FACULTAD DE DERECHO
Carrera de Derecho
EL CONTROL ADUANERO DEL RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO EN LA
DETECCIÓN DEL DELITO DE CONTRABANDO EN EL TERMINAL PORTUARIO DEL CALLAO
Trabajo de Investigación para optar el Grado Académico de
Bachiller en Derecho
ALLISON LÓPEZ BARRA
Lima - Perú
2020
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Dedicatoria
A Dios y a la Virgen de Chapi
Por guiar e iluminarme en los
momentos más arduos.
A mis padres
Por su motivación diaria y el aliento
para no darme por vencida.
A mis hermanos
Por esos momentos únicos que me
dan.
A Manolo, Bruno y Brunella
Por ser esa motivación extra en mi día
a día.
Allison
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Agradecimiento
Quisiera expresar mi agradecimiento a mi profesor, el cual sin sus conocimientos
no podría haber puesto en pie este trabajo de investigación.
Así también, resulta muy importante darle reconocimiento a mi familia por el gran
esfuerzo que realizan para que yo cumpla mis sueños.
Allison
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Índice
Dedicatoria ....................................................................................................................... 2
Agradecimiento ................................................................................................................. 3
1. Planteamiento del problema ..................................................................................... 5
1.1 Situación Problemática .................................................................................................5
1. Problema General ................................................................................................... 23
2. Objetivo General ..................................................................................................... 24
3.1 Objetivo General ........................................................................................................24
3.2 Objetivos específicos ........................................................................................................24
4. Justificación del problema ...................................................................................... 24
5. Marco Teórico ......................................................................................................... 26
5.1 Antecedentes del problema ...............................................................................................26
5.2 Normas legales aduaneras ................................................................................................37
5.3 Marcos Conceptuales .......................................................................................................38
6. Conclusiones ........................................................................................................... 41
BIBLIOGRAFÍA.............................................................................................................. 47
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1. Planteamiento del problema
1.1 Situación Problemática
El terminal Portuario del Callao es un puerto marítimo de la costa central del Perú,
perteneciente a la Provincia Constitucional del Callao. Es el puerto de facto de la
ciudad de Lima, siendo de esta forma considerada el principal puerto del país en
tráfico y capacidad de almacenaje. Es aquí donde se concentra el ochenta y cinco
por ciento (85%) del total de las importaciones para el consumo que se llevan a
cabo en el país.
A su vez, la institución que se encuentra a cargo del desarrollo del país en cuanto
al tema de comercio exterior es la Superintendencia Nacional de Aduanas y
Administración Tributaria (SUNAT). Esta asume el liderazgo en materia de
facilitación del comercio exterior e implementación de la política aduanera. Así
mismo, la SUNAT cumple un rol predominante en el control del comercio
exterior, principalmente en temas como, la facilitación y agilización de las
operaciones de importación, a través de la simplificación de trámites y procesos
aduaneros.
Uno de los regímenes aduaneros más utilizado es la importación para el consumo.
Este es el régimen aduanero, según Mondragón (2014), que autoriza la entrada
de mercadería de procedencia del extranjero con el propósito de que sea
consumida en su totalidad en territorio peruano, la cual será considerada
nacionalizada luego de haber presentado la documentación correspondiente y
haber hecho el pago de los derechos arancelarios para el tipo de producto a
importar.
Asimismo, el control aduanero de mercancías consiste en la inspección y
supervisión que son dadas a las mercancías extranjeras, nacionales o
nacionalizadas con la finalidad de determinar y aplicar el régimen jurídico a las
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que dichas mercancías deberán ser sometidas. Para que este control se realice de
forma eficaz se requiere de un marco legal, es decir, un conjunto de normas que
están establecidas por las leyes que otorgan competencias y establezcan
procedimientos para un correcto y buen control de las mercancías. Según SUNAT
(2015), la importación para el consumo posee las siguientes etapas:
Numeración de la Declaración: El despachador aduanero solicita la destinación
aduanera del régimen de Importación para el Consumo a través de la transmisión
electrónica de la información utilizando la clave electrónica asignada. El sistema
informático confirma la información recibida mediante vía electrónica y, de ser
satisfactorio, se generara el número de la declaración y liquidación por deuda
tributaria aduanera y recargos.
Cancelación de la Deuda Tributaria aduanera y recargos: Estas deudas deben
ser canceladas en efectivo y/o cheque en los despachos que cuentan y que no
cuentan con garantía previa conforme al artículo 160° de la Ley General de
Aduana, las cuales serían los despachos anticipados y urgentes, los cuales serán
numerados antes del arribe del medio de transporte; y los despachos diferidos y
urgentes que a su vez serán numerados después de la llegada del medio de
transporte.
Asignación del Canal de Control: Se da cuando la deuda tributaria aduanera,
recargos y la liquidación de cobranza que están relacionados a la declaración
hayan sido cancelados. Los canales de control son tres: canal verde, las
mercancías en este canal no necesitaran de revisión física ni documentaria; canal
naranja, las mercancías, en este caso, serian sometidas a revisión documentaria; y
por último, canal rojo, en el cual las mercancías estarán sujetas a pasar por un
reconocimiento físico.
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Recepción, registro y control de documentos: El despachador de aduana, se
encargara de presentar los documentos sustentadores pertenecientes a la
declaración correspondiente al canal naranja o rojo.
Revisión documentaria: El funcionario de aduana recibe los documentos
correspondientes de la declaración que han sido sometidos a canal naranja o rojo
para la correspondiente revisión documentaria. De estar todo en correcto estado
se registrará en el portal web de la SUNAT, el estado del levante autorizado.
Reconocimiento físico: Este proceso se realiza con la fecha a la llegada del medio
de transporte. El levante de las mercancías no quedara garantizado mediante esta
asignación.
Retiro de las mercancías: Esta llegara a ejecutarse con previo otorgamiento del
levante de mercancías el cual se encontrara publicado en la página web de la
SUNAT.
Regularización del despacho anticipado: Abarca la transmisión de la
información del ingreso, así como de la recepción de la mercancía, se debe incluir
también los pesos definitivos de la declaración por el dueño.
Por ello, al control aduanero se le debe otorgar una suma importancia en cuanto
a las negociaciones que se dan en los tratados de libre comercio; y aquellas que
son de ámbito internacional regional, bilateral y multilateral, puesto que es de gran
ayuda en cuanto a la fiscalización, control y vigilancia, ya sea en el ingreso y/o
salida de las mercancías que llegan a territorio peruano.
Por consiguiente, se puede inferir que a través del control aduanero se busca
reducir los factores de riesgo en la sociedad, amparar la seguridad nacional, el
ambiente y la salud.
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Dichos factores de riesgo pueden verse evidenciados en los delitos aduaneros, los
cuales consisten en el tráfico ilícito de mercancías de forma internacional, o en
todo aquel acto de simulación, encubrimiento, falsedad o engaño que incite a error
a la autoridad aduanera, evadiendo de esta forma el pago total o parcial de los
impuestos o el cumplimiento de las normas aduaneras (SUNAT, 2018).
Una vez identificados los riesgos, se debe realizar un análisis de estos, con
respecto a su probabilidad de que un hecho ocurra y sus consecuencias, mediante
una gestión de riesgo. Una eficiente Gestión de Riesgo debe permitir a las
administraciones aduaneras incrementar la calidad del control de sus operaciones
y, paralelamente, brindar todas las facilidades al operador al momento del
despacho. Es decir, la ventaja de utilizar una Gestión de Riesgo para fines de
control aduanero es permitir a los funcionarios de las administraciones puedan
aplicar los criterios de selección que les permitan obtener información de manera
confiable y oportuna para poder así tomar una acción inmediata frente a una
determinada circunstancia.
Todo sistema de Gestión de Riesgo debe tener una buena información, fiable y
oportuna. Fiable, porque para poder predecir algún posible suceso debemos tener
la seguridad de que la información que se ha ingresado es el correcta. Oportuna,
porque es necesario, para realizar análisis de riesgos, tener información del
momento y no de hechos muy lejanos o de casos no similares, ya que esto también
afecta la toma final de decisiones.
Uno de los delitos aduaneros más reiterados es el contrabando. El contrabando es
aquella actividad ilegal que consiste en la sustracción de mercancías del territorio
nacional o el ingreso de materiales extranjeros sin tener estos la verificación o
reconocimiento correspondiente por parte de la Administración Aduanera,
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(SUNAT, 2003). Los principales productos que ingresan al país por contrabando
son artefactos electrónicos, textiles, juguetes, neumáticos, arroz, prendas de vestir,
bebidas alcohólicas y cigarros, entre otros.
Esta actividad ilegal perjudica a la industria nacional, presentando hasta el 2018
que el monto de las mercancías de contrabando en el territorio nacional ascendió
a los 586 millones de dólares, siendo alrededor del 30% de este monto lo que el
Estado deja de recaudar. (Ríos, 2018).
Se observa el gráfico de la evolución anual del contrabando estimado por la
SUNAT para el periodo 2002- 2018.
