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Alessandro Pinzani
Clvis M. de Lima
Delamar V. Dutra
(organizadores)
O PENSAMENTO VIVO DE HABERMAS
UMA VISO INTERDISCIPLINAR
Anais do V Colquio Habermas realizado na UFSC
(Florianpolis, 8 a 11 de setembro de 2008)
NEFIPO
Florianpolis
2009
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SUMRIO
PREFCIO .......................................................................................................... 5
I) AO COMUNICATIVA, TEORIA DISCURSIVA,TICA DO DISCURSO
HABERMAS / ALEXY E O DISCURSO PRTICOAntonio Cavalcanti Maia ...................................................................................... 9
EL REALISMO PRAGMTICO EN LA CONCEPCIN
HABERMASIANA DE LA VERDADMara Elena Candioti ......................................................................................... 33
QUEDA ALGO DE LA HERENCIA KANTIANAEN LA TICA DISCURSIVA DE HABERMAS?Julio De Zan ....................................................................................................... 51
A CONCEPO DE LIBERDADE EM HABERMAS:UM CONTRASTE COM KANT
Charles Feldhaus ............................................................................................... 75
II) AGIR COMUNICATIVO E INFORMAO
AGIR COMUNICATIVO, TRABALHO IMATERIALE SOCIEDADE DA INFORMAOClvis Ricardo Montenegro De Lima ................................................................. 99
HABERMAS, INFORMAO E ARGUMENTAOMaria Nlida Gonzlez de Gmez ................................................................... 115
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EXPOSIO, DISCURSO E INFORMAO:A AO COMUNICATIVA NOS MUSEUSLuisa Maria Rocha ........................................................................................... 139
III) HABERMAS E O DIREITO
O CONTEDO MORAL DOS DIREITOSBSICOS SEGUNDO HABERMASDelamar Jos Volpato Dutra ............................................................................ 163
O CONCEITO DE JUSTIA PS-CONVENCIONAL:DILEMAS ENTRE ISRAEL E ATENAS, A ALIANA E O CONTRATOJovino Pizzi ...................................................................................................... 175
A LEGITIMIDADE DO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EM EXERCER OCONTROLE DE CONSTITUCIONALIDADE:KELSEN, SCHMITT E HABERMASYuri Frederico Dutra ......................................................................................... 191
IV) RELIGIO E ESFERA PBLICA
F E SABER? SOBRE ALGUNS MAL-ENTENDIDOSRELATIVOS A HABERMAS E RELIGIOAlessandro Pinzani .......................................................................................... 211
HABERMAS E A RELIGIO NA ESFERA PBLICA:UM BREVE ENSAIO DE INTERPRETAOLuiz Bernardo Leite Arajo ................................................................................... 229
RELIGIO E SECULARISMO: INTERAES E DISSONNCIASNO PROJETO DO LIBERALISMO POLTICOAnderson Avelino de Souza ............................................................................ 245
PLURALISMO E TOLERNCIA.SOBRE O USO PBLICO DA RAZO EM HABERMASDenilson Luis Werle ......................................................................................... 263
JRGEN HABERMAS, O ESPAO PBLICO E A VONTADE GERAL
Jos N. Heck .................................................................................................... 289
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PREFCIO
No dia 18 de junho de 2009, Habermas celebrou seu octogsimo
aniversrio. Os organizadores deste volume gostariam homenagear o pensadoralemo por meio desta coletnea de ensaios que resultam de comunicaes
apresentadas no V Colquio Habermas, que teve lugar na UFSC em
Florianpolis no ms de setembro de 2008.
Desde os primeiros escritos, na metade dos anos de 1950, o
pensamento de Habermas se caracteriza por uma grande vivacidade, uma
inexaurvel capacidade de enfrentar novas questes e um vis de forte
engajamento intelectual e poltico, quando no de aberta polmica (comeandopelo clamor suscitado pela sua resenha da Introduo metafsica de
Heidegger, em 1953). Isto faz com que at hoje tal pensamento permanea
incrivelmente vivo e capaz de suscitar o interesse de especialistas das mais
diferentes reas: da filosofia acadmica sociologia, da cincia da
comunicao cincia poltica, da cincia da educao quela jurdica. Foi
justamente para tentar fazer justia a esta pluralidade de interesses e de vises
no que diz respeito ao pensamento habermasiano que os organizadores do
Colquio (e deste volume) resolveram reunir pesquisadores provenientes das
reas acima mencionadas, dedicando o evento discusso do carter
interdisciplinar de tal pensamento.
Os ensaios da primeira seo se ocupam de questes ligadas tica do
discurso e suas relaes com a filosofia kantiana, assim como natureza do
prprio processo comunicativo. Este ltimo tema aprofundado nos ensaios da
segunda seo, que mostram a aplicabilidade da teoria comunicativa
habermasiana a questes concretas tratadas pela teoria da informao. A
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I
Ao Comunicativa
Teoria Discursiva
tica do Discurso
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HABERMAS /ALEXY E O DISCURSO PRTICO
Antonio Cavalcanti Maia1
A filosofia deve optar sempre pelo noexistente; ela deve se engajarcontrafaticamente, ela deve desafiar arealidade enquanto a reconhece.
Manfred Frank
Argumentar constituye, en definitiva, laactividad central de los juristas y se puededecir incluso que hay muy pocas profesiones si es que hay alguna en que laargumentacin juegue un papel ms
importante que en el Derecho.Manuel Atienza
Introduo
Em publicao recenseando o panorama contemporneo dos
estudos jusfilosficos no mundo de lngua alem, James E. Herget2
elenca as principais correntes do debate contemporneo: a teoria dodiscurso, a teoria retrica, a teoria dos sistemas e o positivismo legal
institucionalista. Posso afirmar que, nesse ltimo decnio, a teoria do
discurso do direito e da democracia de Jrgen Habermas, Robert Alexy
e Klaus Gnther granjeou uma crescente audincia para as suas teses,
1 Professor de filosofia de direito da UERJ - Universidade Estadual do Rio de Janeiro ede filosofia do direito e contempornea da PUC/RJ - Pontifcia Universidade Catlica do
Rio de Janeiro.2 Cf. HERGET, James E. Contemporary German Legal Philosophy. Philadelphia,University of Pennsylvania Press, 1996.
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jusfilosfico a um diferente patamar, abrindo a perspectiva ps-positivista.
Destaque-se ainda que a plausibilidade do discurso prtico constitui
elemento capital na chamada reabilitao da filosofia prtica (como ser
mais bem explicado no item seguinte). A abertura dessa dimenso terica
enseja o solo a partir do qual tanto Habermas como Alexy podem oferecer
a proposta de uma plausvel de superao do estiolado debate
jusnaturalismo/positivismo jurdico, com a reabertura do domnio
normativo s discusses racionais, insurgindo-se contra o ceticismo
dominante no quadro jusfilosfico novecentista. Tal empreitada refuta um
dos postulados das diversas correntes do positivismo quer seja
sociolgica, normativa ou realista ao reconhecer que o mundo da tica
no o mundo do silncio, mas dos argumentos.6
No caso de Alexy, a sua teoria da argumentao jurdica no
poderia ter sido desenvolvida sem o texto seminal Teorias da Verdade7,
de Habermas, no qual este sustenta a possibilidade do discurso prtico.
Nesse aspecto, o filsofo de Frankfurt, como j mencionado, insurge-se
contra um elemento central do enfoque positivista como o de Hans
Kelsen ou o de Alf Ross , ao defender a idoneidade dos discursos
prticos. A aposta na plausibilidade de tais (...) discursos prticos
enquanto forma no institucionalizada de tornar explcitas e de avaliar as
razes a favor de determinadas pretenses de retido ou correo
normativa como recurso timo para fundamentar propostas prticas e
resolver conflitos entre normas e interesses contrapostos8 constitui o eixo
norteador da maior parte dos trabalhos de Habermas (em estreita
colaborao, neste aspecto, com Apel).
Tanto Alexy utiliza elementos do trabalho de Habermas quantoeste tambm emprega alguns de seus desenvolvimentos tericos (cabe
salientar ainda, como afirma Habermas em Facticidade e Validade, que a
6 MILOVIC, Miroslav. Comunidade da diferena. Rio de Janeiro: Relume Dumar, 2004,p. 58.7 HABERMAS, Jrgen. Teorias de la verdad. In. Teoras de la accin comunicativa:
complementos y estudios previos. Madrid: Ediciones Ctedra, 1994, p. 113-158.8 ARROYO, Juan Carlos Velasco. La teora discursiva del derecho Sistema jurdico ydemocracia en Habermas.Op. cit., p.122.
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do Direito. Teorias da Argumentao Jurdica.13 Semelhante, por um lado,
pois terei sempre em mente mais as convergncias entre esses dois
projetos do que marcar suas diferenas; por outro, desenvolverei minha
anlise em uma espcie de zigue-zague, indo de Habermas a Alexy e
de Alexy a Habermas (neste particular, diferentemente de Atienza cuja
anlise se estende mais acerca da dmarche alexyana terei como eixo
principal Habermas).
1. O discurso prtico
A tese geral proposta por Alexy considera o discurso jurdico
como um caso especial do discurso prtico (Sonderfallthese). Gostaria de
elucidar apenas alguns aspectos dessa modalidade discursiva, sempre
relacionando-a com a proposta mais ampla desenvolvida por Habermas
e endossada pelo prprio Alexy. A plausibilidade de tal discurso
sustentada pelo herdeiro da Escola de Frankfurt atravs do
estabelecimento de uma analogia com o discurso terico. Enquanto este
estriba suas teses por meio do processo de inferncia indutivo, baseando-
se, via de regra, na constatao emprica referida a determinados estados
de coisas, o discurso prtico conta com um princpio-ponte
(Brueckenprinzipien) ou passarela diferente, vinculando a fiabilidade de
suas concluses a um princpio de universalizao. Assim, Habermas
reconhece que as diferenas entre a lgica da argumentao terica e da
argumentao prtica no so de tal monta a ponto de banir a ltima do
reino da racionalidade; que questes poltico-morais podem ser decididascom razo, atravs da fora do melhor argumento.14 Como esclarece
tambm seu mais abalizado comentador, a finalidade do discurso prtico
alcanar um acordo racionalmente motivado acerca de pretenses de
correo problemticas, um acordo que no o produto de
constrangimentos internos ou externos que interfiram na discusso, mas
13 ATIENZA, Manuel.As razes do direito. Teorias da argumentao jurdica. So Paulo:
Landy, 2000.14 MC CARTHY, Thomas. The Critical Theory of Jrgen Habermas. Cambridge: MITPress, 1989, p.311.
