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Área de Cultura Tributaria

Comprobantes de Comprobantes de ventaventa

Contenidos

• ¿Qué es un comprobante de Venta?• ¿Para qué sirven los comprobantes?• ¿Qué clases de comprobantes existen?• ¿Cuándo emito un Comprobante de Venta?• ¿Cómo lleno una Nota de Venta?• ¿Cómo lleno una Factura?• ¿Cómo lleno una Guía de Remisión?• Gastos Personales• Yo ayudo con la Lotería Tributaria

Recordemos nuestros deberesInscribirse en el RUC/RISE

Emitir comprobantes

de venta

Llevar un registro de ingresos y egresos

Presentar declaraciones de impuestos

Acudir a las oficinas del

SRI cuando lo soliciten

Comprobantes de venta

Una vez que un contribuyente se ha inscrito en el RUC / RISE debe emitir comprobantes de venta.

¿ Y qué es un comprobante de venta?

Un comprobante de venta autorizado es un documento que sustenta la transferencia de bienes y/o la prestación de servicios o cualquier otra transacción.

Para que estos documento sean válidos deben contar con autorización del SRI.

¿Para qué sirven los comprobantes de venta?

Los comprobantes de venta sustentan:

- Costos y gastos

- Crédito tributario

- Gastos personales

¿Qué tipos de comprobantes de venta existen?

También encontramos:

Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios.

Boletos o entradas a espectáculos públicos.

Otros documentos autorizados referidos en el artículo 4 del Reglamento de Comprobantes de Venta, retención y documentos complementarios.

¿Cuándo emito un comprobante de venta?

¿Dónde obtengo los comprobantes de venta?

Nota de VentaEmitirán y entregarán notas de

venta exclusivamente los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado.

Como llenar una Nota de Venta?

Las Notas de Venta contendrán la siguiente información no impresa sobre la transacción:

-Descripción del bien transferido o del servicio prestado

-Precio de los bienes o servicios incluyendo impuestos.

-Importe total de la transacción

-Fecha de emisión.

Nota de Venta

Importante:

Cuando la transacción se realice con contribuyentes que requieran sustentar costos y gastos para efectos de la determinación del Impuesto a la Renta, se deberá consignar el número de RUC o cédula de identidad y el nombre, denominación o razón social del comprador, por cualquier monto.

Factura

Se emitirán y entregarán facturas en la transferencia de bienes, prestación de servicios o la realización de otras transacciones, considerando lo siguiente:

a) Se debe separar el monto de los impuestos que graven la compra, cuando el adquirente tenga derecho al uso de crédito tributario o sea consumidor final que utilice la factura como sustento de gastos personales;

b) Sin separar el monto del impuesto, en transacciones con consumidores finales; y,

c) Cuando se realicen operaciones de exportación.

Como llenar una Factura?Las facturas contendrán la siguiente información

no impresa sobre la transacción:

- Identificación del comprador.

-Cantidad de cada bien que se vende.

- Descripción del bien o servicio que se vende.

- Precio unitario de cada producto que se vende.

- Valor Total de cada producto (Se multiplica cantidad por precio unitario).

- Valor Subtotal (Suma de todos los valores totales).

- IVA (valor subtotal gravado con 12%)

- Valor total de la transacción.

- Fecha de emisión.

- Firma del adquirente del bien o servicio

Como llenar una Factura?

Importante:Si la transacción no supera los US $ 200

(doscientos dólares de los Estados Unidos de América), podrá consignar la leyenda “CONSUMIDOR FINAL”, siempre y cuando su cliente no le solicite que se lo identifique.

Guía de Remisión

La guía de remisión es el documento que sustenta el traslado de mercaderías por cualquier motivo dentro del territorio nacional.

La guía de remisión acredita el origen lícito de la mercadería, cuando la información consignada en ella sea veraz, se refiera a documentos legítimos, válidos, y los datos expresados en la guía de remisión concuerden con la mercadería que efectivamente se traslade.

Cómo lleno una Guía de Remisión?En las guías de remisión se incluirá como

información no pre impresa, la siguiente:

1. Identificación del destinatario de la mercadería.2. Dirección del punto de partida y del destino.3. Identificación del conductor (RUC o cédula).4. Número de placas del vehículo .5. Identificación del remitente (Cuando ha sido emitida por el transportista o destinatario).6. Descripción detallada de las mercaderías transportadas.7. Motivo del traslado. 8. Denominación, Nº de la autorización, fecha de emisión y numeración del comprobante de venta. 9. Número de la declaración aduanera, cuando corresponda.10. Fechas de inicio y terminación del traslado.

GASTOS PERSONALES

ViviendaEducaciónSalud AlimentaciónVestimenta

Las personas naturales podrán deducirse para pagar menos impuestos, sus gastos personales sin IVA ni ICE, así como los de su cónyuge o conviviente e hijos menores de edad o con discapacidad, que no trabajen, es decir que dependan del contribuyente.

Los gastos personales que se pueden deducir, corresponden a los realizados por concepto de: vivienda, educación, salud, alimentación y vestimenta.

Para utilizar dichos gastos, los comprobantes de venta deben tener autorización del SRI y podrán estar a nombre del contribuyente, su cónyuge o conviviente, e hijos dependientes.

Archivo

Las facturas que sean sustento de la contabilidad deben ser archivadas por 7 años. En los casos en los que los documentos sean autoimpresos, deberá mantenerlos adicionalmente en archivo magnético. Todos los documentos deberán estar disponibles ante cualquier requerimiento del SRI