Para Pérez y Merino (2016), el contrabando es el acto de ingresar mercaderías a
un país de manera ilegal, sin que se pague los impuestos correspondientes o no
respetando lo establecido por la legislación aduanera. Del mismo modo, el
Instituto Aduanero Tributario (2018) alega que el contrabando consiste en sustraer
mercancías del territorio nacional o ingresar materiales extranjeros sin tener
verificación por alguna de parte de la Administración Aduanera.
FUENTE: Ministerio de Economía y Finanzas
ELABORADO POR: SUNAT
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Según Escobar (2008), es probable que los productos que han ingresado de
manera ilegal al país sean comercializados en diferentes centros de ventas que no
cumplen con la formalidad requerida por el Estado, o se dé el caso que dichas
mercancías se vean dentro de un proceso de pseudo legalidad en el que la
documentación se verá alterada con la finalidad que los bienes lleguen a ser
comercializados de manera legal en establecimientos autorizados. Es por eso que
se establece factores y modalidades que impulsan este fenómeno.
Dentro de los factores podemos mencionar a:
a) Las diferencias impositivas. Son una razón que permite que el contrabando
sea potencialmente lucrativo.
b) Las políticas gubernamentales sobre la importación y normas que prohíben las
ventas de determinados productos. Algunos países imponen limitaciones a la
importación, mediante la inclusión de cuotas, aranceles y barreras no
arancelarias. Dichas restricciones pueden dar lugar a considerables diferencias
de precios entre países colindantes, que pueden ofrecer una oportunidad para
obtener beneficios practicando el contrabando.
c) Costos de llevar a cabo la actividad del contrabando. Cuanto menor sea el
costo de pasar productos de contrabando, mayor será el incentivo para ello.
d) Grado de corrupción. Según el libro Las Múltiples Caras de la Corrupción
(Banco Mundial, 2009), indica que el contrabando tiende a aumentar en
paralelo con el grado de corrupción de un país. Esta actividad ilícita ocurre
donde exista un incentivo, pero sobre todo donde el costo de arriesgarse a ser
capturado y penalizado es relativamente bajo.
e) Pobreza. Los sectores de la población de menores ingresos económicos son
los más propensos a adquirir productos de contrabando, ya que al no tener los
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ingresos necesarios toman el riesgo de comprar productos que no hayan
cumplido con todas las normas legales.
f) Condicionantes de tipo normativo. Referidas a las normas legales que se
encargan de regular todas las zonas francas; así también, las geográficas de
tratamiento especial; y el comercio legal que se da entre fronteras.
g) La cultura de la informalidad. Algunos segmentos de la población consideran
que ellos no están cometiendo falta alguna al consumir bienes de contrabando,
ni consideran que se le esté restando recursos al sector público para la
prestación de servicios básicos.
h) Ciclo económico. La actividad ilícita del contrabando se agrava durante las
crisis, debido a que adquirir bienes en el mercado formal termina siendo
relativamente más caro, por lo que las personas recurren con mayor frecuencia
al mercado informal, en donde los precios, en su mayoría, son más baratos.
i) El papel de la industria. Según Joossens, Merriman y Yurekli (2000),
concluyen que el contrabando es mas bien una estrategia por parte de las
marcas internacionales para introducirse en los mercados de los países en
donde los ingresos son bajos o medios.
j) Existencia de una frontera extensa y de difícil topografía. Estas limitaciones
hacen que aumenten la dificultad de un control eficaz del paso de vehículos,
personas y mercancías, que entran al país sin pasar por los controles
aduaneros.
Escobar (2008), indica que se han identificado las siguientes modalidades de
contrabando desde el punto de vista operativo:
a. Hormiga: Son las personas que transportan cantidades pequeñas de
mercancías, en muchas ocasiones a través de centros poblados.
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b. Caleta: La mercancía se encuentra camuflada o escondida en los diversos
compartimentos de los vehículos, que son acondicionados para evadir el
control en las aduanas.
c. Pampeo: Se usan vías alternas, pampas o trochas, para así poder cometer este
delito.
d. Culebra: Convoy de camiones de carga pesada, que traslada una cantidad
considerable de mercancías.
e. Ruleteo o carrusel: Uso repetitivo de un documento aduanero, que se adultera
con ese fin.
f. Chacales: Por lo general, se contrata a personas, supuestos “turistas
nacionales”, quienes son capaces de hacer un uso indebido de una franquicia
de una zona franca.
Por otro lado, en base al Informe número 34-2018-SUNAT/1V3000, publicado
por el Ministerio de Economía y Finanzas (2018), se ha identificado fuentes o
zonas de ingreso de contrabando al territorio peruano, las cuales son las
siguientes:
Frontera: Ingreso por Puno y frontera norte (Tumbes y Piura)
Frontera y zona que goza de beneficio arancelario: Este es el caso del
contrabando que se produce por Tacna.
Zona con tratamiento preferencial: Corresponde a las importaciones que
se acogen al Convenio Peruano- Colombiano (PECO), y que luego se
reexportan al resto del territorio nacional.
Callao: Se da por vía marítima a través del muelle del Callao; y por vía
aérea, mediante el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.
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Sin embargo, es en el Terminal Portuario del Callao donde se concentra el ochenta
y cinco porciento (85%) del total de las importaciones que se llevan a cabo en el
país. Según la Comisión de Lucha contra el Contrabando y Comercio Ilícito de la
Sociedad Nacional de Industrias (2019), uno de tres productos provenientes de
esta actividad ilícita ingresa por el canal marítimo, por lo que en este puerto se
presenta un 28% de incidencia de contrabando llegando a ser considerado como
uno de los lugares con mayor ingreso fraudulento de mercancías a territorio
nacional.
El contrabando representa un daño social y económico al país, pues perjudica
notablemente a la recaudación tributaria por parte del Estado ya que, en los
últimos ocho años, Perú perdió 5 mil 59 millones de dólares como consecuencia
FUENTE: Ministerio de Economía y Finanzas
ELABORADO: SUNAT
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del ingreso ilícito de productos de contrabando (Comisión de Lucha contra el
Contrabando y Comercio Ilícito de la SNI, 2019).
Según fuentes de origen, se señala que se ha visto un incremento del contrabando
en zonas pertenecientes a la Aduana Aérea y Postal del Callao (9.5%), PECO18
(6.5%), y en zonas de la Aduana Marítima del Callao (4.7%) así como en Tacna
(3.7%); asimismo, se redujo en la frontera norte (-2,0%) y Puno (-1,5%).
Debido a este aumento, la Intendencia Nacional de Control Aduanero de la
SUNAT emplea el Plan Nacional de Gestión y Control Aduanero 2018, el cual
contiene los lineamientos y estrategias orientados a prevenir y reprimir el
contrabando, entre otros aspectos.
De acuerdo a este Plan, como parte de la acción estratégica “control - delitos
aduaneros y delitos emergentes 2018”, se llevaron a cabo varias acciones de
mejora, algunas de ellas se orientaron a prevenir y reprimir al contrabando, tales
como:
FUENTE: Ministerio de Economía y Finanzas ELABORADO POR: SUNAT
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- Priorizar la ejecución de las diversas acciones coordinadas y/o conjuntas con todas
las lntendencias de Aduana a nivel nacional, principalmente en la zona sur del
país, que están destinadas a prevenir y reprimir los delitos aduaneros, en especial
el contrabando, éstas acciones que deben estar debidamente sustentadas.
- Primar la ejecución de las acciones operativas de mediana y de grande importancia
en Lima y Callao, en especial de aquellas mercancías que pueden llegar a ser más
sensibles al delito del contrabando.
- Efectuar el constante control mediante acciones operativas en la zona primaria
aduanera, que procura la prevención y la contención de los distintos delitos
aduaneros.
- Cuando se lleven a cabo los hallazgos o medidas preventivas que sean
implementadas por las aduanas operativas o la Gerencia de Prevención del
Contrabando y Operaciones Especiales (caso de mercancía que haya sido
intervenida y que supere las 04 UIT para ser considerada como delito aduanero,
temas de tráfico ilícito de drogas, dinero u otros ilícitos priorizados), toda la
información respecto al hallazgo deberá ser comunicada a la División de Gestión
de Riegos Aduaneros y de inteligencia Aduanera de la Gerencia de Gestión de
Riesgos e investigaciones Aduaneras.
- Ejecutar acciones de control en coordinación con la Policía Nacional acerca de las
principales vías de acceso a las principales ciudades de concentración económica,
ya sea por medio de los Puestos de Control Móvil o con la formación de anillos
de seguridad.
Como parte de la política de prevención y represión del contrabando llevada a
cabo por la SUNAT, el valor CIF de las mercancías incautadas e inmovilizadas
aumentó a US$ 121 millones en el 2018, un monto superior en 88,9% con respecto
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al año anterior. En un nivel desagregado, las mercancías que se encuentran
inmovilizadas cuya participación llega al 72% del total, han experimentado un
mayor ritmo de expansión (105,1%) en comparación con las mercancías que han
sido incautadas (56,8%).
Así también, se creó la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la
Piratería (CLCDAP), que era presidida por el Ministerio de la Producción e
integrada por 16 entidades provenientes del sector público y privado. El objetivo
de esta Comisión es reducir la ocurrencia de entrada de mercancía de contrabando
al país, así como también combatir los delitos que se dan contra la propiedad
intelectual en todas sus formas, con el objetivo de fortalecer la industria nacional
y favorecer así la competitividad.