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somente o resultado do peso da evidncia e do argumento.15 E esta
possibilidade de alcanar um acordo racionalmente motivado possibilita
ao discurso prtico a articulao de um momento reflexivo que pode
valorar e funcionar como um espcie de contraste s prticas existentes.
Importa observar, de inicio, tambm que Alexy adota a
distinao habermasiana entre discurso e ao. Como afirma o filsofo de
Frankfurt ,
Com a expresso ao, introduzo o mbito da comunicaoem que tacitamente reconhecemos e pressupomos aspretenses de validade implicadas nas emisses emanifestaes (e, portanto, tambem nas afirmaes), paratrocar informaes (ou seja, experincias relativas ao).
Com a expresso discurso, introduzo a forma de comunicaocaracterizada pela argumentao, em que se torna tema aspretenses de validade que se demonstram problematicas e seexamina se so ou no legtimas. (...) os discursos no trocaminformaes, mas argumetnos que servem para respaldar (ourechaar) pretenses de validade problematizadas. (...) nosplexos da ao comunicativa seria redundante a explicao dapretenso de validez exposta com as afirmaes, mas talexplicao incontornvel nos discursos, pois estes tematizamo direito que assiste a tais pretenses de validade16.
Essa aposta no discurso prtico, isto , em um procedimento
para provar e fundamentar enunciados normativos e valorativos por meio
de argumentos,17 central perspectiva neofrankfurtiana, constitui um
diferendo entre as concepes ps-positivistas18 e as diversas vertentes
15Idem, p.312.16 Sobre essa distino sigo aqui a indicao de Jos Antonio Seaone. Um cdigo ideal yprocedimental de la razn prctica. La teoria de la argumentacin jurdica de RobertAlexy. In org. SERNA, Pedro. De la argumentacin jurdica a la hermenutica. Granada:Editorial Comares, 2005, p. 120. A passagem de Habermas se encontra no texto
Teorias de la verdad, p. 116 e 117.17 ALEXY, Robert. Derechos, razonamiento jurdico y discurso racional. Op. cit., p. 34.18 Na doutrina ptria o termo ps-positivismo foi introduzido por Paulo Bonavides e jencontra ampla utilizao entre nossos constitucionalistas. Na literatura espanhola, essemovimento de idias capitaneado por Dworkin e Alexy recebeu tambm a denominaode no-positivismo principialista. Confira-se a excelente obra e, em linhas gerais,crtica-reprobatria desses autores , de Alfonso Garca Figueroa, Principios ypositivismo jurdico. El no positivismo principialista en las teoras de Ronald Dworkin yRobert Alexy. Madrid: Centro de Estudios Polticos y Constitucionales, 1998. Na mesmatradio jusfilosfica de lngua castelhana, h a esclarecedora anlise de AlbertCalsamiglia no texto Postpositivismo. In. Doxa, 21-I, 1998, p. 209-220. J Robert Alexyqualifica sua posio como no-positivista, em seu livro El Concepto y la Validez delDerecho. Barcelona: Gedisa, 1994. Posso afirmar aqui, infelizmente sem o devido
respaldo em face da complexidade do problema, que h uma diferena inequvoca entreps-positivismo e ps-modernidade (termo j usado por inmeros autores paradescrever a configurao do pensamento jurdico contemporneo). No h que se
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do positivismo jurdico, que no reconhecem a capacidade da
racionalidade humana para discernir critrios possibilitadores do
enfrentamento das incontornveis diferenas valorativas presentes nas
sociedades plurais contemporneas. Habermas (e tambm Alexy)
enfrenta o problema da justificao dos juzos normativos atravs de uma
reelaborao dialgica do imperativo categrico kantiano. Trata-se de
uma regra de universalizao, posta em funcionamento a partir de um
cuidadoso procedimento argumentativo, norteado por um princpio da
universalizao de interesses universalizveis em uma discusso
racional19, que garante a acessibilidade racional ao plano normativo.
Assim, trata-se de uma lgica da argumentao moral ligada lgica da
universalizao dos interesses.20
Ora, a teoria discursiva do direito e da democracia estabelece
uma conexo entre os conceitos de correo, de justificao e de
generalizabilidade,21 permitindo assim no s a reabilitao do discurso
racional no mbito normativo, mas tambm uma reconexo entre direito e
moral atravs da idia de correo aferida por meio de uma pretenso
de validade , transferindo a relao entre essas duas esferas normativas
para um patamar diferente daquele sustentado pelo positivismo jurdico.
Alm das caractersticas j destacadas neste trabalho acerca
da concepo de discurso, pode-se destacar as seguintes: em primeiro
confundir esses dois movimentos tericos. Em uma sentena posso resumir o diferendoentre essas duas abordagens: o ps-positivismo faz uma aposta na reabilitao daracionalidade prtica de matriz kantiana o que completamente contestado pelosautores ps-modernos, via de regra, alinhados matriz nietzschiana. Esclareo tambmque Jrgen Habermas situa seu projeto jusfilosfico tambm em um quadro para alm
da dicotomia tradicional da filosofia jurdica. Como ele afirma, a teoria do discursonavega entre os escolhos do direito natural e do positivismo do direito (...). (grifo meu)HABERMAS. Jrgen. Posfcio. In. Direito e democracia entre facticidade e validade,vol. II. Rio de Janeiro: Tempo Brasileiro, 1997, p. 315. Quanto caracterizao geral domovimento ps-positivismo, permito-me remeter o leitor para o texto Nos vinte anos daCarta Cidad: do Ps-positivismo ao Neoconstitucionalismo, ondedesenvolvi uma sriede consideraes acerca dessa nova constelao do pensamento jurdico. Tal texto foipublicado como no livro SOUZA NETO, Cludio e al. Vinte Anos da Constituio Federalde 1988. Rio de Janeiro, Lumen Juris, 2009, pp. 117-168, em especial pp. 119-130.19 FERRY, Jean-Marc. Habermas, lthique de la communication. Paris: PressesUniversitaires de France, 1987, p. 360.20Idem, p. 381.A razo prtica faz-se valer em discursos de fundamentao, atravs de um princpio
de generalizao. HABERMAS, Jrgen. Excurso: transcendncia do interior,transcendncia para este mundo. In. Textos e contextos. Lisboa: Instituto Piaget, 2001,p. 139.
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sinceridade.29 Importa observar que foi Alexy o primeiro a formalizar em
regras grande parte das regras discursivas avanadas pela teoria
habermasiana.30
Saliente-se tambm, como afirma Letizia Gianformaggio, que a
noo de procedimento constitui uma noo chave nas teorias atuais de
argumentao jurdica e de argumentao prtica racional, posto que a
razo prtica pode ser definida como a habilidade de alcanar um
julgamento prtico de acordo com este sistema de regras. O
procedimento , em um certo sentido, o conjunto das regras do jogo. Uma
norma correta se resulta de um determinado procedimento o discurso
prtico racional. Sendo assim, tanto Habermas quanto Alexy podem sair
dos impasses presentes nas antinmicas posies do positivismo ceticista
e da tica material dos valores de Max Scheller e Nicolai Hartmann
ambas as correntes extremamente influentes no domnio jusfilosfico e de
teoria constitucional , oferecendo uma via mdia ao decisionismo das
primeiras correntes (adeptas de um naturalismo cientificista irrefletido) e
ao absolutismo das segundas (carregadas de concepes metafsicas
incompatveis com o atual cenrio do pensamento contemporneo).
Afinal, o procedimento, dentro da teoria discursiva do direito, identifica
uma espcie de racionalidade formal, a nica que pode dar conta do
campo das normas, dos deveres e dos valores; e tal procedimento se
alicera em uma tica minimalista a tica do discurso.
Difcil no reconhecer a procedncia de parte dos argumentos
daqueles que reprovam o projeto da teoria do discurso prtico por sua
excessiva racionalizao, abstrao e confiana nos procedimentos. No
entanto, deve-se pelo menos ter em mente que as regras do discurso spodem ser cumpridas aproximadamente31 e que, em geral, tanto no
raciocnio prtico como no raciocnio jurdico no se pode esperar obter
um mtodo que fornea uma soluo definitiva para cada caso difcil. O
29 Cf. FETERIS, Eveline T. Argumentation in the field of law. In. EEMEREN, Frans H.Van (ed.). Crucial concepts in argumentation theory. Amsterdam: Amsterdam UniversityPress, 2001, p. 209.30 VELASCO, Juan Carlos.La teora discursiva del derecho: sistema jurdico y
democracia en Habermas.Op. cit. p.127.31 ALEXY, Robert. A discourse-theoretical conception of practical reason. In. RatioJuris. Op. cit., p. 245.
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que pode ser criado so estruturas racionais de raciocnio.32 Tais
estruturas podem oferecer uma parametrizao capaz de submeter ao
teste discursivo tanto propostas legislativas como decises judiciais.
2. Teoria da Argumentao
Os principais desenvolvimentos da teoria da argumentao de
Habermas esto presentes no texto Teorias da Verdade e no excurso
sobre argumentao na Teoria do Agir Comunicativo. Estribado em
Toulmin, Habermas se une aos esforos desse filsofo para mover a
filosofia alm do estreito foco da lgica formal.
