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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
GACETA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE CHIMALHUACÁN,
ESTADO DE MÉXICO
ADMINISTRACIÓN 2019 – 2021
PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL.
PLAZA ZARAGOZA S/N, CABECERA MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN, MÉXICO
AÑO I NÚMERO 18 VOLUMEN 1/1
SE IMPRIMEN DEL PRESENTE 30 EJEMPLARES
Chimalhuacán, Estado de México, a 30 de Agosto de 2019
SUMARIO: MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCION DE SALUD
MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
ÍNDICE
38.ª SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO.………………..…………………………….…….... 4 I. INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................... 5
II. ANTECEDENTES. ................................................................................................................... 6
III. OBJETIVO DEL MANUAL. ................................................................................................. 7
IV. ESTRUCTURA ORGÁNICA. .............................................................................................. 8
V. MARCO JURÍDICO. ................................................................................................................. 9
VI. DE LA DIRECCIÓN DE SALUD MUNICIPAL. ............................................................... 12
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 12
B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 13
C) FUNCIONES ................................................................................................................... 18
D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 21
VII. DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL DE ZOONOSIS Y EL BIENESTAR
ANIMAL. ........................................................................................................................................... 22
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 22
B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 23
C) FUNCIONES ................................................................................................................... 24
D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 26
VIII. DEL DEPARTAMENTO DE NORMATIVIDAD SANITARIA. ....................................... 27
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 27
B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 28
C) FUNCIONES ................................................................................................................... 29
D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 31
IX. DEL DEPARTAMENTO DE EPIDEMIOLOGÍA. ............................................................ 32
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 32
B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 33
C) FUNCIONES ................................................................................................................... 34
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D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 36
X. DEL DEPARTAMENTO DE MEDICINA PREVENTIVA Y ATENCIÓN A LA
COMUNIDAD .................................................................................................................................. 37
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 37
B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 38
C) FUNCIONES ................................................................................................................... 39
D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 42
XI. DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS DE EMERGENCIA ..................................... 43
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 43
B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 44
C) FUNCIONES ................................................................................................................... 45
D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 47
XII. DEL DEPARTAMENTO DE PROYECTOS PARA LA SALUD.................................... 48
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 48
B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 49
C) FUNCIONES ................................................................................................................... 50
D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 51
XIII. DEL DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA ................................................................. 52
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 52
B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 53
C) FUNCIONES ................................................................................................................... 53
D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 55
XIV. DIRECTORIO ...................................................................................................................... 56
XV. VALIDACIÓN ....................................................................................................................... 57
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EN EL MUNICIPIO DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO SIENDO LAS ONCE HORAS, DEL DÍA VEINTITRÉS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SE LLEVÓ A CABO LA 38.ª SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, EN LAS INSTALACIONES QUE OCUPA LA SALA DE CABILDO DEL PALACIO MUNICIPAL, UBICADO EN PLAZA ZARAGOZA, SIN NÚMERO, CABECERA MUNICIPAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 112, 113, 128 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO; 15, 16 FRACCIÓN III, 19, 27, 28, 29, 30 Y 48 FRACCIONES I Y IV, ARTÍCULO 91 FRACCIÓN I DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. ESTANDO PRESENTES LOS INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO: EL C. JESÚS TOLENTINO ROMÁN BOJÓRQUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL. RÚBRICA.- KARINA SALGADO ALCANTARA, PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL. RÚBRICA.- EDUARDO MORALES GÓMEZ, SEGUNDO SÍNDICO MUNICIPAL. RÚBRICA.- ANDREA BECERRIL VÁZQUEZ, TERCER SÍNDICO MUNICIPAL. RÚBRICA.- ARACELI HINOJOSA JAIMES, PRIMERA REGIDORA. RÚBRICA.- ALEJANDRO CRUZ GALLARDO, SEGUNDO REGIDOR. RÚBRICA.- JOAQUINA TORRES CARMONA, TERCERA REGIDORA. RÚBRICA.- LUIS JORGE HERMENEGILDO GONZÁLEZ MARTÍNEZ, CUARTO REGIDOR. RÚBRICA.- ZAYRA LIZETH HUERTA PALMA. QUINTA REGIDORA. RUBRICA -
ISMAEL MOTA GONZÁLEZ, SEXTO REGIDOR. RÚBRICA.- MARÍA ANGÉLICA OLIVARES PAEZ, SÉPTIMA REGIDORA. RÚBRICA.- PABLO ARAM CASTRO ESCALONA, OCTAVO REGIDOR. RÚBRICA.- SOCORRO PÉREZ SÁNCHEZ, NOVENA REGIDORA. RÚBRICA.- ALEJANDRA GARCÍA GARCÍA, DECIMA REGIDORA. RUBRICA - CARLOS RAMÍREZ BOBADILLA, DÉCIMO PRIMER REGIDOR. RÚBRICA.- MARÍA DEL ROSARIO CANO SILVA, DÉCIMO SEGUNDA REGIDORA. RÚBRICA.- JOSÉ LUIS VALVERDE GUTIÉRREZ, DÉCIMO TERCER REGIDOR. RÚBRICA.- LAURA CONTRERAS VELAZQUEZ, DÉCIMO CUARTA REGIDORA. RÚBRICA.- PATRICIA LOYOLA CALDERON, DÉCIMO QUINTA REGIDORA. RÚBRICA.- ALEJANDRO TOLENTINO SAN AGUSTÍN, DÉCIMO SEXTO REGIDOR. RÚBRICA.- CONTANDO CON LA ASISTENCIA DE 20/20. APROBÁNDOSE POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS ASISTENTES 20/20. DOY FÉ: ROSALBA PINEDA RAMÍREZ, SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO. RÚBRICA.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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I. INTRODUCCIÓN
La Dirección de Salud municipal es la unidad administrativa encargada de proporcionar
servicios de salud preventiva en el municipio de Chimalhuacán, atendiendo a las
necesidades y requerimientos sanitarios de la población, tomando acciones concretas
para prevenir y disminuir los factores de riesgo que causan daños a la salud, promoviendo
la colaboración de la ciudadanía en coordinación con los sectores públicos, social y
privado.
Por lo anterior, se formula el presente manual de organización de la Dirección de Salud
Municipal de Chimalhuacán como un instrumento administrativo, que tiene el objetivo de
alcanzar una mayor efectividad en el desempeño de las funciones propias para mejores
resultados, por tanto en el presente documento se precisan las atribuciones legales y
funciones que deberá ejercer cada servidor público adscrito a esta institución,
conduciendo sus actividades de manera programada y con base en las políticas
establecidas.
Así el desempeño eficaz de la administración pública, toma como base la revisión y
actualización permanente de sus estructuras organizacionales y sistemas de trabajo, así
como el diseño e instrumentación de políticas y procesos administrativos innovadores,
que atienda de forma oportuna, ágil y con calidez las solicitudes y necesidades en materia
de salud preventiva que presenta la sociedad de este municipio.
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II. ANTECEDENTES.
Antes del año 2000 el rezago en la dotación de servicios médicos preventivos,
odontológicos y de enfermería era un factor más que laceraba a la población, la cual tenía
que pagar costos altos por esos servicios, así como trasladarse a puntos lejanos para
poder recibir la atención, en concreto estos servicios eran casi nulos en el municipio. En el
año 1994, se crea el Departamento de Salud Municipal que brindaba servicios básicos y
escasos, para 1997 cambia de denominación a Dirección de Salud sin tener todavía el
impacto necesario en cuanto a sus servicios y funciones que realizaba.
Es hasta el año 2000 que los gobiernos Municipales a través de la Dirección de Salud
Municipal comienzan a implementar políticas y acciones de impacto tendientes a abatir el
rezago que existía en este rubro, ampliando la cobertura de servicios y mejorando los ya
existentes, tomando cada vez mayor fortaleza esta dirección introduciendo servicios tan
importantes como la atención a servicios de emergencia, la regulación sanitaria a giros y
comercio con impacto en la salud, el control de Zoonosis entre otros.
