N° 070/2010
LEY DE LA EDUCACIÓN
“AVELINO SIÑANI - ELIZARDO PÉREZ”
ESTADO COLONIAL
• Servicio• Colonizadora• Jerárquica • Elitista• Homogeneizado
ra• Individualista• Clasista • Monolingüe• Bancaria• Monocultural • Antropocéntrico
ESTADO PLURINACIONAL
• Derecho• descolonizadora• Participativa• Para todos• Diversa• Comunitaria • Igualitaria• Plurilingüe• Dinámica • Pluricultural• Biocéntrico
¿POR QUÉ UNA NUEVA EDUCACIÓN?
TÍTULO I MARCO FILOSÓFICO Y POLÍTICO DE LA EDUCACIÓN BOLIVIANA
• CAPÍTULO I. LA EDUCACIÓN COMO DERECHO FUNDAMENTAL• CAPÍTULO II. BASES, FINES Y OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN• CAPÍTULO III. DIVERSIDAD SOCIOCULTURAL Y LINGÜÍSTICA
TITULO II SISTEMA EDUCATIVO PLURINACIONAL• CAPÍTULO I. SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN REGULAR• CAPÍTULO II. SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA Y ESPECIAL
• SECCIÓN I. Educación alternativa• SECCIÓN II. Educación especial
• CAPÍTULO III. SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL• SECCIÓN I. Formación superior de maestras y maestros• SECCIÓN II. Formación superior técnica y tecnológica• SECCIÓN III. Formación superior artística• SECCIÓN IV. Formación superior universitariaTÍTULO III. ORGANIZACIÓN CURRICULAR, ADMINISTRACIÓN Y
GESTIÓN DEL SEP
• CAPÍTULO I. ORGANIZACIÓN CURRICULAR• CAPÍTULO II. ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE LA EDUCACIÓN• CAPITULO III. APOYO TÉCNICO DE RECURSOS Y SERVICIOS• CAPÍTULO IV. PARTICIPACIÓN SOCIAL COMUNITARIA
TÍTULO IV: DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
ART. 1 - MANDATOS CONSTITUCIONALES DE LA
EDUCACIÓNTodos tienen derecho a
recibir educación Es fiscal y gratuita en
todos sus niveles hasta el superior
Es obligatoria hasta el bachillerato
Humanista, científica, técnica y tecnológica, productiva, territorial,
teórica y práctica, liberadora y
revolucionaria, crítica y solidaria.
Es intracultural, intercultural y
plurilingüe
Es unitaria, pública, universal, democrática,
participativa, comunitaria,
descolonizadora y de calidad.
El SEP esta compuesto por instituciones
educativas fiscales, privadas y de convenio
El Estado y la sociedad tienen tuición plena
sobre el SEP
Función suprema y primera
responsabilidad financiera del Estado
Art. 2 - DISPOSICIONES GENERALESI. Participación social
• Reconoce y garantiza
II. Unidades educativas fiscales
• Consolida y fortalece
III. Unidades educativas privadas
• Reconoce y respeta
IV. Unidades educativas de convenio
• Reconoce y respeta
V. Derecho de las madres y padres
• Respeta el derecho a elegir la educación
VI. Inamovilidad funcionaria• Se garantiza la carrera docente y la inamovilidad del personal docente,
administrativo y de servicio del magisterio nacional.VII. Escalafón nacional del magisterio
• Se respeta asegura la carrera docente, administrativo y de apoyo.
VIII. Sindicalización
• Reconoce al magisterio el derecho a la sindicalización
IX. Organización estudiantil
• Reconoce la participación
ART.3 - BASES DE LA EDUCACIÓNDescolonizadora, liberadora,
revolucionaria, anti-
imperialista
Comunitaria, democrática, participativa y de consensos
Universal
Única, diversa y plural.
