STAP-DE-294-2020 / DGPN-0481-2020
Informe sobre el Comportamiento del gasto corriente de las entidades y órganos del Sector Público No Financiero,
correspondiente al II Trimestre 2020
Elaborado por:
Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria
Dirección General de Presupuesto Nacional
Agosto, 2020
Tabla de contenido
I. RESUMEN EJECUTIVO ................................................................................................... 5
II. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................ 10
III. MARCO DE REFERENCIA ............................................................................................. 13
IV. ASPECTOS GENERALES ............................................................................................. 14
V. COMPORTAMIENTO GASTO CORRIENTE RESTO DEL SPNF ................................... 18
VI. COMPORTAMIENTO DE LAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL GOBIERNO
CENTRAL A LAS MUNICIPALIDADES................................................................................. 23
VII. COMPORTAMIENTO DE LAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL GOBIERNO
CENTRAL A LAS JUNTAS DE EDUCACION ....................................................................... 25
VIII. COMPORTAMIENTO GASTO CORRIENTE DEL PRESUPUESTO NACIONAL ........... 26
IX. CONCLUSIONES ........................................................................................................... 29
Índice de cuadros
Cuadro 1 Entidades del RSPNF dentro del ámbito de aplicación de la Regla Fiscal .............. 15
Cuadro 2. Cantidad de entidades del RSPNF incluidas en el informe .................................... 16
Cuadro 3. Entidades y órganos del RSPN con montos autorizados según artículos 16 del
Título IV Ley 9635 y 14 y 17 del Decreto Ejecutivo No. 41641-H y sus reformas, al II Trimestre
2020, en millones de colones y porcentajes ........................................................................... 19
Cuadro 4. Entidades del RSPNF que cumplen o exceden la Tasa de Crecimiento de la Regla
Fiscal al II trimestre 2020, según subgrupos .......................................................................... 21
Cuadro 5.Presupuesto Nacional: Ejecución por Título Presupuestario al 30 de junio de 2020,
en millones de colones y porcentaje ....................................................................................... 26
Cuadro 6. Presupuesto Nacional: Ejecución del Gasto Corriente al 30 de junio de 2020, en
millones de colones y porcentaje ............................................................................................ 27
Cuadro 7. Presupuesto Nacional: Tasa de Variación del Gasto Total al 30 de junio de 2020,
en millones de colones y porcentaje ....................................................................................... 27
Cuadro 8. Presupuesto Nacional: Gasto Corriente ejecutado sujeto a Regla Fiscal al 30 de
junio de 2020, en millones de colones y porcentaje ................................................................ 28
Índice de gráficos
Gráfico 1. Entidades del RSPNF dentro del ámbito de aplicación de la Regla Fiscal ................ 15
Gráfico 2. Entidades del RSPNF. Distribución porcentual del total según cumplimiento o
incumplimiento de la Regla Fiscal en el gasto corriente presupuestario ...................................... 20
Gráfico 3. Resto entidades del SPNF dentro del ámbito de aplicación de la Regla Fiscal ....... 22
Índice de Anexos
ANEXO No. 1 Entidades del RSPNF con Información Completa e incluidas en el informe ...... 31
ANEXO No. 2 Entidades del RSPNF con Información incompleta ............................................... 35
ANEXO No. 3 Entidades y órganos del Sector Público No financiero que cumplen la regla
fiscal en sus presupuestos al II Trimestre 2020, en millones de colones y porcentajes ............ 37
ANEXO No. 4 Entidades y órganos del Sector Público No financiero que exceden la regla
fiscal en sus presupuestos al II Trimestre 2020, en millones de colones y porcentajes ............ 41
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I. RESUMEN EJECUTIVO
El presente es el segundo informe trimestral correspondiente al monitoreo de comportamiento
del gasto corriente 2020, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 20 del Título IV de la
Ley No. 9635, donde se realiza una descripción del comportamiento del gasto corriente
presupuestario 2020 en relación con la tasa de crecimiento del 4,67% con respecto al periodo
2019 en aplicación de la regla fiscal, además se hace referencia a los porcentajes de
ejecución acumulada al 30 de junio del año en curso.
El propósito del estudio fue determinar los órganos y entidades del Sector Público No
Financiero (SPNF) cuyo gasto corriente presupuestario presenta un crecimiento igual o
inferior a dicha tasa o bien que están excediendo la misma, por lo que deberían sus jerarcas
tomar medidas a fin de cumplir con la regla fiscal al final del ejercicio, que de conformidad con
lo establecido en los artículos 3° y 22 del Decreto Ejecutivo No. 41641-H y sus reformas,
Reglamento al Título IV de la Ley No. 9635, se verificará comparando el gasto ejecutado de la
liquidación presupuestaria del año culminado, contra el gasto ejecutado de la liquidación
presupuestaria del año que le antecede.
La STAP en atención a los artículos 5, 9 y 10 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la
República” de la Ley No. 9635, y haciendo uso de los clasificadores institucionales vigentes
para efectos del informe del primer trimestre, aparte de las entidades, órganos y poderes que
constituyen en forma agregada el Presupuesto Nacional, identificó un total de 328
instituciones pertenecientes al SPNF, excluyendo la Corporación Bananera Nacional
(CORBANA) en vista de que la Comisión de Clasificadores del Sector Público reclasificó esa
institución como Institución Pública Financiera no Bancaria, lo cual fue comunicado por la
Dirección General de Presupuesto Nacional (DGPN) mediante el oficio DGPN-0134-2020 del
20 de abril del año en curso.
Al respecto, se debe considerar que la empresa Cable Visión de Costa Rica, cedió sus
Derechos y Obligaciones al Instituto Costarricense de Electricidad, por lo que actualmente las
entidades y órganos del Resto del SPNF (RSPNF) (exceptuando Presupuesto Nacional),
alcanzan un total de 327.
De esas 327 entidades y órganos del RSPNF, de conformidad con lo establecido en el inciso
b) del artículo 6 del Título IV de la Ley No. 9635, se encuentran exceptuadas de la aplicación
de la regla fiscal, 4 instituciones, a saber, la Caja Costarricense de Seguro Social, Correos de
Costa Rica, INS-Red de Servicios de Salud, S.A. y Radiográfica Costarricense S.A.
Asimismo, a esas excepciones de la aplicación de la regla fiscal, se deben agregar las
municipalidades y consejos municipales de distrito (82 Municipalidades, si se toma en cuenta
la Municipalidad de Rio Cuarto), salvo en lo que se refiere a aquellos recursos de los
presupuestos provenientes de transferencias realizadas por el Gobierno Central, así como a
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los comités cantonales de deportes y recreación cuyo número asciende a 81. Esto de
conformidad con lo estipulado en el artículo 11 de la Ley No. 9848, “Ley para Apoyar al
Contribuyente Local y Reforzar la Gestión Financiera de las Municipalidades, ante La
Emergencia Nacional por la Pandemia de Covid-19”, que reforma el artículo 6 del Título IV de
la Ley No. 9635, adicionando esas nuevas excepciones.
Resulta importante reiterar que los Comités Cantonales de Deportes fueron exceptuados en
su totalidad mientras que en el caso de las municipalidades solo aplica la regla fiscal en lo
que concierne a los recursos de transferencias provenientes del Presupuesto Nacional (que
para el 2020 se circunscribe a las transferencias corrientes), y que para los efectos en
adelante se le dará un seguimiento a nivel agregado.
Cabe resaltar también que la reforma realizada mediante el citado artículo 11 de la Ley No.
9848 al artículo 6 del Título IV de la Ley No. 9635, establece que las excepciones
expresamente se refieren a las municipalidades, los concejos municipales de distrito y los
comités cantonales de deportes, por lo que no se consideran exceptuadas el resto de otras
entidades de gobiernos locales tales como Federaciones de Municipalidades, Unión Nacional
de Gobiernos Locales, Juntas Administradoras de Cementerios y otras.
De todo lo anteriormente expuesto, se desprende que el ámbito de aplicación de la regla fiscal
en el RSPNF, prácticamente se ve reducido de 327 a 160 entidades.
En lo que respecta a esas 160 entidades y órganos del RSPNF, se resalta que a pesar de que
el artículo 19 del Título IV de la Ley No. 9635 y su Reglamento, las obliga a presentar a la
STAP sus presupuestos, ejecuciones y liquidaciones tanto por objeto del gasto como por
clasificación económica para verificación del cumplimiento de la regla fiscal, no se logró
contar con la información completa necesaria de 58 de esas entidades según los
requerimientos establecidos en el Reglamento al Título IV de la Ley No. 9635, por lo que el
estudio se enfocó en 102 entidades de las que sí se obtuvo la información.
Del análisis realizado se logró determinar que el gasto corriente incorporado en los
presupuestos modificados al II Trimestre 2020 de 88 de las 102 entidades y órganos de los
que se obtuvo la información, muestran un crecimiento igual o inferior al 4,67% en relación
con el gasto corriente de los presupuestos ordinarios del periodo 2019, que se tomó como
base de cálculo para determinar el gasto corriente presupuestario máximo que cada entidad
podía incorporar en sus presupuestos para el 2020, en aplicación de la regla fiscal
fundamentada en el Título IV de la Ley No. 9635 y su Reglamento, de lo cual se desprende
que esas 88 instituciones cumplen con la regla fiscal al II Trimestre del 2020, a nivel
presupuestario.
Es importante mencionar que dentro de este grupo de 88 entidades, se incluyen 8, a saber,
Junta Administrativa del Registro Nacional, Consejo de Seguridad Vial, Instituto Costarricense
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de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud, Instituto Nacional de Estadísticas y
Censos, Instituto Mixto de Ayuda Social, Junta de Protección Social, Consejo Nacional de
Producción y Refinadora Costarricense de Petróleo, S.A., que si bien muestran crecimientos
en sus respectivos gastos corrientes presupuestarios superiores al 4,67%, esto se explica por
cuanto dichos excesos sobre el 4,67% obedecen a montos de gasto autorizados a esas
entidades fundamentados en lo establecido en el inciso a) del artículo 16 Cláusulas de escape
del Título IV de la Ley No. 9635 ante la declaratoria de emergencia nacional por la pandemia
del Covid-19 y los artículos 14 Sobre fusión de instituciones y 17 Regla fiscal y transferencias
a Instituciones Autónomas u Órganos Desconcentrados, del Decreto Ejecutivo No.41641-H.
Cabe mencionar que otra de las entidades a las cuales se le autorizó montos para la atención
de la pandemia, es la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la Provincia de
Puntarenas, sin embargo, no remitió el informe de ejecución al II Trimestre 2020 al 05 de
agosto, fecha que se determinó por parte de la STAP como plazo máximo para la etapa de
recopilación de los datos, por lo que se incluye en la lista de instituciones con información
incompleta (Anexo 2).