Favoreciendo así al desarrollo integral y bienestar de las familias Chimalhuacana,
contando al día de hoy con instalaciones dignas para la atención que nos permitirá estar
en condiciones de brindar servicios como consulta general, consulta dental, vacunas,
planificación familiar, servicios de urgencias, expedición de tarjetones, contenedor de
medicamento caduco, etc. Resaltando la implementación del servicio de laboratorio que
sin duda será de gran apoyo para los sectores más vulnerables.
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III. OBJETIVO DEL MANUAL.
Proporcionar de forma ordenada la información de la organización y funcionamiento de la
Dirección de Salud Municipal y sus unidades administrativas dependientes, así como ser
una referencia obligada para lograr el óptimo aprovechamiento de los recursos humanos y
financieros, atendiendo a criterios de innovación, eficiencia, productividad y calidad.
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IV. ESTRUCTURA ORGÁNICA.
16. Dirección de Salud Municipal.
16.1.- Departamento de Control de Zoonosis y el Bienestar Animal
16.2.- Departamento de Normatividad Sanitaria
16.3.- Departamento de Epidemiología
16.4.- Departamento de Medicina Preventiva y Atención a la Comunidad
16.5.- Departamento de Servicios de Emergencia
16.6.- Departamento de Proyectos para la Salud
16.7.- Departamento de Informática
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V. MARCO JURÍDICO.
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
• Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
• Ley General de Salud.
• Ley de Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los
particulares.
• Ley general de transparencia y acceso a la informática pública.
• Legislación informática en México.
• Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México.
• Ley de asistencia Social del Estado de México.
• Ley de Responsabilidades de los servidores Públicos del Estado de México y
Municipios.
• Código Penal Federal.
• Código para la Biodiversidad del Estado de México.
• Convenio de Bienestar Animal firmado con PROPAEM, Agosto 2016.
• Reglamento de Salud del Estado de México.
• Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de prestación de Servicios de
Atención Medica.
• Reglamento de control Sanitario de productos y servicios.
• Reglamento Interior de la Dirección de Salud Municipal del H. Ayuntamiento de
Chimalhuacán, periodo constitucional 2019- 2021.
• Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal H. Ayuntamiento de
Chimalhuacán, periodo constitucional 2019- 2021.
• Manual de Procedimientos para el control sanitario del Estado de México.
• Bando Municipal H. Ayuntamiento de Chimalhuacán, periodo constitucional 2019-
2021.
• Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA2-1993, de los servicios de Planificación
Familiar.
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• Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993, atención de la mujer durante el
embarazo, parto y puerperio y del recién nacido Criterios y Procedimientos para la
prestación del servicio.
• Norma Oficial Mexicana NOM-009-SSA2-1993, para el fomento de la salud
escolar.
• Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-1993, para la prevención y control de la
infección por el virus de la inmunodeficiencia humana.
• Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, Para la prevención, diagnóstico,
tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.
• Norma Oficial Mexicana NOM-006-SSA2-1993, Para la prevención y control de la
tuberculosis en la atención primaria a la salud.
• Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA2-1993, para la prevención y control de la
rabia.
• Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-1994, para la prevención y control de
enfermedades bucales.
• Norma Oficial Mexicana NOM-014-SSA2-1994, para la prevención, detección,
diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia del cáncer cervicouterino.
• Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-1994, para la prevención, tratamiento y
control de la diabetes.
• Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-1999, para la prevención, tratamiento y
control de las adicciones.
• Norma Oficial Mexicana NOM-030-SSA2-1999, para la prevención, tratamiento y
control de la hipertensión arterial.
• Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, para la atención a la salud del
niño.
• Norma Oficial Mexicana NOM-093-SSA1-1994, Bienes y servicios. prácticas de
higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en
establecimientos fijos.
• Norma Oficial Mexicana Nom-120-SSA1-1994, Bienes y servicios. prácticas de
higiene y sanidad para el proceso de alimentos, bebidas no alcohólicas y
alcohólicas.
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• Norma Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el
proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.
• Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005, Para la vigilancia epidemiológica,
prevención y control de las infecciones nosocomiales.
• Norma Oficial Mexicana NOM-027-SSA3-2013, Regulación de los servicios de
salud. Que establece los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de
urgencias de los establecimientos para la atención médica.
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VI. DE LA DIRECCIÓN DE SALUD MUNICIPAL.
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.
OBJETIVO
Planear, coordinar y dirigir las acciones de salubridad en el municipio de Chimalhuacán,
así como regular y controlar las actividades de las áreas de la Dirección de Salud con
sujeción a las leyes y normas federales, estatales y municipales vigentes en la materia.
MISIÓN
Contribuir con la población de Chimalhuacán, a un desarrollo humano, justo, incluyente y
sustentable, mediante la promoción de la salud, en su prevención, regulación sanitaria y
salud pública.
VISIÓN
Ser una Dirección de Salud equitativa, integral, sustentable, efectiva y de calidad, con
particular enfoque a los grupos de la población que viven en condición de vulnerabilidad, a
través de la consolidación de la protección y promoción de la salud y prevención de
enfermedades, así como la prestación de servicios plurales y articulados basados en la
atención primaria; la generación y gestión de recursos adecuados; la evaluación y la
investigación científica, fomentando la participación de la sociedad con
corresponsabilidad.
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B) ATRIBUCIONES
ARTÍCULO 37.- La Dirección de Salud Municipal, por conducto de su titular y mediante
delegación de funciones, a través de los titulares de las áreas que tiene adscritas, tendrá
las atribuciones siguientes:
I. Promover la prestación y vigilancia de los servicios de salud pública para elevar el nivel
de salud de la población del municipio.
II. En materia de normatividad sanitaria, se sujetará a las normas jurídicas de la materia,
además de ejecutar los acuerdos que tome el Comité Municipal de Protección contra
Riesgos Sanitarios, teniendo las atribuciones siguientes:
a) Verificar que las personas físicas o jurídicas colectivas dedicadas al comercio con
impacto en la salud, cumplan con la normatividad establecida.
b) Expedir tarjetones de salud a los propietarios de establecimientos con giros
relacionados con el manejo de alimentos y bebidas.
c) Promover, conjuntamente con las autoridades locales y las instituciones de bienestar
social, la participación ciudadana, para desempeñar en sus respectivas localidades,
tareas relacionadas con el cuidado y mejoramiento de la salud, aplicando, incluso, sus
iniciativas tendientes a estos fines, así como para proteger de cualquier riesgo sanitario a
la población.
d) Vigilar el manejo adecuado de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI) en
todos los giros con impacto en la salud.
e) Elaborar y mantener actualizado el censo general de giros con impacto en la salud.
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f) Vigilar la aplicación de la normatividad sanitaria, en todos los giros con impacto en la
salud.
g) Impartir, en coordinación con las dependencias locales correspondientes, cursos de
capacitación en materia de normatividad sanitaria.
h) En coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Municipal,
vigilar que todos los establecimientos de atención a la salud y lugares públicos en general
se mantengan aseados permanentemente.
III. En materia epidemiológica, se sujetará a las normas jurídicas de la materia, además
de ejecutar los acuerdos que tome el Comité Municipal de Salud, teniendo las
atribuciones siguientes:
a) Al detectarse la aparición de algún brote epidemiológico, vigilar su propagación y
desarrollo, a fin de adoptar las medidas pertinentes tendientes a evitar o, al menos
minimizar el riesgo de contagio a la comunidad; asimismo, dar seguimiento al estado de
salud de los individuos infectados.
b) Impartir pláticas de orientación en instituciones de salud, así como en escuelas o
comunidades para fomentar la prevención de las enfermedades.
c) Coadyuvar con el Sistema Único de Información para la Vigilancia Epidemiológica
(SUIVE), proporcionando la información homogénea de los servicios de salud a sus
diferentes niveles técnico-administrativos, referentes a: frecuencia, distribución en tiempo,
lugar y persona, factores de riesgo y consecuencia de las enfermedades que afectan la
salud de la población de nuestro municipio.