Unitaria e integradora del
Estado Plurinacional
Laica, pluralista y espiritual
InclusivaIntracultural, intercultural y
plurilingüe
Productiva y territorial
Científica, técnica,
tecnológica y artística
Educación de la vida y en la
vida, para vivir bien
Promotora de la convivencia
pacífica
Asume y promueve los
principios ético morales
Liberadora en lo pedagógico
ART. 4 - FINES DE LA EDUCACIÓN
Contribuir a la consolidación de la
educación descolonizada
Formar integral y equitativamente a mujeres y hombres
Universalizar los saberes y conocimientos propios
Fortalecer el desarrollo de la intraculturalidad, interculturalidad y el
plurilingüismo
Contribuir a la convivencia armónica y
equilibrada del ser humano con la Madre
Tierra
Promover una sociedad despatriarcalizada
Garantizar la participación plena de
todas y todos
Promover la amplia reciprocidad, solidaridad e integración entre las NPIO campesinos y afro
descendientes
Fortalecer la unidad, integridad territorial y soberanía del Estado
Plurinacional
Contribuir a reafirmar el derecho irrenunciable e
imprescriptible del territorio
ARTO. 5 - OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓNDesarrollar la
formación integral con conciencia social
crítica de la vida y en la vida para Vivir Bien
Desarrollar una formación científica,
técnica, tecnológica y productiva
Contribuir al fortalecimiento de la unidad e identidad
Promover la unidad
Consolidar el SEP con la participación social
organización, seguimiento y
evaluación
Contribuir al fortalecimiento de la seguridad, defensa y desarrollo del Estado
Plurinacional
Consolidar la integración del Estado
Plurinacional.
Cultivar y fortalecer el civismo, el diálogo intercultural y los
valores éticos, morales y la vida comunitaria
Desarrollar una conciencia integradora y equilibrada entre el
ser humano y la Madre Tierra
Garantizar el acceso y la permanencia
Formular e implementar
programas sociales para estudiantes con menos posibilidades
económicas
Formar una conciencia productiva,
comunitaria y ambiental en las y los
estudiantes
Implementar políticas educativas de formación
continua y actualización de maestras y maestros
Desarrollar políticas educativas que promuevan el acceso y la permanencia
Desarrollar programas educativos pertinentes a
cada contexto sociocultural,
Articular los subsistemas y la secuencialidad de
contenidos curriculares inicial hasta superior
Implementar políticas y programas de alfabetización y postalfabetización integral
Garantizar integralmente la calidad de la educación en
todo el SEP
Implementar políticas y programas de atención a
poblaciones vulnerables y en desventaja social.
Promover la investigación científica, técnica,
tecnológica y pedagógica
Desarrollar una educación cívica, humanística,
histórica, cultural, artística y deportiva
Promover y garantizar la educación de personas con
discapacidad y talentos extraordinarios
ART. 5 - OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN
ART. 6 y 7 - DIVERSIDAD SOCIO CULTURAL Y LINGÜÍSTICA
INTRACULTURALIDAD
E INTERCULTURALID
AD
• Intraculturalidad: promueve la recuperación, fortalecimiento, desarrollo y cohesión al interior de las culturas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afro bolivianas.
• Interculturalidad: desarrollo de la interrelación e interacción de conocimientos, saberes, ciencia y tecnología propios de cada cultura con otras culturas.
PLURILINGÜISMO
• Uso de idiomas oficiales y lengua extranjera
• La educación debe iniciarse en la lengua materna, y su uso es una necesidad pedagógica en todos los aspectos de su formación.
• Principios obligatorios de uso de las lenguas por ser instrumentos de comunicación, desarrollo y producción de saberes y conocimientos
• Inicial en familia comunitaria• Primaria comunitaria vocacional• Secundaria comunitaria productiva
SER
ART. 8 – ESTRUCTURA SISTEMA EDUCATIVO PLURINACIONAL
ART. 10 – OBJETIVOS SER Formación integral,
articulando la educación científica humanística y técnica - tecnológica con
la producción Proporcionar elementos históricos y culturales
para consolidar la identidad cultural propia y de relación intercultural
Desarrollar conocimientos teórico - prácticos de carácter
científico humanístico y técnico-tecnológico
productivo
Lograr habilidades y aptitudes comunicativas
trilingües
Complementar la educación humanística
con la formación histórica, cívica, DDHH, género, la Madre Tierra, educación en seguridad
ciudadana.
Desarrollar SS y CC científicos, técnicos, tecnológicos, ético, moral, espiritual,
artística, deportiva, ciencias exactas,
naturales y sociales.
