Taller:
Análisis de Riesgos y Responsabilidades del Servidor Público Municipal
H. Ayuntamiento de N. Laredo, H. Ayuntamiento de N. Laredo, Tamaulipas Tamaulipas Programa Institucional de Programa Institucional de
CapacitaciónCapacitación
Nuevo Laredo, Tamaulipas, México, Diciembre de 2011
Mtro. Jorge Alfredo Lera MejíaMtro. Jorge Alfredo Lera MejíaInstructor Externo ASE, Vicepdte CNE y Socio INAPInstructor Externo ASE, Vicepdte CNE y Socio INAP
2
Parte 1:
ANALISIS DE RIESGOS DEL SERVIDOR PUBLICO DEL
MUNICIPIO DE NUEVO LAREDO
3
I. ANÁLISIS DE RIESGOS: INTRODUCCIÓN
Los profundos cambios que ocurren hoy, su complejidad y la velocidad con los que se dan, son las raíces de la incertidumbre y el riesgo que las organizaciones confrontan.
Las fusiones, la competencia global y los avances tecnológicos, las desregulaciones, y las nuevas regulaciones, el incremento en la demanda de los consumidores y de los habitantes, la responsabilidad social y ambiental de las organizaciones así como, la transparencia generan un ambiente operativo, cada día más riesgoso y complicado.
Surgiendo en adición nuevos retos con los cuales lidiar, resultado de los problemas que se presentan en las organizaciones que operan al margen de la ley o de conductas éticas.
4
I. ANÁLISIS DE RIESGOS: INTRODUCCIÓN
La administración de riesgos en un marco amplio implica que las estrategias, procesos, personas, tecnología y conocimiento están alineados para manejar toda la incertidumbre que una organización enfrenta.
Por el otro lado los riesgos y oportunidades van siempre de la mano, y la clave es determinar los beneficios potenciales de estas sobre los riesgos.
Es importante en toda organización contar con una herramienta, que garantice la correcta evaluación de los riesgos a los cuales están sometidos los procesos y actividades de una entidad y por medio de procedimientos de control se pueda evaluar el desempeño de la misma.
5
I. ANÁLISIS DE RIESGOS: INTRODUCCIÓN
La Auditoría debe funcionar como una actividad concebida para agregar valor y mejorar las operaciones de una organización, así como contribuir al cumplimiento de sus objetivos y metas; aportando un enfoque sistemático y disciplinado para evaluar y mejorar la eficacia de los procesos de gestión de riesgos, control y dirección.
Viendo la necesidad en el entorno empresarial de este tipo de herramientas y teniendo en cuenta que, una de las principales causas de los problemas dentro de los subprocesos es la inadecuada previsión de riesgos, se hace necesario entonces estudiar los Riesgos que pudieran aparecen en cada subproceso de Auditoría, esto servirá de apoyo para prevenir una adecuada realización de los mismos.
6
Objetivo: ANÁLISIS DE RIESGOS
Con base en el estudio de la normativa internacional en materia de riesgos, el servidor público de los municipios de Tamaulipas, podrá identificar los riesgos para interpretar el impacto que tienen en la entidad.
El Análisis de Riesgos constituye una herramienta muy importante para el trabajo del auditor y la calidad del servicio, por cuanto implica el diagnóstico de los mismos para velar por su posible manifestación o no.
7
Contenido
8
1.1 Fundamentos - Definiciones Definición de Administración de Riesgos
La administración de riesgos es una aproximación científica del comportamiento de los riesgos, anticipando posibles pérdidas accidentales con el diseño e implementación de procedimientos que minimicen la ocurrencia de pérdidas o el impacto financiero de las pérdidas que puedan ocurrir.
9
1.1 Fundamentos - Definiciones
Condición previa para identificar eventos, evaluación de riesgos y respuesta al riesgo (oportunidades):
Eventos (identificación). Riesgos (evaluación). Oportunidades (respuesta al riesgo).
Los eventos pueden provenir de factores internos y externos. La Gerencia debe reconocer la importancia de comprender dichos factores y el tipo de eventos que pueden estar asociados a los mismos.
