SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PORTUARIO
Reglas de Operación para el otorgamiento de Apoyos del Programa
Mercado Próspero Adelante para el ejercicio 2015
Con fundamento en los artículos 4, 9 fracción VI, 10, 12 fracción I y XIII, 23 y 24 en la Ley Orgánica
de poder ejecutivo de estado de Veracruz; artículos 30 y 36 en la Ley de Fomento Económico para
el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; artículos 7 fracción I, 8 fracción I Inciso b), 9 fracción
III inciso a), b), c), d) ,e), f), 13, 14, 16,18, 19, 22 en la Ley de Planeación del estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave; artículo 19 inciso II, IV, IX, X y XIII en el Reglamento interior de la Secretaria de
Desarrollo Económico y Portuario y considerando que la Constitución Política del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave establece en sus artículos 74 y 75 que corresponde a las
autoridades del Estado impulsar, coordinar y orientar al desarrollo económico mediante un
sistema de planeación democrática, apoyos, incentivos y estímulo al inversionista; con la finalidad
de generar fuentes de trabajo, impulsar el comercio y el abasto.
I. INTRODUCCIÓN
El Mercado Próspero Adelante, Vitrina Itinerante y el Catálogo de Productos Veracruzanos son
programas que tiene como finalidad la promoción y comercialización de productos cien por ciento
veracruzanos, desde hace cuatro años, comenzando actividades en enero de 2011.
Estos programas atienden a la política que el Gobernador del Estado, Dr. Javier Duarte de Ochoa
ha implementado desde el inicio de su administración, a fin de impulsar la creatividad de
productores y artesanos de la entidad, ofreciendo espacios para la venta y exposición de sus
productos y servicios, lo que les permite incrementar sus ventas y utilidades al no existir
intermediarios.
De esta manera, el Gobierno de Veracruz realiza diferentes acciones para impulsar el talento de
los emprendedores y pequeños empresarios, a través de programas que brindan asesoría y
capacitación en diversos temas que los ayuda a desarrollar sus ideas de negocio, así como
impulsar el crecimiento de sus empresas, con la consecuente generación de más fuentes de
empleo, y así cumplir con la visión del Presidente de México, Lic. Enrique Peña Nieto, de consolidar
una economía innovadora, dinámica y competitiva como resultado de una política incluyente de
apoyo al emprendimiento y a las MiPyMes.
Los programas arriba mencionados son esquemas de comercialización de productos cien por
ciento veracruzanos, que sirven de plataforma para que las empresas participantes obtengan
beneficios económicos y sociales como resultado del incremento en sus ventas y utilidades, al
colocar sus marcas en cadenas de tiendas comerciales locales, regionales y nacionales.
2. OBJETIVOS:
2.1 GENERAL
1. fundamental impulsar, promover, implementar, instrumentar la comercialización de los
productos veracruzanos, a través de los medios o canales de comercialización más
pertinentes, sustentando y elevando el crecimiento de las empresas veracruzanas, es uno
de los objetivos del programa Mercado Próspero Adelante.
2.2 ESPECÍFICOS:
1. Coadyuvar al desplazamiento de los productos veracruzanos a través de ferias,
exposiciones, convenciones, acercamiento comerciales, garantizando las condiciones de
igualdad y equidad entre los productores.
2. Generar alternativas de comercialización de los productos veracruzanos a través de
canales de comercialización amigables a los productores.
3. Promocionar y comercializar productos veracruzanos a través plataformas digitales.
4. Exhibir los productos veracruzanos en puntos estratégicos de la entidad veracruzana,
como lo son hoteles, restaurantes, plazas comerciales, terminales o lugares de mayor
concurrencia.
3. DEFINICIONES
3.1 Para efectos de las presentes REGLAS DE OPERACIÓN se entenderá por:
I. Beneficiario: La Población Objetivo cuyas Solicitudes de Apoyo sean aprobadas por el
Comité de Selección;
II. Comité de Selección: Estará integrado por el Subsecretario de Promoción y Apoyo a las
Mipymes, Director General de Comercio y Abasto y dos representantes de la Iniciativa
Privada;
III. DGCYA: Dirección General de Comercio y Abasto;
IV. SEDECOP: Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario;
V. Stand Institucional: Estructura metálica y carpa de vinil con imagen gubernamental de
3x3 metros para la recepción, exhibición, venta y distribución de productos y servicios
para satisfacer las necesidades del consumidor final;
VI. Población Atendida: Población objetivo que ha sido beneficiada con los recursos del
Programa;
VII. Población Objetivo: Las personas físicas o morales que cuente con Constancia de
Identificación Fiscal o similar, que cuente con domicilio fiscal en el Estado de Veracruz,
relacionadas con la producción de bienes y/o servicios de los distintos sectores
productivos, cuya principal actividad sea la producción, almacenamiento,
comercialización, distribución, en torno a los productos y servicios ofrecidos podrán
obtener apoyos para la participación en las ediciones del programa en cuestión y que
el Comité de Selección determine y autorice;
VIII. Solicitud de Apoyo: Formato electrónico o físico con información básica de la
Población Objetivo para ser considerada en el MERCADO PRÓSPERO ADELANTE y se
presenta a través del Sistema Informático;
IX. Sistema Informático: Aplicación web a través de la cual la Población Objetivo, presenta
información para el cumplimiento de las presentes REGLAS DE OPERACIÓN;
X. Tamaño de las Empresas: La estratificación de las empresas será la definida en la Ley
para el Desarrollo de la competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, así
como la señalada en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro,
pequeñas y medianas empresas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de
junio de 2009.
