Dr. HAROLD RAULPADILLAJEFE DE OFICINA
FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN
OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
JULIO 2011FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
PROGRAMA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A TESTIGOS, VÍCTIMAS E INTERVINIENTES EN
EL PROCESO PENAL
TEMARIO
- MARCO CONSTITUCIONAL, LEGAL Y REGLAMENTARIO
- EL PROGRAMA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
- EL PROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
- PROTECCIÓN EN EL ESCENARIO DE LA LEY DE JUSTICIA Y PAZ
- GESTIÓN DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
- PROYECCIONES DEL PROGRAMAFISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
MARCO CONSTITUCIONAL, MARCO CONSTITUCIONAL, LEGAL Y REGLAMENTARIOLEGAL Y REGLAMENTARIO
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“Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares”.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
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ARTÍCULO 2º
BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDADConstitución Política, artículos 93
y 94
Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos aprobado mediante Ley 74 de 1968.
Pacto de San José de Costa Rica, incorporada a la Ley Colombiana mediante la Ley 16 de 1972.
Convención Americana de Derechos Humanos.
Estatuto de Roma / Corte Penal Internacional.
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– PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD:INPEC
– LIDERES SINDICALES – COMUNALES – INDIGENAS – DDHH – ONG :
Ministerio del interior y de justicia
– SERVIDORES PUBLICOS DE ELECCION POPULAR:Departamento Administrativo de Seguridad - Ministerio
del Interior
– DESMOVILIZADOS DE GRUPOS AL MARGEN DE LA LEY:Ministerio del Interior y de Justicia – Ministerio de Defensa
– INTERVINIENTES EN PROCESOS E INVESTIGACIONES DISCIPLINARIAS:
– Procuraduría General de la Nación
– INFORMANTES :Organismos de seguridad – Policía Judicial
PRINCIPALES SISTEMAS DE PROTECCIÓN
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MARCO LEGAL
Ley 418 de 1997. Esta Ley consagra: “instrumentos para la búsqueda de la convivencia y la eficacia de la justicia”. En su segunda parte regula los “mecanismos para la eficacia de la justicia”, entre los que contempla el Título primero la “protección a intervinientes en el proceso penal” y derogó la Ley 104 de 1993.
Ley 548 de 1999; Ley 782 del 2002, Ley 1106 de 2006 y Ley 1421 de 2010. Prorrogan y modifican la ley 418/97.
Ley 906 de 2004. Articulo 114, Atribuciones de la Fiscalía, Articulo 206, Entrevista Policía Judicial.
Ley 938 de 2004. Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación, artículo 19, Crea y da funciones a la Oficina de Protección y Asistencia.
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ARTÍCULO 67 :
Créase con cargo al Estado y bajo la dirección y coordinación de la Fiscalía General de la Nación, el “Programa de Protección a Testigos, Víctimas, Intervinientes en el Proceso y Funcionarios de la Fiscalía”, mediante el cual se les otorgará protección integral y asistencia social, lo mismo que a sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil y al cónyuge, compañera o compañero permanente, cuando se encuentren en riesgo de sufrir agresión o que sus vidas corran peligro por causa o con ocasión de la intervención en un proceso penal. En los casos en que la vida del testigo o denunciante se encuentre en peligro, la Fiscalía protegerá la identidad de los mismos.Para efectos de protección por parte del programa, se entenderá por testigo la persona que ha tenido conocimiento de la comisión de un delito, o cualquier otra circunstancia que resulte relevante para demostrar la responsabilidad penal, que en concepto del funcionario judicial competente está en disposición de expresarlo durante la actuación procesal y de ello se derive un riesgo para su vida o integridad personal.
LEY 418 DE 1997, ARTÍCULO 67(Artículo modificado por el artículo 4 de la Ley 1106 de 2006)
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ARTÍCULO 69. Las personas amparadas por este programa podrán tener protección física, asistencia social, cambio de identidad y de domicilio, y demás medidas temporales o permanentes encaminadas a garantizar en forma adecuada la preservación de su integridad física y moral y la de su núcleo familiar.
Cuando las circunstancias así lo justifiquen, dicha protección podrá comprender el traslado al exterior, incluidos los gastos de desplazamiento y manutención por el tiempo y bajo las condiciones que señale el Fiscal General de la Nación.
Las personas que se acojan al programa de protección se sujetarán a las condiciones que establezca la Fiscalía General de la Nación.
