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Marco legal Sistemas de Libros Electrnicos: PLE y Portal Plazos de atraso del Registro de Ventas y de
Compras Electrnico Nomenclatura de los Libros Electrnicos Ejemplo de un Reg. de Ventas Electrnico Ejemplo de un Reg. de Compras Electrnico Beneficios
Contenido
MARCO LEGAL
Res. de
Superintend.
Tema que norma Fecha
N 286-2009 Dictan disposiciones para la implementacin del llevado optativo de
determinados Libros y Registros de manera electrnica, mediante el
Programa de Libros Electrnicos PLE, a partir del 01/07/2010
30/12/2009
N 196-2010 Modifican la RS N 286-2009/SUNAT a fin de facilitar el acceso al
llevado de los Libros y Registros de manera electrnica en el PLE
30/12/2010
N 329-2010 Modifica el Anexo 2 "Estructuras e informacin de los Libros y Registros
Electrnicos y el Anexo 3 Tablas del PLE
23/12/2010
N 080-2011 Posterga puesta a disposicin de la versin 2.0 del PLE 31/03/2011
N 111-2011 Modifican la RS N 286-2009 para implementar el llevado electrnico
del Registro de Compras en el PLE, a partir del 01/05/2011
30/04/2011
N 248-2012 Modifican la RS N 286-2009 determinndose a los PRICOS como
sujetos obligados a llevar libros electrnicos mediante el PLE, a partir
del 01/01/2013
28/10/2012
N 008-2013 Modifican la RS N 248-2012 en lo relativo a la incorporacin al sistema
de llevado de libros electrnicos. Se establecen nuevos plazos de atraso
para el Registro de Ventas y de Compras en el PLE
12/01/2013
Libros Electrnicos: normativa vigente
Res. de
Superintend.
Tema que norma Fecha
N 066-2013 Crean el Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de
Compras de manera electrnica en SOL (Portal)
28/02/2013
N 143-2013 Permite el ingreso masivo de informacin en el Sistema de Libros
Electrnicos en SOL (Portal)
01/05/2013
N 279-2013 Suspenden temporalmente disposiciones de la Resolucin de
Superintendencia N 066-2013/SUNAT (Portal)
01/05/2013
N 379-2013 Establece que los sujetos con ingresos mayores a 500 UIT estn
obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras
de manera electrnica, a partir del 01/01/2014. Asimismo, se
posterga la posibilidad de llevar dichos registros en PLE o en Portal,
a partir del 01/05/2014.
29/12/2013
Libros Electrnicos: normativa vigente
SISTEMAS DE
LIBROS
ELECTRNICOS:
PLE Y PORTAL
Sistemas de Libros Electrnicos - SLE
Registro de Compras Portal
Registro de Ventas y Registro de Compras - PLE
Libro Diario y Libro Mayor - PLE
Otros Libros PLE
Registro de Ventas Portal
El SLE-Portal es un aplicativo en SUNAT Operaciones en Lnea SOL que permite la captura de la informacin para generar el RVI
y el RC de manera electrnica.
A los contribuyentes que opten en ser usuarios del sistema, la SUNAT los sustituir
en su obligacin de almacenamiento, archivo
y conservacin de los Registros Electrnicos
generados en el sistema.
El contribuyente podr descargar ejemplares de los Registros Electrnicos generados en
el sistema.
Modelo de Libros Electrnicos - PORTAL
Registro de Ventas Portal - Opciones
Registro de
Comprobante de
Pago Fsicos
Consultas,
modificaciones y
bajas de CdP Fsicos
Generacin de
Registro de Ventas
Electrnico
Descarga de Registro
de Ventas Electrnico
Importacin de
Comprobantes de
Pago Fsico
Disponible
1 de octubre 2013
Registro de Compras Portal - Opciones
Registro de
Comprobante de
Pago Fsicos
Consultas,
modificaciones y
bajas de CdP Fsicos
Generacin de
Registro de
Compras Electrnico
Descarga de Registro
de Compras Electrnico
Importacin de
Comprobantes de
Pago Fsico
x
x
El Programa de Libros Electrnicos PLE no es un software contable.
Principal insumo: Archivos en formato de texto (TXT).
No se enva el Libro Electrnico (archivo de texto).
Slo se enva un Resumen del Libro Electrnico (que incluye el Hash correspondiente).
El Resumen del RVI y del RC: incluye el detalle de los CdP que dan derecho al uso de crdito fiscal.
