Procedimiento para la Atención Médica en las Unidad es Médicas de Atención Ambulatoria
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1. Objetivos 1.1. Establecer las políticas y actividades para estandarizar el funcionamiento de las Unidades Médicas de Atención Ambulatoria (UMAA). 1.2. Definir los criterios de referencia-contrarreferencia entre las Unidades de Medicina Familiar (UMF), Unidades Médicas Hospitalarias de segundo nivel de atención de atención (UMH) y las UMAA. 1.3. Definir las actividades que se realizan para la atención de los pacientes que por su padecimiento pueden ser sujetos a procedimientos de diagnóstico y tratamiento médico o quirúrgico en las UMAA, sin necesidad de ocupar una cama censable. 2. Ámbito de aplicación El presente procedimiento es de observancia general y obligatoria para todo el personal que participa en la atención del paciente en las UMAA así como en las UMF y en la UMH de segundo nivel de atención del Instituto Mexicano del Seguro Social. 3. Políticas Generales 3.1 Las autoridades delegacionales y el personal de salud de las UMAA, UMF y UMH de segundo nivel de atención cumplirán lo establecido en el Código de Conducta del servidor público del Instituto Mexicano del Seguro Social. 3.2 Las autoridades delegacionales conocerán, difundirán, cumplirán y promoverán el debido cumplimiento del contenido del presente procedimiento. 3.3 Las autoridades delegacionales dependientes de la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas, verificarán que el equipo de salud que otorga atención médica en las UMAA conozca y cumpla el contenido del presente procedimiento. 3.4 Las autoridades delegacionales de la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas, en conjunto con los directivos de las unidades médicas de referencia y la UMAA receptora, determinarán los requisitos para el envío de pacientes: exámenes de laboratorio, gabinete y plan terapéutico
3.5 Las autoridades delegacionales de la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas, en conjunto con los directivos de las UMF y UMH de segundo nivel de atención con UMAA
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Anexa y UMAA Autónomas, deberán vigilar, corroborar y evitar que los equipos e instrumental quirúrgico destinados para la prestación del servicio y correcto funcionamiento de las UMAA no sean traspasados a otra unidad o servicio en forma provisional o permanente, a menos que sea estrictamente indispensable y que de no hacerlo se ponga en peligro la vida o integridad física de algún paciente, para lo cual el traspaso deberá hacerse en forma provisional y de acuerdo con los lineamientos institucionales vigentes. 3.6 Las autoridades delegacionales y de las UMAA establecerán programas de investigación, educación y capacitación para el personal de salud que participa en las actividades de atención médica y/o quirúrgica. 3.7 Las UMAA atenderán únicamente pacientes previamente citados, con padecimientos médicos o quirúrgicos de baja y mediana complejidad de manejo ambulatorio, que no requieran de hospitalización en camas censables y que puedan ser manejados en este tipo de unidades médicas. 3.8 Las instalaciones de las UMAA anexas a UMH de segundo nivel de atención de atención o UMF serán utilizadas exclusivamente para la atención de pacientes ambulatorios programados, salvo por circunstancias particulares de urgencia que ameriten lo contrario. 3.9 El Director del Hospital o Unidad de Medicina Familiar en las UMAA anexas, verificará que la productividad se registre en forma independiente a la productividad del Hospital o Unidad de Medicina Familiar a la cual está anexa. 3.10 El Director de la UMAA Autónoma y el Director del Hospital o Unidad de Medicina Familiar en la UMAA Anexa, será el responsable del correcto funcionamiento de estas unidades. 3.11 El Director de la UMAA Autónoma, el Director del Hospital o Unidad de Medicina Familiar con UMAA Anexa, será el responsable del cumplimiento del presente procedimiento. 3.12 El Director de la UMAA Autónoma, el Director del Hospital o Unidad de Medicina Familiar con UMAA Anexa, deberán asegurarse que el personal médico y de enfermería que participe en programas que requieran conocimientos y/o habilidades específicas, esté capacitado antes de ser asignado a ellos. 3.13 El Director de la UMAA Autónoma, el Director del Hospital o Unidad de Medicina Familiar con UMAA Anexa y el personal que participe en las actividades de atención médica y/o quirúrgica en las UMAA, privilegiará la seguridad del paciente. 3.14 El Director de la UMAA Autónoma, será el responsable de vincular las acciones con las Unidades de Medicina Familiar y las Unidades Médicas Hospitalarias de segundo nivel de atención. 3.15 El Coordinador Clínico planeará, coordinará, supervisará y controlará las actividades de atención médica y quirúrgica de la UMAA.
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3.16 El Coordinador Clínico de la UMAA Anexa será el responsable de vincular las acciones con otros Servicios Hospitalarios o de la Unidad de Medicina Familiar según proceda. 3.17 El Coordinador Clínico o Jefe de Servicio supervisarán al personal de mantenimiento y conservación revisiones preventivas y correctivas de las instalaciones de la UMAA de acuerdo con el programa establecido en forma conjunta. 3.18 El Coordinador Clínico o Jefe de Servicio, Jefatura de Trabajo Social, Jefatura de Nutrición y Dietética y Coordinadora de Asistentes Médicas en las UMAA anexas, supervisarán y vigilarán que el personal de trabajo social, nutrición y dietética y asistentes médicas, realicen las actividades administrativas y asistenciales de su competencia. 3.19 El personal que participa en la Consulta Externa de Especialidades en las UMAA deberá otorgar atención a los pacientes referidos de las Unidades Médicas del Instituto, de acuerdo a los Criterios de Referencia y Contrarreferencia establecidos, nivel de atención y regionalización. 3.20 Los Servicios de Laboratorio, Gabinete y Anatomía Patológica de las UMF y UMH con UMAA anexa, deberán realizar los exámenes de laboratorio, gabinete y anatomopatológicos que sean solicitados por el personal médico de la UMAA derivados de la atención médica a los derechohabientes usuarios. 3.21 Los servicios de laboratorio, gabinete y anatomía patológica de las UMF y UMH que refieran pacientes a las UMAA Autónomas, deberán realizar los exámenes de laboratorio, gabinete y anatomopatológicos que sean solicitados por el personal médico de la UMAA derivados de la atención médica a los derechohabientes usuarios. 3.22 La contrarreferencia de los pacientes atendidos en la UMAA se efectuará una vez se haya resuelto el problema médico o quirúrgico por el que fueron referidos. Específicas para Cirugía 3.23 El Director de la UMAA Autónoma y el Coordinador Clínico realizarán reuniones con los directores de las UMF y UMH de referencia para coordinar de manera conjunta el cumplimiento de los requisitos de envío de los pacientes para cirugía ambulatoria. 3.24 El Director y/o Coordinador Clínico de la UMAA mantendrán comunicación con el Director de la Unidad Hospitalaria de Segundo nivel de atención y el Jefe del Servicio de Cirugía para la coordinación, seguimiento y retroalimentación en la práctica de cirugía ambulatoria. 3.25 El Director de la UMAA autónoma, el Director de la UMF, el Director de la UMH de segundo nivel de atención y el Coordinador Clínico de la UMAA anexa, definirán a los integrantes del equipo multidisciplinario de planeación quirúrgica y mantendrán estrecha comunicación.
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3.26 El Coordinador Clínico y/o el Jefe de Servicio de las UMAA será el responsable de realizar y dar cumplimiento a la programación quirúrgica.
3.27 El Coordinador Clínico y/o el Jefe de Servicio verificará que los pacientes de cirugía ambulatoria sean egresados en el tiempo estipulado después de realizar valoración médica y en su caso prescripción de receta médica y certificado de incapacidad temporal para el trabajo, a excepción de que las condiciones clínicas obliguen su internamiento. 3.28 El Coordinador Clínico y/o el Jefe de Servicio verificará la optimización de los tiempos utilizados para los procedimientos anestésicos. 3.29 El Jefe de Cirugía, Anestesiología o Quirófano y en su caso el Coordinador Clínico en las UMAA anexas a UMF y Hospital establecerán los mecanismos necesarios y convenientes para el correcto abasto de los medicamentos a los MNF Anestesiólogos.
3.30 Coordinador Clínico de las UMAA autónomas establecerán los mecanismos necesarios y convenientes para el correcto abasto de los medicamentos a los MNF Anestesiólogos. 3.31 El Cirujano tratante informará al Coordinador Clínico y Jefe de Servicio, de pacientes que por sus condiciones clínicas requieran ser hospitalizados o trasladados. 3.32 El personal del Servicio de Cirugía será corresponsable del desarrollo de este procedimiento en los aspectos técnico-médicos y administrativos. 3.33 Los integrantes del equipo quirúrgico serán corresponsables en el cuidado del paciente. 3.34 El o la Enfermera Especialista Quirúrgica verificará que la sala de operaciones se encuentre en condiciones óptimas y cuente con los insumos e instrumental necesarios, antes de que el paciente ingrese a la sala de operaciones. 3.35 El MNF Cirujano, la Enfermera Especialista Quirúrgica, la Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General circulante serán las responsables de la cuenta del instrumental, suturas, gasas y compresas. Específicas para Hemodiálisis 3.36 El Director de la UMAA Autónoma, el Director del Hospital o Unidad de Medicina Familiar con UMAA Anexas, conocerán, difundirán, cumplirán y supervisará el debido cumplimiento del contenido de este procedimiento.
3.37 Las UMH de segundo nivel de atención serán las únicas facultadas para la referencia de pacientes con insuficiencia renal para tratamiento de hemodiálisis a las UMAA
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3.38 El Comité de Diálisis de la Unidad Hospitalaria de segundo nivel de atención de determinará el envío de pacientes con insuficiencia renal crónica para tratamiento con hemodiálisis a la UMAA de acuerdo a los criterios de referencia y regionalización vigentes. 3.39 Los pacientes referidos a la UMAA para hemodiálisis deberán continuar su control médico subsecuente en la consulta externa de la Unidad Médica Hospitalaria de referencia. 3.40 El Médico no Familiar Nefrólogo será el responsable de la valoración del paciente referido a la UMAA previo a iniciar el tratamiento sustitutivo de la función renal y verificará el cumplimiento de los criterios de referencia. 3.41 El Médico no Familiar Nefrólogo coordinará y supervisará las actividades del equipo multidisciplinario del servicio de hemodiálisis. 3.42 El Médico no Familiar Nefrólogo y el personal de enfermería del servicio de hemodiálisis responsables del paciente aplicarán técnica de barrera máxima (estéril) durante la asepsia del acceso vascular, previo al inicio y al finalizar la hemodiálisis. 3.43 El Médico no Familiar Nefrólogo informará a las autoridades de la UMAA cuando algún paciente deba ser contrarreferido a la unidad o servicio de referencia, ser dado de baja del programa o si existe alguna vacante en el programa por cambio de domicilio y/o adscripción, trasplante o defunción.
3.44 El Coordinador Clínico, Jefe de Servicio, Jefe de Servicios Generales y Enfermera Jefe de Piso coordinaran y supervisarán el cumplimiento de la NOM-003-SSA3-2010, Para la práctica de la hemodiálisis.
