5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 1/[email protected]
RÉGIMEN DE:ADMISIÓN TEMPORAL
PARA REEXPORTACIÓNEN EL MISMO ESTADO
Ing. Eco. Máximo Pasache RamosE-mail: [email protected]
UNMSMFacultad de Ciencias Contables
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 2/17
ADMISIÓN TEMPORAL PARAREEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO
Régimen aduanero que permite el ingreso al territorio aduanero de
ciertas mercancías, con suspensión del pago de los derechosarancelarios y demás impuestos aplicables a la importaciónpara el consumo y recargos de corresponder, siempre que seanidentificables y estén destinadas a cumplir un fin determinadoen un lugar específico para ser reexportadas en un plazodeterminado sin experimentar modificación alguna, con excepciónde la depreciación normal originada por el uso que se haya hechode las mismas. (Art. 53º LGA)
Reexportación en el
Mismo Estado. En
Plazo Determinado
Admisión Temporal
(Fin Determinado,
Lugar Específico)
CÓDIGO DE RÉGIMEN ‘20’
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 3/17
CONTRATOS O CONVENIOS CON ELESTADO
La admisión temporal para reexportación en el mismoestado, realizada al amparo de contratos con el Estado onormas especiales, se regulará por dichos contratos oconvenios y en lo que no se oponga a ellos, por lo dispuestoen el presente Decreto Legislativo y su Reglamento.
(Art. 54º LGA)
ContratoEstadoPeruano
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 4/17
PLAZOS PARA DESTINAR LA MERCANCÍA
a) Despacho anticipado, dentro del plazo de quince (15) días
calendario antes de la llegada del medio de transporte;b) En el despacho urgente, dentro del plazo de quince (15) días
calendario antes de la llegada del medio de transporte hastalos siete (7) días calendario computados a partir del díasiguiente del término de la descarga.
c) En el despacho excepcional, hasta el plazo de treinta (30) díascalendario computados a partir del día siguiente del término dela descarga.
d) En el régimen de Depósito Aduanero, dentro del plazo
concedido en dicho régimen.e) En el caso de mercancías ingresadas a CETICOS oZOFRATACNA, dentro del plazo concedido.
f) En el régimen aduanero especial de Exposición o FeriaInternacional, dentro del plazo concedido en dicho régimen
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 5/17
PLAZO DE VIGENCIA DEL RÉGIMEN
La admisión temporal para reexportación en el mismo estado es
automáticamente autorizada con la presentación de la declaracióny de la garantía a satisfacción de la SUNAT con una vigenciaigual al plazo solicitado y por un plazo máximo de dieciocho (18)meses computado a partir de la fecha del levante. Si el plazo fuesemenor, las prórrogas serán aprobadas automáticamente con la solarenovación de la garantía antes del vencimiento del plazo otorgadoy sin exceder el plazo máximo.
Para el material de embalaje de productos de exportación, se
podrá solicitar un plazo adicional de hasta seis (6) meses.
En los casos establecidos en el Artículo 54° el plazo del régimen sesujetará a lo establecido en los contratos, normas especiales oconvenios suscritos con el Estado a que se refieren dicho artículo
(Art. 56º LGA) [email protected]
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 6/17
GARANTÍA
Para autorizar el presente régimen se deberá constituirgarantía a satisfacción de la SUNAT por una sumaequivalente a los derechos arancelarios y demásimpuestos aplicables a la importación para el consumo yrecargos de corresponder, más un interés compensatorio
sobre dicha suma, igual al promedio diario de la TAMEXpor día proyectado desde la fecha de numeración de ladeclaración hasta la fecha de vencimiento del plazo delrégimen, a fin de responder por la deuda existente al
momento de la nacionalización.
(Art. 57º LGA)
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 7/17
Prórroga o renovación de Garantía
La garantía podrá ser prorrogada o renovada considerandolas mercancías pendientes de reexportar, siempre que seencuentre dentro del plazo de vigencia del régimen y seconstituya por un monto calculado según lo establecido en elartículo 57º de la Ley.
(Art. 74º RLGA)
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 8/17
ACCESORIOS, PARTES Y REPUESTOS
Los accesorios, partes y repuestos que no se importenconjuntamente con los bienes de capital admitidostemporalmente podrán ser sometidos al presente régimen,siempre y cuando se importen dentro del plazo autorizado.
Deben de presentar adicionalmente los documentos quesustente que los mismos forman parte de los bienesadmitidos temporalmente para su reexportación en el mismoestado.
(Art. 55º LGA)
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 9/17
INCORPORACION DE PARTESNo se considerará como modificación de las mercancías
admitidas temporalmente para su reexportación en el mismoestado, la incorporación de partes o accesorios o elreemplazo de los destruidos o deteriorados con otros demanufactura nacional o nacionalizada que no alteren su
naturaleza.
(Art. 71º RLGA)
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 10/17
SALIDA DE PARTES Y EQUIPOS
Se podrá autorizar la salida del país de partes demaquinarias o de equipos admitidos temporalmente para sureexportación en el mismo estado, con la finalidad de serreparadas, reacondicionadas o reemplazadas, dentro delplazo del régimen y previo reconocimiento físico. En caso
las mercancías sean retornadas fuera del plazo del régimen,éstas deberán ser solicitadas a otra destinación aduanera. Sila mercancía no retornase considera reexportada en formadefinitiva.
