Nota guía 7
Actualización a septiembre de 2017
Esta nota ha sido publicada por el Secretariado Internacional del EITI para ofrecer orientación a los países implementadores acerca del cumplimiento de los requisitos del Estándar EITI. Se recomienda a los lectores consultar directamente el Estándar EITI, y ponerse en contacto con el Secretariado Internacional en caso de precisar cualquier aclaración adicional. La información de contacto se encuentra disponible en www.eiti.org
Transparencia en los contratos
Nota guía 7 – Requisito 2.4
1. Resumen
Los contratos, las licencias y los acuerdos asociados establecen muchos de los compromisos entre el gobierno y las compañías en las industrias extractivas. En algunos casos, los términos de estos contratos y estas licencias pueden ser estándar y estar complementados por regímenes impositivos. En otros casos, los contratos, las licencias y los acuerdos incluyen términos detallados respecto del modo en que los propietarios de recursos y las compañías acuerdan compartir el riesgo y los beneficios durante la vigencia de los proyectos de extracción de recursos a largo plazo.
Los términos fiscales abordarán el modo en que los costos y los beneficios se comparten entre las partes y el modo en que se calcularán y se pagarán los impuestos, las regalías y otras tarifas relacionadas con la extracción. Asimismo, es posible que los contratos incluyan información sobre los derechos de las compañías a los recursos naturales, lo que incluye límites geográficos; obligaciones sociales, lo que incluye requisitos de provisión de infraestructura, gasto social y de contenido local; la salud y la seguridad de los trabajadores; y cláusulas de estabilización que protegen los proyectos de extracción de recursos contra cambios en el marco legal.
El Principio 6 del EITI reconoce que el logro de una mayor transparencia debe encuadrarse en el respeto de los contratos y las leyes. En consonancia con lo anterior, el Estándar EITI promueve que los países implementadores hagan públicos todos los contratos y licencias que establecen las condiciones para la explotación de petróleo, gas y minerales (Requisito 2.4.a). Asimismo, exige que los países documenten la política del gobierno sobre la divulgación de contratos y licencias que rigen la exploración y la explotación de petróleo, gas y minerales (Requisito 2.4.b). La documentación de la política del gobierno debe incluir:
- disposiciones legales relevantes,
- prácticas reales en materia de divulgación y
- cualquier reforma planificada o en marcha.
- Si corresponde, los países deben proporcionar una visión general de los contratos y licencias que están disponibles al público e incluir una referencia o enlace a la ubicación donde están publicados.
Se alienta a los países a divulgar el texto completo de todos los acuerdos destinados a la explotación de
petróleo, gas y/o recursos minerales, así como todos los anexos o modificaciones (Requisito 2.4.c-d). El
cuadro 1 que se incluye a continuación muestra los requisitos del EITI.
Esta nota guía presenta cuestiones que el grupo de multipartícipes debe considerar para ayudarlo a
cumplir los requisitos de documentación de la política y las prácticas de divulgación del gobierno. La
nota guía también describe algunas opciones posibles para el modo en que el grupo de multipartícipes
podría estructurar un sistema de divulgación de contratos en caso de decidir abordar la transparencia de
los contratos.
Algunos países implementadores del EITI han aprobado legislación que exige la publicación de contratos1.
Otros han publicado todos o algunos de los contratos de sus industrias extractivas.2 En algunos países
implementadores se explicita que los contratos son confidenciales y, por lo tanto, no se divulgan. Para los
países que sí los publican, los contratos suelen estar disponibles en un sitio web del gobierno. Algunas
compañías también han intentado de manera proactiva ofrecer sus términos contractuales para el
escrutinio.
La investigación realizada por el Instituto para la Gobernanza de los Recursos Naturales refleja que desde
2013 nueve países han publicado contratos y nueve han promulgado leyes que hacen que la divulgación
de contratos sea obligatoria. A fecha de 31 de diciembre de 2016, 29 de los 51 países implementadores
han divulgado al menos algunos contratos, mientras que 22 países tenían leyes que exigían la
divulgación de contratos de la industria extractiva.3 La hoja de cálculo de Google que tiene en línea el
NRGI incluye información adicional que se va actualizando periódicamente sobre la divulgación de
contratos en los países implementadores del EITI.4
Como la transparencia de los contratos es un área en evolución en el EITI, esta nota probablemente sea
revisada para mostrar las nuevas prácticas que surjan. Como la divulgación de los contratos puede ser
sensible desde el punto de vista comercial, el Secretariado Internacional recomienda que los países
implementadores que deseen abordar esta cuestión consulten ampliamente con todas las partes
interesadas, incluidas las partes interesadas fuera de los grupos de multipartícipes, y que se esfuercen por
lograr el consenso respecto de cualquier decisión relacionada con la transparencia de los contratos.
