+ All Categories
Home > Business > Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Date post: 21-Jul-2015
Category:
Upload: ar2015
View: 716 times
Download: 8 times
Share this document with a friend
18
Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected] Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas Régimen Fiscal aplicable para las Asociaciones Religiosas 2015
Transcript
Page 1: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Asesoría Fiscal para Asociaciones

Religiosas

Régimen Fiscal aplicable

para las Asociaciones

Religiosas 2015

Page 2: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Mediante Oficio 600-04-01-2014-88423emitido por la Administración Central deNormatividad de Impuestos Internos, dela Administración General Jurídica, delServicio de Administración Tributaria, seda a conocer el:

“Régimen aplicable a lasAsociaciones Religiosas

para el ejercicio fiscal 2015”

RESOLUCIÓN

Page 3: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Ingresos exentos

Los obtenidos por el desarrollo de sus actividades

conforme al objeto previsto en sus estatutos, que

sean propios de la actividad religiosa.

(vgr. ofrendas, diezmos, primicias)

Donativos recibidos de:

Miembros

Congregantes

Visitantes

Simpatizantes

Venta de libros u objetos de carácter religioso.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Page 4: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

La manutención que perciban los ministros de culto; o

bien, quienes ejerzan funciones de dirección,

representación u organización; se encuentre

establecida en los estatutos y no exceda de tres veces

el salario mínimo general del área geográfica “A”,

elevado al período por el que se paga la manutención.

Por el excedente, se pagará el ISR correspondiente.

Área Salario Mínimo General

“A” 70.10

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Page 5: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Ingresos por los que sí se paga

Enajenación con fines de lucro de bienes distintos

de su activo fijo.

Intereses.

Premios.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Page 6: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Ingresos por los que sí se paga

Cuando se enajenen bienes distintos de su activo

fijo o cuando presten servicios a personas distintas

de sus miembros y siempre que los ingresos

obtenidos por tales conceptos excedan del 5%

de sus ingresos totales, deberán determinar el

impuesto en términos del Título II (Personas

Morales), de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Page 7: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Actos o actividades exentos

Los obtenidos por los servicios religiosos

proporcionados a sus miembros; así como la

enajenación de libros u objetos de carácter

religioso, sin fin de lucro.

Transmisión de bienes inmuebles destinados

únicamente a casa habitación.

Ejemplo de casa habitación: Casas de Oración,

Casas de formación, Monasterios, Conventos,

Seminarios, Casas de Retiro, Abadías y Juniorados.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Page 8: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Actos o actividades gravados

Donaciones que se hagan a la

Asociación, cuando se realicen por

empresas; toda vez que las

Asociaciones Religiosas no son

contribuyentes autorizados para recibir

donativos deducibles del Impuesto

sobre la Renta.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Page 9: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Contabilidad:

Llevar de manera manual o electrónica, un

registro analítico de sus operaciones de ingresos y

egresos, y acompañar los documentos que

identifiquen cada operación que se realice,

señalando fecha, monto de la operación y el

concepto correspondiente; o bien, a través de

“Mis Cuentas”.

OBLIGACIONES

Page 10: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Comprobantes simplificados:

Expedir comprobantes fiscales simplificados, los que deben

reunir los siguientes requisitos:

a) Clave del Registro Federal de Contribuyentes

b) Número de folio

c) Lugar y fecha de expedición

d) Valor total de los actos o actividades realizados

e) Cantidad y clase de los bienes o mercancías o

f) Descripción del servicio o uso o goce que amparen

OBLIGACIONES

Page 11: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Excepciones a la emisión de Comprobantes simplificados:

Cuando no soliciten comprobante y la operación sea menor a

100 pesos, no se tiene la obligación de expedirlo.

Por las ofrendas, diezmos, primicias y donativos que se

entreguen durante celebraciones de culto público en donde

no sea posible identificar al otorgante, o bien, que sean

depositados a través de alcancías, canastillas o alfolíes, no esnecesario expedir comprobante simplificado.

OBLIGACIONES

Page 12: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Emisión de Constancia de Retenciones:

Proporcionar constancias por las remuneraciones

que efectúen y por las retenciones que realicen por

concepto de salarios y en general por la prestación

de un servicio personal subordinado, por la

prestación de servicios profesionales (honorarios) o

por el uso o goce temporal de bienes.

Las constancias se podrán entregar con la impresión

de los Anexos 1 y 2 del programa DIM (Declaración

Informativa Múltiple).

OBLIGACIONES

Page 13: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Presentar la Declaración Informativa Múltiple (DIM)

vía Internet, a más tardar el día 15 de febrero:

Sueldos, salarios, conceptos asimilados y subsidio para el

empleo (Anexo 1)

Retenciones del ISR e IVA (Anexo 2 )

Personas a las que les hubieran otorgado donativos

(Anexo 3)

OBLIGACIONES - DECLARACIONES

Page 14: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Presentar declaración anual informando los ingresos

obtenidos y gastos efectuados en el ejercicio

inmediato anterior a través del Programa DEM

Personas Morales. Formulario “21” Declaración del ejercicio Personas

morales con fines no lucrativos.

A través del Portal de internet del SAT.

A más tardar el 15 de febrero.

OBLIGACIONES - DECLARACIONES

Page 15: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

En caso de estar obligados a informar

operaciones con clientes y proveedores:

Programa DIMM, en USB o CD, ante la ALSC

que corresponda a su domicilio fiscal.

A más tardar el 15 de febrero.

En los supuestos que el contribuyente hubiera

presentado la Declaración Informativa de

Operaciones con Terceros (DIOT), por todos los

meses del ejercicio, no será obligatorio presentar

la declaración de clientes y proveedores.

OBLIGACIONES - DECLARACIONES

Page 16: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Si realizan operaciones gravadas para efectos

de IVA:

Declaración Informativa de Operaciones con

Terceros (DIOT), de manera mensual.

Captura de hasta 40,000 registros: vía internet.

Más de 40,000 registros: ante la ALSC que

corresponda a su domicilio fiscal, en CD o

USB.

OBLIGACIONES - DECLARACIONES

Page 17: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

Se podrán considerar como deducibles los gastosmenores que no excedan de $ 3,001 pesos, aún y

cuando no cuenten con comprobantes, siempre que

no excedan del 5% de sus gastos totales

correspondientes al ejercicio inmediato anterior, sean

erogados exclusivamente por los miembros de la

Asociación y las erogaciones se encuentren

directamente relacionadas con la actividad religiosa.

Se deberá registrar su monto y concepto en la

contabilidad de la Asociación Religiosa.

FACILIDADES ADMINISTRATIVAS

Page 18: Asociaciones religiosas 2015 (Versión compacta)

Asesoría Fiscal para Asociaciones Religiosas .::. [email protected]

GRACIAS

www.asociacionesreligiosas.wordpress.com

www.Facebook.com/asociacionesreligiosassat

www.twitter.com/asesoría_ar

[email protected]

Atendemos a toda la república mexicana.


Recommended