INSTITUTO FEDERAL DE ESPECIALISTAS DE
CONCURSOS MERCANTILES
INFORME DE LABORES
16 DE NOVIEMBRE DE 2014 AL 31 DE MAYO
DE 2015
2
Índice
INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 4
I. RECURSOS HUMANOS ............................................................................................................. 6
II. JUNTA DIRECTIVA ..................................................................................................................... 7
III. PROYECTOS INSTITUCIONALES (PAT 2014-2015) .......................................................... 7
IV. CONFORMACIÓN DEL REGISTRO DE ESPECIALISTAS ................................................ 8
1. Incidencias ............................................................................................................................. 8
2. Principios clasificadores del Registro ................................................................................ 9
2.1. Distribución de especialistas por entidad federativa ....................................................... 9
2.2. Distribución de especialidades ......................................................................................... 11
V. SANCIONES ADMINISTRATIVAS ......................................................................................... 11
VI. DESIGNACIONES Y CALIFICACIÓN DE EXCUSAS ........................................................ 12
VII. SUPERVISIÓN DEL DESEMPEÑO DE LOS ESPECIALISTAS ..................................... 13
1. En la Fase de Visita de Verificación ................................................................................ 13
2. En la Etapa de Conciliación .............................................................................................. 14
3. En la Etapa de Quiebra ..................................................................................................... 14
VIII. CONSULTORÍA A ESPECIALISTAS .................................................................................. 14
IX. PROMOCIÓN DE LA CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE ESPECIALISTAS..... 15
X. ESTADÍSTICAS RELATIVAS A LOS CONCURSOS MERCANTILES: .......................... 16
1. Juicios admitidos ................................................................................................................ 16
1.1. Lugar de radicación ............................................................................................................ 16
1.2. Clasificación de iniciativa, por solicitud o por demanda ............................................... 18
1.2.1. Por solicitud ......................................................................................................................... 18
1.2.2. Por demanda formulada por acreedores o el Ministerio Público ................................ 18
1.3. Solicitudes de concurso mercantil con apertura de conciliación o de quiebra ......... 18
2. Sentencias de declaración de concurso mercantil ........................................................ 18
3. Estado procesal de los juicios al cierre del informe ...................................................... 19
3.1. Fase de Visita de Verificación .......................................................................................... 19
3.2. Etapa de Conciliación ........................................................................................................ 19
3.3. Etapa de Quiebra ............................................................................................................... 20
3
4. Juicios terminados .............................................................................................................. 21
XI. APOYO A ÓRGANOS JURISDICCIONALES, OTRAS AUTORIDADES Y PÚBLICO EN
GENERAL ........................................................................................................................................ 21
XII. RELACIÓN CON ORGANISMOS NACIONALES E INTERNACIONALES ................... 23
XIII. DIFUSIÓN ............................................................................................................................... 23
CONSIDERACIÓN FINAL ............................................................................................................. 25
4
Pleno de la Honorable Suprema Corte de Justicia de la Nación Pleno del Honorable Consejo de la Judicatura Federal
Con fundamento en la fracción XV del artículo 311 de la Ley de Concursos
Mercantiles (en adelante la Ley) y en observancia a la resolución que la Suprema
Corte de Justicia de la Nación emitió el 25 de septiembre de 2000, en el
expediente varios 698/2000, la Junta Directiva, en los términos que indica el oficio
SGA/MFEN/1934/2013, informa sobre las actividades del Instituto Federal de
Especialistas de Concursos Mercantiles (en adelante el Instituto), desarrolladas
durante el periodo comprendido del 16 de noviembre de 2014 al 31 de mayo de
2015:
INTRODUCCIÓN
El concurso mercantil atraviesa por un momento trascendental. Con motivo de la
denominada “Reforma Financiera”, el legislador introdujo en la Ley reformas
eficaces para quienes asumieron ese procedimiento como mecanismo de certeza
para solucionar las crisis económicas empresariales.
Las adecuaciones legislativas cobran particular relevancia para compañías de
gran impacto económico y social, cuyos procedimientos en curso presentan
dimensiones inusitadas. Por ejemplo, 44 empresas que conforman 3 de los grupos
societarios más importantes de México, relacionados con la industria de la
construcción de vivienda, están reestructurando, ya sea como obligadas directas o
indirectas, pasivos registrados por más de 355,178 millones de pesos, referentes a
26,029 acreedores. Una más, vinculada con la prestación de servicios
especializados al sector petroquímico, lo hizo por más de 14,830 millones de
pesos, con 245 acreedores.
Como parte de la solución de fondo, la tendencia que se observa es que los
acreedores más representativos están ocupando la posición de accionistas
mayoritarios y de nuevos administradores del negocio que consideran viable, en
sustitución de los socios originales, mediante la conversión de su deuda en capital
social y el compromiso de inyectar dinero una vez aprobado judicialmente el
convenio concursal, para la ejecución del nuevo modelo proyectado para la plena
recuperación.