1 Países implementadores con un requisito legal que obliga a la divulgación en como mínimo un sector extractivo: Afganistán, Burkina Faso, Colombia, República del Congo, República Democrática del Congo, República Dominicana, Ghana, Guatemala, Guinea, Honduras, Iraq (Kurdistán), Liberia, Mozambique, Níger, Filipinas, Santo Tomé y Príncipe, Senegal y Timor-Leste.
2 Países implementadores que han publicado todos o algunos de los contratos de sus industrias extractivas: Afganistán, Burkina Faso, Chad, Colombia, República Democrática del Congo, República Dominicana, Ghana, Guatemala, Guinea, Honduras, Iraq (Kurdistán), Liberia, República Kirguisa, Malawi, Malí, Mauritania, Mongolia, Mozambique, Níger, Perú, Filipinas, República del Congo, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Timor-Leste, Reino Unido y Estados Unidos.
3 Instituto para la Gobernanza de los Recursos Naturales (NRGI), 2017, “¿Se supera el punto crítico? La divulgación de contratos dentro del EITI”, https://resourcegovernance.org/analysis-tools/publications/past-tipping-point.
4 Instituto para la Gobernanza de los Recursos Naturales (NRGI), Visión general de la divulgación de contratos en los países implementadores del EITI, https://docs.google.com/spreadsheets/d/1FXEeD43jw6VYHV8yS-8KJ5-rR5l0XtKxVQZBWzr-ohY/edit#gid=0.
2. Requisitos del EITI
3. Orientación
Cuadro 1 – Estándar EITI de 2016: Requisito 2.4
a) Se recomienda a los países implementadores que hagan públicos todos los contratos y las
licencias que establecen las condiciones de la explotación de petróleo, gas y minerales.
b) El Informe EITI debe documentar la política del gobierno sobre la divulgación de contratos
y licencias que rigen la exploración y explotación de petróleo, gas y minerales. Esto debe
incluir las disposiciones legales pertinentes, las prácticas reales en materia de divulgación y
cualquier reforma planificada o en marcha. Si corresponde, el Informe EITI debe proporcionar
una visión general de los contratos y licencias que están disponibles al público e incluir una
referencia o enlace a la ubicación donde están publicados.
c) El término “contrato” en el Requisito 2.4(a) significa:
i. El texto completo de todo contrato, concesión, acuerdo de producción
compartida o cualquier otro acuerdo otorgado o celebrado por el gobierno que
establezca las condiciones de la explotación de petróleo, gas y recursos
minerales.
ii. El texto completo de cualquier anexo, apéndice o cláusula adicional que establezca
los detalles que se aplican a los derechos de explotación descritos en el Requisito
2.4(c)(i) o su otorgamiento.
iii. El texto completo de cualquier alteración o modificación de los documentos
descritos en los Requisitos 2.4(c)(i) y 2.4(c)(ii).
d) El término “licencia” en el Requisito 2.4(a) significa:
i. El texto completo de toda licencia, arrendamiento, título o permiso por el cual un
gobierno confiera a individuos o a compañías derechos para explotar los recursos
petroleros, gasíferos o minerales.
ii. El texto completo de cualquier anexo, apéndice o cláusula adicional que
establezca los detalles que se aplican a los derechos de explotación descritos en
el Requisito 2.4(d)(i) o su otorgamiento.
iii. El texto completo de cualquier alteración o modificación de los documentos
descritos en los Requisitos 2.4(d)(i) y 2.4(d)(ii).
Fuente: Estándar EITI de 2016, página 19.
El Secretariado Internacional del EITI recomienda el siguiente enfoque paso a paso a los grupos de
multipartícipes para abordar la recomendación de transparencia de los contratos:
a. Determinar la política del gobierno sobre la divulgación de contratos: Para asegurar que los
países documenten la política gubernamental sobre la divulgación de los contratos (como se exige
en el Requisito 2.4.b), se aconseja al grupo de multipartícipes que identifique las leyes, las
regulaciones y los sistemas financieros relevantes que rigen el sector extractivo y que determine
si contienen o no disposiciones sobre la divulgación, así como lo que dicen sobre la divulgación. La
política del gobierno sobre la divulgación de contratos puede proceder de diversas fuentes,
incluida la Constitución (por ejemplo, República Centroafricana, Níger, Filipinas), leyes generales
de inversión (por ejemplo, Mozambique), leyes sobre la información (por ejemplo, Colombia),
leyes para la transparencia de la industria extractiva, incluidas regulaciones del EITI (por ejemplo,
Liberia, Tanzania), leyes generales sobre la minería o el petróleo (por ejemplo, Sierra Leona,
Guinea), resoluciones o decretos del gobierno (por ejemplo, República Democrática del Congo) o
contratos modelo (por ejemplo, México). Estas políticas pueden exigir la divulgación de todos los
contratos o la divulgación de un subconjunto de contratos. En algunos casos, la política del
gobierno puede prohibir la divulgación de contratos, mientras que, en otros, la política del
gobierno será neutral sobre este tema.