3.45 El Médico no Familiar Nefrólogo dará cumplimiento a la NOM-003-SSA3-2010, Para la práctica de la hemodiálisis en la unidad 3.46 El Coordinador Clínico, Jefe de Servicio, Jefe de Servicios Generales y Enfermera Jefe de Piso coordinaran y supervisarán el cumplimiento, conservación, revisión de instalaciones, limpieza y cuidado de las áreas físicas y máquinas de hemodiálisis semanalmente, llevando registro en la bitácora de control. 3.47 El Coordinador Clínico, Jefe de Servicio, Jefe de Servicios Generales y Enfermera Jefe de Piso coordinaran, supervisarán el cumplimiento de la sanitización de las áreas físicas y máquinas de hemodiálisis llevando registro en la bitácora de control Específicas para Quimioterapia 3.48 Las UMH de segundo nivel de atención serán las únicas facultadas para la referencia pacientes oncológicos para quimioterapia a las UMAA.
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3.49 El Director de la UMAA Autónoma, el Director del Hospital o Unidad de Medicina Familiar con UMAA Anexa, supervisaran que el área de preparación específica o el centro de mezclas reúna las condiciones ambientales de seguridad; (humedad, temperatura, flujo de aire, drenaje acordes a la normatividad vigente.
3.50 El Coordinador Clínico, Jefe de Servicio, Jefe de Enfermería y Enfermera Jefe de Piso o responsables del centro de mezclas, verificarán en forma programada que las áreas específicas funcionen con base en los lineamientos de seguridad y productividad establecidos. 3.51 El Coordinador Clínico, Jefe de Servicio, Jefe de Enfermería, y Enfermera Jefe de Piso, serán las responsables de que el área de preparación o centro de mezclas cuente con el abasto suficiente y oportuno de insumos para la preparación segura de las mezclas. 3.52 El Médico no Familiar Oncólogo es el responsable de la valoración del paciente referido a la UMAA previo a iniciar el tratamiento de quimioterapia, verificará el cumplimiento de los criterios de referencia y de acuerdo a normatividad vigente. 3.53 El Médico no Familiar Oncólogo supervisará, vigilará y corroborará que el personal de enfermería siga las indicaciones de acuerdo a los lineamientos y preparación de mezclas para quimioterapia. 3.54 El Personal de enfermería del sexo femenino asignado al servicio de quimioterapia para la preparación de las mezclas de los medicamentos oncológicos, deberá aplicar las medidas de seguridad estándar en el manejo de citotóxicos y citostáticos, utilizando el equipo de seguridad del área de trabajo; en caso de sospecha de embarazo deberá comunicarlo de inmediato al responsable del servicio y a sus jefes inmediatos superiores para ser relevada para la preparación de tratamientos de quimioterapia, debido al posible efecto teratogénico que tienen los medicamentos oncológicos. Específicas para la Unidad Médica de Apoyo 3.55 El personal delegacional de la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas, en conjunto con los directivos de la UMAA Autónomas, UMAA Anexas y las UMF y Hospitales de referencia, determinarán el o los hospitales que brindarán apoyo a las UMAA en caso de urgencia médica tomando en cuenta su infraestructura, y regionalización vigente. 3.56 El Director de la UMAA Autónoma y Anexa a UMF, establecerán los canales de comunicación adecuados con los Directores de las Unidades de Medicina Familiar u Hospital de segundo nivel de atención que permitan una acción inmediata y expedita ante la eventual necesidad de apoyo urgente para la atención médica de algún paciente que así lo requiera. 3.57 El Director, Subdirector Médico o Coordinador Clínico de Turno del Hospital serán los responsables de la recepción del paciente referido de la UMAA y lo comunicarán al servicio al que será trasladado para su atención inmediata.
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3.58 El presente procedimiento es una actualización y sustituye a su similar “Procedimiento para la Atención Médica en las Unidades Médicas de Atención Ambulatoria” 2660-003-051, con fecha de registro 21 de febrero de 2006.
3.59 El presente procedimiento atiende el contenido de los siguientes documentos
• Ley General de Salud.
• Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, reformada por decretos del 21 de noviembre de 1996, 20 de diciembre de 2001 y 11 de agosto de 2006
• Contrato Colectivo de Trabajo vigente
• Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de
Atención Médica
• Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998, del Expediente Clínico.
• Resolución por la que se modifica la NOM 168-SSA1-1998, del Expediente Clínico. (agosto 2003).
• Norma Oficial Mexicana NOM-170-SSA1-1998, Para la práctica de Anestesiología
• Norma Oficial Mexicana NOM-197-SSA1-2000, Que establece los requisitos
mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.
• Norma Oficial Mexicana NOM-205-SSA-2002, Para la práctica de la cirugía mayor
ambulatoria.
• Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA2-1993, Para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos.
• Norma Oficial Mexicana NOM-206-SSA1-2002, Regulación de los servicios de
salud. Que establece los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencias de los establecimientos de atención médica.
• Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA-1993, Para la prevención y control de la
infección por virus de la inmunodeficiencia humana.
• Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA-1993, Para la prevención y control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana.
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• Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA 3-2010 para la práctica de la hemodiálisis.
• Norma que establece las disposiciones para la planeación, implementación,
evaluación y análisis de las políticas de salud, en el Instituto Mexicano del Seguro Social
• Norma que establece las disposiciones para la prestación de la atención médica en
las unidades de medicina familiar 2000-001-007.
• Norma que establece las disposiciones para la investigación en salud en el Instituto Mexicano del Seguro Social 2000-001-009.
• Norma que establece las disposiciones para la solicitud de equipo médico,
instrumental quirúrgico y mobiliario 2000-001-012.
• Norma que establece las disposiciones para otorgar atención médica en unidades médicas hospitalarias de segundo nivel de atención del Instituto Mexicano del Seguro Social 2000-001-016.
• Norma que establece las disposiciones para la aplicación de la vigilancia
epidemiológica en el Instituto Mexicano del Seguro Social 2000-001-020. • Código de Conducta del Servidor Público del Instituto Mexicano del Seguro Social
4. Definiciones Para efectos del presente procedimiento se entenderá por: 4.1. ARIMAC : Área de informática médica y archivo clínico. 4.2. ASI: Auxiliar de Servicios de Intendencia.
4.3. atención médica: Conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de
proteger, promover y restaurar la salud.
4.4. cama no censable: Apoyo y por tanto auxiliar de la cama censable, destinada transitoriamente a un paciente, en tanto se decide por razones médicas o administrativas su cama definitiva, o aquellas camas destinadas a los programas de corta estancia.
4.5. carta de consentimiento bajo información: Es el documento escrito, signado por el
paciente o su representante legal, mediante el cual se acepta, bajo debida información de los riesgos y beneficios esperados, con respecto de un procedimiento médico o quirúrgico con fines de diagnóstico, terapéuticos o de rehabilitación.
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4.6. cartera de servicios: Gama de servicios de atención médica que se otorgan en una unidad, generalmente identificados por especialidad médica y auxiliares de tratamiento y/o diagnóstico.
4.7. centro de mezclas: Área que reúne las condiciones de seguridad, ambientales de flujo
de aire, drenaje, de distribución de áreas físicas y con el equipo para elaborar mezclas intravenosas de soluciones, medicamentos y nutrición parenteral libres de contaminación.
4.8. certificado de incapacidad temporal para el tr abajo: Documento institucional que
avala la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilitan parcial o totalmente a una persona, para desempeñar su trabajo por algún tiempo.
4.9. cirugía mayor ambulatoria : Los procedimientos de cirugía que deben realizarse en
salas de cirugía y que por no haber producido invalidez, afectación o modificación de los parámetros de las funciones vitales del paciente en la valoración postoperatoria inmediata; requiere únicamente de hospitalización en cama no censable y ser dados de alta en un lapso no mayor de 24 horas.
4.10. cirugía menor ambulatoria: A los procedimientos de cirugía menor que deben
realizarse en sala de cirugía y que por no haber producido invalidez, afectación o modificación de los parámetros de las funciones vitales del paciente en la valoración postoperatoria, requieren únicamente la vigilancia postoperatoria de unas horas que no rebase el equivalente a un turno hospitalario, en un área destinado para tal motivo.
4.11. contrarreferencia: Decisión médica en la que se determina el envío de pacientes a un
nivel de menor capacidad resolutiva para continuar su atención médica, después de haber sido atendidos de un daño específico a la salud, la cual se realiza con base a criterios técnico médicos y administrativos, con el informe correspondiente de las acciones diagnósticas y terapéuticas realizadas y por realizar durante la atención en la unidad de contrarreferencia.
4.12. complicación: Estado anómalo, que se presenta durante las fases de diagnóstico o
tratamiento del paciente y que modifica el curso de la enfermedad o la atención médica requerida.
4.13. cuidado integral del paciente: Conjunto de acciones coordinadas que realiza el
personal para la atención de la salud, a efecto de atender con calidad a un paciente en sus tres esferas sustantivas: biológica, psicológica y social.
4.14. diagnóstico: Es el resultado del análisis de una serie de elementos relacionados con la descripción precisa y calificación de las características de una situación dada, con el fin de atender una condición o solucionar un problema.
4.15. diagnóstico de egreso: Es la lista completa de los diagnósticos, que se emite al
egreso de un paciente.
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4.16. diagnóstico principal: La afección determinada, identificada al final del proceso de
atención a la salud, como la causante primaria de la necesidad de tratamiento o investigación que tuvo el paciente, si hay más de una afección así caracterizada debe seleccionarse la que se considere causante del mayor uso de recursos.
4.17. director: Es la máxima autoridad de la unidad. En él recae la responsabilidad de la
conducción integral médico-técnica y administrativa de la misma, de manera que por el ejercicio de la autoridad se garantice la calidad de los servicios.
4.18. enfermedad: Desequilibrio físico, mental o social que experimenta un individuo en un
momento dado, como consecuencia de fallas en sus mecanismos de adaptación al ambiente.
4.19. enfermera capacitada en hemodiálisis: Personal de enfermería que cuenta con
adiestramiento formal, habilidades específicas y experiencia en el manejo del paciente con insuficiencia renal, quipos y tecnología utilizada para el tratamiento de hemodiálisis.
4.20. enfermedad infecto-contagiosa: Enfermedad producida por la transmisión de un
agente causal ya sea por contacto directo de la persona infectada u otra vía.
4.21. equipo multidisciplinario
4.22. equipo multidisciplinario de planeación quirú rgica: Grupo intrahospitalario que incluye personal médico, paramédico y administrativo que analiza y optimiza la funcionalidad del quirófano
4.23. evento adverso: Daño causado por manejo médico, más que provocado por el estado
mismo del paciente. 4.24. expediente clínico: Conjunto de documentos escritos gráficos e imaginológicos o de
cualquier otra índole, en los cuales el personal de salud, deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención, con arreglo a las disposiciones sanitarias.
4.25. hemodiálisis: Procedimiento terapéutico especializado empleado en el tratamiento de
la insuficiencia renal, aplicando técnicas y procedimientos específicos a través de equipos, soluciones, medicamentos e instrumentos adecuados, que utiliza como principio físico-químico la difusión pasiva de agua y solutos de la sangre a través de una membrana artificial semipermeable extracorpórea.
