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NO 131 .20181!GNIDCIDPG
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VIS丁O:
E=nfo「me NO O22-2018/iGN/DC de fecha 29 de Octub「e de 2018.
CONSiDERANDO:
Que, de conformidad a la Ley NO 27292 y su Reglamento aprobad6rcon
Dec「eto Supremo NO OO5-DEISG y eI Decreto Supremo NO O34-2008-PCM du6
ap「ueba Ia CaIificaci6n de Organismos PdbIicos, e=nstituto Geog「afico
Nacional (lGN) es un o「ganismo ptlblico ejecutor del Sector Defensa, COn
PerSOne「ia juridica de de「echo pdblico interno. Goza de autonomia t6cnica,
administrativa y econ6mica. Constituye un pIiego presupuestal del Sector
Defensa;
Que, median‡e ResoIuci6n Jefatu「a看NOO79-2006」GN/OAJ/DGC deI Ol
de marzo de 2006, Se Oficia=z6 eI Sistema Geodesico Oficial, COnfo「mado por
la Red Geodesica Horizontai Oficial y la Red Geod6sica Ve巾CaI Oficial, COmO
Sistema de 「efe「encia心nico a nivel nacional;
Que, Ia Red Geod6sica Geocentrica NacionaI (REGGEN) se encuentra
COnfo「mada po「 Estaciones de Rastreo Pe「manente (Red Geodesica Peruana
de Monitoreo Continuo - REGPMOC) y puntos geod色sicos de o「den ``0”, “A”, “B”
y ’’C”, distribuidos dentro‘ del ambito del te「ritorio nacionaI;
Que, los puntos geod6sic6s de orden ``0”, `(A’’, ``B’’ y ``C” estan
COnStituidos por 240 puntos establecidos por e=GN entre los afros 1995 y 2007
y por 4,955 puntos establecidos en el ma「co del Proyecto de Consolidaci6n de
ios Derechos de Propiedad Inmueble (PCDPl);
Que, mediante eI documento del visto, eI Director de Cartog「afia del
Instituto Geografico Nacional ha informado que luego de habe「 「eaIizado un
estudio del comportamiento del desplazamiento horizontal de los puntos
estabIecidos, e1 100% de la muestra tomada (108 puntos geodesicos de ordenくくA” yく`B’’) ha tenido un desplazamiento en el rango de 7.35 cm y 48 cm, 10S
CuaIes son excesivos, dando lugar a que ya no cuenten con la precisi6n
requerida para cuaIquier tipo de trabajo topog「afico y geodesico, POr lo que se
recomienda dar por concluido eI empleo de la totaiidad de puntos geodesicos
de o「den “0’’, “A’’, ``B’’y `’C’’que se encuentran dentro de la Red Geodesica
Geocent「ica NacionaI (REGGEN);
Que, de conformidad a la Ley NO 27292 “Ley de川stituto Geografico
NacionaI’’; Su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo NO OO5 -
DEISG; en uSO de las at「ibuciones co面e而das por Resoluci6n Suprema NO 193-
2017-DE/EP de1 28 de diciembre de 2017; y,
Estando a Io propuesto por eI Directo「 de Cahog「afia de=ns航uto
Geog「afico Nacional y a io recomendado por eI Jefe de- Departamento de
Procesamiento Geod6sico.
SE RESUELVE:
Articulo IO.一DAR POR CONCLUIDO el empleo de Ios doscientos
Cuarenta (240) puntos geodesicos de orden “0,∵`A”, # y “C,, establecidos por
e=nstituto Geografico Nacionai y Ios cuatro m掴ovecientos cincuenta y cinco
(4,955) puntos geod6sicos de orden ’`A”, “B,, y ``C,, estabIecidos en el marco del
Proyecto de Consolidaci6n de los De「echos de Propiedad Inmueble (PCDPl),
POr haber acumulado desplazamientos excesivos a traves de los afros, dando
iugar a que no cuenten con Ia precisi6n requerida pa「a cuaIquier tipo de t「abajo
topo⊆叩緬co y geod色sico.
Articulo 2〇・〇 Recomenda「 a Ios usua「ios de la comunidad geod6sica y
al p的Iico en gene「al el empleo de las Estaciones de Rast「eo Permanente.de la
Red Geod色sica Peruana de Monitoreo Continuo (REGPMOC) qu? Se
encuentran distribuidas dentro deI ambito deI territo「io nacional.
Artic山O 3O“置Disponer la publicacj6n de -a presente reso山ci6n en ei
Diario Oficiai ’`EI Peruano,,.