10
1.1 Fundamentos – Definiciones Eventos, riesgos y oportunidades:
Fundamentos: Condición previa para la identificación de eventos, evaluación de riesgos y respuesta al riesgo.
Eventos: Se deben identificar eventos potenciales que afectan la implementación de la estrategia o el logro de los objetivos, con impacto positivo, negativo o ambos.
Riesgos: Los eventos con un impacto negativo representan riesgos, los cuales necesitan ser evaluados y administrados.
Oportunidades: Los eventos con un impacto positivo representan oportunidades, las cuales son recanalizadas por la Gerencia al proceso de establecimiento de estrategia y objetivos.
11
1.1 Fundamentos – Definiciones Técnicas de Identificación de Eventos Existen técnicas focalizadas en el pasado y otras en
el futuro. Existen técnicas de diverso grado de sofisticación. Ejemplos:
Inventarios de eventos. Análisis de información histórica (de la
empresa/sector). Indicadores de excepción. Entrevistas y cesiones grupales guiadas por
facilitadores. Análisis de flujos de procesos.
12
1.1 Fundamentos - Definiciones
Se habla de Riesgo y conceptos de Riesgo en la evolución de los Sistemas de Control Interno, en los cuales se asumen Tres tipos de Riesgo:
Riesgo de Control: Que es aquel que existe y que se propicia por falta de control de las actividades de la empresa y puede generar deficiencias del Sistema de Control Interno.
Riesgo de Detección: Es aquel que se asume por parte de los auditores que en su revisión no detecten deficiencias en el Sistema de Control Interno.
Riesgo Inherente: Son aquellos que se presentan inherentes a las características del Sistema de Control Interno.
13
1.2 Fundamentos - ¿Qué es la administración de riesgos?La administración de riesgos corporativos es un
proceso efectuado por el consejo de administración de una entidad, su dirección y restante personal, aplicado en la definición de la estrategia en toda la entidad, diseñado para identificar eventos potenciales que puedan afectar a la organización y administrar los riesgos dentro del riesgo aceptado, proporcionando una seguridad razonable sobre la consecución de los objetivos de la entidad.
14
1.3 Fundamentos – Consecución de objetivos y componentesLos objetivos a que nos referimos en éste contexto se
pueden clasificar en cuatro categorías:
Estratégicos Operativos Reporte Cumplimiento
Considerando las directrices de INTOSAI:
Salvaguarda de activos
15
1.3 Fundamentos – Consecución de objetivos y componentes
16
1.4 Fundamentos – Responsabilidades en la administración de riesgos
Personal de la entidad Terceros Auditores Externos Legisladores y reguladores Terceros en interacción con la
entidad Proveedores de servicios
tercerizados (Outsourcing) Analistas Financieros,
Agencias Calificadores y medios de comunicación
Consejo de Administración Dirección General Administrador de riesgos Auditores Internos Otro personal de la entidad
17
2.1 Evaluación – Identificación de eventos
18
2.1 Evaluación – Identificación de eventosFactores externos Factores Internos
Económicos - Disponibilidad del capital, No pago de emisión de deuda, concentración, liquidez, mercados financieros, desempleo, competencia, etc.
Infraestructura - Disponibilidad de activos, capacidad de activos, acceso al capital, complejidad
Medio ambiente - Emisiones y residuos, Energía, catástrofes naturales, desarrollo sostenible
Personal - Capacidad del personal, Actividad Fraudulenta, Salud y seguridad
Políticos - Cambios de gobierno, legislación, regulación
Procesos - Capacidad, diseño, ejecución, proveedores/subordinados
Sociales - Demografía, Comportamiento del consumidor, terrorismo, Responsabilidad Social Corporativa, privacidad
Tecnología - Integridad de datos, selección de sistemas, Disponibilidad de datos y sistemas, desarrollo, producción, mantenimiento.
Tecnológicos - Tecnología emergente, comercio electrónico, Interrupciones, Datos externos
19
2.1 Evaluación y medición y del Riesgo Al concebir los posibles Riesgos en la ejecución de
los diferentes subprocesos de la Auditoría de una organización interna o externa, debe efectuarse la evaluación de los mismos, con el fin de conocer el Impacto, y el tratamiento que este requiere, así como la Probabilidad de Ocurrencia.