Con convicción de que la conservación de la empresa es el escenario más
propicio para la recuperación de sus créditos, algunos acreedores otorgaron
5
nuevos créditos como medida indispensable para mantener la operación ordinaria
de la negociación y la liquidez necesaria durante la tramitación del concurso
mercantil, bajo las reglas que, para mejorar su mecánica y seguridad de
recuperación, incluyó la citada Reforma Financiera.
Ello es muestra de que el concurso mercantil, cumple con mayor eficacia la
teleología de su diseño, es decir, la conservación de las empresas y evitar que el
incumplimiento generalizado de pagos ponga en riesgo, tanto su viabilidad como
la de aquellos con quienes mantenga una relación de negocios. En esa medida,
avanza hacia su consolidación como instrumento del Estado Mexicano que genera
certeza jurídica a los justiciables afectados por ese fenómeno económico.
La intervención del Poder Judicial de la Federación en la aplicación de la Ley ante
problemas económicos y sociales complejos, es acorde y conducente para darles
óptima respuesta. En este contexto, los jueces de Distrito ante quienes se tramitan
los procedimientos concursales han contado con el respaldo jurídico y técnico de
este Instituto, tanto vía la supervisión de las actividades cotidianas de los
especialistas, como a través del ejercicio de la atribución prevista en la fracción IX
del artículo 311 de la Ley, y siempre con pleno respeto a la independencia judicial,
como órgano consultivo mantiene en forma pro activa una estrecha colaboración
con el rector del procedimiento, bajo la consideración de que la experiencia de
este órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal, repercuta en los
justiciables para que accedan a una tutela judicial efectiva.
Como se aprecia de los anteriores que se han presentado, el diseño de los
informes semestrales está sustentado no sólo en el reporte cuantitativo o
cualitativo de nuestras labores, sino también en destacar los resultados generales
que periódicamente derivan de la aplicación de la Ley; de esa manera, se da
cuenta del quehacer institucional y se pone en contexto la evolución del
comportamiento del concurso mercantil en el país.
Las secciones que integran este informe, se refieren, unas a aspectos de
organización y cumplimiento de obligaciones administrativas de este órgano
auxiliar, dentro del Consejo de la Judicatura Federal; otras informan sobre el
ejercicio de atribuciones y de las labores que de ellas se desprenden; otras más
dan a conocer estadísticas relativas al procedimiento objeto de la Ley.
En ese escenario informamos a los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, así como a la sociedad mexicana,
de las labores realizadas por el Instituto en el primer semestre del año.
6
I. RECURSOS HUMANOS
La Junta Directiva1 a la que está encomendado el Instituto, se integra por un
Director General y cuatro Vocales2, 2 de sus miembros son mujeres y 3 hombres.
Este órgano colegiado está apoyado por una estructura administrativa de 28
servidores públicos, 10 mujeres y 18 hombres, quienes ocupan las siguientes
plazas: 2 Titulares de Unidad Administrativa, 7 Coordinadores de Áreas, 1
Secretario Particular de Director General, 2 Directores de Área, 8 Coordinadores
Técnicos y 8 Técnicos Operativos.
Vocalía Vocalía
Dirección General
del Instituto
Vocalía
Vocalía
JUNTA DIRECTIVA
Secretaria Particular
Unidad de Registro y
Control de
Especialistas
Unidad de
Normatividad y
Capacitación
Dirección
Administrativa
Dirección de
Tecnologías
Aplicadas a la
Información
EQUIDAD DE GÉNERO
Mujeres 12 36 %
Hombres 21 64 %
Total 33 100%
1 Artículo 313 de la Ley 2 Artículo 314 de la Ley
7
II. JUNTA DIRECTIVA
Celebró 24 sesiones ordinarias y 2 extraordinarias3. Tomó 190 acuerdos
relacionados con los temas siguientes: aplicación de procedimientos aleatorios de
designación de especialistas; la calificación de sus excusas; la valoración de su
desempeño; criterios para revisar y aprobar en términos de las Reglas de Carácter
General de la Ley, los proyectos de cuenta de sus honorarios; inicio y resolución
de procedimientos de sanción administrativa iniciados en su contra; así como la
emisión de opiniones consultivas e informes de labores, entre otros aspectos.
Se destaca que, con fundamento en los artículos 208 y 321, fracción I de la Ley,
como consecuencia de la mencionada Reforma Financiera, la Junta Directiva
autorizó la adición a las Reglas de Carácter General de la Ley de Concursos
Mercantiles, del Título XIII denominado: “VALOR DE ENAJENACIÓN DE BIENES
DE LA MASA, HASTA POR EL CUAL LOS MISMOS PUEDEN ENAJENARSE
BAJO RESPONSABILIDAD DEL SÍNDICO, SIN ATENDER A LO DISPUESTO EN
EL CAPÍTULO I DEL TÍTULO SÉPTIMO DE LA LEY”, que contiene los numerales
61 y 62; acuerdo que se publicó el 16 de enero de 2015 en el Diario Oficial de la
Federación, así como en la página de Internet del Instituto.
