CÓDIGO DE CONDUCTA
CÓDIGO DE
CONDUCTA
DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS
DE IMPRESORA Y ENCUADERNADORA
PROGRESO, S.A. DE C.V.
JUNIO 2017
Aprobado por el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de IEPSA, mediante acuerdo SO/II-17/05, adoptado en la Segunda Sesión Ordinaria del Comité, celebrada el 21 de junio del 2017.
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INDICE
PÁGINA
1. INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………… 3
2. MARCO NORMATIVO……………………………………………………………….. 4
3. ALCANCE……………………………………………………………………………... 4
4. OBJETIVO……………………………………………………………………………... 5
5. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES………………………………………………... 5
6. VALORES ÉTICOS…………………………………………………………………… 7
7. VALORES INSTITUCIONALES……………………………………………………... 11
8. REGLAS DE INTEGRIDAD PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA… 14
9. CÓDIGO DE CONDUCTA DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE IEPSA… 23
10. BENEFICIOS DEL CÓDIGO DE CONDUCTA PARA IEPSA………………………. 27
11. GLOSARIO…………………………………………………………………………….. 28
ANEXO: PROTOCOLO DE ATENCIÓN AL CLIENTE INTERNO Y EXTERNO.
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1. INTRODUCCION
Para el Gobierno de la República es fundamental y
prioritario que las y los servidores públicos
desempeñen sus cargos con integridad, honradez,
imparcialidad, transparencia, legalidad, lealtad y
eficacia.
Cuando las y los servidores públicos se apartan o
alteran los principios, valores y reglas de
integridad, se lesiona la confianza que la sociedad
ha depositado en sus gobernantes, y más grave aún,
se quebranta el estado de derecho. Las y los
servidores públicos legitimizan sus funciones y
actividades cuando procuran el bien común.
Con el presente Código de Conducta, la Dirección
General de Impresora y Encuadernadora Progreso,
S.A. de C.V. (IEPSA) quiere promover y fortalecer
una cultura de servicio y práctica de negocios,
sustentada en principios y valores éticos, ya que las
y los servidores públicos tienen el deber y la
responsabilidad de actuar y conducirse con
trasparencia y estricto apego a la ley, buscando
evitar la práctica de actos de corrupción e impulsar,
de igual forma, el cuidado del medio ambiente, el
fomento de la cultura y el buen comportamiento.
IEPSA trabaja en la difusión de sus valores éticos
y organizacionales y considera fundamental hacer
de este Código una guía que oriente cotidianamente
a todo el personal en su conducción, tanto con
clientes internos, externos, proveedores y
autoridades. El Código de Conducta define
aquellos comportamientos que se esperan de cada
uno de las y los servidores públicos de IEPSA. No
es un reglamento o una explicación minuciosa de la
ley. No es una lista completa de lo que se puede y
no se puede hacer, por lo que, en caso de duda, todo
trabajador(a) debe acudir a su nivel inmediato
superior.
La confianza -elemento base de las relaciones de
negocios- se conquista y enriquece cuando la
actuación del factor humano se rige por principios
y valores éticos. Por tal razón, en IEPSA debemos
comprometernos permanentemente a aplicar una
cultura de confianza y veracidad.
En este Código se presentan los instrumentos que
permitan a las y los servidores públicos de IEPSA,
regirse por los doce valores éticos para delimitar la
actuación que debe observarse institucionalmente,
fortaleciendo la transparencia y el combate a la
corrupción, para garantizar el cumplimiento de los
principios que dan por resultado una conducta
digna, que genere condiciones que hagan posible la
igualdad de oportunidades entre las personas, así
como erradicar la discriminación y/o actos de
violencia en nuestro actuar.
Llevando a cabo estos valores y conductas,
consolidaremos un clima y cultura de éticos
institucionales, que contribuyan a: Guiar y orientar
el actuar de los y las servidores públicos, así como
sensibilizarlos sobre el papel ejemplar que
debemos desempeñar ante la sociedad.
El Comité de Ética y de Prevención
de Conflictos de Interés.
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2. MARCO NORMATIVO
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.- Artículo 109, fracción III.
Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal.- Artículos 1, 2, 26 y 38.
Ley General de Responsabilidades
Administrativas (DOF, 18/jul/2016).
Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código
de Ética de los servidores públicos del
Gobierno Federal, las Reglas de Integridad
para el ejercicio de la función pública, y los
Lineamientos generales para propiciar la
integridad de los servidores públicos y para
implementar acciones permanentes que
favorezcan su comportamiento ético, a través
de los Comités de Ética y de Prevención de
Conflictos de Interés (D.O.F. 20-agosto-
2015).
3. ALCANCE
El presente Código de Conducta, deberá observarse
y cumplirse, sin excepción, por las y los servidores
públicos de Impresora y Encuadernadora Progreso,
S.A. de C.V. en el desempeño de sus empleos,
cargos o comisiones y que se deriven de sus
atribuciones y funciones.
El incumplimiento de lo establecido en dicho
documento, en su caso, dará lugar a los
procedimientos administrativos correspondientes,
de conformidad a lo establecido en la normatividad
vigente y en los “Procedimientos para la
presentación de quejas o denuncias y protocolo
para la atención de quejas o denuncias, por actos
contrarios a la ética pública, integridad, presuntos
conflictos de interés o actos inapropiados de los
servidores públicos de IEPSA”.
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4. OBJETIVO
Proporcionar a las y los servidores públicos de
Impresora y Encuadernadora Progreso, S.A. de
C.V., un catálogo de conductas éticas que los
orienten en su actuación, a fin de que se conduzcan
en su día a día, bajo estatutos de integridad y
rectitud, alineados a los principios constitucionales,
valores éticos y las reglas de integridad para el
ejercicio de la función pública, que fungen como
pilares de la Administración Pública Federal,
precisándose las conductas que deberán observar
en situaciones específicas que se les presenten en el
desempeño de sus empleos, cargos, comisiones o
funciones.
5. PRINCIPIOS
CONSTITUCIONALES1
Los principios constitucionales que las y los
servidores públicos deben observar en el
desempeño de su empleo, cargo, comisión o
función son:
Legalidad
Las y los servidores públicos hacen sólo aquello
que las normas expresamente les confieren y en
todo momento someten su actuación a las
facultades que las leyes, reglamentos y demás
disposiciones jurídicas atribuyen a su empleo,
cargo o comisión, por lo que conocen y cumplen las
disposiciones que regulan el ejercicio de sus
funciones, facultades y atribuciones.
Honradez
Las y los servidores públicos se conducen con
rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión
para obtener o pretender obtener algún beneficio,
provecho o ventaja personal o a favor de terceros,
ni buscan o aceptan compensaciones, prestaciones,
dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona
u organización, debido a que están conscientes que
ello compromete sus funciones y que el ejercicio de
cualquier cargo público implica un alto sentido de
austeridad y vocación de servicio.
