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Consideraciones generales sobre lasConsideraciones generales sobre lasmedidas cautelaresmedidas cautelares
Curso: La prisiónCurso: La prisiónpreventiva en el Códigopreventiva en el Código
procesal penal 2004procesal penal 2004
Dr. Pablo Sánche !elardeDr. Pablo Sánche !elarde
Pro"esor Principal #$%S% & '%'(Pro"esor Principal #$%S% & '%'(
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Dr. Pablo Sánchez Velarde2
Introducción
Nuestra Constitución consagra que la defensa de la
persona humana y el respeto de su dignidad, comofin supremo de la sociedad y el Estado.
El marco jurídico de protección de los derechosfundamentales, a nivel supranacional: Declaración
niversal de Derechos !umanos de "#$% &arts. " y'(, )acto *nternacional de Derechos Civiles y)olíticos &arts. + y #( y la Convención mericanaso-re Derechos !umanos, de an /os0 de Costa 1ica&arts. $ y 2(.
Consideraciones generales sobre lasConsideraciones generales sobre lasmedidas cautelaresmedidas cautelares
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Dr. Pablo Sánchez Velarde3
Consideraciones generales sobre lasConsideraciones generales sobre las
medidas cautelaresmedidas cautelares
Concepto
3as medidas de cautelares o de coerciónprocesal, como las llama el nuevo códigoprocesal, son aquellas medidas judiciales quetiene por finalidad asegurar la presencia del
imputado en sede judicial y la efectividad de lasentencia &4imeno endra(.
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Principios
Principio de excepcionalidade aplican cuando fuera a-solutamente indispensa-le paralos fines del proceso penal. Estos fines son: determinar larealidad del delito y la determinación del autor o partícipe.
Principio de ProporcionalidadDe-e guardar proporcionalidad con el peligro procesale5istente y con la gravedad del hecho delictivo imputado.
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Consideraciones generales sobre lasConsideraciones generales sobre lasmedidas cautelaresmedidas cautelares
Principios
Principio de Provisionalidad
Estas medidas sólo se sujetan a la regla rebus sic stantibus&locución latina que significa 6estando así las cosas7(. eaplican por el tiempo estrictamente necesario paraalcan8ar sus fines y en todo caso, hasta alcan8ar los finesdel proceso. No son medidas definitivas sinoprovisionales.
Principio de Taxatividad olo se pueden aplicar las que se encuentran reguladas en
la ley procesal.
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Principios
Principio de suficiencia probatoria
u adopción se decide con sustentación de elementospro-atorios relacionados con los hechos y con el peligroprocesal &peligro de fuga o de entorpecimiento uo-staculi8ación de la actividad pro-atoria(.
Principio de motivación de la resolución3a motivación de las resoluciones judiciales es unae5igencia constitucional. 3a misma e5igencia es para elrequerimiento fiscal.
Consideraciones generales sobre lasConsideraciones generales sobre lasmedidas cautelaresmedidas cautelares
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Consideraciones generales sobre lasConsideraciones generales sobre lasmedidas cautelaresmedidas cautelares
Principios
Principio de judicialidad
3as medidas de coerción sólo son dictadas por el órganojurisdiccional, a pedido del 9iscal o las partes &cuandopidan variación(, antes del proceso y durante el mismo.
Principio de reformabilidad o variabilidad 3a medida de coerción puede ser o-jeto de modificación
por la autoridad jurisdiccional sea a pedido del fiscal o laspartes o de oficio por el mismo jue8, cuando a( varíen lossupuestos que motivaron su imposición y -( pordeso-ediencia a los mandatos judiciales.
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8
Consideraciones generales sobre lasConsideraciones generales sobre lasmedidas cautelaresmedidas cautelares
Clasificación3as medidas de coerción procesal pueden incidir so-rederechos personales o derechos de car;cter patrimonialo real del imputado.
Personal Real 3a detención
3a prisión preventiva
3a comparecencia
3a internación preventiva
El impedimento de salida
3a suspensión preventiva de
derechos.
