LEY 20.922
AUMENTO DE GRADOS,ASIGNACIONES,
BONOS, PLANTAS MUNICIPALES.
Presentación Sra. Rosa Huerta, Abogaba Subdere en taller 09 junio de la Federación Regional de
Funcionarios Municipales de la Araucanía Ufemuch
“El objetivo estratégico es que los municipios pasen de cumplir una
función exclusivamente de administración, a la constitución de
verdaderos Gobiernos Locales, ampliando las actuales funciones que
desarrollan y entregándoles un mayor grado de autonomía en la
gestión. Esto es posible, mediante el traspaso de competencias, recursos propios, autonomía administrativa y
facultades”
“Convocar a instituciones internacionales y nacionales con especialización en municipalidades para estudiar y proponer un conjunto de iniciativas que den cuenta de una reforma al Sistema Municipal, una que fortalezca la responsabilidad fiscal municipal, sus atribuciones, competencias y organización, de manera que puedan desarrollar una gestión integral con mayores niveles de autonomía y flexibilidad, y en particular en materia de recursos humanos”. (Mensaje presidencial, 21 de mayo 2014)
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Ejes Estratégicos de la modernización al sistema municipal
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Fortalecimiento de los Recursos Humanos Municipales.Modernización
Equidad
Autonomía
Rendición de Cuentas
Modelo de Gestión de la Innovación Municipal, efectuando estudio, análisis comparativo de los mejores aprendizajes en el país y en otros países.
Identificación de brechas y diferenciación de condiciones de entorno respecto a cada gobierno local. La desigualdad se vive distinto dependiendo del territorio en que se habita.
Gobiernos locales corporativos, con mayor autonomía dada con más facultades, atribuciones y responsabilidades para ejercer una eficaz y eficiente gestión.
Accontability: “rendición de cuentas”.Los servidores públicos deben informar y fundamentar sus actos ante otras instituciones públicas, organismo internacionales, los ciudadanos y la sociedad civil, debiendo establecerse sanciones adecuadas en la normativa, para el incumplimiento de dicha obligación.
Actores relevantes –– Niveles de Trabajo:Comité de
Coordinación Interministerial
CTAM
Comisión de Responsabilidad
Fiscal
Comisión de Finanzas
Municipal
Comisión de Capital Humano
Comisión de Modelo Gestión de la Innovación
Municipal
Comisión de Participación
Comunal
Beneficios de la Ley
BENEFICIOS
Asignación profesional
Asignación directivo jefatura
Bono post- laboral
Incremento de grado 10°-20°
Incremento de grados 15°-20°
2016 (34%) 2016 ®
2017
2016 ®
Bonos
2017(100%)
2016 (34%)
2017(100%)
2016®
Permanente Una sola vez
Profesionales que se desempeñen en plantas de directivos, profesionales y jefaturas que cumplan con los requisitos del decreto ley 3551, percibirán una asignación similar a la de nivel central (planta y contrata).
Se pagará mensualmente, será imponible y tributable y no se considerará para otros beneficios económicos.
Progresividad en el pago: • 34%, desde el 1° de enero al 31 de diciembre del 2016.• 100% a partir del 1° de enero del año 2017.
Excepciones: alcaldes y jueces de policía local
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ASIGNACIÓN PROFESIONAL
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GradoAsignación profesional (Art.19
Ley N° 19.185)(borrador sujeto a error)
En 201634%
$
Bono4 meses
$
3 473.251 160.905 643.620
4 446.468 151.799 607.196
5 445.021 151.307 605.228
6 397.337 135.095 540.380
7 362.557 123.269 493.076
8 325.172 110.558 442.232
9 294.266 100.050 400.200
10 266.301 90.542 362.168
11 241.000 81.940 327.760
12 218.098 74.153 296.612
Se concede esta asignación al personal de planta y contrata, regido por la Ley 18.883, de las plantas directivo, profesionales y jefatura, siempre que no tengan derecho a percibir la asignación profesional.
Se concede al personal que se encuentra en funciones al 1° de enero del año 2015.
Los valores por cada grado se determinan en el PDL. Esta sujeta al reajuste del sector público, es imponible y
tributable y no se considerará base de cálculo para determinar ninguna otra remuneración.
Esta sujeta a extinción. Se pagará en los mismos porcentajes y periodos que la
asignación profesional.
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ASIGNACIÓN DIRECTIVO-JEFATURA
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GradoAsignación
Directivo-Jefatura (año 2017)(Borrador sujeto a error)
En 201634%
$
Bono4 meses
$
3 223.234 80.453 321.811
4 222.511 75.900 303.598
5 198.669 75.654 302.615
6 181.279 67.547 270.190
7 162.586 61.635 246.539
8 147.133 55.279 221.117
9 133.151 50.025 200.101
10 120.500 45.271 181.085
11 109.049 40.970 163.880
12 236.626 37.077 148.307
Que presentaron la solicitud para acceder al bono post- laboral de la Ley 20.305, y no se le hubiese dado curso por no haber cesado en el cargo o terminar el contrato, en el plazo de 12 meses siguientes, al enterar la edad de 65 años de edad para el caso de los hombres y 60 años para las mujeres.