1 Contenido en el acuerdo cuarto, numeral I del Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y
los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Diario oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015.
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Lealtad
Las y los servidores públicos corresponden a la
confianza que el Estado les ha conferido; tienen una
vocación absoluta de servicio a la sociedad, y
satisfacen el interés superior de las necesidades
colectivas por encima de intereses particulares,
personales o ajenos al interés general y bienestar de
la población.
Imparcialidad
Las y los servidores públicos dan a los ciudadanos
y a la población en general el mismo trato, no
conceden privilegios o preferencias a
organizaciones o personas, ni permiten que
influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten
su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus
funciones de manera objetiva.
Eficiencia
Las y los servidores públicos actúan conforme a
una cultura de servicio orientada al logro de
resultados, procurando en todo momento un mejor
desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las
metas institucionales según sus responsabilidades y
mediante el uso responsable y claro de los recursos
públicos, eliminando cualquier ostentación y
discrecionalidad indebida en su aplicación.
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6. VALORES ÉTICOS2
Los valores éticos que las y los servidores públicos
deben anteponer en el desempeño de su empleo,
cargo, comisión o funciones son:
Interés público
Las y los servidores públicos actúan buscando en
todo momento la máxima atención de las
necesidades y demandas de la sociedad por encima
de intereses y beneficios particulares, ajenos a la
satisfacción colectiva.
Respeto
Las y los servidores públicos se conducen con
austeridad y sin ostentación, y otorgan un trato
digno y cordial a las personas en general y a sus
compañeros de trabajo, superiores y subordinados,
considerando sus derechos, de tal manera que
propician el diálogo cortés y la aplicación armónica
de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a
través de la eficacia y el interés público.
Respeto a los derechos humanos
Las y los servidores públicos respetan los derechos
humanos, y en el ámbito de sus competencias y
atribuciones, los garantizan, promueven y protegen
de conformidad con los Principios de:
Universalidad que establece que los derechos
humanos corresponden a toda persona por el simple
hecho de serlo; de Interdependencia que implica
que los derechos humanos se encuentran
vinculados íntimamente entre sí; de Indivisibilidad
que refiere que los derechos humanos conforman
una totalidad de tal forma que son complementarios
e inseparables, y de Progresividad que prevé que
los derechos humanos están en constante evolución
y bajo ninguna circunstancia se justifica un
retroceso en su protección.
2 Contenido en el acuerdo cuarto, numeral II del Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal….., publicado en el Diario oficial de la Federación el 20 de
agosto de 2015.
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Igualdad y no discriminación
Las y los servidores públicos prestan sus servicios
a todas las personas sin distinción, exclusión,
restricción, o preferencia basada en el origen étnico
o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el
género, la edad, las discapacidades, la condición
social, económica, de salud o jurídica, la religión,
la apariencia física, las características genéticas, la
situación migratoria, el embarazo, la lengua, las
opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o
filiación política, el estado civil, la situación
familiar, las responsabilidades familiares, el
idioma, los antecedentes penales o en cualquier
otro motivo.
Equidad de género
Las y los servidores públicos, en el ámbito de sus
competencias y atribuciones, garantizan que tanto
mujeres como hombres accedan con las mismas
condiciones posibilidades y oportunidades a los
bienes y servicios públicos; a los programas y
beneficios institucionales, y a los empleos, cargos
y comisiones gubernamentales.
Entorno cultural y ecológico
Las y los servidores públicos en el desarrollo de sus
actividades evitan la afectación del patrimonio
cultural de cualquier nación y de los ecosistemas
del planeta; asumen una férrea voluntad de respeto,
defensa y preservación de la cultura y del medio
ambiente, y en el ejercicio de sus funciones y
conforme a sus atribuciones, promueven en la
sociedad la protección y conservación de la cultura
y el medio ambiente, al ser el principal legado para
las generaciones futuras.
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Integridad
Las y los servidores públicos actúan siempre de
manera congruente con los principios que se deben
observar en el desempeño de un empleo, cargo,
comisión o función, convencidos en el compromiso
de ajustar su conducta para que impere en su
desempeño una ética que responda al interés
público y generen certeza plena de su conducta
frente a todas las personas con las que se vincule u
observen su actuar.
Cooperación
Las y los servidores públicos colaboran entre sí y
propician el trabajo en equipo para alcanzar los
objetivos comunes previstos en los planes y
programas gubernamentales, generando así una
plena vocación de servicio público en beneficio de
la colectividad y confianza de los ciudadanos en sus
instituciones.
Liderazgo
Las y los servidores públicos son guía, ejemplo y
promotores del Código de Ética y las Reglas de
Integridad; fomentan y aplican en el desempeño de
sus funciones los principios que la Constitución y
la ley les impone, así como aquellos valores
adicionales que por su importancia son intrínsecos
a la función pública.
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Transparencia
Las y los servidores públicos en el ejercicio de sus
funciones protegen los datos personales que estén
bajo su custodia; privilegian el principio de
máxima publicidad de la información pública,
atendiendo con diligencia los requerimientos de
acceso y proporcionando la documentación que
generan, obtienen, adquieren, transforman o
conservan; y en el ámbito de su competencia,
difunden de manera proactiva información
gubernamental, como un elemento que genera
valor a la sociedad y promueve un gobierno abierto.
Rendición de cuentas
Las y los servidores públicos asumen plenamente
ante la sociedad y sus autoridades la
responsabilidad que deriva del ejercicio de su
empleo, cargo o comisión, por lo que informan,
explican y justifican sus decisiones y acciones, y se
sujetan a un sistema de sanciones, así como a la
evaluación y al escrutinio público de sus funciones
por parte de la ciudadanía.
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7. VALORES
INSTITUCIONALES
Llevar a la práctica diaria estos valores es lo que se
anhela de nosotros(as). Nuestra empresa espera
congruencia sin simulaciones; confía en que cada
uno(a) ejecute con cabalidad sus responsabilidades;
nuestra empresa cree que la suma de las partes es lo
que permite una operación equilibrada del todo.
Para nosotros(as) es más valiosa la aceptación y la
franqueza para pedir ayuda que el fingimiento y la
torpeza que genera deterioro.
Los valores institucionales importantes para IEPSA
que las y los servidores públicos deben de aplicar
en su actuar son los siguientes:
Bien común
Todas las decisiones y acciones de las y los
servidores públicos deben estar dirigidas a la
satisfacción de las necesidades e intereses de la
sociedad, por encima de intereses particulares
ajenos al bienestar de la colectividad. Las y los
servidores públicos no deben permitir que influyan
en sus juicios y conducta, intereses que puedan
perjudicar o beneficiar a personas o grupos en
detrimento del bienestar de la sociedad.
El compromiso con el bien común implica que las
y los servidores públicos estén consciente de que el
servicio público es un patrimonio que pertenece a
todas y todos los mexicanos y que representa una
misión que sólo adquiere legitimidad cuando busca
satisfacer las demandas sociales y no cuando se
persiguen beneficios individuales.
