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Escuela de Gestión Pública Licenciatura en Administración …€¦ ·  · 2016-02-29Dicute las...

Date post: 07-May-2018
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Módulo “A | Universidad Mariano Gálvez de Guatemala | 2016 Página 1 Universidad Mariano Gálvez de Guatemala Escuela de Gestión Pública Licenciatura en Administración Pública PARTICIPACION CIUDADANA LIC. JULIO ORELLANA MÓDULO“A”UNIDAD “1” Y “ 2 Semana del 15/02/2016 al07/03/2016 Unidad 1 Nociones generales de Sociedad Civil, marco Jurídico, participación política y participación ciudadana Unidad 2 Ámbito de la participación ciudadana: Comunicación y consenso social Gobernanza, Gobernabilidad, opinión Pública, descentralización L El módulo A unidad 1 y 1 esta enfocado a desarrollar temas fundamentales para la Administración pública que La democracia se cimienta a partir de la participación ciudadana y se fortalece a partir de la calidad de ella. El sistema democrático será legítimo si es plenamente conocido y asumido como propio por todos los habitantes del país. Para hablar de participación ciudadana en este país hay que empezar conociendo la realidad interna, esto permitirá a los políticos y a los gobernantes poder proponer positivamente al futuro. Guatemala es un país con diversidad étnica pero desconocida a propósito por el sistema del Estado. Tanto ladinos como indígenas reconocen qué éstos últimos han ocupado una posición subordinada frente al Estado y en la toma de decisiones. Plantear la reconstrucción del Estado-Nación sólo en términos culturales y lingüísticos sería insuficiente y superficial La democracia representativa padece una crisis de legitimidad porque faltan espacios deliberativos y decisorios eficientes donde puedan participar los ciudadanos. Ante esto, los nuevos medios de comunicación de la tecnología de información y comunicación (TIC) (blogs, Twitter, Facebook, Web 2.0 y 3.0) presentan la oportunidad de superar algunos límites comunicativos y políticos y con ello auxiliar a la democracia.
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Módulo “A | Universidad Mariano Gálvez de Guatemala | 2016

Página 1

Universidad Mariano Gálvez de Guatemala

Escuela de Gestión Pública Licenciatura en Administración Pública

PARTICIPACION CIUDADANA LIC. JULIO ORELLANA

MÓDULO“A”UNIDAD “1” Y “ 2

Semana del 15/02/2016

al07/03/2016

Unidad 1 Nociones generales de Sociedad Civil, marco Jurídico, participación política y participación ciudadana Unidad 2 Ámbito de la participación ciudadana: Comunicación y consenso social Gobernanza, Gobernabilidad, opinión Pública, descentralización

L

El módulo A unidad 1 y 1 esta enfocado a desarrollar temas

fundamentales para la Administración pública que La democracia se

cimienta a partir de la participación ciudadana y se fortalece a partir de la

calidad de ella. El sistema democrático será legítimo si es plenamente conocido

y asumido como propio por todos los habitantes del país. Para hablar de

participación ciudadana en este país hay que empezar conociendo la realidad

interna, esto permitirá a los políticos y a los gobernantes poder proponer

positivamente al futuro.

Guatemala es un país con diversidad étnica pero desconocida a propósito por el

sistema del Estado. Tanto ladinos como indígenas reconocen qué éstos últimos

han ocupado una posición subordinada frente al Estado y en la toma de

decisiones. Plantear la reconstrucción del Estado-Nación sólo en términos

culturales y lingüísticos sería insuficiente y superficial

La democracia representativa padece una crisis de legitimidad porque faltan espacios deliberativos y decisorios eficientes donde puedan participar los ciudadanos. Ante esto, los nuevos medios de comunicación de la tecnología de información y comunicación (TIC) (blogs, Twitter, Facebook, Web 2.0 y 3.0) presentan la oportunidad de superar algunos límites comunicativos y políticos y con ello auxiliar a la democracia.

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GUÍA PROGRAMÁTICA MÓDULO “A” UNIDADES “1” Y “ 2 "

Semana del 15/02/2016 al 07/03/2016

Estimado(a) estudiante: las actividades de enseñanza-aprendizaje-evaluación del curso

para la semana consiste en :

Declarativo Contenido

Actividades de aprendizaje a desarrollar durante la semanas

Punteo

Tiempo estimado de realización

PLAZO FEBRERO-MARZO 7

L M M J V S D

Estudiar los módulos, participar en el Chat, foro, motivaciones, mensajes.

Redacta comentario relacionado a las motivaciones desarrolladas en clase vía mensaje Lee, discute y subraya la lectura de las 4 unidades del Módulo A Elabora un resumen de acuerdo a las preguntas planteas en el módulo A de la unidades 1, 2, 3 4 Dicute las 4 preguntas de los temas descritos en cada una de las unidades programadas. Investiga y amplia conocimientos relacionado a los temas de las 4 unidades del modulo A utilizando Wiki. Expresa opiniones sobre tema de cada unidades del módulo A vía Chat. Analiza y contrasta los temas al quehacer diarios mediante el modelo de informe académico. Redacta preguntas relacionado al tema propuesto Redacta informe académico de acuerdo al modelo Revisa las notas del informe. Elabora mapas conceptuales, mentales relacionado al tema Diseña presentaciones sobre el módulo A 4 Redacta ensayos sobre el módulo 3 Debate temas en foro relacionado al módulo A unidad 2 Discute casos sobre el tema de la unidad 1 módulo A.

5 horas x x x x x

x x

Exclusiones sociales y deficiencia administración pública

2

1 hora x x x x

Nociones generales de Sociedad Civil, marco Jurídico, participación política y participación ciudadana

2

2 horas x X X x

Ámbito de la participación ciudadana: Comunicación y consenso social Gobernanza, Gobernabilidad, opinión Pública

2

1 horas x X X

x

Motivación del Video

1

1 hora x x

Elaboración de informe Académico

3 1

1 hora x

x x

1 hora

TOTAL PUNTEO 10punt

os

COMPETENCIA comprende la importancia del marco jurídico que regula la

participación ciudadana y el ámbito políticos para desarrollar en forma democrática,

consensual y comunicativamente la participación de los guatemaltecos.

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Mensaje de Motivación

CONTENIDO A. 4 Preguntas Previas de conocimiento relacionado al tema y una

pregunta ético (actitudinal)

Queremos la paz, pero la paz no puede ser nunca mera ausencia de violencia, sino que debe ser presencia y vigencia

de la Constitución, sin coacciones, extorsiones ni amenazas. Fernando Savater

Glosarios a Investigar

1. Qué diferencia hay entre participación

Política y Participación Ciudadana. Y

que significa sociedad civil

2. Cuál es la base jurídica de la

participación ciudadana

3. la Gobernanza y la gobernabilidad son

necesarios para la participación

ciudadana.

4. La políticas de descentralización han

contribuido a disminuir la exclusión de

los ciudadanos en las Áreas rurales y

urbanas del Estado guatemalteco.

5. opinión sobre la participación ciudadana

actualmente en el Estado de Guatemala

o asuntos políticos.

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DESARROLLO DE LA TEMÁTICA DEL CONTENIDO DE LA UNIDAD.

B. Descripción del contenido lo que va estudiar

ENFOQUE1

INTRODUCCION

La Participación Ciudadana Los términos participación y ciudadanía están ligados dialécticamente

en la praxis social, no puede haber participación sin ciudadanos y ciudadanas y no puede

concebirse un ciudadano o ciudadana si no participa, la ciudadanía se ejerce por medio de la

participación. Desde la perspectiva social la participación es el acto en ”que determinados seres

conscientes toman parte en la interacción social”1 , es un ”momento de integración social, como

alternativa al sistema o como modificación cultural e institucional del sistema vigente”. , es por

medio de la participación que puede darse el “protagonismo voluntario de mujeres y hombres

motivado por el interés y el deseo de hacer presencia, opinar, sugerir y tomar decisiones en

acciones y procesos que modifiquen las condiciones de vida”, manifiesto en diversos espacios y

formas.

El desarrollo de la ciudadanía y los derechos políticos, sociales y económicos de ciudadanía son

tareas fundamentales del Estado y de los ciudadanos organizados. Esto implica el establecimiento

de nuevas formas de relacionamiento entre gobernados y gobernantes, una nueva comprensión y

distribución del poder, nuevos arreglos democráticos que permitan la participación libre de los

ciudadanos en la gestión pública y

La participación ciudadana debe ser organizada, sostenible y estable; garantizada a partir de una

institucionalidad que favorezca el desarrollo de la democracia, generando confianza y mayores

niveles de identificación de los ciudadanos con el sistema político. Ciudadanía es también

identidad con la comunidad política a la que se pertenece; pero la ciudadanía política se

construye, es necesario retomar la organización comunitaria, para que desde el nivel más local los

ciudadanos participen y ejerzan sus derechos políticos.

REALIDAD SOCIAL DE GUATEMALA

Al desarrollar este último factor político: la pobreza caracterizada por una sensación de falta de

voz y de poder, el Informe del Banco lo titula Empoderamiento y lo aborda así: El contexto social y

político en que se desenvuelven los pobres afecta su vida cotidiana. La falta de representación

política y social, la discriminación, (…) el trato inapropiado de parte de los funcionarios públicos,

(…) y la falta de información sobre servicios y sus derechos afecta su capacidad de aprovechar su

potencial y crea en ellos una sensación de falta de representación y de poder. El fortalecimiento

de los procesos democráticos, el cumplimiento del estado de derecho, la promoción de la

participación en los procesos políticos y en la toma de decisiones, (…) son aspectos importantes

para empoderar a los pobres y permitirles ampliar sus oportunidades y aprovechar su potencial

En este sentido, la Constitución Política de Guatemala, reza en su Artículo 141: la soberanía

radica en el pueblo quien la delega, para su ejercicio, en los Organismos Legislativo, Ejecutivo y

Judicial. La subordinación entre los mismos es prohibida. Es decir que, así como la democracia es

participativa, la participación es democracia. Esto lo afirma Rodrigo Borja cuando expresa: la

1 BARRIENTOS DE ARRIAGA CLAUDIA INÉS 2007 Participación ciudadana y construcción de ciudadanía desde

los Consejos de Desarrollo. El caso de Chichicastenango. Guatemala. USAC.

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democracia es la conjugación del verbo participar en todos sus modos, tiempos, números y

personas. La democracia es participativa. La sustancia de la democracia es la participación

En una región como la latinoamericana, donde según datos de la CEPAL, 208 millones de

personas (40% de la población) viven bajo la línea de la pobreza5 y de ellos 80 millones son

extremadamente pobres (15% de la población)6 ; es de esperar, que el análisis sobre el fenómeno

de la pobreza cobre relevancia. Igualmente en Guatemala, ante un panorama en donde la pobreza

aparece a cada palmo del territorio, como un flagelo que azota a grandes sectores de la población,

ha sido frecuente que analistas de diversas disciplinas, científicos sociales, políticos, artistas,

líderes del movimiento social, religiosos, etcétera se pregunten por las causas y consecuencias

del fenómeno.

