Date post: | 13-Dec-2015 |
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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la
Educación”
Facultad de Administración de Empresas
Departamento de Administración
Curso: Derecho de la Empresa
Trabajo Grupal:
Fernandez Espinoza, Lolo
Ponze Martinez, Miguel Angel
Profesora: Riega Viru De Salas, Yasmina Beatriz
2015
Lima – Peru
Marin Arpe, Vicente
Lopez Pardo, Mayra
Huamani Mayta, Angelica
Lucero Guillen, Diego Armando
INDICE
INTRODUCCION
Parte 1: Constitución de una empresa
Parte 2: Gestión de operaciones comerciales
Parte 3: Responsabilidad de tributos ante la SUNAT
Parte 4: Reparación civil
Parte 5: Descripción del aspecto metodológico del proceso de constitución de la empresa
COMENTARIOS FINALES
BIBLIOGRAFIA
INTRODUCCIÓN
Dentro del ámbito empresarial es importante evitar la informalidad e ilegalidad del
funcionamiento de las organizaciones y establecer una honesta práctica empresarial en el
mercado. Por ello, las personas que deseen entrar al campo empresarial deberán
constituirse como una entidad jurídica legal. Es así que decidimos constituirnos como
empresa dentro de las formas societarias que la normativa legal empresarial del Perú
contempla.
El presente trabajo académico tiene como finalidad primordial describir, explicar este
proceso de creación, registro y posterior funcionamiento, además de responder a los casos
planteados para desarrollo del mismo.
Es de esa forma que le invitamos gentilmente a explorar los detalles e información
presentada en nuestro trabajo esperando que este le resulte de su agrado.
PARTE 1: Constitución de una empresa
Nuestra idea de negocio nació hace 5 años cuando uno de nuestros socios vio que en el
mercado de idiomas se necesitaba de aplicaciones móviles y herramientas que favorecieran
el aprendizaje de idiomas a sus usuarios. Por la naturaleza de esta idea de negocios se
estableció que nuestra empresa se constituiría como una startup.
Las startups en el Perú siguen un formato muy parecido al de las PYMES al momento de
su constitución como empresa, solo que la categoría en la que entra la mayoría de las
startups está relacionada al desarrollo de proyectos y productos de naturaleza y aplicación
tecnológica con alcance global.
En el sistema de tributación de otros países, el régimen de renta aplicado a empresas
formadas a partir de una startup es mucho menor que en el Perú, dado que muchas de
estas empresas inician con un capital mínimo, su tiempo de vida es menor al de una PYME,
sus indicadores del margen de ganancia señalan un periodo inicial de perdida, viéndose
obligadas a utilizar pocos recursos (personas, equipos tecnológicos) menor capital y un
margen de funcionamiento y producción limitados.
Así mismo, el hecho de que no exista una definición definitiva y característica definida de
su funcionamiento no permite identificar a las startups dentro de las categorías de empresas
y formas societarias en el contexto legal en el Perú. De manera que dentro de nuestra
realidad empresarial y legal, nuestra empresa entraría a la categoría de PYMES.
Además, al saber que Perú no cuenta con una legislación orientada a la protección de
patentes de software y aplicativos móviles nos vimos en la necesidad de decidir inscribir
nuestra empresa como una Sociedad Anónima Cerrada para así facilitar su cambio a otras
formas societarias si hubiese necesidad de ello y hacer la inscripción de patente.
Para ello, los socios nos reunimos para definir los roles y jerarquía de responsabilidades
que tendrán cada uno de los socios dentro de la organización y continuamos con los pasos
necesarios para la inscribir nuestra empresa.
1. Reunión de socios y pacto social:
Los socios se reúnen a discutir los términos de la constitución de la empresa. En esta
reunión deciden el tipo de forma societaria que conformaran en función del rubro de la
empresa y se discuten los términos del capital y bienes de la empresa.
Para ello, nosotros optamos por la forma de Sociedad Anónima Cerrada (SAC) para así
proteger los bienes y patrimonios de cada uno de los socios.
Además en esta reunión, definimos el nombre de nuestra empresa el capital que
inscribiríamos a nombre de nuestra organización, las responsabilidades, obligaciones y
derechos de los gerentes.
2. Creación de la minuta
Por medio de la asesoría de un abogado, los socios escriben la minuta, acordando con
cada uno de sus términos y estatutos de su empresa.
3. Entrega de minuta y registro de la empresa ante la SUNARP
Se hace la entrega de la minuta y estatutos para ser verificado por un notario para que este
eleve la minuta a escritura pública. Luego se procederá a inscribir la empresa en registros
públicos.
4. Registro de la empresa en la SUNAT y obtención RUC
Con la documentación obtenida de la entrega de la minuta se procede a la solicitud del
proceso de emisión del RUC de la empresa en SUNAT.
