PROTOCOLO Prevención y Erradicación del Trabajo
Infantil en Botaderos de Basura
PROTOCOLO Prevención y Erradicación
del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
Documento preparado por el Programa Nacional de Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura.
Documento en revisión
Ecuador - Junio de 2011
PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL EN BOTADEROS DE BASURA PETIB
Rafael Correa Delgado
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
Richard Espinoza Guzmán
MINISTRO DE RELACIONES LABORALES
Ximena Ponce Léon
MINISTRA DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL
Francisco Vacas Dávila
VICEMINISTRO DE TRABAJO, MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES
Pabel Muñoz López
SUBSECRETARIO GENERAL, MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL
Sara Oviedo Fierro
SECRETARIA EJECUTIVA NACIONAL, CONSEJO NACIONAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.
Mesa Técnica Nacional de Erradicación del Trabajo Infantil
Ministerio de Relaciones Laborales
Ministerio de Inclusión Económica y Social
Instituto de la Niñez y la Familia
Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia
Elaborado por:
Cecilia Vaca Jones, Ministerio de Relaciones Laborales
Nathalie Arrobo Andrade, Ministerio de Relaciones Laborales
Grace Vásquez Paredes, Centro de Desarrollo y Autogestión
Fernanda Moreno Ortega, Instituto de la Niñez y la Familia
Edición: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia - UNICEF
Diseño:
Mahra editores - [email protected]
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
Contenido
PRESENTACIÓN ........................................................................................................ 5
OBJETIVOS DEL PROTOCOLO .................................................................................... 6
1. INFORME NACIONAL DE ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL EN BOTADEROS DE BASURA .............................................................................. 7
1.1 Antecedentes ............................................................................................... 7
1.2 Síntesis cronológica del programa nacional de erradicación del trabajo infantil en botaderos de basura en Ecuador................................................................. 9
1.3 Estrategia de intervención .............................................................................. 12
1.4 Áreas geográficas y cobertura de servicios ...................................................... 13
1.5 Acciones para la sostenibilidad de resultados .................................................... 19
2. MACROPROCESO DEL PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL EN BOTADEROS DE BASURA - PETIB ................................. 20
3. DESCRIPCIÓN DE APLICACIÓN DEL MACROPROCESO DE PETI-B ......................... 24
3.1 Activación del Sistema de inspección (Coordinación interinstitucional) ..................... 24
3.2 Subproceso de intervención al NNA (MIES-INFA) ............................................... 7
3.3 Subproceso Plan Global Familiar- PGF, ejecución de acciones y restitución de derechos (MIES-INFA) ............................................................... 28
3.4 Subproceso de preparación del desenlace (MIES-INFA) ....................................... 30
3.5 Subproceso para la prevención y regulación de botaderos de basura sin Trabajo Infantil (MRL) ................................................................................. 31
3.6 Subproceso para la implementación y regulación de botaderos de basura con Trabajo Infantil (MRL) ................................................................. 32
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4. ROLES DE LOS ACTORES ESTRATÉGICOS EN EL PROCESO DE ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL EN BOTADEROS DE BASURA ................. 34
4.1 ¿Cuáles son los roles de las instituciones que realizan el proceso de prevención y erradicación del Trabajo Infantil en botaderos de basura? .................................... 34
5. PREGUNTAS FRECUENTES EN LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL ................................................ 41
5.1 ¿Qué medidas de restitución de derechos se pueden aplicar en situaciones de Trabajo Infantil en botaderos de basura? ...................................................... 41
5.2 ¿Qué acciones se deben garantizar para el sostenimiento del proceso de erradicación del Trabajo Infantil en botaderos de basura? ............................... 45
5.3 ¿Qué medidas de control puede implementar el Municipio, para la erradicación del Trabajo Infantil en botaderos de basura? ........................................................... 45
5.4 ¿Qué recomendaciones se deben tomar en cuenta al momento de monitorear un botadero de basura? ..................................................................................... 46
5.5 ¿Qué medidas de protección se pueden aplicar para garantizar la erradicación del Trabajo Infantil en botaderos de basura? .......... 48
6. DEFINICIONES DE TRABAJO INFANTIL Y NORMATIVA LEGAL ................................... 49
7. HERRAMIENTAS DE MONITOREO E INSPECCIÓN AL BOTADERO DE BASURA ........... 56
7.1 Ficha de inspección y referencia de NNA trabajadores a centros de atención ......... 56
7.2 Informe de monitoreo e inspección al botadero de basura ................................... 57
7.3 Plan Global Familiar PGF .............................................................................. 61
7.4 Compromiso familiar .................................................................................... 62
7.5 Modelo de resolución para prohibición de ingreso de NNA al botadero de basura ................................................................................... 63
ACRÓNIMOS ........................................................................................................... 67
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
Presentación
El Estado ecuatoriano, en el año 2007, se planteó como meta nacional erradicar el trabajo infantil en botaderos de basura; constituyéndose en la primera rama de trabajo infantil peligroso a ser eliminada en el país.
Una buena gestión sistémica entre el Ministerio de Relaciones Laborales, el Ministerio de Inclusión Económica y Social, el Instituto Nacional de la Familia, el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia y otras instituciones aliadas al proceso; ha permitido que hasta mayo de 2011, se retiren de esta situación de riesgo a 2160 niñas, niños y adolescentes garantizando su acceso a programas de educación, salud, sana recreación, entre otros. Todos los niños, niñas y adolescentes que fueron víctimas de este tipo de trabajo se mantienen fuera del trabajo infantil y han podido acceder a nuevas oportunidades para mejorar su calidad de vida.
Se debe considerar que a nivel nacional existen 221 cantones entre los cuales en 78 se encontraron los casos de trabajo infantil en botaderos de basura. Actualmente, existen 171 municipios con algún tipo de medida de control en botaderos de basura que permite evidenciar el compromiso de los gobiernos locales por prevenir y erradicar el trabajo infantil en sus territorios. Además, es importante destacar que entre los 78 cantones donde se encontraron a niños, niñas y adolescentes trabajando, 58 han introducido medidas administrativas y técnicas como controles, ordenanzas, guardias, cerra-mientos, rellenos sanitarios.
Esta eficiente acción interinstitucional basada en cumplir con las competencias que le corresponden a cada institución y el compromiso de los gobiernos locales han permitido liberar a los niños, niñas y adolescentes en nuestro país del trabajo infantil en botaderos de basura.
El presente PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL EN BOTADEROS DE BASURA PETIB, describe la estrategia de intervención que permitió alcanzar la meta de erradicar el trabajo infantil en botaderos de basura. Además, establece las principales ac-ciones a seguir a fin de sostener la meta en el largo plazo y replicar la estrategia de intervención en otras ramas peligrosas de trabajo infantil. El ámbito de acción del programa ha sido los botaderos de basura municipales y no el reciclaje en la fuente que implica otro tipo de intervención.
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Objetivo general del Protocolo
Ejecutar acciones concretas para garantizar la prevención y erradicación del trabajo infantil de NNA en botaderos de basura y la inmediata restitución de sus derechos Cumplir con este objetivo permitirá sostener la meta “Niños, niñas y adolescentes libres de trabajo infantil en botaderos de basura”.
Objetivos específicos del Protocolo
• Prevenir situaciones de trabajo infantil en botaderos de basura.
• Retirar de los botaderos de basura municipales a los niños, niñas y adolescentes involucrados en el trabajo infantil.
• Garantizar a los NNA que han estado involucrados en el trabajo infantil en botaderos de basura, la restitución integral de sus derechos
• Articular acciones entre las organizaciones e instituciones con competencias en el tema a fin de fortalecer la erradicación y prevención del trabajo infantil en botaderos de basura en los cantones del país.
• Implementar medidas de control, prevención y erradicación de trabajo infantil en botaderos de basura municipales.
• Aplicar sanciones para la prevención y erradicación del trabajo infantil en botaderos de basura.
• Conocer e identificar el proceso y roles de cada institución para la erradicación del trabajo infantil.
• Concientizar a la ciudadanía sobre los riesgos vinculados a este tipo de trabajo.
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
Informe nacional de erradicación de trabajo infantil en botaderos de basura
1.1 Antecedentes
De acuerdo a estudios del MIDUVI del 2008, el Ecuador contaba con una población estimada de 13.805.095 habitantes1 , la misma que producía una cantidad de residuos per cápita de 0,686 kg/hab.día lo que generaba alrededor de 9.470 toneladas de residuos sólidos diarios y un total de 3’500.000 t/año. El 59% de los residuos generados y desechados se depositaban en botaderos de cielo abierto, el 17% de residuos en rellenos controlados, el 20% en rellenos sanitarios y un 2% en otros sitios como ríos. (Ver Cuadro No. 1)
Cuadro 1: Residuos generados y desechados en el Ecuador
120%
0%
10%
17%
70%
5%
24%
12%
59%
2%
27%
18%
49%
2%
20%
17%
59%
100%
80%
60%
40%
20%
COSTA ORIENTE SIERRA PAÍS
Otro (Río)
Relleno Sanitario
Relleno Controlado
Botadero0%
Fuente: MIDUVI - sub. Secretaría de Agua Potable y Saneamiento. Conferencia: Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos. Conferencistas: Ana Oestreich y Gózalo Vergelin , 2008.
Pese a la cantidad de basura producida, son pocas las ciudades que en el país cuentan con rellenos sanitarios y que poseen la suficiente tecnología sanitaria para un adecuado manejo de los desechos sólidos. En el Ecuador, la mayoría de desechos se deposita en botaderos de cielo abierto donde la basura no recibe ningún tratamiento sanitario, constituyendo una permanente amenaza para la salud de minadores en particular y de la población en general. Por su condición física y el difícil acceso a servicios de salud, los niños/as y adolescentes son los más vulnerables a estos impactos.
Las municipalidades de los distintos cantones administran el manejo de desechos sólidos en sus jurisdicciones; sin embargo, no todas han considerado como problema la presencia de minadores y menos aún de niños/as y adolescentes minadores en los botaderos de basura de su administra-ción. Se debe indicar que los gobiernos locales tienen la potestad de regular el minado de basura y erradicar el trabajo infantil además de gestionar programas de desarrollo para las poblaciones de minadores. Todavía son pocas las iniciativas que hayan logrado políticas municipales que pro-muevan un manejo efectivo de desechos sólidos con enfoque social.
La causa principal para que los niños/as y adolescentes trabajen en los botaderos de basura reside
1 Fuente Instituto de Estadísticas y Censos del Ecuador, INEC, 2008
1.
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en el hecho que no todos los municipios cumplen con las regulaciones nacionales que prohíben esta forma de trabajo infantil. Los municipios tienen la competencia del manejo y disposición final de los desechos sólidos; por ello, es importante lograr un efectivo control sobre el acceso de los niños, niñas y adolescentes a sus botaderos así como la implementación de políticas de reciclaje que involucren y generen nuevas oportunidades a los “minadores” o recicladores informales adultos.
La pobreza y la valoración positiva del trabajo infantil, también explican la razón por la que haya niños/as y adolescentes en los botaderos de basura del país.
Cuadro 2: Caracterización general de los NNA trabajadores en botaderos de basura
FACTOR CARACTERÍSTICA
Edad Mayor número de niños/as que trabajan en botaderos de basura están concentrados entre los 5 a 12 años
Cuidado de niños, niñas y adolescentes
60% están en los botaderos de basura bajo el cuidado de un pariente (que no es el padre o madre), un allegado o se encuentran solos
Familias Conformadas por un promedio de 5 miembros
Vivienda La mayor parte de familias tiene su hogar en los poblados cercanos al botadero de basura
Nivel educativo de Padres
La mitad de los padres o madres han concluido hasta el tercer año de primaria, aunque un elevado porcentaje es analfabeto.
Número de días de trabajo
Los niños, niñas y adolescentes trabajan más de tres días a la semana en los botaderos de basura, con un promedio de 24 horas a la semana.
Labores que los niños, niñas y adolescentes realizan en el botadero de basura
Búsqueda, clasificación, lavado de materiales reciclables, pastoreo de animales, entre otras.
Ingreso económico por el trabajo de niños, niñas y adol escentes.
Aporte al presupuesto familiar
Los niños, niñas y adolescentes no reciben directamente beneficio económico.
El ingresos semanal promedio es de 6,87 dólares,
El porcentaje de aporte al presupuesto familiar es 17%
Daños a la salud
Cortaduras, golpes, problemas en la piel, quemaduras y arrollamientos por camiones de basura.