IV. En materia de medicina preventiva y atención a la comunidad, se sujetará a las
normas jurídicas de la materia, además de ejecutar los acuerdos que tome el Comité
Municipal de Salud, teniendo las atribuciones siguientes:
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a) Coadyuvar en los programas de salud que promuevan las instituciones de salud,
federales y estatales.
b) Fomentar la prevención de enfermedades, la promoción, la planeación, la
programación sanitaria, la administración y la gestión de servicios de salud.
c) Realizar convenios con instituciones federales y estatales, para la descentralización de
los servicios de salud, conforme lo establece el Acuerdo Nacional para la
Descentralización de los Servicios de Salud publicado en el Diario Oficial de la
Federación.
d) Brindar servicios médicos a la población del municipio, como lo son: Consulta de
medicina general, certificados médicos, planificación familiar, control del embarazo y de
enfermedades crónico degenerativas, así como aplicar el esquema de vacunación gratuita
a la población en general.
e) Promover y difundir las acciones relacionadas con los programas nacionales en materia
de salud preventiva, tales como la detección oportuna de cáncer de mama, detección
oportuna de cáncer cérvico uterino y salud materna perinatal, entre otros.
f) Promover y difundir las acciones relacionadas con la prevención del consumo de
sustancias tóxicas para la salud, tales como el tabaco, drogas y alcohol, dando prioridad a
los grupos de alto riesgo, como son los de niños y adolescentes.
g) Promover la difusión de acciones relacionadas con la prevención de la discapacidad,
en coordinación con el Organismo Público Descentralizado de Asistencia Social, Sistema
Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (D.I.F).
h) Llevar a cabo jornadas médicas que beneficien a la población vulnerable del municipio,
mediante el acercamiento de servicios de salud.
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i) Brindar asesoría a la población para realizar ante la instancia correspondiente, el trámite
para la obtención de constancias de alumbramiento que procedan.
V. En materia de servicios de emergencia, se sujetará a las normas jurídicas de la
materia, y tendrá las atribuciones siguientes:
a) Atender las urgencias médicas que se presenten en el municipio, misma que obliga al
personal a trasladar a los lesionados a la institución de salud pública correspondiente. En
caso de que los lesionados cuenten con seguridad social, canalizarlos a la institución
correspondiente.
b) En los casos en que el lesionado pierda la vida, el personal del Departamento de
Servicios de Emergencia, deberá mantenerse al margen de realizar cualquier acto
médico, por tratarse de actos competencia del ministerio público local. En los casos en
que el fallecimiento ocurra dentro de un domicilio particular y se confirme muerte
secundaria a enfermedades crónicas, se apoyará al familiar con el certificado de
defunción, si así lo solicitara.
c) Realizar los traslados programados a instituciones de salud de primero, segundo y
tercer niveles de atención.
d) Cubrir, a petición de parte, eventos masivos, con la finalidad de prevenir riesgos a la
salud de los asistentes.
VI. En materia de proyectos de salud, tendrá las atribuciones siguientes:
a) Analizar las condiciones de salud de las comunidades del municipio, para identificar
sus necesidades y estar en condiciones de atacar, en la medida de lo posible, la
problemática que presenten; planeando, organizando y dirigiendo la logística adecuada.
b) Realizar proyectos estructurados para la gestión y obtención de recursos públicos y/o
privados, para ejecutar acciones en campo.
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c) Diseñar campañas gratuitas de prevención y diagnóstico oportuno de enfermedades,
para hacerlas llegar a las comunidades del municipio identificadas como polígonos de
atención, por su condición de vulnerabilidad latente.
VII. En materia de control de zoonosis y bienestar animal, tendrá las atribuciones
siguientes:
a) Promover el control y la erradicación de las enfermedades de los animales que puedan
ser transmisibles a los humanos.
b) Realizar redadas de caninos y felinos en el municipio, capturando los animales que se
encuentren en la vía pública, con la finalidad de disminuir su sobrepoblación; así como
realizar la esterilización quirúrgica de perros y gatos en las comunidades del municipio.
c) Realizar el monitoreo del virus rábico en los animales eliminados, agresores que no
fueran recuperados, reportados como sospechosos y muertos durante la observación
clínica.
d) Brindar atención a personas agredidas, mediante el registro de la denuncia y la captura
del canino agresor, sea en vía pública o domiciliada, así como la canalización de la
víctima al centro de salud correspondiente, para su tratamiento.
e) Aplicar la vacuna antirrábica intramuros de perros y gatos en sus fases intensiva y de
reforzamiento, de manera gratuita.
f) Realizar consulta veterinaria a perros y gatos que presenten problemas de salud,
siempre y cuando sean llevados al Departamento de Zoonosis y Bienestar Animal por los
propietarios interesados.
g) Ejecutar periódicamente campañas de desparasitación, en las comunidades del
municipio, para evitar la transmisión de parásitos de la mascota a los dueños.
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VIII. Las demás que se establezcan en los ordenamientos federales y estatales que sean
de aplicación municipal, las contenidas en el Reglamento de Salud Municipal y las que le
asigne el Presidente Municipal.
C) FUNCIONES
I. Programar, vigilar y coordinar Jornadas Preventivas de salud en todo el
territorio Municipal y a todos los sectores de la población.
II. Coordinar y vigilar los servicios Médicos preventivos que ofrece la Dirección
de Salud en sus instalaciones.
III. Gestionar y/o en su caso coordinar ante autoridades Federales, Estatales o
Municipales servicios y jornadas para la salud preventiva.
IV. Programar, vigilar y coordinar acciones en el ámbito de su competencia para
verificar los establecimientos en territorio Municipal con impacto en Salud, el
cumplimiento de las disposiciones de normatividad sanitaria vigente.
V. Vigilar y autorizar la expedición de tarjetones de salud que emite el
departamento de Normatividad Sanitaria a establecimientos con giros
relacionados con el manejo de alimentos y bebidas.
VI. Promover, coordinar, gestionar y proponer al ejecutivo Municipal acciones
tendientes al cuidado y mejoramiento de la Salud de la Población,
involucrando a las dependencias que integran la administración Municipal.
VII. Coordinar y vigilar en conjunto con las instancias correspondientes el
manejo, trato y traslado del material RPBI, a los giros con impacto de Salud.
VIII. Coordinar y vigilar la realización y actualización de censos a giros con
impacto en la Salud, a través del Departamento de Normatividad Sanitaria.
IX. Coordinar y vigilar las acciones que realiza el Departamento de Normatividad
Sanitaria Municipal para el cumplimiento de las disposiciones vigentes en
materia sanitaria en los giros con impacto de Salud.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
X. Gestionar y coordinar con las autoridades competentes la impartición de
cursos y talleres de capacitación en materia de Normatividad Sanitaria, así
como vigilar su desarrollo y resultados.
XI. En coordinación con las aéreas correspondientes de la administración
Municipal coordinar y vigilar el cumplimiento de los lineamientos sanitarios
vigentes a los establecimientos de atención a la Salud y lugares públicos en
general.
XII. En coordinación con las aéreas competentes vigilar y coordinar acciones
pertinentes y tendientes a detectar, evitar o, al menos minimizar la
propagación o aparición de algún brote epidemiológico, y en su caso dar
parte al estado del seguimiento y salud de los individuos infectados.
XIII. Gestionar y coordinar con las autoridades competentes la impartición de
pláticas de orientación en materia de prevención de enfermedades.
XIV. Coordinar y vigilar la actualización constante y entrega oportuna del SUIVE
que genera el Departamento de Epidemiologia.
XV. Coordinar y vigilar con las instancias correspondientes los programas que
promueven la salud.
XVI. Gestionar, coordinar, vigilar, promover y proponer políticas públicas de
fomento a la prevención de enfermedades.
XVII. Coordinar, vigilar y evaluar las funciones que realizan las dependencias de la
Dirección de Salud.
XVIII. Gestionar y realizar convenios con instituciones federales y estatales, para la
descentralización de los servicios de salud, así como vigilar su cumplimiento.
XIX. Programar, vigilar y promover los servicios que brinda el Departamento de
Medicina Preventiva dentro de las instalaciones de la Dirección de Salud.