Este bono se devengará a contar del primero del mes siguiente a aquel en que haya cesado en sus funciones.
Es restrictiva solo para ex - funcionarios identificados.
Funcionario municipales que recibieron la bonificación por retiro voluntario de la Ley 20.649.
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BONO POST-LABORAL
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A contar del 1° de enero del 2016, los funcionarios de las plantas técnico, administrativo y auxiliares de los grados 10 al 20, ambos inclusive, serán encasillado en el grado inmediatamente superior.
Requisitos:
• Que se encuentre nombrado al 1° de enero del año 2015, como titular en las plantas señaladas.
• Haberse desempeñado a lo menos 5 años continuos o discontinuos, en la misma municipalidad, contados con anterioridad al 1° de enero del año 2015, sea en calidad de planta o contrata.
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INCREMENTO GRADOS DE 10° AL 20°
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A contar del 1° de enero del año 2017, los funcionarios de las plantas técnicos, administrativo y auxiliares de los grados 15 al 20, ambos inclusive, serán encasillados en el grado inmediatamente superior.
Requisitos:
• Que se encuentre nombrado al 1° de enero del año 2015 como titular de un cargo de las plantas ya señaladas.
• Haberse desempeñado durante 5 años continuos o discontinuos en la misma municipalidad, con anterioridad al 1º de enero del año 2015, sea en calidad de planta o contrata.
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INCREMENTO GRADOS DE 15° AL 20°
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Cálculos de Diferencias por Aumentos de Grados 2016 y 2017 Técnicos, Administrativos y Auxiliares (Borrador, sujeto a error)
Grado
2015
Total Haberes diciembre 2015
(1)
Nuevo grado enero 2016
Diferencia de grado de enero
2016
Bono de cuatro meses
(2)
Nuevo grado de
enero 2017 (2º grado)
Diferencia 2º grado de enero
de 2017 (3)
Total aumentos a enero 2017
9 1.201.033 10 999.372 9 201,662 806,646 201,66211 840.858 10 158,514 634,055 158,51412 785,686 11 55,172 220,687 55,17213 680.389 12 105,297 421,188 105,29714 600.886 13 79,503 318,010 79,50315 534.813 14 66,074 264,294 13 79,503 145,57616 512.975 15 21,837 87,350 14 66,074 87,91117 457.948 16 55,027 220,108 15 21,837 76,86518 434.750 17 23,199 92,795 16 55,027 78,22619 428.861 18 5,889 23,556 17 23,199 29,08820 388.664 19 40,196 160,785 18 5,889 46,085(1) Total de haberes considera incremento del 21.5% sobre sueldo base, no considera la
asignación de zona, ni bienios(2) Para diferencia de 2017 falta considerar reajuste sector público de diciembre 2016
1. Funcionarios beneficiarios de la asignación profesional y la asignación directivo – jefatura, tendrá derecho a un bono de 4 veces el monto que le corresponde en enero del 2016 por esos conceptos.
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BONOS
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2. Los funcionarios de planta y contrata de los grados 10 al 20, y que fueron favorecidos con el beneficio del incremento de un grado, tendrán derecho a un bono ascendente a 4 veces la diferencia que resulte del total haberes brutos que le corresponda en el mes de enero del año 2016 y el total haberes brutos del mes anterior.
• PAGO: En una sola cuota, solo a quienes se encuentren en funciones a la fecha del pago. Para este efecto las municipalidades deberán remitir a la SUBDERE, toda la información referente al pago de los bonos, dentro del mes subsiguiente a la publicación de la ley ( 60 días).
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Año 2016: MM$32.000 EXTRAORDINARIO Año 2017: MM$36.000
PERMANENTE Año 2018 se aumenta el aporte al FCM de 218.000 UTM a 1.052.000 UTM.
APORTE FISCAL
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La SUBDERE deberá determinar el medios, la formas y oportunidad, que los municipios acrediten los costos involucrados en el gasto del año 2016 y 2017.Los fondos deberán solicitarse a la SUBDERE, acompañando un certificado de la DAF, Control y la Secretaría Municipal, en el plazo de 90 días siguiente a la publicación de la ley. El año posterior deberá enviarse a mas tardar el 28 de abril.La SUBDERE mediante resolución, que será visada por la Dirección de Presupuesto, determinará, los montos que a cada Municipalidad le corresponde en el nuevo aporte de los 32 y 36 mil millones, para los años 2016 y 2017.