En el 2018, se realizó un total de 5,182 intervenciones en todo el país, por un
monto superior a los US$213 millones.
Los operativos más emblemáticos fueron los efectuados en el Centro Comercial
Fronteras Unidas Grau, Centro Comercial Capón y Centro Comercial 5
Continentes, donde se incautaron ropa, medicinas y calzados.
FUENTE: Ministerio de Economía y Finanzas
ELABORADO POR: SUNAT
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También afecta a la competitividad de las empresas, atentando contra la
generación del empleo formal de calidad dando paso a la existencia de una
competencia desleal, el cual hace referencia a todo aquel comportamiento que
produzca resultados contrarios a las exigencias de la buena fe, viéndose reflejado
en productos de contrabando que pueden ser vendidos en un 20% más barato que
el mismo producto fabricado por la industria nacional.
El sector que se ve más afectado por este delito aduanero, según la Sociedad
Nacional de Industrias, es el sector textil, ya que se estima que cada día que pasa
se pierde alrededor de 460 puestos de trabajo formales. Como consecuencia de
ello, se genera 1.400 puestos informales, que no ofrecen ni beneficios sociales ni
derechos laborales, señalando, además, a las prendas de vestir en general y la ropa
usada en específico entre los distintos artículos que ingresan con mayor frecuencia
ilegalmente al país.
Es por ello que la SUNAT, ejerciendo la potestad que tiene mediante el servicio
aduanero, y en unión con el Estado, han redoblado sus esfuerzos desplegando una
serie de acciones y prestaciones cuyo objetivo es el de cautelar el interés fiscal y
combatir este comercio ilegal, supervisando el flujo de ingresos y salidas de
mercancías del territorio nacional. Consecuencia de ello, la participación de
observadores en los controles aduaneros, que fueron asignados por la Comisión
de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, efectuaron durante los años
2016 y 2017; 994 aforos para la revisión física de mercancía importada que
correspondía al rubro textil y confecciones.
En ellos se encontraron 954 incidencias por delitos aduaneros, como resultado de
ello generaró una recaudación por S/772.957 bajo el concepto de pago de multas
18
e impuestos y US$5’220.305 por ajustes realizados a mercancías que fueron
declaradas por debajo del valor correcto.
Según la Comisión de Lucha contra el Contrabando de la Sociedad Nacional de
Industrias (2019), la SUNAT obtuvo hallazgos significativos durante el primer
trimestre de 2019, al incautar un 73% del total de los productos ilícitos que
tuvieron un ingreso de forma ilegal al país a través del Terminal Portuario del
Callao.
A raíz de ello, se realizaron toma de decisiones que fortalecieron el control
aduanero tales como la implementación de la alianza estratégica firmada entre el
Comité Interamericano Contra el Terrorismo (CICTE) de la Organización de los
Estados Americanos (OEA) y la SUNAT en el que se recibe asistencia técnica
especializada tanto para el control de los contenedores como para la revisión de
buques de carga esperando de esta forma ver una mejoría en el rendimiento de los
oficiales aduaneros en los diferentes puertos, en la lucha contra el contrabando,
sin afectar los tiempos de atención que se da en los despachos. También cabe
destacar el Programa FAST (Facilitación Aduanera, Seguridad y Transparencia)
el cual permite el facilitar, agilizar, automatizar y transparentar los procesos de
entrada y salida de mercancías. El Programa tiene como objetivo reducir los
tiempos de despacho aduanero, eliminando así los trámites presenciales a través
del uso de formatos electrónicos, implementando despachos que estén
diferenciados para OEAs, fortaleciendo el intercambio de información con los
operadores de comercio exterior, así como también, el uso intensivo de
tecnologías de punta; con la finalidad de mejorar la competitividad y contribuir a
una mejora de los servicios aduaneros y logísticos, logísticos y control.
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El Perú se adhirió al Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización
Mundial de Comercio (OMC), el cual entró en vigencia el 22 de febrero del 2017.
En este acuerdo se implanta medidas para poder así facilitar la fluidez en el
tránsito de mercancías a través de las fronteras, incluyendo disposiciones dirigidas
a disminuir los costos comerciales de los operadores y a la vez aligerar el despacho
y levante de mercancías, además de promoverse el establecimiento de
procedimientos modernos, uniformes y eficientes, que se adaptan a los estándares
internacionales en materia de facilitación de comercio. Asimismo, asegura
también un comercio legítimo y se promueve un correcto manejo de la gestión de
riesgo, lo cual trae como consecuencia la reducción de costos de tiempo y dinero
para los operadores de comercio exterior.
Así también, la SUNAT ha implementado el programa de Operador Económico
Autorizado (OEA), el cual tiene el objetivo de acreditar a los operadores
económicos confiables y seguros, luego de haber sido sometido a un proceso de
auditoría de su organización, procesos, administración y estados financieros, así
como al cumplimiento de estándares de seguridad.
Los beneficios establecidos por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria (SUNAT) para las empresas que certifiquen como
OEA son:
- Facilidad para adaptarse a los procedimientos aduaneros simplificados y
presentar breves declaraciones de entrada y salida de mercancías.
- Reducción de los controles físicos y documentales.
- Facilidad para realizar los controles adecuados en las dependencias del
operador.
- Prioridad en el despacho y habilitación de carriles rápidos.
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- Ventajas financieras al momento del pago de tributos y aranceles.
- Reducción de tiempo y costos, como consecuencia de ello, un aumento de la
competitividad en los mercados internacionales.
- Conseguir de un sello de garantía que acredite a los operadores confiables y
seguros.
En la actualidad, según cifras de SUNAT (2020), hay 50 empresas peruanas que
decidieron ser parte de OEA y que se encuentran distribuidos de la siguiente
forma: sesenta y nueve (69) importadores, cuarenta y tres (43) exportadores,
treinta y tres (33) agencia de aduana, cinco (05) almacenes; y (01) empresa de
servicio de entrega rápida. Estas cifras se han ido incrementando llegando a crecer
en un promedio del 65% desde el establecimiento del programa en el 2013.
Es así también que, la recaudación tributaria debido al ingreso de mercancías de
contrabando a territorio nacional se ha visto, de igual manera, afectada.
FUENTE: SUNAT
ELABORADO POR: Idexcam- CCL
21
El Estado pierde el control que tiene sobre las mercancías y deja de recaudar los
impuestos y aranceles correspondientes, lo cual genera una regresión en la
economía dado que reduce los ingresos por recaudación de impuestos por parte
del gobierno.
En los últimos ocho años, el Estado dejó de recaudar 5,059 millones de dólares,
ello como consecuencia de la entrada productos ilícitos al país, advirtió la
Comisión de Lucha contra el Contrabando y Comercio Ilícito de la Sociedad
Nacional de Industrias (SNI).
Sin embargo, en noviembre del 2017, se dio un aumento de la recaudación
tributaria del 6%, respecto del mismo mes del año pasado. Lo cual en otras
palabras, se habría llegado a recaudar S/ 549 millones más que en noviembre del
2016, según SUNAT. Siendo que, el 5% pertenece a la recaudación aduanera en
la cual también se ha visto un ligero crecimiento (del 2016 al 2017). En el Perú,
la recaudación de tributos por la Aduana representa el 22% de los Ingresos
Tributarios Totales.
FUENTE: Ministerio de Economía y Finanzas ELABORADO POR: SUNAT
22
Por último, la ayuda de los veedores, quiénes realizan acciones de Apoyo al
Control en los despachos aduaneros de importación de las mercancías
consideradas como sensibles al fraude por valoración; al Primer Trimestre del
2020 se han obtenido los siguientes resultados:
Durante el Primer Trimestre, los Veedores han participado en 112 aforos físicos,
teniendo incidencia en 111 participaciones, mejorando la recaudación fiscal a
favor del Estado Peruano, aspecto que amerita se prosiga con la realización de este
tipo de acciones de verificación en apoyo al ente recaudador; no solo se considera
la actividad que se realiza sino también la acción disuasiva.
Mediante esta acción el estado logra una mayor recaudación por tributos a través
de las multas impuestas, en soles y los ajustes de valor de la mercancía que ingresa,
en dólares americanos.
FUENTE: Ministerio de la Producción
FUENTE: Ministerio de la Producción
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Estas participaciones han permitido obtener una recaudación por concepto de
multas en el rubro textil en los meses de enero, febrero y marzo del año 2020, por
un total ascendente a S/ 184,488.00 soles.
Es por ello que al control aduanero se le otorga especial interés, ya que sus
objetivos son de control, administrar, fiscalizar y sancionar; afrontando de esta
forma nuevos retos impuestos por los cambios existentes del comercio exterior y
las nuevas modalidades de contrabando.
A pesar de la constante lucha por reducir el incremento del contrabando,
implementando programas como las mencionadas líneas arriba, en la actualidad
las instituciones competentes como la SUNAT no lo han podido reducir de manera
significativa manteniendo aun los diversos problemas en todos los niveles del país.
1. Problema General
¿Cómo influye el control aduanero del régimen de importación para el
consumo en la detección de delitos de contrabando en el Terminal Portuario
del Callao?