El em-argo
3a orden de inhi-ición
El desalojo preventivo
<edidas anticipadas
<edidas preventivas contra
personas jurídicas
)ensión anticipada de alimentos
3a incautación
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LA LIBERTA PER!"#AL $ LA %EIA EC"ERCI&# PER!"#AL E# EL PR"CE!" PE#AL
3a li-ertad personal se erige como uno de losderechos fundamentales de mayor valor, la cual seconsagra en el artículo '.'$ de la Constitución)olítica del Estado.
3o =nico que autori8a la medida cautelar de tipo
personal es la 6necesidad de garanti8ar la sujeciónde una persona al proceso penal7
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%EIA! E C"ERCI&# PER!"#ALE# EL PR"CE!" PE#AL
PRE!'P'E!T"!
)resupuestos materiales.
E5isten dos presupuestos que la doctrina reconoce y que son de sumautilidad para marcar los lineamientos -;sicos en la adopción de lasmedidas coercitivas o cautelares:
El periculum in mora o peligro en la demora, y que radica en elpeligro procesal: fuga del procesado, ocultación personal,entorpecimiento de la prue-a, ocultamiento de sus -ienes, etc.
El fumus bonis iuris, que es la ra8onada atri-ución del hecho puni-lea una persona y que, al igual que el primer supuesto, se de-e desustentar en suficientes elementos de convicción.
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Dr. Pablo Sánchez Velarde11
%EIA! E C"ERCI&# PER!"#AL E# EL PR"CE!" PE#AL
PRE!'P'E!T"!
)resupuestos formales.
)odemos sinteti8ar las características formales de todaslas medidas de coerción: resolución judicialmediante auto motivado, la descripción -reve delos hechos, la finalidad específica de la medida,
los elementos de convicción &prue-a( que losustenta y el tiempo de duración de la medida.
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L' D)*)$C+,$L' D)*)$C+,$
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LA ETE#CI&#
() Caracter*sticas+
Este tipo de privación de li-ertad am-ulatoria, posee las siguientescaracterísticas:
a( Es de corta duración
-( con fines de investigación preliminar
c( no esta dirigida a garanti8ar la futura ejecución de la pena,por lo que puede catalogarse como una medida precautelar.
El Código esta-lece los siguientes tipos de detención: a( detenciónpolicial, -( arresto ciudadano, c( detención preliminar judicial.
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LA ETE#CI&#
a, La etención Policial -modificado por el art*culo ( de la Le. #/012314 publicada el 02678607(7,
9Art*culo 021:); etención policial
3a )olicía Nacional del )er= detiene, sin mandato judicial, a quien sorprenda en
flagrante delito. E5iste flagrancia cuando:". El agente es descu-ierto en la reali8ación del hecho puni-le.'. El agente aca-a de cometer el hecho puni-le y es descu-ierto.>. El agente ha huido y ha sido identificado durante o inmediatamente despu0sde la perpetración del hecho puni-le, sea por el agraviado o por otra personaque haya presenciado el hecho, o por medio audiovisual, dispositivos o equiposcon cuya tecnología se haya registrado su imagen, y es encontrado dentro de lasveinticuatro &'$( horas de producido el hecho puni-le. $. El agente es encontrado dentro de las veinticuatro &'$( horas despu0s de laperpetración del delito con efectos o instrumentos procedentes de aquel o quehu-ieren sido empleados para cometerlo o con se@ales en sí mismo o en suvestido que indiquen su pro-a-le autoría o participación en el hecho delictuoso.<
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LA ETE#CI&#
b, El arresto ciudadano:
El arresto ciudadano o detención por particulares constituyeuna facultad que asiste a todo ciudadano a privar de la
li-ertad deam-ulatoria a otro, en los casos de delitoflagrante con la o-ligación de poner al detenido a disposiciónde la autoridad policial. El arresto ciudadano se caracteri8a:a( por tratarse de una privación de la li-ertad practicada porun ciudadano -( por constituir una facultad, es decir, elciudadano no est; o-ligado a reali8ar tal arresto y c( porqueprocede solo en caso de delito flagrante.
A Bigente en todo el país, seg=n LEY Nº 29372
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LA ETE#CI&#
b, El arresto ciudadano) Re=uisitos)
ue el arresto se produ8ca por un &os( ciudadano&s(.
Esta forma de detención es facultativa, a diferencia de la policía que enestos casos &flagrancia( resulta ser o-ligatoria.