Dicha resolución dispondrá el financiamiento de la totalidad del incremento del primer y segundo grado, incluida las contratas.
El remanente financiará los demás beneficios. Los recursos de entregarán a los municipios considerando de manera creciente desde los de menor a mayor gasto en personal, hasta su total distribución. .Las municipalidades sólo podrán destinar los citados aporte a financiar los beneficios de la ley
3. RESOLUCIÓN DE DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS.
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NUEVAS PLANTAS MUNICIPALES¡¡UN GRAN AVANCE!!
2018-2019
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PLANTA
CARGO GRADOS N° DE CARGOS
ALCALDE ALCALDE 4° 1 DIRECTIVOS
JPL 5° 1ADMINISTRADOR 6° 1SECRETARIO MUNICIPAL 6° 1SECPLAN 6° 1DIDECO 6° 1DAF 6° 1DIRECTOR DE CONTROL 6° 1DOM 7° 1
PROFESIONALES
PROFESIONAL
8° 110° 411 1
JEFATURAS
JEFATURAS
9° 210 111 112 1
TECNICOS
TECNICOS
11° 312° 213° 114° 1
ADMINISTRATIVOS
ADMINISTRATIVOS
12° 113 214 315 516 917 1
AUXILIARES
AUXILIARES
14 315 616 317 618 6
TOTAL: 72
CARGOS
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NUEVAS PLANTAS MUNICIPALES
Mediante reglamento municipal, los alcaldes podrán fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades, estableciendo el número de cargos para cada planta y fijar sus grados. Este reglamento estará sometido al trámite de toma de razón de la CGR y publicada en el Diario Oficial.
¿CUÁNDO? Cada 8 años y dentro de los 2 años siguientes a contar del cumplimiento de dicho periodo, y entrará en vigencia el 1º de enero del año siguiente a su publicación en el Diario Oficial.Primera vez: a partir del 1º de enero del año 2018 y hasta el 31 de diciembre del año 2019.
º1
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CRONOGRAMA
2018 - 2019
creación
2019 - 20262020 - 2027
vigencia
2027-20282028-2029
creación
2028- 20352029-20362030-2037
vigencia
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Ajustar el gasto en personal al límite legal vigente. Límite de gasto en el
PDL es 42 % de los ingresos propios percibido el año anterior). Disponibilidad presupuestaria. Se deberá considerar los ingresos propios
y gastos en personal de los 3 años anteriores, certificado por DAF y Control.
Disponer del escalafón de mérito del personal vigente. 75% de los nuevos cargos que se creen deben ser profesional o técnico. Se deberá consultar a los funcionarios a través de un Comité Bipartito y
Paritario, conformado por representante del Alcalde y de la o las asociaciones de funcionarios existente en la municipalidad.
El reglamento municipal, deberá ser aprobado por 2/3 del concejo municipal.
Se debe respetar la posición del juez de policía local, del administrador municipal y los dos grados inferiores al alcalde de los directivos municipales establecido en la Ley 20.742.
Es causal de notable abandono de deberes del Alcalde y de los concejales, si la proyección de ingresos y gastos se determinó con negligencia inexcusable.
Fijación de plantas deberá considerar elementos de responsabilidad en el manejo de los recursos.
LÍMITES Y REQUISITOS
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No podrá significar término de servicio, cesación de funciones, termino de la relación laboral, pérdida del empleo, disminución de sus remuneraciones.
Se mantiene el tiempo de antigüedad en el grado, como el tiempo computable para dicho reconocimiento (bienios)
GARANTIAS
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PROFESIONALES
8° 110° 411 1
JEFATURAS
9° 210 111 112 1
TECNICOS
11° 312° 213° 114° 1
TOTAL 18
PROFESIONALES
8° 310° 511 5
JEFATURAS
9° 310 511 312 4
TECNICOS
11° 612° 413° 214° 4
TOTAL 44
NUEVA PLANTA
PLANTA ANTIGUA
PROFESIONALES
8° 2
10° 111 4
JEFATURAS
9° 110 411 212 3
TECNICOS
11° 312° 413° 114° 3
TOTAL VACANTES 26
VACANTES
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ESCALAFON DE MERITO
ESCALAFON GRADO NOMBRES RUT
ANTIGUEDADPUNTAJE LISTA DE
CALIFICACIONEN GRADO EN EL CARGO
DIRECTIVOS
6 XX XX XX 70 17 XX XX XX 70 17 XX XX XX 70 17 XX XX XX 69 1
PROFESIONALES
10 XX XX XX 68 111 XX XX XX 67 112 XX XX XX 70 1
JEFATURA
10 11 XX XX 01/2010 01/2008 70 111 XX XX 01/2012 01/2008 70 112 XX XX XX 70 1
TECNICOS
11 XX XX XX 58 212 XX XX XX 60 113 XX XX XX 70 1
ADMINISTRATIVOS
12 XX XX XX 69 1
13 XX XX XX 65 114 XX XX XX 64 115 XX XX XX 62 116 XX XX XX 70 1
AUXILIARES
16 XX XX XX 70 117 XX XX XX 50 218 XX XX XX 70 119 XX XX XX 61 119 XX XX XX 49 320 XX XX xx 62 1
1 . CALIFICACION2. ANTIGÜEDAD EN EL CARGO3. ANTIGÜEDAD EN EL GRADO
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ENCASILLAMIENTO
2. Cambio de estamento personal de planta (Facultad). Requisitos: 3 años de funciones propias de estamento que se
encasilla, con aceptación del funcionario.