5. Permiso de funcionamiento del ministerio de educación
Luego que la empresa ya fue constituida como agente legal podemos iniciar el proceso de
solicitud de la licencia de funcionamiento en el Ministerio de Educación.
6. Licencia de funcionamiento en la municipalidad
Antes de comenzar las operaciones de nuestra empresa debemos contar con la licencia de
funcionamiento otorgada por la municipalidad como prueba de legalidad y conformidad de
las actividades de nuestra organización.
Por medio del seguimiento cuidadoso de cada uno de estos pasos pudimos constituirnos
como Idiomas SAC y realizar los demás trámites pertinentes para el funcionamiento de
nuestra empresa.
Parte 2: Gestión de operaciones comerciales
Que la empresa gestione operaciones comerciales de las cuales se genere el uso de un
Título Valor.
Nuestra empresa IDIOMAS SAC brinda servicios de asesoramiento y capacitación en el
rubro de idioma a organizaciones y personas naturales al igual que servicio de creación
de software. A continuación ofrecemos un ejemplo de una de las operaciones comerciales
de nuestra empresa.
El 01 de junio de 2015 nuestra empresa IDIOMAS SAC Con RUC 10403633785
representado por su gerente el señor Miguel Ángel Ponze Martinez vendió servicio de
enseñanza de idiomas de inglés a los 30 empleados durante 12 meses al crédito de los
señores Distribuidora E Importadora Farmacéutica SAC domiciliado en Urb. Los Pinos Mza
A LOTE 10 – Lima, representado por su gerente general el señor Iván Luna Abanto, según
factura Nº 001-038423 y 002-003632 por la suma de S/. 15,000.00 nuevos soles incluidos
IGV, en la misma fecha de emisión de factura el cliente aceptan la letra Nº 001015 para ser
cancelada el 30 de junio de 2015.
Como tenemos que pagar remuneraciones a los profesores, empleados y otros gastos nos
obliga hacer un cobro adelantado ante el banco con la entrega de nuestra letra, quién nos
facilita el dinero en efectivo de inmediato después que verifican la situación financiera del
librado. El librado o cliente cancela el cheque al banco. El título valor nos facilita dinero
anticipado para continuar con nuestras operaciones comerciales.
Parte 3: Responsabilidad de tributos ante la SUNAT
Que la empresa como resultado de ser agente perceptor, tenga responsabilidad de tributos
ante la SUNAT.
De acuerdo a las operaciones de la empresa, como se menciona al inicio brinda servicios,
por ello está sujeto a ser detraído ante la venta de una capacitación por asesoramiento
hacia un cliente.
Esto lo coloca según SUNAT que se le DETRAIGA (INTERMEDIACIÓN LABORAL Y
TERCERIZACIÓN) el 10% de su factura, esto quiere decir que frente al cobro de su factura
su cliente tendrá que depositar el 10% del monto tal de la factura a nuestra cuenta de
DETRACCION del BANCO DE LA NACION, luego la diferencia del total del importe de la
factura.
Ejemplo de Detracción
Valor de venta S/. 15,000.00
IGV (18%) S/. 2,700.00
Precio de venta S/. 17,700.00
Detracción a Depositar en el
nuestra cuentas del Banco de la Nación
S/. 1,770.00
Detracción (10%)
Saldo a Pagar S/. 15,930.00
La intermediación laboral es aquella figura que tiene como finalidad exclusiva la prestación
de servicios por parte de una tercera empresa. Así, involucra a tres agentes: una tercera
empresa, la empresa usuaria y a los trabajadores mediante los cuales se brinda el servicio
de intermediación laboral.
Es así que sólo se otorga la fuerza de trabajo, es decir al personal capacitado y calificado
para el desarrollo de la actividad; y sólo podrá prestarse por empresas de servicios que se
encuentren constituidas como personas jurídicas de acuerdo a la Ley General de
Sociedades y como Cooperativas de acuerdo a la Ley General de Cooperativas.
Así también, existe una garantía de pago hacia los trabajadores puesto que, frente a un
supuesto de impago, la empresa usuaria responde solidariamente por la empresa de
intermediación.
Sin embargo, es posible mencionar que la empresa usuaria no podrá contratar a una
empresa de intermediación laboral paran cubrir personal que se encuentre ejerciendo el
derecho de huelga o para cubrir personal en otra empresa de servicios, de acuerdo al
artículo 8° de la Ley N° 27626, Ley que regula la actividad de las empresas especiales de
servicios y de las cooperativas de trabajadores. Sólo procede la intermediación laboral en
los supuestos de temporalidad (contratos ocasionales y de suplencia), complementariedad
o especialización; es decir, que los trabajadores de la empresa que brinda el servicio, no
pueden formar parte dentro del desarrollo principal de la empresa usuaria.