Por otra parte, se determinó que las restantes 14 entidades y órganos, están excediendo al II
Trimestre 2020 la tasa de crecimiento de la regla fiscal al mostrar crecimientos superiores al
4,67% en el gasto corriente presupuestario, por lo que deberán tomar medidas para cumplir la
regla fiscal a nivel del gasto corriente ejecutado al término del periodo 2020 respecto al gasto
corriente ejecutado 2019.
De lo anterior, en términos globales se desprende que de las 102 entidades y órganos del
RSPNF, de las cuales se contó con la información requerida para este informe, el 86,27%
cumplen la regla fiscal en sus presupuestos y el restante 13,73% exceden el crecimiento del
4,67% en el gasto corriente presupuestario.
En lo que respecta a la ejecución presupuestaria al II trimestre, en su conjunto las 88
entidades que están cumpliendo la regla fiscal en sus presupuestos, presentan un porcentaje
promedio de ejecución del gasto corriente presupuestado del 38,23% al II Trimestre.
En lo referente a las 14 entidades que están excediendo la regla fiscal en sus presupuestos,
éstas presentan un porcentaje promedio de ejecución del gasto corriente presupuestado del
30,07% al II Trimestre 2020.
En lo que se refiere a las transferencias corrientes a las municipalidades, se tiene que en el
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2019,
ascendieron a ¢4.895,47 millones mientras que para el Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2020 éstas alcanzaron la suma
de ¢7.023,10 millones representando un incremento de 43,46%. Sobre esto, cabe recordar
que la regla fiscal en el caso del Presupuesto Nacional se aplica a nivel agregado, por lo que
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ese incremento inicial de transferencias corrientes a las municipalidades en el 2020 en
relación al 2019 se encuentra contemplado dentro del incremento global del Presupuesto
Nacional respecto al periodo 2019, el cual se situó en un 4,41%, según información de la
DGPN incorporada en el informe al primer trimestre 2020.
De acuerdo con la información del presupuesto actualizado al II trimestre 2020, las
transferencias asignadas a las municipalidades en el Presupuesto Nacional se redujeron a
¢6.830,65 millones y el monto devengado es de ¢904,15 millones, esto es un 13,24% de lo
presupuestado.
En el Presupuesto Nacional se encuentran incorporados recursos que financian las Juntas de
Educación; no obstante, según el Clasificador Institucional éstas se consideran Instituciones
Descentralizadas no Empresariales y dada la imposibilidad material de realizar un
seguimiento individual a cada una de ellas al ser más de 5 mil Juntas, se procedió para este
informe a verificar el comportamiento de las transferencias corrientes destinadas a dichas
entidades.
De conformidad con la información actualizada por la DGPN remitida a la STAP, se tiene que
en el Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del
2019 las transferencias corrientes a las Juntas ascendieron a ¢255.537,80 millones mientras
que para el Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio
económico del 2020 éstas alcanzaron la suma de ¢237.181,80 millones representando un
decrecimiento de 7,18%.
De acuerdo con la información del presupuesto actualizado al II trimestre 2020, las
transferencias asignadas a dichas Juntas en el Presupuesto Nacional se redujeron a
¢231.886,22 millones y el monto devengado es de ¢113.328,20 millones, esto es un 48,87%
de lo presupuestado.
En cuanto al Presupuesto Nacional de la República, al 30 de junio de 2020, el presupuesto
aprobado correspondiente al gasto corriente alcanzó la cifra de ¢ 7.957.714,17 millones, de
dicho presupuesto se ha ejecutado un total de ¢3.500.527,40 millones para un porcentaje de
ejecución del 43,99%. Los gastos corrientes muestran una tasa de crecimiento del 4,57%
respecto al gasto corriente presupuestario del 2019, ubicándose dentro del límite establecido
por la regla fiscal (4,67%).
Desde el punto de vista institucional, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS),
muestra el porcentaje de ejecución más elevado con un 51,20%, lo cual es consistente con el
papel desempeñado durante el segundo trimestre por esa dependencia en el auxilio a los
trabajadores afectados que han perdido sus empleos o visto reducidas sus jornadas como
resultado del impacto de la pandemia COVID-19 sobre la economía.
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Con la emergencia del COVID-19 el Gobierno de la República se ha visto en la necesidad de
reforzar los recursos destinados a gasto corriente, para ayudar a los ciudadanos afectados
por pérdidas de empleo y reducción de jornadas laborales.
Los recursos superan los ¢152 mil millones, de los cuales ¢150 mil millones corresponden a
los subsidios girados por medio de transferencias corrientes al sector privado.
Los recursos anteriores fueron excluidos del cómputo de la regla fiscal según acuerdo de
Junta Directiva de la Comisión Nacional de Emergencias CNE-JD-CA-058-2020 del 2 de abril
del 2020.
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II. INTRODUCCIÓN
La Ley No. 9635 “Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, le otorgó al Ministerio de
Hacienda una serie de herramientas fiscales en procura de que el Estado costarricense pueda
lograr en el mediano plazo que la relación Deuda total del Gobierno Central con respecto al
Producto Interno Bruto (PIB) se mantenga en un rango prudencial, que no comprometa la
sostenibilidad fiscal y la estabilidad macroeconómica del país.
Los artículos 5, 9 y 10 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la República” de la referida Ley
No. 9635, establecen que se limitará el crecimiento del gasto corriente o total presupuestario
según el comportamiento de dos variables macroeconómicas, tal es el caso del crecimiento
interanual del PIB de los últimos cuatro años y de la relación de la deuda total del Gobierno
Central con respecto al PIB nominal. Asimismo, el ámbito de aplicación de la regla fiscal serán
las entidades y órganos que conforman el Sector Público No Financiero (SPNF).
De conformidad con el artículo 11 del Título IV de la mencionada Ley, la deuda del Gobierno
Central 2018 se ubicó en el escenario c) planteado en dicho artículo; el cual señala que, si la
deuda es igual o mayor al 45% del PIB, pero inferior al 60% del PIB, el crecimiento interanual
del gasto corriente no sobrepasará el 75% del promedio del crecimiento de los últimos 4 años
del PIB nominal.
Con base en lo anterior, para el periodo 2020 se determinó que el crecimiento del gasto
corriente de los presupuestos de las entidades y órganos que conforman el SPNF no podrá
sobrepasar el 4,67%, lo cual fue comunicado por el Ministerio de Hacienda mediante el oficio
DM-0466-2019 del 25 de marzo del 2019.
Dentro de ese marco, el artículo 20 del mencionado Título IV, estipula lo siguiente;
“ARTÍCULO 20- Monitoreo trimestral durante la ejecución del presupuesto. Tanto
la Dirección General de Presupuesto Nacional como la Secretaría Técnica de la
Autoridad Presupuestaria realizarán y presentarán al ministro de Hacienda
informes trimestrales sobre la evolución del gasto corriente.
El Ministerio de Hacienda publicará trimestralmente, en medio electrónico, la
información de la ejecución de los ingresos, gastos y financiamiento del sector
público no financiero.”
Asimismo, el artículo 20 del Decreto Ejecutivo No.41641-H, Reglamento al Título IV de la Ley
No. 9635, y sus reformas establece lo siguiente:
“Artículo 20.-Monitoreo trimestral durante la ejecución del presupuesto. La DGPN y la STAP le
remitirán un informe trimestral al Ministro o Ministra de Hacienda sobre el comportamiento del
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gasto corriente presupuestario de las entidades del Sector Público No Financiero, con el
propósito de verificar la ejecución del gasto corriente presupuestado, en relación con el
crecimiento establecido por la regla fiscal.
(…) Tanto el informe de gasto corriente como el seguimiento trimestral de los datos, serán publicados como máximo 30 días naturales contados a partir de la fecha de entrega de la información trimestral que deben hacer las entidades y órganos del SPNF, en la página web del Ministerio de Hacienda, donde se visualicen los montos presupuestados y ejecutados de cada una de las instituciones.” (Lo subrayado no es del original). En el artículo 4º ter de dicho Reglamento, se establecen los plazos de entrega de información
para el control y seguimiento de la aplicación de la regla fiscal, que en el caso de los informes
de ejecución presupuestaria al II Trimestre, establece que las entidades deben presentarlos al
22 de julio de cada año, por lo que según el plazo de 30 días naturales otorgado en el
mencionado Reglamento, el plazo máximo para la publicación del informe sobre el
comportamiento del gasto corriente tiene como fecha el día 22 de agosto.
En concordancia con dichas disposiciones, la DGPN y la STAP elaboraron en forma conjunta
el presente informe sobre el comportamiento del gasto corriente al II Trimestre 2020, de las
entidades y órganos del SPNF sujetas a la aplicación de la regla fiscal, correspondiente al
primer párrafo del citado artículo 20 del Título IV de la Ley. Este informe se publicará en la
página web del Ministerio de Hacienda junto con el otro informe que ordena el artículo en
mención, concerniente a la ejecución de los ingresos, gastos y financiamiento del SPNF al II
Trimestre 2020.
En el apartado III de este informe se describe el marco de referencia del mismo en cuanto a
objetivos, alcance y limitaciones que se presentaron.
En el apartado IV, se presentan aspectos generales que deben ser tomados en cuenta respecto a las 327 entidades y órganos que conforman el RSPNF (exceptuando Presupuesto Nacional) y cuáles de estas de conformidad con la normativa quedan exceptuadas de la aplicación de la regla fiscal, reduciendo el ámbito de aplicación de la misma a 160 entidades y órganos. En el apartado V, se analiza lo referente a un total de 102 entidades y órganos del RSPNF, de las cuales la STAP logró obtener los datos requeridos en forma completa con base en la información de los presupuestos ordinarios 2019 y 2020, así como de los informes de ejecución presupuestaria al II Trimestre del 2020 remitidos y registrados por las entidades en el Sistema de Información de Planes y Presupuestos (SIPP) de la Contraloría General de la República (CGR) al 5 de agosto del 2020, fecha que se determinó por parte de la STAP como plazo máximo para la etapa de recopilación de los datos para iniciar la elaboración del informe. No se contó con la información completa requerida de conformidad con el artículo 23 del Decreto Ejecutivo No.41641-H, Reglamento al Título IV de la Ley No. 9635, y sus
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reformas, de un total de 58 entidades por diferentes aspectos que se señalarán en dicho apartado. Es importante mencionar que en el análisis se incorporan los casos referentes a las entidades que cuentan con montos de gasto autorizados de acuerdo con el inciso a) del artículo 16 Cláusulas de escape del Título IV de la Ley No. 9635 y los artículos 14 Sobre fusión de instituciones y 17 Regla fiscal y transferencias a Instituciones Autónomas u Órganos Desconcentrados, del Decreto Ejecutivo No.41641-H. Asimismo, en este apartado, se hace un análisis resumido por cada uno de los subgrupos de entidades y órganos. En los apartados VI y VII se expone la información correspondiente a los recursos provenientes de transferencias realizadas por el Gobierno Central a las municipalidades y a las Juntas de Educación y Juntas Administrativas de las instituciones educativas, mientras que en el apartado VIII se analiza lo concerniente al gasto corriente del Presupuesto Nacional, el cual se aborda en forma agregada, según lo establece el artículo 2° del mencionado Decreto Ejecutivo No. 41641-H. Por último, en el apartado IX se presentan las principales conclusiones del análisis de la información.