XI. Convocatoria: Sera el número de eventos que tendrán programadas la Dirección
General de Comercio y Abasto de acuerdo a la disponibilidad presupuestal.
4. LINEAMIENTOS
4.1 CONCERTACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS
Los Apoyos del MERCADO PRÓSPERO ADELANTE están integrados por subsidios previstos en el
Presupuesto de Egresos del Estado y serán otorgados a los Beneficiarios a través de la DGCYA, con
apego a las disposiciones de las presentes Reglas de Operación y demás disposiciones legales
aplicables. Los apoyos provenientes del MERCADO PRÓSPERO serán considerados en todo
momento como recursos estatales, en los términos de las disposiciones aplicables, y no perderán
tal carácter al ser canalizados a la DGCYA, y serán sujetos en todo momento, a las disposiciones
estatales que regulan su control y ejercicio.
4.2 COBERTURA Y POBLACION OBJETIVO
El MERCADO PRÓSPERO ADELANTE tiene una cobertura estatal. Las personas físicas o morales que
cuente con Constancia de Identificación Fiscal (CIF) o similar, con domicilio fiscal en el Estado de
Veracruz, relacionadas con la producción de bienes y/o servicios de los distintos sectores
productivos, cuya principal actividad sea la producción, almacenamiento, comercialización,
distribución, en torno a los productos y servicios ofrecidos podrán obtener apoyos para la
participación en las ediciones del programa en cuestión y que el Comité de Selección determine y
autorice.
4.3 BENEFICIARIOS
Los programas tienen una cobertura estatal y su población objetivo consta de tres categorías:
I. Emprendedores;
II. Micro, pequeñas y medianas empresas, ya sean personas físicas o morales debidamente
constituidas bajo las normas mexicanas, que tengan domicilio fiscal en el Estado de
Veracruz;
III. Las instituciones y organizaciones del sector público y privado que operen programas de
promoción y difusión de productos veracruzanos.
4.4 REQUISITOS PARA ACCEDER A LOS APOYOS DEL MERCADO PRÓSPERO ADELANTE
Los requisitos para acceder a los apoyos que otorga el MERCADO PRÓSPERO ADELANTE son los
siguientes:
I. Que la Población Objetivo solicite el apoyo directamente en las oficinas de la Dirección
General de Comercio y Abasto;
II. Que la Población Objetivo cumpla con las características establecidas en las presentes
Reglas de Operación;
III. Que el apoyo se solicite dentro del tiempo de duración de la convocatoria de cada edición
de Mercado Próspero Adelante a desarrollarse, mediante la Solicitud de Apoyo
debidamente requisitada en la dirección
http://www.veracruz.gob.mx/desarrolloeconomico/;
Bajo ningún concepto podrán ser Beneficiarios del MERCADO PRÓSPERO ADELANTE, servidores
públicos de la SEDECOP, de la Secretaría de Economía y sus Delegaciones Federales, así como los
cónyuges o parientes por afinidad o consanguinidad hasta cuarto grado, o civiles de los
integrantes del Comité de Selección que participen formalmente en el proceso de autorización de
dichos apoyos.
Esta restricción será aplicable a los funcionarios, empleados, miembros, socios, accionistas y
prestadores de servicios profesionales de empresas, entidades u organismos públicos o privados
que operen el programa, o participen en su operación.
4.5 CARACTERÍSTICAS DE APOYO DE MERCADO PRÓSPERO ADELANTE
Se otorgarán apoyos del MERCADO PRÓSPERO ADELANTE de conformidad con los conceptos,
montos y porcentajes de apoyo que se describen en el Anexo A de las presentes Reglas de
Operación y observando la siguiente disposición:
Por regla general, la Población Objetivo podrá ser apoyada en un 100 por ciento y estará sujeta a
la evaluación y aprobación del Comité de Selección.