4.26. identificación oficial: Documento probatorio de la identidad del paciente; credencial
de elector, pasaporte.
4.27. incapacidad: Es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilitan parcial o totalmente a una persona, para desempeñar su trabajo por algún tiempo.
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4.28. infraestructura: Son los recursos físicos designados en las unidades médicas del sistema con el fin de contribuir a la calidad y eficiencia de la atención médica.
4.29. inhaloterapia: Aplicación de los procedimientos que se utilizan para tratar y rehabilitar
a los pacientes con padecimientos respiratorios mediante administración de oxígeno, sólo o mezclado con otros gases, humedad, aerosoles, medicamentos y fisioterapia torácica.
4.30. medicina familiar: Es el eje sustantivo de la atención médica, representa el primer
nivel de atención del sistema de salud institucional, se caracteriza por atender el proceso salud enfermedad en el individuo, familia y comunidad, en los ámbitos biológico, psicológico, social y ambiental; proporciona servicios médicos de primer contacto, en un área médica, con atributos de atención integral y continua en las dimensiones de prevención, curación y rehabilitación; se distribuye estructural y funcionalmente lo más cerca posible al lugar donde reside y trabajan los asegurados o se suscitan las demandas de servicios.
4.31. médico familiar: Médico especialista en el manejo integral del individuo, la familia y la
comunidad en los aspectos biológico, psicológico, social y ecológico. 4.32. MNF: Médico no familiar. 4.33. médico no familiar: Profesional de la medicina que ostenta una especialidad, que lo
acredita como especialista en cierta rama de la Medicina y que con este carácter, labora en los servicios médicos del IMSS.
4.34. médico tratante: Es el médico familiar o no familiar del Instituto, que durante su
jornada de labores interviene directamente en la atención médica del paciente. 4.35. médico no familiar tratante: Médico especialista. 4.36. nutricionista dietista: Profesional capaz de incidir sobre la alimentación de la
persona o grupo de personas sanas o enfermas, que toma en cuenta las necesidades fisiológicas o patológicas a través de una evaluación con base a indicadores clínicos dietéticos, antropométricos, incluyendo preferencias personales, socioeconómicas, culturales y religiosas.
4.37. paciente: Individuo que interactúa con el personal de salud en los procesos de la
atención médica. 4.38. paciente ambulatorio: Es el paciente que asiste a los servicios médicos de la
institución mediante la deambulación natural o asistida y que posterior a su atención retorna a su domicilio.
4.39. personal directivo: Corresponde al Director y Coordinador clínico y Jefe de servicio
de la Unidad Médica de Atención Ambulatoria.
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4.40. personal de salud: Se refiere al personal operativo vinculado al Sector Salud,
clasificado como profesionales, técnicos, auxiliares, administrativos y otros. 4.41. personal médico y paramédico de la unidad qui rúrgica: Jefe de Servicio, MNF de
especialidad quirúrgica, MNF Anestesiólogo, Enfermera Jefe de Piso, Enfermera Especialista Quirúrgica, Enfermera General y Auxiliar de Enfermería General, responsables de la atención al paciente en el ingreso, estancia y egreso dentro de la unidad quirúrgica o quirófano.
4.42. procedimiento: Sucesión cronológica de acciones y sus métodos de ejecución, que
realizadas por una o varias personas, constituyen una unidad y son necesarias para realizar una función o un aspecto de ella.
4.43. procedimiento médico-quirúrgico: Sucesión cronológica de acciones de diagnóstico
y/o tratamiento. 4.44. quimioterapia: Modalidad de tratamiento para el tratamiento del cáncer mediante
medicamentos que destruyen las células o citotóxicos, frenan el crecimiento o citostáticos, o una combinación de ambos.
4.45. quirófano: Sinónimo de unidad quirúrgica 4.46. referencia - contrarreferencia: Procedimiento administrativo entre unidades médicas
de los tres niveles de atención para facilitar el envío, recepción y regreso de pacientes, con el propósito de brindar atención médica, integral y de alta calidad.
4.47. recuperación: Zona o espacio anexo al quirófano y endoscopia, que tiene como
finalidad la atención del paciente a quien se le ha realizado algún procedimiento anestésico y requiere monitorización de signos vitales y de observación hasta recuperación de los efectos anestésicos que afectan el estado de conciencia.
4.48. seguridad del paciente: Ausencia de daño accidental que incluye la implementación
de sistemas operativos y procesos que disminuyan los errores e incrementen la oportunidad de interceptarlos cuando ocurran.
4.49. servicio: Son cada una de las prestaciones que otorga el instituto, a través de sus
unidades médicas, administrativas y sociales.
4.50. servicios hospitalarios: Especialidades y/o subespecialidades médicas que se integran en el hospital para prestar atención en lo que respecta a su área.
4.51. servicios auxiliares de diagnóstico: Son servicios destinados a la realización de
estudios de laboratorio y gabinete, que permiten identificar una enfermedad, establecer el estado de salud de una persona, rechazar o confirmar un diagnóstico, complementarlo en su caso y contribuir a efectuarlo integralmente.
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4.52. servicios auxiliares de tratamiento: Son servicios destinados a complementar el tratamiento de un paciente, empleando métodos y técnicas específicas para la curación de enfermedades o defectos.
4.53. signos y síntomas de alarma: Manifestaciones clínicas del paciente que le permiten
al médico identificar condiciones capaces de producir agravamiento o complicación. 4.54. supervisión: Actividad o conjunto de actividades que desarrolla una persona al
asignar y dirigir el trabajo de un grupo de subordinados sobre quien ejerce autoridad, para lograr de ellos su máxima eficiencia con satisfacción mutua.
4.55. unidad de contrarreferencia: Unidad de atención médica de menor o igual capacidad
resolutiva a la que regresa un paciente previamente referido posterior a su atención, para continuar el manejo en forma integral de acuerdo a su condición clínica y necesidades de cuidados de su salud.
4.56. unidad de referencia: Unidad de atención médica de igual o mayor capacidad
resolutiva a la cual se envía transitoriamente un paciente para el diagnóstico o tratamiento específico.
4.57. unidad quirúrgica: Conjunto de locales y áreas tales como: vestidores con paso
especial a un pasillo “blanco”, pasillo “gris” de transferencia, prelavado, sala de operaciones, área de recuperación y central de esterilización y equipos (CEyE).
4.58. UMAA: Unidad(es) Médica(s) de Atención Ambulatoria. 4.59. UMF: Unidad de medicina familiar 4.60. UMH: Unidad médica hospitalaria de segundo nivel de atención médica 4.61. unidad médica de atención ambulatoria: Inmueble diseñado y equipado para
atender pacientes que requieran procedimientos diagnósticos y/o terapéuticos, médicos o quirúrgicos de baja y mediana complejidad, en la que el paciente egresa el mismo día en condiciones estables y sin haber hecho uso de cama hospitalaria.
4.62. unidad médica de atención ambulatoria anexa: UMAA administrativamente
dependiente de un hospital o una unidad de medicina familiar, que puede tener inmueble independiente o estar incluida en el cuerpo de la unidad a la cual está anexa.
4.63. unidad médica de atención ambulatoria autónom a: UMAA con administración
propia e inmueble de uso exclusivo.
Procedimiento para la Atención Médica en las Unidad es Médicas de Atención Ambulatoria
Responsable Actividad Documentos involucrados
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ETAPA I A
Valoración en la Unidad de Medicina Familiar y envío a la Unidad Médica
Hospitalaria de segundo nivel de atención médica
Médico Familiar 1. Recibe al paciente y se presenta.
2. Realiza las actividades 60 a 69 y 183 a 185 del “Procedimiento para otorgar atención médica en las Unidades de Medicina Familiar 2640-003-002”
Procedimiento para otorgar atención médica en las Unidades de Medicina Familiar 2640-003-002
3. Establece y fundamenta el diagnóstico con base en los criterios técnico-médicos vigentes y resultados de estudios de laboratorio clínico, imaginología, entre otros y elabora nota en el formato “Nota médica y prescripción 4-30-128/72” incluida en el “Expediente clínico o electrónico”
Nota médica y prescripción 4- 30-128/72 Expediente clínico o electrónico
4. Determina la procedencia del envío a la UMH de segundo nivel de atención médica y verifica se cumplan los “Criterios de referencia contrarreferencia 4-30-8/98”
Referencia-contrarreferencia 4-30-8/98
5. Realiza las actividades de Referencia-Contrarreferencia, numerales 432 a la 446 descritas en el “Procedimiento para otorgar atención médica en las Unidades de Medicina Familiar 2640-003-002”
Procedimiento para otorgar atención médica en las Unidades de Medicina Familiar 2640-003-002
Responsable Actividad Documentos involucrados
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NOTA: en caso de que se trate de una UMF con UMAA Anexa, continuará las actividades 183 a 185 del “Procedimiento para otorgar atención médica en las Unidades de Medicina Familiar” 2640-003-002
Referencia – Contrarreferencia 4-30-8/98
ETAPA I B Valoración en Unidad Hospitalaria de
Segundo nivel de atención médica y envío a la UMAA
Médico No Familiar 6. Recibe con amabilidad y respeto al paciente y familiar o acompañante, con la documentación necesaria para su atención
7. Inicia la atención médica del paciente y cumple las actividades 41 a 45 del “Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de Segundo nivel de atención 2660 003 052”
Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de Segundo nivel de atención 2660 003 052
8. Determina la procedencia del envío a la UMAA y verifica se cumplan los “Criterios de referencia contrarreferencia 4-30-8/98”
Referencia – Contrarreferencia 4-30-8/98
9. Informa al paciente respecto a la atención médica o quirúrgica que recibirá en la UMAA y lo consigna en el formato “Nota médica y prescripción 4-30-128/72” incluida en el “Expediente clínico”
Expediente clínico o electrónico Nota médica y prescripción 4- 30-128/72
Médico No Familiar y Asistente Médica
10. Realizan las actividades de Referencia a una unidad homóloga o a una de tercer nivel, numerales 140 a 150 del “Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de Segundo nivel de atención” 2660 003 052
Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de Segundo nivel de atención
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 17 de 61 Clave: 2660-003-051
NOTA: en caso de que se trate de un Hospital con UMAA Anexa, continuará las actividades 105 a 112 del “Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de Segundo nivel de atención” 2660-003-052
2660 003 052
Etapa II
Recepción del paciente en la UMAA
Asistente Médica y Personal de ARIMAC
11. Realizan las actividades 11 a 35 del “Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de Segundo nivel de atención 2660 003 052”
Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de Segundo nivel de atención 2660 003 052
Etapa III
Atención del paciente en la UMAA
Asistente Médica 12. Realiza las actividades 36 a 38 del “Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de Segundo nivel de atención 2660 003 052”
Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de Segundo nivel de atención 2660 003 052
13. Recibe amablemente a los pacientes y solicita la “Cartilla Nacional de Salud” y “Credencial ADIMSS” o “Identificación oficial”
Cartilla Nacional de Salud Credencial ADIMSS Identificación oficial
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 18 de 61 Clave: 2660-003-051
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General
14. Llama al paciente para que pase al consultorio de acuerdo al horario de citas.
15. Asiste al MNF y realiza actividades de acuerdo a la especialidad.
Médico No Familiar Tratante
16. Recibe y se presenta con respeto y amabilidad y realiza las actividades 41 a 47 del “Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de Segundo nivel de atención 2660 003 052”
Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de Segundo nivel de atención 2660 003 052
17. Integra diagnóstico, elabora nota médica en el formato “Notas médicas y de prescripción 4-30-128/72” y la incluye en el “Expediente clínico”
Notas médicas y de prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
Coordinador Clínico o Jefe de Servicio
18. Informa a los Médicos No Familiares previo al inicio de la consulta externa la disponibilidad de fechas, horarios y salas para programación de estudios endoscópicos o quirúrgicos de acuerdo a las “Agenda de programación” correspondientes.