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III. MARCO DE REFERENCIA
Objetivo general
Presentar al Ministro de Hacienda para su conocimiento y eventual toma de decisiones, el informe sobre el comportamiento del gasto corriente al II Trimestre 2020, tanto en lo que se refiere al Presupuesto Nacional como de las entidades y órganos del RSPNF sujetas a la aplicación de la regla fiscal, en acatamiento de lo establecido en el primer párrafo del artículo 20 del Título IV de la Ley No. 9635, en el plazo máximo establecido de conformidad con los artículos 4° Ter y 20 del Decreto Ejecutivo No. 41641-H y sus reformas. Objetivos específicos
1. Analizar el comportamiento del gasto corriente al II trimestre tanto del Presupuesto Nacional como de las entidades y órganos que conforman el RSPNF, en lo referente al cumplimiento de la tasa de crecimiento del 4,67% autorizada para el 2020 en el gasto corriente incorporado en los presupuestos 2020 con relación al 2019.
2. Analizar el comportamiento del gasto corriente ejecutado al II Trimestre en relación con el gasto corriente presupuestado
Alcance
De conformidad con lo establecido tanto en el artículo 20 del Título IV de la Ley No. 9635 y el artículo 20 del Decreto Ejecutivo No. 41641-H y sus reformas, el informe se enfoca a la totalidad del gasto corriente tanto del Presupuesto Nacional como de cada una de las entidades y órganos del RSPNF, por lo que no incluye un análisis a nivel de los rubros que conforman dicho gasto. Periodo
El informe cubre el periodo comprendido entre enero y junio 2020 (al II Trimestre). Limitaciones
A pesar de que el artículo 19 del Título IV de la Ley No. 9635 y su Reglamento, obligan a las entidades del SPNF a presentar a la STAP sus presupuestos, ejecuciones y liquidaciones tanto por objeto del gasto como por clasificación económica para verificación del cumplimiento de la regla fiscal, de las 160 entidades que conforman el Sector (excluyendo las entidades exceptuadas según el artículo 6 del Título IV de la Ley No. 9635 y la reforma a este artículo mediante la Ley No. 9848 en lo referente a las municipalidades y comités cantonales de deportes y recreación) no se logró contar con la información completa necesaria de 58 de las entidades, por lo que el estudio se enfocó en 102 entidades de las que sí se obtuvo la información.
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IV. ASPECTOS GENERALES
La STAP en atención a los artículos 5, 9 y 10 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la
República” de la Ley No. 9635, y haciendo uso de los clasificadores institucionales vigentes
para efectos del informe del primer trimestre, aparte de las entidades, órganos y poderes que
constituyen en forma agregada el Presupuesto Nacional, identificó un total de 328
instituciones pertenecientes al Sector Público No Financiero (SPNF), excluyendo la
Corporación Bananera Nacional (CORBANA) en vista de que la Comisión de Clasificadores
del Sector Público reclasificó esa institución como Institución Pública Financiera no Bancaria,
lo cual fue comunicado por la Dirección General de Presupuesto Nacional mediante el oficio
DGPN-0134-2020 del 20 de abril del año en curso.
Al respecto, se debe considerar que la empresa Cable Visión de Costa Rica, cedió sus
Derechos y Obligaciones al Instituto Costarricense de Electricidad, por lo que actualmente las
entidades y órganos del RSPNF (exceptuando Presupuesto Nacional), alcanzan un total de
327.
De esas 327 entidades y órganos del RSPNF, de conformidad con lo establecido en el inciso
b) del artículo 6 del Título IV de la Ley No. 9635, se encuentran exceptuadas de la aplicación
de la regla fiscal, 4 instituciones, a saber, la Caja Costarricense de Seguro Social, Correos de
Costa Rica, INS-Red de Servicios de Salud, S.A. y Radiográfica Costarricense S.A.
Asimismo, a esas excepciones de la aplicación de la regla fiscal, se deben agregar las
municipalidades y consejos municipales de distrito (82 Municipalidades, si se toma en cuenta
la Municipalidad de Rio Cuarto), salvo en lo que se refiere a aquellos recursos de los
presupuestos provenientes de transferencias realizadas por el Gobierno Central, así como a
los comités cantonales de deportes y recreación cuyo número asciende a 81. Esto de
conformidad con lo estipulado en el artículo 11 de la Ley No. 9848, “Ley para Apoyar al
Contribuyente Local y Reforzar la Gestión Financiera de las Municipalidades, ante La
Emergencia Nacional por la Pandemia de Covid-19”, que reforma el artículo 6 del Título IV de
la Ley No. 9635, adicionando esas nuevas excepciones.
Resulta importante reiterar que los Comités Cantonales de Deportes fueron exceptuados en
su totalidad mientras que en el caso de las municipalidades solo aplica la regla fiscal en lo
que concierne a los recursos de transferencias provenientes del Presupuesto Nacional (que
para el 2020 se circunscribe a las transferencias corrientes), y que para los efectos en
adelante se le dará un seguimiento a nivel agregado.
Cabe resaltar también que la reforma realizada mediante el citado artículo 11 de la Ley No.
9848 al artículo 6 del Título IV de la Ley No.9635, establece que las excepciones
expresamente se refieren a las municipalidades, los concejos municipales de distrito y los
comités cantonales de deportes, por lo que no se consideran exceptuadas el resto de otras
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entidades de gobiernos locales tales como Federaciones de Municipalidades, Unión Nacional
de Gobiernos Locales, Juntas Administradoras de Cementerios y otras.
De todo lo anteriormente expuesto, se desprende que el ámbito de aplicación de la regla
fiscal, prácticamente se ve reducido de 327 a 160 entidades, las cuales se dividen en los
siguientes subgrupos:
Cuadro 1 Entidades del RSPNF dentro del ámbito de aplicación de la Regla Fiscal
Al II trimestre 2020
Subgrupos Instituciones %
Empresas Públicas no Financieras 14 9%
Otras Entidades de Gobiernos Locales
14 9%
Órganos Desconcentrados 55 34%
Instituciones Descentralizadas no Empresariales
77 48%
Total 160 100%
Fuente: Elaboración propia, STAP.
Se resalta la importancia relativa que tienen los subgrupos Instituciones Descentralizadas no
Empresariales y Órganos Desconcentrados dentro de la aplicación y seguimiento de la regla
fiscal, por cuanto del total de entidades del RSPNF estos subgrupos en su conjunto
representan más del 82% de entidades, como se detalla en gráfico siguiente:
Gráfico 1. Entidades del RSPNF dentro del ámbito de aplicación de la Regla Fiscal Año 2020, por subgrupos y participación relativa
Fuente: Elaboración propia, STAP.
Se hace la salvedad, que los datos en lo que corresponde a los recursos provenientes de
transferencias realizadas por el Gobierno Central a las municipalidades y a las Juntas de
Educación y Juntas Administrativas de las instituciones educativas, así como lo referente al
Presupuesto Nacional, no se incorporan en el gráfico anterior, debido a que estos se analizan
Empresas Públicas noFinancieras
Otras Entidades deGobiernos Locales
ÓrganosDesconcentrados
InstitucionesDescentralizadas no
Empresariales
Instituciones del SPNF 14 14 55 77
Peso relativo % 9% 9% 34% 48%
9% 9%
34%
48%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
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de forma separada en los apartados VI, VII y VIII del presente informe. Cabe recordar que de
acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 2° del Decreto Ejecutivo No. 41641-H, Reglamento al
Título IV de la Ley No. 9635, denominado Responsabilidad Fiscal de la República, la
“…aplicación de la regla es individualizada para el gasto corriente incorporado en los
presupuestos de cada uno de los entes que conforman el Sector Público no Financiero. Para
el caso del Presupuesto Nacional de la República, este se considera de manera agregada”.
(Subrayado es propio).
A continuación de detalla por subgrupo, las instituciones de las cuales se obtuvo información
completa para la elaboración del informe dispuesto en el artículo 20 del mencionado Título IV
de la Ley No. 9635.
Cuadro 2. Cantidad de entidades del RSPNF incluidas en el informe
Al II trimestre 2020
Sector Información completa Información Incompleta
Total
Otras Entidades de Gobiernos Locales
7 7 14
Empresas Públicas no Financieras 14 0 14
Instituciones Descentralizadas no Empresariales
34 43 77
Órganos Desconcentrados 47 8 55
Total 102 58 160
Fuente: Elaboración propia, STAP.
El cuadro anterior detalla que para la elaboración de este informe, se dispone de información
completa de 102 instituciones del RSPNF (Ver Anexo 1), 58 instituciones tienen información
incompleta total o parcialmente, según nuestros registros (Ver Anexo2), para poder incluirse
en el presente informe; finalmente, 4 instituciones del RSPNF no se contabilizan en el total,
por ser instituciones que se encuentran exceptuadas de la aplicación de la regla fiscal para el
2020, de conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo 6 del Título IV de la Ley
9635, que corresponden a la Caja Costarricense de Seguro Social, Correos de Costa Rica,
INS-Red de Servicios de Salud, S.A. y Radiográfica Costarricense S.A.
Para los efectos de este informe, debe entenderse que las 58 instituciones que no se
incluyeron, corresponden a aquellas que no presentaron a la STAP la información de sus
Presupuestos Ordinarios 2019, los cuales son la base para la aplicación de la tasa de
crecimiento de la Regla Fiscal (4,67%) en el gasto corriente de los Presupuestos Ordinarios
2020, o son instituciones que no presentaron el informe de Ejecución Presupuestaria del II
Trimestre 2020, según lo establecido en el artículo 23 del Decreto Ejecutivo No. 41641
denominado Reglamento al título IV de la ley No. 9635, adicionalmente como se detalló
anteriormente el 5 de agosto de 2020, fue la fecha en que se dio por cerrada la fase de
recopilación de la información para iniciar la elaboración del presente informe, por lo que se
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realiza la salvedad para aquellas instituciones que remitieron a la STAP dichos documentos
posterior a la fecha indicada anteriormente, ya que no se verá reflejada en este informe;
finalmente se debe considerar que en esta lista también se encuentran algunos Colegios
Profesionales los cuales por existencia de una disposición legal en su ley constitutiva
establece un ciclo presupuestario diferente al RSPNF.