Sería entonces preciso el diseño o implementación de un procedimiento interno que minimice el impacto financiero que pueda ocurrir.
20
2.2 Evaluación y priorización de riesgos
21
2.2 Evaluación y priorización de riesgos
PRO
BABILI
DAD
F
(frecuen
te)
Inaceptable
(riesgo alto)
Inaceptable
(riesgo alto)
Inaceptable mayor
(riesgo alto)
PRO
BABILI
DAD
M
(modera
do)
Moderado
(riesgo medio)
Moderado
(riesgo medio)
Inaceptable
(riesgo alto)
PRO
BABILI
DAD
PF
(poco
frec.)
Aceptable
(riesgo bajo)
Moderado
(riesgo medio)
Inaceptable
(riesgo alto)
L (leve) M (moderado) G (grave)
IMPACTO IMPACTO IMPACTO
22
2.2 Evaluación y priorización de riesgosAl aplicarse la matriz de riesgos tenemos que la
evaluación puedes ser:
Aceptable: (Riesgo bajo). Cuando se pueden mantener los controles actuales, siguiendo los procedimientos de rutina.
Moderado: (Riesgo Medio). Se consideran riesgos Aceptables con Medidas de Control. Se deben acometer acciones de reducción de daños y especificar las responsabilidades de su implantación y supervisión.
Inaceptable: (Riesgo Alto). Deben tomarse de inmediato acciones de reducción de Impacto y Probabilidad para atenuar la gravedad del riesgo. Se especificará el responsable y la fecha de revisión sistemática.
23
2.2 Evaluación y priorización de riesgosPlan de Acción por tipo de riesgo
El Plan de Acción estaría en correspondencia con el tipo de riesgo, con la organización donde se realiza el servicio, con el tipo de auditoría, con el subproceso que se realice y por supuesto con el auditor o auxiliar que la ejecute.
El Plan debe proponer:1. El diseño de un Sistema Organizativo de ejecución para cada uno
de los subprocesos de la auditoría. 2. Capacitar a los profesionales de la auditoría en la formación
teórico-práctica que garantice la calidad en el ejercicio de sus funciones.
3. Evaluar los resultados de las supervisiones.4. Mantener la vigilancia de la posible comisión de riesgos en el
desarrollo sistemático del ejercicio de las auditorías. 5. Monitorear el cumplimiento de la Cadena de Valores por cada
profesional.
24
2.2 Evaluación y priorización de riesgos
ESTANDARES DE LA EVALUACION Consiste en una Guía, con determinados aspectos a
evaluar, por cada subproceso, el cual debe concluir con una evaluación, la cual se deberá clasificar según la probabilidad de ocurrencia y el Impacto ante la misma.
Deberá además de resumirse, representarse en un gráfico, con el fin de elaborar el consecuente Plan de Acción para reducir la probabilidad de ocurrencia.
CONTROLES Frecuentemente debe evaluarse el comportamiento de
cada subproceso y por cada área de trabajo.
25
3.1 Respuestas – Respuesta al riesgo
Una vez evaluado el riesgo, la Gerencia identifica y evalúa posibles respuestas al riesgo en relación al apetito de riesgo de la entidad.
Evaluando posibles Respuestas: Las Respuestas son evaluadas con el objetivo
de obtener un riesgo residual alineado con el nivel de tolerancia definido.
En la evaluación de las respuestas al riesgo, la Gerencia considera varios aspectos.
26
3.1 Respuestas – Tipos, categoría o técnicas de respuesta al riesgo Tipos de respuestas, categorías o técnicas
de procedimientos para Administrar Riesgos:
Evitar
Reducir Conservar
Compartir
Aceptar
27
3.1 Respuestas – Tipos, categoría o técnicas de respuesta al riesgo EVITAR RIESGOS: Un riesgo es evitado cuando en la organización
no se acepta. Esta técnica puede ser más negativa que positiva. Si el evitar riesgos fuera usado excesivamente el negocio sería privado de muchas oportunidades de ganancia (por ejemplo: arriesgarse a hacer una inversión) y probablemente no alcanzaría sus objetivos.