OPERACIONES Y PORCENTAJES SUJETOS AL SISTEMA VIGENTES DESDE EL 1 DE ENERO DE 2015
CÓDIGO TIPO DE BIEN O SERVICIO PORCENTAJE HASTA EL 31.12.2014
PORCENTAJE DESDE EL 01.01.2015
012 INTERMEDIACIÓN LABORAL Y TERCERIZACIÓN 12% 10%
Parte 4: Reparación civil
CASO: LA ENTIDAD EDUCATIVA SE PERJUDICA POR CAUSA DEL INCUMPLIMIENTO
DEL CONTRATISTA.
La empresa contratista se compromete con la entidad educativa en construir e instalar 400
sillas-carpetas, 10 pizarras y 10 pupitres con sus sillas para profesor para 10 aulas en 30
días contados a partir del 02 de mayo y terminados e instalados en el local educativo el 30
de mayo del 2015. El costo total sin IGV es S/. 50,000.00
La precisión de la fecha de la fecha de entrega e instalación de los mobiliarios se da en
razón que la entidad realizó un contrato con 10 empresas privadas para brindar enseñanza
de idiomas a su personal la cual se inicia el 15 de junio de 2015.
La entidad cumplió con el convenio escrito con el contratista de entregar dinero en cheque
de gerencia con cargo de entrega del mismo en fechas pactadas, la primera fue el 50% a
la firma del contrato por la cantidad de S/. 25,000.00, la segunda S/.12,500.00 en la misma
forma el 15 de mayo del mismo año que debe coincidir con el avance del 50% de la
construcción del mobiliario y el último pago por S/. 12,500.00 el 30 de junio de 2015 siempre
y cuando entregue la totalidad del mobiliario e instalados en el local educativo.
Se precisó en el contrato que ha medida se construya los mobiliarios se instalaba en las
aulas del local educativo, como indicador de cumplimiento es la instalación de mobiliario
del 50% en las aulas es el 15 de mayo del 2015 y el 30 de mayo del mismo año la total
entrega e instalación del 100% del mobiliario.
El contrato se elaboró en la notaría y se certificaron las firmas de los representantes legales
de cada empresa involucrada, ambas empresas son jurídicas y están registradas en los
RR. PP. Y cuentan con los respectivos permisos y autorizaciones de las autoridades y
normativas pertinentes.
Llegado la fecha el 15 de mayo de 2015 los salones de clases se hallaban en un 10% de
implementadas, y no se le pagó, tampoco el 30 de mayo de 2015 porque solo estaba
avanzado un 30% y no cumplió en entregar la fecha pactada, obligando a la entidad alquilar
otro local para cumplir con el cliente, el monto que pagó por el alquiler fue de S/. 10,000.00
por los dos meses, gasto que no estaba considerado en el presupuesto que hizo con el
cliente.
En la fecha de 30 de julio del 2015 culminó la obra y entregó dos meses después del
contrato.
El perjuicio ocasionado fue el gasto de S/. 10,000.00 por alquilar, en mudanza de enseres
al local alquilado fue de S/ 2,000.00 y S/. 4,000.00 por el sueldo de 1 empleado para el local
alquilado, en total son S/. 16,000.00 que debe el incumplidor contratista, quien no quiere
reconocer para realizar los descuentos de la deuda de S/. 25,000.00
La contratista arguyó el incumplimiento en las fechas pactadas por la repentina escasez de
materiales en los mayoristas, situación que fue falsa al comprobarse en el mercado.
Al no llegar de acuerdo, con ayuda del abogado comercial reclamaré ante el juez el
resarcimiento del daño y solicitaré medida cautelar para asegurar el reembolso.
Parte 5: Descripción del aspecto metodológico del proceso de constitución de la empresa
Paso 1. Búsqueda y reserva del nombre de la empresa en Registros Públicos
En primer lugar necesitamos un nombre para la empresa que deseamos crear, no puede
ser nombres de empresas ya creadas, debemos acudir a la Oficina de Registros Públicos,
en este caso la SUNARP, y verificar que no exista en el mercado un nombre o razón social
igual al que queremos para nuestra empresa. Vamos a tener que llenar los formularios
respectivos y luego tenemos que hacer la RESERVA DE NOMBRE DE EMPRESA.
Paso 2. Elaboración de la minuta
La minuta es un documento en el cual los miembros de la sociedad manifiestan su voluntad
de constituir la empresa, y en donde se señalan todos los acuerdos respectivos.
La minuta consta del pacto social y los estatutos, además de los insertos que se puedan
adjuntar a ésta.
Los elementos fundamentales de una minuta son:
• Los generales de ley de cada socio (sus datos personales, nombres, edades,
documentos de identificación, etc.).
• El giro de la sociedad.
• El tipo de empresa o sociedad (E.I.R.L, S.R.L, S.A, etc.).