Preguntas para ayudar a documentar la política gubernamental sobre la divulgación de los contratos:
• ¿Cuáles son las leyes y las regulaciones nacionales y subnacionales relevantes? Obsérvese
que el Requisito 2.1.a estipula que “El Informe EITI debe describir el marco jurídico y el
régimen fiscal que se aplican a las industrias extractivas”. Esto puede incluir leyes y
regulaciones específicas del sector, leyes y disposiciones sobre la información en
contratos/licencias o contratos modelo.
• ¿Las leyes generales en materia de divulgación, como, por ejemplo, las leyes de libertad
de información permiten la divulgación de contratos? En los casos donde exista este tipo
de leyes, se recomienda que los grupos de multipartícipes resuman todos los aspectos
que se deben divulgar, el plazo para la divulgación, el formato de la divulgación y los
canales de difusión.
• ¿Hay un sistema impositivo/de regalías (licencias y concesiones) o un sistema de
contratos (PSA, contrato de servicios, etc.)?
• ¿Se pueden identificar los organismos responsables de asignar licencias o de negociar y
firmar los contratos petroleros, gasíferos y mineros?
• ¿Se pueden identificar los organismos que supervisan la implementación de los contratos
petroleros, gasíferos y mineros?
• ¿Se pueden identificar los impedimentos o las restricciones legales para la divulgación de
los contratos? Si existen cláusulas de confidencialidad, ¿permiten a las partes del contrato
compartir información con el consentimiento mutuo? Esto puede significar que los
contratos se pueden publicar si ambas partes están de acuerdo con la divulgación.
• ¿El gobierno tiene un contrato modelo para la exploración y la explotación
petrolera, gasífera y minera?
• ¿Hay alguna reforma (procesos de revisión constitucional, elaboración de legislación sobre
el sector, leyes de transparencia, leyes de información o del EITI, elaboración de
regulaciones específicas o contratos modelo) en curso que pueda afectar el acceso del
público a los contratos?
b. Determinar las prácticas reales en materia de divulgación: En algunos casos, las leyes y las
regulaciones pueden disponer la divulgación de los contratos, pero es posible que eso no se
refleje en la práctica de divulgación real. En otros casos, los contratos pueden divulgarse en la
práctica, incluso aunque las leyes y las regulaciones no lo dispongan. En algunos casos, se puede
explicitar que los contratos son confidenciales y la divulgación está prohibida. Otras leyes y otros
contratos pueden mantenerse en silencio sobre esta cuestión. De acuerdo con el Requisito 2.4.b,
el Informe EITI debe documentar la práctica de divulgación real. En la mayoría de casos, los
contratos se divulgan en sitios web de ministerios (por ejemplo, Perú, Afganistán). En algunos
casos, los documentos están disponibles en el sitio web del EITI nacional (por ejemplo, Filipinas,
Liberia). Hay otros casos en los que los gobiernos pueden utilizar repositorios mundiales para
contratos como resourcecontracts.org para publicar contratos (por ejemplo, Malawi). Algunos
países publican contratos en boletines del gobierno (por ejemplo, Honduras, República
Dominicana), aunque la mayoría de publicaciones de boletines normalmente solo incluyen
versiones resumidas de los contratos.
Al abordar este requisito, al grupo de multipartícipes puede resultarle útil evaluar si:
• Todos los contratos se divulgan, independientemente de su tipo.
• Los contratos se divulgan por completo, incluidos todos los anexos, apéndices, cláusulas
adicionales, alteraciones o modificaciones de los contratos y las licencias.
• Los contratos se divulgan de manera oportuna.
• Los contratos se ponen a disposición de una manera fácilmente accesible, es decir, en
formatos que permiten hacer búsquedas y están disponibles a través de portales en
línea y sistemas gubernamentales interconectados.
• Las prácticas de divulgación están en consonancia con la política del gobierno sobre la
divulgación de contratos.
• Se divulgan los términos clave o un resumen de esos contratos. • Los contratos se divulgan, excepto la redacción de información comercial o técnica sensible. • Se divulgan los contratos completados después de alguna fecha especificada y coherente.
Cuadro 2 – ¿Qué son los contratos, las licencias y los documentos relacionados?
