PROCESO ORDINARIO DE ASCENSOS 2014
SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 086 FECHA 18 MAYO 2012
Proceso de ascensos 2014 según resolución 086 del 18 Mayo 2012
Art. 1 – Objeto: La presente Resolución tiene por objeto regular el régimen único de los ascensos en la carrera policial del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y demás cuerpos de policía estadales y municipales.
Art. 3 – Ámbito de Aplicación: La presente Resolución es aplicable a todos los procesos de ascensos en la carrera policial del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y demás cuerpos de policía estadales y municipales.
Art. 4 – Derecho y deber de participar en los procesos de Ascenso: Los funcionarios y funcionarias policiales que cumplan los requisitos mínimos de antigüedad en la carrera policial, de antigüedad en el ejercicio de la jerarquía policial y de acreditación académica, tienen el Derecho y el Deber de participar en los procesos de ascenso dentro del cuerpo de policía en el cual presten servicios.
Proceso de ascensos 2014 según resolución 086 del 18 Mayo 2012
Art. 7 – Incumplimiento de los procedimientos de Ascensos: El incumplimiento de los requisitos y procedimientos establecidos en la presente Resolución tiene como efecto la nulidad absoluta de los ascensos de los funcionarios y funcionarias policiales.
Art. 8 – Atribuciones del Órgano Rector: El Ministerios del Poder Popular con competencia en materia de prevención y seguridad ciudadana y del servicio de de policía, dentro de las funciones de rectoría y orientación en materia del servicio de policía, tiene las siguientes atribuciones:
1. Brindar acompañamiento técnico a los procesos de ascenso en la carrera policial en los cuerpos de policía.
2. Dictar la normativa, guías técnicas y formatos que sean necesarios para desarrollar adecuadamente los procesos en la carrera policial.
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3. Supervisar y evaluar los procesos de ascensos en la carrera policial.
4. Intervenir en los procesos de ascensos en la Carrera Policial de los funcionarios y funcionarias policiales que aspiren a ascender a comisionados y comisionadas en cualquiera de sus rangos.
5. Designar a los representantes que integraran el Equipo Técnico de Procesos de Ascenso en los Cuerpos de Policía en los procesos de ascensos en la Carrera Policial de los funcionarios y funcionarias policiales que aspiren a ascender a Supervisor y Supervisora Jefe y a Comisionados y Comisionadas en cualquiera de sus rangos, así como removerlos.
6. Remover a los integrantes del Equipo Técnico de Procesos de Ascensos en los casos previstos en el encabezado y primer aparte del artículo 10 de la presente Resolución.
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7. Solicitar información sobre los procesos de ascensos en la carrera policial.
8. Realizar las inspecciones ordinarias y extraordinarias a los procesos de ascensos en la carrera policial, pudiendo suspender dichos procesos en caso de contravención de las disposiciones de la presente Resolución.
9. Fijar la proporción optima o deseable de funcionarios y funcionarias policiales por nivel jerárquico en la carrera policial que deberían prestar servicios en los cuerpos de policía.
10. Resolver las dudas en la interpretación y aplicación de la presente Resolución.
11. Las demás establecidas en las leyes, reglamentos y resoluciones .
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Art. 16 – Formación, Capacitación y Articulación: Quienes integren el Equipo Técnico de Procesos de Ascensos del respectivo cuerpo de policía, así como, los y las profesionales con acreditación para evaluar los procedimientos de ascensos, están obligados a asistir a todas las actividades de formación y capacitación, así como a coordinar el ejercicio de sus atribuciones y cumplir las directrices del Órgano Rector, no pudiendo desempeñar sus funciones en caso de no cumplir con estos requisitos.
Art. 17 – Tipos de procedimientos de Ascensos: Los procedimientos de ascensos a los cargos de la carrera policial en los cuerpos de policía, serán: 1. Ordinarios. 2. De honor por muerte en acto de servicio.3. De honor por mérito extraordinario.
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Art. 18 – Procedimientos Ordinarios de Ascenso:
Los procedimientos ordinarios de ascensos en la carrera policial en cada cuerpos
de policía deben preverse a fines presupuestarios en el plan de personal del cuerpo de
policía respectivo, el cual debe ser aprobado por el Ministerio del Poder Popular con
competencia en materia de prevención y seguridad ciudadana y del servicio de policía, de
conformidad con el numeral 5 del articulo 21 de la Ley del Estatuto de la función policial.