De-e tratarse de un caso de flagrante delito, en la forma que el artículo'# prev0.
3a persona arrestada de-e ser entregada inmediatamente, junto con loso-jetos vinculados con el delito, a la autoridad policial m;s cercana.
3a policía de-e ela-orar un acta donde conste la entrega y lascircunstancias de la intervención.
Esta facultad concedida al ciudadano no autori8a a mantener a lapersona arrestada privada de su li-ertad, pues podría incurrir en lacomisión de delito.
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LA ETE#CI&#
c,etención Preliminar por mandato >udicial
9uera de los casos de flagrancia, la
Constitución autori8a la detención de unapersona por mandato motivado del /ue8, seaen fase de investigación preliminar opreparatoria. 3a detención preliminarjudicial es aquella que se produce durante
dicha fase procesal en casos especiales, peropor mandato judicial y a sólo solicitud del9iscal.
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LA ETE#CI&#
c, etención Preliminar por mandato >udicial
De acuerdo con el art. '+" del código procesal el/ue8 de la *nvestigación )reparatoria dictar; auto
motivado cuando:
"( fuera de caso de flagrancia, se trate de delitoque es sancionado con pena privativa superior acuatro a@os y pueda e5istir posi-ilidad de fuga
'( el imputado es sorprendido en flagrante delitopero logre evitar la detención y
>( cuando el detenido se fugara de un centro dedetención preliminar.
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LA ETE#CI&#
0) Convalidación de la detención preliminar
El Código esta-lece la posi-ilidad de que cumplida la detenciónde '$ horas, se pueda ampliar la misma por siete díasnaturales m;s, si el 9iscal considera que su-sisten las ra8onesque determinaron la detención, solicitar;, motivadamente, al/ue8 de la *nvestigación )reparatoria que dicte auto deconvalidación de la detención por el t0rmino adicional.
El /ue8, previa audiencia con el fiscal, el imputado y sudefensor, resolver; en tal sentido u ordenar; la li-ertad del
imputado. Bencido el pla8o se@alado, el imputado ser; puestoa disposición del jue8 a fin de que dicte prisión preventiva ocomparecencia &art. '++.$(.
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LA ETE#CI&#
?) La detención preliminar incomunicada
El código tam-i0n regula la incomunicación de la persona detenidapreliminarmente
Características:
3a incomunicación se solicitar; y aplicar; en los delitos consideradose5presamente y aquellos graves.
El pedido de incomunicación lo formula el 9iscal al /ue8 de la *nvestigación)reparatoria.
3a medida de-e ser indispensable para el esclarecimiento de los hechos.
3a medida de incomunicación tiene pla8o y es no mayor a die8 días.
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Concepto & presupuestos de laConcepto & presupuestos de laprisión preventivaprisión preventiva
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Dr. Pablo Sánchez Velarde22
Concepto . presupuestos de la prisiónConcepto . presupuestos de la prisiónpreventivapreventiva
Concepto
e trata de la medida cautelar de mayor gravedad en
el proceso penal pues importa la privación de lali-erta del imputado mientras dure el proceso o hastaque se varíe por otra medida o cese dicha privación.u finalidad es asegurar la presencia física delimputado a las diligencias judiciales que la autoridadinvestigadora o ju8gadora determine, así comoasegurar la ejecución de la pena. e trata de unamedida e5cepcional y de la que se de-e hacer usoluego de ha-er e5aminado la posi-ilidad de imponeruna menos gravosa.
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Dr. Pablo Sánchez Velarde23
LA PRI!I&# PRE@E#TI@A
%odificatorias a la prisión preventiva segn Le. ?773
De conformidad con la ' Disposición Complementaria 9inal de la3ey N >FF2+, los artículos '+%, '+#, '2F, '2" del Código
procesal penal, referidos a la prisión preventiva, se adelantasu vigencia a nivel nacional.
simismo, cuando aquellos artículos hagan referencia a lost0rminos: 6investigación preparatoria7, 6e5pedientefiscal7, 6prisión preventiva7 y 6jue8 de la investigaciónpreparatoria7, se de-e interpretar que dichos t0rminos hacenreferencia, respectivamente, a : 6instrucción7, 6e5pedientefiscal7, 6mandato de detención7 y 6jue8 penal7, ello rige enlos distritos judiciales en los que el Código )rocesal )enal noha entrado en vigencia.