XX. Gestionar, promover y vigilar los servicios de salud preventiva que brida los
Departamentos de Epidemiologia y Medicina Preventiva y Atención a la
Comunidad.
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XXI. Promover y vigilar las acciones que realiza el Departamento de Medicina
Preventiva y Atención a la Comunidad tendientes a la prevención de las
adicciones.
XXII. En coordinación con el DIF Municipal promover y vigilar acciones
relacionadas con la prevención de la discapacidad.
XXIII. Coordinar, vigilar, promover e instrumentar jornadas y campañas de los
servicios que brinda la Dirección de Salud a los sectores más vulnerables.
XXIV. Coordinar y vigilar las asesorías y atenciones que se brindan a la población
para obtención de constancias de alumbramiento.
XXV. Coordinar, vigilar y evaluar los servicios que ofrece el Departamento de
Servicios de Emergencia, referentes a traslados programados, urgencias
médicas, apoyo para la expedición del certificado de defunción en su caso y
cobertura de eventos especiales.
XXVI. Coordinar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones aplicables en los
procedimientos que ejecuta el Departamento de Servicios de Emergencia.
XXVII. Coordinar, autorizar y solicitar los planes, programas, diagnósticos
municipales a cada una de las unidades administrativas que compone la
Dirección de Salud, así como vigilar su correcta aplicación.
XXVIII. Realizar proyectos para gestionar recursos para la salud.
XXIX. Coordinar y vigilar las acciones que realiza el Departamento de Control de
Zoonosis y el Bienestar Animal para el control y la erradicación de las
enfermedades de los animales transmisibles a los humanos, así como del
virus rábico.
XXX. Coordinar y vigilar en su caso las actividades que realiza el Departamento de
Control de Zoonosis y el Bienestar Animal tendientes a la disminución de la
sobrepoblación de los mismos y de los riesgos sanitarios y de seguridad que
conlleva.
XXXI. Coordinar y vigilar las atenciones que brinda el Departamento de Control de
Zoonosis y el Bienestar Animal a personas agredidas por caninos.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
XXXII. Promover, vigilar y autorizar jornadas y campañas de los servicios que
brinda el Departamento de Control de Zoonosis y el Bienestar Animal en
territorio Municipal.
XXXIII. Vigilar y coordinar las funciones que desarrolla el Departamento de Control
de Zoonosis y el Bienestar Animal, así como de los servicios que
proporciona dentro y fuera de sus instalaciones.
XXXIV. Gestionar y promover recursos materiales utilizados en los servicios que
brinda la Dirección de Salud a través de sus dependencias
XXXV. Realizar informes en tiempo y forma, así como entregar la documentación
correspondiente para los mismos que soliciten las aéreas competentes.
XXXVI. Administrar los recursos con los que cuenta la Dirección de Salud.
D) ORGANIGRAMA
1.- Presidencia Municipal
16.- Dirección de Salud Municipal
16.1.-
Departamento
de Control de
Zoonosis y el
Bienestar
Animal
16.2.-
Departamento
de
Normatividad
Sanitaria
16.3.-
Departamento
de
Epidemiología
16.4.-
Departamento
de Medicina
Preventiva y
Atención a la
Comunidad
16.5.-
Departamento
de Servicios
de
Emergencia
16.6.-
Departamento
de Proyectos
para la Salud
16.7.-
Departamento
de
Informática
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
VII. DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL DE ZOONOSIS Y EL
BIENESTAR ANIMAL.
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.
OBJETIVO
Control de la sobrepoblación canina y felina en el municipio de Chimalhuacán, coadyuvar
en el cuidado de la salud pública.
MISIÓN
Realizar actividades sanitarias en el centro de control canino que contribuyan a lograr la
eliminación de la rabia en el humano transmitida por el perro, realizar actividades que
fomenten las concientización, control prenatal y tenencia responsable de los animales de
compañía y que favorezcan la salud pública.
VISIÓN
Tener un control adecuado de los animales de compañía, alcanzando una etapa de
consolidación de la conciencia del cuidado de los animales en la población, favoreciendo
la prevención de enfermedades atenten contra la salud pública.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
B) ATRIBUCIONES
VII. En materia de control de zoonosis y bienestar animal, tendrá las atribuciones
siguientes:
a) Promover el control y la erradicación de las enfermedades de los animales que puedan
ser transmisibles a los humanos.
b) Realizar captura de caninos y felinos en el municipio, que se encuentren en la vía
pública, con la finalidad de disminuir su sobrepoblación; así como realizar la esterilización
quirúrgica de perros y gatos en las comunidades del municipio.
c) Realizar el monitoreo del virus rábico en los animales eliminados, agresores que no
fueran recuperados, reportados como sospechosos y muertos durante la observación
clínica.
d) Brindar atención a personas agredidas, mediante el registro de la denuncia y la captura
del canino agresor, sea en vía pública o domiciliada, así como la canalización de la
víctima al centro de salud correspondiente, para su tratamiento.
e) Aplicar la vacuna antirrábica intramuros de perros y gatos en sus fases intensiva y de
reforzamiento, de manera gratuita.
f) Realizar consulta veterinaria a perros y gatos que presenten problemas de salud,
siempre y cuando sean llevados al Departamento de Zoonosis y Bienestar Animal por los
propietarios interesados.
g) Ejecutar periódicamente campañas de desparasitación, en las comunidades del
municipio, para evitar la transmisión de parásitos de la mascota a los dueños.
VIII. Las demás que se establezcan en los ordenamientos Federarles y Estatales que
sean de aplicación Municipal, las contenidas en el reglamento de Salud Municipal y las
que le signe el presidente Municipal.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
C) FUNCIONES
I. Realizar acciones, campañas y jornadas de vacunación antirrábica y
desparasitación canina y felina en las instalaciones que ocupa el
Departamento de Control de Zoonosis y el Bienestar Animal, así como en las
diferentes colonias y barrios del territorio Municipal.
II. Realizar observación periódica a los perros y gatos agresores, así como al
10% de los animales capturados, extrayendo muestra encefálica para su
respectiva remisión para el diagnóstico de virus rábico.
III. Realzar acciones de difusión en la ciudadanía referentes a la concientización y
prevención de las enfermedades transmitirles y compartidas de animales a
humanos.
IV. Atender las demandas ciudadanas referentes a caninos y felinos agresores
que se encuentren en la vía pública.
V. Realizar Jornadas de Esterilización gratuitas en las colonias y barrios del
municipio de Chimalhuacán en coordinación con Centros de Salud y Centros
de Desarrollo Comunitario.
VI. Programar, proponer y ejecutar en su caso recorridos para el resguardo de
caninos y felinos en situación de abandono en vía pública, y a solicitud de la
ciudadana en propiedad privada.
VII. Atender y canalizar a las instancias correspondientes a personas que han
sufrido agresión canina y felina, sea en vía pública o domiciliada.
VIII. Realizar la hoja de control respectiva de los caninos y felinos agresores.
IX. Realizar la captura, resguardo y observación respectiva de los caninos y
felinos agresores en un periodo de 10 días en el interior del departamento.
X. Realizar la vacunación antirrábica canina y felina dentro de las instalaciones
que ocupa el Departamento de Control de Zoonosis y el Bienestar Animal.
XI. En coordinación con Instituto de Salud del Estado de México (ISEM), llevar a
cabo el programa preventivo e intensivo “Semana Nacional de Vacunación”, en
los meses de mayo y septiembre.
XII. Brindar el servicio de consulta veterinaria a caninos y felinos en las
instalaciones del departamento de Control de Zoonosis y el Bienestar Animal.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
XIII. Fomentar la adopción responsable de caninos y felinos a familias establecidas,
siguiendo los protocolos de salud para el animal.
XIV. Realizar los diagnósticos propios para el desempeño de las funciones antes
mencionadas.
XV. Realizar los informes propios, así como entregarlos en tiempo y forma a quien
corresponda.