El Requisito 2.4 del Estándar EITI define los términos “contrato” y “licencia” en el contexto del
EITI.
En general, la palabra “contrato” se utiliza para hacer referencia a acuerdos que incluyen
condiciones detalladas que son específicas del proyecto en relación con diversas cuestiones. Por
su parte, la palabra “licencia” se utiliza para describir acuerdos que contienen muchos menos
detalles específicos del proyecto y confían más en las leyes generales en cuanto a los detalles. De
todos modos, la manera en la que estas palabras se utilizan en realidad en los diferentes
contextos nacionales puede desviarse de esta norma. En muchos países, las licencias pueden ser
prácticamente idénticas a los contratos, es decir, documentos extensos y detallados con
condiciones específicas del proyecto, mientras que los contratos pueden ser documentos
estandarizados de poca extensión más parecidos a las licencias.
Por lo general, los contratos y las licencias incluyen anexos o apéndices que contienen
información fundamental, y estos se actualizan y modifican periódicamente a lo largo del tiempo.
Los documentos relacionados, incluidos los anexos y las modificaciones, pueden ser
estandarizados, pero en algunos casos pueden variar significativamente en función del proyecto.
Los anexos y las modificaciones habituales incluyen los relacionados con las prórrogas, los cambios en
la titularidad o la asignación, las cesiones, las obligaciones laborales y los compromisos sobre la
producción, la coordinación de actividades, la unitarización, la gestión medioambiental, el cierre y
desmantelamiento, y las obligaciones sociales, lo que incluye la provisión de infraestructura y requisitos
de contenido local.
c. Determinar si y/o cómo se divulgan los contratos: De acuerdo con el Requisito 1.5.f, el grupo de
multipartícipes debe considerar abordar cuestiones como la divulgación de los contratos cuando
se revisa el plan de trabajo del EITI. Se recomienda a los países implementadores que divulguen
públicamente todos los contratos y las licencias que establecen las condiciones de la explotación
de petróleo, gas y minerales (Requisito 2.4. a)5. En los casos en que la política gubernamental no
aborde explícitamente la divulgación de los contratos —y si esto es algo que el grupo de
multipartícipes desea abordar—, podrían considerarse los siguientes métodos para un sistema
de divulgación de contratos, teniendo presentes los derechos de las partes contratantes y los
intereses del público:
• Divulgación de contratos que contribuyan o que se espera que contribuyan más de un
porcentaje determinado de los ingresos totales del gobierno o que excedan un umbral
de volumen de inversión o de producción determinado.
• Divulgación de ciertos términos dentro del contrato que sean de interés
específico para las partes interesadas, es decir, términos financieros u
obligaciones sociales o ambientales.
• Divulgación de un resumen de los términos y las condiciones clave según los cuales se
va a desarrollar el recurso. Este resumen podría, por ejemplo, incluir la vigencia del
contrato, todos los pagos materiales debidos al gobierno realizados de acuerdo con el
contrato, otros términos y condiciones fiscales materiales y un resumen de todas las
cláusulas de estabilización significativas.
• Divulgación de todos los contratos futuros (es decir, los contratos firmados después de una fecha determinada).
• Posibilidades de ocultar información comercialmente sensible.
• Divulgación de contratos completos.
5 En el documento del NRGI sobre los cinco pasos para divulgar contratos y licencias en el EITI se facilita información adicional sobre la
manera en la que los grupos de multipartícipes del EITI podrían trabajar con respecto a la divulgación de contratos:
https://resourcegovernance.org/sites/default/files/nrgi_EITI- Contracts.pdf.
d. Presentación de informes del EITI: Después de considerar las cuestiones antes enunciadas, el grupo
de multipartícipes debe acordar qué información específica incluirá sobre la transparencia de los
contratos en el Informe EITI, así como el formato para proporcionar esa información.
Como mínimo, el informe debe incluir lo siguiente (Requisito 2.4.b):
• Un resumen breve de la política gubernamental sobre divulgación de contratos en el
Informe EITI, incluido un comentario sobre las disposiciones legales pertinentes, las
prácticas de divulgación reales y todas las reformas planificadas o en curso. El grupo de
multipartícipes también puede agregar un resumen de todos los contratos emitidos en el
Cuadro 3 – Fuentes mundiales de información sobre contratos
El Requisito 2.4.b estipula que los países deben proporcionar una visión general de los contratos y
licencias que están disponibles al público e incluir una referencia o enlace a la ubicación donde
están publicados. En consecuencia, se deben consultar fuentes alternativas de contratos y
licencias que puedan estar a disposición del público. Se pueden descubrir nuevos contratos
consultando las fuentes que se incluyen a continuación.