4.6 PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Para la recepción de las Solicitudes de Apoyo, la Dirección General de Comercio y Abasto
notificará, vía la página http://www.veracruz.gob.mx/desarrolloeconomico/ las fechas en que
estará abierta la ventanilla para tal fin.
La Población Objetivo ingresará a http://www.veracruz.gob.mx/desarrolloeconomico/ dentro del
término de la duración de la convocatoria, la Solicitud de Apoyo debidamente requisitada en el
Sistema Informático.
Y tendrá que entregar con toda la documentación que se le requiere para estar dentro del padrón
de beneficiarios.
4.7 EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE APOYO
La Dirección General de Comercio y Abasto, de acuerdo a la viabilidad presupuestal, técnica,
condición climática, operativa y/o empresarial, evaluará las Solicitudes de Apoyo y transmitirán al
Comité de Selección aquellas que a su juicio y bajo su responsabilidad cumplan con los requisitos
establecidos por las Reglas de Operación.
4.8 EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE APOYO POR EL COMITÉ DE SELECCIÓN
El Comité de Selección evaluará las Solicitudes de Apoyo, de acuerdo a lo establecido por las
presentes Reglas de Operación.
El Comité de Selección evaluará las Solicitudes de Apoyo que le sean presentados por la Dirección
General de Comercio y Abasto considerando que:
I. Cumplan con los requisitos previstos en las presentes Reglas de Operación.
II. En caso de que algún seleccionado no pueda asistir, la DGCYA asume la potestad para
convocar a otro productor que ofrezca productos o servicios de las mismas características,
y que haya cumplido con lo establecido en las Reglas de Operación.
4.9 OTORGAMIENTO DE LOS APOYOS DEL MERCADO PRÓSPERO ADELANTE
Los Apoyos destinados a los Beneficiarios se otorgarán por medio de la Dirección General de
Comercio y Abasto, una vez aprobada la Solicitud de Apoyo por el Comité de Selección.
4.10 FACULTADES Y PRERROGATIVAS DE LA DGCyA
4.10.1 tendrá las siguientes Facultades:
I. Enviar al Comité de Selección, las Solicitudes de Apoyo para que sean susceptibles de recibir
apoyo;
II. Opinar sobre las Solicitudes de Apoyo recibidas a través del sistema informático;
III. Los demás que se determinen en las presentas Reglas de Operación y sus Anexos.
4.10.2 La Dirección General de Comercio y Abasto tendrá las siguientes facultades:
I. Establecer un mecanismo formal público apegado a las presentes Reglas de Operación para la
evaluación y criterios de selección de las Solicitudes de Apoyo, que someterán a consideración del
Comité de Selección del MERCADO PRÓSPERO ADELANTE;
II. Publicar en la página oficial de la SEDECOP, la Convocatoria que emita la DGCYA respecto del
plazo en que puedan ingresarse las solicitudes de apoyo;
III. Recibir a través del Sistema Informático y evaluar, con estricto apego a las presentes Reglas de
Operación, las Solicitudes de Apoyo, e informar al Comité de Selección mediante escrito
acompañados del dictamen aprobatorio en donde describirán las razones por las cuales validan las
Solicitudes de Apoyo;
III. Convocar al Comité de Selección para evaluar y en su caso aprobar las Solicitudes de Apoyo.
IV. Notificar a los Beneficiarios, dentro de los 2 días hábiles posteriores al acuerdo derivado de la
sesión del Comité de Selección; la notificación que hace la DGCYA vía correo electrónico y/o
cualquier otro medio comprobable;
V. En general, cumplir en todos sus términos con lo dispuesto en las presentes Reglas de
Operación, disposiciones emitidas por el Comité de Selección y demás disposiciones jurídicas y
administrativas aplicables.
4.11 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
4.11.1 Los Beneficiarios tendrán los siguientes Derechos:
I. Recibir los Apoyos para su participación una vez aprobados por el Comité de Selección, con
igualdad de oportunidades y sin discriminación de género, raza, credo, condición socioeconómica
o cualquier otra causa que implique discriminación;
II. Recibir asesoría por parte de la DGCYA, para el correcto uso y aprovechamiento de los recursos
comprometidos;
III. Solicitar la cancelación de su participación, notificando por correo electrónico y/o cualquier
otro medio comprobable a la DGCYA con al menos 72 horas previas a la realización del evento
para el cual fue aprobada su Solicitud de Apoyo.