El artículo 1 de la Ley 1106 de 2006, publicada en el Diario Oficial No. 46.490 de 22 de diciembre de 2006, prorroga la vigencia de este artículo por un término de cuatro (4) años.
LEY 418 DE 1997(Artículo prorrogado por la Ley 1106 de 2006)
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LA INFORMACIÓN DELLA INFORMACIÓN DELPROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN ESPROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN ES
RESERVADARESERVADALey 418 de 1997, artículo 72.
La Fiscalía General de la Nación mantendrá bajo estricta reserva los archivos de las personas amparadas o relacionadas con el programa de protección. Quienes tengan conocimiento de las medidas de protección o hayan intervenido en su preparación, expedición y ejecución, tendrán la obligación de mantener en secreto o reserva la identidad de las personas beneficiadas con el programa. La violación de esta reserva acarreará las sanciones penales y disciplinarias a que hubiere lugar. Serán igualmente responsables, los servidores públicos y los particulares que incurran en dicha violación.
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EL PROGRAMA DE EL PROGRAMA DE PROTECCIÓN Y PROTECCIÓN Y
ASISTENCIAASISTENCIA
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Nace como respuesta al incremento del terrorismo y la dramática situación de violencia, que alejaba a los testigos de la investigación penal.
Colombia fue el tercer país en conformar un programa de protección a testigos, después de Estados Unidos e Italia.
Es un mecanismo para la eficacia de la justicia (asegurando el medio de prueba testimonial; apoyando el deber ciudadano de colaborar con la administración de justicia).
Como parte de la función de investigación y acusación del Estado, ofrece de forma residual y subsidiaria la garantía de la protección de la vida e integridad de las personas en condiciones diferenciales; y ante el alejamiento de la zona de riesgo, presta atención integral, para que las personas protegidas reconstruyan su proyecto de vida.
Generar confianza en la comunidad, garantizando el ánimo de colaboración para la administración de justicia.
LA PROTECCIÓN EN CABEZA DELENTE ACUSADOR
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LEY 938 DE 2004Por la cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación.
ARTÍCULO 19. La Oficina de Protección y Asistencia tiene las siguientes funciones:
1. Asesorar a la entidad en la definición de políticas de protección y asistencia social para servidores de la Fiscalía, víctimas, jurados, testigos y demás intervinientes en el proceso penal.2. Organizar, en coordinación con las Direcciones Nacionales de Fiscalías y Cuerpo Técnico de Investigación, con el apoyo de los organismos de seguridad del Estado, la protección de víctimas, testigos, jurados, servidores e intervinientes, en las investigaciones y procesos que sean de conocimiento de la Fiscalía.3. Desarrollar programas de asistencia social para víctimas, testigos, jurados, servidores y demás intervinientes en el proceso penal.4, 5 y 6.
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““La Fiscalía goza de autonomía en la evaluación sobre la La Fiscalía goza de autonomía en la evaluación sobre la idoneidad y eficiencia de la colaboración prestada y idoneidad y eficiencia de la colaboración prestada y
también respecto del tipo de beneficios que se pueden también respecto del tipo de beneficios que se pueden conceder y en torno a la protección que merecen los conceder y en torno a la protección que merecen los
testigos, víctimas e intervinientes dentro del proceso penal testigos, víctimas e intervinientes dentro del proceso penal y los propios funcionarios judiciales”.y los propios funcionarios judiciales”.
“ … “ … la vinculación no es automática, pues la Fiscalía la vinculación no es automática, pues la Fiscalía General de la Nación cuenta con la facultad para realizar General de la Nación cuenta con la facultad para realizar
un estudio de las solicitudes de incorporación al Programa un estudio de las solicitudes de incorporación al Programa que presente el funcionario judicial que adelanta la que presente el funcionario judicial que adelanta la
actuación, cualquier otro servidor público o directamente actuación, cualquier otro servidor público o directamente el propio interesado”.el propio interesado”.
SENTENCIAS No. T-532 DE 1995 y 683 DE 2005SENTENCIAS No. T-532 DE 1995 y 683 DE 2005
LA PROTECCIÓN EN CABEZA DELENTE ACUSADOR
CARÁCTER DE LA PROTECCIÓN BRINDADA
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CORTE CONSTITUCIONAL, SENTENCIA T-242 DE 1996
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RESTRICCION DE DERECHOSEl ingreso al Programa de Protección y Asistencia conlleva limitaciones para el protegido, justificadas en razón del interés superior de proteger la seguridad personal, con sujeción al consentimiento.
