Solución de Diferencias en la
OMC
Alan YanovichConsejero
Secretaría del Órgano de Apelación de la OMC
Características principales Cuasi-judicial
Inter-gubernamental
Aplica a todos los Miembros (Jurisdicción obligatoria)
Foro exclusivo
Automaticidad
Objetivos Resolver la controversia
Seguridad y previsibilidad en el comercio internacional
Preservar los derechos y obligaciones de los Miembros
Aclarar las disposiciones vigentes de los acuerdos abarcados
Actores Partes Terceros Órgano de Solución de Diferencias
Grupos Especiales Órgano de Apelación
Secretaría de la OMC y Secretaría del Órgano de Apelación
Empresas Otros integrantes de la sociedad civil
Fases del sistema de solución de diferencias de la OMC
Consultas1
Grupo especial2A
Apelación2B
Adopción por OSD3
Aplicación4
Por qué iniciar una disputa? Remover una barrera comercial
Atacar una práctica desleal (ej. una subvención)
Disuadir a otros Miembros que estén considerando una medida similar
Base de negociación
Qué sucede si se confirma la violación? Miembro reclamado debe ponerse en conformidad.
No es auto-ejecutorio – el Miembro reclamado debe tomar algún tipo de acción.
Margen de discreción – con frecuencia el Miembro reclamado puede escoger si derogar la medida o enmendarla.
Plazo razonable para cumplir.
Cumplimiento prospectivo (no hay compensación por daños sufridos).
Y si el Miembro reclamado no cumple? Posibilidad de negociar compensación (no
monetaria).
Auto-ayuda – el Miembro reclamante puede solicitar autorización para retorsión.
Posibilidad de retaliación cruzada.
Cómo ha funcionado? Uso frecuente.
Diversidad de participantes.
La mitad de los casos no avanzan más allá de la etapa de consultas.
Relativamente eficiente.
Alto grado de aceptación de las decisiones.
Efecto más amplio de la aclaración de la normativa.
Cifras generales (al 21 de abril 2010)
● Solicitudes de celebración de consultas:406
● Soluciones mutuamente convenidas o desistimientos: 96
● Grupos especiales establecidos:173
● Grupos especiales formados:148
● Informes de grupos especiales adoptados:124
● Informes del Órgano de Apelación adoptados: 78
● Informes de "grupos especiales sobre el cumplimiento" adoptados: 27
● Apelaciones de grupos especiales sobre el cumplimiento (informes adoptados): 18
● Arbitrajes sobre la "retorsión": 19
● Autorizaciones para adoptar medidas de "retorsión": 17
2539
5041
30 3423
3726
1912
2013 19 14
0
10
20
30
40
50
So
licitu
de
s d
e c
ele
bra
ció
n
de
co
nsu
ltas
199519961997199819992000200120022003200420052006200720082009
OMC
Consultas
Consultas según el acuerdo invocado
GATT de 1994; 297
SMC; 80Agricultura; 63
Antidumping; 78
Licencias; 33
OTC; 36
Salvaguardias; 34
ADPIC; 27
MSF; 36
Otros; 128
Algunos desarrollos importantes Creciente participación de países en desarrollo.
Uso del sistema por países en desarrollo como reclamantes.
Aumento en el número de disputas entre países en desarrollo.
Disputas intra-regionales.
Creación del Centro de Asesoría Legal en Asuntos de la OMC.
Activa participación de la China.
Casos con reclamantes múltiples.
Transparencia.
Proceso de reforma.
Reclamantes (a mayo de 2009)
EE.UU.; 91
CE; 79
Canadá; 32Brasil; 24India; 18
México; 20
Corea; 13
J apón; 13
Tailandia; 13
Otros (en desarrollo); 85
Otros (desarrollados); 23
Demandados (a mayo de 2009)
EE.UU.; 106
CE; 79
India; 20Canadá; 15Corea; 14
J apón; 15
Brasil; 14
México; 14
Otros (desarrollados); 18
Otros (en desarrollo); 98
Most frequent complainants/defendants
Miembro N° de asuntos iniciados
Miembro N° de asuntos iniciados
EE.UU. 91 EE.UU. 106
CE 79 CE 79
Canadá 32 India 20
Brasil 24 Argentina 16
México 20 Japón 15
India 18 Canadá 15
Argentina 15 Brasil 14
Corea 13 México 14
Japón 13 Corea 14
Tailandia 13 Chile 13
Reclamantes/demandados más frecuentes (a octubre 2009)
Tendencias en el recurso del ESD (a julio de 2009)
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%
En desarrollo
Desarrollado
d
Como reclamante
Algunas debilidades Puede parecer complejo.
