UNIVERSIDAD DE CIENCIAS Y ARTES DE CHIAPAS
OFERTA REGIONALIZADA SEDE VILLACORZO
6to. SEMESTRE LIC. EN COMERCIACIÓN
COMERCIO ELECTRÓNICO
PRESENTAN: HERMAN CHANONA LÓPEZ
SERGIO ANTONIO MEJÍA HERNÁNDEZEVA JULIA NANDUCA CAL Y MAYOR
LUCIA LILIANA RAMOS CAMILOROBERTO CARLOS RODAS GRAJALES
LUIS RAQUEL RUIZ NANDUCAAZUCENA CAROLINA URBIETA MORALES
ASESOR:C.P. MANUEL CASTILLEJOS SALAS
“NO TENGAS MIEDO DE AVANZAR Y ARRIESGARTE.TEN MIEDO DE NO HACER NADA Y QUEDARTE EN EL CAMINO.”
LEY ORGANICA DE PROTECCION DE DATOS
Artículo 1. La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.
La protección de datos
El derecho a la protección de datos personales es un derecho fundamental de todas las personas, que se traduce en la potestad de control sobre el uso de sus datos personales.
¿A QUIÉN AFECTA LA LEY?
Á EMPRESARIOS
A PROFECIONALES
Así como a entidades en general, que en el marco de sus actividades traten datos de carácter personal (personas físicas identificadas o identificables) registrados en cualquier tipo de soporte físico (manual o informático).
¿A qué me obliga la LOPD?
La LOPD obliga a respetar el derecho a la
intimidad de las personas.
¿Qué es el tratamiento de datos?
Por tratamiento de datos entendemos operaciones y procedimientos técnicos de
carácter personal que permitan la recogida, grabación, conservación,
modificación, bloqueo y cancelación así como cesiones
que se deriven de comunicaciones o consultas.
Tipo de datos
Nivel básico es cualquier conjunto de datos que se refieren a una persona identificada o identificable. : nombre, apellidos, teléfono,...El nivel medio incluye datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales, Hacienda Pública, servicios financieros y los servicios de solvencia y crédito.El nivel alto incluye datos de ideología, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual, así como los recabados para fines policiales sin consentimiento de las personas afectadas.
LEY DE
SERVICIOS, DE
LA
SOCIEDAD, DE LA IN
FORMACION
Y DE COMERCIO ELECTRONICO
Un concepto amplio de «servicios de la sociedad de la información Y COMERCIO ELECTRONICO», que engloba, además de la contratación de bienes y servicios por vía electrónica, el suministro de información por dicho medio (como el que efectúan los periódicos o revistas que pueden encontrarse en la red).
los proveedores de acceso a Internet, los portales, los motores de búsqueda o cualquier otro sujeto que disponga de un sitio en Internet a través del que realice alguna de las actividades indicadas, incluido el comercio electrónico.
Objeto1. Es objeto de la presente Ley la regulación del régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y de la contratación por vía electrónica, en lo referente a las obligaciones de los prestadores de servicios incluidos los que actúan como intermediarios en la transmisión de contenidos por las redes de telecomunicaciones, las comunicaciones comerciales por vía electrónica, la información previa y posterior a la celebración de contratos electrónicos, las condiciones relativas a su validez y eficacia y el régimen sancionador aplicable a los prestadores de servicios de la sociedad de la información
Artículo 9. Constancia registral del nombre de dominioLos prestadores de servicios
de la sociedad de la información establecidos en España deberán comunicar al Registro Mercantil en el que se encuentren inscritos,la adquisición de personalidad jurídica o a los solos efectos de publicidad, un nombre de dominio o dirección de Internet que, en su caso, utilicen para su identificación en Internet.
Responsabilidad de los prestadores de los servicios de la sociedad de la información
Los prestadores de servicios de la sociedad de la información están sujetos a la responsabilidad civil, penal y administrativa establecida con carácter general en el ordenamiento jurídico, sin perjuicio de lo dispuesto en esta Ley.
Códigos de conductaLos códigos de conducta podrán tratar, en particular, sobre los procedimientos para la detección y retirada de contenidos ilícitos y la protección de los destinatarios frente al envío por vía electrónica de comunicaciones comerciales no solicitadas
Régimen jurídicoLas comunicaciones comerciales y las ofertas promocionales se regirán, además de por la presente Ley, por su normativa propia y la vigente en materia comercial y de publicidad.
Contratación por
vía electrónica Los contratos electrónicos se regirán por lo dispuesto en este Título, por los Códigos Civil y de Comercio y por las restantes normas civiles o mercantiles sobre contratos, en especial, las normas de protección de los consumidores y usuarios y de ordenación de la actividad comercial.
Otros Aspectos Legales
deE-Commerce
La Ley Federal del Derecho de Autor regula la protección en el contenido de una página de Internet desde el momento en que se plasma su contenido y se hace mención de estar protegidos los derechos de autor.
La Ley de la Propiedad Industrial regula lo concerniente a las marcas y signos distintivos que de los nombres de dominio u otras figuras se protejan
La Ley Federal de Protección al Consumidor rige los contenidos y ofrecimientos de promociones y ofertas realizados por medios electrónicos.
Código de Comercio y el C
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La importancia de las reformas al Código Fiscal de la Federación en lo concerniente a la emisión de comprobantes fiscales digitales, la emisión de facturas electrónicas y el uso de la Firma Electrónica
Artículo 43. Plazo de ejecución y pagoDe no indicarse en la oferta el plazo de ejecución del pedido, éste deberá cumplimentarse dentro de los treinta días siguientes al de su recepción por el vendedor. Sólo podrá exigirse el pago antes de la entrega del producto cuando se trate de un pedido que se haya elaborado con algún elemento diferenciador para un cliente específico y a solicitud del mismo.
Artículo 44. Derecho de desistimientoEl comprador podrá desistir libremente del contrato dentro del plazo de siete días contados desde la fecha de recepción del producto. En el caso de que la adquisición del producto se efectuase mediante un acuerdo de crédito, el desistimiento del contrato principal implicará la resolución de aquél.
Artículo 45. Excepciones al derecho de desistimiento
1) A las transacciones de valores mobiliarios y otros productos cuyo precio esté sujeto a duda de un mercado no controlado por el proveedor. 2) A los contratos celebrados con intervención de fedatario público. 3) Tampoco se extenderá el derecho de desistimiento, salvo pacto en contrario, a las ventas de objetos que puedan ser reproducidos o copiados con carácter inmediato, que se destinen a la higiene corporal o que, en razón de su naturaleza, no puedan ser devueltos.
Artículo 46. Pago mediante tarjeta de crédito. (Repudio) Cuando el importe de una compra hubiese sido cargado utilizando el número de una tarjeta de crédito, sin que ésta hubiese sido presentada directamente o identificada electrónicamente, su titular podrá exigir la inmediata anulación del cargo.
Aspectos Sociales.
Factores Sociales.- Aquellos elementos básicos que determinan e identifican a una sociedad : su conjunto de valores, tradiciones, conocimientos y cultura.
La tecnología puede ser utilizada para alcanzar logros sociales o para cometer delitos o crímenes.
Además de estos también se generan nuevas preocupaciones:
Protección de la privacidad personal Protección de la propiedad intelectual Registros falsificados Desvió de dinero etc.
Los factores sociales, ético y políticos están íntimamente relacionados.
Derechos y obligaciones de propiedad.1.¿Cómo los derechos de propiedad intelectual
son protegidos en la sociedad digital?
2.¿Qué valores deben presentarse en una sociedad basada en la información y el conocimiento?
3.¿Qué instituciones deben protege la violación de derechos?
4.¿Qué valores culturales y practica cultural apoya la nueva tecnología de información?
Cuando utilizamos sistemas de información es esencial preguntarnos ¿Cuál es la responsabilidad ética y social con esta acción?
Derechos y obligaciones.Esto incluye los derechos que los individuos u
organizaciones tiene respecto a las información que les pertenece a ellos mismos.
Cuando utilizamos sistemas de información es esencial preguntarnos. ¿Cuál es la responsabilidad ética y social con esta acción?
5.6ASPECTOS
ETICOS
se refiere a los principios de lo
correcto o lo incorrecto , que los
individuos en su calidad de agentes
morales libres emplean para normar su comportamiento
LO CORRECTO
LO INCORRECT
O
LO INCORRECTO
El desarrollo de la tecnología de la
información beneficiara a unos y perjudicara a
otros.
Entre los principales aspectos
éticos, sociales y políticos
propiciados por los sistemas de
información se encuentran las
siguientes dimensiones morales:
•Derechos y obligaciones de
información.
•Derechos de propiedad
•Responsabilidad y control
•Calidad del sistema
•Calidad de vida.
La tecnología de la información ha intensificado las
preocupaciones éticas, ha sometido a tensión a los órdenes sociales y ha vuelto obsoletas o severamente invalidas las leyes existentes.
Los avances en la técnica de análisis de
grandes concentraciones de datos, acentúan las
preocupaciones éticas por que permiten que
las compañías averigüen mucha
información personal detallada de los
individuos.
Una nueva tecnología de análisis de datos,
denominada descubrimiento de relaciones no evidentes,
ha dado tanto al sector gubernamental como al
privado capacidades más poderosas para crear perfiles, puede captar información
sobre personas desde fuentes muy distintas.
los avances en la conectividad de redes, entre ellos Internet
prometen reducir en gran medida los costos de trasladar y acceder a enormes cantidades de datos, así como abrir la posibilidad de
extraer grandes concentraciones de datos de manera remota
utilizando pequeñas computadoras de escritorio,
permitiendo una invasión de la privacidad a una escala y
precisión ahora inimaginable.