1
Un contrato es un pacto o convenio entre partes que de acuerdo al Art. 1197 del Cdigo
Civil ES PARA LAS PARTES COMO LA LEY MISMA.
Cuando dos o ms personas de existencia visible o ideal se ponen de acuerdo para dar
nacimiento a obligaciones de derecho entre ellas, existe un CONTRATO, y estas
obligaciones son de HACER, DE NO HACER o DE DAR.
Son Actos jurdicos (voluntarios y lcitos) que afectan el orden jurdico.
Positivos Bilaterales Entre vivos
Tiene por OBJETO:
Crear Modificar Transferir Conservar Aniquilar derechos u obligaciones
Se presenta como requisito fundamental en primer trmino que la persona sea CAPAZ.
La CAPACIDAD es la aptitud de la persona para ser titular de derechos y obligaciones.
Por el contrario la falta de capacidad se llama INCAPACIDAD e invalida cualquier acto
jurdico clasificndose estos ltimos como incapaces de hecho (absolutos) y de derechos
(relativos).
Por otra parte, debe existir la voluntad expresa o tcita para firmar un contrato y a esto
se lo denomina CONSENTIMIENTO, que conlleva tres necesidades para perfeccionarlo:
DISCERNIMIENTO: Capacidad que permite diferenciar un hecho de otro. INTENCION: Determinacin de la voluntad en orden a un objeto contractual.
LIBERTAD: Que no medie coaccin.
CLASIFICACION:
Unilateral - Bilateral Oneroso - Gratuito Consensual - Real Nominado - Innominado Formal - No formal Expreso - Tcito Conmutativo - Aleatorio De libre discusin - De adhesin
PRUEBA DE CONTRATO: Instrumento que demuestra la existencia del mismo.
EFECTOS DE LOS CONTRATOS EN GENERAL:
Nacen del vnculo jurdico y es relativo a las personas que lo contraen y pasivamente a
sus sucesores universales y derecho habientes, no pudiendo perjudicar a terceros.
La fuerza obligatoria de los contratos solo puede eximir a una de las partes por la
aplicacin de la TEORA DE LA IMPREVISIN (cumplimiento posible pero muy oneroso,
por causas ajenas al contrato) en la que puede pedirse resolucin o ajuste; o de la
TEORA DE LA LESIN (cuando una de las partes explotando la necesidad o inexperiencia
CONTRATOS: GENERALIDADES
2
de la otra, obtuviera una ventaja patrimonial desproporcionada y sin justificacin). Podr
demandarse la nulidad o la modificacin de los actos jurdicos.
EXTINCION DE CONTRATOS:
- Cumplimiento.
- Incumplimiento: Nulidad Anulabilidad
Rescicin
Revocacin
Resolucin
La responsabilidad emergente del incumplimiento lleva a la parte causante a indemnizar
a la otra.
Por ello si el responsable del incumplimiento fue el COMITENTE debe pagarle al
ARQUITECTO y a la EMPRESA CONSTRUCTORA : Lucro Cesante Y Dao Emergente, en
caso contrario se le paga al COMITENTE: Daos y Perjuicios.
Puede incluirse la clusula de PACTO COMISORIO: establece que el incumplimiento de
una de las partes faculta a la otra a intimar a la normalizacin de las obligaciones en un
plazo no menor a 15 das, si no la parte intimante puede resolver el contrato e iniciar
accin legal por el concepto de prdidas e intereses.
SEAL: cuando se entreg dinero como respondiendo al cumplimiento del contrato y el
que desiste es la parte que lo recibi, debe devolver el doble de lo entregado; si es la otra
parte pierde la sea.
La seal sustituye las prdidas e intereses para el caso de desestimiento.
LOCACIONES
Segn el Cdigo Civil, habr locacin cuando una parte conceda a otra el uso o goce de una cosa, se comprometa a ejecutar una obra o a prestar un servicio y la otra se
comprometa a pagar por ese uso y goce, obra o servicio
El que ejecuta es el LOCADOR
El que paga es el LOCATARIO
TIPOS DE LOCACIONES:
DE OBRA:
- DE OBRA INTELECTUAL: el arquitecto se compromete a proyectar y dirigir una obra determinada por una cantidad de dinero (honorarios).
- DE OBRA MATERIAL: el contratista se compromete a la entrega de una obra total, consumada y perfecta, de acuerdo a las reglas del arte y acorde a su fin por una
cantidad de dinero.
Los locadores de obra garantizan RESULTADOS.
DE SERVICIOS: (tambin llamada contrato de trabajo) el locador se obliga a prestar
un servicio, un trabajo, y el locatario a pagar por l un precio en dinero.
Los locadores de servicios se obligan a cumplir el MEDIO para lograr el objetivo.
DE COSAS: el locador se obliga a prestar el uso de su cosa y el locatario paga el precio
estipulado.
3
PARTES INTERVINIENTES PARA LA CONCRECION DE UNA OBRA
PROPIETARIO O COMITENTE
ARQUITECTO EMPRESA CONSTRUCTORA
PROPIETARIO: es quien ejerce el dominio del inmueble, tenga o no la posesin del
mismo. Implica ser siempre el COMITENTE siendo ste el que manda a hacer o
encomienda la obra.
ARQUITECTO: es la persona de existencia visible, profesional liberal de carcter civil que
concibe, crea y proyecta un edificio y lo dirige hasta su terminacin, de acuerdo a la finalidad que se le encomiende, debiendo estudiar los problemas inherentes a la
construccin.
Es el que asesora integralmente al comitente durante todo el transcurso de la obra.
Es un contrato de locacin de obra intelectual y las obligaciones del Arquitecto y del
Propietario nacen del vnculo jurdico, donde el primero se obliga a hacer el proyecto y
direccin de una obra, objeto del contrato, y el segundo paga los honorarios por la
propiedad intelectual del arquitecto.
CLASIFICACION:
Bilateral Oneroso Consensual Nominado
Contrato de
construccin
Contrato
profesional
CONTRATO PROFESIONAL
4
No formal Expreso Conmutativo De libre discusin
ELEMENTOS INTEGRANTES:
Encabezado:
Nombre y funcin de las partes Domicilio constitudo de cada una Voluntad de celebrar una locacin de obra intelectual
Clusulas:
Objeto del contrato Tareas a cargo del arquitecto Documentacin para tramitaciones Gastos a cargo del comitente/arquitecto Propiedad intelectual Plazos Honorarios y formas de pago Ajuste de contestaciones Extincin del contrato Jurisdiccin judicial Sellados
5
Entre _______________________________________ , en adelante el Comitente, con domicilio en______________________________________________ , por una parte y por la
otra___________________________________________________ , en adelante el
Arquitecto, con matrcula nmero ____________________ del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, con domicilio en ______________________________________ ,
convienen celebrar el presente contrato de locacin de obra intelectual.
CLAUSULA 1
OBJETO DEL CONTRATO
1.1
El Comitente encarga al Arquitecto y ste acepta la encomienda del proyecto y direccin
de la obra cuyas caractersticas principales figuran en 1.2 a 1.7
1.2
La obra corresponde a la categora de
_______________________________________________________
1.3
El destino de la obra es
____________________________________________________________________
1.4
La ubicacin de la obra es
_________________________________________________________________
1.5
La modalidad prevista para la contratacin y construccin de la obra es
______________________________________________________________________________
________________________________________________________________________________________________________
1.6
El plazo previsto para la construccin de la obra es
______________________________________________________________________________
____________
1.7
La superficie cubierta estimada es de ___________m2 y el costo estimado de la obra,
incluido impuesto al valor agregado es de pesos
_________________________________________________________________
CLAUSULA 2
SERVICIOS PROFESIONALES
2.1
En base al programa de necesidades definitivo aprobado por el Comitente, el Arquitecto
realizar las tareas y gestiones profesionales para confeccionar la documentacin
grfica y escrita necesarias para la ejecucin de los croquis preliminares, el
anteproyecto, la documentacin de proyecto, el llamado a licitacin y estudio de
propuestas, y para desempear la direccin de obra, de acuerdo con lo establecido en el
Decreto-Ley 7887/55 y la doctrina del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo
(CPAU).
2.2
El Comitente encomienda al Arquitecto las tareas y servicios profesionales siguientes:
______________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________
________________________
CLAUSULA 3
TAREAS A CARGO DEL ARQUITECTO
CONTRATO PROFESIONAL TIPO
6
3.1
Croquis preliminares
Son los esquemas, diagramas, croquis de plantas, de elevaciones o de volmenes o
cualquier otro elemento grfico que el profesional confecciona como preliminar
interpretacin del programa convenido con el comitente.
3.2
Anteproyecto
Es el conjunto de plantas, cortes, elevaciones y dems elementos grficos y escritos
estudiados conforme a las disposiciones vigentes, necesarios para dar una idea general
de la obra en estudio. Debe acompaarse de una memoria descriptiva y un presupuesto
global estimativo.
3.3
Documentacin de proyecto
Es el conjunto de elementos grficos y escritos que definen con precisin el carcter y
finalidad de la obra y permiten ejecutarla bajo la direccin de un profesional. La
documentacin de proyecto exhibir en forma precisa las caractersticas fsicas y
tcnicas de la obra, en las escalas adecuadas, debidamente acotadas y sealadas para
permitir su construccin. Comprender: a) planos generales, de construccin y de detalle;
b) planos y planillas de estructura; c) planos y planillas de instalaciones; d) memoria
descriptiva; e) pliego de especificaciones tcnicas; f) pliegos de bases de licitacin y de
condiciones de contratacin; g) formulario de oferta con listado de rubros e item para
solicitar cotizaciones; h) presupuesto desagregado por rubros; i) tareas para llamado a
licitacin y estudio de propuestas.
3.4
Direccin de obra Es la funcin que el profesional desempea (i) controlando la fiel interpretacin de los
planos y de la documentacin tcnica que forma parte del proyecto, (ii) la revisin y
extensin de los certificados correspondientes a pagos de la obra en ejecucin, inclusive
el ajuste final de los mismos, la actuacin para las recepciones provisoria y definitiva y
dems tareas para la gestin de los contratos de construccin.