Estos planes deben ajustarse a la estructura organizativa de cargos y presupuesto aprobado
para el correspondiente año fiscal.
Para efecto de está presentación se utilizara la siguientes abreviaturas:• VISIPOL: Viceministerio del Sistema Integrado de Policía.• CGP: Consejo General de Policía.• ETN: Equipo Técnico Nacional.
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Fase del Procedimiento Ordinario de Ascenso. Art.19
1 Inicio
2 Selección de participantes
3 Verificación de Requisitos
4 Evaluaciones
5 Decisión y Nombramiento
6 Juramentación
7 Tramitación de Credencial Única
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Fase de Inicio
Paso 1
Solicitud al Órgano Rector (VISIPOL)
por parte del cuerpo de policía para la apertura del proceso de
Ascenso Ordinario (Visipol aprueba
inicio del proceso)
Art 20
Paso 3
Las oficinas de RRHH de los
cuerpo de policía organizarán y realizarán los
procedimientos de ascensos a través de un
equipo técnico de ascenso.
Art 10
Paso 2
Designar el Equipo Técnico de
Ascenso de los cuerpos policiales
según los postulados por el Director de cada cuerpo policial.
(se remite al ETN - CGP - VISIPOL)
Art. 8
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Fase de Inicio
Paso 4
Postulación de los Directores de los
Cuerpos de Policía de los
profesionales que aplicaran las
evaluaciones y pruebas para su
respectiva acreditación
(se remite al ETN - CGP - VISIPOL)
Art 12
Paso 6
Publicación interna de lista con candidatos para Ascenso
Ordinarios por parte de Recursos Humanos de los
cuerpos de policía, y notificar y consignar dicho
acto en físico y digital a VISIPOL -
CGP- ETN
Paso 5
Remisión de la 1° lista de
funcionarios (as) a concursar en el proceso ordinario de Ascensos con un mínimo de 3
años de antigüedad en el
Rango(se remite a CGP -
ETN - VISIPOL) Art 21
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Fase de Selección de Participantes y Verificación de Requisitos
Paso 7
Preparación de los historial de
personal para Ascensos
Ordinarios por parte de Recursos
Humanos del cuerpo de policía.(funcionarios que cumplan con los requisitos Art. 38 Ley del Estatuto)
Paso 9Paso 8
Verificación de los requisitos
establecidos en el articulo 37 de la Ley del Estatuto
por parte del Equipo Técnico de
Ascenso del cuerpo de policía
Paso 10
Subsanación de errores u
omisiones por parte de los funcionarios
ante Recursos Humanos del
cuerpo de policía
Art 22,
Subsanación 5 días Hábiles
2º Segunda Publicación de Candidatos por
parte del Equipo Técnico de
Ascenso del cuerpo de Policía
Art 22
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Fase de Selección de Participantes y Verificación de Requisitos
Paso 11
3° Publicación interna de lista con candidatos para Ascenso ordinarios por
parte de Recursos Humanos de los
cuerpos de policía, notificar y
consignar dicho acto en físico y
digital a VISIPOL – CGP- ETN Art. 22
Paso 13
El Órgano Rector elabora y remite listado definitivo de funcionarios y
funcionarias a participar en el
proceso de ascenso de los
cuerpos de policía
Paso 12
El Órgano Rector verifica los
candidatos para Ascensos ante los
órganos e instancias de Seguridad del
Estado, excluye a los funcionarios
que incumplan los requisitos .