Envenenamientos por ingerir alimentos en descomposición y contacto con desechos hospitalarios.
Educación
El 40% de niños, niñas y adolescentes en botaderos de basura no estudia
El 60% de niños y niñas tiene retraso escolar de más de 1 año
El 70% de adolescentes tiene un retraso escolar de 3 años
Desarrollo psicosocial Niños, niñas y adolescentes se desenvuelven en un ambiente donde se genera violencia, maltrato, abuso sexual consumo de droga y alcohol
Fuente: Estudio de línea de base de trabajo infantil en botaderos de basura del Ecuador 2008, INFA-DYA. (Información adaptada para este documento)
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1.2 Síntesis cronológica del programa nacional de erradicación de trabajo infantil en botaderos de basura en Ecuador
Síntesis histórica 2002-2011
Año 2002 – SANTO DOMINGO
Actores Ejecutores: Instituto Nacional del Niño y la Familia – INNFA, Municipio, Organización Internacional del Trabajo -OIT, Centro de Desarrollo y Autogestión –DYA.
Acciones:
• En el año 2002, OIT-DYA investigaron esta forma de trabajo infantil en las 20 ciudades con más de 50.000 habitantes y levantan una primera línea de base.
• Implementación del programa para erradicar el trabajo infantil en el botadero de cielo abierto municipal:
Compromiso y apoyo Municipal:
• Inversión en mejoras tecnológicas para el manejo de desechos. • Prohibición al ingreso de niños, niñas y adolescentes al botadero.• Implementación de alternativas productivas para adultos recicladores.
Restitución de derechos de NNA recicladores:
• El Instituto Nacional del Niño y la Familia INNFA facilitó el acceso de niños, niñas y adolescentes trabajadores a incentivos escolares y programas de refuerzo pedagógico. Otras instituciones incorporaron a los niños, niñas, adolescentes y sus familias en sus servicios de salud.
Año 2004 – 2da línea de base
Acciones:
• UNICEF actualiza línea de base para Ambato, Quito, Manta y Durán.
Año 2005 – MANTA, QUITO, SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS, ESMERALDAS Y ATACAMES
Actores Ejecutores: Municipios, Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia - UNICEF, con la asistencia técnica de DYA.
Acciones:
• Las Instituciones ejecutoras toman como ejemplo la metodología implementada en Santo Domingo en el 2002 y la replican en Manta, Quito, Esmeraldas y Atacames. Se sostiene el proceso de erradicación de trabajo infantil en Santo Domingo de los Tsáchilas.
Año 2006 – PORTOVIEJO Y PASAJE
Actores Ejecutores: Municipios, UNICEF, Programa Proniño de Fundación Telefónica y asistencia técnica DYA.
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Acciones:
• Apoyo, sostenimiento y fortalecimiento de la intervención en los municipios de Manta, Quito, Santo Domingo, Esmeraldas y Atacames, ratificando el compromiso por la erradicación del trabajo infantil.
• Incorporación en el programa de los Municipios de Portoviejo y Pasaje.
NOTA: El Programa para la Erradicación del Trabajo infantil se ejecutó a través de compromisos con los Municipios. Se logró generar alianzas con instituciones nacionales y locales proveedoras de servicios para los niños, niñas y adolescentes trabajadores, a fin que sus derechos sean restituidos.
AÑO 2007- IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE TRABAJO DE ERRADICACIÓN DE TRABAJO INFANTIL EN BOTADEROS DE BASURA
Actores Ejecutores: Ministerio de Relaciones Laborales, Instituto del Niño y la Familia – INNFA, Municipios, UNICEF, Programa Proniño de Fundación Telefónica y asistencia técnica DYA.
Acciones:
• El Gobierno Nacional en julio del 2007 resolvió implementar una política de protección especial para niñas, niños y adolescentes que se encontraban trabajando en botaderos de basura del Ecuador y adopta el proceso que se venía implementado desde el 2002.
• Esta resolución buscaba volver política nacional un esfuerzo realizado entre el 2002 y el 2007, por 7 municipios y que había logrado retirar a 725 niños, niñas y adolescentes trabajadores de botaderos. En los siguientes tres años el programa pasó progresivamente a trabajar en los 78 cantones donde se encontró esta forma de Trabajo infantil logrando retirar a los 2160 niños, niñas y adolescentes que vivían esta violación de sus derechos.
• El programa pasa a ser dirigido y financiado desde el Estado por la Mesa de Erradicación de Trabajo Infantil en botaderos liderada por el actual MRL, el MIES-INFA y el CNNA. UNICEF, PRONIÑO brindan apoyo financiero y DYA asistencia técnica.
AÑO 2008 – MILAGRO, DURAN, NARANJITO Y EL TRIUNFO
Actores Ejecutores: Ministerio de Relaciones Laborales, , Ministerio de Inclusión Económica y Social, Instituto de la Niñez y la Familia – INFA, Municipios, UNICEF y Programa Proniño de Fundación Telefónica con la asistencia técnica de DYA.
Acciones:
• El MIES-INFA condujo un estudio para buscar niños, niñas y adolescentes trabajadores de botaderos en todas las ciudades con más de 10.000 habitantes (se estudiaron 100 ciudades en total).
• Se fortaleció la estrategia nacional con acciones de Inspección del Ministerio de Relaciones Laborales.
• UNICEF y Fundación Telefónica, con la asistencia técnica del DYA, amplió la cobertura del programa a los Municipios de Milagro, Durán, Naranjito y El Triunfo en la provincia de Guayas.
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
AÑO 2009 – DEFINICIÓN DE LA META
Actores Ejecutores: Ministerio de Relaciones Laborales, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Instituto de la Niñez y la Familia – INFA, Municipios, UNICEF, DYA y Programa Proniño de Fundación Telefónica.
Acciones:
• Se definió la meta del gobierno nacional de erradicar el trabajo infantil en los botaderos de basura municipales.
• Se incorporó a 33 nuevos municipios en la estrategia.
AÑO 2010 – ACTUALIZACIÓN DE LÍNEA DE BASE
Actores Ejecutores: Ministerio de Relaciones Laborales, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Instituto de la Niñez y la Familia – INFA, Municipios, UNICEF, DYA y Programa Proniño de Fundación Telefónica.
Acciones:
• En este año el MRL incorpora a su sistema de inspección regular, la inspección periódica de presencia de niños/as en todos los botaderos de basura municipales del Ecuador.
• En mayo, el Ministerio de Relaciones Laborales condujo la primera inspección de este tipo en todos los cantones del país. Ensaya por primera vez en el país la metodología de inspeccionar a nivel nacional una rama de trabajo infantil. Desarrolla también el método masivo y rápido de inspección. En apenas dos semanas se cubrieron todos los cantones del país.
• Estado ecuatoriano, a través del MRL, introduce por primera vez en el Ecuador, el sistema de sanciones a entidades que no controlan el Trabajo Infantil. Concretamente, sanciona a municipios que no impiden el acceso de niños/as a los botaderos de basura.
• El Estado logra articular la implementación del programa de Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de basura en cuatro niveles donde los ministerios e instituciones (MRL, MIES-INFA,CNNA) plenamente integrados establecen responsabilidades específicas:
• Ministros• Viceministros• Técnicos ministeriales de ETI• Mesas de ETI provinciales
AÑO 2011 – META CUMPLIDA
Actores Ejecutores: Ministerio de Relaciones Laborales, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Instituto de la Niñez y la Familia – INFA, Municipios, UNICEF, DYA y Programa Proniño de Fundación Telefónica.
Acciones:
• En mayo, el Ministerio de Relaciones Laborales condujo inspecciones en todos los cantones del país certificando que ya no existen niños, niñas y adolescentes trabajando en botaderos de basura.
• Se consolidan informes provinciales y un informe nacional intersectorial.• Empieza la transferencia de las metodologías de restitución de derechos de los niños,
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niñas y adolescentes al MIES-INFA para desarrollar un sistema de prevención, restitución y sostenimiento de los niños/as fuera de los botaderos administrado completamente por el Estado ecuatoriano.
• Diseño e implementación de un protocolo de ETI en botaderos de basura.• Se mantienen servicios y acciones para sostener la meta.• Evaluación de impacto del programa.
1.3 Estrategia de intervención
El Programa Nacional de Erradicación de Trabajo Infantil ha logrado mantener fuera del trabajo infantil en botaderos de basura y en cualquier otra forma de trabajo a 2160 niños, niñas y adoles-centes de 78 cantones y prevenir el trabajo infantil en esta rama en 143 cantones del país.
Dentro de este proceso se debe reconocer los esfuerzos de otras instituciones como PRONIÑO Fundación Telefónica, DYA, UNICEF, OIT y Municipios que también han contribuido con recursos técnicos y económicos para la erradicación del trabajo infantil en botaderos de basura.
Modelo de gestión
El Programa Nacional de Erradicación del Trabajo Infantil está dirigido por la Mesa Interinstitucional Político- Técnica conformada actualmente por el MRL, MIES-INFA y CNNA. La mesa define y coordina acciones estratégicas en materia de trabajo infantil considerando los roles y funciones que tiene cada institución en los 4 niveles de gestión que se describen en el Cuadro No. 3. Para la erradicación del trabajo infantil en botaderos de basura, la articulación de acciones estratégicas entre las instituciones permitió lograr los resultados esperados.
Cuadro 3: Roles y funciones en los cuatro niveles de la mesa intersectorial
NIVEL ROLES Y FUNCIONES
MINISTERIAL: Ministro Relaciones Laborales, Ministra Inclusión Económica y Social, Presidenta del CNNA.
Define la política de Erradicación de Trabajo Infantil –ETI
VICEMINISTERIO: Viceministro de Trabajo, Viceministro de Inclusión Económica y Social
Asesora la formulación de la política de ETI y monitorea su ejecución
Mesa de Técnicos de ETI: MRL, MIES-INFA, CCNA provinciales (otras instituciones que la mesa convoca de acuerdo a la rama de trabajo infantil)
Diseña y monitorea la ejecución de las acciones de ETI a nivel nacional
Mesa de TI local: MRL, MIES-INFA, CCNA provinciales (otras instituciones que la mesa convoca de acuerdo a la dinámica del territorio)
Ejecuta las acciones locales de ETI y define política local de ETI a nivel provincial y cantonal siguiendo los lineamientos nacionales
Fuente: MRL, 2011.
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
Los roles y funciones de las instituciones de la Mesa son:
Cuadro 4: Roles y funciones de cada sector
INSTITUCIÓN ROLES Y FUNCIONES
Ministerio de Relaciones Laborales
• Definir la política pública de protección contra toda forma de explotación laboral infantil.
• Diseñar planes, programas y proyectos para la aplicación de la política pública en materia de trabajo infantil.
• Realizar Inspecciones Integrales que incluyen el eje de Trabajo Infantil.• Establecer sanciones.• Estadísticas nacionales.
Ministerio de Inclusión Económica y Social-Instituto de la Niñez y la Familia, INFA
• Definir políticas públicas, normas y metodologías con aplicación territorial en el ámbito de la Inclusión Económica y Social dirigida a las personas y grupos de atención prioritaria con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo.
• Proponer políticas dirigidas a los grupos de atención prioritaria y aquellos en situación de pobreza, desigualdad, discriminación y exclusión a lo largo de su ciclo de vida, a través de programas de inclusión social, igualdad y protección integral, para promover, proteger y reparar los derechos sociales y económicos de estos grupos.
• Coordinar los planes, programas y proyectos de Protección Social Integral, Inclusión Económica y Economía Popular y Solidaria dirigido a las personas y grupos de atención prioritaria.
• Gestión de servicios de restitución de derechos de los niños/as trabajadores a nivel nacional y local
• Movilización de actores locales y nacionales en torno a la erradicación de Trabajo Infantil.