FUENTE: Ministerio de la Producción
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2. Objetivo General
3.1 Objetivo General
Determinar la influencia del control aduanero del régimen de importación
para el consumo en la detección del delito de contrabando en el Terminal
Portuario del Callao.
3.2 Objetivos específicos
Determinar la influencia del control aduanero en el ingreso de mercancías
de contrabando en el territorio nacional.
Determinar la influencia del control aduanero en la recaudación tributaria
por parte del Estado.
Determinar la influencia del control aduanero en la generación del empleo
formal de calidad dando paso a una competencia desleal.
4. Justificación del problema
Se realiza el siguiente estudio para poder determinar la influencia del control
aduanero del régimen de importación para el consumo en la detección del delito
de contrabando en el Terminal Portuario del Callao
Teórica
Desde un enfoque teórico, la presente investigación es importante ya que se
desarrollará todos aquellos conceptos que mantengan relación con la calificación
del delito de contrabando y los procesos que el control aduanero tiene, lo cual será
un instrumento de gran utilidad que impulsara y contribuirá con la sociedad y la
comunidad académica.
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Practica
Asimismo, desde un enfoque práctico, este trabajo de investigación brindara la
oportunidad de dar a conocer la problemática que afronta el Perú en temas como
la detección del delito de contrabando en el Terminal Portuario del Callao; y como
es que el control aduanero trasciende en esta. También, desarrollar aquellos
aspectos conceptuales concernientes al tema para que de esta forma poder plantear
soluciones que lleguen a ser beneficiosas para la colectividad estudiantil y lograr
materializar el objetivo.
Jurídica
La justificación jurídica recae en las leyes y medidas aduaneras que buscan la
reducción del contrabando en el Perú, los cuales son considerados mecanismos
cada vez más eficaces y sistematizados, que permiten tener bajo control el
contrabando mediante estrategias apoyadas en tener un control dentro y fuera de
la zona primaria de aduanas protegiendo de esta forma la producción nacional del
país, el sistema laboral y los ingresos fiscales del estado.
La finalidad de la presente investigación, es dar a conocer la medida en la cual se
relaciona el control adecuado del flujo de mercancías en los regímenes aduaneros,
que origine un control eficaz en la desleal competencia sobre los precios del
mercado, de los ingresos de mercadería al Perú que atentan contra los derechos de
patente y marca, evitando de esta manera el desfinanciamiento y el cierre de las
industrias, trayendo consigo la pérdida de puestos de trabajo; y finalmente una
menor recaudación de tributos.
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5. Marco Teórico
5.1 Antecedentes del problema
Se ha encontrado investigaciones científicas pre existentes, de las cuales se citaran
las más relevantes que abordan el tema del control aduanero del régimen de
importación para el consumo en la detección del delito aduanero en modalidad de
contrabando en el Terminal Portuario del Callao.
a) Ingreso de las mercancías de contrabando en el territorio nacional
Muñoz, S. (2010) en su tesis titulada “El Contrabando y la Débil Línea con las
Infracciones Aduaneras” para obtener el grado académico de Magister en
Gerencia Tributaria en la Universidad Lisandro Alvarado de Venezuela, realizó
un estudio sobre los ilícitos aduaneros y la relación existente entre el contrabando
y las infracciones aduaneras. El estudio fue realizado con el propósito de obtener
una orientación de carácter jurídico dogmático y fundamentado con un diseño
documental descriptivo. Dicha investigación, concluyó que los motivos de
confusión en la interpretación de la Ley al momento de establecer los ilícitos
tributarios aduaneros, especialmente en el delito de contrabando, resultan a causa
del uso de las ventajas e información de organismos internacionales de
cooperación económica y aduanera; la escasa comunicación con las autoridades
aduaneras de los países que mantienen una relación comercial; así como también
una notoria insumisión por la deficiencia de los servicios públicos, la
insatisfacción social y un claro ambiente de hostilidad general.
Naim, M. (2010), en su texto titulado “Ilícito como el Contrabando, los
Narcotraficantes, y la Piratería Desafían la Economía Global”, hace referencia a
que a lo largo de la historia, siempre han existido contrabandistas, piratas y
27
traficantes, pero que a su vez, no existe comparación alguna con los de la
actualidad, con esa capacidad de realizar las operaciones alrededor del mundo con
un significativo poder económico que puede ser capaz de mover más del 10% del
comercio global, así mismo, con un poder político que han ido creciendo a lo largo
del tiempo. También, se expone que los contrabandistas están cambiando el
mundo actual, ya que no se ha podido obtener una disminución considerable con
el paso de los años. Finalmente, concluye que el constante crecimiento del
comercio ilícito internacional no estaría comprometiendo solo la economía a nivel
mundial, sino también, afectarían seriamente a los gobiernos y el modo de vida de
los sujetos implicados.
Teoría de la imputación objetiva del resultado de Claus Roxin
Roxin en su estudio nos dice que:
“Para criminalizar una conducta, debe determinarse si es necesario que
la defensa del bien jurídico sea a nivel del sistema penal para lograr
resultados positivos. Resulta así, que los otros mecanismos de control
social son insuficientes para combatir determinadas conductas, y que se
requiere del medio más drástico con que cuenta nuestro ordenamiento
jurídico, tal cual es, el sistema penal, en virtud de la dureza de las
sanciones.” (p. 20-26)
El legislador, así también como la sociedad, pretenden dar mayor relevancia a la
protección del bien jurídico tutelado a efectos que si alguien contraviene dicha
protección, se tendrá lugar a la penalidad de la conducta antijurídica que abarque
el delito específico. En cuanto al contrabando, el bien jurídico tutelado es el
28
“Control Aduanero”, no es el monto de aquellos tributos no pagados, sino más
bien, aquel valor de las mercancías.
- Teoría del delito de contrabando de Fiorella Samhan (2015)
Samhan (como se citó en Asencios, 2018, p. 21) en su estudio precisa al
contrabando como todo aquel acto que tiende a extraer las mercancías y evitar el
proceso de fiscalización en la aduana; esto quiere decir, el traslado de las
mercancías a los lugares desde los cuales puede iniciar su circulación clandestina
dentro o fuera del territorio, aún cuando las circunstancias de dicha conducción
son hábiles debido a que se ha tenido que separar las mercancías al proceso de
fiscalización de la aduana.
- Teoría del control aduanero de Pilco Moreno (2008)
Moreno (como se citó en Del Castillo,2017, p.19) plantea que existen dos motivos
para que el comercio entre paises se pueda originar: el primer motivo, obedece a
que los países realizan el comercio entre sí, porque son diferentes, y pueden
obtener beneficio alguno de esa actividad comercial, si es que cada uno produce
y vende lo que lo que mejor sabe hacer; la segunda razón, resulta de aprovechar
la presencia de las economías de escala en producción; ya que cada país tiene una
producción limitada de bienes, y pueden ser producidos con mejor calidad y en
mayor volumen; así venderían el excedente de lo que ha sido producido y
comprarían todo aquello que no producen. En la actualidad, lo que se observa es
que ambas razones explicarían la presencia del comercio. Ya que es importante,
que al tener en cuenta dichas razones de comercialización, y pudiendo existir un
beneficio mutuo entre los países, cada vez el volumen de movimiento de las
29
mercancías será mayor, teniendo en cuenta que ahora la globalización y la
tecnología en mayor escala, logre que la mayoría de los países estén rápidamente
conectados en sus transacciones, y por ende, la existencia de un control aduanero
sea más eficiente cada vez, por la cual tenga que estar en constante actualización
con mayores conocimientos y mejores herramientas, de manera que pueda lograr
la eficiencia en el control aduanero, y evitar ser un obstáculo al momento de
ejercerlo y/o aplicarlo.
- Teoría del control aduanero de Rivadeneira (2006)
Rivadeneira (como se citó en Del Castillo,2017, p. 23) se refiere al control
aduanero “este control es aplicado a las acciones tanto de entrada o salida de
mercancías dentro del territorio nacional, de la misma manera a la permanencia,
traslado, circulación almacenamiento hacia y desde de la zona especial de
desarrollo económico”.
El control aduanero, se entiende entonces como aquel control de mercancías
ingreso, conocido también como importaciones, y mercancías egreso, conocido
también como exportaciones; en nuestra nación existen varios regímenes que se
encargan de controlar el cumplimiento de la norma, y esta va cambiando de
acuerdo al requerimiento de controles que ejecutan los funcionarios de aduanas.
b) La recaudación tributaria por parte del Estado
Castillo (2006) a través de su análisis, establece que las acciones aduaneras han
sido creadas con la finalidad de fomentar la protección e incentivar el crecimiento
de la economía nacional, buscando en todo momento, el exitoso desarrollo de
intercambios comerciales entre los países, pero respetando siempre las zonas
30
fronterizas, con el único fin de evitar algún tipo de interferencia en cuanto al
funcionamiento de dichas reglas; la materia aduanera se encuentra regulada por el
Poder Nacional, el mismo que sanciona de forma radical los ilícitos aduaneros,
por los efectos que éstos mismos poseen, ya que los hechos que se realizan
irrespetan las normas, tipificándolos a algunos como infracciones aduaneras y a
otros como contrabando.