4.11.2 Los Beneficiarios tendrán las siguientes Obligaciones:
I. Entregar, a la DGCYA la documentación jurídica, conforme a lo previsto en las presentes Reglas
de Operación y sus Anexos; incluyendo una carta compromiso, firmada por el representante legal,
donde se establezca que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales;
II. Abstenerse de utilizar el stand del MERCADO PRÓSPERO ADELANTE para rentarlo en su
totalidad o de manera parcial, y no exhibirá ninguna cosa que no esté especificada en la Solicitud
de Apoyo;
III. Queda estrictamente prohibido el uso de marcas registradas en productos diferentes a los
originales que han sido registrados previamente en la Solicitud de Apoyo;
IV. Abstenerse de llevar a cabo juegos de azar o rifas, o efectuar cualquier tipo de pasatiempo o
entretenimiento, real o simulado, sólo se permitirá en la medida de que se observen las leyes
vigentes y que la DGCYA;
V. Entregar, a la DGCYA, los reportes de ventas durante la celebración del evento del MERCADO
PRÓSPERO ADELANTE;
VI. Será responsabilidad del Beneficiario en responder por los daños que sean ocasionados por él
mismo, su personal o a los que designe o contrate para el cumplimiento de sus obligaciones, así
como los ocasionados al inmueble donde se realice el evento y a terceros, por lo tanto, se obliga a
satisfacer cualquier reclamación que se origine en su contra derivado de esta circunstancia;
VII. El Beneficiario, derivado del punto anterior, se obliga a indemnizar y a sacar en paz y a salvo a
la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz de cualquier
reclamación, queja, demanda, denuncia y/o en general de cualquier litigio que pudiera surgir por
cualquier motivo;
VIII. El Beneficiario está obligado a devolver el área asignada y las instalaciones de esta, en las
mismas condiciones de recepción. En caso de producir daños, independientemente de cubrir el
costo de las reparaciones, se generará el pago de daños y perjuicios que resulten.
IX. Los daños que sufran los materiales y elementos de exposición, productos y equipos o bienes
que pertenezcan al Beneficiario, independientemente que estos sean resultado de incendio,
tormenta o cualquier acto de la naturaleza, fallas en el aire acondicionado o en la calefacción,
robo, pillaje, amenaza de bomba o cualquier otra causa, serán responsabilidad exclusivamente del
mismo Beneficiario, siendo que todos los bienes que ingresan a la exhibición están por cuenta y
riesgo de él mismo, quien es responsable de su custodia en todo momento X. El Beneficiario asumirá todo tipo de responsabilidad laboral de todos y cada uno de sus
contratistas y de su personal.
4.12 CAUSAS DE INCUMPLIMIENTO Y SANCIONES
4.12.1. Para verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios, la DGCYA,
podrán ordenar la práctica de visitas de supervisión e inspección a los productores participantes;
4.12.2. El Comité de Selección emitirá las resoluciones que estime pertinentes en caso de que los
Beneficiarios:
I. No apliquen los Apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente,
en cuyo caso y sin perjuicio de lo establecido en la regla siguiente, deberá reintegrar la totalidad
de los recursos otorgados;
II. Incumplan totalmente con la participación en el evento;
IV. No entreguen a la DGCYA, el reporte de ventas que acredite los avances y la conclusión de los
compromisos de la Solicitud de Apoyo aprobada;
VII. Cuando realicen modificaciones al stand sin previo acuerdo con personal de la DGCYA, y
VIII. Incumplan cualquier otra obligación prevista en las presentes Reglas de Operación.
4.12.3 El Comité de Selección, en función de la gravedad de las causas de incumplimiento a que
se refiere la Regla anterior, podrá:
I. Requerir al Beneficiario, para que dentro del término que se le determine, subsane las omisiones
o irregularidades advertidas en la visita de supervisión e inspección;
II. Cancelar en forma temporal o definitiva la entrega de los Apoyos, en caso de reincidencia
respecto de los señalamientos establecidos en la fracción anterior y de la fracción 7.2 del presente
instrumento. En su caso recomendar la suspensión en la participación del programa de la
SEDECOP;
III. El Consejo Directivo podrá recomendar la suspensión de otros Apoyos aprobados al
Beneficiario, tanto en la misma dependencia como en otras del Gobierno Estatal.
4.12.4. Al Beneficiario que se le haya aplicado la sanción que se establece en la fracción II de la
Regla anterior, quedará obligado a respetar la determinación del Consejo de Selección en caso de
suspender temporalmente su participación en el programa. Las sanciones previstas en esta
sección se aplicarán sin perjuicio de que se ejerciten las acciones legales que procedan.