Consejo de la Niñez y de la Adolescencia
(Considerando la etapa de transición hasta que se conformen los Consejos Nacionales para la Igualdad, se detallan tanto las atribuciones que establece la Constitución de la República del Ecuador para dichos consejos; así como, los principales roles y funciones que rigen actualmente para el Consejo de la Niñez y Adolescencia según el Código de la Niñez y Adolescencia )
• Art. 156.- Los consejos nacionales para la igualdad son órganos responsables de asegurar la plena vigencia y el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos. Los consejos ejercerán atribuciones en la formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas relacionadas con las temáticas de género, étnicas, generacionales, interculturales, y de discapacidades y movilidad humana, de acuerdo con la ley. Para el cumplimiento de sus fines se coordinarán con las entidades rectoras y ejecutoras y con los organismos especializados en la protección de derechos en todos los niveles de gobierno.2
• Art. 157.- Los consejos nacionales de igualdad se integrarán de forma paritaria, por representantes de la sociedad civil y del Estado, y estarán presididos por quien represente a la Función Ejecutiva. La estructura, funcionamiento y forma de integración de sus miembros se regulará de acuerdo con los principios de alternabilidad, participación democrática, inclusión y pluralismo.3
• Código de la Niñez y Adolescencia:• Definición, planificación, control y evaluación de la Política Nacional de
Protección Integral a la Niñez y Adolescencia, asegurar la correspondencia de las políticas sectoriales y seccionales con la política nacional de protección integral y exigir de los organismos responsables su cumplimiento.
• Vigilancia del cumplimiento de la política de erradicación del trabajo infantil a nivel nacional y local.
Fuente: MRL, 2011.
2 Art. 156 de la Constitución de la República del Ecuador.
3 Art. 157 de la Constitución de la República del Ecuador.
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Acciones estratégicas:
Para lograr retirar y mantener a los niños, niñas y adolescentes fuera de los botaderos de basura se han desarrollado las siguientes acciones estratégicas:
a. Sustituir el tiempo de trabajo por tiempo de estudio y tiempo libre no laboral: La principal estrategia implementada para retirar a los niños, niñas y adolescentes del trabajo en botaderos, ha sido sustituir su tiempo de trabajo por tiempo en estudios y uso no laboral del tiempo libre fuera de la escuela. Se aplicaron los siguientes servicios educativos:
a. Reinserción inmediata a escuela o colegio: Niños, niñas y adolescentes recibieron incentivos educativos para volver o mantenerse en la escuela o colegio.
b. Reinserción educativa para niños, niñas y adolescentes con rezago escolar: Se aplica la educación acelerada, ciclo básico acelerado y primaria acelerada para niños/as con más de 3 años de rezago escolar.
c. Horario extendido: Para niños, niñas y adolescentes que estudian en la mañana y reciclan en la tarde. Se copa las tardes con actividades lúdicas y de desarrollo de destrezas.
d. Capacitación ocupacional para adolescentes.
e. Formación universitaria: Para los niños, niñas y adolescentes que fueron retirados del trabajo infantil en botaderos, terminaron bachillerato y quieren y calificaron para educación superior.
Además, los siguientes servicios complementarios: Prestación de servicios locales de salud, cuida-do diario, inscripciones tardías, microcréditos, alternativas productivas. Estos servicios no llegaron a todos los niños, niñas y adolescentes.
Cuadro 5: Servicios años 2010-2011
COMPONENTE NNA No. DE ESCUELAS
No. DE MAESTROS Y TUTORES
OBSERVACIONES
EDUCACIÓN REGULAR 1233 361
EDUCACIÓN ACELERADA 334 4 14
HORARIO EXTENDIDO 687 26 26 Escuelas y zonas de intervención
CAPACITACIÓN OCUPACIONAL 20 3 MRL - SECAP
SALUD 1925 Centros de salud pública y Patronatos municipales
RECREACIÓN 1822 Arte y deportes
CUIDADO DIARIO 70 INFA
Fuente: MIES-INFA/DYA, 2011.
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
b. Sensibilizar a padres, madres, niños, niñas y adolescentes, autoridades municipales, maestros y comunidad con el objetivo de transformar los valores, actitudes y prácticas frente al Trabajo Infantil. El cuadro No. 6 detalla el número de actividades que se han realizado:
Cuadro 6: Actividades de sensibilización 2010-2011
ACTIVIDAD # DESCRIPCIÓN
TALLERES
108Dirigido a NNA un promedio de dos talleres al año de 2 horas de duración: Peligros del Trabajo Infantil, Derechos de los niños, niñas y adolescentes.
97Dirigido a padres y madres de familia. Un promedio de un taller al año de 3 horas de duración: Plan de erradicación de trabajo infantil
78 Dirigidos a maestros de escuelas concentradoras: Trabajo infantil
VISITAS DOMICILIARIAS 5775
Dirigidas a los niños, niñas y adolescentes y Familias para monitoreo de estatus laboral y educativo. Un promedio de 3 visitas al año, cada visita dura aproximadamente 30 minutos.
REUNIONES 2544 Actores locales: Municipios, Concejos Cantonales, Centros de Salud, INFA y otros
Fuente: MIES-INFA/DYA, 2011.
c. Fortalecer el rol de los Municipios comprometiéndolos en el proceso de erradicación del trabajo infantil y estableciendo medidas administrativas y de control de acceso de los niños/as a los botaderos de basura.
El programa impulsó la implementación de medidas de control de acceso de los niños/as a los botaderos de basura. De los 221 Municipios a nivel nacional, en 78 se encontraron a niños, niñas y adolescentes trabajando en botaderos de basura. De estos 78 Municipios, 63 firmaron cartas de intención, 62 establecieron medidas administrativas, 51 tienen guardia o policía metropolitano, 34 cerramiento o puerta para ingreso al basural y 64 un rótulo que prohíbe el ingreso de menores.
Además, se han trabajado medidas de prevención con los Municipios que no tenían Trabajo Infantil en botaderos, logrando que firmen carta de intención 120, establezcan medidas administrativas 79, cuenten con guardia o policía metropolitano 60, cerramiento o puerta 68 y rótulo 66. El 82% de los Municipios a nivel nacional tienen firmada una carta de intención que apoya la erradicación del trabajo infantil en sus formas peligrosas.
En el caso concreto de botaderos de basura, los Municipios han emitido ordenanzas prohibiendo la presencia de niños/as en los botaderos, incorporando inspectores para hacer cumplir esta legis-lación, mejorado el manejo de los botaderos con rellenos sanitarios o incremento de la frecuencia de relleno de los botaderos de cielo abierto, construyendo cerramientos y en el caso de Quito, la oferta de servicios de educación y salud.
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Cuadro 7: Municipios: cartas de intención, medidas administrativas y de control
INTERVENCIÓNNo. de
Cantones en intervención
Cartas de intención
No. de cantones
con medidas administrativas
y de control
Medidas de control: Guardia
y/o Policía Metropolitano
Medidas de control: cerramiento
o puerta
Medidas de
control: rótulo
ERRADICACIÓN 78 63 62 51 34 64
PREVENCIÓN 143 120 79 60 68 66
TOTAL 221 183 141 111 102 130
Fuente: MRL, junio 2011.
d. Lograr el fortalecimiento organizacional y alternativas de ingreso complementario para las familias recicladoras. En este componente se acercaron los servicios del Estado y los Municipios para fortalecer sus actividades económicas actuales relacionadas al reciclaje. Además se acercaron otros servicios del Estado como el bono de desarrollo humano, bonos de vivienda y capacitación.
e. Desarrollar un sistema de monitoreo intensivo de niños, niñas y adolescentes dentro y fuera de botaderos implementando herramientas de gestión que permitan dar seguimiento a cada caso. Tanto en el 2010 como en el 2011 se han realizado durante el mes de mayo inspecciones a nivel nacional. Además, cada cantón ha realizado monitoreos mensuales que permiten dar seguimiento en cada uno de los botaderos de basura. Se realiza un monitoreo permanente a los niños, niñas y adolescentes retirados de los botaderos de basura para impedir que vuelvan a ellos o trabajen en otras formas de trabajo infantil.
f. Elaborar un protocolo de intervención que establece un flujo de procesos que permite la efectiva acción sistémica de todas las instituciones que participan en la estrategia de erradicación del trabajo infantil en botaderos de basura.
g. Ratificar el compromiso del Estado en alianza con la instituciones privadas para construir un “Ecuador por el buen vivir sin trabajo infantil” y cuyo primer logro es “Niños y niñas libres de Trabajo infantil en botaderos de basura”, logrando por primera vez la prevención y erradicación completa de una rama peligrosa de trabajo infantil.
1.4 Áreas geográficas y cobertura de servicios
Una de las principales líneas de acción fue identificar los territorios donde se presentaban casos de niños, niñas y adolescentes que trabajan en botaderos de basura. El levantamiento y actualización de la línea de base permitió tener un buen diagnóstico en cada uno de los territorios logrando un buen monitoreo de todos los niños, niñas y adolescentes en cuanto a su cobertura de servicios.
17
PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
Cuadro 8: Coberturas de servicios de acuerdo al territorio
PROVINCIA CANTÓN NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA AÑO 2011
ESMERALDAS
Esmeraldas 61
Atacames 61
Muisne 3
San Lorenzo 5
MANABI
Manta 39
Portoviejo 106
El Carmen 8
Chone 65
Bolívar 15
Santa Ana 10
24 De Mayo 40
Jipijapa 41
Pedernales 14
Jama 11
Puerto López 15
Flavio Alfaro 8
Paján 5
Jaramijó 4
Montecristi 4
GUAYAS
Samborondón 65
Yaguachi 18
Playas 8
Balao 36
Naranjal 20
El Triunfo 0
Milagro 119
Naranjito 31
Marcelino Maridueña 36
Lomas De Sargentillo 15
Bucay 5
Daule 19
Jújan 12
Nobol 3
Durán 256
SANTA ELENA Santa Elena 1
18
LOS RIOS
Quevedo 131
Valencia 21
Mocache 1
Ventanas 42
Puebloviejo 25
Babahoyo 39
Montalvo 12
Vinces 2
Urdaneta 2
EL ORO
El Guabo 2
Machala 36
Huaquillas 35
Pasaje 28
SANTO DOMINGO Santo Domingo 131
CARCHI Montufar 2
IMBABURA Pimampiro 5
PICHINCHA Quito 238
TUNGURAHUA
Píllaro 19
Mocha 5
Ambato 6
Cevallos 2
COTOPAXI
Latacunga 51
La Maná 6
Pujilí 33
CHIMBORAZO
Guano 8
Alausí 5
Cumandá 11
Riobamba 1
BOLIVARSan Miguel de Chimbo 3
Chillanes 2
CAÑARLa Troncal 16
Biblian 6
AZUAYGualaceo 6
Paute 3
SUCUMBÍOS Shushufindí 17
NAPOEl Chaco 2
Tena 5
PASTAZAPastaza 16
Mera 2
19
PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
MORONA SANTIAGO
Macas 2
Santiago 5
Palora 3
Limón Indanza 4
Sucia 10
TOTAL 2160
Fuente: Programa Nacional de erradicación de TI en botaderos de basura, MRL-MIES-INFA-DYA 2011
1.5. Acciones para la sostenibilidad de resultados
A fin de mantener los resultados logrados en la rama de botaderos de basura es importante:
1. Implementar el protocolo de prevención y erradicación del trabajo infantil en botaderos de basura identificando y validando cada uno de los procesos, roles y funciones de las instituciones que participan y herramientas de control y monitoreo que permitan hacer un buen seguimiento de la gestión.
2. Realizar inspecciones periódicas que permitan monitorear la ausencia de niños, niñas y adolescentes en botaderos de basura.
3. Establecer medidas de prevención y erradicación de trabajo infantil en botaderos de basura en todos los municipios del país.
4. Desarrollar un sistema de información intersectorial que permita dar seguimiento puntual de los casos de trabajo infantil desde los distintos sectores e instituciones que participan en el proceso.
5. Desarrollar campañas de comunicación y sensibilización que permitan alertar a toda la población sobre los riesgos de trabajo infantil.
6. Sumar a otros sectores estratégicos como Educación, Salud y otros a la estrategia por la erradicación del trabajo infantil a nivel nacional.
7. Asegurar el financiamiento para los servicios de prevención y erradicación de trabajo infantil en botaderos de basura.
8. Procesos de veeduría ciudadana y control social.
9. Transferencia de la metodología de restitución de derechos a los niños, niñas y adolescentes recicladores al MIES-INFA .
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27.
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23
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34
Roles de los actores estratégicos en el proceso de erradicación del Trabajo Infantil en botaderos de basura
4.1 ¿Cuáles son los roles de las instituciones que realizan el proceso de prevención y erradicación del Trabajo Infantil en botaderos de basura?
INSTITUCIÓN COMPETENTE
FUNCIONARIO RESPONSABLE
ROLES INSTITUCIONALES EN LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE TRABAJO INFANTIL
EN BOTADEROS DE BASURA
MESAS O COMITÉS DE GESTIÓN INTERINSTITUCIONAL LOCAL DE TI
Representantes de los distintos sectores e instituciones que participan en la estrategia local
• Seguir los lineamientos políticos, técnicos y comunicacionales del nivel nacional-
• Elaborar un plan de trabajo conjunto para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil considerando los lineamientos nacionales
• Acercar y proveer servicios institucionales de protección socila para los niños, niñas y adolescentes y sus familias.
