DESCUENTOS DE NOMINA
Juan Fernando Castañeda Sepúlveda
2009
DESCUENTOS POR NÓMINA
DESCUENTOS POR NÓMINADESCUENTOS POR NÓMINAo El empleador no puede deducir, retener o
compensar suma alguna, sin orden suscrita por el trabajador, para cada caso, o sin mandato judicial. (Art. 149)
o Son permitidos los descuentos y retenciones por conceptos de cuotas sindicales y de cooperativas y cajas de ahorros, autorizadas de forma legal. (Art. 150)
o Las deducciones que se efectúen no pueden afectar el salario mínimo legal vigente.
LIBRANZASLIBRANZASo Son descuentos con aprobación por parte del
empleado para aplicarlos.
o Por ley solo se puede aprobar un descuento para cooperativas o la caja de compensación a la cual está afiliado el empleado.
o No existe ningún tipo de responsabilidad por parte de la empresa en caso de retiro del trabajador, sino hasta el monto de su liquidación.
EMBARGOSEMBARGOS o Regularmente se incluyen embargos de 3 tipos
diferentes en su orden de prioridad:o Embargo de Alimentoso Embargo de Cooperativao Embargo Civil o Ejecutivo.
o Responsabilidad del descuento por parte de la empresa, sin que el descuento exceda del 50% del salario. (Art. 156)
o El salario mínimo no será embargable.(Art. 154)o Respuesta inmediata.
EMBARGO CIVIL O EJECUTIVOEMBARGO CIVIL O EJECUTIVOo Existen 2 tipos de descuento:
o Descuento equivalente a la quinta parte que exceda del salario mínimo. (Art.155).
o Descuento por Valor Fijo.o Pueden incluir un porcentaje sobre las prestaciones
sociales.
o Base: Dependiendo del embargo todo lo que sea salario o únicamente el salario básico.
o Procedimiento: ( Base - 1 S.M.L.V. ) / 5
EMBARGO DE COOPERATIVAEMBARGO DE COOPERATIVA
o Valor informado por Embargo de Cooperativa. o Tipo de descuento: Por valor fijo o porcentajeo Pueden incluir un porcentaje sobre las prestaciones
sociales.
o Base: Dependiendo del embargo todo lo que sea salario o únicamente el salario básico.
o Procedimiento: Base * Porcentaje informado
EMBARGO DE ALIMENTOSEMBARGO DE ALIMENTOSo Regularmente informan un valor o porcentaje del
salario a descontar.
o Pueden incluir un porcentaje sobre las prestaciones sociales.
o Base: Dependiendo del embargo todo lo que sea salario o únicamente el salario básico.
o Procedimiento: Base * Porcentaje informado
FIN
Muchas gracias por su atención