Discrecionalidad en la forma de cumplimiento.
Remedios limitados.
Dificultad de países pequeños para hacer efectiva la retorsión.
La participación de Colombia Como reclamante en los siguientes 5 casos:
CE – Banano (2007) Chile – Salvaguardia y Modificación de la Lista de
Concesiones del Azúcar (2001) Chile – Salvaguardia al Azúcar (2001) Nicaragua – Medidas que Afectan las Importaciones
de Honduras y Colombia (2000) EEUU – Salvaguardia a las Escobas de Sorgo
Ninguno avanzó más allá de la etapa de consultas.
La participación de Colombia (2) Ha sido reclamado en los siguientes 3 casos:
Puertos Entrada (Panamá) (2007) Medidas Aduaneras (Panamá) (2006) Salvaguardia Filamentos de Poliéster (Tailandia)
(1999)
Puertos de Entrada fue resuelto en 2009 por un grupo especial, los otros 2 casos no avanzaron más allá de las consultas.
La participación de Colombia (3) Colombia ha sido tercero en 17 disputas (por ejemplo,
CE – SGP; Chile – Franjas de Precios; CE – Subvenciones al Azúcar; EEUU - Camarón).
Actualmente participa como tercero en 3 disputas (CE – Medidas Antidumping Elementos de Fijación de la China; EEUU – COOL; China – Medidas relativas a la exportación de diversas materias primas).
Además, Colombia participó en 2 arbitrajes relacionados con banano en 2005 e inició un proceso de buenos oficios del DG en banano en 2007.
Brasil – un ejemplo del uso exitoso del sistema Uno de los principales usuarios.
Casos de alto impacto: EEUU – Algodón y CE – Subvenciones al Azúcar.
Estrategia basada en tres pilares (Shaffer): Creación de oficina especializada en solución de
controversias en el MRREE Coordinación con misión en Ginebra Coordinación con otros ministerios, sector privado,
oficinas de abogados, consultores económicos, think tanks, sector académico y otras entidades.
Comentarios finales El sistema ha funcionado bien y ha demostrado tener
flexibilidad para tratar cuestiones nuevas. Pero es mejorable.
Creciente complejidad de las disputas.
Varios países en desarrollo son importantes usuarios del sistema. Capacitación a través de la participación. Se puede fortalecer aun más la capacidad. Importancia de incluir a todos los sectores.
El sistema no opera en un vacío. Es importante avanzar en la negociaciones.
Arbitrajes - artículo 22.6Diferencia Partes
Fecha del laudo
Laudo
Estados Unidos - Algodón
Brasil/Estados Unidos 31.08.09
147.4 millones de $ EE.UU FY 2006 (formula para años
posteriores) + 147.3 millones de $ EE.UU./año
Estados Unidos - Juegos de azar (DS285)
Antigua y Barbuda/Estados Unidos
21.12.07 21 millones de $ EE.UU./año
Estados Unidos - Ley de compensación
(Enmienda Byrd) (DS217, 234)
Australia, Brasil, Chile, Comunidades
Europeas, Corea, India, Indonesia, Japón, Tailandia/Estados Unidos
31.8.04
Cuantía de los desembolsos multiplicada por un
coeficiente de efecto sobre el comercio.
Estados Unidos - Ley de 1916 (CE) (DS136)
CE/Estados Unidos 24.2.04
Cuantía de las decisiones definitivas y transacciones realizadas en virtud de la
Ley de 1916.
Canadá - Aeronaves (DS222)
Brasil/Canadá 17.2.03 247.797.000 $EE.UU.
Arbitrajes - artículo 22.6
Diferencia PartesFecha del
laudoLaudo
Estados Unidos - EVE (DS108)
CE/Estados Unidos 30.8.024.043 millones de
$EE.UU./año
Brasil - Aeronaves (DS46)
Canadá/Brasil 28.8.00344,2 millones de $canadienses/año
CE - Banano III (Ecuador) (DS27)
Ecuador/CE 24.3.00201,6 millones de
$EE.UU./año
CE - Hormonas (Canadá, DS26) (Estados Unidos,
DS48)
Canadá/CE Estados Unidos/CE
12.7.99
11,3 millones de $canadienses/año
(Canadá) 116,8 millones de
$EE.UU./año (Estados Unidos)
CE - Banano III (Estados Unidos)
(DS27)Estados Unidos/CE 9.4.99
191,4 millones de $EE.UU./año