• Coordinar inspecciones periódicas para vigilar que no existen NNA en los botaderos.
• Consolidar informes locales que expresen los esfuerzos realizados de forma conjunta
• Dar seguimiento a los NNA en situación de trabajo infantil en botaderos de basura.
• Articular y activar acciones de movilización social y alianzas público y privado para la prevención y erradicación del Trabajo Infantil.
• Coordinar procesos de capacitación entre las distintas instituciones para llegar a un universo mayor, evitando se dupliquen los esfuerzos de los funcionarios.
4.
35
PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
INSTITUCIÓN COMPETENTE
FUNCIONARIO RESPONSABLE
ROLES INSTITUCIONALES EN LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE TRABAJO INFANTIL
EN BOTADEROS DE BASURA
MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES
Inspector de Trabajo
• Inspección al botadero de basura para controlar el cumplimiento de la normativa nacional vigente en la Erradicación del Trabajo Infantil.
• Levantamiento de ficha de inspección de los NNA trabajadores
• Redacción y entrega de informe de inspección a las instituciones actoras (MIES-INFA, CCNA, CNNA, Técnicos de PETI-MRL) sobre la situación del NNA trabajador. (Ver capítulo 7(7.2)pag.57)
• Intervención y seguimiento al proceso administrativo en los casos de NNA trabajadores:
• Convocatoria a las partes a una audiencia de trabajo,
• Emitir informe de inspección y acta de audiencia al Director Regional del Trabajo sobre la situación laboral del NNA trabajador.
Director Regional de Trabajo
• Análisis del informe del Inspector de Trabajo
• Resolución de sanción emitida por el Director Regional del Trabajo en casos de violación a los derechos del NNA trabajador.
• En caso de incumplimiento de Resolución de Sanción – iniciar trámite Coactivo.
36
INSTITUCIÓN COMPETENTE
FUNCIONARIO RESPONSABLE
ROLES INSTITUCIONALES EN LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE TRABAJO INFANTIL
EN BOTADEROS DE BASURA
MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES
Técnico de prevención y erradicación del Trabajo Infantil
• Información periódica a las instituciones (MIES INFA, CNNA, CCNA, entre otros) sobre el avance en el proceso de ETIB.
• Asistencia técnica al Municipio para la elaboración de Resoluciones y Ordenanzas que prohíban el ingreso de NNA a los botaderos o cualquier actividad laboral considerada peligrosa.
• Coordinación interinstitucional con actores estratégicos (MIES-INFA, CNNA, CCNA, entre otros) para la implementación de acciones en la erradicación del trabajo infantil.
• Registro del NNA trabajador en el sistema de información, para su seguimiento y monitoreo.
• Capacitación a diversos grupos (autoridades, NNA, padres, maestros, comunidades) para la prevención y sensibilización en TI.
• Incidencia política para lograr compromisos con autoridades locales.
• Emisión y reporte de informes nacionales y locales de forma periódica.
• Registrar en el Sistema de Información, las situaciones de TI, que han sido referidas por las distintas Instituciones.
37
PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
INSTITUCIÓN COMPETENTE
FUNCIONARIO RESPONSABLE
ROLES INSTITUCIONALES EN LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE TRABAJO INFANTIL
EN BOTADEROS DE BASURA
MIES – INFA E INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS
SOCIEDAD CIVIL - ONG
Técnico del INFA responsable de protección integral y/o técnico del programa de ETIB
• Levantamiento de ficha de identificación de los NNA trabajadores en botaderos de basura.
• Visita familiar para establecer el proceso de restitución de derechos de los NNA trabajadores a través de la prestación de servicios del INFA y otras instituciones aleadas para garantizar la erradicación del trabajo infantil; tales como ONG’s, Centro de Protección de Derechos, Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, entre otras.
• Dictar talleres de sensibilización dirigidos a padres y madres de familia, niños, niñas y adolescentes, comunidades, maestros y autoridades para la prevención y erradicación del trabajo infantil.
• Ofrecer y acercar los servicios estatales de protección social a familias: Bono de Desarrollo Humano, Bono de Vivienda, Programa Manuela Espejo, Inscripciones tardías entre otros.
• Coordinar y solicitar a través de los Centros de Protección de Derechos y los técnicos responsables de los programas de ETIB con las Juntas Cantonales de Protección de Derechos, Juzgados a la aplicación de medidas administrativas y judiciales si son necesarias
• Monitorear del estatus laboral y educativo del NNA a través de visitas domiciliarias y educativas.
• Elaborar y entregar Informe dirigido a las instituciones (MIES INFA, CNNA, CCNA, entre otros) que describa el avance en el proceso de restitución de derechos de los NNA erradicados de trabajo infantil en botaderos de basura (Ver capítulo 7: ((7.2) pág 57).
• Dar seguimiento de programas y metodologías de erradicación de trabajo infantil implementadas por otras instituciones. (Rol específico para Técnicos de Protección Integral)
• Acompañamiento a las visitas realizas por las instituciones a los botaderos de basura.
38
INSTITUCIÓN COMPETENTE
FUNCIONARIO RESPONSABLE
ROLES INSTITUCIONALES EN LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE TRABAJO INFANTIL
EN BOTADEROS DE BASURA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DIRECCIONES PROVINCIALES DE EDUCACIÓN
Director Provincial de Educación o su delegado
• Acoger de forma inmediata a los NNA trabajadores, en los centros educativos cercanos a su lugar de vivienda.
• Coordinar la implementación de programas de educación acelerada, si la situación de NNA trabajadores lo requiere.
• Capacitar a maestros para que incorporen mecanismos de retención a NNA trabajadores en los sistemas educativos
• Garantizar la educación de los NNA, a través de la implementación de medidas de control para prevenir y erradicar el trabajo infantil.
• Monitorear Centros Educativos, para el cumplimiento de medidas de reinserción y sostenimiento educativo de NNA trabajadores.
• Informar a MRL y MIES-INFA sobre la evolución, crecimiento, deserción o retiro del NNA en el proceso educativo. El informe entregado al PRTI -MRL es registrado en el Sistema de Información de TI.
MINISTERIO DE SALUD
Director Provincial de Salud o su delegado
• Generar mecanismos para acercar servicios de salud primaria y especializada a los NNA trabajadores y sus familias.
• Informar a MIES-INFA sobre la evolución, estado de salud y condiciones de vida del NNA.
• Proveer atención médica de forma prioritaria a NNA trabajadores.
39
PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
INSTITUCIÓN COMPETENTE
FUNCIONARIO RESPONSABLE
ROLES INSTITUCIONALES EN LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE TRABAJO INFANTIL
EN BOTADEROS DE BASURA
CONSEJO NACIONAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Secretaría Ejecutiva Nacional
Técnicos Nacionales
Secretario Ejecutivo del consejo Cantonal
Técnicos Locales
• Vigilar y exigir el cumplimiento del proceso de prevención y erradicación de trabajo infantil.
• Activa el sistema de inspección en casos de trabajo infantil identificado.
• Monitorear los botaderos de basura para vigilar el cumplimiento de la normativa.
• Coordinar y dar seguimiento con cada provincia sobre su responsabilidad en las acciones locales y nacionales para la ETIB.
• Informar periódicamente a las instituciones (MIES INFA, MRL, CNNA, CCNA, entre otros) sobre el avance en el proceso de ETIB El informe entregado al PETI -MRL es registrado al Sistema de Información de TI..
• Capacitar a diversos grupos (autoridades, NNA, padres, maestros, comunidades) para la prevención y sensibilización en TI.
• Acompañar a inspecciones al botadero de basura y vigilar que las instituciones respeten los derechos de los NNA.
MUNICIPIO
Responsable municipal del manejo de desechos sólidos o persona delegada por el municipio para la ETIB
• Identificar e implementar medidas municipales para la prevención, erradicación y control de NNA en situación de trabajo infantil en el botadero de basura y/o sitios bajo su responsabilidad: camales, mercados, canteras, escombreras, entre otros.
• En caso de encontrar NNA trabajadores, remitir inmediatamente su situación al Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral de Niñez y Adolescencia.
• Asignar presupuesto para la implementación de medidas de prevención, control y erradicación de trabajo infantil.
• Informar periódicamente a instituciones con competencias en el tema: MIES-INFA, MRL y CCNA sobre el avance en el proceso de ETI.
JUNTA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS
JUZGADOS DE FAMILIAS, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA O CIVILES
Miembros de la Junta Cantonal de Protección de Derechos.
Juez
• Avocar conocimiento de las situaciones específicas de NNA trabajadores infantiles.
• Disponer medidas administrativas de protección. (Ver Código de la Niñez y Adolescencia Art. 79, 217 y 94)
• Vigilar el cumplimiento de las medidas de protección a NNA trabajadores.
40
INSTITUCIÓN COMPETENTE
FUNCIONARIO RESPONSABLE
ROLES INSTITUCIONALES EN LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE TRABAJO INFANTIL
EN BOTADEROS DE BASURA
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Defensor del Pueblo
• Apoyar y vigilar el cumplimiento de las medidas de protección a NNA trabajadores.
DINAPEN Agente de la DINAPEN
• Investigar y coordinar conjuntamente con actores estratégicos los operativos de inspección a lugares donde se presume existencia de trabajo infantil.
• Ejecutar medidas de protección dictadas por las Juntas de Protección de Derechos, Juzgados de la Niñez, Juzgados de lo Civil y otros.
• Aplicación de medidas disuasivas para la ETI.• Remitir casos de trata con fines de explotación
laboral a Fiscalía.• Participación pacífica y adecuada en el trato
con el NNA sin conculcar sus derechos.
COMUNIDAD
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL - ONG
CIUDADANÍA EN GENERAL
Responsables de ONG
Familias de NNA trabajadores y ciudadanía en general
Comunidad
• Cumplir con los acuerdos asumidos en el Plan Global de Familia o Plan de Intervención (ver capítulo 7( 7.3) pág 61). Educación, identidad, salud, recreación
• Promover la organización de asociaciones comunitarias para la autoregulación del trabajo infantil en su localidad y de esta forma lograr mejorar sus condiciones de vida.
• Instalar veedurías ciudadanas para vigilar el cumplimiento de la normativa nacional y local.
• Participar en los procesos de formación y sensibilización propuestos por distintas instituciones.
MEDIOS DE COMUNICACIÓN NACIONAL Y LOCAL
Reporteros nacionales y locales
• Informar a la ciudadanía sobre los avances en el proceso de Erradicación de Trabajo Infantil.
• Apoyar campañas de movilización y sensibilización para la prevención y erradicación del trabajo infantil.
EMPRESASEmpresarios, empleadores y trabajadores
• Realizar reciclaje diferenciado de los desechos sólidos, papel, cartón, plástico y otros; entregar estos materiales a familias recicladoras para apoyar su actividad laboral.
• Definir políticas de contratación, que prohíba el trabajo de adolescentes en actividades prohibidas.
• Contribuir activa y voluntariamente al mejoramiento social, económico y ambiental del país.
• Contratación de adolescentes en capacidad legal para trabajar de acuerdo a la normativa legal.
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
Preguntas frecuentes en la prevención y erradicación del Trabajo Infantil
5.1 ¿Qué medidas de restitución de derechos se pueden aplicar en situaciones de Trabajo Infantil en botaderos de basura?
La situación de Trabajo Infantil genera secuelas en las niñas, niños y adolescentes, las mismas que deben ser evaluadas y atendidas de manera especializada y prioritaria, de acuerdo a los establecido en el Artículo 35 de la Constitución Política del Ecuador.
A continuación, se mencionan algunas situaciones que se han identificado en los NNA trabajadores y las acciones propuestas para mejorar su calidad de vida.:
SITUACIÓN NNA
MEDIDA DE RESTITUCIÓN DE
DERECHOS/INSERCIÓN EN SERVICIOS
INSTITUCIÓN RESPONSABLE DE
APLICAR LA MEDIDA
IMPACTO ESPERADO
Tiene menos de 5 años y acompaña a su padre /madre al botadero.
Cuidado diario.MIES-INFA y sus dependencias locales.
Retiro del NNA del botadero y proceso de desarrollo infantil.
Solo trabajan y no estudian.
