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Denuncia OBRAS SOCIALES

Date post: 10-Aug-2015
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SOLICITA DECLARACIONES INDAGATORIAS Señor Juez Federal: Carlos Ernesto Stornelli, Fiscal Federal a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 4, en la causa nro. 13.335/02 del registro de la secretaría nro. 10 a vuestro cargo, me presento y digo: 1.- GENESIS DE LA INVESTIGACIÓN Se inicia la presente causa a raíz de la denuncia formulada por el Dr. Ricardo J. Monner Sans, en virtud de la recepción de una nota anómina encontrada en su estudio jurídico en la cual se daba cuenta del irregular manejo de fondos provenientes de un crédito internacional otorgado por el Banco Mundial para el llamado “Programa de Reconversión de Obras Sociales e Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados”. En particular, se hacía referencia a una extracción de dinero materializada en efectivo, que se había efectuado el 26 de agosto de 1997, por la suma de dos millones de dólares (U$S 2.000.000), en la sucursal Belgrano del Banco de la Nación Argentina, cuyo cobro había sido efectuado por dos personas individualizadas en el anónimo como Gustavo Alejandro AONDI, y Ricardo Germán MORTEO que pertenecían o habían
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SOLICITA DECLARACIONES INDAGATORIAS

Señor Juez Federal:

Carlos Ernesto Stornelli, Fiscal Federal a

cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional

Federal nro. 4, en la causa nro. 13.335/02 del registro de la

secretaría nro. 10 a vuestro cargo, me presento y digo:

1.- GENESIS DE LA INVESTIGACIÓN

Se inicia la presente causa a raíz de la

denuncia formulada por el Dr. Ricardo J. Monner Sans, en virtud

de la recepción de una nota anómina encontrada en su estudio

jurídico en la cual se daba cuenta del irregular manejo de fondos

provenientes de un crédito internacional otorgado por el Banco

Mundial para el llamado “Programa de Reconversión de Obras

Sociales e Instituto Nacional de Servicios Sociales para

Jubilados y Pensionados”.

En particular, se hacía referencia a una

extracción de dinero materializada en efectivo, que se había

efectuado el 26 de agosto de 1997, por la suma de dos millones de

dólares (U$S 2.000.000), en la sucursal Belgrano del Banco de la

Nación Argentina, cuyo cobro había sido efectuado por dos

personas individualizadas en el anónimo como Gustavo Alejandro

AONDI, y Ricardo Germán MORTEO que pertenecían o habían

pertenecido a la empresa EQUIPO DE SALUD S.A. sita en la calle

Cabildo 1295 de esta ciudad. Según el anónimo dicha suma de

dinero se encontraba destinada a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL

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TELEFONICO, en tanto dicha clínica "atendía a muchas obras

sociales y se quedó con toda la plata".

Por otro lado, el Dr. Monner Sans refirió que

los fondos en cuestión procedían del crédito internacional

asignado para la reconversión de Obras Sociales contemplado en el

decreto 439/96 publicado en el Boletín oficial del 2/5/96, según

el cual, el flujo de los fondos correspondientes al convenio

ascendían, por un lado, a la suma de veinticinco millones de

dólares -US$ 25 millones-, "en diversas divisas" y el objetivo se

vinculaba con el "financiamiento de los conceptos de bienes y

servicios de consultoría, asistencia técnica y capacitación para

la ejecución de..." determinados programas que figuran en los

anexos respectivos.

Otra parte de dichos fondos ascendía -según la

mencionada normativa- a la suma de doscientos cincuenta millones

de dólares -U$S 250 millones-, "con destino al financiamiento de

la 1ª y 2ª parte" de determinados subprogramas vinculados con el

anterior; y finalmente, cien millones de dólares -US$ 100

millones- "en varias monedas" se destinaban al financiamiento de

la 3ª etapa de esos subprogramas.

2.- EL PRESTAMO INTERNACIONAL

El llamado “Programa de Reconversión de

Obras Sociales e Instituto Nacional de Servicios Sociales para

Jubilados y Pensionados” fue diseñado e implementado en el marco

del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, -PNUD-

organismo destinado al reestablecimiento de las relaciones y

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asistencia técnica nacional e internacional de las agencias es-

pecializadas del Sistema de Naciones Unidas, para el funciona-

miento, en este caso, de las Unidades de Ejecución y Coordina-

ción de los Programas implementados, entre ellos el de Reconver-

sión de Obras Sociales (PROSS).

Por ley 23.396 se aprobó el Acuerdo entre el

Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Go-

bierno de la República Argentina, en el cual se enunciaban las

condiciones básicas por las cuales el PNUD y sus organismos

prestarían asistencia para el desarrollo y ejecución de los Pro-

gramas de cooperación y apoyo a nuestro país. En el marco de ese

Acuerdo se desarrolló el llamado Programa de Reconversión de

Obras Sociales (PROS) cuyo Organismo Ejecutor responsable fue la

Secretaría de Políticas, Regulación Y Relaciones Sanitarias del

Ministerio de Salud y Acción Social.

El 23 de abril de 1996 el entonces presidente

de la Nación, Carlos Saúl Menem dictó el decreto 439 por el cual

se aprobó el Modelo de Convenio de Préstamo a suscribirse entre

la Nación Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y

Fomento (BIRF) por un total de U$S 25.000.000, con destino al

financiamiento en la adquisición de aquellos bienes y servicios

de consultoría, asistencia técnica y capacitación que fueran

necesarios para la ejecución de todo el programa, así como la

asistencia económica para la implementación de los subprogramas

que componen el programa; aprobando así también el Modelo de

Convenio de Préstamo a suscribirse con el mismo organismo

internacional por la suma de U$S 250.000.000, con destino al

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financiamiento de la primera y segunda etapa de ajuste de los

Subprogramas: 1.- Programa de Reconversión de Obras Sociales y

2.- Reconversión del Instituto Nacional de Servicios Sociales

para Jubilados y Pensionados; y finalmente aprobó el modelo de

convenio por la suma de U$S 100.000 con destino al financiamiento

de la tercera etapa de ajuste en el marco de los Subprogramas 1 y

2.

Tales convenios se suscribieron en la ciudad

de Washington D.C. el viernes 26 de abril de 1996 con el Banco

Internacional de Reconstrucción y Fomento, conforme resolución

359/96.

Por dicha norma, el Ministerio de Economía y

Obras y Servicios Públicos quedó facultado para suscribir los

convenios en nombre y representación del Estado Nacional, como

así también para firmar los respectivos con las Obras Sociales

correspondientes y el INSSJP –cuyos planes de reconversión fueran

aprobados por el Comité del Programa de Reconversión- a fin

ejecutarse los Planes de Reconversión previa transferencia de los

fondos provenientes de los convenios de préstamo –art. 5 y 6.

Por otra parte el entonces Secretario de

Políticas de Salud y Regulación Sanitaria del Ministerio de Salud

y Acción Social quedó facultado para celebrar los contratos de

locación de servicios y adquirir los bienes que fueran menester

para la ejecución del programa.

Cabe agregar que el mencionado decreto 439/96

fue dictado el 23 de abril de 1996, firmado por el ex presidente

de la Nación Carlos Saúl MENEM, Domingo F. CAVALLO como Ministro

de Economía, Jorge A. RODRIGUEZ como Jefe de Gabinete de

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Ministros y Alberto J. MAZZA como Ministro de Salud y Acción

Social, y otorgaba jurisdicción en el manejo de los fondos al

Ministerio de Economía y al Ministerio de Salud y Acción Social.

Ahora bien, antes de particularizar los

lineamientos generales de cada uno de los contratos específicos

celebrados con el BIRF adviértase que de los considerandos de los

mismos surge que el apoyo económico brindado por esa entidad

crediticia a nuestro país, obedeció a una solicitud,

materializada por carta del 26 de marzo de 1996 en la cual

nuestro país había procedido a la descripción de un programa de

acción, objetivos y políticas, diseñado para alcanzar el ajuste

estructural del sector seguro de la salud, y solicitado la ayuda

del Banco en apoyo de dicho Programa.

Téngase presente que de acuerdo a los

términos definidos en la sección 1.02 de tales documentos, el

concepto de Obras Sociales hacía referencia a los fondos para el

seguro nacional de la salud que se regían por la ley 23.660,

distinguiéndose el concepto del de Obra Social del Personal de

Dirección que se trataba de las obras de los empleados de nivel

gerencial, con el de Obras Sociales Sindicales que, por

exclusión, se trataban de todas aquellas no incluidas en el

concepto anterior.

Como se verá más adelante, las fraudulentas

disposiciones de dinero llevadas a cabo en autos, correspondieron

con erogaciones realizadas a favor de Obras Sociales del tipo

sindicales, a quienes les fueron otorgados los préstamos

respectivos.

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Por otra parte nótese que en tal convenio se

encontraba prevista así también la figura del Manual Operativo el

que incluía aquellas normas y procedimientos para la provisión de

los préstamos a las Obras Sociales y el INNSSJP con los fondos

respectivos, comprometiéndose la prestataria a no incurrir en

erogaciones excluidas de acuerdo con las disposiciones del ANEXO

I, y garantizándose que la Unidad Ejecutiva Central del Programa

estuviera administrada por un Director Nacional y que las sub-

unidades de las Obras Sociales estuvieran a cargo de un equipo

con experiencia y calificaciones aceptables para el Banco.

Además se preveía que la U.E.C. y la Comisión

del Programa no podrían autorizar préstamos relacionados con los

tres primeros planes de reorganización de las Obras Sociales a

ser financiados de acuerdo con el Programa, y de allí en

adelante, con respecto a todo plan de reorganización de las Obras

Sociales que incluyera la propuesta de préstamos superiores al

equivalente de U$S 10.000.000, salvo que el Banco hubiera

otorgado la condición de “no objetado” para los referidos

préstamos, lo que resulta de trascendente importancia para la

maniobra de autos, en tanto muchos de los convenios de Préstamo

otorgados a las Obras Sociales investigados en autos, superó

ampliamente esa suma de dinero.

Finalmente corresponde mencionar también que

dentro de los GASTOS EXCLUIDOS, consignados en el anexo I de los

convenios, se preveía que los fondos del Préstamo no podían

utilizarse para financiar:

a) gastos en moneda de la prestataria ni por bienes

suministrados en el territorio de la Prestataria,

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b) gastos en concepto de bienes o servicios suministrados bajo

un contrato que contara con la financiación o el acuerdo de

financiación de cualquier organismo financiero nacional o

internacional que no fuera el Banco o que el Banco hubiera

financiado o acordado financiar bajo los términos de otro

préstamo.

c) Gastos en concepto de bienes incluidos en determinados

grupos o subgrupos previos en el texto del documento.

2.a.- Sobre el convenio de 25.000.000 U$S

4004 AR

Por dicho convenio –que corresponde con el

anexo I del decreto 439/96-, se estableció que la asignación de

fondos del préstamo y porcentaje de gastos de las partidas se

financiaría de acuerdo a la siguiente categoría:

CATEGORIA 1: servicios de consultoría, asistencia técnica y

capacitación por U$S 21.900.000 a ser financiados el 100%

CATEGORIA 2: adquisición de bienes U$S 3.100.000 a ser

financiados el 100 % de gastos en el exterior y el 60 % de gastos

locales.

Los objetivos del mismo teniendo como fecha

de finalización del proyecto el 30 de junio de 1999, fueron:

diseñar y poner en marcha un conjunto de reformas básicas de

política para el Programa, elaborar el marco regulatorio e

institucional para la implementación del Programa, y formular e

implementar la reforma organizativa y de gestión del INSSJP y las

Obras Sociales, integrado a su vez por las siguientes partes: el

diseño e implementación de políticas básicas incluyendo la

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elaboración del Programa Médico Obligatorio, el perfeccionamiento

de la base de datos de los afiliados, la regulación y supervisión

del Seguro de Social de Salud, la elaboración de Planes de

Reestructuración de las Obras Sociales sobre la base de un

formato estándar, la racionalización institucional del INSSJP –

incluyendo planes de reorganización y racionalización del INSSJP

y nuevos sistemas informáticos-, y el suministro de asistencia

técnica para la operación del la UEC.

2.b.- sobre el convenio AR 4002 de

250.000.000 U$S

El mismo tenía por objeto el financiamiento

de la primera y segunda etapa de ajuste de los Subprogramas 1 –

Reconversión de Obras Sociales Nacionales, y 2 – Reconversión del

I.N.S.S.J.P. –ver artículo 2 decreto 439/96-.

El artículo II del anexo II del decreto

639/96 preveía el compromiso de la prestataria de aperturar y

mantener una cuenta en el banco de la Nación Argentina, lo que

importaba el compromiso de que “los fondos del Préstamo no sean

utilizados en el financiamiento de erogaciones que están

excluidas de acuerdo con las disposiciones del anexo I” –cláusula

c)-, por lo que en caso de que el Banco determinara en algún

momento que una parte de los fondos del Préstamos se había

utilizado para pagar un gasto excluido, la Prestataria debía

depositar en la cuenta de depósito un monto equivalente al

momento del referido pago, o reembolsar el monto en cuestión al

Banco.

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El artículo III sección 3.03 preveía que

después de las fechas de desembolso de los fondos del primer y

segundo tramo, la prestataria debía poner a disposición de la

Unidad Ejecutoria Central para la Ejecución del Programa los

fondos equivalentes a US$ 150.000.000 y a US$ 225.000.000, a ser

utilizados para la reestructuración del INSSJP, de los cuales U$S

150.000.000 podía destinarse a cancelación de deudas de las

instituciones financieras.

También para este caso se previó la

existencia de la Unidad Ejecutora Central, dirigida por un

Director Nacional, mientras que la Comisión del Programa estaría

integrada por un Director Nacional con composición aceptable para

el Banco.

Las acciones correspondientes a este

convenio, se previeron en el ANEXO III del convenio en cuestión,

por el cual –entre otros- se estableció la suscripción de los

Convenios de Adhesión con las Obras Sociales, la emisión y firma

de los instrumentos legales adecuados para el establecimiento de

normas relacionadas con la libre elección de servicios de seguros

de salud entre las Obras Sociales Sindicales, y para las Obras

Sociales del Personal de Dirección y los planes privados de

medicina prepaga.

2.c. Sobre el convenio AR 4003 de 100.000 U$S

El convenio en cuestión se encontraba

previsto en el Anexo III del decreto y bajo las mismas

condiciones que los anteriores acuerdos, y conforme el art. 3 del

decreto 439/96 este convenio se destinaba al financiamiento de la

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tercera etapa de los subprogramas 1 y 2 del convenio anterior, a

partir del cual, quedando determinados en el art. V las

condiciones de su entrada en vigencia, y determinándose como

fechas de vencimiento para el pago del capital en dólares cada 15

de enero y de julio y hasta el 15 de julio de 2011 inclusive.

De acuerdo a las normas en cuestión, el

Ministerio de Economía fue el Organismo designado como

representante del Estado Argentino –art. VI sección 6.01 dcto.

439/02- instituyéndose una Unidad Ejecutora Central que tendría a

su cargo la gestión cotidiana del Programa, presidida por un

Director Nacional, a cuyo cargo quedaría la ejecución del

Programa.

Surge del informe sobre el crédito del Banco

Mundial para la Reconversión de Obras Sociales (PROS) al Estado

Argentino de septiembre de 2002 obrante en el anexo X de

documentación, que el crédito recibido para el Programa de

Reconversión de Obras Sociales desde el Banco Mundial fue de

150.000.000 U$S, suma recibida como parte de los dos préstamos de

mayor valor: el 4002 AR por 250 millones y el 4003 AR por 100

millones, en las siguientes proporciones: 100 millones de U$S

desde el préstamo 4002 AR y 50 millones de U$S desde el 4003 AR,

en tanto que el resto fue entregado al INSSJP.

En lo relativo a la cuotas de devolución del

capital, se estableció luego de ciertas modificaciones para los

100 millones recibidos desde el crédito AR 4002, 20 cuotas con

fecha de finalización en septiembre de 2009; en tanto que los 50

millones recibidos a través del crédito AR 4003 en 20 cuotas

pagaderas hasta julio de 2011.

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Para la fecha del informe se habían pagado en

concepto de capital 33.888.888,756 U$S.

Ahora bien, el monto total a prestar a las

Obras Sociales se conformó -en un principio-. con los 150.000.000

U$S aportados por el Banco Mundial y con 135.000.000 U$S como

contrapartida nacional, totalizando un total de 285.000.000 US$

para la ejecución de estos subpréstamos. Por otra parte, según

dicha información, la elección de las Obras Sociales que

resultaron beneficiadas con los préstamos que recibieron, fueron

elegidas de un “concurso” al cual fueron invitadas –según el

informe aludido- la mayoría de las obras sociales del país.

2.d.- De los montos de los convenios

De acuerdo a lo que surge del expediente

2002-4147-96-2 –que correspondió a las actuaciones

administrativas donde tramitó el dictado del decreto aprobatorio

de los convenios con el BIRF- que se encuentra entre la

documentación reservada, y conforme el memorando suscripto por el

entonces Director Nacional de Proyectos con Organismos

Internacionales Lic. Carlos LA. LOPEZ, emitido durante la etapa

de elaboración del proyecto de decreto aprobatorio de los

convenios a celebrarse con el BIRF, el financiamiento y los

aportes locales se encontraban proyectados de la siguiente forma:

Año 1996 aportes del BIRF U$S 252.500.000 contrapartida

nacional: U$S 150.000.000 total: U$S 402.500.000.

Año 1997 aportes del BIRF U$S 115.500.000 contrapartida

nacional: U$S 200.000.000 total: U$S 315.500.000

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Año 1998 aportes del BIRF U$S 7.000.000 contrapartida nacional:

50.000.000 total: U$S 57.000.000.

Según surge de fs. 13 de dicho expediente, la

contrapartida local que ascendía a la suma de $400.000.000 se

componía de 210.000.0000 $ aportado por la ANSSAL, y 190.000.000

u$s correspondientes al I.N.S.S.J.P..

La distribución fue la siguiente para los

aportes de contrapartida nacional:

1996 para el INSSJP 150.000.000 $

1997 para las obras sociales 160.000.000 $ para el INSSJP

40.000.000 $ total 200.000.000 $

1998 para las obras sociales 50.000.000 $.

Nótese pues que al final de dicho memorando

surge que los aportes de contrapartida nacional para la reforma

de las Obras Sociales los realizaría el ANSSAL con fondos

propios.

Los montos indicados para el programa se

recibieron y depositaron en una cuenta abierta en el Banco Nación

denominada “Cuenta de Fondeo” nro. 4288, desde la cual se

distribuyeron los fondos sobre otras tantas cuentas corrientes

abiertas sobre cada obra social seleccionada.

Según este informe que, reitero, data del

2002 el total entregado a la obras sociales alcanzó la suma de

U$S 262.941.314, integrándose en la cuenta de fondeo la suma de

U$S 22.032.651, fijándose 145 cuotas mensuales para reembolsar el

total del crédito recibido. De esta manera, fue previsto que el

primer vencimiento operaría en octubre de 1999 y el último en

octubre de 2011 –no generando los fondos de contrapartida

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Page 13: Denuncia OBRAS SOCIALES

nacional intereses a las obras sociales-, con el fin de

establecer una compatibilidad entre el inicio y fin del pago del

subpréstamo otorgado a cada Obra Social, con el establecido con

la entidad financiera internacional.

Corresponde destacar que según los términos

del contrato, el Banco Mundial había solicitado, exclusivamente

en relación al Convenio de Préstamo 4004 AR destinado a la etapa

de asistencia técnica del Programa, que se requiriera la

certificación, como asunto adicional, de que la Prestataria había

tomado las medidas tendientes a posibilitar la adquisición de

bienes y servicios de consultores para el desarrollo del aludido

proyecto, de conformidad con las disposiciones del convenio –ver

al respecto art. 5, sección 5.01 B)-.

Corresponde aclarar además que el préstamo

4004AR se encontraba destinado a la asistencia técnica que fuera

necesaria para la implementación del Programa de Seguro de Salud,

para el Programa de Reconversión de Obras Sociales, y para el

Programa de Reconversión del INSSJP, conforme los tres

componentes que integraban dicho Proyecto y los acuerdos de

ejecución que se firmaron con el PNUD Buenos Aires, a tales

fines: Proyecto 95/015 -componente sobre reconversión de INSSJP-

proyecto 96/005 sobre –componente sobre reconversión de Obras

Sociales-, proyecto 96/018 –componente elaboración de Políticas y

regulación-.

Ahora bien, del universo de Obras Sociales

que integró el Programa de Reconversión de Obras Sociales e

Instituto, se analizarán en el presente dictamen las pruebas

incorporadas a lo largo de esta investigación y que han

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Page 14: Denuncia OBRAS SOCIALES

determinado la conformación de un estado de sospecha respecto de

quienes tenían a su cargo la ejecución, control, fiscalización y

disposición de las millonarias sumas de dinero que comprendieron

el Programa, específicamente en el subprograma Obras Sociales

Nacionales.

Así pues, las resultas de esta pesquisa me

llevan a solicitar a V.S. que convoque a prestar declaración

indagatoria a los imputados de autos, en tanto es de sospechar

que los funcionarios que tenían a su cargo el cuidado de los

millonarios fondos públicos que, de fuente internacional o de

contrapartida local, integraban los emolumentos que tenían que

ser destinados a la Reconversión de las Obras Sociales

Nacionales, incumpliendo los deberes a su cargo específicamente

aquellos que hacían al preciso y exhaustivo control de la

sucesivas solicitudes de desembolsos, pedidos de autorización de

cancelaciones y rendiciones efectuadas sobre las sumas de dinero

entregadas, y la fiscalización sobre la ejecución de los

préstamos otorgados a cada entidad de bien público, perjudicaron

las arcas públicas, en beneficio de aquellas Obras Sociales y de

sus “aparentes” acreedores –que aparecían como proveedores y

prestadores-, desviándose de esta manera dichos fondos hacia

fines particulares a los que no estaban destinados.

Ello fue así, por cuanto los funcionarios –

cuyas identidades se revelarán más adelante-, teniendo en miras

esos particulares beneficios, soslayaron los recaudos propios y

directrices de transparencia y cuidado de los fondos públicos,

interesándose en las operaciones en las que cada uno intervino

con razón de su cargo, y que correspondían a las distintas etapas

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Page 15: Denuncia OBRAS SOCIALES

de los Préstamos de Ejecución Subsidiaria, determinándose una

automática autorización de pagos a la facturación remitida a su

conocimiento, que perjudicó las arcas públicas al entregarse

dinero del Estado Nacional por determinados conceptos que surgían

“conceptualmente” de la documentación que hacía de respaldo a

esas “documentadas” operaciones, cuando en realidad adolecían de

irregularidades tales que, en la forma en que fueron pagadas, no

podría haberse llevado a cabo si no fuera por el inicial designio

de beneficiar a determinadas Obras Sociales y empresas.

Tales sucesos sólo pudieron haber ocurrido

sin la intervención de las personas que resultaban responsables

de las Obras Sociales y de aquellas firmas que -según la

información colectada- tomaron parte de los sucesos de autos, en

la medida en que tendieron, mediante el despliegue de

determinadas conductas que se analizarán –y que fueron realizadas

junto con los responsables de las Obras Sociales-, a hacer

aparecer como legítimas las deudas contraídas por las Obras

Sociales a su favor, de manera tal que, documentadas como tales

dieran una apariencia verosimilitud a la pretensión de cobro

contra el dinero de los préstamos, siendo que muchas de esas

deudas, como se verá no resultaron contestes con reales deudas

contraías o en otros casos no se encontraban incluidas entre las

deudas pasibles de ser canceladas con los fondos provenientes de

los créditos.

La conducta de los funcionarios del P.R.O.S

no habría cesado en esa sóla cuestión, pues como se verá a

continuación la maniobra descripta habría acaecido así también a

lo largo de cada una de las etapas administrativas que

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conformaron el proceso desde los iniciales desembolsos hasta las

rendiciones de cuenta –y de ahí hasta la devolución del dinero-,

respecto de aquellas firmas que –tuvieran o no causa real las

deudas que aparecían contablemente registradas-, se encontraban

vinculadas con la Obra Social de que se trataba, con otras, o

éstas entre sí, de forma tal que los emolumentos así destinados

terminaron beneficiando exclusivamente a un selecto grupo de

personas, lo que originó un desvío de los iniciales propósitos y

destinos del dinero ingresado al erario público, en su perjuicio

y en beneficio de intereses ajenos a los de la administración

pública.

Amén de todo lo expuesto, y en muchos otros

casos, los sucesivos actos administrativos llevados a cabo para

conformar el circuito plan-préstamo-depósito-autorización-pago a

acreedores, se refería a deudas concomitantes con la ejecución

del programa, sobre todo para el llamado COMPONENTE 1 SANEAMIENTO

FINANCIERO, lo que no se compadecería con los fines para los que

había sido otorgado el crédito y en base a los cuales se había

determinado los topes dinerarios que iban a estar destinados a

ese componente, en la medida en que no conformaban “deudas

preexistentes a reconvenir”.

Por otra parte, tales deudas con prestadores

y aquellas que aparecían facturadas con fecha anterior a la firma

de los convenios de préstamo, en ninguno de los casos fue

conformada u objeto de alguna auditoría por parte o por orden de

los funcionados del PROS, llevándose a cabo sistemáticamente –

reitero- el circuito previsto para el desarrollo del Programa y

determinándose, como se viene sosteniendo, la perjudicial

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Page 17: Denuncia OBRAS SOCIALES

disposición patrimonial en perjuicio de las arcas del Estado

Nacional.

A fs. 148/151 el entonces Coordinador General

del Programa de Reconversión de Obras Sociales y del Sistema de

Seguro de Salud, Dr. Saúl ROSSI, informó que para octubre de 2002

la mayoría de las Obras Sociales habían terminado las etapas de

cumplimiento de las condicionalidades y habían finalizado los

desembolsos, con excepción de sólo dos: OSECAC y OSPEDYC. Aludió

asimismo que 7 Obras se encontraban en convocatoria de acreedores

y a la Obra Social ENCOTESA y LAS COMUNICACIONES le fue ejecutado

el préstamo por incumplimiento, mediante el sistema de Repago

Acelerado, previsto en los Convenios de Ejecución y Préstamo

Subsidiario.

Por otra parte resulta altamente llamativo

que para el año 2002 se encontraron concursadas las siguientes

Obras Sociales: Obra Social de los JABONEROS, Obra Social

OSSIMRA, Obra Social PRENSA DE BUENOS AIRES, Obra Social de los

PLASTICOS, Obra Social del VESTIDO, Obra Social ENCOTESA, Obra

Social de los FERROVIARIOS.

3.- EL PROGRAMA DE RECONVERSIÓN DE OBRAS

SOCIALES.

En base a los créditos de préstamo 4002 AR,

4003 AR y 4004 AR, correspondientes al proyecto BIRF PNUD

ARGENTINA 96/005, el Programa de Reconversión de Obras Sociales

tuvo por objetivo el apoyo a las Obras Sociales en el Proceso de

Reconversión, asegurando la optimización de la calidad

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Page 18: Denuncia OBRAS SOCIALES

Prestacional y el adecuado cumplimiento del Programa Médico

Obligatorio, brindar el apoyo técnico y financiero para que las

Obras Sociales alcanzaran las condiciones adecuadas de equilibrio

y sostenibilidad, contribuir con las Autoridades Nacionales en la

adecuación del marco regulatorio que regía las Instituciones de

la Seguridad Social y mejorar sustantivamente los sistemas de

registro; para cuyo cumplimiento y alcance se estableció que se

financiarían los Planes de Reconversión que fueran elaborados por

cada Obra Social participante.

Tales planificaciones realizadas por las

Obras Sociales y que debían ser oportunamente analizadas, y

aprobadas por el Comité del Programa, comprendía tres

componentes: Saneamiento Financiero –que tendría como fin

cancelación de deudas prestacionales que registraran las obras

sociales, de acuerdo a lo establecido en el Plan-, Reconversión

de Planta de Personal –destinado a la readecuación de la planta

de personal a las nuevas necesidades organizacionales de las

obras sociales- y Fortalecimiento Institucional –destinado al

financiamiento de la asistencia técnica para el desarrollo de

sistemas gerenciales y de operación, redefinición de su

estructura, capacitación de recursos humanos, sistemas de

información y de comunicación con los organismos de control y

reconversión de los sistemas de prestaciones médicas-.

Resulta destacable atender luego del dictado

de ley 23.660 -que definió el funcionamiento de las Obras

Sociales, sus recursos financieros, su competencia, los aportes y

contribuciones a ser realizados por los beneficiarios y

empleadores, y definió las facultades regulatorias de la

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Page 19: Denuncia OBRAS SOCIALES

Administración Nacional de Seguro de Salud, ANSAL-; que el

decreto 1141/96 en miras al decreto 9/93 -que había establecido

la libertad de elección del afiliado dentro de las Obras Sociales

comprendidas en los incisos a) b), c) d) y f) del art. 1 de la

ley 23.660-, estableció que la opción de cambio entre las Obras

Sociales Sindicales sería a partir del 01 de marzo de 1997,

efectivizada desde el 31 de marzo del mismo año, para aquellas

obras sociales que no se hubiesen presentado en el Programa de

Reconversión, en tanto para las Obras Sociales que se encontraran

calificadas dentro del mencionado Programa y hubieran presentado

su plan de reconversión, antes del 31 de diciembre de 1996, la

efectivización del cambio regiría a partir del 30 de junio de

1997 –el resaltado me pertenece-; lo que lejos de resultar una

cuestión poco relevante para el análisis de la presente causa,

reviste una importante trascendencia, desde que la prórroga de

dicha fecha –en ese momento y sin considerar las ampliaciones

posteriores que se ordenaron- importaba justamente mantener la

cantidad de afiliados que capitaban en dichas obras sociales –las

incluidas en el Programa-, circunstancia directamente vinculada

con la aprobación de los Planes presentados por tales entidades.

3.a.- Etapas del desarrollo de los Convenios

de Préstamo y Ejecución Subsidiarios. Convenio con el Agente

Financiero. Convenio con el Agente de Retención.

Luego de la aceptación por parte de las Obras

Sociales de participar en el Programa mediante la suscripción del

Convenio de Adhesión -por el cual se establecía la adhesión de

las Obras Sociales a las nuevas políticas sustantivas de salud y

19

Page 20: Denuncia OBRAS SOCIALES

a los principios del Programa de Reconversión de Obras Sociales e

INSSJP1-, las Obras Sociales interesadas debían presentar el Plan

de Reconversión, para cuya elaboración se encontraba previsto que

el P.R.O.S. brindara la asistencia financiera correspondiente a

la selección y contratación de servicios de consultoría de

asistencia técnica.

Hasta la fecha no fueron aportados a la

investigación la información relacionada con los términos de los

Planes de las Obras Sociales cuya situación se analiza en extenso

en este dictamen, las constancias que den cuenta del proceso de

aprobación de tales Planes, ni la laborar de la empresa o

empresas Consultoras2 que habría intervenido en dichos

monitoreos, como así también los pormenores de los procesos

administrativos que determinaron su elección.

Ahora bien, los Planes presentados por las

Obras Sociales debían elaborarse teniendo en consideración los

siguientes aspectos: aspectos institucionales –descripción,

estructura organizacional, procedimientos de control y sistemas

de control interno, personal contratado y tipo de servicios por

área-, aspectos financieros –correspondiente a los estados

financieros de los tres años subsiguientes, estructura de costos,

sistemas de auditoría- y aspectos asistenciales –incluyéndose

modelos de cobertura, carencias, exclusiones, limitaciones,

coseguros, y sistema de auditoría prestacional-.

La formulación del Plan así diagramado,

habilitaba a las Obras Sociales a solicitar el financiamiento, y

1 Debiendo contar, para poder acceder al Programa, con 10.000 beneficiarios a la fecha de presentación, cumplir con los requisitos legales, financieros-contables, administrativos y prestacionales requeridos2 Cuyos datos se desconocen por el momento.

20

Page 21: Denuncia OBRAS SOCIALES

una vez aprobado el Plan por el Comité Técnico del Programa, la

Obra Social podía iniciar la ejecución de la reconversión, previo

firma del Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario con el

P.R.O.S.

El modelo del Convenio de Ejecución y

Préstamo Subsidiario con el P.R.O.S. se aprobó por resolución del

Ministerio de Salud y Acción Social 202 del 25/3/97, que

determinó como organismo de coordinación, ejecución, monitoreo y

control del Programa de Reconversión a la Unidad Ejecutora

Central del Programa (UCP), y estableció que dentro de las

condiciones de ejecución –integrantes del convenio modelo como

anexo II del mismo-, se encontraban las acciones y actividades a

ser desarrolladas por la Obra Social suscriptora, en cada etapa

del Plan de Reconversión, constituyéndose como condición para el

paso de una etapa a la otra y la habilitación del desembolso

subsiguiente, el cumplimiento de la anterior instancia.

En el título I del Modelo de Convenio

aprobado por la resolución 202 de 1997 del Ministerio de Salud y

Acción Social se preveía como Fondo para Préstamos Subsidiarios,

el fondo del cual el Ministerio procedía a prestar a la Obra

Social la suma determinada en el convenio, integrado por los

aportes de capital provenientes de los convenios de Préstamo 4002

AR y 4003 AR, aprobados por el ya aludido decreto 439/96,

estableciéndose los conceptos de agente financiero –cual fue el

Banco de la Nación Argentina de Acuerdo-, de fondo de reserva

técnica –cuyas condiciones y particularidades se encuentran

previstas en el título VIII del Modelo de Convenio-, y de agente

de retención -la entonces Dirección General Impositiva-. Por

21

Page 22: Denuncia OBRAS SOCIALES

otra parte el título III “de las condiciones a ser cumplidas por

la obra social”, establecía como obligación de la Obra Social

suscriptora del convenio:

a) ejecutar estrictamente el Plan de Reconversión, con la

debida diligencia y eficiencia, cumpliendo con los

compromisos asumidos en el documento de condiciones de

ejecución,

b) recurrir de ser necesario al asesoramientote de técnicos y

consultores aprobados por la U.C.P.

c) Suministrar a la U.C.P. o a quien ésta designara la

información pertinente para hacer posible el cumplimiento

de las funciones de dirección, coordinación y supervisión

del plan de reconversión,

d) Tomar las previsiones y medidas necesarias para que las

contrataciones que debieran celebrase se efectuaran a un

costo razonable,

e) Mantener personal, recursos y medios necesarias para que

las contrataciones que debieran celebrarse en la ejecución

del Plan de Reconversión se efectuaran siempre a un costo

razonable

f) Mantener personal, recursos e instalaciones adecuados par

la eficiente ejecución del Plan de Reconversión

g) Mantener en fácil acceso la documentación y registraciones

contables que justificaran y respaldaran los gastos

incurridos a los efectos del desarrollo de las auditorías

que correspondieran, teniendo en cuenta que la U.C.P. tenía

la potestad de verificar, en cualquier instancia –incluso

22

Page 23: Denuncia OBRAS SOCIALES

posterior a la aplicación de los fondos-, entre otros, la

información respaldatoria.

h) Asumir en forma expresa toda responsabilidad por contratos

y litigios relacionados con la ejecución del Plan de

Reconversión.

i) Mantener los registros contables en forma individualizada

del resto de sus movimientos administrativos-financieros.

En dichos convenios se preveía el desembolso

de los préstamos en TRAMOS, en base a metas que debían ser

cumplidas para cada COMPONENTE durante su transcurso,

transferidos de la cuenta de fondeo a la cuenta de la Obra Social

en el Agente Financiero, en la medida en que se produjeran los

desembolsos correspondientes a los Convenios de Préstamo.

Así se estableció como condición del

desembolso del monto correspondiente al primer TRAMO de cada Plan

aprobado, un mecanismo de muestreo previo de las deudas

canceladas, estableciéndose además, a través de la Gerencia de

Monitoreo y Evaluación del P.R.O.S., el seguimiento y control de

las condiciones financieras y de ejecución establecidas en el

Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario.

Conforme el título V del Modelo de Convenio,

la U.C.P. solicitaba al Agente Financiero la transferencia de los

fondos correspondientes al primer desembolso a partir de la

entrada en vigencia del convenio, estableciéndose asimismo las

metas y plazos de ejecución del Plan –en el documento de

Condiciones de Ejecución-, que determinaban las sucesivas

transferencias a solicitud de la U.C.P. que Agente Financiero

realizaba a las cuentas de las Obras Sociales. Corresponde

23

Page 24: Denuncia OBRAS SOCIALES

aclarar que, a los fines de la integración del fondo de reserva

técnica –antes aludido-, las Obras Sociales suscriptoras del

Convenio autorizaban –título VIII del Convenio de Ejecución y

Préstamo Subsidiario-, a afectar un 3 % de la totalidad del

préstamo otorgado por el Ministerio –porcentaje a ser descontado

en cada desembolso-, para ser transferido en forma automática a

la cuenta especial del referido fondo.

Conforme surge de la cláusula DECIMA del

título V analizado, la Obra Social debía presentar a la U.C.P. en

cada tramo, a los fines de los sucesivos desembolsos y junto a la

solicitud de transferencia:

a) constancia del cumplimiento de metas y objetivos

establecidos en el documento de condiciones de ejecución

para la etapa finalizada.

b) Documentación respaldatoria de los gastos incurridos

financiados con fondos provenientes de la suscripción del

convenio, debiendo la Obra Social incurrir exclusivamente

en gastos elegibles previstos en el Plan de Reconversión y

especificados en el Documento de Condiciones de Ejecución.

c) Un informe detallado de los avances en el cumplimiento de

los objetivos correspondientes al Plan de Reconversión.

De acuerdo a las iniciales formulaciones del

Proyecto de Reconversión, los préstamos serían de hasta un máximo

de tres meses de recaudación de cada Obra Social, según el

promedio de los últimos doce meses, y en caso de requerirse un

monto superior, se evaluaría por la vía de excepción dicha

circunstancia.

24

Page 25: Denuncia OBRAS SOCIALES

El título VI preveía el sistema de reembolsos

de capital e intereses en cuotas: 145 cuotas mensuales para el

capital correspondientes al 1/145 del monto total del préstamo,

siendo la primera el 15/9/99 y la última el 15/9/2011-; y cuotas

mensuales de interés sobre el saldo del capital pagaderas la

primera el día 15 subsiguiente a la fecha del primer desembolso y

la última cuota de intereses el día 15/9/2011, mediante un

sistema de retención automática a realizarse por intermedio del

agente de retención; en tanto el título VII establecía

expresamente que “la falta de cumplimiento por parte de la OBRA

SOCIAL en la implantación del PLAN DE RECONVERSIÓN cumpliendo con

los términos y plazos acordados en el DOCUMENTO DE CONDICIONES DE

EJECUCIÓN, faculta automáticamente al MINISTERIO a cancelar los

importes no desembolsados o comprometidos a ese momento…”,

procediendo el Agente de Retención a la retención de los fondos

correspondientes al monto desembolsado y su afectación para la

inmediata devolución.

Se han investigado en autos las fraudulentas

disposiciones de fondos públicos que en el marco de los Convenios

Internacionales y los de Ejecución Subsidiaria realizaron los

funcionarios del P.R.O.S. a favor de 30 Obras Sociales

Nacionales.

El detalle que sigue incluye algunos datos

respecto de tales préstamos, como así también los datos de las

cuentas bancarias que fueron depositadas las sumas de dienro

asignadas –según lo antes explicado (cuentas puente)-, y de las

actas que aprobaron la inclusión de dichas Obras Sociales en el

Programa de Reconversión de Obras Sociales e INSSJP.

25

Page 26: Denuncia OBRAS SOCIALES

OBRA SOCIAL ACTA COMITÉ N° CUENTA

ALIMENTACION N°9 25/04/1997 4372/94

OSPECON N°19 25/04/1997 4393/15

FIDEEROS N°11 23)05/1997 4395/21

GRAFICOS N° 1 24/02)1997 4397)27

JABONEROS* N°3 24/0211997 4398/30

OSSIMRA* N°7 15/0411997 4399133

ACTIV. MINERA N°2 24/02/1997 4402/38

PRENSA BUENOS

AIRESN°12 10/07/1997 4405/47

PLASTICOS* N°22 23/12/1997 4407/53

VESTIDOS* N°10 25/04/1997 4423159

EST. de SERV. Y

GARAGES de SANTA

FE

N°14 10/07/1 997 4424/62

ENCOTESA* N°5 1/03/1997 4610/55

BANCARIOS N°8 16/04/1997 4614/67

26

Page 27: Denuncia OBRAS SOCIALES

SEGUROS N°6 21/03/1997 461 7/76

FERROVIARLOS* N°32 03/07/1 997 4627185

AGUAS GASEOSAS N°27 05/03/1998 4633/82

OSPEDYC N28 05/03/1998 4637/94

GASTRONOMICOS N°15 01/08/1997 4657/12

LUZ Y FUERZA N°23 23/12/1997 4663/09

EMP. ELECTRLCAS

(OSTEE)N°18 04/09/1997 4664/12

SOMU N°24 23/04/1998 4667/21

PETROLEROS N°25 05/03/1998 4671/12

OSPRERA N°13 10/07/1997 4673/18

TELEFONICOS N°16 01/08/1997 4674/21

TEXTILES N°21 09/12/1997 4675124

TRANSPORTES DE

AUTOMOTORES DE

N26 05/03/1998 4676/27

27

Page 28: Denuncia OBRAS SOCIALES

CORBODA

OBRAS SANITARIAS N°20 28/11/1997 4679/36

OBRAS Y SERV

SANITARIOSN°17 04/09/1997 4690/27

OSECAC N°30 04/11/1998 4691/30

ACTIVIDADES

VITIVINICOLAS N°34 16/12/1 998 4744/01

Tal como se explicó más arriba, las

transferencias de los fondos aprobados y establecidos en el

Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario se realizaban a

través del Banco de la Nación Argentina, a partir del Convenio de

Administración Financiera suscripto con el Banco de la Nación

Argentina.

Dicho documento, suscripto el día 05 de

diciembre de 1996 por el entonces Secretario de Políticas de

Salud y Regulación Sanitaria, Dr. Julio Alberto CALCAGNO y por

Felipe Rodolfo MUROLO como Vicepresidente del Banco, establecía

que las operaciones relativas a los fondos destinados a la

implementación del Programa se realizarían en dicho Banco como

Agente de Retención a través de las siguientes cuentas:

28

Page 29: Denuncia OBRAS SOCIALES

a) cuenta A -4004-AR donde se producirían los desembolsos del

BIRF de los fondos correspondientes al Convenio de Préstamo

4004 AR.

b) Cuenta B -4002/4003 AR donde se producirían los desembolsos

por parte del BIRF de los fondos correspondientes a los

convenios 4002/AR y 4003AR.

c) Cuenta C –FONDOS DE CONTRAPARTIDA NACIONAL: donde se

producirían los desembolsos de la Nación Argentina

correspondientes a la contrapartida nacional del Programa.

d) Cuentas D –PLAN DE RECONVERSION: las que para el sector

privado no financiado, se integrarían con los fondos de las

cuentas B y C, conformando el monto prestado y desembolsado

por el Ministerio para cada Obra Social. A tal fin, a cada

Obra, le correspondería una cuenta D.

Para el caso de las cuentas D, se previó

además, que las mismas serían cuentas internas del Agente

Financiero, cuyos movimientos se producirían por órdenes de

transferencia, débitos y créditos, sin utilización de cheques.

El detalle de las cuentas de este tipo se realizó más arriba

en el cuadro que antecede.

e) cuenta E –fondos de Reserva Técnica: la que se trató de una

cuenta de caja de ahorro, integrada por recursos

provenientes de los descuentos del 3 % de cada

transferencias a realizarse de la cuenta B y de la cuenta

C, a la cuenta D.

f) cuenta F –Recaudadora: donde se depositarían los fondos

retenidos a las Obras Sociales por el Agente de Retención a

efectos de proceder a la posterior cancelación de las

29

Page 30: Denuncia OBRAS SOCIALES

cuotas del repago de los préstamos 4002 AR, 4003 AR y 4004

AR y la de los fondos de Contrapartida Nacional.

Corresponde advertir que conforme la cláusula quinta del

título IV dicho fondo sería utilizado exclusivamente para:

a) cubrir posiciones negativas de caja del Programa, b)

percibida la última cuota de repago de los créditos

otorgados, retornar a la Obra social que hubiera cumplido

con el Convenio de Ejecución el remanente de la Reserva

Técnica, en forma proporcional al aporte originario

efectuado.

g) Cuenta G – Recaudadora Fondo de Contrapartida Nacional:

donde se depositarían los fondos destinados a la

cancelación de los préstamos con origen en los Fondos de

Contrapartida Nacional.

De acuerdo al título V correspondiente al

“Financiamiento de las cuentas”, el procedimiento quedó

establecido de la siguiente manera: una vez firmado el Convenio

de Préstamo Subsidiarios, la U.C.P. solicitaría al Banco una

transferencia de fondos mediante nota suscripta por los

funcionarios habilitados a tal fin y por el monto total del

crédito que surgiera del Plan de Reconversión debidamente

aprobado; luego de las iniciales cancelaciones, y previa

rendición de cuentas, la U.C.P. debía remitir semanalmente un

archivo magnético con los pagos a efectuar, acompañado por la

Planilla de Orden de Pago suscripta por los funcionarios

habilitados para tal fin, debiendo el Banco confrontar los datos

que surgían de las ordenes de pago con el soporte magnético,

30

Page 31: Denuncia OBRAS SOCIALES

debiéndose obtener conformidad entre los mismos para avanzar en

el procedimiento.

A su vez, según la misma norma –cláusula

séptima-, la remisión de la orden se debía efectuar adjuntándose

las Certificaciones de Cuenta emitidas por las filiales en donde

los beneficiarios de los pagos tuvieran radicadas las mismas.

Una vez recibida la Orden de Pago, el Banco

procedería al pago a los acreedores mediante la acreditación en

sus respectivas cuentas, resultando la acreditación de las sumas

de dinero correspondientes, el instrumento de pago respectivo.

Por otra parte, semanalmente el Banco debía remitir un extracto

de las cuentas D, adjuntando copias de las notas de crédito que

respaldaran los débitos efectuados en las respectivas cuentas y

en forma semanal, un extracto de las cuentas A, B, C, E, F, y G

adjuntado los comprobantes que justificaran los respectivos

movimientos.

El plazo de devolución de los préstamos por

parte de las Obras Sociales sería de hasta 15 años, con tres años

de gracia, cancelándose la última cuota de amortización de

capital en septiembre de 2011, siendo la primera en septiembre de

1999.

Cada cuota sería repagada en forma automática

mediante un mecanismo de retención efectuado por la D.G.I. de las

recaudaciones de las Obras Sociales que recibían el Préstamo,

para lo cual se suscribió el Convenio de Retención y Pago

Automático con la Dirección General Impositiva.

Según surge de los informes de fs. 148/154,

los fondos depositados para ser asignados como préstamos a las

31

Page 32: Denuncia OBRAS SOCIALES

Obras Sociales, provenientes del Banco Mundial y la

correspondiente contrapartida nacional, fueron depositados en la

Cuenta de Fondeo –cuenta corriente oficial nro. 4261/75-. Una vez

aprobados los planes de reconversión, se trasladaban los fondos

correspondientes a cada Obra Social, a una cuenta corriente

oficial específica de las obras sociales, depositándose

automáticamente un 3% de cada tramo en la cuenta de Reserva

Técnica –caja de Ahorro 235732/6 también del Banco de la Nación

Argentina-.

Por otra parte, la cuenta Especial de

Depósito del Convenio de Préstamo 4002 AR BIRF, se trató de la

cuenta corriente en dólares 0006111010000 “Ministerio de Salud y

Acción Social -8000/310-BIRF 4002/3 AR” del Banco de la Nación

Argentina, sucursal Nueva York, en tanto la cuenta corriente en

pesos 2826/94 denominada “Ministerio de Salud y Acción Social

8000/310 BIRF 4002/3 AR” y la cuenta corriente en pesos 4261/75

denominada “Programa de Reconversión de Obras Sociales” fueron

abiertas en el Banco de la Nación Argentina, sucursal Plaza de

Mayo.

Respecto de los aportes de contrapartida

nacional, para el Programa de Reconversión de Obras Sociales, la

resolución 6165/96 de la entonces Administración Nacional del

Seguro de Salud dispuso aprobar el compromiso y devengamiento de

la suma de $85.000.000 en cumplimiento del Convenio de Préstamo

4002 AR correspondiente al ejercicio 1996, ordenando su depósito

en la cuenta 2826/94.

La resolución 403/96 del 17/5/96 del

Secretario de Políticas de Salud y Regulación Sanitaria, aprobó

32

Page 33: Denuncia OBRAS SOCIALES

el Manual de Operaciones para la etapa de Ejecución del Programa

de Reconversión de Obras Sociales, el cual fue elaborado

estableciéndose la aplicabilidad de las Normas para Adquisición

de Bienes y Consultorías del BIRF, publicadas en enero de 1995.

El Decreto 442/97 dictado el 21 de mayo de

1997 instruyó a la entonces Dirección General Impositiva –

dependiente del Ministerio de Economía y Obras y Servicios

Públicos, la retención automática de la recaudación

correspondiente al Instituto Nacional de Servicios Sociales para

Jubilados y Pensionados y a las Obras Sociales, de las sumas de

dinero destinadas al pago de los recursos que le fueran asignados

por los Convenios de Ejecución y Préstamo Subsidiarios en el

marco del Programa.

4.- LOS FUNCIONARIOS

En el marco del expediente 2002-11.349-95/3

el 20 de septiembre de 1995 se dictó la decisión administrativa

nro. 26 por la que se asignó responsabilidad en la conducción del

Proyecto de Reforma de las Obras Sociales e I.N.S.S.J.P. al

entonces Secretario de Políticas de Salud y Regulación Sanitaria

del Ministerio de Salud y Acción Social, Dr. Julio CALCAGNO, y se

creó la Unidad Coordinadora del Programa de Reforma de Obras

Sociales e INSSJP.

Nótese que según los considerandos de dicha

norma, para mediados del año 1995 el entonces Ministerio de Salud

y Acción Social se encontraba abocado a la confección del

Programa de Reconversión, el que sería financiado con fondos

33

Page 34: Denuncia OBRAS SOCIALES

provenientes del BIRF, autorizados por carta acuerdo PPF 227-1

AR.

Por otra parte, la resolución 160 del

entonces Ministro de Economía, Obras y Servicios Públicos del 14

de marzo de 1996, suscripta por Dr. Alberto MAZZA, vistas las

recomendaciones surgidas en el Documento de Ayuda Memoria del 1

de Diciembre de 1995 del BIRF, y en tanto las mismas constituían

“condición de negociación”, y por ser “condición de liberación

del primer tramo de fondos del (BIRF) para el financiamiento del

programa”, creó el Comité de Reconversión de Obras Sociales e

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y

Pensionados, formado por tres personas designadas por el

Ministerio de Salud y Acción Social, uno en representación de la

Jefatura de Gabinete de Ministros y a propuesta del Jefe de

Gabinete, uno en representación del Ministerio de Economía y

Obras y Servicios Públicos a propuesta del titular de dicha

cartera, y otro como Director Nacional del Programa en

representación del Ministerio de Salud.

Entre sus funciones, dicho Comité debía

decidir el apoyo financiero para la formulación de los planes de

reconversión, aprobar dichos planes, aprobar el cumplimiento de

las condicionalidades para la liberación de los desembolsos –art.

4 del reglamento que componía dicha decisión administrativa-,

debiendo fundamentar obligatoriamente sus decisiones en razones

técnicas, científicas, legales y de congruencia con el Programa –

art. 17.

La Decisión Administrativa nro. 76 de la

Jefatura de Gabinete de Ministros del 20 de marzo de 1996,

34

Page 35: Denuncia OBRAS SOCIALES

sustituyó el artículo 2 de la decisión administrativa nro. 26/95

estableciendo que la Unidad Coordinadora creada por Decisión

Administrativa 26/95 contaría con tres coordinadores que tendría

a su cargo respectivamente, cada uno de los subproyectos del

Programa, a) el Subproyecto 1: Reconversión de Obras Sociales, b)

el Subproyecto 2: la Reconversión del INSSJP y c) 3: el Apoyo al

Desarrollo de Políticas y Regulación.

Según surge de la documentación acollarada a

estos actuados –ver expediente 202-4147-96-2 donde tramitó el

dictado del decreto aprobatorio de los convenios entre Argentina

y el BIRF-, por resolución MEyOSP 539 del 24/4/96 se designó al

Ministro de Salud y Acción Social, Dr. Alberto MAZZA a suscribir

en representación de la Nación Argentina los convenios de

Préstamo con el BIRF.

Por otro lado, según las constancias de dicho

trámite, para abril de 1996 y previo a la firma del decreto

439/96 el Dr. Julio CALCAGNO revestía el carácter de Secretario

de Políticas de Salud y Regulación Sanitaria, en tanto que el

Licenciado José H. PAVON era Coordinador del Componente Obras

Sociales del Ministerio de Salud, Héctor E. WILDE ejercía

funciones como Coordinador del Componente INSSJP y Roberto

PAGANO, el Coordinador Ejecutivo del Proyecto de Reforma del

Sector Salud.

Por su parte la resolución 202 del Ministro

de Salud y Acción Social, como se expresó más arriba, dictada el

25 de marzo de 1997 aprobó el Modelo de Convenio de Ejecución y

Préstamo Subsidiario.

35

Page 36: Denuncia OBRAS SOCIALES

La resolución 605 del 27 de julio de 2000 del

entonces Ministro de Salud Héctor José LOMBARDO designó al

entonces Secretario de Políticas y Regulación Sanitaria, Dr.

Héctor MONGUILEVSKY como representante titular del Ministerio y

presidente del Comité aludido por la norma anterior, modificó el

art. 2 de la resolución 160/96 incorporando como Miembro del

Comité a la Superintendencia de Servicios de Salud, designando al

Dr. Rubén CANO Superintendente de Servicios de Salud como

representante por dicho organismo, y a los Dres. Ignacio KATZ

en representación de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y

Pablo GERCHUNOFF como representante del Ministerio de Economía.

El decreto 970/01 del 30 de julio de 2001 en

vista de la decisión administrativa 26 del 20/9/953 , el decreto

764 del 11 de junio de 2001 y la resolución del Ex Ministerio de

Salud 959 del 30 de noviembre de 1998, dejó sin efecto la

decisión administrativa 26 del 20 de septiembre de 1995, el art.

4 del decreto 764 del 11 de junio de 2001 y la resolución del

Ministerio de Salud nro. 959, asignándose responsabilidad en la

conducción del Proyecto de Reformas de Obras Sociales e Instituto

Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y del

Programa de Reconversión del Sistema de Seguro de Salud (PRESS)

en forma colegiada a la Subsecretaría de Atención Primaria de la

Salud y a la Superintendencia de Servicios de Salud, creándose a

su vez las unidades coordinadoras del proyecto en la jurisdicción

del Ministerio de Salud.

3 -en tanto aprobó las condiciones orgánicas y funcionales y de estructura del Proyecto de Reforma de Obras Sociales e INSSJP, asignándole responsabilidad de conducción a la entonces Secretaría de Políticas de Salud y Regulación Sanitaria del ex. Ministerio de Salud y Acción Social, a cargo de Julio CALCAGNO-

36

Page 37: Denuncia OBRAS SOCIALES

La decisión administrativa 001/2001 del

6/9/01 Subsecretario de Atención Primaria de la Salud, designó a

Rubén CANO como Director Nacional titular del Programa de

Reconversión de Obras Sociales y a Néstor PEREZ BALIÑO como

Director Nacional suplente; por otro lado para el Programa de

Reconversión del Sistema de Seguro de Salud, BALIÑO fue designado

como titular en tanto que Cano fue instaurado como director

alterno.

Por su parte, la decisión administrativa

2/2001 de fecha 6 de septiembre de 2002 de la Dirección Nacional

PROSS- PRESS creó la figura de Coordinador Adjunto, que podía ser

ejercida por más de una persona.

Posteriormente el decreto 1149/02 del 2 de

julio de 2002 dejó sin efecto el art. 2 del decreto 970/01 y

asignó responsabilidad en la conducción del Proyecto de Reformas

de Obras Sociales e INSSJP y del Programa de Reconversión del

Sistemas de Seguro de Salud en forma colegiada a la Subsecretaría

de Relaciones Sanitarias e Investigación en Salud del Ministerio

de Salud y a la Superintendencia de Servicios de Salud, que para

octubre de 2002 eran conducidos por el Dr. Carlos VIZZOTTI y por

el Dr. Rubén H. TORRES, respectivamente.

De acuerdo a la información colectada –véase

al respecto el informe de fs. 1045/1047, los Coordinadores

Generales del Programa fueron respectivamente: desde el 12/10/95

al 14/2/97 José Humberto PAVON –designado por resolución 13 del

SPSyRS del 12 de octubre de 1995-; desde el 14/2/97 al 14/1/00 el

Dr. Gabriel María VIDART –designado por resolución 8 de la SPyRS-

desde el 14/2/00 al 28/8/01 el Licenciado Jaime Héctor SAIEGH –

37

Page 38: Denuncia OBRAS SOCIALES

designado por Resolución Ministerio de Salud 45 del 14/1/00-;

Luis Victorio CERIANI desde el 28/8/01 al 19/2/02 –designado por

resolución conjunta Subsecretaría de Atención Primaria de la

Salud, nro. 29 y de la Salud nro. 308 del 28/8/01- y sus

coordinadores adjuntos: el Licenciado Gerardo CASARELLO y el Dr.

Guillermo COBIAN designados con fecha 10 de septiembre de 2001

por decisión 1/01 de la Coordinación General del PROS-PRESSAL; y

finalmente el Coordinador General Dr. Saúl Mario ROSSI, desde el

19/02/02 hasta por lo menos fines de 2003 –designado por

resolución conjunta de la Subsecretaría de Atención Primaria de

la Salud nro. 1 y Superintendencia de Servicios de Salud nro. 27

del 19/2/02, siendo su coordinador adjunto el Ingeniero Jorge

BECERRA, designado por decisión 01/02 del Coordinador General

PROSS-PRESSAL de fecha 22 de febrero de 2002.

Surge asimismo del informe de fs. 1192/1194 y

de fs. 2145/2152 que el P.R.O.S. como tal, tuvo su culminación a

mediados de 2004 momento en el cual las actividades pendientes se

traspasaron a la Superintendencia de Servicios de Salud.

Por otra parte, surge del expediente S01-

0220440/2002 del Ministerio de Economía obrante en copia

certificada en el ANEXO X de documentación, que la agencia

responsable de las operaciones de crédito con organismos

internacionales para el Ministerio de Salud era la Unidad de

Financiamiento Internacional a cargo de su presidente, Dr. Oscar

FILOMENA.

A dicha información debe aunarse lo que surge

del expediente 200-10773-02-6 del Ministerio de Salud en el que a

fs. 3, el titular de la dependencia antes mencionada informó que,

38

Page 39: Denuncia OBRAS SOCIALES

para octubre de 2002 la ejecución del Programa de Reforma de las

Obras Sociales se encontraba a cargo de la Unidad Coordinadora

estableciendo el decreto 970/01 responsabilidad en la conducción

del mismo en forma colegiada al Subsecretario de Atención

Primaria de la Salud del Ministerio de Salud y a la

Superintendencia de Servicios de Salud, en tanto que luego del

dictado del decreto 357/02 y de la resolución 550/02 del M.S. la

responsabilidad del Programa se encontró a cargo de la

Subsecretaría de Relaciones Sanitarias e Investigación en Salud

del Ministerio de Salud y a la Superintendencia de Servicios de

Salud.

Así pues ha quedado demostrado por las

pruebas incorporadas que la ejecución del Programa era llevado a

cabo por la Unidad de Coordinación que fue creada a dicho efecto,

dependiente de la Secretaría de Políticas de Salud y Regulación

Sanitaria del Ministerio de Salud y Acción Social, que por

resolución 76 del 26/3/96 la Secretaría designó a los

Coordinadores de los Componentes del Programa, en el marco de la

Unidad Coordinadora –creada por decisión administrativa 26 del

20/9/95 de la Jefatura de Gabinete de Ministros-.

Posteriormente por recomendación y acuerdo

del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos del

Ministerio de Salud y del BIRF, se decidió que se conformaría una

Unidad de Coordinación Administrativa con sede en la Coordinación

General y Gerencia de Administración y Finanzas del Proyecto

PRESSAL –que correspondió al préstamo BIRF 3931/AR-, de manera

tal que las Unidades Ejecutoras de cada componente se abocaran a

39

Page 40: Denuncia OBRAS SOCIALES

la gestión puramente sustantiva y técnica, unificando las

actividades administrativas.

Advierta V.S. que conforme lo informado en su

oportunidad por el entonces Coordinador General del Programa de

Reconversión de Obras Sociales y del Sistema de Seguro de Salud,

Dr. Saúl ROSSI, el proceso de aprobación de los tramos que

componían el Programa de Reconversión, importaban la aceptación

del cumplimiento de las condicionalidades previstas en cada caso,

tarea que era realizada por el Area de Monitoreo de la Unidad

Ejecutiva Central.

El mencionado funcionario señaló así también

que la totalidad de la disposición de los fondos del Programa de

Reconversión la realizaba la U.E.C., al encargarse dicha

dependencia de transferir los fondos desde las cuentas de las

Obras Sociales a la Cuentas de los proveedores/prestadores, en

base a la documentación previamente presentada por cada Obra

Social, y previa realización de una auditoría,4 por lo que no

existían rendiciones de cuenta en sentido estricto.

Como se verá a partir de las pruebas

incorporadas a la investigación, no sólo tales auditorías no

habrían nunca existido como tales, sino que la aprobación de los

TRAMOS correspondientes al cumplimiento de las pautas que debían

ser llevadas a cabo por cada Obra Social para los desembolsos

siguientes, se realizaban de manera automática, con la sola

expresión de que las condicionalidades se encontraban

cumplimentadas, satisfaciendo de manera aparente los recaudos

propios de una recta administración de fondos públicos.

4 El resaltado me pertenece.

40

Page 41: Denuncia OBRAS SOCIALES

Claro está que tal suceder tenía un último

fin, el que, como se dijo más arriba, se encontraba orientado a

desviar de los iniciales objetivos las sumas de dinero de las

arcas públicas destinadas al Programa de Reconversión de Obras

Sociales e Instituto, beneficiando indebidamente a los

integrantes de tales Obras Sociales y de las empresas que,

vinculadas a esas entidades de bien público, recibieron

sistemáticamente sumas de dinero en contraprestación de servicios

de salud o de consultoría cuyo cumplimiento, en mucho de los

casos resulta más que dudoso.

De esta forma, los funcionarios que tenían a

su cargo el resguardo y disposición de los millonarios fondos

correspondientes a los convenios internacionales 4002 AR y 4003

AR –los cuales formaron parte del dinero utilizado para el

Programa de Reconversión de las 30 obras sociales cuyos

desembolsos se analizan en autos- incumpliendo los deberes a su

cargo perjudicaron tales intereses cuya administración y custodia

les había sido asignada, beneficiando indebidamente a las

entidades a las que se les había otorgado préstamos de dinero,

esto es a las Obras Sociales en cuestión.

Seguidamente se analizará lo ocurrido

respecto de cada obra social de las que se detallan a

continuación, indicándose en cada caso las pruebas que llevan a

sostener la existencia de un estado de sospecha que importa que

los imputados sean escuchados en declaración indagatoria.

Para mejor comprensión de lo que sigue, debo

resaltar determinadas nociones básicas y fundamentales que se

vinculan directamente con el análisis realizado.

41

Page 42: Denuncia OBRAS SOCIALES

De acuerdo a la prueba colectada en el

COMPONENTE 1 SANEAMIENTO FINANCIERO la razonabilidad de los

pasivos elegibles para ser cancelados con el Programa estaban

incluidos en el documento: “Documento de Calificación- Guía para

la presentación de la Documentación” y debían resultar de:

a) deudas prestacionales –por atención a los afiliados de la

Obra Social-,

b) No pertenecer a contratado de cápita pagadas por

adelantado,

c) No tener una antigüedad inferior a los 90 días del pedido

de cancelación –el resaltado me pertenece-.

Por otra parte, el procedimiento para

presentación de solicitudes de cancelación de deudas

correspondiente al COMPONENTE 3 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, se

encontraba previsto de la siguiente manera:

1.- para cancelaciones menores a $ 1.000.000: las obras sociales

debían enviar a la Gerencia de Operaciones, junto a las copias de

las facturas originales de cancelación, la siguiente

documentación:

a) copia del contrato suscripto con el adjudicatario de la

contratación, archivado en la UEPOS.

b) en el caso de provisión de equipos, presupuesto detallado

de los bienes a adquirir. De no coincidir con las Condiciones,

debía requerirse una no objeción previa.

c) copias de los términos de referencia que dieran origen a

la contratación.

d) deberán estar suscriptos por el Presidente de la obra

social, apoderado o representante legal y se indicará a qué línea

42

Page 43: Denuncia OBRAS SOCIALES

de acción de las condiciones de ejecución del Plan de

Reconversión está vinculado,

e) en el caso de que se tratara de contratos de provisión de

Hardware o Software, debería incluirse su presupuesto detallado,

f) los montos no podrían exceder de lo convenido, en tanto

su excedente sería a cargo de la Obra Social,

g) la Obra Social sería responsable de la asunción de los

riesgos y de los Términos de Referencia bajo los cuales se

realizaría la contratación o provisión.

f) para las cancelaciones, debía remitirse la documentación

a la licenciada Liliana SINGER.

2.- para contratos por valores iguales o mayores a $1.000.000

a) debía requerirse la no objeción previa, para lo cual la

obra social debía presentar: copia del modelo de contrato a ser

utilizado para la contratación, y copia de los términos de

referencia que serían utilizados para solicitar la línea de

acción a contratar.

b) una vez obtenida la no objeción se procedería de acuerdo

a lo establecido en el punto 1.

Tales pautas fueron notificadas a las obras

sociales por el Dr. Lelio MARMORA, Gerente de Operaciones del

Programa.

Por otro lado, debe tenerse presente que las

solicitudes de desembolso de dinero presentadas ante Banco de la

Nación sobre la cuenta de fondeo y con destino a cada una de las

cuentas puentes y que importó la perpetración de parte de la

maniobra ya relatada, fueron suscriptas por la mencionada Liliana

43

Page 44: Denuncia OBRAS SOCIALES

SINGER –hasta el año 2001-, por el Dr. Gerardo CASARELLO, Gerente

de Monitoreo y Evaluación del PROS –para el año 2001- y

posteriormente Coordinador General Adjunto, por el Lic. Mario H.

GERDEL, Gerente de Operaciones, por la Contadora Hebe OTTONELLO,

como Gerente de Monitoreo y Evolución del PROS, por el Lic. Jaime

SAIEGH como Coordinador, por la Lic. Graciela PESSAGNO, Gerente

Administrativo, por Ing. Luis V. CERIANI Coordinador General,

por4 el Ing. Jorge BECERRA, Coordinador Adjunto -año 2002- y por

el Dr. Saúl ROSSI Coordinador General –para el año 2004-.

5.- OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS

TELEFONICOS –OSTEL-

Conforme surge de la información obrante en

el anexo VI de documentación, la Obra Social OSTEL se encuentra

registrada en el Departamento del Registro Nacional de Obras

Sociales desde el año 1991 bajo el número 1-2070, y de acuerdo a

su estatuto, se trataba de una Obra Social Sindical5, con

funcionamiento administrativo, contable y financiero individual,

inicial domicilio en la calle J.B. Ambrosetti nro. 134 de esta

ciudad, y con ámbito de actuación en todo el territorio de la

Nación6.

La obra social era conducida y administrada

por un Consejo Directivo integrado por cinco miembros titulares,

constituido por un Presidente, un Vicepresidente, un Tesorero, un

Secretario de Acción Social y un Secretario de Actas,

5 Atiéndase a lo previsto en el entonces art. 1 inciso a) de la ley 23.660-6 Tenía por objeto la prestación de servicios médico asistenciales a sus beneficiarios, así como a otros de carácter social, tales como turismo, recreación, deportivos, colonias, vivienda, contando con los siguientes recursos: contribuciones a cargo de los empleadores y los aportes a cargo de los trabajadores que prestaran servicios en relación de dependencia, recursos de distinta naturaleza.

44

Page 45: Denuncia OBRAS SOCIALES

encontrándose dentro de sus funciones y atribuciones ejercer la

administración de la Obra Social.

Asimismo el Presidente debía signar, junto

con el Secretario de Actas todos los contratos que obligaran a la

Obra Social y las escrituras públicas autorizadas por el Consejo

Directivo.

Sus autoridades eran las siguientes:

a) Año 1991: Presidente: Diógenes SALAZAR; Vocales titulares:

Luis Alberto DE LA FUENTE, Edgardo TABASCO, Eusebio SERVANDO

IGLESIAS y Pablo RODRIGUEZ; Vocales suplentes: Roberto Anastasio

TOBARES OLMOS, Félix D´ANGELO, Roberto VARONE, Daniel BUCHER y

Roberto TRIPODI; Revisoras de cuenta: Héctor Norberto PEREZ, José

Alberto GARRIDO y Elena DEL VALLE SANCHEZ.

b) Año 1995: Presidente: SALAZAR; Vocales: DE LA FUENTE,

IGLESIAS, Jorge Bernardo PASSION y Claudio Miguel GARAU.

c) Año 1999: Presidente: SALAZAR; Vicepresidente: Luis A. DE LA

FUENTE; Tesorero: Angel BARREIRO ALONSO; secretario de acción

social: Claudio GARAU; Secretario de actas: Pablo ANDRADA.

5.a.- Del convenio con OSTEL

La aprobación del Plan de Reconversión

presentado por la Obra Social OSTEEL y por consecuencia su

inclusión en el Programa de Reconversión de Obras Sociales fue

decidido por el Comité del Programa por acta nro. 16 del 1/8/97,

integrada por el Dr. Roberto PELUSO por el Ministerio de Salud y

Acción Social, el Dr. Alberto ABAD por la Jefatura de Gabinete de

Ministros y por el Dr. César ZAURDO por el Ministerio de

Economía, Obras y Servicios Públicos, y en atención al dictamen

45

Page 46: Denuncia OBRAS SOCIALES

técnico emitido por la Unidad Ejecutora del Programa, en el que

se recomendaba la aprobación del Préstamo Subsidiario, basado en

el dictamen de una firma Consultora Calificadora de Riesgos.

En dicha oportunidad se aprobó el crédito a

la Obra Social en cuestión por la suma de 6.252.800 U$S, más un

3% para el fondo de reserva técnica.

Adviértase que no se cuenta en autos con el

dictamen de la Consultora de Riesgos, ni tampoco con algún acta o

evaluación efectuada con motivo de la selección entre el universo

de Obras Sociales presentadas, a los fines de la aprobación de

una u otra entre todas las que se presentaron al programa, por lo

que se desconoce los motivos por los cuales OSTEL fue incluida en

el Programa de Reconversión.

La ausencia de tales documentos se repite en

todos los casos que se analizarán en esta presentación, por lo

que salvo la fecha y el monto de los convenios a los que aluden

los sucesivos dictámenes del Comité de Evaluación7, lo expuesto

precedentemente resulta extensible para los casos de todas las

Obras Sociales que se analizarán.

El 21 de agosto de 1997, Guillermo BONAMASSA

como Secretario de Política y Regulación de Salud y Claudio M.

GARAU vocal de la Obra Social del Personal Telefónico de la

República Argentina –registro 1-2070 de la Administración de

Seguro de Salud-, suscribieron el Convenio de Ejecución y

Préstamo Subsidiario de Reconversión de Obras Sociales, en los

términos del convenio modelo antes detallado, por la suma de U$S

6.440.384 de los cuales:

7 Contenido del acta idéntico en todos los casos.

46

Page 47: Denuncia OBRAS SOCIALES

a) U$S 6.252.800 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

b) U$S 187.584 corresponderían al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica.

De acuerdo a lo pautado en el título IV “Del

Préstamo” cláusula SEPTIMA: el monto a transferirse a la cuenta

asignada a la Obra Social radicada en el Agente Financiero

estaría compuesta de:

a) hasta la cantidad de 5.525.800 u$s para el componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

b) hasta la cantidad de 1.000.000 U$S para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, especificándose en el

anexo III, los montos a ser aplicados para cada una de

las líneas programadas del Componente.

c) Hasta la cantidad de 187.584 U$S para el Fondo de Reserva

Técnica.

Tal como se encontraba previsto en el

Convenio Modelo, la U.C.P. solicitaría la transferencia de los

fondos al Agente Financiero correspondientes al primer desembolso

a partir de la entrada en vigencia del convenio, estableciéndose

en el anexo III las metas y plazos para el cumplimiento de la

ejecución del Plan de Reconversión que la Obra Social se

comprometía a cumplir; estableciéndose que para los futuros

desembolsos, la transferencia de los fondos de la Obra Social

sería solicitada por la U.C.P. al Agente Financiero en la medida

en que se cumplieran las condiciones pactadas en el Convenio.

47

Page 48: Denuncia OBRAS SOCIALES

Adviértase que –tal como ha sido explicado al

relatar las pautas del convenio modelo-, tal solicitud no debía

ser automática sino que se encontraba condicionada no sólo al

cumplimiento de las condiciones previamente fijadas, sino a

partir de la obligatoria presentación de la solicitud de

desembolsos que la Obra Social debía elevar a la U.C.P. con:

a) la constancia del cumplimiento de las metas y objetivos

b) la documentación respaldatoria de los gastos incurridos

con fondos del convenio,

c) un informe detallado de los avances en el cumplimiento de

los objetivos correspondientes al Plan de Reconversión

Tal como surge del anexo I del Convenio, el

12 de agosto de ese año, reunido el Consejo Directivo de la Obra

Social encontrándose presentes el presidente Diógenes SALAZAR,

Luis DE LA FUENTE, Claudio GARAU, Eusebio IGLESIAS y Jorge

PASSION, el primero de los nombrados como cuarto punto de la

orden del día, informa haber recibido una Comunicación del

Programa de Reconversión de Obras Sociales por el que se

informaba que había aprobado el préstamo oportunamente solicitado

otorgándose la suma aproximada de 6.250.934 u$s.

En dicha reunión DE LA FUENTE habría

informado al resto de los presentes, haber consultado sobre el

particular al Departamento Legal de OSTEL, el que luego de

analizado el contrato no formuló objeciones, aprobándose pues en

dicha reunión, por unanimidad, la moción en cuestión, como así

también la designación de GARAU para suscribir la documentación

necesaria para la formalización del Convenio.

48

Page 49: Denuncia OBRAS SOCIALES

En el anexo III del Convenio titulado

“CONDICIONES DE EJECUCION” se establecieron como acciones y

actividades a ser desarrolladas por la Obra Social en cuestión,

en el marco del Plan de Reconversión, las siguientes:

PRIMER TRAMO del día 1ª al noventa –entendiéndose el 1ª día

como el día en que se produce la primera cancelación de deudas de

la Obra Social de cualquier de los 3 componentes del Programa-:

COMPONENTE 1 cancelación pasivos por prestaciones

médicas: $ 1.750.934.-

COMPONENTE 3 fortalecimiento institucional: $ 190.000

MONTO TOTAL AL PRIMER DESEMBOLSO 2.250.934 $

Nótese al respecto que de acuerdo a la

llamada que se observa en la primer hoja del documento que se

analiza, las cifras que se establecieron como tope para el

COMPONENTE 1, reflejaban valores nominales previos a la

negociación con los prestadores, pudiendo ser ellos finalmente

menores de acuerdo a las resultas de dichas negociaciones8 y

autorizándose a que el monto remanente entre el aprobado para la

cancelación de los pasivos por prestaciones médicas y el

efectivamente pagado pudiera ser utilizado para los otros dos

COMPONENENTES del Plan, previa autorización de la U.E.P.O.S.

Como se verá más adelante, las pruebas

permiten inferir que tales negociaciones no habrían existido, o,

peor aún que las facturas que fueron pagadas en concepto del

COMPONENTE 1, lo fueron sin su correspondiente “conforme”, es

8 Las que nunca existieron y no sólo en el caso de OSTEL sino en todos los casos.

49

Page 50: Denuncia OBRAS SOCIALES

decir, sin practicarse a su respecto auditorías o controles de

las prestaciones efectivamente realizadas sobre lo facturado9.

Aúnese a ello que, como se verá del relato

que siguen, los pagos efectuados lo fueron a firmas cuyos

titulares o responsables se encontraban vinculados a las máximas

autoridades de la Obra Social, como así también de otras que se

analizarán oportunamente a lo largo de este dictamen.

Por otro lado, no puede soslayarse que los

montos consignados y que correspondía al tope que por cada

COMPONENENTE conformaba el préstamo autorizado -y lo que

realmente debía gastar la Obra Social a los fines del Plan-, se

reflejan en todos los ítems en moneda nacional, cuando el

Convenio de Préstamo Subsidiario se había firmado –con OSTEL y

todas las Obras Sociales- en dólares estadounidenses,

realizándose sus desembolsos en pesos equivalentes, y según el

cambio vigente a la fecha en que se produjeran los mismos.

SEGUNDO TRAMO: día noventa al ciento ochenta.

COMPONENTE 1: $ 1.750.933

COMPONENTE 3: $ 250.000

MONTO TOTAL: $ 2.000.933

TERCER TRAMO: día ciento ochenta y uno a trescientos

COMPONENTE 1: $ 1.750.933

COMPONENTE 3: $ 250.000

TOTAL: $ 2.000.933.

9 Adviértase que en la mayoría de los casos, las deudas registradas en concepto de prestación, obedecían a contratos capitados, sujetos a un pago fijo por cápita –afiliado- mensual, lo que importa considerar el necesario control de dicha facturación, aplicar aquellos débitos que podrían haber surgido de ese control, y pagar finalmente lo que resultara, previa negociación.

50

Page 51: Denuncia OBRAS SOCIALES

En el Anexo VI de documentación surge además

el detalle de las cuotas de retención a abonar correspondientes a

la devolución del préstamo por parte de OSTEL proyectadas desde

el 01/10/99 al 11/10/2011.

Ahora bien, conforme tal diseño, la ejecución

del Convenio de Préstamo Subsidiario llevado a cabo por los

funcionarios a cargo del Programa de Reconversión de Obras

Sociales, a partir de la disposición patrimonial efectuada de los

fondos asignados de los créditos 4002/3 AR y de contrapartida

nacional, que se refleja en los créditos que ostenta la cuenta

corriente oficial registrada a nombre de OSTEL nro. 4674/21 fue

la siguiente:

* 05/09/97 crédito por la suma de $ 2.250.934 –codigo CV

comprobante 3-.

* 3/10/97 débito por la suma de $ 1.750.934 –código DV

comprobante 9-. Nótese que dicho débito corresponde exactamente

a la suma que correspondía utilizar para el componente 1 –

SANEAMIENTO FINANCIERO- durante el TRAMO 1.

* 14/11/97 débito –código DV comprobante 11- por la suma de $

300.0000 -que corresponde con el 60% de lo que correspondía

utilizar para el componente 2 –FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL-

durante el TRAMO 1.

* 04/02/98 crédito –código CV comprobante 12-, por la suma de $

2.000.933, corresponde al desembolso del TRAMO 2.

06/02/98 dos débitos –código DV comprantes 15 y 16- por la suma

de $ 1.750.933 y $ 299.000. Nótese que el primero corresponde a

la cantidad exacta que correspondía al total del desembolso para

el TRAMO 2, componente 1.

51

Page 52: Denuncia OBRAS SOCIALES

* 13/02/98 débito –código DV comprobante 18- por la suma de $

51.000,

* 05/06/98 débito –código DV comprobante 20- por la suma de

100.000 $.

* 22/9/98 crédito –código CV por la suma 2.000.933-. Monto que

corresponde exactamente a la suma asignada para el TRAMO 3.

* 25/9/98 débito por $ 1.884.066 –código DV comprobante 23-.

Monto que supera el total asignado para el componente 1 del TRAMO

3.

* 12/3/99 débito –código DV comprobante 26- por la suma de $

76.000,

* 15/9/99 débito por la suma de $ 18.000 –descripción varios

comprobrante 29-,

* 19/11/99 débito por la suma de 7.867 $ -descripción varios

comprobante 31-,

* 10/03/00 débito por la suma de $ 15.000 –descripción varios

comprobante 34-, quedando la cuenta en saldo 0 $, hasta la

actualidad.

5.a.1.- Ejecución del TRAMO 1

Por nota 8513 del 05 de septiembre de 1997,

el Dr. Lelio H. MARMORA Gerente de Operaciones del Programa de

Reconversión de Obras Sociales y el Licenciado Walter E. HONDARRE

Gerente de Administración y Finanzas de Programa de Reforma del

Sector PRESSAL, se instruyó al Banco de la Nación Argentina a que

actuara como Agente Financiero del Programa de Reconversión de

Obras Sociales con débito a la cuenta corriente 4261/75 “Plan de

Reconversión de Obras Sociales” y su acreditación a la cuenta

52

Page 53: Denuncia OBRAS SOCIALES

interna 4674/21 de la Obra Social, la suma de $ 2.250.934

correspondiente al 1er. TRAMO, como así también la acreditación

en la cuenta 235732/6 –caja de ahorro de la reserva técnica- la

suma de $ 67.528,02.

Ese mismo día se acredita en la cuenta

4674/21 la suma de 2.250.934 conforme surge de la nota de crédito

original obrante en el anexo XIX de documentación.

Recuérdese que dicho día debía ser el día de

comienzo del TRAMO 1, debiendo culminar el Programa para OSTEL a

los 300 días a contar desde el 05 de septiembre de 1997. Conforme

se verá no sólo dicho plazo no se cumplió, sino que no mereció

ningún comentario por parte de los funcionarios a cargo del PROS.

Asimismo, para el COMPONENTE 3, fue utilizado

en el TRAMO 1, sólo un 60% sin autorización al respecto, ni

elementos que justificaran tal decisión, incrementándose el 40 %

restante para el TRAMO 2.

5.a.2.- Ejecución del TRAMO 2

El 21 de enero de 1998 Diógenes SALAZAR en su

carácter de Presidente de OSTEL solicita al Coordinador del

Programa Gabriel VIDART, autorización para el desembolso del

Tramo II, en virtud del cumplimiento de la obra social de los

requisitos establecidos en la cláusula NOVENA y DECIMA.

Ahora bien, el 21 de enero de 1998 por NOTA

2589, Lila Rico de BADARACCO como Gerente de Monitoreo y

Evaluación del PROS y Carmen ODASSO Oficial de Monitoreo, insta a

la Obra Social –luego de un análisis efectuado de la

certificación del cumplimiento del TRAMO 1-, a determinadas

53

Page 54: Denuncia OBRAS SOCIALES

acciones que debían ser llevadas a cabo por la Obra Social para

el 2do. TRAMO, acciones que, a decir por su contenido, no

resultaban de menor importancia para tener por cumplidos los

objetivos y las metas del Programa.

Nótese que entre tales recomendaciones

surgían la de “Contemplar la cobertura de acciones de promoción y

prevención, urgencias y emergencias, respectar los valores de los

coseguros del Programa Médico Obligatorio, presentar los

contratos de los servicios médicos asistenciales, ajustar el

padrón de beneficiarios, finalizar la elaboración del Manual de

Procedimiento de Auditoría”.

Sin perjuicio de las mismas –ver nota

obrante en el anexo XIX-, al día siguiente, los mismos

funcionarios se dirigieron al Coordinador del Programa, VIDART,

informándole que la Obra Social OSTEL había dado cumplimiento con

el TRAMO 1 del Programa, encontrándose en condiciones de

accederse al desembolso de lo aprobado por Convenio de Ejecución.

Respecto de esas recomendaciones, sólo se hizo hincapié en la

solicitud que se había realizado a la Obra Social sobre

determinadas acciones para el 2do. TRAMO.

Asimismo se hace alusión a determinada

documentación que se adjuntaría a tal informe y que consistía en

planillas de resumen de cumplimiento, informe de la Consultora

CASALS INTERNATIONAL LTD. de condicionalidades y una nota de las

acciones a ser cumplidas en el 3er. TRAMO.

En la carpeta correspondiente obrante en el

anexo XIX donde se encuentra agregada dicha nota, solo obran

54

Page 55: Denuncia OBRAS SOCIALES

adjuntas a la misma una planilla en tres fojas que dan cuenta de

las siguientes circunstancias:

a) que para el TRAMO 1 COMPONENTE 1 se habían utilizado

hasta esa fecha 1.750.934 $ correspondientes al 100% de

lo proyectado.

b) Para el TRAMO 1 COMPONENTE 3 se habían utilizado 300.000

$ correspondientes al 60 % de lo proyectado –en tanto el

total eran 500.000 $-

El 26 de enero de 1998 el Dr. Lelio H.

MARMORA Gerente de Operaciones del Programa de Reconversión de

Obras Sociales, solicitó por NOTA 2608 al Secretario de Política

y Regulación de la Salud, Guillermo BONAMASSA, el desembolso

correspondiente al segundo tramo, de acuerdo a lo establecido en

la cláusula NOVENA del convenio de Préstamo, adjuntándose –según

esa nota-, la documentación de la cláusula DECIMA. A al efecto y

“mediando la No Objeción por parte de la Coordinación, dicha

Unidad Ejecutora solicitaba la autorización correspondiente a fin

de efectivizar la transferencia de los fondos para el inicio de

la etapa subsiguiente”.