Agenda de programación
Si el paciente no es candidato, no cumple requisitos o existe contraindicación para
su atención en la UMAA
Médico No Familiar Tratante
19. Informa al paciente y elabora contrarreferencia en original y copia, en el formato “Referencia-Contrarreferencia 4-30-8/98”, especificando las causas que motivaron esta decisión.
Referencia-Contrarreferencia 4-30-8/98
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 19 de 61 Clave: 2660-003-051
Si el paciente cumple requisitos y no existe contraindicación para su atención
en la UMAA
Médico No Familiar Tratante
20. Elabora en su caso solicitudes de auxiliares de diagnóstico y tratamiento en el formato “Solicitud de servicios 4-30/2000” y orienta al paciente para su realización.
Solicitud de servicios 4-30/2000
21. Informa en forma clara y sencilla al paciente, respecto los riesgos y beneficios del procedimiento médico-quirúrgico a realizar.
22. Requisita la “Carta de consentimiento bajo información 2660-009-073” y la integra al “Expediente clínico”.
Carta de consentimiento bajo información 2660-009-073 Expediente clínico
23. Asigna o concerta con el paciente la fecha de la del procedimiento médico-quirúrgico a realizar de acuerdo a las fechas y horarios disponibles en la “Agenda de programación” correspondiente.
Agenda de programación
24. Elabora y entrega al paciente, familiar acompañante o representante legal, Nota de Atención Ambulatoria con los siguientes datos:
• Identificación de la UMAA • Nombre y Número de Seguridad Social • Fecha del procedimiento médico-
quirúrgico • Diagnóstico • Procedimiento programado
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 20 de 61 Clave: 2660-003-051
Médico No Familiar Tratante
• Nombre, firma y matrícula del MNF
tratante.
25. Deriva al paciente a Trabajo Social y a Nutrición y Dietética en caso necesario, mediante el formato “Solicitud de servicios 4-30/200”
Solicitud de servicios 4-30/200
Trabajadora Social 26. Recibe al paciente, se presenta e identifica el motivo de envío
27. Realiza la visita guiada (Tour) a la UMAA con el paciente, familiar o acompañante, con énfasis en las áreas donde se realizará el o los procedimientos médicos-quirúrgicos para los que fue referido el paciente.
28. Efectúa las actividades con el numeral 209 a 216 del “Procedimiento para la intervención de Trabajo Social en Unidades Hospitalarias 2660-003-028” para los pacientes que ingresan a los programas especiales.
Procedimiento para la intervención de Trabajo Social en Unidades Hospitalarias 2660-003-028
29. Elabora el “Censo nominal de pacientes 2660-021-016”.
Censo nominal de pacientes 2660-021-016
30. Realiza las actividades 99 a 104 del “Procedimiento para la intervención de Trabajo Social en Unidades Hospitalarias 2660-003-028” para la promoción de la donación de sangre.
Procedimiento para la intervención de Trabajo Social en Unidades Hospitalarias 2660-003-028
31. Informa al familiar acompañante o representante legal, la necesidad de que una persona permanezca en la unidad el tiempo que dure el procedimiento médico- quirúrgico ya que al finalizar el mismo, será egresado a su domicilio.
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 21 de 61 Clave: 2660-003-051
Trabajadora Social 32. Informa al paciente de la importancia de
acudir a los procedimientos médico- quirúrgicos programados, en las fechas y hora asignadas.
33. Registra sus acciones e intervenciones en: • “Nota de Trabajo Social 4-30-54/2000”
2660-009-058,
• “Informe de servicios paramédicos 4-30-6p,
• “Expediente clínico”.
Nota de Trabajo Social 4-30-54/2000 2660-009-058 Informe de servicios paramédicos 4-30-6p Expediente clínico
Nutricionista Dietista 34. Recibe al paciente, familiar acompañante o representante legal, se presenta y agenda la cita correspondiente en la “Agenda de citas médicas” 4-30-7 o procede a la atención inmediata.
Solicitud de servicios 4-30/2000 Agenda de citas médicas 4-30-7
35. Identifica el motivo de envío y realiza las actividades del “Procedimiento clínico nutricional para pacientes de consulta externa de especialidad para hospitales de segundo nivel de atención de atención” 2660-003-022.
Procedimiento clínico nutricional para pacientes de consulta externa de especialidad para hospitales de segundo nivel de atención de atención 2660-003-022
Coordinador Clínico o Jefe de Servicio
36. Realiza la programación de los procedimientos médico-quirúrgicos
Auxiliar universal de oficinas
37. Recibe del Coordinador Clínico la programación médico-quirúrgica y distribuye copia de la misma en todos los servicios y admisión hospitalaria.
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 22 de 61 Clave: 2660-003-051
Etapa IV
Procedimientos Médico Quirúrgicos
Etapa IV A. Cirugía Ambulatoria
Médico No Familiar Cirujano Tratante
38. Evalúa las condiciones clínicas, exámenes y valoraciones preoperatorias e identifica que se encuentren dentro de límites normales, completos y no exista contraindicación para programación quirúrgica
39. Determina cirugía a realizar y elabora en el formato de “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72” y la integra al “Expediente clínico”.
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
40. Proporciona información clara y suficiente al paciente respecto al diagnóstico, decisión quirúrgica, los riesgos y los beneficios, requisita y obtiene firma autógrafa del paciente o familiar responsable en formato “Carta de consentimiento bajo información 2660-009-073” y la integra al “Expediente clínico”
Carta de consentimiento bajo información 2660-009-073 Expediente clínico
41. Asigna o concerta con el paciente la fecha de la cirugía, la registra de acuerdo a la calendarización y fechas disponibles, elabora en original y copia el formato “Solicitud y registro de intervención quirúrgica 2660-009-074”, así como el domicilio y el teléfono del paciente o familiar y la incluye en el expediente clínico. NOTA: Cuando el paciente refiera no contar con número telefónico, se le indicará que se comunique al teléfono proporcionado en horario y día hábil para que se le notifique la fecha de cirugía, después del segundo día hábil de su cita.
Solicitud y registro de intervención quirúrgica 2660-009-074
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 23 de 61 Clave: 2660-003-051
Médico No Familiar Cirujano Tratante
42. Instruye al paciente respecto a las indicaciones preoperatorios y en su caso las indicaciones especiales de acuerdo a la cirugía a realizar.
43. Registra la actividad en el formato “Control e informe de consulta externa 4-30-6/99”.
Control e informe de consulta externa 4-30-6/99
44. Informa a la Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General que el paciente será intervenido quirúrgicamente y le entrega copia del formato “Solicitud y registro de intervención quirúrgica 2660-009-074”.
Solicitud y registro de intervención quirúrgica 2660-009-074
45. Envía al paciente con la Asistente Médica de admisión para que registre la “Solicitud y registro de intervención quirúrgica 2660-009-074”
Solicitud y registro de intervención quirúrgica 2660-009-074
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General
46. Informa y entrega copia del formato “Solicitud y registro de intervención quirúrgica 2660-009-074”.
Solicitud y registro de intervención quirúrgica 2660-009-074
Asistente Médica 47. Recibe e informa al paciente y familiar acompañante o representante legal, los requisitos para ingreso.
48. Entrega al Coordinador Clínico la copia del formato “Solicitud y registro de intervención quirúrgica” 2660-009-074.
Solicitud y registro de intervención quirúrgica 2660-009-074
Coordinador Clínico y/o Jefe de Servicio
49. Recibe de la Asistente Médica, copia de los formatos “Solicitud y registro de intervención quirúrgica 2660-009-074”, y “Expediente clínico”, de cada uno de los pacientes programados para la elaboración del programa quirúrgico.
Solicitud y registro de intervención quirúrgica 2660-009-074, Expediente clínico
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 24 de 61 Clave: 2660-003-051
Coordinador Clínico y/o Jefe de Servicio
50. Verifica en los “Expediente Clínico(s)” los criterios técnicos médicos aplicados por los médicos no familiares, los exámenes de laboratorio y gabinete y la solicitud de los procedimientos a realizar.
Expediente clínico (s)
51. Elabora el programa quirúrgico en coordinación con los médicos no familiares y el equipo multidisciplinario de planeación quirúrgica.
52. Entrega copia del programa de actividades quirúrgicas a la Enfermera Jefe de Piso, Asistente Médica de Admisión, ARIMAC y Trabajo social.
53. Indica a la trabajadora social de acuerdo al listado de pacientes programados, localizarlos y confirmar o rectificar la fecha de cirugía por vía telefónica
Sí proporcionó número telefónico
Trabajadora Social 54. Localiza al paciente en el número telefónico proporcionado y le confirma o rectifica la fecha de cirugía con el control adecuado de llamadas telefónicas.
El paciente no proporcionó número
telefónico
55. Atiende llamada telefónica del paciente y le notifica la fecha de cirugía con el control adecuado de llamadas telefónicas.
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 25 de 61 Clave: 2660-003-051
Ingreso para cirugía ambulatoria
Asistente Médica de Admisión
56. Recibe al paciente, familiar acompañante o representante legal, el día y hora de la cita y le solicita:
• “Credencial de identificación ADIMSS”
o identificación oficial
• “Cartilla Nacional de Salud”
• “Constancia de donación FBS-7”
Credencial de identificación ADIMSS Identificación oficial Cartilla Nacional de Salud Constancia de donación FBS-7
57. Solicita el “Expediente clínico” del paciente, verifica los datos y revisa que el nombre del paciente figure en la programación quirúrgica.
Expediente clínico
58. Requisita los formatos:
• “Registro de pacientes hospitalizados 4-30-51/72”, en original y copia, anotando
• “Ingresos registro diário hospital 4-30-21/90-I”
Registro de pacientes hospitalizados 4-30-51/72 Ingresos registro diário hospital 4-30-21/90-I
59. Comunica a la Enfermera Jefe de Piso, Enfermera General de la Unidad Quirúrgica la llegada del paciente.
60. Entrega a la Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General de la Unidad Quirúrgica al paciente y “Expediente clínico”.
Expediente clínico
61. Informa al familiar acompañante o representante legal la hora y la sala de quirófano a la que pasará el paciente y el nombre del Médico No Familiar Cirujano que realizará la cirugía.
