que nos diera educación, que se nos diera trabajo, que nos dieraunos medios como para sobrellevar esa tortuosidad que se vive en la cár-cel. A los tres días llegó la directora regional y charlamos ahí, entoncesintentó amenazarnos, lo primero que nos dijo fue: “yo llevo 20 años mane-jando cárcel y a mí 40 ó 50 presos no me van a hacer mella y si nos vamosa las malas nos vamos a las malas”; nosotros nos paramos de la mesa y ledijimos, ¡ah bueno!, vamos a las malas, nosotros no tenemos nada queperder, de pronto usted pierde más; entonces intercedió el defensor delpueblo y el procurador de Antioquia para que charláramos los puntos, sehizo un relato con base en artículos de la Constitución y entonces la direc-tora dijo: “Prométanme que me levantan la huelga hoy y les soluciono esomañana”; y le dijimos: “bueno, le damos plazo hasta las 7 de la mañana”. Alas 7 de la mañana llegaron todos los obreros y taparon el patio.

El director dijo que a nosotros no nos daba educación porque nin-gún profesor se sometía a meterse a esa cárcel por la peligrosidad que semanejaba, entonces le dije que yo había aprobado el curso de profesor, ypodía enseñarles, “tráigame cuadernos...”. Enseñábamos en el comedor;allá lo único bonito era el comedor, era grandísimo, con mesas blanquitas,sillas, pero nunca nos dejaban sentar, entonces era la misma pendejadaque existiera o no, pues nos hacían comer sentados en el suelo, y eso que anosotros por la calidad de los delitos dizque nos respetaban más, que por-que había una importancia; y no, ¿cuál importancia? Se solicitó primero elderecho a la igualdad respecto a las otras cárceles, nosotros presentamoscomo fundamento que en Bellavista la visita se atendía en las celdas; quese pudieran comprar cosas en los caspetes; que se pudiera mantener pla-ta, y fuera de eso, lo más fuerte, les dijimos: “es que nosotros somos sindi-cados y no tenemos por qué recibir el tratamiento penitenciario pleno, anosotros tienen que darnos un nivel más bajo”, el régimen penitenciario nonos puede cubrir totalmente porque a nosotros nos aplicaban todo el regla-mento con el rigor de un condenado; además, ante la ley todos somos igua-les, aquí no hay delincuentes más ricos que otros, ni más importantes queotros; entonces les decíamos, “cómo a los patrones de muchos aquí sí lesdan mansiones y a nosotros no”, porque nosotros no tenemos plata.

Entonces hablamos del derecho a la rehabilitación, de la funciónde la pena, que el Inpec estaba establecido para resocializar, y que el únicomedio de resocializar era el estudio, pero un estudio de calidad, no el estu-dio que se da en las cárceles; en los establecimientos educativos de lascárceles la mediocridad abunda porque los profesores no tienen como iden-tidad con lo que hacen, no aman su profesión; el preso va solamente a quele rebajen las horas y no aprende nada, nadie le exige, los miran con odio,

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 92: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

117

con resentimiento porque son presos, son basura, o como me dijeron unavez en una cárcel, que éramos enfermos sociales. Yo no sé hasta qué puntohaya enfermedad social o será que la enfermedad social tiene diferentesfacetas, porque yo creo que en la calle, en el mundo de los buenos, hay másenfermedades que las que hay allá; porque en la cárcel nadie se muere dehambre; en la cárcel uno llega sin cobija y alguno le regala una cobija; yono he visto la primera persona que salga de su casa con una cobija a dár-sela a una persona que está en la acera durmiendo, más bien le echan lapolicía o lo mandan pa’la cárcel porque le iba a robar, sencillamente es eso;entonces yo no sé cuál es el enfermo social que decía esa señora, que har-tos problemas de pronto tuvimos cuando manifestó esa frase, que dolió.

Nosotros nos reivindicamos, se creó la escuela; pero hubo un pro-blema, y es que en la cárcel hay un factor religioso que es mucho másfuerte que la misma educación, que el trabajo; y yo me declaré su enemigocontundente, porque no era justo que si se les brindaban fuentes de traba-jo a unos internos, llegaban X o Y personas a hablarles dizque de un Dios,a hacerlos sentir como gusanos, y después con el tiempo que dizque eranhombres de bien y que debían dar un aporte del 10% de lo que se ganabande sueldo o lo que les llevaba la visita, sopena de ser expulsados de lareligión.

