ESQUEMAS TRAMITACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS
NUEVA
ORDENANZA DE
TRAMITACIÓN
PARA LA
APERTURA DE
ACTIVIDADES
ECONÓMICASActivamos
Leganés
010Comercio, Industrias
y EmpleoServicio de Atención al Ciudadano
Delegación de Comercio, Industrias y Empleo
Ayuntamiento de Leganés
Comunicación previa actividades económicas 2(ejemplo: Zapatería de 100 m )
(*)
(*)Declaración responsable actividades económicas (ejemplo: Gasolinera)
Solicitud de licencia de apertura de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas(ejemplo: Bar-Restaurante)
(*) En caso de actividades eventuales, se deberá presentarel impreso de solicitud 15 días antes del inicio de la actividad
Son objeto de la Ordenanza a q u e l l a s a c t i v i d a d e s prestadas a cambio de una remuneración económica
Con objeto de agilizar el inicio de actividades económicas se tramitarán conjuntamente las obras de acondicionamiento y reparación con la propia actividad
IDENTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CONTROL PREVIO ACTIVIDADES SOMETIDAS A LICENCIA
INICIO DE LA ACTIVIDADCONSULTA PREVIA AL INICIO DE LA
PLANES DE INSPECCIÓN ACTIVIDAD ECONÓMICA
LICENCIAS EN TRAMITACIÓN CONFORME A LA ANTERIOR NORMATIVA
ACTIVIDADES SOMETIDAS A PROCEDIMIENTO AMBIENTAL O/Y LICENCIA DE OBRA MAYOR / PRIMERA OCUPACIÓN
CONTROL POSTERIOR ACTIVIDADES SOMETIDAS A DECLARACIÓN RESPONSABLE O COMUNICACIÓN PREVIA
contenido de la documentación presentada e iniciará el procedimiento Igualmente, será requisito previo a la presentación de la de control posterior con el objeto de verificar el cumplimiento de la
declaración responsable o comunicación previa la concesión de la normativa de aplicación.licencia de obra mayor y primera ocupación en su caso.
En caso que la obra y la actividad no se ajusten a la normativa que le sea de aplicación, se requerirá la subsanación de las irregularidades detectadas. Transcurrido el plazo concedido sin que se hubieran adoptado las medidas ordenadas, se acordará la suspensión de la actividad sin perjuicio de iniciar el procedimiento Las actividades económicas estarán sometidas, con carácter sancionador que pudiera corresponder.general, a uno de los siguientes procedimientos:
1. Comunicación previa: Aquellas actividades que no necesitan proyecto técnico.
2. Declaración Responsable. Aquellas actividades que necesiten proyecto técnico o estén sometidas a algún procedimiento ambiental.
En las actividades sometidas a la Ley de Espectáculos Públicos y 3. Licencia de apertura. Actividades que estén incluidas en el
Actividades Recreativas se mantendrá el control previo a la concesión Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el
de la licencia, pudiendo iniciarse la actividad si transcurre el plazo Catálogo de la Ley de Espectáculos Públicos, Actividades
señalado en la Ordenanza sin haberse verificado por el Ayuntamiento Recreativas, Locales e Instalaciones de la Comunidad de Madrid.
el cumplimiento de la normativa que le fuera aplicable.
Tanto la declaración responsable como la comunicación previa, deben formalizarse una vez acabadas las obras e instalaciones
El Ayuntamiento realizará en cualquier momento las necesarias y obtenidos los demás requisitos y autorizaciones Para evitar posibles perjuicios económicos derivados del inspecciones y comprobaciones que considere necesarias para el sectoriales. La presentación de cualquiera de ellas faculta al ejercicio de una actividad concreta (alquiler del local, encargo de control periódico de las actividades, elaborando Planes de Inspección interesado al inicio de la actividad.proyecto técnico, ejecución de instalaciones, reformas, etc.), con la finalidad de programar las inspecciones que se realicen.antes de iniciar la tramitación de la apertura de una actividad
Excepcionalmente, para aquellas instalaciones eventuales de económica, es requisito previo indispensable la obtención de un duración determinada, la presentación de la comunicación previa o la informe de adecuación del uso pretendido y de la necesidad de declaración responsable deberá realizarse con una antelación someterse a procedimiento ambiental. Esta consulta deberá estar mínima de 15 días al inicio de la actividad.resuelta en el plazo de 20 días.
En los casos de actividades sometidas a licencia de actividad, la actividad no podrá iniciarse sin la concesión de la licencia de Los interesados pueden continuar la tramitación de las licencias funcionamiento. iniciadas con la anterior normativa adhiriéndose a los procedimientos
regulados por la nueva Ordenanza siempre que lo comuniquen al Ayuntamiento y desistan de su expediente anterior.
La comunicación previa o declaración responsable no podrá presentarse sin obtener previamente la evaluación de impacto ambiental o evaluación ambiental de actividades. Si la actividad se NOTA IMPORTANTE:encuentra sometida a Evaluación Ambiental de Actividades Los impresos normalizados están a su disposición en los puntos de (competencia municipal), deberá solicitarlo expresamente a través del atención al público y en la página Web del Ayuntamiento de Leganés Tras la presentación de la declaración responsable o impreso correspondiente. . comunicación previa, el Ayuntamiento procederá a examinar el
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(www.leganes.org)
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