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LA PRI!I&# PRE@E#TI@A
?) %odificatorias a la prisión preventiva segn Le.?773
En los distritos judiciales donde no se encuentravigente en C)) 'FF$, no se puede aplicar las otrasinstituciones relacionadas con la prisión preventiva:duración, impugnación, revocatoria de comparenciapor prisión preventiva, incomunicación y cesación
de-i0ndose aplicar el Código procesal pena de "##"y los artículos pertinentes del Código de)rocedimientos )enales de "##".
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Dr. Pablo Sánchez Velarde25
Concepto . presupuestos de la prisiónConcepto . presupuestos de la prisiónpreventivapreventiva
Presupuestos materiales
a.Que existen fundados y graves elementos de
convicción para estimar razonablemente lacomisión de un delito que vincule alimputado como autor o partícipe del mismo.
3a ley e5ige la necesidad que tiene el jue8 deevaluar los elementos de convicción &prue-a(que acompa@a el 9iscal en su pedido.
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Dr. Pablo Sánchez Velarde26
Concepto . presupuestos de la prisiónConcepto . presupuestos de la prisiónpreventivapreventiva
Presupuestos materiales
b. Que la sanción a imponerse sea superior acuatro años de pena privativa de la libertad .No se trata de la pena conminada prevista enel código penal para cada delito, sino de
poner 0nfasis a la consideración del jue8so-re la pena que podría aplicarse so-re la-ase de la prue-a e5istente.Es la prognosis oproyección de pena.
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Dr. Pablo Sánchez Velarde27
Concepto . presupuestos de la prisiónConcepto . presupuestos de la prisiónpreventivapreventiva
Presupuestos materiales
c. Que el imputado, en razón a sus antecedentes yotras circunstancias del caso particular, permitacolegir razonablemente que tratará de eludir laacción de la justicia peligro de fuga! u obstaculizarla averiguación de la verdad peligro deobstaculización!
e e5ige la verificación del peligro procesal que de-ede estar ausente para evitar la medida de coerción.
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Concepto . presupuestos de la prisiónConcepto . presupuestos de la prisiónpreventivapreventiva
Criterios del peligro procesal por temor de fuga -art) 031,3os criterios que la ley esta-lece para determinar el peligro por temorde fuga del imputado son los siguientes:
"l arraigo en el país del imputado, determinado por el domicilio,residencia #abitual, asiento de la familia y de sus negocios o trabajo ylas facilidades para abandonar definitivamente el país o permaneceroculto.
3a 1esolución dministrativa NG >'H'F""H)H)/, de fecha "> de septiem-rede 'F"" &circular so-re prisión preventiva( estima que el punto central est;
en esta-lecer cu;ndo el arraigo Hmedido en t0rminos cualitativosH descarta laaplicación de la prisión preventiva, que es diferente a sostener que lapresencia de cualquier tipo de arraigo descarta la prisión preventiva.
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Concepto . presupuestos de la prisiónConcepto . presupuestos de la prisiónpreventivapreventiva
Criterios del peligro procesal por temor defuga) -art) 031,
$a gravedad de la pena que se espera como resultado del procedimiento un elemento de muc#a carga subjetiva!.
$a magnitud del daño causado y la ausencia de unaactitud voluntaria del imputado para repararlo
"l comportamiento procesal del imputado o en otro procedimiento anterior, en la medida que indique suvoluntad de someterse a la persecución penal.
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Concepto . presupuestos de la prisiónConcepto . presupuestos de la prisiónpreventivapreventiva
3a 3ey >FF2+ ha incorporado un nuevo criterio para
determinar el peligro de fuga del imputado:
“La pertenencia del imputado a una organizacióncriminal o su reintegración a las mismas”.
En estricto se trata de una reu-icación, puesto que
este criterio se encontra-a en el segundo p;rrafo
del artículo '+% que esta-lece los presupuestos para
imponer la prisión preventiva.
