Retenciones del Impuesto
Sobre la Renta – ISR - Decreto No. 10-2012 y sus reformas
Material con fines ilustrativos que no sustituye la consulta de las leyes y reglamentos
correspondientes.
Objetivo
Que el participante a la disertación del tema de retenciones del
Impuesto Sobre la Renta, pueda adquirir y/o reafirmar durante la
misma, los conocimientos necesarios para comprender y por
consecuencia operar de manera correcta las retenciones del
referido tributo y sus temas afines.
Índice General
De la retención, agentes de retención y la responsabilidad solidaria
Artículos 28 y 29 del Código Tributario
y sus reformas vigentes.
Artículos 13, 16, 47, 75, 86 y 105 del libro I de la Ley de Actualización Tributaria y sus reformas vigentes
Infracciones y sanciones relacionadas con retenciones de impuestos
Infracción: Falta de
retención
Sanción:
Multa equivalente al impuesto
Artículo 94 numeral 7 del Código Tributario y sus
reformas
Infracción: Pago
extemporáneo
Sanción: 100% de multa sobre el impuesto no
retenido más los intereses
pertinentes
Artículos 58 y 91 del Código Tributario y
sus reformas
Infracción: Constancia de retención no
extendida o hecha fuera de tiempo.
Sanción: Q 1,000.00 por
cada constancia no entregada a
tiempo
Artículo 94 numeral 18 del
Código Tributario y sus
reformas
Régimen Opcional Simplificado
Sobre Ingresos de Actividades
Lucrativas
“Enfoque del Agente Retenedor”
Ver Sección IV del Libro I del Decreto No. 10-2012, Ley de Actualización Tributaria y sus
reformas vigentes
Régimen Opcional Simplificado sobre Ingresos
Enfoque del Agente Retenedor
¿Qué es este régimen?
De los agentes de retención
Los que llevan contabilidad completa por ley.
El Estado y sus entidades, municipalidades y sus empresas
Entidades no lucrativas, colegios, universidades, entre otros.
Fideicomisos, copropiedades y otros contratos, sociedades irregulares y de hecho, agencias y
establecimientos permanentes extranjeros y unidades productivas o económicas con patrimonio y que
generen rentas afectas.
Régimen Opcional Simplificado sobre Ingresos Enfoque del Agente Retenedor
Determinación, retención y
pago del ISR
Determinación de la retención
Procedimiento de la retención
Pago del impuesto retenido
Tarifas de retención
5% hasta Q 30,000.00 sin IVA
7% sobre el excedente de Q 30,000.00
Régimen Opcional Simplificado sobre Ingresos Enfoque del Agente Retenedor , ejemplo práctico.
La empresa comercial denominada Guatelinda, S.A., lleva contabilidad completa por mandato del Código de Comercio, encontrándose inscrita en el Régimen Sobre Utilidades de Actividades Lucrativas. Durante
enero de 2014, recibió documentos legales de proveedores de bienes y servicios que se encuentran inscritos en el régimen sobre ingresos, de la siguiente forma:
Concepto general Facturas “Sujetas a pago
directo por resolución
SATXXX-2012”, sin IVA
Facturas “Sujetas a pago
directo por resolución
SATXXX-2013 y 2014”, sin
IVA
Facturas “Sujeto a
retención”, sin IVA
Monto Q 65,800.00 Q 150,350.00 Q 175,935.00
Observaciones, el contador tiene los siguientes dilemas para el período mensual indicado.
1) ¿Debe realizar retenciones sobre las facturas de pago directo por resolución SAT-XXX-2012?, tiene dentro del monto
general, valores individuales menores a Q 2,500.00 (sin IVA) por Q 15,500.00; la diferencia responde a operaciones hasta
por Q 30,000.00 (sin IVA); 2) ¿Facturas con resolución SAT-XXX2013 y 2014?; 3) El bloque de facturas con la leyenda
“Sujeto a retención”, está integrada así: a) facturas fechadas en diciembre 2013 por Q 25,300.00 (sin IVA), b) facturas
cuyos valores individuales son menores a Q 2,500.00 (sin IVA) por un monto total de Q 35,400.00, c) facturas que
contienen Q 30,000.00 o menos (sin IVA), por un monto de Q 65,800.00 ,y d) La diferencia, es el excedente que supera
los primeros Q 30,000.00 por factura.
Régimen Opcional Simplificado sobre Ingresos Enfoque del Agente Retenedor , ejemplo práctico.
