INCOTERMSINTERNATIONAL
COMMERCIAL TERMS
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COMPRADOR
VENDEDOR
•TRANSPORTE:CAMIONTRENAVIONBARCOCARGA DESCARGAINTERMODAL
•SEGURO
•ARANCELES ADUANA
•RIESGO - ENTREGA
•INSPECCIONES – ACREDITACIONES DE SEGURIDAD
ASPECTOS INVOLUCRADOS - INCOTERMS
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Podemos entonces decir:Los incoterms regulan cuatro aspectos básicos del contrato de compraventa internacional:
• la entrega de mercancías, • la transmisión de riesgos, • la distribución de gastos y • los trámites de documentos aduaneros.
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LUGAR DESIGNADO O DE DESTINO
LUGAR DE ENTREGA
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Nota: aquí se incluyen los del 2000 en desuso ya: DAF DDU DES DEQ
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CLASIFICACIÓN DE LOS INCOTERMS 2010(según se entregue en origen o en
destino)
LA ENTREGA SE PRODUCE EN DESTINO
LA ENTREGA SE PRODUCE EN ORIGEN
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Es necesario que la regla Incoterms escogida sea la apropiada para la mercancía, para los medios en que se transporte y, sobre todo, para cuando la intención de las partes es imponer obligaciones adicionales tales como, por ejemplo, la obligación, para la empresa vendedora o para la compradora, de organizar el transporte o el seguro.Con independencia de la regla Incoterms que se elija, las partes deben ser conscientes que la interpretación de su contrato puede estar muy influenciada por las costumbres concretas del puerto o el lugar utilizado.
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Las reglas Incoterms se han utilizado tradicionalmente en los contratos de compraventa internacional en los que la mercancía atraviesa fronteras nacionales. En varias zonas del mundo, sin embargo, las áreas comerciales, como la Unión Europea, han provocado que los trámites fronterizos entre diferentes países sean menos significativos. En consecuencia, el subtítulo de las reglas Incoterms® 2010 reconoce formalmente que pueden aplicarse tanto a los contratos de compraventa internacionales como a los nacionales. Como resultado, las reglas Incoterms® 2010 estipulan con claridad en varios lugares que la obligación de cumplir con las formalidades de exportación/importación existe sólo cuando sea aplicable.
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Embalaje: Esta palabra se usa con diferentes propósitos:1. El embalaje de la mercancía para cumplir con los requisitos del contrato de compraventa.2. El embalaje de la mercancía para que esté en condiciones de ser transportada.3. La estiba de la mercancía embalada en un contenedor u otros medios de transporte.
En las reglas Incoterms® 2010, embalaje significa tanto la primera como la segunda acepción. Las reglas Incoterms® 2010 no se ocupan de las obligaciones de las partes en cuanto a la estiba en contenedores y, por lo tanto, cuando sea pertinente, las partes deben ocuparse de ello en el contrato de compraventa.
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LOS INCOTERMS Y EL CRÉDITO DOCUMENTARIO
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LOS INCOTERMS Y EL CRÉDITO DOCUMENTARIO
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LOS INCOTERMS Y EL CRÉDITO DOCUMENTARIO
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OBLIGACIONES– REGLAS INCOTERMS
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR OBLIGACIONES DEL COMPRADOR
A1 Obligaciones generales B1 Obligaciones generales
A2 Licencias, autorizaciones, acreditaciones de seguridad y otras formalidades
B2 Licencias, autorizaciones, acreditaciones de seguridad y otras formalidades
A3 Contratos de transporte y seguro B3 Contratos de transporte y seguro
A4 Entrega B4 Recepción
A5 Transmisión de riesgos B5 Transmisión de riesgos
A6 Reparto de costos B6 Reparto de costos
A7 Notificaciones al comprador B7 Notificaciones al vendedor
A8 Documento de entrega B8 Prueba de entrega
A9 Comprobación embalaje – marcado
B9 Inspección de la mercancía
A10 Ayuda con la información y costos relacionados
B10 Ayuda con la información y costos relacionados
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A3/B3 CONTRATO DE TRANSPORTE:
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A3/B3 CONTRATO DEL SEGURO:
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EN GENERAL PARA TODOS LOS INCOTERMS:
A7 / B7 NOTIFICACIONES:El vendedor ha de notificar cuando se realiza la entrega en el lugar de entrega, y al porteador en su caso. O en su caso si el buque no se ha hecho cargo de la mercancía en el plazo acordado.El comprador a su vez ha de notificar previamente al vendedor quién es el porteador o persona designada en su caso, momento en que puede recoger (y plazo), modo de transporte de la persona designada y lugar designado para la recepción de la misma.