A mí me tocó enseñar primaria, me correspondieron ocho sindica-dos de los de la masacre de la “Chinita”; todos analfabetas, menos el jefeque se sabía las vocales; y me llegaban dizque con biblias, y yo les decía:¿si ustedes no saben leer para qué les dan una biblia? “Es que Dios nos vaa ayudar a sobreponer las penas”; ¡no! Vamos a concentrarnos primero ennosotros; supongamos que salgan, les decía, ¿qué van a hacer? Si siguenanalfabetas van a seguir siendo manejados; porque todos, a pesar de sercampesinos y analfabetas, eran líderes en Urabá. Y así se inició el procesode sacarlos de esa ignorancia; por ejemplo, la Biblia se quedaba afuera delsalón de clase, había una mesa y ahí se quedaban todas las biblias; por-que el choque religioso era tenaz allá, que porque el uno quería a la virgen,que porque el otro no la quería, que vos sos falso, que vos no sos falso.

El primer día de clase, sin identidad de profesor, me preguntaba:“¿qué voy a hacer con esta gente?”, para enseñar primaria, para enseñarbachillerato, sin libros; los libros nos los regalaron los familiares, se hizouna jornada, se pidió permiso a la directora regional para que los dejaraentrar, y con cuadernos que nos regalaban se inició el proceso. Y como almes ya todos sabían leer y escribir; se les diseñó un plan para avanzarrápidamente, no todas esas boberías que enseñan en primaria; nos metía-mos a enseñar como para un nivel de quinto de primaria, y el 90% superóel examen del Icfes de primaria y se graduó; ya los veía haciendo tareas enlos patios, eso les ayudó a muchos; varios de ellos salieron inocentes y sealejaron de esa vida, porque los errores que uno comete en la vida lo debenpreparar para un triunfo, no para seguir cayendo en eso porque en la cár-

Más allá de las líneas... de la prisión

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 93: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

118 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

cel se pierde todo. La familia pierde la dignidad, prácticamente allá no vasino la mamá de uno; la señora si acaso aguanta hasta la indagatoria, loprimero que le preguntan al abogado es ¿cuánta cárcel le van a meter? Y elabogado dice: “No, pues eso da 20 o 30 añitos”, y de una vez no vuelven; esosí, si uno tiene un carro ahí mismo lo venden, y la casa la venden, y se vancon el mejor amigo de uno que es más bravo que uno, y si uno se emputapues lo matan; entonces uno allá se desengaña totalmente; yo conté con laúnica fuerza de que ese título de bachiller me colaboró mucho, me tapómuchas lágrimas; mientras lloraba tenía que ponerme a preparar claseporque imagínese, uno sin acabar un bachillerato y graduarse ante el Icfesy tener que salir a enseñar, eso es duro, toca coger la cartilla a ver cómo seenseña a leer, idearse un plan, y fuera de eso si le estuviera enseñando aniños, ¡pero no! Uno le está enseñando a viejos de 40, 50 años, que es lagente que hay allá, o pelados de 25 años que nunca fueron ganadores en lavida, que nunca ganaron un examen cuando estudiaban, entonces mu-chas veces para ayudarles hay que regalarles la nota para que ellos ga-nen, entonces ya se entusiasman, se ilusionan.