REDUCIR RIESGOS: Los riesgos pueden ser reducidos, por ejemplo con: programas de seguridad, guardias de seguridad, alarmas y estimación de futuras pérdidas con la asesoría de personas expertas.
CONSERVAR RIESGOS: Es quizás el más común de los métodos para enfrentar los riesgos, pues muchas veces una acción positiva no es transferirlo o reducir su acción. Cada organización debe decidir cuales riegos se retienen, o se transfieren basándose en su margen de contingencia, una pérdida puede ser un desastre financiero para una organización siendo fácilmente sostenido por otra organización.
COMPARTIR RIESGOS: Acciones de modo de reducir el impacto. Cuando los riesgos son compartidos la pérdida es transferida del individuo al grupo.
ACEPTAR RIESGOS: No se toman acciones que afecten el impacto yprobabilidad de ocurrencia del riesgo.
28
3.2 Respuestas – Aceptación de riesgos por la dirección
Al no implementar las medidas necesarias para mitigar los riesgos la dirección asume un riesgo mayor al tolerable o acordado con los organismos de gobierno. De acuerdo, con la normatividad para la práctica de auditoría interna, a los auditores internos les corresponde dar el seguimiento oportuno a este tipo de aspectos, a fin de que sean reportados al órgano de gobierno apropiado.
29
3.2 Respuestas: la cadena de Valores en todos los subprocesos de Auditoría, debe representarse de la siguiente forma:
30
3.2 Respuestas: concluyendo el sistema de control de la Cadena de Valores Resulta de vital importancia establecer un sistema de
control en esa Cadena de Valores, donde todos los subprocesos en Auditoría son necesarios para lograr un servicio eficaz y eficiente, con los requerimientos de calidad esperada.
Una administración eficiente de los Riesgos, sería entonces una aproximación científica de su comportamiento, anticipando posibles pérdidas accidentales con el diseño e implementación de procedimientos que minimicen la ocurrencia de pérdidas o el impacto financiero de las pérdidas que puedan ocurrir.
31
3.2 Respuestas: concluyendo el sistema de control de la Cadena de Valores Control de Riesgos: técnica diseñada para
minimizar los posibles costos causados por los riesgos a que esté expuesta la organización, esta técnica abarca el rechazo de cualquier exposición a pérdida de una actividad particular y la reducción del potencial de las posibles perdidas.
Tipos de Actividades de Control: preventivas, detectivas, manuales, computarizadas y controles gerenciales.
32
3.2 Respuestas: Información y Comunicación La información es necesaria en todos los niveles de la
organización para identificar, evaluar y dar una respuesta al riesgo.
Se debe identificar, capturar y comunicar la información pertinente en tiempo y forma que permita a los miembros de la organización cumplir con sus responsabilidades.
La información es obtenida de fuentes internas y externas. La comunicación se debe realizar en sentido amplio, y fluir por
la organización en todos los sentidos (ascendente, descendente, paralelo).
Asimismo, debe existir una comunicación adecuada con partes externas a la organización como ser: clientes, proveedores, reguladores y accionistas.
33
3.2 Respuestas: Monitoreo
Implica monitorear que el proceso de Administración de Riesgos mantiene su efectividad a lo largo del tiempo y que todos los componentes funcionen adecuadamente a través de: Actividades de monitoreo continuo, que se llevan a
cabo durante el curso normal de las operaciones. Evaluaciones puntuales, realizadas por personal que
no es el responsable directo de la ejecución de las actividades. Su alcance y frecuencia de realización depende de los resultados de la evaluación de riesgos y de la efectividad de las actividades de monitoreo continuo.
Una combinación de ambas formas.
34
3.2 Respuestas: aceptación de riesgos y responsabilidades Responsables:
· Departamento de Auditoría · Supervisor · Jefe de Grupo · Auditor
Otros responsables:
Director, Gerencia, Oficial de Riesgo, Gerentes Financieros, Auditores Internos y Resto de Personal.
