Disposiciones Comunes Sobre los Niveles de Mando y de sus Tipos de Gestión
Articulo 15
Niveles de mando
Artículo 16
Gestión de nivel de conducción y mando
Conducción y mando
Mando intermedio y supervisión operativa
Ejecución operativa
Formación
Fiscalización
Supervisión
Control
Coordinación
Seguridad Pública y Ciudadana
Artículo 17
Gestión de nivel de mando intermedio y supervisión
Artículo 18
Gestión de Nivel Operativa
Seguridad Pública y Ciudadana
Mando Intermedio y Supervisión
supervisión, fiscalización, control y coordinación en la ejecución de táctica y técnica
Ejecución de acciones estratégicas y operativasrestablece el orden público
Artículo 19
Gestión de nivel de formación
Artículo 20
Funciones especificas
Los servidores Policiales o civiles cumplirán su gestión especifica de acuerdo a GRADO, JERRARQUIA Y ANTIGÜEDAD.
Capacita y educa para alcanzar titulo de tercer y cuarto nivel
Disposiciones Comunes sobre los Caracteres de la Carrera Policial
Capitulo 1
Del Sistema de Competencias, Evaluación, Capacitaciones, Especializa
ción y Plan de Carrera
Artículo 21
Sistema de competencias
Artículo 22
Evaluación de desempeño gestión
Competencias funcionales necesarias para buen desempeño.
profesional
intelectual
física
disciplina
Artículo 23
Capacitación permanente
Artículo 24
Especialización
Talento humano tiene la obligación de especializar a los servidores mediante programas académicas.
“Tienen la obligación de cumplir con todas las capacitaciones y entrenamientos que establece el órgano competente.”
Artículo 25
Plan de carrera
Artículo 26
Principios rectores
Consiste en la formación académica profesional de la actividad policial de investigación civil y protección publica.
Legalidad Probidad
IgualdadNo
discriminación
Disposiciones Comunes sobre los Caracteres de la Carrera Policial
Capitulo 2
De la Convocatoria Selección y Formación.
Artículo 27
Convocatoria
Proceso de
Selección
Igual
TransparentePública
Abierta
No discriminada
Artículo 28
Selección
Artículo 29
Perfiles
Talento Humano elaborara los perfiles que requieran las instituciones para el ingreso ya sea para aspecto Directivo, Operativo, de Investigación de la Infracción, protección Publica, que requiera el estado.
Según las necesidades de la institución a nivelNacional, regional o provincial
Artículo 30
Requisitos
• Ecuatoriano /a• Titulo de Bachiller
(Policía Nacional), tercer nivel (Investigación de infracción o Protección Publico).
• Aprobar pruebas de Admisión
• Cumplir con el perfil requerido
• Demás en este Código
Artículo 31
Inhabilidades
Quien este en interdicción judicialQuien haya recibido sentencia condenatoria ejecutoriadaLlamado a juicio por delito con prisiónSancionado disciplinariamente en cualquier Fuerza Armada, Policía Nacional, Comisión de transitoIncurso en cualquiera de las inhabilidades
Artículo 32
Formación del personal
Derechos humanos Principios y garantías
constitucionales
seguridad pública, formación académica,
capacitación perfeccionamiento y
especialización
Doctrina Policial
Artículo 33
Gratuidad de la formación
La formación de los aspirantes será gratuita, el Estado solventara todos los gastos que esta demande y esto constara en el presupuesto anual asignado a cada una de estas entidades.
Artículo 34
Contenidos de la Formación
En general tendrán el respeto y garantía a los derechos Humanos y genero en especial las personas de atención prioritaria.
Disposiciones Comunes sobre los Caracteres de la Carrera Policial
Capitulo 3
De los Ascensos
Artículo 35Ascenso
Es pasar al grado inmediato superior previo el cumplimiento de los requisitos establecidos que corresponda a cada carrera.
Disposiciones Comunes sobre el Régimen Disciplinario
Artículo 36
Denuncia de actos de corrupción
En caso de que alguna persona denuncia a algún servidor por corrupción se garantizara la reserva de su nombre y preservando su bienestar.
Artículo 37
Deber de investigar
De igual forma por denuncias de inoperancias administrativas deberán ser admitidas y en caso de ininteligibles o confusas se archivara.
“Si no hay denuncia no impide la acción disciplinaria si hay comisión de una falta”