Después me juzgaron y me terminaron el proceso; tuve un aboga-do muy ágil que me tumbó todos esos cargos, y para acortar, para que nome investigaran más, ni me jodieran más, se aceptaron cargos de cosasque yo nunca había hecho, unos cargos más vulgares, como decir que unomandaba a robar carros, que uno no era el que estallaba las bombas, sinoel que robaba los carros y los vendía y ya, y los jueces aceptaron ese cuen-to. Además se indemnizaron muchas cosas, nos fuimos a sentencia antici-pada, porque estamos en la era de la sentencia anticipada, ya un fiscal nole cree a uno sino hasta que le firma esa sentencia, y ellos saben que des-pués de pasar uno o dos años allá, lo tienen que condenar así sea porrobarse una colombina, por alguna cosa. Es muy difícil que lo suelten auno, y más un fiscal regional o hasta los mismos fiscales seccionales, ellosson muy intransigentes a veces, y más cuando a uno lo sacan por televi-sión, el mero champú, con eso uno cuenta ya con dos añitos de cárcel,pues al fiscal nunca se le olvida o ve siempre las noticias, o en el expedien-te dice: “salió por televisión” y eso son dos añitos seguros. Es que es muydifícil que nos accedan a algo; en la indagatoria se la pasan haciéndolemuecas a uno: “no, oigan a este man, hombre”; no nos creen, entoncesimagínense el nerviosismo en una indagatoria con un micrófono. Si unobaja la cabeza, que por qué baja la cabeza; si se le viene una lágrima –unoexpuesto a 40 ó 50 años–, que por qué llora; entonces eso lo va como coac-cionando a uno. Por ejemplo, cuando a mí me aporriaron todo, me fractura-ron las costillas, los pómulos, todo, estaba vuelto nada, me llevaron anteesa fiscal delegada y le dije: “vea este hijueputa cómo me volvió”; así le dije,a un teniente ahí y la fiscal dijo: ¡ah!, no le diga hijueputa al oficial”; ¿ycómo se le puede decir a un tipo que me volvió así? Fuera de que no puseresistencia; donde lo hubiera querido matar lo hubiera matado; me le en-

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 94: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

119

tregué porque como que me aferré a la vida en ese momento, y me coge y meamarra, y me prende como un balón de fútbol, entonces eso no es justo;“¡Ah!, pero es que así son las cosas; si quiere entable denuncia”, pues enese momento llegó un procurador delegado, pero el abogado me dijo que no,que porque era más problema, lo salen hasta matando a uno estos animales.

Un juez del circuito me aceptó los cargos después de múltiplescosas que se hicieron extraprocesales, porque aquí la verdad real no seencuentra nunca, es una verdad amañaita ahí y todo se maneja; yo creoque a uno lo condena es el abogado, no las pruebas que existan sino laforma como el abogado sepa manejar esas pruebas, o como sepa ir a tomartinto, yo no sé... eso lo arreglan con los conocimientos que ellos deben te-ner. El caso es que a uno le lleguen con cosas buenas, el abogado mío cadaocho días me llegaba con un cargo menos, y cobrando más, eso sí, porqueellos llegan es de una vez: “Vea, le bajé esto; hay que bajar esto y valetanto”; cada carguito a tanto, pero uno sabe que cada carguito representa5 ó 10 años, pues allá toca pagar, hasta ya cuando se acaba la plata; comocuando uno cae allá y todo el mundo lo olvida o le roban lo que tenga,cuando se acaba la plata ya el abogado de pronto le dice la verdad o termi-na de bajarle cargos por lo último que tenga; uno le advierte: “vea hermanotengo tanto pa’ que acabe o sino ya va tocar que me deje aquí”, o empezar amandar memoriales uno mismo, claro que eso casi nunca lo reconocen, “no lecomen de esa a uno”.

Cuando a mí me condenaron, había sacado la primer promociónde bachilleres y gente de primaria, y al ver que me rebajó el nivel de segu-ridad solicité traslado, porque eso es un moridero, esa cárcel es tenaz, yeso que en “Bellavista” le decían máxima comodidad porque uno tenía cama,dos metricos para caminar, porque era en baldosa de esa fina, todo encha-pado; claro, era todo enchapado para que uno no hiciera caletas porque eladobe era macizo, unos adobes grandísimos entre pared y pared, entonceseso contribuía a la seguridad. Una cárcel pa’80 presos que costó dizque1.000 millones de pesos; o sea, 40 habitaciones costar 1.000 millones depesos, pues tenía que ser con mucha seguridad, y pa’ meter peces gordos,pero uno de gordo no tiene sino el buche; y más con esa delación que ope-raba en ese tiempo, eso sapiaban a todo el mundo por beneficios, y sin unoser culpable ahí se la metían, y como aquí a uno no le prueban la culpabi-lidad, sino que entra y ya es culpable, uno es el que tiene que probar lainocencia, y ¿cómo le va a probar la inocencia a alguien que no le cree auno? Eso es como cuando uno le llega a las dos de la mañana a la mujer,¿cuándo le va a creer que estaba por ahí en una charla con un amigo? Ellacree que estaba con una vieja, y por más pruebas que le lleve, ella no lecome de esa y le dice: “eso se consigue, eso lo venden”; y ya, y así es el modode pensar de esa gente, de esos investigadores, no le comen a uno de esos“manís”, y porque además muchas veces uno maneja las cosas, y más aquíen Colombia.