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V. COMPORTAMIENTO GASTO CORRIENTE RESTO DEL SPNF
V.1 CUMPLIMIENTO DE LA REGLA FISCAL EN LOS PRESUPUESTOS 2020
Tal como se señaló anteriormente, de las 160 entidades y órganos del RSPNF que se
abarcaron en el presente estudio, se logró obtener los datos requeridos en forma completa
para 102, con base en la información de los presupuestos ordinarios 2019 y 2020, así como
de los informes de ejecución presupuestaria al II Trimestre del 2020 remitidos por las
entidades a la STAP y registrados en el SIPP.
Del análisis realizado se logró determinar que el gasto corriente incorporado en los
presupuestos modificados al II Trimestre 2020 de 88 de las 102 entidades y órganos de los
que se obtuvo la información, muestran un crecimiento igual o inferior al 4,67% en relación
con el gasto corriente de los presupuestos ordinarios del periodo 2019, que se tomó como
base de cálculo para determinar el gasto corriente presupuestario máximo que cada entidad
podía incorporar en sus presupuestos para el 2020, en aplicación de la regla fiscal
fundamentada en el Título IV de la Ley No. 9635 y su Reglamento, de lo cual se desprende
que esas 88 instituciones cumplen con la regla fiscal al II Trimestre del 2020, a nivel
presupuestario.
En el Anexo 3, se muestra la información correspondiente a cada una de las 88 instituciones
que cumplen con la regla fiscal en el gasto corriente presupuestario al II Trimestre del 2020, la
cual contempla el gasto corriente presupuestario 2019, el gasto corriente presupuestario
máximo 2020 que refleja el 4,67% de crecimiento en aplicación de la regla fiscal y el monto de
gasto corriente presupuestado al II Trimestre del 2020.
Respecto a los datos de dicho Anexo, cabe aclarar que en el caso del Fondo Nacional de
Financiamiento Forestal (FONAFIFO) la notable diferencia de los datos de gasto corriente del
2020 con respecto al 2019, se debe a que, con fundamento en el criterio de la Comisión de
Clasificadores del Sector Público, se trasladó la cuenta de transferencias corrientes que
financiaba los “Servicios ambientales” a transferencias de capital, repercutiendo esto en el
gasto corriente del 2020 dado que el gasto asociado al pago de esos servicios ambientales
representan alrededor del 75,00% del presupuesto total de ese Fondo, que incluyen las
remuneraciones, servicios y materiales, que forman parte del programa, y estos pasaron a
constituirse en gasto de capital.
Es importante mencionar que dentro de este grupo de 88 entidades, se incluyen 8 entidades
que si bien muestran crecimientos en sus respectivos gastos corrientes presupuestarios
superiores al 4,67%, esto se explica por cuanto dichos excesos sobre el 4,67% obedecen a
montos de gasto autorizados a esas entidades fundamentados en lo establecido en el inciso
a) del artículo 16 Cláusulas de escape del Título IV de la Ley No. 9635 ante la declaratoria de
emergencia nacional por la pandemia del Covid-19 y los artículos 14 Sobre fusión de
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instituciones y 17 Regla fiscal y transferencias a Instituciones Autónomas u Órganos
Desconcentrados, del Decreto Ejecutivo No.41641-H, lo cual de detalla en el siguiente cuadro:
Cuadro 3. Entidades y órganos del RSPN con montos autorizados según artículos 16 del Título IV Ley 9635 y 14 y 17 del Decreto Ejecutivo No. 41641-H y sus reformas, al II
Trimestre 2020, en millones de colones y porcentajes
Fuente: STAP con base en presupuestos 2019 e informes de ejecución presupuestaria al II Trimestre 2020
remitidos por las entidades y registrados en el SIPP.
De las 8 entidades indicadas en el anterior cuadro, se destaca que en el caso del Instituto
Nacional de Estadísticas y Censos se le aplicó el artículo 17 del Decreto Ejecutivo No.41641-
H mediante el cual el Gobierno le cedió ¢1.000,00 millones de su espacio de crecimiento en el
gasto corriente que le impone la regla fiscal, para que ese Instituto pudiera incorporar
recursos por ese monto en su presupuesto para continuar con la ejecución del proceso censal
“Censo del Bicentenario”.
Las restantes 7 entidades señaladas en el cuadro, se les aplicó el levantamiento de la regla
fiscal autorizado por el Poder Ejecutivo el cual comunicó lo correspondiente a la Asamblea
Legislativa, indicando los montos correspondientes a los aportes a realizar por cada entidad
para la atención de la emergencia ya sea en forma directa o a través de transferencias
corrientes a la Comisión de Emergencias.
En el caso del Instituto Mixto de Ayuda Social, además de los aportes por ¢17.100,00 millones
incorporados para otorgar el Bono Proteger a los afectados por la Pandemia del COVID 19,
se le aplicó lo estipulado en el artículo 14 Sobre fusión de instituciones del citado Reglamento,
según el cual no le serán contabilizados para efectos de la tasa de crecimiento presupuestaria
los recursos trasladados de otra institución, esto es ¢50.458,00 millones provenientes del
Fondo Nacional de Becas, según Decreto Ejecutivo No. 41569-MEP-MTSS-MDHIS del 27 de
febrero de 2019 para la Creación del Programa de Transferencias Monetarias Condicionadas
para estudios denominado “Crecemos”.
Junta Administrativa del Registro Nacional 32.310,02 33.818,90 33.885,91 4,88%
Consejo de Seguridad Vial 25.768,76 26.972,16 27.342,68 6,11%
Instituto Costarricense de Investigación y
Enseñanza en Nutrición y Salud4.921,62 5.151,46 5.350,36 8,71%
Instituto Nacional de Estadística y Censos 9.831,31 10.290,43 10.670,44 8,54%
Instituto Mixto de Ayuda Social 217.862,11 228.036,27 295.594,27 35,68%
Junta de Protección Social 256.805,86 268.798,70 269.091,04 4,78%
Consejo Nacional de Producción 86.600,26 90.644,49 97.852,51 12,99%
Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A. 104.373,37 109.247,60 127.405,55 22,07%
ENTIDADES Y ÓRGANOS DEL SPNF
GASTO CORRIENTE
PO 2019
(1)
GASTO CORRIENTE
PRESUPUESTARIO
MÁXIMO 2020 EN
APLICACIÓN DE LA
REGLA FISCAL
(2)
GASTO CORRIENTE
PRESUPUESTARIO AL II
TRIMESTRE 2020
(3)
Tasa de crecimiento
respecto al PO 2019
(4)= (3)/(1)
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Cabe mencionar que otra de las entidades a las cuales se le autorizó montos para la atención
de la pandemia, es la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la Provincia de
Puntarenas, sin embargo, no remitió el informe de ejecución al II Trimestre 2020 al 05 de
agosto, fecha que se determinó por parte de la STAP como plazo máximo para la etapa de
recopilación de los datos, por lo que se incluye en la lista de instituciones con información
incompleta (Anexo 2).
Por otra parte, en lo que se refiere a las restantes 14 entidades y órganos, según se
desprende del Anexo 4, están excediendo al II Trimestre 2020 la tasa de crecimiento de la
regla fiscal al mostrar crecimientos superiores al 4,67% en el gasto corriente presupuestario,
por lo que deberán tomar medidas para cumplir la regla fiscal a nivel del gasto corriente
ejecutado al término del periodo 2020 respecto al gasto corriente ejecutado 2019.
De lo anterior, en términos globales de las 102 entidades y órganos del RSPNF, de las cuales
se contó con la información requerida para este informe, el 86,27% cumplen la regla fiscal en
sus presupuestos y el restante 13,73% exceden el crecimiento del 4,67% en el gasto corriente
presupuestario, tal como se ilustra en el Gráfico 2.
Gráfico 2. Entidades del RSPNF. Distribución porcentual del total según cumplimiento o
incumplimiento de la Regla Fiscal en el gasto corriente presupuestario al II Trimestre del 2020
Fuente: STAP con base en presupuestos 2019 e informes de ejecución presupuestaria al II Trimestre 2020
remitidos por las entidades y registrados en el SIPP.
88(86,27%)
14(13,73%)
Entidades y órganos que cumplen regla fiscal en sus presupuestos
Entidades y órganos que exceden regla fiscal en sus presupuestos
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V.2 CUMPLIMIENTO DE LA REGLA FISCAL POR SUBGRUPOS DE ENTIDADES En este punto se hace referencia a la información de las 102 entidades del resto del RSPNF
abarcadas en este informe, a nivel de subgrupos detallando la cantidad de entidades que
cumplen con la Regla Fiscal a nivel presupuestario y las que presentan un exceso respecto a
la misma:
Cuadro 4. Entidades del RSPNF que cumplen o exceden la Tasa de Crecimiento de la Regla Fiscal al II trimestre 2020 a nivel presupuestario, según subgrupos
SUBGRUPOS SEGÚN CLASIFICADORES
CUMPLEN REGLA
EXCEDEN LA REGLA
FISCAL
TOTAL, ENTIDADES
BAJO REGLA FISCAL
% ENTIDADES
POR SUBGRUPO
QUE CUMPLEN
REGLA FISCAL CON RESPECTO AL TOTAL
% ENTIDADES
POR SUBGRUPO
QUE EXCEDEN LA
REGLA FISCAL CON RESPECTO AL TOTAL
% PESO RELATIVO
ENTIDADES BAJO
REGLA FISCAL
Empresas Públicas No Financieras
12 2 14 12% 2% 14%
Otras Entidades De Gobiernos Locales
5 2 7 5% 2% 7%
Instituciones Descentralizadas No Empresariales
31 3 34 30% 3% 33%
Órganos Desconcentrados 40 7 47 39% 7% 46%
Total 88 14 102 86% 14% 100%
Fuente: STAP, Elaboración Propia
Como muestra el cuadro anterior, las Instituciones Descentralizadas No Empresariales y Órganos Desconcentrados, tienen un peso relativo importante, por cuanto en su conjunto estos subgrupos representan aproximadamente el 79% de entidades que presentaron la información completa (102), lo que está en concordancia con el apartado donde se señala que estos dos subgrupos tienen el mayor peso relativo en cuanto a instituciones a las que esta Secretaría Técnica debe dar seguimiento de la Regla Fiscal. El siguiente gráfico muestra el comportamiento por subgrupo en cuanto al cumplimiento o exceso en la Regla Fiscal al II trimestre de 2020.