No primeiro volume de sua opus magnum, The Theory of
Communicative Action Reason and Rationalization of Society33, h um
breve excurso sobre esta problemtica, tomando-se como ponto de
partida a dmarche desenvolvida por Stephen Toulmin nos livros The
uses of argument, de 1958, e Human understanding, de 1972. Habermas
tambm examina, no referido excursus, os ltimos desenvolvimentos no
campo da lgica informal implementados pelo trabalho de Wolfgang Klein,
intitulado Argumentation und argument. A idia central de Habermas no
tocante sua teoria da argumentao consiste na noo de sistema de
pretenses de validade. Como ele afirma, argumentos so meios
atravs dos quais o reconhecimento intersubjetivo de pretenses de
validade hipoteticamente erguidos por algum proponente pode ser
alcanado (brought about) e assim opinies so transformadas em
conhecimento.34 As pretenses de validade, que podem ser
32 ALEXY, Robert. Rights, legal reasoning and rational discourse. In. Ratio Juris. Op.cit., p. 150.33 HABERMAS, Jrgen. The theory of communicative action reason and rationalizationof society. Boston: Beacon Press, v. I, 1984, p. 22-44.34 Idem, p. 25. Explicitando melhor o que significa essa atividade bsica humana, sirvo-me do magistrio de Manuel Atienza. Mas o que significa argumentar? Que umargumento? O ponto de partida para responder a estas perguntas poderia ser este: emuma argumentao como atividade e em um argumento como resultado dessaatividade existem sempre, pelo menos, estes elementos: 1) uma linguagem, vale dizer,
argumentar es una actividad ligstica, y un argumento es un producto lingstico que seplasma en un um conjunto de enunciados; 2) uma concluso, isto , o ponto final daargumentao ou o enunciado com o qual se encerra o argumento; 3) uma ou vrias
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discursivamente resgatadas, so erguidas em relao a trs regies da
realidade, segundo diferentes aspectos de racionalidade: uma pretenso
de validade pode ser erguida na dimenso da verdade, em face de
eventos da natureza externa; uma outra pretenso diz respeito correo
das normas de ao encontradas na dimenso intersubjetiva aberta pela
vida social, em que se d a integrao atravs de normas e valores; e,
por fim, uma pretenso de veracidade e sinceridade pode estar presente
nos proferimentos ligados expressividade de estados internos. As
pretenses de validade podem ser resgatadas ou honradas por meio de
argumentos. Tais alternativas s solues violentas de controvrsia so
postas em movimento nas prticas argumentativas ligadas ao
comunicativa, isto , mediatizadas por pretenses de validade que podem
ser reconhecidas na intersubjetividade. 35
A argumentao, para Habermas, pode ser compreendida
como uma pugna em torno dos melhores argumentos a favor de ou contra
uma pretenso de validade controvertida e serve busca da verdade.
Verdade, marcada por um esprito falibilista, entendida como
aceitabilidade racional. Os critrios elencados nas suas reflexes sobre
argumentao e referenciados situao ideal de fala (que ser objeto de
consideraes a seguir) possibilitam pensar na idia de um consenso no
coarctado, isto , em uma aceitao racional de pretenses de validade.
Tal processo repousa na convico intuitiva de que h uma diferena
entre convencer e persuadir, entre motivao mediante razes e
influncia causal, e entre aprendizagem e doutrinamento. Tanto
Habermas como Alexy se utilizam de Toulmin (e ambos os projetos
possuem convergncias com a empreitada da nova retrica desenvolvidapor Cham Perelman36).
premissas, isto , o ponto de partida da argumentao ou os enunciados com que seabre o argumento, e 4) uma relao entre as premissas e a concluso. ATIENZA,Manuel. El derecho como argumentacin. In. Isegora revista de filosofa moral ypoltica, n. 21, novembro de 1999, p. 40.35 FERRY, Jean-Marc. Habermas, lthique de la communication. Op. cit., p. 362.36 Como afirma o prprio Perelman, (...) gostaria de sublinhar que o ponto de vistaretrico se junta ao dos lgicos alemes, nomeadamente Lorenzen, Apel e Habermas,que conferem um primado pragmtica sobre a semntica. PERELMAN, Cham.
Perspectives rhtoriques sur les problmes smantiques. In. Logique et analyse, n. 67-68, 1974, p. 251, apud. GRCIO, Rui Alexandre. Racionalidade argumentativa. Coimbra:Edies ASA, 1993, p. 150. No mesmo diapaso, para uma excelente apresentao das
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A teoria de Toulmin se origina (assim como as teorias da
argumentao de Perelman e Habermas) de preocupaes com o
domnio da tica. A necessidade imperiosa de garantir alguma forma de
controlabilidade racional ao campo das decises, eleies, condutas e
opes valorativas funcionou com um aguilho na carne normativa
desses dois pensadores, testemunhas da barbrie nazista. O
desenvolvimento de suas diferentes teorias de argumentao (a retrica
filosfica de Perelman e a lgica argumentativa de Toulmin) converge no
esforo de submeter o domnio dos negcios humanos a parmetros
capazes de balizar a ao na conturbada realidade social na qual se
desenrola a vida coletiva dos seres humanos, encontrando meios no
violentos para dirimir os inevitveis conflitos dela decorrentes. Saliente-se
tambm um outro elemento comum a ambas empresas filosficas: a
utilizao do modelo do direito. O reconhecimento da pertinncia dos
cnones bsicos do processo judicial, verdadeira decantao de dois mil
anos de experincia de aprendizado jurdico, serve como um modelo
alternativo geometria e matemtica, musas inspiradoras de todas as
diferentes verses do positivismo.
Embora se assemelhe em muitos aspectos ao projeto da nova
retrica, a lgica argumentativa desenvolvida por Toulmin segue um
caminho diferente. No na tradio greco-romana que se encontram os
elementos capacitadores de estabelecer um enfoque terico crtico s
posies do positivismo lgico, dominante no quadro filosfico anglo-
americano, que com seu avatar logicista s reconhece como argumentos
vlidos aqueles que seguem o modelo de inferncia dedutiva-analtica.
Entretanto, com as transformaes operadas no mago da tradioanaltica, com a abertura do campo de exame da linguagem ordinria,
Toulmin, aluno de Wittgenstein, amealhou elementos capazes de
estabelecer um projeto filosfico ambicioso, nascido do descontentamento
com as vises absolutistas, que s reconheciam as evidncias empricas
constringentes e os argumentos dedutivos conclusivos como capazes de
convergncias entre o filsofo alemo e o propulsor da Escola de Bruxelas, veja-seHAARSCHER, Guy. Perelman and Habermas. In. Law and philosophy n. 5,Netherlands: D. Reidel Publishing Company, 1986, p. 331 -342.
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que nenhum participante pode ser coagido. Estas condies especificam
uma norma de comunicao que pode ser nomeada de reciprocidade
igualitria.40 No mesmo pargrafo, esclarece a filsofa estadunidense:
os constrangimentos procedimentais da situao ideal de fala so que
cada participante deve ter uma chance igual de iniciar e continuar a
comunicao. Cada participante deve ter uma igual chance de fazer
assertivas, recomendaes e explicaes. Todos devem ter uma igual
chance de expressar seus desejos, aspiraes e sentimentos. E,
finalmente, em uma situao de dilogo os falantes devem se sentir livres
para tematizar aquelas relaes de poder que, em contextos usuais,
constrangeriam a ampla articulao livre de opinies e posies.
Disso decorre que aqueles que utilizam o expediente da
situao ideal de fala no pretendem que tais condies ocorram
simultaneamente na vida real. Como explica Rouanet: No importa que
estas condies sejam freqentemente contrafactuais, isto , que no
sejam sempre presentes em processos comunicativos concretos: eles so
apenas pressupostos, que podem ou no realizar-se, mas so
pressupostos necessrios, porque sem eles o ingresso na argumentao
impossvel.41 Cabe, ainda, esclarecer ser prprio de uma situao
contraftica a constatao de que o descumprimento de algum de seus
pressupostos no implica a invalidao deste constructo terico, vale
dizer, a no observncia emprica dos ditames previstos em tal situao
no acarreta a sua ineficcia. A qualidade ou caracterstica que atribui a
algum elemento terico o estatuto de contraftico implica
necessariamente a sua potencial contestabilidade.
Em relao SIF, Habermas explica:
Eu tentei caracterizar a situao ideal de fala no pelos traosprprios personalidade de locutores ideais, mas pelos traosestruturais de uma situao de discurso possvel, a saber, poruma distribuio simtrica de chances de adotar papis nodilogo e de efetuar atos de fala. Esta construo deve permitirdemonstrar que ns podemos efetivamente antecipar uma
40 BENHABIB, Seyla. Liberal dialogue versus a critical theory of discursive legitimation.In. ROSENBLUM, Nancy L. (ed.) Liberalism and moral life. Cambridge: Harvard
University Press, 1989, p. 150.41 ROUANET, Srgio Paulo. tica Iluminista e tica discursiva. In. Habermas 60 anos.Rio de Janeiro, Tempo Brasileiro, 1962, p. 37.
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Reconhecidamente, tal situao de fala de fato ideal, talvez at utpica;
mas a antecipao de um consenso alcanado sob as condies
expressas por esse ideal uma pressuposio necessria de uma
racionalmente fundamentada comunicao, especialmente uma
comunicao visando o balano de pretenses de verdade.
A situao ideal de fala constitui elemento cardeal do discurso
prtico geral alexyano. Como j salientado, dentro do enfoque de Alexy o
discurso jurdico uma forma especial de discurso prtico geral. Quando
Alexy detalha, na sua exposio acerca do discurso prtico, as suas
regras da razo (cf. Teoria da Argumentao Jurdica, p. 187), utiliza-se
de e explicita os elementos estruturantes da situao ideal de fala
habermasiana ou atividade comunicacional pura. Assim, o segundo grupo
de regras do discurso prtico geral, denominado regras da razo, tem a
seguinte forma:
1) Todo falante deve, quando lhe for demandado, fundamentaro que afirma, a no ser que possa dar razes que justifiquem orechao de uma fundamentao.1.1) Quem pode falar pode tomar parte no discurso.1.2) (a) Todos podem problematizar qualquer afirmao.
