Regulación de los
Fondos de Pensiones
Documento Preliminar
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TEMARIO
1.- Límites de Inversión.
2.- Normas de Valorización.
3.- Normas de Custodia.
4.- Normas sobre transacciones con Personas relacionadas
5.- Normas de rentabilidad mínima.
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1.- LIMITES
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TIPOS DE LIMITES
LIMITES LEGALES APLICABLES A LAS INVERSIONES DE LOS FONDOS DE PENSIONES (Decreto Ley 3.500, artículos 45, 47, 47 bis y 48, circular 1.216)
• Límites globales por Fondo
• Límites por tipo de instrumento
• Límites por Emisor
• Otros Límites
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Límites globales por Fondo
FONDO RENTA VARIABLE RENTA VARIABLE MONEDA EXTRANJERA RENTABILIDADMAXIMA MINIMA SIN COBERTURA MINIMA
A 80% 40% 40% 4%B 60% 25% 25% 4%C 40% 15% 20% 2%D 20% 5% 15% 2%E 0% 0% 10% 2%
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Principales Límites por Tipo de Instrumento
INSTRUMENTO DOMESTICOS A B C D EInstrumentos Estatales 40% 40% 50% 70% 80%Depósitos y Bonos de Inst. Financieras 40% 40% 50% 70% 80%Letras Hipotecarias 40% 40% 50% 60% 70%Bonos de Empresas públicas y privadas 30% 30% 40% 50% 60%Acciones de S.A. abiertas 60% 50% 30% 15% n.a.Fondos de Inversión 40% 30% 20% 10% n.a.Efectos de Comercio 10% 10% 10% 20% 30%Securities Lending 15% 10% 5% 5% 5%Fondos Mutuos Nacionales 5% 5% 5% 5% n.a.
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Principales Límites por Tipo de Instrumento
INSTRUMENTO EXTRANJEROS A B C D EInversión InternacionalNotas Estructuradas 4% 3% 2% 2% 2%Overnight y Time Deposit 2% 2% 2% 2% 2%Securities Lending 1/3 Inv. Ext 1/3 Inv. Ext 1/3 Inv. Ext 1/3 Inv. Ext 1/3 Inv. Ext
Fondo A Fondo B Fondo C Fondo D Fondo EFICE 1% 1% 1% 1% 1%Operaciones de cobertura de riesgo Circular 1.216
Límite Conjunto <= 30%
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Principales Límites por Emisor
TIPO Límite asociadoal Fondo de Pensiones
Grupos empresariales 15% Fondo
Personas relacionadas 1% Fondo
TIPO Límite asociado a cadaFondo de Pensiones
Fondos Mutuos y de Inversión 1% Fondo
Acciones 0,5% Fondo
Indices Accionarios 1% Fondo
Títulos de Deuda 5% Fondo * Factor Riesgo
Notas Estructuradas 1% Fondo * Factor Riesgo
Derivados 3% Fondo
AAA 1,0 AA 0,9 BBB 0,8 BB 0,6 B - C - D -
N1 1,0 N2 0,6 N3 0,3 N4 -
Factor de Riesgo
Corto Plazo
Largo Plazo
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Límites por Emisor para sector extranjero
• Si el emisor es empresa relacionada el límite global por emisor baja a 1%.
• Si el emisor es empresa relacionada el límite para acciones se reduce al 0,5% de las acciones suscritas y se exige un factor de liquidez igual 1, para acciones y factor de riesgo AAA ó AA ó N1 para deuda.
TIPO Límite asociado Límite conjunto al Fondo de Pensiones asociado al Emisor
A) Títulos de deuda (incluye filiales) 10% Fondo * Factor Riesgo Patrimonio
B) Acciones (2,5% Fondo * Concentración 2,5% Acciones* Liquidez) suscritas
Derivados 4% Fondo
Límite global por cada emisor 7% Fondo
AAA 1,0 AA 0,9 BBB 0,8 BB 0,6 B - C - D -
N1 1,0 N2 0,6 N3 0,3 N4 -
Factor de Riesgo
Corto Plazo
Largo Plazo
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Límites por Emisor para Bancos y Entidades Financieras
• Si el emisor es empresa relacionada los límites para acciones se reducen al
2% de las acciones suscritas y para los títulos de deuda al 5% de la emisión.
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Límites por Emisor para EmpresasTIPO Límite asociado Límite conjunto Otro límite
al Fondo de Pensiones asociado al Emisor conjuntoTÍTULOS DE DEUDACompañías de Leasing 7% Fondo * Factor Riesgo Patrimonio * 0,1 35% Serie
Bonos + Efectos de Comercio (conjunto) 7% Fondo * Factor Riesgo Activo * 0,1 35% Serie
Bonos + Efectos de Comercio (conjunto) 3% Fondo * Factor Riesgo 35% Serie(empresas con menos de 3 años de oper.)
ACCIONESAcciones aprobadas por la C.C.R. (5% Fondo * Concentración 7% Acciones
* Liquidez ) suscritas
Nuevas emisiones (Dentro del anterior) 20% Emisión
Acciones que no requieran aprobación de la C.C.R. 0,15% Fondo 7% Accionessuscritas
Acciones Sociedades Inmobiliarias (5% Fondo * Concentración) 20% Accionessuscritas
Límite global para cada emisor (no incluye filiales) 7% Fondo
AAA 1,0 AA 0,9 BBB 0,8 BB 0,6 B - C - D -
N1 1,0 N2 0,6 N3 0,3 N4 -
Factor de Riesgo
Corto Plazo
Largo Plazo
% Sujetas Título XII No sujetas Título XII<=32% 1 0,6>32% a <50% 0,8 0,5>=50% a <=65% 0,6 0,4>65% n.a. 0,3
Factor de Concentración
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Otros límites
INSTRUMENTO ESPECIFICOS A B C D EAcciones, Cuotas de Fondos de Inversióny Cuotas de Fondos Mutuos nacionales 3% 3% 1% 1% -sin aprobación de la CCRInstrumentos de Deuda clasificados en 10% 10% 10% 5% 5%categoría BBB y nivel N-3 de riesgoTítulos de deuda sin historia 10% 10% 10% 8% 5%Acciones con baja liquidez + acciones noaprobadas por CCR + títulos sin historia + 20% 20% 20% 15% -clasificados categoría BBB y nivel N-3
Berstein y Chumacero cuantifican los efectos de los límites de inversión y concluyen:
– Que han sido sustanciales y si no hubieran existido el total de activos
administrados por las AFP´s habría sido 10% mayor.