Modelo de Libros Electrnicos - PLE
Domicilio Fiscal
CONTRIBUYENTE SUNAT
Ventas
Resumen + Hash
Ventas
+ Ventas CdR
Ventas
+ Ventas CdR
Ventas
BD LE
Constancia de Recepcin
+
Firma SUNAT
CdR
Ventas
TXT
SW
Contable
propio
PRICO
Otro Domicilio
Modelo de Libros Electrnicos - PLE
Anotacin en los Libros Electrnicos - PLE
Se debe anotar las operaciones que correspondan en el Libro Electrnico a partir del mes o ejercicio por el cual se incorpor o se afili.
Se deben cerrar los Libros y/o Registros llevados en forma fsica (manual o en hojas sueltas o continuas) correspondiente al mes anterior o ejercicio anterior al que corresponde el Libro Electrnico por el cual se gener el primer envo del Resumen.
Resumen del Libro electrnicos - PLE
La generacin del libro electrnico y el envo del Resumen deber efectuarse una sola vez luego de haber finalizado el mes o ejercicio.
Debe presentarse ante la SUNAT la informacin de los comprobantes de pago que dan derecho al uso del crdito fiscal y que se anotaran en el Registro de Ventas y en el Registro de Compras, la que se entender cumplida con la generacin del Resumen.
Se debe mantener la correlatividad de los perodos.
Cierre de los Libros Electrnicos - PLE
Baja de Inscripcin en el RUC: cuando se encuentren en alguna de las situaciones sealadas en la Resolucin de Superintendencia N. 210-2004/SUNAT.
No exista la obligacin de llevar alguno de los Libros o Registros Electrnicos, de acuerdo a la normatividad vigente.
Sujetos usuarios del Sistema de Libros
Electrnicos - SLE
1. Incorporados
2. Obligados
3. Afiliados
4. Generadores
1. Sujetos incorporados al PLE
N INCORPORADOS Reg. de Ventas y Reg. de Compras
Libro Diario y Libro Mayor
1 Los que eran PRICOS cuando entr en vigencia la RS N 248-2012
Desde Enero 2013 Slo usa PLE
Plazo de atraso 2014: Cronograma Tipo A
Desde Junio 2013 Slo usa PLE
Plazo de atraso: 3 meses
2 Los que fueron designados nuevos PRICOS mediante la RS N 309-2012
Desde Marzo 2013 Slo usa PLE
Plazo de atraso 2014: Cronograma Tipo A
Desde Junio 2013 Slo usa PLE
Plazo de atraso: 3 meses
3 Los PRICOS sealados en el Anexo I de la RS N 379-2013
Desde Enero 2014 Slo usa PLE
Plazo de atraso 2014: Cronograma Tipo B
Desde Junio 2014 Slo usa PLE
Plazo de atraso: 3 meses
4 Los nuevos PRICOS que sean designados en el futuro mediante alguna RS
Desde el cuarto mes siguiente a aquel en que entre en
vigencia la RS que lo designe PRICO
Slo usa PLE Plazo de atraso:
Cronograma Tipo A
Desde el cuarto mes siguiente a aquel en que entre en
vigencia la RS que lo designe PRICO
Slo usa PLE Plazo de atraso:
3 meses
Exclusin de los Directorios de PRICOS
de los sujetos incorporados
Se determina que, a partir del mes siguiente de la exclusin de un contribuyente de un
Directorio de PRICOS, ste puede optar por
llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el
Registro de Compras en el SLE-PORTAL.
No se considera exclusin cuando un sujeto es excluido de un directorio de PRICOS y se
incluye en otro distinto.
Exclusin de los Directorios de PRICOS
de los sujetos incorporados
Los PRICOS excluidos deben continuar llevando en el SLE-PLE el Libro Diario, el Libro
Mayor o el Libro Diario de Formato Simplificado
y aquellos libros voluntarios generados de
manera electrnica.
Respecto del Libro Diario, el Libro Mayor o el Libro Diario de Formato Simplificado se
mantiene la obligacin respecto de su
conservacin.
2. Sujetos obligados al PLE
N INCORPORADOS Reg. de Ventas y Reg. de Compras
Libro Diario y Libro Mayor
5 Los que no sean PRICOS ni se hayan afiliado al SLE-PLE y que hayan obtenido ingresos mayores a 500 UIT entre los meses de julio 2012 a junio 2013. Como la UIT es la del 2012 (3,650), el monto referencial es de S/.1825,000. Para tal efecto, se considerarn los montos declarados en las casillas 100, 105, 109, 112 y 160 del PDT 621 o la casilla 100 del PDT 621 Simplificado IGV.