Solo estudian y están en riesgo de involucrarse en el trabajo infantil – actividades prohibidas
No tienen retraso escolar severo (3 años o más).
Inserción inmediata al sistema educativo a través de Incentivos educativos del Gobierno Nacional.
Ministerio de Educación e Instituciones Locales.
El NNA supera impedimentos a centros educativos (falta de recursos para cancelar costos de ingreso escolar).
El NNA deja de trabajar, reemplaza su tiempo de trabajo por tiempo de estudios,
Solo trabaja y dejó el estudio.
Trabaja y estudia (tienen retraso escolar significativo, más de 3 años).
Programa de educación básica flexible (Educación Básica y Bachillerato Acelerado).
MIES-INFA y Ministerio de Educación y sus dependencias locales.
NNA, reemplaza su tiempo de trabajo por el de estudio, y supera su retraso escolar.
5.
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SITUACIÓN NNA
MEDIDA DE RESTITUCIÓN DE
DERECHOS/INSERCIÓN EN SERVICIOS
INSTITUCIÓN RESPONSABLE DE
APLICAR LA MEDIDA
IMPACTO ESPERADO
Solo estudia o trabaja y estudia regularmente.
Programa de Apoyo escolar en Horario Extendido o Refuerzo Pedagógico.
MIES-INFA y sus dependencias locales.
El NNA deja de trabajar, participa en el Programa de trabajo extendido. Se previene su posible incorporación en otras formas de Trabajo Infantil.
NNA trabaja en períodos vacacionales y fines de semana.
Posibles víctimas de trata con fines de explotación laboral y mendicidad*.
Sostenimiento de la prevención y erradicación de TI a través de colonias navideñas y actividades vacacionales.
MIES-INFA y sus dependencias locales.
NNA dejan de trabajar en vacaciones/navidad.
Los ingresos económicos de los adolescentes trabajadores son relevantes para sostener su familia.
Alternativas productivas para padre, madre o adulto responsable del cuidado del NNA.
Implementación de estrategias de empleo juvenil dirigidas a adolescentes mayores de 15 años y en concordancia con la regularización laboral de contratación de adolescentes en capacidad legal para trabajar.
Capacitación en diversas ramas trabajo dirigidas a padres y madres que les permita mejorar sus capacidades de empleabilidad y emprendimiento productivo.
MIES-INFA
IEPS
MRL-SECAP, y sus dependencias locales.
Familias capacitadas con mayores oportunidades de empleabilidad y con posibilidades de acceder alternativas de emprendimiento productivo.
* Si se detecta una situación de explotación laboral y/o mendicidad, debe ser inmediatamente denunciada a la DINAPEN, MRL o Ministerio de Justicia.
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
SITUACIÓN NNA
MEDIDA DE RESTITUCIÓN DE
DERECHOS/INSERCIÓN EN SERVICIOS
INSTITUCIÓN RESPONSABLE DE
APLICAR LA MEDIDA
IMPACTO ESPERADO
NNA presentan problemas de salud ligados al sobreesfuerzo corporal: carga física, malas posturas, jornadas laborales extensas, exposición a productos químicos y contaminados, contacto con objetos corto punzantes, infecciones de la piel, infecciones del aparato respiratorio e infecciones del aparato digestivo.
Atención primaria de salud (APS): control de talla y peso, parasitosis y hemograma, control de vacunas generales además de aplicación de vacuna de hepatitis y antitetánica. APS e investigación de problemas de piel.
Salud especializada:
• Dermatología.
• Gastroenterología.
• Neumología.
MINISTERIO DE SALUD – CENTROS MÉDICOS,
SUBCENTROS DE SALUD
NNA ha recuperado su salud física.
NNA expuesto a maltrato, abusos, falta de descanso, que causó daño a su estabilidad emocional.
Atención psicológica individual y familiar, de acuerdo a la necesidad.
MIES-INFA Y SUS DEPENDENCIAS LOCALES
NNA ha recuperado su salud emocional.
NNA continua trabajando por imposición de sus padres u otros adultos.
Alternativas de capacitación en áreas técnicas.
Sensibilización y capacitación a padres y madres y/o adultos responsables del cuidado del NNA trabajador.
Aplicación de sanciones administrativas y judiciales.
MIES-INFA
MRL
JUNTA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS,
JUZGADOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, JUZGADOS DE LO CIVIL
DINAPEN
Familias capacitadas
NNA retirado del trabajo infantil, Familia consciente de la importancia de educación del NNA.
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SITUACIÓN NNA
MEDIDA DE RESTITUCIÓN DE
DERECHOS/INSERCIÓN EN SERVICIOS
INSTITUCIÓN RESPONSABLE DE
APLICAR LA MEDIDA
IMPACTO ESPERADO
NNA no se encuentra registrado en el Registro Civil.
Inscripción tardía.MIES-INFA
Registro Civil, y sus dependencias locales
NNA registrado en el Registro Civil.
NNA es un ciudadano ecuatoriano.
NNA en uso de sus derechos y cumplimiento de sus deberes ciudadanos.
NNA en riesgo.
NNA víctima de maltrato.
Denuncia a la Junta de Protección de Derechos, Juzgado de la Niñez o Juzgado de lo civil para solicitar medida judicial de acogimiento.
MIES-INFA
JUNTA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS, JUZGADOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, JUZGADOS DE LO CIVIL
DINAPEN Y SUS DEPENDENCIAS LOCALES
NNA retirado de la persona o lugar que origina su maltrato.NNA protegido con medida de acogimiento (familiar o institucional).
Familia recibe atención social y psicológica.
NNA y familias viven en botaderos de basura o lugares cercanos con alto riesgo de contaminación.
Traslado de la familia a un sitio seguro.
Familia tiene acceso al Bono de Vivienda y prioridad de atención en programas de Vivienda con interés social.
MIES-INFA
MIDUVI
Municipio y sus dependencias locales.
NNA y su familia son retirados del botadero de basura (cuando éste es su lugar de vivienda) son trasladados a sitios de vivienda seguros.
Las instituciones que brindan servicios de atención a NNA en situación de Trabajo Infantil son res-ponsables de su acceso a educación, salud física y psicológica, asistencia legal, desarrollo familiar y comunitario, recreación, entre otras, de acuerdo a lo establecido en los artículos 94 y 217 del Código de la Niñez y Adolescencia.
Las instituciones con competencias en la ETIB, tienen la obligación de coordinar y articularse entre sí para lograr la restitución de derechos de los NNA. En el caso, que una sola instancia no tenga capacidad de brindar todos los servicios solicitados por la autoridad, se acordará la intervención de otras instituciones aliadas que complementen la atención.
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
5.2 ¿Qué acciones se deben garantizar para el sostenimiento del proceso de erradicación del Trabajo Infantil en botaderos de basura?
La construcción colectiva de un sistema de monitoreo y control de los botaderos de basura y de veedores comunitarios que pueda alertar la presencia de NNA en situación de trabajo infantil. Las autoridades del Municipio acompañados por el inspector de trabajo y el Técnico de Erradicación del Trabajo Infantil del Ministerio de Relaciones Laborales; el Técnico de la institución de Atención – MIES-INFA, tienen la obligación de realizar visitas periódicas a los botaderos, para verificar el cumplimiento de la normativa nacional y local. Se recomienda que el botadero de basura sea monitorear semestralmente .
Las entidades de atención con la rectoría del MIES- INFA se asegurarán de realizar el seguimiento a las medidas de protección adoptadas, informando la situación del NNA de acuerdo a la ejecución y resultados de su Plan Global de familia o Plan de intervención, e informarán del avance a las auto-ridades competentes del CNNA, JCPD y MRL.
Es necesario desarrollar las capacidades locales comunitarias y organizar veedurías sociales para que las familias, vecinos, organizaciones barriales, dirigentes locales, consejos consultivos de niños, niñas y adolescentes, alerten, vigilen y colaboren activamente en la prevención colectiva del Trabajo Infantil.
El Programa de erradicación de Trabajo Infantil en botaderos de basura recomienda organizar a las familias en asociaciones de recicladores para:
1. Implementar mecanismos de autoregulación que prevengan, erradiquen y controlen el Trabajo Infantil.
2. Solicitar y negociar con el municipio mejoras en el proceso de reciclaje de desechos sólidos en los botaderos.
3. Acceder a servicios proporcionados por el Estado, como los créditos del Instituto de Economía Popular Solidaria - IEPS, bono de desarrollo humano, bono de la vivienda entre otros para beneficio de las familias.
4. Las instituciones competentes en la ETIB, realizarán inspecciones a los botaderos de basura que serán de forma semestral.
5. También es necesario plantear la necesidad de un sistema de información que permita mejorar el monitoreo y seguimiento a la situación del NNA trabajador.
5.3 ¿Qué medidas de control puede implementar el Municipio para la erradicación del Trabajo Infantil en botaderos de basura?
• Solicitar asesoramiento y financiamiento a las instituciones estatales: MIDUVI, BEDE y MA, para implementar una política integral de manejo de desechos sólidos.
• Expedir una prohibición administrativa emitida por el Director de Higiene, en el marco de la competencia que le da la Ley de Régimen Municipal en lo referente al manejo de desechos sólidos.
• Expedir una Ordenanza o Resolución Municipal que disponga la prohibición de ingreso de NNA a los botaderos y desarrolle un mecanismo de control y monitoreo de la prohibición. (Ver capítulo 7: (7.5) pag. 63).
• Colocación de un letrero visible en el botadero que informe de la prohibición de ingreso de NNA y mujeres embarazadas.
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• Construcción de barreras físicas que impidan el ingreso de personas particulares al botadero de basura: cerramientos, cercas y puertas, entre otros.
• Designación de un guardia o empleado municipal que controle el ingreso de personas particulares y prohíba el ingreso de NNA al botadero de basura y, de ser el caso, los refiera a las instancias pertinentes. Además, tienen la obligación de cumplir esta función los inspectores de higiene municipal, operarios de maquinarias o responsables del manejo de desechos sólidos. Es necesario la ficha de inspeccióny referencia al NNA, en la que constan instituciones a las que se puede referir la situación de TI (Ver capítulo 7: (7.1) pág. 56).
• Capacitación a las autoridades y técnicos municipales sobre erradicación de Trabajo Infantil.
• Organización de familias de recicladores y movilización de recursos municipales para mejorar sus condiciones de vida y de trabajo.
5.4 ¿Qué recomendaciones se deben tomar en cuenta al momento de monitorear un botadero de basura?1
a. Para el personal operativo de control y monitoreo del botadero de basura (funcionarios de instituciones locales)
¿Qué es monitorear?
Es una actividad de responsabilidad ciudadana e institucional que permite identificar NNA en situa-ción de trabajo infantil en los botaderos de basura. Esta actividad implica:
Revisar: los carros y el área física del botadero de basura para que no ingresen niños, niñas y adolescentes.
Identificar: a los niños, niñas y adolescentes encontrados en condiciones de trabajo, y levantar ficha de inspección y referencia de NNA a centros de atención. (Ver capítulo 7: (7.1/7.2)pág. 56 y 57)
Referir: entregar la información a instituciones encargadas de la atención a la niñez y adolescencia (MRL, MIES-INFA, CNNA, entre otros).
Registrar: mantener bases de datos actualizadas para el manejo efectivo de la info de todas las insti-tuciones con respecto a casos de TI.
¿Qué se debe hacer cuando se encuentra un niño, niña o adolescente trabajando en el botadero?
• Acercarse de forma cordial, respetuosa y atenta a los adultos y a los niños, niñas y adolescentes que allí se encuentren.
• Informar de la razón de la visita.
• Preguntar al niño, niña y adolescente, ¿por qué se encuentra allí?.
• Informar sobre los riesgos del trabajo en el botadero de basura.
1 Información obtenida del “Manual para el monitoreo del Trabajo Infantil en los lugares de disposición final de desechos” DYA, Quito. 2007
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
• Explicar a los NNA y sus familias que la intención es mejorar sus condiciones de vida y activar el sistema para que sean desvinculados de esta actividad prohibida y riesgosa. Los funcionarios públicos o privados que realizan el monitoreo, aplican la ficha de monitoreo e inspección al botadero de basura (Ver capítulo 7: (7.2). pág. 57), en caso que no la tenga al momento de inspección deberán receptar la información básica de los NNA y sus familias: nombres, apellidos, edad, domicilio, si estudia o no (jornadas de trabaja) para su posterior registro en la ficha..
• Si el niño niña y/o adolescente se encuentra con un familiar, es recomendable recoger la información de esta fuente.