No han faltado pliegos con propuestas, demandas e iniciativas surgidas de los diversos sectores

de la población, sobre las posibles soluciones a los procesos que generan la exclusión en que se

encuentra casi la mitad de los guatemaltecos. El presente estudio pretende aportar en esa doble

búsqueda: por un lado en lo relativo a avanzar en una mejor comprensión del fenómeno y por el

otro en describir el proceso participativo concreto de los ciudadanos de Chichicastenango como

propuesta alternativa, que permita avanzar en el arduo camino de erradicación de los mecanismos

que generan exclusión y pobreza en el país. Para el logro de estos objetivos, se hace necesario

profundizar sobre cuatro nociones fundamentales, las cuáles aportarán el marco conceptual para

el abordaje de la tesis: “participación ciudadana y construcción de ciudadanía, desde los Consejos

de Desarrollo de Chichicastenango”, éstas nociones son: exclusión social, participación

ciudadana, diseño institucional y descentralización.

En Guatemala, la desigualdad alcanza un índice de Gini de 47.611, además, en un período de

cuatro años (2000 – 2004) las condiciones de pobreza y pobreza extrema se incrementaron: en el

2000 los resultados de la ENCOVI reportaron 56.19% de pobreza (6 millones 400 mil personas) y

15.69% de pobreza extrema (1 millón 800 mil personas)12; el estudio 2005 de la CEPAL confirma

que la cifra de pobreza está en 59% y la pobreza extrema pasó del 16% al 21.5%. Desde este

marco, la presente investigación respalda la idea de que las causas estructurales que generan tan

elevados niveles de pobreza y pobreza extrema en el país, no son solamente de carácter

económico, el factor político ha sido determinante en la generación, reproducción y mantenimiento

de mecanismos de marginación y exclusión social que definen las condiciones de vida de

enormes sectores de la población.

Esta definición es importante, pues en el país es la primera vez que se da una definición de

participación ciudadana que tenga como base a la comunidad organizada, concebida como

protagonista del proceso. Además, ofrece un amplio espectro de comprensión de la participación

que incluye la planificación, ejecución y fiscalización de la administración pública. En este sentido,

es necesario hacer notar que se establece una acción de auditoría social de abajo hacia arriba. 2

En el mismo plano, el Sistema de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural SCDUR, se considera la

propuesta más específica en el tema de la participación ciudadana, según lo establece la Ley: “El

sistema de Consejos de desarrollo es el medio principal de participación de la población maya,

xinca y garífuna y la no indígena, en la gestión pública para llevar a cabo el proceso de

planificación democrática del desarrollo, tomando en cuenta principios de unidad nacional,

multiétnica, pluricultural y multilingüe de la nación guatemalteca”. 3

2 Mazariegos, Mónica. ¿Cómo quedaron las leyes relacionadas con la participación ciudadana? Documento elaborado

para Servicios Jurídicos y Sociales, SERJUS. Guatemala: Mayo 2002 3 Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural. Capítulo I. Naturaleza, Principios y Objetivos. Artículo 1.

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Es interesante que la Ley en su Artículo 20 rescata el principio de consenso en la toma de

decisiones: “Los Consejos de desarrollo tomarán sus decisiones por consenso; cuando éste no se

logre, se tomarán por el voto de mayoría simple”. Este principio es regente fundamentalmente, en

las comunidades mayas. Así mismo, hay que resaltar el reconocimiento que la ley hace respecto

de la elección de representantes “con base a principios, valores, normas y procedimientos de la

comunidad…”

Desde este marco, interesa a la presente tesis, analizar el papel que desempeñan los Consejos

de Desarrollo en el ejercicio de la participación ciudadana y cuál ha sido su incidencia en la

construcción de ciudadanía; ambos factores, constituyen componentes importantes en la

generación y fortalecimiento de procesos de desarrollo local en el país. Lo que está de fondo en

esta discusión, es el empeño de los actores por construir una nueva forma de ejercicio del poder:

incluyente, compartido y con acceso a la toma de decisiones sobre los fondos públicos, a fin de

garantizar mayor cobertura de los servicios sociales y mejorar sus condiciones de vida.

Una definición amplia de participación ciudadana y que permite el abordaje teórico de esta

investigación, es la aportada por Alicia Ziccardi: la participación ciudadana es la inclusión de la

ciudadanía en las decisiones públicas, incorporando intereses particulares (no individuales). Para

que esto sea posible no se pueden abrir espacios de participación de manera improvisada, sin

reglas claras para los actores involucrados en estos procesos. La participación ciudadana debe

generar compromisos institucionales y supone crear un clima de trabajo comunitario en el que

exista el convencimiento de que la deliberación pública, la interacción social y el respeto por el

pluralismo son valores y prácticas positivas y esenciales de la democracia. 4

Por otra parte en Guatemala, desde la conformación histórica del Estado, éste ha jugado un papel

determinante en el establecimiento de mecanismos excluyentes, autoritarios y clientelares en el

ejercicio del poder político; fundamentalmente debido a la persistencia de élites de poder, las

cuáles desde un imaginario altamente racista y patriarcal, han sustentado su poder en el orden

jurídico vigente.

Desde este marco, no resulta casual que el Estado ejerza un tipo de dominio autoritario y

represivo, incapaz de integrar las demandas de las grandes mayorías de la población. Estos

factores han contribuido en la configuración de una determinada cultura política, caracterizada por

un débil ejercicio de la ciudadanía, apatía política, descrédito de la institucionalidad del Estado,

verticalismo y escasas posibilidades de participar en la toma de decisiones, entre otros.

Para profundizar en el tema de la participación ciudadana, la autora aporta insumos importantes,

ella afirma que para el intento de democratizar la forma de gobierno la cuestión sobre como

incorporar la participación de la ciudadanía en los procesos de decisión y gestión local es uno de

los principales desafíos… crear las condiciones para que los habitantes sean ciudadanos, que

puedan ejercer sus derechos políticos, sociales y urbanos cumpliendo con las obligaciones que

implica el habitar una ciudad. Sin duda, esto no será suficiente si la sociedad local no es portadora

de una cultura cívica para la vida comunitaria, lo cual deberá adquirirse en el mismo proceso de

participación de la ciudadanía en los procesos decisorios. Para que ello ocurra es necesario abrir

nuevos y mejores espacios de participación ciudadana en la gestión pública local, construir

precisamente un espacio público en el que participe activamente la ciudadanía, tanto más cuando

4 Ziccardi, Alicia. Descentralización, capacidades locales y participación ciudadana. Ponencia presentada en Seminario

Internacional “Construyendo la democracia desde abajo: descentralización, iniciativas locales y ciudadanía”. Woodrow

Wilson Center for Scholars. Fundación Interamericana y FLACSO. Guatemala, abril del 2005.

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se trata de políticas sociales cuya principal finalidad es precisamente garantizar el ejercicio de la

dimensión social de la ciudadanía5

HACIA UNA DEFINICIÓN DE LA EXCLUSIÓN SOCIAL.

Cuando se inició en Europa la utilización del concepto de exclusión social, se definía como los

mecanismos a través de los cuáles personas y grupos son despojados de la participación y

titularidad de los derechos sociales, o como un proceso que excluye a una parte de la población

del disfrute de las oportunidades económicas y sociales.14 Desde entonces, la noción de

exclusión se presentó más amplia que la de pobreza, al abarcar elementos relativos al mercado y

a las instituciones socioculturales. La comprensión del término se ha ido profundizando, Estanislao

Gacitúa lo refiere a los procesos que contribuyen a aumentar la vulnerabilidad de ciertos grupos

sociales, de tal forma, que podría devenir en una condición de pobreza.

El autor define la exclusión social como la imposibilidad de un sujeto o grupo social para participar

efectivamente a nivel económico, social, cultural, político e institucional.15 En este sentido, la

exclusión social alude a un cúmulo de factores condicionantes que impiden la vinculación plena de

los individuos a la sociedad a la que pertenecen. Continuando con la línea de reflexión de Gacitúa,

el concepto de exclusión social abarcaría tres dimensiones específicas: a) Económica, referida a

deprivaciones materiales y acceso a mercados y servicios básicos que garanticen la satisfacción

de las necesidades básicas; b) Política e institucional, en cuanto a carencia de derechos civiles y

políticos que garanticen la participación ciudadana; y c) Sociocultural, aludiendo al

desconocimiento de las particularidades étnicas, de género, etáreas y religiosas.

Los aportes teóricos de Ziccardi permiten desarrollar un interesante marco conceptual, para

efectos del presente estudio sobre todo cobra relevancia, lo referido a que la participación

ciudadana genera inclusión. En un país como Guatemala, donde los niveles de exclusión política

han sido elevados, este elemento es importante. Pero ¿a qué nivel se plantea, desde la autora,

esa inclusión? Ella señala que ésta debe ocurrir en la toma de decisiones públicas vinculadas a la

gestión del desarrollo local, o sea, garantizar el ejercicio de la dimensión social de la ciudadanía.

Este planteamiento, recupera una visión de los actores sociales como sujetos, agentes y

protagonistas de su propio desarrollo. Así mismo, se resalta la cuestión de la institucionalidad, de

abrir los espacios, de establecer procedimientos y reglas claras y estables, de tal forma que los

ciudadanos institucionalicen su participación y el gobierno la reconozca como instancia legal. Se

trata de un proceso de doble vía, en que conjuntamente, gobernados y gobernantes, creen

mecanismos y mejoren las instituciones ya existentes, recreándolas y fortaleciéndolas, de tal

forma que los ciudadanos se apropien las instituciones, y éstas a su vez, se revitalicen con la

incidencia política que la ciudadanía pueda generar.

Muchas definiciones retomaron esa idea de hecho, las Naciones Unidas ha reconocido que una

amplia participación en la toma de decisiones es un prerrequisito fundamental para la consecución

del desarrollo sostenible. 34 Otro ejemplo, lo constituye la definición de Rodrigo Borja: la

participación es un importante componente del desarrollo humano, pues permite la realización de

las capacidades, vocaciones y aptitudes de cada persona6

El fortalecimiento de mecanismos participativos como la planificación del desarrollo, la auditoría

social y la eficacia del gasto público.

5

6 United Nations Conference on Environment and Development (UNCED). Agenda 21. Pág. 219. New York, United

Nations Organization, 1992. 35 Borja, Rodrigo. Enciclopedia de la Política, Fondo de Cultura Económica. México:

1997. Citado en: Enríquez Villacorta, Alberto y Rodríguez, Marcos. Participación Ciudadana en San Salvador. Notas

sobre una experiencia 1997 – 2003. FUNDE. San Salvador, El Salvador: 2004. Pág. 16.