Art. 23
Paso 14
4° Publicación interna por parte del Director del
cuerpo de policíade lista definitiva de funcionarios (as) a participar en el proceso de
ascenso
Art 23
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Aplicable para los Rangos de oficial agregado hasta supervisor jefe
Aplicable para los Rangos de Comisionados (as) a Comisionados (as) jefe
Aplicadas por el Órgano Rector para los Rangos de Comisionados (as) a Comisionados (as) jefe
Fase de Evaluaciones - Art. 24
1 Idoneidad Moral en su conducta funcionarial y ciudadana.
2 Evaluación Física y Medica
3 Evaluación Psicológica
4 Evaluación de Meritos de Servicio
5 Evaluación de su Desempeño Policial
6 Evaluaciones de Competencia
7 Entrevista Personal de los funcionarios (as)
8 Evaluación Integral de compromiso institucional al servicio
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Son aplicadas a todos los niveles jerárquicos.El cuerpo de policía con los profesionales acreditados por la UNES las aplicaran, con los instrumentos correspondientes
Ponderación de las Pruebas de Ascenso - Art. 25
Esta Evaluación es de naturaleza eliminatoria y consta en evaluar al Funcionario o funcionaria ante sistemas como Iuris o Siipol
1 Idoneidad Moral en su conducta funcionarial y ciudadana.
Esta Evaluación es de naturaleza eliminatoria y consta en evaluar al Funcionario o funcionaria su situación Medica y condición Física
2 Evaluación Física y Medica
Esta Evaluación es de naturaleza eliminatoria y consta en evaluar al Funcionario o funcionaria su situación mental y conductual
3 Evaluación Psicológica
ELIMINATORIAS
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Ponderación de las Pruebas de Ascenso - Art. 25
Esta Evaluación es de naturaleza Acumulativa y consta en evaluar al Funcionario o funcionaria los reconocimientos institucionales, Responsabilidad Disciplinaria y penal, formación continua y reentrenamiento. (30%)
4 Evaluación de Meritos de Servicio 50%
Esta Evaluación es de naturaleza Acumulativa. No se aplicará en este ascenso por no contar con un instrumento estandarizado y concurrente para todos los cuerpos de policía. (40%)
5 Evaluación de su Desempeño Policial NO
Esta Evaluación es de naturaleza Acumulativa y consta en evaluar al Funcionario o funcionaria sus habilidades, conocimientos y destrezas tanto teóricas como prácticas. Ejemplo el uso de la fuerza potencialmente mortal (30%)
6 Evaluaciones de Competencia 50%
NIVEL OPERATIVO Y TÁCTICO
Aplicable para los Rangos de oficiales
agregados (as) hasta supervisores (as) jefe
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Ponderación de las Pruebas de Ascenso - Art. 25
4 Evaluación de Meritos de Servicio 35%
5 Evaluación de su Desempeño Policial NO
6 Evaluaciones de Competencia 40%
Esta Evaluación es de naturaleza Acumulativa realizada por el Órgano Rector y esta dirigida a obtener una apreciación directa e inmediata de sus conocimientos, aptitudes, habilidades, destrezas, competencias y condiciones morales para el desempeño de la función policial
7 Entrevista Personal de los funcionarios (as) 10%
Esta Evaluación es de naturaleza Acumulativa realizada por el Órgano Rector y tiene por finalidad comprobar si los y las participantes poseen las condiciones morales, aptitudinales y competencias de alta supervisión, dirección y gerencia de los cuerpos de policía y del servicio de policía. Es una evaluación integral
8 Evaluación Integral de compromiso institucional al servicio 15%
NIVEL ESTRATÉGICO
Serán Aplicadas por el Órgano Rector
para los Rangos de Comisionados (as) a Comisionados (as)
jefe
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Calificación y Aprobación de las Pruebas de Ascenso - Art. 26
12Operacional
15Táctico
17Estratégico
De los Valores porcentuales a valores enteros “ Mínimas Aprobatorias”
PA *20 / 100 = NOTA
PA = PUNTOS ACUMULADOS DEL FUNCIONARIO O FUNCIONARIA
Las evaluaciones serán calificadas con nota del uno (1) al veinte (20) y se aplicaran con los formatos preestablecidos por el órgano rector en coordinación con la UNES
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Fase de Evaluación
Paso 15
Para la aplicación de las pruebas
Competencia, los cuerpos de policía
con los profesionales acreditados
aplicarán la prueba de uso de la Fuerza
potencialmente mortal, el ETN y el Consejo General de Policía las prueba
teórica a través de su sistema Informático
Art. 30.
Paso 17
El Equipo Técnico de Ascenso del
cuerpo de policía, realizara un informe de
Resultados de procedimientos
de ascenso al Director del
Cuerpo de Policía, debe contener:
- Orden de Merito en base a las notas definitivas
Art. 33.