El tema del Contrabando siempre ha generado diversas discusiones acerca de los
efectos que puede generar en la economía nacional, ya que repercute directamente
a la colectividad; siendo este un delito que ha sido materia de múltiples análisis
por parte de la evolución jurídica, desde sus inicios hasta la última legislación que
lo regula, con sus características, y elementos más comunes; explicando así, todas
las medidas jurídicas tomadas para así erradicar el mencionado delito, y de esta
forma poder realizar el análisis histórico – jurídico del delito del contrabando.
- Teoría del contrabando de Mark Pitt (1981)
Pitt (como se citó en Asencios, 2018, p. 21) en su estudio, define al comercio
ilegal como todo tipo de evasión del pago de impuestos, asi como también, el
incumplimiento de limitaciones cuantitativas durante el procedimiento del
comercio exterior. Asimismo, estableció dos tipos de comercio ilegal: Por un
lado, toda aquella persona que evita la fiscalización de oficiales en los diversos
puntos legales durante el ingreso o salida, mediante la corrupción de oficiales
y/o ocultando la información correspondiente a la mercadería tales como el
precio o cantidad.
Por otro lado, toda aquella persona que elude la fiscalización de oficiales tanto en
los puntos de ingreso o salida ilegales. Desde la época medieval, el contrabando
31
ha sido catalogado como la introducción y extracción clandestina de mercancías
de un determinado país, con el propósito de evadir el pago que corresponde a los
tributos en las aduanas.
- Teoría del contrabando de Bunge (2001)
Bunge (como se citó en Pinedo,2018, p.29), consideraba al contrabando como un
fenómeno que existió, que existe, y que existirá mientras se mantengan leyes y
aduanas alrededor del mundo que limiten o prohiban el libre tránsito de
mercancías. Es posible reducirlo, pero no se puede suprimir. Hoy, la tendencia
mundial sobre la base de la lógica financiera, consiste en eliminar las Aduanas, ya
que estas dejan significativos ingresos al Estado, y sólo permiten beneficiar a
algunos productores, a costa de encarecer los bienes y servicios que demandan los
consumidores. Así también, se puede inferir que los países que ocasionaron más
empleos durante el siglo XX, fueron todos aquellos que mantuvieron una dinámica
activa, con un mayor intercambio libre de personas y mercancías. Mientras, todo
lo producido en otro país tenga un menor precio y una mayor calidad que lo que
se ha fabricado internamente, se fomentará, de manera implícita, al contrabando,
la corrupción, y las deformaciones de la economía. Por lo tanto, la única forma de
terminar por completo con el contrabando, sería el abolir las aduanas, y garantizar
el libre intercambio de mercancías y servicios. Lograr que no sea contra ningún
bando comprar mercancías de cualquier parte del mundo.
- Convenio de Kyoto (1999)
Este convenio, explica que el Estado cumple un papel controlador y regulador en
favor de sus intereses, dispone a la aduana como un ente que se encarga de
32
controlar y recaudar los impuestos y aranceles, por lo cual, la aduana resulta ser
un lugar o recinto legal en el que se realiza el ingreso y salida de mercancías. Así
mismo, se ha instaurado el marco legal que faculta a las aduanas el poder funcionar
con los controles correspondientes, y además, a sus operadores, aquel poder que
les permita sancionar a quienes sean responsables de los ilícitos aduaneros, así
como todas las acciones del control aduanero que operan con una implementación
de técnicas de gestión de riesgo.
Por otro lado, las Directivas sobre Control Aduanero del Convenio de Kyoto
presentan las mejores prácticas que toda administración aduanera moderna que
implemente un programa de control aduanero, debería tener en cuenta para lograr
una facilitación aduanera exitosa. La aplicación de estas Directivas son altamente
recomendables a los efectos de poder lograr la simplificación y la eficiencia a las
cuales el Convenio de Kyoto apunta. Las directivas enuncian los siguientes
principios:
1. Las administraciones aduaneras no deberían estar centradas específicamente
en controles de movimientos sino comenzar a implementar controles basados
en auditorías, por ejemplo, desde la introducción de simplificaciones a los
procedimientos hasta autorizar al comerciante a que él mismo realice su propia
liquidación. Estas modificaciones permitirían a la Aduana manejar
adecuadamente el crecimiento del comercio internacional, así como la
creciente demanda respecto a la reducción de recursos, y la necesidad de
ofrecer mayores facilidades al comercio.
33
2. La gestión de riesgo es el elemento clave para lograr este objetivo y, por lo
tanto, debería ser parte integrante del programa de control de una
administración aduanera moderna.
3. Las administraciones aduaneras deben implementar medidas a los efectos de
valorar el cumplimiento y la realización de sus programas de control con la
finalidad de que éstos sean eficaces y rentables.
4. La cooperación entre la Aduana y el sector comercial es importante. Permite
acompasar los cambios que pueden ocurrir en las prácticas comerciales, así
como también, obtener datos para ser empleados por el mecanismo de
evaluación y revisión dentro de la Aduana y proporciona vestigios para
evaluar el potencial de cumplimiento voluntario de las empresas.
5. Un programa de control aduanero moderno necesita de un permanente
respaldo por parte de la gerencia ejecutiva de las empresas, así como también,
de un personal debidamente capacitado, motivado y remunerado, y también
de una legislación, organización y procedimientos adecuados.
6. La asistencia mutua entre las administraciones aduaneras debería ir en
aumento de manera progresiva, de este modo, se podrían manejar mejor
hechos como la globalización del comercio, mercados y fraudes, y también
formar la base para establecer un flujo de información permanente en el marco
del comercio internacional.
Las administraciones aduaneras deberían hacer extensivo el uso de la tecnología
de la información y del comercio electrónico, específicamente en los
procedimientos de desaduanamiento. Estas técnicas son imprescindible para que
el control aduanero sea eficaz y rentable, y ayuda además a facilitar el intercambio
comercial.
34
c) Atentar contra la generación del empleo formal de calidad dando paso a
una competencia desleal
Macedo, P. y Moreno, S. (2006) en su tesis: El Contrabando: Mecanismos de
solución. Trabajo que ha sido presentado en la Universidad del Estado de Hidalgo.
México, resalta que el contrabando es una actividad ilícita, que no va a ser
erradicada por completo hasta que no se tomen todas las medidas que sean
necesarias, tales como implementar significativas modificaciones a la Ley, en lo
que a la tipificación se refiere, sanción y correcta aplicación sobre este delito.
Serán finalmente, las autoridades gubernamentales, las únicas responsables de
quienes toleran la venta informal en calles, mercados, y ferias, las cuales
representan los principales centros de distribución de artículos en modalidad de
contrabando. Es así, que toda venta realizada sin el pago correspondiente al
comercio exterior, proveniente de los tributos, se entenderá totalmente aceptada
por las autoridades, fomentándose de esta manera una competencia desleal, la cual
imposibilita, y a la vez, desincentiva toda actividad formal, ocasionando serias
lesiones en el aparato industrial del país al padecer de una sana legalidad en la
competencia. También, hace mención de los comerciantes minoristas, los mismos
que quedan excluidos del control aduanero y que sufren el descuido por parte de
las autoridades aduaneras, que estarían protegiendo al contrabando y dándole
impunidad a sus principales agentes comercializadores, quedando la
administración general de aduanas limitada en hacer prevalecer sus funciones en
los puntos clave por donde se mueve el contrabando.
La Alianza Transnacional para Combatir el Comercio Ilícito (TRACIT), realizó
un reporte titulado Índice del Entorno Global del Comercio Ilícito (2018), este
reporte mide el grado en el que las economías posibilitan (o inhiben) el comercio
35
ilícito mediante políticas e iniciativas para combatir el comercio ilícito, el cual
consta de 4 categorías las cuales son políticas gubernamentales, oferta y demanda,
transparencia y comercio y entorno aduanero. El Perú, en la categoría de entorno
aduanero en donde se mide el nivel de efectividad con la que el servicio aduanero
de una economía gestiona su mandato doble de facilitar el comercio lícito y evitar
el comercio ilícito, ocupa el puesto N° 31 con una puntuación de 83.6 de 100.
Sin embargo, esto no refleja la realidad, ya que según el Informe emitido por la
SUNAT (2018), se muestra un incremento del contrabando en el Perú, en la zona
de aplicación del PECO con 26,1%, en la jurisdicción de la Aduana Aérea y Postal
FUENTE: The Economist Intelligence Unit Limited 2018
36
del Callao un 8,1%, y en la jurisdicción de la Aduana Marítima del Callao un
6,2%.
Pese a los diferentes controles que ejercen las autoridades, el contrabando
continúa siendo una amenaza para la industria nacional. Así la competencia
desleal ha puesto en jaque a aquellas empresas que cumplen con procesos legales,
es decir, las que invierten capital en la importación de productos de calidad,
aportan con impuestos al Estado y obtienen ganancias de manera lícita. Los
contrabandistas, de forma contraria, al ofrecer productos que no cumplen con
ningún tipo de normativa, incentivan la especulación de precios y manipulan el
mercado a su propia conveniencia.