(b) Todos podem introduzir qualquer afirmativa nodiscurso.(c) Todos podem expressar suas opinies, desejos e
necessidades.45
No necessria muita perspiccia para se reconhecer a
dificuldade de se sustentar a plausibilidade de um construto terico como
a SIF em um horizonte cultural marcado, por um lado, pelo cientificismo
naturalista positivista e, por outro, pela apologia da fragmentao e da
incomensurabilidade dos discursos tericos ps-modernos. Relativismo econtextualismo marcam a ordem do dia em nosso tempo. As inmeras
crticas idia de SIF obrigaram Habermas a um refinamento de seu
posicionamento. Uma das mais desafiadoras reprovaes provm de uma
crtica imanente teoria crtica da sociedade realizada por Albrecht
Wellmer vis--vis Habermas (e, sobretudo, Apel). Parte dos problemas
deve-se ao que destacou Rainer Rochlitz: Habermas abandonou esse
conceito em razo em razo dos mal-entendidos substancialistas que ele
45 ALEXY, Robert. Teoria de la argumentacin jurdica.Op. cit., p. 283.
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suscitou.46 Este problema foi denominado no debate tcnico como
fallacy of misplaced concretennes. Assim, Habermas desloca o foco de
sua discusso da idia de SIF para a noo de pressupostos pragmticos
da argumentao, abandonando a referncia SIF. Os pressupostos
pragmticos da argumentao no so nada mais do que idealizaes
imanentes ao uso geral da linguagem. Com efeito, como afirma
Habermas, em Conscincia Moral e Agir Comunicativo, h uma tenso
que se manifesta na comunicao cotidiana como a fora factual dos
pressupostos contrafactuais.
Concluso
Os esforos desenvolvidos neste artigo procuraram expor
elementos bsicos presentes na teoria discursiva do direito e da
democracia. Esta abordagem do pensamento terico contemporneo abre
um novo campo para a reflexo moral e jurdica, recolocando o problema
da relao entre legalidade e legitimidade em um patamar diferente
daquele defendido pelo main stream do pensamento jusfilosfico
novecentista o positivismo jurdico. Robert Alexy pode consistentemente
superar o positivismo jurdico graas ancoragem filosfica oferecida
pela empresa terica de Habermas (em estreita colaborao com Apel).
E, graas adeso crescente da comunidade de pesquisadores no
mbito do direito s teses defendidas por essa escola, reconhece-se que
a razo prtica no est mais relegada a um campo para alm do tangvel
e testvel, possibilitando desarmar o ceticismo moral e o relativismoaxiolgico subjacentes s diversas verses do positivismo jurdico. Afinal,
no so poucos aqueles que concordam com essa idia bsica de
Habermas:
No estou convencido de que a teoria da vontade, segundo aqual as normas ho de ser entendidas como expresso davontade de algum que ostenta o poder, coincida com nossas
46
ROCHLITZ, Rainer. Fonction gnalogique et force justificative de largumentation.In. BOUCHINDHOMME, Christian e ROCHLITZ, Rainer (ed.). Habermas, la raison, lacritique. Paris Les ditions du Cerf, 1996, p.203.
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de las justificaciones ya logradas a travs de los consensos fundados en
el mejor argumento.
En Verdad y Justificacin (1999) presenta una reelaboracin de
la idea de verdad, admitiendo la insuficiencia de una concepcin limitada
a lo discursivo. La verdad no puede ser un mero concepto de xito
(Erfolgsbegriff)- concede5. Aunque insiste en la fuerza del discurso
racional para ir ms all de los propios contextos, no deja de ver que l a
justificacin no est ligada indisolublemente a la verdad. Un enunciado
puede considerarse justificado si, bajo las exigentes condiciones de un
discurso racional, puede resistir todos los intentos de refutacin; pero
quiere decir quepor eso sea verdadero?
La preocupacin por esta cuestin le conduce a retomar el
anlisis de conceptos filosficos centrales, como son los de verdad y
objetividad, y a asumir cuestiones epistemolgicas -y hasta ontolgicas-
que por cierto tiempo haba relegado. Esto no significa un abandono de
la pragmtica formal6; por el contrario, el giro lingstico-pragmtico
sigue definiendo el horizonte de problematizacin, y ms bien profundiza
en l con la expectativa de avanzar en la propuesta de un realismo
epistemolgico que pueda dar sustento a una idea de verdad no
restringida. Sin esta impronta realista, la idea de verdad tiende a
identificarse con la de justificacin racional entendida de manera
coherentista, y en este caso se hace muy difcil lograr el objetivo de evadir
el contextualismo7. Habermas reconoce que las prcticas de justificacin
pertenecen siempre a contextos concretos y, por eso mismo, ve la
necesidad de precisar alguna instancia que permita ir ms all de la
efectividad y limitacin de las prcticas epistmicas vigentes.Advierte conclaridad que para superar una posible clausura de los contextos
pragmticos y lingsticos, es imprescindible mostrar que, an cuando se
den diversas aperturas de sentido, podemos seguir refirindonos a un
5 VJ, p. 496 VJ, p. 107 Se trata de pensar un concepto no epistmico de verdad que explique cmo puedemantenerse, bajo las premisas de una relacin con el mundo impregnada
lingsticamente, la diferencia entre la verdad de un enunciado y su aseverabilidadjustificada. VJ, p. 19.
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o en un cierto idealismo lingstico. Pero tambin considera inviable los
intentos de salir de las dificultades de lo trascendental a travs de una
naturalizacin de esas condiciones.
Si bien en su estudio Qu significa pragmtica universal8,
haba rehusado el uso del trmino trascendental para calificar su anlisis
de los presupuestos universales de la comunicacin, en Verdad y
Justificacin este trmino es considerado nuevamente en su versin ms
dbil como el anlisis de las condiciones de posibilidad que son
irrebasables, aunque siempre vinculadas a la contingencia y
temporalidad. El objetivo es evitar falsas polarizaciones y ponderar el
alcance que ha tenido la transformacin de la problemtica trascendental
de Kant producida en el siglo XX. Segn la formulacin kantiana, la
problemtica trascendental no tiene que ver tanto con los objetos, sino
con nuestra forma de conocerlos en la medida en que este conocimiento
debe ser posible a priori; se trata de la reconstruccin de las condiciones
universales y necesarias para la constitucin del objeto de experiencia y
de conocimiento. Pero las modificaciones operadas por las lneas
hermenuticas, pragmticas y neopragmticas en la concepcin del
conocimiento y del sujeto, entendido como sujeto vinculado a horizontes
lingsticos especficos y a prcticas concretas, pusieron en crisis las
exigencias por las cuales se garantizaban las condiciones de
inteligibilidad de manera necesaria. El uso que en estas filosofas se le ha
dado al trmino trascendental implica sin duda un nuevo sentido,
comprendido como la bsqueda de estructuras del mundo de la vida9, en
la remisin a la gramtica profunda de los diversos juegos lingsticos10, o
bien como el anlisis de las condiciones de posibilidad de nuestrasprcticas y experiencias. En cuanto las condiciones trascendentales dejan
de ser condiciones necesarias del conocimiento, no puede excluirse la
posibilidad de que nos aten a una visin del mundo limitada por la propia
perspectiva y marcada por la contingencia. El concepto de trascendental
8 Incluido en Teora de la Accin Comunicativa. Complementos y estudios previos ,
Madrid, Ctedra, 1989. p. 322 a 324.9 VJ, p. 21-2310 VJ, p. 40
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posicin que ya est condicionada. La universalidad establecida va
emprica, al modo de la generalizacin, no confiere necesidad y an
cuando se establezca que las condiciones de conocimientos, (concebidas
como las estructuras de la mente) son comunes, esto no permitira an
superar la idea escptica de que el mundo en s es inaccesible para
nuestra experiencia. La salida de las dificultades de lo trascendental no
est en naturalizar estas condiciones concedindoles un origen
mundano, ya que este intento no slo conduce a aporas sino que est
adems viciado de un cientificismo reduccionista.
Esto nos pone en una particular tensin. No es sencillo
concebir lo trascendental sin que se filtren ciertos supuestos idealistas y a
la vez eludir las aporas que surgen al pensarlas desde esquemas
naturalistas. Esto pareciera poner en jaque todo intento de articulacin
entre ambas. Sin embargo, considera Habermas que estas dificultades
ms que a una negacin, nos enfrentan a la necesidad de revisar los
supuestos acerca del conocimiento. El sesgo idealista que amenaza en
las posiciones trascendentales y la distorsin que se produce cuando las
condiciones de posibilidad son asimiladas a las condiciones empricas y
analizadas en trminos de la ciencia experimental, no son ms que dos
caras de la misma moneda: ambas responden a una concepcin del
conocimiento como representacin. Este es el origen de las paradojas.
Por eso, no se trata de abandonar la perspectiva trascendental o el
naturalismo, sino de pensarlos desde otros marcos, de tal modo que sin
perder su especificidad, eviten tanto los lastres de los dualismos mente/
cuerpo, o mente/ mundo, como las huellas de la dicotoma subjetivismo/
objetivismo. Slo as puede pensarse una conjuncin renovada. Porsupuesto, en esta operacin las perspectivas mencionadas quedan
transformadas: lo trascendental, en cuanto las condiciones no son
totalmente a priori y el naturalismo, en cuanto pierde su enfoque
fisicalista y deja de considerar a la gnesis de estructuras como un
proceso causal.
