UGE - CE

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UGE - CE. Secretaría de General de Inmigración y Emigración. Dirección General de Migraciones. Subdirección General de Inmigración. UNIDAD DE GRANDES EMPRESAS y COLECTIVOS ESPECIALES (UGE – CE). UGE - CE. Reglamento ley de extranjería Real decreto 557/2011, de 20 de abril TÍTULO IX - PowerPoint PPT Presentation

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UGE - CE

Secretaría de General de Inmigración y Emigración

Dirección General de Migraciones

Subdirección General de Inmigración

UNIDAD DE GRANDES EMPRESAS y COLECTIVOS ESPECIALES

(UGE – CE)

UGE - CE

Reglamento ley de extranjeríaReal decreto 557/2011, de 20 de abril

TÍTULO IX

Procedimiento para autorizar la entrada, residencia y trabajo en España, de extranjeros en cuya actividad profesional concurran

razones de interés económico, social o laboral, o relativas a la realización de trabajos de investigación o desarrollo o docentes, que requieran alta cualificación, o de actuaciones artísticas de especial interés

cultural (artículos 178 a 181).

  

53 centros gestores:

- Oficinas de extranjería

- Dirección General de Migraciones

La UGE-CE es un centro gestor que tramita el mismo tipo de autorizaciones que las oficinas de

extranjerías, pero con peculiaridades

PECULIARIDADES DE LA UGE-CE

FAMILIARES de los investigadores con entrada distinta al visado científico o tarjeta azul: residencia o

residencia y trabajo. PRESENTACIÓN SIMULTÁNEA

NO exigencia SNE

POTESTATIVA

PLAZO de resolución REDUCIDO

PLAZO de emisión de visado REDUCIDO

  

Personal técnico y científico

altamente cualificado

Técnicos y científicos altamente cualificados

(Art. 178 del reglamento)

Estancia por estudios

(Art. 33 1 b L.O.)Excepción a la

autorización trabajo(Art. 41 L.O.)

Régimen especial investigadores

(Art. 38 bis L.O.)

Profesionalesaltamente cualificados

(Art. 38 ter L.O.)

RESIDENCIA Y TRABAJO DEINVESTIGADORES

(L.O. 4/2000)

Título IX

Ámbito de aplicación

Profesional extranjero que por sus

conocimientos, especialización,

experiencia o prácticas científicas es

contratado para el desarrollo de una

actividad o programa técnico o científico y

cuya permanencia en España tiene como

único fin o principal realizar

proyectos de investigación

Trabajador

Trabajador

Ámbito de aplicación

a) Las administraciones públicas

b) Universidades

c) Centros de I+D o unidades de investigación y desarrollo de

entidades empresariales

Técnicos o científicos altamente cualificados contratados por

Entidad contratante

Autorizaciones que gestiona la UGE-CE

Tarjeta azul

Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

Visado científico

Residencia temporal y trabajo en el marco de una prestación transnacional de servicios

a) Las administraciones públicas

Estado

Comunidades autónomas

Entidades locales

Organismos que tengan por

objeto la promoción y el desarrollo de

la investigación promovidos o participados mayoritariamente por

las anteriores.

Entidad contratante

Ámbito de aplicación

Organismo

Promovido = financiación >50%, en el último año, procedente de las AAPP

Participado = propiedad > 50% de las AAPP

Entidad contratante

Ámbito de aplicación

Entidad contratante

Ámbito de aplicación

b) Universidades públicas y privadas

actividad investigadora

y prestigio

inherentes a su condición

Entidad contratante

Ámbito de aplicación

c) Centros de I+D o unidades de investigación y desarrollo de entidades empresariales

Informe favorable del competente

en la materia estatal o autonómico

Centro incluidoen el listado de firmantes

de convenio de acogida

Autorizaciones que gestiona la UGE-CE

Profesional investigador extranjero

cuya permanencia en España tiene

como fin único o principal realizar

proyectos de investigación, en el

marco de un convenio de acogida

firmado con un organismo de

investigación

Visado científico

Autorizaciones que gestiona la UGE-CE

Cualquier persona física o jurídica,

pública o privada, con establecimiento

principal o secundario radicado en España,

que realice actividades de investigación y

desarrollo tecnológico y haya sido

autorizada por el

Ministerio de Economía y Competitividad

para suscribir convenios de

acogida.