Organización Mundial de Aduanas
La expresión “control aduanero” ha sido definida en el Glosario de Términos
Aduaneros de la Organización Mundial de Aduanas como “medidas aplicadas a
los efectos de asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentos de cuya
aplicación es responsable la Aduana”
FUENTE: Ministerio de Economía y Finanzas ELABORADO POR: SUNAT
37
También, hace mención de los procedimientos integrados del control aduanero,
las cuales implican una colaboración intergubernamental por parte de las distintas
administraciones de aduanas en el mundo, en toda aquella índole que signifique
un análisis del riesgo y el control aduanero, con el fin de fortalecer la seguridad
general y agilizar el proceso del levante de las mercancías, que requiere de una
base legal.
5.2 Normas legales aduaneras
Ley General de Aduanas (Decreto Legislativo N°1053)
Dicha ley tiene por finalidad el regular la relación jurídica que existe entre la
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) y las personas
naturales y jurídicas, que participan en el ingreso, traslado, permanencia y salida
de mercancías hacia y desde el territorio aduanero.
Ley de los Delitos Aduaneros (Ley N° 28008)
“El que sustrae, elude o burla el control aduanero ingresando mercancías del
extranjero o las extrae del territorio nacional o no las presenta para su legítimo
control, verificación o reconocimiento físico en las respectivas dependencias de
la Administración Aduanera o en aquellos lugares habilitados para tal efecto, cuyo
valor sea superior a cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), será
reprimido con pena privativa de la libertad no menor de cinco ni mayor de ocho
años, y con trescientos sesenta y cinco, a setecientos treinta días-multa” (Lp
Pasión por el Derecho,2017).
38
Ley de los Delitos Aduaneros (Ley N° 26461)
Establecen no sólo el concepto de lo que constituye el delito de contrabando, sino
también las diversas modalidades que estos puede suponer, además de la cuantía
como línea divisoria entre la comisión del delito de contrabando y la comisión de
la infracción administrativa vinculada con el contrabando.
5.3 Marcos Conceptuales
Delito: Conducta típica, antijurídica y culpable sancionada con una pena.
Contrabando: “Fraude aduanero que consiste en pasar clandestinamente, por
cualquier medio, mercancías por la frontera aduanera” (Convenio de Nairobi)
Control Aduanero: Conjunto de medidas adoptadas por la Administración
Aduanera con el objeto de asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera, o
de cualesquiera otras disposiciones cuya aplicación o ejecución es de competencia
o responsabilidad de ésta.
Delito aduanero: Actividad ilícita y clandestina de tráfico internacional de
mercancías, es todo acto de simulación, ocultación, falsedad o engaño que induzca
a error a la autoridad aduanera, realizados para causar perjuicios al fisco,
evadiendo el pago total o parcial de impuestos o el cumplimiento de normas
aduaneras.
Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria
(SUNAT): Es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de
Economía y Finanzas que cuenta con personería jurídica de derecho público y se
encarga de administrar, aplicar, fiscalizar y recaudar los tributos internos del
gobierno nacional.
39
Mercancías: Es todo aquello que se pueda vender o comprar
Infracción tributaria y aduanera: Toda acción u omisión que importe la
violación de normas tributarias, siempre que se encuentre tipificada como tal en
el presente Título o en otras leyes o decretos legislativos.
Operador Económico Autorizado: Es un operador de comercio internacional
confiable y seguro, que forma parte de la cadena logística, cuya acreditación y
certificación es otorgada por una administración de aduana, después de haberse
cumplido con un proceso de auditoría de su organización, procesos,
administración y estados financieros, y el cumplimiento de una serie de estándares
de seguridad.
Factor de riesgo: Aquella condición de trabajo, que, cuando está presente,
incrementa la probabilidad de aparición de ese daño. Denota de la ausencia de una
medida de control apropiada.
Gestión de riesgo: Es el proceso de identificar, analizar y responder a factores de
riesgo a lo largo de la vida de un proyecto y en beneficio de sus objetivos. La
gestión de riesgos adecuada implica el control de posibles eventos futuros.
Facilitación aduanera: Asistencia mutua y cooperación entre las
Administraciones y Servicios de Aduanas para prevenir, investigar y reprimir
los ilícitos o infracciones a la legislación aduanera.
Facilitación del comercio: Es un vehículo para el desarrollo económico, una mayor
competitividad internacional, la integración regional y una inserción estratégica de los
países en desarrollo a las cadenas de valor.
40
OMC: Es la única organización internacional que se ocupa de las normas que
rigen el comercio entre los países. Es una Organización para la apertura del
comercio. Es un foro para que los gobiernos negocien acuerdos comerciales.
Empleo formal: Existencia de contrato de por medio, el cual genera un vínculo
laboral entre el trabajador y el empleador, y se ajusta a los requerimientos de la
ley.
Competencia desleal: Es una serie de prácticas económicas agresivas usadas para
obtener una ventaja sobre los competidores de manera deshonesta.
Importación definitiva: Es la entrada de mercancías de procedencia extranjera
con la finalidad de permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado.
Industria nacional: Es la actividad económica que tiene por objeto transformar
los recursos naturales y las materias primas semielaboradas en bienes de consumo
y producción.
Recaudación tributaria: Aquella parte de los ingresos públicos que obtienen las
distintas Administraciones públicas a través de la exigencia de los tributos,
establecidos de forma unilateral por el Estado.
Veedores: son personas con probados conocimientos y experiencia en una rama
comercial o productiva y, por tal virtud, están en aptitud de brindar apoyo y
asesoría técnica durante la diligencia de reconocimiento físico de la mercancía.
41
6. Conclusiones
El control aduanero sí influye en la detección del delito de contrabando en el
terminal portuario del Callao, es por ello que se ha implementado alianzas
estratégicas, acuerdos y programas de facilitación aduanera, los cuales han
ayudado a la reducción en cierto porcentaje del ingreso de mercancías de
contrabando al país; mas no en su totalidad; y ha facilitado los procedimientos
aduaneros.
La SUNAT en el 2017, inició una alianza estratégica con el Comité
Interamericano Contra el Terrorismo (CICTE) de la Organización de los Estados
Americanos. Gracias a esta alianza, la SUNAT viene recibiendo asistencia técnica
especializada en control de contenedores e inspección y revisión de buques de
carga, así también como cursos de capacitación, tal como el curso “Control e
Inspección de Buques de Carga”, para los oficiales aduaneros.
Con este trabajo de cooperación entre la SUNAT y el CICTE, se ha visto una
mejora en cuanto al rendimiento de los oficiales aduaneros en los diferentes
puertos en la lucha contra los ilícitos aduaneros, sin verse afectado los tiempos de
atención de los despachos, haciendo de esta forma más eficiente su labor.
Tenemos también la implementación del Programa FAST (Facilitación Aduanera,
Seguridad y Transparencia). Como consecuencia de una correcta gestión de
riesgo y una modernización de la digitalización de los procedimientos aduaneros,
el programa busca aumentar la transparencia del ingreso y salida de las
mercancías, incluyendo para ello el uso intensivo de la factura y notificación
electrónica.
Esta iniciativa ha permitido la simplificación de diversas obligaciones y trámites
que suelen ser bastante extensos. Además, la Administración Aduanera y
42
Tributaria plantea facilitar, agilizar, automatizar y transparentar todos los procesos
de entrada y salida de las mercancías por las aduanas en todo el país.
En el 2019, este programa ha beneficiado los procesos de despacho de importación
de más de 250 mil declaraciones de Aduanas, que corresponden a operaciones
comerciales que ascienden a 11,700 millones de dólares de valor FOB.
El Perú, se adhirió al Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización
Mundial de Comercio (OMC). En este acuerdo, se instaura medidas que facilitan
la fluidez en la circulación de mercancías a través de las fronteras, reducir los
costos vinculados a los procedimientos de exportación, importación y tránsito. De
esta manera, se podrá elevar sus niveles de competitividad y permitirán un mayor
flujo de las mercancías.
En ese sentido, el Perú viene efectuando las coordinaciones internas para lograr el
máximo beneficio del acuerdo, siendo favorecidas las micro, pequeñas y medianas
empresas. Así también, este Acuerdo trajo consigo beneficios adicionales al Perú,
ya que al disminuir los costos administrativos y logísticos, y el perfeccionar las
instituciones relacionadas a los órganos vinculados a la frontera, será mucho más
sencillo identificar las prácticas de corrupción. Asimismo, será más sencillo
identificar y eliminar barreras que antes no podían ser sancionadas y que debido
a la ratificación del Acuerdo podrán ser eliminadas. El Acuerdo sobre Facilitación
del Comercio, beneficia al mercado en general, tanto a los importadores y
exportadores, y todos los agentes de comercio exterior que estaban involucrados.
Pero lo más importante, se enfoca en las instituciones, genera eficiencia en la
gestión pública en beneficio del comercio internacional.
Tal como puede observarse, la seguridad en la cadena de suministros del comercio
peruano recae también en las funciones de la SUNAT, labor que viene realizando
43
encomiablemente. Una herramienta de gran utilidad para ello es el programa
implementado en el Perú, Programa de Operador Económico Autorizado (OEA).