Conforme surge de la documentación obrante en

el anexo XIX, la NOTA 170/98 del 27 de enero de 1998 del

Secretario de Política y Regulación de Salud, Guillermo R.

BONAMASSA, expresa que “atento lo informado por la consultora

CASALS INTERNATIONAL LTD. y por la Gerencia de Monitoreo y

Evaluación, teniendo en consideración lo propuesto por esa

Coordinación del PROGRAMA DE RECONVERSIÓN DE OBRAS SOCIALES

(PROS)…(se)... acuerda autorización solicitada para efectivizar

la transferencia de fondos correspondientes al tramo II”.

55

Page 56: Denuncia OBRAS SOCIALES

Por NOTA 2650 del 30 de enero de 1998, el

Dr. Lelio H. MARMORA Gerente de Operaciones del Programa de

Reconversión de Obras Sociales y el Licenciado Walter E. HONDARRE

Gerente de Administración y Finanzas del Programa de Reforma del

Sector PRESSAL, instruyeron al Banco de la Nación Argentina a que

actuara como Agente Financiero del Programa de Reconversión de

Obras Sociales con débito a la cuenta corriente 4261/75 “Plan de

Reconversión de Obras Sociales” y procediera a la acreditación a

la cuenta interna 4674/21 de la Obra Social, la suma de $

2.000.933 correspondiente al 2do. Tramo, como así también la

acreditación en la cuenta 235732/6 –caja de ahorro de la reserva

técnica- la suma de $ 60.027,99.

El Coordinador del PROSS Gabriel VIDART el

30/1/98 notifica por memorando dirigido a la Gerencia de

Operaciones, Dr. Lelio MARMORA, la autorización otorgada por el

Director del Programa para la transferencia de los fondos

correspondientes al TRAMO II, instruyéndolo para que se proceda a

la transferencia de los fondos correspondientes.

Dicha transferencia se realizó el día 04 de

febrero de 1998 conforme surge de la nota de crédito original

obrante en el anexo XIX de documentación.

5.a.3. Ejecución del TRAMO 3:

Como antecedentes de la finalización del

TRAMO 2, se cuenta en autos con la NOTA 4546 –anexo I XIX - de

la Gerente de Monitoreo y Evaluación Lila Rico de BADARACCO de

fecha 24 de julio de 1998, con firma de la Dra. Carmen ODASSO

Oficial de Monitoreo, por la que informan a OSTEL que toda vez

56

Page 57: Denuncia OBRAS SOCIALES

que la Consultora CASALS INTERNATIONAL LTd. había certificado el

cumplimiento de los Componentes comprendidos en el TRAMO 2,

habiéndose aprobado el cumplimiento del mismo –el resaltado me

pertenece- a partir del análisis efectuado por la Gerencia de

Monitoreo y Evaluación, realizado sobre la base del informe

técnico, la Obra Social se encontraba en condiciones de solicitar

el desembolso del TRAMO 3. A todo evento adviértase por dicha

nota los funcionarios en cuestión le envían un “MODELO PARA

SOLICITAR EL DESEMBOLSO”

Sin embargo en dicha nota se expresa que “de

la evaluación realizada por la Consultora surgen algunas

observaciones que deberán ser salvadas por la Obra Social en el

transcurso del 3ª Tramo y que no invalidan el cumplimiento del

2ª.”

Obra a fs. 74/85 de la carpeta del anexo XIX

la información remitida por CASALS INTERNATIONAL LTD. referente

al cumplimiento de las condicionalidades del TRAMO 2. Dicho

informe se encuentra suscripto por el Gerente de Operaciones

Alejandro Devoto, y en el final del mismo se lee “con respecto a

la inscripción en la S.S.S. de prestadores, informan haber

cursado nota a todos los prestadores solicitando la actualización

de la inscripción en el citado registro, a los efecto de

practicar las verificaciones correspondientes”. Téngase en

consideración que mientras tal constancia refleja por sí la

inexistencia de tales registros por lo menos a la fecha del

informe -13 de julio de 1997-, por NOTA 4331 del 05 de junio de

1998, se había instando “para poder acceder al 3ª Tramo, se

solicita a la Obra Social que, para el 20/6/98” –el resaltado

57

Page 58: Denuncia OBRAS SOCIALES

surge textualmente de la nota-, debía entre otras acciones

enmendar los convenios firmados incluyendo la inscripción en la

Superintendencia de Seguros de Salud de los prestadores, debiendo

presentar toda la documentación correspondiente a la firma CASALS

INTERNATIONAL LTD. a los fines de las evaluaciones.

Ahora bien, el mismo día que fue dictada la

NOTA 4546 por nota 4547 los mismos funcionarios antes citados se

dirigieron al Vocal de OSTEL, Claudio GARAU, en base a los mismos

informes que antes habían tenido en cuenta para afirmar que se

había aprobado el cumplimiento del TRAMO 2, solicitándole a la

Obra Social que para el TRAMO 3 realizara determinadas acciones

que importaban el cumplimiento cabal de las líneas de acción,

además de instar a que a principios del mes de agosto se

presentara a la Consultora CASALS la información económica

financiera al 31/5/98 para realizar la medición nro. 2 de los

indicadores económico financieros.

Ahora bien, conforme surge de los folios

60/67 de la carpeta obrante en el Anexo XIX la decisión de los

funcionarios del PROSS no se condecía con el cumplimiento

observado hasta ese momento por la Obra Social –y mucho menos,

como se verá con los finales destinos que tuvo, realmente, el

dinero asignado-.

Si se atiende al análisis efectuado en el

Informe de Monitoreo y Evaluación suscripto por la Licenciada

Silvia PRIETI y el Licenciado Fabián MUÑOZ, podrá apreciarse que

el incumplimiento detectado determinaba como posible decisión de

los funcionarios del PROS, diferir el pago de las facturas

correspondientes a la línea incumplida o instar el cumplimiento

58

Page 59: Denuncia OBRAS SOCIALES

de las acciones antes de la aprobación del TRAMO y del pago

correspondiente, habiendo optado los funcionarios en cuestión por

la opción más beneficiosa para los intereses de la Obra Social

que consistía justamente en dar por cumplidas las condiciones del

TRAMO en cuestión, habilitar el siguiente desembolso y solicitar

que en el Tramo siguiente se observaran los recaudos formulados.

Nótese que, para este último caso, hubiera

resultado factible la celebración de ADDENDUM al contrato

original el que no consta entre la documentación obrante en

autos.

Por otra parte corresponde atender a los

resultados obtenidos en la 2da Medición de los indicadores

económicos – financieros obrantes, según el informe firmado por

Carmen ODASSO Oficial de Monitereo en lo que respecta al

indicador PASIVO PRESTACIONAL, en tanto “de acuerdo al Flujo de

Fondos presentado en el Plan de Reconversión, se suponía haber

cancelado la totalidad del pasivo por deudas prestaciones

habiendo utilizado el 100 % del componente Saneamiento

Financiero”, cuando “a la fecha de la medición, 31/5/98, faltaban

utilizar $ 1.750.933 que se liberarán en el 3ªTramo, con lo cual

se estaría justificando el desvío observado.” –véase al respecto

también lo que surge de fs. 347/352-

Con fecha posterior a que los funcionarios

del Programa dieran su visto bueno al cumplimiento del segundo

tramo, el 28 de julio de 1998 Claudio GARAU, en calidad de

Director de OSTEL por nota ingresada el mismo día al PROSS

solicita formal autorización para el desembolso correspondiente

al TRAMO III.

59

Page 60: Denuncia OBRAS SOCIALES

Ahora bien, conforme se verá a continuación

tales antecedes, lejos de importar para los funcionarios

actuantes información de trascendente importancia para analizar

el desembolso del TRAMO 3, constituyeron documentación que sólo

implicó solicitar a la Obra Social tomar ciertos recaudos para el

cumplimiento de ese último Tramo.

El 15 de septiembre de 1998, y ya contando

con un informe de la consultora CASALS posterior a las notas

recién aludidas -de la Gerencia de Monitoreo-10, VIDART informa a

la Obra Social sobre el “satisfactorio” grado de cumplimiento de

las Condiciones del TRAMO II que habían sido transferidas al

TRAMO III, y las del TRAMO III, “informando” a la Obra Social que

“remita a la brevedad nota solicitando formalmente el paso al

Tercer Tramo.”

Nótese al respecto que en dicha nota nro.

4855 se da cuenta del cumplimiento del componente Saneamiento

Financiero en un 100 %, al igual que en la nota 4865 del 16 de

septiembre de 1998, suscripta por VIDART y dirigida al Director

Nacional BONAMASSA. Mas repárese que en esta última, sin

perjuicio de otorgar un grado de cumplimiento para el componente

SANEAMIENTO FINANCIERO del 100 %, hace clara referencia al

diferencial negativo entre los Pasivos Prestacionales proyectados

y los reales, “generado” por la demora en la implementación del

Plan, y aclarando que “…en la medida en que se le autorice a

pasar al Tramo III, el Saneamiento Financiero que corresponde a

10 –obsérvese además que con esa fecha obra a fs. 310/311 un informe de “Monitoreo” que reza “Informe de especialista” firmado por Dr. Néstor A. Aldao desconociéndose sus funciones o la repartición o firma a la que pertenece, y que parecería justificar el paso siguiente toda vez que en su parte final se observa: “en consideración a los ítems es que nuestra especialidad no encuentra objeción alguna al paso de la obra social de OSTEL al próximo tramo del crédito solicitado”

60

Page 61: Denuncia OBRAS SOCIALES

éste período pondrá en orden este indicador, ya que deberá

cancelarse alrededor de $ 2 millones de Pasivos Prestacionales.”

Sin perjuicio de estas salvedades, ese mismo

día -el 15 de septiembre de 1998- GARAU como Director de OSTEL

solicita al Coordinador VIDART su autorización para la ejecución

del TRAMO III del Plan.

Al día siguiente VIDART remite a BONAMASSA

la nota 4865 considerando cumplidos los objetivos del TRAMO II y

viable el paso al TRAMO III.

Por memorando del 22/9/98 una vez más Gabriel

VIDART Coordinador del Programa de Reconversión, notificó a la

Gerencia de Operaciones la autorización otorgada para la

realización de la transferencia de fondos correspondientes al

TRAMO III, en virtud del cumplimiento de la cláusula NOVENA y

DECIMA.

Por NOTA 1248/98 -SPRS- del 28 de septiembre

de 1998, suscripta por Guillermo BONAMASSA en su carácter de

Secretario de Política y Regulación de la Salud, y “atento el

cumplimiento de condicionalidades realizado por la Consultora

CASALS INTERNACIONAL Ltda. y teniendo en consideración lo

manifestado y propuesto por esa Coordinación del PROGRAMA DE

RECONVERSIÓN DE OBRAS SOCIALES (PROSS), en la Nota 4865 del

16/9/98, se acuerda autorización solicitada para efectivizar la

transferencia de fondos correspondientes al Tramo III, de acuerdo

a lo establecido en el Convenio”

Por NOTA 01992 del 22 de septiembre de 1998

–pasados en exceso los 300 días desde el día 1 del Programa para

OSTEL- el Dr. Gabriel VIDART Coordinador del Programa de

61

Page 62: Denuncia OBRAS SOCIALES

Reconversión y el Licenciado Walter E. HONDARRE Gerente de

Administración y Finanzas de Programa de Reforma del Sector

PRESSAL, solicitaron al Banco de la Nación Argentina que

acreditara en la cuenta interna 4674/21 de la Obra Social, la

suma de $ 2.000.933 correspondiente al 3er. TRAMO, como así

también la acreditación en la cuenta 235732/6 –caja de ahorro de

la reserva técnica- la suma de $ 60.027,99.

Ese mismo día se acredita en la cuenta

4671/21 de la Obra Social la suma indicada más arriba, conforme

surge de la documentación original obrante en el anexo XIX de

documentación.

Ahora bien, nótese el contenido y formato de

la nota 6459 –fs. 228/231 del expediente obrante en el anexo XIX-

suscripta por VIDART de fecha 19 de noviembre de 1999 y de su

similar -de la misma fecha- firmada por BONAMASSA.

Ambas notas resultan idénticas, variando tan

sólo en su encabezado y en su parte final, siendo que en el

primer caso –nota 6459- VIDART como Coordinador del Programa se

dirige al Subsecretario de Fiscalización y Regulación Roberto

PELUSSO y en el segundo, PELUSSO se dirige –reitero, con la misma

fecha-, al Director Nacional del Programa, Guillermo BONAMASSA.

En este sentido, ambos funcionarios informan

a las instancias siguientes sobre su no objeción para que se

tenga por aprobado el TRAMO III, con un idéntico formato y

contenido –de la información-, considerando cumplidos los

objetivos del programa en un 100%11, dando por así formalizadas

las “necesarias” aprobaciones de ambas dependencias: la Unidad

11 con algunas salvedades relacionadas con la baja en los Ingresos por Aportes y Contribuciones cobrados debido a la merma en el padrón de afiliados.

62

Page 63: Denuncia OBRAS SOCIALES

Ejecutora del Programa: por el Coordinador del mismo VIDART y por

parte de la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización:

BONAMASSA.

Como antecedentes de dicha aprobación, consta

a fs. 233 de la carpeta aludida del anexo XIX una nota del 17 de

agosto de 1999 por la cual Diógenes SALAZAR remite a VIDART la

formal solicitud de aprobación del TRAMO III –el resaltado es

propio-, y según se lee adjuntando a tal fin 8 carpetas

conteniendo información relacionada con los componentes del

programa.

Asimismo obra en la foja 268 otra misiva del

día siguiente, del mencionado SALAZAR y dirigida una vez más a

VIDART por la cual solicita otorgar un plazo extendido hasta el

20 de agosto para la entrega de la Carpeta de Cumplimiento de la

Condicionalidades correspondiente al tramo III.

Tal como surge de la foja 69/73 de la carpeta

de OSTEL obrante en el anexo XIX, el 30 de noviembre de 1999,

Guillermo BONAMASSA por NOTA 1736/99 refiere que “atento el

Informe de Cumplimiento de Condicionalidades, y tendiendo en

consideración lo manifestado y propuesto por la Coordinación del

PROGRAMA DE RECONVERSIÓN DE OBRAS SOCIALES (PROSS) en la nota

6459 del 19 de noviembre ppdo. y la conformidad expresada por el

Señor Subsecretario de Regulación y Fiscalización en la Nota s/nº

de fecha 19 de noviembre del corriente año, se aprueba lo actuado

con relación al Tramo III (último), de Préstamo Subsidiario

oportunamente suscripto con la OBRA SOCIAL del PERSONAL

TELEFONICO de la REPUBLICA ARGENTINA”. –lo resaltado me

pertenece-

63

Page 64: Denuncia OBRAS SOCIALES

En consecuencia el Coordinador VIDART el 01

de diciembre de 1999 se dirige al a Obra Social en la persona de

su presidente dando por cumplidos en un 100 % los objetivos del

programa. Una vez más la nota remitida resulta idéntica a

aquellas por la que los funcionarios antes mencionados elevaran a

BONAMASSA su entender sobre el particular.

Ahora bien, recordando la fecha en que debía

finalizar el convenio, y la fecha en la cual Diógenes SALAZAR

solicitó la aprobación del TRAMO III -17 de agosto de 1999-,

adviértase que la orden de pago nro. 929 correspondiente a un

pago a la firma SELDOM S.A. por la suma de 7.867,00 $ en concepto

de prestaciones médicas por factura 0001-00001276 –que se remonta

al 18 de noviembre de 1999-, y la orden de pago nro. 877

correspondiente a un pago a la firma A.V. & ASOCIADOS en

concepto de “c/ cargo CFI 006 factura 0001-00000095” datan de

meses después de la solicitud de aprobación por parte del OSTEL

del último TRAMO del Plan, y para el caso de la orden de pago 929

la misma se encuentra extendida un día antes de que VIDART y

BONAMASSA tuvieran por cumplidos en un 100% -en forma idéntica

como expresé-, las pautas del Convenio de Ejecución para el TRAMO

III.

Mal podría tenerse entonces por cumplido a lo

menos el COMPONENTE 1 cuando a la fecha de la solicitud del

Presidente de OSTEL aún no se había liberado –por lo menos- la

orden de pago de uno de los “pasivos” que registraba la Obra

Social OSTEL.

A todo evento nótese que conforme surge de la

nota 6234 del 16 de junio de 1999 suscripta por Gabriel VIDART,

64

Page 65: Denuncia OBRAS SOCIALES

el 24/01/99 era la fecha de finalización del TRAMO III –fs. 269-,

y a esta dicha fecha no se había recibido de la obra Social la

Carpeta de Cumplimiento de Condicionalidades correspondientes a

dicho TRAMO y la nota del 26 de julio de 1999 por la que el

Contador Jorge PRIETO Gerente de Operaciones del PROSS y otro

funcionario cuya rúbrica resulta ilegible, remiten a OSTEL el

formato tipo para la elaboración de los Informes Finales de la

ejecución del Plan de Reconversión que se llevó a cabo con el

financiamiento del PROSS –fs. 270-.

La última de las notas aludidas resulta –una

vez más-, idéntica a la obrante a fs. 285 correspondiente a la

numerada 5567 suscripta por el Coordinador VIDART, aunque esta

última es del 06 de enero de 1999.

De esta manera, obsérvese que para enero de

1999 OSTEL debía haber “culminado” con cualquier pauta o meta

relacionada con el Programa –que debía terminar a los 300 días

del día 05 de septiembre de 1997-, sin perjuicio de lo cual

después de meses de dicha oportunidad no habían terminado la

cancelación de los pasivos ni elevado siquiera el informe final.

Así también nótese que la orden de pago 698

correspondiente a la solicitud de depósito en la cuenta del

proveedor SOFT SALUD S.A. –facturas 0001-00000005/6/7/8- data del

11 de marzo de 1999 y asciende a la suma total de 753.583,64 $.

Tal orden se encuentra firmada por Gabriel VIDART y por Walter

HONDARRE Coordinador y Gerente de Administración y Finanzas del

PROSS –véase al respecto la foja 276, y la nota 5920 de fs. 277

del expediente obrante en el anexo XIX dirigida por VIDART a la

firma CASALS INTERNATIONAL LTDA.-.

65

Page 66: Denuncia OBRAS SOCIALES

5.b.- Del dinero desembolsado.

Ahora bien, de la información correspondiente

al anexo XIX las disposiciones del dinero del erario público que

se ordenaron acreditar en la cuenta de la Obra Social

correspondieron al siguiente detalle:

a) en lo que respecta al COMPONENTE 1 –SANEAMIENTO FINANCIERO,

ORDEN DE PAGO 157 el 2/10/97 TRAMO 1: 1.750,934 $

ORDEN DE PAGO 319 el 05/02/98 TRAMO 2: 1.750.933 $

ORDEN DE PAGO 566 el 24/9/98 TRAMO 3: 1.743.066 $

ORDEN DE PAGO 929 el 18/11/99 TRAMO 3: 7.867 $

LO QUE TOTALIZARIA UN MONTO DE 5.252.800 $

La información bancaria original obrante en

el mismo anexo da cuenta que el 24 de septiembre de 1998 se

efectuaron se debitó de la cuenta 4674/21 de OSTEL la suma de

1.884.066 $ conforme órdenes de pago 566 y 567 –nótese que la

numerada 567 se encuentra agregada a mano y no preimpresa como la

numerada 566-, lo que daría una diferencia de $ 135.001 respecto

de la suma que surge de la documentación tenida como base para la

formulación de la planilla que obra en el anexo XIX que conformó

parte de la erogación del COMPONENTE 3.

b) en lo que respecta al COMPONENTE 3, las sumas que aparecen

utilizadas durante los TRAMOS del Convenio, correspondió al

siguiente detalle:

TRAMO 1 300.000 $

TRAMO 2 450.000 $

66

Page 67: Denuncia OBRAS SOCIALES

TRAMO 3 250.000 $, observándose por lo tanto que el 40% de los

fondos que correspondían a este componente para ser utilizados en

el TRAMO 1 aparece dispuesto en el TRAMO 2, sin realizarse ningún

addedum, aclaración, solicitud o autorización por parte de los

funcionarios del PROSS.

Adviértase que conforme surge del anexo I de

documentación –informe identificado con la letra C-, el 15 de

enero de 2001 Jaime SAIEGH, como coordinador del Programa de

Reconversión, solicita por NOTA 7625 a OSTEL en la persona de la

Presidente que antes del 31 de enero de 2001 remitiera un informe

“de su auditoría y firmado por su Contador Público con la debida

certificación en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas,

donde se indique el total general de fondos que, de acuerdo con

los registros contables de la Obra Social, han sido recibidos del

PROS, en el marco del Convenio de Préstamo Subsidiario suscripto

con la Obra Social… desde la fecha de suscripción de dicho

convenio hasta el 31 de diciembre de 2000”, solicitud reiterada

el día 28 de febrero de 2001 ante el incumplimiento

correspondiente -por NOTA numerada 777512.

Ahora bien, el 22 de enero de 2001 con

entrada en el PROS al día siguiente, Diógenes SALAZAR se dirige

al Coordinador del Programa en ese entonces Licenciado Jaime

SAIEGH, informando que, en el marco del convenio suscripto el

21/8/97 de acuerdo a sus registros contables, esa Obra Social

había recibido del Programa desde la suscripción del convenio

hasta el 31 de diciembre de 2.000 la suma de 6.252.800 $.

12 –nótese que en este caso se hace referencia a un informa de su autoría y no de su auditoría.

67

Page 68: Denuncia OBRAS SOCIALES

Tal comunicación aparece así también

suscripta por el Contador Público Nacional Raúl RAMOS mas no

cuenta con certificación alguna del Consejo Profesional de

Ciencias Económicas.

Súmese a ello lo que surge de la información

obrante en el mismo anexo –identificada como D-, en la cual se

agrega la NOTA 7516 del 20 de octubre de 2000, dirigida por Jaime

SAIEGH quien recordemos se trataba a esa fecha del Coordinador

del PROS, al Presidente de OSTEL, solicitándole a la brevedad –y

en atención al transcurso de nada menos que 1 año posterior a la

firma del convenio-, la remisión de los estados de situación

patrimonial a agosto de 2000, estado de resultados al cierre de

agosto de 2000, flujo de fondos ejecutado al cierre de agosto de

2000, y otros datos relacionados con los beneficiarios y el

personal de la obra social.

Tal solicitud es contestada el 10 de

noviembre de ese año, por el Presidente de OSTEL –según surgen de

sus originales-, remitiendo una simple impresión sin firma de

alguna autoridad de la Obra Social ni de Contador Público, donde

surgen expresiones de valores de los activos corrientes y no

corriente y de los pasivos sin aval o fundamentación alguna de su

formulación.

Nótese asimismo que la totalidad de los

balances generales de la Obra Social OSTEL obrante en el ANEXO

XIX no se encuentran certificados por el Consejo Profesional de

Ciencias Económicas, sino que aparecen suscripto en forma

sistemática por los Sres. Eleodoro CERDAN, Mario RUSSO, Gustavo

BARRAZA, en su carácter de integrantes de la Comisión Revisora de

68

Page 69: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cuentas de OSTEL, quienes después de haber realizado un

exhaustivo análisis y posterior revisión de todos los movimientos

contables, corroboran que dichos movimientos cuentan con la

correspondiente documentación de apoyo sin merecer observación

alguna, agregando que dicho estado de resultados es acorde con lo

requerido por Ley –véanse los originales que obran en el Anexo

XIX-.

No puede soslayarse en el curso de esta

presentación, que las palmarias irregularidades que se observan

en la ejecución de los Convenios, no tenían sino como principal

objeto la disposición patrimonial perjudicial de dinero del

erario público, y de ahí su tamaña gravedad que surge más que

manifiesta de las propias notas diseminadas entre la

documentación acollarada en la investigación.

Así adviértase lo que se sigue de la

documentación identificada como K, O, y P, del anexo I, en tanto

una vez más se remite al PROSS –con entrada el 15/9/00-, balances

e información sobre flujo de fondos sin firma alguna que avalara

la certeza del contenido de tales documentos.

Asimismo de la documentación identificada

como letra N se colige que la única información que ingresaba al

PROS para su control consistía en los “modelos de contrato”

correspondientes al COMPONENTE 3 –FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL-,

y simples planillas de cancelación de deudas, con copias de las

facturas acollaradas a ese efecto. Ninguna de esta información

cumplimenta los objetivos de respaldo que permitieran acreditar

efectivamente que el dinero asignado hubiera sido utilizado para

los fines para los que estaban destinado.

69

Page 70: Denuncia OBRAS SOCIALES

Nótese asimismo lo que surge de la NOTA 4496

de fecha 14 de julio de 1998 por la cual Lelio H. MARMORA en su

carácter de gerente de Operaciones del Programa de Reconversión

de Obras Sociales, teniendo en consideración cierto incremento de

solicitudes de cancelación de deudas recibidas de las Obras

Sociales, estipula una serie de recomendaciones relacionadas con

el circuito de información que las Obras Sociales debían

cumplimentar para cancelar los montos correspondientes a los 3

TRAMOS del Convenio.

De las pautas operativas establecidas con el

objeto de dar eficacia a los circuitos de pago, se hace alusión a

la documentación que debía respaldar las operaciones comerciales

o deudas fundamento de los pagos. Sin embargo, al referirse por

ejemplo al FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, sólo se solicita la

remisión de los formales “contratos y/o provisiones” que

requieren una aprobación previa a la efectivización de los pagos,

estipulándose un día tope para la entrega de las cancelaciones,

sin hacer alusión o solicitud alguna de la documentación

respaldatoria que debían contener las solicitudes de desembolso

respectivas, conforme las pautas contenidas en los Convenios –

véase al respecto lo que surge del anexo I de documentación-

Tal como surge de la prueba incorporada a la

investigación, y se ha explicado más arriba, los funcionarios del

PROS tenían a su vez la disponibilidad de los fondos acreditados

en las cuentas de las Obras Sociales.

Obsérvese al respecto lo que surge del ANEXO

VII en cuanto a la documentación correspondiente a las aperturas

de las cuentas de las obras sociales, de donde surge que por nota

70

Page 71: Denuncia OBRAS SOCIALES

21/11/98 firmada por Guillermo BONAMASSA, como Secretario de

Política y Regulación, se designaron a los efectos de operar en

las cuentas del Programa de Reconversión al Licenciado Gabriel

María VIDART NOVO, al licenciado Walter Enrique HONDARRE, al

contador Jorge Ricardo Ramón PRIETO, habiendo sido autorizado

asimismo el Licenciado MARMORA, hasta el cese de sus funciones –

ver fs. 5/7 de la carpeta correspondiente a OSTEL obrante en el

anexo VII-.

El 28 de diciembre de 1999 Gabriel VIDART y

Jorge PRIETO se dirigen al entonces presidente del Banco de la

Nación Argentina, Dr. Cristian COLOMBO, a los fines de informar a

dicha entidad que a partir del 03 de enero del año subsiguiente,

los firmantes autorizados de dicha Unidad Ejecutora finalizarían

sus funciones para el Programa de Reconversión, por lo que se

suspenderían las solicitudes de transferencias de fondos de

cualquier naturaleza.

El 05 de enero de 2000 Héctor MOGUILEVSKY

reciente Subsecretario de Políticas y Regulación Sanitaria del

Ministerio de Salud, comunica que los nuevos firmantes a partir

de dicha fecha serían Walter Enrique HONDARRE y Jorge Ricardo

Ramón PRIETO, los que firmarían las cuentas de las obras

sociales, la cuenta general del Programa 4261/75, la cuenta

recaudadora nro. 4288/14, la cuenta de acreditación de

retenciones de la DGI nro.4258/87. A los dos días PRIETO y

HONDARRE solicitan al Banco el levantamiento de la suspensión de

las transferencias de las cuentas del Programa de Reconversión,

firmándose además la baja como firmante de Gabriel María VIDART

NOVO.

71

Page 72: Denuncia OBRAS SOCIALES

Por otro lado obran en el legajo que se

comentan dos contratos celebrados entre el “Proyecto ARG/98/040

PROYECTO DE REFORMA DEL SISTEMA DE SEGURO DE SALUD..del Programa

de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), presentado por

su Director” –el que conforme surge de las firmas al pie se trató

de SAIEGH- y Guadalupe Mariel GRAU y Enrique E. GARRIDO,

respectivamente, por los que estos últimos son contratados a los

fines de prestar servicios de consultoría de acuerdo con los

términos de referencia por la suma de 4.400 $ mensuales por seis

meses a partir del 01/01/2001 hasta el 30/6/01. Estas personas

contratadas a los fines del Proyecto de Reforma del Sistema de

Seguro de Salud, registraron sus firmas ante el Banco de la

Nación Argentina solicitando al Banco -el 31 de enero de 2001- el

mismos funcionario que los había contratado, que se diera de alta

su registro como firmantes de las cuentas: general del Programa,

Recaudadora, Acreditación de retenciones y de las cuentas de las

obras sociales.

La misma situación habría ocurrido con otras

personas, conforme surge el cuadernillo de información

correspondiente al OSTEL, obrante en el anexo VII.

5.c.- De las empresas beneficiadas y su

vinculación con OSTEL

Conforme la información con la que se cuenta

respecto del COMPONENTE 1 el PROS emitió órdenes de pago sobre la

cuenta de OSTEL a favor de dos firmas: las firmas SELDOM S.A. Y

EQUIPO DE SALUD S.A

72

Page 73: Denuncia OBRAS SOCIALES

En lo que respecta al COMPONENTE 3, las

firmas que aparecieron cobrando por trabajos correspondientes a

este componente se trataron de las firmas SOFT SALUD S.A. y A.V.

& ASOCIADOS –que se repite en tantas otras obras sociales-.

Recuérdese que conforme la inicial hipótesis

delictiva, dos personas de apellido MORTEO y AONDI habían

realizado cobros millonarios de dinero en efectivo que

correspondían a los fondos que se encontraban destinados a la

Reconversión de las Obras Sociales.

Ahora bien, en oportunidad de integrar el

Plan de Reconversión de Obras Sociales, y conforme surge del

ejercicio económico cerrado al 31 de diciembre de 1996, OSTEL

registraba acreedores –léase pasivos-:

a) por prestaciones por la suma de $ 6.331.222,86, y

b) por proveedores varios por la suma de $ 273.926,79 lo que

totalizaba un total de 6.605.149,65 $ -véase al respecto lo que

surge del informe del Cuerpo de Peritos Contadores de la Justicia

Nacional de fs. 2493/2516 que tomó en cuenta los Estados

contables de OSTEL que fueran suscriptos por el contador

independiente Raúl E. RAMOS, cuyo “Informe del Auditor” se

encuentra fechado el 25 de marzo de 1997-.

Recuérdese que para el componente SANEAMINETO

FINANCIERO, ingresó a la cuenta de la Obra Social un total de $

5.252.800, encontrándose previsto los desembolsos de 1.750.934

para el primer tramo, 7.750.933 $ para el segundo y tercero,

respectivamente.

Ahora bien, de la verificación de los

registros de pagos efectuados a los acreedores se ha comprobado

73

Page 74: Denuncia OBRAS SOCIALES

la existencia de pagos sólo a las firmas SELDOM S.A. y EQUIPO DE

SALUD S.A. –nótese que los peritos han correspondido las sumas de

dinero indicadas más arriba con las ordenes de pago obrantes, por

las que el PROS solicitaba al Agente Financiero el depósito de

las sumas en cuestión a dichos proveedores, sumando un total de $

5.252.800 (en los períodos 1997/98/99).

De acuerdo a la información analizada y lo

informado por el informe pericial contable agregado en autos, de

la verificación de los balances efectuados a los prestadores de

OSTEL surgió lo siguiente:

a) EQUIPO DE SALUD S.A. de acuerdo a los balances

aportados por la Obra Social, durante el ejercicio cerrado el

31/3/96 tuvo una facturación total por $ 5.346.495, representando

lo que facturó a OSTEL un 10 %.

En el ejercicio cerrado al 31/3/97 el total de

facturación fue de $ 4.646.735 y la facturación a OSTEL

representó el 50 %. Por último en el ejercicio cerrado al 31/3/98

el total de facturación fue de $ 452.689, sin registrarse

facturación a Ostel.

B) Respecto de SELDOM S.A., al 30/11/96 el total de

facturación fue por la suma de $ 5.812.218 y la facturación a la

Obra Social representó el 50 %.

Al 30/11/97 el total facturado fue de $ 2.865.208 y la

facturación a OSTEL representó el 20 %. Al 30/11/98 el total

facturado fue de 2.664.540 $ y al 30/11/99 el total de

facturación de SELDOM SA. fue por $ 2.707.760 representando la

facturación a OSTEL el 10 %.

74

Page 75: Denuncia OBRAS SOCIALES

De la prueba colectada se ha comprobado que

las firmas en cuestión se encontraban integradas por las mismas

personas y tenían vinculación con los responsables de la Obra

Social. En este sentido esas millonarias sumas de dinero que

formaban parte de acreencias que contablemente correspondían a

deudas de la Obra Social, vinculaban a un mismo grupo de

personas, relacionadas entre sí como se verá a continuación.

Así pues, tales circunstancias lejos de

resultar de menor importancia, importan a partir de la prueba

colectada, no sólo tener por probada la inicial hipótesis

delictiva, sino sospechar que los funcionarios a cargo del PROS

beneficiaron, en el ejercicio de sus funciones públicas, a dichas

personas con sumas de dinero correspondientes al erario público,

en perjuicio de las arcas del Estado Nacional, cuya

administración, disposición y custodia les correspondía, al

interesarse directamente en las operaciones que llevaron adelante

en que las resultas del dinero correspondiente a los préstamos

subsidiarios llegara a manos de tales personas o a favor de

determinadas firmas.

Tal es así que de acuerdo a la documentación

acollarada en autos, se encuentra probado –como más adelante se

detallará- que los funcionarios del PROS no sólo tenían a su

cargo la solicitud de los desembolsos de la cuenta de fondeo

hacia las cuentas puente, sino que como firmantes de las cuentas

instruían al Banco como agente Financiero a que transfiriera las

sumas de dinero que habían ingresado en las cuentas de las Obras

Sociales, en este caso OSTEL, a las cuentas de los prestadores

–“pasivos financieros”-, del “personal reconvenido” –componente

75

Page 76: Denuncia OBRAS SOCIALES

2- y de las ¡firmas o personas contratadas! –fortalecimiento

institucional- que la Obra social comunicaba al Organismo.

En lo que respecta a los pasivos financieros

téngase en cuenta que conforme la documentación con la que se

cuenta, la determinación de sus monto y detalle serían el

resultado de operaciones asentadas en los libros contables o

registrales de los prestadores y de las Obras Sociales, que en

definitiva –por lo menos para OSTEL, y como se verá también para

otros casos- habrían sido el resultado de operaciones o

transacciones financieras realizados por los imputados entre

ellos, y a ellos mismos.

5.c.1. SELDOM y EQUIPO DE SALUD

En los libros contables de la Obra Social,

bajo el concepto SANEAMIENTO FINANCIERO se registra lo siguiente:

Primer tramo: fecha 7/10/97 $ 1.758.400

Segundo tramo: fecha 10/2/98 $ 1.657.600

Tercer tramo: 29/9/98: $ 1.836.800; lo que da un total de

5.252.800 $. Ahora bien, dichas sumas de dinero no coinciden con

los desembolsos, realizados ni con las órdenes de pago del PROS

al Banco que fueron las siguientes:

157 del 02/10/97 $ 1.750.934

319 del 05/02/98 $ 1.750.933

566 del 24/9/98 $ 7.743.066

929 del 18/11/99 $ 7.867

De esta manera los pagos efectuados por PROSS

a los dos “prestadores-acreedores” de OSTEL fueron los

siguientes:

76

Page 77: Denuncia OBRAS SOCIALES

EQUIPOS DE SALUD $ 2.352.000

SELDOM $ 2.900.800

Respecto de las aperturas de las cuentas que

recibieron los depósitos de dinero efectuados desde las cuentas

de OSTEL, es decir la apertura de las cuentas a nombre de SELDOM

S.A. y de EQUIPOS DE SALUD S.A., adviértase que las mismas fueron

aperturadas nada menos que un día antes del primer desembolso de

dinero para el TRAMO 1 –que fue el 05 de septiembre de 1997-, y

conforme se verá a continuación, utilizadas a los solos fines de

recibir los depósitos de dinero de las arcas públicas y

retirarlos en efectivo.

Así pues surge de las constancias de fs.

156/157 que ambas cuentas –la de SELDOM y la de EQUIPOS DE SALUD-

fueron abiertas en la Sucursal Belgrano del Banco de la Nación

Argentina:

a) la cuenta 6044009/3 a nombre de EQUIPOS DE SALUD cuyos

firmantes son Gustavo Alejandro AONDI y Ricardo Germán MORTEO fue

dada de alta el 4/9/97 –fs. 156/157-

b) la cuenta 6044010/9 –que conforme se observa resulta

correlativa con la anterior- fue aperturada el mismo día por

María Italia MEDINA, Christian FERRANDO y Alberto BIGLIARDI –

330/331-.

Ambas cuentas registran como domicilio el de

la calle Avenida Cabildo 1295 de esta ciudad, claro está porque

se trataba de empresas que correspondían a un mismo grupo de

personas.

77

Page 78: Denuncia OBRAS SOCIALES

Así pues obsérvese lo que surge de las

vinculaciones societarias que se sigue de la documentación

acollarada a la investigación.

Recordando que las firmas en cuestión

registraron ante el Banco de la Nación Argentina domicilio en la

calle Cabildo 1295, nótese que de las tareas de inteligencia

practicadas en el lugar –fs. 24 de los autos principales- se

determinó que allí funcionaba el SANATORIO NORTE, que respondía a

EQUIPOS DE SALUD S.A., la que más que llamativamente funcionó

allí hasta fines de 1999 aproximadamente, por haberse presentado

en quiebra.

No puede soslayarse a esta altura del relato

que la última orden de pago emitida por el PROS a los fines de

depositar dinero de las arcas públicas a esa firma data de

noviembre de 1999.

Dicha firma EQUIPO DE SALUD inició sus

actividades el 15 de octubre de 1991 y el último nombramiento de

autoridades fue el 18 de marzo de 1994, oportunidad en la cual

fue designado como presidente Gustavo Alejandro AONDI,

Vicepresidente Ricardo MORTEO, y Director Carlos VICENTE

MANAVELLA y que posteriormente cambiaron el domicilio social al

de la Avenida Cabildo 2795 de esta ciudad.

En oportunidad de su constitución, el 15 de

octubre de 1991 Mario Ivan LUGONES, Presidente de PRAXIS MEDICA

S.A., constituida el 15/2/82 y Herma Juana SCHAMAJUK, Presidenta

de SANATORIO PARQUE, inscripta desde 22/5/81, conforman EQUIPO DE

SALUD SA con domicilio en Av. Rivadavia 926, piso 7° de esta

ciudad. En esa fecha sus autoridades fueron: Raúl José Hipólito

78

Page 79: Denuncia OBRAS SOCIALES

LENGUAS -Presidente-; Amadeo Bartolomé COSTA -Vicepresidente-;

Patricia Sabina LENGUAS y Mario Ivan LUGONES como Directores

titulares; Carlos Adolfo DE LA VEGA como síndico titular y

Alejandro ALMARZA como síndico suplente13.

En cuanto a la firma SELDOM S.A. conforme el

informe remitido por la Inspección General de Justicia –fs.

750/801– la misma fue constituida el 19/12/94 por Aníbal Alberto

UTURBEY y Evangelina BLANCO, designándose como representantes a

Osvaldo Alfredo ARGUELLO y a Alberto Ricardo AMADO14.

13 Así, obsérverse lo que surge del informe remitido por la I.G.J respecto de Equipo de Salud SA.: Datos: Constitución de Equipo de Salud SAfs. 41/53 ESCRITURA: * Personería Jurídica: Escritura número 301 (B 002450558), del 15 de octubre de 1991, en la que comparecieron: 1) Mario Ivan Lugones (Pte. del Directorio de la Sociedad “Praxis Médica S.A”, con domicilio legal en Viamonte 1871 de esta ciudad); 2) Herma Juana Schmajuk (Pte. del Directorio de “Sanatorio Parque SA.”, con domicilio legal en Portela 2975, Cap. Fed.); * Objeto de la Sociedad: Dedicarse por cuenta propia, de tercros o asociada a terceros... a las siguientes actividades: a) La prestación de asistencia médica en todas sus formas, en consultorios, clínicas y otros centros de curación, prestación de servicios de urgencia en forma permanente, en consultorios o domicilios, puieno para ello y dentro de las disposiciones legales vigentes, adoptar la forma de servicios asistenciales que crea más conveniente. La sociedad podrá contratar servicios médicos con Sanatorios, Clínicas. b) La construcción, instalación y explotación de establecimientos asistenciales médicos en sus diversos aspectos, especialidades y modalidades. c) La compra, venta, permuta..., de toda clase de bienes muebles, tales como equipos, aparatos, repuestos... para llevar a cabo las especialidades mencionadas anteriormente. d) La presentación de servicios de asistencia técnica en el campo de la medicina, a hospitales, centros médicos y otras personas o instituciones, relacionadas con dicho campo.e) La explotación de patentes, marcas, diseños industriales y otros derechos de propiedad industrial e intelectual en el campo de la asistencia médica. Queda especialmente establecido que las actividades profesionales están reservadas a quienes tengan título habilitante correspondiente... Asimismo se establece en razón del objeto que durante la vigencia de la Sociedad, por lo menos uno de los accionistas sea médico. * Designación de los integrantes de los Organos de Administración: Directorio: 1) Presidente: Raúl José Hipólito Lenguas; 2) Vicepresidente: Amadeo Bartolomé Costa; 3) Directores Titulares: Patricia Sabina Lenguas y Mario Ivan Lugones; 4) Síndico Titular: Carlos Adolfo de la Vega; 5) Síndico Suplente: Alejandro Almar za. Sede Social: Rivadavia 926, piso 7°, Cap. Fed. fs. 55 ACTA DE DIRECTORIO N° 30 : El 1° de febrero de 1997, bajo la Presidencia de Gustavo Aondi, Equipo de Salud S.A., con motivo de una reorganización administrativa, se resuelve cambiar la sede social a Cabildo 1295 de esta ciudad. -ese acta es firmada por Aondi y por Ricardo Morteo.- 14 La información remitida por el Organismo de referencia da cuenta de las siguientes circunstancias: Acta de Asamblea n° 1: 22/2/95. Accionistas: Susana Neomí Linck, Juan Carlos Tomero y Avelino Oscar Borelli. Acta de Asamblea n° 2del 7/7/95: Se designa como sede social el domicilio de la calle Talcahuano 718, piso 11° “A”. Acta de Directorio n° 3: Nuevo cambio de domicilio: Viamonte 1871. Acta de Directorio n° 9 del 1/2/97: la Presidenta que en ese entonces se trataba de Susana LINCK “con motivo de llevarse a cabo una reorganización adminstirativa de la sociedad” propone cambiar el domicilio social al de la avenida Cabildo 1295, lo que es decidido por unanimidad en dicha reunión.

79

Page 80: Denuncia OBRAS SOCIALES

Por otra parte sus más recientes autoridades

eran nada menos que: como PRESIDENTE: Alberto BIGLIARDI,

VICEPRESIDENTE: María I. MEDINA y Director Suplente: Gustavo

AONDI, con sede social registrada en la avenida Cabildo 1295.

Nótese que las Actas y certificaciones

realizadas respecto de la información que fue remitida a la

Inspección General de Justicia, se encuentran rubricada por el

Escribano J. Carlos LYKIARDOPOULOS, quien aparece así también en

las inscripciones dominiales del inmueble de la av. Cabildo 1295

de esta ciudad.

Ahora bien, la vinculación entre los

imputados mencionados no culmina en las constancias apuntadas.

El 16/11/98 se constituye la firma LOW BEACH

ARGENCOLOR por José Luis LINGIERI, Cristian Oscar FERRANDO y

Gustavo Alejandro AONDI y su domicilio registrado era el de la

calle Viamonte 1464, piso 10 of. 10115.

Asimismo las pruebas incorporadas permiten

afirmar la vinculación preexistente entre los integrantes de

SELDOM S.A. y EQUIPO DE SALUD con los máximos responsables de la

Obra Social OSTEL.

Nótese al respecto lo que surge del informe

de fs. 173/184 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad

de Buenos Aires, de donde surge que el domicilio de la Av.

Cabildo 1295 pertenece en partes indivisas –textualmente-, a:

Obra Social del PERSONAL TELEFONICO (OSTEL), Obra Social para el

15 El objeto de dicha sociedad era la compra y venta de Vehículos de competición y otros productos relacionados con la competencia deportiva y sus autoridades las siguientes: Directivos: Presidente: Aondi; vice: Ferrando y Director Suplente a Lingeri. Asimismo se otorga poder especial a favor de Adolfo Jorge IBAÑEZ, Julieta BOTTO y Laura Mabel TRONCOSO

80

Page 81: Denuncia OBRAS SOCIALES

PERSONAL DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS, Obra Social del

PERSONAL TELEFONICO y Obra Social del PERSONAL DE LA INDUSTRIA

DEL CALZADO.

Por otro lado el domicilio de la calle

Viamonte 1871/77 registra: dominio a favor de la firma PRAXIS

MEDICA de fecha 28/8/84 –asiento 4- por transferencia por fusión

por absorción de sociedad; un condominio entre la Obra Social de

la INDUSTRIA DEL CALZADO, la Obra Social del PERSONAL DE

ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y

LAVADEROS AUTOMATICOS, Obra Social del PERSONAL TELEFONICO DE LA

REPUBLICA ARGENTINA, y la Obra Social para el PERSONAL DE OBRAS

SANITARIAS DE LA NACION del 4/2/94 –ver asiendo 9-, y finalmente

en el asiento 29 una registración a nombre de INVESTIGACIONES

MEDICAS S.A. con domicilio en Pichincha 63.

Repárese que PRAXIS MEDICA fue la empresa

antecedente de EQUIPO DE SALUD conforme lo antes expuesto.

Adviértase además que conforme surge de las

constancias de fs. 118/137 la firma EQUIPOS DE SALUD, funcionó

por los menos en el año 1996 en la calle VIAMONTE 1871 piso 3ero.

y su presidente era AONDI16.

Finalmente el dominio del domicilio de la

calle Talcahuano 718/28 pertenece a DEGREMONT S.A. y en casi

todos los asientos comentados, una vez más aparece interviniendo

el escribano LYKIARDOPOULOS; en tanto en oportunidad de

procederse al allanamiento en la sede de la Obra Social sita en

la calle Ambrosetti 134, pudo determinarse que allí funcionaba la

firma MICROEMPRENDIMIENTOS, aludiendo en esa oportunidad Julia

16 Conforme acta nro. 197597 de la AFIP.

81

Page 82: Denuncia OBRAS SOCIALES

Patricia Albano –empleada del lugar- que edificio de Ambrosetti

134 pertenecía a la FOEESTRA -Federación de Obreros y Empleados y

Especialistas de los Servicios de Telecomunicaciones y Afines-.

Según surge de la documentación acompañada

por la Inspección General de Justicia, la constitución de

MICROEMPRENDIMIENTOS data del 30 enero 1995 y fue realizada por

Rogelio Miguel RODRIGUEZ, Omar Nolasco PEREZ, Diógenes SALAZAR,

Felix Antonio D ANGELO, Julio Isabelino GUILLAN, siendo su objeto

las construcciones civiles, eléctricas, mecánicas en general.

Similares constancias a las apuntadas surgen

del informe de titularidades de las líneas instaladas en el

domicilio de la Avenida Cabildo de fs. 201/216 –en tanto surge la

correspondencia con las firmas SANATORIO DEL NORTE, GERONTOLOGY

SA., SELDOM SA., y de las asentadas en la calle Talcahuano -

NAVISUR SA., PRAXIS MEDICA, DEGREMONT Ing. Trat-.

Por otro lado surge del informe de fs. 60 de

la Administración Federal de Ingresos Públicos que EQUIPO DE

SALUD SA., con CUIT 30-64720579-4, tiene domicilio en la calle

Talcahuano 718, piso 8° de esta ciudad -informe del 6 septiembre

2002, habiéndose dado de baja definitiva en los impuestos

inscriptos el 31/12/99 –fs. 118/138-, fecha coincidente con la

culminación del Plan de Reconversión para OSTEL, y con la última

orden de pago emitida por el PROS para el COMPONENTE 1.

Nótese además lo que surge respecto de la

firma del legajo del Contribuyente:

– Fotocopia simple de Acta de directorio n° 16 del 18/5/94, a

través de la cual se distribuyen los cargos del Directorio:

PTE.: Gustavo Alejandro AONDI; VICEPTE.: Ricardo MORTEO;

82

Page 83: Denuncia OBRAS SOCIALES

DIRECTOR: Carlos Vicente MANAVELLA. Firman también el síndico

titular: Claudia PUY y Osvaldo Raúl ARMENGOL.

Como antecediendo dicho acta surge otra, cuyo

número se desconoce en la que aparecen las firmas de Carlos R.

LEMIR y Hebe L. OTTONELLO, cerrando una sesión junto a otras dos

personas a las 11.30 horas.

Como advertirá V.S. la mencionada Hebe L.

OTTONELLO17 para el año 2001 prestaba funciones en el PROS como

Gerente de Operaciones.

A tales reveladoras constancias se agregan

las que surgen de fs. 226/231 del legajo personal de la Policía

Federal Argentina del imputado AONDI, en tanto surge que el

mencionado fue empleado de OBRAS SANITARIAS. En los datos por él

aportados al solicitar cédula de identidad -años 94 y 97-, surge

que en el item “Personas que lo conozcan y puedan informar” se

encuentra nada menos que Christian O. FERRANDO domiciliado en

Cabildo 1295.

Además, en la actualización del 23 de junio

de 1994 AONDI informó ser empresario con domicilio laboral en

Talcahuano 718, piso 8, figurando a fs. 230 como empresario de

EQUIPO DE SALUD SA -figura como solicitante VIP- y a fojas 231

como empresario de SELDOM SA –para el 27/8/98-.

Respecto de MORTEO –legajo aunado a fs.

232/239- surge antecedente que el mencionado era empleado de

ENTEL. En los datos por él aportados al solicitar cédula de

identidad -año 1990-, surge que en el item “Personas que lo

conozcan y puedan informar” se encuentra su consorte de causa

17 Quien luego aparecerá interviniendo en el Plan de Reconversión de otra Obra Social como contadora de la misma.

83

Page 84: Denuncia OBRAS SOCIALES

Diógenes SALAZAR, resultando más que redundante recordar que se

trata del presidente de OSTEL.

Así pues la prueba incorporada deja

claramente a la luz, las vinculaciones entre los imputados que

pertenecían a los “pasivos prestacionales” de OSTEL, los que

integraban dicha Obra Social y otras, y los funcionarios del

PROS, entre sí.

Sin perjuicio de ello, como se viene

sosteniendo, los funcionarios a cargo de velar por los intereses

del Estado Nacional, desatendiendo todas estas circunstancias,

dispusieron del dinero que había sido destinado a la Reconversión

de las Obras Sociales en beneficio de tales personas y del grupo

de empresarios vinculados a éstos. Para ello, soslayar la

realización de los controles, auditorías o conformes

prestacionales que debían realizarse ante cualquier solicitud de

pago –lo mismo que para el caso de los contratos del COMPONENTE

3, como se verá-, lejos de resultar una simple cuestión

administrativa, importó una arista de la maniobra que se

investiga en autos, en tanto teniendo en miras los reales

propósitos, resultaba menester otorgar a los actos

administrativos correspondientes a los expedientes de desembolso

y cancelaciones –que incluían las aprobaciones de los TRAMOS-,

hasta la última cancelación a autorizarse, de todas aquellas

formalidades que tornaran el proceso de Reconversión no sólo

legítimo, sino ajeno a cualquier sospecha de desvío o

irregularidad.

Lo sostenido ocurrió no solamente respecto de

la Obra Social OSTEL, sino de las demás cuyo análisis se efectúa

84

Page 85: Denuncia OBRAS SOCIALES

en el presente dictamen, conforme la vasta prueba incorporada y

que se detalla en sus particularidades más relevantes.

Véase pues la secuencia de los pagos que

fueron realizados y los retiros de dinero en efectivo realizados

por los imputados integrantes del SELDOM S.A. y de EQUIPO DE

SALUD, cuyo retiro, en tales condiciones da la clara pauta del

provecho propio que se le dio a esas millonarias sumas de dinero:

Movimientos registrados en la cuenta n° 6044009/3 perteneciente a

EQUIPO DE SALUD S.A.

– FECHA DE APERTURA: 4 de septiembre de 1997.

– FECHA DE CIERRE: 12 de septiembre de 2002.

FECHA   CRÉDITOS DEBITOS

4/9/97 $ 50

1/10/97

Faltarían movimientos de octubre (por inundaciones en archivo del

Banco Nación) – Según el saldo que aparece a continuación, menos

los intereses, en ese mes habría recibido un crédito por $ 31.725

18/11/97 -     $ 30.000

24/7/98 $ 16.240 -

5/8/98 - $ 8.017,14

(dos)

22/9/98 $ 16.034,28 $ 8.017,14

(dos)

25/9/98 $332.752,43 -

$332.752,43

- $332.752,43

29/9/98 - $ 998.000

85

Page 86: Denuncia OBRAS SOCIALES

22/10/98 $ 8.017,14 $ 8.017,14

4/12/98 $ 6.200

7/12/98 ___- __ $ 8.017,14

22/12/98 $ 8.017,14 $ 8.017,14

TOTALES $ 1.084.540,85 $ 1.084.119,98

Movimientos registrados en la cuenta n° 60440010/9,

perteneciente a SELDOM S.A.

– FECHA DE APERTURA: 4 de septiembre de 1997.

– FECHA DE CIERRE: 12 de septiembre de 2002

FECHA CRÉDITOS DEBITOS

04/9/97 $ 50

22/9/97 $ 263.563

23/9/97 - $ 250.000

30/9/97 - $ 12.133

Faltan movimientos de octubre de 1997.

6/2/98 $ 822.062,84 -

$ 93.333 -

$ 411.087,63 -

$ 411.087,63 -

9/2/98 - $ 100.000

10/2/98 - $1.636.000

25/9/98 $ 317.571,77 -

25/9/98 $ 410.368,43 -

29/9/98 - $ 730.000

86

Page 87: Denuncia OBRAS SOCIALES

TOTALES $ 2.729.124,3 $ 2.728.133

Según informe de fs. 374 del Banco Nación

Sucursal Belgrano: la cuenta n° 6044010/9 a nombre de SELDOM

recibió créditos el 6 de febrero de 1998 por un total de $

1.800.000 aproximadamente por transferencia electrónica desde la

casa central correspondiente a “reconversión de obras sociales”

Tres días después -9 de febrero de 1998- se retiraron $ 100.000

en efectivo, dicho retiro de dinero lo realizó Alberto BIGLIARDI-

Al día siguiente se retiraron $ 1.636.000

también en efectivo, efectuados por la misma persona.

Asimismo según el informe comentado, en la

cuenta se acreditaron $ 730.000 también electrónicamente desde

casa central por “reconversión de obras sociales”. Tres días

después -el 29/9/98- se retiró esa suma en efectivo, esta vez por

MEDINA.

Del crédito total recibido por la OBRA SOCIAL

DEL PERSONAL TELEFONICO para el primer componente, SELDOM S.A.

recibió $ 2.900.800. Las órdenes de pago que surgen de las

planillas de cancelación de deudas conforme la información

remitida por el PROS fueron cuatro:

1) 00157 del 2/10/97 (factura n° 0001-00000121) por $ 406.934.

2) 00319 del 5 de febrero de 1998; (facturas nros 0001-

00000114, 131, 031 y 038), la primera por $ 828.800, la segunda

y tercera por $ 414.400 y la última por 93.333.

3) 00566 del 24/9/98 (dos facturas nros. 0001-00000038B y 39)

la primera de ellas por $ 320.666 y la segunda por $ 414.400.

4) 00929 del 18/11/99 (factura 0001-00001279) por $ 7.867.

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Page 88: Denuncia OBRAS SOCIALES

Llamativo resulta el crédito que se registra

en la cuenta bancaria por $ 263.536 de fecha 22/9/97, cuando la

primer orden de pago emitida por el PROS data del 2 de octubre de

ese mismo año.

Obran por otro lado en el ANEXO I de

documentación las constancias que sirvieron de base a los pagos

efectuados a estas firmas.

Dichas constancias se encuentran conformadas

por simples comunicaciones de deudas que corresponderían a

aquellas que “registraba” OSTEL con los “Prestadores” SELDOM y

EQUIPO DE SALUD, las facturas presentadas por dichas firmas a

OSTEL, las ordenes al Banco Nacional para el depósito de las

sumas de dinero en las cuentas de los “prestadores”, y las

constancias de dichas acreditaciones en las cuentas de SELDOM y

de EQUIPO DE SALUD18

18 Obran en los folios que se encuentras incorporados en el ANEXO I y respecto de el componente I del Programa la siguiente documentación: Documentación relativa a: "FINANCIERO 1er. TRAMO": 1) fotocopia del comprobante de caja nro. 5346 de fecha 22/10/97 correspondiente a la retención del impuesto a las ganancias de la Obra Social del Personal Telefónico de la R. por un importe de pesos $17.021,85; 2) nota de fecha 29/9/97 firmada por el Presidente de OSTEL dirigida al Banco Mundial –Plan de Reconversión-, con sello de recepción del P.R.O.S de fecha 30/9/97, junto con planilla de deuda de prestaciones asistenciales, de la cual se desprenden como acreedores EQUIPOS DE SALUD S.A. con domicilio en la calle Viamonte 1871, por cuatro prestaciones de pesos $336.000, y a SELDOM S.A., con domicilio en la calle Talcahuano 718 piso 11 por una prestación de pesos $414.400, todos correspondientes al balance 21010101000 por un monto total de pesos $1.758.400,00; 3) nota del 19/11/97 de Casals International Ltd firmada por el Contador de OSPEL en la cual se deja constancia que Paula Fequino realizó tareas de monitoreo correspondientes al Proceso de Reconversión de la Obra Social del Personal Telefónico; 4) Comunicación de deuda definitiva nro. 71342 en original y duplicado, por la suma de $ 336.000 del prestador “Equipos de Salud S.A. – nro. 1361”, con fecha de proceso del 5/06/96, a la que se adjunta factura nro. 845 de Equipos de Salud de fecha 1/6/96 a nombre de OSTEL por un monto de pesos $336.000, corresponde a Orden de pago nro. 73790 por $332.752.43 neto habiéndose descontado ganancias por un monto de pesos $3.247,57 con fecha de proceso 7/10/97. La autorización de acreditación de pago de deudas en Caja de Ahorro nro. 6044009/3 del Banco Nación-Sucursal Belgrano (0030/27) es de fecha 11/9/97, cuyos titulares son Ricardo Morteo (DNI nro. 10.520.288) y Gustavo Aondi (DNI nro. 18.299.473) a favor de EQUIPOS DE SALUD, comprobante de acreditación para el cliente -no válido como constancia de retención- de fondos (pesos $332.752,43) del Banco de la Nación Argentina en la cuenta 0060440093 y recibo oficial nro. 2258 de “Praxis Medica-Equipos de Salud S.A.” de fecha 8/10/97 por un monto de pesos $336.000 5) comunicación de deuda definitiva nro. 72103 de Equipos de Salud por $ 336.000 neto, cuya fecha de proceso es 06/07/96, a la que se encuentra adjuntada factura nro. 846 del 1/7/96, orden de pago nro. 73789 con fecha de proceso 7/10/97 por un monto de pesos $332.752,43 neto, copia simple de autorización de acreditación de pagos de deudas en caja de ahorro nro.

88

Page 89: Denuncia OBRAS SOCIALES

Como puede observarse de dicha documentación,

las constancias que debían servir de base para acreditar las

sumas de dinero que supuestamente eran debidas por OSTEL a estas

empresas –claramente vinculadas con la Obra Social- no se

encuentran precedidas de ninguna constancia que determine la

correspondencia de esas sumas de dinero indicadas, con alguna

6044009/3 cuyos titulares son Ricardo Morteo (DNI nro. 10.520.288) y Gustavo Aondi (DNI nro. 18.299.473) a favor de Equipo de Salud S.A. de fecha 11 de septiembre de 1997 firmada por Ricardo Lomazzi, Jefe de Contaduría, recibo oficial nro. 2256 a nombre de Praxis Médica de fecha 8 de octubre de 1997 por un monto de pesos $336.000, comprobante de acreditación para el cliente del BNA a la cuenta 0060440093 de Equipo de Salud S.A. por un monto de pesos $332.752,43, comprobante de retención de impuesto a las ganancias -en fotocopia- de Equipo de Salud S.A., con sello de Nerio Justo, y sin firma, de fecha 7/10/97; 6) comunicación de deuda definitiva nro. 73818 al prestador “Equipos de Salud S.A.” de fecha 5/8/96 por un monto de pesos $336.000, factura nro. 847 de Equipos de Salud S.A. del 1/8/96 a OSTEL por $336.000, orden de pago nro. 73788 del 7/10/97 por un monto de pesos $332.247,43 neto, autorización de acreditación de pagos de deudas en caja de ahorro nro. 6044009/3 del Bco. Nación cuyos titulares son Ricardo Morteo (DNI nro. 10.520.288) y Gustavo Aondi (DNI nro. 18.299.473) a nombre de Equipos de Salud (copia simple) de fecha 11/9/97 firmada por Ricardo Lomazzi, Jefe de Contaduría, recibo de Praxis Médica-Equipos de Salud S.A. nro. 2259 del 8/10/97 por un monto de pesos nro. 336.000, comprobante acreditación del BNA de la cuenta 0060440093, de Equipo de Salud S.A. por un monto de pesos $332.752,43, fotocopia comprobante de retención del impuesto a las ganancias por un monto de pesos $3.247,57, con sello de Nerio Justo y sin firma del 7/10/97; 7) comunicación de deuda definitiva nro. 74300 a Equipos de Salud S.A. del 4/9/96 por $336.000, factura nro. 848 de Equipos de Salud S.A. del 1/9/96 por $336.000, autorización de acreditación de pagos de deudas en caja de ahorro nro. 6044009/3 del Bco. Nación cuyos titulares son Ricardo Morteo (DNI nro. 10.520.288) y Gustavo Aondi (DNI nro. 18.299.473), a nombre de Ostel a favor de Equipo de Salud S.A. firmada por Ricardo Lomazzi, Jefe de Contaduría de fecha 11/9/97, orden de pago nro. 73787 del 7/10/97 por un monto de pesos $332.752,43 neto, comprobante acreditación del BNA de la cuenta 66440093 del monto de pesos $332.752,43, recibo oficial de Praxis Médica-Equipos de Salud S.A. nro. 2257 del 8/10/97 por un monto en pesos de 336.000, fotocopia comprobante de retención del impuesto a las ganancias de Equipo de Salud S.A., con sello de Nerio Justo y sin firma de fecha 7/10/97 por un monto de pesos $3.247,57; 8) comunicación de deuda definitiva nro. 74013 para el prestador “Seldom S.A. – 1769” del 2/9/96 por la suma de pesos $414.400 neto, factura nro. 121 de Sanatorios del Norte-Seldom S.A. a OSTEL de fecha 30/8/96 por un monto en pesos de 414.400, orden de pago nro. 73822 de fecha 7/10/97 por un monto en pesos de $410.368,43 neto, copia simple de autorización de acreditación de pagos de deudas en caja de ahorro nro. 6044010/9 del Bco. Nación de la Argentina-Sucursal Belgrano (0030/27),cuyos titulares son Alberto Bigliardi (DNI nro. 16.678.563) y de María I. Medina (DNI nro. 20.278.928) a nombre de Seldom S.A. de fecha 10/9/97 firmada por Ricardo Lomazzi, Jefe de Contaduría, recibo nro. 80 del Sanatorio del Norte – Seldom S.A. del 8/10/97 por un monto en pesos de $414.400, comprobante acreditación del BNA en cuenta 0060440109 de Seldom S.A. por un monto en pesos de $402.902,43, copia simple del comprobante de retención del impuesto a las ganancias a nombre de Seldom S.A. del 7/10/97 sin firma ni sello por un monto en pesos de 4.031,57; 9) certificación contable en copia simple, firmada por el Contador Público Raúl Ramos dirigida al Banco Mundial-Plan de Reconversión de fecha 30/9/97, junto con copia de planilla de OSTEL correspondiente al tramo I firmada por el contador público Raúl E. Ramos y el Presidente de OSTEL, Diógenes Salazar. FOLIO III: documentación relativa al "2do TRAMO FINANCIERO": 1) comunicación de deuda definitiva nro. 72118 del 1/8/96 por $ 828.800 neto a favor de Seldom S.A., orden de pago nro. 76889 del 10/2/98 a nombre de Seldom SA por $822.062,84 neto, factura del Sanatorio del Norte nro. 0114 del 31/7/96 a OSTEL por $828.800, autorización de acreditación de pagos de deudas en caja de ahorro bancaria de Seldom S.A. en caja de ahorro nro. 6044010/9, titulares Alberto Bigliardi (DNI nro.

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Page 90: Denuncia OBRAS SOCIALES

efectiva prestación de servicios médicos. Las planillas en

cuestión que inician cada uno de los cuadernillos “informativos”

no se encuentran firmadas, ni se indica el sector del cual

precede, pareciendo haber sido presentadas o corresponder a

impresiones de plantillas de algún archivo informático.

Por otra parte resulta más que llamativo que

las facturas agregadas y que se atribuyen a las firmas SELDOM y

16.678.563) presidente de Seldom S.A. y María I. Medina (DNI nro. 20.278.928) vicepresidente de la misma, de fecha 22/01/98, recibo nro. 145 del 9/2/98 por $ 828.800 en virtud del pago de la factura nro. 114, copia de comprobante de retención de ganancias en fotocopia sin firma ni sello de fecha 12/02/98 por un importe de $6137,16 y acreditación de fondos en la cuenta nro. 0060440109 BNA a la cuenta de Seldom S.A. por $822.062,84; 2) comunicación de deuda definitiva nro. 74956 del 30/09/96 a favor de Seldom S.A. por $414.400 neto, factura nro. 131 del 23/9/96 de Sanatorio del Norte por $414.400, orden de pago nro. 76888 del 10/2/98 por $411.087,63 neto, autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria nro. 6044010/9 cuyos titulares son Alberto Bigliardi (DNI nro. 16.678.563) presidente de Seldom S.A. y María I. Medina(DNI nro. 20.278.928) vice presidenta de la misma, del 22/01/98, recibo nro. 146 del 9/2/98 en virtud del pago de la factura nro. 131 por $414.400, comprobante en fotocopia de retención de ganancias sin sello ni firma de fecha 12/02/98 por $3312,37 y de acreditación de fondos en el BNA en la cuenta nro. 0060440109 de Seldom S.A. por $411.087,63; 3) comunicación de deuda definitiva nro. 75910 del 5/11/96 por $ 414.400 neto a favor de Seldom SA, orden de pago nro. 76887 del 10/02/98 por 411.087,63 neto, factura nro. 031 del 31/10/96 de Sanatorio del Norte (original y duplicado) por $414.400, autorización de acreditación de pagos de deudas en caja de ahorro bancaria nro. 6044010/9, cuyos titulares son Alberto Bigliardi (DNI nro. 16.678.563) presidente de Seldom S.A. y María I. Medina (DNI nro. 20.278.928) vicepresidente de la misma, del 22/01/98, recibo nro. 147 de Sanatorio del Norte de fecha 9/02/98 en concepto del pago de la factura nro. 31 por $414.400, copia del comprobante de retención de ganancias sin firma ni sello del 12/02/98 por un importe de $3.312,37 y comprobante de acreditación de fondos en cuenta de Seldom S.A. nro. 0060440109 por 411.087,63 4) nota de OSTEL dirigida al Banco Mundial de fecha 22/1/98 firmada por Diógenes Salazar, presidente de OSTEL, la cual contiene un sello de entra al P.R.O.S de fecha 22/01/98, junto con fotocopia simple de certificación contable del 22/01/98 firmada por Raúl E. Ramos dirigida al Bco. MundialNacional, LTD-Plan de Reconversión y planilla de cancelación de deudas a nombre de la obra social OSTEL firmada por el Contador Raúl E. Ramos de fecha 05/11/97 por un total de pesos $1.750.934. FOLIO VIII: documentación relativa a: "FINANCIERO 3ER.TRAMO": 1) comunicación de deuda definitiva nro. 77945 del 4/12/96 por $336.000 neto de Equipo de Salud SA, factura nro. 851 del 1/12/96 de Equipos de Salud SA por $336.000, orden de pago nro. 83225 del 29/9/98 a favor de Equipo de Salud SA por $332.752,43, copia del comprobante de retención del impuesto a las ganancias sin sello, ni firma, ni fecha, por un importe de pesos $3.247,57, comunicación de deuda definitiva nro. 75724 del 5/10/96 por $336.000 de Equipo de Salud SA, factura nro. 849 del 1/10/96 de Equipo de Salud SA por $336.000, orden de pago nro. 83224 del 29/9/98 por $332.752,43, copia de constancia de retención impuesto a las ganancias sin sello, ni firma, ni fecha, por un importe de pesos $3.247,57, 2) comunicación de deuda definitiva nro. 76668 del 3/11/96 por $336.000 neto de Equipo de Salud SA, factura nro. 0005-00000850 del 1/11/96 de Equipos de Salud por $336.000, orden de pago nro. 83223 del 29/9/98 a favor de Equipo de Salud SA por $332.752,43, copia de comprobante de retención del impuesto a las ganancias sin sello ni firma, ni fecha, por un importe en pesos de $3.247,57, recibo oficial nro. 2307 (en original y duplicado) de Praxis Médica Equipo de Salud S.A. del 29/09/98 por un monto en pesos de $1.008.000 en concepto de pago de fact. B-849/850/851, y tres comprobantes de acreditación de fondos en cuenta bancaria del BNA de Equipo de Salud SA. todos por $322.752,43 (en concepto de pago de fact. nro. 0005-000008).

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Page 91: Denuncia OBRAS SOCIALES

EQUIPO DE SALUD, no poseen fecha de recepción, encontrándose el

lugar asignado a tal dato, en blanco.

Así también, nótese que tales facturas no se

encuentran “conformadas”, obrando una clara leyenda en cada una

de las mismas, en la que se lee expresamente que la facturación

se encuentra pendiente de “auditoría”.

Demás está decir que tales auditorías nunca

existieron.

Nótese al respecto la documentación que fue

acollarada a la investigación y que “acreditaba” el vínculo ente

OSTEL y estos “Prestadores”.

El contrato por prestaciones médicas entre la

Obra Social y la firma SANATORIO NORTE –SELDOM S.A. data del 20

de mayo de 1996 y se encuentra suscripto por Luis A. DE LA

FUENTE, Diógenes SALAZAR por OSTEL –con domicilio en la calle

Tte. Gral. Perón 2740 Y Susana Noemí LINCK como presidente de

SELDOM S.A. –con domicilio en la calle Cabildo 1295 de esta

ciudad.

Por dicho contrato la prestadora en cuestión

se obliga a conceder a la Obra Social las prestaciones de alta

complejidad identificadas como correspondientes al 3er. Y 4to.

nivel de atención prestacional, de todos los afiliados de la Obra

Social, por un valor de cápita del 3,70 $ sobre un total del

padrón de afiliados de 112.000.

Llamativamente el convenio tenía como

duración 12 meses a contar desde el 1ero. de junio de 1996 y

hasta el 1ero. de junio de 1997, vencido el cual se renovaría

sólo expresamente, cuando el contrato de Préstamo con el PROS se

91

Page 92: Denuncia OBRAS SOCIALES

firmó en agosto del año que vencía el contrato con SELDOM, más

específicamente casi dos meses después.

Por su parte el contrato con la firma PRAXIS

MÉDICA –EQUIPO DE SALUD S.A. fue firmado el día 17/5/96 por

Gustavo AONDI, como presidente de la firma y por Diógenes SALAZAR

y Luis de la FUENTE por OSTEL, con duración por 12 meses,

idéntico al anterior: a contar desde el 1ero. de junio de 1996

hasta el 01 de junio de 1997, vencido el cual debía ser renovado

expresamente. El importe por cápita en este caso era de 3 $, por

un padrón de 112.000 afiliados.

Ahora bien, considerando lo apuntado

corresponde señalar que no resulta verosímil considerar que si la

Obra Social tenía una deuda con estas empresas por prestaciones

correspondientes al período 1996, hubieran mantenido las

relaciones contractuales hasta por lo menos 1998, tal como surge

de la pericial realizada, que el vencimiento de tales contratos,

con idéntica vigencia hubiera operado días antes del acuerdo

entre el PROS y la Obra Social, que las firmas cesaran de

funcionar en fecha próxima a la última cancelación del PROS y

que no obren tampoco en autos constancia alguna que acredite

alguna renovación de la relación contractual por prestación de

servicios médicos más allá de los “formales” contratos habidos en

la investigación.

Tal como se dijo antes, la cuenta corriente

en pesos 6044010/9 de SELDOM donde se efectuaron los depósitos de

parte del dinero procedente del erario público fue aperturada por

María Italia MEDINA –con domicilio en la calle Yerbal 309-,

Christian FERRANDO –con domicilio en la calle México 1913 4to.

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Page 93: Denuncia OBRAS SOCIALES

piso 26 de esta ciudad- y Alberto BIGLIARDI –con domicilio en la

calle Dial 77 nro. 690 de La Plata (según se lee textualmente de

la documentación original que obra en el anexo III de

documentación)-, el día 04 de septiembre de 1998 en la sucursal

Belgrano del Banco de la Nación Argentina.

En dicha oportunidad se estableció como

domicilio de la firma SELDON S.A. –cuyo nombre corresponde al

nombre de cuenta- el de la calle Cabildo 1295 de esta ciudad, y

refrendó tales documentos Jorge Roberto FERNANDEZ, jefe de Area.

En tal oportunidad se adjuntó a las

solicitudes de apertura una copia simple de un dictamen de

Contratos Sociales o Estatutos, suscripto por el Dr. Carlos

Alejandro Laino, escribano auxiliar, de fecha 27 de agosto de

1999 de donde surge que la empresa en cuestión había sido

constituida el 12 de diciembre de 1994, e inscripta en el

Registro Público de Comercio el 6 de enero de 1995. Como objeto

de la empresa se consigna en el dictamen en cuestión, la compra,

venta, intermediación, distribución y comercialización de

medicamentos, productos químicos industriales, servicios,

actividades inmobiliarias y financieras.

Atiéndase asimismo que surge de tal

documentación la leyenda “es de resorte administrativo el

cumplimiento del art. 60 de la ley 19.550”19.

19 Tal normativa establece que toda designación o cesación de administradores debe ser inscripta en los registros correspondientes e incorporada al respectivo legajo de la sociedad. También debe publicarse cuando se tratare de sociedad de responsabilidad limitada o sociedad por acciones. La falta de inscripción hará aplicable el artículo 12, sin las excepciones que el mismo prevé. v ARTICULO 12. — Las modificaciones no inscriptas regularmente obligan a los socios otorgantes. Son inoponibles a los terceros, no obstante, estos pueden alegarlas contra la sociedad y los socios, salvo en las sociedades por acciones y en las sociedades de responsabilidad limitada.”

93

Page 94: Denuncia OBRAS SOCIALES

Ahora bien, recapitulando la información

hasta ahora aludida, nótese la secuencia de las extracciones de

dinero en efectivo que registran las cuentas de los “Pasivos

Prestacionales” de OSTEL y que correspondieron al dinero que por

SANEAMIENTO FINANCIERO les fue entregado por los funcionarios del

PROS:

Cuenta de Seldom S.A. (6044010/9).

El 2 de octubre de 1997, también mediante la

orden de pago 00157 (factura n° 0001-00000121) el PROS ordenó

depositar en la cuenta de SELDOM la suma de $ 406.934. Este monto

-restándole las retenciones- fue retirado el día 8 de ese mismo

mes y año; extracción efectuada por María Italia MEDINA (v.fs.

1011/1014).

Asimismo, el 5 de febrero de 1998, se emitió

la orden de pago 00319 (facturas nros 0001-00000114, 131, 031 y

038), la primera por $ 828.800, la segunda y tercera por $

414.400 y la última por 93.333; lo que constituyó un total de $

1.750.933 (fs. 2503). Este monto -descontando los impuestos-, fue

retirado del Banco de la Nación Argentina por Alberto BIGLIARDI,

quien efectuó dos extracciones: la primera el 9 de febrero de

1998 por $ 100.000 y la segunda al día siguiente por $ 1.636.000

(v.fs. 375/376).

Posteriormente, el 24 de septiembre de 1998,

mediante la orden de pago 00566, se depositaron más sumas

dinerarias en concepto de dos facturas (nros. 0001-00000038B y

39) la primera de ellas por $ 320.666 y la segunda por $ 414.400.

Surge de las constancias obrantes a fs. 377, que la nombrada

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Page 95: Denuncia OBRAS SOCIALES

MEDINA fue quien llevó a cabo la extracción del efectivo ($

730.000) el día 29 de septiembre de 1998.

De esta manera, estas fueron las extracciones

que realizaron los imputados:

23/9/97 por la suma de $ 250.000 pesos por María Italia MEDINA

por la caja 11 de Liliana PACHECO. Desconociéndose la procedencia

del dinero en cuestión.

8/10/97 a las 14.45 horas, por la suma de 400.000 pesos por María

Italia MEDINA –el mismo día que se registra la extracción de

dinero de la cuenta de EQUIPO DE SALUD S.A. y exactamente dos

minutos después que la extracción de la otra cuenta-, en la misma

caja de la misma sucursal.

9/2/98 por la suma de $ 100.000 por Alberto BIBLIARDI.

10/2/98 por la suma de $ 1.636.000 por Alberto BIBLIARDI

29/9/98 por la suma de $ 730.000 por María Italia MEDINA por la

caja 11 de Liliana del V. PACHECO.

Cuenta de Equipos de Salud S.A. (6044009/3)

Con fecha 2 de octubre de 1997, el Programa

de Reconversión de Obras Sociales emitió la orden de pago n°

00157 (v.fs. 2505), mediante la cual se cancelaban prestaciones

asistenciales de EQUIPO DE SALUD S.A., discriminadas en cuatro

facturas -0005-00000845/6/7/8-, por $ 336.000 cada una de ellas;

sumando un total de $ 1.344.000 (menos las retenciones

impositivas correspondientes).

Las extracciones de estos montos fueron

realizadas el 8 de octubre de ese mismo año. Una de ellas la

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Page 96: Denuncia OBRAS SOCIALES

efectuó Gustavo Alejandro AONDI por $ 300.000 y la otra Ricardo

Germán MORTEO, por $ 1.000.000 (v.fs. 1003/1010).

Asimismo, a través de la orden de pago n°

00566 del 24/9/98 (v.fs. 2504), se acreditó en la cuenta de

EQUIPO DE SALUD S.A., la suma total de $ 1.008.000 (corresponde

restarle también las retenciones impositivas), por tres facturas

-0005-00000849/50/51-, cada una de ellas por $ 336.000. Resta aún

determinar de qué manera se debitó ese monto. Si bien se pudo

constatar que el débito se realizó el 29 de septiembre de 1998

(de acuerdo a lo que surge de las planillas de movimientos

aportabas por la entidad bancaria a fs 318/329), lo cierto es que

no se cuenta con la documentación relativa a dicha extracción, o

en su caso si correspondiere, los datos de la cuenta a la que fue

girado el dinero al ser debitado.

De esta manera estas fueron las extracciones

de dinero en efectivo que realizaron los imputados:

8/10/97 a las 14.43 horas por la suma de $ 300.000 sucursal

Belgrano por Gustavo Alejandro Aondi.

8/10/97 por al suma de $ 1.000.000 en la misma sucursal en la

misma caja, a las 14.47 horas, en esta oportunidad de Ricardo

Germán Morteo. A partir de estas extracciones de dinero la cuenta

queda con un saldo de 31.000 $ aproximadamente.

29/9/98 por la suma de $ 730.000.

Todo lo expuesto me lleva a sostener

fundamente que el día 08 de octubre de 1997, Gustavo Alejandro

AONDI, Ricardo Germán MORTEO y María Italia MEDINA no sólo

concurrieron al Banco de la Nación Argentina sucursal Belgrano

juntos, sino que fueron atendidos por la misma cajera, efectuando

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Page 97: Denuncia OBRAS SOCIALES

operaciones comerciales simultaneas, la primera de la cuenta de

EQUIPO DE SALUD, la segunda de la cuenta SELDOM y la última de la

cuenta de EQUIPO DE SALUD. Recuérdese que el banco tenía

información que acreditaba que dichas sumas de dinero

correspondían al dinero del Programa de Reconversión, sin

perjuicio de lo cual se habilitaron estas extracciones en

provecho de los titulares de esas cuentas.

Respecto de Liliana PACHECO, según surge de

su legajo personal 3777/36 durante el año 1997 ejercía funciones

de Subtesorero de la Sucursal Belgrano del Banco de la Nación

Argentina.

Conforme se sigue de fs 1291, Héctor

FERNANDEZ, del Departamento de Organización Coordinación y

Seguimiento Operativo del Banco de la Nación Argentina fue quien

tramitó la operatoria de los depósitos de fondos en esas cuentas.

Por otra parte, según surge de fs. 1110 los

firmantes de la cuenta n° 4674/21 que fue la que autorizó los

depósitos en la Sucursal Belgrano en las cuentas de SELDOM y de

EQUIPOS DE SALUD fueron: Saul ROSSI y Jorge BECERRA.

5.C.2.- SOFT SALUD y AV & ASOCIADOS

La Obra Social OSTEL contrató para el

“cumplimiento” del COMPONENTE 3, a dos firmas: SOFT SALUD, y AV &

ASOCIADOS. Como se verá a continuación, existía tal como en el

caso anterior una vinculación entre una de estas empresas y los

responsables de OSTEL, que llamativamente tampoco fue advertida

por los funcionarios del PROS.

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Page 98: Denuncia OBRAS SOCIALES

De acuerdo a los registros contables de OSTEL

los siguientes habrían sido los pagos realizados en concepto de

FORTALECIMEINTO INSTITUCIONAL:

18/11/97 300.000 $

12/2/98 18.000 $

281.000 $

17/2/98 51.000 $

10/6/98 100.000 $

29/9/98 141.000 $

16/3/99 76.000 $

23/9/99 18.000 $

17/3/00 15.000 $

Según surge del informe pericial llevado a

cabo en autos al respecto, correspondió –contablemente- a SOFT

SALUD la suma de 850.000 $, en tanto que fue pagado a AV &

ASOCIADOS la suma de 150.000 $, conforme con las órdenes de pago

emitidas por el PROS y que obran en la documentación acollarada a

los actuados. Adviértase sin embargo conforme se verá a

continuación que la elección de tales empresas no fue el

resultado de un transparente proceso de selección, sino que fue

discrecional y habría estado dirigida a beneficiar a tales

empresas con esas sumas de dinero.

Téngase en cuenta que si bien la selección de

las consultaras era una atribución de la Obra Social, la

aprobación de una en particular dependía del PROS -en base al

Programa-, apareciendo entre la documentación acollarada que el

Organismo ejecutor del Plan a través de notas que remitía a

OSTEL, simplemente convalidaba que los montos por los que se

98

Page 99: Denuncia OBRAS SOCIALES

contrataba eran correctos –véase al respecto nota 2247 que obra

como anexo III del informe pericial-.

Ahora bien, conforme la documentación que

compone estos actuados, la elección de las consultoras la debía

realizaba el PROS de acuerdo a una pre-selección realizada por la

Obra Social20.

En la carpeta numerada como 26 obrante en el

ANEXO XIX de documentación, obra la documentación original que

corresponden con el envío y responde del PROS respecto de los

contratos suscriptos por OSTEL para el desarrollo del COMPONENTE

3 del Programa. Así también obra el detalle de los gastos que

debían realizarse en cada subcomponente del componente, y los

montos que fueron utilizados de acuerdo con la documentación en

cuestión.

Ya se ha mencionado anteriormente que para el

TRAMO 1 se encontraba previsto un gasto de 500.000 $ habiéndose

utilizado, o registrado su utilización por 300.000, sumándose

para el TRAMO 2 el sobrante de 200.000 $, a los que se añadieron

los 250.000 $ propios de tal etapa.

Los números correspondientes a los topes en

dinero para cada componente previsto en el préstamo, los gastos

realizados y sus respectivas registraciones contables –tanto para

esta obra social como para las restantes-, asombra por su

exactitud, precisión y claridad contable.

En cuanto a los contratos que fueron

celebrados con las firmas en cuestión los mismos fueron

20 No se olvide que se trata de dinero del erario público, cuya disposición y administración debía estar regida por las normas en materia de contrataciones públicas, y a lo menos, por los principios de transparencia, amplitud en la convocatoria a ofertar, imparcialidad en la elección del adjudicatario en razón del beneficio de la administración y el mejor costo.

