COLEGIO LEONARDO DA VINCI COQUIMBO
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN,
CALIFICACIÓN
Y PROMOCIÓN ESCOLAR
(En proceso de actualización)
INNOVACIÓN, FORTALEZA Y SABER
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INTRODUCCIÓN
La evaluación es inherente a todo proceso de aprendizaje, por lo tanto, no debe considerarse como un
elemento aislado, sino como un medio de gran importancia que favorece dicho proceso.
En este Reglamento se entenderá por evaluación al conjunto de acciones lideradas por los profesionales
de la educación para que tanto ellos como los estudiantes puedan obtener e interpretar la información
sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del
aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza.
La evaluación más que centrarse en el grado de dominio que presentan los niños y niñas de porciones
de información, debe centrarse en las formas y medios que utilizan para organizar y relacionar dicha
información con otras; en los procedimientos que aplican para llegar a estructurar conocimientos, así
como en la actitud y compromiso que manifiestan frente a sus procesos personales de aprendizaje
El Reglamento de Evaluación de nuestra Unidad Educativa se sustenta en los siguientes principios:
a) Lo que se evalúa debe ser qué y cómo los estudiantes están aprendiendo lo definido en el
Currículum Nacional
b) Resulta fundamental que, tanto docentes como estudiantes, tengan claridad, desde el comienzo del
proceso de aprendizaje, respecto de qué es lo que se espera que aprendan y qué criterios permiten
evidenciar los progresos y logros de esos aprendizajes.
c) La retroalimentación se considerará como parte fundamental de cada proceso evaluativo.
d) Los procesos y situaciones de evaluación deben propender a que los estudiantes se motiven a
seguir aprendiendo.
e) Las experiencias de evaluación se deben diseñar de modo que ayuden a los estudiantes a poner en
práctica lo aprendido en situaciones que muestren la relevancia o utilidad de ese aprendizaje.
f) No toda evaluación debe conducir a una calificación.
g) Se debe calificar solamente aquello que los estudiantes efectivamente han tenido la oportunidad
de aprender mediante las experiencias de aprendizaje que el docente haya realizado con ellos.
h) En el marco de un enfoque inclusivo, se debe procurar que se utilicen diversas formas de evaluar,
que consideren las distintas características, ritmos y formas de aprender, necesidades e intereses
de los estudiantes, evitando posibles sesgos y problemas de accesibilidad para los estudiantes
i) Se debe procurar que el estudiante tenga una participación activa en los procesos de evaluación.
j) Las planificaciones, y las oportunidades de aprendizaje que estas contemplan, deben considerar
espacios para evaluar formativamente
k) La evidencia de los aprendizajes de los estudiantes que se recoja en los procesos de enseñanza-aprendizaje, debe usarse para analizar continuamente, y ajustar, cuando se considere necesario, las
planificaciones y estrategias pedagógicas.
l) Las evaluaciones que realizan los docentes deben ser de la más alta calidad posible
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Para efecto del presente Reglamento se entenderá por:
a) Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje
mediante un número, símbolo o concepto.
b) Curso: Etapa de un ciclo que compone un nivel, modalidad, formación general
común o diferenciada, del proceso de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla durante una
jornada en un año escolar determinado, mediante los Planes y Programas previamente
aprobados por el Ministerio de Educación.
c) Promoción: Acción mediante la cual el alumno culmina favorablemente un
CUSO, transitando al CUSO inmediatamente superior o egresando del nivel de educación
media.
Considerando que los procesos curriculares son inseparables de los procesos evaluativos que son su
complemento, el Colegio “LEONARDO DA VINCI” en función de las disposiciones establecidas en el
Decreto N° 67 del 20 de febrero de 2018 que “Aprueba normas mínimas nacionales sobre evaluación,
calificación y promoción para los estudiantes de Enseñanza Básica y Enseñanza Media", ha elaborado su
Reglamento de Evaluación que a continuación se presenta.
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TÍTULO I: EVALUACIÓN
ARTÍCULO 1°
El período evaluativo de los y las estudiantes, desde 1° Básico a 4° Medio, será semestral. De acuerdo a
esta modalidad, el año lectivo comprenderá dos Semestres.
1° Semestre: del 02 de marzo al 10 de julio
2° Semestre: del 27 de julio al 04 de diciembre
ARTÍCULO 2° El proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza, podrá usarse formativa o
sumativamente.