Educación sistemática, normada, obligatoria y
procesual
ART. 11 - ESTRUCTURA DEL SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN REGULAR
Dirigida a la atención de niñas, niños, adolescentes, jóvenes trabajadores desprotegidos y en desventaja social, mediante programas especiales de hogares abiertos con servicios integrales de
salud, alimentación, educación, rezago escolar, reinserción escolar y socio laboral.
ART. 15 – EDUCACIÓN ESCOLARIZADA INTEGRAL
ART. 16 y 17 - SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA Y ESPECIAL
Democratiza el acceso y permanencia de las personas mayores a quince años
Contribuye a desarrollar políticas, planes, programas y proyectos educativos no escolarizados
Destinada a atender a personas, familias, comunidades y organizaciones que requieren continuar sus estudios o que precisan formación permanente en y para la vida.
Reconoce los saberes, conocimientos y experiencias de las personas adquiridos en su práctica cotidiana y comunitaria. Son homologados a niveles y modalidades que correspondan al Subsistema de Educación Alternativa y Especial.
ART. 18 – RECONOCIMIENTO DE SABERES Y EXPERIENCIAS
ART. 21 - EDUCACIÓN ALTERNATIVA
• Es de carácter técnico-humanístico, está destinada a las personas mayores a quince años
• Desarrolla los niveles de formación Primaria y secundaria
• Forma el Bachillerato Técnico Humanístico
• Otorga el grado de técnico medio de forma gradual.
• respondan a necesidades, expectativas e intereses de las organizaciones, comunidades, familias y personas
• desarrolla sus acciones según las necesidades y expectativas de la población
• capacitación y acreditación con parámetros de transitabilidad
ART. 25 - EDUCACIÓN ESPECIALÁREAS
Personas con discapacidad
Personas con dificultades en el aprendizaje
Personas con talento extraordinario
INDIRECTASERVICIOS
ESPECIALIZADOS E INTEGRALES
DIRECTA INCLUSIÓN EN EDUCACIÓN REGULAR
MODALIDADES DE ATENCIÓN
ART. 28 - SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE FORMACIÓN
PROFESIONAL
ESTRUCTURAFormación de maestras y maestros
Formación técnica tecnológica
Formación artística
Formación universitaria
Es el espacio educativo de formación profesional, de recuperación, generación y recreación de conocimientos y saberes, expresada en el desarrollo de la ciencia, la tecnología, la investigación y la innovación.
Responde a las necesidades y demandas sociales, económicas, productivas y culturales de la sociedad y del Estado.
ART. 31 - FORMACIÓN SUPERIOR DE MAESTRAS Y MAESTROS
ESTRUCTURA DE FORMACIÓN
InicialESFM de carácter fiscal y gratuito dependen del ME;
con centros de excelencia académica.Currículo único, organizado en campos y ejes
articuladores.5 años de estudio.
Grado académico de licenciatura
Post gradualDesarrolla la Universidad Pedagógica
Cualificación de formación especializada. Producción de ciencia en el ámbito educativo.
ContinuaEs un derecho y un deber.
Actualiza y capacita para mejorar la calidad educativa
ÚNICA en
jerarquía y
calidad
INTRA, INTER, PLURILINGÜE
FISCAL Y GRATUIT
A, responsabilidad
del Estado
DIVERSIFICADA
formación
curricular e
institucional
Artículo 36. (Exclusividad
• Las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros son las únicas instituciones autorizadas para ofertar y desarrollar programas académicos de formación de maestras y maestros.
Artículo 37. (Inserción laboral)
• La inserción laboral de las y los egresados de las ESFM está garantizada por el Estado Plurinacional, de acuerdo a las necesidades de docencia del Sistema Educativo Plurinacional y conforme a la normativa vigente.
Artículo 38. (Título Profesional)
• El ME otorgará el Título de Maestro con grado de Licenciatura y su respectivo reconocimiento en el Escalafón del Magisterio.
• El Escalafón reconoce a los profesionales formados en las ESFM en concordancia al Artículo 2 de la presente Ley.
Artículo 39. (Formación Post
gradual)
• Esta oientada a la cualificación de la formación en la especialidad, la producción de conocimientos y la resolución científica de la realidad educativa.• Es
desarrollada por la Universidad Pedagógica, con dependencia del ME, sujeta a reglamentación específica.
Artículo 40. (Formación continua
de maestras y maestros).