99

Page 100: Denuncia OBRAS SOCIALES

celebrados separadamente para cada subitem del componente: para

el DESARROLLO ORGANIZACIONAL Y LA CAPACITACIÓN DE RECURSOS

HUMANOS item.001/005, para DESARROLLO DEL MODELO PRESTACIONAL Y

DEL EFECTOR PROPIO item 002/003, para DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN

DEL PROYECTO DE MARKETING Y COMERCIALIZACIÓN item 004 y para

IMPLEMENTACION DE LOS SISTEMAS INFORMATICOS Y DE COMUNICACIONES

item 007 con la firma SOFT SALUD –el último fue modificado por

otro de fecha 28/1/98- y para COORDINACION Y MONITOREO item 006

con la firma AV & ASOCIADOS.

La documentación que obra al respecto

corresponde a: una “invitación” a presentar un proyecto de fecha

22/9/97, suscripta por Ergasto. E RIVA por SOFT SALUD, y Pedro

CAGGIANO, vicepresidente de AV & ASOCIADOS –respectivamente-, y

por Luis A. de la FUENTE, y Diógenes SALAZAR por la Obra Social,

los anexos de tal presentación con las básicas condiciones para

presentar, los contratos del 15/10/97 -para el caso del

correspondiente al item 007 no surge fecha-, el acta de inicio

fechada el 16/10/97 celebrados entre las 10.00 y las 10.45 horas

-que para el caso del componente 007 fue el 28/1/98

estableciéndose como inicio de las tareas el segundo TRAMO del

Programa pero que ostensiblemente aparece confeccionada en la

misma oportunidad que las invitaciones de fecha anterior, y se

encuentran suscriptas por las mismas personas-.

Toda esta documentación –salvo la de enero de

1998- ingresó en el PROSS el día 17/10/97, es decir un día

después de haberse declarado dar inicio a las actividades.

Asimismo resulta relevante destacar que en

todos los contratos se pactaba un pago inicial del 60% del monto

100

Page 101: Denuncia OBRAS SOCIALES

que correspondía al primer tramo21 y que –recuérdese lo sostenido

por el Perito Contador al respecto-, las firmas fueron

contratadas antes de su aprobación por el PROS, al haber

ingresado la documentación con fecha posterior a la firma de los

convenios.

21 El detalle de los pagos efectuados y de la documentación que lo acompañaba fue la siguiente: Identificado como "FACTURAS PAGADAS 1er. TRAMO DE RECONVERSION": 1) comunicación de deuda definitiva nro. 88541 del 29/10/97 de AV&Asociados S.A. por un monto de pesos $27.000 neto, orden de pago nro. 74822 del 18/11/97 por un monto de pesos $26.889,28 neto, solicitud de emisión de fondos nro. 28497 del 29/10/97 de OSTEL a la firma AV&Asociados por un monto de pesos $27.000, factura de AV&Asociados nro. 220 del 27/10/97 por un monto de pesos $27.000, constancia de acreditación en la cuenta 0009106185 del BNA de la firma AV&Asociados por un monto de pesos $26.889,28, recibo de AV&Asociados nro. 353 de fecha 18/11/97 por un monto de pesos $26.889,28; fotocopia comprobante de retención impuesto a las ganancias con firma y sin sello correspondiente a la firma AV&Asociados de fecha 18/11/97 por un importe de pesos $110,72; 2) comunicación de deuda definitiva nro. 88703 a nombre de Soft Salud S.A. de fecha 04/11/97 por un monto en pesos de $174.000 neto, orden de pago nro. 74819 de fecha 18/11/97 por un monto de pesos $172.674,41 neto, solicitud de emisión de fondos nro. 28582 a la firma Soft Salud S.A. del 4/11/97 por un monto en pesos de 174.000, factura nro. 023 de Soft Salud S.A. por pesos $ 174.000 de fecha 4/11/97, recibo nro. 025 de Soft Salud S.A. del 18/11/97 por un monto de pesos $174.000, fotocopia de comprobante de retención del impuesto a las ganancias de Soft Salud S.A. con firma sin sello de fecha 18/11/97 por un importe de pesos $1.325,59; dos comprobantes de acreditación de fondos por $ 67.674,41 y $105.000 en la cuenta nro. 0030295037 de Soft. Salud S.A. del BNA; 3) comunicación de deuda definitiva nro. 88702 de fecha 04/11/97 por pesos $ 36.000 neto, orden de pago nro. 74821 a nombre de Soft Salud S.A. del 18/11/97 por un monto de pesos $35.814,90 neto, solicitud de emisión de fondos nro. 28583 del 4/11/97 a Soft Salud S.A. por un monto de pesos $36.000, factura y recibo nros. 022 y 024 respectivamente de Soft Salud S.A. emitidas a Ostel. por pesos $36.000 los días 4/11/97 y 18/11/97 respectivamente, comprobante de acreditación de fondos en la cuenta nro. 0030295037 de Soft Salud S.A. por pesos $35.814,90 y fotocopia de comprobante de retención impuesto ganancias con firma y sin sello de fecha 18/11/97 por un importe de pesos $185,10; 4) comunicación de deuda definitiva nro. 88701 a nombre de Soft Salud SA por pesos $63.000 neto de fecha 4/11/97, orden de pago nro. 74820 de fecha 18/11/97 por pesos 62.591,76 neto, solicitud de emisión de fondos nro. 28584 de fecha 04/11/97 por pesos $63.000, factura nro. 021 y recibo nro. 023 de Soft Salud SA del 4/11/97 y 18/11/97 respectivamente por pesos $63.000, dos comprobantes de acreditación de fondos a la cuenta de Soft Salud SA nro. 0030295037 por $44.591,76 y $18.000, copia de comprobante de retención impuesto ganancias con firma y sin sello de fecha 18/11/97 por un importe de pesos $408,24; 5) planilla de cancelación de deudas del 2/2/98 firmada por Diógenes Salazar presidente de OSTEL por un importe bruto de pesos $200.000 6) comunicación de deuda definitiva nro. 91592 de fecha 27/01/98 por $116.000 neto a nombre de Soft Salud S.A., orden de pago nro. 77148 del 12/2/98 por un monto de pesos $115.153,75, solicitud de emisión de fondos nro. 30104 de fecha 27/01/98 por un importe de pesos $116.000, factura nro. 028 de Soft Salud S.A. a OSTEL de fecha 2/2/98 por un monto de pesos $116.000, copia de autorización de acreditación de fondos en la cuenta corriente nro. 302950/37 de Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233.878) presidente de Soft Salud S.A. de fecha 26/1/98, recibo nro. 032 de Soft Salud S.A. de fecha 9/2/98 por un monto en pesos de $116.000, dos comprobantes del BNA de la cuenta nro. 0030295037 de Soft Salud S.A. por $78.021,93 y $23.000, fotocopia del comprobante de retención de ganancias sin firma ni sello de fecha 12/2/98 por un importe en pesos de $846,25; 7) comunicación de deuda definitiva nro. 91590 del 27/1/98 por $42.000 neto, a nombre de Soft Salud S.A., orden de pago nro. 77149 del 12/2/98 por un monto de pesos $41.765,32 neto, solicitud de emisión de fondos nro. 30102 de fecha 27/01/98 por pesos $42.000, factura nro. 026 de Soft Salud

101

Page 102: Denuncia OBRAS SOCIALES

Así por NOTA 2247 del 24 de octubre de 1997,

Gabriel VIDART coordinador del Programa, se dirige a la Obra

Social señalándole que “del análisis efectuado a los Contratos,

suscriptos con fecha 15/10/97, surge que los montos acordados, de

acuerdo a sus Cláusulas Terceras, son correctos. Los Términos de

Referencia se corresponden con las Condiciones de Ejecución y los

S.A. de fecha 2/2/98 por pesos $42.000, copia de autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria nro. 302950/37 de Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233.878) presidente de Soft Salud S.A. de fecha 26/01/98, recibo nro. 030 de Soft Salud S.A. de fecha 9/2/98 por pago de factura nro. 26 firmada por el presidente de la misma, copia del comprobante de retención del impuesto a las ganancias sin firma ni sello de fecha 12/2/98 por un importe de $234,68 y comprobante de acreditación de fondos del BNA en la cuenta de Soft Salud S.A por un monto en pesos de 41.877,74; 8) comunicación de deuda definitiva nro. 91591 de fecha 27/01/98 por un monto en pesos de $24.000 neto a nombre de Soft Salud SA, orden de pago nro. 77150 de fecha 12/02/98 por un monto en pesos de $23.914,08 neto, copia de solicitud de emisión de fondos nro. 30.103 de fecha 27/01/98 por $24.000, factura nro. 027 del 2/2/98 por $24.000, copia de autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria nro. 302950/37 de Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233.878) presidente de Soft Salud S.A. recepcionada el día 26/01/98 por el área contaduría del BNA, recibo nro. 031 del pago de la factura nro. 27 de fecha 9/2/98 y comprobante de retención del impuesto a las ganancias sin firma ni sello de fecha 12/02/98 por un importe de $85,92; 9) comunicación de deuda definitiva nro. 91317 de AV&Asociados por $18.000 neto de fecha 20/01/98, orden de pago nro. 77144 de fecha 12/02/98 por $17.963,66 neto, solicitud de emisión de fondos nro. 29950 de fecha 20/01/98 por $18.000, factura nro. 237 de AV & Asociados S.A. del 20/1/98 por un monto de pesos $18.000, recibo nro. 375 del 5/2/98 de AV&Asociados correspondiente a la cancelación de la factura nro. 237 por $17.963,66, fotocopia del comprobante retención impuesto ganancias de AV&Asociados sin firma ni sellos de fecha 12/02/98 por un importe de $36,34 y comprobante de acreditación del BNA CON FACTURA 038 EN FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL 2DO. TRAMO; 10) comunicación de deuda definitiva nro. 111218 del 06/09/99 por $018.000 neto de AV&Asociados, orden de pago nro. 93332 del 23/09/99 por un monto en pesos de 17.927,33 neto, solicitud de emisión de fondos nro. 41082 del 06/09/99 por $18.000, factura nro. 095 del 3/9/99 por un monto de $18.000, copia de acreditación de pagos de AV&Asociados-cuenta nro. 91061/85 de Silvia Adriana Sanguinetti (DNI nro. 20.023.344) del 3/09/99, recibo nro. 02 del 21/09/99 por cancelación de la factura nro. 095 por $17.927,33, copia del comprobante de retención impuesto a las ganancias sin firma ni sello del 22/9/99 por un importe de $72,67 firmada por la tesorería de OSTEL y comprobante de acreditación en cuenta de BNA nro.0009106185 de la firma AV&Asociados por $17.927,33. ----------Identificado como "FACTURAS FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL 2do. TRAMO ": 1) comunicación deuda definitiva nro. 91472 del 23/1/92 por $27.000 neto, a nombre de AV&Asociados, orden de pago nro. 77143 del 12/02/98 por $26.889,28, solicitud de emisión de fondos nro. 30019 a favor de AV&Asociados(enmendada) del 23/01/98 por $27.000, factura nro. 0238 del 22/1/98 de AV&Asociados por $27.000, recibo nro. 0374 del 5/2/98 en concepto de cancelación de la factura 238 por $26.889,28, copia de comprobante de retención del impuesto a las ganancias del 12/02/98 por un importe de 110,72 y comprobante de acreditación en la cuenta nro. 0009106185 del BNA correspondientes a las factura nro. 0237/0238, monto acreditado fue de $44.742,22 2) comunicación de deuda nro. 91593 del 27/1/98 por $27.000 neto de Soft Salud S.A., orden de pago nro. 77146 del 12/2/98 por $23.889,28 neto, orden de pago nro. 77151 del 12/20./98 por 3.000 neto, solicitud de emisión de fondos nro. 30105 a favor de Soft Salud S.A. por $27.000 del 27/01/98, factura nro. 029 de Soft Salud S.A por $27.000 del 2/2/98, copia de autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria nro. 302950/37 de Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233.878) presidente de Soft Salud S.A de fecha 26/01/98, recibo nro. 033 de Soft Salud S.A. del 9/2/9 (enmendado) en virtud del pago de la

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Page 103: Denuncia OBRAS SOCIALES

cronogramas de trabajo y los pagos están en relación con la

distribución de las Líneas de Acción del Componente

Fortalecimiento Institucional del Plan de Reconversión.”

Similar contenido se observa en la nota 2640

del Gerente de Operaciones Lelio MARMORA, del Programa de

Reconversión, relacionada con el contrato con SOFT SALUD, para

factura nro. 29 por $27.000, comprobantes de retención de impuesto a las ganancias (en fotocopia) del 12/02/98 sin firma ni sello por un importe de $110,72 y comprobante de acreditación de fondos en cuenta de Soft Salud S.A. del BNA por $45.654,60 correspondientes a las facturas 026/29; 3) comunicación de deuda definitiva nro. 91595 del 27/1/98 por $ 27.000 neto de Soft Salud S.A., orden de pago nro. 77147 del 12/2/98 por $26.889,28 neto, solicitud de emisión de fondos nro. 30107 a favor de Soft Salud S.A. por $27.000 de fecha 27/01/98, factura nro. 031 de Soft Salud por $ 27.000 del 2/2/98, copia de autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria nro. 302950/37 a nombre de Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233.878) presidente de Soft Salud S.A. de fecha 26/01/98, recibo nro. 035 de Soft Salud S.A. del 9/2/98 por $27.000 en concepto de pago de factura nro. 031 y fotocopia de comprobante retención de impuesto a las ganancias sin firma ni sello del 12/02/98 por un importe $110,72 y comprobante de acreditación de fondos en la cuenta de Soft Salud S.A. por $64.021,10 correspondiente a las facturas nro. 028/31 4) Comunicación de deuda definitiva nro. 91594 de 27/1/98 de Soft Salud S.A. por $ 18.000 neto, orden de pago nro. 77145 del 12/2/98 por $17.963,66, solicitud de emisión de fondos nro. 30106 a favor de Soft Salud S.A. por $18.000 del 27/01/98, copia de autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria nro. 302950/37 a nombre de Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233.878) presidente de Soft Salud S.A. del 26/01/98, factura nro. 030 del 2/2/98 por $18.000, recibo nro. 034 del 9/2/98 de Soft Salud S.A. en concepto de pago de factura nro. 30, copia de comprobante de retención de impuesto a la ganancia sin firma ni sello del 12/02/98 por un importe de $36,34 5) Comunicación de deuda definitiva nro. 91808 del 2/2/98 por $51.000 neto, orden de pago nro. 77410 del 17/2/98 por $50.690,94 neto, solicitud de emisión de fondos nro. 30170 de $51.000 (enmendado), factura nro. 033 de Soft Salud S.A. del 2/2/98 por $51.000, copia de la autorización acreditación fondos de Soft Salud S.A. del 30/01/98-cta. Corriente nro. 302950/37 a nombre de Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233.878) presidente de Soft Salud S.A., recibo nro. 036 de Soft Salud S.A por $51.000 del 16/2/98, comprobante de acreditación de fondos de la cuenta de Soft Salud S.A. del BNA de $50.690,94 y copia de comprobante de retención de impuesto a las ganancias de Soft Salud S.A sin firma ni sello del 17/02/98 por un importe de $ 309,06.

Identificado como "40% 2do. TRAMO. CFI: 1) Comunicación de deuda nro. 95383 de AV&Asociados del 21/5/98 por $ 18.000 neto, orden de pago nro. 80149 del 10/6/98 por 17.963,66 neto, solicitud de emisión de fondos nro. 32103 de AV&Asociados del 21/05/98 por $18.000, factura nro. 293 del 20/5/98 de AV&Asociados por $18.000, autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria de AV&Asociados (copia) nro. cta. 91061/85 a nombre de Silvia Adriana Sanguinetti (DNI nro. 20.023.344) de fecha 20/05/98, copia simple con firma y sin sello de comprobante de retención de impuesto a las ganancias de fecha 10/06/98 por un importe $36,34, constancia de acreditación de fondos del BNA en cuenta de AV&Asociados de $17.963,66, y recibo nro. 434 del 22/6/98 de 17.963,66; 2) Comunicación de deuda nro. 95567 del 27/5/98 por $34.000 de Soft Salud S.A, orden de pago nro. 80148 del 10/6/98 a favor de Soft Salud S.A de $33.831,43, solicitud de emisión de fondos nro. 32166 de Soft Salud S.A. de $34.000 de fecha 26/05/98, factura nro. 041 21/5/98 de Soft Salud SA por $34.000, autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria de Soft Salud S.A (original) de fecha 22/05/98 firmada por el titular de la cuenta Ergasto E. Riva (DNI 20.233.878), copia de comprobante de retención de impuesto a las ganancias de Soft Salud S.A con firma y sin sello de fecha 10/06/98 por importe de $168,57, acreditación de fondos en cuenta de Soft Salud S.A en BNA de $33.831,43, recibo

103

Page 104: Denuncia OBRAS SOCIALES

trabajos de implementación de sistemas informáticos y

comunicaciones, del 30 de enero de 1998.

Ahora bien, una vez más la documentación

analizada permite sostener la vinculación entre las empresas

contratadas con la OBRA SOCIAL.

nro. 048 de Soft Salud por $34.000 de fecha 5/06/98; 3) Comunicación de deuda definitiva nro. 95565 de Soft Salud S.A del 27/5/98 por $6000 neto, orden de pago 80151 del 10/6/98 por $6000 neto, solicitud de emisión de fondos nro. 32164 de fecha 26/05/98 por $6000, factura 038 del 21/5/98 de Soft Salud SA por $6000, autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria a favor de Soft Salud SA (original) firmada por el titular Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233.878 de fecha 22/05/98, recibo nro. 045 del 5/6/98 por $6000, comprobante de acreditación fondos en cuenta de Soft Salud SA por $4000; 4) Comunicación de deuda definitiva nro. 95562 del 27/5/98 por $12.000 neto de Soft Salud S.A., orden de pago nro. 80154 del 10/6/98 a favor de Soft Salud S.A. por $12.000, solicitud de emisión de fondos nro. 32161 del 21/05/98 por un monto de pesos $12.000, factura 042 del 21/5/98 de Soft Salud SA, autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria de Soft Salud SA original firmada por el titular Ergasto E. Riva (DNI 20.233878) de fecha 22/05/98, recibo 049 de Soft Salud SA del 5/6/98 por $12.000, comprobante acreditación fondos en cuenta de Soft Salud SA por $12.000 correspondiente a la factura nro. 042; 5) comunicación de deuda definitiva nro. 95563 del 27/5/98 por $14000 neto de Soft Salud SA, orden de pago nro. 80153 del 10/6/98 a favor de Soft Salud SA por $14.000, solicitud de emisión de fondos nro. 32162 por $14.000 de fecha 26/05/98, factura 039 del 21/5/98 de Soft Salud SA por $14.000, autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria de Soft Salud SA (original) firmada por el titular Ergasto E. Riva (DNI 20.233.878) de fecha 22/05/98, recibo 046 del 5/6/98 de Soft Salud SA por $14.000, comprobante acreditación fondos en cuenta de Soft Salud SA por un monto en pesos de $16.975,62; 6) comunicación de deuda definitiva nro. 95564 del 27/5/98 por $4000 neto de Soft Salud SA, orden de pago 80152 del 10/6/98 a favor de Soft Salud SA por $4.000, solicitud de emisión de fondos nro. 32163 de fecha 21/05/98 por $4.000, factura 040 del 21/5/98 de Soft Salud SA por $4.000, autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria de Soft Salud SA (original) firmada por Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233878) de fecha 22/05/98, recibo nro. 047 del 5/6/98 de Soft Salud SA por pago de factura nro. 40 por $4.000, constancia de acreditación fondos del BNA en cuenta de Soft Salud SA de $1.021,10. 7) comunicación de deuda definitiva nro. 95566 del 27/5/98 por $12000 neto de Soft Salud SA, orden de pago nro. 80150 del 10/6/98 a favor de Soft Salud SA por $12.000, solicitud de emisión de fondos nro. 32165 por $12.000, factura nro. 037 del 21/5/98 de Soft Salud SA por $12.000, autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria de Soft Salud SA (original) firmada por el titular Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233.878) de fecha 22/05/98, recibo nro. 044 de Soft Salud SA del 5/6/98 en concepto de pago de factura nro. 37, comprobante acreditación fondos en cuenta de Soft Salud SA en concepto de factura nro. 037 por $14.000. 8) Impresión de certificación contable del 26/5/98 del OSTEL sin firma dirigida al Banco Mundial-Plan Reconversión, junto con planilla de cancelación de deudas de fecha 26/05/98 firmada por Diógenes Salazar, presidente de OSTEL por un monto total de $100.000

Indentificado como "CFI TRAMO III": 1) Comunicación de deuda definitiva nro. 95918 del 4/6/98 por $27.000 neto de AV&Asociados, orden de pago nro. 83226 del 29/9/98 a favor de AV&Asociados por $26.842,43 neto, solicitud de emisión de fondos 32860 de fecha 04/06/98 por $27.000, factura de AV&Asociados nro. 294 del 4/6/98 por $27.000, recibo nro. 466 del 25/9/98 de AV&Asociados por $26.842,43 en concepto de cancelación de factura 294, copia de comprobante retención de impuesto a las ganancias sin firma ni sello de fecha 29/9/98 por

104

Page 105: Denuncia OBRAS SOCIALES

De acuerdo a lo informado por la Inspección

General de Justicia a fojas 506 y siguientes de los autos

principales, la firma AV & ASOCIADOS, fue constituida el 29/10/90

por Alberto VALENZUELA, domiciliado en Cavia 1860 de Lanús y Omar

LOPEZ, domiciliado en Kloosterman 2053 de Lanus, quienes

constituyen sociedad anónima con el siguiente objeto: servicios

un importe de $157,57, copia de autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria nro. 91061/85 de AV&Asociados a nombre de Silvia Adriana Sanguinetti (DNI nro. 20.023.344) de fecha 04/06/98, y constancia de acreditación fondos del BNA en cuenta de AV&Asociados de $26.842,43; 2) comunicación de deuda definitiva nro. 95882 del 3/6/98 por $30.000 neto de Soft Salud SA, solicitud de emisión de fondos 32378 de fecha 28/05/98 por $30.000, factura de Soft Salud 043 del 21/5/98 por $30.000, autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria nro. 302950/37 de Soft Salud SA (original) a nombre de Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233878) de fecha 22/05/98, orden de pago nro. 83228 del 29/9/98 a favor de Soft Salud SA por $29.864,50, recibo nro. 055 del 29/9/98 (enmendado) en concepto de pago de factura nro. 43, copia de comprobante retención de impuesto a las ganancias sin firma ni sello de fecha 29/9/98 por un importe de $135,50 y constancia de acreditación de fondos en cuenta de Soft Salud SA en la cuenta nro. 0030295037 en concepto de factura nro. 04 por un monto en pesos de $29.864,50; 3) comunicación de deuda definitiva nro. 95884 del 3/6/98 por $36.000 neto de Soft Salud SA, solicitud de emisión de fondos nro. 32380 (enmendada) de fecha 26/05/98 por $36.000, factura de Soft Salud nro. 046 del 21/5/98 por $36.000, autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria nro. 302950/37 de Soft Salud SA (original) a nombre de Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233878) de fecha 22/05/98, orden de pago nro. 83229 del 29/9/98 por un monto de $35.814,91 neto, recibo nro. 058 del 29/5/98 de Soft Salud SA en concepto de pago de factura nro. 346 por $36.000, copia de comprobante de retención al impuesto a las ganancias sin sello ni firma de fecha 29/09/98 por un importe de $185,09, y constancia de acreditación de fondos del BNA en cuenta de Soft Salud S.A. de $35.814,91; 4) comunicación de deuda nro. 95883 del 3/6/98 por $15.000 neto de Soft Salud SA, solicitud de emisión de fondos nro. 32379 del 26/5/98 por $15.000, factura nro. 044 de Soft Salud del 21/5/98 por $15.000, autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria nro. 302950/37 de Soft Salud SA (original) a nombre de Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233.878) de fecha 22/05/98, orden de pago nro. 83230 del 29/9/98 a favor de Soft Salud SA por $14.988,47, recibo nro. 056 del 29/9/98 de Soft Salud SA en concepto de pago de factura B44 por $15.000, copia de comprobante retención del impuesto a las ganancias sin sello ni firmas de fecha 29/09/98 por un importe de $11,53, constancia de acreditación de fondos del BNA en cuenta de Soft Salud S.A. de $14.988,47; 6) comunicación de deuda definitiva nro. 95881 de Soft Salud S.A. del 3/6/98 por $ 33.000 neto, solicitud de emisión de fondos nro. 32377 de fecha 26/05/98 por $33.000, factura nro. 045 del 21/5/98 de Soft Salud SA por $33.000, autorización de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria de Soft Salud SA nro. 302950/37 (original) a nombre de Ergasto E. Riva (DNI nro. 20.233.878) de fecha 22/05/98, orden de pago nro. 83227 del 29/9/98 a favor de Soft Salud SA por $32.839,70, copia de comprobante retención de impuesto a las ganancias sin sello ni firma de fecha 29/09/98 por un importe de $160,30 y recibo nro. 057 del 29/9/98 de Soft Salud SA en concepto de pago de factura B45 por $33.000, y constancia de acreditación de fondos del BNA en cuenta de Soft Salud S.A. de $32.839,70.

Identificadas como "SALDO FACT. TERCER TRAMO..": 1) comunicación de deuda definitiva nro. 77396 del 13/12/96 por $414.400 neto de Seldom SA., orden de pago nro. 83221 a nombre de Seldom del 29/9/98 de fecha 29/09/98 por $317.571,77 neto, orden de pago nro. 76886 del 10/2/98 a favor de Seldom SA. por $93.334 neto, factura nro. 038 de Sanatorio del Norte (original y duplicado) de fecha 09/12/96 por $414.400, autorización original de acreditación de pagos de deudas en cuenta corriente bancaria de Seldom SA. nro. 6044010/9 a nombre de Alberto Bigliardi (DNI nro. 16.678563)

105

Page 106: Denuncia OBRAS SOCIALES

de asesoramiento y consultoría de empresas en administración y

comercialización.

Su domicilio fue constituido en la calle Luis

Viale 2155 8° “A” de esta ciudad, integrado el capital en 90% por

Valenzuela y en un 10% por Lopez.

presidente de Seldom S.A. y María I. Medina (DNI nro. 20.278.928) de fecha 22/01/98, recibo nro. 0148 del 9/2/98 por $ 93.334 en concepto de pago de factura nro. 38, comprobante acreditación de fondos en cuenta bancaria de Seldom SA. por $93.333 (factura nro. 038), copia de constancia de retención de impuesto a las ganancias sin firma, ni sello, ni fecha por un importe de $3.094,23, recibo nro. 0299 de fecha 29/09/98 por $320.666 en concepto de pago de factura B-038 y comprobante acreditación de fondos en cuenta bancaria de Seldom SA. por $410.368,43 (en concepto de p. Asistenciales fac. 0) 2) comunicación de deuda definitiva nro. 78338 del 13/12/96 por $414.400 neto de Seldom SA, orden de pago nro. 83222 del 29/9/98 a favor de Seldom SA por $410.368,43, factura nro. 039 de Sanatorio del Norte del 9/12/96 en original y duplicado por $414.400, recibo nro. 300 de Seldom SA del 29/9/98 por $414.400 en concepto de pago de fac. B-039, comprobantes de acreditación de fondos en cuenta del BNA de Seldom SA de $317.571,77 (concepto de p. Asiste. De fact. 0) y constancia de retención de impuesto a las ganancias sin sello, ni firma, ni fecha por un importe de $4.031,57; 3) comunicación de deuda definitiva nro. 104830 del 1/3/99 por la suma de $ 20.000 neto de Soft Salud SA, orden de pago nro. 87812 del 16/3/99 a favor de Soft Salud SA por $19.894,27, solicitud de emisión de fondos nro. 37694 de Soft Salud SA por $20.000, factura de Soft Salud SA nro. 006 del 3/3/99 por $20.000, recibo de Soft Salud SA nro. 067 del 16/3/99 por $20.000 en concepto de pago de factura nro. 6, y comprobante acreditación de fondos en cuenta de Soft Salud SA del BNA (fac. nro.6) de $19.894,27; 4) comunicación de deuda definitiva nro. 104831 del 1/3/99 por $22.000 neto de Soft Salud SA, orden de pago nro. 87810 del 16/3/99 a favor de Soft Salud SA por $21.861,21, solicitud de emisión de fondos nro. 37695 de Soft Salud SA de fecha 01/03/99 por $22.000, factura nro. 005 del 3/3/99 de Soft Salud SA por $22.000, recibo nro. 066 de Soft Salud SA del 16/3/99 en concepto de fac. nro. 5, comprobante acreditación fondos del BNA en cuenta de Soft Salud SA por $21.861,21 (fac. nro. 5), 5) comunicación de deuda definitiva nro. 104827 del 1/3/99 por $24.000 neto de Soft Salud SA, orden de pago nro. 87813 del 16/3/99 a favor de Soft Salud SA por $23.828,16, solicitud de emisión de fondos nro. 37691 de Soft Salud SA por $24.000, factura nro. 008 del 3/3/99 de Soft Salud SA por $24.000, recibo nro. 069 de Soft Salud SA del 16/3/99 por $24.000 en concepto de pago de factura nro.8, comprobante acreditación fondos en cuenta de Soft Salud SA del BNA por $23.828,16 (fac. nro. 8); 6) comunicación de deuda definitiva nro. 104828 del 1/3/99 por $10.000 de Soft Salud SA, orden de pago nro. 87811 del 16/3/99 a favor de Soft Salud SA por $10.000, solicitud de emisión de fondos nro. 37692 de fechas 01/03/99 por $10.000, factura nro. 007 de Soft Salud SA del 3/3/99 por $ 10.000, recibo nro.068 del 16/3/99 de Soft Salud SA en concepto de pago de factura nro.7, y comprobante de acreditación de fondos en cuenta de Soft Salud SA del BNA por $10.000 (fact. nro. 7); 7) certificación contable en fotocopia suscripta por Raúl Ramos dirigida al Banco Mundial-Plan de Reconversión del 11/5/98, en su reverso obra copia de legalización del Consejo Profesional de Ciencias Económicas firmada por el Dr. Jesús M. Miñones nro. B768276 de fecha 11/05/98, y planilla de cancelación de deudas de fecha 11/05/98, sin firma y por un monto total de pesos $1.743.066. Y por último, ya habiendo superado la fecha estipulada para finalizar las tareas de acuerdo al convenio: comunicación de deuda definitiva nro. 117409 a nombre de AV&Asociados por $15.000 neto del 2/3/2000, solicitud de emisión de fondos nro. 44142 del 02/03/00 por $15.000, factura nro. 0192 del 2/3/2000 por $15.000, autorización de depósito en cuenta corriente bancaria de AV&Asociados (original) en cuenta nro. 91061/85 a nombre de Alberto Valenzuela (DNI nro. 11.367.240) con fecha 2/03/00, copia de certificación contable firmada por Raúl E. Ramos del 3/3/2000 dirigida al Banco Mundial-Plan Reconversión con copia de legalización en su reverso del Consejo Profesional de Ciencias Económicas nro. C874839 de fecha 3/3/00 firmada por Dr. Enrique E. Yerequi y copia de planilla de cancelación de deudas de fecha

106

Page 107: Denuncia OBRAS SOCIALES

El 25/10/99 VALENZUELA como presidente de AV

ASOCIADOS traslada domicilio social a Av. Corrientes 1820 4° “B”,

el que según la documentación obrante en autos, habría continuado

permaneciendo en dicho domicilio.

Respecto de la firma SOFT SALUD, la misma fue

constituida el 6/12/1995 nada menos que por María Italia MEDINA –

en cuyos datos personales obra que se encuentra casada con

Gustavo Osvaldo SOLARI-, y Agustina Fernández BORELL -contadora

pública, casada nada menos que Alberto BIGLIARDI- y su objeto

social era realizar las siguientes actividades: inmobiliarias, de

construcción, financieras de computación y procesamiento de datos

–comprar y vender software, hardware, telefonía, insumos,

mantenimiento- y exportación e importación de todos los elementos

relacionados con la actividad.

No se repara cómo una empresa con dicho

objeto social podría, en tiempo y forma y por sí, cumplimentar

con los subcomponentes DESARROLLO ORGANIZACIONAL Y LA

CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS item.001/005, DESARROLLO DEL

MODELO PRESTACIONAL Y DEL EFECTOR PROPIO item 002/003, DESARROLLO

E IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DE MARKETING Y COMERCIALIZACIÓN

item 004, para los que había sido “contratada”, advirtiéndose

además que justamente el contrato correspondiente al item 007

IMPLEMENTACION DE LOS SISTEMAS INFORMATICOS Y DE COMUNICACIONES –

14/11/99 por un total de $15.000, sin firma del responsable legal, sólo con la firma del Contador Público Ramos, recibo nro. 035 de fecha 09/03/00 en concepto de cancelación de fact. B01-0192 por 14.988,47 firmada por Jorge Sansinetti, copia de comprobante de retención de impuesto a las ganancias sin firma ni sello de fecha 16/03/00 por un importe en pesos de $11,53, e impresión de recibo de fecha 16/3/99 –nro. comprobante 10948-, donde figura como beneficiario el Banco Mundial, en concepto de prestamos en efectivo de $76.000 sin firma.

107

Page 108: Denuncia OBRAS SOCIALES

que parecería más acercado a las posibilidades operativas de la

empresa-, mereció determinadas observaciones.

En dicho acta de constitución, aparecían como

presidenta FERNANDEZ BORRELL Y María Italia MEDINA como Directora

Suplente, otorgando poder especial de representación a Guillermo

Alfredo SYMENS y/o Alberto BIGLIARDI.

Se registra posteriormente una escritura de

aumento de capital, cambio de domicilio, ampliación del objeto

social y cambio de la sede social, como así también reforma de

estatutos.

Dicha escritura del 05 de enero de 2001, da

cuenta de que a esa fecha Ergasto Emilio RIVA era presidente de

la firma, que se había autorizado la ampliación del objeto –entre

cuya ampliación casualmente se incorporó el asesoramiento o

cunsultoría comercial, entre otros-, la renuncia de MEDINA, y el

cambio de domicilio al de la avenida Corriente 2835 primer cuerpo

8vo. A. de esta ciudad, designándose a Eduardo AMINI, y a RIVA

para la firma de la escritura. Asimismo se asienta el cambio de

denominación social al de THEMA CONSULT S.A. del 11/9/00.

Nótese así también el aprobado proceso de de

Fusión por Absorción de la empresa en cuestión con la firma TELE

EMPRENDIMIENTOS SA y la proyección de nuevos negocios, amplían

objeto social a comercialización de telecentros y actividades

afines y a la comercialización de zapatos y afines.

Alberto BIGLIARDI y Eduardo AMNINI de acuerdo

a las pruebas incorporadas eran respectivamente el abogado y el

contador de OSTEL –véase al respecto lo que surge del acta de

allanamiento de fs. 726-.

108

Page 109: Denuncia OBRAS SOCIALES

Una vez más se observa de la prueba

acollarada a la investigación que los funcionaros del PROS lejos

de velar por los intereses del Programa y administrar

adecuadamente los fondos que les fueron confiados, dispusieron de

los mismos fraudulentamente en beneficio patrimonial de personas

ajenas a la administración y teniendo en miras dicho beneficio,

tal como se observa de las operaciones en las que intervinieron

con motivo de sus cargos.

En este sentido, y particularizando lo que

surge sobre lo apuntado en las pruebas incorporadas, repárese que

–tal como se dijo más arriba- las solicitudes de desembolso de

dinero presentadas ante Banco de la Nación sobre la cuenta de

fondeo y con destino a cada una de las cuentas puentes fueron

suscriptas por Liliana SINGER, Gerardo CASARELLO, Mario H.

GERDEL, Hebe OTTONELLO, Lic. Jaime SAIEGH, Graciela PESSAGNO,

Luis V. CERIANI, Jorge BECERRA, y Saúl ROSSI.

Las órdenes de pago por las cuales el dinero

público fue transferido de las cuentas puente a las cuentas de

los proveedores en este caso de OSTEL –y que para el resto de las

Obras Sociales fueron ordenadas por los mismo funcionarios-,

fueron firmadas por el Licenciado Walter HONDARRE, Gerente de

Administración y Finanzas del PROS, y por Gabriel M. VIDART, como

Coordinador del Programa, por el Dr. Lelio H. MARMORA, Gerente de

Operaciones del PROS, por el Licenciado Mario H. GERDEL Gerente

de Operaciones –para el año 2000-, y el Licenciado Jaime SAIEGH

como Coordinador del Programa.

Tal como se verá más adelante, muchos de los

funcionarios sindicados tenían vinculación, pertenecían, formaban

109

Page 110: Denuncia OBRAS SOCIALES

parte o aparecen como contratados por los responsables de otras

Obras Sociales22, al punto tal de haber cobrado determinadas sumas

de dinero por servicios que aparecieron como contratados para

alguno de los componentes del Programa, para luego prestar

funciones como administradores de dichos emolumentos.

6.- OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL DE OBRAS

Y SERVICIOS SANITARIOS.

Conforme surge de la información obrante en

autos, la Obra Social del PERSONAL DE OBRAS Y SERVICIOS

SANITARIOS, figura inscripta ante el Registro Nacional de Obras

Sociales bajo el número 1-2540 desde el 31 de octubre de 1994.

De acuerdo a su estatuto se constituyó como

una entidad de derecho público no estatal, con individualidad

jurídica, financiera y administrativa, que nucleaba al personal

bajo relación de dependencia que desarrollaba tareas en la

Administración General de Obras Sanitarias de la Nación y/o Aguas

Argentinas S.A., y/o ex Obras Sanitarias de la Nación y

sucesoras. Su inicial domicilio legal –según estatuto- se fijó en

esta ciudad, y la Obra Social tenía por objeto la prestación de

servicios médico asistenciales a sus beneficiarios, así como a

otros de carácter social.

Esta entidad era conducida y administrada por

un Consejo Directivo integrado por ocho miembros titulares,

integrado por un Presidente, un Vicepresidente, un Tesorero,

cinco Directores titulares y ocho vocales suplentes.

22 Además de la que se comenta.

110

Page 111: Denuncia OBRAS SOCIALES

Ahora bien, antes de analizar la

documentación con la que se cuenta en autos respecto de esta Obra

Social, adviértase que conforme surge del ANEXO VI de

documentación, la copia que acompañaba el contrato firmado entre

la Obra Social y el PROS aparece certificada -como en el caso de

la obra social OSTEL-, por el escribano LYKIARDOPOULOS y que,

recién el 23 de septiembre de 1996 –ya iniciado el Programa de

Reconversión-, por resolución 148/96 del Ministerio de Salud y

Acción Social, se modificó el encuadre de la obra social en los

términos de la ley de Obras Sociales –para ese entonces ley

23.660-, quedando desde ese momento autorizada para recaudar

aportes y contribuciones del art. 16 de la ley en cuestión, abrir

cuentas bancarias y movilizar los fondos respectivos y registrada

ante el Registro Nacional de Obras Sociales bajo el número 0-

0100.

Sus autoridades eran las siguientes:

a) Año 1995: Presidente: Miguel Angel ESPIÑO; vicepresidente:

Pedro Enrique HARRIET, tesorero: Horacio Alfredo NUÑEZ, director:

Juan Manuel BULAY, y Domingo CONSTANTINO, vocales suplentes:

Alejandro Marcelo GOMEZ DEL RIO, Gustavo Jorge ROLDAN, Oscar

Alberto NUÑEZ, Jorge Norberto CASTRO y Ramón Rodolfo INVERNOZ.

b) Año 1996: Presidente: Roberto POLANCO, vicepresidente:

HARRIET, tesorero: Humberto PRESTERA, y Jorge Norberto CASTRO

directores: Juan Manuel BULAY, Domingo CONSTANTINO, Luis Angel

CIMINELLI, Angel IÑIGUEZ DE HEREDIA, Jorge José RODRIGUEZ.

c) Año 2000: se inscriben como tesorero a Jorge Norberto CASTRO,

como vocales suplentes a Oscar Rodolfo GEREZ, Y Manuel Gustavo

MARTINEZ, y revisor de cuentas a Daniel Héctor ALVAREZ.

111

Page 112: Denuncia OBRAS SOCIALES

5.a.- Del convenio con la Obra Social DEL

PERSONAL DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS

Por acta nro. 18 del Consejo Directivo de

fecha 26 de agosto de 1997, consignándose como domicilio de la

Obra Social el de la calle Arenales 2667 de esta ciudad, y

encontrándose presentes Roberto POLANCO, presidente de la Obra,

Pdro E. HARRIET, vicepresidente, Humberto PRESTERA, Juan M.

BULAY, Domingo COSTANTINO, Angel IÑIGUEZ de HEREDIA, Jorge J.

RODRIGUEZ y Luis CIMINELLI, se autoriza al primero de los

nombrados a “suscribir el correspondiente Convenio de Préstamo

Subsidiario otorgado por el B.I.R.F. y a llevar a cabo la

efectivización del mismo. Así como cualquier otro trámite del

préstamo solicitado”.

Nótese que tal decisión es anterior al acta

por la cual el Comité del Programa, integrado por Guillermo

BONAMASSA por el Ministerio de Salud, Ernesto DONATO por la

Jefatura de Gabinete y Carola PESSIMO por el Ministerio de

Economía, “en atención al dictamen técnico emitido por la Unidad

Ejecutora del Programa de Reconversión de Obras Sociales en el

que se recomienda la aprobación del Préstamo Subsidiario, basado

en el dictamen de la Firma Consultora Calificadora de Riesgo y en

razón de haberse dado cumplimiento a los requisitos y condiciones

establecidos en el Manual de Operaciones…”, aprueban el Plan de

Reconversión de Obras Sociales, como asimismo la asignación de un

monto de $ 2.927.000 al préstamo solicitado, más el 3% de la

reserva técnica.

112

Page 113: Denuncia OBRAS SOCIALES

Así pues antes de la aprobación del Comité

del Plan Presentado, la Obra Social había decidido que el

Presidente POLANCO la representaría para la suscripción del

convenio que se suscribió el 21 de octubre de 1997.

Ese día, Guillermo BONAMASSA como Secretario

de Política y Regulación de Salud y el mencionado POLANCO,

suscribieron el Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de

Reconversión de Obras Sociales, en los términos del convenio

modelo ya detallando, por la suma de U$S 3.014.810 de los cuales:

c) U$S 2.927.000 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

d) U$S 87.810 corresponderían al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica.

De acuerdo a lo pautado en el título IV “Del

Préstamo” cláusula SEPTIMA: el monto a transferirse a la cuenta

asignada a la Obra Social radicada en el Agente Financiero

estaría compuesta de:

d) hasta la cantidad de $ 1.827.000 para el componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

e) hasta la cantidad de $ 600.000 para el componente 2

RECONVERSIÓN DE PLANTA DE PERSONAL.

f) Hasta la cantidad de $ 500.000 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, especificándose en el

anexo III, los montos a ser aplicados para cada una de

las líneas programadas del Componente.

113

Page 114: Denuncia OBRAS SOCIALES

g) Hasta la cantidad de 87.810 U$S para el Fondo de Reserva

Técnica.

El resto de las pautas referidas a la

modalidad de los desembolsos, la documentación que debía ser

acompañada a tales fines, y las condiciones previstas, resultó

idéntica a la de las demás obras sociales.

6.b.- El dinero desembolsado. Las firmas

involucradas y su vinculación con la Obra Social.

Ahora bien, nótese que según surge del anexo

de documentación comentado –anexo VI- y del anexo XIV, el Plan de

Reconversión incluyó una certificación contable suscripta por el

Dr. Andrés CHIAPPE, por la que se informaba al PROS sobre la

estructura de la deuda al 30 de abril de 1997, la cual ascendía a

la suma de $ 5.722.312, fechada el 23 de julio de 1997.

Entre los acreedores de la obra social

figuran la firma MEDICAR y la firma PRAXIS MEDICA, nada menos que

SELDOM S.A., MAPS S.A. –firmas que registran los valores más

elevados de facturación-, INVESTIGACIONES MEDICAS S.A.,

EMPRENDIMIENTOS DE SALUD, y el ESCRIBANO LIKARDIOPULOS.

Asimismo nótese que si bien el informe del

auditor, contador público independiente Dr. Luis María SOSA, -ver

fs. 3332-, referido a los estados contables de la Obra Social al

31 de agosto de 1998 –ejercicio iniciado el 1/9/97-, se encuentra

certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, al

igual que la Obra Social OSTEL, la documentación que concuerda

con tales asientos surge verificada por Héctor R. GAUNA, Oscar

114

Page 115: Denuncia OBRAS SOCIALES

PASCUAL y Víctor BLANCO, integrantes de la Comisión Revisora de

Cuentas de la Obra Social.

Por otro lado adviértase que entre los bienes

de uso de la Obra Social surgen: terrenos, edificios y mejoras

del SANATORIO DEL NORTE, terrenos y edificios de PRAXIS MEDICA,

como así también que durante el año 1996 la obra social recibió

subsidios de la ANSSAL por la suma millonaria de $ 2.770.999 –sin

contar los no aplicados pero asignados-; y que los estados de

situación patrimonial que fueron tomados como base para la

realización de la pericia contable realizada en autos no

contarían con la correspondiente certificación del Consejo

Profesional de Ciencias Económicas.

Conforme surge del anexo III del Convenio

“CONDICIONES DE EJECUCION” se establecieron como acciones y

actividades a ser desarrolladas por la Obra Social en cuestión,

en el marco del Plan de Reconversión las siguientes:

PRIMER TRAMO del día 1ª al noventa –entendiéndose el 1ª día

como el día en que se produce la primera cancelación de deudas de

la Obra Social de cualquier de los 3 componentes del Programa-:

COMPONENTE 1 cancelación pasivos por prestaciones

médicas: $ 609.000

COMPONENTE 2 personal reconvenido $ 600.000

COMPONENTE 3 fortalecimiento institucional: $ 180.000

MONTO TOTAL AL PRIMER DESEMBOLSO 1.389.000 $

Nótese al respecto que de acuerdo a la

llamada que se observa en la primer hoja coincidente con el resto

de las obras sociales, las cifras consignadas para el COMPONENTE

1, reflejaban valores nominales previos a la negociación con los

115

Page 116: Denuncia OBRAS SOCIALES

prestadores, pudiendo ser ellos finalmente menores y

autorizándose a que el monto remanente entre el aprobado para la

cancelación de los pasivos por prestaciones médicas y el

efectivamente pagado pudiera ser utilizado para otros componentes

del Plan, previa autorización de la U.E.P.O.S.

Al igual que lo analizado para OSTEL y para

el resto de las obras sociales, tales negociaciones nunca

existieron, o, peor aún las facturas que fueron pagadas en

concepto del COMPONENTE 1 no aparecen conformadas, auditadas, o

controladas en cuanto a la efectiva prestación. Aúnese a ello que

los pagos efectuados lo fueron a firmas cuyos titulares o

responsables se encontraban vinculados a las máximas autoridades

de la Obra Social, como así también de otras como se verá

seguidamente.

SEGUNDO TRAMO: día noventa al ciento ochenta.

COMPONENTE 1: $ 609.000

COMPONENTE 3: $ 180.000

MONTO TOTAL: $ 789.000

TERCER TRAMO: día ciento ochenta y uno a trescientos

COMPONENTE 1: $ 609.000

COMPONENTE 3: $ 140.000

TOTAL: $ 749.000.-

A lo expuesto, súmese que respecto al

COMPONENTE 1, la certificación de deudas que surge como

integrante del anexo III del convenio se encuentra suscripta por

la licenciada Silvia A. SANGUINETTI, en su carácter de

“presidente” junto con POLANCO, en carácter de presidente de la

116

Page 117: Denuncia OBRAS SOCIALES

Obra Social, y por ya mencionado, Andrés CHIAPPE como contador

público, y consta de una planilla sin documentación adicional

donde se declaran los montos y los conceptos –facturas- que

“corresponderían” con las deudas que tenía la Obra Social al

inicio del Programa.

Ahora bien, conforme surge de las

autorizaciones de acreditación de pagos de deudas en cuenta

corriente bancaria, Silvia Andriana SANGUINETTI era la

representante legal de la firma AV & ASOCIADOS23, firma contratada

para el COMPONENTE 3 del Programa, lo que demuestra aún más los

previos conocimientos y vínculos entre los imputados que se

desprende a lo largo de esta presentación. Así no se advierte de

qué forma SANGUINETTI aparece suscribiendo una certificación de

deuda de la Obra Social y al mismo tiempo formar parte de una

empresa contratada para fortalecimiento institucional de la misma

entidad.

Las sucesivas transferencias de las sumas de

dinero que fueron desembolsadas para cada tramo a favor de la

Obra Social, se corresponden con las notas 2240, 2799, 7995

suscriptas por Gabriel VIDART y por Walter HONDARRE, del 23 de

octubre de 1997 por la suma de $ 1.389.000, del 4 de marzo de

1998 por la suma de $· 789.000 y del 22 de septiembre de ese año

por la suma de $ 749.000.

De esta manera la cuenta corriente

correspondiente a la Obra Social del PERSONAL DE OBRAS Y

SERVICIOS SANITARIOS nro. 4690/27 registra en el Banco de la

Nación Argentina, los siguientes movimientos:

23 Ante el Banco de la Nación Argentina.

117

Page 118: Denuncia OBRAS SOCIALES

24/10/97 un crédito por la suma de $ 1.389.000

31/10/97 un débito por la suma de $ 442.850,64

7/11/97 un débito por la suma de $ 82.002,27

14/11/97 un débito por la suma de $ 61.739,87

21/11/97 un débito por la suma de $ 563.105,98

24/11/97 un crédito por la suma de $ 15.375,93

24/11/97 un débito por la suma de $ 15.375,93

28/11/97 un débito por la suma de $ 46.395,51

12/12/97 un débito por la suma de $ 4.863,38

16/12/97 un débito por la suma de $ 4.863,38

22/12/97 un débito por la suma de $ 113.161,60

23/12/97 un crédito por la suma de $ 4.863,38

05/03/98 un crédito por la suma de $ 789.000

06/03/98 un débito por la suma de $ 610.104,95

13/3/98 un débito por la suma de 180.000

22/09/98 un crédito por la suma de $ 749.000

25/09/98 un débito por $ 610.739.97

19/02/99 un débito por $ 56.000

27/8/99 un débito por $ 35.83 lo que deja a la cuenta en cero.

Ahora bien, respecto del COMPONENTE 3, como

se adelantó la totalidad del componente aparece contratado a la

firma A.V. & ASOCIADOS.

Recordando lo que respecta a las

cancelaciones del COMPONENTE 3, del anexo VI, surgen las órdenes

de pago de las separatas 10 y 12.

En la separata correspondiente a la

cancelación nro. 10 obra la copia de la orden de pago 271 del

18/12/97 suscripto por HONDARRE y por Lelio MARMORA, por la cual

118

Page 119: Denuncia OBRAS SOCIALES

se solicita al Banco el pago de 6 facturas de la firma en

cuestión por un total de $108.000. Tales facturas corresponderían

a contratos que por cada item habrían sido firmado con la Obra

Social –item 1 al 6 del componente-, y fueron extendidas en la

misma fecha resultando las mismas correlativas –de la número 226

a la número 231-.

La solicitud de pago de las facturas en

cuestión, como asimismo los contratos suscriptos con la Obra

Social y la firma en cuestión, fueron remitidos por POLANCO el

05/12/97. Ahora bien, si se advierte que las facturas se

encuentran fechadas el 01/12/97, se verá que las mismas fueron

extendidas antes de que el PROS siquiera tomara conocimiento que

tal empresa sería la que se “contrataría” para completar cada

item del COMPONENTE 3. Asimismo no se explican –una vez más-, los

motivos por los cuales se llevaron a cabo varios contratos cuando

se trataba de una misma empresa, una misma Obra Social, y

trabajos de un mismo componente.

Por otra parte se agrega en la cancelación 12

la orden de pago 362 de fecha 12/3/98, que corresponde a la orden

de pago que efectuó VIDART y HONDARRE al Banco de la Nación

Argentina, de 11 facturas de AV & ASOCIADOS, fechadas el 25/2/98

numeradas de la 259 a la 269 que suman un total de $ 180.000, que

habían ingresado en el PROS el 05/3/98.

En la cancelación 14 se corresponde con la

orden de pago 595 por la que se ordena el día 22/10/98 al Banco

de la Nación Argentina el pago de 9 facturas de la firma en

cuestión por un total de 156.000$ -facturas 332 a 337 y 339 a

341-, como así también en la cancelación 15 por la que los mismos

119

Page 120: Denuncia OBRAS SOCIALES

funcionarios VIDART y HONDARRE solicitan el pago de 4 facturas

por la suma de 56.000 $ -facturas 382 a 386-.

Finalmente adviértase que las facturas en

cuestión no hacen referencia a algún contrato o convenio con la

Obra Social, no obrando así tampoco entre la documentación

comentada copia del o de los mismos.

Corresponde asimismo señalar que respecto de

los cursos de capacitación que aparecen facturados por esta

firma, el cuerpo pericial llegó a la conclusión de que en lo que

respecta a los cursos dictados por la firma AV & ASOCIADOS, no

podría determinarse el precio por los cursos realizados, toda vez

que no se especificaba en las facturas detalladas tal

determinación.

Resulta relevante para el caso destacar que

el receptor de dicho cursos no era un usuario común sino todas

las Obras Sociales por lo menos de esta ciudad, lo que determina

considerar más que llamativas las facturaciones de dicha firma

por este concepto que aparecen en las cancelaciones de varias

obras sociales.

7.- OBRA SOCIAL DE LA FEDERACION NACIONAL

DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS OSFENTOS –OSFFENTOS-

Conforme surge de la información obrante en

autos especialmente la obrante en el anexo XIV, la Obra Social

FEDERAL DE LA FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS

SANITARIAS, fue creada en 1994, en el marco de la Fe.N.T.O.S. –

Federación Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias-, siendo

sus autoridades a dicha fecha Juan Carlos MARTELLETTI presidente,

120

Page 121: Denuncia OBRAS SOCIALES

Jorge LUCERO vicepresidente, Luis María SOSA tesorero, Alberto

KATZ secretario de acción social, José Osvaldo CAPASSO secretario

de actas, Alejandro CARRIZO, Rufino Bernardino SOSA, y Roberto

TOMASELLI y en la Comisión Revisora de Cuentas: Juan Carlos

PEREZ, Ramón Francisco CUENCA, y tenía por objeto la cobertura

médico asistencial y farmacológica de todos los trabajadores de

la actividad sanitarista, encontrándose inscripta ante el

Registro Nacional de Obras Sociales bajo el número 1-2530 desde

el 11/10/94.

7.a.- El convenio con la Obra Social

Por acta nro. 76 del Consejo Directivo de

fecha 9 de diciembre de 1997, consignándose como domicilio de la

Obra Social el de la calle Juncal 1914 de esta ciudad24, y

encontrándose presentes el titular Dr. Juan Carlos MARTELETTI,

con la presencia de Jorge Horacio LUCERO, vicepresidente, y de

Luis María SOSA, como tesorero, Juan José Baustista RAIMUNDO,

secretario de acción social y Osvaldo José CAPASSO, secretario de

actas, se autoriza a MARTELETTI a suscribir y rubricar en nombre

y representación de la Obra Social, los convenios, actas y

acuerdos que correspondieran, según lo decidido por acta 20 del

Comité del Programa de Reconversión del 28/11/97 –firmada por

Guillermo BONAMASSA, Ernesto DONATO, César ZAURDO-, por la que se

había aprobado el préstamo solicitado, por $ 900.000 con más un

3% para la reserva técnica.

Recuérdese que en todos los casos, incluido

el comentado, se hace alusión en el acta del Comité a “informes”

cuyos elaboradores y resultados se desconocen hasta la fecha.

24 En la documentación que corresponde con esta obra social dicho domicilio cambia posteriormente al de la calle Las Heras 1947 2do piso de esta ciudad.

121

Page 122: Denuncia OBRAS SOCIALES

El 30 de diciembre de 1997, Guillermo

BONAMASSA como Secretario de Política y Regulación de Salud y

Juan C. MARTELLETTI suscribieron el Convenio de Ejecución y

Préstamo Subsidiario de Reconversión de Obras Sociales, en los

términos del convenio modelo ya detallando, por la suma de U$S

927.000 de los cuales:

a) U$S 900.000 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

b) U$S 27.000 corresponderían al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica

De acuerdo a lo pautado en el título IV “Del

Prestamo” cláusula SEPTIMA: el monto a transferirse a la cuenta

asignada a la Obra Social radicada en el Agente Financiero

estaría destinado totalmente al COMPONENTE 3, especificándose en

el anexo III, los montos a ser aplicados para cada una de las

líneas programadas del Componente.

c) Hasta la cantidad de 87.810 U$S para el Fondo de Reserva

Técnica.

El resto de las pautas referidas a la

modalidad de los desembolsos, la documentación que debía ser

acompañada a tales fines, y las condiciones previstas, resultó

idéntica a la de las demás obras sociales.

Conforme surge del anexo III del Convenio

“CONDICIONES DE EJECUCION” se establecieron como acciones y

actividades a ser desarrolladas por la Obra Social en cuestión,

en el marco del Plan de Reconversión las siguientes:

122

Page 123: Denuncia OBRAS SOCIALES

PRIMER TRAMO del día 1ª al noventa –entendiéndose el 1ª día

como el día en que se produce la primera cancelación de deudas de

la Obra Social de cualquier de los 3 componentes del Programa-:

cancelaciones por $300.000,

SEGUNDO TRAMO: día noventa al ciento ochenta $ 300.000.

TERCER TRAMO: día ciento ochenta y uno a trescientos $ 300.000

7.b.- Los desembolsos. A.V. & ASOCIADOS

El detalle de los pagos efectuados a la firma

AV & ASOCIADOS surge del anexo III que compone la pericia llevada

a cabo por el Cuerpo de Peritos Contadores de la Justicia

Nacional.

Al igual que lo mencionado para la Obra

Social del PERSONAL DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS, los

contratos entre la Obra Social y la firma AV & ASOCIADOS fueron

firmados el 16/1/98, remitidos al PROS el 19/1/98, habiendo

informado VIDART el 21/1/98 a la Obra Social que “del análisis

efectuado….surge que los montos acordados, de acuerdo a las

Cláusulas Terceras, son correctos” por nota 2597.

En el anexo XII de documentación obran las

constancias que darían cuenta de la remisión por parte de la Obra

Social de los contratos que habían sido suscriptos por MARTELETTI

y la firma AV & ASOCIADOS representada por Pedro CAGGIANO,

vicepresidente.

Así se agregan los siguientes contratos:

a) contrato entre la Obra Social y AV & ASOCIADOS del 16/1/98

junto con el acta de inicio de actividades del 19 de enero

de 1198, por la que se contratan tareas de consultoría

123

Page 124: Denuncia OBRAS SOCIALES

relacionadas con COORDINACIÓN ESTRATÉGICA DE LA

IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE RECONVERSIÓN –CFI 003-, por

100.000 $ con vigencia por 10 meses, en cuyo acta de inicio

de actividades se deja constancia del inicio de las tareas

en esa misma oportunidad.

b) contrato entre la Obra Social y AV & ASOCIADOS del 16/1/98

por la que se contratan tareas de consultoría relacionadas

con CAPACITACION DE RECURSOS HUMNANOS –CFI 009-, por 37.000

$ con vigencia por 4 meses, en cuyo acta de inicio de

actividades se deja constancia del inicio de las tareas en

esa misma oportunidad.25

c) contrato entre la Obra Social y AV & ASOCIADOS del 16/1/98,

por la que se contratan tareas de consultoría relacionadas

con DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DE MARKETING Y

COMERCIALIZACIÓN DE SERVICIOS PRESTACIONALES –CFI 008-, por

70.000 $ con vigencia por 4 meses

d) contrato entre la Obra Social y AV & ASOCIADOS del 16/1/98

junto con el acta de inicio de actividades del 19 de enero

de 1998, por la que se contratan tareas de consultoría

relacionadas con IMPLEMETACIÓN DE MODELOS INFORMÁTICOS –CFI

005/7-, por 225.000 $ con vigencia por 10 meses, en cuyo

acta de inicio de actividades se deja constancia del inicio

de las tareas en esa misma oportunidad.

e) contrato entre la Obra Social y AV & ASOCIADOS del 16/1/98

junto con el acta de inicio de actividades del 19 de enero

de 1998, por la que se contratan tareas de consultoría

25 Repárese que el 5/2/98 MARTELETTI solicitó a VIDART por nota ingresada en el PROS el 11/2/98 que se tuviera sin efecto las actas de inicio de actividades que había sido suscriptas respecto de los contratos del componente 008 y 009, la que serían formalmente concretadas en oportunidad de dar real inicio a las tareas atinentes que se encuadraban en el TRAMO III.

124

Page 125: Denuncia OBRAS SOCIALES

relacionadas con DESARROLLO DE AJUSTES DEL MODELO

PERSTACIONAL DE LA OBRA SOCIAL –CFI 002-, por 185.000 $ con

vigencia por 10 meses, en cuyo acta de inicio de

actividades se deja constancia del inicio de las tareas en

esa misma oportunidad.

f) contrato entre la Obra Social y AV & ASOCIADOS del 16/1/98

junto con el acta de inicio de actividades del 19 de enero

de 1998, por la que se contratan tareas de consultoría

relacionadas con PROGRAMA DE ATENCIÓN AL USUARIO Y PROGRAMA

DE ATENCION DEL BENEFICIARIO –CFI 004/006-, por 123.000 $

con vigencia por 6 meses, en cuyo acta de inicio de

actividades se deja constancia del inicio de las tareas en

esa misma oportunidad.

Nótese pues que, además de haberse firmado

contratos separados con la misma firma, sin razones aparentes que

justificaran tal proceder, los contratos comenzaron a ejecutarse

con fecha anterior a que se encontraran aprobados, habiendo sido

analizados en bloque, sin otra documentación más que su sóla

firma, y sin encontrarse en autos con la oposición o concurso de

precios que pudieran haber existido al respecto.

Finalmente el día 25 de octubre de 2000 se

informa a MARTELLETTI que se habían cumplido satisfactoriamente

los tramos correspondientes al COMPONENTE en cuestión.

No puede soslayarse lo que surge del dictamen

pericial en tanto la obra social informó a dicho cuerpo que

“razones de organización interna hicieron que no fuera posible en

tiempo y forma registrar en las pertinentes cuentas las facturas

abonadas, confrontadas con los detalles –remitos y otros-, de

125

Page 126: Denuncia OBRAS SOCIALES

bienes recibidos con antelación en varias tandas, particularmente

por los conceptos de software y hardware. Frente a ello se

decidió abonar las facturas por los conceptos totales contra una

cuenta que se usó como “transitoria” –cargos diferidos-, para

luego extrapolar de ella cada concepto con destino a su

imputación definitiva. En función de haber transcurrido cierto

tiempo hasta lograr la conciliación de los registros

extracontables y ante la determinación de producir la

amortización de todos los conceptos en 4(cuatro) ejercicios a

contar de su incorporación se mantuvieron, todos ellos, con la

misma exposición, con constancias formales en las notas de los

estados contables”. Dicha nota culmina aclarando que “por razones

de redimensionamiento (la entidad se encuentra en concurso

preventivo) algunos sistemas que aún están instalados, debieron

ser adecuados a la realidad del movimiento administrativo

actual”.26

Ahora bien, repárese que si bien durante el

curso de las pericias las obras sociales informaron a los peritos

contadores del Cuerpo de Peritos Contadores de la Justicia

Nacional sobre la existencia de un listado de consultorías o

firmas que podían ser seleccionadas, a fin de decidir la

contratación para el COMPONENTE 3, no se cuenta en autos con tal

documentación. De otra parte, su existencia importaría inferir

que los funcionarios del PROS se interesaron en beneficiar a

determinadas firmas a los fines de que fueran destinatarias

finales del dinero del erario público.

26 Nótese que el anexo XII de documentación carpeta 1 folio 80 surge un acta de entrega y recepción firmada por SANGUINETTI en esta oportunidad como vicepresidente de AV & ASOCIADOS y por MARTELETTI por OSFFeNTOS, por la cual con fecha 12/5/98 se deja constancia de la recepción de bienes informáticos y de su instalación.

126

Page 127: Denuncia OBRAS SOCIALES

El detalle que sigue se corresponde con las

cancelaciones correspondientes a los pagos realizados por orden

de los funcionarios del PROS a la firma AV & ASOCIADOS, de

acuerdo con el dinero que estos habían ordenado depositar en la

cuenta del Banco Nacional a nombre de OSFFeNTOS:

Cancelación 1: Orden de pago 338 -del 19/2/98-. Se pagan cinco

facturas a la empresa A.V. y Asociados por un total de 209.200 -5

facturas sin mencionar convenios por distintos ítems-. Las

autorizaciones ante el Banco Nación las firman Silvia Adriana

SANGUINETTI

Cancelación 2: Orden de pago 375 –del 26/3/98-, corresponde con

las facturas 271/275 por un total de 299.00 $27

Cancelación 3: Orden de pago 419 –del 7/5/98- por un total de

29.900 $ -5 facturas-28.

Cancelación 4: Orden de pago 432 –del 28/5/98-, corresponde a la

orden de pago de 5 facturas de A.V. & ASOCIADOS29

Cancelación 5: Orden de pago 570 –del 24/9/98- correspndiente a

3 facturas de A.V. & ASOCIADOS por un total de 108.000 $, en

concepto de “anticipos del tramo II”.

27 Se imputa a una supuesta “Cuota 1”28 Se imputa a una supuesta “cuota 2”29 Imputadas a una tercera cuota dentro del TRAMO I, pero el costo es mas elevado que las dos primeras cuotas.

127

Page 128: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 6: Orden de pago 598 –del 22/10/98- por 63.960 $,

discriminados en 5 facturas por distintos items del COMPONENTE 3,

en concepto de una supuesta “cuota 1 del tramo II”

Cancelación 7: Orden de pago 627 de fecha 3/12/98 por el cual se

abona la supuesta segunda cuota del Tramo II por la suma de 63960

( 5 facturas) de A.V y Asociados. Las autorizaciones de pago las

firma Silvia Adriana SANGUINETTI.

Cancelación 8: Orden de pago 638 de fecha 23/12/98, a favor de

A.V. Y ASOCIADOS, correspondiente a 5 facturas por un total de

64.080 $. En la planilla de cancelación de deuda figura que se

cancela la cuota tercera del tramo II. Es mas alta que las

anteriores.

Cancelación 9: Orden de pago 853 -del 19/8/99- por un total de

42.800 $ a favor de la firma A.V y ASOCIADOS en concepto de

“anticipo por el tercer tramo” de distintos ítems

correspondientes al COMPONENTE 3.

Cancelación 10: Orden de pago 886 -23/9/99- correspondiente a 6

facturas por un total de 64.300 $ -facturas 107/112-, en concepto

de primer cuta del tramo III. Imputados a la firma AV y ASOCIADOS

por un total de 64.300 $

128

Page 129: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 11: Orden de pago 908 de fecha 28/10/99 a la firma

A.V y ASOCIADOS por un total de 64.300 $ discriminados en seis

facturas en concepto de la cuota 2 del tramo III.

Cancelación 12: Orden de pago 934 de fecha 2/12/98 por un total

de 64.300 por 6 facturas de A.V y ASOCIADOS, en concepto de

“Cuota 3 del Tramo III”.

Cancelación 13: orden de pago 1006 de fecha 23/3/00, por un total

de 64.300 $, en concepto de la “cuota Cuarta del Tramo III” de

A.V. y ASOCIADOS.

7.c.- La firma AV & ASOCIADOS.

Ahora bien, resulta más que relevante para el

caso y en base a los interrogantes planteados lo que surge del

ANEXO XII especialmente en la carpeta 1 separata identificada

como “Desarrollo Operacional (folios 1 a 192).

Nótese que el 06 de octubre de 199730 Pedro

CAGGIANO como vicepresidente de la firma en cuestión y Juan

Carlos MARTELETTI como presidente de OSFFeNTOS se dirigen al

Programa de Reconversión de Obras Sociales “en respuesta a su fax

recibido en el día de la fecha”, adjuntando a esa nota

“Cronograma de Implementación de Fortalecimiento Institucional en

el cual se especifican las distintas líneas a desarrollar con sus

correspondientes actividades, períodos de implementación y montos

correspondientes a cada una de ellas”. Asimismo se deja

30 Recuérdese que el convenio PROS-Obra Social data del 30/12/97

129

Page 130: Denuncia OBRAS SOCIALES

constancia que el referente de la Obra Social a los efectos del

Plan lo sería el Presidente MARTELETTI.

Dicha nota se encuentra impresa en papel con

logo pre-impreso de AV & ASOCIADOS, y data de meses antes de que

el Comité aprobara el Plan de OSFFeNTOS, lo que permite afirmar

que antes de las contrataciones que se detallaran

precedentemente, existían negociaciones previas entre la firma en

cuestión, la Obra Social y los funcionarios del PROSS.

En este sentido estas constancias importan

considerar el interés de los funcionarios del Organismo en

cuestión, en que la firma aludida fuera beneficiada con los más

que importantes contratos de consultoría que muchas de las Obras

Sociales que se analizan en el presente dictamen “contrataron”

para el COMPONENTE 3 del Programa, mediante su anticipada

elección que luego se materializaría formalmente mediante la

sistemática suscripción de contratos celebrados por item del

COMPONENTE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, el mismo día, con las

mismas formalidades y sin otros recaudos.

Esta circunstancia además, deja entrever que

justamente el hecho de haberse aprobado los “contratos” con fecha

posterior al inicio de las funciones resultaba para los

involucrados en la maniobra un dato de menor trascendencia –

aunque no lo es tanto para la investigación-, toda vez que desde

tiempo anterior a la materialización de tales documentos, el PROS

se encontraba -por lo menos- en conocimiento de que parte de los

fondos públicos destinados al Programa irían a formar parte del

acervo de esta firma.

130

Page 131: Denuncia OBRAS SOCIALES

Agréguese a lo antedicho la nota subsiguiente

a la comentada, que se encuentra también fechada el 06 de octubre

de 1997 sobre papel con logotipo de AV & ASOCIADOS, suscripta por

la ya mencionada licenciada Silvia A. SANGUINETTI como

“presidente”, también dirigida a “Sres. Programa de Reconversión

de Obras Sociales” cuyo texto coincide con el anterior, pero

donde se especifica que el referente de la Obra Social OSSFeNTOS

sería el Gerente Asistencial de la firma.

En efecto, como antecedente de todas estas

constancias, se agrega en original en el folio 6 de la separata

comentada un ACTA DE INICIO DE ACTIVIDADES firmada nada menos que

por Gabriel VIDART, Juan Carlos MARTELETTI y Silvia SANGUINETTI,

fechada el 05 de junio de 1997 en las oficinas del Programa de

Reconversión, y que tiene como antecedente el llamado “concurso

3/34” por la que se acuerda que:

a) las tareas a realizar por la firma AV & ASOCIADOS darían

comienzo del 05/06/97 –o sea ese mismo día-

b) la obra social facilitaría la información necesaria para el

desarrollaría las actividades de la firma consultora.

c) El producto de las actividades debía ser entregado por la

firma el 24/6/97.

No se aprecia entonces la utilidad de que el

10 de diciembre MARMORA remitiera a la obra social la nota 245131

referente al procedimiento que debía llevarse a cabo para la

cancelación de las facturas correspondientes al COMPONENTE 3,

cuando la firma ya había sido elegida de hecho por los

31 Cuyo detalle en extenso se realizó en el apartado 3 del presente dictamen.

131

Page 132: Denuncia OBRAS SOCIALES

involucrados para la realización de los trabajos que comprendían

el componente en cuestión.

Finalmente el 22/01/01 MARTELLETTI informa al

entonces coordinador del PROS Jaime SAIEGH que en el marco del

convenio –que se había suscripto el 30/12/97-, y hasta el

31/12/00 se habían recibido 900.000 $. Nótese que tal informe

aparece suscripto por la contadora independiente Liliana M.

SCIVOLI, más ese documento como el informe adjunto suscripto por

esta última no poseen certificación alguna del Consejo

Profesional de Ciencias Económicas y tuvo en consideración,

exclusivamente, los registros contables y comprobantes

avalatorios que obraban en la obra social.

Conforme la documentación que se agrega al

anexo XII parte de la documentación atribuida a la firma AV &

ASOCIADOS aparece suscripta por Paulo VALENZUELA, por Alberto

VALENZUELA, y por licenciado Samuel J. PEREZ, Gerente General.

Adviértase asimismo que al inicio de las

gestiones con OSFFeNTOS el domicilio de la firma AV & ASOCIADOS

coincidía con el que aparece en las escrituras de la Inspección

General de Justicia, es decir el de la calle Sarmiento 1889

primer piso y los teléfonos que aparecen entre la documentación

son el 4372-2892 4372-5340.

Para el año 1999 la documentación de la firma

aparece con el domicilio de la calle Corrientes 1820 4to. piso y

sus teléfonos eran el 4372-2892 y 374-5340. Asimismo en otras

notas aparece el teléfono 4374-8879.

Consultadas el sitio de Internet telexplorer

se determinó que en el domicilio de la calle Corrientes 1820 4to.

132

Page 133: Denuncia OBRAS SOCIALES

piso “a” se encuentra instalada la línea telefónica 4374-8879 a

nombre de SERVICIOS MEDICOS INTEGRALES, en tanto el número 4372-

2892 corresponde a Fernando A. PEREZ con domicilio en la calle

Corrientes 1762 piso 1ero. “b” de esta ciudad, y el teléfono

4374-5340 no se encuentra registrado.

Por otro lado, a la dirección de la calle

Sarmiento 1889 1er. Piso corresponde el teléfono 4372-4022 y 4019

a nombre de MEDICINA Y SOCIEDAD, en tanto en el piso 1ero. Dpto.

“a” se registran los abonados 4372-3925/9499 a nombre de ARTURO

PEDRO S.A.

Consultada la página google.com.ar no ha

podido darse con referencia alguna sobre la localización real de

dicha firma, en tanto de la exploración de la página av&asociados

no surgió ningún dato sobre la dirección comercial o social,

número de teléfono o alguna otra información que pudiera

establecer la localización de esa firma.

Por el contrario el contacto con la misma

sería a través de la web, mediante el envío de un correo a la

dirección que indica la pantalla que reza “contactenos” de la

respectiva página.

Agréguese a lo antedicho que se acuerdo a la

información remitida por el Banco de la Nación Argentina,

sucursal Congreso, luego del año 2002/2003 la cuenta en pesos a

nombre de la firma no registra significativos movimientos,

encontrándose a la fecha abierta, mas en saldo 0, sin

utilización, y que la misma registra desde su apertura el 21 de

agosto de 1997 además movimientos por retiros de dinero en

efectivo realizados un mismo día por un mismo importe, varias

133

Page 134: Denuncia OBRAS SOCIALES

veces, libramiento de que cheques contra la cuenta y depósitos de

importantes sumas de dinero.

Los titulares de la cuenta en cuestión eran

Alberto VALENZUELA, Pedro CAGGIANO, y Silvia Adriana SANGUINETTI,

quienes consignan los teléfonos antes mencionados como los

propios, y los domicilios de la calle O`Higgins 2075 4to. piso –

para el caso de VALENZUELA y de SANGUINETTI-, y el de la calle

Godoy Cruz 1334 –para el caso de CAGGIANO-.

En lo que respecta a la cuenta corriente nro.

4679/36 a nombre de OSFFeNTOS, del Banco de la Nación Argentina,

la misma registra los siguientes movimientos:

12/1/98 crédito por $ 300.000

20/02/98 débito por $ 209.200

27/3/98 débito por $ 29.900

08/05/98 débito por $ 29.900

29/5/98 débito por $ 31.000

22/09/98 crédito por $ 300.000

25/09/98 débito por $ 108.000

31/10/98 débito por $ 63.960

04/12/98 débito por $ 63.960

24/12/98 débito por $ 64.080

10/08/99 crédito por $ 300.000

20/08/99 débito por $ 42.800

24/9/99 débito por $ 64.300

29/10/99 débito por $ 64.300

3/12/99 débito por $ 64.300

24/03/00 débito por $ 64.300 lo que deja a la cuenta en cero

peso.

134

Page 135: Denuncia OBRAS SOCIALES

8.- OBRA SOCIAL del PERSONAL DE PRENSA DE

BUENOS AIRES

La Obra Social del PERSONAL DE PRENSA DE

BUENOS AIRES, figura inscripta ante el Instituto Nacional de

Obras Sociales bajo el número 1-1510 desde el 31 de octubre de

1994.

De acuerdo a su estatuto se constituyó como

una obra social que funcionaría con individualidad

administrativa, contable y financiera, conforme la ley 23.660,

que nucleaba al personal de prensa de esta ciudad, y los

municipios de Avellaneda, Lanas, Lomas de Zamora, la Matanza,

Tres de Febrero, Vicente López, San Isidro, San Fernando, Tigre,

Florencio Varela, Quilmas, Berazategui, Almirante Brown, Esteban

Echeverría, Merlo, Morón, Moreno y General Sarmiento, con inicial

domicilio legal –según estatuto- en la calle Pte. Perón 1173 de

esta ciudad.

Según surge de la documentación agregada en

el anexo XIV, la obra social era conducida y administrada por un

Consejo Directivo integrado por cuatro miembros encontrándose

inscripto Carlos QUATTROMANO administrador de la misma y

resultando su apoderado a la fecha de esta investigación Raúl A.

BARR32

Ahora bien, sin otros antecedentes

estatuitarios, y desconociéndose su inicial conformación el

Comité del PROS aprobó el plan presentado por dicha obra social.

32 Adviértase que el estatuto no tiene fecha.

135

Page 136: Denuncia OBRAS SOCIALES

8.a.- El convenio con la Obra Social

Por acta del Cuerpo Colegiado de la Obra

Social nro. 22 del 15 de julio de 1997, Carlos QUATTROMANO,

presidente, Eugenio FALCON, vicepresidente y Raúl BARR, como

tesorero deciden designar a BARR a los fines de que suscribiera

el convenio correspondiente al Crédito otorgado por el Banco

Mundial en el marco del Plan de Reconversión, aprobado por la

Unidad Ejecutora.

El convenio en cuestión se firmó el día 21 de

julio de 1997, y se encuentra suscripto por Roberto PELUSO como

Subsecretario de Regulación y Fiscalización del Ministerio de

Salud y Acción Social, y Raúl A. BARR representante de la obra

social en cuestión, por la suma de U$S 3.678.130 de los cuales:

a) U$S 3.571.000 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

b) U$S 107.130 corresponderían al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica.

De acuerdo a lo pautado en el título IV “Del

Préstamo” cláusula SEPTIMA: el monto a transferirse a la cuenta

asignada a la Obra Social radicada en el Agente Financiero

estaría compuesta de:

a) hasta la cantidad de $ 3.259.370 para el componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

b) hasta la cantidad de $ 311.630 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, especificándose en el

136

Page 137: Denuncia OBRAS SOCIALES

anexo III, los montos a ser aplicados para cada una de

las líneas programadas del Componente.

c) Hasta la cantidad de 87.810 U$S para el Fondo de Reserva

Técnica.

El resto de las pautas referidas a la

modalidad de los desembolsos, la documentación que debía ser

acompañada a tales fines, y las condiciones previstas, resultó

idéntica a la de las demás Obras Sociales.

Conforme surge del anexo III del Convenio

“CONDICIONES DE EJECUCION” se establecieron como acciones y

actividades a ser desarrolladas por la Obra Social en cuestión,

en el marco del Plan de Reconversión las siguientes:

PRIMER TRAMO del día 1ª al noventa –entendiéndose el 1ª día

como el día en que se produce la primera cancelación de deudas de

la Obra Social de cualquier de los 3 componentes del Programa: $

1.147.240 de los cuales correspondían al COMPONENTE 1 cancelación

pasivos por prestaciones médicas: $ 1.086.000.

SEGUNDO TRAMO: día noventa al ciento ochenta, $ 1.191.440 de los

cuales correspondían al COMPONENTE 1: $ 1.086.000

TERCER TRAMO: día ciento ochenta y uno a trescientos, 1.232.230

de los cuales correspondían al COMPONENTE 1: $ 1.087.370

Ahora bien, de la pericia llevada a cabo por

el Cuerpo de Peritos Contadores de la Justicia Nacional surge que

los proveedores que aparecían en la registración contable de la

Obra Social, en especial los balances suscriptos por el contador

Raúl Ignacio ROMANELLI, a quienes se le “cancelaron” los pasivos

constitutivos del COMPONENTE 1 fueron las siguientes firmas:

137

Page 138: Denuncia OBRAS SOCIALES

COBER MED, SANATORIO COLEGIALES, A.F.S. S.R.L., HOSPITAL

GARRAHAM, INSTITUTO MEDICO A. LANARI.

8.b.- Sobre la firma A.F.S. S.A.

Como se observa de dichas constancias y de la

carpeta de cancelaciones correspondiente al ANEXO VI, el

COMPONENTE 3 fue contratado íntegramente a la firma

ADMINISTRADORA DE FONDOS DE SALUD S.A. –A.F.S.-. Según la

información acollarada a la investigación, la firma en cuestión

comenzó a funcionar en fecha muy cercana al comienzo de la

ejecución del Programa, y se disolvió a poco de finalizar el

mismo.

En efecto, surge del anexo V de documentación

que la firma ADMINISTRADORA DE FONDOS DE SALUD S.A., inició el

trámite de constitución el 31/5/95, registra un cambio de

domicilio el 3/12/96, cambio de estatutos el 10/4/97, renuncia de

Néstor Alfredo ALDAO a su cargo de Director Suplente –según

escritura del 21/1/97, presentada por ALDAO el 11/10/96- y

designación de directores el 10/6/97 oportunidad en al cual Jorge

Pedro CHERRO aparece como presidente y Alejandro Oscar ANNICHINI

como director titular –quien luego fuera designado

vicepresidente-, Ernesto Cayetano CASTIGLIONI y Omar Edgardo

MOLINA como directores suplentes –habiendo sido posteriormente

designado el primero como director titular-, otro cambio de

domicilio el 21/11/98 a la calle Viamonte 1871, y finalmente su

disolución el 20/01/03 y cambio de domicilio a la calle Rivadavia

138

Page 139: Denuncia OBRAS SOCIALES

611 piso 6to. de esta ciudad, oportunidad en la cual aparece como

liquidador Jorge Pedro CHERRO33.

La firma en cuestión fue constituida como

Sociedad Anónima el 29/5/95 con domicilio inicial en la calle

Esmeralda 1066 piso 12, por CHERRO, ANNICHINI34, , y por Néstor

Alfredo ALDAO35, , y tenía como objeto inicial el siguiente:

a) promoción, administración y explotación y prestación de

servicios médicos, mediante la atención clínica de

pacientes tanto internos como externos, privados o por

suscripción o abono mensual a sus afiliados a obras

sociales de carácter público, privado o mixto,

b) compra.venta, importación, exportación y distribución de

equipos de tecnología médica y sus accesorios, así como

representación de firmas nacionales y extranjeras.

c) Realización de proyectos, estudios, diseños y

asesoramiento para las instalaciones de los equipos antes

mencionados, o para las reparaciones, mantenimiento,

asistencia técnica y toda otra actividad complementaria.

Ahora bien, recordando que la fecha del

convenio entre la obra social y el PROS, y que para el año 1997

el Programa de Reconversión ya se había iniciado, encontrándose

en trámite la aprobación del Plan de la Obra Social PRENSA DE

BUENOS AIRES –el que finalmente se aprobó a mediados de ese año-,

resulta altamente llamativo que el 14 de febrero de 1997, la

firma A.F.S. con domicilio según este documento en la calle

Ecuador 504 3ro. B, de esta ciudad, a propuestas de CHERRO como

33 Domicilio real en la calle Alsina 173 4, Avellaneda, provincia de Buenos Aires34 Domiciliado en la calle Salguero 3028 de esta ciudad.35 Con domicilio en la calle San Martín 972 de Avellaneda, provincia de Buenos Aires

139

Page 140: Denuncia OBRAS SOCIALES

su presidente, amplía por unanimidad el objeto social a la

“consultoría económica-financiera; análisis contables,

impositivos y provisionales; proyectos e informes económico

financieros; controles de gestión; gestión y administración de

negocios y contratos públicos y privados; reorganización,

reconversión y reconducción de instituciones públicas y/o

privadas; proyectos y planificación de estructuras

organizacionales y de reinversión…”¸ trabajos por los que la Obra

Social “contrató” a esta firma y que los funcionarios del PROS

ordenaron su pago, por la módica suma de $ 300.000.

Ahora bien, en la documentación obrante en el

anexo VI correspondiente a las cancelaciones del Programa de esta

Obra Social no se observa ningún documento relacionado con el

contrato que debería haber sido suscripto entre la Obra Social y

la sociedad Administradora de Fondos de Salud, que aparece

facturando la totalidad del COMPONENTE 3 del Programa.