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Gráfico 3. Resto entidades del SPNF dentro del ámbito de aplicación de la Regla Fiscal
Año 2020 que cumplen o exceden la Regla a nivel presupuestario.
Fuente: STAP, Elaboración Propia
El grafico 3, específicamente la línea verde, indica porcentualmente las entidades del RSPNF,
por subgrupo, que al II Trimestre 2020 presentan un exceso en cuanto a la tasa de
crecimiento de la regla fiscal a nivel presupuestario (ver Anexo 4), puntualmente el subgrupo
de “Instituciones Descentralizadas No Empresariales” presentan el menor porcentaje de
entidades con exceso en regla fiscal, un 9% (3 entidades) del total de este subgrupo que
presentaron información para la elaboración de este informe, por otro lado, el subgrupo de
“Otras Entidades De Gobiernos Locales” (Federaciones Municipales y Junta Administrativas
de Cementerios) actualmente tienen en nivel más alto de exceso en cuanto a la Tasa de
Crecimiento de la Regla Fiscal, ya que registra un 29% de entidades que conforman este
subgrupo (Ver Anexo 4), con respecto al informe del primer trimestre este subgrupo vuelve
estar entre los que tiene mayores porcentajes de exceso a la tasa de crecimiento de la regla
fiscal a nivel presupuestario.
V.3 EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA AL II TRIMESTRE
En lo que respecta a la ejecución presupuestaria al II trimestre, del Anexo 3, se desprende
que en su conjunto las 88 entidades que están cumpliendo la regla fiscal en sus
presupuestos, presentan un porcentaje promedio de ejecución del gasto corriente
presupuestado del 38,23% al II Trimestre.
En lo referente a las 14 entidades que están excediendo la regla fiscal en sus presupuestos,
de acuerdo con los datos del Anexo 4, éstas presentan un porcentaje promedio de ejecución
del gasto corriente presupuestado del 30,07% al II Trimestre 2020.
512
31
40
2
2
3
7
29%
14%
9%
15%
0%
5%
10%
15%
20%
25%
30%
35%
40%
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
50
Otras Entidades De GobiernosLocales
Empresas Públicas NoFinancieras
Instituciones DescentralizadasNo Empresariales
Órganos Desconcentrados
Cumplen la Regla Fiscal Exceden la Regla Fiscal % de entidades que exceden la Regla fiscal por Subgrupo
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VI. COMPORTAMIENTO DE LAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL GOBIERNO
CENTRAL A LAS MUNICIPALIDADES
Como se mencionó anteriormente, el artículo 11 de la Ley No. 9848 “Ley para apoyar al
contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las municipalidades, ante la emergencia
nacional por la pandemia de covid-19”, modificó el artículo 6 del Título IV de la Ley No. 9635 y
sus reformas que establece las excepciones a la aplicación de las disposiciones de dicho
Título, adicionando al texto los incisos d) y e) que exceptúan a las municipalidades y los
concejos municipales de distrito del país, salvo en lo que se refiere a aquellos recursos de los
presupuestos provenientes de transferencias realizadas por el Gobierno Central, así como a
los comités cantonales de deportes, respectivamente.
Partiendo de lo anterior y considerando que el inciso d) no exceptuó en su totalidad a las
municipalidades y los concejos municipales de distrito del país, siendo aplicable el Título IV a
los recursos provenientes de transferencias del Gobierno Central, la STAP procedió para este
informe a verificar el comportamiento de las transferencias corrientes destinadas a dichas
entidades.
De conformidad con la información remitida y certificada por la DGPN remitida a la STAP
mediante oficio DGPN-0334-2020 del 01 de julio del 2020, se tiene que en el Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2019 las
transferencias corrientes a las municipalidades ascendieron a ¢4.895,47 millones mientras
que para el Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio
económico del 2020 éstas alcanzaron la suma de ¢7.023,10 millones representando un
incremento de 43,46%.
Sobre lo anterior, es importante recordar que la regla fiscal en el caso del Presupuesto
Nacional se aplica a nivel agregado, por lo que ese incremento inicial de transferencias
corrientes a las municipalidades en el 2020 en relación al 2019 se encuentra contemplado
dentro del incremento global del Presupuesto Nacional respecto al periodo 2019, el cual se
situó en un 4,41%, según información de la DGPN incorporada en el informe al primer
trimestre 2020.
De acuerdo con la información del presupuesto actualizado al II trimestre 2020, las
transferencias asignadas a las municipalidades en el Presupuesto Nacional se redujeron a
¢6.830,65 millones y el monto devengado es de ¢904.15 millones, esto es un 13,24% de lo
presupuestado.
Se aclara que no se hacen transferencias a los Concejos Municipales de Distrito, sino que las
transferencias se realizan a las Municipalidades y son estas las que trasladan los recursos
correspondientes a los citados Concejos Municipales de Distrito y que específicamente
corresponden a los recursos establecidos en la Ley No. 7755, del 23 de febrero de 1998, y
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sus reformas, denominada “Control de las Partidas Específicas con Cargo al Presupuesto
Nacional”.
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VII. COMPORTAMIENTO DE LAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL GOBIERNO
CENTRAL A LAS JUNTAS DE EDUCACION
En el Presupuesto Nacional se encuentran incorporados recursos que financian las Juntas de
Educación; no obstante, según el Clasificador Institucional éstas se consideran Instituciones
Descentralizadas no Empresariales y dada la imposibilidad material de realizar un
seguimiento individual a cada una de ellas al ser más de 5 mil Juntas, se procedió para este
informe a verificar el comportamiento de las transferencias corrientes destinadas a dichas
entidades.
De conformidad con la información actualizada por la DGPN remitida a la STAP mediante
oficio DGPN-0424-2020 del 30 de julio del 2020, se tiene que en el Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2019 las transferencias
corrientes a las Juntas ascendieron a ¢255.537,80 millones mientras que para el Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2020 éstas
alcanzaron la suma de ¢237.181,80 millones representando un decrecimiento de 7,18%.
Esto obedece a que en el 2019 la transferencia corriente que se incorpora para las Juntas de
Educación en el Presupuesto de la República y que proviene del Instituto Nacional de
Aprendizaje (INA) según la Ley 7372 “Ley para el Financiamiento y Desarrollo de Educación
Técnica Profesional” se consideró gasto corriente; no obstante, para el 2020 la transferencia
que realizó dicha entidad se clasificó como gasto de capital de conformidad con el análisis
efectuado por el INA en conjunto con el Ministerio de Educación Pública (MEP).
De acuerdo con la información del presupuesto actualizado al II trimestre 2020, las
transferencias asignadas a dichas Juntas en el Presupuesto Nacional se redujeron a
¢231.886,22 millones y el monto devengado es de ¢113.328,20 millones, esto es un 48,87%
de lo presupuestado.
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VIII. COMPORTAMIENTO GASTO CORRIENTE DEL PRESUPUESTO NACIONAL
Al 30 de junio de 2020, el presupuesto aprobado correspondiente al gasto corriente alcanzó la
cifra de ¢7.957.714,17 millones, de dicho presupuesto se ha ejecutado un total de
¢3.500.527,40 millones para un porcentaje de ejecución del 43,99%.
Desde el punto de vista de institucional, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS),
muestra el porcentaje de ejecución más elevado con un 51,20%, lo cual es consistente con el
papel desempeñado durante el segundo trimestre por esa dependencia en el auxilio a los
trabajadores afectados que han perdido sus empleos o visto reducidas sus jornadas como
resultado del impacto de la pandemia COVID-19 sobre la economía.
Cuadro 5.Presupuesto Nacional: Ejecución por Título Presupuestario al 30 de junio de 2020, en millones de colones y porcentaje
Fuente: Liquidación SIGAF
De igual forma es importante mencionar el Servicio de la Deuda que al cierre del primer
semestre presenta un nivel de ejecución del 41,10%, lo que en términos absolutos representa
¢816.117,16 millones.
Desde el punto de vista de la clasificación económica del gasto, las remuneraciones, las
transferencias corrientes y los intereses muestran niveles de ejecución superiores al cuarenta
por ciento, en el caso de los dos primeros rubros el paralelismo entre ambos se relaciona con
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el hecho de que una parte importante de estas transferencias se utilizan para cubrir gastos
operativos, principalmente salarios en las entidades receptoras. En el caso de los intereses, el
nivel de ejecución registrado se explica en la condición ineludible de los pagos asociada al
Servicio de la Deuda.
Cuadro 6. Presupuesto Nacional: Ejecución del Gasto Corriente al 30 de junio de 2020, en millones de colones y porcentaje
Fuente: Liquidación SIGAF
En lo que respecta al cumplimento de la regla fiscal, el gasto corriente devengado durante el
año 2019 se ubicó en ¢7.126.144,30 millones, al aplicarse la tasa de crecimiento definida por
la regla fiscal del 4,67%, se tiene que el gasto devengado máximo autorizado para 2020 es de
¢7.458.935,24 millones, un incremento absoluto de ¢332.790,94 millones, que en términos de
la producción nominal representa un 0,97%.
En lo que respecta a la variación en el gasto ejecutado al 30 de junio de 2020, el siguiente
cuadro muestra el detalle por clasificación económica:
Cuadro 7. Presupuesto Nacional: Tasa de Variación del Gasto Total al 30 de junio de 2020, en millones de colones y porcentaje
Fuente: Liquidación SIGAF
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Según se desprende del cuadro anterior, el gasto corriente ejecutado al primer semestre de
2019 fue de ¢3.347.400,32 millones, mientras para el mismo período del año 2020 alcanzó la
cifra de ¢3.500.527,40 millones, lo que representa una tasa de crecimiento de 4,57%, tasa
que se encuentra aún por debajo del límite máximo establecido por la regla fiscal.
Es importante mencionar que con la aparición de la pandemia COVID-19, las autoridades de
gobierno procedieron a emitir una declaración de emergencia nacional, mediante el Decreto
N° 42227-MP-S, del 16 de marzo de 2020, por medio del cual se ha aplicado lo dispuesto en
la Ley 9635, Artículo 16, Titulo IV: Cláusulas de escape de aplicación de la regla fiscal y
Artículo 15, de su Reglamento, Decreto Ejecutivo No. 41641-H: Regla fiscal y declaratoria de
estado de emergencia nacional.