– Que si las AFP hubieran asignado libremente sus activos
maximizando alguna función objetivo, el 90% de las veces habrían
incumplido algún límite.
– Que la regulación más restrictiva ha sido el límite para invertir en el
exterior.
S. Berstein y R. Chumacero. “Quantifying the costs of investments limits for chilean pension funds”. Documento de Trabajo 246. Banco Central de Chile. Diciembre 2003
¿ Han sido costosos los límites de inversión ?
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– No pueden medir los posibles beneficios que las regulaciones
podrían haber generado en términos de desarrollo del mercado
de capitales local, asignación de recursos y crecimiento del
producto.
– En las simulaciones no tienen en cuenta la regulación sobre
rentabilidad mínima y el efecto que ésta tiene en la conformación
de los portafolios (y que tendría aún sin la existencia de límites
de inversión)
Algunas limitaciones al estudio
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Diferencia en retorno mensual promedio(retorno sin límites - retorno con límites)
0.13%
Pérdida promedio en UF por afiliado 36 UF
% Promedio óptimo de renta variable internacional 13%
% Promedio óptimo de renta fija internacional 20%
Probabilidad de romper los límites de renta variableinternacional
92%
S. Berstein y R. Chumacero. “Quantifying the costs of investments limits for chilena pension funds”. Documento de Trabajo 246. Banco Central de Chile. Diciembre 2003
Algunos números
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2.- NORMAS DE VALORIZACION
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Valorización de Inversiones (Circular 1.216)
ZZ
AG
BG
CGDG EG FG HGGG
0 1 2 3 4 5 6 7 8 9
Duration
%
1,00%
2,00%
Tasas reales de PRC
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3.- NORMAS DE CUSTODIA
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Custodia de títulos
Custodia de los títulos de los Fondos de Pensiones (Circular N° 1.127)
• Los títulos representativos de a lo menos el 90% del valor de cada tipo de Fondo de Pensiones y de los respectivos encajes deberá mantenerse en todo momento en custodia, en el Banco Central y en entidades privadas de depósito y custodia de valores
• El incumplimiento de esta obligación hará incurrir a la Administradora en una multa a beneficio fiscal.
• La Administradora que fuere sorprendida en incumplimiento más de dos veces en el término de seis meses, se disolverá por el sólo ministerio de la Ley.
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3.- NORMAS SOBRE TRANSACCIONES CON PERSONAS RELACIONADAS
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Transacciones con Personas Relacionadas
- Información:“Transacciones de los activos que pueden ser adquiridos con los recursos de los Fondos, efectuadas por las personas relacionadas y sus cónyuges deberán ser informadas a la Superintendencia dentro de los 5 días siguientes de la respectiva transacción”
• Prohibición de administrar una cartera distinta a las previsionales de su giro.• Prohibición de realizar operaciones con los bienes de los Fondos de Pensiones para obtener beneficios indebidos.•Cobro de cualquier servicio a los Fondos de Pensiones, salvo aquellas comisiones expresamente autorizadas por Ley.
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Transacciones con Personas Relacionadas
• Utilización en beneficio propio o ajeno de información relativa a operaciones a realizar por los Fondos de Pensiones, con anticipación a que estas se efectúen. (Toda información que se posea de operaciones a realizar por los Fondos de Pensiones en el mercado de valores, deberá ser considerada privilegiada)
• Adquisiciones de activos que hagan las Administradoras de Fondos de Pensiones dentro de los 5 días siguientes a la enajenación de estos, por clienta del Fondo, si el precio de compra es inferior al precio promedio o ponderado existente en los mercados formales el día anterior al de dicha enajenación”
• Venta de activos que hagan las Administradoras de Fondos de Pensiones dentro de los 5 días siguientes a la adquisición de estos por el Fondo de Pensiones, si el precio de venta es superior al promedio ponderado existente en los mercados formales el día anterior al de dicha adquisición
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5.- NORMAS SOBRE RENTABILIDAD MINIMA
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Rentabilidad Mínima
Art. 37, DL 3.500
En cada mes, las Administradoras serán responsables de que la rentabilidad realanualizada de los últimos treinta y seis meses de cada uno de sus Fondos, no sea menora la que resulte inferior entre:
1. En el caso de los Fondos Tipos A y B:
a) La rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seismeses promedio de todos los Fondos del mismo tipo, segúncorresponda, menos cuatro puntos porcentuales, y
b) La rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seismeses promedio de todos los Fondos del mismo tipo, segúncorresponda, menos el valor absoluto del cincuenta por cientode dicha rentabilidad.
2 . En el caso de los Fondos Tipos C, D y E:
a) La rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seismeses promedio de todos los Fondos del mismo tipo, segúncorresponda, menos dos puntos porcentuales, y
b) La rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seismeses promedio de todos los Fondos del mismo tipo, segúncorresponda, menos el valor absoluto del cincuenta por cientode dicha rentabilidad.