Tendrá un uso formativo en la medida que se integra a la enseñanza para monitorear y acompañar el
aprendizaje de los y las estudiantes, es decir, cuando la evidencia del desempeño de éstos, se obtiene,
interpreta y usa por profesionales de la educación y por los y las estudiantes para tomar decisiones acerca
de los siguientes pasos en el proceso de aprendizaje.
a) La evaluación Formativa, además, nos permitirá:
__Determinar el logro de objetivos establecidos para una unidad de aprendizaje
__Conocer el grado de avance de cada estudiante y el grupo en general
__Retroalimentar el proceso de aprendizaje de los estudiantes y buscar las estrategias que permitan
mejorarlo.
Las evaluaciones formativas podrán ser entre otras:
DEPARTAMENTO TIPOS DE EVALUACIÓN
FORMATIVA
LENGUAJE Observación directa, guías de aprendizaje, revisión del
cuaderno, lectura en voz alta, esquemas, mapas
conceptuales, debates, trabajos escritos, producción de
textos, dictados y comentarios, preguntas dirigidas, ticket de
entrada o salida de una clase..
HISTORIA Observación directa, pautas de cotejos, encuestas o
entrevistas, preguntas dirigidas, revisión de cuadernos,
cuestionarios, esquemas, debates y trabajos escritos.
INGLÉS Práctica oral, exposiciones orales, trabajos escritos,
MATEMÁTICA Observación directa, controles, interrogaciones, cálculo mental,
revisión de cuadernillos de ejercicios.
CIENCIAS Guías de trabajo e interrogaciones orales al inicio y/o cierre de
clases.
ARTES Observación directa, control de avance, escalas de apreciación,
listas de cotejo
b) La evaluación Sumativa, tendrá por objeto certificar, mediante una calificación, los aprendizajes
logrados por los estudiantes.
c) Los y las estudiantes y sus familias deberán ser informados de las formas y criterios con los que serán
evaluados, para este efecto, al inicio del semestre, en cada asignatura se les informará los objetivos a
lograr, así como los procedimientos de evaluación que se aplicarán. Durante el transcurso del año y antes
de cada evaluación sumativa los y las estudiantes deben conocer los criterios con los que serán evaluados,
a través de los indicadores de logro especificados en forma escrita en su cuaderno.
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En el caso de estas evaluaciones, cada semestre se aplicará una Evaluación Global de 5° Básico a 4°
Medio en las asignaturas que tengan una carga horaria superior a tres horas. Esta evaluación considera
todos los objetivos de la asignatura trabajados durante el semestre y será coeficiente uno. Los estudiantes
se podrán eximir de esta evaluación si presentan un nivel de logro igual o superior a 6,0. El/ la profesora
informará al curso el listado de estudiantes que se eximen una semana antes de la evaluación global.
e) La aplicación de instrumentos de evaluación se realizará solo cuando hayan sido autorizados
previamente por la U.T.P, con un grado de exigencia de un 60%, registrándose las notas en el libro de
clases cuando, a lo menos el 60% de la matrícula efectiva del curso haya logrado la nota mínima
de aprobación.
f) Cuando los resultados sean deficientes; en primera instancia, el docente informará al jefe de Unidad
Técnica para elaborar en conjunto mecanismos de retroalimentación y procesos remediales, que le
permita elevar el progreso de aprendizajes de los estudiantes. Tales acciones deben ser de total
conocimiento por los padres y apoderados, así como también por los estudiantes.
g) Si fuera necesario, en caso de requerir más tiempo para refuerzo de objetivos de aprendizajes con los
estudiantes, se procederá en conjunto con Unidad Técnica a recalendarizar evaluaciones; esta
recalendarización será oportunamente informada a estudiantes y apoderados a través de agenda
institucional.
h) En todas las asignaturas no se podrá aplicar una nueva evaluación sin haber informado a los estudiantes
los resultados de la anterior.
ARTÍCULO 3°: Mecanismos de información, respecto a los procesos evaluativos:
a) El/la profesora entregará antes de una evaluación sumativa el temario a sus estudiantes, el que deberá
ser registrado en su agenda escolar. Los estudiantes de primero y segundo básico recibirán su temario
impreso.
b) El profesor(a) deberá mantener informado al estudiante de los resultados obtenidos en las evaluaciones
aplicadas durante el año. Se considera un plazo máximo de 15 días para entregar resultados, contados
desde la fecha en que se rindió la evaluación. El/la estudiante debe revisar los resultados de su evaluación
y hacer las observaciones si las hubiere, el mismo día de entrega de la prueba.
c) En las asignaturas que no utilizan pruebas escritas, se dará a conocer el registro del cotejo o apreciación
de logros que originaron las respectivas calificaciones, siendo informados los apoderados a través de los
estudiantes (pauta anexa a trabajos) y, en entrevistas personales (en los casos que fuese necesario).