La propuesta habermasiana consiste en capitalizar lo que en
muchas de estas posiciones se expresa como un alejamiento delmentalismo y, por lo tanto, de las consecuencias que de all se derivan
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las sensaciones. No se produce en el interior de una conciencia, sino
que se entiende como una actividad compleja de aprendizaje a partir del
procesamiento inteligente de los desengaos y fracasos experimentados
realizativamente. Sean acciones comunicativas o estratgicas, o bien
intervenciones sobre el mundo, las prcticas involucran pretensiones
epistmicas susceptibles de ser puestas en cuestin; y es justamente en
el xito o en el fracaso de las acciones instrumentales que se revela la
validez (o no) de nuestro saber respecto a algo del mundo.
Ahora bien: si admitimos que es la resistencia que la realidad
ofrece a nuestras construcciones y a nuestras acciones lo que genera
nuestro saber, esto nos compromete con el presupuesto epistemolgico
de corte realista de un mundo independiente de la mente13. El
compromiso realista puede resultar algo desconcertante: de qu
realismo se trata?Cmo dar cuenta de la intuicin realista una vez que
hemos admitido la funcin constructiva de las prcticas epistmicas y
lingsticas? Cmo entender esa independencia del mundo una vez
que se han rechazado los clsicos dualismos? El desafo es elaborar una
concepcin realista que vaya ms all los modelos tradicionales y que
pueda dar respuesta al interrogante de cmo se conjuga esa
independencia con los procesos de configuracin de sentido, y a la vez
explicar el modo en que el lenguaje se vincula a una realidad, que si bien
est estructurada simblicamente, lo trasciende.
Este es el programa que Putnam viene desarrollando desde
hace muchos aos desde un pragmatismo de algn modo kantiano, y
del cual Habermas toma importantes elementos para dar cuenta tanto de
los procesos comunicativos implcitos en el conocimiento, como de lareferencia del lenguaje al mundo 14. Putnam ha mostrado que la
posibilidad de ajuste, correccin y aprendizaje responde a la intuicin
realista de que los objetos existen con independencia del lenguaje, es
decir, que no son construidos por l. Ms an, que nuestro esfuerzo
cognoscitivo consiste en esa persistencia en encontrar descripciones
13
VJ, p. 40-4114 PUTNAM, H.: The meaning of meaning, Mind, Language and Reality, Vol. 2,Cambridge University Press, 1975, p. 279
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coacciones) del mejor argumento; y d) la sinceridad de las emisiones de
todos los participantes. La idealizacin de determinadas propiedades
formales y procesuales de la prctica argumentativa, deba asegurar que
el dilogo racional incluyese todas las voces, temas y posibles
perspectivas, de tal modo que la pretensin de validez no se viese
reducida a un determinado mbito.
Esta idea fuerte de verdad y esta incondicionalidad haban sido
presentadas en perspectiva pragmtica tambin por Apel y Putnam
haciendo referencia a las condiciones ideales de justificacin19. Sin
embargo, estas exigencias resultan contraintuitivas y limitativas. Son
conocidas las objeciones al respecto y Habermas en buena parte las
reconoce20. Sin duda este debate merecera un anlisis especfico. Pero
ms que hacer hincapi en las objeciones referidas a la posibilidad de
lograr y hasta de precisar estas condiciones, nos interesa ahora mostrar
otro aspecto de la cuestin: la insuficiencia de las instancias puramente
discursivas, an cuando se presenten en condiciones ideales. En efecto,
el carcter normativo de las condiciones de argumentacin no alcanza
para excluir la falibilidad de los consensos logrados. No hay ningn nexo
conceptual entre la verdad y la aseveracin racional, an cuando se
plantee en condiciones ideales. La verdad trasciende la justificacin; es
una propiedad que los enunciados no pueden perder (un enunciado es
verdadero o no), mientras que la justificacin est sujeta al tiempo y a la
historia. Los argumentos que ahora, en una determinada situacin
epistmica, resultan contundentes y convincentes para sostener la verdad
de un enunciado, pueden mostrarse como falso en otra situacin
epistmica. Este uso de algn modo cautelar de la nocin de verdad eslo que mantiene siempre la distancia entre ambas, an cuando se
aduzcan condiciones ideales de dilogo21. Una mirada histrica
19 Putnam lo presenta como condiciones epistmicas ideales (RVH), Apel como eldilogo en una comunidad ideal de comunicacin. Ver al respecto: Falibilismo, teoraconsensual de la verdad y fundamentacin ltima, en Teora de la verdad y tica deldiscurso, Paids, Barcelona, 1991.20 Ha sido admitidas por Habermas, por ejemplo, las objeciones de C. Lafont: Verdad,saber y realidad, en La filosofa moral y poltica de J. Habermas, Biblioteca Nueva,
Madrid, 1997, p. 239 a 260.21 Por una parte, el uso cautelar del predicado de verdad indica que inclusoenunciados muy bien justificados pueden acabar resultando falsos a la luz de nuevas
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los logros obtenidos, por lo cual el proceso queda siempre abierto y sigue
una marcha recursiva.
Es esta percepcin estereoscpica de los procesos de
cooperacin y entendimiento, estratificados en tramas de accin y
discurso, lo que permite dar cuenta del dinamismo de bsqueda de la
verdad. Por una parte, asumimos que nuestros discursos estn insertos
en el mundo de la vida; pero por otra, que nicamente si nos guiamos por
la verdad entendida en un sentido independiente del contexto (esto es de
manera incondicional), podr la argumentacin cumplir el papel de
eliminar las perturbaciones de las certezas de accin que se han
mostrado problemticas. Y este carcter incondicional no puede
obtenerse separadamente ni de las certezas de accin sobre las cuales
descansa la rutina cotidiana, ni sobre la aseverabilidad justificada.
La verdad tiene as un rostro jnico, mediando entre las
certezas de accin y la aseverabilidad discursivamente justificada22. La
situacin parece paradjica: sin acceso directo a las condiciones de
verdad, slo pueden hacerse efectivas las pretensiones de verdad a
travs de buenas razones. Pero a su vez, las buenas razones tambin
caen bajo reserva falibilista, de tal modo que la distancia entre
aceptabilidad racional y verdad no puede en definitiva salvarse.
El que esta brecha no pueda cerrarse, no es motivo para una
posicin escptica que autorice a volver sin modificaciones a las
convicciones de las prcticas cotidianas. Los acuerdos logrados sobre lo
que se discute como verdadero y el aprendizaje que de all resulta ,
conducen de manea ineludible a un desplazamiento, un descentramiento
respecto a la posicin anterior.De este modo, se explican no solamentelos procesos de correccin y ajuste, sino tambin que una justificacin
lograda en un determinado contexto pretenda una verdad que vaya ms
all de l. La duda contextualista no podr superarse slo en el plano
argumentativo, sin considerar las modificaciones que se producen en las
relaciones y mutuas incidencias entre discurso y plexos de accin. Por
eso el carcter de incondicionalidad de la verdad se vincula tanto a las
22 VJ, p. 244
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condiciones ideales de la argumentacin, como al descentramiento de la
comunidad de comunicacin.
Ninguna de estas condiciones podra pensarse sin la
anticipacin del concepto formal de un mundo objetivo compartido. Esto
indica, en primer lugar, que slo puede establecerse la diferencia entre
verdad y justificacin si referimos a un mundo que no ha sido producido
por nosotros y nos impone restricciones, un mundo que trasciende
nuestros acuerdos. Pero en segundo trmino indica que, si reconocemos
algo como verdadero admitimos que su validez es incondicional, es decir
es vlido para todos y en todas partes. A esta universalidad le
corresponde por el lado de la referencia, la suposicin de que el mundo
es uno y el mismo para todos, con independencia de la perspectiva desde
la cual nos refiramos a algo. Es decir, suponemos tanto la existencia de
posibles objetos de los que podemos enunciar hechos, como as tambin
la conmensurabilidad de nuestros sistemas de referencia23.La referencia
a los objetos, en base a la cual los hombres pueden actuar e interactuar,
se entrelaza as con la referencia semntica que se establece en la accin
comunicativa cuando se afirma algo del mundo.
La objetividad del mundo y la intersubjetividad del
entendimiento se remiten recprocamente.No podra haber comprensin e
interaccin sin que los participantes se refieran a un mismo mundo y con
ello se estabilice un espacio pblico24. Ms que una prescripcin o una
convencin destinada a salvar dificultades tericas, se trata de
condiciones de posibilidad descentralizadas de lo que puede constatarse
como un factum: los hombres se comunican.
3. Verdad y justicia
Habermas ha conseguido as, con la distincin entre verdad y
justificacin, poner un freno al posible cierre del discurso sobre s mismo,
y al riesgo de que la justificacin quede vinculada a las circunstancias del
23 VJ, p. 149-15024 TAC, Taurus, Madrid, 1987, I, p. 110, II p. 161 y siguientes.
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contexto. Cabe preguntarse ahora, si esta distincin y la posicin realista
a la cual se vincula modifican de algn modo el valor y alcance del
discurso en el plano moral.
Una comprensin cognitivista de la moral como la de
Habermas- implica el reconocimiento de que en la argumentacin
intervienen juicios de verdad, pero son las mismas las pautas la que
permiten evaluar la verdad y la correccin moral? En la concepcin
habermasiana ambas pretensiones de validez dependen de la resolucin
discursiva. Sin embargo hay diferencias: mientras la idea de verdad
requiere la referencia al mundo, la validez de la norma consiste en su
potencialidad para ser reconocida, lo cual tiene que fundarse en el
discurso bajo condiciones de justificacin aproximativamente ideales25.
En otros trminos: en el orden moral se sigue exigiendo una concepcin
epistmica de las pretensiones de validez26.
Hay aqu una clara oposicin a lo que podra llamarse un
realismo moral. Cmo podra el mundo de las relaciones
interpersonales, un mundo estructurado simblicamente y que, en cierto
modo, producimos nosotros mismos a travs de acciones e instituciones,
decidir si los juicios morales son vlidos o no? Pueden las normas
depender de la contingencia y facticidad de las mismas? Sin duda
Habermas quiere evitar tanto las fundamentaciones ontolgicas como las
sociologizantes, y por ello insiste en que las afirmaciones precedentes no
deben menoscabar el carcter de incondicionalidad de las normas
morales. No se trata de reproducir hechos, sino de apelar a normas
dignas de reconocimiento.
