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A252119: Formación Sindical sobre Trabajo, Familia y Libertad Sindical Carmen Benitez

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A252119: Formación Sindical sobre Trabajo, Familia y Libertad Sindical Carmen Benitez. Marco Normativo de la OIT. 1944 Declaración de Filadelfia - PowerPoint PPT Presentation
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A252119: Formación Sindical A252119: Formación Sindical sobre Trabajo, Familia y sobre Trabajo, Familia y Libertad Sindical Libertad Sindical Carmen Benitez Carmen Benitez
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A252119: Formación Sindical sobre A252119: Formación Sindical sobre Trabajo, Familia y Libertad SindicalTrabajo, Familia y Libertad Sindical

Carmen BenitezCarmen Benitez

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Marco Normativo de la OIT

1944 Declaración de Filadelfia

“Todos los seres humanos independientemente de la raza, credo o sexo, tienen el derecho de perseguir su progreso material y su desarrollo espiritual con libertad y dignidad, con seguridad económica e igualdad de oportunidades”

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Derechos Fundamentales en el lugar de Trabajo

La Declaración de la OIT sobre Principios y Derechos Fundamentales de 1998 incluye los Convenios 100 y 111 además de los Convenios 87, 98, 29, 105, 132 y 182.

Justicia Social y Equidad: Declaración de la OIT sobre Justicia Social del 2008

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MODELO DE DESARROLLO Y DEFICIT DE IGUALDAD

Debilita el crecimiento económico y social

Impide el avance de trabajo decente

Obstáculo para la Empresa Sostenible

Debilita la democracia política, económica y social

Impide distribución equitativa de la riqueza

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CONVENIO 100: Igualdad de Remuneración

Principio: el sexo no debe constituir un Principio: el sexo no debe constituir un criterio para calcular y pagar el salario criterio para calcular y pagar el salario (directo e indirecto)(directo e indirecto)

Problema: las mujeres continuan a ganar Problema: las mujeres continuan a ganar menos que los hombres aún cuando los menos que los hombres aún cuando los cálculos tienen en cuenta la antiguedad, el cálculos tienen en cuenta la antiguedad, el nivel de educación, las competencias.nivel de educación, las competencias.

La no aplicación de este Convenio lesiona La no aplicación de este Convenio lesiona la dignidad de las mujeresla dignidad de las mujeres

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CONVENIO 100

Igualdad de remuneración para un trabajo de valor igual. Es un convenio « promocional » que fija un objetivo pero los países pueden elegir los medios para alcanzarloComprende el salario o tratamiento de base Comprende el salario o tratamiento de base incluyendo los otros beneficios adicionales, pagados incluyendo los otros beneficios adicionales, pagados directa o indirectamente, en especie o en natura, por directa o indirectamente, en especie o en natura, por el empleador al trabajador/a en razón del empleo el empleador al trabajador/a en razón del empleo tales como las cotizaciones a la seguridad social, tales como las cotizaciones a la seguridad social, prestaciones de salud e incluye horas prestaciones de salud e incluye horas suplementarias, bonus, indemnidades, uniformes, suplementarias, bonus, indemnidades, uniformes, equipos, gastos de transporte, vehículos, etc.equipos, gastos de transporte, vehículos, etc.Instrumentos: Legislación (legislación sobre el salario Instrumentos: Legislación (legislación sobre el salario mínimo, códigos, derecho de familia, leyes mínimo, códigos, derecho de familia, leyes específicas) Convenciones colectivas (nacionales, específicas) Convenciones colectivas (nacionales, sectoriales, a nivel de empresa). Costumbres y sectoriales, a nivel de empresa). Costumbres y prácticasprácticas

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DETERMINAR EL VALOR DEL TRABAJO

Analizar prejuicios y estereotipos que explican la discriminación salarial

La igualdad salarial es un derecho fundamental que no debe estar sujeto a las concesiones y los compromisos que caracterizan la negociación de un convenio colectivo

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FACTORES DE EVALUACION

LAS CALIFICACIONES: Conocimientos y LAS CALIFICACIONES: Conocimientos y AptitudesAptitudes

. Formación académica y profesional. Formación académica y profesional . Experiencia remunerada en el MT. Experiencia remunerada en el MT . Formación no institucionalizada. Formación no institucionalizada . Experiencia voluntariado. Experiencia voluntariadoA menudo las aptitudes exigidas en los empleos femeninos A menudo las aptitudes exigidas en los empleos femeninos

no se consideran: caso enfermeras, secretarias etc.no se consideran: caso enfermeras, secretarias etc.