Desde Enero 2014 Posible migrar a Portal (desde el 01.05.2014) Plazo de atraso 2014: Cronograma Tipo B
No es obligatorio
3. Sujetos afiliados al PLE
N INCORPORADOS Reg. de Ventas y Reg. de Compras
Libro Diario y Libro Mayor
6 Los que no sean PRICOS y se afiliaron voluntariamente al SLE-PLE antes del 01.01.2014
Desde el mes de afiliacin Posible migrar a Portal (desde el 01.05.2014)
Plazo de atraso: Cronograma Tipo A
Desde Junio 2013 PLE
Plazo de atraso: 3 meses
7 Los que no sean PRICOS y se afilien voluntariamente al SLE-PLE a partir del 01.01.2014 en adelante
Desde el mes de afiliacin Posible migrar a Portal (desde el 01.05.2014)
Plazo de atraso: Cronograma Tipo A
No es obligatorio
4. Sujetos generadores en el SLE-Portal
N GENERADORES Reg. de Ventas y Reg. de Compras
Libro Diario y Libro Mayor
8 Los que voluntariamente obtuvieron la calidad de generador en el SLE-Portal antes del 01.01.2014
Desde el mes de la primera generacin en el
Portal Posible migrar a PLE
(desde el 01.05.2014) Plazo de atraso:
Cronograma Tipo A
No es obligatorio
9 Los que voluntariamente obtuvieron la calidad de generador en el SLE-Portal a partir del 01.01.2014 en adelante
Desde el mes de la primera generacin en el
Portal Posible migrar a PLE
(desde el 01.05.2014) Plazo de atraso:
Cronograma Tipo A
No es obligatorio
Movilidad en el sistema de llevado de LE
Se modifican las reglas de cambio de sistema:
a) Se suspende el cambio del sistema (PLE a
Portal o viceversa), hasta el 1 de mayo de
2014.
b) El cambio lo pueden hacer desde el
periodo enero 2014 en adelante.
Libros obligatorios PLE
N LE Obligatorios
1 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
2 REGISTRO DE COMPRAS
Anexo 1
N LE Obligatorios
1 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
2 REGISTRO DE COMPRAS
3 LIBRO DIARIO
4 LIBRO MAYOR
5 LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
Anexo 5
Libros voluntarios PLE
N LE Voluntarios
1 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES
2 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FSICAS
3 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO
4 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS
5 LIBRO CAJA Y BANCOS
6 REGISTRO DE CONSIGNACIONES
7 REGISTRO DE COSTOS
8 LIBRO DE RETENCIONES INCISOS E) Y F) DEL ARTICULO 34 DE LA LIR
Anexo 4
PLAZOS DE ATRASO
DEL REGISTRO DE
VENTAS Y DE
COMPRAS
ELECTRNICO
FECHA MXIMA DE ATRASO SEGN EL LTIMO DGITO DEL RUC
MES / RUC 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9
Enero 24.05.2013 06.06.2013 05.06.2013 04.06.2013 03.06.2013 31.05.2013 30.05.2013 29.05.2013 28.05.2013 27.05.2013
Febrero
Marzo 24.06.2013 05.07.2013 04.07.2013 03.07.2013 02.07.2013 01.07.2013 28.06.2013 27.06.2013 26.06.2013 25.06.2013
Abril
Mayo 23.07.2013 06.08.2013 05.08.2013 02.08.2013 01.08.2013 31.07.2013 30.07.2013 26.07.2013 25.07.2013 24.07.2013
Junio
Julio 23.08.2013 06.09.2013 05.09.2013 04.09.2013 03.09.2013 02.09.2013 29.08.2013 28.08.2013 27.08.2013 26.08.2013
Agosto 24.09.2013 07.10.2013 04.10.2013 03.10.2013 02.10.2013 01.10.2013 30.09.2013 27.09.2013 26.09.2013 25.09.2013
Septiembre 24.10.2013 07.11.2013 06.11.2013 05.11.2013 04.11.2013 31.10.2013 30.10.2013 29.10.2013 28.10.2013 25.10.2013
Octubre 25.11.2013 06.12.2013 05.12.2013 04.12.2013 03.12.2013 02.12.2013 29.11.2013 28.11.2013 27.11.2013 26.11.2013
Noviembre 24.12.2013 08.01.2014 07.01.2014 06.01.2014 03.01.2014 02.01.2014 31.12.2013 30.12.2013 27.12.2013 26.12.2013
Diciembre 24.01.2014 06.02.2014 05.02.2014 04.02.2014 01.02.2014 31.01.2014 30.01.2014 29.01.2014 28.01.2014 27.01.2014
Plazos de atraso del RVI y del RC
Electrnico - PLE
LTIMO DGITO DEL RUC
La generacin se sujeta a los plazos
mximos de atraso siguientes:
RVI: ltimo da hbil del mes siguiente a aqul en que se emita el
comprobante de pago respectivo.