d) Los padres, madres y apoderados, serán incorporados al proceso de aprendizaje de sus hijos(as) en los
cursos de 1° a 4° básico, por medio de talleres en el aula con ejercicios para apoyar a sus pupilos en el
hogar, para el refuerzo de conductas y conocimientos, así como también para que adquieran nociones
básicas de control del avance del aprendizaje de sus hijos(as).
e) Para conocimiento de los apoderados, los estudiantes del Primer Ciclo Básico tendrán una carpeta o
archivador de pruebas que deberán ser firmadas periódicamente. Además, los estudiantes de 5° Básico a
4° Medio registrarán sus calificaciones parciales obtenidas en la Agenda personal, vigente en esta Unidad
Educativa.
f) Todos los apoderados serán informados periódicamente del estado de avance de sus hijos(as), a través
de la entrega de informes mensuales y semestrales de calificaciones e Informe de Desarrollo Personal;
además, podrá informarse personalmente de la situación escolar de su hijo(a) en las entrevistas que
solicite o a las que será citado por profesor(a) jefe, de asignatura, Unidad Técnica, Orientadora u otro
miembro del Equipo.
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g) Los docentes reunidos por Departamentos tendrán la oportunidad de reflexionar en conjunto
respecto de la implementación del currículum, acordar criterios de evaluación, determinar evidencias
importantes de acuerdo a la asignatura impartida, analizar procesos evaluativos que están
implementando, respecto de su pertinencia, suficiencia, variedad, diversificación, entre otros aspectos.
Para este fin se organizan semanalmente las siguientes instancias:
Consejo técnico
Reunión PIE focalizada
Horas de trabajo colaborativo con profesionales del PIE
Reuniones periódicas de Departamentos.
ARTÍCULO 4°
a) Nuestro Colegio, en la medida de sus posibilidades, establecerá físicamente un ambiente adecuado que
favorezca la inserción de estudiantes con algún tipo de necesidad, para integrarlos al proceso de
Aprendizaje.
En este sentido y con el claro propósito de ofrecer mejores condiciones a nuestros estudiantes, el colegio
cuenta con Programa de Integración Escolar, el que nos permite realizar un trabajo colaborativo entre
diversos profesionales como fonoaudiólogo, Profesores de Educación Diferencial, psicólogas, entre otros
quienes desarrollan atención específica en las áreas que nuestros estudiantes desde NT1 a Cuarto Medio
lo requieran. Estos especialistas están en contacto permanente con los Profesores(a) jefes, Orientadora,
Profesores(a) de asignaturas, Unidad Técnica y Dirección.
b) Los y las estudiantes que presenten necesidades educativas especiales asociadas a un diagnóstico y
que sea necesario evaluar de manera diferenciada o realizar algún tipo de adecuaciones curriculares (AC),
deberán presentar un Certificado Médico o informe de un especialista del área respectiva que certifique
estas necesidades. Lo anterior será analizado por los profesionales del equipo de aula y los ajustes serán
determinado en coherencia a las características individuales de cada estudiante, con el fin de asegurar su
participación, permanencia y progreso en el sistema escolar.
c) Los estudiantes con necesidades educativas, diagnosticados de manera interna y/o externa participarán
en Programa de integración escolar a través de estrategias de co-enseñanza y trabajo colaborativo dentro
del aula común. Además, cuando las necesidades lo requieran, participarán del aula de recursos (apoyo
específico, refuerzo curricular) organizado por equipo PIE y Unidad Técnica Pedagógica.
d) La ejecución de las Adecuaciones Curriculares se realizará una vez que se hayan implementado, desde
la planificación, medidas diversificadas que consideren los principios de universalidad declarados en el
Diseño Universal de Aprendizaje y normado por el decreto ley n° 83/2015.
La progresión en la implementación del decreto ley n°83/2015, se ajustará a lo establecido en la
normativa vigente, la que se detalla a continuación:
Año 2017: NT1, NT2, 1° y 2° básico
Año 2018: hasta 4° básico
Año 2019: hasta 6° básico
Año 2020: hasta 4° medio
e) La presencia del Profesor de educación diferencial se hará efectiva, solamente, cuando por horario le
corresponda asistir al curso que esté en evaluación. La función principal que el educador diferencial
realice durante este período, será mediar cognitivamente las instrucciones del instrumento, que ha sido
ajustado a las necesidades del proceso evaluativo.