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EN GENERAL PARA TODOS LOS INCOTERMS:
B8 – PRUEBA DE ENTREGA:
El comprador debe proporcionar al vendedor una prueba adecuada de haber procedido a la recepción de la mercancía (EXW),
o aceptar del vendedor la prueba de entrega / documento de entrega(FCA, DAT, DAP, DDP, FAS, FOB
O aceptar del vendedor el documento de tranporte (CPT, CIP, CFR, CIF ).
SIEMPRE EN EL LUGAR DE ENTREGA
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EN GENERAL PARA TODOS LOS INCOTERMS:A9 – COMPROBACIÓN DEL EMBALAJE -
MARCADO:El vendedor debe pagar costos de operaciones de verificación (comprobación de la calidad, medidas, pesos o recuentos…).El vendedor debe, a sus propias expensas, embalar la mercancía de manera apropiada, a menos que sea usual para ese comercio en particular transportar sin embalar el tipo de mercancía vendida o a menos que el comprador le haya notificado requisitos específicos de embalaje antes de que haya concluido el contrato de compraventa. El embalaje ha de marcarse adecuadamente.
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EN GENERAL PARA TODOS LOS INCOTERMS:
A10 / B10 AYUDA CON LA INFORMACIÓN Y COSTOS RELACIONADOS:
Ambas partes deben, cuando sea aplicable, en el momento oportuno, proporcionar o prestar ayuda para obtener información, incluyendo la información relacionada con la seguridad, que se necesite para la importación/exportación de la mercancía y/o para su transporte hasta el destino final.Los costes de esta gestión serán acordados y abonados por la otra parte.
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REPARTO DE COSTOS POLIVALENTE MARÍTIMO
EXW FCA CPT CIP DAT DAP DDP FAS FOB CFR CIF
EMBALAJE Y VERIFICACIÓN V V V V V V V V V V V
CARGA (PRIMER TTE) C V/C V V V V V (V) (V) (V) (V)
TRANSPORTE EN PAIS ORIGEN C V/C V V V V V (V) (V) (V) (V)
TRAMITES EXPORTACIÓN C V V V V V V V V V V
CARGA A BORDO (MARÍTIMO) (C) (C) (V) (V) (V) (V) (V) C V V V
FLETE MARÍTIMO (C) (C) (V) (V) (V) (V) (V) C C V V
SEGURO DE TRANSPORTE (PPAL) c c c cV v v v c c c cV
DESCARGA BUQUE (MARÍTIMO) (C) (C) V/C V/C (V) (V) (V) C C C/V C/V
TRÁMITES DE IMPORTACIÓN C C C C C C V C C C C
TTE A DESTINO EN PAIS DESTINO C C C C V V V (C) (C) (C) (C)
DESCARGA EN DESTINO C C C C V C/V C/V (C) (C) (C) (C)
V VENDEDOR v VENDEDOR NO TIENE OBLIGACIÓN PERO SÍ RIESGO
C COMPRADOR c COMPRADOR NO TIENE OBLIGACIÓN PERO SÍ RIESGO
(V) VENDEDOR CUANDO SEA EL CASO
(C) COMPRADOR CUANDO SEA EL CASO
V/C PUEDEN SER LOS DOS, EN GENERAL EL VENDEDOR
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NotasThe European Union requires that wood packaging material (WPM) and dunnage coming from third countries, except Switzerland, be subject to an approved measure and display the official mark as specified in Annex I and II to the FAO International Standard for Phytosanitary Measures No. 15 (ISPM 15 - Guidelines for regulating wood packaging material in international trade). These measure do not apply to (1) raw wood of 6 mm thickness or less, and (2) processed wood produced by glue, heat and pressure, or a combination thereof. Reference: Council Directive (EC) No. 2000/29 and its amendments
PÁG 50EJERCICIO PRÁCTICO:
COMPLETAR PARA CADA CÓDIGO INCOTERMS CON LOS SÍMBOLOS Y CÓDIGOS SIGUIENTES, COMO EN EL EJEMPLO
http://www.searates.com/design/images/incoterms/risks_costs_oblagations_transfer.png
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Voluntad
ÉXITOMétodo
Itinerario Innovación
ITINERARIO DE LA
INNOVACIÓN
ESTRATEGIA DE
MARKETINGESTRATEGIA DE EMPRESA
CULTURA INNOVADORA
DISEÑO DE PRODUCTOS Y
PROCESOS
POSICIÓN COMPETITIVA
GESTIÓN DE PROYECTOS
SISTEMA DE GENERACIÓN
DE IDEAS
BUENAS PRÁCTICAS CREATIVASCREACIÓN
DE ESCENARIOS
DE I+D+i
RUTA DE LA GESTIÓN
RUTA DE LAS PERSONAS