RC: ltimo da hbil del mes siguiente al que corresponda el
registro de las operaciones, segn
las normas sobre la materia.
Plazos de atraso del RVI y del RC
Electrnico - PORTAL
FECHA MXIMA DE ATRASO SEGN EL LTIMO DGITO DEL RUC
MES (*) / RUC 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9
Enero 26.02.2014 27.02.2014 28.02.2014 03.03.2014 04.03.2014 05.03.2014 06.03.2014 07.03.2014 24.02.2014 25.02.2014
Febrero 25.04.2014 28.04.2014 29.04.2014 30.04.2014 02.05.2014 05.05.2014 06.05.2014 07.05.2014 23.04.2014 24.04.2014
Marzo
Abril 28.05.2014 29.05.2014 30.05.2014 02.06.2014 03.06.2014 04.06.2014 05.06.2014 06.06.2014 26.05.2014 27.05.2014
Mayo 26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014 24.06.2014 25.06.2014
Junio 25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2014 04.08.2014 05.08.2014 06.08.2014 07.08.2014 23.07.2014 24.07.2014
Julio 27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014 25.08.2014 26.08.2014
Agosto 26.09.2014 29.09.2014 30.09.2014 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014 06.10.2014 07.10.2014 24.09.2014 25.09.2014
Septiembre 29.10.2014 30.10.2014 31.10.2014 03.11.2014 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014 27.10.2014 28.10.2014
Octubre 26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014 24.11.2014 25.11.2014
Noviembre 29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015 23.12.2014 26.12.2014
Diciembre 28.01.2015 29.01.2015 30.01.2015 02.02.2015 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015 26.01.2015 27.01.2015
ANEXO II: CRONOGRAMA TIPO A
Plazo de atraso para los que ya llevan LE:
PLE y PORTAL
FECHA MXIMA DE ATRASO SEGN EL LTIMO DGITO DEL RUC
MES (*) / RUC 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9
Enero 26.06.2014 27.06.2014 30.06.2014 01.07.2014 02.07.2014 03.07.2014 04.07.2014 07.07.2014 24.06.2014 25.06.2014
Febrero
Marzo 25.07.2014 30.07.2014 31.07.2014 01.08.2014 04.08.2014 05.08.2014 06.08.2014 07.08.2014 23.07.2014 24.07.2014
Abril
Mayo 27.08.2014 28.08.2014 29.08.2014 01.09.2014 02.09.2014 03.09.2014 04.09.2014 05.09.2014 25.08.2014 26.08.2014
Junio
Julio 26.09.2014 29.09.2014 30.09.2014 01.10.2014 02.10.2014 03.10.2014 06.10.2014 07.10.2014 24.09.2014 25.09.2014
Agosto
Septiembre 29.10.2014 30.10.2014 31.10.2014 03.11.2014 04.11.2014 05.11.2014 06.11.2014 07.11.2014 27.10.2014 28.10.2014
Octubre 26.11.2014 27.11.2014 28.11.2014 01.12.2014 02.12.2014 03.12.2014 04.12.2014 05.12.2014 24.11.2014 25.11.2014
Noviembre 29.12.2014 30.12.2014 31.12.2014 02.01.2015 05.01.2015 06.01.2015 07.01.2015 08.01.2015 23.12.2014 26.12.2014
Diciembre 28.01.2015 29.01.2015 30.01.2015 02.02.2015 03.02.2015 04.02.2015 05.02.2015 06.02.2015 26.01.2015 27.01.2015
ANEXO III: CRONOGRAMA TIPO B
Plazo de atraso para los nuevos que lleven LE: PLE y PORTAL
NOMENCLATURA
DE LOS LIBROS
ELECTRNICOS
Como se debe nombrar al Libro
Electrnico?