Justicia
Entendemos que cada quien debe recibir lo que le
corresponde. Justicia es pagar un salario justo,
vender y comprar a precios equitativos, otorgar el
mismo trato y oportunidad a hombres y mujeres. Lo
justo es la medida que permite entender las
diferencias sin detrimento de las partes, ser justo es
una exigencia que se debe reflejar en lo más
mínimo y en lo más relevante. Es un principio que
fortalece la convivencia dentro y fuera de nuestra
empresa, en IEPSA basamos nuestros objetivos
bajo la tutela de la justicia y la igualdad.
Se espera de nosotros una respuesta equivalente a
la que sustenta a nuestra empresa, ser justos en pro
del bien común, debemos otorgar a cada quien lo
que le corresponde, evitemos favoritismos y
eliminaremos prácticas viciadas que sólo
benefician a unos cuantos. Actuemos en forma
imparcial sin conceder privilegios indebidos a
persona alguna.
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Generosidad
Las y los servidores públicos debe conducirse con
una actitud sensible y solidaria, de respeto y apoyo
hacia la sociedad y los servidores públicos con
quien interactúa.
Esta conducta debe ofrecerse con especial atención
hacia las personas o grupos sociales que carecen de
los elementos suficientes para alcanzar su
desarrollo integral, como los adultos en plenitud,
los niños, las personas con capacidades especiales,
los miembros de nuestras etnias y quienes menos
tienen.
Servicio
Eje sustantivo de nuestra actividad como servidores
públicos. El servicio para IEPSA se basa en la
convicción de que siempre es un honor servir, razón
por la que procuramos ofrecer satisfactores más
que productos. Para nosotros(as) cualquier
problema o necesidad tiene una solución, y
reconocemos en nuestra actitud hacia los clientes
un placer y nunca una obligación.
Nunca olvidemos que el aspecto más importante
del Servicio es El Cliente. Razón por la que es
fundamental la forma como nos relacionamos con
ellos: se espera de nosotros una actitud amable,
respetuosa y profesional. Nuestros clientes esperan
que nosotros les resolvamos sus demandas de
impresión, y para ello nunca debemos olvidar que
nuestro Servicio ofrece atender con Calidad sus
necesidades. Del mismo modo y para lograr un
Servicio Integral en nuestra empresa, debemos
tratar a nuestros compañeros de trabajo como
“clientes internos”.
Honestidad
Aunque aparece indistintamente en más de un
contexto y su reiterado uso tiene a restarle su valor
esencial, para nuestra empresa Honestidad significa
que reconozcas tus limitaciones y aproveches tus
habilidades; representa la congruencia entre lo que
piensas, dices y lo que haces.
Honestidad va más allá de ser veraz y correcto, es
una actitud que se traduce en tu comportamiento
hacia tus compañeros, superiores y con la empresa;
sustraer algo que no te pertenece entonces resulta
contrario a tus principios. En IEPSA enriquecemos
nuestros valores con la convicción de cada uno de
las y los servidores públicos.
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Lealtad
La lealtad es como la valentía: se manifiesta mejor
en situaciones difíciles. En IEPSA definimos la
lealtad como una condición primordial que
fortalece el crecimiento empresarial y la política
institucional. En la medida que seamos leales y
valoremos los principios que dan cuerpo a nuestra
empresa, participaremos con mayor integridad de
su desarrollo y perfeccionamiento. Ser leal es ser
parte de la empresa.
Para poner en práctica este principio no hace falta
un juramento de cada empleado(a); nuestra
empresa sabe que cada uno(a) de las y los
servidores públicos es el mejor promotor de este
valor; IEPSA espera de cada uno la respuesta
puntual a su Misión/Visión y a sus objetivos.
Esperamos siempre la participación convincente y
la colaboración entusiasta. Ser Leales a nuestra
empresa es corresponder voluntariamente a lo que
recibimos de ella.
Compromiso
Este término implica asumir responsabilidades de
común acuerdo. En IEPSA, asumimos que este
valor es fundamental para encaminar nuestros
esfuerzos hacia la misma dirección. Por tanto,
todos las y los servidores públicos que laboramos
en esta entidad, debemos estar comprometidos con
la consecución de su misión, visión y objetivos.
Ello implica el dar nuestro mejor esfuerzo al llevar
a cabo nuestro trabajo, así como favorecer el
cumplimiento de las normas internas que rigen
tales labores.
La evidencia de dicho compromiso es nuestro
trabajo; por tanto, se espera que asumamos la
responsabilidad ante nuestros clientes, sean
internos o externos, de entregarles productos que
los satisfagan. Para ello, es necesario que
conozcamos la misión, visión, políticas y objetivos
de IEPSA; y contribuyamos a su cumplimiento
respetando el presente Código de Conducta, el
Reglamento Interior de trabajo, los Manuales,
Procedimientos e Instructivos de nuestra área y
toda la normatividad que rija nuestras actividades.
De esta forma, apoyamos el buen funcionamiento
de los sistemas actualmente existentes en la
organización, y promovemos su mejora continua.
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8. REGLAS DE INTEGRIDAD
PARA EL EJERCICIO DE LA
FUNCIÓN PÚBLICA3
Las y los servidores públicos de IEPSA deberán
apegarse al comportamiento integro en el
desempeño de su empleo, cargo, comisión o
función siguiendo las siguientes reglas:
1. Actuación pública
Las y los servidores públicos que desempeñan un
empleo, cargo, comisión o función, conducen su
actuación con transparencia, honestidad, lealtad,
cooperación, austeridad, sin ostentación y con una
clara orientación al interés público.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no
limitativa, las conductas siguientes:
a) Abstenerse de ejercer las atribuciones y
facultades que le impone el servicio público y
que le confieren los ordenamientos legales y
normativos correspondientes.
b) Adquirir para sí o para terceros, bienes o
servicios de personas u organizaciones
beneficiadas con programas o contratos
gubernamentales, a un precio notoriamente
inferior o bajo condiciones de crédito
favorables, distintas a las del mercado.
c) Favorecer o ayudar a otras personas u
organizaciones a cambio o bajo la promesa de
recibir dinero, dádivas, obsequios, regalos o
beneficios personales o para terceros.
d) Utilizar las atribuciones de su empleo, cargo,
comisión o funciones para beneficio personal o
de terceros.
e) Ignorar las recomendaciones de los organismos
públicos protectores de los derechos humanos y
de prevención de la discriminación, u obstruir
alguna investigación por violaciones en esta
materia.
f) Hacer proselitismo en su jornada laboral u
orientar su desempeño laboral hacia
preferencias político-electorales.
g) Utilizar recursos humanos, materiales o
financieros institucionales para fines distintos a
los asignados.
h) Obstruir la presentación de denuncias
administrativas, penales o políticas, por parte de
compañeros de trabajo, subordinados o de
ciudadanos en general.
i) Permitir que las y los servidores públicos
subordinados incumplan total o parcialmente
con su jornada u horario laboral.
j) Realizar cualquier tipo de discriminación tanto
a otros servidores públicos como a toda persona
en general.
k) Dejar de establecer medidas preventivas al
momento de ser informado por escrito como
superior jerárquico, de una posible situación de
riesgo o de conflicto de interés.