4.13 PARTICIPANTES
4.13.1 Ejecutantes
La Dirección General de Comercio y Abasto adscrita a la subsecretaría de Promoción y Apoyo a las
MiPyMes
4.13.2 Instancia Normativa
La Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz
4.14 Coordinación Institucional
Se dará a conocer a los alcaldes sobre el programa Mercado Próspero Adelante para coordinar
las actividades promoción, comercialización de productos veracruzanos.
5. OPERACIÓN.
5.1 PROCESO
Para lograr un mejor nivel de ejercicio y aprovechamiento de los recursos, la D.G.C.A. realizará una
calendarización eficiente; asimismo, se preverá los lugares más pertinentes para la realización de
los eventos programados.
Adicionalmente, a partir del 30 de junio la SEDECOP podrá realizar una evaluación del avance de
las acciones y ejercicio de los recursos en cada programa. Los recursos que no hubieren sido
ejercidos o comprometidos, o cuyas acciones no tuvieren avance de acuerdo a lo programado,
serán reasignados por parte de la Unidad Administrativa de la SEDECOP.
5.1.1 Programa Mercado Prospero Adelante
1. Procedimiento
Nombre: Mercado Prospero Adelante
Objetivo: El programa Mercado Prospero Adelante tiene como finalidad
promocionar los productos veracruzanos, en diferentes puntos
estratégicos que fomenten el comercio y distribución de productos
nacionales, frenando las importaciones de los productos internacionales.
Frecuencia
Normas
Área
Actividad Descripción
Municipio o D.G.C.A. 1
2
El Municipio o D.G.C.A. solicita mediante un oficio la instalación del Mercado Prospero Adelante en algún ayuntamiento El Municipio o D.G.C.A. da mediante un oficio una respuesta a la solicitud enviada. Si la respuesta es positiva el proceso continua, si la respuesta es negativa se deberá de comenzar todo nuevamente.
D.G.C.A. 3
4
5
6
7
8
Una persona de la D.G.C.A. realiza una visita al H. Ayuntamiento para corroborar que el lugar cuenta con las condiciones necesarias para realizar el evento. Se hace una solicitud mediante un oficio al H. Ayuntamiento el apoyo de la seguridad pública para el resguardo y vigilancia en el día y transcurso del evento. Se realiza un oficio de requisición al Departamento de Recursos Materiales de los materiales para la realización de la instalación (mesas, sillas, equipo de sonido, lonas, manteles, etc.) Se hace la requisición de la publicidad mediante un oficia al Departamento de Enlace Institucional, que se encargara de difundir el evento en cuestión. Se realiza una lista de productores tentativos que podrán participar a dicho evento, siempre y cuando no hayan asistido a un evento anteriormente, esto con la finalidad de que pueda participar más productores a los eventos realizados. La lista de productores de envía a la Subsecretaria de Promoción y Apoyo a las MIPYMES para que esta de su aprobación de los productores para la participación del evento.
Subsecretaria de Promoción y Apoyo a las MIPYMES
9
Envía la respuesta a la D.G.C.A. de la aprobación a la lista con los productores a participar en el evento.
D.G.C.A 10
11
Al recibir la aprobación de la lista se convocan a los productores mediante llamadas invitándolos a participar a dicho evento en caso de no aceptar se invita a otro productor de la lista que no fue elegido en la primera ronda. El día del evento de Mercado Prospero Adelante se realiza un acto protocolario para dar inicio al evento programado, una vez que se realiza la inauguración se hacen las supervisiones necesarias para que todo corra con normalidad. Concluido el tiempo establecido en el programa se da por clausurado el evento por las autoridades del lugar. Una vez que se da por terminado el evento se levanta un reporte de venta de cada productor y se registran en un sistema interno de la Secretaria. Con este reporte de ventas se realiza un análisis para determinar si el evento cumplió su cometido y si los productores tuvieron buena aceptación del público.
MERCADO PROSPERO ADELANTE
DGCAMUNICIPIO SUBSECRETARIA OTROS
Fase
Solicitud del Mercado Prospero
Adelante
Oficio de solicitud
Visita del lugar
Inicio
Solicitud Mercado Prospero Adelante
Oficio de solicitud
¿Aceptación de MPA?
Si
NO
Solicitud de
Seguridad publica
Requisición de materiales
Secretaria de Seguridad Publica o
policía municipal
Recursos materiales de la SEDECOP
Requisición de spot
Departamento de Enlace de la
SEDECOPRevisión de la lista
tentativa
Elaboración de la lista de productores
Lista tentativa
Recepción de la lista
Convocatoria de productores
Evento de Mercado Prospero
MontajeInstalacion de productores
InaguracionDesarrollo del evento
ClausuraReporte de venta
Fin
5.2 EJECUCIÓN
5.2.1 Avances físicos financieros
A través del reporte mensual de avance de actividades, se presentara a la Dirección General de
Planeación y Evaluación de la Secretaria, el número de empresarios que durante dicho periodo
participaron.