(Art. 72º RLGA)
Ó
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 11/17
CAMBIO DE UBICACIÓN DE LAMERCANCÍA
Las mercancías pueden trasladarse a un lugar distinto al
declarado, previa comunicación mediante expediente alárea encargada del régimen de la intendencia de aduanade ingreso, procediéndose a su registro en el SIGAD. Estacomunicación también debe efectuarse cuando se solicite la
reexportación de las mercancías por una aduana distinta allugar declarado para su permanencia temporal en el país.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no es aplicable a lasaeronaves, naves, sus partes, piezas, repuestos ymotores a que se refiere el numeral 23 del Anexo 1 (R.M. Nº723-2008-EF/15-).
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 12/17
DE LA REEXPORTACIÓN - CONTROL
Las mercancías reexportadas que hayan ingresado al país
bajo el régimen de admisión temporal para reexportación enel mismo estado deberán ser sometidas a reconocimientofísico obligatorio.
(Art. 73º RLGA)
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 13/17
TRANSFERENCIALas mercancías admitidas temporalmente para su
reexportación en el mismo estado podrán sertransferidas automáticamente a favor de un segundobeneficiario por única vez, previa comunicación a laautoridad aduanera en la cual se señalará además el fin,
uso y ubicación de las mercancías.
El segundo beneficiario asume las responsabilidades yobligaciones derivadas del régimen previa constitución degarantía.
En este caso el plazo no deberá exceder el máximolegal computado desde la fecha del levante.
(Art. 77º RLGA) [email protected]
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 14/17
BUEN CONTRIBUYENTE
Las personas naturales o jurídicas que soliciten el presente
régimen podrán garantizar sus obligaciones en la forma ymodo que se establezca mediante Decreto Supremorefrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas.
(Art. 58º LGA)
Las personas naturales o jurídicas calificadas como buenoscontribuyentes, pueden garantizar sus obligacionestributarias aduaneras mediante Carta compromiso y elPagaré correspondiente, conforme lo establece el DecretoSupremo Nº 191-2005-EF
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 15/17
SANCIÓN
Si en aplicación de una acción de control o fiscalización, las
mercancías no son halladas en el lugar indicado en ladeclaración jurada o se compruebe que se destinaron a unfin distinto al declarado sin comunicarlo previamente a laAdministración Aduanera, se aplica la sanción por la
infracción tipificada en el inciso c), numeral 7) del artículo192° del Decreto Legislativo Nº 1053; sin perjuicio de lasacciones para la conclusión del régimen.
Destino a otro Fin Equivalente al monto de los tributos yrecargos
Traslado a un lugar distinto 0.5 UIT
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 16/17
CONCLUSIÓN DEL RÉGIMENa) La reexportación de la mercancía, en uno o varios envíos y dentro del
plazo autorizado;b) El pago de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables y
recargos de corresponder, más un interés compensatorio sobre dichasuma, igual al promedio diario de la TAMEX por día, computado apartir de la fecha de numeración de la declaración hasta la fecha de
pago (se dará por nacionalizada la mercancía);c) La destrucción total o parcial de la mercancía por caso fortuito o
fuerza mayor debidamente acreditada, o a solicitud del beneficiario lacual debe ser previamente aceptada por la autoridad aduaneraconforme a lo establecido en el Reglamento;
Si al vencimiento del plazo autorizado no se hubiera concluido con elrégimen de acuerdo a los señalado en el párrafo precedente, la SUNATautomáticamente dará por nacionalizada la mercancía, por concluido elrégimen, y ejecutará la garantía.(Art. 59º LGA)
5/12/2018 Admision Temporal - Max - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/admision-temporal-max 17/17
FLUJOGRAMA
INICIO
TRASMISION DE DATOS DEDUA
CONFRONTAMERCANCIA CON LO
DECLARADO
INCIDENCIA
INFORME AL JEFE DEAREA
DUAB/LF/C
OTROS
DESPACHADOR DE
ADUANA
RECIBE NUMERO DE DUA
GENERA GED YREGISTRO DE
FIANZA
DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO DE ADMISION TEMPORAL PARA REEXPORTACION EN EL MISMO ESTADO
IMPRESION DE DUA
CONVALIDAINFORMACION
GENERA NUMERODE DUA.
ES CORRECTO
CORRECCIONTRANSMISION
NO
SIGAD
(CORREO ELECTRONICO)
ADUANA DE DESPACHO
SI
SI
PRESENTACION
DOCUMENTARIA
RECONOCIMIENTO
FISICO
CONTROL DE
FIANZA
CUSTODIA DEFIANZA
ZONA
PRIMARIA
NO
LEVANTE DEMERCANCIA A
DISPOSICION DEL
BENEFICIARIO
SI
TRASMISION DE DATOS DEDUA/REEX
RECIBE NUMERO DE DUA
IMPRESION DE DUA
CORRECCIONTRANSMISION
CONVALIDAINFORMACION
GENERANUMERO DE
DUA.
REGULARIZACION
DILIGENCIA
OK
COMISO
NO
NO
SI
INGRESO DEMERCANCIA
ES CORRECTO
GENERA GED
DUAF/C
OTROS
CONFRONTAMERCANCIA CON LO
DECLARADO
INCIDENCIA
INFORME AL JEFE DEAREA
OK
COMISO
DILIGENCIA
CONTROL DEEMBARQUE
DOCUMENTOS DEEMBARQUE
DEVOLUCION DEFIANZA
FIN
SI
NO
NO
SI
NO
SI
SI
NO
R E E X P O R T A C I O N
E X P O R T A C I O N
E M B A L A J E
D E S T R U C C I O N
N A C I O N A L I Z A C I O N
MEDIANTE
M.F.P.R.d @ il