En el 2019, se pudo ver el gran desempeño que tuvo este programa en el Perú, ya
que según la SUNAT, los Operadores Económicos Autorizados (OEA) aceleraron
operaciones por más de 14,712 millones de dólares durante el mismo año. Así
también, las empresas que se encontraban acreditadas como OEA importaron y
exportaron más de 8,079 y 6,633 millones de dólares respectivamente,
confirmando así que este programa se ha convertido en un instrumento que agiliza
las operaciones aduaneras de comercio exterior.
Un buen control aduanero sí influye en el ingreso de mercancías de contrabando
en el territorio nacional.
El contrabando es uno de los delitos aduaneros que mueve millonarias sumas de
dinero, además, el ingreso de mercancías de contrabando afecta y perjudica al
desarrollo del país, pues pueden mermar fuertemente la actividad económica.
La SUNAT estima el nivel de contrabando en el Perú en US$ 596 millones para
el 2018, monto que representa un crecimiento en 1,8%, en comparación con el
estimado correspondiente al año anterior
A partir del 2010 se observa una tendencia creciente, aunque a un menor ritmo.
Al respecto, en lo que lleva esta década, el contrabando ha crecido a una tasa
promedio anual de 1,4%.
Debido a este aumento, la Intendencia Nacional de Control Aduanero de la
SUNAT emplea el Plan Nacional de Gestión y Control Aduanero 2018, el cual
contiene las estrategias y lineamientos orientados a prevenir y frenar el
contrabando, entre otros aspectos.
44
Por otro lado, un buen control aduanero sí influye en la recaudación tributaria por
parte del Estado.
Cuando los productos son ingresados al territorio nacional, teniendo en cuenta la
participación intencional de sujetos u organizaciones que se dedican a esquivar
los controles aduaneros, evitando el pago total o parcial de los tributos, y cuotas
compensatorias legalmente establecidas, estamos frente al delito de contrabando.
Como se mencionó, el contrabando es una actividad ilegal con graves
consecuencias para todos, este delito mueve millonarias sumas de dinero, pero
también perjudican a la industria nacional y a la inversión privada, y como
consecuencia de ello, generan que el Estado recaude menos impuestos que podrían
ser empleados en diversas obras e iniciativas que beneficien a toda la población.
Debido a este hecho, el Estado pierde el control sobre las mercancías y deja de
recaudar los impuestos y aranceles correspondientes, lo cual genera una regresión
en la economía dado que reduce los ingresos por recaudación de impuestos por
parte del gobierno.
En los últimos ocho años, el Estado ha dejado de percibir 5,059 millones de
dólares como consecuencia de la entrada de productos ilícitos al país, advirtió la
Comisión de Lucha contra el Contrabando y Comercio Ilícito de la Sociedad
Nacional de Industrias (SNI).
El ligero aumento en la recaudación aduanera, el cual trajo grandes beneficios a
la administración tributaria, se debe gracias a iniciativas normativas y planes de
trabajo a fin de asegurar un correcto funcionamiento de la recaudación tributaria
a través de la simplificación y mejora de los controles aduaneros, por lo que se ha
venido trabajando en las siguientes iniciativas:
45
- Se modificó la Ley General de Aduanas, mediante Decreto Legislativo N° 1433,
y se dispuso la adecuación de su Reglamento y de la Tabla de Sanciones.
- A su vez, se modificó la Ley de los Delitos Aduaneros, Ley N° 28008, con el fin
de mejorar la tipificación de los delitos y sus modalidades, adecuarla a la nueva
normativa procesal, elevar las cuantías para que se configure el delito y regular la
disposición de mercancías de forma más ágil.
- Asimismo, se modifica el Reglamento de Valoración de Mercancías a fin de
establecer nuevos parámetros para el cómputo de los plazos en el procedimiento
de duda razonable, sobre la base de la operatividad del comercio internacional.
- Se trabajó de la mano del Programa FAST (Facilitación, Seguridad y
Transparencia), el cual sus objetivos y logros ya fueron explicados de forma
pormenorizada en el acápite anterior.
Por último, la ayuda de los veedores, quiénes realizan acciones de Apoyo al
Control en los despachos aduaneros de importación de las mercancías
consideradas como sensibles al fraude por valoración; han sido parte de la mejora
de las acciones de control y esto se reflejó en la recaudación tributaria. Estas
participaciones han permitido obtener una recaudación por concepto de multas en
el rubro textil en los meses de enero, febrero y marzo del año 2020, por un total
ascendente a S/ 184,488.00 soles.
El control aduanero sí influye en la generación del empleo formal.
No es una sorpresa el hecho que el contrabando, entre otros delitos
aduaneros, constituyen una competencia desleal en contra de las empresas
formales que cumplen con todos los estándares de control y calidad en todos los
productos y servicios que ofrecen, realizan el pago de sus impuestos y también
cumplen con la normativa laboral correspondiente.
46
Son delitos que, representan un daño económico a la industria nacional y a la
inversión privada, no solamente perjudican a los empresarios; sino que, sobre
todo, atenta contra la generación del empleo formal de calidad.
El sector que se ve más afectado por este delito aduanero, de acuerdo con la
Sociedad Nacional de Industrias, es el sector textil. Es por dicho motivo que la
SUNAT, ejerciendo su potestad mediante el servicio aduanero, y en unión con el
Estado, han redoblado sus esfuerzos desplegando diversas acciones y prestaciones
con el objetivo de cautelar el interés fiscal y combatir este comercio ilegal,
controlando así el flujo de ingresos y salidas de todas las mercancías del territorio
nacional.
47
BIBLIOGRAFÍA
ADUANA NACIONAL (2020). ¿Qué es el Operador Económico Autorizado?
Recuperado de https://www.aduana.gob.bo/oea/content/%C2%BFqu%C3%A9-
es-el-operador-econ%C3%B3mico-autorizado
ANDINA AGENCIA PERUANA DE NOTICIAS (2017). Sunat fortalece controles
aduaneros con estándares internacionales. Recuperado de
https://andina.pe/agencia/noticia-sunat-fortalece-controles-aduaneros-estandares-
internacionales-691694.aspx
ANDINA AGENCIA PERUANA DE NOTICIAS (2019). Contrabando causa pérdidas
por más de US$ 5,000 millones en últimos 8 años. Recuperado de
https://andina.pe/agencia/noticia-contrabando-causa-perdidas-mas-5000-
millones-ultimos-8-anos-766001.aspx
ANDINA AGENCIA PERUANA DE NOTICIAS (2020). Sunat: Operadores
económicos agilizaron operaciones por US$14,712 millones en 2019. Recuperado
de https://andina.pe/agencia/noticia-sunat-operadores-economicos-agilizaron-
operaciones-14712-millones-2019-783055.aspx
ASOCIACIÓN PERUANA DE AGENTES MARÍTIMOS (2017). Acuerdo sobre
facilitación del comercio impulsara a América Latina. Recuperado de
https://www.apam-peru.com/web/acuerdo-sobre-facilitacion-del-comercio-
impulsara-a-america-latina/
ASOCIACIÓN PERUANA DE AGENTES MARÍTIMOS (2017). Sunat-Aduanas
fortalece los programas de seguridad y controles aduaneros. Recuperado de
https://www.apam-peru.com/web/sunat-aduanas-fortalece-los-programas-de-
seguridad-y-controles-aduaneros/
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (2016). El país sumó su firma
atendiendo a los beneficios que prevé la negociación y en su propósito de apoyar
al desarrollo de empresas exportadoras. Conexión Intal. Recuperado de
https://conexionintal.iadb.org/2016/08/02/peru-aprobo-el-acuerdo-sobre-
facilitacion-de-comercio-de-la-omc/
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (2018). La iniciativa se enmarca en
el Acuerdo de Facilitación de Comercio de la OMC. Conexión Intal. Recuperado
de https://conexionintal.iadb.org/2018/01/29/peru-crea-comision-facilitacion-
del-comercio-exterior/
BUSINESS ALLIANCE FOR SECURE COMMERCE (2018). Las Aduanas y el
Programa OEA. Cargo Security (p.20)
BUNGE, M. (2001). Teoría del Contrabando de Bunge. Filosofía del Estudio
Socioeconómico. V Tomo Edición limitada.
48
CAMPOS, J. Y PRADHAN, S. (2009) Las múltiples caras de la corrupción. Banco
Mundial
CASTILLO, L. (2006). Tesis - Contrabando: El Análisis Histórico – Jurídica del delito
de contrabando Siglo XXI en la República Bolivariana de Venezuela
COMISIÓN DE LUCHA CONTRA EL CONTRABANDO Y COMERCIO ILÍCITO DE
LA SOCIEDAD NACIONAL DE INDUSTRIAS (SNI). (2019).
COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (2020).