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En torno a la ciudadanía, Will Kymlicka y Wayne Norman señalan la cuestión de los derechos

culturales, tema que reviste mucha importancia en un contexto como el de Guatemala, donde los

derechos de los pueblos indígenas, sus formas organizativas, sus tradiciones ancestrales,

etcétera, son elementos sustantivos de su experiencia ciudadana cotidiana. Los autores aportan

que: la ciudadanía no es simplemente un estatus legal definido por un conjunto de derechos y

responsabilidades. Es también una identidad, la expresión de la pertenencia a una comunidad

política (…) Con el tiempo ha resultado claro, sin embargo, que muchos grupos – negros, mujeres,

pueblos aborígenes, minorías étnicas y religiosas, homosexuales y lesbianas – todavía se sienten

excluidos de la ‘cultura compartida’, pese a poseer los derechos comunes propios de la

ciudadanía. Los miembros de tales grupos se sienten excluidos no sólo a causa de su situación

socioeconómica, sino también como consecuencia de su identidad sociocultural, es decir, su

diferencia”

DEFICIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

A pesar de que la Administración ha buscado, y sigue buscando, medios para mejorar su relación

con la ciudadanía aportando más información y fomentando la participación, existe una mayor

demanda por parte de los ciudadanos de incidir en la toma de decisiones concretas. Las propias

instituciones han mostrado una baja capacidad de respuesta a esta demanda debido a la

complejidad creciente y continua de la realidad.

Paradójicamente, en los aspectos de la vida cotidiana, existe una mayor dificultad para las

Administraciones en dar respuesta inmediata a problemas habituales, como la reparación de un

banco o una farola rota en un parque, que en la resolución y ejecución de una gran obra

urbanística. Un análisis de esta cuestión, como se apunta en varias ocasiones en la Mesa

Redonda “Participación e integración de los agentes sociales”, lleva a concluir que la baja

capacidad de respuesta de la Administración es debida a las siguientes razones:

1. Estructuras y procedimientos rígidos y jerárquicos característicos de la Administración

pública.

2. Un elevado número de Administraciones en interacción con intereses muy diversos y

con una distribución difusa de competencias entre ellas, que provoca una

deslocalización de las causas y efectos de los problemas ambientales.

3. La existencia de una vida política profesionalizada tiene como inconveniente la

supremacía de las lógicas de partido por encima de las lógicas sociales.

Falta de credibilidad general en la voluntad de los poderes públicos de resolver, especialmente,

las problemáticas ambientales.

Ausencia de sistemas adecuados para que los ciudadanos expresen sus opiniones y

preferencias sobre cuestiones concretas, ya que su rango de opciones en el momento

de las elecciones se limita a diversos agregados ideológicos representados por los

partidos. Esto cuestiona la transferencia de legitimidad a los representantes en relación

con problemas concretos, como pueden ser muchos de los problemas ambientales.

Dificultades de la participación De forma tradicional, los gestores públicos han evitado

procesos de participación social esgrimiendo diversas razones como las que se

enumeran a continuación:

“El gran público es ignorante y/o apático”.

“El coste del tiempo que hay que invertir en el proceso de participación es

desproporcionado respecto a los beneficios esperables”. • Los gestores suelen

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considerar que son los que tienen la responsabilidad de emitir un juicio profesional. •

Se tiende a considerar que las instituciones gubernamentales tienen obligaciones

legales que no pueden ser transferidas a nadie.

Posibilidades de manipulación de los foros que se constituyan por grupos de intereses

particulares

La importancia y la necesidad de la “participación ciudadana (de la sociedad, de la sociedad civil,

de la ciudadanía) en educación” ha devenido en tema recurrente y aceptado, de modo general, en

la mayoría de países en el mundo. El creciente valor atribuido a la sociedad civil y a la

participación ciudadana en el pensar y el quehacer local, nacional e internacional tiene como

trasfondo una redefinición del papel de – y de la relación entre - Estado y sociedad civil, así como

entre ambos y las agencias internacionales de cooperación para el desarrollo , en el marco de

una redefinición de la relación entre lo público y lo privado, y entre lo local, lo nacional y lo global.

En términos del BID, estaríamos avanzando en la construcción de “un nuevo paradigma societario

caracterizado simultáneamente por la eficiencia económica y la eficiencia social” (BID-Argentina

1998: 9). La tradicional atribución de lo público y la política pública – entendida como aquella que

se ocupa del “bien común”, del “interés de todos” – como dominio exclusivo del Estado, está hoy

cuestionada. Por un lado, hay una creciente apertura del Estado y de la “cosa pública” hacia la

intervención activa de actores no-estatales.

Por otro lado, hay una creciente apertura de los Estados y las sociedades nacionales, y de la

política pública, a la influencia de las agencias internacionales, las cuales han incorporado a la

sociedad civil como un nuevo interlocutor, con y sin la mediación del Estado. Como se señalaba

en una reunión del BID, estaríamos hoy bailando un "tango entre tres": Estado, sociedad civil, y

Banco (organismo donante).3 En verdad, no obstante, se trata de un “tango entre cuatro”, pues en

esa tríada está ausente el nuevo gran actor: el mercado. La sociedad civil (su propia

caracterización como tal, su nuevo papel, sus límites y posibilidades) se ubica y define hoy en esta

compleja trama de relaciones entre Estado, mercado, y agencias internacionales.

MARCO JURÍDICO7

En este sentido, la institucionalidad legal del país en el tema de la ciudadanía, establece en la

Constitución Política de la República, Artículo 147, que: “son ciudadanos los guatemaltecos

mayores de dieciocho años de edad. Los ciudadanos no tendrán más limitaciones, que las que

establecen esta Constitución y la ley”. De igual forma, se especifica en la Ley Electoral y de

Partidos Políticos y sus reformas (Decretos 74 – 87, 51 – 87, 55 – 90) que son ciudadanos todos

los guatemaltecos mayores de 18 años, siendo los derechos y deberes inherentes a esa

condición: a) Respetar y defender la Constitución Política de la República; b) Inscribirse en el

registro de ciudadanos; c) Elegir y ser electo; d) Ejercer el sufragio; e) Optar a cargos públicos; f)

Velar por la libertad y efectividad del sufragio y la pureza del proceso electoral; g) Defender el

principio de alternabilidad y no reelección en el ejercicio de la Presidencia y Vice presidencia de la

República; h) Desempeñar las funciones electorales para las que sean designados.

En Guatemala, los incisos c y e, relativos a ser electos y optar a cargos públicos, no se ejercen de

forma equitativa para todos los ciudadanos, existe discriminación étnica y de género. Por ejemplo,

en relación al tema étnico, en el actual gobierno del Presidente Berger, a pesar de que según

datos del último censo de población del 2002, la población indígena constituye casi el 40%,

7 http://desarrollohumano.org.gt/sites/default/files/CUADERNO%20CONSEJOS%20referencia.pdf

Ramos Muñoz Belinda y Sosa Velásquez Mario Consejos de desarrollo y participación ciudadana en Guatemala (1985-

2009)

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equivalente a aproximadamente 4.4 millones de personas (de un total de 11.2 millones de

habitantes), hasta la fecha se han instalado sólo 60 profesionales indígenas en cargos públicos.

Esta Trilogía está compuesta por La Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural,

Decreto No. 11-2002, La Ley de General de Descentralización, Decreto Número 14-2002; y El

Código Municipal Decreto No. 12-2002.

En el caso de Guatemala, el marco jurídico relacionado con la Descentralización, la Participación

Ciudadana y el Poder Local cuenta con la Ley General de Descentralización (Decreto 14 – 2002),

la Ley de Los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural (Decreto 11 –2002) y El Código Municipal

(Decreto 12 – 2002). La Ley General de Descentralización aporta por primera vez, una definición

de participación ciudadana, al presente la única definición legal similar existente se encontraba en

la Ley del Organismo Ejecutivo, sin embargo, por estar en los considerandos no tenía vinculancia

de ley. Esta definición estipula que: “participación ciudadana es el proceso por medio del cual una

comunidad organizada, con fines económicos, sociales o culturales, participa en la planificación,

ejecución y control integral de las gestiones del gobierno nacional, departamental y municipal,

para facilitar el proceso de descentralización8

Acuerdos de Paz, los Acuerdos sustantivos firmados entre el Gobierno de Guatemala y

la URNG, publicación de COPREDEH y la Cooperación de la Unión Europea en

Guatemala. 1998.

El Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas (Aidpi, 1995) plantea el

derecho de los pueblos indígenas, en el marco de la autonomía municipal, a decidir sus

prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en particular con relación a la educación,

salud, cultura e infraestructura; y les reconoce el derecho a la creación y dirección de sus

propias instituciones, y al ejercicio libre de sus derechos políticos. Para esto se planteó la

institucionalización de la representación de los pueblos indígenas en los distintos niveles. Por

su parte, el Acuerdo sobre aspectos socioeconómicos y situación agraria (Asesa, 1996),

establece un modelo de desarrollo participativo de la gestión pública, en el que todos los

sectores de la sociedad deben involucrarse en la definición de políticas para el logro de mayor

justicia social y el desarrollo. En su capítulo 1, relativo a la democratización y el desarrollo

participativo, estipula que: “para profundizar una democracia real, funcional y participativa, el

proceso de desarrollo econó- mico y social debe ser democrático y participativo y abarcar: (a)

la concertación y el diálogo entre los agentes del desarrollo socioeconómico, (b) la

concertación entre estos agentes y las instancias del Estado en la formulación y la aplicación

de las estrategias y acciones de desarrollo, y (c) la participación efectiva de los ciudadanos en

la identificación, priorización y solución de sus necesidades.”

Por su parte, el Acuerdo sobre aspectos socioeconómicos y situación agraria (Asesa, 1996),

establece un modelo de desarrollo participativo de la gestión pública, en el que todos los

sectores de la sociedad deben involucrarse en la definición de políticas para el logro de mayor

justicia social y el desarrollo. En su capítulo 1, relativo a la democratización y el desarrollo

participativo, estipula que: “para profundizar una democracia real, funcional y participativa, el

proceso de desarrollo econó- mico y social debe ser democrático y participativo y abarcar: (a)

la concertación y el diálogo entre los agentes del desarrollo socioeconómico, (b) la

concertación entre estos agentes y las instancias del Estado en la formulación y la aplicación

8 Ley General de descentralización. Decreto Número 14 – 2002. Guatemala. Artículo 17.

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de las estrategias y acciones de desarrollo, y (c) la participación efectiva de los ciudadanos en

la identificación, priorización y solución de sus necesidades.”

