Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias
Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida
El Gobierno de Canarias ha creado el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida.
Se trata de un nuevo sistema que ofrecerá los datos precisos para realizar la adjudicación y venta de viviendas protegidas, tanto de promoción pública como de promoción privada.
El Registro proporciona una información actualizada de la demanda real de vivienda protegida existente en nuestra Comunidad Autónoma
Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida
El Registro está recogido tanto en:
– Decreto 135/09 del 20 de octubre del Plan de Vivienda de Canarias, como en el Decreto 138/2007 del 24 de mayo de adjudicación de viviendas de promoción pública
– Orden de 24 Septiembre de 2009, por la que se regula el “Régimen de inscripción, funcionamiento y estructura del Registro público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias”
Mediante la Inscripción en el Registro se adquiere la condición de demandante de vivienda como requisito imprescindible para participar o ser interesado en los procedimientos de acceso a la vivienda
Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida
Puntos de información
La información sobre el proceso de inscripción se realiza en
Las 9 oficinas propias del Registro, instaladas en todas las islas
Las Oficinas de Información del Gobierno de Canarias
Servicio de Atención del Gobierno de Canarias, 012
Dependencias del Instituto Canario de la Vivienda
Ayuntamientos que han suscrito convenio con Vivienda
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UBICACIÓN DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO
Las Palmas de Gran Canaria
Sta. Cruzde Tenerife
La Laguna Lanzarote
Fuerteventura
La Gomera
La Palma
El Hierro
Telde
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Información en los ayuntamientosEl Gobierno de Canarias ha remitido a todos los Ayuntamientos canarios un modelo tipo de Convenio de Colaboración en el proceso de inscripción así como de adjudicación de las Viviendas protegidas de Promoción Pública.
En la actualidad, 35 ayuntamientos ya han suscrito este convenio o están en trámite de formalizarlo. De este modo, las personas interesadas podrán encontrar y adelantar gestiones en su ayuntamiento como:
Obtener toda la información y asesoramiento sobre los requisitos que han de acreditar para la inscripción así como para la modificación o cancelación de las
inscripciones
Entregar solicitudes de inscripción, así como de la documentación que ha de acompañar a la misma y obtener citas con las oficinas del Registro en el caso de que fuera necesario.
Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida
En la actualidad, 35 ayuntamientos ya han suscrito o están en trámite de suscribir el convenio con el objeto de informar sobre el
registro
Gran CanariaGran CanariaSta. Cruz de TenerifeSta. Cruz de Tenerife
LanzaroteLanzarote
FuerteventuraFuerteventura
La GomeraLa Gomera
La PalmaLa Palma
El HierroEl HierroLa FronteraValverde
La OlivaPuerto del RosarioTuineje
ArtenaraFirgasGáldarLa Villa de IngenioLa Villa de MoyaLa Villa de Santa BrígidaSanta María de Guía de Gran CanariaVallesecoVega de San Mateo
AlajeróVallehermoso
BarloventoBreña AltaLos Llanos de AridanePuntagordaPuntallanaSan Andrés y SaucesTazacorteVilla de Garafía
Buenavista del NorteCandelariaEl SauzalEl TanqueGranadilla de AbonaGuía de IsoraLa Matanza de AcentejoLa Villa de La Victoria de AcentejoSantiago del TeideVilla de Arico
Tías
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Solicitudes
El modelo de solicitud se puede descargar en www.gobiernodecanarias.org/vivienda o recoger en cualquiera de las oficinas del Registro.
La solicitud se entregará, junto con la documentación requerida, en cualquiera de los registros de las administraciones públicas.
El demandante debe solicitar cita previa tanto a través de la web como en el 012 o acudir a su ayuntamiento
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Requisitos para optar a una vivienda protegida
Viviendas de promoción pública
La unidad familiar debe tener unos ingresos anuales que no excedan 1,5 veces el IPREM (indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) para acceder al régimen de alquiler, y hasta 2,5 veces el IPREM si se trata de adquirir viviendas en régimen de venta. No puede ser titular de otra vivienda y debe acreditar la residencia en Canarias, al menos, durante 7 años de forma continua, o 15 años de forma interrumpida salvo emigrantes retornados.
La viviendas de promoción privada
La unidad familiar debe contar con ingresos superiores a 1,5 veces IPREM, no puede ser titular de otra vivienda y debe contar con la condición de residente en las islas.
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Obligatoriedad de la inscripciónPara Viviendas Protegidas de Promoción Publica es obligatoria la inscripción con anterioridad a la fecha de Publicación del anuncio de la promoción en el BOC.
Para Viviendas Protegidas de Promoción Privada la inscripción será obligatoria a partir del 1 de octubre de 2010 y con un mes de antelación a la fecha de suscripción del contrato de compraventa, arrendamiento ó titulo de transmisión
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Para más información:
www.gobiernodecanarias.org/vivienda
y
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