Nótese entonces la documentación que se

encuentra agregada en las separatas correspondientes a: la

cancelaciones 2 por la suma de 61.2450 $ –correspondiente a la

orden de pago 124 del 04/09/97, firmada por VIDART y HONDARRÉ-,

en la cancelación 4 por la suma de $ 105.440 $ –correspondiente a

la orden de pago 219 del 20/11/97 firmada por VIDART y otro

funcionario cuya firma no aparece aclarada pero que visiblemente

correspondería a HONDARRE- y la cancelación 5 por la suma de $

144.950 –correspondiente a la orden de pago 364 del 19/3/98 –

firmada por VIDART y HONDARRE-, en las que ningún casos se

encuentra acompañada de contrato o algún otro documento por el

140

Page 141: Denuncia OBRAS SOCIALES

que se acreditara el vínculo que unía a la Obra Social con A.V.S.

S.A.

Así aparecen las copias de las facturas36

021/22/19 del 01/9/97 –orden de pago del 04/9/97-, facturas 023 a

la 028 del 3/11/97 –orden de pago el 20/11/97- y facturas 035 a

039 del 18/2/98 -contenidas en la orden de pago del 19/3/98-,

todas ellas correspondientes a un talonario impreso en enero de

1997, haciéndose mención en el detalle de alguna de ellas a un

“contrato de consultoría del 15-08-97”, como base de la

contratación.

Resulta más que relevante entonces no sólo la

correlatividad de las facturas y el tiempo transcurrido entre una

y otra emisión, la primera en septiembre de 1997 y la última el

febrero de 1998, sino también el objeto social de la firma para

la fecha de los hechos de autos, su ampliación y finalmente su

disolución.

Esta disolución aparece resuelta en la única

documentación societaria remitida por la Inspección General de

Justicia según obraba en sus registros, y corresponde con el acta

nro. 11 celebrada el día 18/10/02, en el domicilio de la calle

Viamonte 1871 de esta ciudad, encontrándose presentes Ernesto

CAYETANO CASTIGLIONE y Omar Edgardo MOLINA, por la que el

entonces presidente Jorge Pedro CHERRO introduce como primer

orden del día la disolución de la sociedad, quedando el

mencionado designado para tal fin, y las Dras. Ana J. PERINI y

María Cristina PEREZ, como autorizadas para los trámites de

inscripción de la disolución. Dicho acta se encuentra firmada por

36 Correlativas

141

Page 142: Denuncia OBRAS SOCIALES

Jorge Pedro CHERRO, Alejandro Omar ANNICHINI, Ernesto CAYETANO

CASTIGLIONI y Omar Edgardo MOLINA.

Nótese pues que, en oportunidad de cursarse

vía telegrama un pedido de información por parte de los Peritos

Contadores, surge de la pericial llevada a cabo que A.F.S. S.R.L.

aparece como “destinatario desconocido”.

Así pues existe fundada sospecha que el PROS

ha dispuesto del dinero del erario público en beneficio de la

firma en cuestión y perjuicio de las arcas del Estado, teniendo

en miras los funcionarios que intervinieron en el trámite

correspondiente a la Reconversión de esta Obra Social el

beneficio de terceros ajenos a los fines a los que estaba

destinado el dinero procedentes de las arcas públicas.

A todo evento no puede soslayarse que el

domicilio de la calle Viamonte 1871 donde funcionó la firma que

se analiza en autos, correspondió nada menos que a un domicilio

de la firma EQUIPO DE SALUD S.A. de los ya mencionados MORTEO y

AONDI37, a un condominio entre la Obra Social de la INDUSTRIA DEL

CALZADO, la Obra Social del PERSONAL DE ESTACIONES DE SERVICIO,

GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS AUTOMATICOS, Obra

Social del PERSONAL TELEFONICO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y la

Obra Social para el PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS DE LA NACION en

el año 1994, y finalmente a la firma INVESTIGACIONES MEDICAS

S.A..

Según la documentación acollarada, se

registran los siguientes pagos efectuados desde el PRROS respecto

del Programa para esta Obra Social:

37 Repárese en todo lo que se viene aludiendo respecto de las vinculaciones societarias probadas en autos, lo que deja entrever la connivencia de los imputados de autos.

142

Page 143: Denuncia OBRAS SOCIALES

TRAMO 1:

El 05 de septiembre de 1997 a la firma COBER MED y al SANATORIO

COLEGIALES, por la suma de 1.086.000

El 30 de septiembre de 1997 –ordenes de pago 5779,5780 y 5781- a

la firma AFS S.A. $ 61.240

TRAMO 2:

El 27 de noviembre de 1997 a la firma COBER MED –ordenes de pago

6946 a 6952-, la suma total de $ 1.086.000

A la firma A.F.S. S.A. –ordenes de pago 6967 a 6972-, la suma de

$ 105.440 tan sólo dos meses después de la cancelación del primer

tramo.

TRAMO 3

Entre el 24 y el 26 de marzo de 1998 a la firma COBER MED –

ordenes de pago 9090 a 9094 y 9154 a 9153-, al HOSPITAL GARRAHAM

AL SANATORIO COLEGIALES y al INSTITUTO LANARI, la suma de $

1.087.370

El 27 de marzo de 1998 a la firma A.F.S. S.A.-órdenes de pago

9223 a 9227-, la suma de $ 144.950.

9.- OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA

INDUSTRIA DEL PLASTICO

La Obra Social del PERSONAL DE LA INDUSTRIA

PLASTICA, figura inscripta ante el Registro Nacional de Obras

Sociales en el año 1991.

De acuerdo a su estatuto se constituyó como

una obra social que funcionaría con individualidad

administrativa, contable y financiera, y nucleaba al personal

bajo relación de dependencia de la actividad de la Industria

143

Page 144: Denuncia OBRAS SOCIALES

Plástica comprendido en el Convenio Colectivo nro. 15/88,

Convenio Colectivo 206/75 y los Convenios Colectivos de trabajo a

suscribirse, con domicilio inicial –de acuerdo a su estatuto- en

la Av. Pavón 4165 de esta ciudad.

Según surge de la documentación agregada en

el anexo XIV, la obra social era conducida y administrada por un

Consejo Directivo integrado por cinco. Sus autoridades a octubre

de 1995 eran:

Presidente: Vicente Elso Ramón MASTROCOLA

Vicepresidente: Domingo BARRIOS

Secretario de acción social: Américo Salvador MUÑOZ

Secretario de actas: Carlos Fernando MOCCIA.

En la documentación en cuestión aparece así

también Humberto Omar BELOTTI como administrador Provisorio.

9.a.- El convenio con la Obra Social

Por acta del Cuerpo Colegiado de la Obra

Social del 28 de enero de 1998, en la calle Pavón 4175 de esta

ciudad se dejó constancia de la aprobación por unanimidad del

préstamo de $ 5.695.477, solicitado al Programa de Reconversión

de Obras Sociales, y la suscripción del Convenio de Ejecución y

Préstamo Subsidiario, dándosele facultades a MASTROCOLA para

representar a la Obra Social para las respectivas firmas.

El convenio en cuestión se firmó el día 30 de

marzo de 1998, desconociéndose la fecha en la cual se firmó el

acta del Comité del Programa y se encuentra suscripto por

Guillermo BONAMASSA como Secretario de Política y Regulación de

144

Page 145: Denuncia OBRAS SOCIALES

Salud, y por Vicente E.R. MASTROCOLA presidente de la Obra social

en cuestión, por la suma de U$S 5.866.341,31 de los cuales:

c) U$S 5.695.477 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

d) U$S 170.864,31 corresponderían al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica.

De acuerdo a lo pautado en el título IV “Del

Prestamo” cláusula SEPTIMA: el monto a transferirse a la cuenta

asignada a la Obra Social radicada en el Agente Financiero

estaría compuesta de:

a) hasta la cantidad de $ 3.030.104 para el Componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

b) hasta la cantidad de $ 1.265.373 para el componente 2

RECONVERSION DE PLANTA

c) hasta la cantidad de $ 1.400.000 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, especificándose en el

anexo III, los montos a ser aplicados para cada una de

las líneas programadas del Componente.

d) Hasta la cantidad de 170.864,31 $ para el Fondo de

Reserva Técnica.

El resto de las pautas referidas a la

modalidad de los desembolsos, la documentación que debía ser

acompañada a tales fines, y las condiciones previstas, resultó

idéntica a la de las demás obras sociales.

Conforme surge del anexo III del Convenio

“CONDICIONES DE EJECUCION” se establecieron como acciones y

145

Page 146: Denuncia OBRAS SOCIALES

actividades a ser desarrolladas por la Obra Social en cuestión,

en el marco del Plan de Reconversión las siguientes:

PRIMER TRAMO del día 1ª al noventa –entendiéndose el 1ª día

como el día en que se produce la primera cancelación de deudas de

la Obra Social de cualquier de los 3 componentes del Programa-:

COMPONENTE 1 cancelación pasivos por prestaciones

médicas: $ 1.415.403

COMPONENTE 2 reconversión de planta $ 603.713

TOTAL: $ 2.019.116

SEGUNDO TRAMO: día noventa al ciento ochenta, $ 1.191.440 de

los cuales correspondían al

COMPONENTE 1: $ 902.890

COMPONENTE 2: $ 661.660

COMPONENTE 3: $ 350.000

TOTAL: $ 1.914.550

TERCER TRAMO: día ciento ochenta y uno a trescientos,

COMPONENTE 1: 711.811 $

COMPONENTE 3: 1.050.000 $

TOTAL: 1.761.811 $

Ahora bien, nótese que entre los “Pasivos”

que registra la Obra Social en cuestión, se encuentran muchas

gerenciadoras de salud, y hospitales públicos, la firma

INVESTIGACIONES MEDICAS S.A. con domicilio en la calle Pichincha

63 –que resulta justamente la empresa que aparece registrada como

titular del dominio de la propiedad de la calle Viamonte 1871

donde funcionó PRAXIS MEDICA, EQUIPO DE SALUD, y que se registró

como codominio de las Obras Sociales OSTEL, OBRAS Y SERVICIOS

146

Page 147: Denuncia OBRAS SOCIALES

SANITARIOS, CALZADO-, MEDICOM S.A., ERGOMED S.R.L.38, TEKNE

S.R.L.39, SANATORIO FIGUEROA PAREDES S.A., encontrándose dichas

planillas se encuentran firmadas por el presidente de la Obra

Social Vicente MASTROCOLA y ostenta medias firmas cuya

procedencia se desconoce.

Ahora bien, el inicial convenio fue

modificado en dos oportunidades:

El primer ADDENDUM del convenio se firmó el

04 de agosto de 1998 y preveía modificaciones en las líneas de

acción del COMPONENTE 3 fortalecimiento institucional,

reemplazando a las que se habían convenido40, sin modificación en

los importes totales.

El segundo ADDENDUM se firmó el 28 de julio

de 199941 en cuya oportunidad los valores de los componentes

fueron variados de la siguiente forma:

a) Previsto inicialmente hasta la cantidad de $ 3.030.104

para el Componente 1 SANEAMIENTO FINCIERO, varió hasta la

cantidad de $ 2.127.442

b) Previsto inicialmente hasta la cantidad de $ 1.265.373

para el componente 2 RECONVERSION DE PLANTA, varió hasta

la cantidad de $ 821.805

c) Previsto inicialmente hasta la cantidad de $ hasta la

cantidad de $ 1.400.000 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, varió hasta la cantidad de

$ 2.746.230.

38 Con domicilio en Andrés Lamas 232939 Con domicilio en la calle Uruguay 239 piso 1ero40 Recuérdese que el COMPONENTE 3 se encontraba previsto para el segundo y tercer tramo.41 Por las mismas personas que habían firmado el Convenio inicial.

147

Page 148: Denuncia OBRAS SOCIALES

Nótese además lo que surge de las condiciones

a ser cumplidas por la obra Social que surgen del Título III del

ADDENDUM, en tanto la Obra Social se obligaba:

a) a ejecutar el forma escrita el Plan de Reconversión

b) asumir en forma expresa los compromisos, establecidos en

el documento de condiciones de ejecución.

De esta manera, mientras que para el

COMPONENTE 1 y 2 la reducción es notoria, para el COMPONENTE 3 se

observa un millonario incremento en la suma de $ 1.346.230, dicha

suma resultó coincidente con los montos restados para los demás

COMPONENTES, y todos ellos fueron en beneficio de la firma AV &

ASOCIADOS.

En efecto, una vez más la firma en cuestión

AV & ASOCIADOS resultó beneficiada como los contratos que

aparecen suscriptos entre esta obra social por FORTALECIMIENTO

INSTITUCIONAL, en ese caso por la millonaria suma de $

1.346.230.42 Una vez más aparecen facturas correlativas y emitidas

con frecuencia, no pudiendo soslayarse –reitero- que habiendo

firmado el convenio en marzo de 1998, más de un año después se

modificaron sus iniciales pautas en los dos componentes que

justamente debían basarse en las reales deudas que tenía la obra

social con sus acreedores y en su carácter de empleador.

Por otra parte, entre los “Pasivos” figuran

las firmas SIC S.A. y TC San Miguel, que, como se verá

corresponden a firmas que llamativamente poseen el mismo

domicilio y cuyo representante es la misma persona: Gustavo

42 Recuérdese que para contrataciones por demás de 1.000.000 $ se requería la no objeción anterior a la contratación, de acuerdo a los contratos.

148

Page 149: Denuncia OBRAS SOCIALES

GANCEDO, por lo que es de sospechar que se trata de empresas

vinculadas.

9.b.- Los desembolsos a AV & ASOCIADOS

Conforme surge la carpeta de cancelaciones,

específicamente en la separata 10, la primer orden de pago

librada a favor de la firma AV & ASOCIADOS data del 29/10/98 y

lleva el número 599, autorizadas una vez mas por HONDARRE y

VIDART, y se corresponde con 5 facturas de la nro. 344 a la 347 y

la nro. 356, por la suma total de 142.500 $. Nótese que tal

autorización se realizó sin tener a la vista algún contrato entre

la Obra Social y la firma en cuestión, que resultaba por los

montos involucrados de obligatoria aprobación previa.

Así, de la nota del 23 de octubre de 1998

suscripta por MASTROCOLA y dirigida a VIDART no surge la remisión

de ningún convenio o contrato.

Por otra parte se registran las siguientes

órdenes de pago a favor de la firma aludida. En todos los casos

la única documentación que obra junto con las órdenes de pago es

la planilla de cancelación de deudas firmada por el presidente de

la OSPIP y por el contador Alberto Julio CHUEKE, sin contrato con

la firma ni certificación del Consejo Profesional de Ciencias

Económicas:

a) 624 del 3/12/98 por la suma de $ 675.000 correspondiente a la

factura 364. cancelación 14.

b) 671 del 11/2/99 por la suma de $ 140.000 correspondiente a las

facturas 376 a 381. cancelación 16

149

Page 150: Denuncia OBRAS SOCIALES

c) 713 del 25/3/99 por la suma de $ 630.000 correspondiente a las

facturas 001/004, 009 a 010 –del talonario 0001-0000001 al 050

impresos en diciembre de 1998-. Cancelación 17.

d) 764 del 13/5/99 por la suma de $ 84.000 correspondientes a las

facturas 026/031- cancelación 18.

e) 801 del 24/6/99 por la suma de $ 84.000 correspondientes a las

facturas 050/053 y 055/056 –del formulario 0001-00000050 al 0100

impreso en mayo de 1999-. cancelación 19

f) 824 del 22/7/99 por la suma de $ 84.000 correspondientes a las

facturas 065/070. cancelación 20.

g) 848 del 12/8/99 por la suma de $ 336.558 correspondientes a

las facturas 072/075. cancelación 23.

h) 865 del 26/8/99 por la suma de $ 84.000 correspondientes a las

facturas 086/087 y 089/081. cancelación 24.

i) 882 del 16/9/99 por la suma de $ 168.278 correspondientes a

las facturas 102/105 –del formulario 0001-00000101 al 0200

impreso en septiembre de 1999-. cancelación 26.

j) 892 del 30/9/99 por la suma de $ 84.000 correspondientes a las

facturas 0113/0118 cancelación 27.

k) 897 del 14/10/99 por la suma de $ 165.137,29 correspondientes

a las facturas 129/132. cancelación 028.

l) 826 del 18/11/99 por la suma de $ 168.285 correspondientes a

las facturas 144/147. cancelación 30

ll) 940 del 9/12/99 por la suma de $ 168.277 correspondientes a

las facturas 155/158. cancelación 31.

m) 961 del 29/12/99 por la suma de $ 168.277 correspondientes a

las facturas 0171/0173. cancelación 32

150

Page 151: Denuncia OBRAS SOCIALES

n) 973 del 20/1/00 por la suma de $ 168.277 correspondientes a

las facturas 180 a 183. cancelación 33.

fs. 518 a 536 IGJ de “Promoción de exportación y

Comercialización” o bien SIC SA. Completar datos.

Entre la documentación que aparece

respaldando estas operaciones surgen recibos firmado por Jorge

SANGUINETTI, Pedro CAGGIANO, Alberto VALENZUELA43

9.c.- S.I.C. S.A. y T.C. SAN MIGUEL. ESPELTA

S.A.: los pasivos.

Ahora bien, en lo que respecta a la

cancelación de los pasivos –COMPONENTE 1-, adviértase que la

orden de pago 833 del 29/7/99 corresponde a 3 facturas de la

firma S.I.C. S.A., por la suma de 200.155$, en tanto la orden de

pago nro. 875 del 09/09/99 correspondió al pago de 3 facturas de

la firma TC SAN MIGUEL, por la suma total de $ 97.000.

Nótese que el presidente de la firma

SERVICIOS INTEGRALES DE CONSULTORIA S.A., con domicilio

registrado ante el Banco de la Nación Argentina en la calle

Tucumán 1863 de esta ciudad, y el gerente general de la firma

TOMOGRAFIA COMPUTADA SAN MIGUEL S.R.L.44, con domicilio registrado

ante el Banco Nación en la calle Paunero 1668, de San Miguel

provincia de Buenos Aires, resultan ser la misma persona, Gustavo

Francisco GANCEDO.

En lo que respecta a la firma S.I.C. S.R.L.,

nótese que los únicos registros con los que cuenta la Inspección

43 Como firmantes de la cuenta 0050/91061/85.44 La que según surge del anexo V de documentación no se encuentra inscrita en la Inspección General de Justicia.

151

Page 152: Denuncia OBRAS SOCIALES

General de Justicia, se corresponden con una escritura del

14/10/94. La firma en cuestión fue constituida el día 19/10/79

por Eduardo Obdulio GARCÍA CALABUIG, y Graciela Mónica PIGNATARO,

bajo el nombre de SERVICIOS INTEGRALES DE COMPUTACION S.R.L., la

que fue transformada el día 29/7/94 en sociedad anónima y

cambiado su nombre a SERVICIOS INTEGRALES DE CONSULTORÍA S.A.,

cambiando a su vez el domicilio social al de la calle Bernardo de

Irigoyen 88 2do. “f” de esta ciudad.

De acuerdo a tal documentación su objeto

social era el siguiente: a) consultoría y asesoramiento en las

ramas de ingeniería, economía, administración, salud, derecho y

ciencias sociales, a entidades públicas o privadas nacionales o

extranjeras, b) la de representación o mandatos, c) actividades

comerciales, compra, venta, distribución, consignación

importación y explotación de bienes y productos, y d)

financieras.

De otra parte, y como sucede en el caso de

todas las obra sociales, las facturas de los “prestadores”

correspondientes al COMPONENTE 1, poseen una leyenda que deja ver

que dicha facturación se encuentra sujeta a “aprobación médica”.

Como se ve, reitero, ninguna de las auditorías o control de

facturación se llevó a cabo, habiendo sido sistemáticamente

pagadas las facturas que “sistemáticamente” presentaban las Obras

Sociales para el cobro.

Las coincidencias no cesan.

Por orden de pago 843 del 5/8/99 se

cancelaron facturas de la firma ESPELTA S.A. por la suma de $

300.000. Esta firma, según surge del anexo V de documentación, se

152

Page 153: Denuncia OBRAS SOCIALES

conformó el día 4 de junio de 1994 nada menos que por Aníbal

Alberto UTURBEY y por Ida GINEVRA, ambos domiciliados en la calle

Eugenio Garzón 3488 de esta ciudad.

Recuérdese que la firma SELDOM S.A. fue

constituida el 19/12/94 por Aníbal Alberto UTURBEY y Evangelina

BLANCO, designándose como representantes a Osvaldo Alfredo

ARGUELLO y a Alberto Ricardo AMADO, los que así también

resultaron representantes de ESPELTA S.A. según la documentación

que se comenta.

Por otra parte el representante de la misma

en el Banco de la Nación Argentina fue Héctor Julián LAURÍA, y

según se observa las facturas cobradas corresponden a

“prestaciones” de la misma posterior al préstamo del PROS.

Esta última circunstancia se repite en la

masiva facturación que corresponde a la cancelación de los

pasivos de la Obra Social de los PLASTICOS y mediante este

mecanismo se dispuso perjudicialmente para las arcas públicas de

mas de 2.000.000 $

Así, lo mismo ocurre con las cancelaciones al

resto de los prestadores, como FIGUEROA PAREDES, SANATORIO

PRIVADO, cuyo director médico era el Dr. Gerardo FIGUEROA

PAREDES, no obrando en las carpetas correspondientes a las

cancelaciones 1 y 2 relacionadas con el pago a las firmas SANICOM

S.A. por la suma de $ 950.000, y SANATORIO PAREDES por la suma de

$ 465.400, siquiera alguna factura de la que surja el concepto de

la deuda.

10.- OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DE COMERCIO

y ACTIVIDADES CIVILES -OSECAC-

153

Page 154: Denuncia OBRAS SOCIALES

La Obra Social de los EMPLEADOS DE COMERCIO Y

ACTIVIDADES CIVILES se encuentra inscripta ante la ANSSAL bajo el

número 0044/96 y del INOS nro. 1806/96.

De acuerdo a su estatuto, OSECAC funcionaba

como sujeto de derecho privado, con domicilio en la calle Moreno

648/50 de esta ciudad, y tenía como objeto principal la

prestación de servicios médico-asistenciales y otros de carácter

social, que deberán brindarse para todos los beneficiarios de la

Obra Social.

Según surge de la documentación agregada en

el anexo XIV, la obra social era conducida y administrada por un

Directorio integrado por un Presidente, un Vicepresidente, tres

directores titulares, y tres suplentes, todos elegidos y

designados por el Congreso Nacional de Delegados de la Federación

Argentina de Empleados de Comercio y Servicios.

Sus autoridades a octubre de 1997 eran:

Presidente: Armando Oriente CAVALIERI

Vicepresidente: Omar Héctor DENAPOLE

Director Titular: Alberto Marcelo MANSILLA, Daniel Andrés

RUBERTO, y Pedro Angel MEZZAPELLE

Director Suplente: Elio Oscar NARVAEZ, Adolfo Donato TOLEDO Y

Francisco Miguel FALCON.

Por otro lado el Gerente Económico Financiero

y actual Gerente General de la obra social en cuestión es

Norberto CARIZZONI.

10.a.- El convenio con la Obra Social

154

Page 155: Denuncia OBRAS SOCIALES

Por acta del Cuerpo Colegiado de la Obra

Social del 19 de noviembre de 1998, en la calle Moreno 648 el

Diectorio de OSECAC encontrándose presentes Omar DENAPOLE,

Alberto MANSILLA, Daniel RUBERTO y Pedro MEZZAPELLE, se deja

constancia de “haber sido aprobado por las Autoridades Nacionales

y el Organismo Internacional el Plan de reconversión que

oportunamente fuera formulado por nuestra Obra Social,

aprobándose por unanimidad el convenio de ejecución que según

dicho acta, se encontraba a la firma, designándose a su

presidente a al firma del mismo.”

El convenio en cuestión se firmó el día 21 de

diciembre de 1998, desconociéndose la fecha en la cual se firmó

el acta del Comité del Programa y se encuentra suscripto por

Guillermo BONAMASSA como Secretario de Política y Regulación de

Salud, y por Armando Oriente CAVALIERI presidente de la Obra

social en cuestión, por la suma de U$S 40.530.898,61 de los

cuales:

a) U$S 39.350.387 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

b) U$S 1.180.511,61 corresponderían al 3% para ser aplicado

al fondo de Reserva Técnica.

De acuerdo a lo pautado en el título IV “Del

Préstamo” cláusula SEPTIMA: el monto a transferirse a la cuenta

asignada a la Obra Social radicada en el Agente Financiero

estaría compuesta de:

155

Page 156: Denuncia OBRAS SOCIALES

a) hasta la cantidad de $ 8.968.227 para el Componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

b) hasta la cantidad de $ 6.614.004 para el componente 2

RECONVERSION DE PLANTA

c) hasta la cantidad de $ 23.768.156 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, especificándose en el

anexo III, los montos a ser aplicados para cada una de

las líneas programadas del Componente.

d) Hasta la cantidad de 1.180.511,61 $ para el Fondo de

Reserva Técnica.

El resto de las pautas referidas a la

modalidad de los desembolsos, la documentación que debía ser

acompañada a tales fines, y las condiciones previstas, resultó

idéntica a la de las demás obras sociales.

Conforme surge del anexo III del Convenio

“CONDICIONES DE EJECUCION” se establecieron como acciones y

actividades a ser desarrolladas por la Obra Social en cuestión,

en el marco del Plan de Reconversión las siguientes:

PRIMER TRAMO del día 1ª al noventa:

COMPONENTE 1 cancelación pasivos por prestaciones

médicas: $ 6.968.227

COMPONENTE 3 fortalecimiento institucional $ 438.000

TOTAL: $ 7.406.227

SEGUNDO TRAMO: día noventa al ciento ochenta, $ 1.191.440 de

los cuales correspondían al

COMPONENTE 1: $ 2.000.000

COMPONENTE 3: $ 5.866.046

TOTAL: $ 7.866.046

156

Page 157: Denuncia OBRAS SOCIALES

TERCER TRAMO: día 181 a 270,

COMPONENTE 2: 1.706.840 $

COMPONENTE 3: 4.832.755 $

TOTAL: 6.538.995 $

CUARTO TRAMO: día 271 al día 360 de ejecución.

COMPONENTE 2: 1.706.840 $

COMPONENTE 3: 4.912.783 $

TOTAL: 6.619.623 $

QUINTO TRAMO: día 261 a 450

COMPONENTE 2: 1.600.162 $

COMPONENTE 3: 3.845.135 $

TOTAL: 5.445.297 $

SEXTO TRAMO: día 451 a 540

COMPONENTE 2: $ 1.600.162

COMPONENTE 3: $ 3.874.037

TOTAL: $ 5.474.199

Ahora bien, nótese que la planilla

correspondiente a la “Estructura de la Deuda total” que

registraba la obra social, se encuentra suscripta con dos medias

firmas sin aclarar, y refleja un listado de acreedores de OSECAC,

en concepto de facturas de empresas de salud, entra las que se

encuentran: la ASOCIACION DE CLINICAS Y SANATORIOS –gerenciadora

conocida como ACLISA-, el SANATORIO COLEGIALES, CLINICARD S.A.,

la ASOCIACION MEDICA DE BAHIA BLANCA, entre otros, por deudas que

se remontan a los años 1990/1991, y a una deuda total de $

9.778.589,30 siendo “el monto a cancelar por el PROS (en pesos)”

de 8.968.227 $.

Ahora bien, el millonario convenio suscripto

157

Page 158: Denuncia OBRAS SOCIALES

sufrió dos modificaciones.

El 17 de agosto de 2001, por ADDEMDUM que se

encuentra suscripto por Néstor Abel PEREZ BALIÑO, Subseretario de

Atención Primaria de la Salud, Rubén CANO, Superintendente de

Servicios de Salud, y CAVALIERI, presidente de OSECAC. Por dicho

convenio manteniéndose intacto el monto total del crédito, se

redistribuyó de manera tal que quedó para cada componente tales

sumas de dinero:

a) La suma inicial de $ 8.968.227 para el Componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO, quedó en nada menos que $

12.161.062 –lo que excedía notoriamente el monto total de

las deudas registradas según se vio más arriba-.

b) La suma inicial de $ 6.614.004 para el componente 2

RECONVERSION DE PLANTA, a la suma de $ 3.200.324

c) La inicial suma de $ 23.768.156 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, a la suma de $ 23.989.001.

No puede soslayarse además que las

particulares compromisos asumidos para OSECAC en la cláusula

TERCERA, relevan la intención de los encartados de prever

“consensuadamente” las resultas de cualquier eventualidad de la

pudiera provenir un perjuicio. Tampoco se entienda como el primer

item entre estas pautas, corresponde “al cumplimiento del plan de

reconversión”, cuando tal premisa no es sino, justamente, el

objeto central del Programa.

Así por dicha norma, la Obra Social se

“comprometió” a: ejecutar en forma estricta el plan de

Reconversión; recurrir al asesoramiento de técnicos y consultores

aprobados por la UCP para asegurar los objetivos propuestos;

158

Page 159: Denuncia OBRAS SOCIALES

tomar las previsiones y medidas necesarias para que las

contrataciones que deban celebrarse en la ejecución del Plan de

Reconversión se efectuara siempre a costo razonable, asumir en

forma expresa toda responsabilidad por contratos o litigios

relacionados con la ejecución del Plan.

El alcance de tales pautas cae por su propio

peso.

Por otra parte los cambios realizados

afectaron los niveles de autorización de gastos para cada tramo

según el siguiente esquema:

QUINTO TRAMO: día 261 a 450

COMPONENTE 1: el ADDENDUM estableció la suma de $

2.251.475.

COMPONENTE 2: $ 1.600.162 al demostrarse la disminución

en el rubro de gasto en personal-

COMPONENTE 3: 5.163.128 $ igual al anterior.

De esta manera, el total del desembolso, por

la suma de 9.014.765 $ quedaba intacto.

SEXTO TRAMO: día 451 a 540

COMPONENTE 1: -antes no previsto- $ 941.360

COMPONENTE 2: previsto inicialmente por la suma de $

941.360, por la suma $ 1.600.162

COMPONENTE 3: inicialmente previsto hasta la suma de $

3.874.037, previsto por $ 2.932.677.

De esta manera, el total del desembolso nro.

6 quedaba intacto.

159

Page 160: Denuncia OBRAS SOCIALES

La segunda modificación data del 20 de junio

de 200245 y aparece firmada por el entonces Director Nacional del

Programa de Reconversión de Obras Sociales, Rubén TORRES, y por

Armando CAVALIERI, y tuvo por objeto modificar determinadas

condiciones del anexo III de las condiciones de ejecución.

Una vez más los montos utilizados para el

COMPONENTE 1 fueron elevados hasta una suma que alcanzó los $

13.992.145, en tanto que el COMPONENTE 3 quedó integrado por la

altísima suma de $ 24.381.459, reduciéndose hasta la suma de $

976.783 el COMPONENTE 2.

Tales modificaciones se establecieron en la

distribución del SEXTO TRAMO –el que se computó por el período

comprendido entre el día 1277 y el día 1366- y quedó integrado

por las sumas de dinero cuya utilización no se había realizado

hasta ese momento.

10.c.- Los millonarios pasivos prestaciones.

Cancelaciones por “prestaciones” posteriores a la suscripción del

convenio.

Según el Cuerpo de Peritos Contadores de la

Justicia Nacional las condiciones para determinar la

razonabilidad de los pasibles elegibles para ser cancelados con

el Programa estaban incluidos en el documento: “Documento de

Calificación- Guía para la presentación de la Documentación” y

debían resultar de:

a) deudas prestacionales –por atención a los afiliados de la

Obra Social-,

45 Recuérdese que el convenio se había firmado el 21/12/98.

160

Page 161: Denuncia OBRAS SOCIALES

b) No pertenecer a contratado de cápita pagadas por

adelantado,

c) No tener una antigüedad inferior a los 90 días del pedido

de cancelación –el resaltado me pertenece-.

Tal como lo señalan las pericias contables

llevadas a cabo, se trataba de la selección de un listado de

facturas impagas y vencidas, las que debían incluirse en un

listado denominado “deuda elegible”, que se debía presentar en

forma detallada ante la Unidad Ejecutora del Programa, y en base

a cuyo listado, los funcionarios de la UEPOS debían realizar un

control documental “in situ” tanto de los originales de las

facturas, como de sus respectivas registraciones contables,

culminando con la aceptación de las deudas para el tramo –véase

entre otros el informe de la Obra Social de los Ferroviarios-.

Ahora bien, tal como surge de la planilla de

cancelación de deudas comentada más arriba y lo dicho por los

peritos contadores, “los pasivos registrados se corresponden con

las registraciones del Libro de Inventarios y Balances, Estados

de Situación Financiera Corriente presentado ante el ANSAL.” 46

Ahora bien, de acuerdo a la información

agregada en el ANEXO XIII de documentación, la primer orden de de

pago del PROS hacia la cuenta a nombre de la Obra Social OSECAC

data del 7/1/99 lleva el número 650 y ascendió a la suma de $

196.224. Dicha orden se encuentra suscripta por la licenciada

Liliana SINGER.

Las demás órdenes son las siguientes:

46 Nótese que conforme el informe pericial, surgía del libro inventario II, folio 396 –rubricado 11761- actuación 35988/96 del ejercicio cerrado 30/6/97 la transcripción: cuentas por pagar corrientes, prestaciones médico asistenciales $ 40.739.673,27.

161

Page 162: Denuncia OBRAS SOCIALES

25/3/99 nro. 720 por la suma de $ 193.008,79,

31/3/99 nro. 725 por la suma de $ 2.490.397,81

15/4/99 nro. 739 por la suma de $ 260.764,13

22/4/99 nro. 747 por la suma de $ 1.517.930,16

6/5/99 nro. 758 y nro. 761 por las sumas de $ 41.282 y 461.077

respectivamente

22/7/99 nro. 821 por la suma de $ 1.991.246,73 y 832 por la suma

de $ 167.846,28

29/6/99 nro. 835 por la suma de $ 1.742.688,39

12/8/99 nro. 847 por la suma de $ 1.665.697,63

9/9/99 nro. 872 por la suma de $ 807.277,58,

23/9/99 nro. 887 por la suma de $ 98.571,96

14/10/99 nro. 898 por la suma de $ 974.343,02

21/10/99 nro. 905 por la suma de $ 299.627,17

3/12/99 nro. 941 por la suma de $ 776.425,05

23/12/99 nro. 958 por la suma de $ 49.398,41

20/1/00 nro. 974 por la suma de $ 49.398,41

10/2/00 nro. 987 por la suma de $ 500.666,70

9/3/00 nro. 996 por la suma de $ 795.300,10

23/3/00 nro. 1003 por la suma de $ 103.512,79

30/3/00 nro. 1010 por la suma de 122.028,11

27/4/00 nro. 1015 por la suma de $ 91.662,59

24/5/00 nro. 1027 por la suma de $ 563.277,50

8/6/99 nro. 1030 por la suma de $ 193.095,33

15/6/99 nro. 1035 por la suma de $ 385.965,81

22/6/00 nro. 1036 por la suma de $ 177.035,25

31/8/00 nro. 1056 por la suma de $ 1.588.477,72,

21/9/00 nro. 1058 por la suma de $ 699.273,57

162

Page 163: Denuncia OBRAS SOCIALES

19/10/00 nro. 1077 por la suma de $ 717.402,28

16/11/00 nro. 1085 por la suma de $ 940.245,31

30/11/99 nro. 1091 por la suma de $ 17.818,56

7/12/00 nro. 1093 por la suma de $ 426.352,36

02/2/01 nro. 1102 por la suma de $ 304.508,91 –en este caso

suscripta por el Licenciado Mario GERDEL como Gerente de

Operaciones del PROS-, y aparece reemplazada por orden de pago

1105 de fecha 08/2/01 por la suma de 48.017,10 $.

22/2/01 nro. 1107 por la suma de $ 52.885,85 –suscripta por

GERDEL-,

1/3/01 nro. 1110 por la suma de $ 52.885,85 –suscripta por

GERDEL-,

24/8/01 nro.1138 y 1139 por las sumas respectivas de $

2.250.433,38 y 610.380,86 –firmada por GERDEL y por Jaime SAIEGH

como Coordinador del PROS-.

30/8/01 nro. 1140 y 1141 por las sumas de $ 1.616.586,94 y

796.127,60 respectivamente –firmada por SAIEGH-,

06/9/01 nro. 1142 por la suma de $ 160.631,00 –firmada por

Gerardo CASARELLO como Gerente de Monitoreo y Evaluación del

PROS-,

20/9//01 nro. 1144 por la suma de 595.526,16 –firmada por

CASARELLO-.

27/9/01 nro. 1148 por la suma de $ 204.977,99 –firmada por

CASARELLO-,

11/10/01 nro. 1151 por la suma de $ 334.380,17

12/11/01 nro. 1153 y 1154 por las sumas respectivas de $

59.766,52 y 100.436,57 –firma de CASARELLO-

163

Page 164: Denuncia OBRAS SOCIALES

22/11/01 nro. 1157 por la suma de $ 323.870,48 –con firmas de

CASARELLO y de la Lic. Graciela PESSAGNO como Gerente

Administrativo del PROS-

29/11/01 nro. 1159 por la suma de $ 323.870,48 –firmada por

CASARELLO y por PESSAGNO-.

06/12/01 nro. 1160 por la suma de $ 61.215,21

14/12/01 nro. 1161 y 1162 por la suma de $ 77.450 y 142.520,34

respectivamente.

31/12/01 nro. 1165 por la suma de $ 394.611 –con firma de Ing.

Luis V. CERIANI Coordinador Gral del PROS-.

04/1/02 nro. 1172 por la suma de $ 30.428,48 –con firma de

CASARELLO-

10/1/02 nro. 1175 y 1176 por las sumas de $ 142.277,77 y

159.363,31, respectivamente,

24/1/02 nro. 1180 por la suma de $ 348.702,31 –firmada por lic.

Graciela PESSAGNO, y Dr. Gerardo CASARELLO,

21/2/02 nro. 1191 por la suma de $ 17.478,57.

18/4/02 nro. 1203 y 1204 y 1205 por las sumas de $ 81.913,31,

588.255,21 y 252.120 respectivamente –suscripta por la Lic.

Graciela PESSAGNO y por el Ing. Jorge BECERRA.

09/5/02 nro. 1206 por la suma de $ 942.402 –con firmas de

PESSAGNO y de BECERRA-.

27/6/02 nro. 1210 (tres órdenes) por las sumas de $ 142.731,83,

1.697.168,54 y 133.914,46, respectivamente.

01/7/02 nro. 1213/1214/1215 por las sumas de $ 142.731,83,

707.797,17 y 133.914,46 –las que reemplazarían a las 1210, 1211 y

1212 que “no han podido ser procesadas”-

04/7/02 nro. 1216 por la suma de $ 150.040

164

Page 165: Denuncia OBRAS SOCIALES

8/7/02 nro. 1217 por la suma de $ 150.040

9/8/02 nro. 1220 por la suma de $ 100.536,57

19/9/02 nro. 1221 por la suma de $ 116.372,11 –firmada por Saúl

ROSSI, y Jorge BECERRA, coordinador y coordinador adjunto del

PROS-.

26/9/02 nro. 1221 por la suma de $ 64.260

3/10/02 nro. 1223/1224 por las sumas de $ 174.216 y 845.785,12,

respectivamente -con firme de PESSAGNO-,

25/11/02 nro. 1225 por la suma de $ 422.892,56

12/12/02 nro. 1226 por la suma de $ 81.890,17,

23/12/02 nro. 1227 por la suma de $ 422.857,14.

Ahora bien, la correlatividad de las órdenes

de pago emitidas por el PROS a favor de la Obra Social en

cuestión no sorprende a esta altura del relato. Por otra parte,

tampoco los montos que fueron acreditados en más de una

oportunidad en un mismo mes o en un mismo día.

Con relación al COMPONENTE 1, nótese que

según surge del anexo I de la Pericia llevada a cabo, millonarias

sumas de dinero pagadas en este concepto tenían como concepto

deudas de OSECAC del año 1999 al año 2002, utilizándose por ello

el dinero público para el pago de aparentes deudas que no

conformaban el objeto por el cual se había solicitado y

autorizado el crédito inicialmente.

De esta manera los 2 ADDENDUM al contrato

inicial no salvarían esta situación, toda vez que, amén de no

existir ninguna referencia que determinara el sustancial cambio

“de fondo” del Convenio, tales decisiones resultaban ajenas a las

165

Page 166: Denuncia OBRAS SOCIALES

iniciales tenidas en miras al momento de idearse el Programa de

Reconversión.

Más que relevante surge el anexo A de la

pericia llevada a cabo en la cual se reflejan las importantes

sumas de dinero facturas por los prestadores SANATORIO

COLEGIALES, SANATORIO MORANO, PRESTACIONES INTEGRALES S.A.,

SERVICIO MEDICO DEL OESTE S.A., AURUS SALUD S.A., HELIOS SALUD,

ASOCIACION DE CLINICAS, AGRUPACION SALUD INTEGRAL, por

prestaciones que según los registros datan de fecha muy posterior

a la firma del convenio entre el PROS y OSECAC, y los altos

porcentajes de facturación de estas firmas a OSECAC.

Tales conclusiones reflejan por sí la

irregular disposición de fondos que fueron destinados desde el

PROS a la Obra Social y que tenía como último destino beneficiar

a las firmas en cuestión.

En definitiva tales pagos lejos de Reconvenir

a la Obra Social en base a un préstamo que cancelara sus pasivos,

y con fundamento en éstos, aparecen como un real financiamiento

de la Obra Social en sus básicas prestaciones.

10.c.- El fortalecimiento institucional de

OSECAC.

Con relación al COMPONENTE 3, según las

carpetas de cancelaciones y los resultados de la pericia llevada

a cabo, el mismo fue asignado a las siguientes firmas y personas:

TOISON S.A47, TELECOMUNICACIONES S.R.L., TOUBES CONSTRUCCIONES

S.R.L., TRANSTEX S.A.48, MAGNET MULTIMEDIA DIANA FIGUEROA, OPEN

47 Con inicio de actividades el 20/08/9748 Con inicio de actividades el 01/07/88.

166

Page 167: Denuncia OBRAS SOCIALES

SYSTEM S.A.49, HEWLETT PACKARD ARGENTINA S.A., GMS S.A.50,

UNIVERIDAD ABIERTA INTERAMERICANA, JOSE LUIS IGLESIAS51, BANKNET

S.A.52, SCIARRA Y CALDERO53, NETRIX S.A.54, RODRIGUEZ ZACHERA &

ASOCIADOS Y RZA S.A55

Adviértase que de la documentación obrante en

autos surge la irregular proximidad de la creación de muchas de

las firmas que aparecieron vinculadas con la Obra Social para los

pagos efectuados para el COMPONENTE 3, con la fecha de inicio del

Convenio, y que entre los pagos efectuados surge56 uno por la suma

de $ 252.120 –conforme el detalle que más adelante se efectúa-,

el que correspondía con la factura nro. 1929 de la firma

UNIVERSIDAD ABIERTA INTERAMERICANA, la que no fue registrada en

los libros contables de la misma, ni en lo atinente a su emisión,

ni en su pago.

Al respecto el Cuerpo de Peritos Contadores

aludió “…esta falta de registración en los libros de la

Universidad y/o Fundación carece de sustento técnico máxime

cuando las acreditaciones fueron realizadas por el PROS a una

cuenta bancaria expresamente abierta para tal fin.”

49 Con inicio de actividades el 04/01/9350 Con inicio de actividades el 01/07/93- con domicilio en la calle Rivadavia 611, 6º. Pte. Jorge Omar PANELLI -1999-; Eduardo Agustín Díaz -vicepresidente 1999-, la que fue constituida en 1989 por Carlos BALINER, Eduardo DIAZ y Daniel F. LANATA51 Con inicio de actividades el 01/03/92.52 Con inicio de actividades el 01/08/97.53 Con inicio de actividades el 01/09/99 nada menos que después de firmado el convenio por parte de la Obra Social.54 Con inicio de actividades el 01/02/00 a lo que corresponden las mismas salvedades que las realizadas respecto de la firma SCIARRA Y CALDERON.55 Que se trata de la misma empresa, y su fecha de inicio es del 01/04/95.56 Por ejemplo.

167

Page 168: Denuncia OBRAS SOCIALES

Las cancelaciones que se realizaron con

dinero de las arcas públicas y que fueron así ordenadas por los

funcionarios del PROS fueron las siguientes57:

Cancelación 1: orden de pago a la firma R.Z.A. CONSULTING S.A

firmada por HONDARRE y VIDART, para la acreditación a favor de

dicha firma de $ 200.000 por el COMPONENTE 3. La autorización de

acreditación en la cuenta se encuentra firmada por Guillermo

MONTANER y Víctor ZACHERA en concepto de honorarios por

calificación. No Obran facturas, convenio alguno o contrato al

respecto que hubiera sido remitido, analizado o aprobado por el

PROS.

Cancelación 2: Se pagan 2.498.819,03 $ por orden de los mismos

funcionarios, por “prestaciones médicas” COMPONENTE 1 a SANATORIO

COLEGIALES, FEDERACIÓN DE BIOQUIMICOS DE LA PCIA. DE BUENOS

AIRES, ASOCIACIÓN DE CLINICAS Y SANATORIOS PRIV. DE CORDOBA, tres

prestadores. Se invocan convenios cuyos textos se desconocen. Por

otro lado no obran copias de las facturas respectivas.

Cancelación 3: Se pagan 196.024 $ a RODRIGUEZ, ZACHERA Y

ASOCIADOS por orden de los mismos funcionarios, trece facturas –

COMPONENTE 3-. La autorización ante el Banco se encuentra firmada

por Víctor ZACHERA, Víctor RODRIGUEZ, Guillermo MONTANER, Alberto

57 La cuenta de la Obra Social fue la del Banco de la Nación Argentina nro. 126200/05, y recibió conforme lo que ya se relató monto total de 40.530.898,61 $, de los cuales la obra Social recibió 39.350.387, en VI tramos, de los cuales al componente I se le asignaron $ 8.969.227, al componente 2 se le asignaron $6.614.004, y al componente 3 se le asignaron $23.768.156

168

Page 169: Denuncia OBRAS SOCIALES

VITALE, y Carlos BORGATELLO. No obra copia del contrato, y la

factura en cuestión numerada 0001-00000010 y fechada el 19 de

marzo de 1999, refleja que la firma había comenzado sus

actividades el 01 de enero de 1999.

Cancelación 4: Se pagan 2.490.397,81 por orden de HONDARRE y

Jorge R.R. PRIETO –Gerente de Operaciones- en concepto de

“prestaciones médicas” a ASISTENCIA INTEGRAL DE MEDICAMENTOS

COMPONENTE 1. La autorización ante el Banco la firman Carlos

Valentín BANCHIK y Horacio MOSCARDELLI. No obra factura que de

cuenta del concepto de los pagos realizados, más según la

planilla de cancelación de deudas, dicha factura dataría del 5 de

enero de 1999.

Cancelación 5: autorizada por VIDART y HONDARRE se le pagan

1.517.930,16 $ a ASISTENCIA INTEGRAL DE MEDICAMENTOS por

“prestaciones médicas” COMPONENTE 1, según facturas que no obran,

pero que datarían del 29 de enero y del 16 de febrero de 1999.

Cancelación 6: autorizada por HONDARRE y VIDART, Orden de pago

758 de fecha 6/5/99 a R.Z.A. –COMPONENTE 3-, por un total de

41.976,00 $ en concepto de Fortalecimiento institucional -las

autorizaciones bancarias las firman BACHIK y MOSCARDELLI-. La

factura nro. 014 data del 26/4/99.

Cancelación 7: Orden de pago 761 suscripta por HONDARRE y por

VIDART de fecha 6/5/99 por un total de 461.077 $ a ASISTENCIA

169

Page 170: Denuncia OBRAS SOCIALES

INTEGRAL DE MEDICAMENTOS, no obra factura alguna agregada ni

conformada, y según la planilla de cancelación de deudas la misma

sería de fecha 01/03/99.

Cancelación 8: firmada por los mismos funcionarios, Orden de pago

821 por 2.000.000 $ de fecha 22/7/99 en concepto de deuda

prestacional a 4 prestadores SANATORIO MORANO, FEMEBA,

ASOSICACIÓN DE CLINICAS Y SANTORIOS PIVADOS DE ROSARIO Y

ASOCIACION DE SANATORIOS Y CLINICAS. No obran facturas ni

convenios y en la planilla de cancelación de deudas y a la

certificación del contador independiente, se hace referencia a la

existencia de “convenios” que datan de mayo 1999 y de marzo de

1999 cuyos términos y condiciones se desconocen por completo.

Cancelación 9: autorizada por los mismos funcionarios, Orden de

pago 832 de fecha 22/7/99 por un total de 170.679,00 $ a

RODRIGUEZ, ZACHERA Y ASOCIADOS –COMPONENTE 3, como ya de dijo-

por un informe final y una dirección estratégica. La factura que

obra en copia data del 14/7/99 y lleva el número 0025.

Cancelación 10: Orden de pago 836 de fecha 29/7/99 suscripta por

HONDARRE y VIDART por un total de 1.771.520,00 $, de los cuales

1.400.000 $ fueron a favor de G.M.S.58 correspondiente a anticipo

de contrato de concurso de precios 02/99 -la autorizacióna ante

el Banco la firma PANELLI- y 371.000 $ a TELECOMUNICACIONES S.R.L

58 Con domicilio en la facturación en la calle Suipacha 570, 6to. “B” de esta ciudad-

170

Page 171: Denuncia OBRAS SOCIALES

en concepto de anticipo de concurso 01/99 -la autorización la

firma Raúl LIZARRAGA-.

Cancelación 11: Orden de pago 847 de fecha 12/8/99 por un total

de 1.695.000 a BANKET S.A,59 y a la firma G.M.S. S.A., todo por el

COMPONENTE 3. No obra ningún contrato al respecto.

Cancelación 12: Orden de pago 872 de fecha 9/9/99 firmada por

HONDARRE y VIDART por 820.388 a STC TELECOMUNICACIONES S.R.L. y

una vez más a G.M.S. S.A. La primera invoca el concurso de

precios correspondiente a obras de construcción, y la segunda

corresponde a la instalación de módulos de empadronamiento de

empresas y beneficiarios.

Cancelación 13: Orden de pago 887 por la cual se pagan $100.000 a

HEWLETT PACKARD ARGENTINA por 100.000 $. Las autorizaciones las

firman Horacio SANGUINETTI60 y Hugo STRACHAN.

Cancelación 14: suscripta por HONDARRE y VIDART La orden de pago

898 de fecha 14/10/99 se expide por un total de $ 989.804 a favor

de las empresas G.M.S. S.A, S.T.S. TELECOMUNICACIONES –

autorización firmada por Alberto Alejandro RIVERO-, SCIARRA

CALDERON S.A. y RODRIGUEZ, ZACHERA Y ASOCIADOS.

59 También con domicilio en la calle Suipacha 570 piso 7.60 Repárese en la llamativa coincidencia del mencionado Sanguinetti con los integrantes de la firma AV & Asociados.

171

Page 172: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 15: Orden de pago 905 de fecha 21/10/98 por un total

de 304.405 $ a HEWLETT PACKARD S.A -en concepto de licencia de

software-la autorización la firma Jorge Ernesto GERHARDT, TOUBES

CONSTRUCCION S.R.L, -la firma registra inicio de actividades el

01/1/96 y la factura es del 15/10/99, firmando las autorizaciones

las firman Marcelo Hector CABALLERO y Patricia Sonia TOUBES- GMS

S.A., SCIARRA Y CALDERON –con domicilio en la calle Carlos

Pellegrini 763 piso 9- invocando un contrato de consultoría-, y

R.Z.A..

Cancelación 16: La orden de pago 941 de fecha 9/12/99 se

encuentra suscripta por los mismos funcionarios y se libra a

favor de tres empresas STC Telecomunicaciones –por cableados de

la obra-, G.M.S. S.A –por provisión de licencias- y BANKNET S.A -

por configuración y puesta en marcha de equipos adquiridos- por

un total de 788.788,30 $.

Ahora bien, a esta altura del relato

adviértase que la firma G.M.S. y la firma BANKET S.A. tienen el

mismo domicilio: Suipacha 570 de esta ciudad y la imprenta que

emitió los formularios de facturación es la misma: CIA.

SUDAMERICANA DE IMPRESIÓN S.A. sita en la calle Tucumán 979 de

esta ciudad.

Cancelación 17: suscripta por los mismos funcionarios

corresponden con orden de pago 958 por $50.000 de fecha 23/12799

a SCIARRA y CALDERON S.A, empresa que inició las actividades en

172

Page 173: Denuncia OBRAS SOCIALES

septiembre de 1999 y se libra en concepto de servicios de

consultarías según contrato invocado que no obra en el legajo.

Cancelación 18: suscripta por PRIETO y HONDARRE. La orden de pago

969 de fecha 13/01/00 se encuentra librada a favor de R.Z.A.,

S.T.C TELECOMUNICACIONES y G.M.S. S.A por un total de 752.371 $.

Cancelación 19: suscripta por HONDARRE y PRIETO, y corresponde

con la orden de pago 974 por $50.000 de fecha 20/01/00 a favor de

SCIARRA y CALDERON S.A –Carlos Pellegrini 763 piso 9-, en

concepto de servicios de consultarías según contrato invocado.

Cancelación 20: suscripta por SAIEGH y PRIETO corresponde con la

orden de pago 987 de fecha 10/02/00 por 508.624 a STC

TELECOMUNICACIONES –domiciliada en la calle Boliviar 1384- y

G.M.S. S.A.

Cancelación 21: suscripta por Mario H. GERDEL y SAIEGH, la orden

de pago 996 es por 808.437,86 a HEWLETT PACKARD por servidores y

licencias. La autorización ante el banco está suscripta es

Horacio SANGUINETTI.

Cancelación 22: suscripta por GERDEL y SAIEGH, y corresponde con

la orden de pago 1003 de fecha 23/02/00 a Carlos Daniel SCIARRA y

G.M.S. S.A por un total de 105.252,50 $ -COMPONETE 3-

173

Page 174: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 23: suscripta por GERDEL y otro funcionario cuya

firma no se encuentra aclarada, por la suma de $ 124.079 a la

firma G.M.S S.A, a Jorge Omar PANELLI, en concepto de gastos de

consultoría en Tecnología Informática.

Cancelación 24: suscripta por GERDEL y SAIEGH cuya orden de pago

1015 de fecha 27/4/00 ordena el pago de 92.517,25 $ a las

consultoras SCIARRA Y CALDERON –domicilio en la calle Moreno 648

piso 5to.-, G.M.S. S.A y R.Z.L.

Cancelación 25: suscripta por GERDEL y SAIEGH relacionada con la

orden de pago 1025 de fecha 18/5/00 se pagan 151.670,25 $ a las

consultoras SCIARRA y CALDORON SOCIEDAD, G.M.S. S.A y R.Z.L.

Cancelación 26: suscripta por PRIETO y GERDEL correspondiente a

la orden de pago 1027 de fecha 24/5/00 a las siguientes empresas:

OPEN SYSTEM S.A -domiciliada en la calle Maipú 71- por la suma

de 179.872 $, quien firma la autorización de pago es firmada por

el presidente Juan Manuel Rodríguez Francia. En concepto de

anticipo de 50% del contrato.

DIANA FIGUEROA -MAGNET MULTIMEDIA domicilio en la calle Blanco

Encalada 3422 piso 2do.- por la suma de $11.250 en concepto de

anticipo 50% según contrato.

R.Z.A. por $ 83.290 por honorarios por seguimiento y control,

redacción y presentación de informes de avances.

174

Page 175: Denuncia OBRAS SOCIALES

TRANSTEX S.A –domiciliada en la calle Córdoba 1255 8vo. piso- por

la suma de $ 297.776 en la persona de Hernán Daniel DANIELE por

provisión de insumos. En este caso no obra copia de ningún

contrato que vincule a la Obra Social con esas firmas.

Cancelación 27: suscripta por GERDEL y SAIEGH, por la cual la

empresa TOISON S.A –con domicilio en la calle Tucumán 255 5to.

“A” de esta ciudad-, cobra la orden de pago 1020 por 196.112 $.

La autorización de pago la firma María de MENDEZ y se refiere al

Sucomponente 6, del COMPONENTE 3, según concurso 1/00, cuyo

contrato se desconoce.

Cancelación 28: también a favor de la firma TOISON S.A la orden

de pago 1035 suscripta por GERDEL y SAIEGH habilita el pago por $

392.224. La autorización de pago la firma María de MENENDEZ.

Cancelación 29: por orden de pago 1036 de fecha 22/6/00 firmada

por los mismos funcionarios, la empresa OPEN SYSTEM S.A cobra $

179.782 en concepto de saldo según contrato invocado

Cancelación 30: se corresponde con la orden de pago 1056 de fecha

31/8/00 por un total de $ 1.613.924,17 a favor de las empresas

TRASTEX S.A –con domicilio en la Av. Córdoba 1255 8vo. piso-,

G.M.S. S.A, STC TELECOMUNICACIONES –con domicilio en la Av. Paseo

Colón 1163 de esta ciudad y siendo su representante Alberto

Alejandro Rivera-, TOISON S.A, SCIARRA Y CALDERON S.H.

175

Page 176: Denuncia OBRAS SOCIALES

Respecto de esta orden de pago no puede

soslayarse la existencia de nota 7429 suscripta por SAIEGH de la

que se infiere que OSECAC no había siquiera remitido informes que

justificaran la abultada facturación de las firmas en cuestión a

la Obra Social, ya adentrado el año 2000.

Cancelación 31: suscripta por BECERRA y PESSAGNO, corresponde con

la orden de pago 1058 de fecha 21/9/00 por un total de 710.538 $

a favor de las empresas G.M.S. S.A, S.T.C. TELECOMUNICACIONES, y

R.Z.A., no obrando al respecto siquiera las planillas de

cancelación, las facturas o alguna otra documentación

respaldatoria. En dicho apartado obra una nota del 14/9/00 por la

que CARIZZONI Norberto, Gerente General de OSECAC remite al PROS

“copias de las notas de recepción y aceptación de las tareas

correspondientes a los CFI-010/011 y CFI-013 del Plan de

Reconversión encarado por es(a) Obra Social”.

Coincidentemente el 21/8/00 CARIZZONI y Juan

Carlos AVERAME –como gerente de sistemas de OSECAC-, “certifican”

el cumplimiento de las tareas por parte de la empresa GMS S.A. –

recuérdese las apreciaciones realizadas a lo largo de esta

apartado-, “habiendo completado satisfactoriamente las tareas de

relevamiento, adaptación, migración de datos, instalación,

capacitación de los usuarios finales y puesta en marcha” y

considerando –ellos- de esta manera “concluida las tareas

correspondientes al tramo IV del Plan de Reconversión en su

componente CFI 3.”; realizándose iguales consideraciones respecto

de la firma STC TELECOMUNICACIONES S.R.L. con fecha 21/8/00

176

Page 177: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 32: suscripta por GERDEL y por SAIEGH, se paga la

orden de pago 1077 de fecha 19/10/00 por un total de 728.483,33 $

a las empresas GMS S.A, STC TELECOMUNCIACIONES, TOISON S.A.

NETRIX S.A.

Cancelación 33: Mediante la orden de pago 1085 de fecha 16/11/00,

se paga la suma de 955.803,75 $ a SCIARRA Y CALDERON SH, y a

HEWETT PACKARD ARGENTINA –más de 900.000 $ en concepto de

provisiones-.

Cancelación 34: por la que GERDEL y a SAIEGH autorizan la orden

de pago 1091 de fecha 30/11/01 por la suma $22.144 a JOSE LUIS

IGLESIAS en concepto de contrato de asesoría letrada, que no obra

en el apartado –COMPONENTE 3-.

Cancelación 35: suscripta por GERDEL y SAIEGH se autoriza la

orden de pago 1093 de fecha 7/12/00 por la suma de $ 433.314 a

las empresas GMS S.A y SCIARRA Y CALDERON ASOCIADOS.

Cancelación 36: Orden de pago 1105 de fecha 8/2/01 por la que se

abonan 48.017,10 $ a GMS S.A.

177

Page 178: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 37: correspondiente a la orden de pago 1110 de fecha

1/3/01 por un total de 52.885,85 $ a favor de la firma NETRIX

S.A.

Cancelación 38: correspondiente a la orden de pago 1139 de fecha

24/8/01 por un total de $620.436 a las empresas GMC S.A y S.T.C

TELECOMUNICACIONES.

Cancelación 39: Órdenes de pago 1140 por un total de 2.250.433 $

a las prestadora HELIO SALUD S.A -la autorización ante el Banco

de la Nación Argentina la firma el presidente Daniel STAMBOULIAN-

AIM S.A -la autorización la firma el presidente Carlos BANCHIK- y

AGRUPACION DE SALUD INTEGRAL -la autorización la firma José

PAMPURI, Enrique ILLIA y Matilde CERRUTTI-.

Ahora bien, nótese lo que surge de la

información agregada en esta cancelación. Amén de que las

facturas corresponden con deudas de OSECAC posteriores al

Convenio, nótese que el 6 de agosto de 2001 Norberto CARIZZONI

solicita a la Unidad Ejecutora del PROS, la realización de una

“auditoría correspondiente al Saneamiento de Prestaciones Médicas

–tramo V-“, lo que aparentaría encontrar correlato con un

memorando interno del 15/8/01 suscripto por Dr. Federico J.

MARTINEZ, analista Económico-Financiero, cuya dependencia

orgánica se desconoce dentro del PROS, por el cual el primero

cotejó las acreencias presentadas para el Saneamiento Financiero

Quinto Tramo, con los libros diario copiador, de fecha 30/8/00,

178

Page 179: Denuncia OBRAS SOCIALES

libro copiador de fecha 29/06/01, examinándose los comprobantes

“declarados”.

Sus conclusiones expresan: “Sobre la base de

las tareas descriptas, INFORMO que la deuda declarada por la Obra

Social del personal de Entidades Deportivas y Civiles, en la nota

indicada en 1, cuyo monto total asciende a $ 2.250.433,38 (Pesos

dos millones doscientos cincuenta mil cuatrocientos treinta y

tres con treinta y ocho centavos), es: aprobada en su totalidad…

por lo que se da por aprobada la verificación efectuada según lo

señalado.”

No sólo el resaltado surge expresamente de la

nota, sino que la denominación de la Obra Social y el monto que

se dice gastado para el COMPONENTE, no se condice con el

inicialmente pactado, desconociéndose los motivos que

determinaron tales modificaciones. Por otro lado llama la

atención que la “auditoría” o mejor dicho el informe realizado

por Martinez, tome como base la documentación contable de la

empresa sin ninguna otra constancia, base de los convenios

realizados, o bien las “auditorías” que debían preceder su

aprobación, lo que en definitiva importaban el punto de partida

de cualquier convenio por el cual se dispusiera de dinero del

erario público para solventar “pasivos” que cualquier obra social

detentara en sus balances a la fecha de su ingreso al Programa de

Reconversión.

Cancelación 40: Orden de pago 1142 a NETRIX S.A –con domicilio en

la calle Borrego 1940 PB “d” de esta ciudad-. Nótese que esta

179

Page 180: Denuncia OBRAS SOCIALES

firma posee fecha de inicio de actividades el 1/2/00 y su pago

está autorizado por Ariel Domingo VILAN- por $ 163.229, Orden de

pago 1141 de fecha 30/8/01 a CARLOS DANIEL SCARRIA Y PABLO

CALDERÓN, como así también a favor de las firmas G.M.S. S.A,

R.Z.A, TRANSTEX S.A y TOISON S.A, por un total de $ 809.101,17-.

Cancelación 41: corresponde con la orden de pago 1154 de fecha

8/11/2001 a favor de CARLOS DANIEL SCIARRA y PABLO CALDERON por

un total de $ 102.124,58, Orden de pago 1151 de fecha un total de

$ 340.000 a favor de la firma GMS S.A., Orden de pago 1153 a

NETRIX S.A por un total de 60.771 $.

Cancelación 42-43-44: Se pagan liquidaciones en concepto de

indemnizaciones.

Cancelación 45: Se libró la orden de pago 1159 de fecha 29/11/01

a la empresa G.M.S. S.A. por un total de $ 329.212.

Orden de pago 1160 de fecha 6/12/01 a favor de la firma NETRIX

S.A. –domicilio en la calle Borrego 1940 PB “D” de esta ciudad-

por un total de 62.000 $ en concepto de honorarios por

impresiones y diseños

Orden de pago 1161 a favor de RZA ADMINISTRADORES DE SERVICIOS

S.A por 78.650, obrando como autorizado Victor RODRIGUEZ.

Orden de pago 1162, por COMPONENTE 2, por la suma de $ 142.520,34

Orden de pago 1163- por $ 758.891,57 a favor de CARLOS SCIARRA Y

CALDERON, G.M.S. S.A, FUNDACION IBEROAMERICANA DE ESTUDIOS

180

Page 181: Denuncia OBRAS SOCIALES

SUPERIORES –siendo el autorizado en este último caso ante el

Banco Rodolfo Nestor VICENZI- y TOISON S.A.

Orden de pago 1165 de fecha 21/12/01 por 394.611 $ a NETRIX S.A

Orden de pago 1172 por la suma de $ 30.428,48 por COMPONENTE 2.

Orden de pago 1175 de fecha 10/1/02 se paga a NETRIX S.A por

144.669 $,

Orden de pago 1176 a favor de RZA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS

S.A. y de RODRIGUEZ ZACHERA y ASOCIADOS, por la suma total de $

161.940 $, de cuyas facturas surge más que ostensiblemente que se

trata de firmas vinculadas –nótese que además de la coincidencia

de nombres societarios, la autorización de acreditación de pago

de la cuenta de RZA se encuentra suscripta por Victor RODRIGUEZ,

en tanto el mencionado junto VICTOR ZACHERA, Guillermo MONTANER,

Alberto VITALE, y Carlos BORGATELLO, se encuentran autorizados

para firmar respecto de la cuenta de RODRIGUEZ ZACHERA, Y

ASOCIADOS.

Orden de pago 1180-1191, por la suma de $ 348.702,31 y de $

17.478,57 $ por COMPONENTE 2.

Orden de pago 1202 de fecha 11/4/02 por un total de $ 148.762 a

favor de G.M.S y S.T.C TELECOMUNICACIONES S.R.L,

Orden de pago 1205 de fecha 18/4/02 por la que se ordena el pago

de $ 252.120 a la FUNDACIÓN IBEROAMERICANA DE ESTUDIOS SUPERIORES

“por cursos de capacitación”.

Orden de pago 1206 a la prestadora HELIO SALUD por un total de

942.402 $ por prestaciones del año 2001 –se observa la

facturación correlativa al respecto-

181

Page 182: Denuncia OBRAS SOCIALES

Orden de pago 1213 de fecha 1213 por la suma de $142.731 a la

empresa G.M.S. S.A

Orden de pago 1211-1214 de fecha 27/6/02 a favor de PRESTACIONES

INTEGRALES S.A., CONSULTORA DE SALUD S.A. –con domicilio en la

Av. Rivadavia 2358 piso 5to. de esta ciudad, que facturó por

“prestaciones Entre Ríos” y con firma registrada correspondiente

a Adriano A. MALUSARDI-, SERVICIOS MEDICOS DEL OESTE S.A., AURUS

SALUD S.A. –domiciliada en la calle Defensa 1695 de esta ciudad

por “atención psiquiátrica cartera fija correspondiente al mes de

nov/2001”, con fecha de inicio de actividades el 01/9/98,

CONVENIOS S.A. –con domicilio en la calle Pedro Ferre 1878 pcia

de Corrientes, y firmas registradas de Carlos Ignacio SUAREZ,

Roque Ramón GODOY Y José Gabriel ACOSTA- , por un total de

1.697.168 $

Orden de pago 1215 por la suma de $ 133.914,46 a favor de

ASOCIACIÓN DE CLINICAS Y SANTORIOS PRIVADOS DE SALTA, por “capita

prestaciones mes de noviembre de 2001”

Orden de pago 1216 a favor de RODRIGUEZ ZACHERA Y ASOCIADOS por

un total de 152.460 $ en concepto de “anticipo honorarios

readecuaciones y reprogramaciones”

Orden de pago 1219 de fecha 8/8/02 a CARLOS SCIARRA Y PABLO

CALDERON por un total de 102.214 $ -facturas contrato COMPOMENTE

3 CFI 07-

Orden de pago 1222 por la suma de $ 65.340 a favor de RODRIGUEZ

ZACHERA Y ASOCIADOS

182

Page 183: Denuncia OBRAS SOCIALES

Ordenes de pago 1223, 1224 y 1225 a favor de G.M.S. S. A. las que

no se encuentra respaldadas por factura ni ninguna otra

documentación y aparecen suscriptas por el Ing. Jorge BECERRA y

la Lic. Graciela PESSAGNO, por las sumas totales de $ 174.216, $

845.785 y $ 422.892.

Orden de pago 1126 a RODRIGUEZ ZACHERA Y ASOCIADOS por $83.290.

Y finalmente la orden de pago 1227 a favor de la firma G.M.S. por

la suma de 430.000, sobre factura correspondiente al saldo

aplicable al CFI 013.

Ahora bien, nótese la clara identidad entre

RZA61 y RODRIGUEZ ZACHERA Y ASOCIADOS, como así también la notoria

vinculación entre G.M.S. S.A. Y BANKET S.A62

En lo que respecta a la firma GMS S.A., la

misma fue constituida inscripta el 7/12/89 según estatuto del

21/11/89. En dicha oportunidad fue constituida por Carlos Hugo

BALINER, Noemí María del Carmen PARADELO, Eduardo Agustín DIAZ,

Daniel Fernando LANATA, María Cristina RUIZ, Daniel Adolfo CASO y

su objeto era la compra y venta, importación y exportación de

todo tipo de productos y servicios relacionados con la

informática.

61 Notese que conforme surge de los informes remitidos por la I.G.J. la firma denominada RZA CONSULTING S.A. fue creada el día 26/10/92 José Luis Iglesias (Blanco Encalada 1204, 2do. piso “a”) y Vicente Daniel Lo Giudice (con domicilio en la calle Callao 3752, Valentín Alsina, Pcia. de Buenos Aires) constituyen la sociedad denominada “FOXVER SOCIEDAD ANÓNIMA”.

*Objeto: prestar servicios de organización administrativa de empresas, como así también toda clase de locaciones de servicios y asesoramiento, industrial, comercial, jurídico, contable y financiero, técnico, de seguro y de reaseguro, excluidos de todos aquellos reservados a profesionales con título habilitante.-Dom: en la calle Paraná 439, tercer piso, oficina 17 de esta ciudad.

62 Tal como se dijo más arriba, resultaban coincidentes los domicilios y hasta la imprenta de emisión de los talonarios de las facturas presentadas ante los funcionarios del PROS para el pago de las mismas.

183

Page 184: Denuncia OBRAS SOCIALES

Su sede social correspondía según la

información societaria con la que se cuenta, con el de la calle

Suipacha 576 2do piso Capital Federal63.

Por otro lado la firma BANKNET S.A. fue

constituida el 24/07/1997 y registrada el 31/07/1997 cuando el

Programa de Reconversión ya se encontraba funcionando, por Daniel

Adolfo CASO, Juan Carlos SCAGLIONE, Eduardo Rubén BREGA, Daniel

Fernando LANATA -con domicilio en Suipacha 570 7mo. Cap. Fed.-, y

Jorge Lorenzo STEFANO, figurando posteriormente Eduardo DIAZ como

presidente de la sociedad.

Al igual que la firma anterior se autoriza a

Fabián CANEDO a realizar los trámites para la obtención de la

conformidad de la autorización de contralor para la constitución

de la sociedad y su inscripción en el Registro. Publico de

Comercio.

El objeto de BANKNET era la compra y venta,

importación y exportación de todo tipo de productos y servicios

relacionados con la informática y las comunicaciones, su

domicilio el de la calle Suipacha 576 7mo. “a” de esta ciudad y

entre sus accionista figuraba Esteban Browning por si, y la

empresa STRUCTURED INTELLEGENCE LLC representada por Mario

POCHAT64

Ahora bien, nótese conforme surge del anexo

VIII de documentación que el 21/12/99 se registra una

modificación del estatuto, en tanto para febrero de 2002 se

63 Autorizado para realizar los trámites que atiendan a la obtención de la conformidad de la autoridad de contralor para la constitución de la sociedad y su Inscrip. en le Reg. Pub. de Comercio: Leandro Fabián CANEDO64 Con domicilio en la calle Juncal nro. 1196 1er piso.

184

Page 185: Denuncia OBRAS SOCIALES

produce la renuncia y designación de los integrantes del

directorio65.

Sentado lo expuesto, nótese que otra de las

firmas que recibió importantes montos de dinero procedentes del

Programa de Reconversión se trató de la firma A.I.M ASISTENCIA

INTEGRAL DE MEDICAMENTOS S.A. Según los registros de la

Inspección General de Justicia correspondiente al anexo XVIII de

documentación, dicha firma se domiciliaba en la calle Piedras

872/4 de esta ciudad, y fue constituida por Alejandro BALBUENA,

Carlos Valentín BANCHIK, Clara BELKIS GONZALEZ, Miriam Beatriz

RIZZUTTI, Guillermo Antonio RODRIGUEZ y Ricardo CRIPPA.

Su objeto social consistía en: compra y

venta, importación y exportación de mercaderías relacionadas con

la industria alimenticia, textil, automotriz, de la madera, del

cuero, del plástico, del caucho, del juguete, de la construcción,

del vidrio, del agro, de farmacología, drogas, perfumería,

cosmetología y material sanitario instrumental, aparatos, equipos

y/o elementos de electro medicina para equipamientos

hospitalarios. Instalación, equipamiento y administración de

droguerías, farmacias, perfumerías, sanatorios, clínicas y

laboratorios.66

En el correspondiente legajo se observa así

también un cambio de domicilio el 29/11/95 al de la calle Juan

Francisco Segui 4646 3er. Piso, de esta ciudad, registrado el 65 Se resuelve en forma unánime aceptar la renuncia de los Sres. Eduardo Rubén Brega, Daniel Adolfo Caso y Rafael Peloso.

66 La firma registra su constitución: reg. 6092 del libro 111 de fecha 8/07/92 *Sede social: Juan Francisco Segui 4646 3er piso Cap. Fed. Aumento de Capital dentro del Quíntuplo: fecha reg. 29/12/95 Accionistas: Enrique Ast dom. Etcheverría 1025 C.F., Rubén Ángel Spaizman dom. Maure 1560 5to. “a” C.F., Down International S.A.-Carlos Quijano 1236 of. 203, Montevideo, Uruguay, Gloria Susana Flaztein dom. Tucumán 1484 6to. piso, depto. “d” C.F., Eduardo Dosisto dom. Suipacha 414 1er piso C.A., Guillermo Pardo dom. Catamarca 2570 piso 4to. “a” Olivos Bs. As.

185

Page 186: Denuncia OBRAS SOCIALES

17/12/96, y llamativamente una inhibición General de Bienes por

Concurso Preventivo del 05/06/2002 registrada 06/06/2002.

Ahora bien, en oportunidad de expedirse sobre

los contratos de consultoría el informe pericial da cuenta que

según información brindada por Norberto CARIZZONI, Gerente

General de OSECAC, los pagos habían sido realizados en función de

lo especificado en los respectivos convenios realizados con las

misma y previa no Objeción emitida por el Programa de

Reconversión de Obras Sociales.

Sin embargo, no sólo no se cuenta en autos

con dicha información, sino que según lo analizado

precedentemente –además de la ausencia de firma en varias de las

ordenes de pago realizadas a las empresas a las que le fue

asignado dinero en concepto de los COMPONENTES 1 y 3-, la orden

de los depósitos era automática y sistemática, contándose con los

mínimos requisitos que formalmente correspondían a cualquier

liquidación.

Así, una vez más, la prueba incorporada

permite sospechar que el haber soslayado los recaudos de control

y fiscalización, y en ese caso de previa autorización de los

abultados contratos, cuyos contenidos además se desconocen, tenía

como miras disponer del dinero público procedente de los

préstamos internacionales ingresados a las arcas públicas, en

beneficio particular de las personas que manejaban los negocios

mantenidos con firmas vinculadas por las Obras Sociales elegidas.

Por otro lado, cualquiera que hubiera sido la

modalidad de la elección de los adjudicatarios, nótese que en

ningún caso, ninguna dependencia del PROS, ni Obra Social –aun

186

Page 187: Denuncia OBRAS SOCIALES

como parámetro de referencia-, solicitó algún informe de precios

testigos que pudiera ser tenido como base para las millonarias

contrataciones efectuadas, encontrándose ya vigente el decreto

558/96 y la resolución 55/96 de la SIGEN.

En este sentido resulta elocuente al respecto

lo informado por la SIGEN en tanto refiere que no existe en dicha

dependencia algún antecedente vinculado con el objeto de la

presente causa en las Gerencias de Supervisión de Economía,

Planificación Federal y Entes Reguladores, de Entidades, Empresas

y Sociedades, Institucional y Social y de la Secretaría General,

como así tampoco en los informes elaborados desde el año 1996

hasta la fecha respecto de las dependencias del entonces

Ministerio de Salud y Acción Social y de la Superintendencia de

Servicios de Salud.

Aúnese a ello que no obra tal Organismo de

Control alguna orden de trabajo referida a temas relacionados con

compras o contrataciones del Plan de Reconversión de Obras

Sociales.

11.- OBRA SOCIAL DEL PERSONAL HOTELERO Y

GASTRONOMICO

La Obra Social de OSPAHG se encuentra

inscripta ante el I.N.O.S. y ante el Registro Nacional de Obras

Sociales bajo el número 1-0880-3 y de acuerdo a su estatuto –

modificado en marzo de 1994- funcionaba con individualidad

administrativa, contable y financiera, nucleando al personal bajo

relación de dependencia de la actividad industrial Hotelero-

Gastronómica, y de todo otro establecimiento que tuviera por

187

Page 188: Denuncia OBRAS SOCIALES

objeto proporcionar servicios de alojamiento o suministro de

comidas y/o bebidas y sus respectivos grupos familiares

primarios, conforme la ley de Obras Sociales, encontrándose

situada en H. Irigoyen 1419 pisos 1,2,3,5,7,9 y 10 –según surge

de su estatuto del año 1994-.

Se encontraba conducida y administrada por un

Concejo Directivo integrado por cinco (5) miembros titulares,

elegidos a través del Consejo Directivo de la Unión de

trabajadores Gastronómicos de la República Argentina, quienes

serían personal y solidariamente responsables de los actos y

hechos ilícitos en que pudieran incurrir con motivo y en ocasión

del ejercicio de sus funciones. En esa oportunidad resultaba su

presidente José N. SEGALOTTI en tanto Angel Martín MASTRACCHIO

cumplía funciones de tesorero.

Sus autoridades fueron entre el 01/12/01 al

31/11/05 eran:

Presidente: Dante Alberto CAMAÑO

Vicepresidente: Crisanato JAYME

Tesorereo: Norberto LATORRE

Secretario de Acción Social: César Alberto ARRIETA

Secretario de Actas: Osvaldo Ismael FIGALLO

Miembros Suplentes: Américo OEDREIRA, Robustiano Argentino

GENEIRO, Norma Concepción BOGADO SCHAPT, Domingo BRUNO, Rubén

Santiago ARISTIQUI.

Comisión Revisora de cuentas: Julio César VANDE VRANDE, Bonifacio

NAVARRO VAZQUEZ, Raúl Ernesto GONZALEZ.

Por otro lado surge de la documentación

acollarada a la investigación que el Contador público de dicha

188

Page 189: Denuncia OBRAS SOCIALES

Obra Social era nada menos que la Dra. Hebe Lidia OTTONELLO,

apareciendo asimismo firmas del Dr. Osvaldo Raúl ARMENGOL como

contador de la Obra Social, de Norberto LATORRE como tesorero, y

de Dante A. CAMAÑO como presidente para el año 2001.

Como surge de la prueba que fue relatada al

comentar especialmente la prueba acollarada respecto de la Obra

Social OSTEL, los mencionados Osvaldo Raúl ARMENGOL, y Hebe L.

OTTONELLO, junto con Carlos LEMIR –quien según se verá también

formaba parte de la Obra Social- formaron parte de la ya

renombrada firma EQUIPO DE SALUD S.A.67, resultando beneficiados

para el caso de OSTHGRA, con el cobro de importantes sumas de

dinero en el marco del COMPONENTE 3, por facturación presentada

al cobro.

11.a.- El convenio con la Obra Social

Por acta del Consejo Directivo nro. 134 del

24 de agosto de 1997 en el domicilio indicado, y bajo la

presidencia de SEGALOTTI, encontrándose presentes los integrantes

del Consejo Directivo –cuyos nombres no surgen- con excepción de

RASELLO –ausente-, SEGALOTTI pone a consideración las “opiniones,

reparos, y reservas formuladas por la Consultora y las áreas

técnicas de la Obra Social al proyecto de Convenio de Ejecución y

Préstamo propuesto por el P.R.O.S. y las condiciones de ejecución

anexas. Reseña los resultados de las gestiones encomendadas a la

Consultora y al Contador” y “Tras las consultas efectuadas a la

Consultora y a los Dres. Gemir y Mordacci y previo intercambio

de ideas y opiniones se dispone acept5ar el préstamo otorgado

67 “todos los caminos conducen a Roma”

189

Page 190: Denuncia OBRAS SOCIALES

para el financiamiento del Plan de Reconversión de la Obra Social

del Personal de la Actividad Hotelero Gastronómica (O.S.P.A.H.G.)

por la suma de pesos ocho millones quinientos sesenta mil

quinientos treinta y uno ($ 8.560.531); facultando al Prescíndete

y Representante Legal de la O.S.P.A.H.G. Don José Nelo SEGALOTTI

a suscribir el Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario con

el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación a través de

la Secretaría de Política y Regulación de Salud, como asimismo

las condiciones de ejecución que se le agregan al Convenio como

anexo I”. Por otra parte, se designa al contador Gemir para que

combinara día y hora para la firma indicada.

Nótese que si bien el acta hace referencia a

la presencia de las máximas autoridades de la Obra Social, sólo

aparece firmada por MASTRACHIO y de SEGALOTTI, como tesorero y

presidente de la obra social respectivamente.

Como antecedente de tal reunión obra en el

anexo A de la pericia llevada a cabo por el Cuerpo de Peritos

Contadores de la Justicia Nacional copia del acta nro. 124 del 16

de abril de 1997, que una vez más aparece firmada por MASTRACHI y

SEGALOTTI aunque se alude a la presencia del Consejo Directivo.

En dicho acta, como orden del día nro. 04 se

trata el tema “PROS-CONSULTORA” a cuyo respecto el segundo de los

nombrados informa que “los equipos técnicos de la Consultora

continúan trabajando en las diversas áreas de la Obra Social en

las labores de relevamiento, estimándose que la semana próxima

celebrarán el contrato con el Banco Mundial e indicarán

oficialmente su tarea de treinta (30) días.”

190

Page 191: Denuncia OBRAS SOCIALES

Finalmente sobre el punto “se aprueba el

informe sin objeciones”.

Adviértase pues la desde principios de 1997

la obra Social no sólo sabía que iba a ser seleccionada, sino que

existía una consultora trabajando en el programa, cuyos datos aún

se desconocen. Tal es así que surge como última parte del PUNTO

QUINTO la aprobación de la prórroga del contrato con la Dra. Hebe

Lidia OTTONELLO –la contadora- y la prórroga para la elaboración

y presentación de la documentación para la etapa de

precalificación del P.R.O.S. por $ 30.000.

El convenio en cuestión se firmó el día 15 de

septiembre de 1997 -habiéndose expedido el Comité del PROS el

1/8/97 favorablemente-, por Guillermo BONAMASSA como Secretario

de Política y Regulación de Salud, y por José N. SEGALOTTI

presidente de la Obra social en cuestión, por la suma de U$S

8.817.346,93 de los cuales:

d) U$S 8.560.531 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

e) U$S 256.815,93 corresponderían al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica.

De acuerdo a lo pautado en el título IV “Del

Prestamo” cláusula SEPTIMA: el monto a transferirse a la cuenta

asignada a la Obra Social radicada en el Agente Financiero

estaría compuesta de:

e) hasta la cantidad de $ 3.732.245 para el Componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

191

Page 192: Denuncia OBRAS SOCIALES

f) hasta la cantidad de $ 771.944 para el componente 2

RECONVERSION DE PLANTA

g) hasta la cantidad de $ 4.056.342 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, especificándose en el

anexo III, los montos a ser aplicados para cada una de

las líneas programadas del Componente.

h) Hasta la cantidad de 256.815,93 $ para el Fondo de

Reserva Técnica.

El resto de las pautas referidas a la

modalidad de los desembolsos, entre ella que las cifras

correspondientes al COMPONENTE 1 reflejaban valores los nominales

adeudados, previo a la negociación con los prestadores, por lo

cual los montos a utilizarse para dicho componente podían llegar

a ser menores –el resaltado me pertenece-. Por otro lado,

repárese también en la común cláusula por la cual los montos

remanentes entre los aprobados para la cancelación de los pasivos

prestacionales –con motivo de tales negociaciones posteriores a

la deuda-, y el efectivamente pagado, podía ser utilizado para

otros componentes del Plan de reconversión previa aprobación de

la UEPOS.