III. PROYECTOS INSTITUCIONALES (PAT 2014-2015)
Los proyectos estratégicos reportados a la Dirección General de Innovación
Planeación y Desarrollo Institucional, durante este primer semestre, se diseñaron
con el propósito de continuar con la progresiva modernización de la plataforma
tecnológica del Instituto y con ello fortalecer la gestión de los procesos.
Al cierre del año pasado, de acuerdo al calendario establecido, se concluyeron los
proyectos operativos denominados: “Integración de los sistemas automatizados de
supervisión de Especialistas”, “Integración de los sistemas automatizados de
alertas” e “Integración de los sistemas automatizados de generación de
estadística”.
En enero del presente año, se dio inicio a los proyectos operativos intitulados:
“Diseño de reactivos de aprendizaje por competencias laborales para la selección
de especialistas conciliadores”, “Rediseño del domicilio de Internet”, “Elaboración
del Sistema de Actas de Sesión de la Junta Directiva del Instituto” y “Desarrollo de
3 Artículos 322 y 323 de la Ley
8
la Guía para la elaboración de la propuesta preliminar de conservación de la
empresa”, este último diseñado con la finalidad de apoyar en la tramitación del
concurso mercantil. En el acumulado de cumplimiento de proyectos que se
registra electrónicamente en el Sistema de Planeación Estratégica Institucional
(SSPEI), se reporta el siguiente grado de cumplimiento:
IV. CONFORMACIÓN DEL REGISTRO DE ESPECIALISTAS
El Registro de Especialistas (en adelante el Registro) se conforma con aquellas
personas que obtienen la inscripción por acreditar cubrir los requisitos necesarios
para la realización de las funciones de visitador, conciliador o síndico en los
procedimientos de concurso mercantil. Es atribución del Instituto constituirlo y
mantenerlo; únicamente quienes figuren en él pueden ejercer esas funciones.
Actualmente, existen 109 inscritos con una o más de las especialidades previstas
en la Ley.
1. Incidencias4
Durante este periodo se presentaron 3 bajas temporales por solicitud del
especialista y 7 definitivas5. Estas últimas se suscitaron por las siguientes causas:
Causa Especialistas
Fallecimiento 2
Cancelación del registro (por sanción administrativa) 2
Solicitud 3
4 Artículo 334 de la Ley. 5 Regla 12 de Carácter General de la Ley.
Avance del PAT IFECOM
Anual Programado Realizado Cumplimiento Restante por
ejecutar
100.00 %
32.50 % 32.50 % 100.00 % 67.50 %
9
De las bajas descritas en el cuadro anterior, 4 correspondieron a especialistas que
tenían registro en el Distrito Federal, 1 en Baja California, 1 en Chihuahua y 1 en
San Luis Potosí.
Históricamente, el comportamiento del número de registros por semestre se
expresa en la siguiente tabla:
2. Principios clasificadores del Registro
2.1. Distribución de especialistas por entidad federativa
La ubicación geográfica es un elemento que caracteriza al Registro. Esto permite
hacer las designaciones requeridas por los órganos jurisdiccionales atendiendo a
la sede del juzgado y a los domicilios donde habrán de ejercerse funciones,
preferiblemente de entre los registrados con domicilio profesional en las entidades
federativas donde se radica el procedimiento, en la mayoría de las cuales existen
especialistas. En caso de que no se cuente con especialistas domiciliados en
determinada jurisdicción, la designación se hace a través del procedimiento
aleatorio en el que participan los inscritos en ubicaciones geográficas cercanas o
0
20
40
60
80
100
120
140
160
180
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30
Registros Activos por Semestre2000-II - 2015-I
semestres
Registros
10
que provean un fácil acceso, conforme a las Reglas de Carácter General de la
Ley6.
La distribución de especialistas por entidad federativa, es la siguiente:
Entidad federativa Especialistas Registrados Entidad federativa Especialistas Registrados
Aguascalientes 5 Oaxaca 2
Baja California 4 Puebla 2
Baja California Sur 1 Querétaro 1
Chiapas 3 Quintana Roo 1
Chihuahua 3 San Luis Potosí 4
Distrito Federal 32 Sinaloa 3
Durango 1 Sonora 5
Estado de México 4 Tabasco 2
Guanajuato 2 Tamaulipas 1
Guerrero 1 Tlaxcala 1
Hidalgo 2 Veracruz 6
Jalisco 9 Yucatán 1
Michoacán 3 Zacatecas 1
Nuevo León 9
* Entidades Federativas sin especialistas: Campeche, Coahuila, Colima, Morelos y Nayarit
6 Reglas 3, 5, 29 y 30 de Carácter General de la Ley.
11
2.2. Distribución de especialidades
El Registro se conforma con las especialidades de visitador, conciliador y síndico.