• Repositorios mundiales de contratos. ResourceContracts.org y el repositorio de Open Oil contienen centenares
de contratos completos y otros documentos relacionados de acceso público. Se puede navegar por
los países para ver una lista de contratos incluidos en los repositorios sobre los diferentes países.
• Sitios web de las compañías. Algunas compañías publican sus contratos en el sitio web de la compañía, por
ejemplo Turquoise Hill Resources en Mongolia, Tullow Oil en Ghana y Kosmos Energy a nivel mundial.
Se pueden consultar las páginas del proyecto, folletos sobre inversión y paquetes de presentación,
así como portales sobre la transparencia, si están disponibles.
• Tramitaciones en bolsas de valores. Muchas compañías incluyen contratos en las tramitaciones en bolsas de
valores, en especial aquellas que presentan información a la Comisión de Valores y Bolsa de los Estados
Unidos o los Canadian Securities Administrators. Ambos sitios web incluyen funciones de búsqueda. Otra
opción es el motor de búsqueda Aleph de Open Oil. Este motor de búsqueda permite buscar documentos de
dominio público presentados por compañías de petróleo, gas y minería ante reguladores financieros de todo el
mundo. Actualmente hay indexados más de 2 millones de documentos en los que se puede hacer búsquedas.
Cada día se añaden más documentos.
• Proyectos financiados por la IFC y el EBRD. La Corporación Financiera Internacional (IFC por sus siglas en inglés)
exige a todos los proyectos de explotación financiados por la IFC desde 2013 divulgar su contrato principal en el
que se definen las condiciones de la extracción. El Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (EBRD por sus
siglas en inglés) tiene una política similar para los proyectos de hidrocarburos desde 2014. Es importante consultar
si los proyectos financiados por la IFC o el EBRD tienen contratos publicados.
período cubierto por el Informe EITI que probablemente vayan a generar ingresos
significativos.
• En los casos en que los contratos se divulguen, un resumen de los contratos y las licencias
disponibles al público y una referencia o un enlace al sitio de Internet donde pueda
accederse a ellos.
• En los casos en que los contratos se divulguen, pero no sean de fácil acceso, el grupo de
multipartícipes podría considerar publicarlos en el sitio web del EITI. El grupo de
multipartícipes puede considerar oportunidades para vincular esta información a datos de
ingresos y a otros datos en el Informe EITI.
Además de los requisitos mínimos del EITI, es posible que el grupo de multipartícipes desee debatir las cuestiones siguientes:
• ¿Contribuiría la divulgación de contratos a abordar los objetivos o las prioridades del grupo de multipartícipes?
• ¿Qué formato es el más adecuado para la divulgación?
• ¿Qué contratos se deben priorizar?
La Validación ha demostrado que en ocasiones es difícil verificar el cumplimiento de determinados
requisitos del EITI por la ausencia de información dentro de los propios contratos. En particular, esta
situación hace referencia a los gastos sociales que son obligatorios según los contratos (Requisito del EITI
6.1)6 o los acuerdos de provisión de infraestructura y de trueque (Requisito del EITI 4.3)7, donde el acceso al
contrato puede ayudar a las partes interesadas a diseñar un reglamento de divulgación apropiado.
6 Nota guía 17 del EITI sobre gastos sociales: https://eiti.org/document/guidance-note-on-social-expenditures
7 Nota guía 15 del EITI sobre acuerdos de provisión de infraestructura y de trueque: https://eiti.org/document/guidance- note-on-infrastructure-provisions-barter-arrangements
e. Debate público: Para que resulten útiles y contribuyan al debate público, los Informes EITI
deben ser comprensibles (Requisito 7.1). En los casos en que los contratos se publiquen, el
grupo de multipartícipes puede revisar las actividades de desarrollo de capacidades necesarias
para asegurar una comprensión común efectiva de los contratos dentro del grupo de
multipartícipes y entre otras partes interesadas clave con vistas a asegurar un uso efectivo y
sólido de la información del contrato divulgada.
Cuadro 4 – Facilitar el acceso a los contratos
Los contratos y sus anexos y modificaciones deben ser fáciles de encontrar y utilizar. También debe ser fácil navegar
por ellos y hacer búsquedas en ellos. Los gobiernos pueden garantizar la accesibilidad de las siguientes maneras:
o Formato: La mayoría de países publica los contratos o licencias como archivos de imagen. Estos
formatos de archivo dificultan el uso de la información de los contratos o licencias ya que el texto de estos archivos a menudo no se puede copiar o no se puede hacer búsquedas en él. Para ayudar
a los usuarios, la mejor práctica es utilizar formatos de archivo abiertos que permitan hacer búsquedas fácilmente y la copia del texto para volver a utilizarlo.