Conforme surge del anexo III del Convenio

“CONDICIONES DE EJECUCION” se establecieron como acciones y

actividades a ser desarrolladas por la Obra Social en cuestión,

en el marco del Plan de Reconversión las siguientes:

PRIMER TRAMO del día 1ª al noventa:

COMPONENTE 1 cancelación pasivos por prestaciones

médicas: $ 1.607.355

COMPONENTE 2 $ 192.986

192

Page 193: Denuncia OBRAS SOCIALES

COMPONENTE 3 fortalecimiento institucional $ 339.660

TOTAL: $ 2.140.001

SEGUNDO TRAMO: día noventa al 120,

COMPONENTE 1: $ 1.233.795

COMPONENTE 2: $ 192.986

COMPONENTE 3: $ 713.223

TOTAL: $ 2.140.001

TERCER TRAMO: día 121 a 180,

COMPONENTE 1: 891.095 $

COMPONENTE 3: 1.202.596 $

TOTAL: 2.093.691 $

CUARTO TRAMO: día 181 al día 270 de ejecución.

COMPONENTE 2: 192.986 $

COMPONENTE 3: 1.017.690 $

TOTAL: 1.210.676 $

QUINTO TRAMO: día 261 a 450

COMPONENTE 2: 192.986 $

COMPONENTE 3: 783.196 $

TOTAL: 976.162 $

Ahora bien, nótese que la “CERTIFICACIÓN

CONTABLE SOBRE LA ESTRUCTURA DE LA DEUDA” da cuenta que al 28 de

febrero de 1997 la deuda estaba conformada por:

a) $ 7.159.712,82 por prestaciones contratadas, las que en

su mayor parte conforme los listados que se anexan

corresponden facturas de los años 1995 a 1997 de

HOSPITALES PÚBLICOS, GERENCIADORAS DE SALUD, FARMACIAS O

CLÍNICAS SINDICALES, COLEGIOS DE FARMACIA, CÍRCULOS

MÉDICOS, DROGUERÍAS, SANATORIOS, surgiendo así también

193

Page 194: Denuncia OBRAS SOCIALES

bajo el concepto “Prestaciones contratadas” una serie de

deudas cuyos nombre de “acreedor” se corresponden con

nombres de ciudades mayormente del interior del país, a

todas las cuales se le asigna el mismo cuit: 34-53133862-

2, no surgiendo en este caso la fecha de factura ni otra

referencia.

b) $ 176.963,82 por deudas con prestadores

c) $ 8.431.411 por deudas “judiciales”

d) $ 635.719,26 por deudas previsionales

e) $ 300.264,74 por deudas “sociales”.

Recuérdese que del “Documento de

Calificación- Guía para la presentación de la Documentación”

según refirieron los informes periciales llevados a cabo hasta la

fecha, surgía que la composición de las erogaciones a realizarse

en concepto del COMPONENTE 1, debían corresponder a: deudas

prestacionales –por atención a los afiliados de la Obra Social-,

No pertenecer a contratado de cápita pagadas por adelantado, No

tener una antigüedad inferior a los 90 días del pedido de

cancelación; observándose que del informe de deuda detallado

precedentemente, el mayor importe –por encima de los 7 millones

de pesos- surge de deudas por posibles contratos capitados con la

Obra Social, de lo que resulta verosímil considerar al respecto

la posible modalidad de cobro por adelanto de cápita –atendiendo

a los mecanismos de pago adoptados generalmente en el rubro, para

la época en que ocurrieron los hechos, y especialmente respecto

de las gerenciadoras de salud y de las clínicas y asociaciones de

clínicas y sanatorios-.

194

Page 195: Denuncia OBRAS SOCIALES

Ahora bien, el convenio inicialmente

suscripto sufrió tres modificaciones.

El primer ADDENDUM data del 16 de septiembre

de 199968, y determinó variaciones en la utilización del dinero

asignado a los componentes del Programa “sin que esto constituya

modificaciones en la suma total del crédito originalmente pactado

en el Convenio suscripto con fecha 15/9/97”, quedando conformado

de la siguiente manera:

a) hasta la cantidad de $ 4.003.184 de los

iniciales $ 3.732.245 para el Componente 1

b) hasta la cantidad de $ 3.685.402,40 de los

iniciales $ 4.056.342 para el componente 3

Según surge del informe de la UEPOS obrante a

continuación del ADDENDUM el pedido de reasignación surgió a

partir del pedido realizado por la Obra Social con motivo de la

existencia fondos no utilizados de Líneas de Acción de

Fortalecimiento Institucional para su traspaso al COMPONENTE

Saneamiento Financiero para atender cancelaciones de deudas de

origen prestacional, siendo que las partidas en cuestión habían

sido puestas a disposición del tramo IV.

Según tal documento en el que consta media

firma ilegible, “se considera pertinente la solicitud de la Obra

Social, estableciéndose así las condiciones para la confección de

un Addendum al Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario,

suscripto con fecha 15/9/97, para dar lugar a la efectivización

de los cambios que se propician.”, lo que significaba una

68 Recuérdese la fecha del inicial convenio.

195

Page 196: Denuncia OBRAS SOCIALES

reasignación total de $ 406.139,60 con destino al tramo IV, sin

modificar el importe total del crédito.

Por nota del 2/3/99 suscripta por SEGALOTTI

el objeto de la solicitud habría derivado de la cancelación de

deudas procedentes de prestaciones médicas contratadas, demandas

por mala praxis con sentencia firme y acuerdos homologados

judicialmente.

El 31/8/99 José María BRUNI y Lila Rico de

BADARACCO, del Area Prestacional del PROS consideraron que “no

existen observaciones que formular a la solicitud de Addendum

presentada por la Obra Social de la Actividad Hotelero

Gastronómica de la República Argentina, en el Area Prestacional”,

lo que resulta coincidente con lo dictaminado por la lic. Liliana

SINGER del Area Información y Sistemas el mismo día, y por el

Licenciado Fabián MUNOZ del Area Organización y Gestión.

Casi un año más tarde, se produjo el segundo

ADDENDUM. El 28 de junio de 2000 Héctor MOGUILEVSKY, Secretario

de Política y Regulación de Salud y José Nelo SEGALOTTI

Presidente de la Obra social, previeron nuevas modificaciones en

las asignaciones iniciales de la siguiente forma:

c) hasta la cantidad de $ 4.731.015,60 de los $

4.003.184 que habían quedado del 1er. ADDENDUM

para el Componente 1

d) hasta $ 676.070 para el componente 2 de los

iniciales $ 771.944.

e) hasta la cantidad de $ 3.152.445,40, de los

3.685.402,40 $ que había establecido el 2do.

ADDEMDUM. Todo ello para el TRAMO V.

196

Page 197: Denuncia OBRAS SOCIALES

No obra al respecto ninguna pauta que importe

considerar los motivos que llevaron a la suscripción de este

addendum.

Finalmente para diciembre de 2000, los mismos

firmantes del ADDEDUM 2 suscriben el ADDENDUM nro. 3,

modificándose una vez más los montos asignados a los COMPONENTES:

f) hasta la cantidad de 4.735.760.60 $ de los $

4.731.015,60 del 2do. ADDENDUM para el

Componente 1

g) hasta $ 711.944 para el componente 2 quedando

dicha suma como inicialmente se había pactado

h) hasta la cantidad de $ 3.052.826,40 de los

3.152.445,40 $ del el 2do. ADDEMDUM.

11.b.- Los desembolsos, el dinero dispuesto a

favor de la Obra Social

Ahora bien, el informe pericial que se agrega

a fs. 2814 y siguientes, da cuenta de que según la información

brindada por el Dr. Carlos LEMIR, como Gerente de Administración

y Finanzas de dicha Obra Social, al ejercicio cerrado al 31/12/96

de los libros contables de la Obra Social se observaba la

siguiente deuda:

a) $ 4.514.292,24 por prestadores

b) $ 1.904.505,93 por prestadores capitados.

Según surge de la “memoria y estados

contables” firmado por SEGALOTTI, y con firma de Hebe Lidia

OTTONELLO como contadora de la Obra Social69 que obra en el anexo

69 A la postre funcionaria del PROS.

197

Page 198: Denuncia OBRAS SOCIALES

A del peritaje, al 31 de diciembre de 1996 el importe facturado

por los prestadores capitados en todos el país ascendía a $

2.884.869,04 representado el 88% del total de gasto promedio de

Prestaciones del Año 1996. “En tal sentido se iniciaron los

trámites para ser incluídos en el Programa de Reconversión de

Obras Sociales (P.R.O.S.) que, mediante un préstamo del Banco

Mundial y de la A.N.S.Sal. a bajo interés, con un período de

gracia de tres años y a pagar en un plazo de quince años,

permitirá no sólo liquidar las deudas pasadas, sino también crear

una estructura moderna e informatizada que permita enfrentar el

futuro en mejores condiciones de eficiencia y competitividad.” –

el resaltado es propio-.

Recuérdese en esta instancia las pautas a

seguir respecto de la cancelación de los pasivos –específicamente

lo relacionado con las deudas por pagos adelantados por contratos

capitados- y lo que surgía en el anexo I de los Convenios de

Préstamo Internacional suscriptos con el BIRF –AR 4002/4003- en

lo que respecta a los gastos excluidos –dentro de los que se

encontraba, como se dijo más arriba gastos en concepto de bienes

o servicios suministrados bajo un contrato que cuente con la

financiación o el acuerdo de financiación de cualquier organismo

financiero nacional o internacional que no sea el Banco-

Ahora bien, el informe pericial continua

aludiendo a que “de acuerdo con la información que fue

suministrada por la Obra Social respecto al componente I

denominado Saneamiento Financiero, el préstamo otorgado por el

PROS fue de $ 5.363.591,57”. Dicho monto no coincide con los

resultados de los distintos ADDENDUM que surgen de autos.

198

Page 199: Denuncia OBRAS SOCIALES

De tal manera, en el anexo I que conforma la

pericia, se agrega el detalle que surgía de las órdenes de pago

emitidas por la Obra Social al PROS a los efectos del pago a los

prestadores.

Asimismo en lo que respecta al COMPONENTE 2,

la pericia da cuenta de que el monto utilizado para la

reconversión de planta había sido de $ 673.057, suma que tampoco

coincide con lo pactado, y finalmente que, una vez más “de

acuerdo a la información suministrada por la obra social”

respecto del COMPONENTE 3, los registros de OSUTHGRA dan cuenta

de un préstamo por $ 2.523.882.

En el mismo sentido adviértase que obra en el

ANEXO C de la pericia la nota remitida por Gerardo CASSARELLO

como Coordinador Adjunto del PROS al Coordinador General Luis

CERIANI, del 03/15/01 por la cual, atendiendo a los resultados

del Programa respecto de la obra Social que se analiza, informó

su No Objeción a dar por finalizado el plan de Reconversión,

instando al monitoreo de las actividades de la Obra Social a fin

de realizar el seguimiento de las acciones programadas para el

cumplimiento de los indicadores previstos.

En ese informe se da cuenta de que el

préstamo total había sido de $ 8.817.346,93, de los cuales $

4.735.760,60 estaban destinados al COMPONENTE 1 cuyo grado de

cumplimiento fue del 100%; $ 673.057 había sido destinado al

COMPONENTE 2 que se refería a “compromisos asumidos en septiembre

de 1997” respecto de la reducción de la planta de personal de 309

a 200 agentes, con la desvinculación de 109, habiéndose reducido

a 237 personas -37 agentes más-; y $ 3.052.826,40 habían sido

199

Page 200: Denuncia OBRAS SOCIALES

otorgados para el COMPONENTE 3, cumplido en un 100% según el

funcionario.

Con relación al COMPONENTE 1 entre el informe

pericial da cuenta de que la firma EASA S.A. resultó

“desconocida”, MAS S.A. también, la dirección de la FARMACIA

CAMPARATO resultó inexistente, igual situación se verificó

respecto de la firma DR. FRAGAPANE LATTUCA, y que habiendo sido

notificadas del pedido de documentación las firmas CLINICA

PRIVADA EXO-VER S.A., CENTRO OGTALMOLOGICO DE DIAGNOSTICO S.A.,

CENTRO ODONTOLOGICO S.R.L., AIM S.A., las mismas no aportaron

ninguna información..

Asimismo surge del informe que algunas de las

facturas en cuestión “fueron canceladas en parte con fondos

propios y el saldo con el dinero proveniente del préstamos del

Banco Mundial (y que según la Obra Social) esto se debió a que

los tiempos transcurridos entre los cumplimientos de

condicionalidades y los desembolsos del PROS se producían con

demoras importantes, y a fin de que no se interrumpieran los

servicios prestacionales, la Obra social realizaba pagos

parciales con fondos propios y una vez que se contaba con las

partidas asignadas por el Banco Mundial se cancelaban el saldo

pendiente de las mismas.”

No resiste el análisis la sola consideración

de tales afirmaciones, con el real procedimiento que “debía”

realizarse. Nótese que, tal como ya se ha visto, y como el Perito

Ricardo Madrid expone a continuación de tales hallazgos, luego de

la apertura de la caja de ahorro a nombre del Prestador, la obra

social remitía al PROS la “planilla de cancelación de deudas” del

200

Page 201: Denuncia OBRAS SOCIALES

el correspondiente tramo, la que contenía los datos de las

facturas, del prestador, el monto de la misma y los libros

rubricados en donde se encontraban registradas las deudas.

Tal información debía ser objeto de una

“auditoría por parte de un estudio contable” a cargo del PROS,

resultando redundante reiterar que el nombre comercial o sus

autoridades, las tareas que desarrolló, la forma y proceso de

selección y el momento en que fue vinculada al PROS para tales

tareas, como así también el alcance de sus funciones y su

resultado, se desconocen hasta la fecha.

Sin perjuicio de ello de realizarse esa

auditoría, y luego de su materialización, el PROS emitía la orden

de pago y transfería directamente a la cuenta bancaria denunciada

por el prestador, los importes correspondientes. Una vez ocurrido

ello, el prestador debía emitir el comprobante de retención del

impuesto a las Ganancias.

Evidentemente para el caso que nos ocupa, no

sólo tales controles previos al pago no existieron –como en el

caso de todas las obras sociales-, sino que parte de los

emolumentos facturados por los “prestadores” fueron cancelados

con dinero de la Obra Social, para luego ser reintegrado del

fondo correspondiente al Convenio.

El detalle de los pagos realizados en

concepto de COMPONENTE 1 fueron detallados por el Cuerpo de

Peritos Contadores en el ANEXO I de la pericia.

Adviértase pues que aquellas cancelaciones

que fueron pagadas en el TRAMO 1 corresponden a las siguientes

empresas: ASISTENCIA INTEGRAL DE MEDICAMENTOS S.A.,

201

Page 202: Denuncia OBRAS SOCIALES

ESTABLECIMIENTO ASISTENCIALES SA., CENTRO OFTALMOLOGICO DEL

DIAGNOSTICO, HOSPITAL PEDIATRICO SAMIC, FARMACIA COMPARATO,

CLICICA ECO BER S.A., DR RAFAEL FRAGAPANE LATTUCA y alcanzaron la

suma total de $ 1.607.355

En el TRAMO 2, fueron pagadas facturas a las

firmas ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES DE SALUD S.A., Y ASISTENCIA

INTEGRAL DE MEDICAMENTOS S.A. por la suma total de $ 1.255.148,

resultando altamente llamativa la suma que facturó y cobró EAS

S.A.

Ahora bien, para los TRAMOS 3, 4 Y 5 se

observa claramente que los pagos realizados correspondieron con

facturas emitidas mucho después de firmado el contrato inicial y

hasta el año 2001, y fueron destinadas específicamente al

HOSPITAL DE CLINICAS, HOSPITAL PEDIATRICO SAMIC, AIM S.A., CENTRO

OFTALMOLÓGICO DE DIAGNOSTICO, MANAGER ASSISTANCE DE SERVICIOS.

Respecto del COMPONENTE 3 -según la

información brindad por la Obra Social- fue asignado por el PROS

la suma de $ 2.523.882, surgiendo de la documentación que fueron

contratadas las siguientes personas: VICTOR E. LOPEZ, FEDERICO

MARTINEZ, SISTEMAS MEDICOS INTEGRADOS S.R.L. representado por

Lic, Bernardo KAPLAN, JUAN SILVESTRE BEGNIS, SUSANA SIBERBERG,

MARIA DEL CARMEN TAMARGO, SUSANA STABILE, nada menos que JAIME

SAIEGH, PRAETOR S.R.L., MARIA ESTELA QUINTEROS, CIRO RODRIGUEZ,

ANDREA PRADO, JORGE HERMOSA, ASESORES DE SALUD, OSVALDO RAÚL

ARMENGOL, EXCELSA S.R.L., GESCO S.R.L., MARIA ELINA CAPELETTI.

Nótese al respecto que toda vez que la mayor

parte de las facturas para este COMPONENTE fueron emitidas por

personas físicas, fue imposible a los peritos contadores dar con

202

Page 203: Denuncia OBRAS SOCIALES

documentación contable de donde surgiera el origen o registración

de tales acreencias, ascendiendo la facturación total de tales

“profesionales” a la módica suma de $ 1.383.227,09

Nada corresponde aclarar sobre la ya no tan

extraña circunstancia –a la altura del relato- de que entre tales

contratados aparece JAIME SAIEGH.

Por otra parte surge del informe pericial que

la obra social de acuerdo a lo aprobado por el PROS había

cumplido con las metas a las que se comprometió al suscribir el

convenio, siendo tal ente el que debía monitorear el seguimiento

del programa y aprobaba la consecución del tramo siguiente.

11.c.- Las firmas y las personas contratadas

para el fortalecimiento institucional.

203

Page 204: Denuncia OBRAS SOCIALES

Respecto de las firmas EXCELSA S.R.L.70 y

GESCO S.R.L.71 las mismas aparecen facturando un total de 446.250

$ y 694.404,91 con motivo de la provisión de hard y soft de

aplicación del COMPONENTE 3. De acuerdo a la documentación

analizada por los peritos contadores, dichos bienes fueron

contabilizados por la Obra Social en los libros inventarios:

a) a fs. 147 del estado contable al 31/12/98 por $ 518.513,04

70 EXCELSA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA*Acta Constitutiva de fecha 26/05/92: José Francisco Payva con domicilio en la calle Sarmiento 4371, noveno “a” de esta ciudad, Sara Mabel Lorenzo de Payva con domicilio en la calle Sarmiento 4371, noveno “a” de esta ciudad y Norma Isabel Falvino de Spini con domicilio en la Avenida del Libertador 600 piso 7mo. “a” de Vicente López-Pcia. de Bs.As. *Domicilio legal de la Soc.: Avenida Medrano 1632 de Capital- OBJETO: Deportivo: Desarrollo de actividades deportivas y/o medios aptos para el cuidado y desarrollo del ser humano, mediante la prestación de servicios a través de equipos de entrenamiento, gimnasios, aparatos para ejercicios físicos, camas solares, comercialización de productos afines a la práctica deportiva. Gastronómico: explotación de negocios dedicados al ramo gastronómico, bares, restaurantes, confiterías, cafeterías, prestación de servicios de lanch, comidas para llevar, expendio de bebidas, cigarrillos y golosinas. -Se autoriza a María Roberts, Héctor Falvino y/o Luis Bullrich para el tramite de inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio.-Fecha de reg. en la IGJ: 4/06/92 *El día 30/09/94: -Los tres socios que constituyeron la sociedad CEDEN, VENDEN Y TRANSFIEREN a favor de los señores Héctor Jose Varela y Luisa Haidé Ydraste la totalidad de las cuotas que tienen y les corresponden en la sociedad.-Los cedentes subrogan a favor de los cesionarios todos los derechos y acciones que pro las cuotas cedidas tenían en dicha sociedad ($45.000)

-Los cedentes (tres socios que iniciaron la sociedad) presentan la renuncia a sus cargos de gerentes de la sociedad. -El cónyuge de la cedente “Guillermo Horacio Spini” presta su consentimiento-Los nuevos socios amplían en objeto social: incorporando actividades de computación, constructora, inmobiliaria y financiera.-Traslado de la sede social: a la calle Sarmiento 1562, primer cuerpo, 1er piso, “e” de Capital Federal.*Autorizados: José Gonsáles y/o Sylvina Andrea Gonsales para el tramite de inscripción del contrato en el Reg. Pub. de Comercio.-Reg. en la IGJ del cambio de domicilio, de la cesión de cuotas, designación de nuevos ge-rentes, renuncia de gerentes y modificación del estatuto el día: 21/10/94

71 GESCO S.R:L. Constitución fecha 25/9/91-Miguel Ángel Irusta domiciliado en la calle Pasaje Bogotá 1657 de Capital y Gustavo Enrique Domínguez domiciliado en la calle Ave-nida del Libertador 6471 de Capital. Objeto: La prestación de todo tipo de servicios y ges-tiones de cobranzas, inspección y control para verificación de pago, diligenciamiento y tramitación de toda clase de documentación ante los organismos oficiales y privados. Asesoramiento integral para la organización de empresas, como análisis de sistemas, de computación, desarrollo y venta de programas, instalación, service, compra, venta, im-portación y exportación de todo tipo de equipos relacionados con la actividad desarrolla-da. S EDE SOCIAL: Avenida del Libertador 6471 Capital Autorizados para el tramite de la inscripción: Matilde González Porcel, Ana Cristina

Palesa, María Valeria Palesa, Gastón González Porcel, indistintamente.1/10/92 -Se establece nueva sede social en Viamonte 1181 4to. piso Capital. -Se designa como único gerente de la soc. a Daniel Adolfo Irusta, se autoriza a Daniel Adolfo Corva y al Dr. Héctor Aramburu para el tramite de la inscripción.

-Gustavo Enrique Domínguez le vente, cede y transfiere a Miguel Angel Irusta, la totalidad de sus cuotas. Así el cedente se desvincula de la sociedad.

204

Page 205: Denuncia OBRAS SOCIALES

b) a fs. 150 del estado contable al 31/12/99 por $ 752.740,59,

montos que superan la facturación de dichas firmas por esos

conceptos.

En el ANEXO XV de documentación obra en la

carpeta en la que se lee “anexo 9” manuscrito, copia de ciertos

contratos que aparecen firmados por OSUTGRA y determinadas

empresas o personas que fueron “contratadas” para el COMPONENTE

3.

Los más que relevantes hallazgos que surgen

de tal documentación revelan una vez más lo que se viene

sosteniendo desde el inicio de esta presentación. Obra de esta

manera:

a) un contrato del 22/5/00 entre la Obra Social y la firma

PRAETOR S.R.L. representada por José María PODESTA, con

domicilio en la Av. Cerrito 146 piso 4to. –domicilio que

aparece en la facturación de José María FANCIULLO en la

cancelación nro. 3- por la suma de $ 105.600, a los fines

de la realización del punto 3.13 del FORTALECIMIENTO

INSTITUCIONAL, correspondiente a la “Viabilización del Plan

de Reconversión”, entre cuyos profesionales se encuentran:

15/04/93: -Miguel Angel Irusta (quien tiene 2000 cuotas), vende, cede y transfiere al Sr. Rodolfo Emilio Alonso (con domicilio en la calle Moreno 1876 Capital) la cantidad de 100 cuotas.-Nueva sede en Viamonte 1181 piso 4to. de Capital Federal, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero. Reg. en la IGJ:6/8/9326/7/97 Cambio de domicilio legal en la Avenida Córdoba 1345 piso 15 “b” de Capital el día 26/2/97—Reg. en la IGJ:17/3/97 Traslado de sede social: l9/3/00 -Rodolfo Emilio Alonso (Moreno 1876 CF) VENDE Y TRANSFIERE a favor de Marisa Alba Tadeo (Jose Ignacio Rucci 604, Valentin Alsina Partido de Lanús Pcia. de Bs.As) cien cuotas –todas las que tenía en la soc.- *Así: Miguel Angel Irusta y Marisa Alba Taddeo en carácter de únicos socios y titulares del capital social trasladan la sede social al dom. legal en Humberto Primo 3529 5to. piso “11” -Tramites de inscripción autorizan a Ernesto Bernardo Morgan Ramón A. González Fernández. Reg. en la IGJ 30/3/00Asamblea Ordinaria Anual: 10/5/00 Reunión de socios del 1/8/00- cambio de domicilio legal en la calle Humberto Primo 985 piso 15 de esta ciudad.: Reg. en la IGJ con fecha: 28/8/2000. El Acta Notarial de fecha 16/7/01: Transcribe la Reunión de socios de fecha 12/11/00 con el fin de aumentar el capital social y emisión de nuevas cuotas.-Autorizados: María del Carmen Foulon, Carlos Alberto Rodríguez. Reg. en la IGJ con fecha: 09/10/2001

205

Page 206: Denuncia OBRAS SOCIALES

José María FANCIULLO, Osvaldo Raúl ARMENGOL, Oscal Julio

CUATTROMO, Daniel Enrique NOVAK, José Luis RABOY, Fernando

MARTINEZ, Alberto CRIADO, Andrea Spraggon PERCIAVALLE,

Pablo TONELLI, Federico Javier MARTINEZ. Repárese que

conforme los términos del contrato, la CONSULTORA en

cuestión coordinaría las tareas de los profesionales

incluidos en el Anexo A, y tendría a su cargo la asignación

de los honorarios que correspondieran a cada profesional

del equipo, por la labor efectivamente realizada. Cada

profesional debía de esta forma emitir las facturas

correspondientes a la Obra Social, remitiendo la CONSULTORA

a la Obra Social el pedido de pago de honorarios

profesionales correspondientes a cada uno de ellos.

b) Un contrato de fecha 15/12/99 firmado entre la Obra Social

en la persona de Crisanto JAYME, y nada menos que Osvaldo

Raúl ARMENGOL, –quien aparece en el anexo del contrato con

la firma PRAETOR recién aludido, y resultaba a su vez

integrante de la firma EQUIPO DE SALUD S.A.-, con domicilio

en la calle Lavalle 1430 piso 3 “B” de esta ciudad,

relacionado con el “punto de Fortalecimiento Institucional,

CFI-003 “Reestructurar la Obra Social”, por la suma de $

4.500. y otro de la misma fecha por la misma suma y

concepto suscripto entre la Obra Social y María Elina

CAPELLETTI, con domicilio en la calle Pichincha 32 piso 2,

“3” quien trabajaba en conjunto con ARMENGOL.

c) Un contrato entre la Obra Social y la firma DIALECTICA de

Fernando Ciro RODRIGUEZ, con domicilio en Vicente Lopez

206

Page 207: Denuncia OBRAS SOCIALES

1661 dpto 4 de esta ciudad para 33.638 $, por “marketing

institucional”

d) Un contrato entre la Obra Social y María del Carmen TAMARGO

con domicilio en la calle Amenabar 477 pB 4to. de esta

ciudad por el mismo concepto que el anterior: “marketing

institucional”, esta vez por la suma de $ 10.000 18/5/98.

e) Un contrato entre la Obra Social y la firma AESA –Asesores

de Salud S.A.-, con domicilio en la calle Sarmiento 1443

piso 5to. “B” de esta ciudad y representado por Juan H.

SYLVESTRE BEGNIS y Lic. Susana Leonor WASINSKY, por “Oferta

de Servicios Médicos –Capacitación de Médicos de Familia”

por la suma de $ 41.745

f) La celebración de un contrato entre la obra social y

SISTEMAS MEDICOS INTEGRADOS S.A. representado por lic.

Bernardo Sergio KAPLAN, con domicilio en la calle Esmeralda

288 piso 3, de fecha 16/9/98, por la suma de $ 442.400$ ,

modificado el 18/11/98 para la “viabilización del Plan

Integral de Reconversión”, entre cuyos consultores se

encuentran una vez más: Jaime Héctor SAIEGH, Federico

MARTINEZ, Osvaldo Raúl ARMENGOS, Daniel E. NOVAK, Mario

Hugo GERDEL –quien fuera Gerente de Operaciones del PROS en

el año 2000-, Edith Susana MOGUILEVSKY, Juan Pablo BEGUY,

Pablo David TONELLI, José María FANCIULLO, Andrea Spraggon

PERCIAVALLE, María del Carmen ROCHA, Susana SILBERBERG,

Néstor CHUDNOVSKY, José Luis RABOY. Dicho contrato habría

sido rescindido por las partes el 22/5/00. Nótese al

respecto que tal como surge de la nota de SEGALOTTI de

fecha 23/5/99 tal rescisión habría obedecido al contrato

207

Page 208: Denuncia OBRAS SOCIALES

celebrado con PRAETOR S.R.L. “en tanto este último

reemplaza las actividades alcanzadas por las consultora

SISTEMAS MEDICOS INTEGRADOS S.A.”. La vinculación entre

ambas firmas, y entre estas y el funcionario del PROS Jaime

Héctor SAIEGH es más que notoria.

g) Un contrato del 24/6/98 entre la Obra Social representada

por su presidente y GESCO S.R.L. con domicilio en la calle

Paraguay 346 piso 6to. de esta ciudad, representado por

IRUSTA Miguel Angel, para el componente CFI4

correspondiente a la instalación del software de base que

incluye el sistema operativo de cada servidor y de las

estaciones de trabajo, el software de base de datos así

también proveer el dispositivo de conexión para la red

local en cada delegación, quedando fuera de contrato los

gastos por materiales y mano de obra correspondiente al

tendido de cables eléctricos y de comunicaciones. Obra así

también una rescisión de dicho contrato de fecha 31/5/98

“sin que los mismos –en alusión a los del 31/3/98 y

20/4/98-, hayan tenido principio de cumplimiento.”, los que

obran así también en la carpeta: del 31/3/98 se firmó por

la suma de $ 725.172,36.

h) Un contrato del 18/5/98 con Jaime SAIEGH, domicilio en la

calle Lima 115 piso 4 de esta ciudad, por “marketing

institucional”, por la suma de $ 2.000. Nótese que de

acuerdo a los términos de dicho contrato, el “CONSULTOR

integra un equipo de trabajo con la Dra. María del Carmen

TAMARGO y el Sr. Osvaldo Rául ARMENGOL” y la Obra Social

pondría a disposición del mencionado una oficina para

208

Page 209: Denuncia OBRAS SOCIALES

llevar a cabo los servicios contratados. En igual sentido

obra el contrato de la misma fecha suscripto con ARMENGOL,

PÒR $ 6.000.

i) Un contrato de fecha 18/5/98 con Fernando MARTINEZ, con

domicilio en la calle Mendoza 339 de Luis Guillón Pcia de

Buenos Aires, por la suma de $ 1.500, en concepto de

“Manual de Procesos”. Nótese al respecto que el mencionado

formaba un “grupo de trabajo” compuesto en este caso por:

Carmen De LAS HERAS, María Estela QUINTEROS y Osvaldo Raúl

ARMENGOL. Otro contrato con la mencionada QUINTEROS, con

domicilio en la calle Olleros 1656 piso 11 “d” en el mismo

concepto por la suma de $ 5.000 del mismo día. Y otro

idéntico con DE LAS HERAS, domiciliada en la calle M.

Sturiza 644 Olivos, pcia de Buenos Aires, por $2.000. Y por

supuesto en igual sentido obra el contrato con ARMENGOL por

el mismo concepto por la suma de $ 2.500

j) Un contrato con la firma EXCELSA S.R.L., con domicilio en

la calle Araoz 2385 representada por María de la Concepción

Nélida MOAVRO, para la supervisión del proceso de

integración de sus sistemas informáticos y el desarrollo y

provisión de software –contemplado en otros-, asesoramiento

para la provisión de hardware, por la suma de $ 850.000.

dicha firma según surge de este anexo fue constituida en

1992 con el objeto de “dedicarse por cuenta propia o de

terceros a toda clase de asesoramiento, consultoría,

administración, análisis, y desarrollo de proyectos de

investigación y/o evaluación referidos a la organización y

gestión de servicios de salud, en todas sus modalidades.”

209

Page 210: Denuncia OBRAS SOCIALES

Dicha empresa se encontraba dividida en 3 divisiones:

INFORMATICA, SALUD y AQUITECTURA y sus responsables: de la

división informática Ing. Carlos CARBALLO y de la División

Arquitectura Elena DE BIASE.

k) Un contrato entre la Obra Social y un “equipo de

consultores” del 25/10/97 $ por 69.000 coordinado por el

Dr. Juan Héctor SYLVESTRE BEGNIS e integrado por Néstor O.

ROSSI, Juan P. ABADIE, Carlos GARRAMUÑO, Pedro TOMMASINO,

Mario VERNENGO LIMA, y Eduardo RODAS, para el “diseño de

ofertas de servicios médicos y diseño de red prestacional”.

En dicho contrato, el contratado da como domicilio en el la

calle Sarmiento 1443, piso 5to. “b” de esta ciudad, que

justamente coincide con el de la firma AESA donde el

mencionado es representante, contratada también por la obra

Social.

l) Contrato con Víctor Eduardo LOPEZ y Susana Mabel STABILE

del 20 de octubre de 1997, por la suma de $ 12.000, para

reestructuración de la Organización –migración de un modelo

funcional a procesos- y de la Información de la Obra

Social- que se requería para la contratación de apoyo

técnico para la elaboración del Manual de Organización:

Organigrama de la Obra Social y definición de funciones y

actividades.

A pesar de las notorias irregularidades que

se observan a partir de las vinculaciones entre todas las

personas que intervinieron en la utilización del dinero que

conformaba el COMPONENTE 3 de la Obra Social, obsérverse que el

17 de junio de 1998 Lelio MARMORA Gerente de Operaciones del

210

Page 211: Denuncia OBRAS SOCIALES

PROS, remitió un oficio al Presidente de la obra social

refiriendo expresamente que “en relación a los Contratos

mencionados, suscriptos ambos con fecha 18/5/98, con los

Consultores Quinteros, Las Heras, Armengol, Martinez, Tamargo, y

Saiegh, resulta de necesidad para esta UEPOS la elaboración de un

contrato por cada Consultor”.

De tal manera los contratos que a

continuación se detallan aparecieron en la documentación

comentada como sospechosamente “anulados”: 18/5/98 entre la obra

social y María Estela QUINTEROS, Carmen de LAS HERAS, Osvaldo

Raúl ARMENGOL y Fernándo MARTINEZ, por $ 11.000 por el “Manual de

Procesos”; contrato de fecha 18/5/98 entre la Obra Social y María

del Carmen TAMARGO, Osvaldo Raúl ARMENGOL, y Jaime SAIEGH por

Marketing Institucional”; por 15.000 $.

Ahora bien, por lo antedicho importa

considerar, reitero, que existen sobradas sospechas de que los

funcionarios del PROS dispusieron fraudulentamente del dinero del

erario público en el Plan de Reconversión de Obras Sociales. Para

el caso que nos ocupa y referido al COMPONENTE FORTALECIMIENTO

INSTITUCIONAL los funcionarios del PROS dispusieron a favor de

OSUTHGRA y en definitiva de las personas que resultaron

beneficiadas con los emolumentos del erario público la suma de $

2.253.882 según el siguiente detalle:

ACRREDORES PAGOS EN PESOS

Spraggon Perciavalle,

Andrea

2,250,00 // 3,000.00 // 2,250.00

// 2,750.00 // 2,750.00

//2,750.00 // 2,750.00

211

Page 212: Denuncia OBRAS SOCIALES

2,250.00 // 3,000.00 // 2,250.00

// 2,250.00 // 3,000.00 //

2,250.00 // 2,750.00

2,750.00 // 5,500.00

Gérdel, Mario Hugo

2,100,00 // 2,800.00 // 2,100.00

// 2,100.00 // 2,800.00 //

2,100.00 // 2,100.00

2,800.00 // 2,100.00 // 3,750.00

// 3,750.00 // 3,750.00 //

3,750.00

Fanciullo, José María

2,250,00 // 3,000.00 // 2,250.00

// 2,750.00 // 2,750.00 //

2,750.00 // 2,750.00

2,250.00 // 3,000.00 // 2,250.00

// 2,250.00 // 3,000.00 //

2,370.00 // 2,750.00

2,750.00 // 5,500.00

Cuattromo, Oscar Julio

2,550,00 // 3,400.00 // 2,550.00

// 2,500.00 // 2,500.00 //

2,500.00 // 2,500.00

2,040.00 // 2,720.00 // 2,040.00

// 1,800.00 // 2,400.00 //

1,800.00 // 2,500.00

2,500.00 // 2,500.00 // 2,500.00

Moguilevsky, Edith

Susana

2,400,00 // 5,090.00 // 3,200.00

// 2,010.00 // 2,680.00 //

1,950.00

212

Page 213: Denuncia OBRAS SOCIALES

Chubnovsky, Nestor

1,500,00 // 2,000.00 // 1,500.00

// 1,500.00 // 2,000.00 //

1,500.00 // 1,500.00

2,000.00 // 1,500.00

Armengol, Osvaldo

1,800,00 // 2,400.00 // 1,800.00

// 1,000.00 // 2,400.00 //

3,600.00 // 1,500.00 //

3,500.00 // 3,500.00 // 5,000.00

// 4,900.00 // 3,500.00 //

1,800.00 // 2,400.00 //

1,800.00 // 1,800.00 // 2,400.00

// 1,800.00 // 2,250.00 //

2,250.00 // 2,250.00 //

2,250.00 // 1,350.00 // 3,150.00

Tonelli, Pablo

2,550,00 // 3,400.00 // 2,550.00

// 2,010.00 // 2,680.00 //

2,010.00 // 1,800.00

2,400.00 // 1,800.00 // 2,375.00

// 2,375.00 // 2,375.00 //

2,375.00

Raboy, José Luis

2,100,00 // 4,690.00 // 2,800.00

// 8,350.00 // 7,350.00 //

8,350.00 // 8,350.00 //

2,850.00 // 3,800.00 // 2,850.00

// 2,910.00 // 3,880.00 //

2,910.00 // 3,500.00 //

3,500.00 // 3,500.00 //3,500.00

213

Page 214: Denuncia OBRAS SOCIALES

Excelsa SRL

85,000.00 // 74,375.00 //

74,375.00 // 74,375.00 //

74,375.00 // 74,375.00 //

74,375.00 // 74,375.00 //

74,375.00 // 170,000.00

Gesco SRL

297,601.92 // 37,948.08 //

5,395.39 // 73,876.25 //

134,554.42 // 112,115.62 //

73,224.00 // 38,766.35 //

37,782.97 //14,490.11 //

25,156.75 // 27,664.72 //

14,204.19 // 13,501.18 //

37,636.45 // 48,088.43

Tamargo, María del

Carmen

2,800.00 // 4,200.00 // 3,000.00

// 4,000.00 // 3,000.00

Saiegh, Jaime Hector

800.00 // 1,200.00 //

3,204.00 // 4,272.00 // 3,324.00

// 3,750.00 // 5,750.00 //

6,500.00 // 6,500.00

Cleofe Quinteros,

María Estela 2,000.00 // 3,000.00

Martínez, Fernando

Alberto

600.00 // 900,00 // 2,000.00 //

2,000.00 // 2,000.00 // 2,000.00

De Las Heras, Carmen 800.00 // 1,200.00

Martínez, Federico

Javier

2,050.00 // 3,050.00 // 2,050.00

// 4,500.00 // 6,350.00 //

2,050.00 // 4,013.00 //

214

Page 215: Denuncia OBRAS SOCIALES

1,080.00 // 1,440.00 // 1,080.00

// 900.00 // 900.00 // 900.00

Novak, Daniel Enrique

2,500.00 // 2,500.00 // 2,500.00

// 2,500.00

Núñez, Silvia Graciela 7,000.00 // 6,350.00

Hermosa, Jorge 6,000.00 // 4,900.00

Prado, Andrea 2,400.00 // 5,600.00

Beguy, Juan Pablo 900.00 // 1,200.00 // 900.00

Estudio de Informática

1,800.00 // 2,400.00 // 1,800.00

// 500.00 // 700.00

Sylvestre Begnis, Juan

5,000.00 // 4,000.00 // 4,000.00

// 3,500.00

Abadie, Juan Pablo 2,500.00 // 4,000.00 // 1,500.00

Rossi, Omar 2,500.00 // 4,000.00 // 3,000.00

Stabile, Susana Mabel 1,200.00 // 2,400.00 // 2,400.00

Lopez, Victor 1,200.00 // 2,400.00 // 2,400.00

Vernengo Lima, Mario 4,000.00 // 4,000.00

Rodas, Eduardo 4,000.00 // 4,000.00

Muñoz, Ana Elizabet 5,000.00 // 2,000.00

Tommasino, Pedro Luis 3,000.00 // 3,000.00

Garramuño, Carlos 3,000.00 // 3,000.00

Martínez, Javier Hugo 900.00

Asesores en Salud SA

12,523.50 // 16,698.00 //

12,523.50

Dialéctica 16,698.00 // 16,940.00

Capelletti, María 1,350.00 // 3,150.00

215

Page 216: Denuncia OBRAS SOCIALES

Elina

La Obra Social recibió así un total de

$8.560.530, de los cuales $4.735.760,60 fueron destinados al

componente SANEAMIENTO FINANCIERO; $673.057 para el componente de

reconversión de planta; y $3.151.713,37 para el componente

Fortalecimiento Institucional.

Las cancelaciones por las cuales se dispuso

del dinero asignado para el Programa de Reconversión de Obras

Sociales irregularmente y en perjuicio del Estado Nacional y en

beneficio de sus destinatarios, fueron las siguientes:

Cancelación 1, 2, 20, 42, 79, 87, mediante las ordenes de pago

firmadas por VIDART y HONDARRE, se pagan deudas por el COMPONENTE

3 a: ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES S.A. como domicilio en AV.

Belgrano 748, piso 6to., cuyo referente en el banco era Antonio

BENVENUTI y Atilio SURACHI, CENTRO OFTALMOLOGICO DE DIAGNOSTICO

S.R.L. con domicilio en la calle Uriburu 29 con firma autorizada

en el Banco de Herminio Luis NEGRI Y Juan Carlos RAIMUNDO;

HOSPITAL SAMIC, ASISTENCIA INTEGRAL DE MEDICAMENTOS S.A.

domicilio en la calle Piedras 872 con firmas registradas de

Carlos Valentín BANCHIK, Y Horacio MOSCARDELLI; CLÍNICA PRIVADA

ECO BER S.A., con domicilio registrado en la calle 3 nro. 646 de

la Plata, y firma registrada de Juan José BERNUY GUERRERO;

FARMACIA COMPARATO DE CLIVIA COMPARATO, con domicilio en la calle

Pueyrredon 614 de Rosario Sta fe; Dr. RAFAEL FRAGAPANE LATTUCA,

con domicilio en Cerrito 3627 de Rosario Sante Fé.

216

Page 217: Denuncia OBRAS SOCIALES

Repárense en las observaciones realizadas al

momento de analizar la facturación de la firma AIM S.A. respecto

de OSECAC.

Cancelaciones 4-6-7-8-10-11-15-18-22-23-25-27-30-35-37-45-59-61-

63-66-67-70-73-75-76-80-83-84-86 corresponden a pagos por

reconversión de planta, COMPONENTE 2

Cancelación 3: Orden de pago 177 de fecha 16/12/97, por un total

de $21.120 por el cual las siguientes personas facturan por

honorarios de consultoría: Juan Pablo BEGUY, Mario Hugo GERDEL,

Susana Silvia FOLBERG DE SILBER, José María FANCIULLO con

domicilio en la calle Cerrito 146 piso 4to., Andrea SPRAGON

PERCIAVALLE –con idéntico domicilio-, Oscar Julio CUATTROMO,

Edith Susana MOGUILEVSKY72, Néstor Gabriel CHUDNOVSKY, Osvaldo

Raúl ARMENGOL, Pablo TONELLI73, y José Luis RABOY74.

De más está aclarar que Mario Hugo GERDEL fue

funcionario del PROS, las circunstancias ya relatadas durante

esta presentación relacionadas con Osvaldo Raúl ARMENGOL y la

notoria coincidencia de apellidos entre Edith Susana y el alto

funcionario Héctor MOGUILEVSKY, Subsecretario de Políticas y

Regulación Sanitaria del Ministerio de Salud durante la época de

los hechos de autos.

Cancelación 5: Orden de pago 189 de fecha 23/10/97, por un total

de $28.160 por el cual las siguientes personas facturan por

72 Con domicilio en la calle Gaona 5132 de esta ciudad.73 Con domicilio en la calle Dean Funes 1773 piso 7mo. “28”, y registrado en Rivadavia 5897 piso 2 “a”74 Con domicilio en la calle Sarmiento 760 piso 4to. o Roque Saenz Peña 720 piso 4to. A.

217

Page 218: Denuncia OBRAS SOCIALES

honorarios de consultoría: Juan Pablo B EGUY, Mario Hugo GERDEL,

Susana Silvia FOLBERG DE SILBERBER, José María FANCIULLO, Andrea

SPRAGON PERCIAVALLE, Oscar Julio CUATTROMO, Edith Susana

MOGUILEVSKY, Nestor Gabriel CHUDNOSKY, Osvaldo Raúl ARMENGOL,

Pablo TONELLI y José Luis RABOY.

Cancelación 9 Orden de pago 229 de fecha 20/11/97, por un total

de $18.270 por el cual las siguientes personas facturan por

honorarios de consultoría: Juan Pablo BEGUY, Mario Hugo GERDEL,

Susana Silvia FOLBERG DE SILBERBERG, José María FANCIULLO, Andrea

SPRAGON PERCIAVALLE, Oscar Julio CUATTROMO, Edith Susana

MOGUILEVSKY, Nestor Gabriel CHUDNOVSKY, Osvaldo Raúl ARMENGOL,

Pablo TONELLI.

Cancelación 12; Orden de pago 254 de fecha 4/12/97, por un total

de $12.400 en concepto de saneamiento financiero, a las

siguientes personas: VICTOR LOPEZ75, Susana Mabel STABILE, Juan

Hector Silvestre BEGNIS, Omar Rossi y Juan Pablo ABADIE76.

Cancelación 13: Orden de pago 258 de fecha 11/12/97 por un total

de 12.000 $ a las siguientes personas: Juan Hector SILVESTRE

BEGNIS77, Omar ROSSI y Juan Pablo ABADIE en concepto de honorarios

profesionales por fortalecimiento institucional.

75 con domicilio en la calle Melincué 285276 Rivadavia 6105 piso 10.77 Mitre 348 piso 18

218

Page 219: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 14: Orden de pago 270 de fecha 18/12/97 por un total

de 17.000 $ en concepto de honorarios profesionales en el

componente 3 de fortalecimiento institucional a las siguientes

personas: Juan Silvestre BEGINS, Mario VERMENGO LIMA, Eduardo

Enrique RODAS78, y Ana Elizabeth MUÑOZ.

Cancelación 15: Mediante orden de pago 287 de fecha 2/1/98 se

pagan horarios a VICTOR LOPEZ y Susana Mabel STABILE. Ambas

invocan un acuerdo pero no se especifica que tipo de acuerdo es.

Cancelación 17: Mediante orden de pago 293 de fecha 8/1/1998 se

pagan honorarios profesionales a José Luis RABOY, Carlos

GARRAMUÑO79 y Pedro Luis TOMMASINO. Por un total de 8.850 $

Cancelación 19: Orden de pago 306 de fecha 22/1/98 por un total

de 28.800 a las siguientes personas en concepto de

fortalecimiento institucional: Victor LOPEZ, Susana Mabel

STABILE, Juan Pablo ABADIE, Eduardo Enrique RODAS, Mario VERMENGO

LIMA, Carlos GARRAMUÑO, Omar ROSSI, Juan Silvestre BEGINS, Pedro

Luis TOMMASINO y Ana Elizabeth MUÑOZ.

Cancelación 21: Orden de pago 395 de fecha 16/4/98 por un total

de19.500 a las siguientes personas: Mario Hugo GERDEL80, José

María FANCIULLO, Oscar Julio CUATTROMO, Edith Susana MOGUILEVSKY,

Nestor Gabriel CHUDNOVSKY, Osvaldo Raúl ARMENGOL, Pablo TONELLI,

José Luis RABA, y Andrea SPRAGGON PERCIAVALLE, todos ellos por

78 Domicilio en la calle Arenales 1966, Martinez79 cabildo 1124 piso 14 A,80 Domicilio en la calle Seguí 4545 piso 7mo

219

Page 220: Denuncia OBRAS SOCIALES

honorarios profesionales en concepto de fortalecimiento

institucional.

Cancelación 24; Orden de pago 424 de fecha 21/5/98 por la cual se

le paga a Mario Hugo GERDEL, Oscar Julio CUATROMO, Edith Susana

MOGUILEVSKY, Nestor Gabriel CHUDNOVSKY, Osvaldo Raúl ARMENGOL,

Pablo TONELLI, José Luis RABOY, Andrés SPRAGON PERCIAVALLE y José

María FANCIULLO.

Cancelación 26: Orden de pago 437 de fecha 4/6/98 a favor de la

empresa EXCELSA S.A por un total de $85.000. Las autorizaciones

las firman María MOAVRO y Viviana PERRACINI. Se invoca el

contrato de 1/4/98 de informatización.

Cancelación 28: Orden de pago 266 de fecha 25/6/98 a nombre de

Andrea Spraggon PERCIAVALLE, José María FANCIULLO, Mario Hugo

GERDEL, Oscar Julio CUATTROMO, Edith Susana MOGUILEVSKY, Nestor

Gabriel CHUDNOVSKY, Osvaldo Raúl ARMENGOL, Pablo TONELLI y José

Luis RABOY.

Cancelación 29: Orden de pago 471 de fecha 2/7/98 a favor de la

empresa EXCELSA S.R.L por un total de $74.375 Las autorizaciones

las firman María Moavro y Viviana Perracini. Se invoca el

contrato de 1/4/98 de informatización.

Cancelación 31 Orden de pago 488 de fecha 16/7/98 a favor de las

siguientes empresas: GESCO S.R.L81, la cual factura por intermedio

81 Domicilio en la calle Cordoba 1345 piso 15 “B”

220

Page 221: Denuncia OBRAS SOCIALES

de Miguel Angel IRUSTA la suma de $ 297.601 en concepto de

equipamiento de computación y software. También se abona por

honorarios profesionales a Osvaldo Raúl ARMENGOL, María del

Carmen TAMARGO, Jaime SAIEGH82, María Estela QUINTEROS, Fernando

MARTINEZ.

Cancelación 32: Orden de pago 497 de fecha 23/7/98, por la cual

se le paga Carmen DE LAS HERAS, por la suma de 800 $ por

honorarios profesionales.

Cancelación 33: Mediante la orden de pago 507 de fecha 30/7/98 se

paga la cantidad de 83.375 $ a las siguientes personas en

concepto de honorarios profesionales: Osvaldo Raúl ARMENGOL,

María del Carmen DE LAS HERAS y Jaime SAIEGH. Por su parte, la

empresa EXCELSA S.A percibe $74.375 en concepto de proceso de

integración de sistemas informáticos. Las autorizaciones las

firman María Moavro y Viviana Perracini.

Cancelación 34: Mediante la orden de pago 546 de fecha 3/9/98, la

empresa GESCO S.R.L cobra $37.948 en concepto de equipamiento de

computadoras. La autorización de pago ante el Banco la firma

Miguel Angel IRUSTA.

Cancelación 36: Mediante la orden de pago 578 se pagaron a las

siguientes personas honorarios profesionales correspondientes al

componente fortalecimiento institucional: María Estela QUINTEROS,

Osvaldo Raúl ARMENGOL, Carmen DE LAS HERAS, Fernando MARTINEZ.

82 Que factura con el domicilio de la Av. Gaona 5134.

221

Page 222: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 38: Mediante la orden de pago 635 de fecha 17/12/98,

la empresa GESCO S.R.L cobra $73.875 en concepto de equipamiento

de computadoras.

Cancelación 39: Mediante la orden de pago 640 de fecha 23/12/98,

se abonan honorarios profesionales a las siguientes personas

relacionadas con el componente fortalecimiento institucional:

Mario Hugo GEDEL, José María FANCIULLO, Oscar Julio CUATTROMO,

Néstor Gabriel CHUDNOVSKY, Osvaldo Raúl ARMENGOL, Andrea SPRAGGON

PERCIAVALLE y Jaime SAIEGH. Se paga un total de $15.144.

Cancelación 40: Orden de pago 647 de fecha 29/12/98 a Pablo

TONELLI y José Luis RABOY. Por otra parte, la empresa GESCO S.R.L

cobra 134.554,42 $ por equipamiento.

Cancelación 41: Orden de pago 651 de fecha 7/10/98 a AIM S.A por

prestaciones por 153.883,86 $. Las autorizaciones las firman

Carlos Valentín BANCHIK y Horacio MOSCARDELLI.

Cancelación 43: Mediante la orden de pago 635 de fecha 14/01/99,

la empresa GESCO S.R.L cobra $112.115 en concepto de equipamiento

de computadoras. La autorización la firma Miguel Angel IRUSTA

Cancelación 44: Mediante la orden de pago 661 de fecha 21/01/99

se paga a las siguientes personas: Mario Hugo GERDEL, José María

FANCIUTTO, Oscar Julio CUATTROMONO, Nestor Gabriel CHUDNOVSKY,

Osvaldo Raúl ARMENGOL, Pablo TONELLI, Federico Javier MARTINEZ,

222

Page 223: Denuncia OBRAS SOCIALES

Andrea SPRAGGON PERCIAVALLE, Jaime SAIEGH, José Luis RABOY. La

empresa GESCO S.R.L cobra aproximadamente $112.000 por

equipamiento.

Cancelación 46: Orden de pago 676 de fecha 11/02/99 a favor de

Federico Javier MARTINEZ por $1440.

Cancelación 47: Orden de pago 683 de fecha 25/2/99 a las

siguientes personas: Mario Hugo GERDEL, José María FANCIULLO,

Oscar Julio CUATTROMO, Nestor Gabriel CHUDNOVSKY, Osvaldo Raúl

Armengol, Andrea Spraggon Perciavalle, Jaime Saiegh, Pablo

TONELLI y José Luis RABOY en concepto de consultoría por un total

de 20.124 $.

Cancelación 48: Orden de pago 693 de fecha 11/3/99 por 1.080 $

en concepto de honorarios.

Cancelación 49: Orden de pago 732 de fecha 8/4/99 a favor de las

empresas GESCO S.R.L y EXCELSA S.R.L por un total de $126.648,08.

La primera empresa por equipamiento y la segunda por el contrato

de integración de sistemas informáticos.

Cancelación 50: Orden de pago 730 de fecha 31/3/99 a favor de

Andrea PRADO por $8.000 en concepto de honorarios profesionales

por el contrato de consultoría.

223

Page 224: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 51: Orden de pago 760 de fecha 6/5/99 a favor de

GESCO S.R.L por 25.156,75 en concepto de equipamiento de

computadoras.

Cancelación 52: Orden de pago 800 de fecha 24/6/99 por un total

de $41.888,91 a favor de GESCO S.R.L en concepto de equipamiento

de computadoras.

Cancelación 53: Orden de pago 814 de fecha 15/7/99 por un total

de $13.501,18 a favor de GESCO S.R.L en concepto de equipamiento

de computadoras.

Cancelación 54: Orden de pago 829 de fecha 22/7/99 por un total

de $74.375 a favor de EXCELSA S.R.L en concepto de equipamiento

de computadoras.

Cancelación 55: Orden de pago 863 de fecha 26/8/99 por un total

de $62.161,45 a favor de las siguientes personas Mario Hugo

GERDEL, José María FANCIULLO, Oscar Julio CUATTROMO, Federico

Javier MARTINEZ, Osvaldo Raúl ARMENGOL, Andrea SPRAGGON

PERCIAVALLE, Jaime SAIEGH, Pablo TONELLI y José Lluis RABOY, como

así también a GESCO S.R.L por equipamiento.

Cancelación 56: Orden de pago 871 de fecha 9/9/99 a favor de la

empresa EXCELSA S.R.L por un importe total de 74.375 $ en

concepto de contrato para el desarrollo de software. La

autorización la firma María MOAVRO.

224

Page 225: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 57: Orden de pago 893 de fecha 30/9/99 por un total

de $74.613,45 a favor de las siguientes personas Mario Hugo

GERDEL, José María FANCIULLO, Oscar Julio CUATTROMO, Federico

Javier MARTINEZ, Osvaldo Raúl ARMENGOL, Andrea SPRAGGON

PERCIAVALLE, Jaime SAIEGH, Pablo TONELLI y José Luis RABOY, como

así también a GESCO S.R.L por equipamiento.

Cancelación 58: Orden de pago 896 de fecha 7/10/99 a favor de la

empresa EXCELSA por un importe total de $74.375 en concepto de

contrato para el desarrollo de software. La autorización la firma

María Moavro.

Cancelación 60: Orden de pago 909 de fecha 28/10/98 a favor de

las siguientes personas: Mario Hugo GERDEL, Oscar Julio

CUATTROMO, Federico Javier MARTINEZ, Osvaldo RAUL ARMENGOL, Jaime

SAIEGH y Pablo TONELLI por un total de $18.275.

Cancelación 62: Orden de pago 919 de fecha 11/11/99 por un total

de $90.398.50 a favor de José Luis RABOY, ASESORES DE SALUD S.A.

S.A por la suma de $12.523 -la autorización ante el Banco la

firma Juan Silvestre BEGNIS y se invoca un contrato de locación

de servicios-, y Excelsa S.R.L por $74,350, por un contrato de

software de informatización.

Nótese que Juan Héctor SILVESTRE BEGNIS cobra

en concepto de FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL también por sí.

225

Page 226: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 64: Orden de pago 936 de fecha 21/12/99 por un total

de $21.775. las personas que cobran por honorarios profesionales:

Mario Hugo GERDEL, Oscar Julio CUATTROMO, Federico Javier

MARTINEZ, Osvaldo Raúl ARMENGOL, Jaime SAIEGH, Pablo TONELLI y

José Luis RABOY por honorarios. Se invocan contratos del PROS.

Cancelación 65: Orden de pago 946 de fecha 16/12/99 a favor de

María del Carmen TAMARGO, Fernando CIRO RODRIGUEZ y SILBERGER

Susana en concepto de honorarios profesionales.

Nótese que Fernando CIRO RODRIGUEZ es a su

vez el representante de la firma DIALECTICA que fue “contratada”

por la Obra Social.

Cancelación 68: Orden de pago 963 de fecha 29/12/98 por un total

de $50.161 a favor de Fernando Ciro RODRIGUEZ, y María del Carmen

TAMARGO y a la empresa ASESORES DE SALUD S.A -Juan Silvestre

BEGNIS-.

Cancelación 69: Orden de pago 968 de fecha 13/01/2000 a favor de

José María FANCIULLO, Andrea SPRAGGON PERCIAVALLE. Asimismo, la

empresa EXCELSA S.R.L factura $74.375 -María Moavro-, en concepto

de contrato de desarrollo de software de investigación.

Cancelación 71: Se abona la orden de pago 979 de fecha 3/2/2000,

por un total de $3700 a María del Carmen TAMARGO y Susana

SILBERBERG en concepto de honorarios profesionales.

226

Page 227: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 72: Orden de pago 992, de fecha 24/02/00 por un total

de $9.000 a las siguientes personas Osvaldo Raúl ARMENGOL y María

Elena CAPELLETTI -ambos facturan honorarios por servicios de

contadores-

Cancelación 73: Orden de pago 1019 de fecha 4/5/00 a favor de la

empresa EXCELSA S.R.L por un importe total de $170.000 en

concepto de contrato para el desarrollo de software. La

autorización la firma María MOAVRO.

Cancelación 77: Orden de pago 1034 de fecha 15/6/00 a favor de

las siguientes personas: Oscar Julio CUATTROMO, Federico Javier

MARTINEZ, Daniel NOVAK, Fernando MARTINEZ, Andrea SPRAGGON

PERCIAVALLE, José Luis RABOY, José María FANCIULLO y Osvaldo Raúl

ARMENGOL por un total de $26.400.

Cancelación 78: Orden de pago 1039 de fecha 6/7/00 a favor de las

siguientes personas: Oscar Julio CUATTROMO, Federico Javier

MARTINEZ, Daniel NOVAK, Fernando MARTINEZ, Andrea SPRAGGON

PERCIAVALLE, José Luis RABOY, José María FANCIULLO y Osvaldo Raúl

ARMENGOL, por un total de $26.400.

Cancelación 81: Orden de pago 1050 de fecha 3/8/00 a favor de las

siguientes personas: Oscar Julio CUATTROMO, Federico Javier

MARTINEZ, Daniel NOVAK, Fernando MARTINEZ, Andrea Spraggon

PERCIAVALLE, José Luis RABOY, José María FANCIULLO y Osvaldo Raúl

ARMENGOL por un total de $26.400.

227

Page 228: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 82; Orden de pago 1053 de fecha 24/8/00 a favor de la

empresa GESCO S.R.L por un total de $ 5.394,96,. La autorización

la firma Miguel Angel IRUSTA.

Cancelación 83: Orden de pago 1070 de fecha 5/10/00 a favor de

las siguientes personas: Oscar Julio CUATTROMO, Federico Javier

MARTINEZ, Daniel NOVAK, Fernando MARTINEZ, Andrea SPRAGGON

PERCIAVALLE, José Luis RABOY, José María FANCIULLO y Osvaldo Raúl

ARMENGOL, por un total de $26.400.

Agréguese a todo lo antedicho que la sucursal

donde se aperturaron la mayor parte de las cuentas de las

personas indicadas a lo largo del relato fue la sucursal

MONSERRAT del Banco de la Nación Argentina, sin importar el

domicilio de cada uno de los “contratados”, y que no obran en

autos –además de los trabajos realizados, como en ninguno de los

casos hasta ahora analizados a lo largo de este dictámen-, las

previas NO OBJECIONES a las firmas de los contratos, que para el

caso del COMPONENTE 3 debía necesariamente llevarse a cabo –por

la alta suma de dinero destinada al COMPONENTE-.

La dilución entre muchas personas que daban

la apariencia de diversificar las tareas, lejos de aparecer como

una pauta de elección saludable respecto del cuidado de los

intereses pecuniarios del erario público, se observa como una

clara forma de distorsionar que esa millonaria suma de dinero

habría sido repartida entre un mismo grupo de personas a quienes,

a partir del visto bueno de los funcionarios –que de esta manera

se interesaron en ese particular beneficio- les fueron pagadas

228

Page 229: Denuncia OBRAS SOCIALES

sistemática y repetidamente las facturas que presentaron en las

cancelaciones en cuestión y ocultar de esta manera la real

situación ocurrida.

Como se deja ver de la prueba colectada la

Obra Social del Personal Hotelero y Gastronómico recibió una suma

que supera el monto a que aluden los convenios de préstamo 4002

4003 AR –artículo III COMPROMISOS ESPECIALES sección 3, cuyo

alcance al caso deberá ser explicado por los imputados al momento

de expedirse a tenor de lo normado en el art. 294-, y la

irregular disposición patrimonial llevada a cabo en este caso –en

arreglo a todo lo expuesto-, que perjudicó a las arcas públicas

por la millonaria suma de dinero indicada al principio del

apartado.

12.-OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE ENCOTESA Y

DE LAS COMUNICACIONES -OSPEC-

Surge de de la documentación obrante en el

Anexo XIV -carpeta señalada con el nro. 6-, que de acuerdo a su

estatuto, la OBRA SOCIAL DE ENCOTESA Y DE LAS COMUNICACIONES -

nro. de registro 2-0040 de la Administración Nacional del Seguro

de Salud-, se trataba de una Obra Social con individualidad

jurídica, financiera y administrativa, con domicilio en la calle

Maipú 39 de esta ciudad, y con ámbito de actuación en todo el

territorio de la Nación.

Su objeto estaba constituido por al igual que

el resto de las obras sociales, por la prestación de servicios

médico-asistenciales a sus beneficiarios, así como también otros

de carácter social (turismo, recreación, acción cultural y

229

Page 230: Denuncia OBRAS SOCIALES

asistencia socioeconómica), estipulándose que como mínimo el 80 %

de sus recursos brutos serían destinados a prestaciones de salud.

Los recursos con los que contaban según el

estatuto eran las contribuciones a cargo de los empleadores y los

aportes a cargo de los trabajadores que prestaran servicios en

relación de dependencia, además de otros recursos de distinta

naturaleza, como los fondos de las operaciones de inversión y las

utilidades del patrimonio social.

Asimismo se determinó que el Directorio

estaría compuesto por un Presidente designado por el Ministerio

de Salud y Acción Social de la Nación, cuatro Directores Vocales

propuestos por ENCOTESA y cuatro Directores Vocales designados en

representación de los beneficiarios, propuestos por las

asociaciones sindicales.

De acuerdo al Acta de Directorio nro. 67, de

fecha 18 de noviembre de 1993, sus autoridades eran las

siguientes: Presidente: Jorge Horacio MENEM (designado mediante

Resol del Ministerio de Salud y Acción Social nro. 885 del 10 de

noviembre de 1993, en reemplazo de DANIEL OSCAR HALPERIN);

Directores en representación de la empresa: Alejandro Cesar

FERRARI, Roberto Ramón QUIROGA, Juan José STIVAL y Alfredo

Alberto Jerónimo GIOCCA; Directores en representación de los

Beneficiarios: José Alfredo SCHMIDT, Juan CRESPO, José Miguel DEL

GIUDICE y Carlos Agustín ORELLANA.

Surge además como contador de la Obra Social

a la fecha de los hechos el contador Adolfo Alberto RODRIGUEZ y

Raúl NISMAN y a la fecha de autos el Dr. Alberto CARRIQUIRI.

230

Page 231: Denuncia OBRAS SOCIALES

12.a.- Del convenio con la Obra Social

El 4 de abril de 1997, Guillermo BONAMASSA,

Secretario de Política y Regulación de Salud y Jorge Horacio

MENEM, en su carácter de Presidente de la obra social,

suscribieron el Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de

Reconversión de Obras Sociales, en los términos del convenio

modelo, por la suma de U$S 6.930.328, de los cuales:

– U$S 6.728.474 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 201.854 correspondiente al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica.

Al igual que en el resto de los convenios, en

el título IV “Del Prestamo”, cláusula SEPTIMA se dejó establecida

la composición de los montos a ser transferidos:

5) hasta la cantidad de $ 4.662.394 para el componente 1

SANEAMIENTO FINANCIERO

6) hasta la cantidad de $ 1.650.669 para el componente 2

RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

7) Hasta la cantidad de $ 415.411 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

En el anexo III del Convenio (“CONDICIONES DE

EJECUCION”) se establecieron también las actividades a ser

desarrolladas por la Obra Social en cuestión, detallándose para

ello las sumas distribuidas en los distintos tramos, a saber:

PRIMER TRAMO (entre el 1/7/97 y el 30/4/97):

231

Page 232: Denuncia OBRAS SOCIALES

COMPONENTE 1: $ 3.729.915

COMPONENTE 2: $ 165.067

COMPONENTE 3: $ 20.000

MONTO TOTAL $ 3.914.982

SEGUNDO TRAMO: (entre el 1/5/97 y el 31/5/97):

COMPONENTE 1: $ 932.479

COMPONENTE 2: $ 742.801

COMPONENTE 3: $ 144.000

MONTO TOTAL: $ 1.819.280

TERCER TRAMO: (entre el 1/6/97 y el 30/11/97)

COMPONENTE 2: $ 742.801

COMPONENTE 3: $ 251.411

TOTAL: $ 994.212

12.b.- Incumplimiento en la ejecución del

convenio. Los “Pasivos”

En primer lugar corresponde destacar que

mediante la Resolución n° 265 del 21 de octubre de 1998, la

Secretaría de Política y Regulación de Salud, dependiente del

Ministerio de Salud y Acción Social, dispuso la cancelación de

los importes no desembolsados hasta esa fecha y la caducidad de

los vencimientos para el pago de la totalidad de las sumas

desembolsadas y ya percibidas por la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE

ENCOTESA Y DE LAS COMUNICACIONES, intimándola a la inmediata

devolución de las mismas.

232

Page 233: Denuncia OBRAS SOCIALES

Asimismo, mediante las resoluciones nros. 76

y 798 (del 18/2/99 y 12/10/99 respectivamente) dicha Secretaría

se desestimaron los recursos de reconsideración y jerárquico

interpuestos por la Obra Social.

En consecuencia, mediante la Resolución n°

299, del 3 de diciembre de 1999, la Secretaría de Política y

Regulación de Salud, consideró que la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE

ENCOTESA Y DE COMUNICACIONES incumplió desde el mes de diciembre

de 1997 su responsabilidad de ejecutar el Plan de Reconversión en

los términos acordados al suscribirse el convenio y en

consecuencia se determinó la forma de repago acelerado de las

sumas ya percibidas, las que totalizaron $ 5.671.390,82, con más

el monto correspondiente a la reserva técnica ($ 170.141,72).

Ahora bien las sumas indicadas no se

condicen con lo expresado en la pericia llevada a cabo al

respecto, en la que se hace referencia a una suma total del

préstamo de $ 5.833.492,33 –incluida la reserva técnica y la

retención de impuestos-, por lo que dada la importante

diferencia, las personas que sean escuchadas al respecto deberían

brindar aquellas explicaciones que correspondieran sobre el

particular.

Por otra parte, no puede dejar de mencionarse

lo que se desprende del informe pericial llevado a cabo por el

Cuerpo de Peritos Contadores de la Justicia Nacional,

específicamente en cuanto al COMPONENTE 1 -saneamiento financiero

- cancelación de pasivos preexistentes-.

En tal sentido al expedirse sobre la

razonabilidad de pasivos existentes al otorgarse el crédito,

233

Page 234: Denuncia OBRAS SOCIALES

manifestaron los expertos: “Tanto el auditor externo, la

consultora “Estrada Consultores SRL.”, y los Síndicos del

Concurso informaron que la Obra Social se encontraba en estado de

cesación de pagos al año 1995. Asimismo la consultora informó que

Encotesa tiene un déficit mensual de $ 1.602.832.

Por otra parte, el auditor externo (v. acta

de directorio 211 del 26/5/98) informó que en los Estados

Contables al 31/12/97, la deuda incurrida asciende a la suma de $

16.000.000, pero que por “razones técnico-contables” figura

registrada $ 32.363.776,51. Esta cifra se encuentra transcripta

en los balances y libros contables de la institución.

Con estos elementos exhibidos, estos Peritos

Oficiales tienen dudas serias sobre la validéz técnico contable

en lo referente a la valuación de los Pasivos y de su respectiva

documentación respaldatoria que los constituye; ya que estaríamos

en presencia de una sobrevaluación de pasivos (deudas de

terceros)...”

Además de que los resaltados me pertenecen,

lo que surge de tales evaluaciones periciales importan no sólo

reforzar aún más el pedido de indagatoria que se formula sino

que, para el caso, los involucrados en la maniobra deberán ser

impuesto de tales circunstancias, en virtud de las fundadazas

razones que llevan a sospechar que los mismos pudieron haber

incurrido en el delito de balance.

Como si esto fuera poco, nótese que en el

anexo I de la pericia, donde se detallan los pasivos

provisionales que componían el COMPONENTE 1 según las órdenes de

pago del PROS surge las firmas AIM S.A, CRUZ BLANCA, SER-SAL,

234

Page 235: Denuncia OBRAS SOCIALES

SANATORIO PLAZA, CRO. ONCOLOGICO MONTE GRANDE, CO.DE.SA,

MEVATERAPIA S.A., SEMEDYC S.A., SALUD SOCIOS SOCIALES, CRO.

MEDICO NEURP., SANATORIO QUILMES, MENTAL-MED S.A..

Obsérvese lo que surge de las cancelaciones

efectuadas por este componente a esos prestadores.

Cancelación 2: corresponde a la orden de pago 79 de fecha

24/7/97, y corresponde a facturas que no obran en la carpeta a

favor de A.I.M. S.A como prestadora por un total de $

1.078.121,42. El presidente de dicha firma es Carlos Valentín

BANCHIK y el vicepresidente es Horacio MOSCARDELLI.

Al respecto me remito a lo ya expuesto al

analizar la firma en cuestión en apartados más arriba.

Por otro lado, la certificación de deuda al

respecto se encuentra suscripta por el contador Adolfo Alberto

RODRIGUEZ, quien da fe de haber tenido a su vista la

documentación respaldatoria de tales “deudas”.

Cancelación 3: Orden de pago 93 por $ 144.594,41 a CRUZ BLANCA,

domicilio Rivadavia 3079, cuyo socio gerente es Juan Carlos

Severo GAGNETEN.

Nótese al respecto que la autorización de

cobro para el Banco de la Nación Argentina, aparece faxeado desde

un teléfono procedente de la firma A.I.M. S.A, lo que refuerza

aún más todo lo que se viene sosteniendo.

Orden de pago 92 por $ 1.034.184, 43 a SER SAL con

domicilio en la calle 9 nro. 986 de La Plata Provincia de Buenos

Aires, -Presidente Jorge Raúl OCHOA y Vice Juan Carlos PUSSETO-

235

Page 236: Denuncia OBRAS SOCIALES

El contador que suscribe la certificación de

deudas se trató de Raúl NISMAN

Cancelación 4: Orden de pago 95 a favor de SANATORIOS Y CLINICAS

SA por la suma de $ 97.000,52. Las autorizaciones las firma el

presidente Julio Víctor POBLETE, siendo el titular de la cuenta

Enrique José Augusto BANYULS y certificación de deuda del

contador NISMAN.

Cancelación 5: corresponde a ordenes de pago nro. 127, 126, 125,

certificadas por el contador RODRIGUEZ a favor de las firmas

MEVATERAPIA S.A., CORDINADORA DE SALUD S.R.L., INSTITUTO MEDICO

QUIRURGICO SANATORIO PLAZA, CENTRO ONCOLOGICO MONTE GRANDE. En

este caso como en los restantes no surge factura alguna de los

“prestadores”

Cancelación 6: La orden de pago 138 de fecha 18/9/97 se libró a

favor de SELDOM S.A por la suma de $ 266.253,43 y del SANATORIO

QUILMES S.A -Presidente Julio FRAOMENI- por $ 276.019,21,

certificada la deuda por RODRIGUEZ y otra de NISMAN. Esta

cancelación se corresponde con una cesión de deuda que se

explicará más adelante.

Cancelación 7: corresponde a la orden de pago nro. 148 por la

suma de $ 79.326 a la prestadora SALUD SERVICIOS SOCIALES -

Gerente Higo Alberto GUARDIA-, la deuda se encuentra certificada

por RODRIGUEZ, no obrando copia alguna de la factura respectiva.

236

Page 237: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 9: orden de pago 176 de fecha 16/10/97. Se paga a la

prestadora CENTRO MEDICO NEUROPSIQUIATRICO PRIVADO S.A., con

domicilio en la avenida Callao 1924, 7mo piso. de esta ciudad, y

domicilio especial en Roque Saenz Peña 730 piso 3, por la suma de

372.343,69 $, conforme una deuda certificada por RODRIGUEZ. El

autorizado ante el Banco fue Ricardo Jorge MICHELI.

Cancelación 11: Orden de pago 273 de fecha 19/12/97 por un total

de 932.479 a las prestadoras AIM S.A, SANATORIO QUILMES, SALUD

SERVICIOS SOCIALES, SER SAL, MENTAL MED S.A. certificación de

deuda suscripta por NISMAN.

Cancelación 13: corresponde a la orden de pago nro. 311 a favor

del SANATORIO QUILMES por 74.362.43 $, no obrando factura ni

certificación de deuda alguna. Obra asimismo una leyenda

manuscrita en la que reza que dicha orden reemplaza a la numerada

278, mas en la siguiente numerada 278 obra otra leyenda que reza

“cancelada, se reemplaza por la OP 311”

Otro tanto corresponde decir respecto de

aquellas facturas que surgen pagadas por el COMPONENTE 1 a la

firma SEMEDYC S.A. cuando se trataba de un pago para SELDOM S.A.

A través de la órden de pago nro. 138,

emitida el 18 de septiembre de 1997, rubricada por HONDARRE y

VIDART, se puso a disposición de SELDOM S.A. la suma de $

266.253,43 y en dicha orden, el concepto de la deuda se consignó

como prestaciones – factura B00000000476.

237

Page 238: Denuncia OBRAS SOCIALES

Adviértase que tal factura corresponde a la

empresa SEMEDYC S.A. y había sido anteriormente presentada para

el cobro ante la Obra Social.

Nótese para lograr tales cometidos la primer

firma cedió en pago y transfirió dicho crédito a la segunda,

labrándose a tal fin la Escritura Pública número 180, del 10 de

septiembre de 1997 pasada por ante la Escribana Noemí REPETTI.

A tal acto comparecieron Horacio González

Bustamante, en su carácter de Apoderado de SEMEDYC S.A. y ALBERTO

BIGLIARDI, Presidente de SELDOM S.A.; dejándose asentado que tal

cesión se realizó hasta el monto total de $ 268.942,86 y se

imputó como pago a cuenta de la deuda que SEMEDYC S.A. mantenía

con SELDOM S.A., según un supuesto acuerdo suscripto el 10 de

septiembre de 1997 (o sea ese mismo día).

También se presentó en esa oportunidad ante

la notaria, Jorge Horacio MENEM, quien en su carácter de

Presidente de la Obra Social del Personal de ENCOTESA y de las

Comunicaciones, se notificó de la cesión practicada, manifestando

que la factura en cuestión se encontraba contabilizada en los

libros contables de la obra social como pendiente de pago; y que

dicha deuda no se encontraba cuestionada en cuanto a su

existencia, legitimidad y monto, habida cuenta que la misma había

sido auditada administrativa y médicamente por los organismos

técnicos de la obra social.

Ahora bien, sobre la real existencia de la

deuda por parte de la Obra Social para con la empresa SEMEDYC

S.A., lo cierto es que no se cuenta con documentación

respaldatoria que avale la supuesta deuda que esta mantenía con

238

Page 239: Denuncia OBRAS SOCIALES

SELDOM S.A., más allá de las manifestaciones vertidas al labrarse

la escritura. Sin perjuicio de ello, la factura fue pagada por

orden de los funcionarios del PROS.

Lo expuesto, aunado a las irregularidades

advertidas en el análisis de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL

TELEFÓNICO, mediante la cual SELDOM S.A. se vio beneficiado,

hacen aumentar el grado de sospecha en cuanto a la connivencia

entre las autoridades del PROS y determinadas empresas que a

través del programa se les acreditaron sumas millonarias.

12.d.- La firma ESTRADA CONSULTORES S.R.L.

Como se dijo, la Obra Social recibió un total

de $6.728.474, de los cuales $3.914.982 fueron destinados al

componente SANEAMIENTO FINANCIERO; $1.819.280 para el COMPONENTE

2; y $994.212 para el componente FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

Ahora bien, la totalidad del COMPONENTE 3 fue

contratado con la firma ESTRADA CONSULTORES S.R.L., dicha firma

se encuentra inscripta en la I.G.J. el 12/8/93 y tenía por objeto

las tareas de consultoría y asesoramiento en temas vinculados con

la seguridad social, previsión social, salud, impuestos y en

general toda la problemática económico social. Fue constituida

por Santiago Manuel ESTRADA con domicilio en la calle San Martín

652, piso 1 “C”, siendo sus socios gerentes Leopoldo VAN

CAUWLAERT con idéntico domicilio, y Alfredo Rubén HEREDIA, con

domicilio en la misma calle. Como si fuera poco el domicilio

legal se constituye en la calle San Martín 652.

Nótese que tal como lo señala la pericia

contable, el domicilio de la firma resultó desconocido.

239

Page 240: Denuncia OBRAS SOCIALES

Así pues, esta firma con domicilio

desconocido, constituida por personas que residen en ese mismo

domicilio, recibió los siguientes pagos:

Cancelación 8: orden de pago firmada por HONDARRE y VIDART a

favor de ESTRADA CONSULTORES por la suma de 20.000 $ del 24/10/97

en concepto de 1 sóla factura, que obra factura en el

cuadernillo.

Cancelación 10; Orden de pago 621 -24/12/97- por un total de

83.305,79. La empresa extiende una factura por $84.000 en

concepto de segunda cuota del contrato de fecha 29 de septiembre

de 1997, pero en la planilla de cancelación figura un monto menor

y en concepto de honorarios y capacitación personal, no obrando

copia del contrato.

13.- OBRA SOCIAL FERROVIARIA –O.S.FE-

Conforme surge del Anexo II del Convenio de

Ejecución y Préstamo Subsidiario -ver Carpeta señalada con el

nro. 28 del ANEXO XIV-, la OBRA SOCIAL FERROVIARIA se encuentra

inscripta bajo el nro. 0-0130 en el Registro Nacional de Obras

Sociales desde el 27 de diciembre de 1996, fecha en la que se

produjo la transformación del Instituto de Servicios Sociales

para el Personal Ferroviario (que se encontraba inscripto desde

el 8/2/72).

De acuerdo a su estatuto, se trataba de una

Obra Social con individualidad jurídica, financiera y

administrativa, con domicilio en la Avenida Independencia 2854 de

240

Page 241: Denuncia OBRAS SOCIALES

esta ciudad, y con ámbito de actuación en todo el territorio de

la Nación. Su objeto es también la prestación de servicios

médico-asistenciales a sus beneficiarios (para ello se destina el

80 % de sus ingresos), así como también otros de carácter social.

Los recursos son las contribuciones a cargo de los empleadores y

los aportes a cargo de los trabajadores, además de otros recursos

de distinta naturaleza.

Se estableció que la entidad sería conducida

y administrada por un Consejo Directivo integrado por once

miembros -6 designados por la “Unión Ferroviaria”, 3 por “La

Fraternidad”, uno por la Asociación del Personal de Dirección de

Ferrocarriles Argentinos y Administración General de Puertos y un

miembro más, jubilado ferroviario-.

Asimismo los cargos de los once miembros

serían distribuidos de la siguiente forma: 1 Presidente, 1

Vicepresidente, 1 Secretario de Actas y 8 Vocales.

Conforme surge de las Actas de Directorio

(nros. 4/97, 4/98 y 5/98), sus autoridades eran las siguientes:

Presidente: Oscar VALDOVINOS; Vicepresidente: Atilio METTINI;

Secretario de Actas: Rubens COLALILLE; Vocales: Armando

MATARAZZO, Alberto PURICELLI, Eduardo A. GALLARDO, Juan BARUCCO,

Miguel SANSUERRO, Walter PIERANTONELLI, Angel PANELO y Juan

CROZZOLI.

13.a.- Del convenio con la OBRA SOCIAL

FERROVIARIA

El 31 de julio de 1998, Guillermo BONAMASSA,

Secretario de Política y Regulación de Salud y Atilio F. METTINI,

241

Page 242: Denuncia OBRAS SOCIALES

en su carácter de Vicepresidente de la obra social, suscribieron

el Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de Reconversión

de Obras Sociales, en los términos del convenio modelo, por la

suma de U$S 11.426.428,60, de los cuales:

– U$S 11.093.620 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 332.808,60 correspondiente al 3% para ser aplicado

al fondo de Reserva Técnica.

Dentro del Convenio, en el título IV “Del

Prestamo”, cláusula SEPTIMA se dejó establecida la composición de

los montos a ser transferidos:

a) hasta la cantidad de $ 1.153.270 para el componente

1 SANEAMIENTO FINCIERO

b) hasta la cantidad de $ 9.429.620 para el componente

2 RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

c) Hasta la cantidad de $ 510.730 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

En el anexo III del Convenio (“CONDICIONES DE

EJECUCION”) se establecieron también las actividades a ser

desarrolladas por la Obra Social en cuestión, detallándose para

ello las sumas distribuidas en los distintos tramos, a saber:

PRIMER TRAMO (entre el día 1 y el 30):

COMPONENTE 2: $ 9.429.620

SEGUNDO TRAMO: (entre el día 31 y el 90):

242

Page 243: Denuncia OBRAS SOCIALES

COMPONENTE 1: $ 479.070

COMPONENTE 3: $ 75.930

MONTO TOTAL: $ 555.000

TERCER TRAMO: (entre el día 91 y el 150):

COMPONENTE 1: $ 211.700

COMPONENTE 3: $ 343.300

TOTAL: $ 555.000

CUARTO TRAMO: (entre el día 151 al 180):

COMPONENTE 1: $ 462.500

COMPONENTE 3: $ 91.500

TOTAL: $ 554.000

13.b.- De los desembolsos.

De acuerdo a la pericia llevada a cabo al

respecto y la documentación acollarada a la investigación, para

el COMPONENTE 1 la Obra Social emitió órdenes de pago para ser

pagadas por intermedio del PROS destinadas a tres prestadores:

DRONOR S.A. la que recibió el 8/3/99 dos pagos por $ 230.077,80 –

en concepto de medicación oncológico para beneficiarios- y

3.119,55 por retención ganancias, SIRESA S.A. la que recibió el

23/3/99 dos pagos por 99.000 $ en concepto de prestaciones

médicas beneficiarios provincia de Buenos Aires, y 1.000 $ en

concepto de retención ganancias, CHEMINORT S.A. la que recibió el

8/3/99 dos pagos por la suma de 55.426,211 en concepto de

medicamentos y material descartable de farmacias de Pol.