En virtud de lo anterior durante el segundo trimestre se elaboró un primer presupuesto
extraordinario, Ley 9841, publicada en el alcance 98 a la Gaceta 91 del 25 de abril de 2020,
mediante el cual se realizó un reajuste del gasto que permitió redirigir un monto adicional de
¢152.429,47 millones, de los cuales ¢150.000,00 millones financian subsidios para las
familias cuya situación económica se ha visto gravemente lesionada por la pandemia COVID-
19 y el dinero restante se utilizó para fortalecer las labores que realiza el Ministerio de Salud.
La totalidad de estos estos recursos representan gastos corrientes adicionales, no obstante,
estos no se consideran dentro del gasto corriente sujeto a regla fiscal, debido a que son
destinados a la atención de la pandemia COVID-19, según acuerdo de Junta Directiva de la
Comisión Nacional de Emergencias CNE-JD-CA-058-2020 del 2 de abril del año en curso.
Con respecto a los recursos adicionales se tiene que al 30 de junio el monto devengado
asciende a la suma de ¢104.895,02 millones, representando una ejecución de 68,82%.
Al excluir el monto ejecutado del total de gasto corriente devengado al 30 de junio, el gasto
corriente sujeto a regla fiscal se ubica en ¢3.395.632,38 millones lo que lleva a que la tasa de
variación del gasto corriente acumulado al primer semestre alcance un 1,44%.
Cuadro 8. Presupuesto Nacional: Gasto Corriente ejecutado sujeto a Regla Fiscal al 30 de junio de 2020, en millones de colones y porcentaje
Fuente: Liquidación SIGAF
Por otra parte, se presentó un segundo presupuesto extraordinario el 31 de mayo de 2020, no
obstante, la Asamblea Legislativa archivó el proyecto el 11 de junio de 2020. Dicho proyecto
fue reformulado y presentado nuevamente el 13 de julio del 2020.
Rubro 2019 2020 % Crec.
Gasto Corriente 3,347,400.32 3,500,527.40 4.57%
Gasto corriente excluido de regla fiscal 104,895.02
Gasto Corriente sujeto a regla fiscal 3,347,400.32 3,395,632.38 1.44%
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IX. CONCLUSIONES
En lo que respecta a esas 160 entidades y órganos del RSPNF (exceptuando Presupuesto
Nacional), no se logró contar con la información completa necesaria de 58 por lo que el
estudio se enfocó en 102 entidades de las que sí se obtuvo la información.
Del análisis realizado se logró determinar que el gasto corriente incorporado en los
presupuestos modificados al II Trimestre 2020 de 88 de las 102 entidades y órganos de los
que se obtuvo la información, muestran un crecimiento igual o inferior al 4,67% en relación
con el gasto corriente de los presupuestos ordinarios del periodo 2019.
Dentro de este grupo de 88 entidades, se incluyen 8 entidades, a saber, Junta Administrativa
del Registro Nacional, Consejo de Seguridad Vial, Instituto Costarricense de Investigación y
Enseñanza en Nutrición y Salud, Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, Instituto Mixto
de Ayuda Social, Junta de Protección Social, Consejo Nacional de Producción y Refinadora
Costarricense de Petróleo, S.A., que si bien muestran crecimientos en sus respectivos gastos
corrientes presupuestarios superiores al 4,67%, esto se explica por cuanto dichos excesos
sobre el 4,67% obedecen a montos de gasto autorizados a esas entidades fundamentados
en lo establecido en el inciso a) del artículo 16 Cláusulas de escape del Título IV de la Ley No.
9635 ante la declaratoria de emergencia nacional por la pandemia del Covid-19 y los artículos
14 Sobre fusión de instituciones y 17 Regla fiscal y transferencias a Instituciones Autónomas
u Órganos Desconcentrados, del Decreto Ejecutivo No.41641-H.
Se determinó que las restantes 14 entidades y órganos, están excediendo al II Trimestre 2020
la tasa de crecimiento de la regla fiscal al mostrar crecimientos superiores al 4,67% en el
gasto corriente presupuestario, por lo que deberán tomar medidas para cumplir la regla fiscal
a nivel del gasto corriente ejecutado al término del periodo 2020 respecto al gasto corriente
ejecutado 2019.
De lo anterior, en términos globales se desprende que de las 102 entidades y órganos del
SPNF, de las cuales se contó con la información requerida para este informe, el 86,27%
cumplen la regla fiscal en sus presupuestos y el restante 13,73% exceden el crecimiento del
4,67% en el gasto corriente presupuestario.
En lo que respecta a la ejecución presupuestaria al II trimestre, en su conjunto las 88
entidades que están cumpliendo la regla fiscal en sus presupuestos, presentan un porcentaje
promedio de ejecución del gasto corriente presupuestado del 38,23% al II Trimestre.
En lo referente a las 14 entidades que están excediendo la regla fiscal en sus presupuestos,
éstas presentan un porcentaje promedio de ejecución del gasto corriente presupuestado del
30,07% al II Trimestre 2020.
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En lo que se refiere a las transferencias corrientes a las municipalidades, se tiene que en el
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2019
ascendieron a ¢4.895,47 millones mientras que para el Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2020 éstas alcanzaron la suma
de ¢7.023,10 millones representando un incremento de 43,46%. Sobre esto, cabe recordar
que la regla fiscal en el caso del Presupuesto Nacional se aplica a nivel agregado, por lo que
ese incremento inicial de transferencias corrientes a las municipalidades en el 2020 en
relación al 2019 se encuentra contemplado dentro del incremento global del Presupuesto
Nacional respecto al periodo 2019, el cual se situó en un 4,41%, según información de la
DGPN incorporada en el informe al primer trimestre.
En cuanto al Presupuesto Nacional de la República al 30 de junio de 2020 los gastos
corrientes muestran una tasa de crecimiento del 4,57% ubicándose dentro del límite
establecido por la regla fiscal (4,67%).
Con la emergencia del COVID-19 el Gobierno de la República se ha visto en la necesidad de
reforzar los recursos destinados a gasto corriente, para ayudar a los ciudadanos afectados
por pérdidas de empleo y reducción de jornadas laborales.
Los recursos superan los ¢152 mil millones, de los cuales ¢150 mil millones corresponden a
los subsidios girados por medio de transferencias corrientes al sector privado.
Los recursos anteriores fueron excluidos del cómputo de la regla fiscal según acuerdo de
Junta Directiva de la Comisión Nacional de Emergencias CNE-JD-CA-058-2020 del 2 de abril
del 2020.
La tasa de crecimiento del gasto corriente sujeto a regla fiscal se ubica en 1,44%, una vez
excluidos los recursos destinados a la atención de la emergencia declarada mediante el
Decreto N° 42227-MP-S, del 16 de marzo de 2020.
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ANEXO No. 1 Entidades del RSPNF con Información Completa e incluidas en el informe
ENTIDADES Y ÓRGANOS DEL SPNF
ÓRGÁNOS DESCONCENTRADOS
Agencia de Protección de Datos de los Habitantes
Casa de la Cultura de Puntarenas
Centro Costarricense de Prod. Cinematográfica
Centro Cultural e Histórico José Figueres Ferrer
Centro Nacional de Música
Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias
Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología
Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad
Consejo de Salud Ocupacional
Consejo de Seguridad Vial
Consejo de Transporte Público
Consejo Nacional de Clubes 4-S
Consejo Nacional de Concesiones
Consejo Nacional de Investigación en Salud
Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor
Consejo Superior de Educación
Consejo Técnico de Asistencia-Médico Social
Dirección General de Aviación Civil
Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral
Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares
Fondo Especial del Servicio Nacional de Guardacostas
Fondo Nacional de Becas
Fondo Nacional de Financiamiento Forestal
Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud
Instituto Costarricense sobre Drogas
Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez
Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria
Instituto s/ Alcoh. y Farmacodependencia
Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería
Junta Administrativa del Registro Nacional
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ENTIDADES Y ÓRGANOS DEL SPNF
Junta Administrativa Imprenta Nacional
Junta Administrativa del Archivo Nacional
Laboratorio Costarricense de Metrología
Museo de Arte Costarricense
Museo de Arte y Diseño Contemporáneo
Museo Histórico Cultural Juan Santamaría
Museo Nacional de Costa Rica
Museo Rafael Ángel Calderón Guardia
Patronato de Construcciones, instalaciones y adquisición de bienes
Patronato Nacional de Ciegos
Servicio Fitosanitario del Estado
Servicio Nacional de Salud Animal
Sistema Nacional de Educación Musical
Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado
Teatro Nacional
Teatro Popular Melico Salazar
Tribunal Registral Administrativo
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS NO EMPRESARIALES
Academia Nacional de las Ciencias
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica
Colegio de Enfermeras de Costa Rica
Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica
Colegio Universitario de Limón
Comisión Nacional de Asuntos Indígenas
Comisión Nacional de Energía Atómica de Costa Rica
Consejo Nacional de Cooperativas
Consejo Nacional de Rectores
Consejo Na. de Investigaciones Científicas y Tecnológicas
Corporación Ganadera
Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura
Instituto Costarricense de Turismo
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ENTIDADES Y ÓRGANOS DEL SPNF
Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación
Instituto de Desarrollo Rural
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal
Instituto Mixto de Ayuda Social
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Estadística y Censos
Instituto Nacional de la Mujer (INAMU)
Instituto Tecnológico de Costa Rica
Junta Administrativa Colegio San Luis Gonzaga
Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional
Oficina Nacional de Semillas
Oficina Nacional Forestal
Patronato Nacional de la Infancia
Programa Integral de Mercadeo Agropecuario
Servicio Na. de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento
Sistema de Emergencias 911
Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior
Superintendencia General de Telecomunicaciones
Universidad Estatal a Distancia.
Universidad Técnica Nacional
EMPRESAS PÚBLICAS NO FINANCIERAS
Compañía Nacional de Fuerza y Luz
Consejo Nacional de Producción
Editorial Costa Rica
Empresa de Servicios Públicos de Heredia
Empresa Hidroeléctrica los Negros
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Ferrocarriles
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico
Junta Administradora del Servicio Eléctrico de Cartago
Junta Administrativa Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica
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ENTIDADES Y ÓRGANOS DEL SPNF
Junta de Protección Social
Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A.
Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural
OTRAS ENTIDADES DE GOBIERNOS LOCALES
Federación de Consejos Municipales de Distrito de Costa Rica
Federación de Municipalidades Cantones Productores de Banano
Federación de Municipalidades de Heredia
Federación Metropolitana de Municipalidades de San José
Federación Occidental de Municipalidades de Alajuela
Junta Administradora del Cementerio General y las Rosas de Alajuela
Junta Administrativa de Cementerios de Goicoechea
STAP-DE-294-2020 / DGPN-0481-2020
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ANEXO No. 2 Entidades del RSPNF con Información incompleta
ENTIDADES Y ÓRGANOS DEL SPNF
ÓRGÁNOS DESCONCENTRADOS
Comisión de Ordenamiento y Manejo de la Cuenca Alta del Río Reventazón
Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven
Consejo Nacional de Personas con Discapacidad
Consejo Nacional de Vialidad
Dirección Nacional de Notariado
Oficina Cooperación Internacional de la Salud
Parque Marino del Pacífico
Sistema Nacional de Áreas de Conservación
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS NO EMPRESARIALES
Banprocesa SRL
Colegio de Abogados
Colegio de Agrónomos de Costa Rica
Colegio de Bibliotecas de Costa Rica
Colegio de Biólogos de Costa Rica
Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica
Colegio de Contadores Privados de Costa Rica
Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica
Colegio de Farmaceuticos de Costa Rica
Colegio de Físicos de Costa Rica
Colegio de Geólogos de Costa Rica
Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines
Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciecias y Artes.
Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica
Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica
Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos
Colegio de Optometristas de Costa Rica
Colegio de Periodistas de Costa Rica
Colegio de Profesionales en Ciencias Politicas y Relaciones Internacionales de Costa Rica.
Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica.
Colegio de Profesionales en Informática y Computación
Colegio de Profesionales en Nutrición.
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ENTIDADES Y ÓRGANOS DEL SPNF
Colegio de Profesionales en Orientación
Colegio de Químicos de Costa Rica
Colegio de Secretariado Profesional de Costa Rica.
Colegio de Terapeutas
Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica.
Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos
Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica.
Colegio Profesionales en Quiropráctica.
Colegio Universitario de Cartago
Corporación Arrocera Nacional
Corporación Hortícola Nacional
Ente Costarricense de Acreditación
Federación de Colegios Profesionales Universitarios de Costa Rica.
Gestión de Cobro Grupo ICE
Instituto del Café de Costa Rica
Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la Provincia de Puntarenas
Liga Agrícola Industrial de la Caña
Patronato Nacional de Rehabilitación
Promotora de Comercio Exterior
Universidad de Costa Rica
Universidad Nacional
OTRAS ENTIDADES DE GOBIERNOS LOCALES
Federación de Gobiernos Locales Costarricenses Fronterizos Con Nicaragua
Federación de Municipalidades de Cartago
Federación de Municipalidades de Guanacaste (Antes Liga de Municipalidades de Guanacaste)
Federación de Municipalidades de La Región Sur de La Provincia de Puntarenas
Federación de Municipalidades y Consejos Municipales de Distrito del Pacifico
Junta Administrativa de Cementerios de Limón
Unión Nacional de Gobiernos Locales
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ANEXO No. 3 Entidades y órganos del Sector Público No financiero que cumplen la regla fiscal en sus presupuestos al II Trimestre 2020, en millones de colones y
porcentajes 1/
ENTIDADES Y ÓRGANOS DEL SPNF
GASTO CORRIEN
TE PO 2019 (1)
GASTO CORRIENTE PRESUPUE
STARIO MÁXIMO 2020 EN
APLICACIÓN DE LA REGLA FISCAL
(2)
GASTO CORRIEN
TE PRESUPUESTARI
O AL II TRIMESTRE 2020
(3)
Tasa de crecimiento
respecto al PO 2019
(4) = (3)/(1)
EJECUCIÓN DEL GASTO CORRIENTE
AL II TRIMESTRE
2020 (5)
% EJECUCIÓN DEL GASTO CORRIENTE AL II TRIMESTRE 2021 (6)
=(5)/(3)
ÓRGÁNOS DESCONCENTRADOS
Fondo Nacional de Financiamiento Forestal
20 231,56
21 176,37
364,05 -98,20%
129,06
35,45%
Fondo Nacional de Becas
56 104,99
58 725,09
8 548,69 -84,76%
3 772,99 44,14%
Consejo Nacional de Concesiones
4 003,88
4 190,86
3 049,18 -23,84%
827,61
27,14%
Dirección General de Aviación Civil 37 619,14
39 375,95
31 324,29 -16,73%
9 723,79 31,04%
Instituto Costarricense sobre Drogas
6 852,34
7 172,34
5 802,83 -15,32%
2 499,52 43,07%
Consejo Nacional de Clubes 4-S 206,50
216,14 185,50 -10,17% 55,40 29,87%
Junta Administrativa Imprenta Nacional
2 118,07
2 216,98
1 925,82 -9,08%
539,63
28,02%
Laboratorio Costarricense de Metrología
1 081,57
1 132,08
1 014,71 -6,18%
463,81
45,71%
Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez
1 638,31
1 714,82
1 592,17 -2,82%
43,15
2,71%
Sistema Nacional de Educación Musical
3 206,27
3 356,00
3 127,28 -2,46%
1 282,73
41,02%
Museo de Arte y Diseño Contemporáneo
340,63
356,54
333,95 -1,96%
125,73
37,65%
Consejo Superior de Educación
181,10
189,56
178,06 -1,68%
54,07
30,37%
Fondo Especial del Servicio Nacional de Guardacostas
38,56
40,36
37,92 -1,66%
11,85
31,25%
Centro Cultural e Histórico José Figueres Ferrer
165,72
173,46
163,72 -1,21%
69,41
42,39%
Teatro Popular Melico Salazar
3 444,00
3 604,84
3 404,54 -1,15%
1 041,39
30,59%
Patronato de Construcciones, instalaciones y adquisición de bienes
1 008,98
1 056,10
1 006,93 -0,20%
104,29 10,36%
Museo Histórico Cultural Juan Santamaría
543,11
568,47
549,45 1,17%
181,21
32,98%
Centro Nacional de Música
3 305,09
3 459,43
3 345,50 1,22%
1 350,71
40,37%
Consejo Nacional de Investigación en Salud
147,40
154,28
149,27 1,27%
2,42 1,62%
Agencia de Protección de Datos de los Habitantes
700,35
733,06
709,51 1,31%
174,18 24,55%
Servicio Nacional de Salud Animal 14 646,52
15 330,52
15 075,60 2,93%
6 725,60 44,61%
Patronato Nacional de Ciegos
194,70
203,79
200,58 3,02%
94,82 47,27%
Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares
504 948,35
528 529,44
520 644,64 3,11%
270 592,15 51,97%
Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología
1 422,86
1 489,31
1 474,69 3,64%
746,57 50,63%
Centro Costarricense de Prod. Cinematográfica
1 213,50
1 270,17
1 261,20 3,93%
650,36
51,57%
STAP-DE-294-2020 / DGPN-0481-2020
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ENTIDADES Y ÓRGANOS DEL SPNF
GASTO CORRIEN
TE PO 2019 (1)
GASTO CORRIENTE PRESUPUE
STARIO MÁXIMO 2020 EN
APLICACIÓN DE LA REGLA FISCAL
(2)
GASTO CORRIEN
TE PRESUPUESTARI
O AL II TRIMESTRE 2020
(3)
Tasa de crecimiento
respecto al PO 2019
(4) = (3)/(1)
EJECUCIÓN DEL GASTO CORRIENTE
AL II TRIMESTRE
2020 (5)
% EJECUCIÓN DEL GASTO CORRIENTE AL II TRIMESTRE 2021 (6)
=(5)/(3)
Junta Administrativa del Archivo Nacional
2 832,03
2 964,29
2 947,23 4,07%
1 263,09
42,86%
Teatro Nacional
3 277,19
3 430,23
3 423,44 4,46%
1 055,31
30,83%
Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias
6 763,32
7 079,17
7 065,35
4,47%
2 232,16 31,59%
Instituto s/ Alcoh.y Farmacodependencia
11 707,81
12 254,56
12 249,59 4,63%
4 426,10 36,13%
Consejo de Transporte Público
5 057,55
5 293,73 5 292,38 4,64% 1 928,82 36,45%
Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería
11 172,83
11 694,60
11 692,51
4,65%
3 106,30 26,57%
Casa de la Cultura de Puntarenas
113,31
118,61
118,60 4,66%
42,49
35,83%
Museo Rafael Angel Calderón Guardia
265,26
277,64
277,64 4,67%
111,66
40,22%
Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad
518,00
542,19 542,19
4,67% 188,22
34,72%
Museo de Arte Costarricense
1 497,05
1 566,96
1 566,96 4,67%
619,64
39,54%
Servicio Fitosanitario del Estado 12 497,20
13 080,81
13 080,81 4,67%
4 539,58 34,70%
Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria
1 075,73
1 125,97
1 125,97 4,67%
441,79 39,24%
Junta Administrativa del Registro Nacional
32 310,02
33 818,90
33 885,91 4,88%
14 378,36 42,43%
Consejo de Seguridad Vial
25 768,76
26 972,16 27 342,68 6,11%
8 871,16
32,44%
Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud
4 921,62
5 151,46
5 350,36 8,71%
2 245,61 41,97%
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS NO EMPRESARIALES
Comisión Nacional de Energía Atómica de Costa Rica
108,28
113,34
55,23 -49,00%
50,53 91,49%
Servicio Nal de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento 8 700,97
9 107,31
5 723,64 -34,22%
2 494,76 43,59%
Patronato Nacional de la Infancia
95 635,47
100 101,65
76 880,10 -19,61%
31 692,87 41,22%
Comisión Nacional de Asuntos Indígenas
557,76
583,81
484,21 -13,19%
239,07 49,37%
Programa Integral de Mercadeo Agropecuario
4 558,86
4 771,76
4 336,69 -4,87%
1 750,06 40,35%
Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior
2 429,91
2 543,39
2 312,77 -4,82%
670,84
29,01%
Junta Administrativa Colegio San Luis Gonzaga
678,10
709,77
649,49 -4,22%
290,41
44,71%
Consejo Nacional de Rectores
10 842,14
11 348,47
10 386,39 -4,20%
4 351,59
41,90%
Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación 11 607,81
12 149,90
11 185,13 -3,64%
2 897,47 25,90%
Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura
4 227,52
4 424,95
4 119,84 -2,55%
1 850,45
44,92%
Instituto Tecnológico de Costa Rica
64 782,0
67 807,3
64 063,4 -1,11%
29 242,6 45,65%
Universidad Estatal a Distancia.