¿Qué entendemos pororganismo de investigación

Visado científico

Autorizaciones que gestiona la UGE-CE

Orden CIN/1795/2011, de 28 de junio, por

la que se regulan los requisitos de

autorización de organismos de

investigación para suscribir convenios de

acogida con investigadores extranjeros y

las normas de elaboración, actualización y

publicación del listado de los organismos de

investigación autorizados

Visado científico

Autorizaciones que gestiona la UGE-CE

Proyecto aceptado por los órganos

competentes de la entidad. Determinación del objeto y duración del

proyecto. Disponibilidad de medios materiales y

financieros. Titulación. Capacitación profesional. Contrato condicionado

Visado científico

Condiciones para la firma del

convenio (art. 75 Reglamento)

Requisitos generales

Residencia

Carecer de antecedentes penales tanto en España como en los lugares de residencia de los últimos cinco años, por delitos existentes en el ordenamiento español

No figurar como rechazables en países con los que España tiene firmado un acuerdo

Transcurso del plazo de compromiso de no regreso en el marco del retorno voluntario

Abono de la tasa

No encontrarse en situación irregular en España

Actividad

Garantía de actividad continuada

Condiciones de trabajo ajustadas a la normativa para la misma actividad, categoría profesional y localidad

No amortización de los puestos de trabajo que pretende cubrir, tanto por despido improcedente o nulo, como por despido colectivo

Inscripción en el sistema de la Seguridad Social

Estar corriente de pago en las cuotas de la SS

Estar corriente de pago AEAT

Capacitación o cualificación profesional

Abono de la tasa.

Documentos

Los documentos públicos tienen que

presentarse legalizados o apostillados y traducidos por traductor jurado:

título, vínculos familiares, …

Titulación homolagada, si el puesto ofertado es de una profesión regulada

Pasaporte completo y vigente.

Tasas¿Por qué? ¿Cuándo? ¿Quién paga? ¿Qué cantidad?

Hecho imponible: la tramitación de la autorización

Devengo: al solicitar, si se admite a trámite

Sujetos obligados: empleador (trabajo),

trabajador y familiares (residencia)

Cuantía:Residencia: 10,20 €

Trabajo: ≥ 2 x SMI = 190,12 €

Trabajo: > 2 X SMI = 380,27 €

Presentación

Representación

Representación

Empresa: escritura de constitución

Representante legal empresarial (S.A. o S.L.):

-Estatutos: administradores, consejo de administración

-Poderes: vinculación laboral y Registro Mercantil

Fundaciones: estatutos; poderes específicos: Registro de fundaciones

Asociaciones: Estatutos; poderes específicos: Registro de asociaciones

Representación

Organismos públicos: estatutos (BOE o equivalente)

Universidades públicas: estatutos (BOE o equivalente):

-Rector (nombramiento)

-Delegación de competencias para representar o contratar laboralmente (BOE o equivalente) + (nombramiento)

-Delegación de firma de cualquiera de los anteriores (art. 16 LRJPAC)

Universidades privadas: Estatutos (inscripción en el Registro de Universidades)

Contratación

Contratación

Empresario o empleador: administrador,

consejo de administración, poder específico, …

Asociaciones: estatutos,

poderes específicos

Fundaciones: estatutos,

poderes específicos

Contratación

Contratación

Administraciones públicas: órgano competente (s/ estatutos)

Universidades públicas: Rector

Delegación de competencias

Universidades privadas:

órgano competente (s/ estatutos)

Duración INICIAL (art. 75 Reglamento)

Coincidente con la duración del proyecto, siempre

superior a 3 meses y como máximo, 5 años.