CLAUSULA 4
MODIFICACIONES 4.1
Toda modificacin que se introduzca al proyecto afecta al total de los elementos que lo
componen y originar las adaptaciones necesarias, tanto en los documentos que lo
constituyen como en la construccin. No se llevar a cabo ninguna modificacin al
proyecto ni a la obra sin la intervencin y aprobacin del Arquitecto.
4.2
Se considerarn modificaciones: a) las ampliaciones o disminuciones de superficie del
proyecto, b) los cambios que se introduzcan a la categora, destino, ubicacin o
modalidad de contratacin de la obra establecidos en 1.2 a 1.5, c) los cambios que se
introduzcan a las tareas a cargo del Arquitecto y/o a la obra en ejecucin.
4.3
El Arquitecto tendr derecho al cobro de honorarios adicionales por la introduccin de
modificaciones siempre que le originen la ejecucin de nuevas tareas o la asuncin de
nuevas responsabilidades.
4.4
El Arquitecto tendr derecho a prrroga de los plazos contractuales por la introduccin
de modificaciones siempre que le originen la ejecucin de nuevas tareas.
CLAUSULA 5
HONORARIOS POR SERVICIOS Y TAREAS PROFESIONALES NO PREVISTOS
5.1
7
Salvo que figuren expresamente encomendadas en este contrato, el Comitente tendr a
su cargo el pago de los honorarios que se originen por la prestacin de los servicios y
tareas profesionales que siguen: a) revisin de documentaciones preparadas por
contratistas o proveedores proponiendo modificaciones, b) informe de impacto
ambiental, c) documentaciones y trmites municipales, d) mensura y nivelacin del
terreno, e) ensayo y estudio de suelos, f) coordinacin de contratistas y proveedores, g)
desempeo del rol de Ejecutor de Obra ante la ausencia de un contratista que acte
como constructor.
5.2
El Comitente abonar los gastos especiales que se puedan originar, de acuerdo con lo
establecido en el artculo 60 del Decreto-Ley 7887/55.
CLAUSULA 6
OBLIGACIONES DEL ARQUITECTO
6.1
El Arquitecto registrar en el CPAU la encomienda objeto de este contrato, se obliga a
ajustar su actividad a las disposiciones del Cdigo de tica y cumplir las disposiciones
que figuran a su cargo en los pliegos de condiciones de los contratos de construccin.
6.2
El Arquitecto y/o sus representantes visitarn la obra con la frecuencia apropiada en
funcin del grado de avance de la misma y del tipo de los trabajos en ejecucin, a efectos
de controlar su correspondencia con la documentacin contractual.
6.3
El Arquitecto deber contar con la previa autorizacin del Comitente para ordenar la
ejecucin de trabajos que impliquen modificaciones, adicionales o economas a los
precios contractuales y/o para conceder prrrogas o extensiones a los plazos contractuales.
6.4
El Arquitecto tendr a su cargo: a) los honorarios, retribuciones y gastos necesarios para
la ejecucin de las tareas mencionadas en las Clusulas 2 y 3, b) el costo de dos juegos
de copias de los planos y escritos, resultado de las tareas a su cargo, uno de los cuales,
firmado por el Comitente, permanecer en su poder.
CLAUSULA 7
OBLIGACIONES DEL COMITENTE
El Comitente se obliga a: a) cooperar con el Arquitecto en toda gestin que requiera su
participacin, b) responder con razonable prontitud las consultas que ste le formule, c)
encauzar por intermedio del Arquitecto todo pedido vinculado con el proyecto y/o la obra
en ejecucin y d) contar con la certificacin del Arquitecto antes de efectuar pagos a
contratistas o proveedores.
CLAUSULA 8
PROPIEDAD INTELECTUAL
El anteproyecto y la documentacin de proyecto no podrn ser utilizados parcial o
totalmente por el Comitente ni ser enajenados a los efectos de su utilizacin para otros
proyectos.
CLAUSULA 9
DIVERGENCIAS
MEDIACION PRIVADA
En el caso de surgir un desacuerdo originado en la interpretacin o el cumplimiento de
las obligaciones del presente contrato, las partes acuerdan someterlo a MEDIACIN
PRIVADA, la que estar a cargo del Centro de Resolucin de Conflictos de la Sociedad
Central de Arquitectos, segn sus reglamentos, sita en la calle Montevideo 938 de esta
ciudad
8
CLAUSULA 10
PLAZOS
10.1
El Arquitecto cumplir las tareas a su cargo dentro de los plazos siguientes: a) croquis
preliminares y anteproyecto, dentro de los _________ das de aprobado el programa de
necesidades definitivo, b) documentacin de proyecto, dentro de los _________ das de
aprobado el anteproyecto, c) llamado a licitacin, dentro de los_______ _____das de
aprobada la documentacin de proyecto, d) direccin de obra, durante el plazo previsto
en 1.6 para la construccin. En caso de prolongacin de este ltimo plazo por causa
ajena a la responsabilidad del arquitecto, ste tendr derecho al cobro de honorarios
adicionales.
10.2
El Comitente dispondr de un plazo de ____________ das para aceptar o presentar
observaciones a las tareas del Arquitecto, cumplido el cual; la tarea se considerar
aceptada. Si el Comitente formulase observaciones, las partes acordarn el plazo para
que sean satisfechas. A la terminacin de cada etapa las partes dejarn constancia de su
conformidad con su firma y fecha en dos copias de la documentacin aprobada.
10.3
Los plazos se contarn en das corridos. Sern causal de prrroga, siempre que originen
demoras a las tareas del Arquitecto: a) los lapsos empleados por el Comitente o los entes
con jurisdiccin sobre la obra para responder consultas u otorgar aprobaciones, b) los
lapsos necesarios para el estudio de modificaciones y c) caso fortuito o fuerza mayor.
CLAUSULA 11
HONORARIOS Y FORMA DE PAGO
11.1
El Comitente pagar al Arquitecto, por la prestacin de los servicios profesionales
citados; los honorarios
siguientes_____________________________________________________________________
__
11.2
Los honorarios adicionales que surjan segn lo dispuesto en 4.2 se calcularn, salvo acuerdo en contrario, segn el tiempo empleado, aplicando las tarifas horarias establecidas previamente por las partes.
11.3
El Comitente pagar al Arquitecto, por la prestacin de los servicios profesionales que
figuran en 2.2 los honorarios
siguientes___________________________________________________________________
______________________________________________________________________________
____________
11.4
En cada factura el Arquitecto agregar a los honorarios el impuesto al valor agregado
que corresponda.
11.5
El Comitente pagar las facturas emitidas por el Arquitecto, al contado, dentro de los
_______________das de la fecha de su presentacin.
CLAUSULA 12
RESCISION DEL CONTRATO
12.1
El Comitente tiene el derecho de desistir del contrato por su sola voluntad pagando al
Arquitecto las tareas realizadas y la indemnizacin dispuesta en el Decreto-Ley 7887/55,
artculo 51, inciso 3).
12.2
9
Cada parte tiene derecho de rescindir el contrato a) si se diesen las causales previstas en
el Cdigo Civil, b) si la otra parte violase reiteradamente las estipulaciones contractuales.
CLAUSULA 13
OTROS ACUERDOS DE LAS PARTES
______________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________________
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares iguales, uno para cada parte, en la
Ciudad Autnoma de Buenos Aires, a los __________ das del mes de _________
________ de ______________
.................................................
..............................................
Comitente Arquitecto
10
Es un contrato de locacin de obra material y las obligaciones del Contratista y del
Propietario nacen del vnculo jurdico, donde el primero se obliga a entregar una obra total, consumada y perfecta, de acuerdo a las reglas del arte y acorde a su fin,
(objeto del contrato), y el segundo a pagar la contraprestacin en dinero.
PARTES INTERVINIENTES
PROPIETARIO
EMPRESARIO O CONTRATISTA: es la persona de existencia visible o ideal, de
carcter comercial, que dispone de su capital, que invierte en una determinada
empresa para obtener un porcentaje de ganancia (renta).
CLASIFICACION:
Bilateral Oneroso Consensual Nominado No formal Expreso Conmutativo De libre discusin
ELEMENTOS QUE LO COMPONEN:
CONTRATA : Pieza breve que encabeza el contrato de construccin y contiene:
Nombre y domicilio completo de las partes. Objeto del contrato. Sistema de ejecucin de obra. Documentos del contrato: Enumeracin de todas las partes grficas y/o
escritas que integran el contrato
Precio y forma de pago Plazos Garantas y recepcin de los trabajos Fecha de la firma. Se firman 3 ejemplares
PLIEGO DE CONDICIONES
CLUSULAS GENERALES: Agrupan el conjunto de disposiciones jurdicas legales, obligatorias o convenidas, que las partes se comprometen a
respetar
CLUSULAS ESPECFICAS O LISTAS DE TRABAJOS: Estn constitudas por las series de detalles tcnicos conforme a los cuales se conviene en
realizar la obra; se enumeran las exigencias que regirn la calidad y la
forma de ejecucin de los trabajos de la forma ms meticulosa posible.
PLANOS Y PLANILLAS: documentacin del proyecto y expresin grfica de cmo se
realizar la obra.
CONTRATO DE CONSTRUCCION: SINTESIS
11
PLIEGO DE CONDICIONES: CLASULAS GENERALES
I - OBJETO DEL CONTRATO
1: Enunciado. Objeto del Contrato.
2: Documentos del Contrato.
3: Tareas del Contratista.
4: Tramitaciones, Impuestos y Gravmenes.
5: Declaracin del Contratista.
II - DIRECCIN DE OBRAS
6: Direccin de los Trabajos o Superintendencia de Obra.
III - EJECUCIN DE LAS OBRAS
7: Sistema Jurdico Econmico de Ejecucin de Obras.
8: Plazos de Obra.
9: Mora.
10: Clusula Penal.
11: Suministro de materiales.
12: Presencia del Contratista en la Obra. Personal. Libros de Obra
13: Construccin de obrador. Ayuda de Gremios. Limpieza de Obra.
14: Trabajos Ocultos.
15: Seguros por ART y Responsabilidad Civil.
16: Recepciones Provisional y Definitiva de la Obra
17: Fondo de Garanta.