Una persona puede estar inscrita en una o más de ellas, según haya demostrado
contar con el perfil conducente en términos de los Criterios de Selección y
Actualización de los Especialistas de Concursos Mercantiles, publicados en el
Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2009.
Actualmente, 79 de los 109 especialistas cuentan con por lo menos 2 de las 3
especialidades. De los 30 restantes, 26 son visitadores, 3 síndicos y 1 conciliador.
Como se observa en el cuadro siguiente, la combinación “conciliador/síndico” es la
de mayor incidencia; hay 44 inscritos en esa modalidad.
Especialistas 109 Combinaciones 219
Visitadores Conciliadores Síndicos
26 26
3 3
1 1
4 4 4
44 44 44
31 31 31 31
V. SANCIONES ADMINISTRATIVAS
En términos de los artículos 311, fracción III y 336 a 338 de la Ley, el Instituto está
facultado para imponer como sanción administrativa a los especialistas, según la
gravedad de la infracción cometida, amonestación, suspensión temporal o
cancelación del registro.
En razón del interés público que la Ley protege, las sanciones tienen como
finalidad, garantizar el correcto funcionamiento del servicio que prestan al
intervenir como órganos auxiliares del rector del concurso mercantil y, en
particular, tratándose de la cancelación, además, depurar el Registro para
mantener en él únicamente aquellos profesionales que estén en aptitud de ejercer
en forma óptima sus funciones.
12
En este periodo, un especialista registrado en el Distrito Federal y otro en
Chihuahua, se hicieron acreedores a la cancelación de su registro por no haber
desempeñado adecuadamente sus funciones, de conformidad con la fracción I del
artículo 337 de la Ley.
En otros 4 procedimientos, en razón de que las conductas no fueron consideradas
graves, se determinó imponer como sanción administrativa la amonestación a
especialistas registrados en Aguascalientes, Distrito Federal, Jalisco y San Luis
Potosí.
Se acordó iniciar 4 procedimientos para determinar si ha lugar o no a imponer
sanción a especialistas del Distrito Federal y Nuevo León.
VI. DESIGNACIONES Y CALIFICACIÓN DE EXCUSAS
Se realizaron 82 designaciones: 22 de visitador, 17 de conciliador y 43 de síndico.
51 se suscitaron como consecuencia de la declaración del concurso mercantil o
cambio de etapa de conciliación a quiebra; 22 por la admisión de la solicitud o la
demanda; y las 9 restantes por excusas de los especialistas que resultaron
procedentes. En este último caso, todas fueron relativas a síndicos.
De las 82 designaciones realizadas, 53 fueron de especialistas con registro en el
Distrito Federal; mientras que 29 de otras entidades federativas, en las que
destaca Jalisco con 14.
65%
17%
18%
Designaciones por Entidad Federativa
Distrito Federal, 53 Jalisco, 14 Otras, 15
13
VII. SUPERVISIÓN DEL DESEMPEÑO DE LOS ESPECIALISTAS
El Instituto tiene la atribución de supervisar la prestación de los servicios que
realizan los visitadores, conciliadores y síndicos en los procedimientos de
concurso mercantil7; con independencia de que pertenezcan o no al Registro, aun
cuando no sean designados por este órgano auxiliar8.
La supervisión se ejerció en 278 procedimientos; 11 ya concluyeron al cierre del
periodo, por lo que se continúa supervisando a quienes realizan sus actividades
en función de la etapa del procedimiento y que se esquematiza de la siguiente
forma:
1. En la Fase de Visita de Verificación
14 6 6 26
En espera de la orden de visita
Visitas en curso
Dictámenes entregados y en espera del dictado de la sentencia
7 Artículo 311, fracción VIII de la Ley. 8 Artículos 147, 174, 332, fracción VII y 339 de la Ley.
Visita
26
Conciliación
93
Quiebra
148
TOTAL 267
14
2. En la Etapa de Conciliación
20 6 19 4 22 22 93
Por publicar sentencia
Elaboración de lista provisional
Elaboración de lista definitiva
En espera de sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de
créditos
Elaboración y presentación de convenio concursal
En espera de aprobación del convenio concursal
3. En la Etapa de Quiebra
42 90 16 148
En proceso de toma de posesión
En proceso de enajenación de activos y pago a acreedores
En proceso de terminación
VIII. CONSULTORÍA A ESPECIALISTAS
Como órgano consultivo, el Instituto ha emitido opinión a los especialistas en
temas relacionados con criterios de interpretación y aplicación de las disposiciones
de la Ley9. En esta materia se brindaron 897 asesoramientos de carácter jurídico y
técnico, tanto en la fase de visita e integración de la litis como en las etapas
sucesivas del concurso mercantil, esencialmente, en los temas siguientes:
En la fase de visita de verificación e integración de la litis: aspectos
contables, financieros y jurídicos para determinar obligaciones concursales de los
9 Artículo 311, fracción IX, de la Ley.
15
comerciantes, interpretación de contratos de emisión de bonos, aplicación de
Normas de Información Financiera, problemas al dictaminar la situación concursal
de compañías controladoras y controladas, cuestiones fiscales sobre obligaciones
vencidas, créditos a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Servicio
de Administración Tributaria, así como uso de la “Tecnovisita”10.