Paso 16
El Equipo Técnico de Ascenso del
cuerpo de policía, realizara un
informe Individual por
cada funcionario, debe contener:
1 - Resultado de las Evaluaciones2 - Nota final de cada participante
Art. 33.
Paso 18
El Director tendrá 5 días hábiles para remitir el informe
de resultados a VISIPOL, al ETN y
el Consejo General de Policía
Art. 33.
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Fase de Decisión, Nombramiento y Juramentación.
Paso 19
El Órgano Rector a través del ETN
Verificará la conformidad de los
resultados de los procedimiento
ordinario de ascenso, de ser el caso, aquellos que
incumplan los requisitos serán
excluidos del ascenso.Art. 34.
Paso 21
El Director (a) del Cuerpo de Policía deberá dictar el acto de ascenso
de cada funcionario (as)
policial y procederá a su juramentación
formal y publica el día 16 de julio del
año en curso, notificando al
órgano rector del acto.
Art. 35.
Paso 20
El Órgano rector remitirá a los
cuerpos de policía la conformidad
con la lista definitiva de
funcionarias y funcionarios que
ascenderán
Art. 34.
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ESCALAS DE ASCENSOS AÑOS DE SERVICIOS
NIVEL ACADÉMICO
DE OFICIAL A OFICIAL AGREGADO
3 3ER. SEMESTRE APROBADO DE UNA CARRERA UNIVERSITARIA, PRESENTAR EXP. DE ASCENSOS ORDINARIO ACTUALIZADO,
CONSTANCIA DE NOTAS Y ACTA DE VERIFICACIÓN Y RESPONSABILIDAD POR PARTE DE LA COMISIÓN DE ASCENSO.
A OFICIAL AGREGADO A OFICIAL JEFE
6 TSU CON TITULO REGISTRADO Y ACTA DE VERIFICACIÓN Y RESPONSABILIDAD POR PARTE DE LA COMISIÓN DE ASCENSO.
DE OFICIAL JEFE A SUPERVISOR
9 LICENCIATURA CON TITULO REGISTRADO Y VERIFICACIÓN Y RESPONSABILIDAD POR PARTE DE LA COMISIÓN DE ASCENSO.
DE SUPERVISOR A SUPERVISOR AGREGADO
12 LICENCIATURA CON TITULO REGISTRADO MÁS DIPLOMADO EN CUALQUIER ÁREA Y ACTA DE VERIFICACIÓN Y RESPONSABILIDAD
POR PARTE DE LA COMISIÓN DE ASCENSO.
SE SUPERVISOR AGREGADO A
SUPERVISOR JEFE
15 ESPECIALIZACIÓN CON TITULO REGISTRADO Y ACTA DE VERIFICACIÓN Y RESPONSABILIDAD POR PARTE DE LA COMISIÓN
DE ASCENSO
Requisitos para la ubicación y ascenso en la Jerarquía Policial
Proceso de ascensos 2014 según resolución 086 del 18 Mayo 2012
DE SUPERVISOR JEFE A COMISIONADO
18 ESPECIALIZACIÓN CON TITULO REGISTRADO MAS UN CURSO DE NIVEL ESTRATÉGICO CERTIFICADO (80HORAS)
VERIFICACIÓN Y RESPONSABILIDAD POR PARTE DE LA COMISIÓN DE ASCENSO.
DE COMISIONADO A COMISIONADO AGREGADO
21 MAESTRÍA CON TITULO REGISTRADO MAS UN CURSO DE NIVEL ESTRATÉGICO CERTIFICADO (120HORAS)
VERIFICACIÓN Y RESPONSABILIDAD POR PARTE DE LA COMISIÓN DE ASCENSO.
DE COMISIONADO AGREGADO A COMISIONADO JEFE
25 MAESTRÍA CON TITULO REGISTRADO MAS UN CURSO DE NIVEL ESTRATÉGICO CERTIFICADO (180HORAS), MAS UNA
PUBLICACIÓN.
Requisitos para la ubicación y ascenso en la Jerarquía Policial
Policía de la Patria Buena
“Pueblo eres policía hermanoPueblo eres policía hermana
A este noble pueblo te debes”Discurso Presidente Eterno H.R.C.F.
16 Julio 2012