La correccin (Richtigkeit) del juicio y normas morales no tieneese punto de referencia a objetos que se exiga a los enunciados
verdaderos -argumenta-. Las convicciones morales no se quiebran ni
quedan cuestionadas por la resistencia que ofrece el mundo, sino por
los disensos no resueltos entre los oponentes que actan en un mismo
mundo social. La resistencia muchas veces percibida en primera
instancia como protesta, grito o apelacin- no proviene de la operacin
25 , p. 5426 VJ, p. 270
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mide por las condiciones que rigen la formacin imparcial del juicio. Y
nosotros mismos agrega Habermas- contribuimos a la satisfaccin de
condiciones de validez de los juicios y normas morales mediante la
construccin de un mundo de relaciones interpersonales bien
ordenadas.30 En este sentido unaperspectiva deontolgica se articula con
una cierta teleologa en cuanto exige la realizacin de una comunidad de
argumentacin capaz de afrontar situaciones nuevas en condiciones de
imparcialidad y tambin en condiciones para el discernimiento.
Y esto merece una reflexin final. Verdad y justicia son
presentadas por Habermas como ideas reguladoras, y en este sentido
son anlogas. Pero creemos que, si la proyeccin de un mundo justo no
solamente es pauta orientadora sino que conlleva una exigencia de
realizacin, hay que dar un paso ms y admitir que verdad y justicia
tambin se implican mutuamente. Lo justo est implicado en la
consecucin de la verdaden tanto que las instancias discursivas exigen
determinadas condiciones en la comunidad; pero por otro lado, no
podemos dejar de ver que lo justo envuelve lo verdadero, de lo contrario
lo procedimental operara en el vaco.
En la medida en que las sociedades se vuelven ms
complejas, van apareciendo con mayor frecuencia materias inesperadas y
situaciones que exigen nuevas regulaciones; la legitimidad de las normas
que se deriven del discurso se asienta tanto en la calidad de los
argumentos y en la informacin que se maneje al respecto, como en las
posibilidades de participacin y el acceso al dilogo en igualdad de
condiciones. La accesibilidad de los discursos depende tanto de los
ordenamientos sociales y polticos como de la formacin e informacin delos participantes. Tanto en el orden de la norma moral como en de la
norma jurdica, estn implicados a) juicios que conciernen a la
ponderacin de la informacin que refiere a nuevas situaciones o bien al
alcance de descubrimientos cientficos, y b) juicios que refieren a la
ponderacin de las situaciones de dilogo en la que se resuelven los
30 VJ, p. 274
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QUEDA ALGO DE LA HERENCIA KANTIANA EN LATICA DISCURSIVA DE HABERMAS?
Julio De Zan1
I
J. Habermas haba adherido desde el principio al Programa de
Transformacin de la Filosofa propuesto por K.-O. Apel en los aos
sesenta, entendido como transformacin de la Filosofa trascendental
clsica de la subjetividad en una filosofa pragmtico trascendental de la
intersubjetividad, que fundamenta el carcter discursivo, o dialgico de larazn. En este contexto terico ha sostenido Habermas que la operacin
fundacional de la tica del discurso consiste en la transformacin
comunicativa del imperativo categrico de Kant. Al hacer esto interpreta el
imperativo kantiano como un principio de universalizabilidad que se
realiza por medio del procedimiento del discurso. En la evolucin posterior
de su pensamiento queda claro sin embargo que Habermas no admite
ms que una forma dbil, difcil de definir, de filosofa trascendental. En
una peculiar formulacin ms reciente del principio del principio de la tica
discursiva se evidencia ya una completa detrascendentalizacin de su
concepcin: Una ley es vlida en sentido moral si puede ser aceptada
por todos, desde la perspectiva de cada cual (wenn es aus der
perspective eines jeden von allen akzeptiert werden kann. El subrrayado
es nuestro JDZ). En consecuencia, una persona acepta el punto de vista
moral si, como legislador democrtico hace un examen de conciencia
1CONICET/UNSAM, Argentina
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QUEDA ALGO DE LA HERENCIA KANTIANA EN LA TICA DISCURSIVA DE HABERMAS? 52
acerca de si la prctica que resultara del seguimiento universal de una
norma hipotticamente ponderada, puede ser aceptada por todos los
posibles afectados en tanto que colegisladores potenciales2. Esta
formulacin introduce un desplazamiento que recuerda la propuesta de
Rawls en El liberalismo poltico sobre la aceptabilidad fctica de la idea
poltica de la justicia como equidad mediante el consenso entrecruzado de
concepciones filosficas y morales diferentes. Pero Rawls aclara
reiteradamente que la bsqueda de un consenso entrecruzado no es un
punto de vista moral, sino poltico, el cual no presupone ninguna tica en
particular3.
Para Kant una mxima es moral en tanto que universalizable, y
conforme a esto podra interpretarse que debera contar en principio con
el posible asentimiento racional de todos, pero los textos de la
Grundlegungungno dicen eso, sino que exponen la cosa desde el otro
lado, el lado del sujeto de la reflexin y de la accin, y dicen que tengo
que examinar si sera posible, y si yo podra querer que la mxima de
conducta se convirtiera en ley universal, es decir, si podra aceptar que
tambin todos los dems actuaran de la misma forma con respecto a m4.
Es claro que para averiguar si no sera contradictorio, y si yo podra
aceptar la universalizacin de la mxima en cuestin no es necesario
2 J. Habermas, La inclusin del otro, Barcelona, 1999, p. 61-61. Voy a prescindir aqu delas crticas de Apel y de la confrontacin de las diferencias del planteo apeliano originariocon la concepcin habermasiana de la tica discursiva, porque las crticas de Apelpresuponen la exposicin de ese planteamiento y contribuyen a su aclaracin ydesarrollo. Incluso dira que son interesantes sobre todo para una interpretacin msprecisa de la concepcin apeliana. Adems esta discusin, que ha recorrido variasetapas, es bastante conocida, por lo menos en sus aspectos ms generales, y ha sidoreunida por el autor en un volumen reciente (Apel versus Habermas, Ed. Comares,
Grtanada 2004). En cuanto a los textos de Habermas, tendr en cuenta especialmentesus escritos ms recientes.3 J. Rawls, La justicia como equidad. Una reformulacin, Edic. a cargo de Erin Kelly,Paids, Barcelona, 2000, p.58-59.4 Hay que poder querer que una mxima de nuestra accin sea ley universal. Tal es elcanon del juicio moral de la misma en general. Algunas acciones estn de tal modoconstituidas, que su mxima no puede ser ni siquiera pensada sin contradiccin comoley natural universal En otras no se encuentra esa contradiccin interna, pero esimposible quererque su mxima se eleve a la universalidad, porque tal voluntad seracontradictoria consigo misma I. Kant, Grundlegunng der Metaphisik der Sitten,Akademke Textausgabe, IV, Walter de Guyter, Berlin New York, 1968, pg. 424;traduccin espaola de Manuel Garca Morente, Espasa Calpe, Madrid, 1946, yreimpresiones sucesivas, pg. 76. (En adelante las citas de esta obra de Kant se realizan
dentro del texto de nuestra exposicin mediante la abreviatura: Grund. seguida en primerlugar de la cifra que indica la pgina correspondiente de la citada edicin alemana, y ensegundo trmino de la pgina de la traduccin precursora de Garca Morente,
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ningn procedimiento comunicativo, y no tiene sentido la bsqueda de
consenso mediante un discurso; lo que se requiere es un anlisis lgico,
y un examen de conciencia (Grund. 424, GM 77). La operacin de la ED
no consiste entonces simplemente en la transformacin discursiva de la
formulacin kantiana, sino que presupone al mismo tiempo un cambio de
perspectiva.
En el Prlogo a la Grundlegung Kant haba diferenciado
claramente dos niveles de la reflexin moral: 1) el nivel de la
fundamentacin a priori del principio universal de la moralidad y, 2) el
nivel de la aplicacin de aquel principio al examen de las mximas
particulares, y del juicio sobre la accin en las diferentes situaciones
concretas Grund. 398, GM 19). (Un poco ms adelante volver sobre esta
distincin kantiana a la que no se ha prestado suficiente atencin).
Solamente en este segundo nivel de la aplicacin es necesario recurrir de
alguna manera al procedimiento del juicio reflexivo, o reflexionante en el
sentido de la Tercera Crtica, y tiene sentido la confrontacin discursiva de
distintos puntos de vista5. En Habermas se oscurece la diferencia entre
estos dos niveles porque el anlisis y la justificacin se realiza en ambos
mediante el mismo procedimiento de los discursos morales empricos, los
cuales permiten quizs llegar a un consenso, pero tambin quizs no. En
todo caso, los consensos de los discursos reales empricos son siempre
contingentes.
Por eso la clave de la fundamentacin de la doctrina kantiana
de la moralidad no es el punto de vista de la universalizabilidad, entendida
como aceptabilidad universal (aunque esta pueda derivarse como una
consecuencia), sino la demostracin de la necesidadracional y moral dela ley como deber. Cuando se trata de explicar la ley moral, escribe Kant,
La cuestin es, pues esta: es una ley necesaria para todos los seres
racionales juzgar siempre sus acciones segn mximas tales que puedan
ellos querer que se conviertan en leyes universales? Si es as, habr de
estar ya (enteramente a priori) enlazada con el concepto de la voluntad de
un ser racional en general (Grund436, GM 80). Lo que es necesario y
5 Cfr. Kant, Crtica de la Razn Prctica, segunda parte.
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universalizable es por lo tanto el criterio de la moralidad que se debe
emplear en el examen y en el juicio de las mximas y normas particulares,
es decir, no las mximas de cada uno, sino solamente el imperativo
categrico. No se trata de investigar ahora si la deduccin trascendental
de este imperativo ha sido llevada a cabo con xito por Kant, sino
solamente de indicar el camino por donde l consideraba necesario
buscar el fundamento de la ley moral, y cul es la diferencia especfica del
imperativo categrico de la moralidad frente a los imperativos hipotticos.