• Una vez registrados los datos es obligatorio entregar inmediatamente la información al MIES-INFA, MRL o CNNA, y/o al supervisor o responsable de atender la problemática en el botadero, quien remitirá la información a las instituciones responsables.
¿Qué iniciativas se pueden tomar para la prevención y erradicación del TI en botadero de basura?
Actores: Funcionarios públicos y/o privados de las instituciones locales?
• Realizar rondas o recorridos para garantizar que niños, niñas y adolescentes no reingresen a los botaderos.
• Informar a las familias sobre la prohibición de ingreso y los riesgos del trabajo en botaderos, y motivar a los adultos que sean vigilantes que los niños, niñas y adolescentes estén fuera del botadero de basura.
• Establecer compromisos con las familias para su participación en el proceso de erradicación del Trabajo Infantil.
• Organizar constantes capacitaciones y campañas de información para alertar a posibles nuevos recicladores, personal municipal y comunidades, sobre los riesgos del Trabajo Infantil, las prohibiciones vigentes y el sistema de monitoreo y control.
b. Para las Organizaciones o Asociaciones de Recicladores/as
¿Qué iniciativas pueden tener estas organizaciones?
• Incluir en sus estatutos la prohibición del ingreso de niños, niñas y adolescentes al botadero de basura.
• Organizar turnos para controlar el ingreso de niños, niñas y adolescentes.
• Llamar la atención a los asociados que permitan o lleven niños, niñas y adolescentes.
• Promover micro emprendimientos productivos para los adultos recicladores.
¿Cómo derivar a un NNA en trabajo infantil a los centros de atención especializada?
Alertando a las instituciones con competencias en el tema ya sea informando verbalmente, entre-gando la ficha de visita o un informe de la situación del NNA al MIES-INFA, MRL, CCNA o JCPD. Una vez que el NNA es derivado se debe realizar el acompañamiento necesario para garantizar su inserción en el programa de protección integral y de esta forma reciba la atención necesaria.
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5.5 ¿Cuándo y qué medidas de protección se pueden aplicar para garantizar la erradicación del Trabajo Infantil en botaderos de basura?
Las medidas de protección al NNA, son emitidas cuando:
• El adulto responsable del cuidado del NNA, se niega a retirarlo del botadero de basura.
• Se identifica un NNA en situación de refugio (o movilidad humana en general).
• Se ha identificado un NNA, en situación de trabajo infantil.
Las medidas de protección son dictadas por las Juntas Cantonales de Protección de Derechos o los Juzgados de Niñez y Adolescencia, tomando en cuenta situaciones de niño, niña y adolescente,
Están establecidas en el Código de Niñez y Adolescencia:
Artículo 94 - Código de la Niñez y Adolescencia:
• La orden de separar al niño, niña o adolescente de la actividad laboral.
• La inserción del niño, niña o adolescente y/o su familia, en un programa de protección.
• La separación temporal del medio familiar del niño, niña, adolescente o agresor, según sea el caso, medida que solo puede ser tomada por un Juez.
Artículo 217 - Código de la Niñez y Adolescencia: Son medidas administrativas de protección:
1. Las acciones de carácter educativo, terapéutico, psicológico o material de apoyo al núcleo familiar, para preservar, fortalecer o restablecer sus vínculos en beneficio del interés del niño, niña o adolescente;
2. La orden de cuidado del niño, niña o adolescente en su hogar;
3. La reinserción familiar o retorno del niño, niña y adolescente a su familia biológica;
4. La orden de inserción del NNA, en algunos de los programas de protección que contempla el Sistema.;
5. El alejamiento temporal de la persona que ha amenazado o violado un derecho o garantía, del lugar en que convive con el niño, niña o adolescente afectado; y,
6. La custodia de emergencia del niño, niña o adolescente afectado, en un hogar de familia o una entidad de atención, hasta por setenta y dos horas, tiempo en el cual el Juez dispondrá la medida de protección que corresponda.
Si se establece que la situación en la cual se encontraba el niño, niña o adolescente amerita de sanciones se las interpone, analizando también la necesidad de continuar las medidas de protección y determinando la instancia que debe asumir la responsabilidad de la atención de la persona y su familia. Las sanciones que pueden ser interpuestas están contempladas en el artículo 95 del Código de la Niñez y Adolescencia. (Ver capítulo 5: Normativa legal)
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
Definiciones de trabajo infantil y normativa legal
Trabajo Infantil
Trabajo infantil: Es la participación de niños, niñas y adolescentes que no han cumplido 15 años, o 18 años en caso de trabajos peligrosos, en toda actividad remunerada o no, que por su naturaleza (el tipo de actividad que realiza) o por las condiciones en que se lleva a cabo, pueda dañar su salud, su seguridad o su moralidad, privándoles de su niñez, su potencial y su dignidad, afectando su desarrollo físico y psicológico1
Trabajo Infantil Peligroso: Es toda actividad que pone en riesgo la vida y el normal desarrollo de las niñas, niños y adolescentes. Existen cuatro tipos de trabajo infantil y explotación que la comunidad internacional ha declarado particularmente inadmisibles2:
• la esclavitud,
• la explotación sexual,
• las actividades ilícitas y
• los trabajos peligrosos.
Los tres primeros constituyen delitos en nuestro país, y están regulados por la legislación correspondiente.
De acuerdo al Código de Trabajo3 y el Código de la Niñez y Adolescencia4 se consideran trabajos peligrosos y prohibidos la minería, los camales, las canteras, los botaderos de basura, cualquier industria extractiva, lugares donde deban manejar maquinarias peligrosas, entre otras. El Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, en la Resolución No. 016 de 2008, establece claramente las formas específicas de trabajo que se considera peligroso para desarrollo integral de los y las adolescentes que tienen la edad mínima para trabajar.
El trabajo infantil en botaderos de basura es una problemática multicasual que responde a varios factores, entre ellos:
• Factores Legales: la legislación vigente no se aplica de manera consistente.
• Factores Sociales: la educación está alejada de la realidad y vivencia cotidianidad, la demanda de mano de obra infantil, la cual es dócil, obediente y más “económica”, falta de información sobre las consecuencias sociales y legales del trabajo infantil.
• Factores Culturales: Creencia que el trabajo infantil es positivo para el crecimiento y desarrollo de los niños, niñas y adolescentes.
• Factores Económicos: pobreza y desigualdad.
• Factores Políticos: dificultad en la aplicación de políticas que favorezcan la generación de empleo digno para adultos.
1 OIT, Convenio 182 y Convención de los Derechos del Niño
2 Art. 3, OIT, Convenio 182, Convenio Sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación.
3 Art. 138, “Trabajos Prohibidos a Menores”, Código de Trabajo
4 Art. 87, ”Trabajos Prohibidos”, Código de la Niñez y Adolescencia
6.
50
Enfoque de derechos
Existen importantes avances en cuanto a la normativa legal que ha sido considerada para el cum-plimiento de los derechos de la niñez y adolescencia.
En materia de niñez y adolescencia el Estado ha pasado de ser tutor de personas a constituirse en garante de derechos. En este nuevo modelo, el Estado reconoce al niño, niña o adolescente como un sujeto de derechos y como una o un ciudadano, con capacidades para relacionarse con personas, de manifestar su voluntad, de distinguir progresivamente sus derechos y los de los demás.
Actualmente, la doctrina de la protección integral ha estructurado un enfoque desde los Derechos Humanos, destacando los Derechos de Supervivencia, Desarrollo, Participación y Protección Especial. Se considera además que la niña o el niño que es sujeto de derechos, tiene la capacidad de ejercerlos progresivamente, donde la responsabilidad de garantizarlos está compartida entre el Estado, la familia y la sociedad en su conjunto.
Los 4 principios básicos para la Protección Integral en Derechos Humanos de la niñez y ado-lescencia, son:
La prioridad absoluta5; de la niñez y adolescencia en la formulación y ejecución de las políticas públicas así como en la provisión de los recursos, con acceso preferente a los servicios públicos y a cualquier clase de atención
La igualdad y no discriminación6: es un eje para la universalidad de estos derechos, ya que plan-tea que todos las niñas, niños y adolescentes son iguales ante la ley y que no deben ser discrimina-dos por ninguna causa, ya sea económica, social, racial, intergeneracional, etc.
El interés superior del niño7: el Código de la Niñez y Adolescencia establece que “todas las au-toridades administrativas y judiciales y las instituciones públicas y privadas, el deben ajustar sus decisiones y acciones para el cumplimiento y ejercicio efectivo de los derechos de los niñas, niños y adolescentes”.
Ejercicio progresivo de los derechos8; el ejercicio de derechos y el cumplimiento de los deberes y responsabilidades de niños, niñas y adolescentes se harán de manera progresiva, de acuerdo a su grado de desarrollo y madurez.
Los derechos que son vulnerados cuando un niño, niña o adolescente trabaja son principalmente: el derecho a una vida digna, a la educación, a la salud, a la protección especial contra abusos y maltratos, a la seguridad social en caso de ser una actividad permitida para adolescentes entre 15 y 18 años, a la participación y a la recreación.9.
Marco Legal
De acuerdo a la Constitución de la República del Ecuador, el Estado, la Sociedad y la Familia tienen la responsabilidad de erradicar el trabajo de niñas, niños y adolescentes menores de quince
5 Art.12 del Código de la Niñez y Adolescencia
6 Art. 6 del Código de la Niñez y Adolescencia
7 Art. 11 del Código de la Niñez y Adolescencia
8 Art.13 del Código de la Niñez y Adolescencia
9 Milla Makinen, No más niños minadores, Sistematización del Programa de Prevención y Erradicación de Trabajo Infantil en los botaderos de basura, DYA – UNICEF, Quito, 2008.
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
años10, y el trabajo expresamente prohibido a los adolescentes que han cumplido 15 años hasta los 18 años, el cual se encuentra especificado en el Código de Trabajo , el Código de la Niñez y Adolescencia y el Reglamento de Actividades Prohibidas para adolescentes en capacidad legal para trabajar por cuenta propia o bajo relación de dependencia11.
Legislación nacional e internacional
Sin lugar a dudas, el avance más significativo y sustancial en el que el país ha centrado sus esfuer-zos máximos en materia de erradicación del trabajo infantil, está en la construcción y vigencia de un sólido marco jurídico y su importante ratificación a los Convenios Internacionales.
Normativa nacional
INSTRUMENTO ESTABLECE
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE ECUADOR
Medidas de Protección a los niños, niñas y adolescentes
Art. 3, 35, 44 y 45. El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes y aseguraran el ejercicio pleno de sus derechos.
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía, a la salud integral y nutrición, a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad; a ser consultado en los asuntos que les afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar.
Trabajo excepcional de los/as adolescentes
Art. 46. El Estado adoptará medidas que aseguren a los adolescentes, protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica. Se prohíbe el trabajo de menores de 15 años, y se implementarán políticas de erradicación progresiva del Trabajo Infantil.
El trabajo de los adolescentes será excepcional, y no podrá conculcar su derecho a la educación ni realizarse en situaciones nocivas o peligrosas para su salud o su desarrollo personal. Se receptará, reconocerá y respaldará su trabajo y las demás actividades siempre que no atenten a su formación y a su desarrollo integral.
Art. 341.- El Estado generará las condiciones para la protección integral de sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y principios reconocidos en la Constitución.
La protección integral funcionará a través de sistemas especializados, de acuerdo con la ley. Los sistemas especializados se guiarán por sus principios específicos y los del sistema nacional de inclusión y equidad social. El sistema nacional descentralizado de protección integral de la niñez y la adolescencia será el encargado de asegurar el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Serán parte del sistema las instituciones públicas, privadas y comunitarias.
10 Art. 138, Código de Trabajo , Art. 82 y 83 del Código de la Niñez y Adolescencia
11 Art. 87 del Código de la Niñez y Adolescencia; Resolución No. 16 del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia
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CÓDIGO DE TRABAJO
Trabajos prohibidos para adolescentes
Art. 138.-.Se prohíbe ocupar a mujeres y varones menores de dieciocho años en industrias o tareas que sean consideradas como peligrosas e insalubres; que puedan afectar su moral o su desarrollo físico.
Jornadas de trabajo, remuneración y contrato para adolescentes.
Art. 19, 35, 79 y 150.- Los adolescentes que han cumplido quince años de edad tienen capacidad legal para suscribir contratos de trabajo en actividades permitidas, sin necesidad de autorización alguna y recibirán directamente su remuneración.
