Legislación y Ética Profesional
DERECHOS
REALES Y PERSONALES.
DERECHO
OBJETIVO
Se confunde e identifica con la ley misma, la norma de conducta que manda, prohibe o permite.
Derecho – Ley
Derecho – Norma
Norma agendi
SUBJETIVO
Derecho – Facultad
Derecho – Poder
Atribución de que goza la persona para obrar.
Es la facultad de obrar y de exigir con miras a la satisfacción de un interés
honesto y justo, digno de la tutela jurídica.
Encierra tres categorias ínsitas: a) El Sujeto (persona); b) el objeto y c)
el Título o Causa eficiente
Objetivo - Subjetivo
FACULTAD: Consiste en un poder. Es un acto posible sin riesgo jurídico de sanción. SE CONCEDEN. Actos que SE PUEDEN REALIZAR.
DERECHO
Conceptos
DEBER: Es una necesidad de actuar de una manera para no correr el riesgo de una sanción jurídica.
SE IMPONEN. SON ACTOS QUE SE DEBEN REALIZAR.
No es algo que ocurre sino algo que debe ocurrir.
DERECHO: da idea de lo recto. ES una regla que une a los seres humanos.
Significados: a) ciencia jurídica; b) Normatividad jurídica; Facultad jurídica; Deber jurídico.
DERECHO SUBJETIVO
Clasificación
Categ.
Derechos
I que importan directa o inmediatamente a la persona:
a) inherentes a la persona: DERECHOS DE LA PERSONALIDAD,
innatos y personalísimos.
b) en persona ajena: derechos potestativos, derechos de FAMILIA.
DERECHOS INTELECTUALES
II Derechos que importan directa o inmediatamente sobre los bienes, el el patrimonio.
a) derechos de crédito o personales: OBLIGAC. / PERSONALES
b) derechos sobre la cosa: REALES
DERECHO SUBJETIVO
Clasificación
Desde el punto de vista de
Derechos
su oponibilidad
ABSOLUTOS
Oponibles a todos
DERECHOS REALES
DER. INTELECTUALES
RELATIVOS
Se pueden hacer valer sólo respecto de determinadas personas
DERECHOS PERSONALES
(OBLIGACIONES)
su contenido
PATRIMONIALES
Contenido económico. Satisfacen necesidades económicas y son apreciables en dinero
DERECHOS REALES
DER. INTELECTUALES
EXTRAPATRIMONIALES
No tienen contenido económico
DER. AL HONOR
A LA VIDA, FAMILIA
CODIGO CIVIL
Títulos Preliminares Título I - De las Leyes en general
Título II - Del modo de contar los intervalos del Derecho
Libro primero De las Personas
Sección Primera- De las personas en general
Sección Segunda - De los derechos personales en las relaciones de familia
Libro segundo De los Derechos Personales en las relaciones civilesSección PrimeraParte Primera - De las obligaciones en general
Parte Segunda - Extinción de las obligaciones
Sección Segunda -De los hechos y actos jurídicos que producen la adquisición, modificación, transferencia o extinción de los derechos y obligaciones
Sección Tercera -
De las obligaciones que nacen de los contratos
Libro tercero De los Derechos Reales
Libro cuarto Derechos reales y personales
Disposiciones comunes
Títulos Complement De la aplicación de las leyes civiles
DERECHOS REALES Y PERSONALES
DERECHOS PATRIMONIALESDERECHOS PATRIMONIALES
REALES PERSONALES
Poder o facultad que una persona tiene o ejerce directamente sobre una cosa
Facultad de una persona de exigir de otra el cumplimiento de una obligación
2 elementos:SUJETO o TITULAR del derechoCosa OBJETO sobre la que se ejerce el derecho
3 elementosSUJETO ACTIVO o acreedorSUJETO PASIVO o deudorla prestación
Son ABSOLUTOS – Erga omnes Son RELATIVOS, se tienen contra personas determinadas
El titular tiene Acciones Reales cuyo objeto es MANTENER EL DERECHO
Acciones personales, tienden a EXTINGUIR DERECHOS
Diferencias entre Derechos Reales y Personales
DERECHOS REALES Y PERSONALES
DERECHOS PATRIMONIALESDERECHOS PATRIMONIALES
REALES PERSONALES
Titular goza de “Jus Perseguendi” a todos No goza del jus persequendi
Titular goza de “Jus Preferendi” frente a todos. (preferencia de acreedores)
Completa Igualdad entre titulares, salvo privilegios
Sólo pueden ser creados por LEY, son LIMITADOS en número
Son ILIMITADOS en su género
FORMALIDADES RIGUROSAS para su transmisión (tradición, inscr. Reg., Escr. Pública)
Nacen y se transmiten sin requisito formal
Se pueden adquirir por Usucapion (PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA)
No se adquieren por usucapión
Tienen en principio duración ILIMITADA(perpetuo) y NO SE EXTINGUEN por el no uso (no opera prescripción liberatoria) salvo los DR de garantía, servidumbre, uso y habitación.