3 Contenido en el acuerdo quinto del Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal….., publicado en el Diario oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015.
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l) Hostigar, agredir, amedrentar, acosar, intimidar,
extorsionar o amenazar a personal subordinado
o compañeros de trabajo.
m) Dejar de colaborar con las y los servidores
públicos y de propiciar el trabajo en equipo para
alcanzar los objetivos comunes previstos en los
planes y programas gubernamentales.
n) Obstruir u obstaculizar la generación de
soluciones a dificultades que se presenten para
la consecución de las metas previstas en los
planes y programas gubernamentales.
o) Evitar conducirse bajo criterios de austeridad,
sencillez y uso apropiado de los bienes y medios
que disponga con motivo del ejercicio del cargo
público.
p) Conducirse de forma ostentosa, incongruente y
desproporcionada a la remuneración y apoyos
que perciba con motivo de cargo público.
2. Información pública
Las y los servidores públicos que desempeñan un
empleo, cargo, comisión o función, conducen su
actuación conforme al principio de transparencia y
resguarda la documentación e información
gubernamental que tiene bajo su responsabilidad.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no
limitativa, las conductas siguientes:
a) Asumir actitudes intimidatorias frente a las
personas que requieren de orientación para la
presentación de una solicitud de acceso a
información pública.
b) Retrasar de manera negligente las actividades
que permitan atender de forma ágil y expedita
las solicitudes de acceso a información pública.
c) Declarar la incompetencia para la atención de
una solicitud de acceso a información pública, a
pesar de contar con atribuciones o facultades
legales o normativas.
d) Declarar la inexistencia de información o
documentación pública, sin realizar una
búsqueda exhaustiva en los expedientes y
archivos institucionales bajo su resguardo.
e) Ocultar información y documentación pública
en archivos personales, ya sea dentro o fuera de
los espacios institucionales.
f) Alterar, ocultar o eliminar de manera
deliberada, información pública.
g) Permitir o facilitar la sustracción, destrucción o
inutilización indebida, de información o
documentación pública.
h) Proporcionar indebidamente documentación e
información confidencial o reservada.
i) Utilizar con fines lucrativos las bases de datos a
las que tenga acceso o que haya obtenido con
motivo de su empleo, cargo, comisión o
funciones.
j) Difundir información pública en materia de
transparencia proactiva y gobierno abierto en
formatos que, de manera deliberada, no
permitan su uso, reutilización o redistribución
por cualquier interesado.
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3. Contrataciones públicas
Las y los servidores públicos que con motivo de su
empleo, cargo, comisión o función o a través de
subordinados, participan en contrataciones
públicas se conducen con transparencia,
imparcialidad y legalidad; orienta sus decisiones a
las necesidades e intereses de la sociedad, y
garantizan las mejores condiciones para el Estado.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no
limitativa, las conductas siguientes:
a) Omitir declarar conforme a las disposiciones
aplicables los posibles conflictos de interés,
negocios y transacciones comerciales que de
manera particular haya tenido con personas u
organizaciones inscritas en el Registro Único de
Contratistas para la Administración Pública
Federal.
b) Dejar de aplicar el principio de equidad de la
competencia que debe prevalecer entre los
participantes dentro de los procedimientos de
contratación.
c) Formular requerimientos diferentes a los
estrictamente necesarios para el cumplimiento
del servicio público, provocando gastos
excesivos e innecesarios.
d) Establecer condiciones en las invitaciones o
convocatorias que representen ventajas o den un
trato diferenciado a los licitantes.
e) Favorecer a los licitantes teniendo por
satisfechos los requisitos o reglas previstos en
las invitaciones o convocatorias cuando no lo
están; simulando el cumplimiento de éstos o
coadyuvando a su cumplimiento extemporáneo.
f) Beneficiar a los proveedores sobre el
cumplimiento de los requisitos previstos en las
solicitudes de cotización.
g) Proporcionar de manera indebida información
de los particulares que participen en los
procedimientos de contrataciones públicas.
h) Ser parcial en la selección, designación,
contratación, y en su caso, remoción o rescisión
del contrato, en los procedimientos de
contratación.
i) Influir en las decisiones de otros servidores
públicos para que se beneficie a un participante
en los procedimientos de contratación o para el
otorgamiento de licencias, permisos,
autorizaciones y concesiones.
j) Evitar imponer sanciones a licitantes,
proveedores y contratistas que infrinjan las
disposiciones jurídicas aplicables.
k) Enviar correos electrónicos a los licitantes,
proveedores, contratistas o concesionarios a
través de cuentas personales o distintas al correo
institucional.
l) Reunirse con licitantes, proveedores,
contratistas y concesionarios fuera de los
inmuebles oficiales, salvo para los actos
correspondientes a la visita al sitio.
m) Dejar de observar el protocolo de actuación en
materia de contrataciones públicas
n) Ser beneficiario directo o a través de familiares
hasta el cuarto grado, de contratos
gubernamentales relacionados con la
dependencia o entidad que dirige o en la que
presta sus servicios.
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4. Recursos humanos
Las y los servidores públicos que participan en
procedimientos de recursos humanos, de
planeación de estructuras o que desempeñan en
general un empleo, cargo, comisión o función, se
apegan a los principios de igualdad y no
discriminación, legalidad, imparcialidad,
transparencia y rendición de cuentas.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no
limitativa, las conductas siguientes:
a) Dejar de garantizar la igualdad de
oportunidades en el acceso a la función pública
con base en el mérito.
b) Designar, contratar o nombrar en un empleo,
cargo, comisión o función, a personas cuyos
intereses particulares, laborales, profesionales,
económicos o de negocios puedan estar en
contraposición o percibirse como contrarios a
los intereses que les correspondería velar si se
desempeñaran en el servicio público.
c) Proporcionar a un tercero no autorizado,
información contenida en expedientes del
personal y en archivos de recursos humanos
bajo su resguardo.
d) Suministrar información sobre los reactivos de
los exámenes elaborados para la ocupación de
plazas vacantes a personas ajenas a la
organización de los concursos.
e) Seleccionar, contratar, nombrar o designar a
personas, sin haber obtenido previamente, la
constancia de no inhabilitación.
f) Seleccionar, contratar, nombrar o designar a
personas que no cuenten con el perfil del puesto,
con los requisitos y documentos establecidos, o
que no cumplan con las obligaciones que las
leyes imponen a todo ciudadano.
g) Seleccionar, contratar, designar o nombrar
directa o indirectamente como subalternos a
familiares hasta el cuarto grado de parentesco.
h) Inhibir la formulación o presentación de
inconformidades o recursos que se prevean en
las disposiciones aplicables para los procesos de
ingreso.
i) Otorgar a las y los servidores públicos
subordinados, durante su proceso de
evaluación, una calificación que no corresponda
a sus conocimientos, actitudes, capacidades o
desempeño.
j) Disponer del personal a su cargo en forma
indebida, para que le realice trámites, asuntos o
actividades de carácter personal o familiar
ajenos al servicio público.
k) Presentar información y documentación falsa o
que induzca al error, sobre el cumplimiento de
metas de su evaluación del desempeño.
l) Remover, cesar, despedir, separar o dar o
solicitar la baja de servidores públicos de
carrera, sin tener atribuciones o por causas y
procedimientos no previstos en las leyes
aplicables.
m) Omitir excusarse de conocer asuntos que
puedan implicar cualquier conflicto de interés.