INSTITUCIONES:

1. Diputados representantes de las distintas bancadas,

2. El Sistema Nacional de Prevención y Control de Incendios Forestales (Sipecif ),

3. La Secretaría de Comunicación de la Presidencia (SCSPR), la Secretaría de Seguridad

Alimentaria y Nutricional (Sesán),

4. El Consejo Nacional para la Protección de la Antigua (CNPAG),

5. El Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural (Corede), el Instituto Nacional de

Estadística (INE),

6. La Procuraduría de Derechos Humanos (PDH),

7. El Ministerio Público (MP), el Registro de Información Catastral (RIC),

8. El Programa Mundial de Alimentos (PMA), el Viceministerio de Apoyo Comunitario del

Ministerio de Gobernación (VAC), el Comité Nacional de Alfabetización (Conalfa),

9. La Procuraduría General de la Nación (PGN) y la PNC (Segeplan, 2009b).

LO QUE NO ES PARTICIPACION CIUDADANA9

Esta participación puede reafirmar y reproducir las relaciones de dominación, porque no toda

participación significa compartir el poder; solo la inclusión puede asegurar el control y la

gobernabilidad, por esta razón la participación está ligada íntimamente con la democracia, en la

práctica social guatemalteca pueden presentarse diferentes “formas o niveles de participación, de

acuerdo a los enfoques, actitudes y políticas de las instituciones o de los y las movilizadores(as)

sociales”9 , como son la participación manipulada, la nominal, la instrumental, la representativa y

la transformativa como veremos a continuación:

1. La participación manipulada, es utilizada solo para la obtención de fondos de cooperación

y como medio para la obtención de recursos, toman fotografías para que vean que hay

participación;

2. La participación nominal, responde más a la satisfacción de una necesidad de legitimación,

llevan registros de asistencia a actividades pero no hay participación real, solo se les

utiliza; • La participación instrumental, busca la eficiencia de las donaciones externas y la

rentabilidad, se contabiliza la participación como un costo para descontarlo del valor total

de la obra, la participación no es valorada en si misma, su función es solo un medio para

bajar costos;

3. La participación representativa, propicia que la población organizada tenga voz en la

elaboración de un proyecto y asegurar su sostenibilidad, este es un mecanismo efectivo

por medio del cual la gente puede hacerse oír y expresar sus propios intereses;

4. La participación transformativa, que busca el empoderamiento, está basada en una

experiencia práctica de participación, en el análisis de opciones en la toma de decisiones y

en la lucha colectiva contra la injusticia; busca la transformación de una situación, conduce

a la toma de conciencia sobre las causas de la pobreza y sus razones, propicia la

confianza en las capacidades propias de la incidencia e implica una dinámica continua que

va cambiando la realidad del pueblo y posibilita la apropiación del mismo.

9 Bobbio, Norberto. “Estado, Gobierno y Sociedad de una Teoría General de la Política” Ediciones plaza y Gómez,

Madrid, España. 1988.

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SOCIEDAD CIVIL

La sociedad civil jamás estuvo bajo el escrutinio público tanto como en la actualidad. Los

disturbios políticos y económicos que siguieron a la Guerra Fría afectaron profundamente la

distribución del poder. Con anterioridad, los Estados reclamaban el monopolio del poder bajo la

forma de soberanía del Estado; hoy esa autoridad está en declive. En la actualidad, el poder lo

reclaman o cuestionan cada vez más los negocios globales y la sociedad civil. En todo el mundo

la ley blanda que asume la forma de lineamientos y recomendaciones está surgiendo como

cuerpo generalizado de práctica global, aunque aún no adquiere la misma fuerza que el derecho

internacional; sin embargo, los Estados la pasan por alto bajo su propio riesgo.

DEFINCIÓN SOCIEDAD CIVIL

En el lenguaje político actual la expresión “sociedad civil” es conocida generalmente como uno de

los términos de la gran dicotomía sociedad, civil/Estado. Lo que quiere decir que no se puede

determinar su significado y delimitar su extensión más que refiriendo y delimitando al mismo

tiempo el término “Estado”. Negativamente, se entiende por “sociedad civil” la esfera de las

relaciones sociales que no está regulada por el Estado, entendido restrictivamente, y casi Siempre

polémicamente, como el conjunto de los aparatos que en un sistema social organizado ejercen el

poder coactivo. Se remonta a August Ludwig von Schlözer (1794), y es continuamente retornada

en la literatura alemana sobre el argumento, la distinción entre societas civilis sine imperio

[sociedad civil sin poder central], y societas civilis cum imperio [sociedad civil con poder central],

donde la segunda expresión indica lo que en la gran dicotomía se designa con el término “Estado”,

en un contexto en el que, como se verá más adelante, todavía no nacía la contraposición entre la

sociedad y el Estado, y bastaba un solo término para designar uno y otro, aunque con una

distinción interna de especie

Debido precisamente a que la expresión “sociedad civil” como fue utilizada en el siglo XIX ‐que es

la misma que se sigue aplicando hoy‐ nació de la contraposición, desconocida para la tradición,

entre una esfera política y una esfera no‐política, es más fácil encontrar una definición negativa

que una positiva de ella, tanto más cuanto en la práctica del derecho público y de la doctrina

general del Estado (la allgemeine Staatslehre de la tradición académica alemana de Georg

Jellinek a Felix Ermacora) jamás falta una definición positiva del Estado: sociedad civil como

conjunto de relaciones no reguladas por el Estado, y por consiguiente como todo lo que sobra,

una vez que se ha delimitado bien el ámbito en el que se ejerce el poder estatal; pero incluso en

una noción tan vaga se pueden distinguir diferentes acepciones según si predomine la

identificación de lo no‐estatal con lo pre‐estatal, con lo anti‐estatal o con lo post‐estatal

¿Quién y qué es la sociedad civil? Para los fines de la presente discusión, la sociedad civil es la

suma total de aquellas organizaciones y redes que se ubican fuera del aparato estatal formal.

Incluye toda la gama de organizaciones tradicionalmente conocidas como grupos de interés, no

sólo ONG, sino también sindicatos, asociaciones profesionales, cámaras de comercio, religiones,

grupos estudiantiles, sociedades culturales, clubes deportivos y grupos comunitarios informales.

Como tal, abarca aquellas organizaciones cuyos objetivos son diametralmente opuestos, como es

el caso de los grupos de cazadores y los de defensores de los derechos de los animales.9 La

obras de Cicerón mencionaban ya a la sociedad civil, y durante los últimos 200 años los expertos

en teoría política desarrollaron el concepto como un terreno paralelo al Estado, pero separado de

éste: un espacio en que los ciudadanos se reúnen de acuerdo a sus propios intereses y deseos.10

Se trata de un concepto bastante más amplio que las simples organizaciones no gubernamentales

(tan importantes como en realidad lo son). Por otra parte, las causas que persiguen los elementos

de la sociedad civil no son necesariamente nobles ni se inclinan por el bien público. Si se limita la

sociedad civil exclusivamente a aquellos actores que persiguen metas altas, el concepto se

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convierte en una noción teológica, y no en una política o sociológica.11 Un buen número de

grupos de la sociedad civil tiene el solo objetivo de perseguir su causa particular, sin mostrar

interés alguno en equilibrar sus aspiraciones para el bien público más extenso.12

Muchos comentaristas políticos han hablado sobre el impacto que ejerce la participación de la

sociedad civil sobre la calidad de la forma de gobierno. Alexis De Tocqueville atribuyó la fuerza de

la democracia estadunidense a la proliferación y solidez de mil tipos diferentes de asociaciones

civiles que persiguen un objetivo común. Un estudio reciente sobre la relación entre participación

cívica y gobernabilidad indicó que en aquellas comunidades que se distinguen por una

participación activa en los asuntos públicos, los ciudadanos esperan que su gobierno se apegue a

normas elevadas, y con la mejor voluntad obedecen las reglas que ellos mismos se han

impuesto.13 La mayor participación de la sociedad civil en la exigencia de cuentas al gobierno se

refiere a las cuestiones más básicas del poder, la transparencia, la participación y la

democracia.14 En un gran número de países, la estructura vertical y cerrada de los gobiernos

autocráticos y controlados por el Estado impidió el crecimiento de la sociedad civil y permitió a los

funcionarios actuar en un ambiente donde no existían ni la rendición de cuentas ni la

transparencia.

¿DE DÓNDE, ENTONCES, OBTIENE SU LEGITIMIDAD LA SOCIEDAD CIVIL?

En esencia, la sociedad civil obtiene su legitimidad del fomento del interés público, y de allí su

preocupación por los derechos humanos, la salud, la educación y, por supuesto, la corrupción. Su

motivación es un interés especial y no el beneficio personal. Se caracteriza por un elemento sólido

de participación voluntaria: las personas participan porque creen en lo que están haciendo, y no

simplemente para pasar un día más en la oficina.

Por tanto, el gobierno tiene el deber de proporcionar un marco de referencia jurídico y normativo

que le ofrezca a la sociedad civil el espacio necesario para actuar. Éste debe incluir, por supuesto,

la libertad de expresión, de asociación y de integración de organismos no gubernamentales. Las

leyes que rigen la constitución formal de las ONG y su categoría fiscal varían extensamente; pero

deben ser de fácil comprensión, accesibles, apegarse a las normas internacionales y evitar

limitaciones o complicaciones innecesarias. Los funcionarios que manejan procedimientos de

acreditación necesitan entender claramente que la ley debe aplicarse de manera igualitaria,

evitando una discrecionalidad excesiva. En este contexto, cualquier requisito de acreditación se

cumpliría con mayor precisión si las decisiones recayeran en un tribunal u otra entidad

independiente

La participación política 10

puede definirse como toda actividad de los ciudadanos dirigida a intervenir en la designación de

sus gobernantes o a influir en la formación de la política estatal. Comprende las acciones

colectivas o individuales, legales o ilegales, de apoyo o de presión, mediante las cuales una o

varias personas intentan incidir en las decisiones acerca del tipo de gobierno que debe regir una

sociedad, en la manera cómo se dirige al Estado en dicho país, o en decisiones específicas del

gobierno que afectan a una comunidad o a sus miembros individuales

10

http://www.mercaba.org/FICHAS/Capel/participacion_politica.htm Almong, G. y S. Verba: The Civic

Culture. Princeton University Press. Princeton, 1963

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NOCIONES GENERALES.

QUÉ SE ENTIENDE POR PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

PARTICIPACIÓN

La participación ciudadana es un concepto integrado por dos términos, el primero, es el de

participación, esto conduce a estudiar este concepto y posteriormente comprender el significado

de la participación ciudadana. Para la Real Academia Española, participar, en su carácter de

verbo intransitivo, significa tomar uno parte en una cosa, recibir una parte de algo, o compartir,

tener algo en común con otro u otros; y como verbo transitivo, significa dar parte, informar,

comunicar. Por lo tanto, el significado de participar, para los fines del concepto que deseamos

comentar, debe ser entendido en su primer carácter, donde el sujeto tiene una intervención en lo

que le es común.

Así, el término participación, que deriva del verbo participar, se entiende en referencia a la

intervención de los miembros de un grupo en la gestión de este mismo o el poder decisorio.

Participar, por lo tanto, hace alusión a la intervención de alguien en algo que le pertenece, o que

en cierto momento le es común porque ahí tiene un interés latente o manifiesto. Esta es la

sustancia de la participación ciudadana, en la cual se identifica la intervención del ciudadano en

los intereses públicos, donde el ciudadano tiene motivos que le son comunes porque lo público es

del interés de todos, de ahí su carácter de publicidad.

Por su parte, Dieter Nohlen define la participación como el acto de tomar parte en donde subyace

una concepción instrumental y una normativa (Nohlen, 2006: 1001). La participación contiene en

sí el motivo suficiente para congregar a los que por su contenido encuentran convergencia en la

materia ciudadana o pública. Así, tenemos que por asuntos de interés comunitario o asistencial

puede darse una intervención de los individuos o integrantes de la comunidad.

Aun más cuando el sujeto tiene interés en el poder político, surge entonces la participación

política, la cual se expresa a través de la vida y actividades partidistas y en la representación

gubernamental. Sin embargo, la participación ciudadana está incluida en estos ejemplos pero

tiene su esfera definida de acción, aspecto que se comentará más adelante.