57 664,5
60 357,4
57 571,7 -0,16%
25 532,2 44,35%
Colegio Universitario de Limón
2 802,33
2 933,20
2 804,13 0,06%
1 152,05
41,08%
Instituto de Desarrollo Rural 24 497,84
25 641,89 24 538,90 0,17% 8 148,81 33,21%
Oficina Nacional Forestal
172,54
180,60
173,54 0,58%
64,13
36,95%
Superintendencia General de Telecomunicaciones
11 930,00
12 487,13
12 124,69 1,63%
4 447,31
36,68%
Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional 9 658,24
10 109,28
9 834,28 1,82%
3 706,70 37,69%
STAP-DE-294-2020 / DGPN-0481-2020
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ENTIDADES Y ÓRGANOS DEL SPNF
GASTO CORRIEN
TE PO 2019 (1)
GASTO CORRIENTE PRESUPUE
STARIO MÁXIMO 2020 EN
APLICACIÓN DE LA REGLA FISCAL
(2)
GASTO CORRIEN
TE PRESUPUESTARI
O AL II TRIMESTRE 2020
(3)
Tasa de crecimiento
respecto al PO 2019
(4) = (3)/(1)
EJECUCIÓN DEL GASTO CORRIENTE
AL II TRIMESTRE
2020 (5)
% EJECUCIÓN DEL GASTO CORRIENTE AL II TRIMESTRE 2021 (6)
=(5)/(3)
Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica
35 858,05
37 532,62
36 927,20 2,98%
14 296,60
38,72%
Academia Nacional de las Ciencias
63,79
66,77
65,71 3,00%
31,78 48,37%
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
20 716,84
21 684,32
21 375,40 3,18%
6 535,21
30,57%
Sistema de Emergencias 911
5 253,83
5 499,18
5 429,98 3,35%
2 103,90
38,75%
Instituto Nacional de Aprendizaje
118 940,51
124 495,03
123 066,46 3,47%
41 240,85
33,51%
Universidad Técnica Nacional
41 687,1
43 633,9
43 284,4 3,83%
20 879,4 48,24%
Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica
3 775,41
3 951,72
3 921,63 3,87% 2027,58 51,70%
Consejo Nacional de Cooperativas
771,00
807,00
806,48 4,60%
354,03
43,90%
Instituto Nacional de la Mujer (INAMU)
12 457,47
13 039,23
13 034,81 4,63%
5 157,00 39,56%
Consejo Nal de Investigaciones Científicas y Tecnológicas 2 416,39
2 529,24
2 528,63 4,64%
593,37 23,47%
Instituto Costarricense de Turismo
38 047,50
39 824,32
39 824,22 4,67%
10 685,76
26,83%
Oficina Nacional de Semillas
612,24
640,83
640,83
4,67% 254,28 39,68%
Instituto Nacional de Estadística y Censos 9 831,31
10 290,43
10 670,44 8,54%
4 029,97 37,77%
Instituto Mixto de Ayuda Social 217 862,11
228 036,27
295 594,27 35,68%
135 541,61 45,85%
EMPRESAS PÚBLICAS NO FINANCIERAS
Junta Administrativa Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica
46 822,77
49 009,40
28 332,60
-39,49% 8 451,64 29,83%
Empresa de Servicios Públicos de Heredia
69 367,96
72 607,44
69 074,97 -0,42%
33 195,27
48,06%
Editorial Costa Rica
440,86
461,45
447,84 1,58%
184,91
41,29%
Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural
7 552,52
7 905,23
7 716,39 2,17%
2 465,72
31,95%
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
132 456,59
138 642,31
136 105,91 2,76%
55 819,75 41,01%
Instituto Costarricense de Electricidad
642 597,3
672 606,6
664 993,7 3,49%
326 338,4 49,07%
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico 4 785,50
5 008,98
4 963,70 3,72%
1 871,35 37,70%
Empresa Hidroeléctrica los Negros
1 843,30
1 929,38
1 928,39 4,62%
807,58
41,88%
Instituto Costarricense de Ferrocarriles
4 018,25
4 205,90
4 205,53 4,66%
1 494,22
35,53%
Junta de Protección Social
256 805,86
268 798,70
269 091,04 4,78%
91 058,86 33,84%
Consejo Nacional de Producción 86 600,26
90 644,49
97 852,51 12,99%
59 108,66 60,41%
Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A. 104 373,37
109 247,60
127 405,55 22,07%
51 000,37 40,03%
OTRAS ENTIDADES DE GOBIERNOS LOCALES
Federación de Municipalidades Cantones Productores de Banano
344,43
360,51
301,18 -12,56%
99,33 32,98%
Federación Metropolitana de Municipalidades de San José
149,5
156,5 139,43 -6,75% 67,037 48,08%
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ENTIDADES Y ÓRGANOS DEL SPNF
GASTO CORRIEN
TE PO 2019 (1)
GASTO CORRIENTE PRESUPUE
STARIO MÁXIMO 2020 EN
APLICACIÓN DE LA REGLA FISCAL
(2)
GASTO CORRIEN
TE PRESUPUESTARI
O AL II TRIMESTRE 2020
(3)
Tasa de crecimiento
respecto al PO 2019
(4) = (3)/(1)
EJECUCIÓN DEL GASTO CORRIENTE
AL II TRIMESTRE
2020 (5)
% EJECUCIÓN DEL GASTO CORRIENTE AL II TRIMESTRE 2021 (6)
=(5)/(3)
Junta Administradora del Cementerio General y las Rosas de Alajuela
296,8
310,7
310,5 4,60%
101,6 32,73%
Federación de Consejos Municipales de Distrito de Costa Rica
8,3
8,6
8,6 4,67%
3,4 39,72%
Junta Administrativa de Cementerios de Goicoechea
193,57
202,61
204,05 5,41%
88,11
43,18%
Fuente: STAP, elaboración con base en la información de presupuesto ordinario 2019 e informes de ejecución presupuestaria al II trimestre 2020 remitidos por las entidades y verificados con los registrados en el Sistema de Información de Planes y Presupuestos de la Contraloría General de la República al 05 de agosto 2020. 1/ Cabe señalar que de conformidad con el artículo 23 del Decreto Ejecutivo No.41641-H, Reglamento al Título IV de la Ley No. 9635, y sus reformas, en caso de discrepancia entre la información suministrada con respecto a la registrada en el SIPP, la STAP utilizará los datos de este último para verificar el cumplimiento de la regla fiscal, por lo que algunos casos el dato presupuestario tomado del SIPP podría contener documentos posteriores al 30 de junio del 2020.
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ANEXO No. 4 Entidades y órganos del Sector Público No financiero que exceden la regla fiscal
en sus presupuestos al II Trimestre 2020, en millones de colones y porcentajes 1/
ENTIDADES Y ÓRGANOS DEL SPNF
GASTO CORRIENTE P
O 2019 (1)
GASTO CORRIENTE
PRESUPUESTARIO MÁXIMO
2020 EN APLICACIÓN DE LA REGLA
FISCAL (2)
GASTO CORRIENTE PRESUPUE
STARIO AL II TRIMESTRE
2020 (3)
Tasa de crecimiento respecto
al PO 2019
(4)= (3)/(1)
EJECUCIÓN DEL GASTO CORRIENTE
AL II TRIMESTRE
2020 (5)
% EJECUCIÓN DEL GASTO CORRIENTE
AL II TRIMESTRE
2021 (6)=(5)/(3)
ÓRGÁNOS DESCONCENTRADOS
Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral
60 403,64
63 224,49
63 418,69 4,99%
21 539,81 33,96%
Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor
19 597,68
20 512,89
20 720,20 5,73%
9 419,49 45,46%
Museo Nacional de Costa Rica
3 524,98
3 689,60
3 744,53 6,23%
1 440,61
38,47%
Consejo de Salud Ocupacional
881,11
922,26
966,30 9,67%
114,05 11,80%
Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado
2 308,63
2 416,44
2 618,44 13,42%
156,59 5,98%
Tribunal Registral Administrativo 2/
1 940,33
2 030,94
3 911,48 101,59%
773,82 19,78%
Consejo Técnico de Asistencia-Médico Social 3/
1 123,84
1 176,33
2 606,11 131,89%
574,07 22,03%
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS NO EMPRESARIALES
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal
9 152,63
9 580,06
9 582,33 4,69%
2 965,35 30,95%
Colegio de Enfermeras de Costa Rica
1 534,77
1 606,44
1 666,43 8,58%
578,93 34,74%
Corporación Ganadera 4/
724,7
758,6
1 028,2 41,87%
269,3 26,19%
EMPRESAS PÚBLICAS NO FINANCIERAS
Junta Administradora del Servicio Eléctrico de Cartago
50 213,71
52 558,70
54 144,33 7,83%
26 344,98
48,66%
Compañía Nacional de Fuerza y Luz
281 381,71
294 522,23
305 147,07 8,45%
151 776,73
49,74%
OTRAS ENTIDADES DE GOBIERNOS LOCALES
Federación Occidental de Municipalidades de Alajuela
143,91
150,63
171,22 18,98%
40,25 23,51%
Federación de Municipalidades de Heredia 4/
46,1
48,2
99,9 116,74%
29,7 29,75%
Fuente: STAP, elaboración con base en la información de presupuesto ordinario 2019 e informes de ejecución presupuestaria al II trimestre 2020 remitidos por las entidades y verificados con los registrados en el Sistema de Información de Planes y Presupuestos de la Contraloría General de la República al 05 de agosto 2020.
1/ Cabe señalar que de conformidad con el artículo 23 del Decreto Ejecutivo No.41641-H, Reglamento al Título IV de la Ley No. 9635, y sus reformas, en caso de discrepancia entre la información suministrada con respecto a la registrada en el SIPP, la STAP
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utilizará los datos de este último para verificar el cumplimiento de la regla fiscal, por lo que algunos casos el dato presupuestario tomado del SIPP podría contener documentos posteriores al 30 de junio del 2020. 2/ En el caso del Tribunal Registral Administrativo se debe mencionar que el exceso se explicaría por una transferencia por ¢1.832,34 millones al Fondo Nacional de Emergencias, sobre la cual, al 05 de agosto del año en curso, no se cuenta con documentos de respaldo que comprueben que corresponde a la aplicación de la cláusula de escape establecida en el inciso b) del artículo 16 del Título IV de la Ley No. 9635, en particular para la atención de la emergencia declarada por la pandemia del Covid-19.
3/ El Consejo Técnico de Asistencia-Médico Social presenta el exceso indicado en el cuadro desde el presupuesto ordinario
2020, según certificación emitida mediante STAP-1895-2019 del 18 de octubre del 2019.
4/ La Corporación Ganadera y la Federación de Municipalidades de Heredia presentan un exceso desde el presupuesto ordinario
2020, al cual se adicionan movimientos realizados mediante presupuestos extraordinarios.