Autorizaciones que gestiona la UGE-CE

Duración RENOVACIÓN (art. 82 Reglamento)

“Podrá renovarse a su expiración por

periodos anuales, salvo que corresponda

larga duración.”

Visado científico

Autorizaciones que gestiona la UGE-CE

TIE

Alta SS

Obtención del visado(vigencia máxima 6 meses)

Eficacia de la

resolución

Entrada España(comienzo actividad)

1 mes d

esde

entrada.

Verifica

ción a

lta

SS

Visado científico

Ámbito de aplicación

Autorizaciones para los

familiares de los investigadores

Ámbito de aplicación

Cónyuge, siempre que no se encuentre separado de hecho o de derecho. Un solo cónyuge.

Relación análoga a la conyugal: inscrita en un registro público o se acredite la vigencia de una no registrada, con carácter previo a la residencia en España.

Hijos del trabajador y/o de su cónyuge o pareja, menores de 18 años u objetivamente incapaces. Si se trata de hijos de uno sólo: que ejerza la patria potestad en solitario o se le haya otorgado la custodia y estén efectivamente a su cargo.

Menores de 18 años o incapaces cuando el trabajador sea su representante legal.

Familiares

Ámbito de aplicación

Ascendientes en primer grado del

trabajador o de su cónyuge o

pareja, cuando estén a su cargo,

mayores de 65 años y existan razones que

lo justifique y el trabajador sea residente de

larga duración.

Familiares

Autorizaciones que gestiona la UGE-CE

FamiliaresResidencia temporal por reagrupación familiar

-Régimen especial de investigadores-Profesionales altamente cualificados

Residencia temporal -Simultánea-Posterior

Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

-Simultánea-Posterior

Autorizaciones que gestiona la UGE-CE(reagrupación familiar)

a) Vínculos familiares: legalizado, traducción jurada

b) Medios económicos (art. 54 Reglamento):

150% IPREM 2 miembros, incluyendo reagrupante,

+ 50% IPREM por cada miembro adicional

c) Vivienda adecuada:

- Informe expedido por la CCAA

- Informe expedido por la corporación local-Cualquier medio de prueba admitido en Derecho- Flexibilización en entrada simultánea

30 días

Familiares

Lugar de presentación

Dirección General de Migraciones

UGE - CE

Plaza de la Remonta, 12 – 3ª planta28020 Madrid

Teléfono: 91363 32 75

unidadgrandesempresas@meyss.es

Lugar de presentación familiares

Residencia por REAGRUPACIÓN FAMILIAR y no lucrativa:

a) Simultáneamente: en la UGE-CE por el empleador del investigador

b) Posteriormente: oficina consular por el familiar UGE-CE

Residencia y trabajo:

a) Simultáneamente: en la UGE-CE por el empleador del investigador

b) Posteriormente: oficina extranjería, por el empleador del familiar UGE-CE o directamente ante la UGE-CE

Resolución

Denegación: motivada

Favorable: eficacia demorada

Familiares:Vigencia del titular del que dependen

salvo visado científico

Plazo de resolución:

1 mes

Duración: 1 año

Renovación

Oficina de Extranjería

Visado

Trabajador personalmente

Consulado español

1 mes desde la notificación al empleador de la resolución favorable

Recogida: 1 mes desde su notificación. Si no, archivo del expediente

Vigencia: 3 meses,

salvo visado científico

¿Quién? ¿Cuándo?¿Hasta cuándo?

¿Dónde? ¿Cómo?

Documentos

Familiares: documentación original acreditativa

de los vínculos familiares y copia de la autorización de residencia

Certificado de penales

últimos 5 años

Certificado médico de no padecer ninguna enfermedad cuarentenable prevista

en el reglamento sanitario internacional

Pasaporte: 4 meses vigencia mínimaContrato

copia sellada

  Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos

Teléfono: 91 363 32 75

Correo electrónico:

unidadgrandesempresas@meyss.es

  

Inmaculada Sedano Sánchez

UGE - CE

Plaza de la Remonta, 12 – 3ª planta

Teléfono: 91 363 32 61

Correo electrónico: isedanos@meyss.es