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Concepto . presupuestos de la prisiónConcepto . presupuestos de la prisiónpreventivapreventiva
Criterios del peligro procesal por temor deobstaculiación) -art) 07,
)ara determinar el peligro de o-staculi8ación de laactividad pro-atoria se de-e de tener en cuenta 6elriesgo ra8ona-le de que el imputado7:
I %estruirá, modificará, ocultará, suprimirá o
falsificará elementos de prueba. I &nfluirá para que coimputados, testigos o peritos
informen falsamente o se comporten de maneradesleal o reticente.
I &nducirá a otros a realizar tales comportamientos.
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Dr. Pablo Sánchez Velarde32
+mpugnación- duración-+mpugnación- duración-incomunicación & cesación de laincomunicación & cesación de la
prisión preventivaprisión preventiva
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Dr. Pablo Sánchez Velarde33
Impugnación, duración,Impugnación, duración,
incomunicación y cesación de laincomunicación y cesación de la
prisión preventivaprisión preventiva Impugnación
a. El auto que resuelve la prisión preventiva puedeser impugnado dentro del pla8o de > días denotificado.
-. 3a ala )enal resolver; previa vista de la causa con
citación al 9iscal uperior y al defensor delimputado, dictando la resolución en la audiencia odentro de las $% horas siguientes, -ajoresponsa-ilidad &art. '2%(.
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Dr. Pablo Sánchez Velarde34
Impugnación, duración,Impugnación, duración,
incomunicación y cesación de laincomunicación y cesación de la
prisión preventivaprisión preventiva
uración
a. u pla8o no e5ceder; de # meses, cuando se trate deprocesos complejos el pla8o límite ser; de "% meses&art. '2'(. J el caso que se investiga de-e de ha-ersido declarado complejoH.
-. 3a consecuencia natural del vencimiento del pla8ose@alado sin ha-erse dictado sentencia de primerinstancia es la inmediata libertad del imputado, pormandato judicial, sea de oficio o a pedido de laparte.
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Dr. Pablo Sánchez Velarde36
Impugnación, duración,Impugnación, duración,
incomunicación y cesación de laincomunicación y cesación de la
prisión preventivaprisión preventiva
uración
c) Prolongación de la prisión preventiva
3as circunstancias que importen una especial dificultadpara la investigaciónson, pueden ser: n=mero e5cesivo deprocesados, la intensa actividad pro-atoria, diligencias enel e5tranjero, pericias altamente esepeciali8adas, entre
otras.
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Dr. Pablo Sánchez Velarde37
Impugnación, duración,Impugnación, duración,
incomunicación y cesación de laincomunicación y cesación de la
prisión preventivaprisión preventiva
Respecto a la prolongación de la prisión
preventiva+
Corresponde al 9iscal hacer el requerimiento deprolongación de la prisión preventiva, luego el /ue8 de la*.). cita a una audiencia dentro de los > días siguientes
con asistencia el 9iscal, el imputado y su defensor.El /ue8 decide en ese mismo acto o dentro de 2' horassiguientes, -ajo responsa-ilidad, la resolución podr; sero-jeto de recurso de apelación.
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Dr. Pablo Sánchez Velarde38
Impugnación, duración,Impugnación, duración,
incomunicación y cesación de laincomunicación y cesación de la
prisión preventivaprisión preventiva
La Incomunicación
3a incomunicación del imputado es una medida accesoria yacumulativa a la medida coercitiva de detención.
3a incomunicación o-edece a la necesidad de evitar lapertur-ación de la investigación preparatoria de un delitograve.
3a incomunicación no es a-soluta y se agrega en la ley que-ajo esta condición, el detenido incomunicado tiene derechoa leer diarios, revistas, y escuchar noticias de li-re circulacióny difusión tampoco tendr; o-st;culos para reci-ir susalimentos &art. '%"(.
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Dr. Pablo Sánchez Velarde39
Impugnación, duración,Impugnación, duración,
incomunicación y cesación de laincomunicación y cesación de la
prisión preventivaprisión preventiva
La cesación o variación de la prisiónpreventiva
3a autoridad judicial se pronunciar; previareali8ación de una audiencia con la concurrenciadel fiscal, el imputado y su defensor pararesolver la cesación, tendr; en cuenta lae5istencia de nuevos elementos de convicción
&prue-a( que demuestren que ya no concurrenlos motivos que determinaron la imposición de laprisión y que hagan necesaria una medida de
comparecencia.