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 26 de 61 Clave: 2660-003-051
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General
62. Recibe, identifica al paciente y verifica sus datos con los del “Expediente clínico”
Expediente clínico
63. Revisa la existencia de la “Carta de consentimiento bajo información 2660-009-073” en el “Expediente clínico” y verifica preparación para el procedimiento quirúrgico y lo lleva a la sala quirúrgica
Carta de consentimiento bajo información 2660 009 073
MNF Cirujano Tratante y Personal Médico y paramédico de la Unidad Quirúrgica
64. Realizan actividades de acuerdo con el “Procedimiento para la atención del paciente en la Unidad Quirúrgica 2660-003-038”.
Procedimiento para la atención del paciente en la Unidad Quirúrgica 2660-003-038
Etapa IV B. Endoscopia
Asistente Médica 65. Realiza las actividades 56 a 58 del presente procedimiento.
66. Comunica a la Enfermera Jefe de Piso o Enfermera General del área de Endoscopia la llegada del paciente.
67. Entrega a la Enfermera General del área de Endoscopia al paciente y el “Expediente clínico”.
Expediente clínico
68. Informa al familiar acompañante o representante legal la hora y la sala de endoscopia a la que pasará el paciente y el nombre del Médico No Familiar Endoscopista que realizará el procedimiento.
Enfermera General del área de endoscopia
69. Recibe al paciente y “Expediente clínico”.
Expediente clínico.
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 27 de 61 Clave: 2660-003-051
Enfermera General del área de endoscopia
70. Identifica al paciente y corrobora que los datos coincidan con los registrados en el “Expediente clínico”
Expediente clínico
71. Informa al Médico No Familiar Endoscopista tratante el ingreso del paciente para su atención.
Médico No Familiar Endoscopista Tratante
72. Recibe al paciente, se presenta y confirma el procedimiento endoscópico programado.
73. Valora al paciente y elabora nota previa a la endoscopia en el formato “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72” del “Expediente clínico”.
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
74. Solicita en caso necesario el apoyo del MNF Anestesiólogo para el procedimiento de acuerdo a la programación.
Médico No Familiar Anestesiólogo
75. Identifica al paciente, verifica en el “Expediente Clínico” el diagnóstico, y “Carta de consentimiento bajo información 2660-009-073”.
Expediente clínico Carta de consentimiento bajo información 2660 009 073
76. Efectúa valoración preanestésica y decide tipo de anestesia a emplear.
Médico No Familiar Endoscopista Tratante y MNF Anestesiólogo
77. Solicitan a la Enfermera General que ingrese al paciente a la sala de endoscopia
Médico No Familiar Anestesiólogo
78. Elabora indicaciones y las registra en la hoja “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72” contenida en el “Expediente clínico”
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 28 de 61 Clave: 2660-003-051
Médico No Familiar Anestesiólogo
79. Realiza las actividades 40 a 43, 46 y 57 del “Procedimiento para la atención del paciente en la Unidad Quirúrgica 2660-003-038”.
Procedimiento para la atención del paciente en la Unidad Quirúrgica 2660-003-038
Médico No Familiar Endoscopista Tratante
80. Efectúa el procedimiento endoscópico programado
Enfermera General del área de endoscopia
81. Asiste al MNF Anestesiólogo y tratante durante el procedimiento anestésico y endoscópico y registra todas las acciones realizadas al paciente en el formato “Registros clínicos, esquema terapéutico e intervenciones de enfermería 2660-005-002” contenido en el “Expediente clínico”
Registros clínicos, esquema terapéutico e intervenciones de enfermería. 2660-005-002 Expediente Clínico
Médico No Familiar Endoscopista Tratante Médico No Familiar Anestesiólogo
82. Elabora nota post-endoscopia y post-anestésica registrando el procedimiento realizado, los hallazgos, accidentes o incidentes e indicaciones en la hoja “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72” y la integra al “Expediente clínico”.
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
83. Determinan con base en el estado físico y condiciones del paciente su egreso de la sala de procedimientos endoscópicos, lo registran en el formato “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72” contenido en el “Expediente clínico” e indican a la Enfermera General el traslado del paciente al área de recuperación.
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
Médico No Familiar Endoscopista Tratante
84. Informa a Asistente Médica la finalización del procedimiento
85. Solicita presencia de familiar acompañante o representante legal.
Asistente Médica 86. Localiza a familiar acompañante o representante legal y lo conduce al área de endoscopia.
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 29 de 61 Clave: 2660-003-051
Médico No Familiar Endoscopista Tratante
87. Informa a familiar acompañante o representante legal: • Procedimiento realizado y hallazgos
• Condiciones clínicas en el post-evento
endoscópico
• Pronóstico
• Indicaciones y cuidados en domicilio
Enfermera General del área de endoscopia
88. Notifica al área de recuperación del ingreso del paciente y solicita al Auxiliar de servicios de intendencia el traslado del paciente.
89. Solicita al Auxiliar de servicios de intendencia el traslado del paciente.
Auxiliar de Servicios de Intendencia
90. Traslada al paciente acompañado por la enfermera general al área de recuperación.
Enfermera General en endoscopia
91. Entrega al paciente y el “Expediente clínico” a la Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General en recuperación, e informa datos de identificación procedimiento efectuado, indicaciones, signos vitales al egreso de endoscopia y estado general.
Expediente clínico
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General en recuperación
92. Recibe al paciente y “Expediente Clínico”, registra condiciones de ingreso a recuperación en el formato “Registros clínicos, esquema terapéutico e intervenciones de enfermería 2660-005-002”.
Registros clínicos, esquema terapéutico e intervenciones de enfermería 2660-005-002 Expediente clínico
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 30 de 61 Clave: 2660-003-051
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General en recuperación
93. Realiza las indicaciones médicas y vigila las condiciones del paciente posteriores al procedimiento e informa al MNF Anestesiólogo de cualquier eventualidad.
94. Realiza los registros correspondientes en el formato “Registros clínicos, esquema terapéutico e intervenciones de enfermería 2660-005-002” en recuperación.
Registros clínicos, esquema terapéutico e intervenciones de enfermería. 2660-005-002.
Etapa IV C. Hemodiálisis
Asistente Médica 95. Recibe, revisa y coteja los “Expediente clínico (s)” y el listado de pacientes programados correspondientes al día y horario.
Expediente clínico (s)
96. Entrega a la Enfermera Jefe de Piso o Enfermera General de la unidad de hemodiálisis los “Expediente Clínico(s)” de pacientes programados para sesión de hemodiálisis.
Expediente clínico (s)
Enfermera Jefe de Piso o Enfermera General capacitada en hemodiálisis
97. Coordina y supervisa el cumplimiento de la limpieza del área física donde se otorgan los procedimientos de hemodiálisis.
98. Administra, controla y supervisa el manejo adecuado de insumos y medicamentos de acuerdo al “Procedimiento para el reaprovisionamiento, solicitud, suministro guarda, custodia y control de medicamentos en los servicios de unidades médicas hospitalarias de segundo nivel de atención de atención 2660-003-023”
Procedimiento para el reaprovisionamientosolicitud, suministro, guarda, custodia y control de medicamentos en los servicios de unidades médicas de segundo nivel de
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 31 de 61 Clave: 2660-003-051
atención de atención 2660-003-023
Enfermera Jefe de Piso o Enfermera General capacitada en hemodiálisis
99. Coordina las actividades del personal de enfermería, participa en actividades de educación, capacitación e investigación para el personal de las áreas de hemodiálisis
100. Recibe y coteja “Expediente Clínico (s)” listado de pacientes programados correspondientes al día y hora, verifica que cuente con el formato de “Carta de Consentimiento bajo Información 2660-009-073”
Expediente Clínico(s)
Enfermera General capacitada en hemodiálisis
101. Recibe material, equipo y carro rojo habilitado para su uso en el servicio, de acuerdo al “Inventario de equipo y mobiliario” prepara desinfecta, revisa y verifica máquinas de hemodiálisis (riñón artificial) para pacientes programados.
Inventario de equipo y mobiliario
102. Recibe al paciente y familiar acompañante o representante legal, y se presenta con él, permitiendo que este lo asista en el proceso previo a la hemodiálisis.
103. Pesa al paciente prediálisis y registra el dato en el Expediente Clínico
Expediente clínico
104. Solicita amablemente al familiar acompañante que abandone la sala y se dirija a la sala de espera.
105. Realiza y registra signos vitales y condiciones generales del paciente previo a la conexión del sistema circuito cerrado a la máquina de hemodiálisis en el “Expediente Clínico”.
Expediente Clínico
106. Informa al Médico No Familiar Nefrólogo Tratante el estado clínico del paciente, signos vitales y cualquier eventualidad previa al procedimiento.
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 32 de 61 Clave: 2660-003-051
Médico No Familiar Nefrólogo Tratante
107. Explora al paciente incluyendo el acceso vascular, escribe nota médica y da indicaciones en la hoja “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72” y la integra al “Expediente clínico”.
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
108. Prescribe, controla, supervisa y evalúa el manejo integral de los pacientes en tratamiento sustitutivo de la función renal en la modalidad de hemodiálisis.
109. Mantiene informados a los pacientes y familiares acompañantes o representantes legales sobre las condiciones de salud, evolución y el tratamiento en general.
Enfermera General capacitada en hemodiálisis
110. Realiza las indicaciones médicas y procede a la preparación del paciente, material y equipo.
111. Verifica la prescripción de Hemodiálisis, tipo de filtro, tiempo de diálisis, flujo del dializante y flujo sanguíneo e informa al paciente del procedimiento
112. Realiza la conexión del paciente a través del acceso vascular (fístula arteriovenosa, injerto o catéter) mediante la técnica de barrera máxima (estéril) durante la asepsia del acceso vascular al iniciar el procedimiento y de acuerdo al “Manual de procedimientos”.
Manual de procedimientos
113. Vigila y registra parámetros hemodinámicos durante la sesión de hemodiálisis, así como las condiciones de funcionamiento de la máquina a su cargo durante el tratamiento y los consigna en el en el “Expediente clínico”.
Expediente Clínico
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 33 de 61 Clave: 2660-003-051
Enfermera General capacitada en hemodiálisis
114. Informa de inmediato al MNF Nefrólogo Tratante si el paciente presenta alteraciones de cualquier tipo durante la sesión.
115. Realiza la desconexión del paciente mediante la técnica de barrera máxima (estéril) durante la asepsia del acceso vascular al finalizar el procedimiento de acuerdo al “Manual de procedimientos”.
Manual de procedimientos
116. Registra signos vitales, peso postdiálisis y condiciones generales del paciente al egreso en el “Expediente Clínico”.
Expediente Clínico
117. Inicia proceso de desinfección de la máquina de hemodiálisis y da cuidados posteriores al equipo y material al término de cada sesión de hemodiálisis.
118. Solicita al Auxiliar de Servicios de Intendencia el aseo general de la sala, máquinas y mobiliario al finalizar cada sesión de hemodiálisis.
Auxiliar de los Servicio de Intendencia
119. Realiza el aseo general de la sala, máquinas y mobiliario al finalizar cada sesión de hemodiálisis.
Nota: En caso de contar con área y máquina de tratamiento de hemodiálisis para pacientes seropositivos, deberá reservarse su uso exclusivo para este tipo de pacientes.
Etapa IV D
Inhaloterapia
Asistente Médica 120. Recibe los “Expedientes clínico (s)” y coteja con el listado de pacientes programados al día y horario y entrega
.