Resolución, caso Guatelinda, S.A., por el período de enero 2014.
Observaciones: Resolución:
1) ¿Debe realizar retenciones sobre las facturas de pago directo por resolución SAT-XXX-2012?, tiene dentro del monto general, valores
individuales menores a Q 2,500.00 (sin IVA) por Q 15,500.00; la
diferencia responde a operaciones hasta por Q 30,000.00 (sin IVA);
2) ¿Facturas con resolución SAT-XXX2013 y 2014?;
3) El bloque de facturas con la leyenda “Sujeto a retención”, está
integrada así: a) facturas fechadas en diciembre 2013 por
Q 25,300.00 (sin IVA), b) facturas cuyos valores individuales son
menores a Q 2,500.00 (sin IVA) por un monto total de Q 35,400.00, c) facturas que contienen Q 30,000.00 o menos (sin IVA), por un monto
de Q 65,800.00 ,y d) La diferencia, es el excedente que supera los primeros Q 30,000.00 por factura.
No aplica retención
Q.
Total 175,935.00
(-) 25,300.00 *
(-) 35,400.00
(=) Afecto a
retención en el
período 115,235.00* Corresponde a otro período y según
el caso puede estar afecto a
retención en el mismo
Q.
Total 65,800.00
(-) 15,500.00
(=) Afecto a
retención en el
período 50,300.00
Régimen Opcional Simplificado sobre Ingresos Enfoque del Agente Retenedor , ejemplo práctico.
Resolución, caso Guatelinda, S.A., por el período de enero 2014.
1. Se debe generar y entregar la constancia de retención con fecha de la factura, y
entregarla a más tardar en los primeros cinco días del mes siguiente (SAT-1911).
2. Pagar el impuesto a través de la declaración vigente (SAT-1331), en los primeros 10 días
hábiles del mes siguiente a aquel en donde se emitió la constancia de retención.
3. Remitir anexo de la declaración, con la información requerida por la ley.
No. Base imponible en Q Tarifa Retención en Q
1 116,100.00 5% 5,805.00
2 49,435.00 7% 3,460.45
Totales 165,535.00 9,265.45
Factura Especial
Ver artículos 16 y 48 del Decreto No. 10-2012, Ley de Actualización Tributaria y sus reformas vigentes
Factura Especial, ejemplo práctico
La entidad El Sauce, S.A., dedicada a la venta de artículos de madera, compró en enero de 2014,
un lote de materia prima principal por Q 55,400.00 (IVA incluido), por el que no le entregaron
factura, emitiendo a cuenta del vendedor la factura especial pertinente. Realice las retenciones
correspondientes.
Conceptos Valores
Monto neto (sin IVA = Q 55,400.00 / 1.12) Q 49,464.29
( - ) Impuesto Sobre la Renta a retener (Q 49,464.29 – Q 30,000.00 =
Q 19,464.29 x 7%) + (Q 30,000.00 x 5%) Q 2,862.50
( - ) Impuesto al Valor Agregado a retener ( Q 49,464.29 x 12%) Q 5,935.71
( = ) Cifra a cancelar Q 46,601.79
Retenciones del ISR: SAT-1331, los primeros 10 días hábiles del mes siguiente al que corresponda el pago. Retenciones del IVA: SAT-2085, el mes calendario siguiente al de cada período impositivo.
Rentas de Capital “Enfoque del Agente
Retenedor”
Ver Título IV del Libro I del Decreto No. 10-2012, Ley de Actualización Tributaria y sus reformas vigentes
Rentas de Capital, enfoque del agente retenedor
¿Qué es este régimen?
Rentas de capital afectas
Rentas inmobiliarias
Rentas mobiliarias
Rentas de loterías, rifas, sorteos, bingos o similares en efectivo o especie – valor de libre competencia -
Rentas de Capital, enfoque del agente retenedor
Rentas de capital
Rentas mobiliarias
Intereses y rentas en dinero o especie
Rentas por arrendamiento, subarrendamiento , uso o goce de bienes tangibles e intangibles.
Rentas vitalicias o temporales provenientes de la inversión de capitales, donaciones condicionadas,
rentas derivadas de contratos de seguro.
Distribución de dividendos, ganancias y utilidades.
Rentas de Capital, enfoque del agente retenedor
De los agentes de retención
Los que llevan contabilidad completa por ley.