o Licencia abierta: Algunos portales de contratos tienen requisitos sobre las licencias que restringen ciertos tipos de usos. Estas leyes sobre licencias pueden limitar la participación de los ciudadanos y la reutilización de los contratos o licencias. Para eliminar estas limitaciones, los contratos o las licencias se deben publicar con una licencia abierta.
o Metadatos: Muchos portales de contratos únicamente enumeran documentos de contratos por
sus nombres o números de referencia. Esto dificulta que el ciudadano de a pie encuentre fácilmente lo que está buscando. A la vista de estas dificultades, la mejor práctica consiste en que
los portales de contratos publiquen documentos con información adicional, conocida como metadatos, que permite organizar los documentos por temática facilitando así que las personas encuentren lo que están buscando.
o Conectividad: Los portales de contratos también pueden tener como objetivo conectar la
documentación sobre contratos que puede estar gestionada por numerosos organismos diferentes
dentro de un gobierno. A modo de ejemplo, para un único proyecto el ministerio de minas puede
tener el principal contrato de desarrollo, el ministerio de trabajo puede tener un acuerdo de
contenido local, y el ministerio de finanzas puede tener un acuerdo de participaciones por parte del
Estado. Si las divulgaciones no están conectadas, los ciudadanos se ven obligados a saber cómo
consultar con los tres ministerios diferentes para encontrar todos estos documentos. Sin embargo,
un portal de contratos conectados podría reunir estas divulgaciones en un solo lugar.
Cuadro 5 – Maximizar la educación y la sensibilización del público
La comunicación pública es fundamental si un país quiere obtener los máximos beneficios de gobernanza gracias a la divulgación. Si la divulgación de los documentos viene acompañada de un compromiso efectivo con la educación del público se abre el camino hacia conseguir una mayor confianza y una supervisión más estricta. Entre las herramientas que pueden considerar los países implementadores, se encuentran:
Herramientas tecnológicas y de la información:
• Explicaciones en lenguaje sencillo para facilitar una comprensión más amplia. Los resúmenes
en lenguaje sencillo de términos clave pueden ofrecer a los visitantes del sitio una
oportunidad de ordenar más fácilmente documentos extensos y analizar aspectos del
contrato en los que tienen un especial interés. El Gobierno de Guinea fue pionero de este
enfoque a través de www.contratsminiersguinee.org, que aprovecha la tecnología
desarrollada por el proyecto mundial de ResourceContracts.org. Desde entonces, Filipinas,
Sierra Leona, Mongolia y la República Democrática del Congo han empezado a utilizar la
plataforma.
• Vínculos entre las condiciones del contrato y otros datos de presentación ante el EITI. La
divulgación de contratos puede ofrecer un contexto para facilitar el análisis y la
comprensión de los flujos de ingresos y otros datos. Los grupos de multipartícipes deben
considerar la manera en la que se puede divulgar la información de los contratos junto con
otros datos del EITI a fin de potenciar la utilidad y la facilidad de comprensión.
• Vínculos con el registro de licencias. El Requisito 2.3 del EITI establece que los países
implementadores deben mantener un registro o un sistema de catastro accesible
públicamente que contenga información oportuna y exhaustiva sobre cada uno de los
titulares de las licencias, las coordenadas de la zona bajo licencia, las fechas de solicitud,
otorgamiento y finalización de la licencia, así como el producto que se obtiene. La
divulgación del texto íntegro de las licencias (y contratos relacionados) como aspecto de
dicho registro o sistema de catastro podría optimizar el proceso de divulgación como parte
de un enfoque integrado.
Capacitación y sensibilización:
• Foros públicos para debatir las condiciones del contrato y su implementación. Este tipo de foros
ofrecen oportunidades concretas para los responsables de compañías y gobiernos. En ellos pueden
compartir datos clave con los ciudadanos y generar confianza entre el público.
• Capacitación. Los grupos de multipartícipes y otros socios también pueden organizar
sesiones de formación para ayudar a los responsables del gobierno local, a los periodistas, a
los grupos de la sociedad civil y a otro tipo de grupos para entender mejor los matices de
los contratos de la industria extractiva y su impacto en la gobernanza de la industria
extractiva. Estos eventos contribuyen a derribar los mitos que rodean a los contratos de
petróleo y minerales y pueden facilitar un diálogo más constructivo entre el sector público y
el privado.