Expediente clínico (s)
Inhaloterapeuta 121. Recibe al paciente y su familiar acompañante o representante legal y se presenta.
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 34 de 61 Clave: 2660-003-051
Inhaloterapeuta 122. Identifica al paciente, confirma datos e
indicaciones médicas anotadas por MNF Tratante en la hoja “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72” del “Expediente clínico”.
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
123. Interroga al paciente, toma signos vitales y realiza exploración funcional respiratoria y elabora nota correspondiente en el formato “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72” del “Expediente clínico”.
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
124. Informa al paciente y/o familiar o responsable legal, en forma clara y sencilla el tipo de procedimiento que se le realizará, así como los riesgos y beneficios que éste implica.
125. Prepara los insumos y equipo para el tratamiento del paciente.
126. Aplica el tratamiento indicado por el Médico Tratante.
127. Vigila las condiciones generales del paciente durante y después del tratamiento y registra las observaciones correspondientes en el formato “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72” del “Expediente clínico”.
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
128. Comunica al MNF Neumólogo Tratante cualquier eventualidad durante el tratamiento.
129. Informa al paciente y familiar, acompañante o responsable legal sobre los cuidados en domicilio y ejercicios respiratorios en caso necesario.
130. Realiza el aseo, esterilización y armado del equipo de inhaloterapia.
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 35 de 61 Clave: 2660-003-051
Inhaloterapeuta 131. Realiza inventario de material y equipo
e informa faltantes al MNF Neumólogo y Jefe de Servicio.
Médico No Familiar Neumólogo Tratante
132. Prescribe, controla, supervisa y evalúa el manejo integral de los pacientes en inhaloterapia.
Etapa IV E. Oftalmología
Procedimientos de consultorio
Asistente Médica 133. Realiza las actividades del numeral 59 a 61 del presente procedimiento
134. Entrega los expedientes clínicos de los pacientes programados para procedimiento oftalmológico de consultorio.
Expediente clínico
135. Avisa a la Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General la llegada del paciente.
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General
136. Desarrolla las actividades de los numerales 69-71 del presente procedimiento.
137. Prepara psicológica y físicamente al paciente y sigue indicaciones médicas previas al procedimiento, registradas en el formato “Notas médicas y de prescripción 4-30-128/72” del “Expediente clínico”.
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
138. Prepara los insumos y equipo para el procedimiento oftalmológico correspondiente
139. Realiza las indicaciones médicas y registra en el “Expediente Clínico“.
“Expediente Clínico “
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 36 de 61 Clave: 2660-003-051
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General
140. Auxilia al Médico No Familiar Oftalmólogo Tratante en durante el procedimiento oftalmológico
Médico No Familiar Oftalmólogo Tratante
141. Recibe al paciente, se presenta, realiza la evaluación previa al procedimiento oftalmológico y la consigna en el formato “Notas médicas y de prescripción 4-30-128/72” del “Expediente Clínico”
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
142. Explora y verifica con el paciente el ojo y el procedimiento a realizar y lo confirma con el “Expediente Clínico”.
Expediente clínico
143. Realiza el procedimiento oftalmológico elabora nota y consigna los hallazgos clínicos la técnica empleada, pronóstico e indicaciones en el formato “Notas médicas y de prescripción 4-30-128/72” del “Expediente Clínico”.
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
Etapa IV F. Quimioterapia
Subjefe de Enfermería o Enfermera Jefe de Piso
144. Administra, controla y supervisa el manejo adecuado de insumos y medicamentos de acuerdo al “Procedimiento para el reaprovisionamiento, solicitud, suministro guarda, custodia y control de medicamentos en los servicios de unidades médicas hospitalarias de segundo nivel de atención de atención 2660-003-023”
Procedimiento para el reaprovisiona-miento, solicitud, suministro, guarda, custodia y control de medicamentos en los servicios de unidades médicas hospitalarias de segundo nivel de atención de atención 2660-003-023
145. Supervisa y verifica que la preparación de los medicamentos se hagan en condiciones de esterilidad y seguridad en el área correspondiente.
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 37 de 61 Clave: 2660-003-051
Subjefe de Enfermería o Enfermera Jefe de Piso
146. Supervisa y verifica con servicios generales que el aseo del área de preparación de medicamentos se realice diariamente y en forma adecuada.
Asistente Médica 147. Recibe al paciente y familiar acompañante o representante legal y se presenta.
148. Solicita al paciente la “Cartilla Nacional
de Salud” y Carnet de citas de quimioterapia
149. Recibe, revisa y coteja los “Expedientes clínicos” y el listado de pacientes programados correspondientes al día y horario.
150. Entrega a la Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General del Servicio de Quimioterapia, los “Expedientes Clínicos” de pacientes programados para quimioterapia.
Expediente clínico
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General
151. Recibe los” Expedientes Clínicos “ Expediente clínico
152. Verifica que el área de quimioterapia se encuentra en óptimas condiciones para recibir a los pacientes.
153. Recibe al paciente y familiar acompañante o representante legal y se presenta con él por nombre y apellido
154. Realiza la actividad 70 de los del presente procedimiento.
155. Verifica en el “Expediente Clínico” y “Carnet de citas de quimioterapia” la prescripción de tratamiento medicamentos, dosis, composición de la mezcla, vehículo, vía de administración, volumen, tiempo y número de ciclos prescritos y premedicación.
Expediente clínico Carnet de citas de quimioterapia
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 38 de 61 Clave: 2660-003-051
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General responsable de la ministración del tratamiento
156. Traslada al paciente al área, sillón o camilla destinados para la aplicación de la quimioterapia
157. Toma, registra signos vitales y datos clínicos que presente el paciente en el ·”Expediente Clínico”.
Expediente clínico
158. Informa al paciente el procedimiento para la administración de la quimioterapia.
159. Verifica si el paciente cuenta con acceso vascular para quimioterapia.
El paciente no cuenta con acceso vascular para quimioterapia
160. Realiza venopunción para instalar venoclísis y verifica colocación intravascular del catéter.
El paciente cuenta con acceso vascular para quimioterapia
161. Efectúa procedimiento aséptico del catéter o zona de punción para el catéter puerto.
162. Canaliza catéter o catéter puerto y verifica permeabilidad.
163. Ministra premedicación de acuerdo a indicaciones médicas contenidas en el Carnet de Quimioterapia y/o en la hoja de “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72” en el “Expediente Clínico”.
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 39 de 61 Clave: 2660-003-051
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General responsable de preparación del tratamiento
164. En el área de preparación de medicamentos, selecciona medicamentos, insumos, material y equipo prepara el área de trabajo verificando funcionalidad de la campana de flujo laminar
165. Utiliza equipo de seguridad, realiza lavado de manos y con técnica aséptica se calza guantes estériles y bata quirúrgica.
166. Prepara con técnica aséptica, dentro de la campana de flujo laminar la mezcla de medicamentos de acuerdo a las “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72”
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72
167. Revisa el aspecto físico de las mezclas elaboradas, integridad y volumen final.
168. Etiqueta la mezcla con el nombre del paciente, número de seguridad social, fecha, hora de preparación, medicamentos, volumen, tiempo de infusión, nombre y apellido de la enfermera que realiza la mezcla.
169. Comunica a la Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General que el tratamiento para quimioterapia está listo para su aplicación y lo entrega.
170. Realiza las actividades y da cuidados al equipo, material y área de trabajo, guarda o desecha sobrantes según proceda.
171. Registra en la bitácora del servicio el nombre del medicamento, dosis y número de piezas utilizadas.
Bitácora de control
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 40 de 61 Clave: 2660-003-051
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General responsable de la ministración del tratamiento
172. Recibe la mezcla y verifica estado de la misma, nombre del paciente, número de seguridad social, prescripción médica, dosis, volumen y tiempo de infusión.
173. Ministra el tratamiento a través del acceso vascular o venoclísis de acuerdo a las “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72”
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72
174. Vigila al paciente durante el tratamiento y registra sus observaciones en el “Expediente Clínico”
Expediente clínico
Presenta efectos adversos a la
Quimioterapia
175. Notifica al Médico No Familiar Oncólogo Tratante
Médico No Familiar Oncólogo Tratante
176. Valora al paciente y de ser necesario, prescribe medicamentos o suspensión del tratamiento y elabora nota médica e indicaciones en el formato “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72” contenido en el “Expediente clínico”.
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General responsable de la ministración del tratamiento
177. Realiza a las indicaciones médicas y realiza las anotaciones correspondientes en el “Expediente Clínico”
Expediente clínico
No Presenta efectos adversos a la
quimioterapia
178. Al término de la quimioterapia, retira la venoclísis. En su caso y con técnica aséptica obtura el lumen, cierra y sella el catéter
Expediente clínico
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 41 de 61 Clave: 2660-003-051
Etapa V Egreso del Paciente
Médico No Familiar Tratante (s)
179. Corrobora que las condiciones del paciente al terminar el procedimiento médico o quirúrgico permitan su egreso y elabora nota de egreso en el formato “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72” contenido en el Expediente clínico
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Expediente clínico
Médico No Familiar Anestesiólogo
180. Verifica que las condiciones del paciente en recuperación permitan su egreso y lo consigna en los formatos “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72” y “Registro de anestesia y recuperación 4-30-60/72” en el “Expediente Clínico”.
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Registro de anestesia y recuperación 4-30-60/72 Expediente clínico
181. Comunica al Médico No Familiar Tratante (s) que el paciente puede ser egresado.
Médico No Familiar Tratante (s)
182. Elabora y firma el egreso en los formatos “Notas médicas y prescripción 4-30-128/72”, “Hoja de alta hospitalaria 1/98”, y en su caso, “Referencia-contrarreferencia 4-30-8/98”
Notas médicas y prescripción 4-30-128/72 Hoja de alta hospitalaria 1/98 Referencia-Contrarreferencia 4-30-8/98
183. . Elabora cuando se requiera, la “Receta médica individual”, el “Certificado de incapacidad temporal para el trabajo” y en su caso el formato de “Solicitud de servicios 4-30-200”.
Receta médica individual Certificado de incapacidad temporal para el trabajo Solicitud de
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 42 de 61 Clave: 2660-003-051
servicios 4-30-200
Médico No Familiar Tratante (s)
184. Notifica a enfermería del egreso del paciente
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General
185. Informa a familiar acompañante o responsable legal del egreso del paciente
Médico No Familiar Tratante (s)
186. Informa al paciente y al familiar acompañante o responsable legal sobre el procedimiento realizado, indicaciones y cuidados en el domicilio.
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General
187. Notifica a la Asistente Médica el egreso del paciente y entrega el “Expediente clínico”.
Expediente clínico
Asistente Médica
188. Recibe el Expediente clínico y en su caso verifica que se encuentre el formato “Referencia-Contrarreferencia 4-30-8/98”.
Expediente clínico Referencia-Contrarreferencia 4-30-8/98
189. Realiza actividades del “Procedimiento para la transcripción de medicamentos entre unidades médicas 2660-003-001”.
Procedimiento para la transcripción de medicamentos entre unidades médicas 2660-003-001
190. Tramita en su caso, la cita de control en la especialidad correspondiente, con la Asistente Médica del Control de la Consulta de Especialidades de la Unidad Médica de Atención Ambulatoria y la registra en la “Cartilla Nacional de Salud”.