El Estado y sus entidades, municipalidades y sus empresas
Entidades no lucrativas, colegios, universidades, entre otros.
Fideicomisos, copropiedades y otros contratos, sociedades irregulares y de hecho, agencias de empresas o personas extranjeras que operan en el país y unidades productivas o económicas con patrimonio y que generen rentas afectas.
Rentas de Capital, enfoque del agente retenedor
Distribución de dividendos y
similares, 5%
Resto de rentas de
capital, 10%
Tarifas de retención
Rentas de Capital, enfoque del agente retenedor
De la base imponible
Ejemplos:
Rentas de capital mobiliario* Rentas de capital inmobiliario*
Renta generada en dinero o
especie
Q 20,000.00 Renta generada en dinero o
especie
Q 20,000.00
(-) Rentas exentas Q 0.00 (-) 30% de la renta en
concepto de gastos
Q 6,000.00
(=) Base Imponible Q 20,000.00 (=) Base imponible Q 14,000.00
(X) Tarifa del impuesto 5% o 10% (X) Tarifa del impuesto 10%
*Pagado, acreditado o de cualquier forma puesta a disposición del contribuyente.
Rentas de Capital, ejemplo práctico
La entidad comercial La Unión, S.A., pagará en enero de 2014 dividendos por Q 500,000.00,
de los cuales el 34% son de no residentes. Establezca el ISR a retener conforme al título de
rentas de capital
No. Base imponible en Q Tarifa Retención en Q
330,000.00 5% 16,500.00
Totales 330,000.00 16,500.00
CÁLCULO DEL ISR SOBRE RENTAS DE CAPITAL
1. Se debe retener al momento de pagar, acreditar en cuenta bancaria o en especie y extender la
constancia correspondiente (SAT-1911 / SAT-1341 – premios -).
2. Pagar el impuesto a través de la declaración vigente (SAT-1331 / SAT-1341 –premios -), en los
primeros 10 días hábiles del mes siguiente a aquel en el que se efectuó el pago o acreditamiento.
Rentas de No Residentes
sin establecimiento
permanente
Ver Título V del Libro I del Decreto No. 10-2012, Ley de Actualización Tributaria y sus reformas vigentes
Generalidades del apartado de no residentes
Hecho generador
Rentas gravadas en otros títulos de la ley
Transferencia o acreditamiento en cuenta a
casas matrices en el extranjero, sin
contraprestación.
Generalidades del
apartado de no
residentes
Contribuyentes
Base imponible
Tarifas de retención
(Entre el 3% y el 25%)
De los agentes de retención y
responsabilidad solidaria
A partir del 1 de enero de 2014, no aplica más la retención por la utilización
de energía eléctrica suministrada desde el exterior.
Rentas de No Residentes, ejemplo práctico
La entidad Sol y Luna, S.A. – dedicada a la importación y venta de electrodomésticos -, subsidiaria del no
residente Sun and Moon Corporation, tiene varias obligaciones en concepto de préstamos otorgados
desde el exterior, de los cuales cancelará en enero de 2014 intereses por una cifra de Q 650,700.00, mismos que corresponde en un 75% al Chase Manhattan Bank de USA y el resto a Sun and Moon Corporation.
Determine la retención pertinente (asumiendo que tiene legalmente soportadas las decisiones que tome).
No. Base imponible en Q Tarifa Retención en Q
162,675.00 10% 16,267.50
Totales 162,675.00 16,267.50
CÁLCULO DEL ISR POR RENTAS DE NO RESIDENTES
1. Se debe realizar la retención al pagar , acreditar en cuenta bancaria o de cualquier manera
poner a disposición las rentas, debiendo extender la constancia de retención (SAT-1352).
2. Pagar el impuesto a través de la declaración vigente (SAT-1352), en los primeros 10 días hábiles del
mes siguiente a aquel en donde se efectuó el pago o acreditamiento.
3. Remitir anexo de la declaración, con la información requerida por la ley.
Rentas del trabajo en
relación de dependencia “Enfoque del agente retenedor”
Ver Título III del Decreto No. 10-2012, Ley de
Actualización Tributaria y sus reformas vigentes
Rentas del trabajo, enfoque del agente retenedor.
Gestión del impuesto:
Obligación de retener
Cálculo de la retención
Trabajador con más de un patrono
Constancia de retenciones SAT-1921
Liquidación y devolución
Pago de retenciones, SAT-
1331
Obligación de presentar declaración jurada anual, SAT-1431 y liquidación
Rentas del trabajo, ejemplo práctico.