4. Ejemplos de países Los países implementadores del EITI han llevado a cabo un trabajo innovador en muchas y
diversas cuestiones relacionadas con la divulgación de contratos. Los ejemplos que se incluyen a
continuación tienen como objetivo mostrar esta diversidad.
a. Foro para el debate. En Myanmar, si bien los contratos no se divulgan debido a disposiciones
de confidencialidad, los debates realizados como parte del proceso del EITI han dado como
resultado que la divulgación de contratos se incluya como una de las recomendaciones clave
en el primer Informe MEITI. En Mongolia, se creó un grupo de trabajo del EITI sobre la
divulgación de contratos en 2015 y, trabajando en colaboración con la Autoridad Nacional del
Petróleo de Mongolia, garantizó que se eliminaran las cláusulas de confidencialidad en los
nuevos acuerdos modelo sobre el reparto de la producción.
b. Facilitar la divulgación. Timor-Leste ha divulgado contratos de petróleo tras la reforma legal de 2005,
Cuadro 5 – Ejemplo de Mongolia
En el Informe EITI de Mongolia de 2013 se recomendó que el Consejo Nacional trabajara con el
Ministerio de Minas para garantizar que la información sobre los contratos se hiciera pública de
conformidad con la política del gobierno.
Fuente: EITI Mongolia, http://www.eitimongolia.mn/en/node/4875
pero la accesibilidad al sitio web del gobierno ha sido errática. El grupo de multipartícipes ha
identificado la divulgación de contratos como una prioridad del plan de trabajo para garantizar que
todos los contratos son fácilmente accesibles en el sitio web del ministerio encargado del petróleo. En
Malawi, el grupo de multipartícipes del EITI ha servido de vehículo para los defensores de la
divulgación dentro y fuera del gobierno a fin de impulsar la agenda. Como parte de las preparaciones
del primer Informe EITI, el EITI en Malawi encargó al administrador independiente que solicitara
contratos a las empresas declarantes. Actualmente, estos contratos se pueden consultar en línea en
ResourceContracts.org.
c. Afianzar la aceptación. En Filipinas, a pesar de que existe un requisito de divulgación de contratos, el
sector privado mostró sus reservas con respecto a la divulgación argumentando que esta podría
implicar la revelación de información sensible desde el punto de vista comercial. Para disipar esta
preocupación, el PHEITI estableció un subcomité para examinar todos los contratos antes de que se
divulgaran a fin de confirmar que no existía en ellos información sensible desde el punto de vista
comercial. Dicho subcomité fue presidido por un abogado de prestigio que contaba con el respeto de
todas las partes interesadas. Tras el examen, el subcomité acordó publicar todos los documentos sin
que fuese necesario ocultar ningún tipo de información.
d. Difusión de los contratos. Los sitios web del EITI en cada país incluyen contratos divulgados de
diversos países del EITI, entre ellos el Chad, la República del Congo, la República Democrática del
Congo (RDC), Liberia, Filipinas y Senegal.
e. Legislación sectorial. También se ha utilizado legislación sectorial y que implementa los principios
más generales del EITI para consagrar los principios de la divulgación de contratos en la ley. En
Liberia, la Ley del LEITI (2009) insta a conseguir “la divulgación pública de los contratos y las
concesiones que tengan relación con la extracción de recursos forestales y minerales”. En
Tanzanía, la Ley de transparencia de las industrias extractivas (2015) exige que se hagan públicos
todos los nuevos contratos, concesiones y licencias.
Cuadro 6 – Ejemplo de Liberia
En Liberia, el LEITI aloja una biblioteca de contratos y concesiones que contiene todos los contratos extractivos firmados por el gobierno. La Ley del LEITI (2009) exige que el LEITI “promueva la divulgación pública de los contratos y las concesiones que tengan relación con la extracción de recursos forestales y minerales”.
De manera acorde, la Secretaría del LEITI en 2012 obtuvo y subió a su sitio web para uso público más de 100 acuerdos de concesiones, contratos, permisos y licencias con respecto a los sectores petroleros, mineros, forestales y agrícolas. Se dispone de copias impresas de estos derechos asignados en la oficina de la Secretaría.
La Secretaría del LEITI reconoce que sigue siendo difícil para el ciudadano medio comprender los términos y las disposiciones debido a su naturaleza legal compleja. Por lo tanto, el LEITI ha buscado expertos en servicios legales para que produzcan versiones fáciles de leer de todos los acuerdos de concesiones dentro de los sectores petroleros, mineros, forestales y agrícolas. Estos expertos resumirán los términos fiscales, las fechas de inicio/finalización de los contratos, los beneficios para la comunidad y otras disposiciones clave sobre los acuerdos.