243

Page 244: Denuncia OBRAS SOCIALES

Ferroviarios Junín y Tucumán y 446.30 $ en concepto de retención

ganancias, habiendo resultado el domicilio de las dos últimas

firmas “desconocidos” de acuerdo a la notificación cursada por

los peritos.

Para el COMPONENTE 3, por otro lado, fue

contratada la firma CONSORCIO T & C –la que inició sus

actividades el 1/4/07- por la suma de $ 75.000, cuyo destinatario

también resultó “desconocido”.

Ahora bien, de las documentación de tales

pagos surge que muchas de las facturas en cuestión aluden a

prestaciones posteriores a la firma del convenio –recuérdese lo

que ya se sostuvo al respecto y en especial las facturas de la

firma CHERMINOT S.A.-, y que su pago su ordenado de la siguiente

forma:

Cancelación 9: orden de pago nro. 702 del 11/3/99 a favor d ela

firma CHERMINOT S.A. y DRONOR S.A. todas ellas por provisión de

medicamentos por un total de $379.069,86.

Nótese al respecto que amén de no obrar

ninguna factura que acredite el concepto de las deudas, más allá

de la certificación contable que obra al respecto y la planilla

de cancelación de deudas, la autorizaciones bancarias para el

depósito del dinero correspondiente se encuentran suscriptas en

todos los casos por Eduardo Mauro CASSOL como representante de

ambas firmas, dando como domicilio de las mismas primero el de la

calle Scalabrini Ortiz 1020 para el caso de DRONOR y el de la

244

Page 245: Denuncia OBRAS SOCIALES

calle Scalabrini Ortiz 1277 para el caso de CHERMINORT, lo que

daría la cuenta de que se trata de firmas vinculadas.83

Obra en el apartado asimismo una nota

procedente de la firma DRONOR suscripta por Alejandro Mateo

CLIVIO, en calidad de Socio Adscripto, por la cual reclara el

pago del cobro por $ 379.069,86. Nótese que en el margen superior

derecho de dicha nota se hace expresa referencia a que la

droguería en cuestión era representante exclusivo de CHERMINOVA

INTERANCIONAL S.A. –empresa española- GERPHARM INC.

PHARMACEUTICALS –canadiense- Y FAULDING –canadiense-84

83 Razón Social: DROGUERIA DRONOR, Sociedad Anónima- Constitución 27/9/95 - Modificación de Estatuto – Transformación - Aumento

de Capital: fecha reg. 3/11/1995: Los cónyuges en primeras nupcias Juan Alberto Napolitano y Cristina Olga Rivadeneira ambos con domicilio en Ramón L. Falcon 1402 piso 2do. de esta ciudad; los cónyuges en primeras nupcias Ángel Antonio Santange-lo y María del Carmen Napolitano ambos con domicilio en Rivadavia 4658 de esta ciu-dad y los cónyuges en primeras nupcias Eduardo Mauro Cassol y Zulema Noemí Ra-mona Romano ambos domiciliados en las Heras 4081 piso 11° “A” de esta ciudad. In-tervienen los señores Juan Alberto Napolitano, Ángel Antonio Santangelo y Eduardo Mauro Cassol en carácter de únicos socios y gerentes de la sociedad denominada “DROGUERIA DRONOR S.R.L” con domicilio en Raúl Scalabrini Ortiz 1020, con el con-trato social otorgado el día 18 de julio de 1991, el que se inscribió en la IGJ bajo el nro. 49 libro 95 de S.R.L, con la modificación de contrato, cesión de cuotas y designa-ción de gerentes otorgada el día 30 de enero de 1992 que se inscribió en la IGJ el día 19 de mayo de 1995 bajo el nro. 3463 libro 102 de S.R.L, con el acta de reunión de socios de fecha 3 de mayo de 1993 por la que se decide el cambio de la denomina-ción social de “DROGUERIA NORTE S.R.L” a la actual denominación la que se inscribió en la IGJ el 4/11/1993 bajo el nro. 9388 libro 99 de S.R.L, acta de reunión de socios que se decide el cambio de la sede social de fecha 2 de noviembre de 1994 y el acta de designación de autoridades inscriptas el 19 de mayo de 1995: expresan que transforman “DROGUERIA DRONOR S.R.L” en “DROGUERIA DRONOR SOCIEDAD ANÓNIMA”, por unanimidad, la que será continuadora de los negocios sociales a par-tir del 1ro. de septiembre de 1995, con domicilio legal en la jurisdicción de la Capital Federal.*La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros: fraccionamiento, envasamiento, venta, representación, distribución, importación, exportación, comercialización de productos medicinales y/o farmacéuticos y/o afines.*Accionista: ARAUSUR S.A. con domicilio en la calle Constitución 2372 Montevideo, Uruguay. Diego Pablo Póvolo; CUMEUBEA S.A. Juan Carlos Gómez 1319 Montevideo, Uruguay. Ignacio Pittaluga*Autorizan a María Valeria Palesa y a Carlos Gerardo López para inscribir en la IGJ

- Artículo 60 Tram. Pre: 14/02/2001 – fecha reg. 27/02/2001 - Designación Directorio:27/02/2001

84 El resaltado me pertenece.

245

Page 246: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 11: por orden de pago 721 del 31/3/99, HONDARRE y

PRIETO ordenan el pago de $100.000 a SIRESA S.A. por prestaciones

Correspondientes a la factura 275 de la firma en cuestión.

El representante de dicha firma fue José

Severino PAMPURI, registrando domicilio social en la calle Juncal

802 piso 2do. “e” de esta ciudad, por otra parte no surge factura

o contrato alguno al respecto, encontrándose sólo al respecto una

certificación contable que determina que dicha deuda se

registraba al 31 de enero de 1999, desconociéndose por ello, y

habiendo desconocido HONDARRE y PRIETO al momento de autorizar

dichos pagos, el concepto de los 100.000 $ facturados, la fecha

de la prestación y si la misma fue o no conformada.

Cancelación 14: Orden de pago 780 de fecha 3/6/99 a favor de

CONSORCIO T. & S. S.A., con domicilio en la calle Ayacucho 63

piso 63, piso 4to. 2 por un total de $ 47.686,25 conforme

facturas 0001-00000002/5 en concepto de ítems CFI1-3-4 y 5 del

COMPONENTE 3. Los responsables de tal firma fueron Carlos Alfredo

TOMADA –presidente- y Amalia Beatriz VILLAROEL –Vicepresidente-.

Ahora bien, además de la extraña cercanía entre la

fecha de inicio de funciones de la firma y la fecha del convenio

con esta Obra Social, agréguese además que considerando la fecha

de impresión del talonario de facturación que data del 15/11/98 y

la numeración de las facturas de esta cancelación, es de presumir

que la empresa durante el período de tiempo entre tal emisión y

marzo de 1999 no extendió facturación alguna. Esos documentos,

246

Page 247: Denuncia OBRAS SOCIALES

por otro lado aparecen suscriptos por Antonio M. GUIDAZIO, en

calidad de gerente general.

Cancelación 15: Orden de pago 938 de fecha 9/12/99 a favor de

CONSORCIO T & S S.A. por un total de $ 27.500 EN CONCEPTO DE

FACTUAS 0001/00000006/7, ítems CFI06 y 02 del COMPONENTE 3,

correspondiendo al respecto las mismas aclaraciones que las

formuladas precedentemente.

14.- OBRA SOCIAL DEL PERSONAL MARÍTIMO

Conforme se desprende de la documentación

obrante en el Anexo XIV (carpeta señalada con el nro. 16), la

OBRA SOCIAL DEL PERSONAL MARÍTIMO se encuentra registrada en el

Departamento del Registro Nacional de Obras Sociales, bajo el

número 1-1180, desde el 16 de marzo de 1972.

De acuerdo a su ESTATUTO, se trata de una

Obra Social con funcionamiento individual administrativo,

contable y financiero, con domicilio en la calle Venezuela 1427

de esta ciudad, y con ámbito de actuación en toto el territorio

de la Nación.

Con similar objeto al resto de las Obras

analizadas, sus autoridades al 21 de mayo de 1998 eran las

siguientes: Presidente: Enrique Omar SUÁREZ; Vice Presidente:

Carlos Italo Nicolás RUIZ; Tesorero: Mario José GODOY; Secretario

de Actas: Víctor Luis VENTURA y Secretario de Acción Social:

Carlos Rodolfo MILANESI.

247

Page 248: Denuncia OBRAS SOCIALES

De acuerdo a la documentación acollarada,

surge como Gerente Financiera de la Obra Social María del Carmen

CABRERA PEÑA.

Del Acta agregada a fs. 11 del convenio, se

desprende que el 28 de mayo de 1998 se reunió el Consejo

Directivo a pedido de Mario José GODOY en su carácter de

Representante Provisorio. En tal acto se contó con la presencia

de los nombrados SUAREZ, RUIZ, VENTURA y MILANESI y allí se

informó que el día 28 de abril de ese mismo año, el Comité del

Programa de Reconversión de Obras Sociales aprobó el plan y se le

otorgó a la Obra $ 1.897.265. Finalmente se autorizó para la

firma del convenio a Juárez -Presidente de la entidad- y a Godoy

-tesorero.

14.a.- Del convenio con la obra social

El 17 de junio de 1998, Guillermo BONAMASSA,

Secretario de Política y Regulación de Salud y Enrique Omar

SUÁREZ, en su carácter de Presidente de la OBRA SOCIAL DEL

PERSONAL MARÍTIMO, suscribieron el Convenio de Ejecución y

Préstamo Subsidiario de Reconversión de Obras Sociales, en los

términos del convenio modelo, por la suma de U$S 1.954.182,95 de

los cuales:

– U$S 1.897.265 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 56.917,95 correspondiente al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica.

248

Page 249: Denuncia OBRAS SOCIALES

Al igual que en los restantes convenios de

prestamo, se estipuló en el título IV “Del Prestamo”, cláusula

SEPTIMA la composición de los montos a transferirse:

8) hasta la cantidad de $ 1.157.302 para el componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

9) hasta la cantidad de $ 152.963 para el componente 2

RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

10)Hasta la cantidad de $ 587.000 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

En el anexo III del Convenio (“CONDICIONES DE

EJECUCION”) se establecieron también las actividades a ser

desarrolladas por la Obra Social en cuestión, detallándose para

ello las sumas distribuidas en los distintos tramos.

Asimismo se rubricaron dos ADDENDUM al

convenio, fechados el 11/11/99 (firmado por BONAMASSA y SUÁREZ) y

el 12/9/00 -firmado por MOGUILEVSKY y SUÁREZ-, mediante los

cuales se modificó la distribución original:

PRIMER TRAMO (día 1° al 90) 1ER addendum 2do. Addendum

COMPONENTE 1: $ 391.900 $ 391.900. $ 391.900

COMPONENTE 3: $ 82.400 $ 82.400. $ 82.400

MONTO TOTAL: $ 474.300 $ 474.300. $ 474.300

SEGUNDO TRAMO (día 91 al 180) 1ER addendum 2do. Addendum

COMPONENTE 1: $ 67.647 $ 67.647 $ 67.647

COMPONENTE 2: $ 152.963 $ 152.963 $ 57.886

COMPONENTE 3: $ 253.690 $ 253.690 $ 256.690

MONTO TOTAL: $ 474.300 $ 474.300 $ 379.223

249

Page 250: Denuncia OBRAS SOCIALES

TERCER TRAMO (día 181 y 270). 1ER addendum 2do. Addendum

COMPONENTE 1: $ 315.050 $ 315.050 $ 315.050

COMPONENTE 2: $ 0 $ 0 $ 85.911

COMPONENTE 3: $ 159.250 $ 143.250 $ 143.250

TOTAL: $ 474.300 $ 458.300 $ 544.211

CUARTO TRAMO (día 271 al 360) 1ER addendum 2do. Addendum

COMPONENTE 1: $ 382.705 $ 382.705 $ 382.705

COMPONENTE 3: $ 91.660 $ 107.660 $ 116.826

TOTAL: $ 474.365 $ 490.365 $ 499.531

14.b.- Los desembolsos.

En lo que respecta al COMPONENTE 1, se

observan cancelaciones a favor de las firmas ABC FARMACIA S.R.L85,

ASOCIACION ARGENTINA DE ANESTESIOLOGÍA, CLODE S.A.86, COLEGIO

MEDICO DEL DEPARTAMENTO DE MADRYN, DR. HERMINIO RAUL ROJO87,

HOSPITAL C.J. DE SAN MARTIN, HOSPITAL GARRAHAM, la ya conocida

firma INVESTIGACIONES MEDICAS S.A.88, SANATORIO MITRE, VIDT

CENTRO MEDICO S.A., CONSULTAS Y DIAGNOSTICOS S.A., INSTITUTO DE

REHABILITACIÓN PSICOLOGÍA DEL SUR, RTC BUENOS AIRES S.A.89, RTC

ARGENTINA S.A –la que se trata de la misma firma que la

85 Domiciliada en av. Belgrano 1667, siendo su representante Benjamín Gernán ABLANEDO.86 Con domicilio en la calle Rio de Janerio 63 siendo sus representantes Nicolás Susana ROMEO, Adolfo Rubén DEL POPOLO.87 Con domicilio en la Avenida Entre Ríos 1669 3ero. “p”88 A nombre del ya mencionado Alejandro Oscar ANNICHINI, María Cristina CAIVANO quien suscribe como vicepresidenta, y Leopoldo Marcelo KAUFMAN, con domicilio en la calle Pichincha 69.89 Con domicilio en la calle Salguero 2835 piso 7mo “A” y siendo su responsable Jorge Miguel CURI.

250

Page 251: Denuncia OBRAS SOCIALES

anterior90- CT CONSULTORES S.A.91, CONVENIOS S.A.92, CEALTE COOP.

TRAB. LTDA.93, I.P.S.E.R. S.A. muchas de cuyas facturas

corresponden a deudas posteriores a la firma del convenio.

Más allá de las modificaciones en los montos

detallados para cada tramo, corresponde verificar en primer lugar

si se han respetado los plazos estipulados.

En tal sentido, solo alcanza con verificar

las fechas de las órdenes de pago libradas por las autoridades

del PROS. Adviértase en primer lugar que conforme se menciona en

el convenio, el día 1 es aquel en el que se produce la primera

cancelación de deudas de la Obra Social, respecto de cualquiera

de los 3 COMPONENTES del Programa. Ello en este caso data del 25

de junio de 1998, fecha en la que se libraron las dos primeras

órdenes de pago (nros. 457 y 458) para ser aplicadas al

componente 1, por $ 290.225,17 y $ 101.674,83 respectivamente.

Por lo tanto, en términos generales, la OBRA

SOCIAL DEL PERSONAL MARÍTIMO debió haber dado cumplimiento a

todas las pautas o metas relacionadas con el Programa dentro de

los 360 días posteriores a aquella fecha, más no solo no ocurrió

de esta forma, sino que las autoridades del PROS continuaron

emitiendo órdenes de pago, hasta el día 4 de enero del año 2001;

sin haberse dejado constancia alguna de los motivos por los

cuales se extendieron tácitamente94 tales plazos, ni los

acontecimientos que importaron tal irregular situación.

90 Registra la misma persona responsable y su domicilio es el de la calle Salguero 2745 piso 3.91 Con domicilio en la calle Talcahuano 439 de esta ciudad. 92 Con domicilio en Corrientes. A nombre de Carlos Ignacio SUAREZ, Roque Ramón GODOY, José Gabriel ACOSTA.93 Con domicilio en Pueyrredón 1116, integrada por Néstor Daniel ZIMMERMAN, Daniel Elías PEREZ94 Al no obrar constancias al respecto

251

Page 252: Denuncia OBRAS SOCIALES

Por otra parte las vinculaciones entre muchas

de las empresas citadas con las obras sociales y los funcionarios

surge de su sola consideración, al haber sido relatado en cada

caso.

En lo que respecta a la firma C.T.

CONSULTORES S.A. de la calle Talcahuano 438 piso 5to. “e” se

encuentra integrada por Carlos Alberto TINANT y Víctor Ramón

YANNINI como presidente y vicepresidente de la misma.

14.c.- Los consultores

Pues bien, el COMPONENTE 3 registra pagos a

las mismas personas que fueron “contratadas” y beneficiadas con

pago de la obra social del PERSONAL HOTELERO Y GRASTRONIMICO, así

también aparecen pagos a la firmas C.S.I. S.R.L., a la firma

CE.DE.I. S.R.L. y C.C.I. S.A.

Repárese en todas las situaciones aludidas en

oportunidad de analizar la documentación correspondiente a dicha

Obra Social, lo que se repite para el caso en estudio.

De esta manera las personas que a

continuación se detallan recibieron pagos del PROS –muchas de las

cuales también prestaron funciones para el PROS-, en concepto de

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL: Oscar Julio CUATTROMO, Daniel

Enrique NOVAK, Federico Javier MARTINEZ María del Carmen TAMARGO

Lic. Susana Leonor WASINSKY, Jaime Héctor SAIEGH, Mario Hugo

GERDEL, Susana SILBERBERG, Néstor CHUDNOVSKY, Carlos Rodolfo

LEMIR, Héctor Juan GAMBARINI95, José Antonio FERNANDEZ, María

95 Con domicilio en la calle Diaz Velez 3992 planta baja “c” de esta ciudad,

252

Page 253: Denuncia OBRAS SOCIALES

Estela CLEOFE QUINTEROS, Horacio Ferro MENDEZ96, Daniel Ricardo

GOLDBERG, Andrea Hebe PRADO.

Como ya se ha mencionado GERDEL Y SAIEGH

fueron además de acreedores de varias Obras Sociales,

funcionarios del PROS.

En el caso de SAIEGH, adviértase que el mismo

fue nombrado a partir 14 de enero de 2000 fue nombrado

Coordinador del Programa de Reconversión de Obras Sociales.

Según se desprende de las planillas de

cancelación de deuda (ver anexo III del informe pericial -fs.

2774/2777-), por intermedio de esta entidad, y a través del PROS,

SAIEGH percibió una suma total de $ 41.750.

De acuerdo a las distintas facturas, -las que

en total fueron 11- dicha percepción de dinero del erario público

habría tenido su causa en “honorarios profesionales por tareas de

consultoría para la implementación del Plan de Reconversión”, los

que fueron variando ascendentemente de $ 2850, a $ 3.800, a $

4.200, a $ 5.600 y a $ 6.300, resultando justamente las últimas

tres -las más próximas a su nombramiento-, emitidas en los meses

de agosto, noviembre y diciembre de 1999, las más abultadas.

Las órdenes de pago emitidas por el PROS

mediante las que SAIEGH fue beneficiado fueron:

503 del 23/7/98 (firmada por HONDARRÉ y MÁRMORA);

533 del 20/8/98,

574 del 24/9/98,

633 del 17/12/98 rubricadas por HONDARRÉ y VIDART;

663 del 21/01/99 firmada por HONDARRÉ y PRIETO;

96 Con domicilio en la calle Perón 1515 piso 9 de esta ciudad

253

Page 254: Denuncia OBRAS SOCIALES

701 del 11/03/99,

788 del 10/6/99,

830 del 22/7/99,

864 del 26/8/99,

928 del 18/11/99 y

947 del 16/12/99 rubricadas por HONDARRÉ y VIDART.

Por último resta decir que es el propio

SAIEGH, quien rubricó la nota n° 7405 del 28 de agosto de 2000,

mediante la cual se enviaba al Dr. HÉCTOR MOGUILEVSKY (Secretario

de Políticas y Regulación Sanitaria) copias del primer Addendum

al Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de la OBRA SOCIAL

DEL PERSONAL MARÍTIMO.

En dicha nota SAIEGH informa que en dicho

ADDENDUM se preveían ciertos cambios en las líneas de acción del

Proyecto, en el componente Fortalecimiento Institucional, y

aclara que dichos cambios no modifican los presupuestos

originalmente acordados y la UEPOS los consideraba positivos.

Respecto de la firma CE.DE.I. S.R.L.

corresponden llevar a cabo las mismas conclusiones: la misma

registra domicilio en la calle Pichincha 364 piso 4to. “d” de

esta ciudad y sus representantes son nada menos que Daniel

Enrique NOVAK y Oscar Julio CUATTROMO. De más está decir que la

sucursal donde se abrió su cuenta es la sucursal MONSERRAT del

banco de la Nación Argentina –vèanse cancelaciones 35, 38, 41,

47, 50, .

Por su parte la firma CONSULTORA DE

COMUNICACIONES INTEGRALES S.A., registra como responsable a

Emilio Roberto FALBO y su domicilio en la calle Lima 575 piso 10

254

Page 255: Denuncia OBRAS SOCIALES

de esta ciudad y su inicio de actividades data nada menos que del

01 de marzo de 2000 -ver cancelación 58-

Respecto de la firma CONSULTORES DE SERVICIOS

INFORMATICOS S.A., la misma funcionaba en la calle Uruguay 390

piso 17 dpto “f” de esta ciudad, y su representante era José Luis

GONZALEZ. La firma en cuestión registra inicio de actividades

posterior a la firma del Convenio de Préstamo: octubre de 1998, y

los números de las facturas que obran en las cancelaciones, la

fecha de la emisión de su talonario y de emisión de las facturas

a la Obra Social dejan ver la casi nula97 actividad de dicha

empresa –ver al respecto cancelaciones 24, 25, 26, 27-

Los hallazgos reflejan por si solos la

comisión de la maniobra que se relata a lo largo de esta

presentación. Adviértase que en muchos casos no se han agregados

las facturas libradas al respecto, ni obran los contratos que

vincularon a esta firma con la Obra Social.

15.- OBRA SOCIAL DEL PERSONAL RURAL Y

ESTIBADORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA -O.S.P.R.E.R.A.-

De la documentación obrante en el Anexo XIV

(carpeta señalada con el nro. 30), se desprende que conforme a su

estatuto, la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL RURAL Y ESTIBADORES DE LA

REPÚBLICA ARGENTINA –nro. de registro 1.1930 de la Administración

Nacional del Seguro de Salud-, resulta ser una Obra Social con

individualidad administrativa, contable y financiera, con

domicilio en la calle Reconquista 630 de esta ciudad, y con

ámbito de actuación en todo el territorio Nacional.

97 Si no fuera por haber facturado para el COMPONENTE 3 a la obra social en cuestión.

255

Page 256: Denuncia OBRAS SOCIALES

Su objeto, como el resto de las obras

sociales, es la prestación de servicios médico-asistenciales a

sus beneficiarios, así como también otros de carácter social;

fijándose que el 80 % de sus recursos serían destinados a

prestaciones de salud. Los recursos con los que cuenta según el

estatuto son las contribuciones a cargo de los empleadores y los

aportes a cargo de los trabajadores que presten servicios de

carácter permanente o transitorio, además de otros recursos de

distinta naturaleza.

Asimismo se determinó que la Obra Social

sería conducida y administrada por un Consejo Directivo integrado

por cinco miembros titulares: Presidente, Vicepresidente,

Tesorero, Secretario de Acción Social y Secretario de Actas; y

cuatro suplentes.

Surge del Acta del Consejo Directivo n° 42

del día 18/7/97, que sus autoridades eran las siguientes:

Presidente: Gerónimo VENEGAS; Vicepresidente: Cecilio SALAZAR;

Tesorero: José Roque GONZÁLEZ; Secretario de Acción Social:

Israel Rubén BENÍTEZ; Secretario de Actas: Carlos Ignacio

CABALLERO; y Síndico Adscripto a la Sindicatura: Osvaldo F.

NAVARRO.

Asimismo surgen como Gerente de

Administración y Finanzas la Dra. Ana María RODRIGUEZ y el

Contador Mauricio PASCUALI como Gerente de Servicios a

Beneficiarios.

15.a.- Del convenio con la OBRA SOCIAL DEL

PERSONAL RURAL Y ESTIBADORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

256

Page 257: Denuncia OBRAS SOCIALES

El 4 de septiembre de 1997, Guillermo

BONAMASSA, Secretario de Política y Regulación de Salud y

Gerónimo VENEGAS, en su carácter de Presidente de la obra social,

suscribieron el Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de

Reconversión de Obras Sociales, en los términos del convenio

modelo, por la suma de U$S 28.118.395,99, de los cuales:

– U$S 27.299.413 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 818.982,39 correspondiente al 3% para ser aplicado

al fondo de Reserva Técnica.

Se estableció en el Convenio(título IV “Del

Prestamo”, cláusula SEPTIMA) la composición de los montos a ser

transferidos:

11)hasta la cantidad de $ 14.957.900 para el componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

12)hasta la cantidad de $ 3.873.981 para el componente 2

RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

13)Hasta la cantidad de $ 8.467.532 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

En el anexo III del Convenio (“CONDICIONES DE

EJECUCION”) se establecieron también las actividades a ser

desarrolladas por la Obra Social en cuestión, detallándose para

ello las sumas distribuídas en los distintos tramos, a saber:

PRIMER TRAMO (entre el día 1 y el 90):

COMPONENTE 1: $ 3.583.248

257

Page 258: Denuncia OBRAS SOCIALES

COMPONENTE 2: $ 2.159.207

COMPONENTE 3: $ 1.401.753

MONTO TOTAL $ 7.144.208

SEGUNDO TRAMO: (entre el día 91 y el 180):

COMPONENTE 1: $ 3.951.005

COMPONENTE 2: $ 1.714.774

COMPONENTE 3: $ 1.954.815

MONTO TOTAL: $ 7.620.594

TERCER TRAMO: (entre el día 181 y el 268)

COMPONENTE 1: $ 6.091.151

COMPONENTE 3: $ 1.953.047

TOTAL: $ 8.044.198

CUARTO TRAMO: (entre el día 269 y el 539)

COMPONENTE 1: $ 1.332.496

COMPONENTE 3: $ 3.157.917

TOTAL: $ 4.490.413

Con fecha 22 de agosto de 2001, Néstor Abel

PEREZ BALIÑO (Subsecretario de Atención Primaria de la Salud) y

Gernónimo VENÉGAS rubricaron un ADDENDUM al Convenio de Ejecución

y Préstamo Subsidiario por medio del cual se modificó el Apéndice

1 del Anexo III del Documento de Condiciones de Ejecución,

introduciéndose nuevas acciones y actividades al CUARTO TRAMO:

COMPONENTE 2: “Sobre el total de agentes que figuran en

la Planilla de Planta de Personal (Que forma parte del Documento

258

Page 259: Denuncia OBRAS SOCIALES

Original como anexo II), la OSPRERA procederá a realizar el

proceso de desafectación de personal por el monto indemnizatorio

de hasta $ 170.963,20”.

COMPONENTE 3: “La O.S.P.R.E.R.A. completará la línea de

acción y actividades de Fortalecimiento Institucional descripta a

continuación: Sistema de Comunicaciones, para identificación de

beneficiarios, por un monto de $ 241.336,80. Este sistema de

comunicaciones reemplazará las líneas de acción “emisión y

embolzado de credenciales” previstas en los tramos III ($

180.460) y IV ($ 231.840)”.

15.b.- Los desembolsos. Los pasivos

prestacionales.

De acuerdo al informe pericial llevado a cabo

la Obra Social registraba al 31/12/96 las siguientes deudas

a) por prestadores $ 17.591.781,16

b) por prestadores capitados $ 6.902.931,65

Por otro lado registra las cancelaciones a

los siguientes prestadores A.P.H.E. Y TRC, ACLISA C.B.A., ACLISA

CHACO, C.M.D. FUNES, C.O.R.A. –la que facturó a la Obra social en

entre el año 1998 a 2000 un 44 %-, CENEBA. CIRCULO MEDICO DE

PARANA, CIRCULO MEDICO DE BALCARCE, COZUMEL, FEMEBA, HOSPITAL

ITALIANO, INSTITUTO PRIVADO DE NEFROLOGIA, INSTITUTO MEDICO

CONSTITUYENTES –la que facturó a la obra social en el año 1997 un

42 %, MAFS, MEDINEA, ORTOPEDIA ESPAÑOLA, PANASIS, PRESTACIONES

INTEGRALES, NAVISUR S.A., S.DELTA – P. UNION, SALUD CHACO Y

ACLISA –la que entre el año 97/98 facturó a la obra social un 56

259

Page 260: Denuncia OBRAS SOCIALES

%-, ASOCIACIÓN PRESTACION DE HEMODIALISIS, SER-SAL, VAMED,

PRESTACIONES INTEGRALES S.A. –la que entre el año 1999 y 2000

facturó a esta obra social un 63 %-.

Ahora las cancelaciones que corresponden a

este componente se agregan en las separatas numeradas Cancelación

5-8-10-12-13-15-16-23-27-28-32-34-37-65-70-71-72-76-79-81-83-97.

Ahora bien, conforme se desprende de la

documentación acollarada, la existencia de pagos por deudas

posteriores a la firma del Convenio, que por lo tanto no podían

corresponder con los pasivos pre.existentes.

Por otra parte adviértase que entre las

firmas aparecen claramente gerenciadoras de salud y círculos

sanatoriales, como así también algunas firmas que han sido

analizadas en apartados anteriores. Me remito al respecto a lo

que claramente surge del anexo I de la pericia llevada a cabo.

–alrededor de 206 facturas libradas con posterioridad a la firma

del Convenio-. Agréguese al respecto que en casi todos los casos

no obran las facturas respectivas a las prestaciones que aparecen

cobradas por los millonarios montos involucrados.

15.c.- El “Fortalecimiento institucional”

En lo que respecta al COMPONENTE 3, se

efectuaron pagos a las siguientes firmas: TEKNHE S.A., A.V. &

ASOCIADOS, MEDICAL WORK S.A., CIPE GRUPO CONSULTOR S.A. la que

inició sus actividades el 01 de agosto de 1997 con fecha

posterior a la firma del contrato de préstamo, RENDAR S.A. –con

fecha de inicio el 19 de noviembre de 1997-, PRONAMAR S.R.L. –con

fecha de inicio de actividad el 01 de diciembre de 2000-,

260

Page 261: Denuncia OBRAS SOCIALES

CONVERGENCIA TELECOMUNICACIONES S.A. –con fecha de inicio de

actividades el 01 de febrero de 2000-.

La documentación respectiva revela los

siguientes hallazgos:

Cancelación 14. Se emite la orden de pago 312 de fecha 29/01/98 a

favor de la empresa TEKHNE S.A por un total de $ 428.255,32. Los

firmantes de las autorizaciones son Raúl Eduardo SOUTO y Rodolfo

Héctor MONTONATTI y se factura en relación a la primeras tres

cuotas de la primera etapa de un contrato suscripto el 27/11/97.

Ahora bien, el 17/11/92: Miguel Cesar Augusto

PAPAIANNI, con domicilio en la calle Olleros 2311, primer piso,

depto. “d” de esta ciudad, Rodolfo Héctor MONTANATI, con

domicilio en la calle José Andrés Pacheco de Melo nro. 1866,

séptimo piso de esta ciudad, y Raúl Eduardo SOUTO con domicilio

en la calle Soldado de la Independencia nro. 1343, cuarto piso de

esta ciudad constituyen la sociedad denominada “TEKHNE S.A.”98

Su objeto era la explotación de todo lo

relacionado con los servicios de computación y comunicaciones

existentes o que en el futuro tengan desarrollo, tales como

análisis, programación, procesamiento de datos con equipos

propios de terceros, desarrollo de sistema integrales de

informática para su comercialización o por cuenta de terceros;

prestación de servicios administrativos en general y su domicilio

social era el de la Avenida Córdoba nro. 1345, 5to. piso, oficina

”b” de esta ciudad que resulta el mismo domicilio que el de la

98 Autorizada para el tramite ante la IGJ: Nancy Estela Crestelo*fecha de reg. en la IGJ: 27/11/92

261

Page 262: Denuncia OBRAS SOCIALES

firma GESCO S.A., ya mencionada al analizar la documentación que

correspondió a la Obra Social OSUTHGRA.

Según acta del 9/6/99 el día 8/5/98 se

resolvió aceptar la renuncia de Jorge J. GAGGERO al cargo de

director titular y designar a Roberto Manuel VAZQUEZ para ocupar

ese cargo y llamativamente se amplia el objetó social a la

realización de tareas de consultaría en distintos campos como

ser reorganización de empresas de salud, reingerencia de

empresas, fortalecimiento institucional.

Cancelación 18. Orden de pago 350 de fecha 26/2/98 a favor de A.V

& ASOCIADOS, quien a través de Silvia Adriana SANGUINETTI percibe

la totalidad de $ 200.000 -6 facturas por distintos items del

componente 3-Fortalecimiento Institucional correlativas-

Excede cualquier comentario al respecto

habida cuenta lo elocuente de la facturación de esta firma

durante todo el desarrollo del Programa de Reconversión de Obras

Sociales.

Cancelación 25. Orden de pago 403 de fecha 23/4/98 a favor de la

empresa MEDICAL WORK S.A, la cual percibe $ 242.000 en concepto

de primera cuota de contrato de servicio de consultoría-

capacitación de atención de salud, facturas 602-604. La

autorización ante el Banco fue firmada por el presidente Carlos

Enrique PONCE.

262

Page 263: Denuncia OBRAS SOCIALES

Nótese que de acuerdo a la documentación

acollarada en la investigación la firma registraba su domicilio

en la Avenida Córdoba 1344 de esta ciudad99.

Cancelación 26. Orden de pago 414 de fecha 30/4/98 por un total

de $180.467 a favor de las siguientes empresas relacionados con

el componente 3:

CIPE GRUPO CONSULTOR: con domicilio en la calle Reconquista 737

piso 4to. “G” y según la facturación en la calle Reconquista 630,

siendo sus responsables Jorge Rubén PIROTA y Adriana Beatriz

VICO. La firma en cuestión tuvo inicio de actividades el 01 de

julio de 1997.

A.V. & ASOCIADOS

RENDAR S.A: con domicilio en la calle Julián Alvarez 2282, piso 9

depto. “27”, y su presidente era Jorge WASHINGTON GONZALEZ. La

firma en cuestión comenzó a funcionar el 19/11/97.

Su constitución se remonta a un acta del

6/11/97 por la que: Jorge WASHINGTON GONZALEZ con domicilio en la

calle Julian Alvarez 2274 y Cristina Romana LOPEZ FONTES con

domicilio en la calle Jean Jaures 643 ambos de esta ciudad. Su

objeto era la compra y venta intermediación, distribución y

comercialización de medicamentos, productos químicos y químico

industriales, médico quirúrgicos, farmacéuticos, de cosmética y

perfumería. Importación y Exportación, fraccionamiento,

industrialización y envase de medicamentos productos químicos,

para prestar y locar servicios médicos, santoriales, bioquímicos,

99 Reparese en el domicilio de TEKHNE y de GESCO.

263

Page 264: Denuncia OBRAS SOCIALES

odontológicos u oftalmológicos. Asesoramiento, consultoría,

auditoría e investigación. Operaciones inmobiliarias financieras

y de inversión con exclusión de las comprendidas en la ley de

entidades financieras y todo otra que requiera el concurso

público.-Autorizados para la inscripción: Ignacio Beni

MLYNKIEWICZ y Alberto Ricardo AMADO.

Acta Notarial de fecha 4/05/01 rubricada en

el partido de San Martín Pcia. de Bs.As.: comparece Viviana Noemí

GAMARRA constituyéndose un Nuevo directorio: -que data del 20 de

marzo del 2000- Viviana Noemí GAMARRA como director titular y

como director suplente Jorge Claudio AGÜERO, oportunidad en la

cual el domicilio social cambia al de la calle Maipú 696 2do.

piso “b” de esta ciudad.

Recuérdese que Alberto Ricardo AMADO era

junto a Osvaldo Alfredo ARGUELLO representantes de SELDOM S.A.

constituida el 19/12/94 por Aníbal Alberto UTURBEY y Evangelina

BLANCO.

Cancelación 29. Orden de pago 430 de fecha 28/05/98 a favor de

la empresa TEKHNE S.A por un total de $ 309.057. Los firmantes

son Raúl Eduardo SOUTO y Rodolfo Hector MONTONATTI en concepto de

distintos contratos y equipamientos de impresoras.

Cancelación 30. Se emite la orden de pago 438 de fecha 4/6/98, a

favor de TEKHNE S.A por $ 3769,15 en concepto de instalaciones y

cableado.

264

Page 265: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 31. Se emite la orden de pago 444 de fecha 11/6/98 a

favor de las empresas CIPE GRUPO CONSULTOR S.A y RENDAR S.A por

$191.777. En la primera de ella la autorización es de Jorge

PIROTA y de Adriana VICO, y en la segunda firma Jorge WASHINGTON

GONZALEZ.

Cancelación 35. Se emite la orden de pago 470 de fecha 2/7/98, a

las empresas TEKHNE S.A -$ 314.759,01- y AV & ASOCIADOS. La

autorización la firma Raúl Eduardo SOUTO y Rodolfo Hector

MONTONATTI y por A.V & ASOCIADOS -$ 100.000-, Silvia Adriana

SANGUINETTI.

Cancelación 36. Se emite la orden de pago 478 de fecha 10/7/98 a

las empresas CIPE GRUPO CONSULTOR S.A por $38.888, en concepto de

la cuarta cuota del contrato suscripto del 30 de enero de 1998.

Asimismo MEDICAL WORK ha cobrado $42.900 en concepto del contrato

de servicio de consultoría. La autorización la firma Carlos

Enrique PONCE.

Cancelación 38. Se emite la orden de pago 506 de fecha 30/7/98 a

favor de A.V & ASOCIADOS por un total de $50.000. Se respaldan

con facturas correspondientes a cuotas de coordinación general.

265

Page 266: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 40. La orden de pago 514 de fecha 6/8/98 por un total

de $314.759 a la empresa TEKHNE S.A en concepto de Raúl Eduardo

SOUTO y Rodolfo Hector MONTONATTI.

Cancelación 42. Orden de pago 545 de fecha 3/9/98 a favor de la

empresa MEDICAL WORK S.A. La autorización la firma Carlos Enrique

PONCE por la suma de $14.300.

Cancelación 43. Se expide la orden de pago 552 de fecha 10/9/98,

por una suma total de $273.861, a favor de A.V & ASOCIADOS S.A

por la suma de $50.000.

Asimismo se registran órdenes de pago a la empresa PRONAMAR S.R.L

por la suma de $223.861 por equipamiento de computadoras.

La firma en cuestión registra su domicilio en

la calle av. General Iriarte 2868 de esta ciudad según la

documentación presentada ante el Banco Nación y en la calle Santo

Domingo 2417 según su facturación, siendo sus responsables

Marcelo Antonio TOROK Y María Alejandra POLITO.

Ahora bien, dicha firma según la facturación

en cuestión habría comenzado a funcionar el 01 de diciembre de

1997.

En sus antecedentes surge que por acta

Notarial de fecha 1/11/78 constituyen la sociedad Alejandro José

ALVAREZ, Omar Mario BAQUELA, Raquel SANTOS, Alicia Beatriz

LERTORA, constituyéndose como domicilio en la calle Anchorena

266

Page 267: Denuncia OBRAS SOCIALES

1463 3ro. “8” Capital, correspondiente al domicilio real de

SANTOS.a

Adviértase que su objeto era el Asesoramiento

general, técnico y comercial a terceras personas jurídicas

oficiales y/o privadas sobre todo lo concerniente a la actividad

marítima naviera y sus conexas afines. Administración y dirección

técnica y comercial por si o por terceros de empresas,

organismos, instituciones oficiales y privadas en materia de

dicha actividad. En el país y en el extranjero. Asimismo podrá

efectuar la compra, venta, importación y/o exportación de toda

clase de bienes que se relacionen con la actividad marítima

naviera y afines; lo que no se compadece con el objeto de la

facturación que alude específicamente al equipamiento de

computadoras100.

Cancelación 44. Orden de pago 561 de fecha 3¡17/9/98 a favor de

la empresa MEDICAL WORK S.A. La autorización la firma Carlos

Enrique PONCE por la suma de $14.300.

100 *Sindico titular: Jorge Alberto Longo.

*Sindico suplente: Eduardo Castro. *Autorizados para la inscripción: Edgardo Lourenz Garrios y Jorge Alberto Longo

-Reg. del estatuto en la IGJ con fecha:9/4/79 *Actuación Notarial de fecha 18/9/79 se expresa que en la Asamblea extraordinaria unánime celebrada el 10/9/79 se resolvió aumentar el capital social. -Se reformó el estatuto en virtud de excederse el quíntuplo del capital social *Reg. de la IGJ de fecha: 5/11/79 -Actuación Notarial de fecha 17/04/84 de la cual se desprende que la sociedad por asamblea extraordinaria unánime de fecha 16/04/84 resolvió modificar el estatuto. Cambio de directorio: renuncia el Presidente-Ángel Mario Osso y Edgardo Laurenz Barrios. Se designa a Omar Mario Baquela como presidente, y Jorge Alberto Longo como vicepresidente y a los señores Edgardo Laurenz Barrios y Gladis Mabel Alvarez como directores suplente. *Acta Notarial de fecha: 26/11/1984 rectifican la modificación anterior del estatuto Reg. en la IGJ de fecha 29/04/85. Acta Notarial de fecha 1/04/87 se expresa que la Asamblea General Extraordinaria Unánime nro. 14 celebrada el 26/3/87 resolvió aumentar el capital social. Reg. en la IGJ de fecha 3/8/88

267

Page 268: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 45. Se emite la orden de pago 571 de fecha 24/09/98 a

favor de la empresa TEKHNE S.A por un total de $ 314.758. Se

factura en relación a la primeras tres cuotas de la segunda etapa

de contrato suscripto el 27/11/97 de un supuesto contrato.

Además, A.V y Asociados cobra por esta orden de pago $50.000 en

concepto de dos trabajos distintos.

Cancelación 46. Se libra orden de pago 600 de fecha 29/10/98 a la

empresa MEDICAL WORK por $ 14.300 en concepto de 6ta cuota de

contrato de servicios de consultoría.

Cancelación 47. Mediante orden de pago 603 de fecha 5/11/98 a

favor de RENDAR S.A por la suma de $24.500. La autorización la

firma Jorge WASHINGTON GONZALEZ y la factura menciona el 1er

tramo de programa de capacitación de recursos humanos.

Cancelación 48. Se libra orden de pago 611 de fecha 19/11/98 a la

empresa MEDICAL WORK por $14.300 en concepto de 6ta cuota de

contrato de servicios de consultoría.

Cancelación 64. Se libra orden de pago 794 de fecha 17/6/99 a

favor de TEKHNE S.A y A.V. & ASOCIADOS S.A. por un total de

$399.475. La primera empresa factura $299.475 se libra en

concepto de 1ra cuota de la tercera etapa del contrato suscripto

27-11-97. La segunda factura en orden a las tareas de

coordinación general y elaboración de modelos

268

Page 269: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 66. Orden de pago 809 de fecha 1/7/99 a favor de CIPE

GRUPO CONSULTOR por un total de $77.778 en concepto de segunda

cuota del tercer tramo de proyecto de marketing.

Cancelación 68. Orden de pago 817 de fecha 15/7/99 a favor de la

empresa CIPE GRUPO CONSULTOR por $38.888. Se invoca el contrato

de consultoría celebrado el 30 de enero de 1998.

Cancelación 69. Orden de pago 827 de fecha 22/7/99 a favor de la

empresa A.V. & ASOCIADOS S.A. por un total de $50.000 por

coordinación general y elaboración de modelos.

Cancelación 73. Orden de pago 861 de fecha 26/8/99 a favor de las

empresas TEKHNE S.A y A.V. y ASOCIADOS S.A por un total de

$349.475.

Cancelación 74. Orden de pago 873 de fecha 9/9/99 a las empresas

MEDICAL WORK –por plan de servicios de consultoría- y RENDAR –

por organización y método, por un total de $185.900

Cancelación 76. Orden de pago 888 de fecha 23/9/99 a A.V y

ASOCIADOS por un total de $50.000. Las autorizaciones las firma

Silvia Adriana Sanguinetti.

269

Page 270: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 77. Orden de pago 899 de fecha 21/10/99 por un total

de $250.475 a favor de TEKNHE S.A en concepto de 2da cuota de

tercer etapa de contrato de fecha 27-11-97

Cancelación 78. Orden de pago 912 de fecha 28/10/99 a favor de

PRONAMAR S.R.L por un total de $ 349.410,45 -las autorizaciones

la firman los socios gerentes Marcelo Antonio TOROK y María

Alejandra POLITO. Se factura por provisión y servicios.

Cancelación 80. Orden de pago 914 de fecha 28/10/99 a favor de

PRONAMAR S.R.L por un total de $62.581,27 -las autorizaciones la

firman los socios gerentes Marcelo Antonio TOROKy María Alejandra

POLITO. Se factura –obsérvese su correlativdad- por provisión y

servicios.

Cancelación 82. Orden de pago 959 de fecha 29/12/99 a las

empresas TEKHNE S.A, A.V. y ASOCIADOS -la autorización la firma

Alberto VALENZUELA-, MEDICAL WORK -la autorización la firma

Carlos Enrique PONCE-. El total del pago fue por un total

$404.964.63.

Cancelación 84. Orden de pago 982 de fecha 3/2/00 a favor de la

empresa A.V. & ASOCIADOS S.A por un total de $83.200.

270

Page 271: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 85. Orden de pago 990 de fecha 17/2/00 a favor de la

empresa TEKHNE S.A por un total de $ 307.464,63 en concepto de la

cuarta etapa del contrato suscripto el 27-11-97

Cancelación 86. Orden de pago 993 de fecha 24-2-2000 a favor de

la empresa RENDAR S.A por un total de $95.330 -por organización

y método-

Cancelación 87. Orden de pago de fecha 2/3/00 a favor de A.V

& ASOCIADOS, y CIPE GRUPO CONSULTOR S.A por un total de $ 338.200

-por A.V y Asociados firma Alberto Valenzuela- y por CIPE firman

Jorge Rubén PIROTA y Adriana Beatriz VICO-

Cancelación 88. La orden de pago 999 de fecha 9/3/00, a nombre de

PRONAMAR S.R.L por un total de $62.581,27 en concepto de

provisión y servicios.

Cancelación 89. La orden de pago 1012 de fecha 6/4/00 a favor de

A.V. y ASOCIADOS y TEKHNE S.A. por un total de $238.685

Cancelación 90. La orden de pago 1021 de fecha 11/5/00 a favor de

A.V. y ASOCIADOS por un total de 83.200 en concepto de

elaboración de modelos y tercerización. Las autorizaciones las

firma Alberto Valenzuela en carácter de presidente de dicha

institución.

271

Page 272: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 91. La orden de pago 1038 de fecha 29/6/00 a favor de

A.V. & ASOCIADOS por un total de 83.200 en concepto de

elaboración de modelos y tercerización. Las autorizaciones las

firma Alberto VALENZUELA en carácter de presidente de dicha

institución.

Cancelación 92. La orden de pago 1049 de fecha 27/7/00 a favor de

RENDAR S.A en concepto de cuota por el convenio de organización y

métodos. La que firma la autorización es Viviana Noemí GAMARRA.

Cancelación 93. La orden de pago 1052 de fecha 1052 de fecha

24/8/00 la firma A.V. & ASOCIADOS S.A por $83.200 en concepto de

modelos y tercerización

Cancelación 94. La orden de pago 1059 de fecha 21/9/00, a nombre

de PRONAMAR S.R.L por un total de $ 455.884,50 -la autorización

la firma TOROK-, en concepto de provisión y servicios.

Cancelación 95. La orden de pago 1075 de fecha 19/10/00 la firma

A.V. & ASOCIADOS S.A. por $41.600 en concepto de modelos y

tercerización.

272

Page 273: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 100. La orden de pago 1087 de fecha 1052 de fecha

22/11/00 la firma A.V. & ASOCIADOS S.A por $41.600 en concepto

de modelos y tercerización.

Cancelación 101. La orden de pago 1088 de fecha 30/11/00 a favor

de RENDAR S.A por un total de $95.330 . La autorización la firma

Viviana Noemí GAMARRA

Cancelación 103. La orden de pago 1094 de fecha 14/12/00 es a

favor de A.V y ASOCIADOS y PRONAMAR S.R.L por la suma de $78.170

Orden de pago 1120 de fecha 10/5/2001 a favor de TEKHNE S.A

($77.742, 50) A.V.& ASOCIADOS -$21.100 y CONVERGENCIA

TELECOMUNICACIONES S.A -$19.953,02-.

La última firma mencionada registra domicilio

en la calle Maipú 566 piso 3”F” de esta ciudad, y su inicio de

actividades se remonta al 01 de febrero de 2000. Su responsable

inscripto en el Banco Nación como presidente era Sebastián

Salvador PERDICARO.

-Orden de pago 1118 de fecha 19/4/01 a favor de CONVERGENCIA

TELECOMUNICACIONES -$26.668,40-

-Orden de pago 1116 de fecha 5/4/01 a favor de A.V & ASOCIADOS

S.A

-Orden de pago 1114 d fecha 29/3/01 a RENDAR S.A por un total de

$35.000

273

Page 274: Denuncia OBRAS SOCIALES

-Orden de pago 1094 de fecha 14/12/2000 a favor de A.V. &

ASOCIADOS y PRONOMAR S.R.L por un total de $78.170

-Orden de pago 1088 de fecha 30/11/00 a favor de RENDAR S.A. por

$95.330

-Ordenes de pago a favor de A.V. & ASOCIADOS, RENDAR, TEKHNE,

PRONOMAR S.R.L, CIPE Grupo Consultor.

Cancelación 104. RENDAR S.A cobra $88.810

A.V y ASOCIADOS cobra $21,000, $37.600

CIPE GRUPO CONSULTOR S.A por $95.000

Orden de pago 1124 de fecha 7/6/01 por $6715,38 -la autorización

la firma Sebastian Salvador PEDRICARO- CONVERGENCIA

TELECOMUNICACIONES S.A.

Orden de pago 1126 de fecha 14/6/01 a favor de A.V. y ASOCIADOS

por un total de $37.600.

Orden de pago 1132 de fecha 2/8/01 por un total de $241.830 a

favor de la empresas A.V. & ASOCIADOS, CIPE GRUPO CONSULTOR S.A.,

Rendar S.A

Orden de pago 1150 a favor de A.V. y ASOCIADOS S.A por $600.

Orden de pago 1184 a favor de MEDICAL WORK y TEKHNE enmendada.

Orden de pago 1188 y 1189 sin firmas

Cancelación 106. Orden de pago 1114 de fecha 29/3/01 por $35.000

a favor de RENDAR S.A.

274

Page 275: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 108. Se libra orden de pago 116 a favor de AV &

ASOCIADOS por un total de $94.000 de fecha 5/4/01. No se le paga

a CONVERGENCIA TELECOMUNICACIONES

Cancelación 110. Orden de pago 1120 a favor de TEKHNE S.A -

$77.742)-, A.V. & ASOCIADOS -$21.100- y Convergencia

Telecomunicaciones -$19.953-.

La prueba colectada permite comprobar el pago

sistemático a firmas constituidas luego del inicio del préstamo

autorizado a la Obra Social, no obrando los contratos en

cuestión, ni su aprobación en alguna instancia.

16.- OBRA SOCIAL DE LOS SUPERVISORES DE LA

INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA -OSSIMRA-

También en el Anexo XIV (carpeta señalada con

el nro. 10), encontramos la documentación presentada por la OBRA

SOCIAL DE LOS SUPERVSORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA

REPÚBLICA ARGENTINA a fin de suscribir el Convenio de Ejecución y

Préstamo Subsidiario.

En el Anexo II de dicho convenio luce

agregado el Estatuto de la entidad mencionada, del que surge que

se trata de una Obra Social con individualidad jurídica,

financiera y administrativa, inscripta en el Registro de Obras

Sociales bajo el nro. 1-1220, su domicilio se fijó en la calle

275

Page 276: Denuncia OBRAS SOCIALES

Azcuénaga 1234 de esta ciudad y el ámbito de actuación es todo

el territorio nacional.

El objeto era también la prestación de

servicios médico-asistenciales a sus beneficiarios, así como

también otros de carácter social, destinándose como mínimo el 80

% de sus recursos a prestaciones de salud. Los recursos con los

que contaba según el estatuto eran las contribuciones a cargo de

los empleadores y los aportes a cargo de los trabajadores que

prestaran servicios en relación de dependencia, además de otros

recursos de distinta naturaleza.

Asimismo se determinó que la Obra Social

sería conducida y administrada por un Consejo Directivo integrado

por cinco miembros titulares: Presidente, Vicepresidente,

Tesorero, Secretario de Acción Social y Secretario de Actas; y

tres suplentes.

De acuerdo al Acta de Directorio nro. 33, de

fecha 22 de abril de 1997, sus autoridades eran las siguientes:

Presidente: Luis Alberto GARCIA ORTIZ; Vicepresidente: Ricardo

Angel LAMANNA; Tesorero: Luis BRITO DEL PINO; Secretario de

Acción Social: Roberto Martín NAVARRO; Secretario de Actas:

Carlos Alberto POLLICE.

15.a.- El convenio con la obra social

En el acta que fijó las autoridades de la

Obra Social del 22/4/97 el Consejo Directivo trató la inclusión

de la Obra en el Plan de Reconversión de Obras Sociales, y se

dejó sentado que “conforme el trabajo realizado en todas las

áreas de la OSSIMRA, se logró calificar para dicho plan, una vez

276

Page 277: Denuncia OBRAS SOCIALES

cumplidas con todas las pautas establecidas por la consultora

Contecsa S.A...”.

El 6 de mayo de 1997, GUILLERMO BONAMASSA,

Secretario de Política y Regulación de Salud y LUIS ALBERTO

GARCIA ORTIZ, en su carácter de Presidente de la obra social,

suscribieron el Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de

Reconversión de Obras Sociales, en los términos del convenio

modelo, por la suma de U$S 4.706.319,71, de los cuales:

– U$S 4.569.242,44 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 177.077,27 correspondiente al 3% para ser aplicado

al fondo de Reserva Técnica.

También en el título IV “Del Prestamo”,

cláusula SEPTIMA se dejó establecida la composición de los montos

a ser transferidos:

14)hasta la cantidad de $ 2.937.634,44 para el componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

15)hasta la cantidad de $ 1.362.000 para el componente 2

RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

16)Hasta la cantidad de $ 269.608 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

En el anexo III del Convenio (“CONDICIONES DE

EJECUCION”) se establecieron también las actividades a ser

desarrolladas por la Obra Social, detallándose las sumas

distribuídas en los distintos tramos:

277

Page 278: Denuncia OBRAS SOCIALES

PRIMER TRAMO (entre el 1/5/97 y el 30/6/97):

COMPONENTE 1: $ 1.871.114,92

COMPONENTE 2: $ 350.000

COMPONENTE 3: $ 77.270

MONTO TOTAL $ 2.298.384,92

SEGUNDO TRAMO: (entre el 1/7/97 y el 31/8/97):

COMPONENTE 1: $ 1.066.519,52

COMPONENTE 2: $ 1.012.000

COMPONENTE 3: $ 42.936

MONTO TOTAL: $ 2.121.455,52

TERCER TRAMO: (entre el 1/9/97 y el 30/03/98)

COMPONENTE 1: $ 0

COMPONENTE 2: $ 0

COMPONENTE 3: $ 149.402

TOTAL: $ 149.402

15.b.- Los pasivos prestacionales. La

existencia de una sola empresa que prácticamente percibió todo el

crédito dispuesto para la cancelación de pasivos preexistentes

En primer lugar, recuérdese que la totalidad

de los fondos previstos para este componente, ascendía a la suma

total $ 2.397.634,44. Ahora bien, casi la totalidad de ese monto

-$ 2.233.610- resultó de cancelaciones a la empresa UNIMED S.A.

Más allá de la genérica expresión:

“prestaciones médico-asistenciales”, no existe forma de

determinar en base a que conceptos se produjeron esas deudas, ya

278

Page 279: Denuncia OBRAS SOCIALES

que si bien existen certificaciones contables realizadas por un

contador independiente, lo cierto es que de todas las facturas

declaradas sólo se cuenta con la nro. 197, por un total de $

117.500, en la que se detalla “Cápita mes de marzo de 1997

Capital Federal” -esa es la única factura respaldatoria de la

orden de pago nro. 153 por un total de $ 1.068.010,68-.

Por otra parte, adviértase además que de

tales certificaciones surge la existencia de varias facturas

correlativas y hasta expedidas en la misma fecha.

De esta manera el 3/6/96 se libraron las

facturas nros. 76, 77, 78 y 79; el 8/8/96 las nros. 88, 89, 90 y

91; el 18/9/96 las nros. 93, 94, 95 y 96; el 10/10/96 las nros.

101, 102 y 103; y el 15/1/97 las nros. 135, 136 y 137.

Conforme surge de las declaraciones juradas

brindadas para la autorización de acreditación de pagos en

deudas, agregadas a cada cancelación -ver biblioratos de esta

obra social, obrantes en el ANEXO VI-, la empresa en cuestión,

posee domicilio en Azcuénaga 1049, piso 1° “A” de esta ciudad, y

las autoridades que firmaban eran: Flora Dora GISER de VAYSMAN y

Mónica Patricia FERNANDEZ.

16.b.2.- CONTECSA S.C.A.

Como se dijo más arriba, el crédito asignado

para el COMPONENTE 3 fue de $ 269.608, de los cuales la empresa

CONTECSA S.C.A., con domicilio en la calle Sarmiento 212 entre

piso de esta ciudad, percibió $ 202.854,96.

De las facturas respaldatorias obrantes al

respecto, y de las autorizaciones de acreditación de pagos, surge

279

Page 280: Denuncia OBRAS SOCIALES

que el Presidente de la empresa era Alberto F. MONET, el

Vicepresidente 1°: Ezequiel A. D. HOLMBERG y el Vicepresidente

2°: Gustavo L. CRISCUOLO; pero de la información solicitada a la

Inspección General de Justicia (Anexo V), surge que CONTECSA

S.A.C. no se encontraba registrada en el sistema.

Ahora bien, amén de tal situación surge de

autos las previas negociaciones que existían entre tal firma y la

Obra Social, lo que como se deja ver a lo largo de esta

presentación, de forma alguna podía resultar ajeno a los

funcionarios del PROS.

Repárese en lo que surge del Acta de Directorio

nro. 33, fechada el 22 de abril de 1997 –que como ya se resaltó

es de fecha anterior a la firma del Convenio de Préstamo- en

tanto para esa fecha la Obra social ya tenía vinculación con esta

empresa: “conforme el trabajo realizado en todas las áreas de la

OSSIMRA, se logró calificar para dicho plan, una vez cumplidas

con todas las pautas establecidas por la consultora Contecsa

S.A…”, lo que a las claras permite inferir el interés de los

funcionarios del PROS que, sin desconocer tales circunstancias

ordenaron el pago a dicha firma de esas sumas de dinero.

17.-OBRA SOCIAL DE PETROLEROS –O.S.PE.-

De la documentación presentada al PROS para

rubicar el convenio (carpeta señalada con el nro. 27 del Anexo

XIV), surge el estatuto de esta Obra Social, en el cual consta

que se trataba de una Obra Social con individualidad jurídica,

financiera y administrativa, con domicilio en la Avenida

Rivadavia 861/69 de esta ciudad, y con ámbito de actuación en

280

Page 281: Denuncia OBRAS SOCIALES

todo el territorio de la Nación, cuyo objeto era, al igual que el

resto de las obras sociales, la prestación de servicios médico-

asistenciales (para lo cual se destinaba el 80 % de sus recursos)

y otros de carácter social.

En el estatuto también se determinó que el

Directorio estaría compuesto por cinco miembros titulares –

Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario de Acción Social

y Secretario de Actas- y cinco suplentes.

La Obra Social en cuestión se encontraba

inscripta ante el Registro Nacional de Obras Sociales bajo el n°

1-1530 desde el 12 de septiembre de 1974 y de acuerdo a las

resoluciones 007 (del 23/1/95) y 006 (del 5 /3/98), las

autoridades eran: Presidente: Antonio CASSIA, Vicepresidente:

Juan Carlos CRESPI, Tesorero: Angel BONACCI, Secretario de Actas:

Rodolfo Nicolás ISAK, y Secretario de Acción Social: Alejandro

BETANCUR.

Entre la documentación que se comenta, se

agregó asimismo un acta firmada por el Consejo Directivo de la

Obra Social; fechada el 10/8/97, en la que se trató la

preclasificación de la misma para el PROS, dejándose constancia

en la misma que “… nuestra Obra Social Petroleros resultó

preclasificada satisfactoriamente por el Banco Mundial lo que la

faculta para acceder a líneas de crédito que revisten

características especiales de promoción… la consultora designada

por dicha Institución ha producido un amplio y detallado informe

sobre las posibilidades de acción y un proyecto de gestión y

ordenamiento integral que resultaría procedente desarrollar para

llevarla a lo que es el objetivo prioritario…”. Por último se

281

Page 282: Denuncia OBRAS SOCIALES

autoriza al Presidente de la entidad a concretar la operatoria

crediticia.

17.a.- Del convenio con la OBRA SOCIAL DE

PETROLEROS

El 30 de marzo de 1998, Guillermo BONAMASSA,

Secretario de Política y Regulación de Salud y Antonio CASSIA, en

su carácter de Presidente de la obra social, suscribieron el

Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de Reconversión de

Obras Sociales, en los términos del convenio modelo, por la suma

de U$S 1.271.432, de los cuales:

– U$S 1.234.400 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 37.032 correspondiente al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica.

En este caso, en el título IV “Del Prestamo”,

cláusula SEPTIMA se dejó establecido que la totalidad del crédito

se aplicaría al COMPONENTE 3 (FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL).

En el anexo III del Convenio (“CONDICIONES DE

EJECUCION”) se establecieron también las actividades a ser

desarrolladas por la Obra Social en cuestión, detallándose para

ello las sumas distribuidas en los distintos tramos, a saber:

PRIMER TRAMO: (entre el día 1 y el 90): $ 323.000

SEGUNDO TRAMO: (entre el día 91 y el 180): $ 485.400

TERCER TRAMO: (entre el día 181 y el 260): $ 426.000

282

Page 283: Denuncia OBRAS SOCIALES

17. El FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

Aparecen contratadas para este componente 15

proveedores, muchos de los cuales corresponden a personas

físicas: ALICIA MARIA GARCIA BATES, EFRAIN NOVICK, NESTOR

PERRONE, GUILLERMO OGGIER, HECTOR CAVACCHIA, MARCELA QUIROGA,

OLGA FRASCHINA, EDUARDO SANCHEZ, RAMONA CRESPO, DIFERENCIA,

EFRAIN NOVICK, NOVEL CONSULTORES S.A., AUDICOM, ALVISOFT S.A.,

INFOMEDICAL S.A., PUBLIAMERICA COMUNICACIONES INTEGRALES S.A.,

cuyos particulares detalles surgen claramente del anexo II de la

pericia llevada a cabo, resultando la firma NOVEL la que obtuvo

mayores pagos con motivo de la elección llevada a cabo por la

Obra Social para la realización de este COMPONENTE, toda vez que

del total de $ 1.234.400, fueron asignados $ 636.300, a la firma

en cuestión.

Por otro lado, repárese que tal como lo señala

la pericia llevada a cabo a su respecto no sólo la facturación

presentada al cobro y cobrada por el proveedor LIC. GUILLERMO R.

OGGIER resultó correlativa –ver anexo V de tal peritación-, sino

que de acuerdo a la documentación a la que el perito oficial tuvo

acceso, la fecha de inicio de actividades de tal “FIRMA” data del

06/4/98 en tanto la primera facturación a la Obra Social fue

justamente un mes después, esto es el 06/05/98, desconociéndose

la existencia de facturación posterior al 11/5/99, fecha en la

cual cesó la “relación comercial” entre tal prestador y la Obra

Social; resultado así también –entre otras irregularidades- que

el mencionado OGGIER y MARCELA QUIROGA aparecen facturando como

proveedores independiente mientras forman parte de la firma

NOVEL.

283

Page 284: Denuncia OBRAS SOCIALES

17.c.- La firma NOVEL CONSULTORES S.A.

En las carpetas de cancelaciones (Anexo VI),

pueden observase las dos órdenes de pago emitidas por el PROS y

rubricadas por HONDARRÉ y VIDART, nros. 653 del 14/1/99 por un

total de $ 246.300 y 783 del 3/6/99 por $ 390.000 que habilitaron

los pagos a dicha firma.

Las autorizaciones de acreditación de pagos

de deudas son rubricadas por el Presidente de la Sociedad

Anónima: Ricardo GALEGO SILVA.

Ahora bien, al estudiar la información

brindada por la Inspección General de Justicia (ANEXO V) respecto

de NOVEL S.A., surge que la misma se creó el 16 de octubre de

1998, mediante la Escritura nro. 353, pasada por ante el

Escribano Héctor FERRERO (Actuación Notarial nro. B

010407882/3/4).

Al momento de llevarse a cabo tal escritura y

según surge de la misma, comparecieron Ricardo Alberto GALEGO

SILVA -designado Presidente-, Guillermo Ricardo OGGIER -designado

Director titular- y Marcela Alejandra QUIROGA -a quien se la

designó Directora Suplente-.

El objeto de la sociedad naciente era: “1)

Elaboración de proyectos de inversión, management y

comercialización de servicios prestacionales vinculados al campo

de la salud. 2) Administración y control de gestión de entidades

de servicios de salud. 3) Planificación y desarrollo de redes

prestacionales de servicios de salud. 4) Organización,

constitución y gerenciamiento de instituciones senatoriales. 5)

284

Page 285: Denuncia OBRAS SOCIALES

Análisis, seguimiento operativo y evaluación de servicios médicos

asistenciales. 6) Planificación y desarrollo de programas de

marketing y comercialización de servicios prestacionales

vinculados al campo de la salud. 7) Planificación gestión, y

evaluación de proyectos y programas de salud. 8) Análisis,

asesoramiento y estudio de mercado en temas de salud. 9)

Organización, análisis y diseño de sistemas de información”.

Así, paralelamente se realizaron

cancelaciones realizadas a nombre de Marcela QUIROGA y Guillermo

OGGIER, quienes facturaron a la Obra Social un total de $ 49.000

y 45.000 respectivamente, mediante las ordenes de pago nros. 387

(8/4/98), 417 (7/5/98), 422 (21/5/98), 434 (28/5/98), 575

(24/9/98), 772 (20/5/99) y 891 (30/9/99), suscriptas por HONDARRE

y VIDART.

Resulta evidente por lo examinado que en

definitiva QUIROGA, OGGIER y GALEG SILVA, en connivencia con las

autoridades de la Obra Social de Petroleros, facturaban por dos

vías distintas por los mismos conceptos, habiendo creado

especialmente para ello la Sociedad Anónima con posterioridad a

la fecha de la firma del convenio y que los funcionaros del PROS

ordenaron el pago de tales sumas de dinero en tales condiciones..

Por otro lado llama la atención que el objeto

social de la firma en cuestión, se ajusta casi exactamente a las

actividades por las que una sociedad podía ser contratada por la

Obra Social para llevar adelante las actividades que debían

facturarse al PROS.

Por si esto no fuera suficiente, refuerza lo

expuesto el hecho de que sea el mismo notario, Héctor FERRERO, a

285

Page 286: Denuncia OBRAS SOCIALES

quien las personas que crearon la sociedad le requirieron sus

servicios; siendo que él mismo fue quien certificó la

originalidad de la documentación aportada por la Obra Social para

la firma del convenio de ejecución y préstamo subsidiario.

De la pericia llevada a cabo en consonancia

con la documentación que obra en autos acollarada, se desprende

la discrecional elección de las personas que aparecen cobrando

por este COMPONENTE, demostrativo del interés de los funcionarios

que ordenaron la cancelación de sus facturas en que tales

adjudicaciones beneficiaran a sus responsables.

Nótese al respecto que, además de lo expuesto

más arriba, los cursos de capacitación que aparecen cobrados por

los proveedores de la Obra Social en el marco del FORTALECIMIENTO

INSTITUCIONAL, fueron implementados por la empresa NOVEL

CONSULTORES S.A., en tanto la implementación de los sistemas

informáticos se habría realizado por la firma INFOMEDICAL S.A. –

con domicilio en la calle Maipú 726, piso 5to. siendo su

presidente Roberto Julio SCHTEINGCORT-, la que se habría dedicado

al diseño de los sistemas de entradas y salidas de la Obra

Social, de ALVISOFT S.A. SISTEMAS DE COMPUTACIÓN, y de

PUBLIAMERICA COMUNICACIONES INTEGRALES S.A., la cual habría

estado contratada para la implementación de un sistema de control

de ingresos a la Obra Social, mas en ningún caso se ha podido

establecerse a partir de la pericia realizada, la razonabilidad

de los precios pactados por cuanto “los sistemas que fueron

utilizados no son los que circulan en el mercado tradicional de

software, lo cual, al entender que fueron diseñados a pedido de

la Obra Social, los mismos son de muy difícil cuantificación

286

Page 287: Denuncia OBRAS SOCIALES

monetaria”; y que según la contadora de la entidad, Dra.

MURDOCCA, la inexistencia de procesos licitatorios obedeció a la

ausencia de previsión al respecto en el contrato con el PROS.

A todo evento repárese que la Obra Social “no

cumplió con la obligación tributaria de actuar como agente de

retención ante cada pago realizado a sus proveedores,

desconociéndose los motivos, ya que no fue exhibida exención de

dicha obligación por parte de la Obra Social” al momento de

practicarse la pericial de autos.

Amén de lo expuesto, llama la atención que la

firma PUBLIAMÉRICA COMUNICACIONES INTEGRALES se hubiera inscripto

el 18/09/1996 y disuelto el 25/07/2003.

En cuanto a la firma ALVISOFT, la misma se

constituyó el 19/10/87 por Alejandro Marcelo Francisco PICCO y

Carlos Alberto CONDE como S.R.L.,101 y tenía por objeto dedicarse

por cuenta propia y/o de terceros a la prestación de servicios de

computación, procesamientos y sistematización de datos mediante

el empleo de medios mecánicos y/o electrónicos, producción de

formularios continuos destinados a la alimentación de sistemas

contables y de computación, y su distribución, compra, venta,

101 La sede social se fija en la calle Basavilbaso 1378, piso 6to. depto. “K” de esta ciudad. La constitución se inscribió el 29/2/88 en la IGJ bajo el nro. 637 del libro 89. El día 07/10/91 se decide unánimemente transformar ALVISOFT S.R.L. en sociedad anónima ALVISOFT S.A., y Alicia Margarita Juana BOERO casada en primeras nupcias con Carlos Alberto CONDE, domiciliada en Planes 663, piso 3ro. de esta ciudad, y Silvia Hilda CALLONE de PICCO casada en primeras nupcias con Alejandro Marcelo Francisco PICCO, domiciliada en Mario Bravo 1183 piso 6to. de esta ciudad, prestan el asentamiento conyugal, habiéndose inscripto su testimonio en la IGJ el día 22/08/94.El día 25/10/96 en la calle Tte. Gral. Perón 1.885 de esta ciudad los miembros del directorio de ALVISOFT S.A. –CONDE Y PICCO- se reúnen con el objeto de trasladar la sede social a la calle Jujuy 1738 de esta Capital dejando sin efecto la anterior. Dicho cambio fue registrado en la IGJ el día 03/12/96. El día 11/12/2000 se decide unánimemente modificar el estatuto y cambiar de jurisdicción del domicilio social a Lomas de Zamora Pcia. de Buenos Aires y fija sede social en la calle Maipú 142/144, piso 5to., depto. “c” de la localidad de Banfield, Partido de Lomas de Zamora, Pcia. de Buenos Aires. A tal fin se otorga poder especial al Escribano Hugo Felipe PARTATORE y/o Analia SIRITTO. Así el día 2/2/01 se inscribió en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y la respectiva cancelación de la misma en la IGJ el día 04/04/01

287

Page 288: Denuncia OBRAS SOCIALES

importación y exportación, como también de equipos y/o accesorios

relacionados con la producción de elementos antes enumerados.

Análisis de sistemas, la programación de computadoras y la

implementación de bancos de datos y antecedentes. Asesoramiento

por si o por terceros relacionado con la prestación de los

servicios enumerados por profesionales con título habilitante, si

correspondiere. Compra, venta y mantenimiento de sistemas de

computación, de software para computadoras y de control de

cómputos, así como a la importación y exportación de máquinas,

herramientas y repuestos para tales equipos. Edición, redacción,

impresión, publicación, comercialización y distribución de

libros, boletines de información y de divulgación, revistas,

folletos.

En la documentación obrante en la cancelación

6, que el apoderado de dicha firma era Néstor de LEON, con

domicilio en la calle Roque Saenz Peña 730 piso 9no. Dpto. 90 y

91.

Por su parte, PUBLIAMERICA COMUNICACIÓN

INTEGRALES S.A. comenzó a funcionar el 12/09/96 y la fecha de

registración data del 18/09/96.102

102 Acta de Asamblea unánime de fecha 12/06/03 los accionistas de la sociedad se reúnen en Carlos Pellegrini 1175 5to. “b”, preside el acto el Sr. Roberto J. Bullentini en su calidad de liquidador. Así se deja constancia que el día 30/05/03 se ha concluido el inventario y el Balance Final de liquidación de la sociedad, y se lee el proyecto de distribución preparado por el liquidador el cual es aceptado unánimemente. La distribución se calcula en función a la tenencia accionaría de los socios: 40% al Sr. Roberto Jorge BULLENTINI y el 60% al Sr. Guillermo Arturo CÓCARO. Para la inscripción en la IGJ se designa como apoderado al abogado Andrés Ramón ARAUZ REY, constituyendo domicilio en Av. Corrientes 524, primer piso de esta ciudad, asimismo se autoriza a Teresa DEL VALLE ANDRADA. El 25 de julio de 2003 se inscribe en la IGJ la disolución de la sociedad, el nombramiento de liquidador, la liquidación y la cancelación.

288

Page 289: Denuncia OBRAS SOCIALES

18.-OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA

ACTIVIDAD DE SEGUROS, REASEGUROS, CAPITALIZACIÓN Y AHORRO Y

PRÉSTAMO PARA LA VIVIENDA

Según su estatuto Anexo -ver carpeta señalada

con el nro. 11 incluida en el ANEXO XIV-, esta era una Obra

Social con individualidad jurídica, financiera y administrativa,

con domicilio en la calle Carlos Pellegrini 575 de esta ciudad, y

con ámbito de actuación en todo el territorio de la Nación,

creada a los fines de la prestación de servicios médico-

asistenciales a sus beneficiarios y otras de carácter social.

Los recursos con los que cuenta según el

estatuto eran las contribuciones a cargo de los empleadores, los

aportes a cargo de los trabajadores que presten servicios en

relación de dependencia, los aportes a cargo de los productores

de seguros, reaseguros, capitalización y ahorro y préstamo para

la vivienda, además de otros recursos de distinta naturaleza.

Se estableció también que la dirección de la

Obra Social estaría a cargo de una Comisión Directiva integrada

por un Presidente, un vicepresidente y 18 vocales.

De acuerdo a la certificación obrante a fs.

19 del Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario, esta obra

social se encuentra inscripta ante el Registro Nacional de Obras

Sociales bajo el nro. 0-0090 desde el 17 de enero de 1972 y sus

autoridades al 23/12/96 eran: Presidente: Fabián Alejandro Manuel

VALLE; Vicepresidente: Nidia Alicia ROMERO de RANGUGNI;

Directores Gremiales: Ramón José VALLE, Nicolás Angel COLOMBO,

Francisco José CICHELLO, Pablo María PASTINE ZEBERIO, Juan Carlos

AUDAGNOTTI, María Elba GOMEZ de RODRIGUEZ, Carlos Alberto

289

Page 290: Denuncia OBRAS SOCIALES

RAIMONDO, y Raúl Amenacio MARTÍNEZ; Representante de AAC YNS:

Alfredo Angel GONZÁLEZ MOLEDO; Representante de APPAS: Miguel

Ignacio LAMAS COUSO.

18.a.- El convenio con la Obra Social

De la Escritura nro. B 008044641, pasada por

ante el Escribano Carlos FISCHBARG, surge que el 10 de abril de

1997, se reunió la Comisión Directiva de la Obra Social a fin de

analizar la firma del contrato para el otorgamiento del apoyo

financiero previsto en el Programa de Reconversión de Obras

Sociales. El Presidente informó que “ha sido terminado el

Proyecto de Reconversión de la Obra Social, preparado

conjuntamente con la empresa consultora Estrada Consultores

S.R.L. que ganó el concurso respectivo...”, resolviéndose por

unanimidad aprobar el Proyecto tal moción y dar mandato al

Presidente para que procediera a su firma.

El 4 de abril de 1997, Guillermo BONAMASSA,

Secretario de Política y Regulación de Salud y Fabián Alejandro

VALLE, en su carácter de Presidente de la obra social,

suscribieron el Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de

Reconversión de Obras Sociales, en los términos del convenio

modelo, por la suma de U$S 16.805.024,52, de los cuales:

– U$S 16.315.558,76 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 489.466,76 correspondiente al 3% para ser aplicado

al fondo de Reserva Técnica.

290

Page 291: Denuncia OBRAS SOCIALES

En la cláusula SEPTIMA, del título IV “Del

Prestamo”, se estableció la composición de los montos a ser

transferidos:

17)hasta la cantidad de $ 9.417.920,57 para el componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

18)hasta la cantidad de $ 1.328.638 para el componente 2

RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

19)Hasta la cantidad de $ 5.569.000 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

En el anexo III del Convenio (“CONDICIONES DE

EJECUCION”) se establecieron también las actividades a ser

desarrolladas por la Obra Social en cuestión, detallándose para

ello las sumas distribuídas en los distintos tramos, a saber:

PRIMER TRAMO (entre el 1/4/97 y el 31/6/97).

COMPONENTE 1: $ 2.800.000

COMPONENTE 2: $ 120.254,69

COMPONENTE 3: $ 1.158.635

MONTO TOTAL $ 4.078.889,69

SEGUNDO TRAMO: (entre el 1/7/97 y el 30/9/97).

COMPONENTE 1: $ 2.800.000

COMPONENTE 2: $ 124.015,69

COMPONENTE 3: $ 1.154.874

MONTO TOTAL: $ 4.078.889,69

TERCER TRAMO: (entre el 1/10/97 y el 31/12/97).

COMPONENTE 1: $ 2.000.000

291

Page 292: Denuncia OBRAS SOCIALES

COMPONENTE 2: $ 287.143,69

COMPONENTE 3: $ 1.791.746

TOTAL: $ 4.078.889,69

CUARTO TRAMO: (entre el 1/1/98 y el 31/3/98).

COMPONENTE 1: $ 1.817.920,57

COMPONENTE 2: $ 797.224,12

COMPONENTE 3: $ 1.463.745

TOTAL: $ 4.078.889,69

Por último, el 20 de agosto de 1999,

BONAMASSA y VALLE rubricaron un ADDENDUM al Convenio mediante el

cual se estableció que los montos a transferirse estarían

compuestos por:

a) Hasta la cantidad de $ 9.420.519,28 para el

componente 1 SANEAMIENTO FINCIERO

b) Hasta la cantidad de $ 1.323.407,49 para el

componente 2 RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

c) Hasta la cantidad de $ 5.571.631,99 para el

componente 3 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

Asimismo se determinó que el CUARTO TRAMO

(entre el día 10/7/98 y el día 30 de firmado el ADDENDUM quedaría

comprendido de la siguiente manera:

COMPONENTE 1: $ 2.466.695,54.

COMPONENTE 2: $ 41.675,50.

COMPONENTE 3: $ 1.592.929,98.

TOTAL: $ 4.101.301,02.

292

Page 293: Denuncia OBRAS SOCIALES

18.b.- Los pasivos preexistentes

Conforme surge de las pruebas incorporadas,

al 31/12/96 la obra social en cuestión registraba deudas

prestacionales por prestaciones médicas y farmacia por la suma

total de $ 11.184.840, 30.

Ahora bien, para el COMPONENTE 1 el crédito

finalmente otorgado luego de la celebración del ADDENDUM fue de $

9.420.519,28.

Entre los prestadores que recibieron dinero

por este componente surgen la firma AIM S.A., S & S, MAPS S.A. –

con domicilio en la calle Jerónimo Salguero 2142 piso 7, siendo

su responsable Eduardo MIRAMONTES y Beatriz VILGRES LA MADRID-,

algunas gerenciadoras de salud, clínicas públicas y privadas, la

CAMARA ARGENTINA DE FARMACIA, y círculos médicos.

No puede dejar de destacarse que de un total

de 304 facturas canceladas por este componente, 207 estaban

fechadas con posterioridad a la firma del convenio, lo que

evidencia que en la mayoría de los casos no se trataba de deudas

preexistentes, sino que se cancelaron grandes montos dinerarios

por deudas contraídas con posterioridad a la firma del convenio.

Adviértase además la elocuencia de la información concentrada en

el anexo I de la pericia llevada a cabo de que surgen los

precisos detalles de los pagos realizados por deudas facturadas

con posterioridad a la firma del convenio de préstamo.

A todo evento se señala una vez más la

ausencia de conforme o auditoría alguna que hubiera determinado

el control de las reales prestaciones brindadas por esas empresas

de salud, por los millonarios montos cancelados.

293

Page 294: Denuncia OBRAS SOCIALES

Nótese además que los responsables de la

firma S & S que se trataban de Roberto Francisco FATTA y Raúl

Eduardo SOUTO, correspondiendo este último con el de la firma

TEKHNE, siendo el domicilio de la primera el de la Av. De Mayo

749, piso 6to.

18.c.- El FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

Conforme la prueba colectada para este

componente fueron contratadas las firmas MEDICAL SYNERGIES

S.A.103, GLOSER S.A. –ASESCO- TEKHNE S.A., y ESTRADA

CONSTRUCCIONES S.A., habiendose dectado facturaciones

103 Razón social: MEDICAL SYNERGIES Tipo de Sociedad: ANÓNIMAFecha inscripción en la I.G.J.: 06/03/97Objeto de la Sociedad:

1) La instalación, promoción, representación , explotación, dirección, administración y gerenciamiento de establecimientos o instituciones médico-asistenciales, sanatorios , clínicas integrales, quirúrgicas, de diagnóstico, psiquiátricas, laboratorios de análisis clínicos, bioquímicos, geriátricas, geronto-psiquiátricas y de reposo.-

2) Las accesorias, como servicios de emergencias médicas, ortopedia, rehabilitación, medicina prepaga y de seguridad social, medicina laboral, sistemas de seguros de salud y consultoría en sistemas de salud.

3) Todo ello vinculado al ámbito privado, municipal, provincial o nacional. La prestación de todas las especialidades médicas a pacientes externos o internos, privados y/o pertenecientes a empresas o instituciones de carácter público, privado o mixto; ya fuere por contratación individual o colectiva.

4) Los estudios e investigaciones científicas y/o tecnológicas vinculadas al quehacer sanitario, ya fuere directamente o fomentándolas a través de la creación y/o sosteni-miento de becas y subsidios a fundaciones, sociedades profesionales, asociaciones, mutuales existentes, creadas o a crearse ya sea por la sociedad o por terceros.

5) La organización de cursos, conferencias, congresos, maestrías, seminarios y publica-ciones en la enseñanza y perfeccionamiento médico.

6) La realización de las operaciones financieras necesarias para la evolución de su giro, excepto las previstas en la Ley 21526 y toda otra que requiera el concurso público de capitales.

Responsable / Nom. Y Apell.: Presidente : Carlos Eduardo Chami, argentino, casado, kinesiólogo Domiciliado en : Pedro Ignacio Rivera 2660, 2º piso, Capital Federal-Samuel Alberto Knoll, argentino, casado, médico- Vicepresidente-Domiciliado en: Mendoza 5402, 10º piso, Capital Federal-Ruth Beatriz Margulies, argentina, casada, comercianteDomiciliada en : Pedro Ignacio Rivera 2660, 2º piso, Capital FederalPODER ESPECIAL: Dr. Raúl Groisman, Eduardo Marcelo Groisman y Sr. Claudio Horacio Rodríguez.Sede social: Lavalle 710, piso 2 oficina B, Capital Federal.

Cambio de domicilio: Av. Scalabrini Ortiz 2415, 7º piso, Oficina ¨ A ¨ Capital Federal. ( registrado en IGJ 4/8/2003)

294

Page 295: Denuncia OBRAS SOCIALES

llamativamente correlativas, como en el caso de las firmas TEKNE

Y GLOSER S.A..

El que sigue corresponde con el detalle de

las cancelaciones realizadas respectivamente a estos prestadores:

Cancelación 7: La orden de pago es la nro 45 y corresponde a la

factura 24 de la empresa ya mencionada en esta presentacion

ESTRADA CONSTULTORES SA. de fecha 30/5/97 por un total de

121.000. El contrato de consultoria tiene fecha 30 de mayo de

1997 al igual que la factura y es en concepto de primera cuota

( adelanto) para reducción y contención de gasto prestacional a

corto plazo. No esta la autorización de pago.

Cancelación 9: dos meses después que ESTRADA CONSULTORES S.A.

aparece facturando la firma consultora que es TEKHNE, -facturando

un monto de 584.265 - factura nro905 de fecha 1/7/97-, los

responsables de esta firma eran Raul SOUTO y Rodolfo MONTONATI.

Cancelación 10: Con fecha 31 de julio de 1997 se paga la orden de

pago nro. 80 por la suma de 350.000 a la firma consultora GLOSER

S.A en concepto realizaciones de estudios varios. La autorización

de acreditación de pagos de deudas son firmadas Nancy STEFANI..