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FACTORES DE EVALUACION

ESFUERZOS: Físico y psicológico (mental y emocional)

Los métodos tradicionales prestan mayor Los métodos tradicionales prestan mayor atención al esfuerzo físico asociado atención al esfuerzo físico asociado trabajadores de fábrica y de la construcción. trabajadores de fábrica y de la construcción. Pasan desapercibidos esfuerzos repetitivos en Pasan desapercibidos esfuerzos repetitivos en empleos femeninos y los esfuerzos emocionales empleos femeninos y los esfuerzos emocionales como el de trabajadoras sociales, como el de trabajadoras sociales, enfermeras,profesoras secretarias, camareras enfermeras,profesoras secretarias, camareras etc.etc.

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FACTORES DE EVALUACION

RESPONSABILIDADES: Impacto en los RESPONSABILIDADES: Impacto en los objetivos de la empresa con independencia del objetivos de la empresa con independencia del nivel jerárquico del empleonivel jerárquico del empleo

La barrera de cristal hace creer que los empleos La barrera de cristal hace creer que los empleos con predominio de mujeres son de poca con predominio de mujeres son de poca responsabilidad sin embargo tienen responsabilidad sin embargo tienen repercusiones importantes.repercusiones importantes.

Ejemplo: Las profesoras de primaria tienen en parte la responsabilidad Ejemplo: Las profesoras de primaria tienen en parte la responsabilidad del desarrollo intelectual y la seguridad de los alumnosdel desarrollo intelectual y la seguridad de los alumnos

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FACTORES DE EVALUACION

CONDICIONES DE TRABAJO: Condiciones ambientales y clima psicológico

Se consideran poco las condiciones psicológicas como interrupciones frecuentes del trabajo de las secretarias, el encargo de tareas urgentes e imprevisibles, la monotonía

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CONVENIO 111: DISCRIMINACION

Principio: Formular y aplicar políticas que tienen como objetivo promover la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y de ocupación con el fin de eliminar toda discriminación

Campos de aplicación y dominio: Incluye todas Campos de aplicación y dominio: Incluye todas las personas, empleo y ocupación incluyendo las personas, empleo y ocupación incluyendo trabajo autónomo, acceso empleo remunerado y trabajo autónomo, acceso empleo remunerado y condiciones de empleocondiciones de empleo

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CONVENIO 111

APLICACION DE TRATO DIFERENCIADO:

Toda distinción, exclusión o preferencia fundada en la raza, color, sexo, religión, opinión pública, nacionalidad u origen social, que tiene como efecto destruir o alterar la igualdad de oportunidades y de trata en el empleo o en la ocupación

Características personales no son relevantes así como los criterios fuera de la competencia o mérito de las personas

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CONVENIO 156: RESPONSABILIDADES FAMILIARES

ESTA RELACIONADO CON LA DIVISION SEXUAL DEL TRABAJO Y LOS ROLES QUE LA SOCIEDAD ASIGNA A H Y MOBJETIVO: COMPARTIR RESPONSABILIDADES FAMILIARES ENTRE LA SOCIEDAD Y LA FAMILIA Y ENTRE EL H Y LA M PRESUPONE CAMBIOS CULTURALES: TODOS LOS SERVICIOS Y MEDIOS ESTABLECIDOS DEBERIAN ESTAR POR IGUAL ALCANCE DE AMBOSRESPONSABILIDADES FAMILIARES NO DEBEN SER OBSTACULO PARA ESCOGER EMPLEO.

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CONVENIO 156

Se aplica a trabajadores/as con responsabilidades hacia los hijos a su cargo, cuando las responsabilidades limiten sus posibilidades de prepararse para la actividad económica y de ingresar participar y progresar en ella

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CONVENIO 156

Se aplica también a trabajadores/as con responsabilidades respecto a otros miembros de su familia directa que de manera evidente necesiten su cuidado o sosténDebe hacer parte de las Políticas Nacionales para evitar que sean objeto de discriminación y que entren en conflicto ambas responsabilidades

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CONVENIO 183:Protección a la Maternidad

Protege los derechos de las Trabajadoras antes, durante y después del nacimiento

Amplía su campo de aplicación a todas las mujeres empleadas

Protege enfermedades consecuentes al embarazo y las complicaciones que pueden derivarse

Prevé periodo de protección al empleo más largo.

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CONVENIO 183

Protección de la salud de la madre y del hijo o hija, licencia de maternidad (14 semanas, incluirá un periodo de 6 semanas de licencia posterior al parto a menos acuerdo diferente), licencia en caso de enfermedad o de complicaciones en el embarazo, prestaciones pecuniarias (no inferior a dos tercios de su ganancia), protección del empleo y no discriminación.

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IGUALDAD

IGUALDAD DE GENERO EN EL CORAZON DEL TRABAJO DECENTE!


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