XVI. Coadyuvar con las aéreas que integran la Dirección de Salud Municipal y la
administración pública Municipal en casos de contingencia epidemiológica, por
desastres naturales y de riesgo sanitario en el Municipio.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
D) ORGANIGRAMA
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
VIII. DEL DEPARTAMENTO DE NORMATIVIDAD SANITARIA.
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.
OBJETIVO
Prevenir daños a la salud de la población en general, así como fomentar las prácticas que
repercuten positivamente en la salud individual y colectiva e identificar que cumplan con la
normatividad establecida para los comercios con giro de impacto a la salud.
MISIÓN
Regular las actividades comerciales en el Municipio con giro de impacto en la salud,
coadyuvando con la Salud Pública Municipal.
VISIÓN
Contar con una regulación sanitaria adecuada, eficiente que ayude a mejorar las
actividades comerciales con impacto en salud y que favorezca la Salud Pública Municipal.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
B) ATRIBUCIONES
II. En materia de normatividad sanitaria, se sujetará a las normas jurídicas de la materia,
además de ejecutar los acuerdos que tome el Comité Municipal de Protección contra
Riesgos Sanitarios, teniendo las atribuciones siguientes:
a) Verificar que las personas físicas o jurídicas colectivas dedicadas al comercio con
impacto en la salud, cumplan con la normatividad establecida.
b) Expedir tarjetones de salud a los propietarios de establecimientos con giros
relacionados con el manejo de alimentos y bebidas.
c) Promover, conjuntamente con las autoridades locales y las instituciones de bienestar
social, la participación ciudadana, para desempeñar en sus respectivas localidades,
tareas relacionadas con el cuidado y mejoramiento de la salud, aplicando, incluso, sus
iniciativas tendientes a estos fines, así como para proteger de cualquier riesgo sanitario a
la población.
d) Vigilar el manejo adecuado de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI) en
todos los giros con impacto en la salud.
e) Elaborar y mantener actualizado el censo general de giros con impacto en la salud.
f) Vigilar la aplicación de la normatividad sanitaria, en todos los giros con impacto en la
salud.
g) Impartir, en coordinación con las dependencias locales correspondientes, cursos de
capacitación en materia de normatividad sanitaria.
h) En coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Municipal,
vigilar que todos los establecimientos de atención a la salud y lugares públicos en general
se mantengan aseados permanentemente.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
C) FUNCIONES
I. Programar, proponer y ejecutar actividades para verificar el cumplimiento con
la normatividad establecida Municipal a personas físicas o jurídicas colectivas
dedicadas al comercio con impacto a la Salud.
II. Realizar supervisiones constantes a los comercios con impacto en la Salud
Pública Municipal, con la finalidad de que estos cumplan con la normatividad
Municipal establecida.
III. Expedir el “Tarjetón de Salud” las personas físicas dedicadas al comercio con
impacto en salud, que hayan previamente cumplido las disposiciones
normativas Municipales para la obtención del mismo.
IV. Crear expedientes de control interno de los ciudadanos solicitantes de los
tarjetones de Salud para personas físicas o jurídicas colectivas dedicados al
comercio con impacto en la salud.
V. Realizar capacitaciones para las personas físicas dedicadas al comercio con
impacto en salud.
VI. En coordinación con las diversas aéreas que integran la Administración Pública
Municipal y la ciudadana, realizar actividades de promoción, fomento sanitario
y mejoramiento a la salud en las diversas localidades que integran el
municipio.
VII. Realizar actividades de concientización a la población de riesgos sanitarios, de
sus efectos y su prevención en las diversas localidades que integran el
Municipio.
VIII. Realizar supervisiones para verificar el cumplimiento adecuado según la
normatividad establecida en el manejo de Residuos Peligrosos Biológicos e
Infecciosos (RPBI), en todos los giros con impacto en la Salud conforme a la
clasificación I, II y III de la NORMA 087.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
IX. Realizar las denuncias correspondientes ante la jurisdicción de Regulación
Sanitaria Número 08 de los establecimientos que incumplan en el manejo de
Residuos Peligrosos Biológicos e Infecciosos (RPBI), bajo el procedimiento de
Ley.
X. Recabar la información necesaria para el banco de datos del Departamento de
Normatividad Sanitaria para contar con un censo veraz y actual de los giros
con impacto en la Salud.
XI. Coadyuvar con las aéreas competentes de la Administración Pública Municipal
para realizar acciones a efecto de vigilar que los establecimientos de atención
a la salud y lugares públicos en general se mantengan aseados
permanentemente.
XII. Realizar y entregar los reportes e informes propios en tiempo y forma a quien
corresponda.
XIII. Coadyuvar con las dependencias que integran la Dirección de Salud Municipal,
para el mejor desarrollo de sus funciones.
XIV. Las demás que se deriven de sus atribuciones.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
D) ORGANIGRAMA
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
IX. DEL DEPARTAMENTO DE EPIDEMIOLOGÍA.
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.
OBJETIVO
Identificar oportunamente riesgos, eventos o situaciones de emergencia epidemiológica,
con el propósito de implementar las acciones de prevención y control correspondientes
(mediante jornadas y campañas de salud), a fin de reducir su impacto en la salud de la
población del municipio de Chimalhuacán.
MISIÓN
Generar información acerca de la morbi-mortalidad, incidencia y prevalencia de las
distintas enfermedades que tienen los habitantes del municipio de Chimalhuacán.
Atendiendo de manera oportuna y eficaz las problemáticas detectadas por medio de
políticas y acciones preventivas, utilizando como herramienta el Sistema Único de
información para la Vigilancia Epidemiológica (SUIVE).
VISIÓN
Ser una unidad administrativa que contribuya eficientemente a la disminución y control de
los riesgos epidemiológicos y del impacto en población de las enfermedades crónico-
degenerativas e infecto-contagiosas.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
B) ATRIBUCIONES
III. En materia epidemiológica, se sujetará a las normas jurídicas de la materia, además
de ejecutar los acuerdos que tome el Comité Municipal de Salud, teniendo las
atribuciones siguientes:
a) Al detectarse la aparición de algún brote epidemiológico, vigilar su propagación y
desarrollo, a fin de adoptar las medidas pertinentes tendientes a evitar o, al menos
minimizar el riesgo de contagio a la comunidad; asimismo, dar seguimiento al estado de
salud de los individuos infectados.
b) Impartir pláticas de orientación en instituciones de salud, así como en escuelas o
comunidades para fomentar la prevención de las enfermedades.
c) Coadyuvar con el Sistema Único de Información para la Vigilancia Epidemiológica
(SUIVE), proporcionando la información homogénea de los servicios de salud a sus
diferentes niveles técnico-administrativos, referentes a: frecuencia, distribución en tiempo,
lugar y persona, factores de riesgo y consecuencia de las enfermedades que afectan la
salud de la población de nuestro municipio.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
C) FUNCIONES
I. Atender los acuerdos que tome el Comité de Salud Municipal.
II. Realizar las pruebas correspondientes para la detección de la aparición de
brotes epidemiológicos.
III. Realizar jornadas de Salud para las detecciones oportunas de enfermedades
tanto infecto-contagiosas como crónico-degenerativas.
IV. Realizar las pesquisas correspondientes a la población en riesgo.
V. Realizar la notificación correspondiente a la Jurisdicción Sanitaria que competa
en caso de detectar brotes epidemiológicos.
VI. Implementar las medidas correspondientes para minimizar los riesgos
sanitarios de contagio y propagación de posibles brotes epidemiológicos.
VII. Informar al Comité de Salud Municipal de los posibles brotes epidemiológicos
detectados para su atención oportuna.
VIII. Coadyuvar con las dependencias municipales correspondientes en
contingencias a efecto de disminuir riesgos por posibles brotes
epidemiológicos y prevenir padecimientos en la población.
IX. Realizar pláticas y talleres en instituciones de salud y educativas en el territorio
municipal para la concientización y fomento en la prevención de las
enfermedades infecto-contagiosas y crónicas-degenerativas.
X. Coordinar, vigilar y promover las acciones de fomento en la prevención de las
enfermedades infecto-contagiosas y crónicas-degenerativas, así como del
impacto y deterioro en la calidad de vida, en las instituciones de salud y
educativas del territorio municipal.