Libro
Electrnico
(fijo)
RUC del
Generador
Periodo
Ao Mes Da Identificador del
Libro (14.1)
Operacin (cierre)
Oportu-
nidad
(slo LIB) Con informacin
PLE (fijo) Moneda
RUC del Generador: 20131312955 Periodo a generar: Enero 2014 Tipo de Libro: Registro de Ventas e Ingresos No se est cerrando el libro Libro con informacin Llevado en moneda nacional
EJEMPLO DE UN
REGISTRO DE
VENTAS E
INGRESOS
ELECTRNICO
LIBROS FISICOS
LIBROS ELECTRONICOS
Periodo: Enero 2014
CUO/ # Corre-lativo
Tipo CdP
Serie Numero BI IGV
1 01 0001 055 10,000.00 1,800
2 01 0001 056 1,000.00 180
3 01 0001 057 10,000.00 1,800
4 01 0001 059 10,000.00 1,800
5 03 0001 01234 0.00 0.00
Periodo
20140100
20140100
20140100
20140100
20140100
Estado
1
1
1
1
2
Libre
Estado 1: la anotacin corresponde al mes de emisin del CdP (Enero 2014). Estado 2: anotacin del CdP anulado (Boleta de Venta N 001-1234). Error en anotar la Factura N 0001-056 que fue emitida por S/. 10,000 (BI) + 180 (IGV). Se omiti registrar la Factura N 0001-058.
Anotacin del Registro de Ventas Electrnico
Rectificacin del Registro de Ventas Electrnico
Periodo: Marzo 2014
CUO/ # Corre-lativo
Tipo CdP
Serie Numero BI IGV
1 01 0001 068 10,000.00 1,800.00 2 01 E001 001 10,000.00 1,800.00
3 08 0001 024 100.00 18.00
4 07 0001 013 -200.00 -36.00
Periodo
20140300
20140300
20140300
20140300
Estado
1
1
1
1
Libre
20140100 2 01 0001 056 10,000.00 1,800.00 9
20140100 6 01 0001 058 10,000.00 1,800.00 8
Estado 1: la anotacin corresponde al mes de emisin del CdP (Marzo 2014). Estado 8: Se anota el CdP omitido(Factura N 0001-058) de un mes anterior (Enero 2014). Estado 9: Se corrige la informacin de un mes anterior (Enero 2014) por la anotacin incorrecta
correspondiente a la Factura N 0001-056.
EJEMPLO DE UN
REGISTRO DE
COMPRAS
ELECTRNICO
Periodo: Enero 2014
CUO/ #
Corre-lativo
Fecha de emi-
sin
Tipo de
CdP
Serie Numero BI IGV
1 05/01/2014 01 0001 0015 1,000.00 180.00
2 15/01/2014 01 0001 3356 20,000.00 3,600.00
3 20/01/2014 08 0002 0867 500.00 90.00
4 25/01/2014 07 0001 3994 -300.00 -54.00
5 05/01/2013 01 0001 8439 10,000.00 1,800.00
6 31/12/2012 01 0001 06542 100.00 18.00
3 05/12/2013 01 0001 3221 3,000.00 540.00
Periodo
20140100
20140100
20140100
20140100
20140100
20140100
20131200
Estado
1
1
1
1
6
7
9
Libre
Estado 1: La anotacin del CdP corresponde al mes de emisin (Enero 2014). Estado 6: El CdP es anterior al mes declarado, pero dentro de los 12 meses siguientes a su emisin. Estado 7: El CdP es anterior al mes declarado, pero fuera de los 12 meses siguientes a su emisin. Estado 9: Corrige la informacin de un CdP de meses anteriores.
Anotacin del Registro de Compras Electrnico
BENEFICIOS
Se eliminan los costos asociados al llevado fsico de los libros manuales u hojas sueltas o continuas: hojas, legalizacin del Notario, impresin, almacenamiento fsico y custodia.
Mayor cantidad y calidad de informacin: probabilidad de deteccin para los que emiten doble facturacin o facturas clonadas, anotan fuera de plazo, compras de gastos personales, etc.
Se elimina el uso del papel: mayor responsabilidad social de las empresas con la ecologa de nuestro pas.
Beneficios del llevado de LE
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