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Los organismos constitucionalmente autónomos autor josé maría pacori cari

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LOS ORGANISMOS CONSTITUCIONALMENTE AUTÓNOMOS JOSÉ MARÍA PACORI CARI MIEMBRO DE LA ASOCIACIÓN ARGENTINA DE DERECHO ADIMINISTRATIVO 1
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Page 1: Los organismos constitucionalmente autónomos   autor josé maría pacori cari

LOS ORGANISMOSCONSTITUCIONALMENTE

AUTÓNOMOSJOSÉ MARÍA PACORI CARI

MIEMBRO DE LA ASOCIACIÓN ARGENTINA DE DERECHO ADIMINISTRATIVO

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ORGANISMOS CONSTITUCIONALMENTEAUTÓNOMOS

La Constitución Política del Perú establece la clásica diferencia depoderes: ejecutivo, legislativo y judicial. Al lado de estos poderesencontramos a los organismos constitucionalmente autónomos queson aquellos organismos dentro del Estado que gozan deautonomía respecto de los poderes públicos en el ejercicio de susfunciones por cuanto han sido creados directamente por laConstitución y no por una Ley.

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (I)

La Contraloría General de la República es una entidaddescentralizada de Derecho Público que goza de autonomía.

Es el órgano superior del Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad:

De la ejecución del Presupuesto del Estado

De las operaciones de la deuda pública.

De los actos de las instituciones sujetas a control.

Base: Art. 82 Constitución

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CONTRALORÍA GENERAL DE LAREPÚBLICA (II)

El Contralor General es designado por el Congreso, a propuesta delPoder Ejecutivo, por siete (7) años.

Puede ser removido por el Congreso por falta grave.Base: Art. 82 Constitución

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BANCO CENTRAL DE RESERVA (I)

El Banco Central es persona jurídica de derecho público conautonomía.

El Banco Central tiene por finalidad preservar la estabilidadmonetaria.

Sus funciones son: Regular la moneda y el crédito del sistema financiero.

Administrar las reservas internacionales a su cargo.

Las demás funciones que señala su ley orgánica

Base: Art. 84 Constitución.

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BANCO CENTRAL DE RESERVA (II)

El Banco es gobernado por un Directorio de siete (7) miembros. El Poder Ejecutivo designa a cuatro (4), entre ellos al Presidente. El Congreso ratifica al Presidente y elige a los tres (3) restantes, con

la mayoría absoluta del número legal de sus miembros. Todos los directores del Banco son nombrados por el período

constitucional que corresponde al Presidente de la República.Base: Art. 86 Constitución.

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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS YADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE

PENSIONES La SBS y AFPs ejerce el control de las empresas bancarias, de

seguros, de administración de fondos de pensiones, de las demásque reciben depósitos del público y de aquellas otras que, porrealizar operaciones conexas o similares, determine la ley (Art. 87Constitución).

El Poder Ejecutivo designa al Superintendente por el plazocorrespondiente a su período constitucional. El Congreso lo ratifica(Art. 87 Constitución).

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CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA (I)

El Consejo Nacional de la Magistratura se encarga de la seleccióny el nombramiento de los jueces y fiscales, salvo cuando éstosprovengan de elección popular.

EL Consejo Nacional de la Magistratura es independiente.Base: Art. 150 Constitución.

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CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA (II)

Son funciones del CNM: Nombrar a los jueces y fiscales de todos los niveles.

Ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete (7) años.

Aplicar la sanción de destitución a los Vocales de la Corte Suprema yFiscales Supremos y, a solicitud de la Corte Suprema o de la Junta deFiscales Supremos, respectivamente, a los jueces y fiscales de todas lasinstancias.

Extender a los jueces y fiscales el título oficial que los acredita.

Base: Art. 154 Constitución.

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CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA (III)

Son Miembros del CNM: Uno elegido por la Corte Suprema, en votación secreta en Sala Plena. Uno elegido, en votación secreta, por la Junta de Fiscales Supremos. Uno elegido por los miembros de los Colegios de Abogados del país, en

votación secreta. Dos elegidos, en votación secreta, por los miembros de los demás

Colegios Profesionales del país. Uno elegido en votación secreta, por los rectores de las universidades

nacionales. Uno elegido, en votación secreta, por los rectores de las universidades

particulares. (Art. 155 Constitución)

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CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA (IV)

El número de miembros del CNM puede ser ampliado por éste anueve (9), con dos miembros adicionales elegidos en votaciónsecreta por el mismo Consejo, entre sendas listas propuestas por lasinstituciones representativas del sector laboral y del empresarial.

Los miembros titulares del CNM son elegidos, conjuntamente conlos suplentes, por un período de cinco (5) años.

Base: Art. 155 Constitución

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MINISTERIO PÚBLICO (I)

El Ministerio Público es autónomo. El Fiscal de la Nación lo preside.Es elegido por la Junta de Fiscales Supremos. El cargo de Fiscal dela Nación dura tres (3) años, y es prorrogable, por reelección, sólopor otros dos (2).

Los miembros del Ministerio Público tienen los mismos derechos yprerrogativas y están sujetos a las mismas obligaciones que los delPoder Judicial en la categoría respectiva.