35
Parte 2:
RESPONSABILIDADES DEL SERVIDOR PUBLICO DEL
MUNICIPIO DE NUEVO LAREDO
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado
de Tamaulipas
36
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
del Estado de Tamaulipas(Última reforma POE No. 150, 16-12-2010)
DECRETO No. 10: LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS
TITULO PRIMEROCAPITULO UNICODISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1º.- La presente Ley es reglamentaria en lo conducente, del Título Once de la Constitución Política local, y establece:
I.- Los sujetos de responsabilidad en el servicio público Estatal y Municipal; II.- Las obligaciones en dicho servicio público;III.- Las responsabilidades y sanciones administrativas en tal servicio público,
así como las que se deban resolver mediante juicio político;IV.- Las autoridades competentes y los procedimientos para aplicar las
sanciones;V.- Las autoridades competentes y los procedimientos para declarar la
procedencia del enjuiciamiento penal de los servidores públicos que gozan de fuero y,
VI.- El registro del patrimonio de los servidores públicos del Estado y de los municipios.
ARTICULO 2º.- Son sujetos de esta Ley, los servidores públicos mencionados en el Artículo 149 de la Constitución Política local, así como todas las personas que manejen o apliquen recursos económicos estatales o municipales.
37
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
del Estado de TamaulipasTITULO TERCERO: RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
CAPITULO I: SUJETOS DE RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL SERVIDOR PUBLICO
ARTICULO 46.- Incurren en responsabilidad administrativa los servidores públicos (estatales y municipales) a que se refiere el Artículo 2o. de ésta Ley /*.
ARTICULO 47.- Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficacia que deben ser observadas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, y cuyo incumplimiento dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan, según la naturaleza de la infracción en que se incurra, y sin perjuicio de sus derechos laborales:
I.- Cumplir con la máxima diligencia, el servicio que le sea encomendado; II.- Formular y ejecutar legalmente, en su caso, los planes, programas y
presupuestos correspondientes a su competencia, y cumplir las leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos;
III.- Utilizar los recursos que tengan asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión;
____________/* ARTICULO 2º.- Son sujetos de esta Ley, los servidores públicos mencionados en el Artículo 149 de
la Constitución Política local, así como todas las personas que manejen o apliquen recursos económicos estatales o municipales.
38
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
del Estado de TamaulipasIV.- Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo,
cargo o comisión conserve bajo su cuidado;V.- Observar buena conducta en su empleo;VI.- Observar en la dirección de sus inferiores jerárquicos las debidas reglas del trato y
abstenerse de incurrir en agravio, desviación o abuso de autoridad;VII.- Observar respeto y subordinación legítimas con respecto a sus superiores
jerárquicos;VIII.- Comunicar por escrito al titular de la dependencia o entidad en la que presten sus
servicios, el incumplimiento de las obligaciones establecidas;IX.- Abstenerse de ejercer las funciones de un empleo, cargo o comisión después de
concluido el período para el cual se le designó;X.- Abstenerse de disponer o autorizar a un subordinado a no asistir sin causa
justificada;XI.- Abstenerse de desempeñar algún otro empleo, cargo o comisión oficial o particular
que la Ley le prohiba;XII.- Abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de
quien se encuentre inhabilitado;XIII.- Excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución
de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios;XIV.- Informar por escrito al Jefe inmediato y en su caso, al superior jerárquico, sobre la
atención, trámite o resolución de los asuntos a que hace referencia la fracción anterior;
39
XV.- Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por interpósita persona, dinero, objetos mediante enajenación a su favor en precio notoriamente inferior al que el bien de que se trate tenga en el mercado ordinario, o cualquier donación, empleo, cargo o comisión para sí, o para las personas a que se refiere la fracción XIII. Esta prevención es aplicable hasta un año después de que se haya retirado del empleo, cargo o comisión;
XVI.- Desempeñar su empleo, cargo o comisión sin obtener o pretender recibir beneficios adicionales;
XVII.- Abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso.
XVIII.- Presentar con oportunidad y veracidad la declaración de situación patrimonial; XIX.- Atender con diligencia las instrucciones, requerimientos y resoluciones que reciba
de su superior jerárquico en relación con las solicitudes que haga la Contraloría Gubernamental, conforme a la competencia de ésta.