• Es un derecho y un deber de toda maestra y maestro,
• Está orientada a la actualización y capacitación para mejorar la calidad de la gestión institucional y curricular .• Depende
del Ministerio de Educación.
FORMACIÓN SUPERIOR DE MAESTRAS Y MAESTROS
ART. 41 - FORMACIÓN SUPERIOR TÉCNICA Y TÉCNOLOGICA
Institutos Técnicos e Institutos Tecnológicos(Fiscal-convenio–privado)
Capacitación
Técnico Medio – postbachillerato
Técnico Superior
Escuelas Superiores Tecnológicas (Fiscal)
Licenciatura
Diplomado Técnico
Formación profesional técnica e integral, articulada al desarrollo productivo, sostenible, sustentable y autogestionario, de carácter científica, práctica - teórica y productiva.
NIVELES
ART.47 - FORMACIÓN ARTÍSTICA
Centros de Capacitación Artística(Fiscal – convenio – privado)
Cursos de corta duración
Institutos de Formación Artística(Fiscal – convenio – privado)
Capacitación
Técnico Medio
Técnico Superior
Escuelas Bolivianas Interculturales (fiscal) Licenciatura
Es la formación profesional destinada al desarrollo de capacidades, competencias y destrezas artísticas, para el fortalecimiento de las expresiones culturales.
NIVELES
ART. 52 - FORMACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA
PregradoTécnico Superior
Licenciatura
Postgrado(Universidades)
Diplomado
Especialidad
Maestría
Doctorado
Post doctorado
EN EL MARCO DE LA C.P.E.
NIVELES y GRADOS ACADÉMICOS
ART. 55 - UNIVERSIDADES DEL ESTADO PLURINACIONAL
ART. 67 - PROFESIONALES EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN Y PEDAGOGÍA
Apoyan y fortalecen al Sistema Educativo Plurinacional.
Desarrollan metodologías y técnicas de orientación educativa, psicopedagogía, educación a distancia, formación pedagógica, investigación, diseño curricular, evaluación de proyectos y procesos educativos, planificación y gestión educativa.
No pueden ser incorporados al Escalafón docente
ART. 68 - AGENCIA PLURINACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LA
EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA – APEAESU
La evaluación contempla la
autoevaluación, la evaluación por pares y
la evaluación social.
Serán acreditadas con resultados
favorables.
Es de carácter descentralizad
o.
ART. 69 - ORGANIZACIÓN CURRICULAR
Es la estructura, organización y el conjunto de relaciones que se establecen entre los componentes del currículo del SEP
Promueve la articulación la teoría y la práctica educativa con la producción.
Es responsabilidad del ME diseñar, aprobar e implementar.
Emerge de las necesidades de la vida y del aprendizaje
Brinda modalidades de atención definidos por el currículo base y los currículos regionalizados
CURRÍCULO BASE
INTERCULTURAL
CURRÍCULO
REGIONA
LIZADO
CURRICULO
DIVERSIFICADO
ART. 71 - ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE LA EDUCACIÓN
PRINCIPIOS
Participación, democrática comunitaria
Horizontalidad en la toma de
decisiones
Equitativa y complementaria
Transparencia y rendición de
cuentas
Es tuición del Estado PlurinacionalPlanifica, organiza, dirige y controla los recursos del SEP, con participación social.
CENTRAL
Ministerio de Educación.Viceministerios
Entidades Desconcentradas
ART. 76 – ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE GESTIÓN
ART. 80 - NIVEL AUTONÓMICO
• Responsables de dotar, financiar y garantizar los servicios básicos, infraestructura, mobiliario, material educativo y equipamiento a los Institutos técnicos y tecnológicos en su jurisdicción.
Gobiernos Departamentales
• Responsables de dotar, financiar y garantizar los servicios básicos, infraestructura, mobiliario, material educativo y equipamiento de las Unidades Educativas de Educación Regular, Educación Alternativa y Especial, así como de las Direcciones Distritales y de Núcleo, en su jurisdicción.
Gobiernos Municipales
• Formular, aprobar y ejecutar planes de en el marco del currículo regionalizado.
• Organizar y apoyar la gestión participativa • Dotar de infraestructura, mantenimiento y proveer los
servicios básicos, mobiliario, equipamiento, bibliotecas e insumos necesarios para su funcionamiento.