f) La evaluación diferenciada puede ser realizada, no sólo, en las asignaturas donde el o la estudiante
presente mayores necesidades, según la evaluación integral realizada; sino también en unidades de
complejidad creciente de otras asignaturas, para ello el equipo de aula define los procedimientos más
apropiados de evaluación.
g) Las adecuaciones en los instrumentos escritos de evaluación se consignarán en un cuadro que
especifique las acciones diferenciadas para cada estudiante, de acuerdo a las necesidades y complejidad
de la evaluación:
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Sr/a apoderado/a, en la evaluación realizada a su hijo/a se han efectuado las prácticas diferenciadas que se indican con una X. Se le recuerda que las prácticas consideradas han sido determinadas por el/la docente de la asignatura y profesional especialista, considerando la pertinencia y necesidad de éstas, además de los resultados obtenidos en la evaluación y características individuales de su hijo/a.
Prácticas Diferenciadas
Asistencia de Educadora diferencial durante el periodo de evaluación.
Monitoreo antes, durante y término de la evaluación.
Mediación cognitiva a nivel de instrucciones.
Mediación conductual.
Monitoreo en el seguimiento de instrucciones.
Evaluación oral que reemplaza la escrita o parte de éste.
Extensión en el tiempo: la prueba se parcela en 2 etapas, la primera realizada en el aula común durante los _____ minutos correspondientes a la fecha de su aplicación. La segunda se realiza en otro momento (fecha: )
Parcelación de evaluación, desarrollándose en dos clases de la misma asignatura.
Evaluación aplicada por educadora diferencial en aula dispuesta para el procedimiento, libre de distractores (aula de recursos).
Comprobación oral de sus respuestas escritas.
Contención afectiva en la realización de su evaluación.
Metacognición en el proceso de revisión de su escritura.
Evaluación oral en sustitución de la escrita.
Modificación en el instrumento a nivel de disminución de alternativas por pregunta.
Modificación en el instrumento a nivel de disminución de ejercicios.
Modificación en el instrumento a nivel de eliminación de ítem de mayor complejidad.
Retroalimentación oral de las instrucciones.
Posibilidad de superar calificación por medio de guía de ejercicios, trabajo complementario u otro/a, el cual tendrá una ponderación de ______% .
Ubicación estratégica del/la estudiante dentro del aula.
Utilizar esquemas gráficos en la resolución de problemas.
Utilización de material concreto en desarrollo de evaluación.
Resaltar aquellas palabras que puedan ayudarle a mejorar su atención
Comunicación directa con la familia, a través de comunicaciones, enviando temario para estudiar y reforzar contenidos en el hogar.
Trabajo colaborativo con docente en la planificación de la evaluación escrita (elección de ejercicios a considerar en el instrumento evaluativo, jerarquización de ejercicios, insertar desafíos, entre otros).
Revisión de evaluación y socialización entre docente y profesor especialista.
Otros:______________________________________________________________________________
Docente Firma
Nombre y firma de docente de Asignatura
Nombre y firma de docente de Ed. Diferencial
h) Las adecuaciones curriculares significativas se harán efectivas cuando el diagnóstico del o la
estudiante lo precisen. Toda adecuación curricular efectuada de carácter significativa, será formalizada
por medio del documento denominado Planificación de Adecuación Curricular Individual (PACI) y en
su elaboración participarán todos los profesionales del equipo de aula, en conjunto con la unidad Técnica
respectiva. Lo anterior en conocimiento y acuerdo del apoderado.
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TÍTULO II: CALIFICACIÓN
ARTÍCULO 5º
a) La representación del logro en el aprendizaje expresados como calificaciones de los estudiantes en
cada uno de las asignaturas, se anotarán en una escala numérica de 1.0 a 7.0 hasta con un decimal para
fines de registrarlos en libro de clases u otros documentos.
b) La calificación mínima de aprobación será 4.0
c) El nivel de exigencia para todas las evaluaciones será de un 60%.
d) Los y las estudiantes obtendrán durante el año escolar las siguientes calificaciones:
1.- CALIFICACIONES PARCIALES:
Corresponderán a las calificaciones coeficiente uno asignadas durante el semestre y obtenidas en cada
una de las asignaturas o actividades de aprendizaje del plan de estudio y se expresarán hasta con un
decimal El porcentaje de exigencia que aplicará el colegio corresponde a un 60% en todas las asignaturas.