Mauricio Merino (1997) considera que el participar, “tomar parte”, es la pertenencia a una

organización que reúne a más de una persona, por lo tanto tiene un carácter social. Con esta idea

se da a entender la necesidad de la organización para que exista la posibilidad de la participación.

Es decir, el participar presupone la existencia de la organización, del medio o grupo social que

permite la agrupación de los que tienen algo que compartir, siendo ésta la condición necesaria

para la participación. Desde esta perspectiva, la participación ciudadana concibe la organización

de los ciudadanos que guardan motivos comunes y que se organizan para facilitar la consecución

de sus objetivos o exigir el respeto de sus derechos. Sin embargo, aunque la participación implica

compartir lo común, también contempla el lado no bondadoso del ser humano: el egoísmo. “De

modo que a pesar de las buenas credenciales del término, la participación tampoco está a salvo

de los defectos humanos: del egoísmo, del cinismo, de la enajenación de los individuos.

De aquí el primer dilema que plantea el término: no todos quieren participar aunque puedan, y no

todos pueden hacerlo aunque quieran” (Merino, 1997: 11). El fin de la participación no siempre es

el deseable, en ocasiones se torna en intervenciones que obstaculizan el logro de objetivos. En

consecuencia, hablar de participación implica el tratar tanto la convergencia de motivos e

intereses como la inclusividad de la organización social o grupal y sus efectos colaterales. Por

ello, es necesario detallar la característica del otro término de participación ciudadana, para

precisar a quién corresponde participar y quién debe limitarse porque no es su competencia.

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CIUDADANÍA

La Real Academia Española refiere que el significado de ciudadanía es “cualidad y derecho de

ciudadano y conjunto de los ciudadanos de un pueblo o nación”. Este significado conduce al de

ciudadano, el que es “natural o vecino de una ciudad y el que está en posesión de los derechos

que le permiten tomar parte en el gobierno de un país”. El término ciudadanía está integrado por

dos elementos: a) cualidad y derecho de ciudadano y, b) la identidad de pertenencia a un pueblo.

Estos mismos elementos se encuentran en la palabra citizenship que remite a: a) el estatus de ser

ciudadano, y b) a la voz que refiere a la membresía de una comunidad, según Juan Enrique

Opazo (2000: 58). Estos elementos son utilizados por varios teóricos que desean argumentar

acerca de la formación y comprensión del término ciudadanía, por ejemplo, T. H. Marshall concibe

“La ciudadanía es aquel estatus que se concede a los miembros de pleno derecho de una

comunidad” (Marshall, 1998: 37).

Marshall introduce un elemento que es trascendente en su concepción, el pleno derecho. T. H.

Marshall, al brindar su apreciación sobre el término de ciudadanía, se apoya en la concepción que

Alfred Marshall señala: para concebirla como una construcción histórica que se logra cuando se

estructura una vida civilizada que le permite al artesano cualificado ser aceptado por la cultura

civilizada. Además, T. H Marshall (1998: 21) menciona que esta apreciación tiene un

reconocimiento en obligaciones y no en derechos que para él es lo más importante.

Esto es lo más trascendental porque considera que la ciudadanía se ha construido como resultado

de un largo proceso que se ha dado en el tiempo. T. H. Marshall (1998: 22) explica que la

ciudadanía, como proceso histórico, se estructura a partir de tres elementos: civil, político y social.

El primero, está compuesto por el conjunto de elementos que le son necesarios para su libertad

de individuo, de propiedad, de expresión, de justicia, y ubica a los tribunales como institución que

directamente se relaciona con este elemento y sobre todo con la justicia. El mismo autor señala

que el triunfo de la consecución del reconocimiento de estos derechos es anterior al siglo XIX. En

lo político, se manifiestan el proceso de la aceptación de los derechos que le permitan al individuo

su participación en la política ya sea como gobernante o como elector; es decir, se extienden en el

ejercicio del poder para ser votado o para votar. El mismo autor ubica que esto se expresa en el

siglo XIX. La institución, que según Marshall, está más directamente vinculada a este tipo de

derechos, es el parlamento.

El elemento social, el más polémico, según nuestro autor, es el que distingue la esfera se

comparten la dicotomía entre ciudadano y clase social. En el elemento social se identifican los

derechos que proporcionan bienestar económico y social. Las instituciones más vinculadas a este

elemento son las educativas y las de salud o servicios sociales.

Los derechos sociales de la ciudadanía se logran en el siglo XX. Es por todo eso que Marshall

habla de plenos derechos, lo que significa que los elementos civil, político y social están

integrados para otorgar el reconocimiento de la calidad de ciudadano, por lo tanto es un conjunto

de derechos que se manifiestan y se expresan en la vida del individuo y que le dan a éste la

categoría de ciudadano.

Es oportuno señalar que esta apreciación de Marshall se deriva de una realidad que lo

contextualiza cuando él escribe un artículo para una conferencia en la Universidad de Cambridge

por el año 1949, y que después se publica con el nombre de Ciudadanía y clase social. En

consecuencia, el contexto de referencia que es el determinante de su pensamiento, es el de

Inglaterra. Esto implica que lo visto por Marshall no necesariamente haya sucedido así en todo el

mundo. Por ejemplo, en el caso mexicano, el carácter de ciudadano fue otorgado no en la misma

dinámica que en Inglaterra.

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El proceso es muy similar, primero se trabaja sobre el reconocimiento de derechos civiles, donde

por cierto, hasta muy avanzado el siglo XIX, se otorgó la libertad de credo, por citar un ejemplo.

Los debates de la Junta Constituyente entre la Independencia (1821) y la publicación de la

primera Constitución Federal (1824) prestaron poca atención a la noción de ciudadanía. Las

definiciones legales sobre quién era un nacional mexicano y un ciudadano mexicano eran

vagamente inclusivas, prestando atención sólo a la cuestión de la inclusión/ exclusión patriótica y

muy poco a las cualidades y características de la ciudadanía.

La única causa de exclusión fundamental en esta Constitución, como en todas las otras anteriores

a la de 1857, se relaciona con la religión: “La Religión Católica será la única y no habrá tolerancia

para ninguna otra” (Lomnitz, 2000: 132). Esto demuestra que no hubo una base filosófica y

sociológica en el constituyente de las épocas tempranas del México Independiente. Pero esta

ausencia aún se nota y se refleja en la estructura que finca la relación entre el poder y los

ciudadanos.

En cuanto a lo político, los derechos que reconocieran en el individuo su participación en la

política, no eran tan abiertos ni generales, porque sólo se permitía el ejercicio a un grupo de

individuos que cumplieran con determinadas características de tipo, sobre todo, económicas o de

ingreso. En suma, las primeras constituciones mexicanas contenían un impulso doble: por un lado,

eliminaban los criterios de casta y esclavitud a fin de crear una nacionalidad de base amplia que

incluyera a todos los nacidos en México y a los que residieran en el país, fueran católicos y

estuvieran dispuestos a obedecer las leyes del país; y por otro lado, sólo permitían el acceso a los

puestos públicos a los hombres propietarios independiente tes que pudieran leer y escribir.

(Lomnitz, 2000: 134).

Es más, el caso del voto activo y pasivo femenino en México, es un triunfo del siglo XX, y en

específico de la segunda mitad de éste. Asimismo sucede con la variable de la edad, la cual se ha

ido modificando para el reconocimiento de la categoría de ciudadano.

Al respecto de la edad, se puede confrontar el artículo 34 original de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, que decía: Son ciudadanos de la República todos los que, teniendo la

calidad de mexicanos, reúnan, además los siguientes requisitos: “I. Haber cumplido dieciocho

años, siendo casados, o veintiuno si no lo son, y II. Tener un modo honesto de vivir”. (Instituto

Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México) (INEHRM, 1990: 62)

Este artículo constitucional fue reformado con motivo de que se concedió a la mujer la calidad de

ciudadana y en consecuencia su derecho al voto, esto sucedió con una reforma constitucional

publicada en el Diario Oficial de la Federación del 17 de octubre de 1953 (INEHRM, 1990: 62), y la

segunda reforma se publicó en el mismo periódico oficial el 22 de diciembre de 1969, que

consistió en otorgar la ciudadanía a los mexicanos que cumplieran los 18 años de edad.

En lo social, México fue uno de los primeros países que a principios del siglo XX trabajó y logró

grandes conquistas sociales, sin embargo, la permeabilidad social ha sido lenta en contra del

individuo. Como muestra de esto es el adelantado artículo 123 constitucional, empero su

aplicación y control ha sido de largas luchas y movilizaciones de los trabajadores, quienes por

mucho tiempo han estado sujetos al Estado. “Como resultado, la ciudadanía en la era

postrevolucionaria (hasta mediados o fines de los años ochenta) puede ser descrita en parte como

masificada y sectorial, pues los obreros y los campesinos del llamado sector informal pudieron

recibir beneficios a causa de su ciudadanía pero carecieron de independencia respecto del

Estado” (Lomnitz, 2000: 132). Regresando al tema que nos ocupa, la participación ciudadana, y

después de haber argumentado algunas ideas sobre los términos que lo componen, creo oportuno

reflexionar sobre este concepto.

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Es preciso construir el referente que delimite la comprensión de la manifestación de ciudadano

frente al Estado o al lado de éste, pero en búsqueda del respeto de sus derechos como forma o

medio para hacer posible la satisfacción de necesidades y la validez del mejoramiento de la

calidad de vida.

LA participación ciudadana es un fenómeno que adquiere relevancia y se extiende

paulatinamente en el Continente latinoamericano. De hecho, en el año 2002, los Jefes de Estado,

en el marco de la Cumbre Iberoamericana, reconocieron “la necesidad de promover acciones que

se sustenten en la Participación Ciudadana, así como la importancia de instituciones que como las

entidades representativas de la sociedad civil, aseguran una más activa Participación Ciudadana

en las cuestiones de la vida pública”. 11

Muchas experiencias de participación ciudadana se han implementado en la región. Quizá una de

las más conocidas, por su novedad e impacto, ha sido el llamado Presupuesto Participativo en

Porto Alegre, Brasil, el cual es un espacio en el proceso de toma de decisiones públicas, abierto a

los ciudadanos, que les permite informar a los decisores sobre sus necesidades prioritarias y

acordar un orden de importancia para su satisfacción. Dicho con otras palabras, consiste en de

definir en detalle y democráticamente el destino de los fondos públicos. Otra experiencia que se

ha difundido a nivel internacional y en Guatemala, es la Planificación participativa o Planificación

Participativa Municipal, la cual pretende generar incidencia política mediante la inclusión de los

actores sociales en la gestión del desarrollo local, para influir en las políticas, planes y programas

públicos.