La persona que se acoge al programa de protección parte de la base que se coloca en una situación de especial de sujeción en aras a su amparo.
Implica, que el testigo puede verse sometido a restricciones en el ejercicio de algunos de sus derechos fundamentales.
Restricciones que no deben afectar el núcleo esencial de los derechos y han de mantenerse dentro del marco de lo razonable y lo proporcional.
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EL PROCESOEL PROCESODE PROTECCIÓN Y DE PROTECCIÓN Y
ASISTENCIAASISTENCIA
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OBJETIVO
Proteger y brindar asistencia integral a víctimas, testigos e intervinientes en el
proceso penal, con el fin de salvaguardar el derecho fundamental a la seguridad
personal, en los términos del artículo 2o. de la resolución 0-5101/08.
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Externos
Protegido y su núcleo familiar incorporado al programa, beneficiario de medida de Protección de Justicia y Paz
y Secretaria del Grupo Técnico de Coordinación Interinstitucional de Justicia y Paz
Internos
Fiscal y Servidores de la Fiscalía General de la Nación
NUESTROS USUARIOS
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UNIDADES R
EGIO
NALES D
E
PROTE
CCION
UNIDADES R
EGIO
NALES D
E
PROTE
CCION
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EL PROCEDIMIENTOEL PROCEDIMIENTODE PROTECCIÓN Y DE PROTECCIÓN Y
ASISTENCIAASISTENCIA
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1. Recepción y estudio de las solicitudes de protección.2. Evaluación de la amenaza y el riesgo con el fin de establecer si se cumple con los requisitos para la vinculación al programa.3. Decisión de vinculación o no al programa de protección.
En cabeza del jefe de la OPA.4. Implementación de las medidas de protección de acuerdo con la evaluación de riesgo.5. Seguimiento que permita definición de la permanencia en el programa o la adopción de medidas como la exclusión, la terminación de compromisos o la reubicación definitiva del protegido.
El funcionario judicial a cargo de la El funcionario judicial a cargo de la actuación (Fiscal - Juez)actuación (Fiscal - Juez)
Cualquier servidor públicoCualquier servidor público El interesadoEl interesado Solicitud del Juez con función de control Solicitud del Juez con función de control
de garantías de garantías (L(LEY 906 DE 2004)EY 906 DE 2004)
SOLICITUD DE PROTECCIÓN
FORMATO DE SOLICITUD (FORMATO DE SOLICITUD (FGN-11000-F-01))
Estructura documental F.G.N.Estructura documental F.G.N.
DIRIGIDA A LA OFICINA DE PROTECCIÓN POR:
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Toda medida de protección que implementa el programa se adopta previo estudio técnico de
amenaza y riesgo.(Artículo 16, Resolución 0-5101 de 2.008)
EVALUACIÓN DE AMENAZA Y RIESGO
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CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE AMENAZA Y RIESGO
Nexo entre el la participación del candidato a proteger en el proceso penal y los factores de amenaza y riesgo.
No esté motivado por interés distinto que el de colaborar con la administración de justicia.
Medidas de seguridad no estén en cabeza de otro organismo estatal, que correspondan a las específicas del Programa.
No sea un factor que afecte en forma insuperable la seguridad del Programa o de la Fiscalía General de la Nación.
Consentimiento de la persona a proteger.
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- ENTREVISTA AL FUNCIONARIO
- ANÁLISIS DE LA EFICACIA PROCESAL (Sentencia T. 532 de 1995)
- ENTREVISTA AL EVALUADO(FORMATO DE ENTREVISTA YA SEA TESTIGO O FUNCIONARIO)
- LABORES DE VERIFICACION
- EVALUACION DE LOS FACTORES DE RIESGO
- ANALISIS DE LA AMENAZA (Sentencia T-1020 de 2002)
LABORES DENTRO DEL ESTUDIO
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ANÁLISIS DE LA AMENAZASentencia T-1026 DE 2002
• Realidad de la amenaza
• Individualidad de la amenaza
• Situación especifica del amenazado
• Inminencia del peligro
• Escenario en que se presentan las amenazas
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NIVELES DE RIESGO :
MínimoMínimo OrdinarioOrdinario
ExtraordinarioExtraordinario ExtremoExtremo
““cuando la persona sufre o soporta cualquiera de los dos últimos cuando la persona sufre o soporta cualquiera de los dos últimos niveles de riesgo, no está jurídicamente obligada a soportarlos, por niveles de riesgo, no está jurídicamente obligada a soportarlos, por
lo cual tiene derecho a recibir protección especial de las autoridades lo cual tiene derecho a recibir protección especial de las autoridades frente a su situación”frente a su situación”
FACTOR RIESGO
DERIVADO DE LA PARTICIPACIÓN PROCESAL DEL TESTIGODERIVADO DE LA PARTICIPACIÓN PROCESAL DEL TESTIGOPOR EXTENSIÓNPOR EXTENSIÓN
(GRUPO FAMILIAR INMEDIATO Y PERSONAS A CARGO DEL (GRUPO FAMILIAR INMEDIATO Y PERSONAS A CARGO DEL TESTIGO)TESTIGO)
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NIVEL DE RIESGO EXTRAORDINARIO
Debe presentar las siguientes características:
Debe ser especifico e individualizableDebe ser concretoDebe ser presenteDebe ser importanteDebe ser un riesgo serioDebe tratarse de un riesgo claro y discernibleDebe ser un riesgo excepcionalDebe ser desproporcionado
Corte Constitucional (Sentencia T-719 de 2003).