IV - CONDICIONES DE PAGO Y CERTIFICACION
18: Formas de pago.
19: Formas de Certificacin.
20: Derecho de Retencin.
V - ADICIONALES 21: Trabajos adicionales e imprevistos.
22: Variaciones de Costos.
VI - RESCISIN CONTRACTUAL
23: Rescisin en general.
24: Indemnizacin por Dao Emergente y por Lucro Cesante.
25: Prosecucin de los trabajos luego de la rescisin.
VII - DISPOSICIONES VARIAS
26: Ajuste de contestaciones.
27: Demoras y dificultades imprevistas.
28: Entrada a la obra.
29: Documentos que se exigirn del Contratista a la finalizacin de la obra.
Arquitecto
Comitente De obra
intelectual Bilateral
Oneroso
Consensual
Nominado
No formal
Expreso
Conmutativo
De libre
discusin
Encabezado
y clusulas
generales PROFESIONAL
DE
CONSTRUCCIN
Comitente
Contratista
con
conocimiento
del arquitecto
De obra
material
Contrata.
Clusulas
generales,
especficas
o lista de
trabajos.
Planos y
planillas.
CONTRATOS PARTES LOCACIN CLASIFICACIN ELEMENTOS
12
EL CONTRATO: Acuerdo de voluntades entre Comitente y Empresa constructora
(representada por El Representante Tcnico)
OBJETO DEL CONTRATO: provisin o prestacin de servicio en adelante llamado LOS TRABAJOS DOCUMENTACION CONTRACTUAL: Pliego de clusulas, instrumentos confeccionados por
el proyectista, oferta del contratista (si existe), planes de trabajo, planillas etc.
EL COMITENTE: Persona de existencia visible o jurdica que se obliga a pagar al
contratista los trabajos objeto del contrato. Debe entregar al contratista el terreno donde
se ejecutarn los trabajos, libre de ocupantes y en el plazo convenido.
Sern por cuenta del comitente los gastos de adquisicin de Derechos de Medianera
incluyendo los gastos de convenio y honorarios del profesional interviniente.
EL CONTRATISTA: persona de existencia visible o jurdica que se obliga a ejecutar los
trabajos Objeto del Contrato, asumiendo todas las responsabilidades expresadas en el pliego de condiciones y dems documentacin contractual
TIPOS DE CONTRATISTAS:
UNICO: El contratado para ejecutar la totalidad de los trabajos
PRINCIPAL: el contratado para ejecutar el 75% o ms, de los trabajos
OTRO CONTRATISTA: el contratado para ejecutar menos del 75% de los trabajos
EL CONTRATISTA COMO CONSTRUCTOR:
Asumir responsabilidades tcnicas, Civiles, Penales, y Administrativas que implican el
desempeo de ese rol, a travs de su REPRESENTANTE TECNICO, que firmar los planos
municipales.
Esta responsabilidad estar vigente durante la ejecucin de los trabajos hasta la
recepcin definitiva (RESPONSABIDIDAD CONTRACTUAL) y subsisten durante 10 aos
segn lo establece el Cdigo Civil (PLAZO DE GARANTIA POSCONTRACTUAL)
SUBCONTRATISTAS
Es la empresa contratada por el CONTRATISTA DEL CONTRATO DE CONSTRUCCION. Lo
antedicho no modifica en modo alguno el vinculo jurdico entre Comitente y Contratista.
El Contratista ser responsable por acciones u omisiones, atrasos, errores,
inconvenientes, daos y /o deterioros que sus subcontratistas pudieran ocasionar a los
trabajos, a propiedades del comitente o a terceros.
SEGUROS Y GARANTIAS
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y CONTRA INCENDIO: Corrern por cuenta del
contratista si el comitente lo requiere en la documentacin contractual. SEGURO DE ACCIDENTES O LESIONES DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA
Todo el personal afectado a la obra que est en relacin laboral de dependencia con el
contratista, estar amparado por lesiones y/o muerte derivadas de su propia actividad
segn LEY 24557.
El contratista presentar:
Listado completo de todo el personal empleado en relacin de dependencia y / o subcontratista includo en la cobertura, con nmero de documento.
Nmina de altas y bajas que el asegurado debe informar mensualmente a la ART
Copia del recibo de pago de los aportes donde se incluye el pago a la ART
CONTRATO DE CONSTRUCCION: CONCEPTOS
13
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
Las partes convendrn si tiene lugar este tipo de garanta. Podr constituirse mediante
pliza de Seguro de Caucin contratado por el contratista a favor del comitente. Ser
equivalente a un porcentaje del monto de contrato que se pacte, figurar en la
CONTRATA y se devolver con motivo de la recepcin definitiva.
Ser destinada para responder por el pago de:
Costos y gastos emergentes de la rescisin del contrato por culpa del contratista
Los cargos y multas que se hubieren aplicado por no cumplimiento de plazos
Los crditos a favor del comitente que puedan subsistir una vez agotado el fondo de reparo
FONDO DE REPARO
Ser destinado a la reparacin de los vicios y/o defectos producidos en la ejecucin de
los trabajos, ya sea por deficiente mano de obra o mala calidad de los materiales,
artefactos o equipos suministrados por el contratista, sus subcontratistas o sus
proveedores; en caso de que estas reparaciones no sean efectuadas por el contratista en
tiempo y forma.
El comitente retendr un porcentaje de los montos certificados en cada liquidacin a los
efectos de constituir este fondo.
PLAZO DE GARANTIA:
Durante este intervalo de tiempo el contratista est obligado a reparar o rehacer los
trabajos (a su cargo), que a juicio de la D.O no cumplan con lo requerido en los pliegos,
ya sea por deficiente calidad de los materiales o por deficiente mano de obra.
Si el contratista se negara a comenzar la re ejecucin de los mismos dentro del plazo
estipulado a partir de su notificacin, el comitente podr contratar la ejecucin por
terceros, usando el fondo de reparo para pagar dichos trabajos.
REPRESENTANTES DEL CONTRATISTA
Representante Tcnico: Arquitecto o Ingeniero matriculado en Consejo Profesional
respectivo y habilitado por Municipalidad con jurisdiccin en la obra. Suscribir Planos
Municipales y asumir responsabilidades tcnicas, civiles, penales y administrativas.
Jefe de Obra: la empresa lo designar para controlar la coordinacin del plan de trabajo
trazado por la empresa y su asistencia a la misma ser de acuerdo a lo que el proceso de
los trabajos requiera.
Ser arquitecto o Ingeniero con experiencia tcnica y administrativa en la ejecucin de
obras. Concurrir al estudio de la Direccin de Obra cuando sta lo solicite.
Capataz: La empresa lo designar para que permanezca durante toda la jornada de
trabajo conduciendo y controlando al personal y a la ejecucin de los trabajos. El mismo
recibir rdenes de la Direccin de Obra si el Representante Tcnico o el Jefe de obra no
se encuentran en la misma.
RESPONSABILIDADES POR EL PAGO DE SALARIOS Y APORTES DEL
PERSONAL
El contratista ser nico responsable de dar cumplimiento a las leyes 17258 y 20744
como as tambin a los convenios Colectivos de trabajo aplicables a su personal y
cumplir normas y leyes de previsin social.
La falta de pago de salarios o aportes ser causal de paralizacin de los pagos por parte
del Comitente.
El Contratista har cumplir a sus subcontratistas las disposiciones precedentes y ser
nico responsable por sus incumplimientos.
NORMAS Y PRECAUCIONES DE SEGURIDAD
14
El Contratista est obligado a proveer a su personal y al de los subcontratistas todos los
elementos que las leyes vigentes obliga a proveer, entre otros:
Casco de seguridad
Zapatos de seguridad
Guantes (cuando as se requiera)
Ropa adecuada y limpia
Antiparras (cuando as se requiera)
Cinturones de seguridad en trabajos de altura
Herramientas elctricas con puesta a tierra
Matafuegos aptos para electricidad, mnimo dos de 10 kg; constantemente en obra
El contratista ser responsable directo por el incumplimiento de las disposiciones
vigentes, entre otras:
Mantener en buenas condiciones de orden y aseo el lugar de ejecucin de los trabajos; condicin imprescindible para limitar las posibilidades de accidentes e
incendios.
Disponer de recipientes con tapas adecuadas para depositar materiales de descarte
Ubicar antes del inicio de los trabajos carteles con los nmeros telefnicos de la ART, en distintos sectores de la obra y/o obrador, servicio de ambulancia, y direccin de la institucin mdica donde se derivarn los operarios lesionados.
OBLIGACIONES DE LOS CONTRATISTAS PRINCIPALES O NICOS
CONSTRUCCION DE OBRADOR: Provisto de locales sanitarios, vestuarios para el personal
obrero, para su personal de oficina y para la D.O y su personal. Construir locales para
depsito de los distintos tipos de materiales, maquinaria y herramientas,
resguardndolos de los deterioros que los inutilizaran y de posibles sustracciones.
AYUDA DE GREMIOS: Prestar a sus subcontratistas, y a otros contratistas las ayudas de
gremio necesarias que son de prctica habitual en la industria de la construccin.
SERENO DE OBRA: para garantizar el control de los lugares de acceso a la obra, se har
cargo de este servicio de manera permanente, enteramente a su coste; ya que es
responsable por robos, hurtos que puedan sufrir los materiales, maquinaria y equipos, ya
sean patrimonio de sus subcontratistas, del comitente o de s mismos.
ILUMINACION Y FUERZA MOTRIZ
Esta categora de contratista se encargar de gestionar ante las empresas proveedoras
de energa elctrica, la fuerza motriz para las maquinarias y herramientas necesarias
para la ejecucin de los trabajos, como as tambin deber garantizar la iluminacin de
todas las reas de trabajo afectadas a la obra.
Ante cualquier inconveniente de provisin por parte de las empresas prestadoras, el
contratista deber garantizar grupo electrgeno de la potencia necesaria como para no interrumpir los trabajos.
AGUA DE CONSTRUCCION
El contratista nico o principal deber gestionar ante la empresa proveedora, el agua
necesaria para la ejecucin de los trabajos. Ser responsable por el pago de tasas y
derechos que correspondan por este concepto. Ser responsable de verificar que el agua
sea apta para consumo personal y para la ejecucin de los trabajos.