5.2.2 Acta de entrega Recepción
Existe un catálogo de productores veracruzanos que obra en la Dirección General de Comercio y
Abasto, la cual se difunde ni se proporcionar por contener información de carácter reservado,
misma que se clasifica de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
5.2.3 Recursos No devengados
No se otorgaran apoyos económicos, únicamente en especie en la forma y términos que señala la
convocatoria.
6. AUDITORÍA, CONTROL Y SEGUIMIENTO
Los recursos que el Estado otorga para el MERCADO PRÓSPERO ADELANTE, podrán ser revisados
por el Organismo Fiscalizador correspondiente y demás instancias que en el ámbito de sus
respectivas atribuciones resulten competentes. Como resultado de las acciones de auditoría que
se lleven a cabo, la instancia de control que las realice mantendrá un seguimiento interno que
permita emitir informes de las revisiones efectuadas, dando principal importancia a la atención en
tiempo y forma de las anomalías detectadas, hasta su total solventación. Las responsabilidades
administrativas, civiles o penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Estatal en que,
en su caso, incurran los servidores públicos estatales o locales, así como los Beneficiaros, serán
sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
6. EVALUACIÓN
7.1 INTERNA
Conforme a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria y con el objeto de enfocar la gestión del Programa al logro de resultados para mejorar
las condiciones de vida de la población beneficiaria, así como fortalecer la rendición de cuentas y
la transparencia en el ejercicio de los recursos, realizarán evaluaciones Programa.
Las evaluaciones se complementarán con un monitoreo periódico por parte de los órganos
competente de los órganos internos y externos en materia de auditoria y fiscalización de los
recursos o programas.
7.2 EXTERNA
Las evaluaciones externas que se realicen al Programa serán coordinadas por el Órgano de
Fiscalización Superior del Estado de Veracruz (Orfis), con base en la metodología establecida por el
Comité de planeación para la Fiscalización Superior que integra y analiza información financiera,
recursos transferidos y convenios celebrados, la cual es obtenida de los Entes Fiscalizables y
Entidades de la Administración Pública Federal, así como los antecedentes de la fiscalización de
ejercicios anteriores, en concordancia con los objetivos y líneas de acción establecidos en el Plan
Estratégico 2012-2019 del ORFIS.
7.3 INDICADORES
Los indicadores de Propósito y Componente de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del
Programa están contenidos en el Anexo B de las presentes Reglas de Operación. La información
correspondiente a estos indicadores será reportada por la D.G.C.A. de la Secretaría de Desarrollo
Económico y Portuario del Estado de Veracruz y la Dirección General Planeación y Evaluación dará
seguimiento para la integración de los Informes correspondientes.
MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS (MIR)
La Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz atendiendo la
normatividad de exigida en la creación de matrices de la metodología del marco lógico y con
apego al sentido de responsabilidad de las necesidades de la población se realiza el análisis
minucioso de la problemática que adolecen los productores veracruzanos para la comercialización
de sus productos.
8. TRANSPARENCIA
8.1 DIFUSIÓN.
Estas reglas de operación serán difundías por la gaceta oficial del Estado de Veracruz y podrá ser
consultada a través de la página electrónica:
http://www.editoraveracruz.gob.mx/gacetaOficial.php.
La SEDECOP será la encargada de realizar la promoción y difusión de los programas que se realizan
en esta dependencia, asimismo se realizara informes de las acciones institucionales a realizar para
beneficio de su población objetivo.
8.2 CONTRALORÍA SOCIAL.
Se propiciará la participación de las personas beneficiarias del Programa a través de la integración
y operación de comités de contraloría social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del
cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta
aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
El programa deberá ajustarse a lo establecido por la Secretaría de la Función Pública en materia de
Contraloría Social, conforme a los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría
Social en los programas federales de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial de la
Federación el 11 de abril de 2008, con el fin de promover y realizar las acciones necesarias para la
integración y operación de la contraloría social, bajo el esquema validado por la Secretaría de la
Función Pública y que puede consultarse en el portal:
http://www.funcionpublica.gob.mx/index.php/ua/scagp/uorcs/contraloria-social.html y Anexo16
de las presentes Reglas de Operación.
8.3 PADRÓN DE BENEFICIARIOS.
El Padrón Único de Beneficiarios (PUB) es una base de datos que contiene la información de todos
los padrones de personas beneficiarias de los programas sociales a cargo de las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal.