En la etapa de conciliación: criterios para la evaluación de la factibilidad de
otorgamiento de nuevos créditos indispensables para mantener la operación
ordinaria de la empresa y la liquidez necesaria durante la tramitación del concurso
mercantil, elaboración y presentación de listas provisional y definitiva de
reconocimiento, graduación y prelación de créditos, vigilancia de la administración,
determinación de honorarios, análisis financiero y jurídico para la elaboración de
convenios concursales, terminación del concurso mercantil y uso de la
“Tecnoconcilia”11.
En la etapa de quiebra: contenido de los reportes, informes mensuales y
bimestrales a que hacen referencia los artículos 59, 190, 215 y 229 de la Ley,
toma de posesión de bienes y su enajenación, cálculo de honorarios, terminación
del concurso mercantil, así como uso de la “Tecnosindicatura”12.
IX. PROMOCIÓN DE LA CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE
ESPECIALISTAS
Una de las labores fundamentales de este Instituto es promover la capacitación de
los visitadores, conciliadores y síndicos13.
El Instituto impartió 1 seminario de actualización en especialidad de concursos
mercantiles, en la Casa de la Cultura Jurídica de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, ubicada en Tijuana, Baja California, con una duración de 6 horas
distribuidas en 2 días.
En coordinación con la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, se diseñó el programa de seminarios
para realizarse durante el segundo semestre, en 12 ciudades de la República
Mexicana.
10 Sistema electrónico desarrollado en el Instituto aplicable a la labor del visitador. 11 Sistema electrónico desarrollado en el Instituto aplicable a la labor del conciliador. 12 Sistema electrónico desarrollado en el Instituto aplicable a la labor del síndico. 13 Artículo 311, fracciones X, XI y XII, de la Ley.
16
JUICIOS POR SEMESTRE
X. ESTADÍSTICAS RELATIVAS A LOS CONCURSOS MERCANTILES14:
1. Juicios admitidos
Los jueces admitieron a trámite 37 asuntos. El promedio histórico por semestre es
de 20.8. El mínimo se registró en el año 2000 con 2 asuntos y el máximo en el
semestre anterior, en el cual se admitieron 41.
A partir de la Reforma Financiera se observa una constante de juicios admitidos
relativos a empresas integrantes de grupos societarios.
En el primer semestre de 2014, se admitieron a trámite 16 pertenecientes a un
grupo; en el semestre anterior, 25 a 2 grupos; y, en este, 16 a 1.
1.1. Lugar de radicación
En Baja California, cuyo histórico desde el año 2000 era de 9, se radicó el mayor
número de asuntos, con 16; la mayor cantidad para una entidad federativa este
semestre.
Cabe resaltar que a partir de la Reforma Financiera pueden llevarse en forma
acumulada concursos mercantiles de sociedades integrantes de un grupo
societario ubicadas en diversos estados de la República Mexicana, en un juzgado
14 Artículo 311, fracción XIII de la Ley.
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
1 3 5 7 9 11 13 15 17 19 21 23 25 27 29 31
Promedio
Juicios
17
de Distrito con jurisdicción en una determinada entidad federativa, lo que conduce
a la solución integral y concomitante de sus problemas financieros.
Jalisco y el Distrito Federal, que en el histórico acumulado son las entidades
federativas que registran el mayor número de asuntos admitidos con un total de
324 en conjunto, lo que representa el 52% desde el año 2000, en este periodo
radicaron, entre ambas, 11 asuntos, es decir el 19.9%. Los asuntos radicados por
entidad federativa son los siguientes:
Estado Juzgado Asuntos %
Baja California Juzgado 5° de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali 16 43%
Jalisco Juzgado 7° de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco 5 13.5%
Juzgado 2° de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco 2 5%
Juzgado 6° de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco 1 2.85%
Distrito Federal Juzgado 12° de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal 1 2.85%
Juzgado 5° de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal 1 2.85%
Juzgado 8° de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal 1 2.85%
Veracruz Juzgado 4° de Distrito en el Estado de Veracruz 2 5%
Juzgado 3° de Distrito en el Estado de Veracruz 1 2.85%
Aguascalientes Juzgado 2° de Distrito en el Estado de Aguascalientes 2 5%
Edo. de México Juzgado 2° de Distrito en el Estado de México 1 2.85%
Juzgado 7° de Distrito en el Estado de México 1 2.85%
Coahuila Juzgado 2° de Distrito en el Estado de Coahuila 1 2.85%
Michoacán Juzgado 9° de Distrito en el Estado de Michoacán 1 2.85%
Nuevo León Juzgado 5° de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León 1 2.85%
TOTAL 37 100%
242
82 61 47 32 25 17 16 16 13 1163
Histórico de 625 asuntosadmitidos desde el inicio de vigencia de la Ley
Asuntosadmitidos
18
1.2. Clasificación de iniciativa, por solicitud o por demanda
1.2.1. Por solicitud
Iniciaron 31 asuntos; 16 corresponden a la modalidad de concurso mercantil con
plan de reestructura previo, en la que el planteamiento debe formularse en
conjunto por el comerciante y los titulares de cuando menos la mayoría simple del
total de sus adeudos.