Sueldo nominal
mensual
Bonificación de
ley mensual
Otros ingresos
(anuales)
Bono 14 (anual,
incluye bono
incentivo)
Aguinaldo (anual,
pagadero en
diciembre)
Monto 7,000.00 250.00 5,000.00 7,000.00 9,000.00
El empleado renunció a part ir del 1 de noviembre de 2014.
Ejemplo: Empleado del Sector Privado
Cifras en quetzales
El empleado recibe un incremento salarial mensual por Q 600.00 de mayo de
2014 en adelante.
Rentas del trabajo, ejemplo práctico.
108,000.00
84,000.00
3,000.00
0.00
0.00
5,000.00
7,000.00
9,000.00
14,000.00
7,000.00
7,000.00
94,000.00
52,057.20
48,000.00
4,057.20
41,942.80
5.00%
2,097.14
174.76
5,400.00
Retención mensual (Q 2,097.14 /12):Máximo deducible a l fina l del año en concepto de donaciones , (5%)
de la renta bruta, debidamente documentadas :
Tarifa o tipo impositivo del 5%
(menor a Q 300,000.01)Retención anual (Q 41,480.00 x 5%):
IGSS (4.83%)
(=) Renta o base imponible
(-) Deducciones legales
Deducción única sin comprobación:
Aguinaldo (Ver límite legal):
(=) Renta Neta:
(-) Rentas Exentas:
Bono 14 (Ver límite legal):
Bono 14:
Aguinaldo:
Horas extras:
Bonificaciones y otros ingresos adicionales:
Bonificación de ley:
Viáticos no comprobables:
Renta Bruta (Ingresos gravados y exentos):
Sueldos
Declaración Anual Proyectada (12 meses)
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014(Cifras en quetzales)
Rentas del trabajo, ejemplo práctico.
113,108.00
88,800.00
3,000.00
0.00
0.00
5,000.00
7,308.00
9,000.00
14,908.00
7,308.00
7,600.00
98,200.00
52,289.04
48,000.00
4,289.04
0.00
0.00
45,910.96
5.00%
2,295.55
691.32
1,604.23
200.53
(-) Retenciones ya realizadas
(=) ISR a retener por el resto del período anual
ISR a retener por los 8 meses siguientes:
Tarifa o tipo impositivo del 5% (menor a
Q 300,000.01)
Retención definitiva anual (Q 45,910.96 x 5%):
Planilla del IVA
(=) Renta o base imponible
IGSS (4.83%)
Donaciones y seguros de vida
(-) Deducciones legales
Deducción única sin comprobación:
Aguinaldo (Ver límite legal):
(=) Renta Neta:
(-) Rentas Exentas:
Bono 14 (Ver límite legal):
Bono 14:
Aguinaldo:
Horas extras:
Bonificaciones y otros ingresos adicionales:
Bonificación de ley:
Viáticos no comprobables:
Renta Bruta (Ingresos gravados y exentos):
Sueldos
Actualización de la declaración proyectada Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014
(Cifras en quetzales)
Rentas del trabajo, ejemplo práctico.
99,191.00
73,600.00
2,500.00
500.00
1,000.00
3,500.00
9,841.00
8,250.00
17,441.00
9,841.00
7,600.00
81,750.00
51,603.18
48,000.00
3,603.18
0.00
0.00
30,146.82
5.00%
1,507.34
1,902.22
-394.88
(-) Retenciones realizadas en el año
(=) Devolución o ISR a pagar
Tarifa o tipo impositivo del 5% (menor a
Q 300,000.01)
Retención definitiva anual (Q 30,146.82 x 5%):
Planilla del IVA
(=) Renta o base imponible
IGSS (4.83%)
Donaciones y seguros de vida
(-) Deducciones legales
Deducción única sin comprobación:
Aguinaldo (Ver límite legal):
(=) Renta Neta:
(-) Rentas Exentas:
Bono 14 (Ver límite legal):
Bono 14:
Aguinaldo:
Horas extras:
Bonificaciones y otros ingresos adicionales:
Bonificación de ley:
Viáticos no comprobables:
Renta Bruta (Ingresos gravados y exentos):
Sueldos
Liquidación definitiva extraordinaria (10 meses) Del 1 de enero al 31 de octubre de 2014
(Cifras en quetzales)