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)structura- desarrollo &)structura- desarrollo &simulación de audiencias desimulación de audiencias de
prisión preventiva.prisión preventiva.
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Dr. Pablo Sánchez Velarde41
1equerimiento del <.)PRI!I&# PRE@E#TI@A
$% horas siguientesal 1equerimiento del <. ) >'ED
Realiar
A'
IE#CIA
)ara determinar la procedenciade la prisión preventiva
Concurrencia o-ligatoria: 9iscal, imputado y su defensor.Defensor del imputado que no asista ser; reempla8ado
por el defensor de oficio
A'IE#CIA E PRI!I&# PRE@E#TI@A) -Art) 0(,
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%ET""L&FGA E# LA A'IE#CIA E PRI!I&# PRE@E#TI@A -Art) 0(,'tiliada por las partes
Re=uerimiento de prisión preventiva -Hiscal,
Escrito
". Enunciación de los requisitosde procedencia de la medida
'. Desarrollo detallado de losrequisitos
Audiencia -"ral,
Desarrollo detallado de losrequisitos
1epetición de lo escrito
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3a metodología idónea, favoreciendo el sistema oral,es la n=mero ", por las siguientes consideraciones:
". 3as partes en la audiencia estar;n atentas al desarrollo de laaudiencia, y no, al papel.
'. El fiscal de-e de sustentar la e5itencia de los tres requisitosque e5ige la ley.
>. 3a defensa del imputado podr; desvirtuar cada uno de estos
tres requisitos o centrarse solo en uno de ellos, como porejemplo, en la no e5i5tencia del peligro procesal.
$. El /ue8 resolver; so-re la -ase de lo alegado y discutido enla audiencia de prisión preventiva.
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Argumentación procedencia
upuesto <aterial:
I *ndicios suficientes e5istencia del delito, sustentadoen elementos de prue-a.
I *ndicios claros y precisos de participación
I anción a imponerse mayor a $ a@os de pena privativade la li-ertad.
Necesidad de Cautela: asegurar comparecenciaimputado &peligro de fuga(, peligro deo-staculi8ación, pertenencia a organi8ación delictiva
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)articipación de la Defensa &contraHargumentos(:
upuesto <aterial. Necesidad de cautela. )etición de otra medida cautelar.
1esolución /udicial
*nmediata. De-idamente fundamentada.
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Estructura4 desarrollo . simulación deEstructura4 desarrollo . simulación deaudiencias de prisión preventiva)audiencias de prisión preventiva)
a. El pedido de prisión preventiva lo hace el 9iscal, no se incluyea la parte agraviada.
-. El /ue8 de la *nvestigación )reparatoria cita a una udienciajudicial dentro de las $% horas de producido el requerimiento9iscal, -ajo responsa-ilidad. &Casación N F"H'FF2, !uaura, defecha '+ de julio del 'FF2 (
c. El 9iscal hace el requerimiento de prisión preventiva.
d. 3a defensa del imputado interviene desestimando el pedido,puede cuestionar la e5istencia de los requisitos. )uede pedirque se recondu8ca el pedido a una medida de menorintensidad.
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Estructura4 desarrollo . simulación deEstructura4 desarrollo . simulación deaudiencias de prisión preventiva)audiencias de prisión preventiva)
e. )uede e5istir replicas.
f. El imputado puede hacer uso de la pala-ra.g. e puede visuali8ar elementos de prue-a.
h. El /ue8 da por concluida la audiencia.
i. El /ue8 dictar; resolución en la misma
audiencia, sin necesidad de postergaciónalguna.
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Estructura4 desarrollo . simulación deEstructura4 desarrollo . simulación deaudiencias de prisión preventivaaudiencias de prisión preventiva
j. e prev0 la posi-ilidad de que se impongan medidadisciplinarias contra el fiscal y el defensor si por sucausa se frustra la audiencia.
K. El /ue8 si no considera fundado el requerimiento deprisión preventiva, puede optar por imponer unamedida de coerción menos intensa
l. 3a ley e5ige que la resolución que dicte el jue8 so-rela medida de prisión preventiva de-e serespecialmente motivada &art. '2".>(