XI. Recabar la información pertinente de los servicios de salud para el análisis
correspondiente y atención en los diferentes niveles técnico-administrativos
(Comité de Salud Municipal, Jurisdicción Sanitaria y Dirección de Salud
Municipal).
XII. En base a la información analizada de los servicios de salud integrar el reporte
del Sistema Único de Información para la vigilancia Epidemiológica (SUIVE),
así como realizar su entrega en tiempo y forma
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
XIII. Realizar y entregar los reportes e informes propios en tiempo y forma a quien
corresponda.
XIV. Coadyuvar con las dependencias que integran la Dirección de Salud Municipal,
para el mejor desarrollo de sus funciones.
XV. Colaborar en el ámbito de su competencia, con las instancias correspondientes
en casos de contingencias.
XVI. Las demás que se deriven de sus atribuciones.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
D) ORGANIGRAMA
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
X. DEL DEPARTAMENTO DE MEDICINA PREVENTIVA Y ATENCIÓN A
LA COMUNIDAD
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.
OBJETIVO
Preservar y promover el nivel de salud en la población.
MISIÓN
Otorgar servicios con calidad y humanismo, a fin de prevenir enfermedades crónico-
degenerativas y las prevenibles por vacunación, así como reducir el impacto que causan
en la población.
VISIÓN
Contar con una población más sana, consciente de los beneficios e impacto de los hábitos
para el cuidado de la salud con la finalidad del disfrute de una mejor calidad de vida.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
B) ATRIBUCIONES
IV. En materia de medicina preventiva y atención a la comunidad, se sujetará a las
normas jurídicas de la materia, además de ejecutar los acuerdos que tome el Comité
Municipal de Salud, teniendo las atribuciones siguientes:
a) Coadyuvar en los programas de salud que promuevan las instituciones de salud,
federales y estatales.
b) Fomentar la prevención de enfermedades, la promoción, la planeación, la
programación sanitaria, la administración y la gestión de servicios de salud.
c) Realizar convenios con instituciones federales y estatales, para la descentralización de
los servicios de salud, conforme lo establece el Acuerdo Nacional para la
Descentralización de los Servicios de Salud publicado en el Diario Oficial de la
Federación.
d) Brindar servicios médicos a la población del municipio, como lo son: Consulta de
medicina general, certificados médicos, planificación familiar, control del embarazo y de
enfermedades crónico degenerativas, así como aplicar el esquema de vacunación gratuita
a la población en general.
e) Promover y difundir las acciones relacionadas con los programas nacionales en materia
de salud preventiva, tales como la detección oportuna de cáncer de mama, detección
oportuna de cáncer cérvicouterino y salud materna perinatal, entre otros.
f) Promover y difundir las acciones relacionadas con la prevención del consumo de
sustancias tóxicas para la salud, tales como el tabaco, drogas y alcohol, dando prioridad a
los grupos de alto riesgo, como son los de niños y adolescentes.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
g) Promover la difusión de acciones relacionadas con la prevención de la discapacidad,
en coordinación con el Organismo Público Descentralizado de Asistencia Social, Sistema
Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (D.I.F).
h) Llevar a cabo jornadas médicas que beneficien a la población vulnerable del municipio,
mediante el acercamiento de servicios de salud.
i) Brindar asesoría a la población para realizar ante la instancia correspondiente, el trámite
para la obtención de constancias de alumbramiento que procedan.
C) FUNCIONES
I. Coadyuvar en el ámbito de su competencia en los programas de salud
Federal y Estatales.
II. Gestionar y coordinar con las autoridades estatales y federales la
amplificación de acciones y programas de salud.
III. Brindar platicas y talleres de prevención de enfermedades prevenibles
por vacunación y crónico degenerativas que pongan en riesgo la salud
en instituciones públicas (escuelas, centros de salud y centros
recreativos) a la población en general.
IV. Promover y realizar campañas de vacunación para cubrir a la mayor
parte de la población de acuerdo al esquema nacional de vacunación.
V. En coordinación con la Dirección de Comunicación social Municipal y el
Departamento de Informática de la Dirección de Salud, difundir
información de la prevención de enfermedades, factores de riesgo y
consecuencias en la salud, a través de trípticos, lonas informativas,
medios electrónicos y medios masivos.
VI. Administrar y supervisar el buen uso de los recursos materiales
utilizados en los servicios de salud municipal, así como proponer el
suministro de los mismos.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
VII. En coordinación con la Dirección de Salud gestionar y promover
servicios de salud ante los tres niveles de gobierno.
VIII. En coordinación con la Dirección de Salud realizar convenios con
instituciones federales y estatales para la descentralización de los
servicios de salud.
IX. Coordinar, supervisar y realizar servicios medico preventivos de salud a
la población del municipio en las instalaciones que ocupa la Dirección de
Salud.
X. Promover, programar, proponer y realizar campañas de salud preventiva
en territorio municipal.
XI. Brindar servicios médico-preventivos en instituciones públicas (escuelas,
centros de salud y centros recreativos).
XII. Promover, difundir y realizar acciones de planificación familiar e
infecciones de transmisión sexual en instituciones públicas (escuelas,
centros de salud y centros recreativos).
XIII. Promover, difundir y realizar acciones médico preventivas, ginecológicas
obstetras y perinatales.
XIV. Promover, difundir y realizar acciones para la prevención del consumo
de sustancias toxicas para la salud, así como de sus efectos e impacto,
en instituciones educativas, centros recreativos y población en general.
XV. Canalizar a los pacientes que presenten algún tipo de capacidad
diferente y que requieran una atención especializada a las instituciones
correspondientes, como Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de
la Familia (DIF) y/o Centro de Rehabilitación e Integración Social
(CRIS).
XVI. Canalizar a los pacientes que requieran alguna especialidad médica a
hospitales de segundo nivel.
XVII. Asesorar a la población de los requisitos necesarios para obtener la
constancia de alumbramiento en la instancia competente.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
XVIII. Expedir los certificados médicos y prenupciales; constancias médicas, a
quien lo solicite.
XIX. Brindar servicios de odontológicos preventivos dentro y fuera de las
instalaciones de la Dirección de Salud Municipal.
XX. Bridar servicios de sonometría a quien lo solicite.
XXI. Realizar y entregar los reportes e informes propios en tiempo y forma a quien
corresponda.
XXII. Coadyuvar con las dependencias que integran la Dirección de Salud Municipal,
para el mejor desarrollo de sus funciones.
XXIII. Colaborar en el ámbito de su competencia, con las instancias correspondientes
en casos de contingencias.
XXIV. Las demás que se deriven de sus atribuciones.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
D) ORGANIGRAMA
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
XI. DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS DE EMERGENCIA
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.
OBJETIVO
Brindar acciones de primeros auxilios y atención pre-hospitalaria en casos de accidentes y
enfermedad a la población Chimalhuacana, así como a todo individuo en territorio
municipal en forma oportuna y con calidad idónea.
MISIÓN
Atender oportunamente las urgencias médicas y traslados de la población e individuos en
territorio municipal, así como coadyuvar en contingencias con las autoridades
competentes, lo anterior con la finalidad de favorecer el cuidado y la promoción de la
salud en el municipio.
VISIÓN
Ser un departamento que garantice una atención de primer nivel médica-oportuna a las
urgencias médicas, con infraestructura, tecnología de punta y recursos humanos de
excelencia.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
B) ATRIBUCIONES
V. En materia de servicios de emergencia, se sujetará a las normas jurídicas de la
materia, y tendrá las atribuciones siguientes:
a) Atender las urgencias médicas que se presenten en el municipio, misma que obliga al
personal a trasladar a los lesionados a la institución de salud pública correspondiente. En
caso de que los lesionados cuenten con seguridad social, canalizarlos a la institución
correspondiente.
b) En los casos en que el lesionado pierda la vida, el personal del Departamento de
Servicios de Emergencia, deberá mantenerse al margen de realizar cualquier acto
médico, por tratarse de actos competencia del ministerio público local. En los casos en
que el fallecimiento ocurra dentro de un domicilio particular y se confirme muerte
secundaria a enfermedades crónicas, se apoyará al familiar con el certificado de
defunción, si así lo solicitara.
c) Realizar los traslados programados a instituciones de salud de primero, segundo y
tercer niveles de atención.
d) Cubrir, a petición de parte, eventos masivos, con la finalidad de prevenir riesgos a la
salud de los asistentes.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
C) FUNCIONES
I. Realizar, proponer e implementar estrategias que faciliten la operación del servicio
de atención a urgencias médicas.