Resultan siempre de duración limitada de plazo limitado en el tiempo.Opera la PRESCRIPCIÓN LIBERATORIA
Sujeto pasivo indeterminado y de número ilimitado El sujeto pasivo, deudor está determinado al inicio de la relación jurídica y es de número limitado.
Diferencias entre Derechos Reales y Personales
Art.2502.CC- Los derechos reales sólo pueden ser creados por la ley. ..... Creados en el Art.2503.CC-
DERECHOS REALES
Clasificación
Creados por leyes especiales:
1. Prenda con registro.
2. Warrants.
3. Debentures.
4. Hipoteca Naval o Aeronáutica.
5. Fideicomiso.
6. P.H.7. La superficie forestal. (ley 25509/ 2001)
1 - Dominio y Condominio DR sobre COSA PROPIA
2. Usufructo.3. Uso y Habitación.4. Servidumbres activas.
DR sobre COSA AJENAPrincipales o de goce
5.Derecho de Hipoteca.6. Prenda.7. Anticresis.
DR sobre COSA AJENAAccesorios o de garantía
Posesión - Tenencia - Dominio
DERECHOS REALES
POSESIONTeorías:1. Savigni: supone existencia 2 elementos:
a) CORPUS (elemento físico-material) supone contacto material, posibilidad de hacer de la cosa lo que se quierab) ANIMUS (elemento inmaterial) ánimo de detentar el derecho, voluntad de dueñono es el poseer
C.C. 2351 “Habrá posesión cuando alguna persona, por si o por otro, tenga la cosa bajo su poder con intención de someterla al ejercicio de un derecho de propiedad” (Corpus)
2. Ihering: se trata de comportarse respecto de la cosa como su dueño3. Borda: la esencia de la “posesión” es la situación de “disfrute” de la cosa
TENENCIA
C.C. 2352 “El que tiene efectivamente una cosa pero reconociendo en otro la propiedad es un simple tenedor de la cosa y representante de la posesión del propietario, aunque la ocupación de la cosa repose sobre un derecho”
Posesión
DERECHOS REALES
OBJETO DE LA POSESIÓN:
Las cosas corporales.
La protección posesoria se otorga a los titulares de derechos sobre la
cosa.
CLASES DE
POSESIÓN:
1. LEGITIMA: cuando se ejerce un DR constituido de conformidad a las disposiciones del Código. JUSTO TITULO.
2. ILEGITIMA: Cuando se tenga sin título o por título nulo o fuere adquirida de modo insuficiente para adquirir DR o cuando se tiene del que no tenía derecho a poseer o no lo tenía para transmitirla.
3. DE BUENA FE: cuando el poseedor por ignorancia o error de hecho se persuade de su legitimidad. JUSTO TITULO.
4. DE MALA FE: cuando no hay justo título.
5. VICIOSA: cuando fuere cosa mueble adquirida por hurto o estelionato o abuso de confianza, por violencia o clandestina.
6. NO VICIOSA.
Posesión
DERECHOS REALES
JUSTO TITULO: es el apto para transmitir el dominio.
El título no es el documento sino una causa fuente suficiente.
Cosa mueble: prescribe a los 2 o 3 años. Es la Mera Tradición.