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n) Evitar que el proceso de evaluación del
desempeño de las y los servidores públicos se
realice en forma objetiva y en su caso, dejar de
retroalimentar sobre los resultados obtenidos
cuando el desempeño de las y los servidores
públicos sea contrario a lo esperado.
o) Eludir, conforme a sus atribuciones, la
reestructuración de áreas identificadas como
sensibles o vulnerables a la corrupción o en las
que se observe una alta incidencia de conductas
contrarias al Código de Ética, a las Reglas de
Integridad o al Código de Conducta.
5. Administración de bienes muebles e
inmuebles
Las y los servidores públicos que con motivo de su
empleo, cargo, comisión o función, participan en
procedimientos de baja, enajenación, transferencia
o destrucción de bienes muebles o de
administración de bienes inmuebles, administran
los recursos con eficiencia, transparencia y
honradez para satisfacer los objetivos a los que
están destinados.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no
limitativa, las conductas siguientes:
a) Solicitar la baja, enajenación, transferencia o
destrucción de bienes, cuando éstos sigan
siendo útiles.
b) Compartir información con terceros ajenos a los
procedimientos de baja, enajenación,
transferencia o destrucción de bienes públicos,
o sustituir documentos o alterar éstos.
c) Recibir o solicitar cualquier tipo de
compensación, dádiva, obsequio o regalo, a
cambio de beneficiar a los participantes en los
procedimientos de enajenación de bienes
muebles e inmuebles.
d) Intervenir o influir en las decisiones de otros
servidores públicos para que se beneficie a
algún participante en los procedimientos de
enajenación de bienes muebles e inmuebles.
e) Tomar decisiones en los procedimientos de
enajenación de bienes muebles e inmuebles,
anteponiendo intereses particulares que dejen
de asegurar las mejores condiciones en cuanto a
precio disponible en el mercado.
f) Manipular la información proporcionada por los
particulares en los procedimientos de
enajenación de bienes muebles e inmuebles.
g) Utilizar el parque vehicular terrestre, marítimo
o aéreo, de carácter oficial o arrendado para este
propósito, para uso particular, personal o
familiar, fuera de la normativa establecida por
entidad en que labore.
h) Utilizar los bienes inmuebles para uso ajeno a la
normatividad aplicable.
i) Disponer de los bienes y demás recursos
públicos sin observar las normas a los que se
encuentran afectos y destinarlos a fines distintos
al servicio público.
CÓDIGO DE CONDUCTA
C-EC-01 Rev. 2 19
6. Procesos de evaluación
Las y los servidores públicos que con motivo de su
empleo, cargo, comisión o función, participan en
procesos de evaluación, se apegan en todo
momento a los principios de legalidad,
imparcialidad y rendición de cuentas.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no
limitativa, las conductas siguientes:
a) Proporcionar indebidamente la información
contenida en los sistemas de información de la
Administración Pública Federal o acceder a ésta
por causas distintas al ejercicio de sus funciones
y facultades.
b) Trasgredir el alcance y orientación de los
resultados de las evaluaciones que realice
cualquier instancia externa o interna en materia
de evaluación o rendición de cuentas.
c) Dejar de atender las recomendaciones
formuladas por cualquier instancia de
evaluación, ya sea interna o externa.
d) Alterar registros de cualquier índole para
simular o modificar los resultados de las
funciones, programas y proyectos
gubernamentales.
7.- Control interno
Las y los servidores públicos que en el ejercicio de
su empleo, cargo, comisión o función, participan en
procesos en materia de control interno, generan,
obtienen, utilizan y comunican información
suficiente, oportuna, confiable y de calidad,
apegándose a los principios de legalidad,
imparcialidad y rendición de cuentas.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no
limitativa, las conductas siguientes:
a) Dejar de comunicar los riesgos asociados al
cumplimiento de objetivos institucionales, así
como los relacionados con corrupción y
posibles irregularidades que afecten los
recursos económicos públicos.
b) Omitir diseñar o actualizar las políticas o
procedimientos necesarios en materia de control
interno.
c) Generar información financiera, presupuestaria
y de operación sin el respaldo suficiente.
d) Comunicar información financiera,
presupuestaria y de operación incompleta,
confusa o dispersa.
e) Omitir supervisar los planes, programas o
proyectos a su cargo, en su caso, las actividades
y el cumplimiento de las funciones del personal
que le reporta.
f) Dejar de salvaguardar documentos e
información que se deban conservar por su
relevancia o por sus aspectos técnicos, jurídicos,
económicos o de seguridad.
g) Ejecutar sus funciones sin establecer las
medidas de control que le correspondan.
h) Omitir modificar procesos y tramos de control,
conforme a sus atribuciones, en áreas en las que
se detecten conductas contrarias al Código de
Ética, las Reglas de Integridad o al Código de
Conducta.
CÓDIGO DE CONDUCTA
C-EC-01 Rev. 2 20
i) Dejar de implementar, en su caso, de adoptar,
mejores prácticas y procesos para evitar la
corrupción y prevenir cualquier conflicto de
interés.
j) Inhibir las manifestaciones o propuestas que
tiendan a mejorar o superar deficiencias de
operación, de procesos o de comportamiento
ético de las y los servidores públicos.