Para la integración del padrón de personas beneficiarias del Programa al PUB, al inicio del ejercicio
fiscal la D.G.C.A. indicará a la Dirección General de Planeación y Evaluación (D.G.C.A) sobre el
calendario de actualización, tipo de personas beneficiarias y datos del personal responsable y
operativo del padrón.
Asimismo, la generación del PUB será de acuerdo con los Lineamientos para la Integración del
Padrón Único de Beneficiarios atendiendo los lineamientos de la Ley Federal de Protección de
Datos Personales.
8.4 ACCIONES DE BLINDAJE ELECTORAL
En la operación y ejecución de los recursos estatales y proyectos sujetos a las presentes Reglas de
Operación, se deberán observar y atender las medidas de carácter permanente, así como aquellas
específicas que sean emitidas de forma previa para los procesos electorales federales, estatales y
municipales, por la Unidad del Abogado General y Comisionada para la Transparencia, con la
finalidad de evitar el uso de recursos públicos y programas sociales con fines particulares,
partidistas y/o político-electorales.
Con estas acciones se fomenta la cultura de la transparencia, la legalidad y la rendición de cuentas,
se refrenda el compromiso de respetar el principio de imparcialidad en la aplicación de los
recursos públicos y se busca prevenir e inhibir las conductas contrarias a la normatividad que
regula la actuación en el servicio público, haciendo énfasis en los principios de ética, legalidad,
transparencia, integridad, rendición de cuentas, respeto a los derechos humanos y participación
ciudadana.
9. PERSPECTIVA DE GÉNERO.
En el ámbito de su competencia, el Programa incorporará la perspectiva de género para identificar
las circunstancias que profundizan las brechas de desigualdad, que generan sobrecargas o
desventajas, en particular para las mujeres, a fin de determinar los mecanismos que incidan en su
reducción o eliminación y potenciar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, para alcanzar
un desarrollo pleno, en condiciones de igualdad, garantizando la vigencia, el reconocimiento y el
ejercicio de sus derechos.
10. QUEJAS Y DENUNCIAS.
Las personas beneficiarias o interesadas, tienen derecho a solicitar información relacionada con el
presente Programa y sus Reglas de Operación, así como a presentar quejas o denuncias en contra
de servidores públicos de la SEDECOP, por el incumplimiento en la ejecución, operación o entrega
de apoyos, ante las instancias correspondientes:
Las quejas y denuncias podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica, a través de:
a) Órgano Externo de Control de la SEDECOP:
Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz
Carretera Xalapa-Veracruz No. 1102, Esq. Boulevard Culturas Veracruzanas, Reserva Territorial,
C.P. 91096, Xalapa Veracruz.
Conmutador: 01 (228) 841 8600;
Lada sin costo: 01 (800) 215 2745
Fax: 01 (228) 813 9117 y 01 (228) 813 7777
b) Órgano Interno de Control de la SEDECOP:
Contraloría General del Estado de Veracruz:
Palacio de Gobierno planta alta,
CP 91000, Xalapa, Ver. Tel. (228) 8 18 45 00 Conmutador.
ANEXO A:
PROGRAMA MERCADO PRÓSPERO ADELANTE:
Rubro Concepto Aplicables Porcentaje máximo de apoyo
Consideración
1 Apoyos para la participación en
eventos del Mercado Próspero Adelante
(stand)
100%
Por evento una vez
MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS (MIR)
La Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz atendiendo la
normatividad de exigida en la creación de matrices de la metodología del marco lógico y con
apego al sentido de responsabilidad de las necesidades de la población se realiza el análisis
minucioso de la problemática que adolecen los productores veracruzanos para la comercialización
de sus productos.
Las dependencias y entidades deberán formular o adecuar las Reglas y lineamientos de Operación
tomando en consideración lo Siguiente:
Apartado en ROP Contenido General Vínculo con la MIR
INTRODUCCIÓN Los productores veracruzanos tienes problemas para desplazar sus productos, en las principales cadenas comerciales o poder participar en diferentes ferias, congresos o exposiciones que les permitan desarrollarse y elevar la sustentabilidad de sus empresas.
La Problemática específica que se atiende con la operación del programa deberá coincidir con la descrita mediante la metodología del marco lógico (MML) utilizando como referente el árbol de problemas y objetivos y, en su caso los resultados de las evaluaciones externas.
En su caso, deberá ser coincidente con la referida en el diagnóstico del Programa.
Contempla además la alineación del programa con los objetivos del PVD 2011-2016 y programas derivados del mismo.
OBJETIVOS (General)
La Secretaria de Desarrollo Económico y
Portuario a través de la Dirección
General de Comercio y Abasto tiene
como objetivo fundamental impulsar,
promover, implementar, instrumentar
la comercialización de los productos
veracruzanos, a través de los medios o
canales de comercialización más
pertinentes, sustentando y elevando el
crecimiento de las empresas
veracruzanas.