II. Atender las llamadas de emergencia de la población del municipio, por medio de la
línea directa del departamento de acuerdo a los protocolos establecidos para ello
en los términos de la Ley de Protección de Datos.
III. Realizar las verificaciones pertinentes en consecución a la atención de las
llamadas de emergencia de la población para determinar la veracidad y tipo de
emergencia.
IV. Realizar las atenciones en caso que corresponda al “primer correspondiente”, una
vez determinado el tipo de emergencia, en territorio municipal, bajo los protocolos
establecidos.
V. Brindar los servicios de emergencia correspondientes a través de las unidades
médicas de emergencias (ambulancias) en territorio municipal, bajo los protocolos
establecidos.
VI. Realizar el seguimiento correspondiente con los Hospitales del municipio para
agilizar la recepción de pacientes que ameriten hospitalización, derivado de la
atención de los servicios de emergencia que brinda este departamento.
VII. Realizar las canalizaciones pertinentes a las instituciones de salud pública
correspondientes que deriven de la atención de los servicios de emergencia que
brinda este departamento.
VIII. Realizar las valoraciones correspondientes al paciente y/o lesionado para verificar
signos vitales a efecto mantenerse al margen de realizar actos de competencia del
ministerio público local, que se presenten de la atención de los servicios de
emergencia que brinda este departamento.
IX. Apoyar en la expedición de certificado de defunción en caso que el paciente muera
por enfermedad crónica dentro de los domicilios particulares.
X. Brindar los informes correspondientes a los familiares de los fallecidos para
solicitar el certificado de defunción.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
XI. Recibir las solicitudes de la población para traslados de usuarios que requieran
unidad médica de urgencias (ambulancia) o unidad especial.
XII. Realizar el análisis de factibilidad del otorgamiento de apoyos para traslados de
usuarios que requieran unidad médica de urgencias (ambulancia) o unidad
especial.
XIII. Realizar la programación de los apoyos de traslados solicitados por la ciudadanía
a las instituciones hospitalarias correspondientes bajo los protocolos establecidos.
XIV. Realizar los traslados de usuarios que requieran unidad médica de urgencias
(ambulancia) o unidad especial, en apego a la programación y bajo los protocolos
establecidos.
XV. Recibir y analizar las solicitudes para la cobertura de eventos masivos que se
realizan en territorio municipal a efecto de prevenir riesgos a la salud de los
asistentes.
XVI. Realizar las estrategias correspondientes para la cobertura de eventos masivos
como instalación de puestos de primeros auxilios, asignación de personal pie tierra
para realizar recorridos y así tener una respuesta rápida a pacientes y/o
lesionados, colocación de módulos de hidratación cuando el evento masivo sea al
rayo del sol y las demás que amerite por su naturaleza el evento.
XVII. Programar, proponer y vigilar estrategias de acciones para la mejora y
funcionamiento de los servicios de emergencia que ofrece el departamento.
XVIII. Realizar las programaciones de las solicitudes para la obtención de recursos
materiales en atención de servicios de emergencia, asi como, del mantenimiento al
equipo y unidades utilizados en los mismos.
XIX. Realizar y entregar los reportes e informes propios en tiempo y forma a quien
corresponda.
XX. Coadyuvar con las dependencias que integran la Dirección de Salud Municipal,
para el mejor desarrollo de sus funciones.
XXI. Colaborar en el ámbito de su competencia, con las instancias correspondientes en
casos de contingencias.
XXII. Las demás que se deriven de sus atribuciones.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
D) ORGANIGRAMA
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
XII. DEL DEPARTAMENTO DE PROYECTOS PARA LA SALUD
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.
OBJETIVO
Diagnosticar, planear, instrumentar, ejecutar y evaluar Proyectos para la Salud dirigidas a
la promoción de la salud.
MISIÓN
Crear y proponer programas que busquen prevenir y revertir problemas de salud en la
población Chimalhuacana.
VISIÓN
Tener una población saludable que identifiquen los determinantes de la salud y mediante
el desarrollo de competencias logren la corresponsabilidad y la modificación de sus estilos
de vida, mediante determinantes favorables a la salud de la población, tales como:
impulsar la alimentación correcta, fomentar el consumo de agua, el incremento en la
actividad física y la adecuada higiene personal.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
B) ATRIBUCIONES
VI. En materia de proyectos de salud, tendrá las atribuciones siguientes:
a) Analizar las condiciones de salud de las comunidades del municipio, para identificar
sus necesidades y estar en condiciones de atacar, en la medida de lo posible, la
problemática que presenten; planeando, organizando y dirigiendo la logística adecuada.
b) Realizar proyectos estructurados para la gestión y obtención de recursos públicos y/o
privados, para ejecutar acciones en campo.
c) Diseñar campañas gratuitas de prevención y diagnóstico oportuno de enfermedades,
para hacerlas llegar a las comunidades del municipio identificadas como polígonos de
atención, por su condición de vulnerabilidad latente.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
C) FUNCIONES
I. Realizar los respectivos diagnósticos de las condiciones de salud de las
colonias del municipio, para identificar sus necesidades y problemáticas.
II. Recabar la información correspondiente a los diagnósticos de las condiciones
de salud de las colonias del municipio por medio de los correspondientes
instrumentos de investigación (recorridos, encuestas, test, foros de consulta e
instalación de buzones de quejas y sugerencias)
III. Planear, organizar y dirigir la logística adecuada para realizar los instrumentos
de investigación que permitan recabar la información correspondiente a los
diagnósticos de las condiciones de salud de las colonias del municipio.
IV. Analizar los recursos tangibles con los que cuenta el municipio en la rama de la
salud pública.
V. Planear y proponer programas especializados y regionalizados en las
comunidades del municipio.
VI. En coordinación con fundaciones civiles colaborar en proyectos productivos
con diagnóstico, planeación y evaluación de las acciones en pro de la salud del
municipio, tales como: jornadas médicas gratuitas, captación de comunidades
en riesgo y regionalización.
VII. Planear y proponer proyectos de innovación para la prevención de
enfermedades crónico-degenerativas, así como, para la disminución del
impacto en la población.
VIII. Apoyar en la evaluación de los servicios que ofrece la Dirección de Salud
Municipal, con la finalidad de realizar proyectos para la mejora en la dotación
de los mismos.
IX. Realizar proyectos en materia de salud que sirvan para la gestión y obtención
de recursos públicos y privados ante las instancias que correspondan.
X. Diseñar proyectos y campañas para promover la salud de los polígonos de
atención identificados en las comunidades del municipio.
XI. Realizar y entregar los reportes e informes propios en tiempo y forma a quien
corresponda.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
XII. Coadyuvar con las dependencias que integran la Dirección de Salud Municipal,
para el mejor desarrollo de sus funciones.
XIII. Colaborar en el ámbito de su competencia, con las instancias correspondientes
en casos de contingencias.
XIV. Las demás que se deriven de sus atribuciones.
D) ORGANIGRAMA
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
XIII. DEL DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA
A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.
OBJETIVO
Aplicar las tecnologías de inteligencia para satisfacer los requerimientos de información
de la Dirección de Salud Municipal.
MISIÓN
Diseñar, desarrollar, implementar, supervisar, introducir, dar servicios y producir sistemas
de aplicación para los equipos y sistemas que utiliza la dirección de salud.
