En un hecho inéditO en la historia del país las
tripulaciones de varias embarcaciones de crudo, cerca
de 40 tanque ros entre los pertenecientes a la Aota de
Pdvsa y buques de Aotas extranjeras, se conjugaro n
para avivar las acciones de los opositores: los primeros
negándose a descargar el combustible necesario para
el abastecimiento nacional, y los segundos bajo el ar
gumento de que no se abastecerían en pucrtos vene
zolanos por un supuesto temor a la inexperiencia de
quienes en aquel entonces intentaban recuperar las
operaciones de industria petro lera.
Tres buques, en especial, se convirtieron en em
blema tanto para los promotores del paro como para
las autoridades: dos con nombres de misses, C0l110 el
Pilín León y el Susana Duijm, y Otro con nombre del
cacique indígena Yavire.
Previamente a toda esta conAictividad, el 10 de
diciembre de 2002 se suscitó en el país la mayor tra-
gedja en un centro nocturno do nde unas 50 personas,
perdieron la vida al incendiarse el bar nig ht club "La
Goajira" ubicado en pleno centro de Caracas. Hubo
poco interés en resaltar esta desgracia.
Para todos los medios de comunicació n social ,
que se uniero n al llamado paro nacio nal o huelga gene
ral, lo fundamental era la búsqueda de la vía para des
alojar a Hugo Chávez de la Presidencia.
En el marco del Derecho Labo ral se define el
concepto de huelga a toda perturbación encrada en
e l proceso productivo, principalmente la cesació n
temporal, acordada por los trabajado res, para la de
fensa )' pro moció n de un o bj etivo labo ral o socioe
cÓ no m¡co.
A raíz de esa premisa jurídica, quedó claro que
ese sabo taje petrolero, golpe petrolero o paro cívico na
cional, nunca tuvO una fundamentació n es tric tamente
labo ral.
Carmen Josefina león
La c:\pcncncla de abnl dc 1002 , la poca cfcctl\' l
(.I.ld dc lo, militan: .. al7ado\ dc ... dc cl12 de ocrubre en la
Plan \1I.1111Ira. Jn(lIcaba a los promOlorc\ del paro que
er.l mCjOf c"'pcrar <." el Pn:'l(lcmc optaba por renunciar
() '1 ,c n:all/abil el rcfcrcndo cO!l'uhIYO COIl\'OGIUO ile
galmente. p:1r" febrero dc 2003. por una dl\,!(hda dlrcc
tI\.1 del Con,CJo Nacional Elcclor:11.
I', n 1981, la rcprc ... cntantc dc \ 'ene/uda, Car
men .lo'din,1 León Crespo, mejor cO!1oClcb como 1'1-
1m I .eón, ObtuH) el reinado del ~(¡ ... , ¡\ (undo. Con c ... c
nombre fue bautll:ldo d buque Pl' tTO!CTO. al I~al (llIe
otro, t¡lIe lamblt.:n fueron ,unl.1do, a l." ;lCcio!1c, tic '.1
bot:1ll' como el :\I.UItI3 Sa\'.llcTO \ el Bubara P.lbcIO ....
I n el ca ... o del Plhn León, el C.tpll.1n Dalllcl \1
f.uo onknc') a ... u trlpUbCIOll la parall/acHHl dc 1.1' aClI
\'ld.llk, \' con 44 ITIlllonc, de luro, dc combu,uulc. lo
fondeo 4.: 11 el I .ago de Maracl.Ibo dur.lnlc 1'" tll.I'. ¡U11l0
(on lo, I.Hltlw.:ro, ¡\Ioruy y i\ lonlh.ll.
I 22 I Mlnlllerlo Publico Il* felMUón de los buques
Al ser abordado mediante orden judicial, se com
probó técnicamente que se había saboteado parte del
sistema de navegación. Con gran esfuer7o. el buque fue
conducido el domingo 22 de diciembre hasta un puerto
í'uliano, donde fue descargado.
Sin duda, con esa lravesía ex itosa el paro cornen
/ó a desmoronarse. La embarcación fue puesta a na\'e
gar y rebauti7ada como el Negra ~ l atea.
El ~ I inlsteno Público comisionó desde el mismo
momento del hecho a cinco fiscales, quienes presen
taron al capitán Daniel ,\ lfaro ante el Tnbunal 10· de
Control del estado Zulia, instanCia que acordó la apli
caCión de medlda'i cautelares de presentación periód.ica
y prohIbICIón de ,""da del país.
Igualmente, se le Imputó el delito de \'erudo
ilícito de sustancia en grado de tentau\'a, abuso gené
rico de funcione ... y apoderamiento ilegítimo de na\'es
r su carga.
U 21 de enero de 2003, los integrantes de la Sala
de la Cone de ApelaCIones del estado Zulia, acordaron
el "'obreo;;elmiento de la cauo;;a, deCISión que fue apelada
por el ~lInisteno Publico.
~ I edlante una aCCión de amparo que fue acor
dada por la Sala Conl.,uruClonal del Tribunal upremo
de Jusucla, ,c re\'oco la deCisión y se rernO\'Jeron dos
de los jueces de la Corte de l\pelacioncs. i\l tercero
se le lubtló.
Al final, el proceso ludlctal se cxonguió debIdo a
lo e'lablecido en el articulo 1, ordinal " 1" del Decreto
con Rango, Valor y I"ucrl"a de Ley E,'pecial de Amni,ria
de fecha 31 de d,c,embre de 200-.