Es obligatorio la celebración por escrito de los contratos de adolescentes que han cumplido 15 años de edad, incluidos los contratos de aprendizaje.
Es prohibido el trabajo de adolescentes en horario nocturno, en días feriados y fines de semana.
A trabajo igual, corresponde igual remuneración, sin discriminación en razón de nacimiento, edad, sexo, etnia, entre otros.
Sanciones
Art. 20.- En caso de incumplimiento de las disposiciones anteriores el empleador será sancionado por los Directores Regionales de Trabajo.
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA,
Medidas de protección a los niños, niñas y adolescentes.
Art. 94.- En los casos de infracción a las disposiciones anteriormente señaladas; los jueces y autoridades administrativas competentes podrán ordenar una o más medidas de protección a favor de los niños, niñas y adolescentes afectados, sin perjuicio de las demás contempladas en este Código.
Art. 217. Medidas administrativas de protección.
Sanciones
En caso de violación a las disposiciones referentes al trabajo
Art. 95.- La violación de las prohibiciones contenidas en este título, será reprimida con una o más de las siguientes sanciones, sin perjuicio de las contempladas en otros cuerpos legales:
1. Amonestación a los progenitores o a las personas encargadas del cuidado del niño, niña o adolescente; y a quienes los empleen o se beneficien directamente con su trabajo;
2. Multa de cincuenta a trescientos dólares, si los infractores son los progenitores o responsables del cuidado del niño, niña o adolescente;
3. Multa de doscientos a mil dólares, si se trata del empleador o cualquier persona que se beneficie directa o indirectamente del trabajo del niño, niña o adolescente; y,
4. Clausura del establecimiento donde se realiza el trabajo, en caso de reincidencia.
Revisar: Art. 84,88, 89, 93 que tienen relación con el trabajo de adolescentes por cuenta propia y relación de dependencia.
Revisar otros cuerpos legales:
Reglamento de actividades Prohibidas para adolescentes en capacidad legal para trabajar bajo relación de dependencia o por cuenta propia – 2008 CNNA
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
POLÍTICA PÚBLICA ESTABLECE
CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN - COOTAD
Art. 54. El Municipio debe implementar sistema de protección integral que incluyan la conformación de Consejos, Juntas Cantonales y Redes de Protección de Derechos.
Art. 249. Destinar presupuesto para grupos de atención prioritaria.
Art. 148. Los gobiernos autónomos tienen competencia en la protección integral a la Niñez y Adolescencia.
Art. 55, 137, 418. Los Gobiernos autónomos son responsables del correcto manejo de los desechos sólidos, precautelando la seguridad y salud de su población.
PLAN NACIONAL DECENAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Lineamientos de intervención
Constituye una herramienta fundamental para la realización de planes, programas y proyectos encaminados a proteger a niños, niñas y adolescentes.
Fundamenta y define políticas, metas y estrategias que orientarán la acción pública y privada a favor del ejercicio de los derechos de la niñez y adolescencia.
Se sustenta en el mandato contemplado en el Código de la Niñez y Adolescencia y asume, además, los compromisos del Ecuador ante los diversos organismos de las Naciones Unidas
Políticas de Protección Integral
Política 17.- Garantizar servicios públicos destinados a restituir derechos y protección frente al maltrato, el abuso, el trabajo infantil, privación del medio familiar y pérdida de niños y niñas.
Política 18.- Erradicar progresivamente el trabajo infantil nocivo, peligroso o de riesgo.
Política 27.- Erradicación del trabajo prohibido y peligroso; y protección contra la explotación laboral.
Alcance y obligatoriedad
El alcance de la Política Nacional de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia y su Plan Decenal, hace relación a los siguientes aspectos fundamentales:
Establecer una articulación con otros planes que priorizan determinados derechos de la niñez y adolescencia como el Plan de Erradicación del Trabajo Infantil, Plan del Consejo Nacional de Discapacidades, Plan de Igualdad de Oportunidades del Consejo Nacional de las Mujeres, etc., que potenciarán los resultados de protección integral de los derechos y garantías de la niñez y adolescencia.
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PLAN NACIONAL PARA EL BUEN VIVIR 2009 - 2013
Lineamientos de intervención
Refuerza la articulación entre la planificación nacional y territorial al identificar las dinámicas y particularidades específicas para la formulación de políticas públicas.
Sujeto a lo establecido en la Constitución República de la Política del Ecuador, Art. 280.- EI Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinar las competencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados. Su observancia será de carácter obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores
Política 1.10. Asegurar el desarrollo infantil integral para el ejercicio pleno de derechos.
a. Ampliar la educación familiar, comunitaria y formal para garantizar condiciones adecuadas de protección, cuidado y buen trato, en particular en las etapas de formación prenatal, parto y lactancia.
b. Articular progresivamente los programas y servicios públicos de desarrollo infantil que incluyan salud, alimentación saludable y nutritiva, educación inicial y estimulación adecuada de niños y niñas, respetando las prácticas y valores culturales de los pueblos y nacionalidades y manteniendo siempre una equitativa división sexual del trabajo.
c. Incorporar a los niños y niñas como actores clave en el diseño e implementación de las políticas, programas y proyectos.
d. Fomentar acciones integrales de prevención del trabajo infantil, de la participación de niños y niñas menores en actividades de delincuencia, del maltrato familiar y sus otras formas y de la falta de acceso a educación, fortaleciendo las defensorías comunitarias y la rehabilitación familiar.
Política 3.4. Brindar atención integral a las mujeres y a los grupos de atención prioritaria, con enfoque de género, generacional, familiar, comunitario e intercultural.
Metas
1.1.2 Alcanzar el 98% de matrícula en educación básica al 2013
1.1.3 Incrementar a 66.5% la matrícula de adolescentes en bachillerato para el 2013
1.10.1 Alcanzar el 75% de niños y niñas que participan en servicios de desarrollo infantil al 2013
1.10.2 Reducir a la cuarta parte el porcentaje de niños y niñas que trabajan y no estudian al 2013
1.10.4 Erradicar la mendicidad infantil al 2013
55
PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
AGENDA SOCIAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA 2007-2010
Lineamientos de intervención
Regulada por el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, con el compromiso por la niñez y adolescencia, del Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Educación, Ministerio de Relaciones Laborales,
Asociación de Municipalidades Ecuatorianas y delegados de la sociedad civil.
Plantea metas, condiciones básicas y desafíos para garantizar el cumplimiento de los compromisos de cada uno de los Ministerios e instituciones miembros del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia.
Diseño de políticas públicas concebidas para garantizar los derechos de la niñez y adolescencia.
Política pública No. 5.- Ningún niño, niña o adolescente deberá estar realizando trabajos prohibidos o peligrosos
Legislación internacional vinculante
A nivel internacional son múltiples las referencias legales que han surgido en varias décadas, y que han sido ratificadas por Ecuador. Entre ellas se destacan las siguientes:
CONVENIO ESTABLECE QUE:
Convención sobre los Derechos del Niño
Derechos de los niños, niñas y adolescentes
Art. 31 .- Derecho a estar protegidos contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud y desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social
Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo OIT
Edad mínima de admisión al empleo
Se obliga a los Estados a plantear una política nacional que garantice la abolición del trabajo infantil, elevando de manera progresiva la edad mínima que se fije
Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo OIT
Peores formas de Trabajo Infantil
Se obliga a los Estados a adoptar medidas urgentes, inmediatas y eficaces para conseguir su prohibición y eliminación
Recomendación núm. 190 de la Organización Internacional del Trabajo OIT sobre Peores Formas de Trabajo Infantil
Documento que acompaña al Convenio 182 y ofrece un conjunto de recomendaciones prácticas para su aplicación efectiva en los países.
56
Herramientas de monitoreo e inspección al botadero de basura
7.1 Ficha de inspección y referencia de NNA trabajadores a centros de atención
Nota: La entrevista debe ser realizada al NNA para contrastar la información con la madre, padre o representante en caso de estar presentes.
DATOS GENERALES:Nombre y apellido de la persona que realiza la entrevista:
Institución a la que pertenece: Cargo: Fecha de inspección:
Mecanismo por el cual conoció la situación (visita programada, denuncia, otros)UBICACIÓN DEL LUGAR DE TRABAJO DEL NNACantón: Parroquia:Características del botadero de basura: Cielo abierto Relleno sanitarioDirección del botadero de basura:El botadero de basura dispone de: Guardia de seguridad Puertas de acceso
Policía municipal Cerramientos o muros que cerquen el espacio
Otro (especifique) Rótulo de prohibición de ingreso a NNA
¿Existen personas adultas trabajando?
¿Cuántos adultas trabajan?
¿Qué días trabajan las personas adultas en este sitio?
¿En qué horario trabajan las personas adultas en este sitio?
SI NO L M M J V S D
¿Existen NNA trabajando y/o acompañando a personas adultas? (cuantos)
SI NO ¿Qué días ingresan los NNA a trabajar en el botadero?
¿En qué horario trabajan los NNA en este sitio?
Cuantos niños/as L M M J V S DCuantos adolescentesINSTITUCIÓN A LA QUE HA SIDO REFERIDA LA SITUACIÓN DEL NNA TRABAJADORMIES-INFA Ministerio de Relaciones LaboralesJunta de Protección de Derechos Juzgado de la Niñez y AdolescenciaPatronato Municipal Centro de SaludOrganización no gubernamental
Especificar
Otra
Especificar.
Firma de la persona que realiza la referencia Nombres, apellidos y firma de la persona que recepta la referencia
Luego de la inspección al botadero de basura elaborar el informe de monitoreo e inspección (Ver capítulo 7 (7.2) pág 57). En caso de encontrar NNA trabajadores, registrar datos en la ficha de la pag. 59
7.
57
PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
7.2 Informe de monitoreo e inspección al botadero de basura
Nota: Este informe es aplicado luego de haber realizado la verificación y monitoreo al botadero de basura.
PROVINCIA CANTÓN
Programa Nacional de Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de basura Instituciones que conforman el Comité de Gestión Local:
En la ciudad de , siendo el día (DD-MM-AA), a las , en las instalaciones de , se reúne el equipo de trabajo de la mesa inter sectorial, con la presencia de ; con el objetivo elaborar el informe (provincial o cantonal) en base a las fichas e informes de inspecciones realizados a los botaderos de basura de la Provincia o Cantón
, el (DD-MM-AA). En virtud al trabajo realizado, informamos que (registrar si se encontraron o no NNA)
.
En virtud de lo antes expuesto, se elabora el presenta informe conforme a los siguientes parámetros:
Antecedentes (Describir e indicar el tipo de botadero de basura):
Institución/es que realizan el monitoreo:
Periodo de monitoreo y acciones realizadas:
Conclusiones y recomendaciones:
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
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PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
7.3 Plan Global Familiar PGF
Plan Global Familiar - PGF
Nombre de familia:
Nombre de niño, niña o adolescente:
Fecha de elaboración de PGF:
Diagnóstico de la situación familiar (equipo):
Diagnóstico de la situación familiar (familia):
Responsable Tiempo Cumplimiento Observaciones
Objetivo general que plantea la familia
Objetivo general consensuado entre la familia y equipo técnico
Objetivos específicos
Actividad Responsable (de familia y equipo técnico)
Tiempo (cuantos meses requiera)
Resultado esperado
Observaciones
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Metas conseguidas al cierre del proceso:
Estrategias de seguimiento a la familia:
Elaborado por:
Evaluación Final:
Fuente: (Registro 8 / MIES INFA – CONFIE)
62
7.4 Compromiso familiar
Yo, , portador/a de la cédula de
identidad , responsable de ,
(nombre de NNA), de (años de edad) me comprometo a cumplir con todo lo
que se ha establecido en el Plan Global Familiar que se ha elaborado para él/ella, con el fin de
garantizar su protección y sus derechos humanos. También me comprometo a velar porque:
• Asista a la escuela o colegio.
• Cumpla con sus deberes escolares.
• Tenga el control de vacunas al día y reciba atención médica cuando la requiera.
• No esté fuera de casa a horas inapropiadas.
• Reciba la protección y el cuidado que requiere de acuerdo con su edad y condiciones particulares.
• No llevarlo al botadero de basura.
• No enviarlo a trabajar o realizar actividades laborales que le impidan asistir a la escuela y lo pongan en peligro ya sea fuera de la casa o en ella.
• Permitir su participación en actividades lúdicas y recreativas.
