Date post: | 27-May-2015 |
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Investor Relations |
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CÓDIGO DE ETICA
¿Un Código?¿Para qué?¿A que afecta un código, reglamentos, leyes, etc.?
COMPORTAMIENTO
¿Para qué regular el comportamiento?
Para evitar daño o lesión
CÓDIGO DE ÉTICA
1.- RELACIONES CON EL PÚBLICO8 artículos
2.- RELACIONES CON EL CLIENTE10 artículos
3.- RELACIONES CON OTROS PROFESIONALES INMOBILIARIOS
9 artículos
FORMACIÓN INTEGRAL CAPACITACIÓN
DIGNIFICACIÓN DE LA
PROFESIÓN
CÓDIGO DE ÉTICA,LEYES,
PRÁCTICAS,
PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD PRIVADA
1.- RELACIONES CON EL PÚBLICO8 artículos
CÓDIGO DE ÉTICA
Art. 1 y 2
Establece el deber de instruirse en materia inmobiliaria
Obliga a estar informados en todo lo que ocurre a nivel local y nacional en la materia
Insta a contribuir hacia la opinión pública
Obligados a estar al tanto del mercado inmobiliario
Reconoce como función primordial la de orientar al cliente sobre el justo valor de propiedad inmobiliaria
CÓDIGO DE ÉTICAProteger a cliente
Prevenir fraudes, abusos o prácticas inmorales en la ejercicio de la profesión Inmobiliaria
Ayudar a prevenir cualquier acción dañina al público
Prevenir actos que dañen la dignidad e integridad del Profesional Inmobiliario
Dar a conocer a los C.N. de tales prácticas, con pruebas
No realizar operación que lesionen al cliente, tercero u otro colega Profesional Inmobiliiario
Art. 3 y 5
CÓDIGO DE ÉTICA
Art 4 y 7
Con respecto a la información de la propiedad
Conocer la propiedad antes de tomarla en administracion u ofrecerla en el mercado
Revisar documentación
Visitar la propiedad y anotar informacion, formas
Evita errores para con los clientes
CÓDIGO DE ÉTICA
Art 4 y 7
No exagerar en la cualidades del bien ofrecido
No ocultar informes sobre el bien ofrecido
Ser veraz en la publicidad
Ser veraz es la directriz de actuación del Profesional Inmobiliario
CÓDIGO DE ÉTICA
Art 6 y 8
Con respecto a la documentación
Que todo conste por escrito: contratos, datos, convenios, etc ., de la transacción
Consignar con exactitud los acuerdosEntregar documentos firmados a las partes y conservar uno para el archivo
No asentar datos falsos en escriturasNo falsas declaraciones ante autoridad
Integridad
CÓDIGO DE ÉTICA
PROFESIONAL INMOBILIARIO
SOLVENCIA MORAL
CONOCIMIENTO
PERSONA
TU
CÓDIGO DE ÉTICA
2.- RELACIONES CON EL CLIENTE10 artículos
CÓDIGO DE ÉTICA
Art 9
ART.- 9.Ver al último porque engloba lo que es la
profesión inmobiliaria
CÓDIGO DE ÉTICA
Art 10
Mantener al cliente informado
Cualidades y defectos del bien raíz
De todas las circunstancias que rodean la negocio encomendado
No oponerse a que las partes consulten con abogado, Notario u otro profesionales sobre problemas que atañen a la propiedad: desde restricciones o limitaciones hasta estructuras
CÓDIGO DE ÉTICA
Art. 11
HONORARIOS
Deben ser justa compensación por trabajo y conocimientos
Base a porcentaje o monto fijo
Nunca “sobreprecio”. Práctica que va en detrimento sobre todo del vendedor
CÓDIGO DE ÉTICA
Art. 12 y 16
OPINIÓN O JUICIO DE VALOR
Análisis cuidadoso de factores
No emitir opinión de valor sobre propiedades que tenga interes personal De hacerlo, dejar en claro esta circunstancia
En caso que P.I. se interese en propiedad que enlista, informar al cliente de este deseo y sugerir un avalúo u opinión valor por un tercero
CÓDIGO DE ÉTICA
Art. 12 y 16
OPINIÓN O JUICIO DE VALOR
Nunca emitir opinión de valor sobre propiedades de las que no tenga experiencia
En estos casos, obligación de consultar con valuador experimentado
Hacer saber al cliente de todas las circunstancias que medien este caso
CÓDIGO DE ÉTICA
Art. 13,
14,15,17,18
OTRAS PRÁCTICAS
Promover de la venta en exclusivaToda rebaja o descuento siempre es en favor del cliente.Celoso en la guarda del Secreto ProfesionalAnunciar propiedades sólo con el consentimiento del propietario Anunciar propiedades de otros P.I. sólo con consentimiento de estos Todas las ofertas por escrito; todas llevarlas al propietario
CÓDIGO DE ÉTICA
3.- RELACIONES CON OTROS PROFESIONALES INMOBILIARIOS
9 artículos
CÓDIGO DE ÉTICA
Art. 19,
2425
No buscar ventajas sobre otros compañeros
Obligación de compartir experiencia y preparación.