• El tiempo de duración de la sociedad (plazo fijo o indeterminado).
• La fecha en la que se va a dar inicio a las actividades comerciales.
• El lugar en donde va a funcionar la sociedad (domicilio comercial).
• La denominación o razón social de la sociedad.
• El lugar en donde van a funcionar las agencias o sucursales (si es que las hubieran).
• La persona que va a administrar o representar la sociedad.
Los aportes de cada socio. Los cuales pueden ser:
• Bienes dinerarios: dinero y sus medios sustitutos tales como cheques, pagarés,
letras de cambios, etc.
• Bienes no dinerarios: inmuebles o muebles tales como escritorios, mesas, sillas, etc.
• Otros acuerdos que establezcan los socios.
Es recomendable elaborar la minuta con la ayuda de un abogado de confianza.
Paso 3. Elevar minuta a escritura pública
Una vez redactada la minuta, debemos llevarla a una notaría para que un notario público la
revise y la eleve a escritura pública.
Por lo general, los documentos que debemos llevar junto con la minuta son:
• La constancia o el comprobante de depósito del capital aportado en una cuenta
bancaria a nombre de la empresa.
• un inventario detallado y valorizado de los bienes no dinerarios.
• El certificado de Búsqueda Mercantil emitido por la Oficina de Registros Públicos de
la inexistencia de una razón social igual o similar.
Una vez elevada la minuta, ésta no se puede cambiar. Al final, se genera la Escritura
Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social, que es el documento que da fe de
que la minuta es legal, la cual debe estar firmada y sellada por el notario.
Paso 4. Inscribir Escritura Pública en Registros Públicos
Una vez que hemos obtenido la Escritura Pública, debemos llevarla a la Oficina de
Registros Públicos en donde se realizarán los trámites necesarios para inscribir la empresa
en los Registros Públicos. La Persona Jurídica existe a partir de su inscripción en los
Registros Públicos.
Paso 5. Obtención del número de RUC
El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es lo que identifica a una persona o empresa
ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para el pago de
los impuestos.
Toda Persona Natural o Jurídica está obligada a inscribirse en el RUC, de lo contrario será
sancionada de acuerdo con el Código Tributario, igual que los inscritos en el RUC que no
presenten la declaración.
Paso 6. Elegir régimen tributario
En la misma SUNAT, a la vez que tramitamos la obtención del RUC, debemos determinar
a qué régimen tributario nos vamos a acoger para el pago de los impuestos, ya sea al
Régimen Único Simplificado (RUS), al Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER), o
al Régimen General.
Una vez que contamos con nuestro número de RUC y hemos elegido un régimen tributario,
podemos imprimir los comprobantes de pago (boleta y/o factura) que vamos a utilizar.
Paso 7. Comprar y legalizar libros contables
En este paso compramos los libros contables necesarios dependiendo del régimen
tributario al cual nos hayamos acogido y, posteriormente, los llevamos a una notaría para
que sean legalizados por un notario público.
Paso 8. Inscribir trabajadores en Essalud
En este paso registramos a nuestros trabajadores ante el Seguro Social de Salud (Essalud)
a través de un formulario que podemos obtener en la misma SUNAT. Este registro les
permite a los trabajadores acceder a las prestaciones que otorga dicha entidad.
Paso 9. Solicitud de licencia municipal
En este paso acudimos a la municipalidad del distrito en donde va a estar ubicada
físicamente nuestra empresa, y tramitamos la obtención de la licencia de funcionamiento.
Por lo general, los documentos que debemos presentar son:
• Una fotocopia del RUC.
• El certificado de Zonificación (zona industrial, zona comercial, zona residencial, etc.).
• Un croquis de la ubicación de la empresa.
• Una copia del contrato de alquiler o del título de propiedad del local.
• Una copia de la Escritura Pública.
• El recibo de pago por derecho de licencia.
• El formulario de solicitud.
COMENTARIOS FINALES
El proceso de desarrollo del presente trabajo nos ayudó a discernir 3 cosas:
a. La creación de una empresa es un proceso detallado y extenso que requiere del
compromiso legal de sus participantes desde su comienzo hasta su cese de
operaciones definitivo.
b. Sin importar el rubro en el que tu empresa se desempeñe el hecho que tu empresa
se encuentre legalmente constituida no necesariamente garantiza que otras
empresas actúen con legalidad al momento de solicitar los servicios y productos que
tú brindas. Este es un factor de importancia al decidir contratar el servicio de otras
empresas y al formular las condiciones de contratación de servicios o de pedidos de
productos de las mismas.
c. La Sociedad Anónima Cerrada es una forma societaria preferida entre las pequeñas
empresas y medianas empresas por permitir a sus usuarios la flexibilidad requerida
para adaptarse a las necesidades de la empresa.