De los 625 asuntos admitidos hasta este semestre, el 56%, es decir, 350, iniciaron
por solicitud.
1.2.2. Por demanda formulada por acreedores o el Ministerio Público
Iniciaron 5 asuntos por demanda de acreedores y 1 del Ministerio Público Federal.
Del total de asuntos admitidos hasta este semestre, el 44%, es decir, 275,
iniciaron por demanda; de este número, el 94.2% corresponde a acreedores y el
5.8% al Ministerio Público Federal.
1.3. Solicitudes de concurso mercantil con apertura de conciliación o
de quiebra
En 3 de los 37 juicios iniciados en este semestre, los comerciantes solicitaron la
declaración del concurso mercantil con apertura de la etapa de quiebra.
En uno de los asuntos, el comerciante que planteó originalmente solicitud de
concurso mercantil en etapa de conciliación, inmediatamente después de ser
declarada, solicitó la quiebra y el juez de Distrito dictó la sentencia.
2. Sentencias de declaración de concurso mercantil
En 43 juicios, los jueces de Distrito dictaron sentencias en las que declararon en
concurso mercantil a los comerciantes. En 33 se abrió la etapa de conciliación y
en 10 la de quiebra. En 3 resoluciones se declaró improcedente esa pretensión.
Históricamente, de los 447 asuntos en que se dictó sentencia para determinar si
19
hubo lugar o no a declarar el concurso mercantil, en 423 sí procedió la
declaración, es decir, en el 95%.
3. Estado procesal de los juicios al cierre del informe
JUICIOS ACTIVOS
Visita 26 4%
Conciliación 93 15%
Quiebra 148 24%
JUICIOS TERMINADOS
358
57%
TOTAL JUICIOS
2000- 31/mayo/2015
625 100%
3.1. Fase de Visita de Verificación
Asuntos
Pre-existentes 35
Ingresos en el semestre 15
Concluidas en el semestre -24
Activas al cierre del semestre 26
3.2. Etapa de Conciliación
Asuntos
Pre-existentes 67
Ingresos 32
Reingresos 4
Subtotal 103
Conclusión de la etapa -10
TOTAL 93
20
Conciliación:
I.- “Causas de ingreso”: *Sentencia por solicitud de concurso mercantil con plan de reestructura previo = 16;
*Sentencia de concurso mercantil con base en el dictamen del visitador = 13; *Sentencia de concurso mercantil
como consecuencia de que el comerciante no contestó la demanda = 2; *Sentencia de concurso mercantil por falta
de colaboración del comerciante para la realización de la visita = 1.
II.- “Causas de reingreso”: *Por revocación de la sentencia de aprobación del convenio = 3; *por revocación de la
sentencia de quiebra = 1.
III.- “Causas de conclusión”: *Sentencia de quiebra = 7; *Masa insuficiente aun para cubrir créditos 224 de la Ley =
2; *Sentencia de aprobación de convenio = 1.
En este periodo, los pasivos reconocidos, involucrados en la etapa de conciliación,
ascendieron a la cantidad de alrededor de 380,000 millones de pesos; importe que
representa un incremento del 113% respecto del semestre anterior, por 178,881
millones de pesos.
3.3. Etapa de Quiebra
Asuntos Comerciantes
involucrados
Existencia anterior 133 157
Ingresos 20 20
Subtotal 153 177
Conclusión de la
etapa
-5 -8
TOTAL 148 169
-
50,000
100,000
150,000
200,000
250,000
300,000
350,000
400,000
2010 -1
2010 -2
2011 -1
2011 -2
2012 -1
2012 -2
2013 -1
2013 -2
2014 -1
2014 -2
2015 -1
Pasivos en Conciliación
Millones de pesos
21
Quiebra:
I.- “Causas de ingreso”: * Sentencia de quiebra por solicitud de la comerciante, sin etapa previa de conciliación =
13; * Sentencia de quiebra por conclusión de la etapa de conciliación sin aprobación de convenio = 7
II.- “Causas de conclusión”: * Pago a Acreedores Reconocidos y no quedaran más bienes por realizarse = 2; * Revocación de la sentencia de quiebra = 2; * Masa insuficiente aun para cubrir los créditos a que se refiere el
artículo 224 de la Ley = 1.