Más allá de las líneas... de la prisión

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 95: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

120 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

Hice la cartica de traslado de cárcel porque a mí fue el único presoque no me dejaron tener el televisor allá, me dijeron: “entre el televisor”,pero no me dejaron conectar la antena, aunque todos tenían parabólica,todas las celdas, menos la mía; solicité permiso para un cable, y que eraprohibido el cable, sabiendo que todas las celdas tenían cable, y ¿por qué?Mortal, por la huelga me la montaron; antes dijeron: “lo vamos a echarpara El Barne”. De buenas que no lo hicieron porque allá lo matan a uno.

Cuando me rebajó la seguridad hice la cartica para que me trasla-daran por congestión de patio; dije que como me habían condenado a me-nos de tres años no requería prisión de alta seguridad, tenía que ser mínimodiez años. ¡Cómo le parece mi mamá! No quería llevar la carta porque enBellavista me veía cada rato, tan siquiera cada ocho días, en cambio en unpueblo, ¿cada cuánto? Entonces se le explicó que allá sufría mucho, unocomo persona se minimiza; imagínese uno encerrado, como hombre, con 25años, se le para por todo; allá no, no sé, como que esas paredes dan un fríotan raro, yo no sé qué le echan a esas paredes; llevábamos como un mes ya nadie se le paraba, uno no sentía ese deseo por mujer, nadie necesitabade eso, y todo el mundo “quejado”; hasta que una vez cogimos los ranche-ros por la ventanita por donde dan la comida, le cogimos el pescuezo a uno:“bueno hijueputa, qué es lo que le echás a esto, cómo es que nadie funcio-na”, y el man lloraba, con un puñal en la garganta y sabiendo que se labotan, y más aún esos manes que son gente muy loca, y los rancherosllorando decían que no, que no le echaban nada; como que eran las pare-des, o la forma de esa cárcel que es muy deprimente, yo creo que hastapara los mismos guardianes, empezando porque a un guardián allá le pa-gan el doble del sueldo, y aún así pedían traslado, imagínese cómo era esecuento; ni los guardianes se amañaban, porque un man ocho horas metidoen una cabina, y nadie le puede hablar; eso es muy duro.

Cuando me echaron para ese pueblo, entonces al ver los resulta-dos del estudio y de lidiar con los evangélicos, porque imagínese, yo ense-ñaba en un comedor, y los evangélicos tenían un salón perfecto para rezar,entonces una vez me tocó emberrarcáme, “cómo así que la educación estárelegada y los evangélicos tienen un salón, sabiendo que ese salón debeser para nosotros, empezando que hasta el mismo tablero me lo regaló untío mío”, porque en Bellavista dijeron: “¡bueno!, estudien pero aquí no haytablero, aquí no hay nada, si son capaces de entrar todos los elementos lesdamos permiso”. Como a los cuatro días mi tío me llevó un tablero nuevo ycuadernos, lápices, reglas, colores, y nos los dejaron entrar, pero el Inpecnunca nos dio nada; una vez, un día del profesor, nos dieron una toallanaranjada toda boleta de regalo del profesor, pero de resto nada; pero en lacárcel algo es algo.