(Exceptuando las disposiciones establecidas en el presente artículo N°8 letra e) de este reglamento)
Para consignar las notas parciales en el libro de clases, deberá haber un mínimo de 60% de aprobación
de la matrícula efectiva del curso sometido a dicha instancia de evaluación. (Salvo situaciones
excepcionales analizadas por dirección, Unidad Técnica y el profesor correspondiente)
2.-CALIFICACIONES SEMESTRALES:
Corresponderán, en cada una de las asignaturas o actividades de aprendizaje del plan de estudio, al
promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas en el semestre, y se expresarán hasta con
un decimal, aproximando hasta la centésima 4 a la décima inferior y desde la centésima 5 a la décima
superior 3.-CALIFICACIONES FINALES:
Corresponderán en cada una de las asignaturas de aprendizaje al promedio aritmético de las calificaciones
semestrales, y se expresarán hasta con un decimal, aproximando hasta la centésima 4 a la décima inferior
y desde la centésima 5 a la décima superior.
4.-PROMEDIO ANUAL
Corresponderán al promedio aritmético de las calificaciones finales obtenidas por el estudiante en cada
una de las asignaturas del plan de estudio y se expresará hasta con un decimal, aproximando hasta la
centésima 4 a la décima inferior y desde la centésima 5 a la décima superior.
d) La cantidad de calificaciones parciales por semestre, será definida por los Departamentos respectivos y la
Unidad Técnica: (Por definir)
DEPARTAMENTO NÚMERO MÍNIMO DE CALIFICACIONES
LENGUAJE
INGLÉS
MATEMÁTICA
CIENCIA
HISTORIA
EDUCACIÓN FÍSICA
ARTES
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ARTÍCULO 6°
El Plan de estudios de nuestro colegio establece las siguientes asignaturas en Enseñanza Básica y
Enseñanza Media.
Plan de estudio Enseñanza Básica ASIGNATURAS CURSOS Y NÚMEROS DE HORAS
1° B 2° B 3° B 4° B 5° B 6° B 7° B 8° B LENGUAJE Y COMUNICACIÓN 8 8 8 8 6 6 6 6 INGLÉS 2 2 3 3 3 3 3 3 EDUCACIÓN MATEMÁTICA 8 8 6 6 6 6 6 6 HISTORIA, GEOGRAFÍA Y CIENCIAS SOCIALES
3 3 3 3 4 4 4 4
CIENCIAS NATURALES 3 3 3 3 4 4 4 4 ARTES VISUALES 2 2 2 2 2 2 MUSICA 2 2 2 2 2 2 EDUCACION ARTÍSTICA 4 4 TECNOLOGÍA 1 1 1 1 2 2 2 2 EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD 4 4 4 4 2 2 2 2 ORIENTACIÓN 1 1 1 1 1 1 1 1 RELIGIÓN 2 2 2 2 2 2 2 2 CONSEJO DE CURSO 1 1 1 1 1 1 TALLER MEDIO AMBIENTE/YOGA/CRA 2 2 TALLER DE DEPORTES, MANUALIDADES Y CIENCIA
2 2
TALLER DE LENGUAJE ”MIL AVENTURAS POR DESCUBRIR”
1 2
TALLER DE DEPORTES, MÚSICA Y ARTES 2 2 2 2 TALLER DE MATEMÁTICA 1 2 TOTAL HORAS 38 38 38 38 38 38 39 39
Plan de Estudio Enseñanza Media
ASIGNATURAS CURSOS Y NÚMEROS DE HORAS 1° M 2 ° M 4° M LENGUA CASTELLANA Y COMUNICACIÓN 6 6 3 INGLÉS 4 4 3 MATEMÁTICA 7 7 3 HISTORIA Y CIENCIAS SOCIALES 4 4 4 BIOLOGÍA 2
2 2
2 2 2
2 QUÍMICA 2 FÍSICA 2 PSICOLOGÍA/ FILOSOFÍA 3 EDUCACIÓN TECNOLÓGICA 2 2 ARTES VISUALES O ARTES MUSICALES 2 2 2 EDUCACIÓN FÍSICA 2 2 2 CONSEJO DE CURSO 1 1 1 ORIENTACIÓN 1 1 1 RELIGIÓN 2 2 2
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FORMACIÓN DIFERENCIADA (9)
CIENCIAS SOCIALES Y REALIDAD NACIONAL 2 INGLÉS SOCIAL COMUNICATIVO 2 ARTES VISUALES Gráfica, Pintura y escultura 2 LENGUAJE Y SOCIEDAD 3 EVOLUCIÓN, ECOLOGÍA Y AMBIENTE 2 FÍSICA:FORMACIÓN DIFERENCIADA 2 QUÍMICA: FORMACIÓN DIFERENCIADA 2 ÁLGEBRA Y MODELOS ANALÍTICOS 3
HORAS DE LIBRE DISPOSICIÓN TALLER DE LENGUAJE 2 2 2 TALLER DE MATEMÁTICA 2 2 2 TALLER CIENCIA 1 1 TOTAL HORAS 42 42 43
*ASIGNATURAS ELECTIVAS Y TALLERES Las asignaturas electivas se definirán al finalizar Segundo Medio. El proceso de definición de Electivo
será responsabilidad de Orientación y Unidad Técnica, se basará en la aplicación de test y encuesta de
intereses, además de la orientación vocacional, la que se trabaja en aula.