Cancelación 11: Esta cancelación ya corresponde al Tramo II, y

corresponde con la orden de pago 119 por la suma de 236.523,36 $

a la empresa TEKHNE S.A y 120.112,43 a ESTRADA CONSULTORES S.R.L

apareciendo como responsable de esta ultima firma Santiago Manuel

de Estrada. En el caso de TEKHNE se trata de la primera cuota del

295

Page 296: Denuncia OBRAS SOCIALES

contrato de consultoría. En el caso de ESTRADA se trata de la

factura nro 28, y es la segunda cuota del contrato de consultoría

de fecha 30/5/97.

Cancelación 15: corresponde con la orden de pago 145 y

corresponde a la empresa TEKHNE S.A por un monto total de

236.523. respectiva a la segunda etapa -factura 939 de fecha

11/9/97- en concepto de segunda cuota del convenio. La

autorización la firma Raúl Eduardo SOUTO.

Cancelación 16: Nuevamente aparece la firma GLOSER S.A,

facturando un total de 20.000, tramo II Componente FI. La

autorización la firma la presidenta Nancy STEFFANI siendo que en

la factura 69 de fecha 26/9/97 solo se hace referencia a un plan

Comercial como objeto de tal facturacion.

Cancelación 19: Corresponde a la orden de pago a la firma TEKHNE

S.A, por la suma de 235.523 y se refiere a una factura en la que

se detalla como concepto del cobro la tercera cuota del convenio

-Factura 952 del 14/10/97-.

Cancelación 21: Esta carpeta ya corresponde al tramo III. La

orden de pago es la nro 294 y corresponde al componente FI Las

empresas que cobran son: TEKHNE S.A -dos facturas por 426.186-,

MEDICAL SYNERGIES -167.500-, ESTRADA CONSULTORES .S.R.L -121.000,

GLOSER S.A -134.355-.

296

Page 297: Denuncia OBRAS SOCIALES

En el caso de la firma TEKHNE S.A, habría un

segundo convenio firmado el 30/6/97, aparentemente para el tercer

tramo y los montos de las facturas son de 426.186,03. Una de

ellas es de fecha 11/12/97 y la otra es de 15/12/97.

Respecto de MEDICAL SYNERGIES, se emitió la

factura 6 por un total de 167.000 en concepto de capacitación de

atención médica. La autorización de pago la firman el presidente

de dicha firma Carlos CHAMI y Samuel Alberto KIVOLI.

En el caso de ESTRADA CONSULTORES S.R.L, la

factura que se emite es la nro 36 de fecha 1/12/97, en concepto

de la tercera cuota del convenio.

Con relación a la firma GLOSER S.A. –ASESCO-

representada por Nancy STEFANI, nótese que si bien la misma

registra inicial domicilio en la calle Carlos Pellegrini 331 piso

4to “B” según su facturación la misma se habría mudado a la calle

Corrientes 880 piso 3.

Cancelación 25 La orden de pago es la 330 y se respalda con la

factura por 14917, 42 perteneciente a GLOSER S.A en concepto de

esquema de pagos.

Cancelación 26: esta cancelación corresponde al COMPONENTE 1. Sin

embargo su inclusión en este análisis radica en que por la misma

se cancelan las deudas que aparecen de varios prestadores entre

los que se encuentra la firma S&S cobrando un total de

188.582,65.

297

Page 298: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 27: La orden de pago es la 347 y se abona a MEDICAL

SYNERGIES y TEKHNE S.A. a MEDICAL SYNERGIES se le paga por la

factura 14 la suma de 50.521 el 2/2/98 -la cobra Samuel Alberto

Knoll- en tanto a TEKHNE S.A se le abona la suma de 426.186.03

por la factura 1003 por tercera cuota del tercer tramo.

Cancelación 28: Se le paga a MEDICAL SYNERGIES la suma de 16750

por la factura del 19/2/98 en concepto de complemento -25% del

total del contrato suscripto-

Cancelación 29: corresponde a la orden de pago 374 de la firma

MEDICAL SYNERGIES por la suma de 145.167, apoyado por la factura

19 tercera etapa del contrato, de fecha 3/3/98.

Cancelación 30: Nuevamente se abona a MEDYCAL SINERGIES la suma

de 145.167 por factura 24 de fecha 1/4/98 -plan de pagos de la

tercera etapa-.

Cancelación 31: corresponde al TRAMO IV, y se vincula con la

orden de pago 475 se paga a favor de la firma ESTRADA CONSULTORES

por la suma de 121.000 -firma Alfredo Rubén HEREDIA-

correspondiente a la factura por la cuarta y última cuota de un

convenio del 30/5/97-

Mediante la misma orden se paga a TEKHNE la suma de 381.961,66

por la cuarta etapa del plan de reconversión –factura 1079-

298

Page 299: Denuncia OBRAS SOCIALES

Como asi tambien a la firma MEDICAL SYNERGIES 145.167 del 26/5/79

Cancelación 32: La orden de pago es la 505 y la empresa que

factura es TEKHNE S.A, la cual factura 381.961,66, en concepto de

plan la 2da cuota de la cuarta etapa del plan de reconversión.

Cancelación 35: La orden de pago es la 616, mediante la cual

TEKHNE S.A por 381.961,66 en concepto de tercera cuota del cuarto

tramo

Cancelación 38 La orden de pago es la 862 y se libro a favor de

la firma MEDICAL SYNERGIES por la suma de 154.880 -factura 16

por honorarios de capacitación-. Por otro lado, por el mismo item

hay cuatro facturas emitidas por Luis Mario BIANCO, en concepto

de un convenio de fecha 5-4-99. Son cuatro pagos, el primero de

8.000 y los restantes de 6.000, de fechas 2/5/99, 16/6/99,

16/7/99 y 22/7/99, debiéndose recordar la fecha de la firma del

convenio

19.- OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA

INDUSTRIA DEL VESTIDO

De la carpeta señalada con el nro. 5, obrante

en el Anexo XIV, surge que la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA

INDUSTRIA DEL VESTIDO se encontraba inscripta en el Registro

Nacional de Obras Sociales bajo el nro. 1.2200, desde el 19 de

enero de 1972. Su estatuto establecía que se trataba de una Obra

299

Page 300: Denuncia OBRAS SOCIALES

Social con individualidad jurídica, financiera y administrativa,

con domicilio en la calle Tucumán 731, piso 2° “13” de esta

ciudad, y con ámbito de actuación en todo el territorio nacional,

siendo su objeto similar al resto de las Obras Sociales

analizadas: la prestación de servicios médico-asistenciales a sus

beneficiarios, así como también otros de carácter social,

estipulándose que como mínimo el 80 % de sus recursos brutos

serían destinados a prestaciones de salud.

Los recursos con los que contaba según el

estatuto eran las contribuciones a cargo de los empleadores y los

aportes a cargo de los trabajadores que prestaran servicios en

relación de dependencia, además de otros recursos de distinta

naturaleza.

Asimismo se determinó en el estatuto que el

Consejo Directivo sería integrado por cinco miembros titulares:

Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario de Acción Social

y Secretario de Actas

Conforme surge de la certificación obrante a

fs. 9 del convenio de ejecución y préstamo subsidiario, las

autoridades al 27 de marzo de 1996 eran: Presidente: Romildo

Francisco RANU; Vicepresidente: Cesar Luis PERINI; Tesorero:

Justo JUAREZ; Secretario de Acción Social: Roque Andrés VACHET; y

Secretaria de Actas: Carolina DA GRACIA MUJICA. Además, los

suplentes eran: Antonio CIANCI, Eulalio GUERREÑO, y Salvador

Orlando MORENO, y los revisores de cuentas: Amanda Mirta

FIORAVANTI, Isabel Adelia QUINTANA y Armando Enrique DEL CANTO.

19.a.- Del convenio con la Obra Social

300

Page 301: Denuncia OBRAS SOCIALES

El 12 de mayo de 1997, GUILLERMO BONAMASSA,

Secretario de Política y Regulación de Salud y Rmildo Francisco

RANU en su carácter de Presidente de la obra social, suscribieron

el Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de Reconversión

de Obras Sociales, en los términos del convenio modelo, por la

suma de U$S 2.575.000, de los cuales:

– U$S 2.5000.000 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 75.000 correspondiente al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica.

Como en todos los convenios, en el título IV

“Del Prestamo”, cláusula SEPTIMA se dejó establecida la

composición de los montos:

20)hasta la cantidad de $ 1.900.000 para el componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

21)hasta la cantidad de $ 320.000 para el componente 2

RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

22)Hasta la cantidad de $ 280.000 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

En el anexo III del Convenio

(“CONDICIONES DE EJECUCION”) se establecieron también las

actividades a ser desarrolladas por la Obra Social en cuestión,

detallándose para ello las sumas distribuídas en los distintos

tramos, a saber:

PRIMER TRAMO (entre el día 1 y el 60):

301

Page 302: Denuncia OBRAS SOCIALES

COMPONENTE 1: $ 900.000

SEGUNDO TRAMO: (entre el día 61 y el 120):

COMPONENTE 1: $ 640.000

COMPONENTE 2: $ 160.000

MONTO TOTAL: $ 800.000

TERCER TRAMO: (entre el día 121 y el 180):

COMPONENTE 1: $ 360.000

COMPONENTE 2: $ 160.000

COMPONENTE 3: $ 280.000

TOTAL: $ 800.000

Por otra parte, un año más tarde se firmó un

ADDENDUM -el 5 de marzo de 1998-, por BONAMASSA y RANU, por el

que se amplió el crédito para el primer componente, agregándose

a la inicial suma $ 700.000 y estipulándose que su gasto sería

durante el TRAMO 3.

19.b.- Las deudas existentes. Los pasivos reconvenidos.

Como se verá a continuación las deudas que

registraba la Obra Social al momento del convenio suscripto eran

menores a las que fueron canceladas para el COMPONENTE 1. Del

informe pericial obrante a fs. 3308/3314, surge respecto del

tramo de cancelación de pasivos preexistentes que “La

razonabilidad de los pasivos existentes fue determinada a partir

de los Estados Contables de la Obra Social al 31/12/97. En los

cuales la deuda existente por “acreedores por prestaciones” era

de $ 1.370.813,07.

302

Page 303: Denuncia OBRAS SOCIALES

El monto de dinero acordado por el préstamo

PROS para el componente de cancelación de pasivos preexistentes

asciende a la suma de $ 2.600.000.

Entendemos que el préstamo otorgado fue mayor

a las deudas declaradas en el mencionado estado contable, por lo

tanto, consideramos que la diferencia entre ambas cifras ($

1.229.186,93), no estaría validada y por lo tanto no sería

razonable, de acuerdo con la información que nos fuera exhibida

por la citada Obra Social” –el resaltado me pertenece-.

Agréguese a ello que conforme surge de la

documentación acollarada a la investigación y precisada en el

anexo I de la pericia llevada a cabo, en relación a este

COMPONENTE, fueron canceladas alrededor de 389 facturas emitidas

con posterioridad a la firma del convenio por prestaciones –y

como en los demás casos sin su correspondiente conforme-, lo que

da cuenta que también en este caso el dinero dispuesto en ese

concepto no correspondía con deudas preexistentes.

A todo evento adviértase que muchas de tales

cancelaciones correspondieron a asociaciones de clínicas,

gerenciadoras de salud, y hasta personas físicas como en el caso

de NORBERTO DOMINGO CALABRIA y SERGIO OMAR CHAVEZ.

19.c.- El FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

Para este componente obran en autos

cancelaciones relacionadas con pagos realizados a tres firmas:

MAXIN S.R.L. -no habiendo sido localizado su domicilio por

haberse disuelto la sociedad-, MARIA MARGARITA KOTMILO –con

domicilio “cerrado”- y SIEMENS ITRON S.A.

303

Page 304: Denuncia OBRAS SOCIALES

Ahora bien, en relación a tales firmas,

nótese que MAXWIN S.R.L. comenzó con la denominación COMPUMAX

S.R.L., en virtud del contrato celebrado entre Guillermo Mario

FEINBERG -domiciliado en la calle Sarmiento 2061 3er piso “7”= y

Alberto Máximo GRUNEWALD con domicilio en la calle Pringles 1951

de Martínez, Pcia. de Buenos Aires, fijándose como sede social el

domicilio de la calle Maipú 669 de esta Capital.

Se inscribió en la IGJ el 9/9/92 bajo el

número 8448 libro 96 y mas que llamativamente el 13/07/99 se

disolvió anticipadamente (por unanimidad) y se nombró liquidador

a Guillermo FEINBERG quien tendría la custodia y tenencia de

libros y documentación contable en la calle Catamarca 470 de

Capital Federal.

En las facturas el domicilio es Maipú 669 y

la autorización para el pago lo firma Guillermo FEINBERG -Socio

Gerente-. Esta firma percibió un total de $ 119.202,47 y en las

facturas se consignaron distintos conceptos: provisión e

instalación de cableado de datos y energía; venta de equipos y

licencias de computación (PC, notebook, impresoras, scanner,

etc.).

Con relación a la firma ITRON S.A., la misma

se constituyó en 6/08/1990 y su objeto era la prestación de

servicios informáticos, en áreas vinculadas al transporte, la

salud, la identificación personal y de aplicación a las

actividades administrativas, financieras, tributarias,

previsionales. Fabricación y cualquier tipo de operación

financiera que haga a la realización del objeto. Dicha

denominación fue adoptada con el permiso de Siemens

304

Page 305: Denuncia OBRAS SOCIALES

Aktiengesellschaft –una compañía bajo el derecho de la República

Federal de Alemania con domicilio en Berlín y Munich, República

Federal de Alemania.

La personería y la existencia de SIEMENS

ITRON SERVICES S.A. surge de la escritura constitutiva de la

sociedad bajo la denominación de ITRON otorgada el día 25 de

abril de 1983 y su complementaria de fecha 2 de mayo de 1983 y de

las escrituras de aumento de capital y reforma de estatuto, la

disolución sin liquidación de de “ISC Bunker Ramo Argentina

S.A.” (fusión), existiendo además otras registraciones que dan

cuenta de la ampliación de la firma por absorción de otras

empresas.

Ahora bien, la facturación de esta firma da

cuenta que el domicilio de la misma correspondía al de la calle

Balcarce 683 y las personas autorizadas para la acreditación de

pagos eran Ricardo ROSSI BEGUY, Antonio Justo SOLSONA, Gabriel

Oscar SIMICIC y Hugo Andrés BOLATTI a través una sola factura por

la que percibió $ 51.696, en concepto de equipos de computación

(PC, memoria, dísco rígido, teclado, mouse, Windows 95, modem,

lector de banda magnetica, impresora, etc..

Por último, María Margarita KOTMILO, que

según los datos de las facturas extendidas por ella, se trataba

de una profesional independiente analista de sistemas, con

domicilio en la calle Paraguay 3362, piso 6° “20” de esta ciudad,

habiendo percibido un total de $ 110.118,75.

En las distintas facturas, que corresponde

aclarar son un total de 6 y todas correlativas de la nro. 17 a

la 22, los conceptos detallados fueron: relevamiento y diseño de

305

Page 306: Denuncia OBRAS SOCIALES

los sistemas a desarrollar; Desarrollo, Implementación y Prueba,

capacitación y Conversión de Archivos del Sistema de

empadronamiento; Seguimiento inicial de los distintos sistemas;

entre otros de similar tenor, por lo que es de decir que, además

de desconocerse la forma de selección de estas firmas en especial

de quien facturara como proveedor particular, las tres firmas

contratadas poseen objetos sociales similares, orientados a la

tecnificación y los procesos de implementación de nuevas

tecnologías informáticas, mas en ninguno de los tres casos se

observa la viabilidad –de acuerdo a los objetos sociales- de

cumplimentar con todos los ítems del COMPONENTE comentado..

20.- OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA

ACTIVIDAD VITIVINÍCOLA

Esta Obra Social se encuentra inscripta ante

el Registro Nacional de Obras Sociales bajo el nro. 1-2260, desde

el 17 de enero de 1972 y conforme surge de su estatuto se trata

de una Obra Social con individualidad jurídica, financiera y

administrativa, con domicilio en Warnes 1894 de esta ciudad, y

con ámbito de actuación en todo el territorio de la Nación -ver

al respecto la documentación incluida en el Convenio de

Reconversión de Obras Sociales, agregado en la -carpeta n° 24 del

Anexo XIV-,siendo su objeto, al igual que el resto de las obras

sociales, la prestación de servicios médico-asistenciales a sus

beneficiarios -destinándose para ello el 80 % de sus recursos

brutos-, así como también otros de carácter social.

Sus recursos estaban constituidos por las

contribuciones a cargo de los empleadores y los aportes a cargo

306

Page 307: Denuncia OBRAS SOCIALES

de los trabajadores que prestaban servicios en relación de

dependencia, además de otros recursos de distinta naturaleza.

Asimismo se determinó que el Consejo

Directivo estaría integrado por cinco miembros titulares

(Presidente, Vicepresidente y 3 Directores) y dos Directores

suplentes, elegidos por la Federación de Obreros y Empleados

Vitivinícolas y Afines.

De acuerdo al Acta de Directorio nro. 68,

fechada el 12 de enero de 1999, sus autoridades eran las

siguientes: Presidente: Ramón Enrique PAVEZ; Vicepresidente:

Miguel A. OLGUIN; Directores: Andrés ORTEGA, Lucio SANCHEZ y José

TOLEDO; y el Director Suplente: Luis A. PESUTTI.

En el acta mencionada, se trató la aprobación

por parte del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación,

del proyecto oportunamente presentado por esa Obra Social para

participar del Programa de Reconversión de Obras Sociales; y se

facultó al presidente de la entidad para firmar la documentación

que sea requerida.

20.a.- El convenio con la Obra Social

El 22 de febrero de 1999, Guillermo

BONAMASSA, Secretario de Política y Regulación de Salud y Ramón

Enrique PAVEZ, en su carácter de Presidente de la obra social,

suscribieron el Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de

Reconversión de Obras Sociales, en los términos del convenio

modelo, por la suma de U$S 4.686.873,89, de los cuales:

– U$S 4.550.363 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

307

Page 308: Denuncia OBRAS SOCIALES

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 136.510,89 correspondiente al 3% para ser aplicado

al fondo de Reserva Técnica.

En el título IV “Del Prestamo”, cláusula

SEPTIMA se dejó establecida la composición de los montos a ser

transferidos:

23)hasta la cantidad de $ 2.920.000 para el componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

24)hasta la cantidad de $ 330.363 para el componente 2

RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

25)Hasta la cantidad de $ 1.300.000 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

En el anexo III del Convenio (“CONDICIONES DE

EJECUCION”) se establecieron también las actividades a ser

desarrolladas por la Obra Social en cuestión, detallándose para

ello las sumas distribuidas en los distintos tramos, a saber:

PRIMER TRAMO (entre el día 1 y el 90):

COMPONENTE 1: $ 900.000

COMPONENTE 2: $ 330.363

COMPONENTE 3: $ 460.000

MONTO TOTAL $ 1.690.363

SEGUNDO TRAMO: (entre el día 91 y el 180):

COMPONENTE 1: $ 1.100.000

COMPONENTE 3: $ 425.000

MONTO TOTAL: $ 1.525.000

308

Page 309: Denuncia OBRAS SOCIALES

TERCER TRAMO: (entre el día 181 y el 270)

COMPONENTE 1: $ 920.000

COMPONENTE 3: $ 415.000

TOTAL: $ 1.335.000

Por otra parte, con fecha 21 de marzo del año

2000, Héctor MOGUILEVSKY (Secretario de de Política y Regulación

de Salud) y el nombrado PAVEZ, firmaron un ADDENDUM al convenio,

mediante el cual se modificó la distribución de los montos.

Lo que en definitiva se estipuló fue un

traspaso desde el COMPONENTE 2 al 3 $ 33.156,59.

20.b.- Los pasivos prestacionales

Como en otros casos, los pasivos se

encontraban conformados por hospitales públicos, círculos

médicos, clínicas y hasta un particular: LUIS CARLOS VILLEGAS

Además de existir facturación posterior al

inicio del contrato, sin alguna otra justificación que avalara el

pago sistemático de tales documentos, no se advierte el conforme

o auditoria realizado sobre tales cancelaciones, habiendo sido,

una vez mas, la mismas, sistemáticas y reiteradas.

20.c.- El FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

A.F.S. S.A.

Tal como en el caso de varias de las Obras

Sociales aludidas a lo largo de esta presentación, el COMPONENTE

309

Page 310: Denuncia OBRAS SOCIALES

3 fue cobrado exclusivamente por la firma AMINISTRADORA DE FONDOS

DE SALUD S.A.

En cuanto a las autoridades, sede, fecha de

inicio de actividades, ampliación del objeto, disolución y demás

consideraciones respecto de esta empresa, en honor a la brevedad,

me remito a lo expuesto al analizar los pormenores de dicha firma

en párrafos anteriores.

En este caso en particular, corresponde

verificar las distintas órdenes de pago emitidas por el PROS, en

favor de la mencionada Administradora. En los biblioratos de

cancelación de deudas obrantes en el Anexo VI, se advierten un

total de siete órdenes -nros. 714, 904, 1122, 1125, 1096, 1109 y

1119-, las que sumaron un total de $ 1.332.656,59.

Es dable destacar que las facturas

respaldatorias invocan un “contrato” supuestamente firmado con la

Obra Social, el o los cuales no obran entre dicha documentación.

Por otra parte adviértase que existe gran

cantidad de facturas extendidas en la misma fecha y en forma

correlativa; y corresponde hacer notar que de haberse contratado

debidamente, el monto total del contrato, de acuerdo a los montos

facturados, superaron el millón de pesos, por lo que de

conformidad con lo estipulado oportunamente, debería haberse

llevado a cabo una licitación pública a tal efecto y requerirse

la previa no objeción por parte de los funcionarios a cargo del

Programa.

Las cancelaciones en cuestión fueron las

siguientes:

310

Page 311: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 1: La orden de pago 714 de fecha 25/3/99 es por

460.000 a nombre de la empresa ADMINISTRADORA FONDOS DE SALUD

S.A. Las autorizaciones de pago las firma Jorge Pedro CHERRO y

corresponden con distintas facturas en las cuales se menciona un

contrato de consultoría firmado. Todas las facturas son de la

misma fecha

Cancelación 15: La orden de pago 904 de fecha 21/10/99 es a favor

de la firma en cuestiona, por un total de 425.000 en siete

facturas de la misma fecha, invocándose un contrato de

consultoría. Las autorizaciones las firma Alejandro Oscar

ANNICHINI.

Cancelación 17: corresponde con la orden de pago 1122 de fecha

17/5/01 de $18306 por provisión de computadoras.

Cancelación 18: corresponde con la orden de pago por $55.000 a

favor de la firma en cuestión -4 facturas en concepto de diseño

de planes asistenciales y el control estratégico de

implementación del plan de reconversión-.

Cancelación 19: La orden de pago por $30.000 a favor de

ADMINSTRADORA DE FONDOS DE SALUD S.A. -3 facturas en concepto de

desarrollo organizacional, diseño de plan informático, y el

control estratégico de implementación del plan de reconversión-

encontrándose las autorizaciones bancarias firmadas por Jorge

CHERRO y Alejandro ANNICHINI.

311

Page 312: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 25 corresponde al cobro de la consultora de AFS S.A,

por $143.000. La autorización la firman los ya conocidos

imputados Jorge CHERRO y Alejandro ANNICHINI, y se invocan

actividades realizadas en el marco de un contrato de consultoría

firmado

Cancelación 26: Se emite la orden de pago 1109 de fecha 1/3/01, a

favor de la consultora por un total de $94.850. La autorización

la firman Jorge CHERRO y Alejandro ANNICHINI. No hay facturas

respaldatorias.

Cancelación 27: Orden de pago 1119 de fecha 3/5/01 a favor de

ADMINISTRADORA DE FONDOS DE SALUD S.A, la que cobra $106.500. La

autorización la firman Jorge CHERRO y Alejandro ANNICHINI. Se

invocan actividades realizadas en el marco de un contrato de

consultoría firmado.

Así pues resulta altamente sospechosa la

facturación de la consultora AFS SA la cual acapara todos los

cobros en el COMPONENTE 3, en distintos items. Dicha firma

factura invocando un contrato de consultoría sin fecha,

facturando desde gastos organizacionales, hasta provisión de

computadoras, resultando relevante para el caso advertir lo

señalado por los peritos contadores de la Justicia Nacional en

tanto al referirse a los cursos de capacitación realizados

entendieron que “de acuerdo con las facturas analizadas, no se

puede determinar específicamente los valores generales por los

cursos brindados”.

312

Page 313: Denuncia OBRAS SOCIALES

Así se observa que además de las falencias en

tales detalles y conceptos, las distintas facturas de una misma

orden de pago tiene todas la misma fecha, y resultan obviamente

correlativas

De más esta decir que los funcionarios del

PROS autorizaron tales cancelaciones ordenando el pago millonario

efectuado a esta firma.

21.- OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE ENTIDADES

DEPORTIVAS Y CIVILES

Esta Obra Social se encuentra inscripta bajo

el nro. de registro 1-0600 de la Administración Nacional del

Seguro de Salud, y surge de su estatuto (ver documentación

obrante en el Anexo XIV - carpeta señalada con el nro. 28), que

poseía individualidad administrativa, contable y financiera, con

domicilio en la calle Alberti 646 de esta ciudad, y con ámbito de

actuación en todo el territorio de la Nación, siendo su objeto

también la prestación de servicios médico-asistenciales a sus

beneficiarios, así como también otros de carácter social;

estipulándose que como mínimo el 80 % de sus recursos brutos

serían destinados a prestaciones de4 salud.

Los recursos con los que contaba son las

contribuciones a cargo de los empleadores y los aportes a cargo

de los trabajadores que prestaran servicios en relación de

dependencia, además de otros recursos de distinta naturaleza.

Asimismo se determinó que la Obra Social

sería conducida y administrada por un Consejo Directivo integrado

313

Page 314: Denuncia OBRAS SOCIALES

por tres miembros titulares (Presidente, Vicepresidente y

Tesorero) y tres suplentes.

De acuerdo al Acta nro. 59, fechada el 12 de

marzo de 1998, sus autoridades eran las siguientes: Presidente:

Vicente TALIANO; Vicepresidente: Aroberto O. RODRÍGUEZ; Tesorero:

Vicente MICHIENZI.

A su vez de la documentación acollarada surge

un cambio de presidencia, firmando en ese cargo Rodolfo P. MEROY,

y los datos de su tesorero Carlos DELEDICQUE.

21.a.- El convenio con la Obra Social

El 16 de abril de 1998, Guillermo BONAMASSA,

Secretario de Política y Regulación de Salud y Vicente TALIANO,

en su carácter de Presidente de la obra social, suscribieron el

Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de Reconversión de

Obras Sociales, en los términos del convenio modelo, por la suma

de U$S 11.630.760, de los cuales:

– U$S 11.292.000 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 338.760 correspondiente al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica.

En el título IV “Del Prestamo”, cláusula

SEPTIMA se dejó establecida la composición de los montos a ser

transferidos:

26)hasta la cantidad de $ 8.942.000 para el componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

314

Page 315: Denuncia OBRAS SOCIALES

27)hasta la cantidad de $ 600.000 para el componente 2

RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

28)Hasta la cantidad de $ 1.750.000 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

En el anexo III del Convenio (“CONDICIONES DE

EJECUCION”) se establecieron también las actividades a ser

desarrolladas por la Obra Social en cuestión, detallándose las

sumas de los distintos tramos:

PRIMER TRAMO (entre el día 1° y el 90):

COMPONENTE 1: $ 2.200.000

COMPONENTE 2: $ 600.000

COMPONENTE 3: $ 450.000

MONTO TOTAL $ 3.250.000

SEGUNDO TRAMO: (entre el día 90 y el 180):

COMPONENTE 1: $ 2.200.000

COMPONENTE 3: $ 660.000

MONTO TOTAL: $ 2.860.000

TERCER TRAMO: (entre el día 181 y el 240)

COMPONENTE 1: $ 2.200.000

COMPONENTE 3: $ 320.000

TOTAL: $ 2.520.000

CUARTO TRAMO: (entre el día 241 y el 300)

COMPONENTE 1: $ 2.342.000

COMPONENTE 3: $ 320.000

315

Page 316: Denuncia OBRAS SOCIALES

TOTAL: $ 2.662.000

Con fecha 12 de julio de 2001, el entonces

Secretario de Políticas y Regulación Sanitaria, Héctor

MOGUILEVSKY suscribió con el nuevo presidente de la Obra Social,

Rodolfo P. MEROY, nuevamente el Convenio de Ejecución y Préstamo

Subsidiario, sin llegar a ser un ADDENDUM toda vez que son las

mismas cláusulas que se habían pactado en el convenio firmado

anteriormente.

Asimismo, en el mes de agosto del año 2003,

sin consignar el día, los nombrados firmaron un ADDENDUM al

Convenio, mediante el cual se acordaron modificaciones al Anexo

III, Apéndice 1 (“Condiciones de Ejecución”), transfiriéndose del

componente 2 al 3 la suma de $ 18.247,14; sin constituir

modificaciones en la suma total del crédito originalmente

pactado.

21.b.- Los pasivos prestacionales

Primeramente corresponde aclarar que el

crédito total otorgado superó la cifra de U$S 10.000.000 a la que

hacía referencia las cláusulas del Préstamo Internacional del

BIRF, anteriormente explicado.

Por otra parte resulta evidente una vez mas

el irregular desempeño de las autoridades del PROS, quienes en

primer lugar rubricaron por segunda vez el mismo Convenio que ya

había sido firmado, pero en esta oportunidad con quien fuera el

nuevo presidente de la Obra Social; y por otra parte, como en

otras ocasiones, rubricaron un ADDENDUM al Convenio sin explicar

cuales fueron los motivos para ello.

316

Page 317: Denuncia OBRAS SOCIALES

Aunado a lo anterior surge evidente que tanto

el nuevo convenio, firmado el 12/7/01, como el ADDENDUM del mes

de agosto de 2003, se rubricaron encontrándose vencidos los

plazos estipulados para que la Obra Social diera cumplimiento a

las pautas establecidas en el primer convenio, por lo que además

de no haberlos firmado, las autoridades deberían haber cancelado

los importes no desembolsados hasta esos momentos -ver al

respecto el Título VII del Convenio Original-.

Con respecto al COMPONENTE 1, Saneamiento

Financiero, corresponde aludir a lo expuesto en el informe

llevado a cabo por el Cuerpo de Peritos Contadores de la Justicia

Nacional (v.fs. 3164/3170), de donde expresamente surge que: “La

razonabilidad de los pasivos existentes fue determinada a partir

de los Estados Contables de la Obra Social al 31/8/94. En el

mencionado estado contable se detalla en el pasivo corriente una

deuda en concepto de “acreedores por prestaciones” la suma de $

7.071.569,44. El monto de dinero acordado por el préstamo PROS

para el componente de cancelación de pasivos preexistentes suma $

9.570.346,75. Entendemos que ambas fechas son contemporáneas, por

lo tanto, consideramos que la diferencia entre ambas cifras ($

2.498.777,31), no estaría validada y por lo tanto no sería

razonable, de acuerdo con la información que no fuera exhibida

por la citada Obra Social...” –el resaltado es propio-.

Como en otros casos las facturaciones

contenidas en las cancelaciones correspondiente a los distintos

desembolsos, no se encuentran conformadas, y para este item

aparecen así también círculos y colegios médicos y gerenciadoras.

317

Page 318: Denuncia OBRAS SOCIALES

Llama la atención la importante facturación

correlativa y de la misma fecha que fue cancelada al prestador

ABC S.A., que corresponde con facturas de fecha posterior al

inicial convenio, como asÍ también otra de similar tenor que se

detalla en la documentación acollarada a la investigación y que

surge del anexo I de la pericia llevada a cabo en autos.

Nótese que en lo que respecta a dicha firma,

que se trataría de una farmacia, no obra factura alguna en las

cancelaciones, registrándose en las copias de las autorizacines

bancarias el domicilio de la calle Paraná 26 piso 1ero. “f” de

esta ciudad, siendo su responsable Gloria I. ARDINI

Consultado el sitio google.com de Internet,

se determino que la firma ABC S.A. de trata de una firma de

Gerenciamiento Médico de Patologías Crónicas, cuyos clientes

entre el 2000 y 2001 eran: OBRA SOCIAL DE AERONAVEGANTES, OBRA

SOCIAL DEL PERSONAL MARITIMO, OBRA SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DE

PRENSA DE BUENOS AIRES, OPEDYC, OSPACAP, OBRA SOCIAL DEL PERSONAL

DE AGUAS GASEOSAS, OBRA SOCIAL CIUDAD DE BUENOS AIRES, OBRA

SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA GRAFICA, OBRA SOCIAL DE LA

INDUSTRIA PLASTICA, OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS

PETROQUIMICAS, OBRA SOCIAL PARA LA ACTIVIDAD DOCENTE, OSPRERA,

OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO, UNION

OBREERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, UNION PERONAL,

FEMEDICA.

Tales documentos son reveladoras, una vez mas

el préstamo otorgado trastoca sus iniciales objetivos

conformándose como una forma de pago repetida, y sin demasiados

318

Page 319: Denuncia OBRAS SOCIALES

controles a todos aquellos que la Obra Social incluía como

“PRESTADORES” “PASIVOS PREEXISTENTES”.

21.c.- El FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

En cuanto al Fortalecimiento Institucional,

resta decir que tres fueron las empresas que facturaron para este

COMPONENTE fueron AV & ASOCIADOS, GRUPO OMEGA S.A., MEDICOS Y

SANATORIOS S.R.L.

En lo que respecta a la primer firma aludida,

nada corresponde a esta altura del relato mencionar, una vez mas

la llamativa y sistemática aparición de esta firma en la

facturación del Plan de Reconversión deja ver el claro interés

que, en perjuicio del erario publico, dominó la conducta de los

funcionarios de la Obra Social en pos de beneficiar a

particulares interese ajenos a la administración cuya custodia

les correspondía.

Otra de las empresas en cuestión fue GRUPO

OMEGA SOCIEDAD ANÓNIMA que fue constituida el día 10/7/97 por

María Josefina de los Ángeles VAZQUEZ DE LOPEZ y Stella Maris

BRETON, siendo objeto la prestación de todo tipo de servicios

personales de asistencia médica e integral en el orden nacional e

internacional, incluso bajo la forma de medicina prepaga o

equivalente. Contratando profesionales médicos y/o paramédicos,

establecimientos asistenciales públicos o privados, centro

médicos, laboratorios de análisis clínicos, institutos de

investigación médica, consultaría en salud104.

104 El domicilio de esta empresa estaba en Mariscal Antonio Sucre 2732 cuarto piso, depto. “B” de esta ciudad. Se nombra Vicepresidente de la sociedad: Juan Alberto Pecker Autorizados para inscrip.: Sebastián Eduardo Perrazo y María Josefina Vázquez. REG. EN LA IGJ CON FECHA 26/08/97. Acta Notarial de fecha 29/1/98: se establece nuevo domicilio social

319

Page 320: Denuncia OBRAS SOCIALES

Los pagos efectuados a estos proveedores

fueron los siguientes:

Cancelación 2: Orden de pago 462 de fecha 25/6/98, se pagan

270.000 a las empresas GRUPO OMEGA S.A -quien firma la

autorización es Jorge Hector LETCHER- cobra en concepto de

honorarios de consulta relacionadas con el modelo prestador; y

A.V. & ASOCIADOS S.A. factura en concepto de anticipo de

desarrollo organizacional -la autorizante es Silvia Adriana

SANGUINETTI-

Cancelación 7: Orden de pago 554 de fecha 10/9/98, se pagan

180.000 a las empresas GRUPO OMEGA S.A -honorarios de consulta

relacionadas con el modelo prestador- y A.V. y ASOCIADOS.A. -

remanente de desarrollo organizacional-.

Cancelación 9: Orden de pago 669 de fecha 4/2/99, se pagan a los

A.V & ASOCIADOS -$ 90.000- y GRUPO OMEGA -$ 306.000-. Las

autorizaciones las firman SANGUINETTI y PECKER.

Cancelación 10: Orden de pago 739 de fecha 15/4/99, se pagan

264.000 a las empresas GRUPO OMEGA S.A -honorarios de consultas

varias- y A.V. y ASOCIADOS S.A. -Desarrollo organizacional-.

Cancelación 11: Orden de pago es por un total de 128.000 a favor

de las empresas GRUPO OMEGA S.A y A.V y Asociados.

en la Avenida Córdoba 838, undécimo piso, unidad nro. 22 de esta Capial, registrado en la IGJ con fecha 5/02/98).

320

Page 321: Denuncia OBRAS SOCIALES

-Orden de pago por 84.000 a GRUPO OMEGA S.A por consultoría.

Cancelación 12: -Orden de pago por un total de 108.000 a favor de

A.V. y ASOCIADOS por dos facturas de $54.000 por desarrollo de

programa de marketing.

-orden de pago 1145 de fecha 20/9/01 a favor de A.V. y ASOCIADOS

por un total de 108.000.

-orden de pago 1149 de fecha 4/10/01 a favor de GRUPO OMEGA S.A

por un total de 84.000 -faltan facturas respaldatorias-.

-orden de pago 1155 de fecha 9/11/01 a favor de GRUPO OMEGA S.A y

A.V. & ASOCIADOS 128.000 -faltan facturas respaldatorias-

-orden de pago 1168 de fecha 27/12/01 por $192.000 a favor de

A.V. & ASOCIADOS (desarrollo e implementación) y GRUPO OMEGA S.A

-por servicios de consultoría-.

- orden de pago 1186 por un total de $24.000 a favor de A.V. &

ASOCIADOS de fecha 24/01/01 en concepto de desarrollo e

implementación de programa de marketing.

Corresponde además observar que de acuerdo a

la información acollarada, la empresa MEDICOS Y SANATORIOS S.R.L.

inicio sus actividades el 07 de septiembre de 2001 habiéndose

marchado sin dejar señas, en oportunidad de serle solicitada

información correspondiente al particular. Lo que mas llama la

atención es que justamente las facturas105 datan de 2000

oportunidad en la cual la obra social no habría iniciado sus

actividades comerciales.

105 Vease al respecto el detalle realizado en el informe pericial y la documentacion correspondiente.

321

Page 322: Denuncia OBRAS SOCIALES

22.- OBRA SOCIAL DE LA FEDERACIÓN

ARGENTINA DE LOS TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA

De acuerdo al estatuto obrante en el Anexo

XIV (carpeta señalada con el nro. 3), la OBRA SOCIAL DE LA

FEDERACIÓN ARGENTINA DE LOS TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (nro. de

registro 1-1070 de la Administración Nacional del Seguro de

Salud), se trata de una Obra Social con individualidad

administrativa, contable y financiera, con domicilio en la calle

Lima 163 de esta ciudad, y con ámbito de actuación en todo el

territorio de la Nación (salvo en la Provincia de Córdoba, donde

la cobertura se limita a los trabajadores de Cooperativas y Usina

de Embalse Río III).

Su objeto era, como las demás obras sociales,

la prestación de servicios médico-asistenciales a todos los

trabajadores dependientes de entidades prestatarias del servicio

público de electricidad, ya sean pertenecientes al Estado

Nacional, Provincial, Municipal, Comunal, de Cooperativas,

particulares o mixtas (para lo que se destina el 80 % de sus

recursos); así como también otros de carácter social. Los

recursos con los que cuenta según el estatuto son las

contribuciones a cargo de los empleadores y los aportes a cargo

de los trabajadores que prestaran servicios en relación de

dependencia, además de otros recursos de distinta naturaleza.

Asimismo se determinó que la Obra Social

sería conducida y administrada por un Consejo Directivo integrado

por cinco miembros titulares: Presidente, Vicepresidente,

Tesorero, Secretario de Acción Social y Secretario de Actas.

322

Page 323: Denuncia OBRAS SOCIALES

De acuerdo al Acta de Directorio nro. 9, de

fecha 6 de enero de 1998, sus autoridades eran las siguientes:

Presidente: Omar Roque Adolfo ROCCIA; Vicepresidente: Julio Cesar

IERACI; Tesorero:Hugo Jorge TARELLI y Secretarios: Rubén Darío

BETINATTI y Juan Pedro STORTI.

22.a.- El convenio con la obra social

El 20 de enero de 1998, Guillermo

BONAMASSA, Secretario de Política y Regulación de Salud y Omar

Roque Adolfo ROCCIA, y Julio Cesar IERACI (Presidente y

vicepresidente de la obra social, suscribieron el Convenio de

Ejecución y Préstamo Subsidiario de Reconversión de Obras

Sociales, en los términos del convenio modelo, por la suma de U$S

13.802.000, de los cuales:

– U$S 13.400.000 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 402.000 correspondiente al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica.

En el título IV “Del Prestamo”, cláusula

SEPTIMA se dejó establecida la composición de los montos:

a) hasta la cantidad de $ 8.700.000 para el componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

b) hasta la cantidad de $ 1.400.000 para el componente 2

RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

c) Hasta la cantidad de $ 3.300.000 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

323

Page 324: Denuncia OBRAS SOCIALES

En el Anexo III del Convenio (“CONDICIONES DE

EJECUCION”) se establecieron también las actividades a ser

desarrolladas por la Obra Social en cuestión, detallándose las

sumas distribuídas en los distintos tramos, a saber:

PRIMER TRAMO (entre el día 1° y el 90):

COMPONENTE 1: $ 2.175.000

COMPONENTE 3: $ 412.235

MONTO TOTAL $ 2.587.235

SEGUNDO TRAMO: (entre el día 91 y el 180):

COMPONENTE 1: $ 2.175.000

COMPONENTE 2: $ 466.668

COMPONENTE 3: $ 1.615.045

MONTO TOTAL: $ 4.256.713

TERCER TRAMO: (entre el día 181 y el 270)

COMPONENTE 1: $ 2.175.000

COMPONENTE 2: $ 466.666

COMPONENTE 3: $ 571.144

TOTAL: $ 3.212.810

CUARTO TRAMO: (entre el día 271 y el 360)

COMPONENTE 1: $ 2.175.000

COMPONENTE 2: $ 466.666

COMPONENTE 3: $ 701.576

TOTAL: $ 3.343.242

324

Page 325: Denuncia OBRAS SOCIALES

Por otra parte, con fecha 27 de agosto de

2003, el entonces Director del PROS, Rubén TORRES y el nuevo

Presidente de la Obra Social, José Osvaldo NOGALES rubricaron un

ADDENDUM al Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario,

mediante el cual se establecieron modificaciones del Anexo III

del Convenio original, que significaron una reducción de $

183.539,95 en la suma total del crédito originalmente pactado,

debido a que el componente 2 (Reconversión de la planta del

personal), ya que pudo completarse con menores recursos que los

previstos.

22.b. Los pasivos prestacionales

En primer término corresponde destacar que en

el COMPONENTE 1, la totalidad del crédito asignado -$ 8.700.000-

se destinó a cancelaciones de deudas con la empresa S&S S.A. -

Servicios Integrales de Salud-106 cuando conforme surge de las

planillas que se agregaron como Anexo Condiciones de Ejecución

(Saneamiento Financiero) al Convenio de Ejecución y Préstamo

Subsidiario, existían otros 32 acreedores por prestaciones

médicas.

Las personas responsables de esta firma, de

acuerdo a la información acollarada eran Roberto Francisco FATTA

-Presidente- y Raúl Eduardo SOUTO –Apoderado- y de acuerdo a la

información contenida en las facturas presentadas, la firma tenía

su domicilio en la Avenida Córdoba 1345, piso 6° de esta ciudad.

El mencionado SOUTO era además uno de los

responsables de la firma TEKHNE, la que ha sido ya renombrada en

106 La que aparece asi tambien facturando para otras Obras Sociales.

325

Page 326: Denuncia OBRAS SOCIALES

esta presentación, y el indicado domicilio correspondía además

al de la aludida TEKHNE y al de la firma GESCO S.R.L., también

referida en este dictamen.

Conforme surge de las planillas de

cancelaciones de deuda obrantes en los biblioratos identificados

con el nro. 20 (ANEXO VI de documentación), la deuda se canceló

mediante cuatro órdenes de pago emitidas por el PROS y firmadas

por HONDARRÉ y VIDART: nros. 345 del 18/2/98; 494 del 16/7/98;

763 del 13/5/99 y 944 del 16/12/99, todas ellas por $ 2.175.000.

Solamente en dos de ellas se acompañaron las

facturas respaldatorias -más allá de la certificación efectuada

por el contador independiente-. El concepto de estas dos facturas

fue por prestaciones médico asistenciales durante el mes de marzo

de 1998 y durante el mes de agosto de 1999.

Palmariamente surge entonces que se

cancelaron deudas -cuanto menos en relación a estas dos facturas-

que no eran pasivos preexistentes, sino que sus facturas

corresponden con eventuales y dudosas deudas posteriores a la

firma del Convenio de Ejecución y Préstamo subsidiario (20/1/98).

22.c.- El FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL S. &

S.- TEKHNE

En relación al componente Fortalecimiento

Institucional, también para esta Obra Social una sola fue la

empresa favorecida: TEKHNE S.A..

Más allá de haberse analizado en detalle la

conformación societaria y particularidades de esta firma, mas

adelante, lo palmario de la perpetración de la maniobra

326

Page 327: Denuncia OBRAS SOCIALES

investigada se ve en este caso en que los involucrados no

tuvieron reparo alguno en incluir dentro de los firmantes de las

autorizaciones bancarias para el depósito en la cuenta bancaria

de las sumas de dinero dispuestas en su favor, a Raúl Eduardo

SOUTO, vicepresidente de la firma, quien también las firmo para

S.& S. S.A.

Evidentemente no sólo ambas empresas se

encontraban más que relacionadas y entre las dos percibieron las

sumas totales asignadas a los componentes 1 y 3 que alcanzo la

millonaria suma de $ 12.000.000, sino que tal situación fue

conocida previamente por los funcionarios del PROS quienes no

dudaron en refrendar cuando acto administrativo era necesario

para determinar que las personas responsables de estas firmas se

vieran beneficiadas con dinero del erario publico.

A mayor abundamiento corresponde destacar que

el domicilio en el que operaban ambas firmas era el mismo Avenida

Córdoba 1345, difiriendo solo diferían los pisos consignados en

la documentación.

Sin perjuicio de las irregularidades

advertidas, las autoridades del PROS continuaron emitiendo

órdenes de pago en favor de estas empresas.

23.- OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA

INDUSTRIA FIDEERA (OSPIF)

Del Convenio de Ejecución y Préstamo

Subsidiario, obrante en el Anexo XIV se desprende que conforme a

su estatuto, esta Obra Social (nro. de registro 1-0790 de la

Administración Nacional del Seguro de Salud), poseía

327

Page 328: Denuncia OBRAS SOCIALES

individualidad administrativa, contable y financiera, tenía

domicilio en la calle Río de Janeiro 34/36 de esta ciudad, y su

ámbito de actuación era en todo el territorio de la Nación.

Su objeto era también la prestación de

servicios médico-asistenciales a sus beneficiarios, así como

también otros de carácter social. Los recursos con los que

contaba según el estatuto eran las contribuciones a cargo de los

empleadores y los aportes de los trabajadores que prestaran

servicios en relación de dependencia

En el estatuto se determinó que la Obra

Social era conducida y administrada por un Consejo Directivo

integrado por 5 miembros titulares: Presidente, Vicepresidente,

Tesorero, Secretario de Acción Social y Secretario de Actas; y 3

suplentes.

Conforme se desprende del Acta n° 47,

agregada al Convenio, al 25/6/97 sus autoridades eran:

Presidente: Enrique Héctor TERNY, Vicepresidente: Eduardo Alberto

BUSTOS, Tesorero: Héctor Juan LOMBARTE; Secretario de Acción

Social: Pedro Augusto PALADINI, Secretario de Actas: Abelardo

Carlos UBIEDO.

23.a.- Del convenio con la OBRA SOCIAL

El 14 de julio de 1997, Guillermo BONAMASSA,

Secretario de Política y Regulación de Salud y Enrique H. TERNY,

en su carácter de Presidente de la obra social, suscribieron el

Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de Reconversión de

Obras Sociales, en los términos del convenio modelo, por la suma

de U$S 380.070, de los cuales:

328

Page 329: Denuncia OBRAS SOCIALES

– U$S 369.000 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 11.070 correspondiente al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica.

Al igual que en el el resto de los convenios,

en el título IV “Del Prestamo”, cláusula SEPTIMA se dejó

establecida la composición de los montos a ser transferidos:

29)No se solicitaron fondos para el componente 1 SANEAMIENTO

FINCIERO

30)Hasta la cantidad de $ 54.000 para el componente 2

RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

31)Hasta la cantidad de $ 315.000 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

En el anexo III del Convenio (“CONDICIONES DE

EJECUCION”) se fijaron las actividades a ser desarrolladas en los

distintos tramos:

PRIMER TRAMO (entre el día 1 y el 90):

COMPONENTE 2: $ 54.000

COMPONENTE 3: $ 101.948

MONTO TOTAL $ 155.948

SEGUNDO TRAMO: (entre el día 91 y el 210):

COMPONENTE 3: $ 106.927

TERCER TRAMO: (entre el día 211 y el 330)

329

Page 330: Denuncia OBRAS SOCIALES

COMPONENTE 3: $ 106.125

El 24 de septiembre de 1998, Bonamassa y

Terny suscribieron un ADDENDUM al Convenio, cuyo objeto fue

acrdar modificaciones en las líneas de acción del componente

Fortalecimiento Institucional del Anexo III, sin que constituya

modificaciones en la suma del crédito originalmente pactado.

Así se determinó finalmente que el crédito

destinado al Fortalecimiento Institucional sería distribuido de

la siguiente manera: primer tramo $ 81.655; segundo tramo $

127.148; y tercer tramo $ 106.125.

23.b.- El FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

Como se dijera precedentemente, en el

Convenio firmado por esta Obra Social no se destinó dinero para

SANEAMIENTO FINANCIERO. Para la reconversión de planta de

personal se destinaron $ 54.000 y de acuerdo a lo dictaminado por

el perito contador interviniente -v.fs. 3811/4- guarda relación

con lo montos que por ley correspondía liquidar a cada empleado

indemnizado, reconvertido o retirado voluntariamente.

Resta analizar entonces el “Fortalecimiento

Institucional”. Para este componente se ha contratado a tres

empresas, a saber:

VISITAR S.R.L

De acuerdo a lo que surge de la documentación

aportada por la Inspección General de Justicia, esta empresa fue

inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario,

330

Page 331: Denuncia OBRAS SOCIALES

Provincia de Santa Fe, el 29 de Octubre de 1992, por Luis Mario

FERNÁNDEZ RISSO, Cesar Daniel LAGO y Patricia Inés VALLINA.

En el mes de diciembre de 1994, Tomás

Leopoldo LANGER y Jorge Sebastián ADARO, quienes figuraban en ese

entonces como únicos integrantes de la sociedad, trasladaron la

sede social a la Av. Roque Saenz Peña 938, piso 1° de esta ciudad

de Buenos Aires y ampliaron su objeto al asesoramiento,

organización, auditorías de empresas; provisión de bienes,

equipos y demás servicios a entidades vinculadas al área de salud

y la seguridad social.

Asimismo, el 20/8/99 se llevó a cabo una

cesión por la cual LANGER se desprendió de sus acciones y

quedaron como socios Jorge Sebastián ADARO, Jorge Alejandro ADARO

-Gerentes- y Peregrino SELSER -Director Médico-.

El 3/10/00 se produjo un nuevo cambio de

domicilio al inmueble sito en la calle Lavalle 1430, piso 2° “C”

de esta Ciudad Capital. Recuérdese el domicilio aportado por

ARMENGOL al momento de facturar a OSECAC.

Por otra parte, el 1/3/01 se produjo la

cesión y transferencia del cincuenta por ciento de las cuotas

sociales en favor de Domingo ARCOMANO y el 6/4/01 se llevó a cabo

una modificación en el objeto de la sociedad, mediante el cual se

incluyó entre otras actividades: “PROMOCIÓN, CAPACITACIÓN y

EMPLEO: Planeamiento y organización de convenciones, seminarios,

cursos, talleres, conferencias... Fomentar y coordinar las

actividades académicas con instituciones nacionales e

internacionales afines al objeto de esta empresa...”.

331

Page 332: Denuncia OBRAS SOCIALES

De la carpeta de cancelaciones relativa a la

Obra Social en estudio, sindicada con el nro. 11 (ANEXO VI),

surge que las autoridades del PROS -Hondarré, Vidart y Mármora-

emitieron un total de seis órdenes de pago mediante las cuales se

cancelaron facturaciones de esta sociedad por un total de $

91.259, discriminadas de la siguiente manera:

Cancelación 3: O.P. nro. 210 del 13/11/97. Factura 454 (2/10/97):

$ 4.350 por pago parcial de una factura por un total de 14.500

por el diseño de planes prestacionales.

Cancelación 5: O.P. nro. 290 del 2/10/98. Factura 866 (23/12/97):

$ 5.600 “por informe avance sobre diseño de planes

prestacionales”.

Cancelación 7: O.P. nro. 366 del 13/3/98, Factura 046 (5/3/98): $

4.350 “por informe avance sobre diseño de planes prestacionales”.

Cancelación 10: O.P. nro. 556 del 10/9/98, Factura 183

(23/7/98): $ 37.501 “por implementación del plan de marketing

P.N.U.D. Arg. 96/004”. Factura 184 (23/7/98): $ 8.087,70 “Factura

a cuenta 30 % por diseño de contratos P.N.U.D. Arg. 96/004”.

Cancelación 14: O.P. nro. 845 del 5/8/99, Factura 180 (15/7/99):

$ 18.871,30 “por diseño de contratos P.N.U.D. Arg. 96/004”.

Cancelación 15: O.P. Nro. 881 del 16/9/99, Factura 177 (15/7/99):

$ 12.499 “por implementación del plan de marketing P.N.U.D. Arg.

96/004”.

332

Page 333: Denuncia OBRAS SOCIALES

En todos los casos las personas que rubrican

las autorizaciones de acreditación de pagos en cuenta bancaria

son Tomás Leopoldo LANGER y Jorge Sebastián ADARO; y de las

facturas presentadas surge que el domicilio de VISITAR S.R.L. es

en Francisco Acuña de Figueroa 1753.

CREXAL S.A.

Según lo informado por la Inspección General

de Justicia, ésta empresa no se encuentra registrada en el

sistema de automatización, por lo que se desconocen demás datos

relativos a esa sociedad.

En cuanto a las órdenes de pago emitidas por

el PROS, corresponde decir que fueron en total 6 y el monto total

percibido fue de $ 127.778:

Cancelación 2: O.P. nro. 204 del 6/1/97. La factura presentada

fue la nro. 286 del 23/10/97 por $ 9.000 en concepto de

“Servicios de Consultoría correspondientes al diseño del sistema

de auditoría y control de calidad de acuerdo al contrato

celebrado el 07-08-97. Primer desembolso. Inicio de actividades.”

Cancelación 4: O.P. 281 del 26/12/97. Factura 298 del 15/12/97

por $ 12.000 y el concepto es el mismo que la anterior (segundo

desembolso).

Cancelación 7: O.P. 366 del 19/3/98. Factura 306 del 13/2/98 por

$ 9.000. Igual concepto (tercer desembolso – Finalización de

actividades).

333

Page 334: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 9: O.P. 512 del 6/8/98. Factura 309 del 30/6/98 por $

35.668, en concepro de Cursos de capacitación de acuerdo al

contrato celebrado el 27/5/98.

Cancelación 14: O.P. 845 del 5/8/99. Factura 27 del 28/6/99 por $

52.110, también en concepto de cursos de capacitación de acuerdo

al mismo contrato (otros niveles).

Cancelación 15: O.P. 881 del 16/9/99. Factura 56 del 1/8/99 por $

9.000 en concepto de diseño e implementación del sistema

administrativo.

De las facturas presentadas surge que el

domicilio de la sociedad se encontraba en la calle Paraguay 880,

piso 6° “48”; y quien firmaba las autorizaciones de depósito en

la cuenta bancaria era Horacio Héctor DONATO -presidente y

Director Suplente-.

MASTERSOFT DI CHENA y ASOCIADOS S.R.L.

Al igual que la anterior, esta empresa

tampoco fue encontrada en los registros de la I.G.J. El PROS

emitió 6 órdenes de pago y el monto total percibido fue de $

97.338, discriminado de la siguiente manera:

Cancelación 6: O.P. Nro. 341 del 19/2/98. Facturas nros. 41 por $

7.830,30; 41 por $ 3.749,70; 42 por $ 3.990; 43 por $ 3.749,70 y

44 por $ 3.944,40. Todas emitidas el 92/98 y en concepto del 30 %

de anticipo según contrato de provisión de software de aplicación

334

Page 335: Denuncia OBRAS SOCIALES

(las dos primeras), contrato de equipamiento informático (la

tercera), contrato de provisión de software de base (cuarta) y

contrato de provisión de hardware (la última).

Cancelación 7: O.P. Nro. 366 del 19/3/98. Facturas nro. 47 por $

5.213,68 en concepto de avance según contrato de provisión de

equipamiento informático y nro. 49 por $ 8.749,30 en razón de

saldo según contrato de provisión de software de base. Ambas de

2/3/98.

Cancelación 8: O.P. Nro. 448 del 18/6/98. Facturas nro. 62 por $

9.135,35 y 63 por $ 4.374,65 (Avance según contrato de provisión

de software de aplicación); nro. 64 por $ 13.300 (provisión de

equipos y elementos de comunicaciones). Todas fechadas el 1/6/98.

Cancelación 11: O.P. Nro. 591 del 22/10/98. Facturas nro. 70 y 71

fechadas el 18/9/98, por $ 9.135,35 y $ 4.374,65 respectivamente;

en concepto de contrato de provisión de software de aplicación.

Cancelación 12: O.P. Nro. 792 del 16/7/99. Factura nro. 9 del

3/6/99 por $ 9.608 por 50 % de contrato de capacitación en

Sistemas Administrativos.

Cancelación 13: O.P. Nro. 823 del 22/7/99. Factura Nro. 12 del

1/7/99 por $ 9.608 en concepto de 50 % final del contrato de

Capacitación en Sistemas Administrativos.

335

Page 336: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 15: O.P. Nro. 881 del 16/6/99. Factura 22 del 6/9/99

por $ 370 por provisión de dos unidades ZIP DRIVE; y nro. 23 del

13/9/99 por $ 205 fechada el 13/9/99 por la provisión e

instalación de una impresora.

Según se desprende de las facturas

presentadas esta firma se encuentra emplazada en Luis Sáenz Peña

932 de esta ciudad y las personas que firmaban las autorizaciones

de depósitos eran Marcelo DI CHENA (Socio Gerente)y CLAUDIA NOEMÍ

BLANDAMURA.

En base a la información detallada

precedentemente es posible afirmar que no se habrían respetado

los plazos pactados, y pese a ello el PROS no opuso reparo alguno

y continuó emitiendo órdenes de pago, pese a la cláusula que

expresamente facultaba a cancelar los pagos ante el

incumplimiento de la Obra Social.

Recuérdese en primer lugar que el convenio

fue rubricado el 14 de julio de 1997 y la primera orden de pago -

fecha que hay que tener en cuenta para comenzar a contar los

plazos fijados- fue el 23 de octubre de 1997. El plazo en el que

debían estar cumplidos todos los tramos era de 330 días, por lo

que aproximadamente transcurridos diez meses de aquella fecha la

Obra Social debería haber finalizado el Plan.

Pese a tales circunstancias el PROS rubricó

el 24/9/98 un ADDENDUM al Convenio Original, en el que se deja

expresa constancia de que los plazos no serían alterados, cuando

evidentemente no podrían cumplirse. Por otra parte resulta dable

336

Page 337: Denuncia OBRAS SOCIALES

observar que el PROS emitió órdenes de pago hasta el mes de julio

de 1999, cuando claramente a esa fecha la Obra Social había

incumplido los plazos previstos.

En relación a la empresas contratadas para el

componente de Fortalecimiento Institucional, hay que decir que no

se cuenta con los supuestos contratos a los que hacen alusión las

facturas presentadas por CREXAL S.R.L. y MASTERSOFT DI CHENA y

ASOCIADOS.

Por otra parte se advierte que estas dos

empresas dictan separadamente cursos de capacitación sin que se

pueda advertir a que obedecen cada uno de ellos.

24.- OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA

CONSTRUCCIÓN -OSPECON-

Entre la documentación agregada al Convenio

de Ejecución y Préstamo Subsidiario obrante en el Anexo XIV, nos

encontramos con el estatuto de esta Obra Social del Personal de

la Construcción (registro n° 1-0540 de la Administración Nacional

del Seguro de Salud), del cual surge que la misma tenía

individualidad administrativa, contable y financiera, con

domicilio en la Av. Belgrano 1870 de esta ciudad, y con ámbito de

actuación en todo el territorio de la Nación. El objeto era, al

igual que el resto de las obras sociales, la prestación de

servicios médico-asistenciales a sus beneficiarios (80 % de los

recursos), y otros de carácter social.

Los recursos con los que contaba según el

estatuto eran las contribuciones a cargo de los empleadores y los

337

Page 338: Denuncia OBRAS SOCIALES

aportes a cargo de los trabajadores que prestaran servicios en

relación de dependencia, además de otros recursos de distinta

naturaleza.

Asimismo se determinó que la Obra Social

sería conducida y administrada por un Consejo Directivo integrado

por tres miembros titulares (Presidente, Vicepresidente y

Tesorero) y tres suplentes.

De acuerdo a la Escritura nro. 271, fechada

el 16 de octubre de 1997, sus autoridades eran las siguientes:

Presidente: Gerardo Alberto MARTÍNEZ, Vicepresidente: Luis LÓPEZ

y Tesorero: Hugo D. FERREYRA. Por otro lado surge como integrante

de la misma Alejandro PETTENAZZA.

24.a.- Del convenio con la Obra Social

El 30 de octubre de 1997, Guillermo

BONAMASSA, Secretario de Política y Regulación de Salud y Gerardo

Alberto MARTÍNEZ, en su carácter de Presidente de la obra social,

suscribieron el Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de

Reconversión de Obras Sociales, en los términos del convenio

modelo, por la suma de U$S 17.531.676,63, de los cuales:

– U$S 17.021.045,28 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 510.631,35 correspondiente al 3% para ser aplicado

al fondo de Reserva Técnica.

338

Page 339: Denuncia OBRAS SOCIALES

Al igual que en el el resto de los convenios,

en el título IV “Del Prestamo”, cláusula SEPTIMA se dejó

establecida la composición de los montos a ser transferidos:

a) Hasta la cantidad de $ 11.474.905,28 para el componente 1

SANEAMIENTO FINCIERO

b) No se solicitaron fondos para el componente 2

RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

c) Hasta la cantidad de $ 5.546.140 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

En el anexo III del Convenio (“CONDICIONES DE

EJECUCION”) se establecieron también las actividades a ser

desarrolladas por la Obra Social en cuestión, detallándose para

ello las sumas distribuidas en los distintos tramos, a saber:

PRIMER TRAMO (entre el día 1 y el 60):

COMPONENTE 1: $ 6.000.000

SEGUNDO TRAMO: (entre el día 61 y el 230):

COMPONENTE 1: $ 1.324.431

COMPONENTE 3: $ 2.346.250

MONTO TOTAL: $ 3.670.681

TERCER TRAMO: (entre el día 231 y el 390)

COMPONENTE 1: $ 2.546.781

COMPONENTE 3: $ 1.123.900

TOTAL: $ 3.670.681

CUARTO TRAMO: (entre el día 391 y el 540)

339

Page 340: Denuncia OBRAS SOCIALES

COMPONENTE 1: $ 1.603.693,28

COMPONENTE 3: $ 2.075.990

TOTAL: $ 3.679.683,28

24.b.- El Saneamiento Financiero

A través de la orden de pago nro. 203 fechada

el 31/10/97 -cancelación 1-, se abonaron $ 6.000.000 a la Clínica

Modelo Los Cedros S.A., cuando el total del componente era de un

poco más de $ 11.000.000. El presidente de dicha institución era

Horacio Munir HADDAD y fue él quien firmó la autorización de

acreditación del pago en la cuenta bancaria.

El origen de esta deuda sería un convenio

homologado judicialmente en sede Comercial, en los autos

caratulados: “Clínica Modelo Los Cedros S.A. c/ U.O.C.R.A s/

Ordinario”, del registro del Juzgado Nacional de Primera

Instancia en lo Comercial nro. 5, secretaría nro. 10 del 7/5/97.

Ahora bien, más allá de la certificación de

deuda realizada en base a los libros contables de la Obra Social

por la contadora independiente Lidia Susana FRASCAROLI, lo cierto

es que no se cuenta con el convenio en cuestión ni se entiende el

motivo por el cual si el juicio en cuestión era seguido contra la

U.O.C.R.A. –Unión Obreros de la Construcción de la República

Argentina-, la autorización en cuestión refiere que “todo pago

que deba realizar la Obra Social del Personal de la Construcción

(OS-PE-CON) adeudados a nuestro favor, se efectúen en nuestra

cuenta corriente bancaria que se declara al pie de la presente”

según los términos exactos utilizados por HADAD; aceptando de

340

Page 341: Denuncia OBRAS SOCIALES

esta forma la transferencia ordenada por la OSPECON con destino a

la cuenta aludida.

Por otra parte existen cancelaciones por

grandes montos en razón de facturaciones o deudas de fechas

posteriores a la firma del convenio, por lo que mal podían

tratarse de deudas preexistentes; a saber:

* SOCIALMED S.A. percibió en total $

807.676,81 por tres facturas emitidas, dos de ellas el 31/12/99 y

la restante el 19/1/00 -ver cancelación nro. 40-. La orden de

pago fue la nro. 995 del 9/3/00 firmada por Mario H. GERDEL y

Jaime SAIEGH, y de acuerdo a lo que se desprende de las facturas,

la Sociedad tiene su domicilio en la calle Paraná 158, piso 6°

“A” de esta ciudad. Las personas que rubricaban las

autorizaciones de acreditación de pagos en representación de

Socialmed S.A. eran Germán Norberto RIOBO y Rafael Pascual BRUNO.

* CEMAPS S.A. cobró $ 435.062 por una factura

de fecha 30/11/99 (ver cancelación nro. 44). La orden de pago es

la nro. 1008 del 30/3/00, también firmada por GERDEL y SAIEGH.

Los que autorizaban la acreditación en la cuenta bancaria eran

Jorge CACACE y Ana Gloria EVANGELISTA, y la Sociedad tenía su

domicilio en la calle Rodríguez Peña 546, piso 8° “A” de esta

ciudad.

* PROGRAMAS DE ATENCIÓN ODONTOLÓGICA S.R.L.

se le cancelaron deudas por un monto total de $ 184.271,57, por 8

facturas, todas ellas de fecha 28/12/99. La orden de pago también

fue en este caso la nro. 995 detallada anteriormente. De las

facturas surge que esta sociedad tenía su asiento en la Avenida

Corrientes 1894, piso 1° de esta ciudad. Quien rubricaba las

341

Page 342: Denuncia OBRAS SOCIALES

autorizaciones en este caso era Antonio Cayetano GERONIMO -Socio

Gerente-.

Nótese por otra parte los llamativos pagos

que surgen respecto de la firma INSTITUTO MEDICO REGIONAL, cuyos

representantes son Erardo R. SEGALOTTI, Eduardo H. GALARETTO y

Natalio CANTOR, la facturación de INVESTIGACINES MEDICAS S.A. de

los ya mencionados María Cristina CAIVANO y Leopoldo Marcelo

KAUFMAN, y NEPHTOLOGY S.R.L. -con domicilio en la calle Cabello

3889- cuyo representante era Domingo CASADEI; resaltándose que en

muchos casos no obra la facturación respaldatoria

correspondiente.

24.c.- El FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

Llama la atención aquí la cantidad de

empresas contratadas para este componente, que en total fueron 25

y en muchos casos se repite la finalidad para la cual fueron

contratadas (ver anexo VI del informe pericial -fs. 3712-):

1.- DASE S.A. (Dirección y Administración de

Servicios S.A.). Percibió $ 313.000. Tarea: proyecto de difusión

de la Obra Social y por gestión realizada en el mes de enero de

1998 por ejecutivos de cuentas Inició sus actividades el 1/1/96.

Tenía domicilio en Solis 227, 2° “23” de esta ciudad y el

firmante era Ricardo Juan MARCICO.

2.- FAMEDIC S.R.L. Se le canceló un monto

total de $ 548.000. Tarea: desarrollo de guías médicas, cursos y

residencias en medicina familiar. Conforme surge de las facturas

presentadas esta empresa inició sus actividades el 23/12/91;

tenía su domicilio en Av. Independencia 2843, piso 4° de esta

342

Page 343: Denuncia OBRAS SOCIALES

ciudad. La persona que aparece rubricando las autorizaciones de

acreditación de pagos era Carlos MARTÍNEZ SALABERRY.

3.- LAMA PRODUCCIONES GRÁFICAS S.A. Percibió

$ 180.800 en concepto de: control de gestión y auditoría médica.

El inicio de las actividades data del 2/5/94. El domicilio de

esta empresa de acuerdo a las facturas se encontraba en Araoz

2814, y en las autorizaciones figuraba el de Av. Rivadavia 1157,

piso 5° “A”, ambos de esta ciudad, y las personas que firmaban

las autorizaciones eran Oscar Armando SANGIACOMO y Beatriz

LATINI.

4.- POWERWARE (Strategic Power Management).

Cobró un total de $ 78.045 por: proyecto de comunicaciones. La

fecha de inicio de actividades es del 19/9/97 (un mes antes de la

firma del convenio). El domicilio se encontraba en Av. Belgrano

768, piso 5° y los firmantes eran Jorge GLUCK y Jorge Ricardo

KITROSER.

5.- TUBING S.A. Se le abonaron $ 36.360,50 en

concepto de: proyecto de comunicaciones. El inicio de las

actividades es del mes de septiembre de 1985. El domicilio de

esta empresa se encontraba en Av. Federico Lacroze 2255, 7° “C” y

“D” y quienes firmaban ñlas autorizaciones eran Adolfo Daniel

GIMENEZ VEGA y Daniel Ricardo GIMENEZ ESPINOSA.

6.- UPGRADE S.A. recibió un total de $

380.588,45 por: equipamiento en sistemas, Software de base. Tuvo

su inicio de actividades en el mes de julio de 1993. El firmante

era Néstor José REZK y el domicilio se encontraba en Maipu 1300

de esta ciudad.

343

Page 344: Denuncia OBRAS SOCIALES

7.- LABSYS S.A. se le abonaron $ 311.257,25

en concepto de: equipamiento en sistemas y software de base.

Inició sus actividades el 1/11/94, con asiento en la calle

Lavalle 1718, piso 8° “A” de esta ciudad. El firmante era Marcos

OSTROWICZ.

8.- EXO S.A. percibió en total $ 411.319,11,

por: equipamiento en sistemas, software de base y capacitación en

sistemas. Inició sus actividades el 14/8/95; el domicilio se

encontraba en Av. Juan de Garay 1 de esta ciudad. Los firmantes

eran Luis Teófilo SZYCHOWSKI y Diego Luis SZYCHOWSKI.

9.- ORACLE ARGENTINA S.A. Se le pagaron $

221.080,02 por: software de base y capacitación en sistemas. El

inicio de las actividades data del 10/4/90. El domicilio de la

empresa era Ing.. Enrique Butti 220, piso 16 de esta ciudad y los

firmantes eran Jorge N. LOZANO y Marcela A. LIMA.

10.- DILHARD. Se le abonaron $ 240.000 y el

concepto fue: desarrollo de aplicaciones. La fecha de inicio de

actividades es del 1/8/93. Poseía domicilio legal en 3 de febrero

2161 de Capital Federal y comercial en N. Repetto 4270 de

Olikvos, Pcia. de Bs. As. El firmante era Martín MARÍA

11.- ARNABOLDI & ASOCIADOS S.A. Cobró $

101.160 por: desarrollo de aplicaciones. La fecha de inicio data

del 1/1/92, tenía domicilio en Lavalle 1718, piso 6° “D” y la

firma autorizante era la de Jorge Alberto ARNABOLDI. Nótese que

esta empresa tiene su sede en el mismo domicilio que LABSYS S.A.

12.- MABCARD`S INT´AL Miguel Angel Bigar. Se

le pagaron $ 174.855,44 en concepto de: implementación de

credenciales. Inició sus actividades el 1/4/96; el domicilio es

344

Page 345: Denuncia OBRAS SOCIALES

en la Av. De Mayo 1375, piso 2° “B” de esta ciudad y las personas

que autorizaban la acreditación de pagos en la cuenta bancaria

eran el nombrado Miguel Angel BIGAR e Inés FANCHETTI.

Consultado el sitio de Internet google.co

Se determinó que en la dirección que surge de las facturas

funciona una cooperativa de crédito de nombra CARDINAL

COOP.CRED.CONST. Y VIVIENDA LTDA. En tanto para el número 4382-

2486 corresponde a la Avenida de Mayo nro. 1130 y se encuentra

asignado a Horacio R. GONZALEZ. Amén de ello nótese que si bien

en la planilla de cancelación surge la dirección de la calle 25

de mayo, la factura hace referencia a la Av. De Mayo 1375 de esta

ciudad.

13.- TEKHNOSUR S.A. Percibió $ 25.000 por:

implementación de credenciales. Surge que el inicio de

actividades es del mes de julio de 1996, tenía domicilio en la

calle Tucumán 540, piso 23° “H” de esta ciudad y el firmante era

Claudio Anibal RIVERO

14.- SERVICIO MÉDICO DE LA CÁMARA CHILENA DE

LA CONSTRUCCIÓN.

Se le abonaron $ 80.000 en concepto de:

consultoría en Marketing y estudios de mercado. Tanto la casa

matriz como las distintas sucursales se encuentran en Chile y el

firmante es Anibal OYARZUN LOBO.

15.- LIC. DIEGO HERNÁN CORALLINI. Se le

pagaron $ 31.900 por: Estudios de mercado. De las facturas

presentadas surge que el inicio de actividades es del 29/11/93 y

el domicilio es en la calle Jorge Newbery 1979 de esta ciudad y

con domicilio en la calle Bacacay 4332, de acuerdo a la planilla

345

Page 346: Denuncia OBRAS SOCIALES

de autorización. Su facturación reza: investigación de mercado

pre-test de campaña publicitaria “contruir salud”. Estudio

cualitativo de tipo exploratorio a traves de la tecnica “focus

group” –realización de 6 grupos”

16.- TOTAL EMPRESARIA DE IGNACIO BALBIANI.

Cobró $ 33.000 en concepto de: estudios de mercado. El inicio de

actividades es del 1/3/98 (cuando ya se había firmado el

convenio). El domicilio que obra en la facturación era en la

calle Riobamba 366, piso 5° “B” de Cap. Fed, en tanto surge en la

planilla de autorización bancaria el de la calle Belgrano 1420

piso 1ero. “b” de esta ciudad y los firmantes eran el nombrado

BALBIANI y Victoria SORMANO.

17.- INSTITUTO TECNOLÓGICO DE BUENOS AIRES.

Se le abonaron $ 32.000 por: capacitación en líderes de calidad.

Con domicilio en Av. E. Madero 399, Ciudad de Bs. As. La firma

autorizante era la de Roberto José BELELLI.

18.- SISTEMAS ASISTENTES S.R.L. Percibió $

125.000 por: Consultoría externa en calidad. Inició sus

actividades en el mes de febrero de 1998 (también después de la

fecha de la firma del Convenio). Tenía su domicilio en Tinogasta

3896 de esta ciudad y quienes autorizaban la acreditación de los

pagos eran Roberto Ramón GONZÁLEZ y Silvia Serafina FRANCOLINO.

19.- EQUIPO ELE S.A. Se le abonaron $

179.380,47 en concepto de: implementación de credenciales,

desarrollo de reuniones en calidad. El inicio de las actividades

es del mes de febrero del año 1997. El domicilio de la empresa se

encontraba en la Av. Rivadavia 1379, piso 3° de esta ciudad y

346

Page 347: Denuncia OBRAS SOCIALES

quienes firmaban las autorizaciones eran Damaso SIERRA y Marta A.

R. DE LARRANDART.

20.- BDO CONSULTING S.A. Percibió un total de

$ 412.861,68 por: software de base y desarrollo de aplicaciones.

La fecha de inicio de actividades es del 1/6/96. Tenía domicilio

en Av. Córdoba 1318, piso 9°. Las personas que autorizaban la

acreditación de pagos en la cuenta bancaria eran Eduardo Daniel

BECHER, Gustavo Gabriel SCHUTT y Alberto Luis MORELLI.

21.- SAP ARGENTINA S.A. Se le abonaron $

454.568,37 en concepto de: desarrollo de aplicaciones y

capacitación en sistemas. Inició sus actividades el 1/10/95. El

domicilio era en Av. Leandro N. Alem 855, piso 9° y quien firmaba

era Jorge O. SCHIAVO.

22.- INFOMEDICAL S.A. Cobró $ 566.318,05 por:

desarrollo de aplicaciones. El inicio de actividades es del

7/10/96. Tenía domicilio en Av. Luis María Campos 42, piso 3° de

esta ciudad y quien firmaba era María Estela RAGGIO.

Por otra parte, en relación a las siguientes

empresas, no se cuenta con facturas respaldatorias, pese a lo

cual el PROS (PESAGNO y CASARELLO) emitió órdenes de pagos:

AMERITECH INTERNATIONAL INC. (software de base); SISTEM TOOLS

(software de base); y FUNDACIÓN DE EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA

LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN (capacitación en sistemas).

25.- OBRA SOCIAL BANCARIA ARGENTINA

En el Convenio de Ejecución y Préstamo

Subsidiario obrante en el Anexo XIV (carpeta señalada con el nro.

347

Page 348: Denuncia OBRAS SOCIALES

13), encontramos surge estatuto de esta Obra social, del cual se

desprende que la misma (inscripta bajo el nro. de registro 1-0280

de la Administración Nacional del Seguro de Salud), tenía

individualidad administrativa, contable y financiera, con

domicilio en la calle Sarmiento 337/341, piso 9° de esta ciudad,

y con ámbito de actuación en todo el territorio de la República

Argentina.

Su objeto era, como las demás Obras Sociales,

la prestación de servicios médico-asistenciales a sus afiliados

y/o beneficiarios, así como otros de carácter social. Los

recursos con los que contaba según el estatuto eran las

contribuciones a cargo de los empleadores y los aportes a cargo

de los trabajadores que prestaran servicios en relación de

dependencia, además de otros recursos de distinta naturaleza.

Asimismo se determinó en el estatuto que la Obra Social sería

conducida y administrada por un Consejo de Administración

integrado por cinco miembros: Presidente, Vicepresidente,

Tesorero, Secretario de Actas y Secretario de Acción Social.

Los pormenores que se detallan a continuación

resultan más que relevantes para entender lo ocurrido respecto de

la Obra Social con el dinero del Programa de Reconversión.

De acuerdo a la documentación adjuntada al

Convenio, la Obra Social Bancaria nació como consecuencia de la

transformación del Instituto de Servicios Sociales Bancarios –

conforme textualmente surge de los decretos 240/96, 915/96 y

1629/96 firmados por el ex presidente Carlos Saúl MENEM-107.

107Las normas en cuestión son las siguientes: -los resaltados me pertenecen-:

INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS

348

Page 349: Denuncia OBRAS SOCIALES

Nótese que además de lo llamativo de la fecha

de la transformación –recordando al efecto lo que ya se dijo

sobre la ley 23.660-, la incorporación de la Obra Social que se

comenta al Programa de Transformaciones de las Obras Sociales del

Banco Mundial fue realizado por decreto presidencial del….., al

igual que la inscripción, aprobación, y registro del Estatuto de

la Obra Social Bancaria Argentina en el Registro Nacional de

Decreto 240/96

Dispónese la transformación del citado Instituto.

Bs. As., 8/3/96

VISTO el expediente Nº 2002-2419/96-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, la Ley 24.629, los Decretos Nº 492 del 22 de septiembre de 1995 y Nº 587 del 13 de octubre de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 11 de Decreto citado en primer término se dispuso la disolución y liqui-dación del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS creado por la Ley 19.322, mo-dificada por la Ley 19.761, manteniéndose el aporte fijado en el artículo 17 inciso f) de la referida Ley hasta que se completara el financiamiento del proceso de liquidación, facul-tándose a transferir bienes y personal del citado Instituto al agente del SISTEMA NACIO-NAL DEL SEGURO DE SALUD que organice a la entidad sindical correspondiente, en las condiciones que se acuerden.

Que con motivo de una medida cautelar judicial decretada en los autos caratulados "INS-TITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/AMPARO Ley 16.986 se dictó el Decreto Nº 587 del 13 de octubre de 1995, disponiéndose la inter-vención del aludido INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS hasta tanto se pro-nuncie definitivamente el PODER JUDICIAL DE LA NACION sobre la aplicación del artículo 11 del Decreto Nº 492/95.

Que la EXCELENTISIMA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMI-NISTRATIVO FEDERAL de la CAPITAL FEDERAL, - Sala IV - resolvió los mencionados actua-dos, confirmando la sentencia dictada en primera Instancia declarando la nulidad del ar-tículo 11 del Decreto Nº 492/95, por entender que no se hallaba vigente la delegación contenida en el artículo 61 de la Ley 23.696.

Que sin que ello importe compartir los criterios de la decisión judicial referida, es necesa-rio resolver la situación del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS, teniendo en cuenta que subsisten las razones por las cuales resulta procedente la transformación, di-solución o liquidación de los Institutos de Servicios Sociales creados por ley, transfiriéndo-los al ámbito privado, readecuando sus marcos normativos como consecuencia del proce-so de reforma del Estado Nacional.

Que a su vez, es necesario establecer un ordenamiento económico eficiente para evitar toda carga impositiva que recaiga en forma distorsiva, sobre determinados sectores de la producción, como es el financiamiento de algunos Institutos de Servicios Sociales a través de recursos de otra naturaleza, como se expresa en los considerandos 11 y 12 del Decreto Nº 492/95.

Que la Ley 24.629 delega por el artículo 8º, incisos 2) y 3), en el PODER EJECUTIVO NACIO-NAL, la facultad de disponer la supresión de organismos descentralizados creados por ley y recursos con afectaciones específicas.

349

Page 350: Denuncia OBRAS SOCIALES

Obras Sociales, la designación de Juan José ZANOLA como

Administrado y la transferencia de los afiliados y beneficiarios

del Instituto de Servicios Sociales Bancarios.

Por otra parte el art. 6to. del decreto

1629/96, preveía expresamente la cancelación de los pasivos

existentes por parte del Instituto hasta la entrega de la Nueva

Obra Social a sus autoridades hasta el 01 de julio de 1997,

Que la citada norma condiciona ello a que no obstante la supresión del organismo descen-tralizado debe asegurarse el cumplimiento de las funciones atendidas por dichos organis-mos, en los casos que allí se determinen.

Que corresponde, dentro de las facultades propias del PODER EJECUTIVO NACIONAL y aquéllas que le fueran delegadas por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, adoptar medidas administrativas orientadas a la reorganización y transformación de los entes u organismos comprendidos en el nuevo régimen.

Que resultará conveniente al organismo someter su desenvolvimiento administrativo a un examen que cuente con la colaboración institucional de los sectores que tradicionalmente se han encontrado vinculados a su propia actividad.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL, y el artículo 8º de la Ley 24.629.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo1º — Dispónese la transformación del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIA-LES BANCARIOS, creado por la Ley 19.322, en una Obra Social que se regirá por el régimen establecido en el artículo 1º, incisos a) o h), de la Ley 23.660.

Art. 2º — El Interventor designado por el Decreto Nº 587 de fecha 13 de octubre de 1995 continuará ejerciendo las funciones que le fueron encomendadas, con el fin de cumpli -mentar lo dispuesto en el artículo 1 del presente.

Art. 3º — El Interventor del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS deberá reali-zar todas las medidas correctivas que correspondan a fin de actualizar o modificar los con-venios y contratos firmados con entidades prestadoras de servicios de salud, a fin de ga-rantizar la actividad asistencial que constituye el objetivo principal de la creación institu-cional del Organismo.

Art. 4º — La intervención queda facultada expresamente para transferir a la obra social transformada los inmuebles y bienes de uso que fuere menester para el cumplimiento de los fines emergentes de la Ley de Obras Sociales.

Art. 5º — Instrúyese al interventor del Instituto a fin de que suscriba los acuerdos con las asociaciones representativas del sistema bancario y con las entidades sindicales corres-pondientes tendientes a determinar y precisar todo lo que resulte necesario para concre-tar las acciones que se disponen en este decreto y respecto de la transferencia de bienes y del personal.

Art. 6º — Autorízase al INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS a acogerse al pro-cedimiento preventivo de crisis establecido en el Título III, Capítulo 6, de la Ley 24.013 y en el Decreto Nº 2072/94, de considerarse necesario.

350

Page 351: Denuncia OBRAS SOCIALES

estableciendo el art. 9 la transferencia del uso y goce de los

inmuebles a la Obra Social creada hasta su transferencia

definitiva.