8. Desempeño permanente con integridad
Las y los servidores públicos que desempeñan un
empleo, cargo, comisión o función, conducen su
actuación con legalidad, imparcialidad,
objetividad, transparencia, certeza, cooperación,
ética e integridad.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no
limitativa, las conductas siguientes:
a) Omitir conducirse con un trato digno y cordial,
conforme al Protocolo de atención al cliente
interno y externo4 (ANEXO)
b) Realizar cualquier tipo de discriminación tanto
a otros servidores públicos como a toda persona
en general.
c) Retrasar de manera negligente las actividades
que permitan atender de forma ágil y expedita al
público en general.
d) Hostigar, agredir, amedrentar, acosar, intimidar
o amenazar a compañeros de trabajo o personal
e) Ocultar información y documentación
gubernamental, con el fin de entorpecer las
solicitudes de acceso a información pública.
f) Realizar actividades particulares en horarios de
trabajo que contravengan las medidas aplicables
para el uso eficiente, transparente y eficaz de los
recursos públicos.
g) Omitir excusarse de intervenir en cualquier
forma en la atención, tramitación o resolución
de asuntos en los que tenga interés personal,
familiar, de negocios, o cualquier otro en el que
tenga algún conflicto de interés.
h) Aceptar documentación que no reúna los
requisitos fiscales para la comprobación de
gastos de representación, viáticos, pasajes,
alimentación, telefonía celular, entre otros.
i) Utilizar el parque vehicular terrestre, marítimo
o aéreo, de carácter oficial o arrendado para este
propósito, para uso particular, personal o
familiar, fuera de la normativa establecida por
la dependencia o entidad en que labore.
j) Solicitar la baja, enajenación, transferencia o
destrucción de bienes muebles, cuando éstos
sigan siendo útiles.
k) Obstruir la presentación de denuncias,
acusaciones o delaciones sobre el uso indebido
o de derroche de recursos económicos que
impidan o propicien la rendición de cuentas.
l) Obstruir la presentación de denuncias sobre el
uso indebido o de derroche de recursos
económicos que impidan o propicien la
rendición de cuentas.
m) Evitar conducirse con criterios de sencillez,
austeridad y uso adecuado de los bienes y
medios que disponga con motivo del ejercicio
del cargo público.
n) Conducirse de manera ostentosa, inadecuada y
desproporcionada respecto a la remuneración y
4 El Protocolo de Atención al Cliente Interno y Externo, se presenta en anexo a este Código de Conducta, como un instructivo de actuación a los servidores públicos de IEPSA, a los clientes y al público en general.
CÓDIGO DE CONDUCTA
C-EC-01 Rev. 2 21
apoyos que se determinen presupuestalmente
para su cargo público.
9. Cooperación con la integridad
Las y los servidores públicos en el desempeño de
su empleo, cargo, comisión o función, cooperan
con la dependencia o entidad en la que labora y con
las instancias encargadas de velar por la
observancia de los principios y valores intrínsecos
a la función pública, en el fortalecimiento de la
cultura ética y de servicio a la sociedad.
Son acciones que, de manera enunciativa y no
limitativa, hacen posible propiciar un servicio
público íntegro, las siguientes:
a) Detectar áreas sensibles o vulnerables a la
corrupción.
b) Proponer, en su caso, adoptar cambios a las
estructuras y procesos a fin de inhibir
ineficiencias, corrupción y conductas antiéticas.
c) Recomendar, diseñar y establecer mejores
prácticas a favor del servicio público.
10. Comportamiento Digno5
Las y los servidores públicos en el desempeño de
su empleo, cargo, comisión o función, se conduce
en forma digna sin proferir expresiones, adoptar
comportamientos, usar lenguaje o realizar acciones
de hostigamiento o acoso sexual, manteniendo para
ello una actitud de respeto hacia las personas con
las que tiene o guarda relación en la función
pública.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no
limitativa, las conductas siguientes:
a) Realizar señales sexualmente sugerentes con las
manos o a través de los movimientos del cuerpo.
b) Tener contacto físico sugestivo o de naturaleza
sexual, como tocamientos, abrazos, besos,
manoseo, jalones.
c) Hacer regalos, dar preferencias indebidas o
notoriamente diferentes o manifestar
abiertamente o de manera indirecta el interés
sexual por una persona.
d) Llevar a cabo conductas dominantes, agresivas,
intimidatorias u hostiles hacia una persona para
que se someta a sus deseos o intereses sexuales,
o al de alguna otra u otras personas.
e) Espiar a una persona mientras ésta se cambia de
ropa o está en el sanitario.
f) Condicionar la obtención de un empleo, su
permanencia en él o las condiciones del mismo
a cambio de aceptar conductas de naturaleza
sexual.
g) Obligar a la realización de actividades que no
competen a sus labores u otras medidas
disciplinarias en represalia por rechazar
proposiciones de carácter sexual.
h) Condicionar la prestación de un trámite o
servicio público o evaluación escolar a cambio
5 Regla de Integridad adicionada mediante ACUERDO por el que se modifica el diverso que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el
ejercicio de la función pública, y los Lineamientos Generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 02 de septiembre de 2016.
CÓDIGO DE CONDUCTA
C-EC-01 Rev. 2 22
de que la persona usuaria, estudiante o
solicitante acceda a sostener conductas sexuales
de cualquier naturaleza.
i) Expresar comentarios, burlas, piropos o bromas
hacia otra persona referentes a la apariencia o a
la anatomía con connotación sexual, bien sea
presenciales o a través de algún medio de
comunicación.
j) Realizar comentarios, burlas o bromas
sugerentes respecto de su vida sexual o de otra
persona, bien sea presenciales o a través de
algún medio de comunicación.
k) Expresar insinuaciones, invitaciones, favores o
propuestas a citas o encuentros de carácter
sexual.
l) Emitir expresiones o utilizar lenguaje que
denigre a las personas o pretenda colocarlas
como objeto sexual.
m) Preguntar a una persona sobre historias,
fantasías o preferencias sexuales o sobre su vida
sexual.
n) Exhibir o enviar a través de algún medio de
comunicación carteles, calendarios, mensajes,
fotos, afiches, ilustraciones u objetos con
imágenes o estructuras de naturaleza sexual, no
deseadas ni solicitadas por la persona receptora.
o) Difundir rumores o cualquier tipo de
información sobre la vida sexual de una
persona.
p) Expresar insultos o humillaciones de naturaleza
sexual.
q) Mostrar deliberadamente partes íntimas del
cuerpo a una o varias personas.
CÓDIGO DE CONDUCTA
C-EC-01 Rev. 2 23
9. CÓDIGO DE CONDUCTA
DE LAS Y LOS SERVIDORES
PÚBLICOS DE IEPSA
Como no es posible hacer una lista de situaciones
en las pudiera presentarse un en el comportamiento
de las y los servidores públicos, lo que presentamos
a continuación son algunos ejemplos de la manera
en que deben comportarse las y los servidores
públicos de IEPSA:
1. Las y los servidores públicos que traten con
proveedores, clientes y otras personas para
establecer relaciones comerciales con la
empresa, deberán seleccionar y negociar con
ellos de una manera completamente imparcial,
sin favorecer o dar preferencias basadas en
relaciones amistosas, familiares o bajo la
percepción de una comisión económica. La
única consideración que debe prevalecer es el
mejor interés de la empresa.
2. Las y los servidores públicos en general no
deberán aceptar o pedir, directa o
indirectamente ningún pago, honorario,
servicio o préstamo de ninguna persona o
entidad que haga o trate de hacer negocios con
la empresa.