Cooperar con otros P.I. en el registro de ventas, distribuyéndose comisiones sobre bases convenidas
En el caso de exclusiva sólo tratar con el colega que la tiene y no con el propietario
CÓDIGO DE ÉTICA
Art. 19,
2425
No solicitar los servicios de un empleado de un P.I., sin conocimiento y consentimiento de éste
En caso de ceder opción de exclusiva, darlo a saber y tenerlo aprobado por el Propietario y P.I.
No aceptar exclusiva si todavía vigente por otro P.I.
CÓDIGO DE ÉTICACÓDIGO DE ÉTICA
Art. 19,
2425
Abstenerse de hacer comentarios sobre la actuación de otro Colega
Si opinión es oficialmente solicitada, debe ser con absoluto apego a la realidad, con cortesía e integridad profesional
En caso de dificultades entre miembros recurrir a las comisiones de Honor y Justicia. El Arbitraje / Evitar los procesos jurisdiccionales
CÓDIGO DE ÉTICACÓDIGO DE ÉTICA
Art. 19,
24,25
Recurrir al Consejo Nacional cuando se sienta que haya acusación for faltas de ética
No colocar anuncios de venta, renta, etc., por mas de un P.I.
Cuando P.I. se le otorga carta de opción de venta en exclusiva se contrae un compromiso de trabajar preferentemente este negocio.
CÓDIGO DE ÉTICACÓDIGO DE ÉTICA
Art. 19, 24,
25
Recurrir al Consejo Nacional cuando se sienta que haya acusación for faltas de ética
No colocar anuncios de venta, renta, etc., por mas de un P.I.
EL PROFESIONAL INMOBILIARIOS debe ser legal a la organzición local, a sus compañeros y activo en su trabajo.
lleva involucrado en la conciencia del Profesional inmobiliario el compromiso de promover y proteger los intereses del mismo.
CÓDIGO DE ÉTICA
Art. 9,
Art. 9.-
Esta es una obligación de lealtad para con quien le ha confiado algún negocio
El aceptar cualquier negocio de un cliente,
CÓDIGO DE ÉTICACÓDIGO DE ÉTICA
Art. 9,
Art. 9.- cont.
Este deber que es de capital importancia trae aparejado en si mismo la necesidad de obrar con absoluta justicia y honradez para con todas las partes que intervienen en una transacción.
Art. 5,
El Profesional Inmobiliario no deberá realizar operaciones en la que por cualquier causa lesionen los intereses de algunos de los contratantes, o de un tercero o de algún colega P.I.
CÓDIGO DE ÉTICANEGOCIO DE CONFIANZA
PROMOVER Y PROTEGER LOS INTERESES DEL CLIENTE
NOS CONFIAN EL MANEJO DE UN INTERÉS PATRIMONIAL (TASABLE EN DINERO)
SERVICIO INMOBILIARIOOBRAR CON ABSOLUTA HONRADEZ Y JUSTICIA
CON TODOS LOS INVOLUCRADOS
PREPARACIÓN EN MATERIA INMOBILIARIA Y NUESTRA SOLVENCIA MORAL
CÓDIGO DE ÉTICAPROTEGER: EVITAR EL DAÑO
OBRAR CON HONRADEZ Y JUSTICITA, PROBIDAD: EVITAR LA LESION
DAÑO: Menoscabo en el patrimonio
LESIÓN: obtener un lucro desproporcionado a lo que uno se obliga, debido a la ignorancia, notoria impericia o extrema miseria del otro
CÓDIGO DE ÉTICAConfianza = Fiducia
Responsabilidad Fiduciaria
“…La noción se aplica a todas aquellas relaciones en las cuales una persona deposita en otra una particular confianza de manera que se crea o puede reconocerse una natural relación de dependencia. Y esa dependencia, en virtud de la cual una persona se coloca…en manos de otra, genera posibilidades de potencial abuso exceso que conducen a que se mire con especial severidad su actuación. Estamos…
Cita de Sergio Rodriguez Azuero . Sigue…
Confianza = Fiducia
Responsabilidad Fiduciaria
“…La noción se aplica a todas aquellas relaciones en las cuales una persona deposita en otra una particular confianza de manera que se crea o puede reconocerse una natural relación de dependencia. Y esa dependencia, en virtud de la cual una persona se coloca…en mano de otra, genera posibilidades de potencial abuso exceso que conducen a que mire con especial severidad su actuación.
Sigue
CÓDIGO DE ÉTICAEstamos hablando de relaciones como las que pueden existir entre pupilo y tutor, entre el beneficiario del fideicomiso y el fiduciario, entre el mandatario y el mandante, entre el cliente y su abogado, entre los accionistas y los gerentes de una sociedad y entre los inversionistas del mercado y los administradores de los fondos de inversión. Hay allí una forma de otorgarles a alguien facultades administrativas o dispositivas que se suponen han se ser ejercidas de manera cabal, por la confianza que ese tercero merece, o que la ley exige por virtud de posición.
“La relación fiduciaria supone la aplicación de claros principios de equidad e implica la calificación de la gestión, velar porque en ella haya imparcialidad, justicia, dedicación, fidelidad, franqueza, lealtad y buena fe.
Parece una larga y romántica enumeración de conductas abandonadas pero en últimas es apenas la expresión de lo que una comunidad esperaría del comportamiento de las gentes de bien y de gestores profesionales especializados a quienes llegan a depositar su confianza”
GRACIAS