Si un estudiante al iniciar Tercer Año Medio solicita cambio de electivo, deberá agendar entrevista con
UTP y Orientación, quienes realizarán los análisis y gestionarán de acuerdo a la situación de cada
estudiante. El cambio de Electivo solo se autorizará hasta el 30 de marzo de cada año.
Sólo en situaciones excepcionales se autorizarán cambios una vez finalizado el Primer Semestre. Para
este fin, será el estudiante quien presentará una solicitud a Unidad Técnica y Orientación, quienes
realizarán estudio de la situación y aprobarán o rechazarán la solicitud de acuerdo a la hoja de vida del
estudiante y sus resultados académicos.
En el caso de los talleres electivos de quinto a octavo, el cambio de taller se podrá hacer efectivo por
situaciones excepcionales analizadas entre él o los docentes de Taller y Unidad Técnica. Cuando la
situación lo amerite, el cambio de taller podrá ser autorizado a partir de certificado médico que lo
respalde.
ARTÍCULO 7º
De la Eximición Los estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura o módulo del plan de estudio (Artículo
N°5 del Decreto N°67 del 20/02/2018). Para aquellos estudiantes que mediante certificado médico estén
impedidos de realizar alguna actividad de aprendizaje ya sea por período transitorio o permanente podrán
optar a una adecuación curricular; motivo por el cual, la actividad será reemplazada por otra que apunte
al mismo objetivo de aprendizaje. El certificado médico se presenta al Jefe de Unidad Técnica respectivo.
Por lo anterior los estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura o módulo del plan de estudio,
debiendo ser evaluados en todos los cursos y en todas las asignaturas que el plan contempla.
ARTICULO 8º
Situaciones especiales que se puedan presentar durante el proceso de evaluación:
a) En el caso de que un estudiante falte a una evaluación calendarizada e informada con anticipación por
el profesor de asignatura, y, esta ausencia sea justificada oportunamente, el estudiante deberá presentarse
a dicha evaluación en el horario acordado con el profesor correspondiente.
b) Sólo se entenderá justificada la inasistencia de acuerdo a las siguientes condiciones:
__Presentando certificado médico que respalde la inasistencia (este documento se presentará el día en
que el estudiante se reintegre a clases)
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__Que el apoderado justifique personalmente el día de la evaluación o al reintegrarse el o la estudiante a
clases. (con una justificación que, por su naturaleza, amerite la reprogramación)
__Si él o la estudiante se encuentra representando al establecimiento el día en que estaba programada la
evaluación
c) Si un estudiante falta a una evaluación y no cumple con los requerimientos detallados en el punto
anterior, se le aplicará la evaluación cuando el profesor lo determine y con una exigencia de un 70%
d) -En el caso de que un estudiante sea sorprendido copiando, usando "torpedo" o mirando su cuaderno,
libro o cualquier documento escrito de la asignatura que se evalúa, se procederá a retirar la prueba y
se dejará registro escrito de la situación en la hoja de vida del estudiante, para el posterior estudio
de la situación con Unidad Técnica; no obstante, para cualquier procedimiento de evaluación que
se defina, la ponderación corresponderá a un 75%. El mismo procedimiento se aplicará en el caso
que el estudiante presente trabajos ajenos. De todas estas situaciones será informado el apoderado en
entrevista con el profesor de la asignatura correspondiente.
e) En el caso de que un estudiante se niegue a dar una prueba, sin mediar un motivo justificado, será
citado su apoderado junto al estudiante por Unidad Técnica junto al profesor (a) de asignatura para
analizar en conjunto la situación y definir una nueva fecha de evaluación. Para estos efectos y de acuerdo
a la situación se aplicará y 80% de exigencia.
ARTICULO 9º
El logro de los OBJETIVOS DE APRENDIZAJE TRANSVERSALES se registrará en el Informe de
Desarrollo Personal y Social del estudiante, el que se entregará semestralmente a los apoderados junto
con el Informe de Calificaciones.
El equipo de Docentes de la Unidad Educativa en talleres de orientación formulará sus acuerdos
para la elaboración del Informe de Personalidad donde finalmente se registrará el logro de los Objetivos
de Aprendizaje Transversales.