3. Las y los servidores públicos no aceptarán ni
pedirán, para ellos mismos o familiares,
regalos o tratamientos especiales de personas
o entidades que hagan o pretendan hacer
negocios con la empresa. Un obsequio no debe
influir en la toma de decisiones de negocios.
CÓDIGO DE CONDUCTA
C-EC-01 Rev. 2 24
4. Las y los servidores públicos de IEPSA no
deberán poseer directa o indirectamente
intereses patrimoniales de ninguna entidad
comercial que haga o pretenda hacer negocios
con la empresa. Tampoco las y los servidores
públicos deberán aceptar un cargo en estas
entidades.
5. Las y los servidores públicos no adquirirán
directa o indirectamente terrenos, ni bienes de
cualquier clase en entidades comerciales, si
han tenido acceso a información que revele la
potencialidad de éstas organizaciones para
hacer negocios con la empresa.
6. Si al momento de recibir esta guía, sabe o
supone que está ocurriendo algún conflicto de
interés, debe hacerlo del conocimiento del jefe
inmediato, a fin de evaluar y corregir esta
situación.
7. Cualquier invitación que cubra gastos de viaje
a cargo de un proveedor, relacionado con la
adquisición de un equipo, deberá contar
necesariamente con la autorización escrita de
la Dirección General.
8. Los obsequios que la empresa decida hacer
como gesto de cortesía deberán ser
autorizados por la Dirección General.
9. Deberá evitarse revelar a cualquier proveedor,
las cotizaciones recibidas de otros
competidores a fin de eliminar ventajas
competitivas por predilecciones interesadas.
10. Las y los servidores públicos deberán
abstenerse de solicitar o aceptar préstamos de
clientes, o de proveedores actuales o
potenciales.
11. Ante la duda de encontrase en una posible
situación de conflicto de interés, las y los
servidores públicos deberán plantearla ante la
Dirección General o ante la Gerencia de
Operación, Administración y Finanzas.
Oportunidades de Negocio
Se consideran oportunidades de negocios aquellas
situaciones o actividades extra laborales que el
personal pudiera desarrollar con base en los
conocimientos, información y tecnología que
adquiera en el desarrollo de sus actividades dentro
de la empresa.
La tecnología desarrollada dentro de IEPSA no
puede ser comercializada ni transmitida a otras
empresas, y una transgresión grave de esta política
es emplearla para el desarrollo de negocios
competidores de nuestra empresa.
Si las y los servidores públicos desea publicar
artículos, libros o dictar conferencias basadas en
información generada en IEPSA, deberá solicitar
por escrito una autorización a la Dirección General
o a la Gerencia de Operación, Administración y
Finanzas.
CÓDIGO DE CONDUCTA
C-EC-01 Rev. 2 25
Relaciones familiares internas
Se refiere a situaciones donde se ejerza algún tipo
de influencia para la toma de decisiones motivado
por relaciones con otro trabajador(a) familiar.
Por ningún motivo se autorizará que las y los
servidores públicos sean asignados a un puesto
donde un familiar tenga la oportunidad de
supervisar, auditar, verificar o influir en su trabajo
o en su progreso salarial o promocional.
Es saludable contratar personal que no tenga
vínculos con las y los servidores públicos activos,
pero es inevitable que con el tiempo se puedan
generar relaciones familiares internas. Estas
posiciones pueden no incurrir en conflictos de
interés.
Compromisos de trabajo fuera de IEPSA
Aunque las y los servidores públicos ocupan
plazos de tiempo completo, pudiera alguien tener
actividades profesionales en su tiempo libre o en
vacaciones, como por ejemplo asesorías, docencia
u otras. En estos casos no se presenta conflicto si la
actividad extra laboral no se realiza con empresas
competidoras, ni se emplea información o recursos
de IEPSA.
La discrecionalidad
La discreción, el profesionalismo y la honradez
imponen el manejo responsable y adecuado de la
información a la que tenemos acceso.
No puede revelarse información respecto de la cual
existen criterios legales de reserva o
confidencialidad.
Si existe alguna duda en las y los servidores
públicos sobre la reserva o confidencialidad de una
información, deberá consultarlo con el gerente del
área.
Deberá evitarse dejar documentos reservados o
confidenciales al alcance de cualquier persona, o
hacer comentarios indiscretos dentro y fuera de la
empresa.
La discreción no se confundirá con la
discrecionalidad en el uso de recursos. En IEPSA
siempre haremos una aplicación transparente de los
recursos a nuestro cargo, y cumpliremos con la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública.
Uso de recursos de la empresa
Se espera de cada integrante de IEPSA el
compromiso de utilizar información, las
instalaciones, y los recursos disponibles sólo para
el propósito de su puesto, y no darle un uso personal
o para actividades externas a la empresa.
CÓDIGO DE CONDUCTA
C-EC-01 Rev. 2 26
No deberá utilizarse nuestra razón social o
papelería membretada para beneficio personal, de
familiares u otras personas.
Actividades políticas
Nuestra empresa respeta la libertad de conciencia
de su personal en cuanto al ejercicio de sus
derechos cívicos como ciudadano. IEPSA no
influye, coacciona o restringe la filiación partidista
de su personal.
Bajo este marco de libertades, nuestra empresa se
atribuye el derecho de establecer las siguientes
medidas respecto a las acciones y/o participación
política de las y los servidores públicos:
1. Que no interfieran con el desempeño del puesto
ni se realice en el centro de trabajo.
2. Que cualquier aportación económica sea a título
personal.
3. Que no aparezca como representante de la
empresa.
4. Como visitante a otros países representando a
nuestra empresa deberá abstenerse de
involucrarse en cualquier actividad política
extranjera.
Responsabilidad de los mandos medios y
superiores
Las y los servidores públicos que sean responsables
de la supervisión de otros, deberá:
a) Conocer muy bien éste código y colaborar
directamente en su difusión y promoción.
b) Comunicarle al personal que puede consultarle
cualquier duda sobre las actividades en las que
pudiera incurrir en conflicto de intereses.
c) Promover con su ejemplo los valores de la
empresa, respetar la dignidad de todas las
personas a fin de que prevalezca un ambiente de
justicia, equidad y honestidad, ofreciendo
siempre igualdad de oportunidades.
d) Mantener una posición neutral en el trabajo en
periodo de elecciones a cargos públicos.
Entorno ecológico
Será responsabilidad las y los servidores públicos
el cuidado de los ecosistemas y los recursos
naturales: procuraremos siempre el cuidado del
agua y de los energéticos; separar los desperdicios,
evitaremos ensuciar con grasa o pintura el papel de
desperdicio a fin de que pueda reciclarse y
mantendremos un estricto control sobre la emisión
de contaminantes tanto de nuestra maquinaria
como de la flota de vehículos de carga y de
pasajeros.