Ya cuando me echaron para Frontino la directora del centro edu-cativo, que es una evangélica, me dijo: “váyase para ese pueblo, allá no haycentro educativo, yo hablé con la doctora Constanza, la directora regional,

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 96: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

121

y funde la escuelita”. Dicho y hecho, un jueves me llevaron y el director meestaba esperando; es muy diferente un director de cárcel del circuito onacional, de una ciudad grande, que el de un pueblito, a pesar de ser cár-cel nacional, el director allá no era militar, mientras que el de aquí era unmayor salido del grupo Unase, entonces imagínese la calidad de mucha-cho, como odiaba a los secuestradores y a los ladrones, ese tipo lo miraba auno y se le venían las lágrimas con ganas de ahorcarlo, se le veía la ira aese hijueputa cuando la protesta esa que le ganamos en todos los puntos:se le dijo arbitrario, se le dijo animal, se le dijo inquisidor, con pruebas se ledijo que tenía sapos ocultos dentro de los presos para ver a cuál mandabaa levantar o a cuál trasladaba, y ese tipo se paraba así, hasta al defensordel pueblo le tocó decirle: “cálmese mayor, que estamos es dialogando, yuno tiene que aprender a aceptar los cargos, y ahí usted hace los descar-gos: pero no tiene por qué levantarse así”; es que ese tipo se paraba y seponía rojo, y yo “hay hijueputa ese man nos va a matar”, pero eso era loúnico que teníamos para subsidiar el dolor de las “cuchas” y de las pocasmujeres que iban, porque no iba ni mucha visita, tocaba hacer lo que fue-ra. De todas maneras ya al siguiente domingo entraban a las celdas; nooo,eso era una bacanería, ya uno todo cachezudo.

Cuando yo fui profesor me extrañaba de eso, que a uno lo llamanenfermo social, delincuente, antisocial, cuanto término se inventan paradegradarlo, hacerlo sentir menos; pero qué va, hasta el peor delincuentequiere la mamá ¿si me entiende?, por ejemplo, yo le dije una vez al directorde Frontino: venga, hagamos un experimento y verá que la gente no esenferma social, el delincuente no es tan malo como le quiere llamar, depronto es que la sociedad y esta opresión que se vive es la que lo lanza auno a eso, porque yo le respondí al juez que me condenó, él me dijo: “Ustedhermano con la plata que aparenta...”, porque uno iba a todo embambado,de cachaco; lleno de anillos, con plata, y claro esa gente se siente mal;“Usted con esa presencia, dinero y haciendo cosas mal hechas”; yo le dije:“...vea doctor, lo que pasa es que nosotros no tenemos el estudio que tuvousted, porque es que el estudio cuesta, porque usted vivió de pronto en unbarrio bien, pero quítese esa tarjeta profesional, y ni la corbata porque nose ponía corbata, y váyase a pedir trabajo, a ver cuánto se demora paraconseguirlo; y diga que no tiene ni bachiller, a ver quién le da trabajo, y leapuesto que ni de ladrón consigue trabajo, porque es que para ser ladrón ypara matar gente se necesita un currículum, se necesita como unas refe-rencias laborales, a usted cualquiera no lo va a llevar a robar, porque depronto sale ‘sapo’ o no es capaz, o se caga de miedo, o por ejemplo, al pisto-lero no se puede llevar a robar, porque el pistolero es matón, entonces leabren un ojo y hay mismo mata, el ladrón nunca mata; ¿si me entiende?”Son tendencias y uno necesita una hoja de vida; y yo le dije: “Doctor, vayay haga el experimento, pida trabajo, es más, sálgase de esta carrera y váya-se a pedir trabajo de abogado a ver también cómo es que se abre el campo,

Más allá de las líneas... de la prisión

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 97: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

122 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

y verá que eso afuera es duro”, entonces él me decía: “no, es que está bien,pero es que la ambición”; y yo, “vea doctor; si yo tengo un millón de pesosaquí en el bolsillo y me puedo ganar 20, yo voy y me los gano, si perdí, puesperdí”; y ése es el lema de mucha gente, por qué a los patrones nunca losmeten a la cárcel por robarle las cesantías a los trabajadores, por pagarleno más 4.000 pesos, cuando el salario mínimo son 5.000 pesos, y ese sala-rio mínimo es irrisorio para lo que ellos se roban. Es que desgraciadamenteuno en Colombia es culpable, pero de la pobreza, uno no es culpable demás; ya ahorita con esos escándalos públicos, empezaron a apretarlos, peroaún así, imagínese Botero, ¡pobrecito el doctor Botero! le dijeron cuandosalió; vaya uno a ver si le dicen doctor, o don, tal o pascual; le dicen enfer-mo social, no le dicen el nombre, ni señor, ni estúpido, nada, enfermo so-cial; enfermo social, una cosa bajita, un animal, pero como cucaracha orata, algo así.