Base: Art. 158 Constitución

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MINISTERIO PÚBLICO (II)

Corresponde al Ministerio Público: Promover de oficio, o a petición de parte, la acción judicial en defensa de

la legalidad y de los intereses públicos tutelados por el derecho. Velar por la independencia de los órganos jurisdiccionales y por la recta

administración de justicia. Representar en los procesos judiciales a la sociedad. Conducir desde su inicio la investigación del delito. Ejercitar la acción penal de oficio o a petición de parte. Emitir dictamen previo a las resoluciones judiciales en los casos que la ley

contempla. Ejercer iniciativa en la formación de las leyes (Art. 159 Constitución)

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DEFENSORÍA DEL PUEBLO (I)

La Defensoría del Pueblo es autónoma. Los órganos públicos estánobligados a colaborar con la Defensoría cuando ésta lo requiere.

El Defensor del Pueblo es elegido y removido por el Congreso conel voto de los dos tercios de su número legal.

El Defensor goza de la misma inmunidad y de las mismasprerrogativas de los congresistas.

El cargo dura cinco (5) años y no está sujeto a mandato imperativo.Base: Art. 161 Constitución

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DEFENSORÍA DEL PUEBLO (II)

Son funciones del Defensor del Pueblo: Defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona

y de la comunidad.

Supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal yla prestación de los servicios públicos a la ciudadanía.

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SISTEMA ELECTORAL

El sistema electoral tiene por finalidad (Art. 176 Constitución): Asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y

espontánea de los ciudadanos.

Asegurar que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de lavoluntad del elector expresada en las urnas por votación directa.

El sistema electoral está conformado por (Art. 177 Constitución):

1.- El Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

2.- La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

3.- El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).

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JURADO NACIONAL DE ELECCIONES (I)

Compete al Jurado Nacional de Elecciones (Art. 178 Constitución): Fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los

procesos electorales, del referéndum y de otras consultas populares,también la elaboración de los padrones electorales.

Mantener y custodiar el registro de organizaciones políticas. Velar por el cumplimiento de as normas sobre organizaciones políticas y

demás disposiciones referidas a materia electoral. Administrar justicia en materia electoral. Proclamar a los candidatos elegidos; el resultado del referéndum o el

de otros tipos de consulta popular y expedir las credencialescorrespondientes.

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JURADO NACIONAL DE ELECCIONES (II)

La máxima autoridad del Jurado Nacional de Elecciones es un Plenocompuesto por cinco (5) miembros (Art. 179 Constitución): Uno elegido en votación secreta por la Corte Suprema entre sus

magistrados jubilados o en actividad. El representante de la Corte Supremapreside el Jurado Nacional de Elecciones.

Uno elegido en votación secreta por la Junta de Fiscales Supremos, entrelos Fiscales Supremos jubilados o en actividad.

Uno elegido en votación secreta por el Colegio de Abogados de Lima,entre sus miembros.

Uno elegido en votación secreta por los decanos de las Facultades deDerecho de las universidades públicas, entre sus ex decanos.

Uno elegido en votación secreta por los decanos de las Facultades deDerecho de las universidades privadas, entre sus ex decanos.

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OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES

El Jefe de la ONPE es nombrado por el Consejo Nacional de laMagistratura por un período renovable de cuatro (4) años.

A la ONPE le corresponde: Organizar todos los procesos electorales, de referéndum y los de otros

tipos de consulta popular, incluido su presupuesto, así como laelaboración y el diseño de la cédula de sufragio.

La entrega de actas y demás material necesario para los escrutinios yla difusión de sus resultados.

Brindar información permanente sobre el cómputo desde el inicio delescrutinio en las mesas de sufragio.

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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN YESTADO CIVIL

El Jefe del RENIEC es nombrado por el Consejo Nacional de laMagistratura por un período renovable de cuatro (4) años.

El RENIEC tiene a su cargo: La inscripción de los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones, y

otros actos que modifican el estado civil; emite las constanciascorrespondientes.

Prepara y mantiene actualizado el padrón electoral. Proporciona al JNE y a la ONPE la información necesaria para el

cumplimiento de sus funciones. Mantiene el registro de identificación de los ciudadanos y emite los

documentos que acreditan su identidad.

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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (I)

El Tribunal Constitucional es el órgano de control de la Constitución.Es autónomo e independiente. Se compone de siete (7) miembroselegidos por cinco (5) años.

Los miembros del Tribunal Constitucional son elegidos por elCongreso de la República con el voto favorable de los dos terciosdel número legal de sus miembros.

Base: Art. 201 Constitución

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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (II)

Corresponde al Tribunal Constitucional (Art. 202 Constitución): Conocer, en instancia única, la acción de inconstitucionalidad.

Conocer, en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatoriasde hábeas corpus, amparo, hábeas data, y acción de cumplimiento.

Conocer los conflictos de competencia, o de atribuciones asignadaspor la Constitución, conforme a ley.

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

BANCO CENTRAL DE RESERVA

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFPS

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

MINISTERIO PÚBLICO

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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