CÓDIGO DE CONDUCTA
C-EC-01 Rev. 2 27
10. BENEFICIOS DEL CÓDIGO
DE CONDUCTA PARA IEPSA
En IEPSA creemos que con el buen
comportamiento ético de las y los servidores
públicos, a través de la aplicación de los principios
constitucionales, valores éticos y las reglas de
integridad en su estructura organizacional,
lograremos mejorar el desempeño de su personal y
erradicaremos el comportamiento negativo que
merma su crecimiento. El apropiamiento y práctica
del Código de Conducta fortalecerá los valores de
responsabilidad, honestidad y compromiso
profesional que se verá reflejado en la
conformación de un equipo integral y duradero de
trabajo.
Todas las políticas de transparencia de la entidad
van encaminadas a proteger a la empresa y a apoyar
a las y los servidores públicos. Las y los servidores
públicos honestos, responsables y comprometidos
con su trabajo merecen un ámbito laboral libre de
vicios y corrupción.
Nuestra empresa mantiene un buen record de
integridad por lo que atrae y conserva a sus clientes,
empleados(as) e inversionistas. Nuestra empresa
vincula su nombre con una reputación ética, con
una imagen de integridad y de confianza que se
traduce en la calidad y prestigio de sus productos.
Tenemos la idea de que las compañías que respetan
la Ley desarrollan una mejor relación con las
autoridades, evitan que se les vigile excesivamente
y disminuyen los gastos relacionados con procesos
legales.
Desde el punto de vista de un inversionista, las
organizaciones que se conducen con integridad
representan un riesgo menor que aquellas que
tienen una reputación dudosa.
Cuando observamos y reflexionamos sobre ello,
podemos afirmar que la ética produce bienestar y
beneficios para la empresa, ya que la práctica de los
valores éticos genera confianza y negocios
saludables.
Pensamos que la ética es la más práctica de las
disciplinas filosóficas porque nos dice cómo
comportarnos en beneficio propio y en beneficio de
la sociedad a la que servimos. La ética juzga sobre
lo bueno y lo malo de la naturaleza del hombre: es
bueno todo aquello que acrecienta sus posibilidades
humanas, y malo lo que las encoge o debilita. La
ética representa así la ciencia del verdadero
desarrollo del ser humano.
CÓDIGO DE CONDUCTA
C-EC-01 Rev. 2 28
11. GLOSARIO
Abstenerse: Dejar de hacer algo.
Afectación: Acción de afectar.
Ámbito: Espacio de actuar comprendido
dentro de unos límites determinados.
Anteponer: Colocar una persona o cosa por
delante de otra en el espacio o en el tiempo.
Atribución: Facultad que se da a una persona
el cargo que ejerce.
Austeridad: Sobriedad, ausencia de adornos en
la forma de obrar o vivir.
Bien mueble: artículo o cosa que se puede
trasladar.
Cesar: Dicho de una cosa: Suspenderse o
acabarse.
Código: Conjunto de leyes o normas sobre una
materia determinada.
Coadyuvar: Contribuir, asistir o ayudar a la
consecución de algo.
Coacción: Fuerza o violencia que se hace a
alguien para obligarlo a que diga o ejecute algo.
Competencia: Aptitud o capacidad para llevar
a cabo una tarea.
Contraposición: Oposición de una cosa con
otra.
Contratante: se refiere a la persona que
contrata o requiere el bien o servicio.
Contratista: Persona a la que se encarga la
realización de una obra o servicio por contrato.
Consecución: Acción y efecto de conseguir.
Convicción: Idea religiosa, ética o política a la
que se está fuertemente adherido.
Detrimento: Destrucción leve o parcial
Diligencia: Cuidado y actividad en ejecutar
algo.
Discrecionalidad: Que se hace libre y
prudencialmente.
Eficacia: Capacidad de lograr el efecto que se
desea o se espera.
Eficiencia: Capacidad de disponer de alguien o
de algo para conseguir un efecto determinado.
Enajenación: trasmisión de la propiedad de un
bien como la venta, donación y permuta.
Escrutinio: Examen o análisis exacto y
minucioso que se hace de algo.
Erradicar: Arrancar de raíz.
Férrea: duro o fuerte.
Imparcial: Que juzga o procede con
imparcialidad
Incurrir: Caer en una falta, cometerla.
Indebido: Ilícito, injusto.
Inhibir: Prohibir, estorbar o impedir,
abstenerse, dejar de actuar.
Intrínseco: Característico, esencial.
Legitimidad: Cualidad y características de lo
que es legítimo.
Ostentación: Exhibición o alarde de riqueza y
poder.
Mermar: Disminuir algo o consumirse parte de
lo que antes tenía.
Mérito: Cualidades de una persona que la
hacen digna de premio, reconocimiento o
castigo.
CÓDIGO DE CONDUCTA
C-EC-01 Rev. 2 29
Predilección: Cariño especial con que se
distingue a alguien o algo entre otros.
Prejuicio: Juicio u opinión, generalmente
negativo, que se forma inmotivadamente de
antemano y sin el conocimiento necesario.
Prevalecer: Dicho de una persona o de una
cosa: Sobresalir, tener alguna superioridad o
ventaja entre otras.
Propiciar: Favorecer o facilitar la ejecución de
algo.
Protocolo: Conjunto de reglas y ceremoniales
que deben seguirse en ciertos actos o con ciertas
personalidades.
Proselitismo: Empeño que se pone en ganar
votos para una causa.
Rectitud: sobre algo que tiene integridad,
severidad.
Sustraer: Apartar, separar, extraer.
Transgresión: Quebrantar, violar un precepto,
ley o estatuto.
Veracidad: Cualidad de veraz (Que dice, usa o
profesa siempre la verdad).
Vocación: Inclinación a una profesión o
carrera.
CÓDIGO DE CONDUCTA
Protocolo PA-01 Rev. 0
ANEXO
PROTOCOLO DE ATENCIÓN AL CLIENTE INTERNO Y EXTERNO
1. Saluda al cliente antes que lo haga el.
2. Ten una actitud positiva y muéstrate cortés.
3. Considera tu imagen personal como parte
del servicio.
4. Muestra disponibilidad y atención para ayudar y atender al cliente.
5. Esfuérzate por conocer al cliente y lo que
necesita. Ponte en su lugar.
6. Se amable con un ritmo de voz pausado que no refleje prisa.
7. Mantén control visual con el cliente.
8. Escucha con atención y exprésate con claridad.
9. Contesta las preguntas y no digas no, trata
de buscar una solución o pide ayuda.
10. Convierte tus quejas y sugerencias en oportunidades de mejora para desempeñar tu trabajo.
11. Respeta a tus compañeros y trabaja en
equipo. No promuevas actos de discriminación y lenguaje sexista.
12. Evitar conversaciones o llamadas personales que puedan ser escuchadas por el cliente, si no es posible, evita decir palabras altisonantes o gritar.
13. Recuerda que el cliente es el principal motivo de existencia de la empresa.