Esto ltimo es reiterado claramente por Kant en diferentes lugares: si la
accin es buena como medio para alguna otra cosa, entonces el
imperativo es hipottico; pero si la accin es representada como buena en
s, esto es, como necesaria en una voluntad en s conforme con la razn,
entonces el imperativo es categrico(Grund. 414, GM. 629.
El criterio de la necesidad conceptual es el que permite
establecer tambin la diferencia del Imperativo categrico y los
hipotticos. No hace falta explicar en general cmo sea posible un
imperativo hipottico, porque el que quiere el fin quiere tambin los
medios indispensables para conseguirlo En cambio el nico problema
que necesita solucin es, sin duda alguna, el de cmo sea posible el
imperativo de la moralidad, porque este no es hipottico y, por lo tanto, la
necesidad representada objetivamente no puede basarse en ninguna
suposicin previa, como en los imperativos hipotticos (Grund.. 417 y
419, GM. 66 y 69). La solucin al problema planteado cree encontrarla
Kant en el concepto mismo de un imperativo categrico: Cuando pienso
en general [en lo que es] un imperativo hipottico, no s de antemano
cul ser su contenido; no lo s hasta que la condicin me es dada. Perosi pienso un imperativo categrico, ya s al punto lo que contiene, pues
como este imperativo, aparte de la ley, no contiene ms que la necesidad
(el subrrayado es nuestro: JDZ) de la mxima de conformarse con esta
ley, y como esta ley no tiene ninguna condicin que la limite, no queda
pues nada ms que la universalidad de la ley en cuanto tal, a la que ha de
conformarse la mxima de la accin, y esta conformidad es lo nico que
el imperativo representa como propiamente necesario (Grund. 420-421,GM 71-72). La universalidad en el sentido de Kant no es el resultado de
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formal. El mero punto de vista del consenso no tiene como discernir
adecuadamente estas diferencias moralmente relevantes.
II
Habermas distingue por cierto entre un acuerdo fctico y un
acuerdo vlido. Pero esta diferencia est definida de manera
procedimental, atendiendo a los medios empleados para alcanzar el
consenso, el cual puede obtenerse mediante los procedimientos de la
racionalidad estratgica, o mediante la racionalidad comunicativa del
discurso en el cual se hacen valer solamente los buenos argumentos en
una interaccin comunicativa orientada al entendimiento intersubjetivo.
Esta distincin es importante, pero no basta para aclarar la diferencia de
la tica discursiva frente a la moral por acuerdo del contractualismo7. La
salida de esta encerrona estaba ya para Kant en el pasaje de los
intereses e inclinaciones empricas de la voluntad natural, o de las
determinaciones del arbitrio, al orden de la libertad racional, que
solamente se determina mediante la propia razn autnoma. El examen
crtico de las acciones y de las mximas conforme al imperativo
categrico est regido precisamente por el deber de ajustar aquella
voluntad natural contingente, o el arbitrio, a la necesidad, o al deber
incondicionado de la ley moral como ley de la razn pura prctica.
Reinhard Brandt ha observado que En la reconstruccin
habermasiana de la Filosofa Moral de Kant no se habla de necesidad, y
el desplazamiento de la ley moral al campo de los intereses y deseosempricos no puede conducir ya de hecho a este concepto. Habermas
remite por otro lado en general la representacin de la necesidad a la
metafsica, o a la filosofa trascendental, que l parece considerar como
7 Cfr.: D. Gauthier, La moral por acuerdo (1986), Barcelona, 1994; tambin P. Stemmer,
Handeln zugunsten anderer, Berln 2000. Sobre el debate del contractualismo moral, cfr.:Moral als Vertrag? Beitrge zum moralischen Kontraktualismus, W. De Gruyter, Berlin,2003.
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otra forma de metafsica, las cuales son dejadas de lado en el modo de
pensar post-metafsico de su Filosofa8.
Habermas podra responder a estas crticas diciendo que la
autonoma de la tica como disciplina filosfica, su independencia de la
religin y de la metafsica, que haba sido ya un objetivo de Kant, se ha
radicalizado en la poca contempornea por el abandono de la idea de
sistema en la Filosofa9. Por otro lado, como sostiene Aristteles, la
Filosofa prctica no tiene como fin el mero conocimiento de lo que es,
sino la realizacin prctica de lo que ella estudia, y este fin se vera
impedido si se parte de presupuestos problemticos sobre los cuales hay
posiciones muy diferentes. Podra argumentarse tambin que la exigencia
del discurso moral comunicativo para la fundamentacin de normas se
deriva a partir de razones especficamente prctico-morales. La pregunta
por lo que es bueno para los hombres, y de lo que es justo en una
determinada circunstancia, no puede responderse de manera vinculante
sin escuchar los puntos de vista de los propios sujetos aludidos, o
directamente afectados. Esta apertura comunicativa del discurso moral es
para Tugendhat una exigencia que se deriva del propio principio kantiano
de la autonoma de la conciencia y de la voluntad moral de las personas10.
Este argumento me parece correcto, pero si preguntamos cmo se ha
fundamentado el principio de autonoma, comprobamos que estamos
siempre todava en el mismo lugar.
El planteamiento habemasiano de la tica discursiva se ha
inspirado ciertamente en la primera frmula del imperativo categrico de
Kant, interpretado como principio de universalizacin, o de
universalizabilidad. Pero l concibe ahora la universalizacin como elresultado de un consenso real o posible, obtenido mediante el
procedimiento comunicativo de un discurso. En el contexto de esta
interpretacin de la universalizabilidad como aceptabilidad, o como
8 Reinhard Brandt, loc. Cit. p. 55.9 Cfr. Julio De Zan, La des-estructuracin del campo disciplinario de la Filosofa, enSaber, poder, creer, edit por Dorando Michelini y otros, Ed. del ICALA, Ro Cuarto, 2001.10 Cfr. E. Tugendhat, Lecciones de tica, Gedisa, Barcelona, 1997, 308-309. Cfr. J. De
Zan, La identidad del sujeto y la constitucin de la moral, en Theoria. UniversidadNacional de Tucumn. Nmero extraordinario en homenaje a Roberto Rojo, 2004, pp.169-173.
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consenso universal, se entiende entonces la crtica de Habermas al
procedimiento monolgico de Kant, por cuanto ste tendra que apoyarse
en el tcito presupuesto de que en la formacin del juicio moral, cada
uno, en virtud de su propia imaginacin, tendra la suficiente capacidad
para ponerse en la situacin de cualquier otro. Pero si ya no podemos
fiarnos ms en la existencia de una precomprensin comn, ms o menos
homognea en todos los implicados, entonces el punto de vista moral
solamente puede realizarse todava bajo condiciones comunicativas que
aseguran que cada uno examine la aceptabilidad de la universalizacin de
una norma desde la propia comprensin de s mismo y del mundo. De
esta manera el imperativo categrico es reinterpretado conforme a la
teora del discurso11. Las condiciones trascendentales de la moralidad
universalista de Kant son interpretadas aqu en sentido cuasi-
heideggeriano, como una precomprensin trascendendental sobre las
condiciones de vida y la disposicin de los intereses, las cuales seran de
hecho relativamente homogneas en las culturas tradicionales, pero no ya
en la sociedad moderna. Esta concepcin est ms prxima a la de
Aristteles y los comunitaristas contemporneos que al punto de vista
moral de Kant, al cual no se puede atribuir en absoluto esta manera de
pensar lo trascendental. En la Grundlegungreitera Kant que no es posible
encontrar el punto de apoyo de la tica en ese tipo de condiciones
empricas, histricas o antropolgicas. Podra argumentarse contra Kant
que estas condiciones son importantes para la vida moral, pero la crtica
de Habermas no da en el blanco.
El citado texto de Habermas parece presuponer que el juicio de
la moralidad de las mximas de la accin se fundamenta en Kant delmismo modo que el juicio esttico, es decir, como el juicio reflexivo de la
Tercera Crtica, en el que juegan un papel central la imaginacin y el
sentido comn de una cultura, sin tener en cuenta la mencionada
diferenciacin kantiana del Prlogo de la Grundlegung entre el
fundamento (Grund) en el que se apoya toda la filosofa moral, que es su
parte pura, o a priori, y su aplicacin (ihre Anwendung). Este segundo
11 Habermas, Die Enbeziehung1999, p. 49; trad. espaola: La inclusin del otro,Barcelona 1999, p. 64.
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paso, de la aplicacin del principio de la moralidad en el examen de las
mximas y en el juicio sobre la accin moral, exige por cierto todava
escribe Kant- un ejercicio de la facultad de discernimiento, aguzada
mediante la experiencia (durch Erfahrung geschrfte Urteilskraft)12.
Esta especial exigencia que plantea a la Urteilskraft la
aplicacin de la ley moral se explica en el texto kantiano pordos razones:
1) en parte para diferenciar en qu casos tienen su aplicacin y, 2) en
parte para lograr que las leyes morales puedan penetrar en la voluntad
con el vigor para ponerlas en prctica, dado que el hombre... no puede
tan fcilmente hacerlas eficaces in concreto en las circunstancias
cambiantes de su vida (in seinen Lebenswandel). A esta segunda razn
de la necesidad de un ejercicio reflexivo del juicio moral va a dedicar Kant
especficamente toda la Segunda Parte de la Crtica de la Razn Prctica.