Cartilla Nacional de salud
191. Entrega al paciente, familiar acompañante o representante legal, según proceda:
Cartilla Nacional de Salud Hoja de Alta Hospitalaria
Responsable Actividad Documentos involucrados
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Asistente Médica • Cartilla Nacional de Salud
• “Hoja de Alta Hospitalaria 1/98”
• Receta Médica Individual
• Certificado de incapacidad temporal para el trabajo
• “Referencia-contrarreferencia 4-30-
8/98”
• “Solicitud de servicios 4-30-200”
1/98 Receta Médica Individual Certificado de incapacidad temporal para el trabajo Referencia-contrarreferencia 4-30-8/98 Solicitud de servicios 4-30-200
192. Registra los datos del paciente en el formato “Registro de pacientes hospitalizados 4-30-51/72” y obtiene nombre y firma del familiar o responsable legal que recibe al paciente.
Registro de pacientes hospitalizados 4-30-51/72
193. Registra en el formato “Egresos-registro diario Hospitalario 4-30-21/90-E”, los datos del paciente que egresa.
Egresos-registro diario hospitalario 4-30-21/90-E
194. Entrega al ARIMAC al término de su jornada el original de los formatos “Ingresos-registro diario hospital 4-30-21/90-I”, “Egresos-registro diario hospital 4-30-21/90-E” y el Expediente clínico.
Ingresos-registro diario hospital 4-30-21/90-I Egresos- Registro Diario Hospital 4-30-21/90-E Expediente clínico
El paciente requiere ingreso hospitalario
Médico No Familiar Tratante (s)
195. Elabora formato “Referencia-Contrarreferencia 4-30-8/98” para el traslado del paciente.
Referencia-Contrarreferencia. 4-30-8/98.
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 44 de 61 Clave: 2660-003-051
Médico No Familiar Tratante (s)
196. Informa al Director de la UMAA, y/o Coordinador Clínico.
197. Notifica a la Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General y a la Asistente Médica, la necesidad de traslado del paciente a la Unidad Médica Hospitalaria.
198. Informa al familiar o acompañante la necesidad de traslado e internamiento del paciente a la Unidad Médica Hospitalaria de referencia o de apoyo de acuerdo a condiciones clínicas del paciente.
Enfermera General o Auxiliar de Enfermería General
199. Prepara al paciente para el traslado.
Director de la UMAA o Coordinador Clínico
200. Establece comunicación con autoridades del Hospital de Apoyo o de Referencia según proceda y las condiciones clínicas del paciente para informar del traslado.
Asistente Médica 201. Informa al Médico No Familiar Tratante (s) y/o Enfermera General, el avance y resultado del trámite.
202. Solicita el servicio de ambulancia, para el traslado del paciente a la Unidad Médica Hospitalaria de apoyo.
203. Informa al familiar o representante legal y aclara las dudas relacionadas con el traslado del paciente a la Unidad Médica Hospitalaria.
204. Informa a la Trabajadora Social el traslado del paciente.
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 45 de 61 Clave: 2660-003-051
Trabajadora Social 205. Orienta al familiar o representante legal del proceso del traslado.
Fin del Procedimiento
Página 46 de 61 Clave: 2660-003-051
6. Diagrama de flujo del Procedimiento para la Atenció n Médica en las Unidades Médicas de Atención Ambulatoria.
ETAPA IB ETAPA IA Valorac ión en UMH de Valoración en UMF y envío a la segundo nivel de atenció n UMH segundo nivel de Atención Médica I
Expediente Clínico o
electrónico
4-30-8/98
Procedimiento para Otorgar atención médica
en las Unidades de Medicina Familiar
2640-003-002
4-30-8/98
Expediente Clínico o
electrónico
4-30-128/72
Expediente Clínico o
electrónico
4-30-128/72
INICIO
Establece y fundamenta
diagnóstico y elabora nota
1
3
6
8
A
Determina envío a UMH segundo nivel de Atención
Médica
MÉDICO FAMILIAR
9
2
4
Recibe al paciente y se
presenta
Procedimiento para otorgar atención médica
en las Unidades de Medicina Familiar
2640-003-002
Recibe al paciente
Determina envío a UMAA, verifica criterios y requisitos
6
Informa al paciente y
consigna en nota
Informa paciente de envío a UMAA,
consigna en nota
MNF Y ASISTENTE MÉDICA
Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la
Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de
Segundo nivel de atención 2660-003-052
Procedi miento para otorgar la Atención Médica en la
Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de
Segundo nivel de atención 2660-003-052
1
1
Realiza actividades
5
MÉDICO NO FAMILIAR
Realiza actividades 41-45
7
Realiza actividades
10
Página 47 de 61 Clave: 2660-003-051
Etapa II Recepción del Paciente en la UMAA Etapa III Atención del Paciente en la UMAA
Identificación oficial
Nueva credencial de identificación
del IMSS
Cartilla Nacional de
Salud
4-30-128/72
Expediente clínico
4-30-8/98
18
15
Informa fechas disponibles de programación
Integra diagnóstico y elabora nota
16
Recibe y solicita
Llama al paciente Informa y elabora
2
2
17
19
ASISTENTE MÉDICA Y
PERSONAL DE ARIMAC
A
ASISTENTE MÉDICA
13
COORDINADOR CLÍNICO O JEFE DE
SERVICIO
MNF TRATANTE
Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la
Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de
Segundo nivel de atención 2660-003-052
Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la
Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de
Segundo nivel de atención 2660-003-052
Procedimiento para otorgar la Atención Médica en la
Consulta Externa de Especialidades en Unidades Hospitalarias de
Segundo nivel de atención 2660-003-052
B
¿El paciente es
candidato y cumple requisitos?
No
Si
Realiza actividades 11 a 35
11
Realiza actividades 36-38
12
ENFERMERA GENERAL O AUX. ENF. GENERAL
14
Asiste a MNF
Recibe y se presenta, realiza actividades 41-47
Página 48 de 61 Clave: 2660-003-051
4-30-7
4-30/200
Expediente clínico
Consentimiento bajo información 2660-009-073
Expediente clínico
4-30-6p
4-30-54/2000
4-30-200
Censo nominal de pacientes
2660-021-016
B
4-30/200
Elabora
Informa procedimiento
Médico-Quirúrgico
Requisita
Asigna o concerta fecha de
procedimiento
Elabora nota de atención
ambulatoria
Deriva paciente a Trabajo Social
TRABAJADORA SOCIAL
20
21
22
23
24
25
NUTRICIONISTA
Recibe, identifica y determina
Realiza visita guiada
26
27
33
34
3
3
Elabora censo nominal
Realiza actividades 99-104 donación de
sangre
Procedimiento para la Intervención de Trabajo
Social en Unidades Hospitalarias 2660-003-028
Informa a familiar
30
32
31
Informa a paciente
Registra acciones
C
29
Procedimiento para la Intervención de Trabajo
Social en Unidades Hospitalarias 2660-003-028
Recibe paciente y agenda cita
Realiza actividades 209-216
28
Página 49 de 61 Clave: 2660-003-051
Etapa IV Procedimientos Médico Quirúrgicos Etapa IV A Cirugía Ambulatoria
Solicitud y registro de intervención
quirúrgica 2660-009-074
Solicitud y registro de intervención
quirúrgica 2660-009-074
4-30-6/99
Expediente clínico
Consentimiento bajo información 2660-009-073
4-30-128/72
Expediente clínico
COORDINADOR CLÍNICO O JEFE DE
36
C
Realiza programación de procedimientos médico-quirúrgicos
4
MNF CIRUJANO TRATANTE
Evalúa condiciones clínicas y resultados
de laboratorio
Informa riesgos y beneficios, obtiene y requisita autorización
4
38
39
40
Determina cirugía y elabora nota
Asigna y registra cirugía
Instruye al paciente
41
42
43
44
Registra actividad
Informa y entrega a
enfermería
ENFERMERA GENERAL O AUX. DE ENF. GENERAL
Informa a Asistente Médica
45
D
Procedimiento Clínico Nutricional para Pacientes de
Consulta Externa de Especialidad para Hospitales de Segundo
Nivel de Atención 2660-003-022
Identifica motivo de envió
35
AUXILIAR UNIVERSAL DE
Recibe y distribuye copia a los servicios
37
Envía paciente
46
Página 50 de 61 Clave: 2660-003-051
Ingreso para Cirugía Ambulatoria
Consentimiento bajo información 2660-009-073
Expediente clínico
Expediente clínico
FBS-7
Identificación oficial
Credencial ADIMSS
Cartilla Nacional de
Salud
Expediente clínico
4-30-21/90-I
4-30-51/72
Expediente clínico
Expediente clínico
Solicitud y registro de intervención
quirúrgica 2660-009-074
48
54
5
ASISTENTE MÉDICA
5
47
Solicitud y registro de intervención
quirúrgica 2660-009-074
Entrega a Coordinador
Clínico
D
COORDINADOR CLÍNICO O JEFE DE
Recibe
Verifica expedientes
Recibe e informa
Elabora programa quirúrgico
Entrega programa quirúrgico
Indica localizar pacientes y
confirmar cirugía
49
50
No
Si
55
60
61
62
51
52
53
¿El paciente proporcionó
teléfono?