De esta forma el decreto nro. 915/96 importó

un cambio en la naturaleza jurídica del entonces Instituto a una

Obra Social de las previstas en la ley 23.660, al transformarse

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — MENEM. — Eduardo Bauzá. — José A. Caro Figueroa. — Alberto J. Mazza.

INSTITUTO DE SERVICIOS

SOCIALES BANCARIOS

Decreto 915/96

Modifícase el Decreto N° 263/96, a fin de restituir el aporte del inciso f), del artículo 17, de la Ley N° 19.322, hasta el 1° de Julio de 1997, fecha en que quedará suprimido.

Bs. As., 7/8/96

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 240/96 decidió la transformación del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS, creado por Ley Nº 19.322, en una obra social, con los alcances previstos en los incisos a) o h) del artículo 1° de la Ley N° 23.660.

Que, posteriormente, por Decreto N° 263/96 se dispuso la supresión, a partir del 1° de julio de 1996, de los aportes incluidos en el inciso f), del artículo 17, de la citada Ley N° 19.322.

Que la transformación que se pretende, debe realizarse con el menor costo social respetando necesariamente la adecuación de las estructuras funcionales, de personal y de servicios, entregando el Estado a sus nuevas autoridades una obra social, con un efectivo equilibrio económico-financiero.

Que a los efectos de poder funcionar adecuadamente y con los recursos disponibles a la fecha de su transformación, se impone adecuar la magnitud de su plantilla laboral a los índices recomendables a nivel nacional e internacional.

Que la atención de los gastos que se deben afrontar para el pago de retiros voluntarios, y/u otras formas de desvinculación del personal, la efectiva reorganización administrativa, la liquidación de pasivos y la renegociación de contratos, obliga a contar con los recursos necesarios para ese fin.

Que atento lo expuesto, resulta necesario, restituir los aportes del inciso f), del artículo 17, de la Ley N° 19.322.

Que a fin de no acrecer las obligaciones a cargo de las instituciones bancarias, se estima oportuno establecer dicho aporte en el UNO POR CIENTO (1 %). en lugar del DOS POR CIENTO (2 %) originariamente fijado.

Que, en consecuencia, corresponde adecuar las normas pertinentes de los Decretos Nros. 240/96 y 263/96 .

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99. inciso 1, de la Constitución Nacional y del artículo 8° de la Ley N° 24.629.

351

Page 352: Denuncia OBRAS SOCIALES

la primera por la segunda, debiendo producirse ese traspaso en el

plazo de 180 días, contados a partir del dictado del mismo.

Como si esto fuera poco, el artículo 5to.

dispuso además la incorporación de esta Obra Social al Programa

de Transformaciones de las Obras Sociales del Banco Mundial.

Luego de otro acuerdo del 6 de enero de 1997

y del dictado de la resolución 44/97 el 18 de febrero de 1997 se

procedió a la efectiva transformación del Instituto a la Obra

Social, disponiéndose la transferencia de los beneficiarios, los

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Sustitúyese el artículo lº del Decreto N° 263/96 por el siguiente: "El aporte establecido en el artículo 17, inciso f). de la Ley N° 19.322 será del UNO POR CIENTO (1 %), desde el 1° de julio de 1996 hasta el 1° de julio de 1997, fecha en que quedará suprimido".

Art.2°-E1 aporte a que se refiere el artículo precedente será destinado íntegramente al INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS.

Art. 3°-En un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, contados a partir de la fecha del. presente Decreto, el Interventor someterá a consideración del Poder Ejecutivo Nacional, un proyecto de Ley, a ser elevado al Honorable Congreso de la Nación, tendiente a derogar el inciso f) del artículo 17, de la Ley N° 19.322.

Art.4° - - Fíjase un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, contados a partir de la fecha del presente Decreto, para que el Interventor en el INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS transfiera la obra social a las autoridades que se constituyan conforme las disposiciones de los incisos a) o h) del artículo 1° de la Ley Nº 23.660.

Art. 5°-A1 momento de la transferencia a que se refiere el artículo precedente la obra social de que se trata deberá estar incorporada al Programa de Transformaciones de las Obras Sociales del Banco Mundial.

Art. 6°-Para el cumplimiento de las disposiciones del presente Decreto, el Interventor tendrá todas las facultades que le corresponden, conforme lo dispuesto por el Decreto N° 587 del 13 de octubre de 1995 y las atribuciones que la Ley Nº 19.322 acuerda al Presidente y al Directorio del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS.

Art. 7°-Derógase el artículo 5° del Decreto N° 240/96.

Art. 8°-Comuníquese a la Comisión Mixta de Reforma del Estado y Seguimiento de las Privatizaciones, atento lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Nº 24.629.

Art. 9º-- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- MENEM.- Jorge A. Rodríguez - Roque B. Fernández.- Alberto J. Mazza.

352

Page 353: Denuncia OBRAS SOCIALES

agentes en relación de dependencia, y contratados, los inmuebles

y muebles y la asunción de los pasivos. Se dejó expresamente

estipulado que la Obra Social asumiría los pasivos del Instituto

de Servicios Sociales Bancarios, cuyo interventor era Víctor

Adrián ALDERETE, que significaba un total de $ 22.000.000,

discriminados en:

$ 17.000.000 correspondientes a la Asociación Bancaria y

$ 5.000.000 por prestadores del Instituto.

Nótese que asimismo se había establecido la

extraña condición de que los inmuebles y los muebles se

escriturarían notarialmente –transferencia dominal-, una vez

formalizada la asunción de los pasivos, sin limitación alguna,

libre de todo gravamen y sin oposición de terceros. Como se verá

a continuación, tal decisión, menos cerca de una transformación,

habría aparecido como una suerte de adquisición por parte de la

Obra Social de tales bienes, cuyo pago sería la cesión de deudas

de la “vendedora” al patrimonio de la nueva Obra Social.

25.a.- El Convenio con la Obra Social

Pues bien, las consideraciones que siguen han

sido analizadas en el informe pericial llevado a cabo en autos,

exponiendo sus opiniones especializadas el perito contador Dr.

Ricardo Madrid y el perito de parte Dr. Alberto Abulafia.

El 8 de agosto de 1997 se realizó un contrato

de cesión por el cual la Obra Social aceptaba la cesión de deudas

por 337 acreedores con deuda vencida en el Contrato celebrado con

el segundo, en virtud de los montos que habían sido –según surge

relatado- verificados por la consultora SUAREZ Y MENDEZ,

353

Page 354: Denuncia OBRAS SOCIALES

otorgándosele como contraprestación la transferencia de

determinados inmuebles. Obsérvese que de esta manera lo

mencionado en el anterior apartado tiene un cierto correlato con

lo ocurrido, y tanto fue así que en ese mismo contrato se

estableció que “…la Obra Social Bancaria Argentina no es

continuadora jurídica del Instituto de Servicios Sociales

Bancarios salvo en lo concerniente a los servicios médicos

asistenciales”108, previéndose en miras al convenio de préstamo

que venía que “la Intervención en el Instituto tendrá a su cargo

la obligación de fiscalizar, determinar, perseguir y percibir el

cobro efectivo de todos los créditos y cancelar los pasivos

existentes hasta la fecha de entrega de la nueva Obra Social …

realizada efectivamente el 18 de febrero de 1997”

Tal como lo señala el perito oficial, dichas

deudas correspondientes al estado contable de la Obra Social al

18 de febrero de 1997, fue transcripto en el libro del 7 de marzo

de 1997, encontrándose certificado con fecha 20 de marzo y

legalizado el 21 de abril de ese año. Todo ello a los solos

efectos de ser presentado ante el Coordinador Gabriel VIDART para

el Programa de Reconversión.

El 25 de abril de 1997, Guillermo BONAMASSA,

Secretario de Política y Regulación de Salud y Juan José ZANOLA,

en su carácter de Administrador de la obra social, suscribieron

el Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario de Reconversión

de Obras Sociales, en los términos del convenio modelo, por la

suma de U$S 40.149.400, de los cuales:

108 No podria ser de otra manera si se estaba formalizando una supuesta venta a ser cancelada mediante cesion de deudas.

354

Page 355: Denuncia OBRAS SOCIALES

– U$S 38.980.000 provendrían del Fondo para Préstamos

Subsidiarios, y serían destinados al cumplimiento del

Plan de Reconversión en los plazos y tramos establecidos

y de acuerdo a las metas fijadas en el mismos, y

– U$S 1.169.400 correspondiente al 3% para ser aplicado al

fondo de Reserva Técnica.

Al igual que en el el resto de los convenios,

en el título IV “Del Prestamo”, cláusula SEPTIMA se dejó

establecida la composición de los montos a ser transferidos:

32)hasta la cantidad de $ 24.000.000 para el componente 1

SANEAMIENTO FINANCIERO

33)hasta la cantidad de $ 6.480.000 para el componente 2

RECONVERSIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL

34) Hasta la cantidad de $ 8.500.000 para el componente 3

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

En el anexo III del Convenio (“CONDICIONES DE

EJECUCION”) se establecieron también las actividades a ser

desarrolladas por la Obra Social en cuestión, detallándose para

ello las sumas distribuídas en los distintos tramos, a saber:

PRIMER TRAMO (entre el 1/04/97 y el 30/04/97):

COMPONENTE 1: $ 5.000.000

COMPONENTE 2: $ 6.480.000

COMPONENTE 3: $ 500.000

MONTO TOTAL $ 11.980.000

SEGUNDO TRAMO: (entre el 1/05/97 y el 30/06/97):

COMPONENTE 1: $ 10.000.000

355

Page 356: Denuncia OBRAS SOCIALES

COMPONENTE 3: $ 2.500.000

MONTO TOTAL: $ 12.500.000

TERCER TRAMO: (entre el 1/7/97 y el 30/09/97):

COMPONENTE 1: $ 9.000.000

COMPONENTE 3: $ 3.000.000

TOTAL: $ 12.000.000

CUARTO TRAMO: (entre el 1/10/97 y el 31/12/97):

COMPONENTE 3: $ 2.500.000

El 30 de septiembre de 1998 BONAMASSA y

ZANOLA rubricaron un ADDENDUM al Convenio de Ejecución y Préstamo

Subsidiario, que tuvo por objeto la modificación de la asignación

de los fondos entre componentes y tramos, sin alterar la suma del

crédito originalmente pactado.

Finalmente, a partir de este ADDENDUM las

asignaciones quedaron de la siguiente manera:

Componente 1 SANEAMIENTO FINANCIERO: hasta $

24.000.000.

Componente 2 RECONVERSION DE PLANTA: hasta $

3.880.000.

Componente 3 FORTALECIMEINTO INSTITUCIONAL

hasta $ 11.100.000

25.c.- El SANEAMIENTO FINANCIERO:

A los fines de analizar lo ocurrido, debe

repararse muy atentamente a los resultados del informe pericial.

356

Page 357: Denuncia OBRAS SOCIALES

Sin adentrarnos en esta presentación de los

pormenores que determinaron la inclusión de pasivos en la Obra

Social de la forma en que se realizó, como se verá a

continuación, el dinero del Programa fue utilizado para fines

distintos a aquellos para los que estaba previsto.

Así pues, los pasivos que registraba la Obra

Social correspondían a aquellos que habían sido transferidos por

el Instituto de Servicios Sociales Bancarios, a través del Acta

del 8 de agosto, que se habían volcado en la certificación de

deuda de fecha anterior.

De esta forma, los pasivos registrados

preexistentes en los estados contables al 18 de agosto de 1997

ascendían a la suma de $ 22.000.000 –monto cercano al que surgió

luego del ADDENDUM para el COMPONENTE 1-, siendo cancelados por

el PROS $ 17.509.085,03 –el resto también los pago la Obra

Social, con fondos propios-.

Por otra parte, el resto del dinero que

correspondía con este COMPONENTE fue utilizado para el pago de

prestadores por deudas posteriores al 18/2/87 es decir que no

constituían pasivos preexistentes pasibles de ser SANEADOS con

dinero del Programa.

De esta forma, el devenir del contrato de

préstamo contrato de préstamo con la Obra Social implicó que para

COMPONENTE 1 se pagaran deudas que no eran propias de la Obra

Social por prestaciones facturadas vencidas e impagas, y por

deudas facturadas luego de la firma del Convenio. El más que

significativo manejo irregular del dinero del erario público en

este caso resulta más que notorio.

357

Page 358: Denuncia OBRAS SOCIALES

Destáquense para el caso las apreciaciones

formuladas por el perito oficial del Cuerpo de Peritos Contadores

de la Corte Suprema de Justicia. No puede soslayarse que las

aclaraciones efectuadas al respecto, por el perito de parte no se

traslucen en soluciones distintas, toda vez que, la explicación

brindada sobre los aspectos normativos que habrían justificado

tal proceder, no simplifican en nada la cuestión, debiéndose por

el contrario ahondar en autos sobre sus pormenores y detalles, e

interrogar a los imputados en tal sentido:

a) Respecto del Balance inicial de fecha

18/2/97, de la Obra Social Bancaria: “... el Estado Contable

inicial, es decir, al 18 de febrero de 1997 firmado por Contador

Independiente el día 20 de marzo de 1997 y legalizada la firma de

dicho profesional por el Consejo Profesional de Ciencias

Económicas de la Capital Federal con fecha 21 de abril de 1997

que fuera extendido a los efectos de ser presentado ante el

Coordinador del Programa de Reconversión de Obras Sociales..., a

mi entender, no tiene respaldo documental que avale dicho Estado

Contable al 21 de abril de 1997.”.

Continúa manifestando: “Es decir, de acuerdo

con dicho Estado inicial al 18 de febrero de 1997, se visualiza

un Activo y un Pasivo que ha sido cedido según Acta de

Transferencia con fecha el día 08 de Agosto de 1997 por ante la

Escribana E. Mabel Rebecoff de Irigaray... y la fecha cierta del

Estado Contable, es a la fecha de legalización del Consejo

Profesional acaecida el día 21 de abril de 1997. Igual criterio

mantengo, con respecto a las transcripciones en los libros

contables de la Obra Social Bancaria Argentina, por el lapso que

358

Page 359: Denuncia OBRAS SOCIALES

media entre la fecha de certificación 21 de abril de 1997 y el

Acta de Transferencia con fecha el día 08 de Agosto de 1997”.

Continúa luego: b) Respecto de la

contrapartida de los fondos dinerarios entregados en préstamo a

la Obra Social Bancaria Argentina: “En resumen, dentro del total

de los Pasivos cancelados con el dinero proveniente del préstamo

PROS, se encuentran Deudas que no fueron prestaciones médicas

realizadas para los afiliados de la Obra Social Bancaria

Argentina. Esta Deuda surge -de acuerdo con la única

documentación que me fue exhibida-, del Acta de Transferencia

(Anexo “B”), y por lo que se describe en la misma, el Proveedor

de origen fue la Asociación Bancaria por la suma de $ 17.000.000

que adeudaba el Instituto de Servicios Sociales Bancarios. No hay

otra documentación contable que describa o detalle la composición

de los mencionados $ 17.000.000; salvo el Acta. En dicha Acta de

Transferencia también sede a la Obra Social Bancaria Argentina

numerosos inmuebles que se enumeran en dicho instrumento; con lo

cual entiendo, que el Instituto de Servicios Sociales Bancarios

entregó inmuebles a la Obra Social Bancaria y ésta se hizo cargo

de los Pasivos por un monto de $ 17.509.085,03 (ver Anexo “C”).

Esta circunstancia -que a mi entender-, se encontraba

expresamente prohibida por el PROS ya que el dinero entregado por

el préstamo debía ser utilizado exclusivamente para cancelar

pasivo cuyo origen fuese prestaciones médicas a sus afiliados,

con una antigüedad de por lo menos 90 días a partir de la fecha

de pago”-el resaltado me pertenece-.

359

Page 360: Denuncia OBRAS SOCIALES

Finaliza exponiendo: “Se crean los siguientes

interrogantes que escapan al ámbito de este Perito Oficial:

* Estos proveedores no habrían brindado

servicio medico asistenciales a la Obra Social Bancaria

Argentina.

* El pago por este concepto genera no solo la

cancelación de la deuda, sino que además le otorga, -como

contrapartida-, la titularidad de los Bienes Inmuebles, que son

ingresados al patrimonio de la mencionada Obra Social (de acuerdo

con los Balances). Este concepto de adquisición de inmuebles, -de

acuerdo al PROS-, no era el objetivo del préstamo otorgado.

* Además, cuando el PROS abonó a la

Asociación Bancaria los $ 17.000.000, no he visualizado el

instrumento contable, es decir, facturas y detalle descriptivo de

los servicios prestados. Sólo he tenido el Acta de Transferencia

(Anexo B)”.

Por otra parte, es dable destacar que por

este COMPONENTE se cancelaron pasivos posteriores a la firma del

Convenio, por lo que de ninguna manera podían ser preexistentes.

Las aclaraciones vertidas por los peritos en cuanto a la calidad

de las deudas pasibles de ser pagadas, no corresponden, como se

encuentran formuladas, por lo que surge del resto de la prueba

incorporada y hasta incluso de lo volcado en otros informes

periciales a partir de la información que las demás Obras

Sociales brindaron al Cuerpo de Peritos.

Así pues, el vasto plexo probatorio y el

significado y alcance del Programa, me lleva a sostener que el

COMPONENTE 1 debía corresponder con deudas preexistentes a la

360

Page 361: Denuncia OBRAS SOCIALES

firma de los convenios de préstamo, conforme facturas impagas y

vencidas. Lo contrario generaría, además de la desnaturalización

del alcance y objeto del Programa, el inmediato cuestionamiento

sobre los fundamentos tendidos en miras al establecer los topes

dinerarios que en oportunidad de la firma de esos convenios de

préstamos fueron fijados, y los criterios de formulación,

evaluación y aprobación de los Planes de Reconversión, al

tratarse –bajo esa otra hipótesis- de un devenir incierto y

futuro.

El total de cancelaciones efectuadas de esta

manera ascendió a $ 6.490.914,97 y las empresas beneficiadas

fueron:

ACTO MÉDICO S.A. Percibió $ 743.754,8

CENTRO PRIVADO SALUD MENTAL. Se le abonaron $

1.274.139,83

DRONOR S.A. Percibió la suma de $

3.311.725,99.

HELIOS SALUD. Se le cancelaron facturas por

un total de $ 388.853,41.

PREVENIR S.A. Se le pagaron $ 772.440,94.

Corresponde aclarar que no obran en las

carpetas de cancelaciones las facturas de esas firmas a la Obra

Social.

25.c.- De la RECONVERSION DE PLANTA DEL

PERSONAL:

361

Page 362: Denuncia OBRAS SOCIALES

Resulta cuanto menos contradictorio el hecho

de haberse otorgado para este componente la suma de $ 6.480.000 –

inicialmente, aunque luego del addendum quedó determinado en $

3.880.000, cuando de la lectura del Decreto 1629/96 del ex

presidente MENEM, fechado el 23/12/96 -por el cual se dispone la

inscripción, aprobación y registro de la Obra Social-, se

desprende: “Que al asumir la Intervención -de ALDERETE-, el

Instituto de Servicios Sociales Bancarios destinaba

aproximadamente DOCE MILLONES DE PESOS ($ 12.000.000) mensuales

al costo total de su plantilla de personal, mientras que a la

fecha, como consecuencia de la reestructuración encarada, esta

cifra se ha reducido en forma ostensible, destinándose

aproximadamente la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($

3.500.000) mensuales a idénticos fines, por lo cual, desde el

comienzo de la gestión encomendada a la intervención a la fecha

en un plazo de catorce meses, en el Organismo se ha operado un

ahorro en el rubro de gastos del personal que oscila en la suma

de PESOS OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 8.500.000) mensuales.

Que en este estado se considera que se ha adecuado la cantidad de

agentes del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS, a los

estándares recomendables...” -el subrayado me pertenece-, por lo

que los imputados deberán ser interrogados sobre este particular

habida cuenta la existencia de serias dudas en torno a la real

necesidad de reconvenir la planta de personal por la suma de más

de $ 6.000.000.

24.d.- El FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

362

Page 363: Denuncia OBRAS SOCIALES

En total, y a partir de la modificación

introducida en el ADDENDUM mencionado anteriormente, el total

asignado para este componente fue de $ 11.100.000.

Se contrataron a las siguientes firmas:

BONIFATI Y ASOCIADOS con fecha de inicio de actividades en

noviembre de 1994,

RKL SRL con fecha de inicio de actividades en mayo de 1995, que a

la fecha de la pericia resultó desconocida

NUEVA CONSULTORA S.A. con fecha de inicio de actividades en

diciembre de 1994

MAXIMUS INC. Con fecha de inicio de actividades en diciembre de

1994, que a la fecha de la pericia resultó desconocida,

MANAGED CARE OF ARG. Con fecha de inicio de actividades en marzo

de 1997, que a la fecha de la pericia resultó desconocida.

La ya tan mencionada A.V. & ASOCIADOS.

Además de estas menciones, la pericia da

cuenta de que la firma COOPERS & LYBRAND LLP correponde con una

empresa de los Estados Unidos de América, con domicilio en este

país en Av. Corrientes 545 piso 7mo.que inició sus actividades

dentro de la fecha de los hechos de autos.

Ahora bien, si se atiene a los términos de

los contratos que aparecen relatados en el informe pericial

llevado a cabo se observarán las siguientes conclusiones:

a.- Respecto a la firma AV & ASOCIADOS, se trata de 4 contratos

del 06/06/07, 2/10/98, 6/10/98, 22/1/99 por las sumas respectivas

de: $ 1.000.000, $ 210.000, $ 260.000, $ 600.000 –no se

realizarán análisis sobre la cantidad de contratos y su monto por

363

Page 364: Denuncia OBRAS SOCIALES

cuanto de todo lo dicho hasta al momento, las conclusiones caen

por su propio peso-.

Adviértase que de los términos del primero de

ellos surge que el mismo fue celebrado previo a cualquier

autorización del PROS a su respecto –máxime considerando la suma

resultante de los cuatro contratos-, en tanto prevé como inicio

de funciones las 48 hs de que “se disponga de los fondos para el

Componente de Fortalecimiento Institucional, provenientes del

Programa de Reconversión de las Obras Sociales, financiado por

una parte, por medio de los préstamos 4002AR, 4003AR y 4004 AR

suscriptos entre la Nación Argentina y el Banco de Internacional

de Reconstrucción y Fomento, aprobados por Decreto N 439 96, y

los correspondientes fondos de contrapartida nacional, por una

parte y el saldo en cuotas”. Tal contrato tenia por objeto las

tareas de consultoría debiendo trabajar en estrecha relación con

el personal de la Obra Social asignado por la Comisión Directiva

y presentara un cronograma de actividades con identificación de

las metas parciales a lograr que deberán contemplar el horizonte

del contrato previsto.

El segundo contrato tenia por objeto “las

actividades de consultorìa a realizar en un plazo de 12 meses y

relacionadas con el Convenio de Ejecución y Préstamo Subsidiario

y el Addendum referido a la Profundización del Fortalecimiento

Institucional relacionados con la Dirección Estrategica de la

Implementación del Plan de Reconversión de Solidaridad..”; en

tanto el siguiente tenia el mismo objeto pero orientado a

Desarrollo Organizacional de exploración de modelos de

administración y gestión alternativos…estudiando asimismo la

364

Page 365: Denuncia OBRAS SOCIALES

articulación entre la salida de algunos importantes directivos de

la Obra Social recientemente retirados y las personas o las

estructuras que se designen en su reemplazo, y efectuar las

recomendaciones al respecto; y el cuarto se refería a realizar

tareas en el Plan para el análisis, diseño, desarrollo e

implementación de Manuales de Funciones, perfiles de puestos y

normas de procedimiento. Análisis, diseño e implementación de los

sistemas de información gerencial de control prestacional y de

control de gestión.

b.- BONFANTI Y ASOCIADOS S.R.L. tendría a su cargo desarrollar

las habilidades del personal de la Obra Social, ocupándose de la

formación y entrenamiento del personal en virtud de los cambios

regulatorios y las nuevas modalidades del mercado y la

capacitación del personal para proporcionarles oportunidades en

todos los niveles, a los fines de maximizar el conocimiento,

practica y conducta requeridos por la Obra Social para el mejor

desempeño de sus funciones. Tales “misiones” costarían 150.000 $

y 22.000 $ conforme contratos del 8/10/98 y del 22/1/99.

c.- MANAGED CARE OF ARGENTINA tendría a su cargo la consultoría

para la línea de acción a efectos de mantener y mejorar la salud

de los afiliados, llevar a cabo medicina preventiva y promoción

de la salud, como así también proveer de servicios cuando

aquellos se enfermen. Contrato del 21/11/97 por 600.000 $ como

así también organizar a la Obra Social de tal manera que siga

principios de gerenciamiento probadamente eficientes, dadas las

exigencias presentes y futuras en cuanto a la prestación de

365

Page 366: Denuncia OBRAS SOCIALES

servicios de salud de alta calidad. Contrato del 22/11/97 por

otros 600.000.

Además se comprometieron a organizar la Obra

Social para que siga los principios de gerenciamiento

probadamente eficientes, dadas las exigencias presentes y

futuras, en cuanto a la prestación de servicios de salud de alta

calidad y la necesidad de mantener una ecuación económico

financiera de equilibrio. Contrato del 22/11/97 por otros 600.000

$.

Finalmente se firmo otro contrato mas por la

suma de 400.000 el mismo dia que los anteriores 21/11/97 para

proporcionar oportunidades al personal de todos los niveles para

que puedan maximizar su conocimiento, la practica y la conducta

requerida por la Obra Social para sus funciones.

d.- MAXIMUS S.A. firmó 3 contratos, el 21/11/97 el 15/12/98 y el

2/7/99 por las sumas de 297.000 $, 980.000 $ y por 480.000 $

para: 1.- dotar a la Obra Social de modernos sistemas

administrativos de infromación y gestión procesados bajo sistemas

abiertos, con el adecuado soporte tecnológico; 2.- dotar a la

obra social de nuevos y modernos sistemas administrativos de

información y gestión que permitan una integración de la Obra

Social bajo sistemas abiertos, con soporte tecnológico, debiendo

asistir a AV ASOCIADOS y a PRAXAL S.A.; y la puesta en marcha de

la infraestructura informática en los consultorios externos de

Palermo y Belgrano, integración con la sede central de la Obra

Social, a través de una red, y otros sistemas.

366

Page 367: Denuncia OBRAS SOCIALES

e.- NUEVA CONSULTORA S.A. se encargaría del desarrollo de un

modelo prestacional y la entrega del mismo era condición -previa

al pago de la factura –según lo informo el propio proveedor- y en

base a dos proyectos MODELO PRESTADOR para elaboración de planes

de cobertura, habida cuenta el inicio de la libre elección de los

planes de cobertura según la ley 23.660, y el MODELO PRESTADOR

del tramo IV: vinculado a la red prestacional, reducción de

costos auditoria medica, etc. Como se verá uno de los integrantes

de esta firma fue Coordinador General del PROS.

f.- R.K.L. S.R.L. fue contratada el 201098 por 300.000 y el

161098 por 750.000 para tareas de consultoría para marketing y

comercialización según anexos I de los dos primeros, y para

marketing y comercialización a los fines de “obtener un

crecimiento sostenido en el mercado basado en el concepto de un

plan de salud con fácil acceso, alta calidad, excelente

infraestructura y bajo costo a fin de optimizar el sistema de

captación de afiliados y lograr un ingreso de 7.500 titulares

nuevos.”

25.e.- Los pagos.

Los pagos realizados en las condiciones

indicadas fueron:

Cancelación 1: Esta cancelación es por un total de 5.000.000 a

favor de la ASOCIACION BANCARIA, en concepto de la devolución de

un préstamo otorgado por esta Asociación a la Obra Social, Los

367

Page 368: Denuncia OBRAS SOCIALES

que suscriben la autorización de acreditación de pagos en deudas

corrientes son Carlos LEGUIZAMON, Hugo VALERI y Jorge CASTELLI.

Cancelación 2: Orden de pago 41 de fecha 19/6/97 a nombre de la

empresa AV & Asociados por un total de $300.000. Los que firman

la autorización son Adriana SANGUINETTI y Pedro CAGGIANO. La

orden de pago se respalda con la factura 195 de fecha 12/6/97 en

concepto de coordinación estratégica de implementación del plan

de reconversión.

Cancelación 3: La orden de pago 81 de fecha 31/7/97, a nombre de

AV & Asociados por un total de 38.888,89. En concepto de primera

cuota de por coordinación estratégica de la implementación del

plan de reconversión.

Cancelación 4: La orden de pago 110 de fecha 21/8/97 es a nombre

de AV & Asociados por un total de 38.889,98 en concepto de pago

de la segunda cuota. Los que autorizan la orden son CAGGIANO y

SANGUINETTI.

Cancelación 5 (2do tramo): Orden de pago 132 de fecha 11/9/97 a

favor de la Asociación Bancaria por un importe total de

8.000.000. La autorización de pago las firma Carlos LEGUIZAMON,

Hugo VALERI y Jorge CASTELLI. Estos gastos pertenecen al

componente SANEAMIENTO FINANCIERO.

368

Page 369: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 7: Orden de pago 143 de fecha 25/9/97 a favor de AV y

Asociados por un total de 38.888,89 $. Las autorizaciones las

firman CAGGIANO y SANGUINETTI. Se respalda con la factura 211 de

fecha 8/9/97 en concepto de tercera cuota.

Cancelación 12: Orden de pago 16/10/97 a nombre de AV y Asociados

por un total de 38.888,89 $. La autorización de pago la firma

Silvia Adriana SANGUINETTI. La factura se corresponde con la

cuarta cuota en concepto del desarrollo de la coordinación

estratégica de la implementación del plan de reconversión.

Cancelación 15: Orden de pago 202 de fecha 30/10/97 por un total

de $ 740.243,80, correspondiente al componente saneamiento

financiero. La empresa favorecida es ACTO MEDICO S.A.. La

autorización de pago la suscribe Miguel Manuel ARGONZ –gerente-.

Cancelación 17: Orden de pago 220 de fecha 20/11/97 a nombre de

AV & Asociados S.A por un total de 38.888,89 $. La autorización

de pago la suscriben SANGUINETTI y CAGGIANO. Factura 222 -5ta

cuota-

Cancelación 19: Orden de pago 260 a nombre de RKL S.R.L por un

total de 150.000 $. La que suscribe la autorización de

acreditación de pagos es la socia gerente Alejandra Beatriz

RAFULS. La factura es por el importe correspondiente al 50% del

369

Page 370: Denuncia OBRAS SOCIALES

segundo tramo y se invoca un contrato celebrado el 20-10-97. Tal

fecha es de un día antes de la factura.

Cancelación 20: Orden de pago 272 de fecha 18-12-97 a favor de AV

& Asociados por un total de 38.889,89. La autorización la

suscribe Silvia SANGUINETTI y el monto corresponde a la sexta

cuota.

Cancelación 21: Orden de pago 286 a favor de la empresa RKL S.R.L

por un monto total de 75.000 $. La factura que respalda la

operación es la 117 de fecha 12/12/97, y se imputa a la primera

cuota del saldo del segundo tramo Se invoca el convenio.

Cancelación 22: Orden de pago 296 a favor de la empresa RKL S.R.L

por un monto total de 75.000 $. La factura que respalda la

operación es la 122 de fecha 5/1/98, y se imputa a la segunda y

última cuota del saldo del segundo tramo. Se invoca el convenio.

Cancelación 23: La orden de pago 334 se imputa a tres empresas:

Total 815.888,89 $

MAXIMUS Inc: por un total de 297.000 $ los que firman son Juan

José TASSO y Carlos DORMAL BOSCH. La factura invoca el contrato

celebrado el 21/11/97 (línea de acción y sistemas informáticos)

MANAGED CARE OF ARGENTINA, un total de 480.000 $. La autorización

la firma el presidente George Albert GULISANO. Se invoca un

contrato celebrado el 5/1/98 -por tres items del componente

370

Page 371: Denuncia OBRAS SOCIALES

fortalecimiento institucional: Capacitación, línea de acción y

Desarrollo organizacional-

AV & Asociados: Por un total de 38.888,89 $: Séptima cuota por un

monto total de 38.888,89

Cancelación 25: Orden de pago 343 de fecha 19/2/98 a nombre de AV

& Asociados S.A por un monto de 38.888,89. La autorización la

suscribe Silvia Adriana SANGUINETTI (8va cuota)

Cancelación 26: La orden de pago es la 369 de fecha 19/3/98 por

un total de 569.859,89 $

MAXIMUS INC: por un total de 346.500 $ firman Juan José TASSO. La

factura invoca el contrato celebrado el 21/11/97 ( línea de

acción y sistemas informáticos)

MANAGED CARE OF ARGENTINA, un total de 184,471.000 $. La

autorización la firma el presidente George Albert GULISANO. Se

invoca el pago de la primera cuota contrato celebrado el 5/1/98

(por tres items del componente fortalecimiento institucional.-

Capacitación, línea de acción y Desarrollo organizacional)

AV & Asociados: Por un total de 38.888,89 $: Novena cuota por un

monto total de 38.888,89

Cancelación 27: Esta cancelación es por un total de 4.000.000 a

favor de la ASOCIACION BANCARIA ARGENTINA, en concepto de

adelanto plan reconversiÓn. Los que suscriben la autorización de

371

Page 372: Denuncia OBRAS SOCIALES

acreditación de pagos en deudas corrientes son Carlos LEGUIZAMON,

Hugo VALERI, y Jorge CASTELLI.

Cancelación 28: Orden de pago 394 de fecha 16/4/98 por un total

de 659.859,48 $.

MAXIMUS INC.: por un total de 346.500 $ -la autorización la firma

Juan José TASSO-. La factura invoca el contrato celebrado el

21/11/97 -línea de acción y sistemas informáticos.

MANAGED CARE OF ARGENTINA por un total de 184.471 $. La

autorización la firma el presidente George Albert GULISANO. Se

invoca el servicio de consultoría conforme el contrato celebrado

el 21/11/97.

AV & ASOCIADOS: Por un total de 38.888,89 $: Décima cuota por un

monto total de 38.888,89 $. La autorización la firma SANGUINETTI

RKL: Corresponde al anticipo del tercer tramo del contrato

celebrado el 21/10/97. Por total de $90.000. La autorización la

firma Alejandra Beatriz RAFULS.

Cancelación 31: La orden de pago es la 427 de fecha 21/5/98 por

un total de 293.359,89.

Av & Asociados:: El monto es 38.888,89 $ décimo primera cuota.

nunca aclara que tipo de contrato era

RKL: La autorización la firma Alejandra Beatriz RAFULS y Beatriz

MOSNER, pr el monto de 70.000. La autorización la suscriben

Alejandra Beatriz RAFULS y Beatriz MOSNER.

372

Page 373: Denuncia OBRAS SOCIALES

MANAGED CARE OF ARGENTINA 184.471 $. La autorización la firma

George GULISANO. Se mencionan servicios de consultoría conforme

los convenios del 21/11/97.

Cancelación 32: La orden de pago es la 452 de fecha 18/6/98

Av & Asociados: El monto es 38.888,89$ (décimo segunda cuota- NO

aclara que tipo de contrato era

RKL: La autorización la firma Alejandra Beatriz RAFULS y Beatriz

MOSNER, por el monto de 70.000$ .Se invoca la 2da cuota del 3er

tramo según cláusula del convenio del 20/10/97

MANAGED CARE OF ARGENTINA: 184.471 $. La autorización la firma

George GULISANO Se mencionan servicios de consultoría conforme

los convenios del 21/11/97.

Cancelación 34: Orden de pago 477 de fecha 10/7/98 a favor de las

empresas MAXIMUS INC.y MANAGED CARE of ARGENTINA A la primera se

le pagan 189.000 por autorización de Juan José TASSO –apoderado-

en concepto de 30/ inicial del contrato suscripto el 10/4/98 por

línea de acción, sistemas informáticos y comunicaciones del

Componente Fortalecimiento Institucional.

A la segunda se le pagan 118.116,41 $ en concepto de servicios

de consultoría, se invoca el convenio firmado el 21/11/97.

Cancelación 36 La orden de pago es la 500 de fecha 23/7/98

373

Page 374: Denuncia OBRAS SOCIALES

AV & ASOCIADOS: El monto es 38.888,89 décimo tercera CUOTA nunca

aclara que tipo de contrato era. La autorización la suscribe

Silvia SANGUINETTI

RKL: La autorización la firma Alejandra Beatriz RAFULS y Beatriz

MOSNER, por el monto de 70.000 $ .Se invoca la 2da cuota del 3er

tramo según cláusula del convenio del 20/10/97

MAXIMUS Inc:: Recibe 147.000 en concepto de la 1ra cuota del

contrato del 10/4/98,

Cancelación 38: La orden de pago 548 y 544 de fecha 4/9/98 a

nombre de la firma AV & ASOCIADOS: Por un total de 38.888,89:

Décimo cuarta cuota por un monto total de 38.888,89 . La

autorización la firma Pedro CAGGIANO.

MAXIMUS Inc: Se pagan 147.000 en concepto e la segunda cuota de

convenio celebrado el 10/4/98. La autorización la afirma Juan

José TASSO

Cancelación 39: La orden de pago 557 de fecha 10/9/98 por un

total de 4.453.052,50 $ y son cuatro las firmas prestadoras:

DRONOR S.A -Eduardo M CASSOL-, PREVENIR ACE -los representantes

legales son Marcos LOZADA ECHENIQUE, Nestor Nicolas JAIMOVICH, y

Santiago SOLERI-, Helios Salud -Daniel STAMBOULIAN y José María

HARPUCH y CENTRO PRIVADO DE SALUD MENTAL -Pedro VILARIÑO, María

del Carmen VILARIÑO, Olga FRASCHINA-

374

Page 375: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 40: La orden de pago 560 de fecha 17/9/98 por un

total de 147.000. La factura es de MAXIMUS INC. en concepto de la

tercera cuota del convenio de fecha 10/4/98. La autorización la

firma Juan José TASSO.

Cancelación 41: La orden de pago 283 de fecha 8/10/98 por un

total de 38.889, 98 a favor de AV y Asociados. La autorización la

firma la representante legal Silvia SANGUINETTI, en concepto de

la cuota 15 .

Cancelación 42: La orden de pago 601 de fecha 29/10/98 por un

total de 38.889, 98 a favor de AV y Asociados. La autorización la

firma la representante legal Silvia SANGUINETTI en concepto de la

cuota 16

Cancelación 43: La orden de pago 621 de fecha 26/11/98 por un

total de 38.889, 98 a favor de AV & Asociados. La autorización la

firma la representante legal Silvia SANGUINETTI, en concepto de

la cuota 17

Cancelación 44: La orden de pago 645 de fecha 29/12/98 por un

total de 38.888, 87 a favor de AV & Asociados. La autorización la

firma la representante legal Silvia SANGUINETTI en concepto de la

cuota 17.

Cancelación 46: La orden de pago 657 por un total de 1.040.000.

375

Page 376: Denuncia OBRAS SOCIALES

La firma AV $ Asociados extendió dos facturas, una por 260.000 $

y la otra por 140.000 $, ambas por profundización del

fortalecimiento organizacional.

La Licenciada BONFATI factura $60.000 en concepto de anticipo del

monto contractual del contrato firmado el 8/10/98 -inicio de

actividades de fecha 13/10/98-.

La firma RKL factura 300.000 $ en concepto de primer pago por

servicio de consultoría firmado el 16/10/98. La autorización la

firma Alejandra Beatriz RAFULS.

Por su parte, la empresa NUEVA CONSULTORES S.A, factura $ 280.000

en concepto de servicios de consultoría (40% del monto de fecha

8/1/98). La autorización la firma José Roberto NOEL y Luis

Victorio CERIANI.

Cancelación 47: La orden de pago 681 por un total de 135.137 de

fecha 18/2/99.

La firma AV & Asociados extendió un recibo por $32.500 concepto

de primera cuota de la profundización del Desarrollo

organizacional. La segunda factura es por $17.500 en concepto de

primera cuota de la implementación de la Dirección estratégica.

La Licenciada BONFATI factura $12.857 en concepto de primer cuota

del contrato firmado el 8/10/98 -inicio de actividades de fecha

13/10/98-.

La firma RKL factura 37.500 en concepto de cuota 1 por servicio

de consultoría acordado según convenio del 16/10/98. La

autorización la firma Alejandra Beatriz RAFULS.

376

Page 377: Denuncia OBRAS SOCIALES

Por su parte, la empresa NUEVA CONSULTORA S.A, factura $ 35.000

en concepto de cuota 1 del servicios de consultoría (contrato de

fecha 8/10/98). La autorización la firma José Roberto NOEL y Luis

Victorio CERIANI.

Cancelación 48:La orden de pago es la 707.

La firma AV & Asociados extendió un recibo por $32.500 concepto

de segunda cuota de la profundización del Desarrollo

organizacional La segunda factura es por $17.500 en concepto de

segunda cuota de la implementación de la Dirección estratégica.

La Licenciada BONFATI factura $12.857 en concepto de segunda

cuota del contrato firmado el 8/10/98 -inicio de actividades de

fecha 13/10/98-.

La firma RKL factura 37.500 en concepto de cuota 2 por servicio

de consultoría acordado según convenio del 16/10/98. La

autorización la firma Alejandra Beatriz RAFULS.

Por su parte, la empresa NUEVA CONSULTORA S.A, factura $ 35.000

en concepto de cuota 2 del servicios de consultoría (contrato de

fecha 8/10/98). La autorización la firma José Roberto NOEL y Luis

Victorio CERIANI

Cancelación 50: La orden de pago es la 724 corresponde a

La firma AV & Asociados extendió un recibo por $50.000 concepto

de Desarrollo organizacional de solidaridad correspondiente al

cuarto tramo.

377

Page 378: Denuncia OBRAS SOCIALES

La Licenciada BONFATI factura $ 22.000 en concepto de segunda

cuota del contrato firmado el 8/10/98. Nótese que la registra

inicio de actividades el 13/10/98.

Por su parte, la empresa Nueva Consultora S.A, factura $ 50.000

en concepto de cuota 1/12 de cla del servicios de consultoría

(contrato de fecha 8/10/98). La autorización la firma José

Roberto Noel y Luis Victorio Ceriani.

Cancelación 51: La orden de pago 746 de fecha 22/4/99 por un

monto total de 454.357

La firma MAXIMUS INC. factura 147.000 en concepto de la 2da cuota

del contrato suscripto el 15/12/98 ( línea de acción y

comunicaciones del componente). La autorización la firma Juan

José Tasso.

La firma AV y Asociados extendió un recibo por $32.500 concepto

de segunda cuota de la profundización del Desarrollo

organizacional La segunda factura es por $17.500 en concepto de

segunda cuota de la implementación de la Dirección estratégica.

La Licenciada Bonfati factura $12.857 en concepto de segunda

cuota del contrato firmado el 8/10/98 ( inicio de actividades de

fecha 13/10/98).

La firma RKL factura 37.500 en concepto de cuota 3 por servicio

de consultoría acordado según convenio del 16/10/98. La

autorización la firma Alejandra Beatriz Rafuls.. Otra factura por

378

Page 379: Denuncia OBRAS SOCIALES

50.000 por la cuota 2/6 correspondiente al cuarto tramo del

contrato de fecha 20/10/97

Por su parte, la empresa Nueva Consultora S.A, factura $ 35.000

en concepto de cuota 2/12 del servicios de consultoría (contrato

de fecha 8/10/98). La autorización la firma José Roberto Noel y

Luis Victorio Ceriani. La misma empresa factura 50.000 por cuta

2/12 según cláusula 2 del contrato firmado el 22/01/99

Cancelación 52: La orden de pago 749 de fecha 29/4/99 por un

total de $147.000 a favor de la empresa MAXIMUS INC. La

autorización de pago la firma Juan José TASSO y corresponde a la

tercera cuota del contrato suscripto el 15/12/98

Cancelación 53: La orden de pago 769 de fecha 20/5/99 por un

monto total de 419.500

La firma MAXIMUS Inc. factura 147.000 en concepto de la 4da cuota

del contrato suscripto el 15/12/98 ( línea de acción y

comunicaciones del componente). La autorización la firma Juan

José TASSO.

La firma AV & Asociados extendió un recibo por $50.000 concepto

de Desarrollo organizacional de solidaridad. La segunda factura

es por $32.500 en concepto de cuarta cuota de profundización del

fortalecimiento institucional.

La firma RKL factura 37.500 en concepto de cuota 4 por servicio

de consultoría acordado según convenio del 16/10/98. La

autorización la firma Alejandra Beatriz RAFULS. Otra factura por

379

Page 380: Denuncia OBRAS SOCIALES

50.000 por la cuota 3/6 correspondiente al cuarto tramo del

contrato de fecha 20/10/97

Por su parte, la empresa NUEVA CONSULTORA S.A, factura $ 35.000

en concepto de cuota 4/12 del servicios de consultoría (contrato

de fecha 8/10/98). La autorización la firma José Roberto NOEL y

Luis Victorio CERIANI. La misma empresa factura 50.000 $ por cuta

3/12 según cláusula 2 del contrato firmado el 22/01/99.

Cancelación 54: Orden de pago 786 de fecha 10/6/99 mediante la

cual se abonó a Cecilia Susana BONFANTI, correspondiente a la

tercera cuota por la suma de 12857. Se invoca el contrato de

fecha 8/10/98 y otro contrato de fecha 2/1/99 de $22.000.

BONFANTI aparece como titular de BONFANTI & ASOCIADOS -empresa de

capacitación empresaria-

Cancelación 55: La orden de pago de fecha 24/6/99 por un monto

total de 419.500

La firma MAXIMUS INC factura 147.000 $ en concepto de la 5ta

cuota del contrato suscripto el 15/12/98 (línea de acción y

comunicaciones del componente). La autorización la firma Juan

José TASSO.

La firma AV & Asociados extendió un recibo por $17.500 concepto

de Dirección estratégica de implementación del plan de

reconversión. La segunda factura es por $32.500 en concepto de

cuarta cuota de profundización del fortalecimiento institucional.

380

Page 381: Denuncia OBRAS SOCIALES

La firma RKL factura 37.500 en concepto de cuota 2 de 12 por

servicio de consultoría acordado según convenio del 16/10/98. La

autorización la firma Alejandra Beatriz RAFULS. Otra factura por

50.000 por la cuota 4/6 correspondiente al cuarto tramo del

contrato de fecha 20/10/97

Por su parte, la empresa NUEVA CONSULTORA S.A, factura $ 35.000

en concepto de cuota 5/12 del servicios de consultoría (contrato

de fecha 8/10/98). La autorización la firma José Roberto NOEL y

Luis Victorio CERIANI. La misma empresa factura 50.000 por cuta

4/12 según cláusula 2 del contrato firmado el 22/01/99.

Luis Victorio CERIANI desde el 28/8/01 al

19/2/02 fue designado Coordinador General del Programa por

resolución conjunta Subsecretaría de Atención Primaria de la

Salud,

Cancelación 56: Orden de pago 803 por un total de 34.857,

mediante la cual se paga a Cecilia Bonfanti ( pero esta vez como

titular de la empresa BONFANTI & ASOCIADOS -objeto capacitación

empresaria) y son dos facturas, una de ellas por $12857 y la

restante por $22.000.

Cancelación 57: Orden de pago 811 de fecha 8/7/99 a nombre de

Maximus Inc por un total de 168.000 $, en concepto de cuota en

concepto del contrato celebrado con fecha 15/12/98

381

Page 382: Denuncia OBRAS SOCIALES

Cancelación 58-67 Siguen cobrando las mismas empresas -RKL S.RL,

Maximus, Nueva Consultora S.R.L - licenciada Cecilia Bonfanti-,

AV & Asociados-.

26.- Otras consideraciones

Se ha comenzado la exposición de las

irregularidades detectadas a partir de la implementación del Plan

de Reconversión de Obras Sociales por la Obra Social OSTEL

finalizando la misma con la OBRA SOCIAL BANCARIA ARGENTINA109

La totalidad de las pruebas han resultado más

que reveladoras del cuadro de sospecha al que se aludió desde el

inicio, importando la pertinencia de que los imputados sean

escuchados a tenor del art. 294 del Código Procesal Penal de la

Nación. Si bien muchas aristas de este fenomenal Programa quedan

aún pendientes de ser analizadas y profundizada su investigación,

lo cierto es que hasta aquí existe la férrea sospecha de que los

funcionarios del PROS que tenían a su cargo el destino del más

que millonario dinero del erario público que había sido designado

para fines específicos, en connivencia con las más importantes

Obras Sociales Sindicales –conforme los propios términos de los

Convenios Internacionales 4004 AR 4003 AR y 4002 AR-, ordenaron

la utilización de cada una de las sumas de dinero que conformaban

los préstamos concedidos, conformando un verdadero beneficio

personal de quienes los recibían.

109 Por lo menos se cuenta hasta el momento con el resultado de las pericias llevadas a cabo respecto de las Obras que han sido detalladas, no encontrándose en la dependencia la documentación correspondiente a las restantes por encontrarse en curso los demàs informes periciales.

382

Page 383: Denuncia OBRAS SOCIALES

Tal accionar asimismo podría haber

determinado la sustracción de los fondos en cuestión del ámbito

de la administración pública hacia fines distintos de los

asignados, mediante una maniobra que, dando la apariencia de

legitimidad al proceder, enmascaraba la real voluntad de sustraer

dichos caudales del patrimonio nacional de acuerdo al fin para el

que estaban destinados.

La notoria desaprensión advertida de la sola

lectura de la documentación que conformó una tras otra las

cancelaciones de los PASIVOS PRESTACIONALES PREEXISTENTES y de la

facturación del FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, revelan el claro

interés de los funcionarios en que dicho cometido sucediera. En

efecto, lo elocuente de las vinculaciones societarias existencias

y de las relaciones preexistentes entre los máximos exponentes de

las Obras Sociales Sindicales de nuestro país con los prestadores

y proveedores, la aparición de empresas con inicio de actividades

concomitantes con el desarrollo del Programa, los pagos por

deudas que no existían a la fecha de la firma de los préstamos,

todas y cada una de las situaciones que se fueron relatando

sucintamente a lo largo de esta presentación permiten afirmar que

el sistemático y prolijo pago, cancelación por cancelación,

obedeció justamente a soslayar tales cuestiones, a sabiendas de

los intereses ocultos que se perseguían.

Restará analizar, una vez avanzado el proceso

conforme lo peticionado en este dictamen y de acuerdo a lo que

surja, los pormenores de la elección de las Obras Sociales y

todas y cada una de las negociaciones previas que determinaron

383

Page 384: Denuncia OBRAS SOCIALES

que tales hayan sido los beneficiados110, cuestión a la que todas

las personas que se mencionan a continuación deberán responder al

momento de deponer a tenor de la norma invocada.

Recuérdese las manifestaciones de los peritos

del Cuerpo de Peritos Contadores de la Justicia Nacional cuando

al referirse a una de las preguntas del vasto cuestionario

realizado manifestaron “estas líneas directrices analizaron las

necesidades generales y particulares del sistema de salud de la

República Argentina y bajaron las líneas para aplicar ese plan

general a cada una de las obras sociales en particular”.

Así, la prueba colectada y que ha sido

detallada a lo largo de esa presentación surge con palmaria

claridad la existencia de un grado de tal de sospecha, respecto

de las personas que tomaron parte de la vasta maniobra que ha

sido relatada, que importa a criterio del suscripto llevar

adelante las audiencias que se peticionan.

En este sentido, adviértase que se ha

comprobado la existencia de llamativas y repetidas

irregularidades en el proceso de ejecución del Plan de

Reconversión de Obras Sociales cuyo análisis y desarrollo

importan considerar que las mismas lejos haber sido el resultado

de secuencias estancas dentro de un gran Proyecto de

Reorganización y Mejora de las Obras Sociales en sus aspectos más

significativos y esenciales, se habría convertido en un

instrumento que, destinado a tales objetivos, fue definido y

110 Nótese que en todos los informes periciales llevados a cabo se hace claro hincapié en que en el caso de los cursos de capacitación, para ejemplificar una de las cuestiones a las que se aluden, para determinar su costo pagados debería contarse con todas las cotizaciones de todos los oferentes, dado que el receptor de tales servicios no era un usuario común, sino que se deberían haber constituido verdaderos centros de capacitación para reestructurar las Obras Sociales, todo ello supervisado por el Ministerio de Salud.

384

Page 385: Denuncia OBRAS SOCIALES

ejecutado por sus operadores de forma tal que, benefició a

determinado grupo de empresas y de personas, muchas de las cuales

formaron parte además de las líneas de decisión más importantes

del PROS.

Así pues, no puede soslayarse que todo lo

antedicho demuestra, con base en las líneas fundamentales que

conformaban el Programa, que los funcionarios a cargo del mismo111

se interesaron directamente en los destinos de los emolumentos

que habían sido otorgados para tales fines, ya sea autorizando y

ordenando pagos a “prestadores” por facturaciones sin conforme y

que correspondían en muchos casos a deudas facturadas con

posterioridad a la suscripción de los convenios de Préstamo, o

respecto de prestadores vinculados a los integrantes de las Obras

Sociales, ya sea autorizando y ordenando el pago a “proveedores”

que facturaron cada uno de los ítems del FORTALECIMIENTO

INSTITUCIONAL sin poder desconocer la vinculación entre dichas

firmas y los integrantes de la Obra Social, la inexistencia de

algunas de esas firmas al momento de la solicitud del crédito y

de la firma del Convenio respectivo, la llamativa facturación

sistemática de muchas de dichas firmas, y la vinculación entre

las mismas –que en algunos de los casos importaría considerar que

algunas de ellas fueron creadas a los solos efectos de facturar

al Programa-, siendo que además varios de los funcionarios habían

sido o eran acreedores de las Obras Sociales por alguno de los

conceptos aludidos, y que de tal forma perjudicaron los altos

intereses que les habían sido confiados.

111 Cuyos nombres ya han sido revelados.

385

Page 386: Denuncia OBRAS SOCIALES

De esta manera, el desinterés observado al

que se aludía párrafos arriba, en los debidos controles que

importaran la detección de todas las situaciones que fueron

relatadas respecto de cada obra social analizada, aparece en

autos como una cuestión directamente encaminada a desatender

tales cuestiones, por cuanto, de otra forma no se habría podido

poner en práctica los iniciales designios.

Cada una de las cancelaciones que se

desarrollaron aparecen como la consecuencia de los intereses pre

concebidos existentes desde antes en el seno de cada Obra Social,

y “respetados” al momento de autorizarse y ordenarse las

cancelaciones efectuadas.

Así también corresponde destacar que las

referencias realizadas en autos en tanto daban cuenta que las

firmas contratadas por cada Obra Social para el FORTALECIMIENTO

INSTITUCIONAL emanaba de la selección realizada respecto de un

grupo de firmas pre establecida por el PROS no empece las

consideraciones efectuadas. Por el contrario, tal situación –la

que sólo se infiere a partir de lo informado por el Cuerpo de

Peritos Contadores de la Justicia Nacional, deja entrever la

existencia de previas negociaciones con dichos proveedores en el

marco de los futuros contratos a celebrarse y la poco clara forma

en la cual tales firmas fueron seleccionadas por los funcionarios

del Programa. De otra parte, tal situación no se verifica en

determinados casos en los que aparecen contratadas personas

físicas entre las cuales se encuentran quienes fueran

funcionarios del Programa.

386

Page 387: Denuncia OBRAS SOCIALES

Así pues, estas y las demás consideraciones

realizadas a lo largo de este dictamen que surgen de la prueba

colectada, se refuerza con lo que surge de los informes de

auditoría llevados a cabo por la Auditoría General de la Nación,

relacionados con el origen y la aplicación financiera de los

fondos correspondientes al préstamo 4004 AR, 4002/3 AR –obrantes

a fs. 828/1001- corresponde señalar que la mayor parte de las

observaciones y recomendaciones realizadas se refieren a la

contratación de consultores nacionales sin informes de evaluación

con los puntajes por postulante, a la ausencia de debidas

constancias sobre la recepción de los informes de los

consultores, al atraso entre el inicio de las actividades del

consultor del Proyecto y la emisión posterior del contrato, a la

existencia de títulos profesionales de los consultores sin

legalizar, a la existencia de irregularidades en viajes y

viáticos de los consultores y hasta en los términos de las

contrataciones a realizarse con los mismos –por ejemplo al no

establecerse como recaudo la presentación de informes parciales o

adelantados de las tareas de relevamiento a realizarse-, en

algunos casos no se tuvieron a la vista los antecedentes de

selección para la compra de artículos de librería,

En especial se resalta el contenido del

memorando elevado el 12 de junio de 1997 al Secretario de

Programación Económica y Obras y Servicios Públicos, relacionado

con el informe de auditoría del “Proyecto de Asistencia Técnica

para Seguros de Salud” correspondiente a las tareas de auditoría

llevadas a cabo por la Auditoría General de la Nación respecto

del préstamo 4004AR –ejercicio finalizado 31/12/96-, en el cual

387

Page 388: Denuncia OBRAS SOCIALES

al analizar el Item SUBCONTRATOS refiere a los contratos

relacionados con la formulación del Plan de Reconversión de la

Obras Social ENCOTESA, donde “no se tuvo a la vista la póliza de

seguro de caución que la firma consultora debía presentar

conforme lo estipulado contractualmente, en lo que respecta a la

constitución de una garantía igual al monto del anticipo pagado,

ni la evaluación final del Plan de Reconversión presentado por la

Consultora”.

En este sentido dicho memorando, da cuenta de

que la través de la nota 857 del 9/4/97 la UEP había informado

que la “Obra Social Encotesa solicitó a la Unidad Ejecutora que

se extinga la relación contractual que los ligaba con la

consultora ante la disconformidad con el trabajo por la misma”,

habiendo encontrado dicha Coordinación “Conveniente” consultar

con el Banco Mundial, debiendo la Consultora presentar una carta

en donde expusiera su voluntad de rescindir el contrato firmado

el 21 de octubre de 1996 con la Unidad Ejecutora, dejando

aclarado que renunciaría a cualquier tipo de planteo o reclamo de

pago, aceptando como único pago por las tareas realizadas el

anticipo del 30% efectuado el 22 de octubre de 1996, adjuntándose

la renuncia de fecha 4 de marzo de 1997.

En dicha oportunidad la Auditoría recomendó

“documentar adecuadamente las actuaciones referidas a las

contrataciones efectuadas por el Proyecto, dejando constancia de

las mismas en los respectivos expedientes”

Asimismo tal documento da cuenta de que en la

contratación de equipos no se tuvieron a la vista las actas de

transferencia de bienes adquiridos, que se había contratado en

388

Page 389: Denuncia OBRAS SOCIALES

forma directa a la firma encargada de la organización de un

Seminario Informático para las Obras Sociales de menos de 10.000

beneficiarios, sin vista al presupuesto valorizado ni al listado

de participantes asistentes al seminario, observándose además

errores de imputación en las copias de elementos varios y de

librería.

Finalmente se realizaron observaciones sobre

determinados desvíos presupuestarios, en tanto se habían

realizado gastos por montos superiores a los presupuestados según

la revisión C del PNUD vigente al cierre del ejercicio 1996 –

línea 17.02 por la suma de U$S 39.491,86, y la línea 45.02 por la

suma de US$ 29.471,68 que representaban el 73,21% y el 86,88 de

la línea, respectivamente- habiéndose incluído en la línea 32 –

Capacitación-, gastos poo U$S 33.414,52 para el Desarrollo del

Seminario Informativo para las obras Sociales, lo cual no había

sido previsto en la Revisión C del Documento del Proyecto vigente

al 31/12/96, gastos que fueron informados al PNUD Bajo la línea

21 –Subcontratos-.

Desvíos como los indicados en el

memorando anterior, surgen así también memorando elevado a la

Dirección del Proyecto PNUD ARG95/015 en apoyo a la Reconversión

del INSSJP, correspondiente al informe de auditoría respectivo

del ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 1996, en tanto

además de otras irregularidades se observó que se habían

realizado gastos por montos superiores a los previstos según la

revisión B del PNUD, vigente al cierre del ejercicio 1996 para

las líneas presupuestarias 15.01 –viáticos-, por la suma de

14.264,22 -14,26 % de desvío sobre la línea-, y en la línea 17.08

389

Page 390: Denuncia OBRAS SOCIALES

–consultores- por la suma de 7.617,89 U$S –correspondiente a 7.90

% de la línea-; línea 32.01 –capacitación- por 400,80 –

correspondiente a 100 % de la línea-; línea 45.01 y 45.02 –

equipos- por la suma de 2.733,51 y 3.572,72 U$S respectivamente –

correspondiente a un 68,34 y un 7,15 % de la línea entre otros-.

Asimismo se observó que los informes financieros relacionados con

las solicitudes de anticipos del Fondos al PNUD, correspondientes

al 2ª y 3ª trimestre de 1996 habían sido presentadas fuera de

término, en tanto la solicitud del 4ª trimestre el importe

consignado como anticipos recibidos no se correspondían con los

efectivamente percibidos por el proyecto y en la solicitud

correspondiente al 3ª trimestre el importe consignado como saldo

en la chequera al comienzo del mes en curso no coincide con el

expuesto en el extracto bancario.

Por otro lado en memorando correspondiente al

informe de los estados financieros al 31 de diciembre de 1997,

correspondiente al Convenio de Préstamo 4004 AR BIRF proyecto de

asistencia Técnica para los Seguros de Salud, dirigido a la

Dirección del “Programa de Asistencia Técnica para Seguros de

Salud” de fecha 10 de julio de 1998, en el item B- OBSERVACIONES

DEL EJERCICIO, correspondiente al Subproyecto 1_ Reconversión de

las Obras Sociales, se detallan los aspectos que siguen:

a) Verificación de atraso entre el inicio de las actividades

de Consultor del Proyecto y la posterior emisión del

contrato, aduciendo la UEP que tal demora se encontraba

basada en las demoras del BIRF en otorgar las respectivas

“No Objeciones”,

390

Page 391: Denuncia OBRAS SOCIALES

b) que la UEP no evidencia un control y seguimiento sobre los

pasajes adquiridos y su posterior utilización en los

viáticos y viajes de los consultores,

c) Por otro lado en el apartado 3, SUBCONTRATOS se hace

alusión al concurso 3/24 por servicios de consultoría para

asistir técnicamente a la Obra Social del Personal de

Televisión en la formulación del Plan de Reconvesión, donde

se observó que la apertura de la oferta económica se había

realizado con anterioridad a la apertura de la oferta

técnica –sobres 2 y 1 respectivamente-. Se resaltó además

que no se había tenido a la vista la documentación que

respaldaba la revisión de la gerencia de Operaciones y

revisión y aprobación del Coité del Programa de la

precalificación de las Obras sociales. Asimismo, las

facturas presentadas por una consultora no cumplían con los

requisitos de la resolución 3419, observándose la

liberación del pago del anticipo a una firma consultora con

anterioridad a la Solicitud a Cancillería de la

autorización presupuestaria. Finalmente se observó que,

conforme los plazos contractuales, la presentación del Plan

de Reconversión había operado el 31/10/97, en tanto que se

había liberado el pago a una consultora con fecha 21/5/97.

27.- Los imputados

Conforme todo lo expuesto solicito a V.S. que

cite a prestar declaración indagatoria a las personas que a

continuación se individualizan:

391

Page 392: Denuncia OBRAS SOCIALES

Los siguientes funcionarios del PROS: Gabriel

María VIDART, Coordinadote General del Programa, Lic. Jaime

Héctor SAIEGH, Coordinador del Programa, Ing. Luis V. CERIANI

Coordinador General, Dr. Saúl Mario ROSSI Coordinador General,

Ing. Jorge BECERRA, Coordinador Adjunto del Programa, Dr. Lelio

H. MARMORA Gerente de Operaciones del Programa de Reconversión de

Obras Sociales, Lic. Walter HONDARRE, Dr. Gerardo CASARELLO,

Gerente de Monitoreo y Evaluación del PROS Lic. Y Coordinador

Adjunto, Dr. Guillermo COBIAN, Director Adjunto del Programa,

Julio CALCAGNO, Secretario de Política de Salud y regulación

sanitaria, Licenciado José PAVON, Coordinador del componente

obras sociales, Dr. Lelio MARMORA, Gerente de Operaciones del

Programa, Lic. Liliana SINGER, Mario Hugo GERDEL, Gerente de

Operaciones del PROS en el año 2000, Cdora Hebe OTTONELLO Gerente

de Monitoreo y Evolución del PROS, Lic. Graciela PESSAGNO,

Gerente Administrativo, Lila Rico de BADARACCO como Gerente de

Monitoreo y Evaluación del PROS, Carmen ODASSO Oficial de

Monitoreo, Guillermo BONAMASSA Secretario de Política y

Regulación de la Salud, Licenciado Walter E. HONDARRE Gerente de

Administración y Finanzas, Roberto PELUSSO Subsecretario de

Fiscalización y Regulación, Héctor MOGUILEVSKY Subsecretario de

Políticas y Regulación Sanitaria del Ministerio de Salud, Roberto

PELUSO, Néstor Abel PEREZ BALIÑO, Subsecretario de Atención

Primaria de la Salud, Rubén CANO, Superintendente de Servicios de

Salud, del Comité del Programa, Ignacio KATZ de la Jefatura de

Gabinete y Pablo GERCHUNOFF, del Ministerio de Economía, Carlos

VIZZOTTI como Subsecretario de Relaciones Sanitarias e

Investigación en Salud, Rubén TORRES entonces Superintendente de

392

Page 393: Denuncia OBRAS SOCIALES

Servicios de Salud, José María BRUNI y Lila Rico de BADARACCO,

del Area Prestacional, Gerardo CASSARELLO como Coordinador

Adjunto del PROS Coordinador General Luis CERIANI, Carmen ODASSO

Oficial de Monitoreo, Néstor A ALDAO, oficial de Monitoreo, Jorge

Ricardo Ramón PRIETO contador, José María BRUNI, y Fabián MUÑOZ

Area Organización y Gestión.

Respecto de OSTEL: Diógenes SALAZAR; Luis DE

LA FUENTE, Eusebio IGLESIAS, Jorge Bernardo PASSION y Claudio

Miguel GARAU, Eleodoro CERDAN, Mario RUSSO, Gustavo BARRAZA, y

los integrantes de las firmas que siguen:

SELDOM S.A. Aníbal Alberto UTURBEY, Evangelina BLANCO, Osvaldo

Alfredo ARGUELLO y a Alberto Ricardo AMADO, María Italia MEDINA,

Christian O. FERRANDO y Aberto BIGLIARDI, Susana Noemí LINCK,

Juan Carlos TOMERO, Avelino Oscar BORELLI

EQUIPO DE SALUD S.A. Gustavo Alejandro AONDI, Vicepresidente

Ricardo MORTEO, Carlos VICENTE MANAVELLA, Claudia PUY, Osvaldo

Raúl ARMENGOL, Carlos R. LEMIR

SOFT SALUD Ergasto. E RIVA, María Italia MEDINA, Agustina

FERNANDEZ BORELL, Guillermo SYMENS y Alberto BIGLIARDI, Eduardo

AMINI

A.V. & ASOCIADOS Pedro CAGGIANO, Alberto VALENZUELA, Paulo

VALENZUELA, Silvia Adriana SANGUINETTI, Omar LOPEZ, Alberto

BIGLIARDI y Eduardo AMNINI, Samuel J. PEREZ

De la Obra social PERSONAL DE OBRAS

SANITARIAS: Roberto POLANCO Pedro Enrique HARRIET, Juan Manuel

BULAY, Domingo CONSTANTINO, Humberto PRESTERA, Domingo

CONSTANTINO, Luis Angel CIMINELLI, Angel IÑIGUEZ DE HEREDIA,

Jorge José RODRIGUEZ, Héctor GAUNA, Oscar PASCUAL y Víctor BLANCO

393

Page 394: Denuncia OBRAS SOCIALES

De la Obra Social OSFFeNTOS: Dr. Juan Carlos

MARTELETTI, Jorge Horacio LUCERO, Luis María SOSA, Juan José

Baustista RAIMUNDO, Osvaldo José CAPASSO.

Juan C. PEREZ, Ramón Francisco CUENCA, Dr. Juan A. FOGLIA.

De la Obra Social de PRENSA: Carlos

QUATTROMANO, Raúl A. BARR, Eugenio FALCON, y los integrantes de

las firmas que siguen:

ADMINISTRADORA DE FONDOS DE SALUD S.A. Alfredo ALDAO, Jorge Pedro

CHERRO, Alejandro Oscar ANNICHINI, Ernesto Cayetano CASTIGLIONI,

Omar Edgardo MOLINA.

De la Obra Social del Personal de LA

INDUSTRIA PLASTICA: Vicente Elso Ramón MASTROCOLA, Domingo

BARRIOS, Américo Salvador MUÑOZ, Carlos Fernando MOCCIA, Humberto

Omar BELOTTI

y los integrantes de las firmas que siguen:

SERVICIOS INTEGRALES DE CONSULTORIA S.A. y T.C. SAN MIGUEL

Gustavo Franciso GANCEDO.

ESPELTA Aníbal Alberto UTURBEY, Ida GINEVRA, Alfredo ARGUELLO,

Alberto Ricardo AMADO, Héctor Julián LAURÍA

De la Obra Social OSECAC: Armando Oriente

CAVALIERI Omar Héctor DENAPOLE Alberto Marcelo MANSILLA, Daniel

Andrés RUBERTO, Pedro Angel MEZZAPELLE Norberto CARIZZONI, Juan

Carlos AVERAME, y los que siguen de las siguientes firmas:

SCIARRA CALDERON S.A. Carlos Daniel SCIARRA, Pablo CALDERON

R.Z.A. CONSULTING S.A o RODRIGUEZ, ZACHERA Y ASOCIADOS Víctor

ZACHERA, Víctor RODRIGUEZ, Guillermo MONTANER, Alberto VITALE,

Carlos BORGATELLO, Víctor RODRIGUEZ

394

Page 395: Denuncia OBRAS SOCIALES

ASISTENCIA INTEGRAL DE MEDICAMENTOS Carlos Valentín BANCHIK y

Horacio MOSCARDELLI, Alejandro BALBUENA, Clara BELKIS GONZALEZ,

Miriam Beatriz RIZZUTTI, Guillermo Antonio RODRIGUEZ, Ricardo

CRIPPA.

G.M.S. Jorge Omar PANELLI, Eduardo Agustín DIAZ, Carlos BALINER,

Daniel F. LANATA, María Cristina RUIZ, Daniel Adolfo CASO, Noemí

María del carmen PARADELO, Leandro Fabián CANEDO.

TOISON S.A. María de MENENDEZ

TRANSTEX S.A. Hernán Daniel DANIELE.

TELECOMUNICACIONES S.R.L. Raúl LIZARRAGA, Alberto Alejandro

RIVERO.

BANKET Daniel Adolfo CASO, Juan carlos SCAGLIONE, Eduardo Rubén

BREGA, Dnaiel Fernando LANATA, Jorge Lorenzo STEFANO.

JOSE LUIS IGLESIAS

NETRIX S.A . Ariel Domingo VILAN

De la Obra Social OSUTHGRA: José N.

SEGALOTTI, Angel Martín MASTRACCHIO, Crisanto JAYME, Dante

Alberto CAMAÑO, Norberto LATORRE, Carlos LEMIR, y:

SISTEMAS MEDICOS INTEGRADOS S.R.L. Héctor KAPLAN, Bernardo Sergio

KAPLAN

PRAETOR S.R.L., José María PODESSTA, Jose María FANCIULLO, y las

siguientes personas: Osvaldo Raúl ARMENGOL, Oscar Julio

CUATTROMO, Daniel Enrique NOVAK, José Luis RABOY, Fernando

MARTINEZ, Alberto CRIADO, Andrea SPRAGGON PERCIAVALLE, Pablo

TONELLI, Federico Javier MARTINEZ, Carmen de las HERAS, Susana

Silvia FOLBERG DE SILBERBERG, Pedro Luis TOMASSINO, Juan

SILVESTRE BEGNIS, Maria del Carmen TAMARGO, Susana STABILE, Maria

Estela QUINTEROS, Ciro RODRIGUEZ –DIALECTICA S.A.-, Andres PRADO,

395

Page 396: Denuncia OBRAS SOCIALES

Jorge HERMOSA, María Elina CAPELETTI, Susana Leonor WASINSKY,

María del Carmen ROCHA, Susana SILBERBERG, Néstor CHUDNOVSKY,

Néstor O. ROSSI, Juan P. ABADIE, Carlos GARRAMUÑO, Mario VERNEGNO

LIMA, VICTOR Eduardo LOPEZ, Eduardo RODAS, Silvia Graciela NUÑEZ,

EXCELSA S.A María de la Concepción Nélida MOAVRO, Viviana

PERRACINI, Carlos CARBALLO y Elena de BIASE.

GESCO S.R.L. Daniel Adolfo IRUSTA, Miguel Angel IRUSTA, Rodolfo

Emilio ALONSO, Marisa Alba TADEO,

De la Obra Social ENCOTESA: Jorge Horacio

MENEM Alejandro Cesar FERRARI, Roberto Ramón QUIROGA, Juan José

STIVAL y Alfredo Alberto Jerónimo GIOCCA, contador Adolfo Alberto

RODRIGUEZ y contador Raúl NISMAN, y:

ESTRADA CONSULTORES S.R.L. Santiago Manuel STRADA, Leopoldo VAN

CAUWLAERT, Alfredo Rubén HEREDIA.

CRUZ BLANCA Juan Carlos Severo GAGNETEN

SER SAL Jorge Raúl OCHOA, Juan Carlos PUSSETO.

SANATORIOS Y CLINICAS S.A. Julio Víctor POBLETE, Enrique José

Augusto BANYULS,

SEMEDYC Horacio GONZALEZ BUSTAMANTE

SALUD SOCIOS SOCIALES, Hugo Alberto GUARDIA,

CENTRO MEDICO NEUTOPSIQUIATRICO PRIVADO S.A ., Ricardo Jorge

MICHELI,

SANATORIO QUILMES, Julio FRAOMENI

De la Obra social de los FERROVIARIOS: Oscar

VALDOVINOS, Atilio METTINI, Rubens COLALILLE; y:

DRONOR S.A. Alejandro Mateo CLIVIO

SIRESA S.A. José Severino PAMPURI

396

Page 397: Denuncia OBRAS SOCIALES

CHERMINOT S.A. Eduardo Mauro CASSOL, Juan Alberto NAPOLITANO,

Angel Antonio SANTANGELO,

CONSORCIO T & C Carlos Alfredo TOMADA, Amalia Beatriz VILLAROEL,

Antonio M. GIUDAZZIO

De la obra Social del PERSONAL MARITIMOS:

Enrique Omar SUÁREZ; Carlos Italo Nicolás RUIZ; Mario José GODOY;

Víctor Luis VENTURA Carlos Rodolfo MILANESI, María del Carmen

CABRERA PEÑA y de:

INVESTIGACIONES MEDICAS S.A. Alejandro Oscar ANNICHINI, María

Cristina CAIVANO, Leopoldo Marcelo KAUFMAN

CONVENIOS S.A. Carlos Ignacio SUAREZ

CEALTE coop ltada. Nestor Daniel ZIMMERMAN, Daniel Elías PEREZ.

RTC ARGENTINA, RTC BUENOS AIRES S.A. Jorge Miguel CURI, Gabriela

Rosana CONATTELLI, Guido YAGUSPSKY

ABC S.A. Benjamín Germán ABLANEDO

CLODE S.A. Nicolás Santos ROMEO, Adolfo Rubén DEL POPOLO

CT CONSULTORES S.A. Carlos Alberto TINANT, Víctor Ramón YANNINI

CONSULTORES DE SERVICIOS INFORMATICOS S.R.L. José Luis GONZALEZ.

CE.DE.I. S.R.L. Daneil Enrique NOVAK, Oscar Julios CUATTROMO.

CONSULTORA DE COMUNICACIONES INTEGRALES S.A. Emilio Roberto FALBO

Como asi tambien, Juan Hector GAMBARINI, Horacio Alberto MENDEZ,

Daniel Ricardo GOLBERG

De la Obra Social OSPRERA: Gerónimo VENEGAS;

Cecilio SALAZAR; José Roque GONZÁLEZ; Israel Rubén BENÍTEZ;

Carlos Ignacio CABALLERO; Osvaldo F. NAVARRO, Ana Maria

RODRIGUEZ, Maurico PASCUALI y

TEKHNE S.A. Raúl Eduardo SOUTO, Rodolfo Hector MONTONATTI, jorge

J. GAGGERO, Roberto Manuel VAZQUEZ,

397

Page 398: Denuncia OBRAS SOCIALES

RENDAR S.A. Jorge Washington GONZALEZ, Cristina Ramona LOPEZ

FONTES, Jorge Claudio AGÜERO, Viviana Noemí GAMARRA

PRONOMAR S.R.L. Marcelo Antonio TOROK María Alejandra POLIT

CONVERGENCIA TELECOMUNICACINES S.A. Sebastián Salvador PERDICARO

MEDICAL WORK S.A. Carlos Enrique PONCE

CIPE GRUPO CONSULTOR: Jorge Rubén PIROTA, Adriana Beatriz VICO

De la OSSIMRA: Luis Alberto GARCIA ORTIZ;

Ricardo Angel LAMANNA; Luis BRITO DEL PINO; Roberto Martín

NAVARRO; Carlos Alberto POLLICE y:

UNIMED S.A. Flora Dora GISER DE VAYSMAN, Mónica Patricia

FERNANDEZ.

CONTECSA Alberto F. MONET, Ezequiel A.D. HOLMBERG, Gustavo L.

CRISCUOLO,

De la OSPE –PETROLEROS-: Antonio CASSIA, Juan

Carlos CRESPI, Angel BONACCI, Rodolfo Nicolás ISAK, Alejandro

BETANCUR y los miembros de las siguientes firmas:

NOVEL S.A. Guillermo R. OGGIER, Marcela QUIROGA, Ricargo GALEGO

SILVA, como así también

ALICIA MARIA GARCIA BATES, EFRAIN NOVICK, NESTOR PERRONE,

GUILLERMO OGGIER, HECTOR CAVACCHIA, MARCELA QUIROGA, OLGA

FRASCHINA, EDUARDO SANCHEZ, RAMONA CRESPO, EFRAIN NOVICK,

De la Obra Social SEGUROS: Fabián Alejandro

Manuel VALLE; Nidia Alicia ROMERO de RANGUGNI; Ramón José VALLE,

Nicolás Angel COLOMBO, Francisco José CICHELLO, Pablo María

PASTINE ZEBERIO, Juan Carlos AUDAGNOTTI, María Elba GOMEZ de

RODRIGUEZ, Carlos Alberto RAIMONDO, y Raúl Amenacio MARTÍNEZ;

Alfredo Angel GONZÁLEZ MOLEDO; Miguel Ignacio LAMAS COUSO.

S & S. Roberto Francisco FATTA y Raúl Eduardo SOUTO

398

Page 399: Denuncia OBRAS SOCIALES

MEDICAL SYNERGIES S.A. Carlos Eduardo CHAMI, Samuel Alberto

De la Obra social del VESTIDO: Romildo

Francisco RANU; Cesar Luis PERINI; Justo JUAREZ; Roque Andrés

VACHET; Amanda Mirta FIORAVANTI, Isabel Adelia QUINTANA y Armando

Enrique DEL CANTO y,

NOBERTO DOMINGO CALABRIA

SERGIO OMAR CHAVEZ, como así también

MAXIN S.R.L. Alberto Máximo GRUNEWALD, Guillermo Mario FEINBERG,

María Margarita KOTMILO

De la Obra Social VITIVINICOLAS: Ramón

Enrique PAVEZ; Miguel A. OLGUIN; ORTEGA, Lucio SANCHEZ, José

TOLEDO; Luis A. PESUTTI

De la Obra Social de ENTIDADES DEPORTIVAS Y

CIVILES: Rodolfo P. MEROY, Carlos DELEDICQUE, Vicente TALIANO,

Aroberto O. RODRÍGUEZ, Vicente MICHIENZI, y

ABC S.A. Gloria I. ARDINI

GRUPO OMEGA S.A. Angeles VAZQUEZ DE LOPEZ, Stella maris BRETTON,

Jorge Héctor LECHTER

De la Obra Social LUZ Y FUERZA: José Osvaldo

NOGALES, Omar Roque Adolfo ROCCIA; Vicepresidente: Julio Cesar

IERACI, Hugo Jorge TARELLI, Rubén Darío BETINATTI y Juan Pedro

STORTI.

De la Obra Social FIDEEROS: Enrique Héctor

TERNY, Eduardo Alberto BUSTOS, Tesorero: Héctor Juan LOMBARTE;

Secretario de Acción Social: Pedro Augusto PALADINI,

VISITAR S.R.L Jorge Sebastián ADARO, Peregrino SELSER Tomás

Leopoldo LANGER

CREXAL S.A. Horacio Héctor DONATO

399

Page 400: Denuncia OBRAS SOCIALES

MASTERSOFT DI CHENA y ASOCIADOS S.R.L Marcelo DI CHENA y Claudia

Noemi Blandamura

De la obra Social del PERSONAL DE

CONSTRUCCIÓN: Gerardo Alberto MARTÍNEZ, Luis LÓPEZ Hugo D.

FERREYRA, Alejandro PETTENAZZA

CLINICA MODELO LOS CEDROS: Horacio Munir HADDAD

SOCIALMED S.A. Germán Norberto RIOBO y Rafael Pascual BRUNO.

CEMAPS S.A. Jorge CACACE y Ana Gloria EVANGELISTA

PROGRAMAS DE ATENCIÓN ODONTOLÓGICA S.R.L. Antonio Cayetano

GERONIMO

INSTITUTO MEDICO REGIONAL, Erardo R. SEGALOTTI, Eduardo H.

GALARETTO y Natalio CANTOR,

INVESTIGACINES MEDICAS S.A. María Cristina CAIVANO y Leopoldo

Marcelo KAUFMAN,

NEPHROLOGY S.R.L . Domingo CASADEI

DASE S.A. (Dirección y Administración de Servicios S.A.) Ricardo

Juan MARCICO

FAMEDIC S.R.L. Carlos MARTÍNEZ SALABERRY

LAMA PRODUCCIONES GRÁFICAS S.A. Oscar Armando SANGIACOMO y

Beatriz LATINI.

POWERWARE (Strategic Power Management) Jorge GLUCK y Jorge

Ricardo KITROSER.

TUBING S.A. Adolfo Daniel GIMENEZ VEGA y Daniel Ricardo GIMENEZ

ESPINOSA.

U PGRADE S.A . Néstor José REZK

LABSYS S.A. Marcos OSTROWICZ.

EXO S.A. Luis Teófilo SZYCHOWSKI y Diego Luis SZYCHOWSKI

400

Page 401: Denuncia OBRAS SOCIALES

ORACLE ARGENTINA S.A. Jorge N. LOZANO y Marcela A. LIMA.

DILHARD. Martín MARÍA

ARNABOLDI & ASOCIADOS S.A. Jorge Alberto ARNABOLDI.

MABCARD`S INT´AL Miguel Angel Bigar. Miguel Angel BIGAR e Inés

FANCHETTI

TEKHNOSUR S.A. Claudio Anibal RIVERO

SERVICIO MÉDICO DE LA CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN. Anibal

OYARZUN LOBO

LIC. DIEGO HERNÁN CORALINI.

TOTAL EMPRESARIA DE IGNACIO BALBIANI. INSTITUTO TECNOLÓGICO DE

BUENOS AIRES. Roberto José BELELLI.

SISTEMAS ASISTENTES S.R.L. Roberto Ramón GONZÁLEZ y Silvia

Serafina FRANCOLINO.

EQUIPO ELE S.A. Damaso SIERRA y Marta A. R. DE LARRANDART.

BDO CONSULTING S.A. Eduardo Daniel BECHER, Gustavo Gabriel SCHUTT

y Alberto Luis MORELLI.

INFOMEDICAL S.A. María Estela RAGGIO.

De la Obra Social BANCARIA ARGENTINA: Juan

José ZANOLA, Cdor. Carlos Alberto PETRUCCI y las personas

siguen: ASOCIACIÓN BANCARIA: Carlos LEGUIZAMÓN, Hugo VALERI,

Jorge CASTELLI

ACTO MÉDICO S.A. Gerente Miguel Manuel ARGONZ.

CENTRO PRIVADO SALUD MENTAL. Pedro VILARIÑO, María del Carmen

VILARIÑO y Olga FASCHINA.

DRONOR S.A. Eduardo Mauro CASSOL.

PREVENIR S.A. Marcos LOZADA ECHENIQUE, Néstor Nicolás JAIMOVICH y

Santiago SOLERI.

BONIFATI Y ASOCIADOS Cecilia Susana BONFANTI.

401

Page 402: Denuncia OBRAS SOCIALES

RKL SRL Alejandra Beatríz RAFULS.

NUEVA CONSULTORA S.A. José Roberto NOEL y Luis Victorio CERIANI.

MAXIMUS INC . Juan José TASSO, Carlos DORMAL BOSCH.

MANAGED CARE OF ARGENTINA: George Albert GULISANO.

Sírvase proveer de conformidad con lo

solicitado que,

SERA JUSTICIA.-

402


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