• Otras obligaciones:
También nos comprometemos a participar en los talleres de sensibilización, reuniones, visitas familia-res y en las actividades y sesiones de trabajo a las cuales se nos invite y que contribuyan a fortalecer nuestro papel como personas responsables de los NNA.
Fecha:
Firma de la persona responsable:
Firma del o de la profesional a cargo
63
PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
7.5 Modelo de resolución para prohibición de ingreso de NNA al botadero de basura
1. Modelo de Resolución Municipal para la prohibición de ingreso de niños, niñas y adolescentes al Botadero de Basura
EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE …………
CONSIDERANDO
Que La Convención sobre los Derechos del Niño y los Convenios 182 y 138 de la OIT suscritos y ratificados por el Ecuador, establecen la obligación de adoptar las medidas necesarias para proteger al niño, niña y adolescente contra la explotación económica, contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social y contra todas las demás formas de explotación que sean perjudiciales para cualquier aspecto de su bienestar, y de implementar una política nacional que asegure la abolición efectiva del trabajo de niños, niñas y adolescentes;
Que el artículo 44 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que el Estado, la so-ciedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; y que, se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas;
Que el numeral 2 del artículo 46 de la Constitución de la República consagra la obligación del Estado de adoptar medidas que aseguren a los niños, niñas y adolescentes, protección es-pecial contra la cualquier tipo de explotación laboral o económica, prohíbe el trabajo infantil y dispone la implementación de políticas para la erradicación progresiva del trabajo infantil;
Que el Código de Niñez y Adolescencia prohíbe el trabajo infantil, la mendicidad y otras formas de explotación a niños, niñas y adolescentes; y dispone la edad mínima para el trabajo de los adolescentes, regulando los mecanismos que aseguren su protección y la restitución de los derechos amenazados o vulnerados;
Que el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización - COOTAD en su Art. 54 literal a) dispone promover el desarrollo sustentable de su circunscripción terri-torial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales12.
Que se encuentran vigentes el Plan Nacional Decenal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia, el Plan Nacional para combatir la Trata, explotación sexual, laboral y otros medios de explotación de personas, en particular mujeres, niños, niñas y adolescentes, el Plan Nacional para la Prevención y Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil, y la Agenda Social de la Niñez y Adolescencia, lineamientos nacionales de Política Pública que han definido como prioridad la prevención y erradicación del trabajo infantil, la mendicidad y otras formas de explotación a niños, niñas y adolescentes, los cuales han sido recogidos en el Plan Nacional de Desarrollo;
Que en el marco de la Agenda Social de Niñez y Adolescencia del Cantón ………….., el MIES-INFA, Ministerio de Relaciones Laborales, el Gobierno Municipal de …….. y el Centro de Desarrollo y Autogestión - DYA, Fundación Telefónica - Movistar, UNICEF liderados por el
12 Para información más amplia del COOTAD - Ver Cap. 5 Normativa Legal.
64
Consejo Cantonal de Niñez y Adolescencia, desde el mes de ……… del …….. han impul-sado acciones tendientes a la prevención y erradicación progresiva del trabajo infantil en el botadero de basura, logrando desvincular un total de ………. niños, niñas y adolescentes del trabajo de reciclaje de desechos en el Botadero de Basura, en cumplimiento al mandato constitucional.
Que, de esta experiencia, las instituciones participantes dan cuenta de la necesidad de contar con mecanismos claros en la implementación de una política de prevención y erradicación de trabajo infantil en botaderos de basura que aseguren y desarrollen capacidades locales, téc-nicas y gerenciales que orienten las acciones de los actores públicos y privados responsables de la protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, a través de un marco legal, que permita tener un cantón libre de trabajo infantil en botaderos de basura
Que el Consejo Cantonal de Niñez y Adolescencia de …………., diseñó la presente propuesta de política pública de Prohibición de Ingreso de niños, niñas, adolescentes y mujeres embaraza-das a los Botaderos de Basura del cantón …………., la misma que fue aprobada en sesión de dicho organismo y celebrada el día….. del mes……. del año………., y que ha sido remitida a este seno del Consejo Municipal para su conocimiento y aprobación.
Con los antecedentes expuestos, el Ilustre Consejo Cantonal de ………….; en uso de las atri-buciones que el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Desecentralización - COOTAD, le confiere:
RESUELVE
EL GOBIERNO MUNICIPAL DE ………. SIENDO PARTE DE LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL EN EL MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS, DISPONE:
1. Movilizar los recursos municipales: técnicos, financieros y políticos para la protección de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y mujeres embarazadas, que laboran en esta actividad; para el efecto los departamentos municipales del área social orientarán de manera preferente sus planes, programas, proyectos y acciones para la inclusión social a este grupo de atención prioritaria, en coordinación y participación de las instituciones Públicas y Privadas que trabajan por la niñez y adolescencia en el cantón …………;
2. La prohibición de incorporar niños, niñas, adolescentes y mujeres embarazadas en el sistema de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos del Cantón…………………; el Departamento Municipal de higiene y aseo, los obreros municipales, personal contratado y/o empresa responsable del manejo de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos de cantón; vigilará el cumplimiento de esta disposición, para que, cumplan con lo establecido en la presente Resolución;
3. Se prohíbe el ingreso de niños, niñas, adolescentes y mujeres embarazadas al botadero de basura municipal, para cuyo efecto el departamento de higiene y aseo Municipal, coloca un letrero que indique dicha prohibición.
4. Para el cumplimiento de lo dispuesto, el Departamento de higiene y aseo del Municipio de……….., realizará monitoreo de manera permanente en el sistema de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos, para cuyo efecto se apoyará de manera directa con los Inspectores Municipales; y, de encontrar la presencia de niños/as, adolescentes y/o mujeres embarazadas notificarán de manera inmediata al MIES-INFA, a la Secretaria Ejecutiva del Consejo Cantonal de Niñez y Adolescencia, Junta de Protección de Derechos de Niñez
65
PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
y Adolescencia, la Inspectoría de Trabajo del Ministerio de Relaciones Laborales, instancias municipales que tienen la obligación de actuar de manera inmediata, para atender a los niños/as y sus familias, ejecutando medidas de protección y estableciendo sanciones, en caso de incumplimiento.
5. El Departamento de Comunicación Social del Municipio de ……………, dentro del plan de comunicación municipal, procederá a implementar una línea comunicacional permanente de sensibilización en temas de erradicación del trabajo infantil, diseccionado a la ciudadanía.
6. Se dispone que esta resolución se publique en los medios de comunicación local y nacional.
2. Modelo de Resolución Municipal para la prohibición de ingreso de niños, niñas y adolescentes al Botadero de Basura
EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE …………
CONSIDERANDO
Que La Convención sobre los Derechos del Niño y los Convenios 182 y 138 de la OIT suscritos y ratificados por el Ecuador, establecen la obligación de adoptar las medidas necesarias para proteger al niño, niña y adolescente contra la explotación económica, contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social y contra todas las demás formas de explotación que sean perjudiciales para cualquier aspecto de su bienestar, y de implementar una política nacional que asegure la abolición efectiva del trabajo de niños, niñas y adolescentes;
Que el artículo 44 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que el Estado, la so-ciedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; y que se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas;
Que el numeral 2 del artículo 46 de la Constitución de la República consagra la obligación del Estado de adoptar medidas que aseguren a los niños, niñas y adolescentes protección espe-cial contra la cualquier tipo de explotación laboral o económica, prohíbe el trabajo infantil y dispone la implementación de políticas para la erradicación progresiva del trabajo infantil;
Que el Código de Niñez y Adolescencia prohíbe el trabajo infantil, la mendicidad y otras formas de explotación a niños, niñas y adolescentes; y dispone la edad mínima para el trabajo de los adolescentes, regulando los mecanismos que aseguren su protección y la restitución de los derechos amenazados o vulnerados;
Que el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización - COOTAD en su Art. 54 literal a) dispone promover el desarrollo sustentable de su circunscripción terri-torial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales.2
13
13 Para información más amplia del COOTAD - Ver Cap. 5 Normativa Legal.
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Que se encuentran vigentes el Plan Nacional Decenal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia, el Plan Nacional para combatir la Trata, explotación sexual, laboral y otros medios de explotación de personas, en particular mujeres, niños, niñas y adolescentes, el Plan Nacional para la Prevención y Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil, y la Agenda Social de la Niñez y Adolescencia, lineamientos nacionales de Política Pública que han definido como prioridad la prevención y erradicación del trabajo infantil, la mendicidad y otras formas de explotación a niños, niñas y adolescentes, los cuales han sido recogidos en el Plan Nacional de Desarrollo;
Que el Cantón ……………., de la Provincia …………., el MIES-INFA, el Ministerio de Relaciones Laborales, el Patronato Municipal, el Gobierno Municipal de ………… y el Centro de Desarrollo y Autogestión – DYA, liderados por el Consejo Cantonal de Niñez y Adolescencia, impulsan acciones tendientes a la prevención y erradicación progresiva del trabajo infantil en el Botadero de Basura de ……………, logrando el retiro de ………… niños, niñas y adoles-centes del trabajo del reciclaje de desechos y pastoreo de cerdos en el botadero de basura y que se encuentran en proceso de sostenimiento.
Que, de esta experiencia, las instituciones participantes dan cuenta de la necesidad de implemen-tar mecanismos claros para la implementación de una política de prevención y erradicación de trabajo infantil en botaderos de basura que aseguren y desarrollen capacidades locales, técnicas y gerenciales que oriente las acciones de los actores públicos y privados respon-sables de la protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, a través de un marco legal, que permita tener un cantón libre de trabajo infantil en botaderos de basura
Que el Consejo Cantonal de Niñez y Adolescencia de ……………, formuló y aprobó en sesión de dicho organismo, celebrada el ……. del mes de ………… del año ………; la prohibición de ingreso de niños, niñas, adolescentes y mujeres embarazadas al botadero de basura del cantón …………., la misma que se ha remitido al seno del Consejo Municipal para su conocimiento y aprobación;
Con los antecedentes expuestos, el Ilustre Consejo Cantonal de ………….; en uso de las atri-buciones que el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización - COOTAD, le confiere:
RESUELVE:
DECRETAR LA PROHIBICIÓN DE INGRESO DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y MUJERES EMBARAZADAS AL BOTADERO DE BASURA DEL CANTÓN …………, Y DISPONE:
1. Que el Departamento de higiene y ambiente del Gobierno Municipal de …………, con el apoyo y coordinación conjunta de guardias municipales que controlan el ingreso de particulares al Botadero de Basura; realicen monitoreo constante. De encontrar niños, niñas, adolescentes y/o mujeres embarazadas, proceder a notificar inmediatamente al MIES-INFA, a la Secretaria Ejecutiva del Consejo Cantonal de Niñez y Adolescencia y/o instancias municipales, que procederán a actuar de manera inmediata, para atender a los niños, niñas, adolescentes y sus familias, aplicando medidas de protección, acorde a lo establecido en el mandato constitucional;
2. Que el Departamento de higiene y ambiente del Gobierno Municipal de………….. proceda a colocar en el Botadero de Basura, un letrero visible, que indique la prohibición del ingreso de niños, niñas y adolescentes y las sanciones establecidas en caso de incumplimiento.
3. A partir de éste numeral, incluir el diseño del monitoreo al botadero de basura y establecer responsabilidades de cada institución. (Municipio, MRL, MIES-INFA, CCNA, y otros)
67
PROTOCOLO para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en Botaderos de Basura
Acrónimos
TI Trabajo Infantil
PETI-B Programa de Prevención y Erradicación de Trabajo Infantil en Botaderos de basura
NNA Niñas, Niños y Adolescentes
Instituciones vinculada s y con competencia en TI
MIES Ministerio de Inclusión Económica y Social
INFA Instituto de la Niñez y la Familia
MRL Ministerio de Relaciones Laborales
CNNA Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia
SNDPINA Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia
DYA Centro de Desarrollo y Autogestión,
FT Proniño de Fundación Telefónica
OIT Organización Internacional del Trabajo
UNICEF Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia
IEPS Instituto de Economía Popular y Solidaria
CCNA Consejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia
JCPD Junta Cantonal de Protección de Derechos
CPD Centro de Protección de Derechos
MIDUVI Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda
BEDE Banco del Estado
MA Ministerio del Ambiente
MINEDUC Ministerio de Educación
MSP Ministerio de Salud Pública
PGF Plan Global Familiar
ETI (B) Erradicación del Trabajo Infantil (Botaderos de Basura)