Establece el FIN identificado en la MIR.
Debe alinearse con los objetivos derivados del proceso de planeación estatal, así como estar asociado a uno o más indicadores y metas.
OBJETIVOS (Específicos)
Lograr desplazar los productos
veracruzanos a través de ferias,
exposiciones, convenciones,
acercamiento comerciales,
garantizando las condiciones de
El Objetivo específico del Programa, al establecer el resultado directo a ser logrado por el Programa en términos de su impacto económico y social, deberá ser único y coincidir con el registrado en el resumen
igualdad y equidad entre los
productores;
Generar alternativas de
comercialización de los
productos veracruzanos a
través de canales de
comercialización amigable a los
productores.
Promocionar y comercializar
productos veracruzanos a
través plataformas digitales
amigables a los productores
veracruzanos.
Exhibir los productos
veracruzanos en puntos
estratégicos de la entidad
veracruzana, como lo son
hoteles, restaurantes, plazas
comerciales, terminales o
lugares de mayor concurrencia.
narrativo, nivel Propósito, de la MIR.
LINEAMIENTOS (Cobertura)
Debe ser consistente con la problemática descrita mediante la MML, con el diagnóstico de Programa y la población objetivo.
LINEAMIENTOS (Población objetivo)
Esta población deberá ser consistente con la identificada a nivel PROPÖSITO en la MIR, especificando claramente a quien va dirigido el programa y sus principales atributos.
Apartado en ROP Contenido General Vínculo con la MIR
LINEAMIENTOS (Requisitos de los beneficiarios)
No Aplica
LINEAMIENTOS (Procedimiento de selección de
No aplica
beneficiarios)
LINEAMIENTOS (Características de los apoyos)
Los tipos de apoyo deberán corresponder, en relación uno a uno, a los COMPONENTES de la MIR.
Tratándose de Programas que provengan de la agrupación de más de un programa, o que estén siendo objeto de modificaciones en su diseño, los tipos de apoyo deberán estar relacionados con los COMPONENTES de la MIR.
LINEAMIENTOS (Derechos, obligaciones y sanciones)
No aplica.
LINEAMIENTOS (Participantes)
La unidad Responsable (UR) del Programa deberá ser la misma que la registrada en el sistema que para tal efecto defina la Secretaría de Finanzas.
En caso de que más de una UR participen en el mismo, dicha información deberá ser consistente con la ingresada en el sistema de la Secretaría de Finanzas.
Tratándose de UR que transfiera recursos a terceros, para que estos entreguen bienes y servicios a la sociedad, esta condición deberá quedar especificada en el Sistema de la Secretaría de Finanzas.
Apartado en ROP Contenido General Vínculo con la MIR
LINEAMIENTOS (Coordinación Institucional)
En su caso, deberán ser consistentes con los supuestos de la MIR relacionados con la Coordinación Interinstitucional.
Para aquellos casos en que se trasfieran recursos a terceros,
para que estos entreguen bienes y servicios a la sociedad, deberán establecerse los mecanismos de coordinación que permitan medir el desempeño del Programa y los resultados de la aplicación de dichos Recursos.
OPERACIÓN Dentro de la mecánica de operación del programa se deberán enunciar las principales ACTIVIDADES de los COMPONENTES del programa.
Esta información deberá ser consistente con las principales Actividades identificadas en la MIR.
AUDITORIA, CONTROL y SEGUIMENTO
Con base en los indicadores de desempeño se medirá, de manera objetiva y verificable, el avance en la consecución de los objetivos propuestos.
EVALUACIÓN Se llevará a cabo conforme a los “Lineamientos generales para la evaluación de los Programas Estatales” y al “Programa Anual de Evaluación” del año correspondiente.
Las reglas o lineamientos de operación de los programas deberán contener los indicadores y metas de nivel PROPÓSITO y COMPONENTE, de la MIR, así como los objetivos a los cuales están relacionados y su frecuencia de medición.
Apartado en ROP Contenido General Vínculo con la MIR
EVALUACIÓN Para evaluaciones en las que se analice el cumplimiento de objetivos y metas, deberá tomarse como referencia los indicadores incluidos en la MIR, mismos que deberán estar incluidos o ser coincidentes con
los establecidos en las reglas de operación de los programas.
TRANSPARENCIA La información reflejada en la MIR y en las reglas de operación de los programas, será la base para informar a la sociedad sobre el desempeño de los programas y generar los reportes e informes que se integren de manera periódica y se envíen a las autoridades competentes.
QUEJAS Y DENUNCIAS
No aplica.