Entonces solicité acumulación de penas, para que eso me bajara;¡cuál acumulación! Qué insultada me pegó esa juez; que no merecía nada,que el tipo de delito, que antes me diera por bien servido; me llamó a lacárcel y me dijo que me negaba absolutamente todo; apelé y vino peor, ahídecía: “No más acaba esa, continúa con la otra; y se le niegan de una veztodos los beneficios para acceder a una libertad condicional de acuerdo asus antecedentes”; y el director de esa cárcel decía: “hombre, pero eso esinjusto! sabiendo que usted se graduó en la cárcel, allá graduó gente, aquíhizo una escuela, ha hecho obras, porque un juez no ve eso”. Entoncesempecé a leer la Ley 65. cuando me encontré unos beneficios, algo que elInpec debe hacer, que es lo que se llama el sistema progresivo, uno iniciaprimera fase, segunda fase, tercera fase y cuando llega a la cuarta fase,dice: el director del centro carcelario deberá manifestarle al juez si el inter-no requiere o no el tratamiento carcelario, y será acatado por el juez paraestudiar la posible libertad condicional; y me le meto por ahí, y le dije:“Sabe qué doctor, yo necesito que usted haga el consejo de evaluación ytratamiento; nooo, le hablé en chino porque él no sabía qué era eso; ¡hom-bre ¿eso qué es? Yo conozco consejos de disciplina; “no doctor, vea, es quecuando uno entra a una cárcel hay un sistema por el que uno entra enuna fase de seguridad y de acuerdo con las actividades que vaya desempe-ñando...”, claro que yo la extralimité al ver la brutalidad, pues él no sabíaeso; y él me dijo: “hermano es que yo no sé hacer eso”, y yo: “vea doctor siquiere yo hago el formato, y hacemos ese consejo de evaluación, porque yonecesito eso, y usted está infringiendo una norma, porque es que eso estáahí”, y como yo era profesor y manejaba un poder con los internos.

En los pueblos las “viejas” ricas lo veían a uno como “versaíto”, yyo les decía hasta poesía y todo. En los actos culturales ponía a marchar alos compañeros; hice un acto cultural, usted sabe que todos los presosodian el Himno Nacional, y los cogí y les metí un cuento sobre el honor, lesdije: “Ustedes no saben la distinción que significa que lo nombren el mejor

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 98: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

123

interno del año, lo que le puede ayudar en la hoja de vida”; y les ayudó ados de ellos que estaban uno por homicidio y otro por terrorismo, y a los dosles dieron la condicional gracias de pronto a ese acto y a otros documentosque se anexaron, y sabe qué: se pusieron a marchar con la bandera, pre-sentando armas; hasta a la guardia la puse a marchar. Conseguí orques-ta; nooo, ese alcalde quedó más tramado; “qué disciplina tan hermosa, yesto es gracias a este muchacho, ¿qué quiere?”, vea doctor, quiero estudiary una libertad; le expliqué el “cacharro” a unos jueces, ellos me estimaban,les gustaba que yo fuera a hablarles de la cárcel, a hablarles del códigopenal, yo leía la Constitución, y entonces me mantenía era en la calle yenseñando; ¡uff! eso no me alcanzaba el tiempo ni para salir a la calle.