La buena fe y a titulo oneroso equivale al justo título.
Cosa inmueble: prescripción opera a los 10 años con buena fe y justo título, sino opera a los 20 años.
HURTO: Apoderamiento ilegítimo 162 C.P.
ESTELIONATO: El que hubiere contratado sobre cosa ajena como propia sino hiciere tradición de ella. El que contratare cosa litigiosa, pignoradas, hipotecadas o embargadas como si estuvieren libres.
TRADICIÓN: Cuando una de las partes entregare voluntariamente la cosa y la otra voluntariamente la recibiere. Equivale a la Publicidad.
LEGITIMA
POSESION
ILEGITIMA
Justo Título
Ejercicio de un D. Real
De buena feMediante boleto de
compra venta
De buena fePor error de
hecho o ignorancia
De mala feConociendo que el que transmite no es
dueño
Sin vicios Con vicios
a) Se tiene sin títulob) Se tiene por título nuloc) Adquirida de modo
insuficiented) Adq. de quien no tenía
derecho a transmitire) Adq. de quien no tenía
derecho a poseer.
Posesión
DERECHOS REALES
Ley 17711 10 años 20 años
DOMINIO
Art.2506.-
... derecho real en virtud del cual una cosa se encuentra sometida a la voluntad y a la acción de una persona.
DOMINIO. Concepto - Caracteres
DERECHOS REALES
DOMINIO PRIVADO
Art.2513.-
... “Es inherente a la propiedad, el derecho de poseer la cosa, disponer o servirse de ella, usarla y gozarla conforme un ejercicio regular. El ejercicio no puede ser restringido en tanto no fuere abusivo aunque privare a un tercero de ventajas o comodidades”..
Absoluto : es el más amplio y completo derecho de señorío, el más extenso, está sometido a la voluntad y acción de una persona (uso, goce, disposición, ..).
Debe ser ejercido en forma regular y no abusiva.
CARACTERES
Exclusivo (2508): Dos personas no pueden ser propietarios de una misma cosa, por el todo y en un mismo tiempo.
Perpetuo (2510): No se extingue por el no uso.
DOMINIO. Tipos
DERECHOS REALES
PLENO o PERFECTO: Es perfecto y no está gravado con ningún derecho real
MENOS PLENO o IMPERFECTO : Cuando falta alguno de los caracteres. derecho real
REVOCABLE / IRREVOCABLE
DESMEMBRADO
Art.2661.-
Dominio imperfecto es el derecho real revocable o fiduciario de una sola persona sobre una cosa propia, mueble o inmueble, o el reservado por el dueño perfecto de una cosa que enajena solamente su dominio útil
Art.2662.-
Dominio fiduciario es el que se adquiere en un fideicomiso singular, subordinado a durar solamente hasta el cumplimiento de una condición resolutiva, o hasta el vencimiento de una plazo resolutivo, para el efecto de restituir la cosa a un tercero
Art.2663.-
Dominio revocable es el que ha sido transmitido en virtud de un título revocable a voluntad del que lo ha transmitido; o cuando el actual propietario puede ser privado de la propiedad por una causa proveniente de su título
1. Originarios.
2. Derivados.
MODOS 3. Onerosos.
4. Gratuitos.
5. Título Universal.
6. Título singular.
TÍTULO: Escritura Pública.
MODO: Tradición e inscripción del título en el
registro de la Propiedad.
DOMINIO. Transmisión
DERECHOS REALES
1. Por Apropiación.
2. Por la Especificación.
3. Por la Accesión.
4. Por la Tradición.
5. Por la Percepción de los Frutos
6. Por la sucesión en los derechos del propietario
7. Por la prescripción.
DOMINIO. Modos de Adquirir
DERECHOS REALES
APROPIACIÓN
(art.2525)
“La aprehensión”.. o toma de posesión “..de las cosas muebles sin dueño, o abandonadas por el dueño, hecha por persona capaz de adquirir con el ánimo de apropiárselas, es un título para adquirir el dominio de ellas. EXCLUIDOS: Inmuebles, animales domésticos, cosas perdidas, cosas que caen a ríos o mares sin voluntad de los dueños.