4. Juicios terminados
XI. APOYO A ÓRGANOS JURISDICCIONALES, OTRAS AUTORIDADES Y
PÚBLICO EN GENERAL
En ejercicio de las facultades conferidas en las fracciones IX y XII del artículo 311
de la Ley, el Instituto ha emitido diversas opiniones jurídicas y técnicas con la
finalidad de coadyuvar en la interpretación y aplicación de sus disposiciones.
La consultoría a órganos jurisdiccionales es una de las tareas más sensibles que
desarrollamos, al poner al servicio del rector del procedimiento, nuestra
experiencia y visión por la constante vinculación con el 100% de los asuntos
tramitados durante la vigencia de la Ley, de manera que estamos en aptitud de
proporcionar antecedentes y ofrecer opiniones que les permite abordar los
diversos temas jurídicos y de otras disciplinas especializadas que inciden en el
tratamiento del concurso mercantil.
En ese contexto, cabe destacar que la consultoría, no se circunscribió únicamente
a emitir por escrito las opiniones requeridas, sino que además participamos en
forma activa y directa en diversas sesiones de trabajo con titulares de los órganos
Causas de la terminación Juicios
Revocación de la sentencia de concurso mercantil 1
Masa insuficiente, aun para cubrir créditos
previstos en el artículo 224 de la Ley
3
Improcedencia de la declaración de concurso
mercantil
3
Por caducidad 1
Pago a Acreedores Reconocidos y no quedaran
más bienes por realizarse
2
Aprobación de Convenio Concursal 1
TOTAL 11
22
jurisdiccionales para intercambiar puntos de vista sobre los asuntos que ante ellos
se tramitan y brindarles apoyo técnico; asimismo, sostuvimos reuniones con
comerciantes, acreedores e inversionistas con el propósito de proporcionarles
información y orientarlos sobre los criterios aplicables para la consecución de los
fines del concurso mercantil.
También elaboramos y proporcionamos a los órganos jurisdiccionales, modelos de
actuaciones que les dan referencia específica sobre la tramitación del concurso
mercantil, con el propósito de que se constituyan en guía que facilite su función.
Los temas recurrentes materia de consultoría y asesoramientos están
relacionados con admisión de la solicitud o demanda de concurso mercantil,
trámite para dictar providencias precautorias y su procedencia, administración de
la empresa, reconocimiento de créditos, periodo de retroacción, convenio
concursal, otorgamiento de créditos indispensables para mantener la operación
ordinaria de la negociación y la liquidez necesaria durante la tramitación del
concurso mercantil, honorarios de especialistas, entre otros.
Asesoramos a otras autoridades y damos apoyo al público en general cuando
están vinculados o tienen un especial interés en la tramitación de un
procedimiento de concurso mercantil, como fueron los casos de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores, el Servicio de Administración Tributaria, el
Instituto Mexicano del Seguro Social, el Servicio de Administración y Enajenación
de Bienes, la Procuraduría General de la República, entre otras autoridades, así
como a acreedores y consumidores que intervinieron en los asuntos.
Apoyo a órganos jurisdiccionales Ocasiones
Consultoría y asesoramientos 224
Modelos de actuaciones diseñados exprofeso para facilitar
su función
25
TOTAL 249
Apoyo a autoridades distintas de las jurisdiccionales y público en general
Ocasiones
Asesoramiento a autoridades 38
Apoyo al público en general 562
TOTAL 600
23
Los temas recurrentes de asesoramiento a las autoridades no jurisdiccionales y al
público en general están vinculados con el llenado de formatos emitidos por este
Instituto, la interpretación de la Ley y estado de los procedimientos.
XII. RELACIÓN CON ORGANISMOS NACIONALES E INTERNACIONALES
Con la finalidad de mantener los vínculos interinstitucionales existentes, el Instituto
continuó impartiendo la materia “Concursos Mercantiles” en la “Especialidad en
Derecho Financiero Privado” que organiza la Comisión Nacional para la Protección
y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), así como en el
programa de “Asignaturas Empresariales y Organizacionales” de la Facultad de
Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Se impartieron 3 seminarios sobre la materia concursal a funcionarios de la
Administración Central de Asuntos Penales y Especiales del Servicio de
Administración Tributaria.
Como parte de las actividades de divulgación de los temas relativos al Derecho
Concursal Mercantil, las funciones del Instituto, sus objetivos y procedimientos, así
como las disposiciones que conforme a la Ley se expiden, recibimos en nuestras
instalaciones a estudiantes del nivel licenciatura de la Universidad Madero de
Puebla.