Un día me comentaron eso de los brujos y todo eso, entonces ahímismo pa’ donde el brujo, y le dije, bueno, necesito que coja ese juez y loponga cabezón, que me suelte, y empezaron como tres meses antes de pe-dir la libertad a darle vela y a darle aguja, y cuando la pido, después de queme dijeron que tenía que continuar con la pena, le dije al director de lacárcel: “doctor, si yo enseño ocho horas por qué me rebajan no más un díacada dos días, si el reglamento dice que el profesor enseñará cuatro horasy esas cuatro horas, cada dos días, o sea cada ocho horas se le reputan porun día”; y me dijo ¿sí o no?; y yo, sí doctor, o sino toca parar una jornada.Como yo enseñaba a analfabetas, primaria, secundaria y el grupo dedesadaptados, esos grupos no se podían juntar para enseñarles, entoncespara poderlos trabajar para que cambiaran, tocaba con otra terapia, comohacer dibujos, ver películas, leer libros, hablar hasta de los mismos críme-nes que habían cometido, hablarles de utopías, de bobadas que uno seencontraba por ahí en libritos, entonces les sacaba un cuento todo raro yellos creían: “ahh, el profes sabe, si eso es así, él es el que sabe”; y esegrupito cambió totalmente; eran los que fumaban “bareta”, los que apuña-laban a los otros y de un momento a otro hasta el semblante les cambió;había un muchacho que le decían “cejas”, tenía como diez condenas todaspor hurtos de esos baratos y era vicioso, cada ocho días estaba en el cala-bozo, y a partir de un mes de estar estudiando dejó de probar calabozo, sevolvió un buen interno, ya lo dejaban salir a jugar fútbol, al pueblo; eldirector estaba todo contento, y me comía de todo lo que yo le decía.

Entonces cogí al alcalde; como nosotros nos sentábamos en ado-bes en la escuela, le dije: “Vea doctor, después de ese acto cívico que hici-mos el día de los presos, usted por qué no nos regala pupitres y unostableritos, es que aquí no hay nada; y vea, la ley 65 dice: como esta cárceles nacional, y eso es un municipio, nosotros les recibimos presos a uste-des, y esos presos tienen derecho a la educación, yo no tengo por qué ense-ñarle a sus presos, y aquí hay diez; y entonces el municipio deberá pagarese estudio”; casi me gano hasta un sobresueldo, porque no presioné fuer-temente; entonces me dijo: yo les voy a dar unos pupitres; vayan y se lepresentan a la secretaria de educación; y fui hay mismo, y dijo: “ahh sí,

Más allá de las líneas... de la prisión

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 99: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

124 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina

pero no tengo sino como 30”; “con esos tengo, es que nosotros somos poqui-tos”, le contesté.

[...]

Entonces empecé a estudiar el caso y a acordarme dizque de Freud;yo no me leí todo el libro, porque eso se lo lee uno en bachiller, como entercero. Se lo ponen a uno a leer y uno no aprende nada, dizque “el yo”, “elsuper yo”, “el ego”; ¿cómo es que es esa guevonada? Bueno, dije, yo la armo,demás que el juez no se lo ha leído, porque esos jueces de psicología nosaben nada; y los cojo llave con esa, y empiezo a hacerle el escrito; y aldirector con esas fases de tratamiento, le dije: doctor a este muchacho hayque hacerle eso; “pero es que yo no sé”, yo sí sé doctor, venga y verá yo lehago el acta; colóquemele aquí que este muchacho no requiere tratamien-to penitenciario alguno; el director me dijo cuánto destinaban para cadainterno, entonces le hice un avalúo de los seis años que le quedaban decárcel, y le dije al magistrado: “mire toda la plata que ustedes van a invertiren un muchacho que ya está resocializado”, y le suelto todo eso de SigmundFreud, hasta insulté ese juez regional; no se imagina el brinco tan hijueputaporque le dije: “cuando un juez regional niega una libertad aduciendo elfactor subjetivo, o es el mejor psicólogo del mundo, y le recomiendo que seretire de la profesión de jurista y coloque un consultorio, porque es queuno sabe cómo es una persona después de ocho años de pagar cárcel enBellavista, donde hay violaciones, extorsiones, donde lo pisotean a uno,donde a este muchacho se le murió hasta la mamá; aquí es el jefe de cocinay maneja cuchillos, sale a la calle y si usted dice que todavía no se haresocializado porque es un gran delincuente, lo cual es la segunda conde-na que le está imponiendo porque lo está juzgando dos veces, y SigmundFreud dice, y me la inventé: ‘el yo’ que es la parte de la personalidad inma-nente al sujeto, son esos valores naturales con que nace el individuo, ya ‘elsuper yo’ es esa otra parte moldeable que la sociedad subsume al sujetocon toda esa corriente y educación comercialista, que coloca la televisióncomo el principal enemigo del sujeto, y le metí todas esas tesis baratas;oiga hermano, creyeron; a los ocho días llegó el juez notificando: “lola”, asíle decían al muchacho, tenga; entonces me dijo: hermano yo lo voy a felici-tar a usted güevón, ¡qué hijueputa!, ¿por qué?, pregunté, ¡ah! espere yverá, cuando le notifica libertad inmediata, y le dice al juez: “siempre hayque avalar el recorrido del interno porque si no se estarían desconociendotodas las instituciones en las que el Estado invierte tanto dinero pararesocializar la gente; a este muchacho, con las pruebas que se tiene se ledebe conceder de inmediato la libertad condicional con una caución de$500.000”, el muchacho ahí mismo llamó a Medellín y salió llorando de laalegría.