Facilitación del comercio. Recuperado de
https://www.cepal.org/es/temas/facilitacion-del-comercio
COMUNIDAD ANDINA (2020). Facilitación del Comercio y Aduanas. Recuperado de
http://www.comunidadandina.org/Seccion.aspx?id=323&tipo=TE&title=facilita
cion-del-comercio
DIARIO EL COMERCIO (2017). Empresas se beneficiaran con acuerdo sobre
facilitación de OMC. Recuperado de
https://elcomercio.pe/economia/peru/empresas-beneficiaran-acuerdo-
facilitacion-omc-234005-noticia/?ref=ecr
DIARIO LA REPÚBLICA (2019). Sunat: Programa de facilitación aduanera agilizó
operaciones por US$ 11,700 millones. Recuperado de
https://larepublica.pe/economia/2019/12/26/sunat-programa-de-falicitacion-
aduanera-agilizo-operaciones-por-11-millones-700-mil-dolares/
DIARIO PERU21 (2019). En 2018 se incautaron mercancías ilegales por US$213
millones, según PRODUCE. Recuperado de https://peru21.pe/economia/produce-
2018-incautaron-mercancias-ilegales-us-213-millones-nndc-474282-noticia/
ESCOBAR, M. (2008). Una medición de la economía subterránea peruana, a través de
la demanda de efectivo: 1980-2005. Consorcio de Investigación ACDI-IDCR
2007. Lima
GERENS ESCUELA DE POSTGRADO (2016) Gestión de riesgos: ¿Qué es? ¿Por qué
emplearla? ¿Cómo emplearla? .Gerens. Recuperado de
https://gerens.pe/blog/gestion-riesgo-que-por-que-como/
GESTIÓN EL DIARIO DE ECONOMÍA Y NEGOCIOS (2017). Recaudación tributaria
aumento 6% en noviembre, ¿qué sectores pagaron más impuestos?. Recuperado
de https://gestion.pe/economia/recaudacion-tributaria-aumento-6-noviembre-
sectores-pagaron-impuestos-223108-noticia/?ref=gesr
GESTIÓN EL DIARIO DE ECONOMÍA Y NEGOCIOS (2019). Sunat implementa
desde hoy plataforma para optimizar importaciones de mercancías. Recuperado
de https://gestion.pe/economia/sunat-implementa-desde-hoy-plataforma-para-
optimizar-importaciones-de-mercancias-noticia/
49
GOBIERNO DEL PERÚ (2019). PRODUCE: El 2018 se incautaron mercancías ilegales
por un monto superior a los US$213 millones en el país. Recuperado de
https://www.gob.pe/institucion/produce/noticias/27790-produce-el-2018-se-
incautaron-mercancias-ilegales-por-un-monto-superior-a-los-us-213-millones-
en-el-pais
HUAMÁN, M. (2016) El delito de contrabando en el Perú y en el contexto internacional.
Recuperado de file:///C:/Users/usuario/Downloads/Dialnet-
ElDelitoDeContrabandoEnElPeruYEnElContextoInternac-5755423%20(1).pdf
MACEDO, P & MORENO, S. (2006), Tesis – El Contrabando: Mecanismos de solución.
Universidad del Estado de Hidalgo. México
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO (2017). Acuerdo sobre
facilitación del comercio de la OMC beneficiaria a exportadores e importadores
peruanos. Recuperado de https://www.mincetur.gob.pe/acuerdo-sobre-
facilitacion-del-comercio-de-la-omc-beneficiara-a-exportadores-e-importadores-
peruanos/
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO (2017). Perú ratifico el
Acuerdo sobre Facilitación de Comercio de la OMC. Recuperado de
https://www.mincetur.gob.pe/peru-ratifico-del-acuerdo-sobre-facilitacion-de-
comercio-de-la-omc/
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS (2018) Estimación del Contrabando
2017 SUNAT. Recuperado de
https://www.mef.gob.pe/contenidos/tributos/doc/estimacion_contrabando_2017.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS (2018) Estimación del Contrabando
2018 SUNAT. Recuperado de
https://www.mef.gob.pe/contenidos/tributos/doc/Estimacion_Contrabando_2018
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN (2020). Informe sobre acciones y resultados en
la lucha contra los delitos aduaneros y la piratería en el primer trimestre del año
2020. Comisión de Lucha Contra los Delitos Aduaneros y la Piratería. Recuperado
de
http://www.congreso.gob.pe/Docs/comisiones2020/Produccion/files/agenda_sesi
ones/agenda_sesiones_extraordinarias/informe_opini%C3%B3n_institucional/of
icio_a_comisi%C3%B3n_de_produccion,_micro_y_peque%C3%B1a_empresa_
y_cooperativas_merged.pdf
MONDRAGÓN, V. (2014). Diario del exportador. Modalidades de importación
MORENO, P. (2008). Teoría del Control Aduanero de Pilco Moreno
MUÑOZ S. (2010). El Contrabando y la Débil Línea con las Infracciones Aduaneras.
Venezuela: Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado
50
NAIM, M. (2010). Ilícito como el Contrabando, los Narcotraficantes, y la Piratería
Desafían la Economía Global. México: Compañía Editorial Continental
SAAVEDRA, M. (2017). Facilitación de comercio: ¿Cuándo bajaran tarifas logísticas?.
Gestión El diario de Economía y Negocios. Recuperado de
https://elcomercio.pe/economia/peru/facilitacion-comercio-bajaran-tarifas-
logisticas-405680-noticia/?ref=ecr
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (2020). ¿Qué es la OMC? World
Trade Organization. Recuperado de
https://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/whatis_s.htm
PÉREZ, P., JULIÁN & MERINO, M. (2016). Definición de contrabando
PREVENCIONAR.COM (2020) Diferencias entre riesgo, factor de riesgo y situación de
riesgo (2020). Recuperado de https://prevencionar.com/2020/05/17/diferencias-
entre-riesgo-factor-de-riesgo-y-situacion-de-riesgo/
PITT, MARK. (1981). Teoría del Contrabando de Mark Pitt. Asencios, 2018, p.21.
POSADA, C. (2020). Lo atractivo de obtener el certificado de operador económico
autorizado. Cámara de Lima. Recuperado de
https://apps.camaralima.org.pe/repositorioaps/0/0/par/posada_794/lo_atractivo_d
e_obtener_el_certificado_de_operador_econ%C3%B3mico_autorizado.pdf
RADIO PROGRAMAS DEL PERÚ (2017). ¿Por qué es importante combatir el
contrabando, la piratería y la falsificación?. Recuperado de
https://rpp.pe/campanas/contenido-patrocinado/por-que-es-importante-combatir-
el-contrabando-la-pirateria-y-la-falsificacion-noticia-1085941?ref=rpp
RADIO PROGRAMAS DEL PERÚ (2017). La piratería, la falsificación y el
contrabando en la industria textil destruyen 460 empleos formales cada día.
Recuperado de https://rpp.pe/campanas/contenido-patrocinado/la-pirateria-la-
falsificacion-y-el-contrabando-en-la-industria-textil-destruyen-460-empleos-
formales-cada-dia-noticia-1087212?ref=rpp
RÍOS, M. (2018). Contrabando que ingreso al Perú este año asciende a US$ 586
millones. Gestión El diario de Economía y Negocios. Recuperado de
https://gestion.pe/economia/contrabando-peru-monto-mercancias-asciende-us-
586-millones-252384-noticia/?ref=gesr
ROXIN, C. (1976). Límites y sentido de la Pena Estatal. Madrid: Reus. (p. 20-26)
RIVADENEIRA, C. (2006). Teoría del Control Aduanero de Rivadeneira
SAMHAN, FIORELLA. (2015). Teoría del Delito de Contrabando de Fiorella Samhan.
Asencios, 2018, p.28.
SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA (2007) Control Aduanero.
Bellido Ediciones. Primera Edición
51
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA – SUNAT. (2020). Facilitación Aduanera, Seguridad y
Transparencia (FAST). Recuperado de
http://www.sunat.gob.pe/operatividadaduanera/fast/index.html#:~:text=El%20Pr
ograma%20de%20Facilitaci%C3%B3n%20Aduanera,los%20procesos%20comp
lementarios%20de%20control
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA – SUNAT. (2015). Importación para el consumo
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA – SUNAT. (2020). Operador Económico Autorizado- Preguntas
Frecuentes. Recuperado de
http://www.sunat.gob.pe/orientacionaduanera/oea/preguntas_frecuentes.html
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA – SUNAT. (2008). Ley General de Aduanas. Cod Doc GJA-03
TRANSNATIONAL ALLIANCE TO CAMBAT ILLICIT TRADE (2018) El Índice del
Entorno Global del Comercio Ilícito. The Economist Intelligence Unit Limited.
Recuperado de https://deliverchange.economist.com/wp-content/themes/Telstra-
child/illicittradeindex/documents/ECO043%20Illicit%20Trade%20WHITEPAP
ER%20ES%203.pdf
VERONA, J. (2019). Aproximadamente 175 millones de dólares se dejan de recaudar
por causa del contrabando. Grupo Verona. Recuperado de
https://grupoverona.pe/aproximadamente-175-millones-de-dolares-se-dejan-de-
recaudar-por-causa-del-contrabando/
VERONA, J. (2019). Programa de facilitación aduanera agiliza trámites. Grupo Verona.
Recuperado de https://grupoverona.pe/programa-de-facilitacion-aduanera-
agiliza-tramites/
WEB PICKING (2017). Sunat fortalece programas de controles aduaneros. Recuperado
de https://webpicking.com/sunat-fortalece-programas-controles-aduaneros/