El Instituto colaboró con el Banco Mundial y con la Secretaría de Economía en la
evaluación de la facilidad para hacer negocios en México, cuyo resultado se
concentra en el reporte anual llamado “Doing Business”. Para dicho efecto, se
analizaron los aspectos “Obtención del crédito” y “Resolución de la insolvencia”,
que inciden directamente en la dinámica de la inversión, productividad y
crecimiento de los negocios; resultados que serán materia de la edición del reporte
“Doing Business 2016”, a publicarse a finales de este año.
También participó en la Convención Nacional de Industriales organizada por la
Cámara Nacional de la Industria de Transformación.
XIII. DIFUSIÓN
La Directora General del Instituto sostuvo 26 entrevistas a través de la prensa
escrita, la radio o la televisión, con la finalidad de contribuir al escrutinio público
sobre el tratamiento de los procedimientos de concurso mercantil en nuestro país.
24
Otras actividades de difusión que realizamos están enmarcadas por la impartición
de conferencias, como las 2 que pronunció la Directora General del Instituto en
abril del presente año, bajo el título: “Análisis Académico sobre la Liquidación
Judicial Bancaria derivada de la Reforma Financiera 2014”, organizada
conjuntamente con la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de
Distrito del Poder Judicial de la Federación, Asociación Civil y el Instituto para la
Protección al Ahorro Bancario.
En la página de internet del Instituto, difundimos en forma permanente información
actualizada de los procedimientos de concurso mercantil radicados en los distintos
órganos jurisdiccionales a través de la “pizarra concursal interactiva”, que permite
consultar lo que se reporta en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes
(SISE).
Asimismo, para facilitar el acceso a la información concursal publicamos en la
página web edictos y convocatorias, jurisprudencia y tesis aisladas en materia
concursal y disciplinas afines, normatividad, listas de reconocimiento de crédito y
propuestas de convenio, así como acuerdos y sentencias emitidas por los órganos
jurisdiccionales.
En este semestre, se implementó un proyecto para conformar la “Hemeroteca
Concursal Mercantil en Línea” del Instituto, con el propósito de generar un sistema
de compilación ordenado, para conservar la memoria noticiosa que se ha
producido en torno de cualquier tópico con incidencia, directa o indirecta, en el
concurso mercantil, a partir del año 2010, y ser consultada. Al cierre del periodo, el
proyecto registra un acervo de 4,328 notas periodísticas digitalizadas.
Cabe destacar que, en breve, la citada hemeroteca será puesta a disposición de
cualquier interesado en nuestra página de Internet. Dicho ejercicio se inscribe en
un marco de difusión proactiva, que permitirá analizar y evaluar los sucesos en
forma cronológica y selectiva a partir de los datos publicados periódicamente en la
prensa.
En relación con el catálogo interactivo de obras de la Biblioteca Especializada del
Instituto dispuesto en nuestro portal de Internet, en este periodo se actualizó con
236 ejemplares para conformar un total de 826. Esta herramienta permite filtrar
búsquedas por título, autor, editorial o país de edición, y visualizar las portadas e
índices digitalizados de los libros. Sin perjuicio de poder consultar la referencia
bibliográfica de otras 1,240 que en suma comprenden un acervo total de 2,066;
mismas que están debidamente clasificadas y catalogadas conforme a los
estándares especializados.
25
CONSIDERACIÓN FINAL
El concurso mercantil adquiere cada vez mayor importancia, no sólo en el ámbito
jurisdiccional sino también en el económico y posiciona la convicción de que la
óptima resolución de la insolvencia empresarial genera confianza para fomentar la
inversión. Por ende es un instrumento especialmente observado y comparado a
nivel internacional.
La sinergia generada a partir de la Reforma Financiera y los casos de éxito,
muestran que la tendencia es positiva para asumir cualquier reto concursal y
lograr agilidad y eficacia en la obtención del resultado deseado: permitir en mayor
medida la adopción de mecanismos para reemprender la actividad y dar
continuidad a las empresas.
Es deber de todos los operadores jurídicos generar las mejores condiciones para
que el concurso mercantil siga mostrando su eficacia. Inclusive, es oportuno
revisar, si para propiciar que más empresas asuman el concurso mercantil como
una opción viable en la etapa temprana del problema económico, en su caso, es
factible implementar en el Estado Mexicano un sistema de estímulos previsibles
para la etapa post-reestructura.
Por lo anterior, el Instituto continuará contribuyendo en forma coherente con las
políticas legislativas adoptadas, y refrenda el compromiso de canalizar su esfuerzo
al logro de los objetivos estratégicos trazados para el desarrollo económico del
país en esta etapa de reformas estructurales. Los mecanismos incorporados,
como se ha visto, permiten explorar distintas opciones de reestructura, cuando las
empresas aún son viables, por lo que estamos preparados para los nuevos retos y
seguir coadyuvando al mejoramiento del procedimiento concursal mercantil.
México, Distrito Federal, 30 de junio de 2015.
Lic. Gricelda Nieblas Aldana
Directora General