1. Los funcionario de las plantas directivos, jefaturas, técnicos, administrativo y auxiliares en igual grado que tenían a la fecha de encasillamiento, manteniendo el orden del escalafón de mérito.
3. Contrata a planta. Requisitos: Que se encuentren en servicio al 31 de diciembre del
año anterior al del inicio de la facultad (2018-2019) 5 años de servicio continuos en la misma
municipalidad, anteriores al encasillamiento, este calificado en lista 1 o 2 y cumpla con los requisitos del cargo. No se considerarán los mejoramiento de grado ocurridos en los últimos 36 meses.
4. Ascensos
5. Concurso
180 días
1 año
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POSICIONES RELATIVAS (GRADOS)
GRADO DE ALCALDE
Se dictará un reglamento, dentro de los 6 meses siguientes de publicada la ley, que determinará las categorías y su rango de grados, mediante el cual se establecerá el grado del alcalde, según dos criterios a su elección: ingresos anuales percibidos o el número de habitantes en la comuna.
Alcaldes 1-6 Técnico 9-17
Directivos 3-10
Administrativos 11-18
Profesionales 5-12 Auxiliares 13-20
Jefatura 7-12
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OTRAS MODIFICACIONES1. Se incorpora como un instrumento de la gestión municipal, la política de recursos humanos, la
que deberá contemplar, mecanismos de reclutamiento y selección, promoción y capacitación y egreso. Deberá ser aprobada por el concejo municipal y su estado de aplicación deberá ser parte de la cuenta pública del Alcalde.
2. Se establece la obligación de dictar un reglamento de concursos públicos.
3. Se asigna nueva función a la DAF Municipal: Informar al concejo municipal trimestralmente sobre las contrataciones de personal realizadas en el trimestre anterior e informar en la primera sesión de cada año del concejo, sobre el escalafón de mérito vigente y un reporte sobre el registro de personal enviado y tramitado en la CGR.
4. Se faculta que en el reglamento interno municipal, que regula la organización interna y el funcionamiento de la municipalidad, se puedan crear unidades nuevas, asignándoles funciones de la Secplan, Dideco, Salud , Educación, Medio Ambiente, Aseo y Ornato, Daf. Se requiere informe fundado que acredite financiamiento, aprobacion del concejo (2/3) y se establecen normas de protección funcionaria.
5. Para provever los nuevos cupos a contrata que se generara con el aumento del 40%, se deberá priorizar al personal a honorario a suma alzada.
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NUEVAS COMPETENCIAS SUBDERE
1. NUEVAS PLANTAS. Dentro de los 60 días posteriores a su dictación, la municipalidad deberá remitir copia del reglamento que contiene la planta a la SUBDERE.2. INFORMACION ANUAL. Para efecto de proponer y evaluar políticas y planes correspondiente al ámbito municipal, anualmente las municipalidades deben remitir a la SUBDERE, lo siguiente:a) Modificaciones a la planta de personal.b) Dotación, planta y contrata, honorarios a suma alzada a personas naturales,
honorario asimilado a grados, jornales, remuneraciones del C.T, suplencias y reemplazos del personal a trato o temporal y alumno en práctica.
c) Identificación de la fuente de financiamiento de programas que posibilitan la contratación de personal a honorarios.
d) Escalafón de mérito vigente.e) Antigüedad del personal, tanto e n la municipalidad como en otros órganos de la
administración del estado.f) Concepto remuneratorios variables según particularidad de cada funcionario. g) Gasto total en recursos humanos
“Como parte de mi compromiso con la descentralización y la transferencia de competencias efectivas hacia los poderes locales, es que hoy día estamos promulgando esta ley”.“Estamos dándoles a los municipios herramientas que van a mejorar su eficiencia y funcionamiento interno. Y esto se traduce en una actualización de su organización y mayores recursos y personal para atender las necesidades mas urgentes de la Comuna”
Palabras de S.E la Presidenta de la República