En esta misma línea, y para reforzar la afirmación sobre el interés creciente por fortalecer la

participación ciudadana en América Latina, se evidencia una tendencia respecto a que los

gobiernos aprueben reformas legales que promuevan e institucionalicen la participación

ciudadana. Entre las leyes aprobadas por los gobiernos del Continente, cabe resaltar la Ley de

Participación Popular de Bolivia (1993), la Ley de Participación Ciudadana de Nicaragua (2003), la

Ley de los Derechos de la Participación y Control Ciudadanos de Perú (1994), así como las Leyes

de Participación de siete Estados Mejicanos: Jalisco (1998), Colima (1999), Morelos (2000), Baja

California (2001), Zacatecas (2001), Guanajuato (2002) y el Distrito Federal (1998). Otros países

que están en el mismo proceso son Venezuela con las Leyes de Consejos Locales de

Planificación Pública (2002) y los anteproyectos de ley que se discuten en Chile (2003) y

República Dominicana (2002).2

La participación ciudadana es un tema vital dentro del escenario sociopolítico de Guatemala pues

se vincula al ejercicio de la ciudadanía y da seguimiento a los Acuerdos de Paz; sin embargo, más

que ser un tema en discusión, es fundamentalmente un componente sustancial de la democracia y

una estrategia de fortalecimiento del poder local y de construcción del desarrollo en muchas

localidades del país y del Continente Latinoamericano. El tema es sustantivo por el carácter

político que reviste la noción de ciudadanía, comprendida como el ejercicio de ciudadanos y

ciudadanas constituidos en sujetos de cambio, con posibilidad de renovar la estructura de poder e

incidir en la toma de decisiones, debido a su capacidad de agencia. El término agencia, en el

presente estudio, se basa en la acepción aportada por

11

Declaración de la XII Cumbre Iberoamericana. Bávaro, República Dominicana. Artículo 3. Noviembre de 2002

http://biblioteca.usac.edu.gt/tesis/28/28_0318.pdf

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Amartya Sen, es decir, la capacidad y la conciencia individual de asumir los retos determinantes

de la transformación del orden social12

La creciente visibilidad de la sociedad civil tiene relación con el crecimiento y el cada vez mayor

peso de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), y particularmente de las Organizaciones

No Gubernamentales (ONGs), en el ámbito nacional e internacional. En esto, las agencias

internacionales han jugado un rol importante, viendo el fortalecimiento y la participación de las

OSC como elementos fundamentales de democratización, modernización y gobernabilidad, así

como de mayor eficacia y sustentabilidad en la ejecución de las políticas y los proyectos de

desarrollo que vienen haciéndose con apoyo de la cooperación internacional.

La necesidad de fortalecer la organización y la participación social viene siendo históricamente

destacada en el campo de la educación, particularmente desde el pensamiento y las fuerzas

progresistas. Hoy, la participación permea todos los discursos, a nivel nacional e internacional, y

ha pasado a ser asumida como una bandera también desde los Estados y las agencias

internacionales. No obstante, dicho consenso es más nominal que real, continúa más apegado a

la retórica que a los hechos, y se basa en concepciones restringidas tanto de la participación

(centrada en aspectos instrumentales) como de la sociedad civil (reducida por lo general a las

organizaciones no-gubernamentales-ONGs) y de la educación (reducida a educación escolar o

formal)

LA PARTICIPACIÓN Y SUS MECANISMOS FORMALES

La ciudadana es sólo una de las formas de participación en el espacio público. Cunill (1991, 1997)

distingue entre participación social, comunitaria, política y ciudadana. Cada una puede describirse

como sigue:

Participación social

Participación

comunitaria

Participación

política

Participación

ciudadana

Es la que se da en

razón de la

pertenencia del

individuo a

asociaciones u

organizaciones para la

defensa de los

intereses de sus

integrantes, y el

interlocutor principal

no es el Estado sino

otras instituciones

sociales.

Es el involucramiento de

individuos en la acción

colectiva que tiene

como fin el desarrollo de

la comunidad mediante

la atención de las

necesidades de sus

miembros y asegurar la

reproducción social;

suele identificarse con

la beneficencia. El

interlocutor principal de

estas acciones no es el

Estado y, en todo caso,

lo que se espera de él

es recibir apoyo

asistencial.

Tiene que ver con el

involucramiento de los

ciudadanos en las

organizaciones

formales y

mecanismos del

sistema político:

partidos, parlamentos,

ayuntamientos,

elecciones. Es una

participación mediada

por los mecanismos

de la representación

política

Es aquélla en la que

los ciudadanos se

involucran de manera

directa en acciones

públicas, con una

concepción amplia de

lo político y una visión

del espacio público

como espacio de

ciudadanos. Esta

participación pone en

contacto a los

ciudadanos y al Estado,

en la definición de las

metas colectivas y las

formas de alcanzarlas.

12

Citado en Murillo Castaño, Gabriel. Ponencia “El fortalecimiento de la ciudadanía: consideraciones sobre

gobernanza, participación ciudadana y democracia deliberativa en la era de la globalización”. Washington 2/09/05.

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Por su parte, Ziccardi (1998) indica que la participación ciudadana puede ser institucionalizada o

autónoma. La primera es la que está contenida en el marco legal y normativo. Y la autónoma es

aquélla que no es organizada desde las instituciones gubernamentales sino desde la propia

sociedad.

El tipo de participación al que referimos en el presente ensayo es la ciudadana institucionalizada

relacionada con las políticas públicas, más allá de los procesos electorales que tienen como

finalidad única la formación de la autoridad legítima.

Ziccardi (2004: 250) formula tres funciones de la participación ciudadana formal:

Otorgar legitimidad al gobierno,

Promover una cultura democrática,

Hacer más eficaces la decisión y la gestión pública.

Ziccardi (2004: 250) formula tres funciones de la participación ciudadana formal:

Entre los instrumentos formales podemos distinguir los que implican

Una participación solamente de tipo individual,

y los que contemplan una participación que puede ser individual o colectiva.

En cuanto a los instrumentos formales que pueden favorecer tanto la participación colectiva y

organizada como la individual podemos mencionar las siguientes:

La iniciativa ciudadana para promover reformas o nuevos marcos legales que fijan reglas

generales para el diseño e implementación de políticas publicas.

Los buzones ciudadanos que permiten expresar opiniones, demandas y sugerencias que

moldeen o corrijan las acciones gubernamentales.

El monitoreo ciudadano, que proporciona información para dar seguimiento puntual a

políticas específicas y abre canales formales para recibir y atender las observaciones.

La contraloría social o ciudadana, como herramienta para auditar y evaluar la

implementación de políticas.

Los comités y consejos de participación ciudadana, que constituyen un mecanismo típico

de intervención directa de actores no gubernamentales en distintas fases del proceso de

políticas

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

La participación ciudadana es la intervención de los ciudadanos en los asuntos que le son de su

interés o en donde pueden decidir. Pero debe abordarse con mayor detalle este concepto y

poderlo diferenciar de otro tipo de participación en donde los mismos individuos intervienen pero

con un sentido diferente Alicia Ziccardi ofrece un par de conceptos, como muestra de otros más,

sobre la característica de la participación ciudadana. En el primer caso, se subraya la importancia

que tiene el ciudadano como ese miembro de la ciudad interesado en los asuntos de carácter

público en donde su intervención tiene como misión representar los intereses que le son

particulares al conjunto de habitantes o de ciudadanos que comulgan en un determinado interés

también de índole público.

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“La participación ciudadana, a diferencia de otras formas de participación, refiere específicamente

a que los habitantes de las ciudades intervengan en las actividades públicas representando

intereses particulares (no individuales)” (Ziccardi, 1998: 32). Debe diferenciarse el interés

particular del privado o individual, el primero se refiere al asunto del conjunto que asocia a los

habitantes, mientras que el privado resalta aquello que no rebasa la colindancia de la persona, no

trasciende en lo público ni social, sólo se queda en la esfera personal.

En el segundo concepto, Ziccardi enfatiza en la trascendencia que tiene la participación ciudadana

en la formación de la gobernabilidad y de la democracia, porque en este concepto se considera a

la participación ciudadana como la organización e influencia de los intereses particulares de los

ciudadanos en la toma de decisiones.

“La participación ciudadana es un componente fundamental de la gobernabilidad democrática

puesto que, a diferencia de otras formas de participación –social, política y comunitaria, a las

cuales no reemplaza–, se refiere específicamente a la forma como los intereses particulares de los

ciudadanos se incluyen en los procesos decisorios” (Ziccardi, 2000: 47).

Así, la participación ciudadana logra un lugar específico en la construcción de la democracia, dado

que a través de ésa se puede dar lugar a la inclusión de las diferentes aspiraciones, posibilidades

y realidades frente a quien toma la decisión o, en otras palabras, gobierna. Se trata, pues, que la

participación ciudadana sea el medio idóneo para expresar los intereses de los ciudadanos frente

a la autoridad, quien debe tener la capacidad para canalizar y atender adecuadamente las

demandas ciudadanas, ya que su sustento de gobierno estriba en la democracia como poder del

pueblo y para el pueblo.

Pero puede surgir la pregunta ¿toda intervención del ciudadano o del habitante de una comunidad

constituye participación ciudadana? Responder esta cuestión requiere de precisar el campo de

acción de la participación ciudadana. Para ir avanzando en este sentido, veamos una definición de

participación ciudadana que da Mario Constantino: Por participación ciudadana se entiende aquel

proceso por el cual los sujetos, a título individual o colectivo, desarrollan una acción tendiente a

vincular una expectativa o una opinión con los ámbitos público o político.

En el caso de que la acción se oriente al espacio público, la participación adquiere modalidades

de movimiento social o de organización de interés; mientras que si la orientación se refiere al

espacio político, puede adquirir el carácter de militancia en un partido o de participación en los

procesos electorales a través del ejercicio del derecho a votar y ser votados (Constantino, 2000:

509). Aunque es limitada la percepción que nos ofrece, se rescata que la participación ciudadana

puede ser guiada a diferentes áreas en cuanto proviene de un mismo sujeto: el ciudadano.

Empero, por su criterio de sustento, es en donde se encontrará una diferencia más profunda. Es

decir, Constantino ve a la participación ciudadana limitada a la expresión, por un lado, de un grupo

de interés o de presión; por otro lado, como el ejercicio de un derecho político: el electoral. Pero

eso no es todo lo que significa la participación ciudadana o mejor dicho, en lo que el ciudadano

puede intervenir.

En consecuencia, debe entenderse que la participación ciudadana implica más. Nuria Cunill

contempla dos elementos complementarios: De una parte, en una estrategia que busca que lo

público no se agote en lo estatal, la participación ciudadana puede ser asumida como un medio de

fortalecimiento de la sociedad civil, implicando incluso la transferencia a ésta de funciones o

decisiones que habían permanecido tradicionalmente en manos del Estado o de la Administración

Pública.

La participación ciudadana así entendida es que ella pasa por un esfuerzo de redefinición de las

fronteras entre lo público y lo privado que, a diferencia del sentido usual que el discurso

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neoliberal le asigna al proceso de privatización, tiene como finalidad lograr una redistribución del

poder a favor de los sujetos sociales tradicionalmente excluidos de su ejercicio (Cunill, 1991: 38).

En este primer elemento se resalta una diferencia entre lo público y lo estatal, tomando como

elemento de identificación para la participación ciudadana lo que es público. Además, con este

carácter se quiere evidenciar que el Estado no ha cumplido con su carácter de representante

genuino de los intereses generales, por lo que el ciudadano se ve impulsado a reclamar y hacer

valer sus derechos. Lo primero es ser respetado en su decisión y aspiración, situación misma que

le permitió, en un principio, ceder su voluntad para que junto con otros se constituyera el Estado.