XX.- Informar al superior jerárquico de todo acto u omisión de los servidores públicos sujetos a su dirección, que pueda implicar inobservancia de las obligaciones a que se refieren las fracciones de este Artículo,
XXI.- Cumplir con cualquiera disposición jurídica relacionada con el servicio público; yXXII.- Las demás que le impongan las leyes y reglamentos.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
del Estado de Tamaulipas
40
CAPITULO II: SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y PROCEDIMIENTOS PARA APLICARLAS
ARTICULO 49.- En las dependencias y entidades de la Administración Pública, se establecerán unidades especificas, a las que el público tenga fácil acceso, para que cualquier interesado pueda presentar quejas y denuncias, por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, con las que se iniciará, en su caso, el procedimiento disciplinario correspondiente.Incurren en responsabilidad el servidor público que por sí o por interpósita persona, utilizando cualquier medio, inhiba al quejoso para evitar la formulación o presentación de quejas y denuncias, o que con motivo de ello realice cualquier conducta injusta u omita una justa y debida, que lesione los intereses de quienes las formulen o presenten.
ARTICULO 53.- Las sanciones por falta administrativa consistirán en:I.- Apercibimiento privado o público;II.- Amonestación privada o pública;III.- Suspensión;IV.- Destitución del puesto;V.- Sanción económica;VI.- Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el
servicio público.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
del Estado de Tamaulipas
41
Cuando la inhabilitación se imponga como consecuencia de un acto u omisión que implique lucro o cause daños y perjuicios, será de uno a cinco años, si el monto de aquéllos no excede de cien veces el salario mínimo mensual vigente en la capital del Estado, y de cinco a diez años si excede de dicho límite.
ARTICULO 54.- Las sanciones administrativas se impondrán tomando en cuenta los siguientes elementos:I.- La gravedad de la responsabilidad en que se incurra;II.- Las circunstancias socioeconómicas del servidor público;III.- El nivel jerárquico, los antecedentes y las condiciones del infractor;IV.- Las condiciones y los medios de ejecución;V.- La antigüedad en el servicio;VI.- La reincidencia en el incumplimiento de obligaciones; yVII.- El monto del beneficio, daño o perjuicio económico derivado del incumplimiento de obligaciones.
ARTICULO 55.- En caso de aplicación de sanciones económicas por beneficios obtenidos y daños y perjuicios causados por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Artículo 47, se fijarán en dos tantos del lucro obtenido y de los daños y perjuicios causados; en caso de no cubrirse al momento de su determinación, el monto de la sanción se aumentará proporcionalmente a los incrementos del salario mínimo desde la fecha en que se fijó la sanción hasta la del momento del pago. Por salario mínimo se entenderá el que rija en la Capital del Estado
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
del Estado de Tamaulipas
42
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
del Estado de TamaulipasARTICULO 56.- Para la aplicación de las sanciones que hace referencia el artículo 53 se observarán las
siguientes reglas:I.- El apercibimiento, la amonestación y la suspensión del empleo, cargo o comisión por un período no
menor de tres días ni mayor de tres meses, serán aplicables por el superior jerárquico;II.- La destitución del empleo, cargo o comisión de los servidores públicos, se demandará por el
superior jerárquico de acuerdo con los procedimientos consecuentes con la naturaleza de la relación y en los términos de las leyes respectivas;
III.- La suspensión del empleo, cargo o comisión durante el período al que se refiere la fracción I y la destitución de los servidores públicos de confianza, se aplicarán por el superior jerárquico;
IV.- La Contraloría promoverá los procedimientos a que hacen referencia las fracciones II y III, demandando la destitución del servidor público responsable o procediendo a la suspensión de éste, cuando el superior jerárquico no lo haga.
V.- La inhabilitación para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público será aplicable por resolución jurisdiccional, que dictará el órgano que corresponda según las leyes aplicables; y
VI.- Las sanciones económicas serán aplicadas por el superior jerárquico cuando no excedan de un monto equivalente a cien veces el salario mínimo diario vigente en la capital del Estado, y por la Contraloría cuando sean superiores a esa cantidad.