Con respecto a la razn 1) es preciso observar que, a
diferencia del juicio esttico del gusto, y de la concepcin habermasiana
de la fundamentacin de la tica, el juicio moral se apoya en una ley
objetiva, a priori, pero esta ley no se aplica directamente a las decisiones
y a las acciones, sino a las mximas que las orientan, las cuales se
mantienen todava en un nivel de generalidad. Yo puedo haber testeado
la moralidad de una mxima conforme al criterio de la universalizabilidad,
pero debo justificar todava mi decisin y mi accin conforme a dicha
mxima, es decir, la aplicacin de la mxima en las diferentes situaciones
de la accin. Este pasaje no puede realizarse mediante la lgica de la
subsuncin del juicio determinante. Es la especial exigencia planteada a
la Urteilskraft, de la que habla el texto de la Grundlegungcon respecto a
los problemas de aplicacin de la ley moral, la que tiene queinterpretarse entonces en el sentido del juicio reflexivo de la Tercera
Crtica, porque toda accin en contexto es singular y nica, como lo es
una obra de arte. Pero en Kant, a diferencia de lo que piensa Habermas,
es solamente en este nivel de la aplicacin, y no en el de la
fundamentacin, que juega el juicio reflexivo, con su exigencia de ponerse
en el lugar de los otros.
12Loc. cit. en nota 5.
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de Hannah Arendt en sus estudios sobre la doctrina kantiana del juicio
esttico13. Aqu solamente puedo mencionar ahora un texto de la
Metafsica de las costumbres, segn el cual el procedimiento del juicio
reflexivo, o reflexionante, que el legislador debe tener en cuenta, es el
criterio de legitimidad de las leyes jurdicas, que han de regirse por el
siguiente principio: lo que no puede decidir el pueblo (la totalidad de los
sbditos) sobre s mismo y sus integrantes [porque sera contrario a su
propio bien, o a sus intereses], tampoco puede el soberano decidirlo
sobre el pueblo14. Por lo tanto el legislador antes de promulgar una ley
debe reflexionar si ella podra ser aceptada como justa por l mismo como
parte del pueblo y por el resto de los ciudadanos. Pero esta necesidad de
ponerse en el lugar del otro, y de reflexionar sobre su posible
aceptabilidad, puede considerarse como una consecuencia del carcter
emprico y contingente de las leyes jurdicas, a diferencia de la ley moral.
Lo que tendra que cuestionarse, desde el punto de vista de la Escuela de
Frankfurt, es si este experimento mental como procedimiento para la
aplicacin de la ley moral y para la legitimacin de las leyes jurdicas es
por s mismo enteramente confiable sin haber pasado por el control crtico
del discurso pblico, celebrado como un proceso real, bajo las
condiciones normativas de simetra de la relacin comunicativa, y de no
exclusin y no violencia.
III
El punto de partida kantiano de Habermas se apoya solamenteen la primera frmula del imperativo como si se tratara de una formulacin
autnoma y suficiente para la fundamentacin de la tica,
independientemente de la segunda, que manda tratar a la humanidad,
tanto en nosotros mismos como en la persona de cualquier otro siempre
tambin como fin, y nunca meramente como medio (Grund. 329;GM 84).
13
Hanna Arendt, Das Urteilen, Mnchen, 1998.14 I. Kant, Metafsica de las costumbres, Ed. Tecnos, Madrid, traduccin deA. Cortina y J. Conill, 1989, p. 162-163.
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Podramos decir sin embargo que la primera frmula independientemente
de la segunda permanece incompleta e indeterminada, o susceptible de
diferentes lecturas, porque el principio de universalizabilidad es todava
meramente formal; pero todas las mximas del obrar humano tienen al
mismo tiempo tambin una materia, es decir un fin (Grund437; GM 95); el
contenido universalizable de esta finalidad moral est dado por el
principio objetivo de la humanidad y de toda naturaleza racional en
general como fin en s mismo En este principio la humanidad no es
representada como un fin subjetivo que nos proponemos realizar, sino
como el fin objetivo que, cualquiera sean los fines que tengamos,
constituye como ley la condicin suprema limitativa de todos los fines
subjetivos (Grund. 430-431; GM, 87). Una determinacin integral de la
ley moral en sus formulaciones anteriores es: que todas las mximas, por
propia legislacin deben concordar con un reino posible de los fines
(Grund. 437;GM 95). Con esta determinacin integral la ley moral deja de
ser meramente formal, avanza ms all del terreno de lo permitido y lo
prohibido, y abre un horizonte teleolgico de tareas a realizar, un deber
positivo de humanidad15. Este contenido esencial de la moralidad
kantiana, que implica el reconocimiento del valor de la persona humana, y
de su dignidad innegociable, que no tienen en cuenta el utilitarismo y el
contractualismo, tampoco aparece adecuadamente reflexionado en la
tica discursiva de Habermas.
La segunda formulacin de la ley moral no slo le da un
contenido teleolgico al formalismo de la primera, del cual se derivan,
segn Kant, todos los otros fines de la Razn pura prctica, sino que
aclara tambin, al mismo tiempo, cmo debe ser interpretada la primera,de tal manera que se diferencie de todos los posibles acuerdos fcticos
que no tienen otro criterio de validez y de obligacin moral ms all del
mero consenso, como es el caso en el contractualismo y del
consensualismo moral.
El contractualismo tiene un punto de partida emprico, en el
hecho de que, en la medida en que los individuos estn interesados en
15 Cfr. A. Cortina, El comunitarismo universalista de la filosofa kantiana, en J.C.Cordn, Moral, Derecho y poltica en I. Kant, Cuenca, 1999, p. 241-252.
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mantener relaciones de intercambio y de cooperacin con los dems,
concuerdan tambin en el inters de mantener un sistema de reglas
simtricas cuya aplicacin cuente con su asentimiento, y que ellos
respetarn estas reglas siempre que tambin todos los dems se
sometan al mismo tiempo a ellas. Esta moral por acuerdo es una
estrategia de instrumentalizacin recproca: yo me abstengo de hacer
tales cosas al prjimo, y me obligo a ser solidario con l, no por respeto a
la dignidad de su persona, sino para que (o a condicin de que) tambin
l haga lo mismo con respecto a m, y para que ambos podamos confiar
recprocamente y as mantener una relacin provechosa. El objeto y
contenido de estos consensos no es el respeto de la dignidad de la
persona como fin en s mismo, y el deber de no instrumentalizar a nadie
para otros fines, sino las mutuas ventajas subjetivas de tal
comportamiento. El concepto de algo que pueda considerarse bueno sin
restricciones, es decir por s mismo, de manera incondicional y, en cierto
modo absoluto, como es la buena voluntad y su finalidad objetiva en el
sentido de Kant, tiene que carecer de significado para la racionalidad
instrumental del contractualismo moral, el cual emplea la palabra bueno
en un sentido relativo, o instrumental y carece de una idea de bien en
sentido puramente moral.
Uno de los ejes de la teora de la accin social de Habermas es
precisamente la distincin entre la racionalidad instrumental y la
racionalidad comunicativa. Sin duda este ltimo concepto excluye la
instrumentalizacin asimtrica del otro como objeto en la accin social.
Pero la racionalidad comunicativa puede ser todava instrumental con
referencia a los fines objetivos perseguidos en comn, en tantorecomienda una accin como un medio necesario, o como el camino ms
corto y econmico, para el logro de tal o cual fin que hemos acordado
como deseable para todos. El imperativo categrico es, en cambio, una
regla de la razn sin punto de referencia alguno exterior a la racionalidad
de la propia regla y a la calidad intrnseca de la accin. De este concepto
no encuentro nada en Habermas, ni siquiera el planteamiento de las
dificultades que conlleva, porque si bien es claro que el obrar moral nopuede ser medio para otra cosa, no resulta fcil comprender por cierto
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qu significa que una accin sea racional y moral en s y por s,
prescindiendo de toda referencia a un fin exterior y emprico, dificultad
que el propio Kant reconoce, porque en esta idea del valor absoluto de la
de la mera buena voluntad hay algo que es muy extrao (etwas so
befremdliches) para la manera ordinaria de pensar (Grund. 394; GM,
29).
Habermas se remite en cambio, como el contractualismo, a los
fines, intereses y motivaciones empricas, como contribuciones
epistmicas a un discurso en el que se examinan normas, y que tiene
lugar con el objetivo de obtener un acuerdo16. Cabe reiterar entonces la
pregunta si con los procedimientos de la racionalidad consensual
comunicativa del discurso se salva el sentido de la moralidad, o si es
necesario pensar todava, ms all de este concepto habermasiano, otro
nivel diferente de la racionalidad propiamente moral, que complemente o
ample la dicotoma de las dos formas fundamentales de la racionalidad
prctica, comunicativa e instrumental, mediante la diferenciacin tripartita
de: racionalidad instrumental, racionalidad comunicativa y racionalidad
moral, a fin de rehabilitar, quizs mediante nuevos argumentos, el punto
de vista moralen el sentido de Kant. Despus del giro pragmtico de la
Filosofa, la racionalidad estrictamente moral no podra prescindir de la
racionalidad comunicativa, pero esta necesita al mismo tiempo de una
brjula que le permita alcanzar el punto de vista moral. El discurso y la
vida moral necesitan de un punto de incondicionalidad para orientarse y
no quedar a la deriva de la relatividad de los consensos fcticos del
Lebenswelt, siempre revisables, o provisorios, los cuales no pueden dar a
la conciencia moral un respaldo cierto en las decisiones crticas deconsecuencias irreversibles.
IV
Avanzando ms all del problema de la fundamentacin de la
tica, quiero confrontar todava, de manera muy esquemtica, la
16 J. Habermas, Loc. cit. La Inclusin
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discurso, compatibles con el significado de la segunda frmula del
imperativo kantiano.
Volviendo ahora al problema planteado de la Filosofa poltica,
Habermas confronta como representativas las posiciones de Rousseau y
de Kant sobre la bsqueda de la conexin interna entre la soberana
popular de la democracia y la independencia indisponible de los derechos
del hombre. Pero encuentra que la solucin del problema planteado es
insatisfactoria en ambos autores y se resuelve mediante la primaca de
uno de los dos principios, de la soberana popular en Rouss