- Este Informe corresponderá al análisis del Registro de Observaciones en la Hoja de Vida del
estudiante.
Lo emitirá el Profesor Jefe, quien deberá consultar la opinión del o los Profesores que trabajan en su
curso; para estos efectos, se realizará Consejo de Orientación (donde estando presentes los docentes del
curso), se analizarán los antecedentes de los y las estudiantes, y se definirá su Informe.
ARTICULO 10º
La calificación obtenida por los estudiantes en la asignatura de Religión no incidirá en su promoción.
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TÍTULO III: PROMOCIÓN
ARTICULO 11º
1.- RESPECTO AL LOGRO DE OBJETIVOS
a) Serán promovidos los estudiantes que hubieren aprobado todas las asignaturas o actividades de sus
respectivos Planes de Estudio.
b) Serán promovidos los estudiantes que no hubieren aprobado una asignatura, siempre que su nivel
general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior, incluida la asignatura no aprobada.
c) Serán promovidos los estudiantes que no hubieren aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel
general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior. Para efecto del cálculo de este promedio
se considerará la calificación de las dos asignaturas no aprobados.
2.- RESPECTO DE LA ASISTENCIA
1- Para ser promovidos los estudiantes, deberán asistir a lo menos, al 85% de las clases establecidas en
el Calendario Escolar Anual.
2- No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, la Dirección del
Establecimiento previo informe del Profesor Jefe, podrá autorizar la promoción de los estudiantes de 1º
a 4º año de Enseñanza Básica con porcentajes menores de asistencia. Para los estudiantes de Quinto a
Cuarto Año de Enseñanza Media, esta resolución deberá ser aprobada por el Consejo de Profesores.
ARTÍCULO 12º
La Dirección del Establecimiento en conjunto con la U.T.P. y si la situación lo amerita, el o los
profesores respectivos, deberán resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de los
estudiantes de 1º a 4º año de Enseñanza Básica. Para los estudiantes de 5º Básico a Cuarto Año de
Enseñanza Media, esta resolución deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores
Todas estas situaciones de evaluación deberán quedar resueltas dentro del período escolar
correspondiente.
A continuación, se detallan los procedimientos que se aplicarán en el Establecimiento frente a situaciones
especiales:
Situaciones especiales Procedimientos
Enfermedades prolongadas
con respaldo médico
Unidad Técnica reprogramará el calendario de evaluaciones parciales hasta que
el estudiante se encuentre en condiciones de salud para rendirlas.
Enfermedades prolongadas
de índole psiquiátrico
En el caso de estudiantes con situaciones psiquiátricas, respaldadas con
certificados de los médicos tratantes que sugieran reposo parcial o total y que
recomienden que sean evaluados de manera diferenciada, con la autorización
de la Dirección del establecimiento, Utp organizará cronograma de
evaluaciones en las distintas asignaturas y se entregará al apoderado solicitante.
Para todos los efectos esta situación, no se podrá extender a todo el año escolar.
Embarazo y maternidad (Decreto 79/2005)
Unidad Técnica reprogramará calendarios de evaluaciones parciales hasta que
la estudiante se encuentre en condiciones de salud para rendirlas y se enviará
por medio del apoderado(a) guías u otras actividades que la estudiante esté
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capacitada para realizar, pudiendo evaluar estos trabajos en caso de situaciones
extremas que le impidan a la estudiante embarazada o madre asistir al
Establecimiento.
Finalización anticipada del
Semestre por situaciones
de salud.
Se promediarán las calificaciones parciales obtenidas hasta la fecha de la
finalización, siempre y cuando esta fecha coincida con el periodo final del
primer o segundo semestre en curso.
Cierre anticipado del año
escolar
Se realiza a solicitud del apoderado(a) en las siguientes situaciones
consideradas excepcionales:
Situación de índole siquiátrico: el apoderado(a) deberá presentar a la Unidad
Técnica respectiva informe del o los especialistas tratantes, donde se sugiera el
cierre del año (esto solo será posible después de la quincena de octubre). Para
todos los efectos el colegio se reserva el derecho de solicitar trabajos específicos
que puedan completar las notas mínimas.
Cambio de residencia dentro o fuera del país: el apoderado(a) solicita
entrevista con Unidad Técnica respectiva para presentar su situación.
Unidad Técnica en base a los antecedentes aportados por el apoderado(a) previa
autorización de Dirección cierra el año escolar. Este procedimiento excepcional
solo se realizará a partir del mes de octubre.