ARTICULO 57.- Todo servidor público deberá denunciar por escrito a la Contraloría interna de su dependencia los hechos que, a su juicio, sean causa interna de responsabilidad administrativa imputables a servidores públicos sujetos a su dirección, informando al titular de la propia dependencia.La Contraloría interna de la dependencia determinará si existe o no responsabilidad administrativa por el incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, y aplicará, por acuerdo del superior jerárquico, las sanciones disciplinarias correspondientes.En lo que respecta a las entidades, la denuncia a que se refiere el primer párrafo de este artículo, será recibida por las Contralorías Internas de la Secretaría o de la Dirección General del Sector correspondiente.
43
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
del Estado de TamaulipasARTICULO 58.- La Contraloría Gubernamental aplicará las sanciones correspondientes a los
contralores internos de las dependencias, cuando éstos incurran en actos u omisiones que impliquen responsabilidad administrativa.
ARTICULO 59.- Incurrirán en responsabilidad administrativa los servidores públicos de las contralorías internas que se abstengan injustificadamente de sancionar a los infractores o que, al hacerlo, no se ajusten a lo previsto por esta ley. La Contraloría Gubernamental informará de ello al titular de la dependencia y aplicará las sanciones correspondientes.
ARTICULO 60.- La Contraloría Interna de cada dependencia será competente a imponer sanciones disciplinarias, excepto las económicas cuyo monto sea superior a cien veces de salario mínimo diario en la capital del Estado, las cuales están reservadas exclusivamente a la Contraloría Gubernamental, misma que comunicará los resultados del procedimiento al titular de la dependencia o entidad. En este último caso, el órgano de control interno de que se trate, previo informe al superior jerárquico, turnará el asunto a dicha dependencia de la administración pública del Estado.
ARTICULO 61.- Si el órgano de control interno de la dependencia tuviera conocimiento de hechos que impliquen responsabilidad penal, dará vista de ellos a la Contraloría Gubernamental y a la autoridad competente para conocer el ilícito, previa comunicación al titular de la dependencia respectiva.
ARTICULO 62.- Si de las investigaciones y auditorías que realice la Contraloría Gubernamental apareciera responsabilidad de los servidores públicos, ésta informará al titular y al órgano de control interno de la dependencia correspondiente, para que esta última proceda a la investigación y sanción disciplinaria por dicha responsabilidad, si fuera de su competencia. Si se trata de responsabilidades mayores cuyo conocimiento sólo compete a la propia Contraloría Gubernamental, ésta se abocará directamente al asunto, informando de ello al titular de la dependencia y al órgano de control interno de la misma para que participe o coadyuve en el procedimiento de determinación de responsabilidades.
44
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
del Estado de TamaulipasARTICULO 63.- En los ámbitos de sus respectivas competencias, la dependencia y la Contraloría
Gubernamental, podrán abstenerse de sancionar al infractor por una sola vez, ARTICULO 64.- La Contraloría Gubernamental impondrá las sanciones administrativas a que se refiere
este capítulo mediante el siguiente procedimiento:I.- Citará al presunto responsable a una audiencia, haciéndole saber la responsabilidad o
responsabilidades que se le imputen, el lugar, día y hora en que se verificará dicha audiencia y su derecho a ofrecer pruebas y alegar en la misma lo que a su derecho convenga, por sí o por medio de un defensor.También asistirá a la audiencia el representante de la dependencia que para tal efecto se designe.Entre la fecha de la citación y la de la audiencia deberá mediar un plazo no menor de cinco ni mayor de quince días hábiles.
II.- Al concluir la audiencia o dentro de los tres días hábiles siguientes, la Contraloría resolverá sobre la inexistencia de responsabilidad o la imposición de las sanciones correspondientes al infractor, y notificará la resolución;
III.- Si en la audiencia la Contraloría encuentra que no cuenta con los elementos suficientes para resolver o advierte elementos que impliquen nueva responsabilidad administrativa a cargo del presunto responsable o de otras personas, podrá disponer la práctica de investigaciones y citar para otra u otras audiencias; y
IV.- En cualquier momento, previa o posteriormente al citatorio al que se refiere la fracción I del presente artículo, la Contraloría podrá determinar la suspensión temporal de los presuntos responsables de sus cargos, empleos o comisiones, previo acuerdo con el superior jerárquico respectivo, si a su juicio así conviene para la conducción o continuación de las investigaciones. La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior hará cesar provisionalmente los efectos del nombramiento, cargo o comisión y regirá desde el momento en que sea notificada al interesado o éste quede enterado de la resolución por cualquier medio. La suspensión cesará cuando así lo resuelva la propia Contraloría, independientemente de la iniciación, continuación o conclusión del procedimiento a que se refiere el presente artículo en relación con la presunta responsabilidad de los servidores públicos.