TRABAJO SOCIAL
Atiende llamada del
paciente
Localiza paciente y ratifica o rectifica fecha de cirugía
ASISTENTE MÉDICA
Recibe paciente y solicita
Solicita expediente
58
59
57
Requisita formatos
Comunica a Enfermería
6
6
56
Entrega paciente y expediente
clínico
Informa a familiar
ENFERMERA GENERAL O AUX. DE ENF. GENERAL
Recibe paciente y verifica
E
Revisa expediente
clínico
63
Página 51 de 61 Clave: 2660-003-051
Etapa IV B Endoscopia
Expediente clínico
Expediente clínico
Expediente Clínico o
electrónico
4-30-128/72 Expediente
clínico
ASISTENTE MÉDICA
Realiza actividades 56 - 68
MNF CIRUJANO TRATANTE Y PERSONAL MÉDICO Y
PARAMÉDICO DE LA UNIDAD QUIRÚRGICA
Procedimiento para la Atención del Paciente en la
Unidad Quirúrgica 2660-003-038
64
Comunica a Enfermería llegada
de paciente
Entrega paciente y expediente
Informa al familiar
7
7 8
65
69
66
67
68
ENFERMERA GENERAL O AUX. DE ENF. GENERAL
Solicita apoyo MNF Anestesiólogo
Expediente clínico
Recibe paciente y expediente
Expediente clínico
Identifica y corrobora datos pacientes
Informa ingreso al MNF
MNF ENDOSCOPISTA TRATANTE
70
71
Recibe paciente y confirma
procedimiento
72
8
73
MNF ANESTESIÓLOGO
Consentimiento bajo información 2660-009-073
75
Identifica, verifica, elabora e integra
Valora y decide tipo anestesia
76
74
MNF ENDOSCOPISTA TRATANTE Y
MNF ANESTESIÓLOGO
Solicitan a enfermería ingresar
paciente a sala
77
F
E
Realizan actividades
Valora y elabora nota
Página 52 de 61 Clave: 2660-003-051
4-30-128/72
4-30-128/72
2660-005-002
Expediente clínico
Expediente clínico
4-30-128/72
97
F
MNF ANESTESIÓLOGO
Elabora y registra indicaciones
79
ENFERMERA GENERAL O AUX. DE ENF. GENERAL
Realiza actividades 40-43, 46 y 57
78
Procedimiento para la Atención del Paciente en la
Unidad Quirúrgica 2660-003-038
80
MNF ENDOSCOPISTA TRATANTE
Asiste a MNF y registra actividades
Elaboran notas e indicaciones
81
82
9
Expediente clínico
83
Determinan traslado paciente a
recuperación
Informa final de la endoscopia
84
Localiza al familiar
86
MNF ENDOSCOPISTA TRATANTE
ENFERMERA GENERAL O AUX. DE ENF. GENERAL
Notifica al área de recuperación
ASI
G
88
100
10
Efectúa endoscopia
Expediente clínico
MNF ENDOSCOPISTA TRATANTE Y
MNF ANESTESIÓLOGO
MNF ENDOSCOPISTA TRATANTE
Solicita presencia familiar
85
ASISTENTE MÉDICA
Informa al familiar
87
Solicita al ASI trasladar paciente a
recuperación
Traslada paciente a recuperación
90
89
Página 53 de 61 Clave: 2660-003-051
Etapa IV C Hemodiálisis
2660-003-023
Expediente clínico (s)
Expediente clínico
2660-005-002
Expediente clínico
11
11
G
ENFERMERA GENERAL O AUX. ENF. GENERAL EN RECUPERACIÓN
Entrega paciente e informa
ASISTENTE MÉDICA
ENFERMERA GENERAL O AUX. DE ENF. GENERAL
Recibe paciente y registra
91
92
Realizan indicaciones, vigila e
informa
Expediente clínico
2660-005-002 Registra actividades
94
93
95
Recibe expedientes
ENFERMERA JEFE DE PISO O ENF. GRAL.
HEMODIALISIS
Expediente clínico
Coordina y supervisa limpieza
97
Administra y controla medicamentos e
insumos
98
99
Coordina atención por el personal de
enfermería
ENFERMERA GRAL HEMODIALISIS
H
Entrega expedientes
96
Recibe, revisa y coteja expedientes
100
Página 54 de 61 Clave: 2660-003-051
Manual de Procedimientos
Expediente clínico
Expediente clínico
4-30-128/72
Expediente clínico
Recibe equipo, mobiliario y carro rojo
101
MNF NEFRÓLOGO TRATANTE
H
Recibe paciente y familiar
102
Informa al MNF Nefrólogo
103
Pesa al paciente y registra dato
104
Solicita al familiar abandone la sala
105
Expediente clínico
Toma y registra signos prediálisis
106
ENFERMERA GRAL HEMODIALISIS
12
12
Explora paciente y acceso vascular y
elabora nota
108
Prescribe, controla, supervisa y evalúa
109
Mantiene informados a los pacientes y
familiares
110
111
Verifica prescripción de hemodiálisis
112
Realiza conexión de paciente
113
Vigila al paciente durante la
hemodiálisis
114
I
Informa si el paciente presenta alteraciones
107
Realiza indicaciones y prepara al paciente
Página 55 de 61 Clave: 2660-003-051
Etapa IV D Inhaloterapia
Manual de Procedimientos
Expediente clínico (s)
Expediente clínico
4-30-128/72
Expediente clínico
4-30-128/72
Expediente clínico
Expediente clínico
I
Realiza desconexión del paciente al
finalizar
115
Registra condiciones postdiálisis
116
Realiza proceso desinfección máquinas de
hemodiálisis
117
Solicita al ASI el aseo de la sala y mobiliario
118
Realiza el aseo general
119
ASISTENTE MÉDICA
13
13
Recibe y entrega expediente (s)
INHALOTERAPEUTA
121
Recibe paciente y se presenta
Identifica, paciente, confirma datos e
indicaciones
122
Interroga, explora y elabora nota
123
Informa el tipo de procedimiento
124
14
14
Prepara los insumos equipo
Expediente clínico
4-30-128/72 Vigila al paciente y
registra observaciones
127
Comunica eventualidades al MNF Neumólogo
Informa cuidados en domicilio
129
Realiza aseo y esterilización de
equipo
130
Realiza el inventario e
informa faltantes
131
Aplica el tratamiento indicado por el
medico no familiar
AUXILIAR SERVICIO INTENDENCIA
ETAPA V EGRESO
120
125
126
128
MNF NEUMÓLOGO
Prescribe, controla, supervisa y evalúa al
paciente
132
ETAPA V EGRESO
J
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Etapa IV D Oftalmología Etapa IV F Quimioterapia
Carnet Quimio
Cartilla salud
2660-003-023
Expediente clínico (s)
Expediente clínico
Expediente clínico
Expediente clínico Expediente
clínico
4-30-128/72
Expediente clínico
4-30-128/72
Expediente clínico (s)
J
Entrega expediente clínico (s)
134
Realiza indicaciones y registra
ASISTENTE MÉDICA
Realiza actividades 56-59
133
Recibe y evalúa previo al
procedimiento
140
Avisa a Enfermería
135
Desarrolla actividades 69-71
ENFERMERA GENERAL O AUX. DE ENF. GENERAL
136
Prepara al paciente y sigue indicaciones
15
15
Prepara insumos y equipo
138
139
MNF OFTALMÓLOGO
Explora y verifica ojo a tratar
141
Expediente clínico
4-30-128/72
Realiza procedimiento y
elabora nota
142
SUBJEFE DE ENFERMERAS O
ENFERMERA JEFE DE PISO
K
16
Supervisa y verifica el aseo del área
16
Supervisa y verifica seguridad del área
145
ASISTENTE MÉDICA
Recibe al paciente (s)
147
144
Recibe, revisa y coteja Expedientes
clínicos
149
Entrega a la Enfermera Gral. los expedientes clínicos
150
Recibe los expedientes clínicos
155
Solicita la cartilla nacional de salud y carnet quimioterapia
148
ENFERMERA GENERAL O AUX. DE
ENF. GENERAL
137
Auxilia al MNF Oftalmólogo durante
el procedimiento
143
ETAPA V EGRESO
Supervisa y verifica insumos,
medicamentos, material y equipo
146
151
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Expediente clínico
4-30-128/72
Expediente clínico
Carnet de citas de
quimioterapia
Expediente clínico
K
Verifica limpieza del área de quimioterapia
152
Realiza actividades 70
154
Verifica tratamiento
155
ENFERMERA GENERAL O AUX. DE ENF. RESPONSABLE DE LA MINISTRACIÓN DEL TRATAMIENTO
Traslada al paciente al lugar de tratamiento
156
Toma signos y registra
157
Informa al paciente
158
17
17
Verifica acceso vascular
159
No Si
Instala Venoclísis y verifica colocación de
catéter
160
El paciente
¿Cuenta con acceso vascular?
Efectúa procedimiento
aséptico de acceso
161
Canaliza catéter o catéter puerto
162
Ministra premedicación
163
ENFERMERA GENERAL O AUX. DE ENF. RESPONSABLE DE LA MINISTRACIÓN DEL TRATAMIENTO
Prepara el área de centro de mezclas
164
Utiliza equipo de seguridad, asepsia y
antisepsia
165
Prepara mezcla de medicamentos
166
L
Recibe al paciente y familiar y se presenta
153
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Etapa V Egreso del Paciente
Bitácora
Expediente clínico
Expediente clínico
4-30-128/72
Expediente clínico
L
Revisa aspecto físico de la mezcla
167
Etiqueta la mezcla
Comunica y entrega
169
168
Realiza cuidos de equipo y material
170
Registra en bitácora
171
ENFERMERA GENERAL O AUX. DE ENF. RESPONSABLE DE LA MINISTRACIÓN DEL TRATAMIENTO
Recibe y verifica la mezcla
172
Ministra el tratamiento
173
Vigila al paciente y registra
observaciones
174
18
18
¿Presenta efectos adversos?
Sigue indicaciones y registra en
expediente clínico
176
ENFERMERA GENERAL O AUX. DE ENF. RESPONSABLE DE LA MINISTRACIÓN DEL TRATAMIENTO
Al término de la quimioterapia retira la
venoclísis
177
No Si
Notifica al medico no familiar tratante
175
Expediente clínico
4-30-128/72
Corrobora condiciones del
paciente al término y elabora nota
179
MNF TRATANTE (S)
M
Valora pacientes, elabora nota y
registra indicaciones
MNF TRATANTE
178
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2660-003-001
4-30-200
4-30-8/98
Certificado de incapacidad
temporal
Receta médica individual
Hoja de alta 1/98
Cartilla Nacional de
Salud
Cartilla Nacional de
Salud
4-30-8/98
Expediente clínico
Expediente clínico
4-30-60/72
M
4-30-128/72
Verifica condiciones del paciente para
egreso y elabora nota
180
MNF ANESTESIÓLOGO
Comunica a MNF Tratante (s)
181
4-30-8/98
Hoja de alta 1/98
4-30-128/72
Elabora y firma egreso
182
MNF TRATANTE (S)
4-30-200
Certificado de incapacidad
temporal
Receta médica individual
Elabora si se requiere
183
Avisa a enfermería del alta
184
ENFERMERA GENERAL O AUXILIAR DE
ENFERMERÍA GENERAL
Avisa a familiar acompañante
185
19
19
Informa a paciente y familiar acompañante
186
MNF TRATANTE (S)
ENFERMERA GENERAL O AUXILIAR DE ENFERMERÍA
Comunica y entrega expediente
187
ASISTENTE MÉDICA
Expediente clínico
Recibe expediente y verifica
188
189
Tramita cita de control
190
Entrega al paciente o familiar acompañante
191
N
Realiza actividades de Transcripción de medicamentos
Página 60 de 61 Clave: 2660-003-051
4-30-8/98
Expediente clínico
4-30-21/90-E
4-30-51/72
192
N
4-30-21/90-I
Entrega al término de la jornada ARIMAC
194
Registra datos y obtiene firma de
familiar acompañante
4-30-21/90-E
Registra datos del paciente
193
No
Informa Director
Elabora Referencia
MNF TRATANTES (S)
¿Requiere ingreso hospitalario?
FIN DEL PROCEDIMIENTO
Si
Indica necesidad de traslado
Comunica a familiar acompañante
20
20
ENFERMERA GENERAL O AUXILIAR DE ENFERMERÍA
195
196
197
198
DIRECTOR DE LA UMAA O
COORDINADOR CLÍNICO
Prepara al paciente para el traslado
199
Establece comunicación con
Hospital
200
ASISTENTE MÉDICA
Informa avance de traslado
201
Solicita servicio de ambulancia
202
Informa a familiar y aclara dudas
203
Comunica a Trabajo Social
204
TRABAJADORA SOCIAL
Otorga apoyo a familiar e informa
205
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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Relación de documentos que intervienen en el Proced imiento para la Atención Médica en las Unidades Médicas de Atención Ambulatoria
Clave Título del documento Observaciones