SANCIONES CARGOS: Son sanciones en dinero que el comitente podr imponerle al contratista por
causar daos a sus bienes o a propiedades linderas.
MULTAS: Son sanciones en dinero que el comitente podr imponerle al contratista por
incumplimiento de plazos o por contravenir o no ejecutar rdenes de servicio.
15
SISTEMA A COSTE Y COSTAS consideraciones para los contratos.
COSTE DE LA OBRA: comprende los rubros, materiales, mano de obra con sus respectivas
cargas sociales, subcontratos, fletes. Se entienden comprendidos dentro de este
concepto los gastos generales de obra y de oficina aplicados directamente a los trabajos
objeto del contrato. Como as tambin adquisicin, alquiler, reparacin, reposicin de
maquinarias y enseres para la ejecucin de los trabajos. No constituyen coste deshacer o
demoler y reconstruir trabajos rechazados que hubieren quedado ocultos y sin la debida
inspeccin.
COSTAS: Porcentaje que se aplica al coste, que equivale a un importe en dinero que el
comitente pagar al Contratista; como fue convenido por ambas partes; y que figurar en la CONTRATA como constancia de ese acuerdo. Constituye el beneficio empresario.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA EN ESTE SISTEMA
Generalmente si la ejecucin de los trabajos es contratada por este sistema; el tipo de
contratista es UNICO, esto significa que se lo contrat para que ejecute la totalidad de
los trabajos.
Deber cumplir con las obligaciones que le caben a los contratistas principales y nicos
pero adems rendir y demostrar ingresos, egresos y permanencia de los materiales a la
obra segn pliego de condiciones. Deber demostrar correspondencia entre remitos de
compra y constancias de alquiler de maquinarias y la presencia de los mismos en la obra.
PLAN DE TRABAJO: Se conviene generalmente en este tipo de contrato que el contratista
entregue a la D.O en un plazo estipulado en el contrato; una secuencia de ejecucin de
los trabajos, definiendo plazos para cada tarea y fechas para acopio de materiales en
funcin de la programacin de las tareas.
LIQUIDACION DE LOS TRABAJOS: En el intervalo de tiempo convenido por las partes
(generalmente 30 dias corridos), el contratista presentar a la D.O el detalle de TODOS
los materiales comprados en ese perodo, las mquinas alquiladas y los jornales pagados
por el contratista a los operarios. Estos conceptos figurarn como gastos que el
contratista efectu a su cargo y que el comitente deber devolverle cuando la D.O
certifique las mismas. En estas liquidaciones deber figurar tambin el porcentaje
convenido para que el comitente retenga como fondo de reparos y el porcentaje de
costas que las partes acordaron que la empresa gane como beneficio.
CONTRATOS SEPARADOS Esta situacin se genera cuando todos los contratistas ejecutan menos del 75% de los
trabajos necesarios.
En ese caso, si existiese una empresa que ejecutase todo el rubro albailera; sera el
contratista ms importante, porque ejecutar la mayor cantidad de tareas, y se le podr
exigir que preste ayuda de gremios, que coordine el PLAN DE SEGURIDAD EN OBRA, y que
garantice la provisin del AGUA PARA CONSTRUCCION y la LUZ DE OBRA. Este
contratista podr asumir las responsabilidades de CONSTRUCTOR y suscribir los PLANOS
MUNICIPALES como tal conjuntamente con el Propietario, el Proyectista y el Director.
En ocasiones no estn contratadas todas las tareas del rubro albailera con una nica empresa; en esas circunstancias el D.O coordinar a todos los dems contratistas y
subcontratistas. Asumir el rol de constructor la empresa que por su volumen e
importancia de tareas as lo capacite. (Por ej: el ejecutor estructural).
DAOS EN OBRAS QUE SE ESTAN EJECUTANDO POR CONTRATOS SEPARADOS
Si un contratista pudiere demostrar que otro contratista esta perjudicando su trabajo, sus
bienes (propios o alquilados) por negligencia o impericia; podr comunicrselo a la D.O mediante nota de pedido en el libro respectivo .El D.O har la deduccin del importe
correspondiente a la reparacin de estos daos en el prximo certificado de pago de la
empresa que provoc el dao.
16
Si no existiese nota de pedido, pero a criterio de la D.O un contratista estuviese
perjudicando la ejecucin de tareas de otro contratista, podr exigirle a la empresa que
provoca los daos que efecte las reparaciones a su coste (dichos trabajos sern
presupuestados por la empresa daada , quedando a juicio de la D.O la aprobacin de
dicho presupuesto).
17
MODELO DE CONTRATO DE CONSTRUCCION POR AJUSTE ALZADO: CONTRATISTA UNICO
CONTRATA DE OBRA
Entre ________________________________________________ en adelante llamado el Comitente, con domicilio en ________________________________ por una parte y por la otra
________________________________ en adelante llamado el Contratista, con domicilio en ________________________________ convienen en celebrar el presente contrato de locacin de
obra, de acuerdo con las clusulas que siguen y con el Pliego de Condiciones anexo.
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
El Comitente encomienda al Contratista y ste acepta la encomienda de los trabajos para la
ejecucin de la obra ubicada en ________________________________________________ Los
trabajos a cargo del Contratista corresponden a todos los rubros de la obra. La Direccin de Obra
ser ejercida por el/los arquitectos__________________________________________
CLAUSULA SEGUNDA: MODALIDAD DE CONTRATACION Y CONDICION DEL CONTRATISTA
Los trabajos se contratan y se ejecutarn por el sistema de AJUSTE ALZADO y el Contratista
revestir la condicin de CONTRATISTA UNICO, de acuerdo con la definicin que figura en 02.04
del Pliego de Condiciones. El Contratista actuar como constructor y asumir las
responsabilidades que a este rol le imponen el Pliego de condiciones, el Cdigo de Construccin
de la municipalidad con jurisdiccin sobre la obra, el Cdigo Civil y las leyes.
CLAUSULA TERCERA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Los trabajos se ejecutarn en un todo de acuerdo con la presente Contrata de obra, el Pliego de
Condiciones, la oferta del Contratista, la documentacin de proyecto y las aclaraciones que se
hubieren formulado por escrito durante la licitacin, instrumentos que se anexan firmados por las
partes. La documentacin de proyecto, confeccionada por el/los arquitecto/s
______________________est compuesta por los siguientes
elementos_________________________________________
CLAUSULA CUARTA: MONTO DEL CONTRATO
El Contratista se compromete a ejecutar los trabajos que se contratan por el importe total de
pesos______________________de acuerdo con su oferta de
fecha______________________________________
CLAUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO
El Comitente pagar los certificados emitidos por la Direccin de Obra, ________________, dentro
de los________________ das a partir de la fecha de recepcin de la liquidacin del Contratista por
parte de la Direccin de Obra. Si el pago se demorase por razones no imputables al Contratista, el
Comitente pagar por el lapso excedido un inters equivalente al___________________
CLAUSULA SEXTA: PLAZOS DE EJECUCION
El Contratista iniciar la ejecucin de los trabajos dentro de los ________________ das a partir de
la fecha del contrato y los concluir dentro de un plazo de ________________ das a partir de la
fecha de iniciacin. El Contratista cumplir los plazos parciales que puedan estar dispuestos en
otro documento del contrato.
CLAUSULA SEPTIMA: GARANTIAS Y RECEPCION DE LOS TRABAJOS
Antes de la iniciacin de los trabajos el Contratista entregar al Comitente y a su entera
satisfaccin, la garanta de cumplimiento de contrato que ser equivalente al _______% (_______
por ciento) del monto del contrato. La garanta estar constituida por ______________ El fondo de
reparos ser equivalente al _______% (_______por ciento) de los montos certificados. El plazo de
garanta ser de _______ das a partir de la fecha de la recepcin provisoria de la obra.
CLAUSULA OCTAVA: REAJUSTE DEL PRECIO CONTRACTUAL
El monto del contrato ser reajustado aplicando el procedimiento dispuesto en
___________________
si previamente se cumplen los supuestos all establecidos.
En prueba de conformidad las partes firman tres ejemplares iguales, uno para cada una y el
tercero para la Direccin de Obra, en la Ciudad de _____________________el
da___________________________
................................................. ..............................................
COMITENTE CONTRATISTA
CONTRATO DE CONSTRUCCION TIPO
18
INDICE DEL PLIEGO DE CLAUSULAS GENERALES
01 DEFINICIONES
02 CONTRATO: OBJETO PARTES- SISTEMA DE EJECUCIN 03 DOCUMENTACIN CONTRACTUAL
04 DIRECCION DE OBRA-COMUNICACIONES DE OBRA
Direccin de Obra
Facultades y obligaciones de la Direccin de Obra
Cuaderno de rdenes de servicio
Ordenes de servicio
Cuaderno de notas de pedido 05 SEGUROS Y GARANTIAS
Disposiciones generales sobre seguros
Seguro de accidentes o lesiones del personal del Contratista
Garanta de cumplimiento de contrato
Fondo de reparo 06 PLANTEL DEL CONTRATISTA - PERSONAL
Representantes del Contratista
Profesional en Higiene y Seguridad
Personal
Salarios, leyes y cargas sociales
Reclamos al Comitente 07 SEGURIDAD
Disposiciones generales
Normas y precauciones de seguridad 08 PLAZOS CONTRACTUALES
Plan de trabajo
Prrroga de los plazos contractuales 09 OBRADOR
Construcciones de obrador
Cerco y cartel de obra
Servicios pblicos Medidores y tendidos
Iluminacin y fuerza motriz
Agua de construccin 10 MATERIALES
Disposiciones generales
Calidad de los materiales 11 EJECUCION DE LOS TRABAJOS
Disposiciones generales
Trabajos defectuosos
Trabajos ocultos
Limpieza peridica de obra
Limpieza final de obra 12 OTRAS TAREAS A CARGO DEL CONTRATISTA
Replanteo y nivel cero
Planos y trmites municipales
Planos y trmites ante empresas prestatarias de servicios 13 MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Reconocimiento de trabajos por modificaciones del contrato
Determinacin de nuevos precios 14 LIQUIDACION, CERTIFICACION Y PAGO
Carcter del precio contractual
Liquidaciones del Contratista
Certificados de la Direccin de Obra
Pago de los certificados 15 RECEPCIONES DE OBRA
Recepcin provisoria
Acta de recepcin provisoria
Certificado final de obra
Plazo de garanta
Recepcin definitiva
Acta de recepcin definitiva 16 MULTAS
17 AJUSTE DE CUESTIONES
Mediacin Privada
Arbitraje
Procedimiento previo a la rescisin del contrato
Rescisin por causa del Contratista
Rescisin por causa del Comitente
Inventario, avalo y liquidacin
19
Caso fortuito o fuerza mayor
Jurisdiccin judicial
PLIEGO DE CLAUSULAS GENERALES
CLAUSULA 1: DEFINICIONES
Las definiciones que siguen corresponden a trminos utilizados en este Pliego de
Condiciones, de uso muy extendido dentro de la prctica profesional, a los que no
siempre se adjudican los significados correctos.
Comitente: persona fsica o jurdica, pblica o privada, que individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de
construccin para s o para su posterior enajenacin, entrega o cesin a terceros, bajo
cualquier ttulo y ostenta la titularidad de un derecho que le faculta a construir sobre el
terreno.
Constructor: contratista que asume contractualmente las responsabilidades por la construccin de toda la obra.
Contrata de obra: breve documento que integra los modelos de contratos de construccin editados por el Consejo en el que las partes comprometen el cumplimiento
de las obligaciones dispuestas en l y en los instrumentos anexos.
Contratista: persona fsica o jurdica que asume contractualmente ante el Propietario de la obra el compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales, propios o
ajenos, la obra, partes o rubros de la misma mediante el pago de un precio pactado, de
acuerdo con el contrato de construccin.
Contratista nico: es el contratista que tiene a su cargo la totalidad de los trabajos a ejecutar en la obra. Tambin llamado Empresa Constructora.
Contrato: documento en el que se establecen las obligaciones entre el Comitente y el Contratista y a cuyo cumplimiento las partes pueden ser compelidas. Los modelos de
contratos de construccin editados por el Consejo estn compuestos por la contrata de
obra y el Pliego de condiciones para la contratacin y ejecucin de la obra.
Direccin de obra (DO): es la encargada de supervisar y controlar peridicamente la ejecucin de los trabajos para verificar su correspondencia con la documentacin
contractual y el cumplimiento de las obligaciones por el Contratista.
Director de Obra (DO): profesional que ejerce la Direccin de Obra. Documentacin contractual: comprende los documentos de la documentacin de proyecto, la oferta del Contratista, la contrata de obra, las aclaraciones que puedan
haber sido formuladas durante la licitacin, otros instrumentos anexos firmados por las
partes y los documentos que firmados por las partes y/o la DO se generan durante la
construccin de la obra.
Documentacin de proyecto: conjunto de elementos grficos y escritos que describen con precisin el carcter y finalidades de la obra y permiten ejecutarla bajo la direccin
de un profesional. Comprende los elementos que se mencionan en la Clusula Tercera de
la Contrata de obra.
Materiales: El trmino involucra a los materiales, artefactos, equipos y cualquier otro insumo o suministro necesarios para la ejecucin de los trabajos.
Modificaciones del contrato: son los agregados, supresiones o cambios autorizados por el Comitente que se introducen a los materiales o trabajos mediante orden de servicio de
la DO.
Oferta: documento suscrito por el Contratista con el presupuesto o cotizacin de los trabajos, que forma parte del contrato.
Pliego de condiciones: recopilacin de disposiciones legales, econmicas y administrativas para la contratacin y ejecucin de la obra. El presente Pliego de
Condiciones se denominar en adelante Pliego.
Pliego de especificaciones tcnicas: conjunto de disposiciones escritas que integra la documentacin de proyecto.
Profesional en Higiene y Seguridad: es el profesional con ttulo habilitante responsable de coordinar y supervisar las medidas y protecciones de seguridad en obra, las que sern
implementadas y permanentemente controladas por el capataz y/o el Jefe de Obra.
20
Representante Tcnico (RT): es el profesional con ttulo habilitante que, actuando en representacin del Contratista que acta como constructor, asume la responsabilidad
que implica la construccin, instalaciones y la provisin de equipos y/o materiales para
la construccin.
Subcontratista: es la persona o empresa a quien el Contratista encomienda la ejecucin de parte de los trabajos contratados y que no mantiene ningn tipo de relacin
con el propietario de la obra.
CLAUSULA 2: EL CONTRATO PARTES- OBJETO - SISTEMA DE EJECUCIN CONTRATACIN
LAS PARTES:
En la Ciudad Autnoma de Buenos Aires , a losdas del mes de de ..entre..con DNI.en adelante , EL COMITENTE, domiciliado en ..por una parte, y por la otra parte el Sren adelante, EL CONTRATISTA, identificado con C.U.I.T. NY N de Registro I.E.R.I.Ccon domicilio en..convienen en celebrar el presente contrato de locacin de obra material.
OBJETO: El comitente encomienda al Contratista y ste acepta la encomienda para la
ejecucin de todos los rubros para la obra destinada a .. cita en la callecon la correspondiente nomenclatura Catastral SISTEMA DE EJECUCIN
De acuerdo con lo dispuesto en la Clusula Segunda de la Contrata de obra, la
contratacin y ejecucin de la obra ser por ajuste alzado, lo que significa que el
Contratista se compromete a ejecutar los trabajos contratados y el Comitente a pagar
por ellos el precio total que figura en la Clusula Cuarta de la Contrata de obra. Los
rubros, sub-rubros e tems que aparecen con sus respectivos precios en la oferta del
Contratista, figuran desagregados a los efectos de facilitar su mejor evaluacin y la
liquidacin y certificacin de los trabajos. Aunque en la oferta del contratista figuren
cmputos mtricos, precios parciales y totales, los mismos slo tienen carcter
estimativo y no comprometen a las partes por las diferencias que puedan producirse con
respecto a la cantidad de los trabajos ejecutados.
EL COMITENTE
El Comitente se obliga a:
a) cumplir con las disposiciones de este Pliego y de los restantes elementos de la
documentacin contractual.
b) entregar al Contratista el terreno o lugar de ejecucin de los trabajos dentro del plazo
convenido. El terreno estar libre de ocupantes y con sus lmites establecidos.
c) responder con razonable prontitud a los pedidos del Contratista, los que le sern
transmitidos por la DO. Igual procedimiento seguir el Comitente para comunicar al
Contratista sus respuestas, instrucciones y comunicaciones.
EL CONTRATISTA El Contratista asume las obligaciones y responsabilidades que figuran en el Pliego y en
los restantes elementos de la documentacin contractual.
El Contratista revistar la condicin de Contratista Unico establecida en la Clusula
Segunda de la Contrata de obra, lo que significa que tiene a su cargo la totalidad de los
trabajos a ejecutar en la obra
EL CONTRATISTA COMO CONSTRUCTOR
A
El Contratista actuar como constructor y adquirir las obligaciones y responsabilidades
tcnicas, administrativas, civiles y penales que implica el desempeo del rol.
B
A los efectos de asumir las responsabilidades que figuran en A, el Contratista designar
un profesional que actuar como Representante Tcnico, quien asimismo firmar los
planos municipales en representacin del constructor.
C
21
Las obligaciones y responsabilidades del Contratista como constructor se extienden
desde el momento en que suscribe el contrato de construccin hasta la recepcin
definitiva de la obra y subsisten segn lo establecido por el Cdigo Civil y las leyes.
SUBCONTRATISTAS
A
Subcontratista es la persona o empresa a quien el Contratista encomienda la ejecucin
de parte de los trabajos contratados. Los derechos, obligaciones y responsabilidades que
surjan de contratos, rdenes de compra u otros instrumentos entre el Contratista y sus
subcontratistas no alteran en modo alguno el vnculo jurdico establecido entre el
Comitente y el Contratista.
B
El Contratista ser responsable por las acciones u omisiones de sus subcontratistas, por
sus errores y atrasos y por los inconvenientes, daos y deterioros que produzcan a sus
propios trabajos, a los de otros sub-contratistas, a propiedades del Comitente o a
terceros.
CLAUSULA 3: DOCUMENTACIN CONTRACTUAL
A
La documentacin contractual est compuesta por los documentos del contrato
mencionados en la Clusula Tercera de la Contrata de obra, de cuyo contenido, alcance y
significado el Contratista declara estar compenetrado, y los restantes instrumentos que
figuran en B.
B
Formarn parte de la documentacin contractual:
a) la garanta de cumplimiento de contrato
b) el acta de iniciacin de los trabajos
c) el plan de trabajo
d) las rdenes de servicio impartidas por la DO y las notas de pedido del Contratista
e) los croquis y aclaraciones que durante la ejecucin de la obra entregue la DO al
Contratista.
f) las documentaciones grficas y escritas, presupuestos aprobados y ordenes para la
ejecucin de modificaciones del contrato.
g) las actas y todo otro documento que suscriban las partes.
C
Los listados precedentes no implican orden de prioridad. Los documentos del contrato se
complementan entre s: todo trabajo dibujado o descrito en uno de ellos, aunque no figure en otros, ser ejecutado por el Contratista sin que tenga derecho a reclamo
alguno. En caso de que exista ambigedad o contradiccin entre planos, planillas,
especificaciones, etc, prevalecer lo que establezca la DO.
D
El Contratista estudiar la documentacin de proyecto y la que la DO le proporciones
posteriormente, consultar a la DO en caso de dudas y solicitar su intervencin en caso
de detectar errores u omisiones. Cualquier deficiencia o error que comprobara, ser
comunicado antes de iniciar los trabajos respectivos.
F
El Contratista ser responsable por la correcta interpretacin de los planos y
especificaciones para la ejecucin de la obra y responder por defectos o errores que
pudiere cometer, siendo a su cargo los trabajos que sean necesarios para corregir los
realizados errneamente, no pudiendo alegar corresponsabilidad con la DO por alguna de
las eventualidades sealadas.
CLAUSULA 4: DIRECCION DE OBRA COMUNUCACIONES DE OBRA DIRECCIN DE OBRA
A
La DO, designada en la Clusula Primera de la Contrata de obra, representa
tcnicamente al Comitente y tiene autoridad para actuar en su nombre dentro de los
trminos de la documentacin contractual. La DO no es parte del contrato y comprende
al Director de Obra y a sus representantes autorizados.
22
B
La DO es la encargada de supervisar y controlar peridicamente la ejecucin de los
trabajos para verificar su correspondencia con la documentacin contractual y el
cumplimiento de las obligaciones del Contratista. Tiene a su cargo la aprobacin de los
trabajos ejecutados y el rechazo, a su exclusivo criterio, de aquellos materiales y trabajos
que no concuerden con los planos, especificaciones y restantes elementos de la
documentacin contractual.
C
El Contratista debe respetar la autoridad de la DO y acatar sus rdenes.
D
En cualquier momento que un vicio, falla o defecto se evidencien y hasta la finalizacin
del plazo de garanta, la DO podr exigir al Contratista la correccin, demolicin,
reejecucin o reemplazo de los materiales o trabajos afectados. En cualquier caso
prevalecer lo dictaminado por la DO.
E
Las tratativas y comunicaciones entre el Contratista y el Comitente en relacin con el
objeto del contrato se harn exclusivamente a travs de la DO.
FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA DIRECCIN DE OBRA
A
Son facultades de la DO:
a) Ordenar la presentacin de muestras de materiales.
b) Revisar y aprobar, corregir o rechazar las liquidaciones presentadas por el Contratista,
previo a la emisin del certificado correspondiente.
c) Solicitar la aplicacin de sanciones al Contratista.
B
Son obligaciones de la Direccin de Obra:
a) Rechazar cualquier material, artefacto o equipo que a su juicio no concuerde con la documentacin contractual o estn degradados o averiados por cualquier motivo.
b) Ordenar la demolicin y/o reconstruccin de cualquier porcin de los trabajos
ejecutados que a su juicio presente vicios aparentes o no concuerde con la
documentacin contractual.
c) Analizar con el Contratista los nuevos precios que correspondan por trabajos de
modificaciones al contrato: agregados, supresiones o cambios.
d) Evaluar los pedidos de prrroga del Contratista y recomendar al Comitente su
otorgamiento o rechazo.
e) Informar y asesorar al Comitente sobre las notas de pedido presentadas por el
Contratista cuando ellas puedan originar modificaciones del contrato.
CUADERNO DE RDENES DE SERVICIO
A
El cuaderno de rdenes de servicio estar en el lugar que indique la DO y ser utilizado
por ella para efectuar comunicaciones y emitir rdenes de servicio al Contratista.
B
El cuaderno ser provisto por el Contratista y sus hojas numeradas por triplicado. El
original y las copias de las rdenes de servicio, en adelante OS, sern distribuidas como
sigue:
original : permanece en el cuaderno de OS, en obra
duplicado : lo retira el Contratista
triplicado : lo retira la DO C
Al comienzo del cuaderno de OS constar la apertura del mismo, indicando fecha,
ubicacin de la obra, cantidad de pginas y la designacin del o de los representantes de
la DO. Cada OS estar fechada y ser escrita comenzando una nueva hoja, debindose
anular al final del escrito con una lnea el espacio libre restante, dejando el lugar
necesario para las firmas y fecha de notificacin.
23
D
En el cuaderno de OS la DO emitir sus OS y contestar las notas de pedido que realice el
Contratista, dejar constancia de la suscripcin de las actas de iniciacin de los trabajos,
de replanteo, de mediciones, de recepciones de obra y cualquier otro registro que la DO
considere necesario.
ORDENES DE SERVICIO
A
Las OS impartidas por la DO formarn parte de la documentacin contractual.
B
Cada OS ser firmada por el Contratista o su representante en el momento de ser
extendida. Si no estuvieren presentes, el Contratista o su representante se notificarn
dentro de los tres das hbiles de haber sido emitida, pudiendo dentro de los tres das
hbiles subsiguientes manifestar su disconformidad fundada. Transcurrido dicho plazo
sin que hubiere manifestado disconformidad, no tendr derecho a reclamos posteriores.
CUADERNO DE NOTAS DE PEDIDO
A
El cuaderno de notas de pedido ser utilizado por el Contratista para asentar sus
comunicaciones a la DO y efectuar solicitudes a la DO y/o al Comitente. Cada nota de
pedido estar fechada y ser escrita comenzando una nueva hoja, debindose anular al
final del escrito con una lnea el espacio libre restante, dejando el lugar necesario para
las firmas y fecha de notificacin.
B
El cuaderno de notas de pedido ser provisto por el Contratista y sus hojas numeradas
por triplicado. Original y copias sern distribuidos como sigue:
original : permanece en el cuaderno, en obra
duplicado : lo retira la DO
triplicado : lo retira el Contratista CLAUSULA 5: SEGUROS Y GARANTIAS
DISPOSICIONES GENERALES SOBRE SEGUROS
El Contratista ser responsable por todo dao ocasionado por su personal, equipos y/o
vehculos, como as tambin aqullos causados por sus subcontratistas, debiendo
indemnizar al Comitente por cualquier reclamo por accidentes, multas y gastos consecuentes, incluyendo honorarios y costas y sin que los montos de los seguros
contratados constituyan un lmite a su responsabilidad.
El Contratista contratar los seguros con compaas de primera lnea a satisfaccin del
Comitente. Las plizas cumplirn los siguientes requisitos :
a) el Comitente figurar como asegurado y el Contratista como tomador
b) estarn extendidas por un plazo que cubra el de la ejecucin de los trabajos y el
perodo de garanta
El Contratista exigir a sus subcontratistas que contraten sus respectivos seguros
SEGURO DE ACCIDENTES O LESIONES DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA
A
Todo el personal afectado a la obra que est en relacin laboral con el Contratista y sus
subcontratistas estar amparado por lesiones y/o muerte, derivados de su propia
actividad, por un seguro obligatorio de Riesgos del Trabajo, Ley 24.557
B
El Contratista contratar y mantendr vigentes seguros contra accidentes o lesiones por
lo conceptos: indemnizacin en caso de muerte, incapacidad permanente total o parcial,
incapacidad temporaria y asistencia mdico-farmacutica con las obligaciones
emergentes de las Leyes 24028 y 24557 de creacin de Aseguradoras de Riesgos de
Trabajo o las que las reemplacen.
C
El Contratista presentar:
24
Detalle enviado a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo con la totalidad del personal
empleado en relacin de dependencia del Contratista y/o Subcontratista incluido en la
cobertura, con nmero de documento de identidad, antes de iniciar las obras en el sitio.
Nomina de altas y bajas que el asegurado debe informar mensualmente a la ART
Copia del recibo de pago de los aportes donde se incluye el pago a la ART.
GARANTA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
A.
La garanta de cumplimiento de contrato ser destinada para responder por el pago de :
a) los costos y gastos emergentes de la rescisin del contrato por culpa del Contratista.
b) las multas dispuestas en la Seccin 16. c) los crditos a favor del Comitente que puedan subsistir una vez agotado el fondo de
reparo.
B.
La garanta de cumplimiento de contrato ser constituida antes del comienzo de la obra y
contratada por un importe equivalente al porcentaje del monto del contrato que se
estipula en la Clusula Sptima de la Contrata de obra. La garanta de cumplimiento de
contrato o su saldo remanente sern devueltos a la recepcin definitiva de la obra.
FONDO DE REPARO
A
El fondo de reparo ser destinado para atender la reparacin de los vicios o defectos
producidos en la ejecucin de los trabajos por deficiente mano de obra o mala calidad de
los materiales artefactos o equipos suministrados por el Contratista, sus subcontratistas
y proveedores, en el caso de que tales reparaciones no sean efectuadas en tiempo y
forma por el Contratista.
B
El fondo de reparo no ser actualizado por ningn ndice ni reintegrado con ningn
inters.
CLAUSULA 6: PLANTEL DEL CONTRATISTA - PERSONAL
REPRESENTANTES DEL CONTRATISTA
A
Este Pliego reconoce las siguientes condiciones de representantes del Contratista:
Representante Tcnico y Capataz.
B
El Contratista designar un Representante Tcnico, profesional arquitecto o ingeniero, matriculado en el Consejo Profesional respectivo y habilitado por la Municipalidad con
jurisdiccin sobre la obra. Suscribir los planos municipales y asumir todas las
responsabilidades por la ejecucin de la construccin de la obra.
C
El Contratista dispondr que un capataz se desempee permanentemente en obra
durante toda la jornada de trabajo. El Capataz estar capacitado para conducir personal,
supervisar y controlar la ejecucin de los trabajos y recibir rdenes e instrucciones de la
DO. La designacin se registrar en el cuaderno de pedidos y la DO que tiene la facultad
de solicitar su remocin y reemplazo en cualquier momento.
PROFESIONAL EN HIGIENE Y SEGURIDAD
A
Correr por cuenta y cargo del Contratista la contratacin de un profesional habilitado en
Higiene y Seguridad y ser responsable por su actuacin durante la ejecucin de la obra.
B
El profesional en Higiene y Seguridad confeccionar y suscribir el programa nico de
seguridad y efectuar los trmites ante la ART correspondiente. Ser responsable por la
25
instruccin del personal, la adopcin y control de cumplimiento de las disposiciones
oficiales vigentes, por la coordinacin y supervisin peridica y asidua de las medidas y
protecciones de seguridad en obra, las que sern implementadas y permanentemente
controladas por el capataz.
PERSONAL
A
El Contratista cumplir las normas oficiales vigentes que rigen el trabajo de los distintos
gremios que intervienen en la construccin respecto a salarios mnimos, vacaciones,
jubilaciones, descanso semanal, jornada legal, seguros, seguridad e higiene del trabajo,
trabajo en lugares insalubres, horas extra, fondos de desempleo, etc. Las condiciones y
trminos de empleo de mano de obra por parte del Contratista, estarn siempre de
acuerdo con los requisitos legales vigentes.
B
El Contratista proveer personal idneo y calificado y se asegurar de que todo su
personal haya recibido el adiestramiento necesario sobre seguridad requerido por la ley y
la buena prctica.
C
El Contratista dispondr de un registro de datos del personal indicando nombre y
apellido, filiacin, edad, documento de identidad y actividad que desarrolla. Ningn
personal podr ser incorporado a la ejecucin de los trabajos sin ser agregado a dicho
listado. Las bajas de personal se comunicarn en el parte diario.
SALARIOS, LEYES Y CARGAS SOCIALES
A
El Contratista abonar a los operarios de todos los gremios que intervengan en la
ejecucin de los trabajos, salarios iguales o superiores a los que correspondan por los
convenios colectivos de trabajo, homologados por autoridad competente o por disposicin de sta, en vigencia para la zona correspondiente a la de la ejecucin de los
trabajos.
B
El Contratista cumplir estrictamente las leyes, decretos, reglamentaciones y
resoluciones de autoridad competente, que tengan relacin directa con las cargas y
beneficios sociales del personal dentro de los trminos fijados por las respectivas
normas.
RECLAMOS AL COMITENTE
El Contratista indemnizar al Comitente y/o a terceros por los daos y perjuicios que
sufrieran con motivo de cualquier accin u omisin del Contratista, de sus
subcontratistas o del personal de ambos. El Comitente queda facultado para disponer a
tal fin de las sumas que integran el fondo de reparo y/o para descontar el importe de las
prximos certificados y/o a recurrir a las garantas y crditos disponibles.
CLAUSULA 7: SEGURIDAD
DISPOSICIONES GENERALES
El Contratista ser nico responsable de los daos y perjuicios que l, sus
subcontratistas o su personal, puedan causar a las personas y bienes dentro de la obra y
obrador, en la va pblica y linderos.
El Contratista se obliga a que la ejecucin de los trabajos no produzca interrupciones en
el trnsito de calles, aceras o caminos pblicos y privados, en los accesos a linderos y a
los servicios pblicos. En caso de que esta disposicin fuere de cumplimiento imposible,
el Contratista programar los trabajos en tiempo y forma para minimizar sus
consecuencias y se encargar de obtener las autorizaciones que sean necesarias.
NORMAS Y PRECAUCIONES DE SEGURIDAD
26
A
El Contratista cumplir con lo establecido en la Ley 19587/72 de Higiene y Seguridad, su
Decreto Reglamentario 351/79, Ley 24557/95 y Decreto 911/96. Las multas que pueda
imponer la Autoridad de aplicacin, motivadas por violacin de estas normas, sern a
exclusivo cargo del Contratista, quien soportar los daos y perjuicios en el caso de que
la Autoridad de aplicacin paralice los trabajos, sin que sea causal de prrroga del plazo
contractual.
B
El Contratista obligatoriamente proveer a su personal y al de los subcontratistas todos
los elementos prescriptos por las leyes e instrumentos oficiales vigentes, entre otros:
casco de seguridad
zapatos de seguridad
guantes (cuando as se requiera)
ropa adecuada y limpia
antiparras (cuando as se requiera)
cinturones de seguridad en trabajos de altura
herramientas elctricas con puesta a tierra
fichas, tomas y prolongadores en buenas condiciones
herramientas en general, en buen estado
matafuegos, mnimo dos aptos para electricidad de 10 kg. c/u. constantemente en obra
CLAUSULA 8: PLAZOS CONTRACTUALES
PLAN DE TRABAJO
A
Dentro de los diez das de la firma del contrato el Contratista presentar un plan de
trabajo que consistir, salvo expresa disposicin en contrario de la documentacin
contractual, en un diagrama de barras, una para cada uno de los rubros o sub-rubros cotizados y se ajustar a los plazos fijados en la Clusula Sexta de la Contrata de obra y a
las directivas que proporcione la DO.
B
A pedido de la DO el Contratista complementar el plan de trabajos con la valoracin de
las tareas previstas segn precio de contrato, lo que constituir el plan de
certificaciones. La DO formular las observaciones que puedan merecerle ambos planes y
el Contratista, los rectificar segn se convenga de comn acuerdo.
C
En caso de que el Contratista incurra en atrasos en el cumplimiento del plan de trabajos,
acompaar la liquidacin mensual con un informe con los motivos del atraso y las
medidas propuestas para su recuperacin. A pedido de la DO el Contratista someter a su
consideracin y aprobacin un nuevo plan de trabajo.
PRRROGA DE LOS PLAZOS CONTRACTUALES
A
Son causales de prrroga, siempre que a criterio de la DO afecten realmente la ejecucin
de los trabajos, las siguientes circunstancias:
a) falta notoria, prolongada o imprevisible de materiales
b) huelga general o de los gremios afectados a los trabajos, paros de transporte o paros
parciales muy extendidos
c) das de lluvia que superen el promedio estadstico para el lugar y el mes. Se
considerar da de lluvia aqul en el que la precipitacin sea superior a los 3 mm y no se
considerarn pedidos de prrroga cuando los trabajos se ejecutan bajo techo.
d) ejecucin de trabajos por modificaciones del contrato, siempre que en la orden de
servicio se hubiere concedido la prrroga respectiva
e) suspensin de los trabajos ordenada por la DO a efectos de estudiar modificaciones o
dar solucin a problemas imprevistos que impidan el normal desarrollo de los trabajos
f) caso fortuito o de fuerza mayor conforme las disposiciones de la Ley de Obras Pblicas
y el artculo 514 del Cdigo Civil.
27
B
Si por cualquier causa el Contratista estimase que tiene derecho a prrroga asentar el
pedido en el cuaderno de notas de pedidos dentro de los tres das hbiles de producidas
las causas que lo motivan. La evaluacin de las causas y la cuantificacin de la prrroga
quedarn a juicio de la DO, que elevar los antecedentes al Comitente para su
consideracin.
CLAUSULA 9: OBRADOR, AYUDA DE GREMIOS
CONSTRUCCIONES DE OBRADOR
A
El Contratista proveer y ejecutar las construcciones de obrador de acuerdo con la
documentacin contractual y las disposiciones oficiales vigentes. Se adecuarn a la
magnitud de la obra, asegurarn una correcta prestacin durante todo el lapso de
construccin, sern construidas prolijamente y se mantendrn en buenas condiciones de
conservacin y limpieza hasta su retiro, previo a la recepcin provisoria de la obra. Salvo
que otro documento del contrato indique otra cosa, el Contratista cumplir las
disposiciones que figuran en los puntos que siguen.
B
El Contratista construir los locales adecuados para el personal obrero, vestuarios,
sanitarios, sereno y oficina. Construir o adecuar convenientemente los depsitos para
los distintos materiales, equipos y herramientas, necesarios para mantenerlos
acondicionados y a seguro de posibles substracciones. No se permitir la estiba a la
intemperie de materiales que puedan sufrir deterioros, aunque se dispongan
recubrimientos de emergencia.
C
El Contratista proveer un local para la DO que estar convenientemente aislado del
ambiente exterior, agua y polvo y tendr puerta con cerradura, ventilacin natural,
aislacin trmica e iluminacin natural y artificial.
CERCO Y CARTEL DE OBRA
A
El Contratista proveer y ejecutar el cerco y el cartel de obra de acuerdo con la
documentacin contractual y las disposiciones oficiales vigentes. Ambos asegurarn una
correcta prestacin durante todo el lapso de construccin, sern construidos
prolijamente y se mantendrn en buenas condiciones de conservacin y limpieza hasta
su retiro, previo a la recepcin provisoria de la obra.
B
El Contratista prestar a sus subcontratistas y en su caso, a las provisiones directas del
Comitente, las ayudas de gremio que son de prctica habitual en la industria de la
construccin.
SERVICIOS PBLICOS - MEDIDORES Y TENDIDOS
A
El Contratista efectuar las gestiones y trmites necesarios para obtener el retiro y/o
supresin de conexiones existentes y solicitar a las empresas prestatarias la ejecucin
de los trabajos necesarios para las desafectaciones o rehabilitaciones de servicios,
incluyendo retiros de medidores y clausura de conexiones.
B
El Contratista efectuar a su cargo los trabajos necesarios para subsanar prdidas de
fluidos de medidores o conexiones existentes hasta que la empresa prestataria proceda a
su retiro o arreglo definitivo.
ILUMINACIN Y FUERZA MOTRIZ
A
La provisin y consumo de la energa estarn a cargo del Contratista, quien ejecutar los
tendidos para iluminacin y fuerza motriz para los equipos y herramientas para la
ejecucin de los trabajos.
B
28
Estarn a cargo del Contratista los trmites para la conexin y suministro de energa
elctrica para la obra y realizar el conexionado correspondiente. Ante la falta o ausencia
de suministro correr por cuenta del Contratista la provisin e instalacin del grupo
electrgeno que pueda resultar necesario.
AGUA DE CONSTRUCCIN
A
Estar a cargo del Contratista la provisin de agua para la ejecucin de la obra y ser
responsable por el pago de los derechos y tasas que correspondan por ese concepto. El
Contratista verificar que el agua sea apta para consumo del personal y para la ejecucin
de la obra y ser responsable por ello.
B
Estar a cargo del Contratista: a) los tramites para la obtencin del agua para la
construccin, b) la conexin a las redes externas, c) la instalacin provisoria para
conducir y almacenar el agua desde la conexin y d) la instalacin provisoria para
conducir y evacuar los efluentes correspondientes. Ante la falta o ausencia de las redes
urbanas el Contratista tendr a su cargo y costo la captacin de agua y el tratamiento y
deposicin de efluentes, cumpliendo las normas de los reglamentos tcnicos vigentes.
CLAUSULA 10: MATERIALES
DISPOSICIONES GENERALES
A
El Contratista garantizar la buena calidad de los materiales y ser responsable por las
degradaciones, o fallas que pudieren experimentar tanto los materiales como los
trabajos realizados con ellos, por efecto de la intemperie u otras causas, durante todo el
lapso de ejecucin de la obra y hasta su recepcin definitiva.
CALIDAD DE LOS MATERIALES A
Excepto especificacin en contrario, los materiales que se incorporen a la obra sern
nuevos, de la mejor calidad existente en plaza entre los de su clase y en un todo de
acuerdo con el Pliego de especificaciones tcnicas.
B
Cuando las especificaciones tcnicas u otro documento del contrato prescriban que
algn material deba ajustarse a marca determinada, ello ser de estricto cumplimiento,
no pudiendo el Contratista suministrar materiales que sean similares o equivalentes,
excepto que la DO lo autorice expresamente.
C
No se admitir ningn cambio de material que no est expresamente autorizado por la
DO. Los cambios de materiales que impliquen cambio de precio, requerirn aprobacin
previa del Comitente.
D
Cuando fueran sospechados vicios en los materiales de trabajos que han quedado
ocultos, la DO podr, contando con la autorizacin del Comitente, ordenar las
demoliciones, desarmes, desmantelamientos y las reconstrucciones necesarias para
cerciorarse del fundamento de sus sospechas.
E
La Recepcin Definitiva de los trabajos no inhibir al Comitente, de exigir al Contratista
el resarcimiento de los gastos que le produjera la reconstruccin de aquellas partes de la
obra en las cuales se descubriere ulteriormente fraude o empleo de materiales o
productos impropios. Tampoco libera al Contratista de las responsabilidades que
determina el Cdigo Civil.
CLAUSULA 11: EJECUCION DE LOS TRABAJOS
DISPOSICIONES GENERALES
A
29
El Contratista ser nico responsable por los procedimientos constructivos, tcnicas y
equipos que adopte y por la secuencia y coordinacin de los trabajos a su cargo y los de
sus subcontratistas.
B
El Contratista ejecutar los trabajos segn las reglas del arte, asegurando su
concordancia con la documentacin contractual, de tal forma que resulten enteros y
adecuados a su fin, exhiban una perfecta terminacin y funcionamiento y permitan su
aprobacin por las autoridades o entes a cargo de su fiscalizacin.
C
Cualquier trabajo que figure en planos, especificaciones tcnicas, este Pliego o cualquier
otro instrumento de la documentacin contractual, necesario para completar el objeto
del contrato de acuerdo con su fin, aunque no figure como tem en la oferta integrante
del contrato, ser efectuado por el Contratista a su costo y estar incluido en el tem mas
afn de los cotizados.
D
El Contratista colocar o instalar los materiales y equipos que la documentacin
contractual disponga que sern provistos por el Comitente. El hecho de que la oferta del
Contratista omita tems por la colocacin de tales provisiones no releva al Contratista de
su obligacin de ejecutarlos, incluyendo la mano de obra y los materiales de aporte
necesarios.
TRABAJOS DEFECTUOSOS
A
La DO es juez nico para definir la condicin de un trabajo defectuoso y est facultada
para autorizar que sea corregido o para ordenar su reejecucin, a su exclusivo criterio. La
DO tiene la facultad de rechazar trabajos mal ejecutados y ordenar su reparacin o reejecucin hasta la recepcin definitiva de la obra.
TRABAJOS OCULTOS
A
Los trabajos que deban ser ocultados sern inspeccionados por la DO previa solicitud del
Contratista, con no menos de tres das hbiles de anticipacin. En caso de
incumplimiento de esta disposicin, la DO ordenar el descubrimiento o demolicin que
fueren necesarios para la inspeccin y los costos y gastos originados corrern por cuenta
del Contratista.
B
El Contratista seguir siendo responsable por vicios en los trabajos ocultos segn lo
establecido en el artculo 1646 del Cdigo Civil.
LIMPIEZA PERIDICA DE OBRA
A
Durante la ejecucin de los trabajos el Contratista mantendr ordenado, limpio y
despejado de materiales sobrantes y residuos la obra, el obrador y el resto del predio. La
limpieza de obra se ejecutar permanentemente, con el objeto de mantener libre de
materiales y residuos que perturben la ejecucin de los trabajos y comprometan la
seguridad de las personas.
B
Los lugares de trabajo quedarn, al finalizar cada jornada, en perfectas condiciones de
orden e higiene. Para tal fin, el Contratista proveer contenedores, corriendo por su
cuenta el alquiler y traslado de los mismos.
C
El material de desecho ser retirado con la frecuencia necesaria para asegurar buenas
condiciones de higiene, salubridad y aspecto de la obra y obrador.
D
30
En caso de incumplimiento, la DO podr ordenar la suspensin de los trabajos en
ejecucin para que el personal proceda de inmediato a subsanar las falencias sealadas.
En cualquier momento la DO podr ordenar la remocin de materiales o equipos a su
criterio mal estacionados en la obra o fuera de ella.
LIMPIEZA FINAL DE OBRA
A
Previo a la recepcin provisoria, el Contratista realizar la limpieza de carcter general,
que incluye las partes del terreno que fueron afectadas por la ejecucin de los trabajos,
incluyendo el retiro de todos los elementos sobrantes, enseres, maquinarias u otros
elementos utilizados en la construccin.
B
El Contratista retirar, dentro del plazo que fije la DO a partir de la recepcin provisoria,
las dependencias del obrador y cualquier otro elemento existente en el obrador.
C
Previo a la recepcin provisoria, el Contratista entregar perfectamente limpio el terreno
y todas las partes de la obra, terminaciones, artefactos y equipos, aunque no hubieren
sido provistos por el Contratista.
CLAUSULA 12: OTRAS TAREAS A CARGO DEL CONTRATISTA
REPLANTEO Y NIVEL CERO
A
Antes de proceder con el replanteo, el Contratista verificar las medidas del predio y
comunicar a la DO en caso de detectar alguna diferencia, a fin de que sta disponga las
medidas a adoptar para su solucin. El Contratista replantear los trabajos partiendo de
los puntos fijos de planimetra y nivel sealados en la documentacin contractual,
respetando y verificando las medidas indicadas en la citada documentacin.
B
Los ejes de referencia sern materializados en forma visible y permanente, si la
documentacin de proyecto no indica otra cosa, mediante tendido de alambres tomados
a puntos fijos, en forma tal que sea posible el montaje y desmontaje de los ejes.
C
El Contratista emplazar en el lugar indicado en los planos o en el lugar que seale la DO,
la referencia del nivel cero adoptado. Los niveles se ubicaran en forma visible sobre
mojones de mampostera revocada en concreto: un mojn cada 100 m2 con marca
imborrable. D
Si la documentacin de proyecto no indica otra cosa, las tolerancias mximas sern de 1
cm en replanteos y 0,5 cm en niveles.
E
La revisin de replanteos y niveles que realice la DO no liberar al Contratista de su
responsabilidad por trabajos mal ubicados por errores en el replanteo, los que sern
corregidos o demolidos y reconstruidos, por cuenta del Contratista, apenas el error sea
advertido y cualquiera que sea el grado de avance de la obra.
PLANOS Y TRMITES MUNICIPALES
A
El Contratista actuar como constructor, ejecutor de la estructura e instalador, firmar
las documentaciones necesarias y adquirir las responsabilidades consiguientes por la
construccin de toda la obra y por la instalacin de los rubros o especialidades incluidos
en el contrato, dando cumplimiento a las disposiciones municipales vigentes. Las
obligaciones y responsabilidades por el desempeo de estos roles se extendern desde el
momento en que el Contratista suscribe el contrato hasta la recepcin definitiva de la
obra y subsistirn segn lo establecido en el Cdigo Civil.
B
Cuando otro documento del contrato lo requiera, el Contratista confeccionar las
documentaciones que sean necesarias y las tramitar ante la Municipalidad con
jurisdiccin sobre la obra, incluyendo, croquis y memoria de excavaciones, planos y
31
planillas de estructuras, instalaciones elctricas y electromecnicas, trmicas y
termomecnicas, sanitarias, incendio, ascensores y montacargas, incluyendo planos y
trmites por modificaciones y/o conforme a obra, permisos, aprobaciones y/o
certificados finales, los que entregar al Comitente antes de la recepcin definitiva de la
obra.
Planos y trmites ante empresas prestatarias de servicios
A
El Contratista tramitar los permisos necesarios ante empresas de servicios pblicos
para efectuar o remover conexiones e instalaciones que afecten la ejecucin de los
trabajos o que sean necesarias para la ejecucin de los mismos.
B
El Contratista confeccionar las documentaciones tcnicas, tramitar y obtendr las
aprobaciones, permisos o certificados finales que sean necesarios ante empresas de
servicios pblicos. El cumplimiento de este requisito ser ineludible y previo a la
recepcin definitiva de los trabajos.
C
El Contratista efectuar los pagos de derechos y gravmenes que perciban los entes
mencionados en este artculo y posteriormente presentar a la DO los comprobantes de
pago para su reembolso por el Comitente.
CLAUSULA 13: MODIFICACIONES DEL CONTRATO
RECONOCIMIENTO DE TRABAJOS POR MODIFICACIONES DEL CONTRATO
A
Los planos complementarios que prepare el Contratista, los que le entregue la DO y las
rdenes de servicio impartidas por sta, no implicarn modificaciones a los precios o
plazos del contrato, salvo que se hiciera manifestacin expresa en contra. Si a juicio del
Contratista los planos u rdenes de servicio implican modificaciones a los trminos
contractuales, presentar su reclamo dentro de los tres das hbiles de recibidos los
planos o de la notificacin respectiva. En caso contrario se darn por aceptados de
conformidad sin implicar modificacin alguna a los precios y plazos contractuales.
B
Ningn reclamo ser vlido si no se cumple este procedimiento, salvo cuando una
emergencia obligue a la ejecucin inmediata de trabajos imprescindibles por razones de
seguridad del personal de la obra, de terceros o de bienes del Comitente o de terceros.
C
El Comitente abonar montos adicionales por modificaciones del contrato slo si se
ejecutan de acuerdo con rdenes de servicio emitidas por la DO y si cuentan con un
presupuesto aprobado.
E
Las trabajos por agregados o cambios, salvo expresa indicacin en contrario en el
cuaderno de rdenes de servicio, no darn lugar a prrroga de los plazos contractuales.
Cuando el Contratista considere que alguno de estos trabajos figuran en el camino crtico