45
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
del Estado de TamaulipasARTICULO 76.- Si el servidor público presunto responsable confesare su responsabilidad por el
incumplimiento de las obligaciones a que hace referencia la presente Ley, se procederá de inmediato a dictar resolución, a no ser que quien conoce del procedimiento disponga la recepción de pruebas para acreditar la veracidad de la confesión. En caso de que se acepte la plena validez probatoria de la confesión, se impondrá al interesado dos tercios de la sanción aplicable, si es de naturaleza económica, pero en lo que respecta a indemnización, ésta en todo caso deberá ser suficiente para cubrir los daños y perjuicios causados, y siempre deberá restituirse cualquier bien o producto que se hubiese percibido con motivo de la infracción. Quedará a juicio de quien resuelve disponer o no la suspensión, separación o inhabilitación.
ARTICULO 77.- Para el cumplimiento de las atribuciones que le confiere esta ley, la Contraloría Gubernamental podrá emplear los siguientes medios de apremio:
I.- Sanción económica de hasta veinte veces el salario mínimo diario vigente en Ciudad Victoria;II.- Auxilio de la fuerza publica. Si existe resistencia al mandamiento legítimo de autoridad, se
estará a lo que prevenga la legislación penal.ARTICULO 78.- Las facultades del superior jerárquico y de la Contraloría Gubernamental para
imponer las sanciones que prevé esta ley, se sujetarán a lo siguiente:I.- Prescribirán en un año las responsabilidades cuando el beneficio obtenido o el daño causado
por el infractor no exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en la capital del Estado, o si la responsabilidad no fuese estimable en dinero;
II.- Prescribirán en dos años las responsabilidades cuando el beneficio obtenido o el daño causado por el infractor exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en la capital del Estado, y no se trate de los supuestos previstos en la siguiente fracción; y
III.- Prescribirán en tres años las responsabilidades consideradas como graves.
46
Recomendaciones a los servidores públicos de Nuevo Laredo
Las experiencias obtenidas en la Administración estatal y municipales del pasado reciente, nos indican que la necesidad de actuar del Servidor Municipal debe ser apegada en tiempo y forma, a las Responsabilidades marcadas en la Ley citada.Hoy se tiene que ser más eficientes y atender los principios básicos de la función pública. Actuar con honradez y sencillez.Esto debe ser considerado con seriedad en todos los niveles de la administración municipal, estatal y federal. En las corporaciones de seguridad y de protección civil.Actuar con responsabilidad, rendición de cuentas, transparencia y efectividad, es hoy día una obligación de todos nosotros. El que no lo entiende puede pagar con su libertad o su inhabilitación.La Misión y Visión del servicio público, debe ir de la mano de los principios y valores morales intrínsicos. Debemos trabajar en Equipo como un solo bloque.Trabajar con las dinámicas de calidad total, como “justo a tiempo”, mejora continua”, “más con menos y mejor”, “siempre bien y a la primera” y con competitividad , calidez y prestancia, deberá ser un principio básico de todos los servidores, recordando que en la carrera pública, se viene a “servir” y “no a servirse”, hará que los ciudadanos de Nuevo Laredo y nuestras propias familias, se sientan orgullosos de tenernos como sus empleados municipales.Por todo ello, motivaremos que se tomen en cuenta en el servicio público, programas e incentivos, como el “servicio civil de carrera”, que apoye nuestra seguridad laboral y nuestro crecimiento profesional y humano.Por su atención y consideraciones para este curso……..¡ MUCHAS GRACIAS!