ESPECIFICACIÓN o TRANSFORMACION
Es la transformación de una cosa mueble en otra, mediante el trabajo del hombre. ..” cuando se hace un objeto nuevo con la materia de otro, con la intención de apropiárselo”
De buena fe y fuere posible reducirlo a la forma anterior. - El dueño de la materia será dueño de la nueva especie pagando al transformador su trabajo - Puede exigir el valor de la materia quedando la especie en propiedad del transformador
De mala fe y si no fuere posible restituirlo a la forma anterior.. - El dueño de la materia será dueño de la nueva especie pagando al transformador el mayor valor obtenido - Puede exigir indemnización de todo daño y acción criminal que hubiere lugar
DOMINIO - Modos de Adquirir
DERECHOS REALES
TRADICIÓN Transmisión voluntaria del dominio (Ley 17711 agrega la inscripción registral para los inmuebles)
PERCEPCIÓN DE FRUTOS
En el caso del poseedor sin ningún otro títuloNaturales, industriales, civiles
SUCESION Cuando se Transmite un derecho de propiedad en razón de la muerte (sucesión)
PRESCRIPCIÓN
ADQUISITIVA
Derecho por el cual el poseedor de una cosa inmueble adquiere su propiedad por la continuidad de la posesión durante un tiempo fijado por ley
DOMINIO - Modos de Adquirir
DERECHOS REALES
ACCESIÓN Cuando una cosa mueble o inmueble se acreciere a otra por adherencia natural o artificial Incrementos de tierra por efecto de corrientes de agua Aluvión
Por un hecho súbito (ej desprendimiento violento..) Avulsión
Emigración de animales
Dos sólidos se unen sin mezclarse ni confundirseDos sólidos se mezclanLíquidos que se unenEl propietario de la principal adquiere la accesoria pagando el valor de la misma
Adjunción, mezcla,
confusión
a) Edific. en terreno propio con materiales ajenos b) Edific. de buena fe en terreno ajeno con materiales propios c) Edific. de Mala fe en terreno ajeno con materiales propios d) Edific. en terreno ajeno con materiales propios De Mala fe por ambas partes (b) a) Edific. en terreno propio con invasión del ajeno por defecto de título o mensura
Edificación,
siembra y plantación
DOMINIO - Modos de Adquirir
DERECHOS REALES
CONSTITUCIÓN:
1. Por Contrato.
2. Por Testamento.
3. Por disposiciones de la Ley.
FORMAS:
1. Sin Indivisión forzosa
2. Con Indivisión forzosa.
CONCLUSIÓN DEL CONDOMINIO: con la división de la cosa común.
CONDOMINIOArt.2673.-
... derecho real de propiedad que pertenece a varias personas, por una parte indivisa sobre una cosa mueble o inmueble .
CONDOMINIO
DERECHOS REALES
Art.2502.CC- Los derechos reales sólo pueden ser creados por la ley. ..... Creados en el Art.2503.CC-
DERECHOS REALES
Clasificación
Creados por leyes especiales:
1. Prenda con registro.
2. Warrants.
3. Debentures.
4. Hipoteca Naval o Aeronáutica.
5. Fideicomiso.
6. P.H.7. La superficie forestal. (ley 25509/ 2001)
1 - Dominio y Condominio DR sobre COSA PROPIA
2. Usufructo.3. Uso y Habitación.4. Servidumbres activas.
DR sobre COSA AJENAPrincipales o de goce
5.Derecho de Hipoteca.6. Prenda.7. Anticresis.
DR sobre COSA AJENAAccesorios o de garantía
C.C. Artículo 2807:
a) Derecho real de Usar y Gozar de la cosa ajena.
b)La cosa pertenece a otro.
c) Reconoce en otro la titularidad de la cosa.
USUFRUCTO – USO Y HABITACION
DERECHOS REALES
USUFRUCTOArt.2807.-
... derecho real de usar y gozar de una cosa, cuya propiedad pertenece a otro, con tal que no se altere su substancia .
USOArt.2948.-
... ...es un derecho real que consiste en la facultad de servirse de la cosa de otro, independiente de la posesión de heredad alguna, con el cargo de conservar la substancia de ella; o de tomar sobre los frutos de un fundo ajeno, lo que sea preciso para las necesidades del usuario y de su familia. Si se refiere a una casa, y a la utilidad de morar en ella, se llama en este Código, derecho de HABITACIÓN. .
1. REALES: perpetuas.
2. PERSONALES: temporarias.
TIPOS 3. Positivas/ negativas.
4. Continuas / discontinuas.
5. Aparentes / no aparentes.
6. Voluntarias / coactivas.
SERVIDUMBRE
DERECHOS REALES
SERVIDUMBREArt.2970.-
... es el derecho real, perpetuo o temporario sobre un inmueble ajeno, en virtud del cual se puede usar de él, o ejercer ciertos derechos de disposición, o bien impedir que el propietario ejerza algunos de sus derechos de propiedad.
CONSTITUCIÓN DE LAS SERVIDUMBRES:
1. Por contrato.
2. Por disposición de última voluntad.
3. Por destino de padre de familia.
4. Por prescripción.
5. Por disposición de la Ley.
EXTINCIÓN:
1. Por vencimiento del plazo o cumplimiento de la condición
resolutoria.
2. Por nulidad, resolución o rescisión del derecho del
constituyente de la servidumbre.
3. Por renuncia del beneficiario.
4. Por imposibilidad de usarla.
5. Por confusión.
6. Por no uso.
7. Por expropiación del inmueble sirviente.
SERVIDUMBRE
DERECHOS REALES
Art.2502.CC- Los derechos reales sólo pueden ser creados por la ley. ..... Creados en el Art.2503.CC-
DERECHOS REALES
Clasificación
Creados por leyes especiales:
1. Prenda con registro.
2. Warrants.
3. Debentures.
4. Hipoteca Naval o Aeronáutica.
5. Fideicomiso.
6. P.H.7. La superficie forestal. (ley 25509/ 2001)
1 - Dominio y Condominio DR sobre COSA PROPIA
2. Usufructo.3. Uso y Habitación.4. Servidumbres activas.
DR sobre COSA AJENAPrincipales o de goce
5.Derecho de Hipoteca.6. Prenda.7. Anticresis.
DR sobre COSA AJENAAccesorios o de garantía
CONSTITUCIÓN:
C.C. Artículo 3128: Por escritura pública o por documentos que sirviendo de
títulos al dominio o DR estén expedidos por autoridad competente para darlos y
deben hacer buena fe por si mismos.
HIPOTECA
DERECHOS REALES
HIPOTECAArt.3108.-
... es el derecho real constituido en seguridad de un crédito en dinero, sobre los bienes inmuebles, que continúan en poder del deudor.
PRENDA Y ANTICRESIS
DERECHOS REALES
PRENDAArt.3204/ 05-
...”Habrá constitución de prenda cuando el deudor, por una obligación cierta o condicional, presente o futura, entregue al acreedor una cosa mueble o un crédito en seguridad de la deuda.”
“DR constituido a favor del acreedor en seguridad del pago de una obligación, la posesión de la cosa se transfiere al acreedor.”
ANTICRESISArt.3239
...” es el derecho real concedido al acreedor por el deudor, o un tercero por él, poniéndole en posesión de un inmueble, y autorizándolo a percibir los frutos para imputarlos anualmente sobre los intereses del crédito, si son debidos; y en caso de exceder, sobre el capital, o sobre el capital solamente si no se deben intereses”.
Art.2502.CC- Los derechos reales sólo pueden ser creados por la ley. ..... Creados en el Art.2503.CC-
DERECHOS REALES
Clasificación
Creados por leyes especiales:
1. Prenda con registro.
2. Warrants.
3. Debentures.
4. Hipoteca Naval o Aeronáutica.
5. Fideicomiso.
6. P.H.7. La superficie forestal. (ley 25509/ 2001)
1 - Dominio y Condominio DR sobre COSA PROPIA
2. Usufructo.3. Uso y Habitación.4. Servidumbres activas.
DR sobre COSA AJENAPrincipales o de goce
5.Derecho de Hipoteca.6. Prenda.7. Anticresis.
DR sobre COSA AJENAAccesorios o de garantía
Superficie Forestal (ley 25509 )
... DR autónomo sobre cosa propia temporario, que otorga el uso, goce y disposición jurídica de la superficie de un inmueble ajeno con la facultad de realizar forestación o silvicultura y hacer propio lo plantado o adquirir la propiedad de plantaciones ya existentes, pudiendo gravarla con derecho real de garantía. .
DERECHOS PERSONALES
OBLIGACIONES. Elementos
ELEMENTOS
S. Activo - Acreedor
* Personas pluralidad
S. Pasivo – Deudor
De dar
* Objeto De Hacer
De No hacer
Actos Lícitos Contratos, cuasicontratos
* Causa Eficiente Actos Ilícitos Delitos, cuasidelitos
Ley
DERECHOS PERSONALES
OBLIGACIONES. Efectos
EFECTOS
Medios legales
p/exigir el
cumplimiento
* Ejecución Directa
* Ej. Indirecta Daños
Intereses
REQUISITOS
* Incumplimiento o tardanza
* Constitución en mora
* Exista perjuicio
* Incumplimiento imputable al Deudor
Dolo Culpa Hecho Fortuito o FM
No corresponde D e Int
Su cumplimiento lo libera
* Deudor Repeler acciones si O. Extingue o modif.
Empleo medios legales cumplim
* Acreedor Procurar por otro a costa D.
Indemnizaciones
DERECHOS PERSONALES
OBLIGACIONES. Clasificación
CLASIFICACION
Con relación al OBJETO
* De DAR (574)
* De NO HACER (625)
* CONJUNTIVAS
* ALTERNATIVAS (635)
* FACULTATIVAS (643)
* DIVISIBLES (667)
* INDIVISIBLES (667)
Con relación a la
PERSONA
* SIMPLEMENTE MANCOMUNADAS (691)
* SOLIDARIAS (639)
DERECHOS PERSONALES
OBLIGACIONES. Extinción
EXTINCION
1. Pago
2. Novación
3. Compensación
4. Transacción
5. Confusión
6. Renuncia
7. Remisión de la deuda
8. Imposibilidad de pago
9. Prescripción
DERECHOS PERSONALES
CONTRATOS. Caracteres
* PLURALIDAD DE PERSONAS
* ACUERDO DE VOLUNTADES
* REGLAR DERECHOS
DERECHOS PERSONALES
CONTRATOS. Clasificación
* UNILATERALES
* BILATERALES
* CONSENSUALES
* REALES
•A TITULO GRATUITO
•* A TITULO ONEROSO
Conmutativos
Aleatorios
* NOMINADOS
* INNOMINADOS
DERECHOS PERSONALES
CONTRATOS. Nominados
1. Compra – Venta
2. Cesión de Créditos
3. Permuta
4. Locación
5. Sociedad
6. Donación
7. Mandato
8. Fianza
9. Aleatorios
10. Renta Vitalicia
11. Depósito
12. Mutuo
13. Comodato
• De Cosa
• De Obra
• De Servicio
DERECHOS PERSONALES
CONTRATOS. Elementos
ELEMENTOS
Consentimiento expreso (escrito, verbal, x signos)
tácito
Capacidad
Objeto
* Esenciales Forma No formales o consensuales
Formales Ad Aprobationem
Formales Ad Solemnitatem
* Naturales
* Accidentales
+ condic. particulares s/tipo de contrato
DERECHOS PERSONALES
CONTRATOS. Prueba - Efectos
Instrumentos Públicos
Instrumentos Privados
Confesión de partes – Judicial o extrajudic.
* Prueba Juramento judicial
Presunciones legales
Testigos
Convenciones estipuladas la ley
limitaciones Orden Público, moral y buenas
costumbres, derechos personas, r. Flia., o sucesor.
* Efectos Jueces y tribunales deben hacer respetar.
Jueces y tribunales facultados a interpretar y determinar su alcance
Jueces y tribunales pueden pronunciarse resp. cumplim. y ejecuc.