Me dio mucha nostalgia, porque yo le dije: ¡eh! inventarme esecuento pa’ este man, y el mío no he podido; porque yo ya iba a cumplir esacondena y arrancaba con tres años más; eso me puso muy triste y me decaí

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia

Page 100: VISIONES SOBRE EL CRIMEN Y EL CASTIGO EN AMÉRICA LATINA · 8 Visiones sobre el crimen y el castigo en América Latina das y posturas que comparecen, esto es, el qué se hace y qué

125

mucho, pero seguí enseñando. Como ya había conseguido la rebaja unopor uno, cogí al director y le dije que enseñaba ocho horas, entonces queera doble; y sí, enviamos un memorial que decía: “a este señor hay quereconocerle uno por uno”, entonces la jueza dijo que eso era prohibido por-que la ley expresamente decía que por cada dos días un día; entonces seapeló, la orden vino de arriba: se le debe conceder, porque él está contribu-yendo a la rehabilitación de los internos, y si él trabaja doble jornada, se ledebe pagar su respectiva remuneración que es el descuento de la pena unopor uno. Eso me redimió, como eso es retroactivo hacia la fecha de inicio,entonces inmediatamente me mermó como dos meses de cárcel y el tiempose acortó para solicitar la libertad.

Cuando la pido: ocho, diez días y nada; me levanté echandopadrazos y vi una arañita de ocho patas, y dije: ¿será que ésta es la suertehoy hombre?, no la voy a matar, voy a dejarla que viva. Salí a dar clase;pero antes le dije a mi Dios: sabe qué Diosito, hombre, colabóreme que yovoy a cambiar, déme una oportunidad de tener mis hijas y una nueva vida,y verá que no lo decepciono. Me fui para clase; me tocaba con los analfabe-tas que entraban a la una, de una a tres, y ahí mismo un telegrama, dizquelibertad; llegó un guardián: “¿profe, usted cómo se llama? ¿Usted ya cum-plió la condena o qué? Y yo: “hermano, sinceramente hoy estoy pagandouna y voy a empezar con otra”; “¡no! me dijo, te salvaste, te vas.” ¿Cómo? Yono la creía; en esto viene la contra orden de esta güevonada; el director noestaba para que me soltaran de inmediato; que hay que esperar al direc-tor; se largó el agua, una tempestad; y yo como un loco; era miando y esocorra, no saqué sino el televisorcito, pague unas cuentas ahí, le regalé lossueldos que me debían a otro; ¡bueno! estoy listo; cuando llegó el director,como a las tres y media, y empieza con su cuento barro: “yo le voy a agrade-cer, el dolor que a mí me da de perderlo a usted, que usted para mí era unempleado, usted no era un interno, yo sé que usted no va a recaer; pero enfin, los derechos, la libertad es la libertad, se puede ir”, ¡ah!, los que dicenasí; hermano, mi cédula que me voy, y hay mismo un taxi expreso y pa’Medellín.

Esa alegría hermano, porque allá se perdieron muchas cosas; seperdió la vida, se perdieron los recuerdos, se perdieron los amigos. Tocóvolver a iniciar la vida de cero.

Más allá de las líneas... de la prisión

EL OTRO DERECHO, número 29. Marzo de 2003. ILSA, Bogotá D.C., Colombia


Recommended