Es la participación ciudadana así vista, la intermediaria entre lo estatal y lo privado, es la que

facilita la democratización en búsqueda de ampliación de la sociedad civil.

Esta mediación y aportación en el proceso democratizador se concretiza en prácticas de

autogestión, cooperación, socialización y de autonomía en las decisiones y en la formulación de

éstas. Por supuesto que esto implica el reconocimiento de este derecho por parte del Estado. El

segundo componente de la participación ciudadana, siguiendo a Cunill, es: El segundo abordaje

coloca a la participación ciudadana en relación con el Estado mismo, entendiéndola como un

medio de socialización de la política que en tanto tal supone generar nuevos espacios y

mecanismos de articulación del Estado con los sujetos sociales. En esta perspectiva, la solución

de la crisis también implica plantearse cómo se transforma lo estatal en público; o sea, cómo va a

ser posible que la decisión del gobierno y de la burocracia sean decisiones transparentes y que

sufran la presión de sus públicos respectivos, asumiendo que es necesario otro tipo de vinculación

social que evite la corporativización, y evite que la sociedad civil, al organizarse, también reste

fuerza a su organización por el particularismo de los intereses que se sedimentan en la sociedad

de masas modernas (Cunill, 1991: 39).

La participación política debe ser considerada como un apartado circunscrito de la participación

del ciudadano, cuando éste vota, es votado o tiene la acción activa de militancia en un partido

político o en la estructura del poder ya sea en el Congreso o en un departamento o dependencia

política. Es muy cierto que con la participación electoral inicia la ciudadanía pero ésta no concluye

ahí, por el contrario, empieza su compromiso y debe hacerse valer para exigir el respeto

Alicia Ziccardi precisa la diferenciación entre la política y la ciudadana cuando señala: la

participación ciudadana no reemplaza la participación política sino que tiene objetivos y

acciones diferentes que otorgan un sentido pleno al concepto de ciudadanía, es decir, que más

allá del derecho de voto, los habitantes serán ciudadanos en tanto tengan acceso a bienes y

servicios básicos, algunos reconocidos como derechos constitucionales como es el caso de los

derechos urbanos básicos en México (Ziccardi, 1998: 29).

Ziccardi define el término participación ciudadana y subraya el reconocimiento de que ésta tiene

mayores oportunidades de ser efectiva en el ámbito local. Considera cinco tipos de participación

que no son excluyentes:

1. Participación institucionalizada: es aquella participación que está reglamentada para

que la ciudadanía participe en los procesos decisorios del gobierno local.

2. Participación no institucionalizada: es aquella participación informal o formal pero que

no está reglamentada.

3. Participación autónoma: es aquella en la que la ciudadanía participa a través de algún

tipo de asociación no gubernamental que, aunque participe en instancias de gobierno,

no depende ni es controlada por éste.

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4. Participación clientelística: es aquella en la que a la autoridad y los individuos o grupos

se relacionan a través de un intercambio de favores o cosas. 5. Participación

incluyente o equitativa: es aquella en la que se promueve la participación de toda la

ciudadanía, independientemente de la pertenencia o identidad partidaria, religiosa o de

clase social (Ziccardi, 1998: 36).

1. La participación ciudadana es un mecanismo que el ciudadano, aquel que tiene derechos

civiles, políticos y sociales, utiliza para influir en las decisiones, para debatir los temas en

donde él tiene interés.

2. El ciudadano interviene de forma individual o colectiva con el propósito de incluir en la

decisión su punto de vista, y no por el solo hecho de hacerlo sino porque representa

intereses particulares que le beneficiarán en la calidad de vida.

3. La participación ciudadana no tiene un mismo nivel de impacto en todos lados, esto

depende del contexto social, político y económico en el que se desarrolle. En gran medida

el tipo de cultura política sugiere la participación ciudadana.

4. La participación ciudadana puede ser establecida desde la misma autoridad o promovida

por el ciudadano. La mejor y más rica es la segunda, porque expresa sin formalismos las

necesidades, aspiraciones y compromisos originales de la ciudadanía. La que promueve el

Estado puede confundirse, en tiempos de crisis, con la búsqueda de un instrumento que

legitime al Estado, con esto se prueba el equilibrio y le permite permanecer.

5. La participación ciudadana es el medio ideal para el debate público, la discusión de los

asuntos que competen a los ciudadanos, la participación que se exige en todo proceso

democratizador. En México se han logrado avances significativos en materia electoral, es

decir, en esta área hemos democratizado y establecido esquemas, organizaciones e

instituciones democráticas, pero en el ejercicio del gobierno como tal, aún tenemos

asignaturas pendientes, y una forma de atender esta materia, es con la participación

ciudadana.

El proceso democratizador se verá favorecido si se buscan e idean formas que motiven la

participación ciudadana autónoma y espontánea pero permanente, que se constituya en una

forma de vida, porque nos debe interesar más lo público y que podamos trascender hacia el

mejoramiento de la calidad de vida, después de haber acordado cuál es la vía que debemos

tomar, como resultado de un amplio espacio de debate que sea inclusivo, plural y general.

PARTE II

COMUNICACIÓN POLÍTICA Y CONSENSO SOCIAL

Existen diferentes formas de concebir una crisis política, una de ellas es la falta de comunicación

con los ciudadanos de una sociedad y sus gobiernos, más las instituciones estatales. Lo que

significa dificultar la gobernabilidad. La comunicación política no es más que esa relación de

sociedad y gobierno, esa participación en los ámbitos políticos, sociales, económicos y culturales

para el mejoramiento del desempeño del poder político, para lo que también es necesaria la

información y conocimiento cívico y político, es decir, una cultura política previamente incorporada

dentro de las actividades de los ciudadanos. Haciéndose visible en el fortalecimiento de la

participación ciudadana, promoviendo la reducción de los momentos de ingobernabilidad y

corrupción, lo que previamente ya se explicó como los elementos primordiales para la estabilidad

política y social de las sociedades. La teoría del consenso social expuesta por Weber adopta una

mejor explicación desde la perspectiva de Ralph Daherendorf al destacar la dimensión consensual

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entre ciudadanos y autoridades para lograr la funcionalidad y estabilidad de la estructura social.

Aclarando que este momento se da después de lograr una cultura y comunicación política, no

obstante, esto significa que en algún momento logrado el consenso social se abandonará pues es

parte del proceso del fortalecimiento de democracias y gobernabilidad. Parte de la comunicación y

cultura política; y el consenso social para la gobernabilidad, Gómez (1997)en un informe del

PNUD destaca tres rubros importantes para el fomento de las mismas: pacto de convivencia

sustentada jurídicamente; pacto de autoridad por medio de acuerdos; y el pacto de reparto para la

resolución de conflictos16. Estos tres ejes caracterizan el pacto social y político necesario para

fortalecer el consenso social para la armonización de las estructuras sociales y su convergencia.

Otro de los resultados del consenso social es el poder legitimado en un régimen político que

garantiza el seguimiento de la comunicación con la sociedad por medio de sus instituciones

públicas. Se facilitan las funciones del gobierno como parte de las estrategias de desarrollo y

estabilidad del Estado. Desde distintas perspectivas el consenso social es visto como uno de los

motores que se logra fácilmente, sobre todo en una democracia local por su pequeño territorio y la

cantidad de la población, ya que los niveles de organización, asociación y consenso se logran sin

mayores dificultades, asimismo puede no favorecer cuando el gobierno municipal no facilita la

comunicación con los ciudadanos, manifestándose como organizaciones sociales independientes

sin previa interacción con sus funcionarios, también marcando divisionismo entre los mismos

sectores de la sociedad, como entre los grupos étnicos.

OPINIÓN PÚBLICA. Constituye solo un sector, del amplio espectro que es la comunicación política, “La opinión pública es una organización un producto común de la comunicación y la influencia mutuas.”O bien es la reacción popular frente a unas declaraciones y ante unas preguntas formuladas claramente durante el curso de una entrevista. En estos años la opinión pública perderá su referencia política y quedará asimilada a un comportamiento social estrechamente relacionado con las actitudes de masas o los grupos.

La opinión del público Consiste en tener en cuenta lo que el ciudadano manifiesta abiertamente ante quienes le rodean y con quienes mantienen contacto, puede ser difundida por los medios a través de: sondeos y cartas al editor. Existe el público general, publico atento (el que esta al día den las cuestiones importantes) y público informado (participa en las discusiones de los asuntos).

La opinión publicada Es la opinión de los editorialistas quienes a través del medio tienen la posibilidad de hacer llegar a una multitud de lectores su análisis e interpretaciones de informaciones noticiosas.

La opinión de quienes buscan un interés público Son los líderes de opinión que se encuentran fuera del medio, de la comunicación y del gobierno. Son voceros, líderes sindicales, etc.

La opinión de los hombres públicos Son los voceros de los políticos y los líderes de opinión, representan las declaraciones de quienes gobiernan.

El debate sobre el sector público (la opinión en cuanto a quienes gobiernan y la forma de gobierno) Opinión que cualquiera hace sobre los asuntos políticos y sus gobernantes. Es un análisis de contenido sobre el tema del poder en discursos, entrevistas y declaraciones.

La opinión sobre asuntos de interés público Es la opinión sobre temas de índole social; e inciden en los aspectos políticos como servicios, epidemias, problemas sociales, terremotos, etc. Y son recogidos de manera selectiva en sondeos, declaraciones y entrevistas

DIFERENCIA ENTRE GOBERNABILIDAD (GOVERNABILITY Y

GOBERNANZA(GOBERNANCE)

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Camou arriba a esta definición después de una digresión acerca de las similitudes y diferencias entre gobernabilidad (governability) GOBERNABILIDAD es la situación definida por:

a) La legitimidad del sistema político y b) el grado de eficiencia que alcanzan las respuestas concretadas en las políticas públicas

respecto a las necesidades e intereses de la población c) en un marco de respeto a las reglas de juego determinadas institucionalmente para

configurar los consensos y procesar los disensos Gobernanza/gobernación (governance),

Patrones y estructuras que son común resultado de los esfuerzos de intervención interactiva de los actores.

Mediante ellos los actores intervienen en procesos democráticos de intercambio, coordinación, control, interacción y toma de decisiones

Supone mecanismos y métodos para procesar consensos, problemas, disensos y conflictos.

Se emplean para tomar decisiones vinculantes y satisfactorias

GOVERNABILITY GOVERNANCE

Traducción aceptada al idioma castellano

gobernabilidad gobernanza (enfatizando la dimensión normativa del vocablo governance)

Traducciones alternativas

Gobernación, gobernancia, gobernalidad, buen gobierno, gobernanza o se ha usado el vocablo gobernabilidad

Adjetivación en relación con los regímenes políticos

gobernabilidad dictatorial gobernabilidad autoritaria gobernabilidad democrática (democratic governability)

gobernabilidad democrática (democratic governance)

Asociada a ámbitos o a actores políticos y sociales

gobernabilidad ejecutiva gobernabilidad legislativa gobernabilidad social

societal governance, european governance, citizen governance, corporate governance, local governance

Adjetivación conceptual normativa

good governance César Nicandro Cruz/ IIG 2000

Otro comparación entre:

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GOBERNABILIDAD GOBERNANZA UNION

La gobernabilidad se encuentra

en la legitimación o legalidad del

poder en el Estado sobre

distintos individuos a quienes

influye, para ello y para un

complemento la

gubernamentalidad devela la

importancia de tener distintos

tipos de instituciones que velan

por el propio poder, en el caso de

Guatemala, esto se divide en tres

poderes: Ejecutivo, Legislativo y

Judicial, que facilitan la

administración estatal y la misma

conducción de conductas

respaldadas por las leyes que

acompañan el ejercicio

ciudadano.