f. Promover la comprensión. La transparencia de los contratos no es un fin en sí misma. Para
que los contratos públicos contribuyan a fortalecer la gobernanza, se tienen que utilizar. Los
esfuerzos del EITI a nivel nacional pueden ayudar a generar capacidad a la hora de analizar y
supervisar los contratos. En Liberia, por ejemplo, el EITI ha preparado una matriz
simplificada para incluir información comparativa y resúmenes de 30 contratos de
minería, petróleo y gas, silvicultura y agricultura. Estos contratos se han utilizado en
actividades de sensibilización a fin de que las comunidades desarrollen su capacidad
tanto para entender como para supervisar la implementación. En otros lugares, varios
países han incluido el fortalecimiento de la capacidad y la concienciación pública
respecto de los contratos en sus planes de trabajo de 2016. Por ejemplo, la República
del Congo ha señalado que la complejidad de los contratos de la industria extractiva
supone un reto para el funcionamiento efectivo del grupo de multipartícipes. Por ello,
ha incluido en los presupuestos los costos de dos talleres de desarrollo de la capacidad
destinados a miembros del grupo de multipartícipes así como a organizaciones de la
sociedad civil, medios de comunicación y parlamentarios.
Referencias adicionales:
Para más información, véase:
• Instituto para la Gobernanza de los Recursos Naturales (NRGI), 2017, “¿Se supera el punto crítico? La divulgación de contratos dentro del EITI”, https://resourcegovernance.org/analysis-tools/publications/past- tipping-point
• Instituto para la Gobernanza de los Recursos Naturales (NRGI), 2016, “Five Steps to Disclosing Contracts and Licenses in EITI”,
Fuente: LEITI, http://www.leiti.org.lr/
https://resourcegovernance.org/sites/default/files/nrgi_EITI- Contracts.pdf • OpenOil, 2012, “Understanding Oil Contracts”, http://openoil.net/understanding-
oil- contracts/
• International Senior Lawyers Project (ISLP), OpenOil, Vale Columbia Center
on Sustainable International Investment (VCC) y el Instituto para la
Gobernanza de los Recursos Naturales (NRGI), 2013, “Mining Contracts: How
to read and understand them”,
https://eiti.org/sites/default/files/documents/mining-contracts-how-to-read-and-
understand-them.pdf
• ResourceContracts, Directorio de contratos de petróleo y minerales: http://www.resourcecontracts.org/ Revenue Watch, 2009, “Contracts
Confidential: Endling Secret Deals in the Extractive Industries”, http://www.resourcegovernance.org/sites/default/files/RWI-Contracts-
Confidential.pdf.
• Open Contracting Partnership: www.open-contracting.org
• FMI, 2007, “Guide on Resource Revenue Transparency”, The Fiscal Regime
and Government “Take” (p.17)
https://www.imf.org/external/np/pp/2007/eng/101907g.pdf
• Banco Mundial, 2017, EI Sourcebook, Good-Fit Practice Activities in the
International Oil, Gas & Mining Industries, capítulo 5: Policy, Legal and
Contractual Framework,
http://www.eisourcebook.org/642_5PolicyLegalandContractualFramework.html.
ACNUDH de las Naciones Unidas, Principles for responsible contracts integrating the
management of human rights risks into state-investor contract negotiations (p.32),
• Kosmos Energy, “Transparency” (divulgación de
contratos) :
http://www.kosmosenergy.com/responsibility/transparen
cy.php
Para consultar ejemplos nacionales de divulgación de contratos, véase a continuación:
• Afganistán, sitio web del Ministerio de Minas y Petróleo:
https://mom.gov.af/en/page/momp-contracts/1384
• República Democrática del Congo, sitio web del Ministerio de Minas,
http://mines- rdc.cd/fr/index.php/contrats-des-ressources-naturelles/contrats-
miniers
• Guinea, Comisión Nacional de Minas,
http://www.contratsminiersguinee.org/about/projets.html
• Malí, sitio web del Ministerio de Minas:
http://www.mines.gouv.ml/conventions-avec-les- soci%C3%A9t%C3%A9s-
min%C3%A8res
• Mozambique, sitio web del Ministerio de Recursos Minerales y Energía:
http://www.mireme.gov.mz/index.php?option=com_phocadownload&view=
category &id=8:contratos-de-pesquisa-producao&Itemid=160
• Filipinas, portal de contratos abiertos, http://contracts.ph-eiti.org/'
• República del Congo, sitio web del EITI, http://www.itie-
congo.org/index.php/2016-08-04- 12-57-07/contrat-de-partage-de-production
• Timor-Leste, sitio web de la Autoridad Nacional del Petróleo, http://www.anp-
tl.org/webs/anptlweb.nsf/vwAll/JPDA
Se puede encontrar más información sobre la negociación de contratos en la publicación de la
OCDE Guidance to assemble and manage multidisiciplinary teams for extract contract negotiations:
http://www.oecd.org/dev/guidance-to-assemble-and-manage-multidisciplinary-teams-for-
extractives- contract-negotiations-9789264274914-en.htm