Existe el derecho a invocar una protección especial por parte del Estado, al no tener el deber jurídico de soportar el riesgo.
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NIVEL DE RIESGO EXTREMO
Es el riesgo que además de reunir las características del riesgo extraordinario,,
debe ser grave e inminente. .
En cualquier instante puede dejar de ser una amenaza que al materializarse se convierte
en una vulneración de los derechos a la seguridad personal..
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VINCULACION AL PROGRAMA
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Es adoptada por el Jefe de la Oficina una vez cumplida la Evaluación de Amenaza y Riesgo, y será plasmada en un Acta en la que establecen los compromisos de las partes.
ACTA DE COMPROMISOS
PERSONAS PROTEGIDAS- Participación en el proceso
penal- Cumplir normas legales y
del programa- Cuidar los elementos
asignados por el programa- Utilizar adecuadamente los
recursos asignados- Cumplir normas de
seguridad
OBLIGACIONES DERECHOS
PROGRAMA DE PROTECCIÓN- Brindar seguridad y
asistencia integral- Asignar recursos- Designar agente a cargo- Coordinar la participación
del protegido en el proceso penal
- Apoyar y ejecutar proyecto de reubicación definitiva en zona diferente a la de riesgo
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IMPLEMETACION DE MEDIDAS DE SEGURIDAD
NIVELES DE SEGURIDAD
MÁXIMO:“Consistente en control absoluto del Programa - Intramural-”
MEDIANO:“El protegido realiza actividades extramurales, sometido a
orientación y sistemas de seguridad “
SUPERVISADO:“Monitoreo en materia de seguridad - Cambio de domicilio”
NIVELES DE SEGURIDAD
MÁXIMO MEDIANO
SUPERVISADO
INCORPORACIÓN
CAMBIO DE DOMICILIO
MEDIDAS DE PROTECCIÓN
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CAMBIO DE DOMICILIO
Traslado del vinculado a un lugar alejado de la zona de riesgo.
Entrega de la asignación de recursos económicos dispuestos por el Programa, para
que el protegido asuma su manutención y cubra sus necesidades básicas durante un
tiempo.
Sometimiento a un nivel de seguridad supervisado y medidas de autoprotección
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INCORPORACIÓN
• El traslado del vinculado a un lugar alejado de la zona de riesgo.
• Salvaguarda temporal en una sede provista por el Programa de Protección y asistencia
integral brindada por el mismo.
• Sometimiento a los esquemas de seguridad que disponga el Programa
(Niveles de seguridad Máximo o Mediano).
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MEDIDAS EXCEPCIONALES
1.1. Protección InmediataProtección Inmediata
• Relevancia de la IntervenciónRelevancia de la Intervención• Medidas Procesales Medidas Procesales
• No es vinculación definitivaNo es vinculación definitiva• No cancela la evaluaciónNo cancela la evaluación
2. Protección Condicionada2. Protección Condicionada
• Término máximo 3 mesesTérmino máximo 3 meses• Compromiso del Funcionario Intervención ProcesalCompromiso del Funcionario Intervención Procesal
• Adopción de Medidas de fondoAdopción de Medidas de fondo• Sujeto al seguimiento periódico de la actuación Sujeto al seguimiento periódico de la actuación
procesalprocesal
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MEDIDAS DE PROTECCIÓN
1. Siendo el RIESGO EXTRAORDINARIO:- Reasignación de la investigación- Traslado del servidor- Otras medidas administrativas
2. Siendo el RIESGO EXTREMO:- Esquema de seguridad- Medidas administrativas
DIRIGIDAS A SERVIDORES
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SeguridadSeguridad
ViviendaVivienda
AlimentaciónAlimentación
VestuarioVestuario
ReubicaciónReubicación
ASISTENCIA INTEGRAL
Transporte y Transporte y comunicacionescomunicaciones
RecreaciónRecreación
EducaciónEducación
SaludSalud
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• Renuncia voluntaria del beneficiario.Renuncia voluntaria del beneficiario.