La Gobernabilidad, siguiendo a

este mismo autor, es la

capacidad de un sistema

sociopolítico para gobernarse a

sí mismo en el contexto de otros

sistemas de los que forma parte.

En otras palabras, la

gobernabilidad es la capacidad

de un sistema socio-político para

auto-reforzarse, mientras la

Gobernanza, es el proceso de

interacción entre actores

estratégicos. Esto quiere decir

que la Gobernabilidad implica

una correlación entre

necesidades y capacidades a

través de las instituciones. En

este orden de ideas, la

Gobernabilidad dependerá tanto

de la calidad de las reglas de

juego, como de la influencia

sobre ellas. Por tanto, según

Prats, a mayor Gobernabilidad

mayor capacidad institucional de

satisfacción de necesidades.

Arte o manera de gobernar

que se propone como

objetivo el logro de un

desarrollo económico, social

e institucional duradero,

promoviendo un sano

equilibrio entre el Estado, la

sociedad civil y el mercado

de la economía.

Conjunto de instituciones,

mecanismos y procesos a

través de los cuáles la

ciudadanía puede expresar

sus intereses y

necesidades, mediar

diferencias y ejercer sus

derechos y obligaciones al

nivel local. Incluye al

gobierno a otros actores y

las interacciones entre

todos ellos

Gobernabilidad se refiere a la capacidad de respuesta técnica y política que tiene el Estado a las demandas de la sociedad, la Gobernanza tiene que ver con la calidad de la respuesta que ofrece el Estado, el entramado institucional que soporta la respuesta, el momento en que aparece y todos los requerimientos que la respuesta amerita. e lo anterior, se entiende porque la Gobernabilidad depende, entre otras variables, de la Gobernanza, pues la calidad del gobierno o la efectividad de su respuesta, obedece necesariamente a la manera como están organizados y el poder relativo de los actores y organizaciones al interior del entramado institucional para determinar a quién, cuándo y cómo responder a los aspectos determinantes en los resultados generados con la intervención estatal y la generación de confianza y legitimidad en la sociedad.

Reseña Sobre la Gobernanza

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Ahora bien, en América Latina, la gobernabilidad, era vista como la capacidad de gobierno para

mantener el orden dentro de una sociedad, de responder a las demandas, desde aspectos de

administración pública, financiera y poder local o global, pero como lo explica Nef (1995) esta

definición posteriormente fue atribuida a gobernanza. Probablemente en Guatemala, tuvo lugar la

primera connotación el término, con la experiencia del conflicto armado interno porque demuestra

un ejemplo de ingobernabilidad, justificándose para la transición de un sistema militar autoritario a

uno democrático como se explica en el V encuentro de países Latinoamericanos por la

Corporación Escenarios de Colombia a través de Grupo de Biarritz (s.a.) realizado Guatemala .

La gobernanza, determina la capacidad de gobierno desde una administración pública como

también para alentar una seguridad, iniciada desde las sociedades y las instituciones políticas. No

obstante, la gobernanza sigue la misma línea de control sobre la población para mantener una

estabilidad desde el enfoque económico, principalmente de aquellos países desarrollados que

mantienen un control sobre los países que de alguna forma compiten con ellos.

El propósito de la gobernanza, seguramente se encuentra en las pretensiones que se ajustan con

los intereses de la gobernabilidad, es decir, complementarse en la dinámica entre lo político y

económico para tener más efectividad en el control sobre las conductas de la sociedad que

permite competir con otras sociedades y gobiernos.

Es necesario atribuir la capacidad de gobierno para transformar la voluntad popular en decisión

estatal, la efectividad de la decisión estatal y el control “auccontability” .

Es así como la gobernanza con fines de adquisición económica, sustenta su enfoque en el

desarrollo de las sociedades de arriba hacia abajo evitando el empoderamiento de sujetos

provenientes sobre los mismos. Los gobiernos del siglo XXI especialmente de América Latina

prestaron más atención a los estudios de la gobernanza en comparación de la gobernabilidad,

debido a que se demostraron más crisis de gobiernos e incapacidades estructurales

especialmente por el dominio de las políticas económicas de países altamente desarrollados y los

nuevos intereses de actores transnacionales, nuevos bloques económicos y organizaciones

internacionales que de alguna manera desafían el devenir del verdadero Estado y los

gobernantes.

Razón por la cual la gobernanza tiene una connotación más fuerte. Por otra parte, el crecimiento

poblacional contribuye a estas situaciones desde la crisis de recursos por lo que las tensiones

entre gobernantes y gobernados son más latentes y frecuentes, ámbito donde la gobernabilidad

debe entrar con el control de las conductas de la sociedad. Al menos, en estos escenarios los

términos de gobernabilidad y gobernanza entran para la construcción teórica de estrategias

ymecanismos para un modelo de un buen gobierno, buen Estado y participación ciudadana

efectiva en asuntos públicos para la estabilidad y equilibrio de poderes.

DIMENSIÓN POLÍTICA DE LA DESCENTRALIZACIÓN.

Previo al abordaje de la dimensión política de la descentralización es conveniente hacer algunas

anotaciones históricas generales que permitan comprender con mayor claridad la noción. En

primer lugar, cabe recordar que la centralización fue un requisito para la constitución de los

Estados Nacionales a finales del siglo XIX, el cuál resultó funcional a los fuertes presidencialismos

instaurados en la región. En segundo término, la crisis del modelo del “Estado de bienestar” de

finales de la década de los ochenta, le dio a la descentralización (y a la privatización de bienes y

servicios estatales) un carácter de estrategia central de los procesos de reestructuración

económica y reforma del Estado que se llevaron a cabo como salida a la crisis. 48 Las políticas de

ajuste estructural global, pretendían disminuir el déficit fiscal a partir de la disminución del aparato

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gubernamental centralizado, transfiriendo funciones (no recursos) del gobierno central a los

gobiernos locales.

Esta visión redujo el planteamiento a su aspecto técnico – administrativo de eficientar la

administración del Estado. Al presente, se ha avanzado en la comprensión política de la

descentralización, trascendiendo la visión reduccionista de un funcionamiento tecnocrático y

autoritario por una gestión local democrática y participativa (Borja, 1982).

La Descentralización se entiende como proceso de democratización del sistema político y del

Estado: en la revisión de las competencias entre ámbitos de gobierno, en las relaciones

intergubernamentales que permitan una relación más equitativa entre el poder central y el local y

en la inclusión de la ciudadanía en los procesos decisorios.49

Para aportar una definición comúnmente aceptada sobre descentralización, citamos a Rondinelli:

es la transferencia o delegación de autoridad legal y política para planear, tomar decisiones y

administrar funciones públicas de agencias centrales de gobierno a organizaciones de base,

unidades subalternas de gobierno, corporaciones descentralizadas, autoridades regionales,

autoridades funcionales, gobiernos autónomos y locales y organizaciones no gubernamentales

(1981).

Aquí la dificultad radica en determinar qué cuota de poder es la que se transfiere, quién la

transfiere y quién la recibe. Sin embargo, es necesario afirmar que para que un verdadero proceso

de descentralización se verifique es necesaria la transferencia del poder tomar decisiones, así

como la transferencia de recursos económicos para viabilizar las iniciativas emanadas de la

ciudadanía.

Desde este marco, la descentralización posee cuatro dimensiones o estrategias: la

descentralización política, como forma máxima de la función descentralizadora, en esta dimensión

se encuentra la elección directa de los gobiernos municipales (descentralización político –

territorial); la descentralización administrativa, que consiste en reconocer al ente descentralizado

competencias específicas en su ámbito jurisdiccional, las modalidades clásicas de

descentralización administrativa son: la devolución (descentralización – administrativa – funcional

– territorial) y la delegación (descentralización funcional pura).

La tercera dimensión es la descentralización fiscal, transfiere a los gobiernos locales tanto los

ingresos como la facultad de tomar decisiones de gasto; y por último, la descentralización

económica, que busca redelimitar las funciones del Estado para evitar intervenciones y

regulaciones que impidan el funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios

privados. El tema de la descentralización es sustantivo en un territorio como el de Guatemala, en

que a lo largo de su historia política y económica, los gobiernos y las políticas públicas que han

implementado, han dejado de lado factores tan vitales como el territorio. Territorio supone

población, y por ende, ciudadanas y ciudadanos, sujetos capaces de planificar, gestionar y

ejecutar su propio desarrollo.

El Estado de Guatemala ha sido altamente centralizado y autoritario, ha ostentado exceso de

poder y de recursos, y no ha sido capaz de generar un movimiento descentralizador de Nación

que impacte positivamente el ejercicio político en el país, especialmente, en los niveles locales:

Municipalidades y comunidades. Las estrategias nacionales han sido definidas desde el gobierno

central, privando a la población de ser incluida en la definición de estrategias focalizadas,

priorizadas desde el ámbito local, donde los ciudadanos tienen pleno conocimiento de lo que hay

que implementar. La inclusión de los actores sociales locales en el diseño de políticas públicas

descentralizadas, participativas y democráticas devendría en planes y proyectos incisivos y

certeros, pues se gestan desde lo local.

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LA PARTICIPACIÓN DE LOS COCODE

es de vital importancia para la consulta con la población beneficiaria, porque permite

fortalecer las capacidades de las y los vecinos para definir sus propios valores y prioridades y

lograr cambios positivos en sus vidas, buscando un crecimiento personal y colectivo en las

dimensiones socioeconómicas, culturales, políticas y espirituales que conforman la vida y el

bienestar, para que la participación ciudadana se de debe imperar la democracia como forma

de gobierno, con autoridades producto del voto popular, sujetas a la ley y que garanticen a los

ciudadanos(as) la garantía de sus derechos fundamentales; dentro de la democracia cobra

importancia la forma cómo los y las vecinos(as) resuelven sus conflictos, porque para que una

democracia sea funcional y participativa, es fundamental la concertación, el diálogo y la

negociación como medios para lograr la resolución de conflictos y un desarrollo sustentado en

el respeto a los derechos humanos, el pluralismo y la equidad étnica y de género

A. Preguntas generadoras de aplicación

como futuro profesional ocupando el

puesto de funcionarios o empleados

públicos que aspectos debería aplicarse

1. Cómo funcionario público que

importancia tiene la gobernaza,

gobernabilidad en relación a la

participación ciudadana

2. Éticamente como participan los

estudiantes de la administración

pública en los problemas sociales,

económicos y educativos.

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BIBLIOGRAFÍA LIBROS CONSULTADOS

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