Autonomías Indígena Originario Campesinas
Diploma de bachiller
• Otorgación gratuita del Diploma de Bachiller de forma inmediata.
Certificación de Competencias
• Reconocerá las competencias laborales y artísticas a través del SPCC
Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa
• Se crea el Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa, institución pública descentralizada, técnica, especializada, independiente en cuanto al proceso y resultados de sus evaluaciones.
ART. 80, 81 Y 82 - DIPLOMA, CERTIFICACIÓN, OBSERVATORIO
ART. 84 - APOYO TÉCNICO DE RECURSOS Y SERVICIOS
Apoyo técnico oportuno y de calidad a las
autoridades administrativas y
personal docente del sistema educativo,
Potenciar la capacidad técnica del sistema
educativo con personal de óptimo nivel profesional, con conocimiento y
compromiso de la realidad sociocultural del
Estado Plurinacional
Administrar e implementar
técnicamente recursos curriculares y didácticos en coordinación con las
autoridades correspondientes
Instituto de Investigaciones
Pedagógicas Plurinacional
•Diseñar y desarrollar estrategias de apoyo a las políticas de transformación del SEP
Instituto Plurinacional de
Estudio de Lenguas y Culturas
•Desarrollará procesos de investigación lingüística y cultural.•Se creará las institutos de lenguas y culturas por cada Nación y Pueblo Indígena Originario Campesino para la normalización, investigación y desarrollo de sus lenguas y culturas
Financiamiento de la Educación
•El SEP será financiado por el Estado Plurinacional
ART. 87, 88, 89 – INVESTIGACIONES, LENGUAS, FINANCIAMIENTO
ART. 90 PARTICIPACIÓN SOCIAL
Congreso Plurinacional de Educación - Instancia máxima de participación de todos los sectores de la sociedad (5).
Consejo Educativo PlurinacionalEvalúa cumplimiento de las conclusiones del Congreso
Consejos Educativos de Naciones y pueblos indígena originario campesinos Formulación de políticas educativas y su aplicación
Consejos Educativos Social Comunitarios -Nivel Departamental, Regional, Distrital, Núcleo y Unidades Educativas
Consejos Consultivos del Ministerio de Educación - Instancia de consulta y coordinación del ME con los actores educativos, sociales e institucionales.
Planifica, organiza, dirige y controla los recursos del SEP, con participación social
INSTANCIAS
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera. Observatorio de la Calidad Educativa• Adecuará su estructura a lo
establecido en la CPE
Segunda. • Institutos, Academias y
Escuelas de Bellas Artes. • Pasan a depender del
Ministerio de Educación
Tercera. • Institutos Técnicos y
Tecnológicos. • Deben adecuarse a las
disposiciones de la presente ley.
Cuarta. • Universidades Privadas 180
días, jerarquización de la normativa para su funcionamiento a Decreto Supremo
Quinta. • Formación complementaria
de maestras y maestros. Obtención del grado de licenciatura
Sexta. • Comisión Nacional de
Acreditación de Carreras Universitarias. Cumplirá las funciones de Acreditación de Carreras Universitarias
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALESSéptima. • Instituto Normal
Superior Católico.• Concluirá su funcionamiento
con la promoción estudiantes
Octava. • Instituto Normal
Superior Adventista.• Concluirá su funcionamiento
con la promoción estudiantes
Novena. • SEDUCA• Transfieren su estructura y
patrimonio de acuerdo a Ley
Décima. • Institucionalización.
Deben adecuarse a los establecido en la presente ley
Décima primera. • Escuelas de Frontera,
extrema pobreza e inaccesibles.
Décima segunda. • Planes y Programas
intersectoriales. • Implementados a través SEP.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
DISPOSICIÓN ABROGATORIA
• Se abroga la Ley 1565 de Reforma Educativa y otras disposiciones normativas contrarias a la presente Ley.
DISPOSICIONES FINALES
• Primera: Su implementación será de forma progresiva• Segunda: La aplicación remunerativa del escalafón nacional y los
aspectos salariales del sector de la educación, se ajustarán al marco de la política fiscal del Estado Plurinacional de Bolivia.
Gracias……Gracias……Gracias……