PROTECCIÓN ESPECIAL DE GRUPOS ESPECÍFICOS DE PERSONAS MAYORES: DERECHOS O VULNERABILIDAD
Ana Evelyn Jacir Secretaría de Asuntos Jurídicos
2°°°°Foro Internacional sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores
Ciudad de México, 3 al 6 de junio de 2014
Aspectos conceptuales
• Todos los seres humanos son iguales ante la ley y
tienen igualdad de derechos desde que nacen hasta
que mueren.
• En el ciclo de la vida se presentan distintas
necesidades de los seres humanos para el ejercicio
pleno de sus derechos.
• La equidad e igualdad requieren acciones especiales.
Algunos tratados ONU/OEA en materia de derechos humanos relevantes para las personas mayores:
• Convención ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
• Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra las Personas con Discapacidad (2001)
• "Protocolo de San Salvador" (1998)
• "Convención de Belem do Para" (1995)
Perspectivas jurídicas relacionadas
• Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes (1987)
• Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar La Tortura (1987)
• Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José" (1969)
• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1976)
• Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1976)
Toda persona tiene derecho a:
Derechos humanos establecidos
circulación y residencia participar en los asuntos públicos
educación participar en la vida cultural
garantías judiciales propiedad privada
igualdad ante la ley protección de la honra y la dignidadigualdad ante la ley protección de la honra y la dignidad
libertad de asociación reconocimiento de la personalidad
jurídica
libertad de pensamiento y de expresión reunión
libertad personal salud
nacionalidad seguridad social
nivel de vida adecuado trabajo
no ser sometido a torturas ni a penas o
tratos crueles, inhumanos o degradantes
Tratamiento distinto para las personas con discapacidad, las mujeres, derechos socio-económicos, entre otros:
• Convención ONU sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad
Disposiciones especiales
con Discapacidad
• Protocolo de San Salvador
• Convención de Belem do Para
• Pacto de San José
La OEA es una organizaciLa OEA es una organizaciLa OEA es una organizaciLa OEA es una organización intergubernamental hemisférica ón intergubernamental hemisférica ón intergubernamental hemisférica ón intergubernamental hemisférica con 34 Estados miembros que, mediante el diálogo político, con 34 Estados miembros que, mediante el diálogo político, con 34 Estados miembros que, mediante el diálogo político, con 34 Estados miembros que, mediante el diálogo político,
la cooperación y las acciones conjuntas, promueve:la cooperación y las acciones conjuntas, promueve:la cooperación y las acciones conjuntas, promueve:la cooperación y las acciones conjuntas, promueve:
Pilares principales de la OEA
DEMOCRACÍADERECHOS
HUMANOS
DESARROLLO
INTEGRAL
SEGURIDAD
MULTIDIMENSIONAL
Mandatos de la OEA
2012_ Los 34 Jefes de Estado y de Gobierno de las Américasse comprometerion a:
“Avanzar en el fortalecimiento de la protección de los derechos humanos y las
libertades fundamentales de las personas mayores mediante la promoción de
políticas públicas, programas y servicios, salvaguardando así su dignidad, su
bienestar físico, mental, social y su calidad de vida, teniendo en cuenta los
esfuerzos que se están llevando a cabo en el ámbito interamericano en la
elaboración de un instrumento jurídicamente vinculante para proteger los
derechos de las personas mayores y la consideración del tema en el ámbito
internacional”.
La Asamblea General, el órgano supremo de la OEA, resolvió:
• Convocar una sesión
especial sobre adultos
mayores
Mandatos de la OEA
mayores
• Elaborar informe
especializado
• Negociación formal del
proyecto de Convención
interamericana
Proyecto de Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores*
CAPÍTULO IOBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
CAPÍTULO IIPRINCIPIOS GENERALES
CAPÍTULO IIIDEBERES GENERALES DE LOS ESTADOS PARTES
CAPÍTULO IVDERECHOS PROTEGIDOS
CAPÍTULO VDERECHOS DE GRUPOS ESPECÍFICOS
* Nada está acordado hasta que todo está acordado.
DERECHOS DE GRUPOS ESPECÍFICOS
CAPÍTULO VIACCESO A LA JUSTICIA
CAPÍTULO VIITOMA DE CONCIENCIA
CAPÍTULO NUEVOENMIENDAS Y ESTABLECIMIENTO DE LA CONFERENCIA DE ESTADOS PARTES
CAPÍTULO VIIIMECANISMOS DE PROTECCIÓN Y SEGUIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA CONVENCIÓN
CAPÍTULO IX DISPOSICIONES GENERALES
Algunos valores agregados propuestos para hacer efectivo el
ejercicio de los derechos humanos de las personas mayores:
� Definicion amplia de la “discriminación por edad en la vejez”
�Reconocimiento de los derechos a:• brindar consentimiento informado en materia de salu d• la intimidad
Proyecto de Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores
• la intimidad• las personas que recibe servicios de cuidado a larg o plazo• accessibilidad• recreación, actividad física, esparcimiento y depo rte
� Seguimiento del cumplimento de la Convención• presentación y revisión de los informes de los Esta dos Partes• peticiones individuales
Proyecto de Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores
Deberes y compromisos de los Estados Partes propues tos, entre otros:
• salvaguardar los derechos humanos y libertades fun damentales • adoptar las medidas adecuadas, legislativas y de ot ro carácter, para prevenir, sancionar y erradicar la discriminación p or edad en la vejez *• abstenerse de actos o prácticas incompatibles y vel ar que todas lasautoridades e instituciones actúenadoptar medidas especiales y afirmativas para asegu rar la realizaciónde los ajustes razonablesde los ajustes razonables• adoptar y fortalecer todas las medidas legislativas , administrativas, judiciales, presupuestarias y de otra índole, inc. un adecuado accesoa la justicia, para hacer efectivos y difundir los derechos• recopilar información adecuada, inc. datos estadíst icos y de investigación• fomentar la creación de instituciones públicas espe cializadas• promover la creación de centros y redes académicas• promover la participación más amplia de la persona mayor y de otros sectores para la elaboración, aplicación y control de políticas públicas y legislación dirigida a la implementación de la Conv ención
• deber y responsabilidad del Estado de adoptar medid as de su elección para cumplir con sus obligaciones internacionales “ Pacta sunt servanda”.
Recomendaciones
La Convención Interamericana sobre los Derechos Humano s de las Personas Mayores podría :
� No asociar la vejez con la vulnerabilidad en sí mism a
� Enfocarse a aquellas situaciones en las que condici ones particulares de la persona mayor les exponen a la discriminación por edad o limitanel ejercicio efectivo o goce de los derechos que to da persona tiene, talcomo:como:
• educación permanente• trabajo (jubilación obligatoria y capacitación prof esional)• reconocimiento de aportes realizados a la seguridad social•Ingresos permanentes para una vida digna, •servicios de cuidado a largo plazo
* Definición de “discapacidad” bajo la Convención O NU Discapacidad cubre “deficiencias físicas, mentales, intelectuales o se nsoriales a largo plazo”.
¿La frontera entre la tutela y la protección: hasta quépunto la protección de los derechos humanos de las personas mayores debe considerar de manera explícit a medidas especiales para grupos específicos ?
Cuestión clave
“A billion shades of grey” - The Economist
“Las personas de edad tienen características diversa s, incluso dentro de un mismo grupo poblacional, y sus experiencias pueden diferir según el sexo, la raza y el estatus socioeconómico o alguna otra condición”*.
*ONU, Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unid as,“Estándares normativos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos en relación c on las personas de edad” agosto de 2012
¡Gracias!
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