Asistencias a pasantías,
Congresos u otras
instancias de
representación del
Establecimiento
Unidad Técnica reprogramará el calendario de evaluaciones parciales hasta que
el estudiante asista al establecimiento en forma regular.
Servicio militar Dirección, si corresponde entrega la documentación oficial de la institución con
las calificaciones e informe de Desarrollo Personal obtenido hasta el periodo
que el estudiante se traslada al recinto militar, con el fin que pueda seguir sus
estudios donde el ejército u otra rama de las fuerzas armadas lo determinen.
Ausencias prolongadas
definidas por el consejo de
profesores por actitudes
disruptivas graves en el
aula, explicitadas en el
Manual de Convivencia
Escolar.
Dirección y Unidad Técnica informan al estudiante y apoderado las instancias
y fechas en las cuales el estudiante realizará las actividades pedagógicas y
evaluativas, necesarias para cumplir con las exigencias del nivel
correspondiente.
Para la preparación del estudiante se le hará entrega del material elaborado para
el curso: guías, textos informativos, orientaciones para la elaboración de
informes, pautas de evaluación u otros, de acuerdo a la asignatura
correspondiente, todo detallado en Plan especial.
ARTÍCULO 13º
a) La situación final de promoción o repitencia excepcional de los estudiantes deberá quedar resuelta al
término de cada año escolar.
b) Análisis de resultados para la toma de decisiones de promoción Se realizará un consejo pedagógico trimestral con la finalidad de identificar a aquellos estudiantes que
presentan dificultades en el área académica y peligran la promoción del año escolar.
Con aquellos estudiantes:
1. Serán derivados al equipo de apoyo psicosocial si sus resultados se encuentran relacionados con el
área emocional o familiar.
2. Serán atendidos por el Programa de Integración escolar, si pertenecen a este, con la finalidad de buscar
estrategias de apoyo desde el equipo de profesionales que lo atienden.
3. El profesor de la asignatura, que el estudiante tiene resultados deficientes, entrevistará al apoderado
y/o estudiante, dependiendo del nivel, o se comunicará vía agenda escolar con él, con la finalidad de
entregar orientaciones para que el estudiante sea acompañado y supervisado en el hogar.
4. Se destinarán talleres de reforzamiento, de acuerdo a las necesidades.
COLEGIO LEONARDO DA VINCI COQUIMBO
5. Como última instancia, y acordado por el consejo de profesores en conjunto con Unidad Técnico
pedagógica, se dará la posibilidad de un examen recuperativo finalizado el año escolar, en la o las
asignaturas no logradas. Para estos efectos, se formará una comisión evaluadora que estará conformada
por la profesora jefe, profesor o profesora de la asignatura y la Unidad Técnica.
Este examen tendrá una ponderación del 30%, podrá ser escrito u oral y será determinante para definir la
situación final del estudiante.
c) Análisis de resultados para la toma de decisiones de Repitencia Como lo indica el Artículo 11 del Decreto N° 67, sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente,
los establecimientos educacionales, a través del Director y su Equipo Directivo, deberán analizar la
situación de aquellos estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados o
que presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje
en el curso siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción o repitencia de
estos estudiantes. Dicho análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información recogida en
distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión del estudiante, su padre,
madre o apoderado.
Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe elaborado por el jefe técnico-
pedagógico, en colaboración con el profesor jefe, otros profesionales de la educación, y profesionales del
establecimiento que hayan participado del proceso de aprendizaje del alumno. El informe,
individualmente considerado por cada estudiante, deberá considerar, a lo menos, los siguientes criterios
pedagógicos y socioemocionales:
1. El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;
2. La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el estudiante y los logros de su grupo
curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de sus aprendizajes en el curso
superior; y
3. Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación del estudiante y que
ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral.
El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior, podrá ser consignado en la hoja de vida del
estudiante.
ARTÍCULO 14º
Las Actas de Registro de calificaciones y promoción escolar consignarán en cada curso las
calificaciones finales en cada asignatura, la situación final de los estudiantes y la cédula de identificación
nacional de cada uno de ellos.
De acuerdo a las disposiciones vigentes, las Actas de Registro de calificaciones se envían a través
del Sistema SIGE (sistema información general de estudiantes). El Establecimiento guardará una copia
impresa con las firmas de docentes, encargado de Actas y Dirección.
ARTÍCULO 15º
Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstos en el presente Reglamento, serán
resueltas por la Dirección del Establecimiento, y en caso de ser necesario, con consulta a la Secretaría
Regional Ministerial de Educación, dentro de la esfera de su competencia.
Coquimbo, diciembre de 2019.