De Susana a Josefa
1.1 06 de dICIembre, el capllan del buque tanque
!:Iu,",," DUI)m Olam,do hO\ .Io,ef., CamelO), :llauro
VentuTa t'err:uro Parad.l, con¡l1ntal1l~me con un gru
po de pcr,onac;,. uecltlló ,umar-.c al paro y fonuetr la
referida embarc;lción, del.lOdo de de,caI)...mr apn1\Jma
&Ullcntc 100 11"lIl barnlc, dc ga,olltlil en el Termtn.\l
i\ 1.uiumo dc ('.\tIa La i\L1r, e,tado \ 'arg:\',
En virtud de eUo, el 10 de diciembre de 2002,
el ~ I inis tcrio Público solicitó a un tribunal de Control
del estado Vargas el traslado de la embarcació n a fin
de verificar las circunstancias que diero n o rigen al fon
deo costa afuera, específicamente al no rte de Punta de
~ I ula tos.
Luego de esa inspección y de varias acnmcio ncs,
la fiscal 6° co n competencia nacio nal , Luisa Onega
Diaz, co n apoyo de la Fiscalia 10 del estado Vargas, en
junio de 2004, imputó al capitán y a seis lripu lantes del
referido buque por la presunta comisió n de los delitos
de interrupción del suministro de bienes o produclOS
de utilidad pública l' apropiación indebida )' calificada.
Las personas imputadas fuero n el capitán de la
~ I arina ~I ercante) l\ 1:1uro Vcnrura Fcrrairo, }' los tril u
lantes ésar ~ Iorillo O choa, G uSta,·o hang L'li, Jesús
arcia, G amaliel Leó n ~ l a rruccl, G iancarlo ~ Io reno
amino)' Ramó n II ernánde7 Brito.
El ~ I ini s te rio Público solicitó un mandato de
conducción conlra OtrOS dos intcgranres de la tripu-
lación del bu lue, Rafael I\larcano Ramo. y Fredcrlck
rbina V¡lIegas, pues no habían comparecido a b~ di
versas citaciones rca li i'ada~.
El 27 de septiembre de 2005, el Minislerio Públi
co presentó la acu::,ación contra el capirán )' ocho lrl
pulantes del buque, por lo~ del i lO~ dc agavilbmicl"n ,
irHerrupclón del suminJ (j tro de bienes y sumini o;tro de
W's, apodernmicllto de carga, cooperación inmedi:Ha en
el del ito dc rebelión)' apropIación indebida cali ficada,
,odos contemplados en el Código Penal.
Con las expcrucia(j y pruebas recabadas, se corro·
boró el presumo extravío de tres radios transmisores,
dalios a los equipos de computación, y la desaparición
de 10 mIllones de bo lh'ares)' mIL dólares que forma
ban parte de la caja chica del buque tangue.
En ese sentido, los tripulames César 1\ 10 rlllo
Ochoa, Gamaliel León ~brrucci, Giancarlo ~ I orcno
Camino)' Fredcrick Urbina Villegas, )' el capitán ~ Iauro
Ventura Fermiro no se pusieron a derecho por lo que si·
guen vigentes las órdene~ de aprehcn ~ ión en o;;u contra.
lA reb.nÓ" d. los buqU" 1 Mi"iste rio Publico ( 23 )
Un cacique en altamar
Yavuc, nombre de uno de Jos grandes caciques
canbes de la región guap.ncsa, a qUlcn se le atribuye la
ullIhcaclón de las tribus de la 7.ona del Caroní, también
es el nombre de uno de los buques tanques pcncnc
( Iemes a la cmprc~a PDV-~lann:l, que en (lIcicmbre de
2002, al mando del capitán Aulio I"miro Bcrmúde7, fue
fondeado en agua~ del estado Aní'o:tlcgul, en Puerto La
CfU 'l, frente a la Bahía de Pozuelos,
lO! 06 de diciembre de 2002, la Fiscalía 3° del
~ filll ..,tc rio Público en el c\lado J\n 7o:t lcgui iniCIÓ la
100'csugaClón sobre el caso del t:lnqucro, al {cner cono
Cimiento de parle de la D efensoría del Pueblo de una
sllu3C1ón que estaba causando alarmit en b población )'
que fue encuadrada clernfo de lo previsto en el ultimo
apane del artículo 344 dc Cócllgo Penal. En consecuen·
Cla, el rcprc"cmantc del ~ l lIlI'HenO Público sohCltó al
Jue/ de control de guardia, en recha 07 de diCIembre de
2002, una Inspección de seguridad manuma I or \'in de
prueba anticipada.
( 24 I M lnlSlerlo Publico II.lI rebelión de los buques
Sin embargo, no se pudo hacer efectiva la entrada
al buque ante la negativa del capitán Bermúdez, quien
se negó a colaborar), fue advertido sobre la presunta
comisión por su parte de un hecho ilícito, tipificado
dentro de los delitos contra la conservación de los inte
reses públicos)' privados, al apoderarse ilegítimamente
de una nave al serVIcio público del Esmdo y ser de ca
rácter esufltégico y vital para la 1 ación.
Para el 10 de diciembre de 2002, fue aprehendido
en Aagrancia el capit:in Bcrmudez )', en consecuencia,
puesto a borden dell\Linisterio Público. Posteriormen
te, el 12 de diCiembre, se realizó en el mismo buque la
audiencia de declafflción de imputados, en un acto cuya
presentación esru\'o rt crtrgo de los entonces fiscales 60
nacional, Luisa Orteg:t Ola,; 3° de nzoátegui, ~ugu I
Angel Torres, )' 'u auxiliar, Katiuska Boh""r.
El capitán Bermudez fue IInpu,,\do por los delito,
de interrupción de sutninasrro de gas y apoderamiento
ilegítimo de nave o aeronave, y se pidió la medid. de
privnción de libertad.