VISIÓN
Ser un departamento que garantice el valor de la información, las tecnologías de
inteligencia y la explotación de estas en toda su magnitud.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
B) ATRIBUCIONES
En materia de informática y promoción, se sujetará a las normas jurídicas y tendrá las
siguientes atribuciones:
a) Llevar el sistema de informática de la Dirección de Salud Municipal.
b) Brindar el asesoramiento e instalación de redes para el intercambio de información
c) Realizar el mantenimiento de preventivo y correctivo de los equipos de cómputo, y
proporcionar el software adecuado con el propósito de cubrir necesidades de las
áreas administrativas de la Dirección de Salud Municipal.
d) Controlar y promover la difusión de acciones de la Dirección de Salud Municipal a
través de los medios tradicionales de comunicación en coordinación de con la
dirección de Dirección de Comunicación Municipal
e) Promover la infraestructura y servicios con que cuenta la Dirección de Salud
Municipal en coordinación de con la dirección de Dirección de Comunicación
Municipal
C) FUNCIONES
I. Dar seguimiento a los procesos de reorganización, control y estandarización de las
acciones del Departamento de Informática de la dirección de Salud Municipal.
II. Mejorar y optimizar todas las acciones que implica el manejo informático y de
promoción de las áreas de la salud.
III. Brindar soporte oportuno, eficaz y veraz en la instalación de redes para el
intercambio de la información.
IV. Realizar las acciones correctivas necesarias o cambios de equipos tecnológicos
utilizados en la Dirección de Salud Municipal.
V. Proporcionar el software y soporte adecuado a las unidades administrativas que
componen la Dirección de Salud para el desarrollo de sus funciones.
VI. En coordinación con la Dirección de Comunicación Social Municipal, promover y
realizar acciones de difusión de los servicios que ofrece la Dirección de Salud.
VII. En coordinación con la Dirección de Comunicación Social Municipal promover la
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
infraestructura y acciones de impacto que realiza la Dirección de Salud.
VIII. En coordinación con la Dirección de Comunicación Social Municipal, Diseñar
volantes, trípticos, vinilonas y todo aquel material que sirva para difusión de
eventos, actividades y servicios de la Dirección de Salud.
IX. Recabar evidencia que sirva para la promoción de los eventos, servicios y
acciones que realiza y brinda la Dirección de Salud.
X. En coordinación con la Dirección de Comunicación Social Municipal, realizar el
seguimiento y actualización de las páginas oficiales de cuentas en redes sociales
de la dirección de Salud y sus dependencias.
XI. Apoyar en el diseño de formatos electrónicos que se utilizan en la Dirección de
Salud y sus dependencias.
XII. Proponer herramientas informáticas que ayuden y optimicen las labores del
personal y de su respectivo departamento.
XIII. Realizar y entregar los reportes e informes propios en tiempo y forma a quien
corresponda.
XIV. Coadyuvar con las dependencias que integran la Dirección de Salud Municipal,
para el mejor desarrollo de sus funciones.
XV. Colaborar en el ámbito de su competencia, con las instancias correspondientes en
casos de contingencias.
XVI. Las demás que se deriven de sus atribuciones.
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
D) ORGANIGRAMA
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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021
XIV. DIRECTORIO
JESÚS TOLENTINO ROMÁN BOJORQUEZ
PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
C. KARINA SALGADO ALCÁNTARA
PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL
C. EDUARDO MORALES GÓMEZ
SEGUNDO SÍNDICO MUNICIPAL
C. ANDREA BECERRIL VÁZQUEZ
TERCER SÍNDICO MUNICIPAL
C. ARACELI HINOJOSA JAIMES
PRIMER REGIDOR MUNICIPAL
C. ALEJANDRO CRUZ GALLARDO
SEGUNDO REGIDOR MUNICIPAL
C. JOAQUINA TORRES CARMONA
TERCERA REGIDORA MUNICIPAL
C. LUIS JORGE HERMENEGILDO
GONZÁLEZ MARTÍNEZ
CUARTO REGIDOR MUNICIPAL
C. ZAYRA LIZBETH HUERTA PALMA
QUINTA REGIDORA MUNICIPAL
C. ISMAEL MOTA GONZÁLEZ
SEXTO REGIDOR MUNICIPAL
C. MARÍA ANGÉLICA OLIVARES PÁEZ
SÉPTIMA REGIDORA MUNICIPAL
C. ROSALBA PINEDA RAMÍREZ
SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO
C. PABLO ARAM CASTRO ESCALONA
OCTAVO REGIDOR MUNICIPAL
C. SOCORRO PÉREZ SÁNCHEZ
NOVENA REGIDORA MUNICIPAL
C. ALEJANDRA GARCÍA GARCÍA
DÉCIMA REGIDORA MUNICIPAL
C. CARLOS RAMÍREZ BOBADILLA
DÉCIMO PRIMER REGIDOR
MUNICIPAL
C. MARÍA DEL ROSARIO CANO SILVA
DÉCIMA SEGUNDA REGIDORA
MUNICIPAL
C. JOSÉ LUIS VALVERDE GUTIÉRREZ
DÉCIMO TERCER REGIDOR
C. LAURA CONTRERAS VELÁZQUEZ
DÉCIMA CUARTA REGIDORA
C. PATRICIA LOYOLA CALDERÓN
DÉCIMA QUINTA REGIDORA
MUNICIPAL
C. ALEJANDRO TOLENTINO SAN
AGUSTÍN
DÉCIMO SEXTO REGIDOR MUNICIPAL
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XV. VALIDACIÓN
Presidente Municipal Constitucional de
Chimalhuacán, Estado de México.
Jesús Tolentino Román Bojórquez.
Secretario Técnico del Gabinete
Inocencio Ibarra Piña
Director de Salud Municipal
Dr. Juan Carlos Suárez Niño
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H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHIMALHUACÁN ESTADO DE MÉXICO. PERIODO 2019 – 2021
C. JESÚS TOLENTINO ROMÁN BOJÓRQUEZ PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
C. KARINA SALGADO ALCÁNTARA
PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL
C. EDUARDO MORALES GÓMEZ SEGUNDO SÍNDICO MUNICIPAL
C. ANDREA BECERRIL VÁZQUEZ
TERCER SÍNDICO MUNICIPAL
C. ARACELI HINOJOSA JAIMES
PRIMERA REGIDORA MUNICIPAL
C. ALEJANDRO CRUZ GALLARDO SEGUNDO REGIDOR MUNICIPAL
C. JOAQUINA TORRES CARMONA TERCERA REGIDORA MUNICIPAL
C. LUIS JORGE HERMENEGILDO
GONZÁLEZ MARTÍNEZ CUARTO REGIDOR MUNICIPAL
C. ZAYRA LIZBETH HUERTA PALMA
QUINTA REGIDORA MUNICIPAL
C. ISMAEL MOTA GONZÁLEZ SEXTO REGIDOR MUNICIPAL
C. MARÍA ANGÉLICA OLIVARES PÁEZ
SÉPTIMA REGIDORA MUNICIPAL
C. PABLO ARAM CASTRO ESCALONA OCTAVO REGIDOR MUNICIPAL
C. SOCORRO PÉREZ SÁNCHEZ NOVENA REGIDORA MUNICIPAL
C. ALEJANDRA GARCÍA GARCÍA DÉCIMO REGIDORA MUNICIPAL
C. CARLOS RAMÍREZ BOBADILLA
DÉCIMO PRIMER REGIDOR MUNICIPAL
C. MARÍA DEL ROSARIO CANO SILVA
DÉCIMO SEGUNDA REGIDORA MUNICIPAL
C. JOSÉ LUIS VALVERDE GUTIÉRREZ
DÉCIMO TERCER REGIDOR MUNICIPAL
C. LAURA CONTRERAS VELÁZQUEZ
DÉCIMO CUARTA REGIDORA MUNICIPAL
C. PATRICIA LOYOLA CALDERÓN
DÉCIMO QUINTA REGIDORA MUNICIPAL
C. ALEJANDRO TOLENTINO SAN
AGUSTÍN DÉCIMO SEXTO REGIDOR MUNICIPAL
C. ROSALBA PINEDA RAMÍREZ SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO