Derecho Corporativo
DERECHO CORPORATIVO
1
Sesión No. 1
Nombre: Entorno del Derecho Corporativo
Objetivo
Al finalizar la sesión, los estudiantes:
Identificarán el contexto sociopolítico en el que se origina y desarrolla el
Derecho Corporativo.
Analizarán el concepto del Derecho corporativo, sus principales
características y su naturaleza.
Contextualización
¿Qué es el Derecho Corporativo?
El Derecho corporativo es una disciplina jurídica especializada de reciente
promoción derivada de los principios y contenidos del Derecho Mercantil,
societario y empresarial, entre otros. Su mérito es mostrar y regular la estructura
desde la cual puede constituirse una empresa o un corporativo a fin de ajustar
su organización y actividades a la norma jurídica vigente; teniendo como
consecuencia en algunas ocasiones la creación de instituciones de derecho, ya
que las tradicionales no dan abasto a las nuevas formas de actividad de las que
son parte las empresas.
Para poder empezar el estudio del derecho corporativo es
necesario primero plasmar el contexto en el que ha surgido
teniendo que hacer una revisión de aspectos generales de
política, economía y derecho, en los que se basan las
actuales prácticas empresariales. Por lo que en esta
sesión sentará las bases teóricas de la naturaleza,
origen y perspectiva del derecho corporativo. Fuente imagen: Freepik
DERECHO CORPORATIVO
1
Introducción al Tema
¿Qué es una empresa?
Una definición legal de empresa la encontramos en el artículo 16 de la Ley
Federal del Trabajo que establece:
La empresa es el elemento central del Derecho Corporativo, en virtud de que se
encarga de regular todo lo relacionado con ésta, es decir, desde su creación,
operación y desaparición.
¿Cuáles son los elementos de la empresa?
Elementos
Materiales
Bienes muebles Bienes inmuebles
Inmateriales
Clientes
Derechos relacionados con
la Propiedad Intelectual
“Se entiende por empresa la unidad económica de producción
o distribución de bienes o servicios y por establecimiento la
unidad técnica que como sucursal, agencia u otra forma
semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de
los fines de la empresa”.
DERECHO CORPORATIVO
1
Explicación
Filosofía política del Estado Mexicano
¿Cómo organiza el Estado su forma de gobierno?
La Filosofía Política del Estado Mexicano son los elementos esenciales en los que
se basa, es decir, en términos doctrinarios la filosofía política se ocupa de temas
y problemas relacionados con el estudio y el análisis de los fenómenos políticos,
desde una perspectiva normativo-prescriptiva; algunos de esos temas son:
a. El origen y las formas de la organización del poder político,
b. El estudio de las instituciones sociales y
c. La consideración de las normas, principios y valores que las justifican.
Artículo 40 CPEUM
Es imposible resumir la filosofía del Estado Mexicano en unas cuantas cuartillas,
sin embargo esta filosofía está plasmada en la Constitución al señalar en su
artículo 40:
Podríamos decir que esta filosofía del Estado Mexicano nos lleva al análisis de
este precepto constitucional
“es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República
representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y
soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en
una federación establecida según los principios de esta ley fundamental”
(CPEUM, artículo 40, 2013, p. 33).
DERECHO CORPORATIVO
1
Elementos del Estado
El pueblo constituye uno de los tres
elementos del Estado junto con el
territorio y el gobierno, en México el
pueblo es el portador de la soberanía
nacional y de él emana el poder
público y se instituye para el beneficio
de éste.
Soberanía
El bien común
La filosofía política es la posición que un Estado adopta para poder organizar el
Estado y así llevar sus acciones a obtener el bien común de sus pobladores. El
bien común se distingue del bien individual y del bien público:
El bien público es de todos en cuanto que están unidos –dice Matteucci–.
El individual es el objetivo de cada persona en cuanto ser aparte de los
demás ciudadanos.
Fuente imagen: Freepik
DERECHO CORPORATIVO
1
El bien común es de los individuos en cuanto que son miembros de un
Estado. De esta manera, no importa que la persona no lo busque: basta
con que alguien más lo busque para que ésta, incluso siendo apática o
indiferente, goce del privilegio de tenerlo (Matteucci, 1991, p.144).
Esta forma de manejar el bien común conduce al
Estado a ver por todos sus pobladores por lo que se
hace necesario instaurar un estado de derecho
donde la sociedad se rija por un sistema de leyes
institucionales y donde el Estado esté subordinado
a la ley
En este caso también los que son parte del Estado y quienes lo dirigen, nadie se
salva de vivir bajo el imperio de la ley; esta es una de las características de un
Estado democrático, ya que en otros regímenes como en una dictadura donde la
ley es lo que el dictador quiere que suceda y cómo suceda.
Estado de derecho
Así, por Estado de Derecho debemos entender que toda acción social y estatal
debe estar mediada por una ley o norma orgánicamente dispuesta dentro de
un sistema. Por tanto, el correcto funcionamiento del poder político estatal debe
estar subordinado a un cumplimiento absoluto del orden jurídico vigente
sintetizado, en la mayoría de los casos, por el texto constitucional (Alarcón y
Bermúdez, 1988 pp. 87-88).
Política económica del Estado Mexicano
¿Cómo interviene el Estado en la economía del país?
Política económica
La política económica de un país se ve reflejada en el conjunto de estrategias que
el Estado implementa para conducir la economía del país y en la intervención que
tiene; esta intervención se puede dar de diversas formas, entre ellas:
Fuente imagen: Freepik
DERECHO CORPORATIVO
1
Al facultar órganos especializados,
Emitir normatividad en todos sus niveles,
La inversión pública, impuestos, planes y programas;
La normatividad económica y en particular la relativa a la empresa, desarrollada
respecto de sus actos y en torno a ellos, en países como el nuestro se trata de
adecuar a postulados económicos no siempre necesariamente acordes a nuestra
realidad económica, además que se fundamenta mayoritariamente en teorías
económicas postuladas a contextos económicos diversos en el tiempo que en
ocasiones han sido rebasados por la realidad lo que ha redundado en la
coexistencia de instituciones jurídicas, que obedecen a particularidades distintas
a las requeridas en nuestras realidades (Zarkín, 2010, p. 140).
Etapas económicas de los países en desarrollo
Los países en desarrollo han transitado a partir de etapas económicas:
Economía preindustrial muy poco diversificada y débil capacidad
exportadora.
Economías primario-
exportadoras, muy
especializados en algún producto de
exportación.
Economías semi industriales
cerradas con fuerte resistencia
al cambio.
Economía abierta y diversificada.
El régimen político-social de un país determina en
gran medida su política económica.
DERECHO CORPORATIVO
1
Etapas económicas en México
En México estas etapas han sido desarrolladas a partir de los siguientes periodos:
El modelo de sustitución de importaciones:
El modelo de industrialización por sustitución de importaciones (ISI) se basa en
una economía “hacia adentro” es decir, México empieza a generar una gran
cantidad de productos que le permiten tener ganancias como nunca antes, esto
generó a su vez que las tasas de empleo subieran y la producción, esto se debió
a dos acontecimientos mundiales importantes: por un lado la crisis de 1929 de
Estados Unidos y por otro lado la Segunda Guerra Mundial, lo que trajo como
consecuencia el impedimento de importar productos de estas potencias y que
debían ser generados por el mismo país.
Este modelo no solo se implementó en México, fue un modelo que en la época del
populismo se dio en toda América Latina, su desarrollo empieza en los años 40 y
se manejó en distintos países hasta los 70, se pueden considerar que tres son los
elementos que caracterizan a este modelo:
a. La dirección estatal para controlar la producción y subsidiar las empresas,
así como para controlar la inversión extranjera para proteger el capital
nacional,
b. Lo que trae como consecuencia el segundo elemento que radica en el
impedimento para importar por los altos aranceles que se imponían a este
acto de comercio
c. Por último el tipo de cambio elevado.
DERECHO CORPORATIVO
1
El Modelo Neoliberal:
El modelo de industrialización por sustitución de importaciones trajo consigo
beneficios a la nación pero también muchos problemas derivados de las limitantes
que los comerciantes a nivel internacional se enfrentaban por los altos costos
arancelarios y de manufactura, elevada deuda externa, impedimento para
aprovechar mercados internacionales, ocasionando que las políticas económicas
cambiaran en la década de los 80 a un modelo neoliberal, este modelo intenta
contraponerse en todo sentido al ISI.
El modelo neoliberal se estableció a partir de 1982 con Miguel de la Madrid hasta
hoy en día, el cual pretendía la reducción del gasto público, bajar las tasas de
inflación, lograr una estabilidad financiera y fortalecer el ahorro interno (no gastar
lo que no se tiene hasta tener una fuente de recursos sana). Se propuso
reemplazar al Estado y sustituirlo por uno fuerte y eficiente. De ahí en adelante
las empresas nacionales serían las encargadas de reactivar e impulsar la
economía. De esta manera, sin mucha intervención del estado, se fue eliminando
barreras al comercio exterior al disminuir el proteccionismo. (La política desde un
punto de vista racional, 2006, en línea).
Por lo que el modelo neoliberal se caracteriza sobre todo por la reducción del
Estado, además de elementos como la privatización, que en México fue un
fenómeno que se dio de manera intensa, ya que la mayoría de empresas estatales
fueron privatizadas convirtiéndolas algunas en empresas de gran tamaño en la
actualidad, además se dio el libre comercio y el derrumbe de barreras comerciales
para poder aprovechar el comercio internacional, introducirse a mercados
mundiales y competir a ese nivel de producción.
Este modelo fue implementado obedeciendo a la problemática que había
originado el anterior modelo, bajo la idea de dejar en manos de los particulares la
producción de bienes y servicios básicos para satisfacer las necesidades de la
población.
DERECHO CORPORATIVO
1
La reorientación económica consolidó la posición del Gobierno para una primordial
apertura comercial incorporándose al GATT, hoy OMC, y la firma del tratado de
integración económica con los Estados Unidos y Canadá (TLCAN) en 1994 y
diversos acuerdos con Centroamérica y Sudamérica, mejorando
considerablemente las exportaciones e importaciones. Sin embargo, esto no
resolvió ningún problema en México, ya que por no quitar en su totalidad el
proteccionismo, se crearon fuertes monopolios, que no eran ni competitivos ni
productivos y mucho menos eficientes ante el comercio internacional, es decir, no
se contaba con una oferta suficiente para exportar, además de tener a las
industrias con tecnologías obsoletas y la competitividad estaba basada en las
modificaciones que se dieran en el mercado de divisas. (La política desde un punto
de vista racional, 2006).
El Estado fija sus límites de intervención en los límites bajo el marco del
denominado Sistema de Planeación Democrática, mediante el que se reconoce
y se legitima a la economía mixta bajo la rectoría estatal que debe ejercerse a
través de la técnica de planeación concebida como un ejercicio democrático que
contempla las vertientes obligatorias para la administración pública federal, un
esquema de coordinación para armonizar soberanía estatales con los objetivos
federales y finalmente lineamientos de concentración para inducir a los sectores
social y privados hacia metas de desarrollo nacional integradas. (Zarkín, 2010, p.
144).
Globalización de la economía
¿Cómo influye la globalización en el país?
La globalización económica se basa en la creación de un mercado a nivel
mundial donde los límites y restricciones para el comercio se ven disminuidos
hasta el punto de permitir que cualquier empresa pueda incursionar en mercado
extranjeros, lo que conduce a la libre circulación de capitales.
DERECHO CORPORATIVO
1
Algunos de los agentes que promueven
esta globalización, además de las
empresas, son las instituciones bancarias,
que como las empresas, conforman
bloques para tener actividades financieras
en todo el mundo por medio de la fusión,
integración o compra de bancos
nacionales y la introducción a ese mercado.
Tanto las empresas multinacionales y los bancos son el vehículo por medio del
cual las inversiones llegan a los países, son ellos los que mueven los capitales y
por lo tanto la economía de los países se ve beneficiada.
Las empresas exitosas en los mercados globales se destacan por la orientación
que dan a sus inversiones, sus esfuerzos esenciales se centran en gestión
estratégica, competitividad, calidad, investigación y desarrollo, innovación y
logística, lo que les da ventajas para generar respuestas oportunas a las
demandas de diversos países.
La brecha existente entre desarrollados y países en vías de desarrollo tiende a
ampliarse y al parecer está resultando irreversible, como consecuencia del
poderío científico y tecnológico de esos países, lo que está ocasionando la
polarización de la riqueza y el poder y creando división e inestabilidad social.
Por ello, para que los países del sur se adapten a las nuevas realidades del mundo
actual deben de llevar a cabo reformas estructurales profundas partiendo de
las particularidades de cada país, manteniendo siempre como objetivo el bienestar
de la población, fortaleciendo al mismo tiempo su capacidad competitiva en los
mercados internacionales. (Ramírez, s.f., en línea).
Fuente imagen: Freepik
DERECHO CORPORATIVO
1
Impacto de la globalización en México
Los investigadores alemanes Hans-Peter Martin y Harald Schumann en su obra
“La trampa de la Globalización” analizan los resultados del proceso de
globalización en México, obteniendo conclusiones como las siguientes (Martin &
Schuman, 1998):
Cuando un país en vías de desarrollo sin un programa de fomento industrial
y protección mediante aranceles, bien estructurado y en operación, intenta
enfrentarse a la competencia superior de los países industriales de
occidente, el fracaso es previsible.
“El milagro mexicano” favoreció en realidad a una pequeña parte de la
población nacional a pesar de aumentar las tasas de empleo y el
crecimiento interno.
Las grandes industrias dependían de las importaciones que tenían altos
aranceles y propiciaban que la manufactura encareciera los productos.
La privatización derivó en el origen de grandes consorcios en manos de
unos pocos accionistas que han monopolizado sectores completos de
bienes o servicios.
Una ola de importaciones inundó el país y la pequeña y mediana industria,
que en México sostiene el mayor porcentaje de puestos de trabajo enfrentó
grandes complicaciones que limitaron su operación y en una gran cantidad
de casos motivaron la desaparición de empresas y consecuentemente la
disminución del empleo (Ramírez, s.f., en línea).
El crecimiento económico real se hundió, quedando por debajo de la tasa
de crecimiento demográfico.
La forzada capitalización de la economía agrícola, que debía relanzar la
exportación y ayudar a enfrentar a la creciente competencia internacional,
tuvo fatales resultados. Varios millones de trabajadores agrícolas
mexicanos, ejidatarios y pequeños propietarios, perdieron sus empleos o
DERECHO CORPORATIVO
1
sus tierras de labor para ser sustituidos por máquinas y tuvieron que
refugiarse en las ya saturadas ciudades o emigrar a otros países.
Con el objetivo de ampliar las oportunidades de internacionalización de los
mercados para la empresa mexicana, el país ha llevado a cabo la firma de
diversos tratados, acuerdos o convenios orientados a la
internacionalización del país. La firma de estos tratados ha afectado de una
manera determinante las formas de organización de la empresa mexicana,
de los sectores industriales y de actores sociales; propiciando con ello una
deficiente distribución de la riqueza, polarizándola, generando una
creciente pobreza en muchos sectores de la sociedad y de una manera
señalada en el sector rural; por ello, es palpable la tendencia hacia la
bancarrota de pequeñas y medianas empresas y la creciente economía
informal que se ha convertido en un cáncer que limita las posibilidades de
mejora de la competitividad de nuestras empresas y del país como un todo.
Esta apertura comercial ha privilegiado el desarrollo de las compañías
transnacionales y algunas grandes empresas mexicanas afectando a la
mayoría de la sociedad. (Ramírez, s.f., en línea).
Características del Derecho Corporativo
¿Cómo identificar al derecho corporativo?
Según Zarkín (2010) el Derecho corporativo nace ligado al concepto de empresa
o corporación y se asocia con la institución jurídica referida a un cuerpo formado
y autorizado por la ley cuando es creado por una o más personas físicas que
tienen personalidad distinta a la de sus creadores y patrimonio propio, y en
algunos casos por personas “morales” asimilándose al concepto de sociedad,
aunque las normas que rigen a la empresa van más allá del objeto del derecho
societario o derecho empresarial.
DERECHO CORPORATIVO
1
Características
Por lo tanto deduce una serie de características del derecho corporativo, a saber:
1. El Derecho corporativo se edifica a través de una red dinámica de
conexiones en los procesos sociales a nivel mundial, sin restringirse a
explicaciones de fronteras del conocimiento territoriales de carácter
estático e inconexo, por lo que es derecho supranacional.
2. El Derecho corporativo no tiene fuentes formales como otras ramas del
derecho a las que se les ha otorgado “autonomía” en los esquemas
tradicionales del derecho.
3. El Derecho corporativo es extraterritorial, por lo que tiene una dimensión
global, tiene que ver con la actividad empresarial en un contexto de
integración de los procesos económicos.
4. En la aplicación del Derecho corporativo se otorga discrecionalidad a las
autoridades administrativas en su interpretación, por lo que es un derecho
tanto normativo como prescriptivo.
5. El Derecho corporativo es un método que permite analizar, interpretar el
sistema jurídico en torno a las normas que rigen e impactan a la empresa.
6. El Derecho corporativo es instrumental y por medio de éste el legislador
puede hacerle frente a fenómenos económicos que tienen aparente
contradicción en su tratamiento y regulación bajo la óptica de las
instituciones tradicionales del derecho que regulan “distintas realidades”,
en el derecho nacional como en el derecho comparado.
7. El Derecho corporativo está en constante evolución y permite conciliar
posiciones de diversas posturas interpretativas de las normas que rigen la
empresa, por lo que es un derecho de síntesis.
8. El Derecho corporativo abarca diferentes áreas del saber jurídico para su
aplicación en la empresa, por lo cual no tiene un cuerpo regulatorio formal,
se basa en diferentes normatividades para su aplicación.
DERECHO CORPORATIVO
1
9. No es una rama del derecho como tal, es una disciplina transversal al
derecho privado, público y social, por lo que no puede definirse dentro de
sólo una de ellas ni excluir a las otras.
Concepto de Derecho Corporativo
¿Cómo surge el actual derecho corporativo?
Antecedentes
Por lo general, al hablar de una agrupación de personas que se reúnen con el fin
de cumplir como meta la obtención de un cúmulo de ganancias y especulación
lucrativa, nos conduce al concepto de sociedad. Sin embargo, en estos tiempos
en que los corporativos han entrado en el contexto económico del país abriéndose
paso tajantemente, es importante distinguir cuándo estamos frente a una empresa
y cuándo frente a un corporativo.
En Europa, la existencia de un sistema legal empresarial ha permitido el desarrollo
de distintos tipos de empresa analizados bajo las instituciones y principios del
derecho comercial; sin embargo la unión de productores y la defensa de sus
derechos laborales a través de corporaciones o gremios enfocados a un sistema
sindical, ha facilitado la confusión de la idea del derecho empresarial como
sinónimo del derecho corporativo.
Hay dos teorías acerca del origen del derecho corporativo, la primera se dice que
emana del corporativismo, la segunda del sistema de regulación empresarial
anglosajón, estudiemos estas teorías:
Corporativismo
El corporativismo tuvo su origen como sistema de organización social en la
agrupación de hombres según la comunidad de sus intereses naturales y de sus
funciones sociales bajo la representación pública distinta a la de sus organismos
1
DERECHO CORPORATIVO
1
en el sistema fascista europeo que buscó dar un contenido social a sus diferentes
agrupaciones.
Destruidos y prohibidos los gremios medievales surge un momentáneo
individualismo, sustituido por el periodo sindical caracterizado por la libertad para
el desenvolvimiento de organizaciones profesionales conocidas como sindicatos;
las cuales al finalizar la Primera Guerra Mundial desaparecen y se convierten en
corporaciones de derecho público incrustadas en el Estado con el fin de regir la
vida laboral.
El corporativismo se asienta principalmente en Italia, extendiéndose a Portugal,
Alemania, España y Brasil; reconociéndose su carácter de categoría económica
subordinado a la economía nacional. Dicho sistema queda integrado por
corporaciones, como órganos del Estado, constituidas por decreto del Jefe de
Gobierno y en número no estipulado , pudiendo dividirse en secciones o comités;
los primeros con el fin de representar diversas ramas de la actividad económica,
y los segundos encargados de abordar problemas o estudios especiales. Siendo
los sindicatos la base de la estructura.
Las corporaciones italianas tienen la facultad de elaborar normas para la
regulación colectiva de las relaciones económicas y para la disciplina unitaria de
la producción, establecer tarifas para la prestación de servicios y para fijar los
precios de artículos de consumo ofrecidos al público en condiciones de privilegio.
En materia laboral tiene funciones consultivas y de conciliación, siendo sus
normas obligatorias una vez aprobadas por la Asamblea General del Consejo
(Ossorio, 1982, pp. 913- 914).
El derecho corporativo en este contexto se enfoca al estudio de las corporaciones
como surgen de la ley, más no de las clásicas, sino las que aparecen como
consecuencia de sistemas políticos estatales y las cuales carecen de una matiz
laboral, pues dependen del sistema económico imperante cuyo fin es regular el
DERECHO CORPORATIVO
1
ordenamiento del mismo según los intereses de la agrupación de productores a la
que pertenezca.
Sin embargo, el derecho corporativo no tiene un mismo contexto en América, el
corporativismo típicamente utiliza una fuerte intervención estatal para dirigir
políticas corporativistas. Se caracteriza por una rígida intervención del Estado
conformado por los representantes de los gremios en las relaciones productivas.
Con el sistema económico actual que rige en México, el Estado ya no tiene esta
intervención, el mercado es el que pone las reglas y el derecho empresarial ha
quedado como parte inseparable del derecho corporativo, sin embargo no son
sinónimos.
Término anglosajón
Con base en la teoría del sistema empresarial anglosajón, la terminología de
derecho corporativo no es propia de nuestro lenguaje, sino una adaptación del
término anglosajón corporate low. En E.U., este término se aplica al derecho que
rige a las empresas. Así se podría aventurar a dar un concepto preliminar del
derecho corporativo estableciendo que es el derecho de las empresas
.
Sin embargo, si únicamente se dice que es un derecho de empresas, esto es
incompleto porque el ámbito de las empresas es muy amplio. (Rojas, 2012, en
línea).
Definición
En el nuevo contexto en el que se desarrolla este derecho corporativo, la
globalización de la economía tiene un importante papel, las transacciones
económicas de las empresas han rebasado los límites territoriales de diversas
formas que a veces no se amoldan a las instituciones de derecho que típicamente
venían funcionando, así que se crean nuevas figuras jurídicas que pretenden
2
DERECHO CORPORATIVO
1
regular los nuevos acontecimientos en materia económica, de comercio exterior,
de inversión, fiscal, mercantil, etc.
El derecho corporativo es entonces un esfuerzo por regular la actividad
empresarial, no sólo en su interior (como lo hace el derecho empresarial), sino
también en sus relaciones con el exterior.
Naturaleza jurídica del Derecho Corporativo
¿Cuáles son los fundamentos jurídicos que sustentan la práctica del
derecho corporativo?
La problemática para definir el derecho corporativo ha sido que no es una rama
del estudio del derecho como tal, está conformada de diversas ramas del derecho
que a su vez dan origen a las sociedades y establecen los derechos y obligaciones
hacia el interior y el exterior de éstas, hacia el interior en todo lo referente a
quienes las conforman que son personas físicas u otras personas jurídicas en sus
órganos de asambleas y administración, hacia el exterior regula todas las
relaciones que la sociedad tiene con terceros, ejemplo: trabajadores,
arrendadores, proveedores, contratistas, comisionistas, consultores, clientes,
consumidores, etc.
Su existencia es indudable en la práctica profesional, las sociedades requieren de
abogados, en muchos casos internos que custodien los asuntos jurídicos de las
DERECHO CORPORATIVO
1
mismas como un asesor jurídico que le de forma legal a los actos que suceden
día con día. (Giménez & Asociados, 2009, en línea).
Diferentes áreas que comprende el Derecho Corporativo
Por lo que su naturaleza jurídica son los fundamentos o preceptos legales que
obligan que exista un derecho corporativo, esto es desde los preceptos
constitucionales que más adelante estudiaremos hasta las diferentes
normatividades en diversas áreas del derecho, que dependiendo del tipo de
empresa y su giro es como se determinarán las funciones del abogado
corporativista y la implicación que el derecho corporativo contemplará, sin
embargo podemos mencionar las áreas más generales de donde emana:
1. Derecho Societario en sus modalidades de estudio que abarcan todo lo
relativo a las sociedades, pero también en lo que se refiere a las
alianzas estratégicas y sociedades de sociedades, etc.
2. Derecho Civil en sus áreas de personas, contratos y obligaciones.
3. Derecho de Propiedad Intelectual, sobre todo en lo que respecta a
propiedad industrial, sólo algunas empresas que tienen áreas
destinadas a derechos de autor.
4. Derecho Laboral, tanto en individual como en colectivo.
5. Derecho del Comercio y sus múltiples derivaciones, competencia
económica, inversión extranjera, etc.
6. Derecho Fiscal en lo relacionado con el régimen de la empresa.
7. Derecho Penal correspondiente a las actuaciones de los individuos que
integran la empresa.
Principales objetivos del Derecho Corporativo
¿Qué objetivo persigue el derecho corporativo?
Al respecto Zarkín (2010) argumenta que el derecho corporativo se ocupa en
forma directa de la empresa en sí y no considera a los capitalistas ni a los
DERECHO CORPORATIVO
1
trabajadores como integrantes de la empresa, sino que se ocupa del comerciante,
o como deberíamos decirlo de los titulares de la empresa.
La empresa no es un sujeto del derecho comercial, por ello se requiere un método
para regular a la empresa y su contexto en lo que se ha denominado como
derecho corporativo, que por ende abarca tanto el derecho interno como el
derecho externo de la empresa y que es un método de estudio que permite
estudiar a la empresa.
Bien jurídico y objeto
Entonces el derecho corporativo no tiene bien jurídico a tutelar ni especificidad de
objeto, en efecto, atendiendo a la definición efectuada, resulta que las normas que
rigen a la empresa forman parte de otros espacios o universos jurídicos ajenos,
como el derecho mercantil, civil, societario.
Tampoco el derecho corporativo tiene una esencia misma, ni una forma
determinada, ya que no se encuentra codificado de ninguna manera, por lo que
no cuenta con una estructura propia aunque sí cumple con una función propia al
estudiar las instituciones jurídicas en su vínculo con las empresas.
El derecho corporativo no responde en su integración a su vigencia o aplicación a
un espacio determinado, como otras disciplinas jurídicas.
Su objeto no está explícito pero se puede deducir de las función del abogado
corporativista, será entonces objeto del derecho corporativo todas las acciones
que tengan que ver con la empresa como ente independiente de quienes la
conforman en un ámbito interior y exterior; es decir, regular las acciones que
se den en su funcionamiento y operación y las que se deriven de la interacción
con otras personas físicas o morales en el exterior, ya sea nacional o
internacionalmente.
DERECHO CORPORATIVO
1
Conclusión
El Derecho corporativo puede generar confusión en su práctica, sin embargo es
la forma en la que el derecho responde a las necesidades sociales y
específicamente empresariales que se han venido dando con fenómenos como la
globalización, donde la política económica del Estado mexicano ha quedado
rezagada y se ha visto en la necesidad de adaptar sus prácticas a las políticas
implementadas por otros países, dejando de lado la regulación e
institucionalización de esas prácticas, para lo cual el Derecho corporativo sirve
como instrumento que ayuda a dicha regulación.
El análisis del entorno del Derecho Corporativo es esencial para comenzar con el
estudio de la materia, no obstante existen aspectos por conocer, por ejemplo:
¿Cuál es el marco constitucional que regula a las empresas?
¿Cuáles son los lineamientos administrativos y ordinarios
relacionados con la actividad empresarial?
¿Qué es el Derecho Fiscal y cómo se relaciona con la actividad
empresarial?
DERECHO CORPORATIVO
1
¿Qué es el Derecho Mercantil y cómo se relaciona con la actividad
empresarial?
Las respuestas a las preguntas anteriores las conocerás en la siguiente sesión.
DERECHO CORPORATIVO
1
Para aprender más
¿Qué es el Derecho Corporativo?
Veytia, H. (2005). El nuevo Derecho Corporativo (Lex Negotii),
sustentabilidad empresarial y gobierno corporativo. Universidad
Iberoamericana. Obtenido de:
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/35/pr/pr9.pdf
¿Qué es la empresa?
Dávalos Torres, M.S. (2010) Manual de Introducción al Derecho Mercantil.
Cap. sexto. La empresa, Instituto de Investigaciones Jurídicas. Obtenido
de: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/7/3259/8.pdf
DERECHO CORPORATIVO
1
Actividad de Aprendizaje
Instrucciones:
¿Qué vas a hacer?
Con la finalidad de reforzar los conocimientos adquiridos a lo largo de esta sesión,
ahora tendrás que realizar una actividad en la cual a través de un mapa mental
describas los aspectos generales del derecho corporativo vistos en esta sesión.
Material: Como material inicial de consulta puedes usar la lectura de la sesión,
además de aquellas publicaciones especializadas, libros, artículos, materiales
universitarios y productos que sean pertinentes.
¿Cuál es la forma de entrega?
Entrega individual. Guarda tu archivo en Word y súbelo a la plataforma.
¿Cómo serás evaluado?
En esta actividad se tomará en cuenta lo siguiente:
Criterios Valor
Referencias bibliográficas completas y pertinentes. 5 pts.
Ortografía y redacción 10 pts.
Mapa mental 70 pts.
Pertinencia y relevancia 15 pts.
Total 100 puntos
Importante: No olvides utilizar el estándar APA para referir todas tus fuentes de
información incluidos los medios informáticos y/o electrónicos que utilices.
DERECHO CORPORATIVO
1
Bibliografía
Alarcón, V & Bermúdez, U. (s/f). Orden jurídico y seguridad nacional:
algunas consideraciones teóricas. Crítica jurídica N° 9 pp. 83-95, Puebla:
Universidad Autónoma de Puebla.
Martin, H.P & Shumann, Harald (1998) La trampa de la globalización.
México: Taurus.
Matteucci, Nicola (1991). Diccionario de política de Norberto Bobbio (et-al)
tomo 2. México, D.F. Siglo XXI.
Ossorio y Florit, M. (1982) Enciclopedia jurídica OMEBA. Buenos Aires:
Driskill .
Zarkín, S. (2010). Derecho corporativo. México: Porrúa.
Cibergrafía
Giménez & Asociados (2009). Derecho Corporativo Mexicano. Recuperado
el 7 de agosto de 2013 del sitio web:
http://derechocorporativo.com.mx/tag/definicion-de-derecho-corporativo-
en-mexico/
S.a. (2006) La política desde un punto de vista racional, recuperado el 7 de
agosto de 2013 del sitio web: http://vijuan.blogspot.mx/2006/09/modelos-
econmicos-en-mxico-y-sus.html
Ramírez, J (s.f.) Globalización y su impacto en la economía mexicana.
México: IIESCA. Recuperado de:
http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:ciPMSlW59ZwJ:
colaboracion.uv.mx/iiesca/UN%2520CURSO%2520DOS%2520LIBROS/P
UBLICACI%25C3%2593N/GLOBALIZACION%5B1%5D.docx+&cd=1&hl=
en&ct=clnk&gl=mx
Rojas, J (2012) Derecho corporativo. Recuperado el 7 de agosto de 2012
del sitio web: http://ofimaticaempresarial20112-26.blogspot.mx/