• Exclusión unilateral por incumplimiento de las Exclusión unilateral por incumplimiento de las obligaciones adquiridas con el Programa.obligaciones adquiridas con el Programa.
• Reubicación definitiva.Reubicación definitiva.
• Cumplimiento por parte del Programa de la Cumplimiento por parte del Programa de la obligaciones y compromisos suscritos.obligaciones y compromisos suscritos.
• Cuando el protegido es cobijado por una medida de Cuando el protegido es cobijado por una medida de aseguramiento privativa de la libertad.aseguramiento privativa de la libertad.
SEGUIMIENTOCAUSALES DE TERMINACIÓN DE COMPROMISO
CON EL PROGRAMA DE PROTECCIÓN
SEGUIMIENTOCAUSALES DE TERMINACIÓN DE COMPROMISO
CON EL PROGRAMA DE PROTECCIÓN
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PROTECCIÓN EN EL ESCENARIO DE LA LEY DE
JUSTICIA Y PAZ
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LEY 975 DE 2005LEY 975 DE 2005
OBJETO Salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de las víctimas o testigos que se encuentren en situación de amenaza o riesgo como consecuencia directa de su participación dentro del proceso de Justicia y Paz.
Las medidas de protección deberán coadyuvar favorablemente en garantía de los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación.
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Grupo Técnico de Evaluación de Riesgo
-GTER-(FGN, MIJ, PONAL)
Aplicar el protocolo• Evaluar y calificar la situación de riesgo• Autorizar y comunicar las medidas de
protecciónSECRETARÍA TÉCNICA: Se encuentra
a cargo de la FGN
SUBCOMITÉ DE PROTECCIÓN DE VICTIMAS Y TESTIGOS
(FGN, PONAL, MIN PUB, DNP, PRESIDENCIA)
• Elaborar protocolo de protección y mapa de riesgo
• Supervisar las labores del GTER•Servir como órgano de segunda
instancia de las decisiones adoptadas por el GTER
DIRECCION DIRECCION EJECUTIVAEJECUTIVA
Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del
Interior y de Justicia
• Servir de enlace con las entidades del Estado responsables de adoptar
medidas de protección.
• Distribuir los recursos presupuestales entre las entidades
encargadas de la protección.
• Notificar las decisiones del GTER
ÓRGANOS DE DIRECCIÓN
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RESPONSABILIDADES INSTITUCIONALES
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA• Le corresponde la ejecución, con apoyo de la fuerza pública, de
las medidas adicionales de protección de esquemas móviles, medidas blandas y medidas de autoprotección.
• Apropiación de los recursos y celebración de los convenios requeridos.
POLICÍA NACIONAL (PONAL)
• Prestar vigilancia perimetral a las personas o zonas afectadas.• Ejecutar la asistencia inicial.• Propiciar intermediación con las víctimas y testigos.
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN• Definir la acreditación sumaria ante los Fiscales de la Unidad de Fiscalías para
la Justicia y la Paz, de las víctimas y testigos dentro del proceso de la Ley 975/05.
• Comunicar toda situación de riesgo de este tipo de víctimas a la PONAL.• Ejecutar la medida de reubicación (Decreto 3570 de 2007, artículo 2)
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GESTIÓN DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
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Resultado 3.1.2.1MECI Implementado en todas las seccionales de la entidad
“Gerencia eficiente y efectiva basada en la mejora continua de los procesos internos”Meta 3.1“Implementación del Sistema de Gestión de Calidad y de Control Interno de conformidad con la normativa vigente”
DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO“GESTIÓN CON CALIDAD”2005-2009
100% de ejecución
Firma SGS Colombia S.A. emitió los certificados CO09/3188 y CO09/3189
OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAINFORME DE GESTIÓN 2009
OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAEVALUACIONES Y CASOS VINCULADOS ENTRE 2005-2010
OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAINFORME DE GESTIÓN 2009
718839
1.630
3.033
4.953 5.186
748778
1.3891.838
2.939
3.319
113304
442 485 545 525430
8241.163
1.445
1.830 1.826
0
1.000
2.000
3.000
4.000
5.000
6.000
2005 2006 2007 2008 2009 2010
SOLICITUDES DEPROTECCION
EVALUACIONES DEAMENAZA Y RIESGO
CASOS VINCULADOSEN EL AÑO
PERSONASVINCULADAS EN ELAÑO
Fuente: Estadística OPA, febrero 2011. Fuente: Estadística OPA, febrero 2011.
OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAINFORME DE GESTIÓN 2009
VARIABLEVARIACIÓN
PROMEDIO ANUAL
SOLICITUDES DE PROTECCION 53,04%EVALUACIONES DE AMENAZA Y RIESGO 37,54%
CASOS VINCULADOS EN EL AÑO 46,57%
PERSONAS VINCULADAS EN EL AÑO 36,69%
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNOFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
INDICE DE VARIACION PORCENTUAL ANUAL
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNOFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
INDICE DE VARIACION PORCENTUAL ANUAL
Fuente: Estadística OPA, febrero 2011.
OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAINFORME DE GESTIÓN 2009
3.296 2.541
6.226
13.206
18.668
21.551
430
824
1.163
1.445
1.830 1.826
0
200
400
600
800
1.000
1.200
1.400
1.600
1.800
2.000
-
5.000
10.000
15.000
20.000
25.000
2005 2006 2007 2008 2009 2010
Mill
ones
PRESUPUESTOGASTORESERVADO -EJECUTADO-
PERSONASVINCULADAS ENEL AÑO
PERSONASVINCULADAS
PRESUPUESTOEJECUTADO
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNOFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
PRESUPUESTO VS VINCULACIONES 2005-2010
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNOFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
PRESUPUESTO VS VINCULACIONES 2005-2010
Fuente: Grupo Gastos Reservados y Estadística OPA, febrero 2011.
OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAINFORME DE GESTIÓN 2009 MARZO 2011MARZO 2011
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNOFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNOFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
Fuente: Grupo Gastos Reservados, febrero 2011.
0
5.000
10.000
15.000
20.000
25.000
Mil
lon
es
GASTOS RESERVADOSPRESUPUESTO EJECUTADO 1993-2010
RECURSOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA
RECURSOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA
Los recursos destinados a la atención de los vinculados al Programa son apropiados por el Min. Hacienda y Crédito Público.
Su manejo se da a través de las cajas menores de Gastos Reservados de la Oficina en las regionales y el Nivel Central, mediante reembolsos.
Son utilizados para atender las necesidades de una población aproximada de 1400 testigos (a la fecha) en alimentación, vivienda, servicios públicos, salud, educación, seguridad entre otros.
Los vehículos, armamento, chalecos antibalas y medios de comunicación del Programa, se adquieren mediante contratación administrativa, que realiza la Dirección Nacional Administrativa y Financiera de la Entidad.
FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA MARZO 2011MARZO 2011
Necesidades de Recursos Gastos Reservados 2010-2014
OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAINFORME DE GESTIÓN 2009
Establecer contacto con Gobiernos Internacionales a fin de explorar la posibilidad de colaboración en la recepción de intervinientes en el proceso penal colombiano. (Convenios Internacionales)
Difusión del Programa a nivel Nacional, para que tanto Funcionarios Públicos, Fiscales , Jueces de la Nación y particulares conozcan los alcances del mismo y su funcionamiento.
Capacitación de los servidores tanto en la parte Administrativa como Operativa, y continuar con el apoyo de la Embajada de los Estados Unidos de América en los ciclos de instrucción mediante el “Curso de Operaciones de Seguridad y Protección de Testigos”, liderado por el United States Marshals Service.
FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA
Consecución de una sede propia e independiente en la que
operará el Programa de Protección y Asistencia, con el fin de
mejorar la calidad de trabajo de los servidores de la Oficina y por
ende brindar mejor atención y servicio a los protegidos,
restringiendo así el acceso a las instalaciones del programa para
prevenir posibles fugas en la información.
Sostener la Certificación de Calidad NTCGP 1000-2004 a nivel
nacional otorgada al Programa en Noviembre de 2009, en cuanto
a la calidad del servicio de protección y asistencia que se brinda a
los clientes/usuarios del Programa. FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA