Fletamento a casco desnudo
INTRODUCCION
Es el fletamento a casco desnudo en el cual se celebra un contrato de arrendamiento de buque, debidamente por escrito, en el cual se logra la adquisición de la gestión náutica (Art. 157 LCM), por parte de quien alquila el buque, considerandose también como un propietario temporal.
Derecho MarítimoDerecho Marítimo Público: Es donde incumbe al Derecho Internacional Público Derecho Marítimo Privado. Es la actividad comercial, por supuesto respetando la autonomía.
Derecho Marítimo, Privado y Publico.
ESPACIOS ACUÁTICOS Y CONTRATOS DE UTILIZACIÓN DEL BUQUE.
Los espacios acuáticos son todos donde la Republica ejerce derecho de soberanía, los cuales son lagunas, bahías…
Los contratos de utilización (Art.149, LCM) tiene como fin regular las relaciones jurídicas para emplear un buque con actividades relacionas con la navegación
FLETAMENTO A CASCO DESNUDO
Se debe celebrar un contrato de Arrendamiento.
Es aquel contrato por el cual una de las partes (Fletante) contratantes se obliga hacer gozar a la otra (Fletador) de un buque.
El Fletador debe cancelar al Fletante canones
Debe Probarse por escrito
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO.
Es un negocio jurídico bilateral; un acuerdo de voluntades, reconocido y amparado por el Derecho Objetivo destinado a crear una o más relaciones jurídicas obligatorias.
Existen dos partes: el arrendador y el arrendatario.
Hay un canon, consiste en la Cuota que el arrendatario esta comprometido a cancelar al arrendador
Se les transfieren al arrendatario tanto la gestión náutica como la comercial, se encarga de realizar las actividades consecuente con la carga.
PARTES EN EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO
Se debe destacar que en la celebración de este contrato contribuyen:
El Arrendador.El Arrendatario.El arrendatario adquiere a través del
contrato la gestión náutica y la gestión comerciales.
OBJETIVO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO.
El contrato de arrendamiento a casco desnudo es frecuentemente utilizado por las empresas navieras.
Se emplea para poder ingresar a tráficos marítimos que los Estados prohíben a buques que no ostentan su pabellón
Para realización investigaciones científicas.
OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR EN EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO.
Entregar el buque designado al arrendatario en la fecha y lugar convenido, en estado de navegabilidad.
Reparar los daños que sean propios de vicios del buque
Entregar el buque con completa Navegabilidad. Mantener al arrendatario en el uso del buque
DERECHOS DEL ARRENDADOR EN EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO.
cobrar la suma que se haya pactado en concepto de canon de arrendamiento
Le sea reintegrada la construcción flotante, una vez que haya expirado el contrato.
OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO EN EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO.
El aprovisionamiento del buque, sus seguros, lo relativo a la tripulación y todos los gastosde explotación.
Realizar las reparaciones y reposiciones que no tengan su origen en vicios propios del buque.
Responder ante el arrendador por todos los reclamos de terceros y créditos privilegiados sobre el buque.
SUPUESTO EN EL QUE NO SE DEVENGA EL CANON EN EL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO.
Trata de la inutilización del buque por obligaciones del Arrendador.
La suspensión del canon debe ser de una inactividad de 24 horas.
Cláusula de averías o cese de alquiler, se define como la inactividad de 48 horas.
INSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO EN EL REGISTRO NAVAL VENEZOLANO.
El contrato debe estar inscrito en el Registro Naval venezolano.
Le corresponde llevar loscontratos de arrendamientoa casco desnudo de buques de matrícula
nacional, así como los extranjeros.
DIFERENCIAS ENTRE EL FLETAMENTO Y EL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO DE BUQUES.
En el fletamento el armador fletante dirige la explotación de la empresa marítima y no cede al fletador sino el derecho a dar órdenes sobre la carga, transporte y descarga, en cambio en arrendamiento se transfiera estos derechos Arrendatario.
En el fletamento total no hay traspaso de la titularidad de la explotación, ni el fletador asume la dirección técnica. lo que si acontece en el arrendamiento.
CONCLUSIONCabe destacar que fletamento a casco
desnudo tiene como principal objetivo, que el propietario otorga a otra persona el disfrute de un buque, a cambio de un alquiler. Es importante resaltar que el buque debe esta en completa Navegabilidad y que por ninguna avería se suspenda el desempeño, de ser lo contrario se suspendería la cuota.
BIBLIOGRAFÍA TEXTOS.ARROYO MARTÍNEZ, Ignacio. Curso de Derecho
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2006. Ley General De Marina y actividades Conexas