Producción Hidráulica – Explotación de Presas
ASPECTOS DESTACABLES DE LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA HIDROELÉCTRICA
Madrid, Octubre de 2007
Ley del Sector Eléctrico (1997 y 2007):
El suministro de energía eléctrica es esencial para el
funcionamiento de nuestra sociedad.
Se ha de garantizar el suministro de energía eléctrica,
tanto en cantidad como en calidad.
La cobertura de la demanda eléctrica
La energía hidroeléctrica con regulación:
Permite el seguimiento instantáneo de la demanda.
Garantiza la calidad del producto (frecuencia).
Posibilita la reposición rápida del servicio ante fallos.
La energía hidroeléctrica fluyente:
Aporta energía de base a la cobertura de demanda.
Efectos de las restricciones a la producción hidroeléctrica:
Se puede llegar a comprometer la garantía del suministro.
Sustitución por otras energías:
Más emisiones
Mayores costes de operación
Inasumible a corto/medio plazo
CUENCA DEL SEGURA
Centrales Hidráulicas del Rio Segura / Zumeta / Mundo
Conclusiones:
La sociedad, en el uso legítimo de su derecho a disponer de los
recursos naturales, debe tener en cuenta todos los efectos de las
decisiones que se adopten.
La hidroelectricidad regulada es, hoy en día, esencial e insustituible
en el sistema eléctrico español.
La hidroelectricidad fluyente es sustituible por otras energías, pero
minimiza las emisiones y el coste.
Para garantizar la atención al interés general, es imprescindible
articular una coordinación real entre las autoridades ambientales y
energéticas.
Conclusiones:
La sociedad, en el uso legítimo de su derecho a disponer de los
recursos naturales, debe tener en cuenta todos los efectos de las
decisiones que se adopten.
La hidroelectricidad regulada es, hoy en día, esencial e insustituible
en el sistema eléctrico español.
La hidroelectricidad fluyente es sustituible por otras energías, pero
minimiza las emisiones y el coste.
Para garantizar la atención al interés general, es imprescindible
articular una coordinación real entre las autoridades ambientales y
energéticas.
Conclusiones:
La sociedad, en el uso legítimo de su derecho a disponer de los
recursos naturales, debe tener en cuenta todos los efectos de las
decisiones que se adopten.
La hidroelectricidad regulada es, hoy en día, esencial e insustituible
en el sistema eléctrico español.
La hidroelectricidad fluyente es sustituible por otras energías, pero
minimiza las emisiones y el coste.
Para garantizar la atención al interés general, es imprescindible
articular una coordinación real entre las autoridades ambientales y
energéticas.
Conclusiones:
La sociedad, en el uso legítimo de su derecho a disponer de los
recursos naturales, debe tener en cuenta todos los efectos de las
decisiones que se adopten.
La hidroelectricidad regulada es, hoy en día, esencial e insustituible
en el sistema eléctrico español.
La hidroelectricidad fluyente es sustituible por otras energías, pero
minimiza las emisiones y el coste.
Para garantizar la atención al interés general, es imprescindible
articular una coordinación real entre las autoridades ambientales
y energéticas, en los procesos de planificación y en su puesta en
práctica.